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Programa Anual de Evaluación Zinacantepec

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Introducción

Para garantizar la correcta, oportuna y eficiente evaluación de las dependencias de

la Administración Municipal de Zinacantepec se diseña el presente Programa Anual

de Evaluación que garantiza la modernización de sus sistemas y procesos de

evaluación con el propósito de que puedan transitar a un esquema de evaluación

para resultados, para conocer la eficacia, eficiencia, calidad y economía de las

administración Municipal y contar con elementos para aplicar las medidas

conducentes que mejoren el desempeño de los Programas presupuestarios

enfatizando en la calidad de los bienes y servicios públicos y en la creación de valor

público.

Este esquema permite la optimización de los recursos ya que garantiza un

seguimiento y evaluación de cada una de las acciones de gobierno, contando con

la Metodología de marco lógico que garantiza que se den los resultados esperados

y cuenta con los indicadores que permiten el monitoreo de los avances y los

resultados logrados para lograr mejorar la cobertura y calidad de los servicios a la

población mediante la optimización de procesos.

El presente documento determina los mecanismos de evaluación que se aplicaran

a cada una de las dependencias que integran la administración municipal para el

presente ciclo fiscal, en este proceso también se incluye el Sistema de Evaluación

de la Gestión Municipal (SEGEMUM), para realizar el seguimiento y evaluación de

los Programas presupuestarios considerando la verificación del grado de

cumplimiento principalmente de objetivos y sus metas asociadas a través del uso

de indicadores estratégicos y de gestión, con la finalidad de dimensionar los

resultados alcanzados por la aplicación de los recursos públicos de que se disponga

y el impacto social de los programas presupuestarios.

Marco Normativo

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 54, 61 numeral II inciso c), 62, 71, 79, 80, 81 y 82 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 85, y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 129 y 139 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 15, 31 fracciones XXI, XXXV, XXXIX y XLVI, 48 fracciones XVI, y XVII, 69 fracción I, inciso b), 72, 74 fracción II, 79, 83, 84, 85, 95 fracción XV y XVII, 101 fracción I, 103, 114 y 122 de la

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Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, fracciones I, II y IV; 7, 19, fracción I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, y IX, 22, 36, 37 y 38 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 1, del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 285, 294, 295, 327, 327-A y 327-D, del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y

CONSIDERANDO

Que en concordancia con lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, los gobiernos municipales del Estado de México,

instrumentan acciones orientadas a la consolidación del Presupuesto basado en

Resultados (PbR), y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), para que los

recursos económicos que ejerzan, se administren con eficiencia, eficacia, economía,

transparencia y honradez, en cumplimiento a los objetivos de los programas a los

que estén destinados, en apego a lo que establece el artículo 129 de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de México;

Que la legislación del Estado de México y Municipios, establece en sus diversos

ordenamientos, la obligación de que las administraciones públicas municipales

articulen sus acciones públicas a través de la planeación, vía la elaboración de

planes y programas, asegurando el cumplimiento de las metas de actividad e

indicadores comprometidos.

Que el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios, considera el planteamiento de la problemática con base en la realidad objetiva, los indicadores de desarrollo, la proyección genérica de los objetivos para la estructuración de planes, programas y acciones que regirán el ejercicio de sus funciones públicas, así como su control y evaluación.

Que el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2018, tiene el propósito de perfilar a la Administración Pública Municipal hacia un Gobierno de Resultados, cuyas acciones puedan evaluarse en un entorno de transparencia, que se traduzca en una gestión gubernamental que mida sus logros y alcances mediante procesos de evaluación, sustentados en indicadores.

Que los programas y la asignación de recursos, deberán guardar relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y programas y la evaluación de su ejecución.

Que es responsabilidad de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación (UIPPE) o el área encargada de realizar estas funciones, en coordinación con

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la Tesorería Munic ipa l, cumplir y hacer cumplir las disposiciones en materia de evaluación del gasto público, estableciendo las medidas para su correcta aplicación, así como determinar normas y procedimientos administrativos tendientes a llevar a cabo un mejor control del gasto público estatal.

Que la Contraloría Municipal, es la responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación, programación, presupuestación y evaluación, por parte de las dependencias y organismos auxiliares, de la Administración Pública Municipal.

