Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 ·...

54
Acta de la sesión Ordinaria celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL del Ayuntamiento de Villalbilla a 1 de diciembre de 2017. En el Ayuntamiento de Villalbilla, a 1 de diciembre de 2017, siendo las 12:30 horas, y previa convocatoria cursada al efecto, se reúnen en el Despacho de Alcaldía del Ayuntamiento los siguientes asistentes: ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. BEGOÑA PASTOR LLAMAS. Ausentes: CECILIO GARCÍA GARRIDO. JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre sesión según el art. 113 del ROF, presidiendo la misma D. Antonio Barahona Menor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalbilla, y asistidos de Julián Benegas García, Interventor municipal y de mí, Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General de este Ayuntamiento, a fin de dar fe de la sesión que se va a celebrar con el siguiente orden del día. PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.- Por mí, el Secretario, de orden de la Alcaldía, se da lectura al Acta de la sesión anterior, de fecha 24 de noviembre de 2017 y sometida a votación el acta resulta aprobada por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), acordándose su transcripción al libro de actas correspondiente. SEGUNDO. PRÓRROGAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS Y SUMINISTROS.- PRÓRROGA HASTA NUEVA ADJUDICACIÓN Visto el contrato de Suministro y mantenimiento de neumáticos de vehículos municipales, firmado con la sociedad MORENO TRUCK, S.L., el 21 de diciembre de 2015, con vigencia a contar desde el 1 de enero de 2016 y prorrogado hasta el próximo día 31 de diciembre de 2017, inclusive. Visto lo establecido en la cláusula quinta de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, según la cual la duración del contrato de servicios será de UN AÑO, con efectos desde la fecha de formalización del contrato administrativo, pudiendo prorrogarse expresamente por el Ayuntamiento por un plazo máximo de un año, y hasta un plazo máximo total de contrato de dos años. Ayuntamiento de Villalbilla Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 1

Transcript of Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 ·...

Page 1: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Acta de la sesión Ordinaria celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL del Ayuntamiento de Villalbilla a 1 de diciembre de 2017. En el Ayuntamiento de Villalbilla, a 1 de diciembre de 2017, siendo las 12:30 horas, y previa convocatoria cursada al efecto, se reúnen en el Despacho de Alcaldía del Ayuntamiento los siguientes asistentes: ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. BEGOÑA PASTOR LLAMAS. Ausentes: CECILIO GARCÍA GARRIDO. JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre sesión según el art. 113 del ROF, presidiendo la misma D. Antonio Barahona Menor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalbilla, y asistidos de Julián Benegas García, Interventor municipal y de mí, Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General de este Ayuntamiento, a fin de dar fe de la sesión que se va a celebrar con el siguiente orden del día. PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.-

Por mí, el Secretario, de orden de la Alcaldía, se da lectura al Acta de la sesión

anterior, de fecha 24 de noviembre de 2017 y sometida a votación el acta resulta aprobada por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), acordándose su transcripción al libro de actas correspondiente.

SEGUNDO. PRÓRROGAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS Y SUMINISTROS.-

PRÓRROGA HASTA NUEVA ADJUDICACIÓN

Visto el contrato de Suministro y mantenimiento de neumáticos de vehículos municipales, firmado con la sociedad MORENO TRUCK, S.L., el 21 de diciembre de 2015, con vigencia a contar desde el 1 de enero de 2016 y prorrogado hasta el próximo día 31 de diciembre de 2017, inclusive.

Visto lo establecido en la cláusula quinta de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, según la cual la duración del contrato de servicios será de UN AÑO, con efectos desde la fecha de formalización del contrato administrativo, pudiendo prorrogarse expresamente por el Ayuntamiento por un plazo máximo de un año, y hasta un plazo máximo total de contrato de dos años.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 1

Page 2: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Considerando lo establecido en los artículos 23 y 303 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, mediante el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, según los cuales la prórroga, de producirse, debe acordarse por el órgano de contratación, siendo en este caso obligatoria para el empresario.