Que la evaluación de las acciones encaminadas a conocer la operación y resultados de los programas y proyectos municipales, tiene la finalidad de identificar problemas en la implementación de Programas presupuestarios (Pp), y en su caso, reorientar y reforzar las Políticas Públicas Municipales. Que las personas significan el punto nodal de las políticas públicas, y el éxito de toda política pública se explica mediante la determinación de la dimensión en la que éstas promueven o generan igualdad de oportunidades y mejora en la calidad de vida.

Objetivo

Definir los mecanismos de evaluación que garanticen la eficacia, eficiencia, calidad y

economía en el desarrollo de los Programas Presupuestarios Municipales y su orientación

a los resultados.

Criterios de Evaluación

Profundizar en el seguimiento y evaluación que guardan los programas presupuestarios

en la Administración Municipal y sus Organismos Auxiliares, enfatizando en la información

sobre la operación del mismo; es decir, cómo se mide su desempeño por área, actividad o

proceso, y en su conjunto.

Cómo los resultados del desempeño se reportarán por escrito a: Unidades Administrativas,

COPLADEMUN y Comisión de Planeación, para informar sobre el grado de cumplimiento

de Metas y Objetivos.

Se tomará como base para la evaluación el Sistema de Evaluación de la Gestión Municipal

(SEGEMUM), ya que integra los elementos metodológicos que posibilitan el seguimiento y

evaluación de los Programas presupuestarios (Pp) considerando la verificación del grado

de cumplimiento principalmente de objetivos y sus metas asociadas a través del uso de

indicadores estratégicos y de gestión.

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Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para las todas las Dependencias

Administrativas Municipales y los Organismos Auxiliares.

Para el presente programa, se entenderá por:

Dependencias Administrativas: A las que se refiere el artículo 87 de la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México;

Evaluación: Al proceso que tiene como finalidad determinar el grado de eficacia, eficiencia,

calidad, resultados e impacto con que han sido empleados los recursos destinados a

alcanzar los objetivos previstos, posibilitando la determinación de las desviaciones y la

adopción de medidas correctivas que garanticen el cumplimiento adecuado de las metas,

de conformidad con lo señalado en el artículo 1O de la Ley de Planeación del Estado de

México y Municipios;

MML: A la Metodología del Marco Lógico; herramienta para la elaboración de la Matriz de

Indicadores para Resultados, que se basa en la estructuración y solución de problemas

para presentar de forma sistemática y lógica los objetivos de un programa y de sus

relaciones de causalidad, a través de la elaboración del árbol del problema y de objetivos,

del que se obtienen las actividades, los componentes, el propósito y el fin, así como los

indicadores asociados a cada uno de sus niveles, sus respectivas metas, medios de

verificación y sus puestos.

MIR: A la Matriz de Indicadores para Resultados; herramienta de planeación estratégica

que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de un

programa y su alineación con aquellos de la planeación estatal y sectorial; incorpora los

indicadores que miden los objetivos y resultados esperados; identifica los medios para

obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la

sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye su puestos sobre

los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa;

Objetivo estratégico: Elemento de planeación estratégica del Presupuesto basado en

Resultados elaborado por los sujetos evaluados que permiten alinear los objetivos de los

programas presupuestarios con los objetivos y estrategias del Plan de Desarrollo

Municipal vigente y sus programas;

Proceso presupuestario: Al conjunto de actividades que comprende la planeación,

programación, presupuestación, ejercicio, control, seguimiento, evaluación y rendición

de cuentas, de los programas presupuestarios;

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Programa nuevo: Al Programa presupuestario que se encuentra en el primer año de

operación, o que la UIPPE haya determinado que presentó un cambio sustancial en

su diseño y/u operación;

Programa presupuestario (Pp): Al conjunto de acciones sistematizadas dirigidas a

resolver un problema vinculado a la población que operan los sujetos evaluados,

identificando los bienes y servicios mediante los cuales logra su objetivo, así como a

sus beneficiarios;

Los programas presupuestarios se individualizarán en la estructura programática

presupuestal;

SED: Al Sistema de Evaluación del Desempeño, a que hace referencia el artículo 327 y 327-A del Código Financiero del Estado de México; que permite evaluar el desempeño gubernamental en la ejecución de políticas públicas, para mejorar la toma de decisiones, mediante el monitoreo y seguimiento de los indicadores estratégicos y de gestión.

Sujetos evaluados: A las dependencias administrativas, la tesorería municipal, la

contraloría municipal y los organismos auxiliares, que ejecuten Programas presupuestarios;

Términos de Referencia (TdR): Documento que plantea los elementos estandarizados mínimos y específicos, de acuerdo al tipo de evaluación y de programa a evaluar con base en especificaciones técnicas (perfil de los evaluadores, calendario de entregas de productos, etc.), objetivos de la evaluación (generales y específicos), así como de la normatividad aplicable (responsabilidades, alcances, restricciones, etc.).

Trabajo de campo: Al conjunto de actividades para recabar información en el área de influencia o geográfica donde opera el programa presupuestario, mediante la aplicación de encuestas o entrevistas a la población objetivo e inspecciones directas, incluyendo el acopio de toda información para la mejor evaluación del programa;

Trabajo de administración: Al conjunto de actividades para el acopio, organización y análisis de información concentrada en registros, bases de datos, documentación pública, incluyendo la información que proporcione el sujeto evaluado responsable de los programas sujetos a evaluación; y

UIPPE: A la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación Municipal; las cuales son unidades administrativas que desarrollan las funciones de

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generación de información, planeación, programación y evaluación, referenciadas en el artículo 19 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.

Rangos de Cumplimiento

Se Aplica una escala de evaluación tendiente a garantizar la Gestión para Resultados, por

lo que se aplica una escala que exige el cumplimiento de metas y objetivos muy fuerte para

lograr un resultado “Excelente o Bueno” y para lograrlo se requiere alcanzar el 90% o más

de las metas programadas.

Rango de cumplimiento Resultado

100 % o más Excelente

90 a 99.9 % Bueno

80 a 89.9 % Regular

0 a 79.9 % Deficiente

Determinación de semáforos

Para contar con semáforos que nos permitan identificar de forma muy sencilla el nivel de

cumplimiento de las metas programadas se utilizara un semáforo integrado con cuatro

colores que corresponden a cada uno de los “Rangos de Cumplimiento de Metas”, en donde

los colores asignados son:

(Verde) para representar un resultado bueno o excelente

(Amarillo) para un resultado evaluado como regular y

(Rojo) para un resultado evaluado como deficiente.

Rango de cumplimiento Resultado Semáforo

100 % o más Excelente

90 a 99.9 % Bueno

80 a 89.9 % Regular

0 a 79.9 % Deficiente

Dimensiones de Evaluación

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Para permitir un análisis detallado la evaluación se realizará en tres dimensiones:

Por Pilar Temático o Eje Transversal: Se realizara un promedio de los proyectos que

están agrupados en un Pilar Temático o Eje Transversal, para determinar el logro

de metas en cada uno de estos rubros.

Por dependencia: Se realizará el promedio de los proyectos asignados a una

dependencia o Unidad Administrativa.

Por Programa Presupuestario: En este apartado se englobarán los proyectos que

pertenecen a un mismo programa para ver el resultado obtenido y poder alinearlo

con los indicadores que se realizan a este nivel.

Por Proyecto Presupuestario: Esto nos permitirá ver a nivel de detalle el

cumplimiento de metas en cada uno de los proyectos que integran el programa

presupuestario para el periodo de que se trate.

Evaluación Programático-Presupuestal

La evaluación Programática-Presupuestal refiere a una valoración simultánea de los niveles

de metas físicas alcanzadas, frente al presupuesto ejercido correspondiente al mismo

proyecto. En principio, ante un determinado nivel de metas físicas alcanzado, le

corresponde una misma proporcionalidad en los recursos ejercidos. Sin embargo esto sólo

es cierto cuando las metas consumen el presupuesto de manera directa en su realización.

El comportamiento en el balance programático-presupuestal que se espera en esperado,

tanto de metas físicas como del presupuesto teóricamente es de 25% en el 1er trimestre,

50% en el segundo, 75% en el tercero y 100% en el cuarto trimestre. Esta afirmación sólo

es válida cuando se ha programado la meta anual y el respectivo presupuesto, para

cumplirse y ejercerse en la misma

proporción en cada trimestre.