Considerando que, pese a la duración prevista del contrato, no han concluido los trámites de contratación para la adjudicación del servicio nuevamente, y atendido el interés en el Ayuntamiento que reviste el Suministro y mantenimiento de neumáticos de vehículos municipales, servicio que se entiende debe continuar prestándose so pena de, en caso contrario, dejar de prestarse un servicio tradicionalmente prioritario y esencial en el municipio, se emplaza al contratista inicial a continuar con la ejecución del contrato, hasta que el nuevo adjudicatario esté en disposición de prestar el servicio, siendo la duración máxima estimada de esta situación de tres meses.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Acordar la finalización del contrato del Suministro y mantenimiento de neumáticos de vehículos municipales a fecha 01 de enero de 2018, incluyendo las dos prórrogas previstas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

SEGUNDO. No obstante esto, y considerando que no han concluido los trámites de contratación para la nueva adjudicación del servicio, se emplaza al contratista actual, MORENO TRUCK, S.L. a continuar con la ejecución del contrato, hasta que el nuevo adjudicatario esté en disposición de prestar el servicio, siendo la duración máxima estimada de esta situación de tres meses.

TERCERO. Notificar el presente acuerdo a la empresa MORENO TRUCK, S.L.

CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde para que suscriba los documentos que sean necesarios para la consecución del presente Acuerdo.

PRÓRROGA HASTA NUEVA ADJUDICACIÓN

Visto el contrato de Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos municipales, firmado con la sociedad MORENO TRUCK, S.L., el 21 de diciembre de 2015, con vigencia a contar desde el 1 de enero de 2016 y prorrogado hasta el próximo día 31 de diciembre de 2017, inclusive.

Visto lo establecido en la cláusula quinta de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, según la cual la duración del contrato de servicios será de UN AÑO, con efectos desde la fecha de formalización del contrato administrativo, pudiendo prorrogarse expresamente por el Ayuntamiento por un plazo máximo de un año, y hasta un plazo máximo total de contrato de dos años.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 2

Page 3: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Considerando lo establecido en los artículos 23 y 303 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, mediante el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, según los cuales la prórroga, de producirse, debe acordarse por el órgano de contratación, siendo en este caso obligatoria para el empresario.

Considerando que, pese a la duración prevista del contrato, no han concluido los trámites de contratación para la adjudicación del servicio nuevamente, y atendido el interés en el Ayuntamiento que reviste el Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos municipales, servicio que se entiende debe continuar prestándose so pena de, en caso contrario, dejar de prestarse un servicio tradicionalmente prioritario y esencial en el municipio, se emplaza al contratista inicial a continuar con la ejecución del contrato, hasta que el nuevo adjudicatario esté en disposición de prestar el servicio, siendo la duración máxima estimada de esta situación de tres meses.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Acordar la finalización del contrato del Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos municipales a fecha 01 de enero de 2018, incluyendo las dos prórrogas previstas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

SEGUNDO. No obstante esto, y considerando que no han concluido los trámites de contratación para la nueva adjudicación del servicio, se emplaza al contratista actual, MORENO TRUCK, S.L. a continuar con la ejecución del contrato, hasta que el nuevo adjudicatario esté en disposición de prestar el servicio, siendo la duración máxima estimada de esta situación de tres meses.

TERCERO. Notificar el presente acuerdo a la empresa MORENO TRUCK, S.L.

CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde para que suscriba los documentos que sean necesarios para la consecución del presente Acuerdo.

PRÓRROGA CONTRATO SUMINISTRO DE VESTUARIO POLICÍA LOCAL Y PROTECCIÓN CIVIL.

Visto el contrato de Suministro de Vestuario y Equipamiento para la Plantilla de la Policía Local y Protección Civil del Ayuntamiento de Villalbilla, firmado con la sociedad DOTACION Y EQUIPAMIENTO, S.L., el día 30 de diciembre de 2014.

Vista la finalización del periodo de vigencia del contrato junto con la prórroga el día 30 de diciembre de 2017.