Primer Trimestre

Si en el primer trimestre se consideró una

parte proporcional correspondiente al

periodo, se evaluaran los avances en metas

y presupuestales programados para este

periodo las cuales se tienen que cumplir al

100% esperando con esto que el avance

acumulado con relación a lo programado en

ambos rubros durante el año se mantenga

en equilibrio y con un avance acumulado del

25% en ambos casos.

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Segundo Trimestre

Si hasta el segundo trimestre se consideró

una parte proporcional correspondiente al

periodo, se evaluaran los avances en

metas y presupuestales programados

para este periodo las cuales se tienen que

cumplir al 100% esperando con esto que

el avance acumulado con relación a lo

programado en ambos rubros durante el

año se mantenga en equilibrio y con un

avance acumulado del 50% en ambos

casos.

Tercer Trimestre

Si hasta el tercer trimestre se

consideró una parte proporcional

correspondiente al periodo, se

evaluaran los avances en metas y

presupuestales programados para

este periodo las cuales se tienen

que cumplir al 100% esperando con

esto que el avance acumulado con

relación a lo programado en ambos

rubros durante el año se mantenga

en equilibrio y con un avance

acumulado del 75% en ambos

casos.

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Cuarto Trimestre

Si hasta el cuarto trimestre se

consideró una parte proporcional

correspondiente al periodo, se

evaluaran los avances en metas y

presupuestales programados para

este periodo las cuales se tienen

que cumplir al 100% esperando con

esto que el avance acumulado con

relación a lo programado en ambos

rubros durante el año se mantenga

en equilibrio y con un avance

acumulado del 100% en ambos

casos.

Anual

Al finalizar el año se realizará una

evaluación de los avances en

metas y presupuestales

programados esperando con esto

que el avance acumulado con

relación a lo programado en

ambos rubros durante el año se

mantenga en equilibrio y con un

avance acumulado del 100% en

ambos casos.

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Periodicidad

Para lograr un seguimiento puntual de cada uno de los indicadores y dar cumplimiento a su

frecuencia de evaluación indicada en la matriz de Indicadores para Resultados, las

evaluaciones serán:

Trimestrales,

Semestrales y

Anuales.

Matas mayores a las programadas

En cualquiera de los periodos

trimestrales podría presentarse el

caso de que las metas logradas

superen la meta programada, en

este supuesto si las metas son

superiores al 110% se tendrá que

realizar la reconducción de las

mismas para justificar como se logró

superar la meta programada sin

incrementar los recursos destinados

para el proyecto, para esto nos

ayudaremos del formato “Dictamen

de Reconducción y Actualización

Programática-Presupuestal”, con

la consideración de que dicha

reconducción automáticamente

incrementa la meta anual, la cual se integra de la suma de las metas trimestrales incluidas

sus reconducciones. En el caso de contar con Indicadores que consideren los valores de

las metas que sufren reconducción, también es necesario realizar la actualización de

valores en el indicador.

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Avance programático menor a lo

programado

En cualquiera de los periodos

trimestrales podría presentarse el caso

de que las metas logradas sean

inferiores a la meta programada, en

este supuesto si las metas son

menores al 90% se tendrá que realizar

la reconducción de las mismas para

justificar porque no se alcanzó la meta

programada para el proyecto, para

esto nos ayudaremos del formato

“Dictamen de Reconducción y

Actualización Programática-

Presupuestal”, con la consideración

de que dicha reconducción

automáticamente decrementa la meta

anual, la cual se integra de la suma de las metas trimestrales incluidas sus reconducciones.

En el caso de contar con Indicadores que consideren los valores de las metas que sufren

reconducción, también es necesario realizar la actualización de valores en el indicador.

Involucrados en el Proceso de Evaluación

A continuación se enlistan los 69 proyectos que se agrupan en 38 programas

presupuestarios y se muestra la Dependencia encargada de su ejecución, cada programa

y proyectos se desarrolló utilizando la Metodología de Marco Lógico, y tomando como

referencia los indicadores del SEGEMUN, para su evaluación las Dependencias

Municipales están obligadas a reportar a la UIPPE sus avances programáticos y cuando se

juzgue necesario se realizará una evaluación especifica por algún ente externo.

Los sujetos evaluados, realizarán un ejercicio integral de planeación y vinculación de los objetivos, estrategias, acciones y metas a los ejercicios presupuestales, y realizar mediante MML, el diseño y propuestas de actualización de las MIR, procurando incluir los indicadores contenidos en el Plan de Desarrollo Municipal.

Deberán revisar y proponer las adecuaciones identificadas anualmente las MIR de sus programas presupuestarios, tomando en cuenta la información sobre su operación y gestión, así como los resultados de las evaluaciones.

La MIR por Programa presupuestario, formará parte del SED para coadyuvar en la eficacia, eficiencia, economía y calidad de los bienes y servicios que produce el Gobierno Municipal.

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La Contraloría Municipal, verificará la publicación y veracidad de los reportes de cada

indicador contenido en la MIR por programa presupuestario aprobado.

DEPENDENCIA MUNICIPAL ÁREA/DEPARTAMENTO DG DA

CLAVE PROGRAMÁTICA

FIN FUN SF PG SP PY

1

PRESIDENCIA MUNICIPAL

SECRETARÍA PARTICULAR A00 100 01 03 01 01 01 01

2 COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL A00 103 01 08 03 01 01 03

3 SECRETARIA TÉCNICA A00 101 01 03 01 01 01 01

4 COORDINACIÓN JURÍDICA A00 155 01 03 05 01 01 04

5 COORDINACIÓN DE GOBERNACIÓN A00 144 01 03 01 01 01 01

6 COORDINACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS

A00 105 01 07 02 01 02 01

7 A00 105 01 07 02 01 03 03

8

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO D00 100 01 03 09 02 01 01

9 DEPARTAMENTO DE CONTROL PATRIMONIAL D00 114 01 05 02 06 03 01

10 SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, JUNTA MUNICIPAL D00 137 01 05 02 06 04 01

11 REGISTRO CIVIL D00 109 01 08 01 01 03 02

12 SINDICATURA SINDICATURA B00 100 01 03 01 01 02 01

13 C01 REGIDURIA C01 REGIDURIA C01 124 01 03 01 01 02 01

14 C02 REGIDURIA C02 REGIDURIA C02 150 01 03 01 01 02 01

15 C03 REGIDURIA C03 REGIDURIA C03 142 01 03 01 01 02 01

16 C04 REGIDURIA C04 REGIDURIA C04 141 01 03 01 01 02 01

17 C05 REGIDURIA C05 REGIDURIA C05 132 01 03 01 01 02 01

18 C06 REGIDURIA C06 REGIDURIA C06 154 01 03 01 01 02 01

19 C07 REGIDURIA C07 REGIDURIA C07 156 01 03 01 01 02 01

20 C08 REGIDURIA C08 REGIDURIA C08 151 01 03 01 01 02 01

21 C09 REGIDURIA C09 REGIDURIA C09 128 01 03 01 01 02 01

22 C10 REGIDURIA C10 REGIDURIA C10 126 01 03 01 01 02 01

23 C11 REGIDURIA C11 REGIDURIA C11 137 01 03 01 01 02 01

24 C12 REGIDURIA C12 REGIDURIA C12 127 01 03 01 01 02 01

25 C13 REGIDURIA C13 REGIDURIA C13 153 01 03 01 01 02 01

26

TESORERÍA MUNICIPAL

SUBDIRECCIÓN DE INGRESOS L00 115 01 05 02 02 01 01

27 SUBDIRECCIÓN DE EGRESOS L00 116 01 05 02 02 04 01

28 SUBDIRECCIÓN DE EGRESOS L00 116 04 04 01 01 01 01

29 SUBDIRECCIÓN CATASTRO MUNICIPAL L00 118 01 08 01 02 02 01

30

CONTRALORÍA MUNICIPAL

AUDITORIA FINANCIERA K00 134 01 03 04 01 01 01

31 SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA (TRANSPARENCIA) K00 137 01 08 04 01 01 01

32 RESPONSABILIDAD Y SITUACIÓN PATRIMONIAL K00 138 01 03 04 01 01 01

33 UNIDAD DE INFORMACIÓN, PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN E01 122 01 05 02 05 01 07

34 SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN E01 122 01 08 05 01 01 03

35 COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN O00 141 02 05 01 01 01 06

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DEPENDENCIA MUNICIPAL ÁREA/DEPARTAMENTO DG DA

CLAVE PROGRAMÁTICA

FIN FUN SF PG SP PY

36 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y

TURISMO

SUBDIRECCIÓN DE CULTURA O00 150 02 04 02 01 01 01

37 TRANSFERENCIAS IMCUFIDEZ O00 142 04 02 01 01 01 04

38 SUBDIRECCIÓN DE TURISMO O00 149 03 07 01 01 01 01