Atendido que en la cláusula tercera del contrato se prevé la posibilidad de prórroga del mismo, por un máximo de dos años más.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 3

Page 4: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Y visto el informe del Cabo – Jefe en funciones de la Policía Local D. Francisco J. Álvarez Cons, de fecha 27 de diciembre de 2017, favorable a prorrogar un año más por el correcto funcionamiento del suministro.

Considerando que la cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el propio Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, contemplan la necesidad de que, en caso de prorrogar el contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Primero.- Prorrogar el contrato del Suministro de Vestuario y Equipamiento para la Plantilla de la Policía Local y Protección Civil del Ayuntamiento de Villalbilla, firmado el día 30 de diciembre de 2014, por un período de un año, hasta el próximo día 30 de diciembre de 2018, inclusive.

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima del Contrato Administrativo, el precio del contrato, para el período prorrogado, se entenderá revisado en los términos fijados en el mismo.

Tercero.- Notificar al adjudicatario el presente acuerdo con los recursos que procedan.

TERCERO. ADJUDICACIÓN CONTRATO DE SERVICIOS.-

Visto que con fecha 8 de septiembre de 2017 por la Alcaldía se detectó la necesidad de realizar la contratación del Servicio de Asistencia Integral y Multidisciplinar a las Víctimas de Violencia de Género y a sus hijos e hijas y otras personas dependientes.

Dadas las características del servicio por el que se considera que el procedimiento más adecuado es el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.

Visto que con fecha 11 de septiembre de 2017, se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, practicando la retención de crédito oportuna y emitiendo Informe de fiscalización del expediente.

Visto que con fecha 15 de septiembre de 2017, se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato.

Visto que con fecha 15 de septiembre de 2017, se redactó e incorporó al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y con fecha 20 de septiembre de 2017 el de Prescripciones Técnicas, que han de regir la adjudicación del contrato.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 4

Page 5: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Visto que mediante la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de septiembre de 2017, se aprobó iniciar el expediente para la contratación referenciada motivando la necesidad e idoneidad de la contratación propuesta, aprobando igualmente el expediente de contratación junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas para la adjudicación del Servicio de Asistencia Integral y Multidisciplinar a las Víctimas de Violencia de Género y a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Asimismo se autorizó el gasto que supone la adjudicación.

Visto que con fecha 10 de octubre de 2017, se publicó anuncio de licitación por plazo de quince días en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 241, y en el Perfil de contratante del órgano de contratación, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones.

Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente.

Visto que con fecha 30 de octubre y 7 de noviembre se constituyó la Mesa de contratación, y tras la recepción del informe de valoración técnica, ésta realizó propuesta de adjudicación a favor de DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., con la siguiente puntuación:

LicitadorAmpliación

horario atención

psicológica(10 puntos)

Ampliación horario atención

social(10 puntos)

Oferta actividades formativas (10 puntos)

Proyecto actuaciones asistencia integral y

multidisciplinar ( 15 puntos)

Proyecto actuaciones en materia

prevención y sensibilizació

n (5 puntos)

TOTAL

(50 PUNTOS)

CEPYP UNO CENTRO DE TRABAJO PSICOANALÍTICO 10 10 10 11 3 44

DELFO DE DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L.

10 10 10 13 4 47

Visto que con fecha 10 de noviembre de 2017, el órgano de contratación

clasificó las ofertas presentadas y acordó requerir a DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., la presentación de documentación justificativa y garantía definitiva, a la vista de que fue el licitador que obtuvo la puntuación más alta en la licitación del contrato de Servicio de Asistencia Integral y Multidisciplinar a las Víctimas de Violencia de Género y a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, ofertando el precio de 67.075,66 euros (desglosados en 63.471,58 euros y 3.604,08 euros de IVA).

Visto que con fecha 13 de noviembre de 2017 se publicó en el Perfil de Contratante del órgano de contratación.

Visto que con fecha 14 de noviembre de 2017 se notificó al adjudicatario DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., requiriéndole para que

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 5

Page 6: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

presentara la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y constituyera la garantía definitiva.