39

DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS

ALUMBRADO PÚBLICO H00 127 02 02 04 01 02 01

40 LIMPIA H00 126 02 01 01 01 01 01

41 PANTEONES H00 145 02 02 06 01 03 02

42 PARQUES Y JARDINES H00 128 02 02 06 01 03 01

43 CONTROL CANINO H00 129 02 03 01 01 02 03

44 RASTRO H00 146 02 02 06 01 03 03

45

DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS

SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN Y SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD

F00 124 02 02 01 01 05 03

46 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN F00 124 02 02 01 01 04 01

47 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN F00 124 02 02 04 01 02 01

48 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN F00 124 02 02 01 01 02 01

49 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN F00 124 02 01 03 01 01 01

50 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN F00 124 02 02 03 01 02 01

51

DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO

DEPARTAMENTO DE EMPLEO N00 140 03 01 02 01 02 02

52 DESARROLLO COMERCIAL Y DE SERVICIOS N00 132 03 04 02 01 01 03

53 COORDINACIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO N01 130 03 02 01 02 02 01

54 DIRECCIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO

DIRECCIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO N00 132 01 03 09 04 01 01

55 COORDINACIÓN DE TRANSPORTE N00 154 03 05 01 01 01 05

56 DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO F00 123 01 03 08 01 02 02

57 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS E00 120 01 05 02 06 01 01

58 COORDINACIÓN DE ADQUISICIONES Y RECURSOS MATERIALES

E00 121 01 05 02 06 02 01

59 DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PUBLICA SEGURIDAD PUBLICA Q00 104 01 07 01 01 01 01

60 DEFENSORÍA MUNICIPAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

DIVULGACIÓN A02 102 01 02 04 01 01 01

61 PROTECCIÓN Y DEFENSA A02 102 01 02 04 01 01 02

62

DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

COORDINACIÓN DE COMBATE A LA POBREZA Y ASUNTOS INDÍGENAS

I00 151 02 06 07 01 01 01

63 COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESTATALES Y FEDERALES

I00 139 02 06 08 03 01 02

64 DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS SOCIALES I00 139 01 05 02 05 01 02

65 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD I00 143 02 06 08 06 01 02

66 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER I00 152 02 06 08 05 02 01

67 TRANSFERENCIAS DIF I00 153 04 02 01 01 01 04

68 DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE G00 150 02 01 04 01 03 02

69 TRANSFERENCIAS OPDAPAS G00 156 04 02 01 01 01 04

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Programa Anual de Evaluación Zinacantepec

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Evaluación de Programas Presupuestarios

Las evaluaciones se llevarán a cabo por la Unidad de Información, Planeación,

Programación y Evaluación (UIPPE) o a través de personas físicas y morales

especializadas y con experiencia probada en la materia que corresponda evaluar, que

cumplan con los requisitos de independencia, imparcialidad, transparencia y los demás que

se establezcan en las disposiciones aplicables; con cargo al presupuesto del sujeto

evaluado responsable del Programa presupuestario a evaluar, previa autorización de la

UIPPE en coordinación con la Tesorería.

La evaluación de los programas y sus resultados formarán parte del SED. Los hallazgos y

resultados de la evaluación se articularán invariablemente a la planeación y el proceso

presupuestario mediante el Convenio para la mejora del Desempeño y Resultados

Gubernamentales correspondiente.

La UIPPE, en coordinación con la Tesorería y la Contraloría establecen el presente

Programa Anual de Evaluación(PAE) en el que se identifican los Programas

presupuestarios, los sujetos evaluados y los tipos de evaluación que se llevarán a cabo, así

como el calendario de ejecución correspondiente.

La Evaluación de Programas Presupuestarios: se dividen en:

Evaluación del Diseño Programático: Analiza sistemáticamente el diseño y desempeño

global de los programas, para mejorar su gestión y medir el logro de sus resultados con

base en la Matriz de Indicadores para Resultados.

La evaluación de los programas presupuestarios deberá realizarse conforme a los estándares normativos, mediante trabajo de campo y administración del cual se integrará el informe correspondiente que contendrá un análisis, conforme a los siguientes criterios:

En materia del Diseño Programático: a) Si el programa identificó correctamente el problema o necesidad prioritaria al

que va dirigido, y está diseñado para solventarlo; b) La contribución del programa al cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal,

de los objetivos, estrategias y líneas de acción, así como de los objetivos estratégicos del sujeto evaluado;

c) Si existe evidencia científica, nacional o internacional, que muestre que el tipo de bienes y/o servicios que brinda el programa presupuestario, contribuye positivamente a la consecución de su propósito y fin;

d) La lógica vertical y horizontal de la MIR del programa presupuestario; e) La población potencial y objetivo, con base en la distribución de la necesidad,

especificando la población atendida respecto a la población potencial, desglosado por características socioeconómicas y/o niveles geográficos pertinentes.

f) Las reglas de operación o equivalente que explique el funcionamiento y

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Programa Anual de Evaluación Zinacantepec

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operación del programa presupuestario, incluyendo el padrón de beneficiarios; g) Las posibles coincidencias, complementariedades o duplicidades de acciones

con otros programas presupuestarios estatales.

Evaluación Específica: Aquellas evaluaciones no comprendidas en los presentes

lineamientos, y que se realizarán mediante trabajo de administración y/o de campo.

Monitoreo y control

Para realizar el monitoreo y control se dará seguimiento continuo por parte de los titulares

de las áreas para evitar desviaciones en su metas programadas y trimestralmente se

reportarán los avances logrados utilizando el formato PbRM 08b “

Programas Presupuestarios 2016

Estructura Programática, Zinacantepec 2016

DG DA

CLAVE PROGRAMÁTICA NOMBRE DEL PROGRAMA

FIN FUN SF PG SP PY

1 A00 100 01 03 01 01 01 01 Relaciones públicas

2 A00 103 01 08 03 01 01 03 Difusión y comunicación institucional

3 A00 101 01 03 01 01 01 01 Relaciones públicas

4 A00 155 01 03 05 01 01 04 Asesoría jurídica al ayuntamiento

5 A00 144 01 03 01 01 01 01 Relaciones públicas

6 A00 105 01 07 02 01 02 01 Prevención, evaluación y dictaminación de riesgos

7 A00 105 01 07 02 01 03 03 Coordinación de atención de emergencias y desastres

8 D00 100 01 03 09 02 01 01 Revisión y expedición de la reglamentación municipal

9 D00 114 01 05 02 06 03 01 Control del patrimonio y normatividad

10 D00 137 01 05 02 06 04 01 Simplificación y modernización de la administración pública

11 D00 109 01 08 01 01 03 02 Operación registral civil

12 B00 100 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

13 C01 124 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

14 C02 150 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

15 C03 142 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

16 C04 141 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

17 C05 132 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

18 C06 154 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

19 C07 156 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

20 C08 151 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

21 C09 128 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

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Programa Anual de Evaluación Zinacantepec

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22 C10 126 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

23 C11 137 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

24 C12 127 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

25 C13 153 01 03 01 01 02 01 Audiencia pública y consulta popular

26 L00 115 01 05 02 02 01 01 Captación y recaudación de ingresos

27 L00 116 01 05 02 02 04 01 Registro y control de caja y tesorería

28 L00 116 04 04 01 01 01 01

Pasivos derivados de erogaciones devengadas y pendientes de ejercicios anteriores

29 L00 118 01 08 01 02 02 01 Información catastral municipal

30 K00 134 01 03 04 01 01 01 Fiscalización, control y evaluación interna de la gestión pública(auditoría)

31 K00 137 01 08 04 01 01 01 Vinculacion ciudadana con la administracion publica

32 K00 138 01 03 04 01 01 01

Fiscalización, control y evaluación interna de la gestión pública(responsabilidades)

33 E01 122 01 05 02 05 01 07 Planeación y evaluación para el desarrollo municipal

34 E01 122 01 08 05 01 01 03 Innovación gubernamental con tecnologías de información

35 O00 141 02 05 01 01 01 06 Apoyo municipal a la educación básica

36 O00 150 02 04 02 01 01 01 Servicios culturales

37 O00 142 04 02 01 01 01 04 Transferencias del ayuntamiento a organismos municipales

38 O00 149 03 07 01 01 01 01 Promoción e información turística

39 H00 127 02 02 04 01 02 01 Alumbrado público

40 H00 126 02 01 01 01 01 01 Manejo de residuos sólidos

41 H00 145 02 02 06 01 03 02

Coordinación para servicios de administración y mantenimiento de panteones

42 H00 128 02 02 06 01 03 01 Coordinación para la conservación de parques y jardines

43 H00 129 02 03 01 01 02 03 Entornos y comunidades saludables

44 H00 146 02 02 06 01 03 03

Coordinación para servicios de administración y mantenimiento de rastros

45 F00 124 02 02 01 01 05 03 Control y supervisión de obras públicas

46 F00 124 02 02 01 01 04 01 Construcción y edificaciones urbanas

47 F00 124 02 02 04 01 02 01 Alumbrado público

48 F00 124 02 02 01 01 02 01 Pavimentación de calles

49 F00 124 02 01 03 01 01 01 Construcción e infraestructura para drenaje y alcantarillado

50 F00 124 02 02 03 01 02 01 Construcción de infraestructura para agua potable

51 N00 140 03 01 02 01 02 02 Colocación de trabajadores desempleados

52 N00 132 03 04 02 01 01 03 Fortalecimiento a la competitividad

53 N01 130 03 02 01 02 02 01 Fomento a proyectos de producción rural

54 N00 132 01 03 09 04 01 01 Vinculación intergubernamental regional

55 N00 154 03 05 01 01 01 05 Apoyo municipal a las políticas para el desarrollo del transporte

56 F00 123 01 03 08 01 02 02 Instrumentación urbana

57 E00 120 01 05 02 06 01 01 Administración de personal

58 E00 121 01 05 02 06 02 01 Adquisiciones y servicios

59 Q00 104 01 07 01 01 01 01 Operación y vigilancia para la seguridad y prevención del delito

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Programa Anual de Evaluación Zinacantepec

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60 A02 102 01 02 04 01 01 01

Investigación, capacitación, promoción y divulgación de los derechos humanos

61 A02 102 01 02 04 01 01 02 Protección y Defensa de los derechos humanos

62 I00 151 02 06 07 01 01 01 Concertación para el desarrollo de los pueblos indígena

63 I00 139 02 06 08 03 01 02 Asistencia social a los adultos mayores

64 I00 139 01 05 02 05 01 02 Planeación de proyectos para el desarrollo social

65 I00 143 02 06 08 06 01 02 Bienestar y orientación juvenil

66 I00 152 02 06 08 05 02 01 Fomento a la cultura de equidad de género

67 I00 153 04 02 01 01 01 04 Transferencias del ayuntamiento a organismos municipales

68 G00 150 02 01 04 01 03 02 Promoción de la cultura ambiental

69 G00 156 04 02 01 01 01 04 Transferencias del ayuntamiento a organismos municipales

Difusión de los resultados de las evaluaciones

Los resultados de las evaluaciones serán dados a conocer a cada una de las dependencias de la Administración Municipal, al Ayuntamiento así como al COPLADEMUN y al COPLADEM. Vigencia

Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

Municipio de Zinacantepec, Estado de México a 29 de abril del 2016.

PRESIDENTE(A) MUNICIPAL

(RUBRICA)

CONTRALOR(A) MUNICIPAL

(RUBRICA)

TESORERO (A) MUNICIPAL

(RUBRICA)

JEFE(A) DE LA UNIDAD DE

INFORMACIÓN, PLANEACIÓN,

PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN

(RUBRICA)