Visto que con fecha 24 de noviembre de 2017, el adjudicatario DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., constituyó garantía definitiva por importe de 3.173,58 euros y presentó los documentos justificativos exigidos.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Alcalde, de conformidad con el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Formalizar y adjudicar a la empresa DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., el contrato de Servicio de Asistencia Integral y Multidisciplinar a las Víctimas de Violencia de Género y a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, aprobada por la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de noviembre de 2017.

SEGUNDO. Disponer el gasto con cargo a la partida 232.226.10 del presupuesto vigente de gastos.

TERCERO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada.

CUARTO. Notificar a DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en Plaza Mayor, nº 2 en la Secretaría General del Ayuntamiento de Villalbilla.

QUINTO. Publicar la adjudicación del contrato de Servicio de Asistencia Integral y Multidisciplinar a las Víctimas de Violencia de Género y a sus hijos e hijas y otras personas dependientes en el Perfil de contratante, y publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el plazo de cuarenta y ocho días a contar desde la fecha del presente acuerdo.

SEXTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

SÉPTIMO. Remitir a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid una copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado el contrato, acompañada de un extracto del expediente en que se derive, siempre que la cuantía del contrato exceda de 450.000 euros Todo ello, dentro de los tres meses siguientes a la

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 6

Page 7: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

formalización del contrato.

OCTAVO. Designar como Responsable Técnico de la correcta ejecución del Contrato a Dª Fuencisla de Antonio Bravo, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Villalbilla.

CUARTO. RESOLUCIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL.-

Visto que con fecha 12 de septiembre de 2017, se inició el procedimiento por solicitud de SABOROSSA, adjudicatario del contrato administrativo especial Bar-Restaurante zona dotacional pública en Polideportivo municipal Arroyo del Tesoro, de resolución de dicho contrato por mutuo acuerdo en base al artículo 223.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Visto que con fecha 9 de noviembre de 2017, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para llevar a cabo dicha resolución del contrato.

Atendido que concurren razones de interés público que hacen innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato, concretadas fundamentalmente en la contrastada escasa demanda del mismo que hacen los usuarios, estando en estudio la sustitución del actual contrato por otro viable económicamente, con un precio de licitación más bajo, adecuado a las nuevas condiciones del mercado.

Visto que se citó al adjudicatario del contrato para la firma del acta de Resolución del contrato, que ha tenido lugar con fecha 22 de noviembre de 2017. Visto el Informe de Secretaría de fecha 9 de noviembre de 2017,

Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Resolver por mutuo acuerdo el contrato administrativo especial del Bar-Restaurante zona dotacional pública en Polideportivo municipal Arroyo del Tesoro, con efectos de fecha 5 de octubre de 2017, habiendo abandonado el contratista las instalaciones el mismo día 5 de octubre de 2017.

SEGUNDO.- Visto el informe de la Recaudadora municipal Nº 2017-0657 de fecha 10 de noviembre de 2017, por parte del Ayuntamiento de Villalbilla se reclama los consumos de luz, agua y gas a D. Francisco Mora Cabezuelo por el importe adeudado de 1.385,16 euros.

Visto el informe del Ingeniero Técnico Industrial nº 2017-0120 de fecha 17 de noviembre de 2017, por parte del Ayuntamiento de Villalbilla se reclama la pérdida de varios equipos y menaje por importe de 600,16 euros o la reposición del material de similares características al que existían:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 7

Page 8: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Concepto Precio unitario Cantidad TotalCazuela de barro de 20cm 1,50 € 10 15,00 € Plato de barro de 30cm 4,00 € 12 48,00 € Sartén 20,00 € 6 120,00 € Fuente ovalada porcelana blanca 7,50 € 10 75,00 € Ensaladera redonda porcelana blanca 5,00 € 4 20,00 € Bandeja metálica de asar 50,00 € 2 100,00 € Sartén con dos asas 50,00 € 1 50,00 € Tapadera de ollas en acero inoxidable 6,00 € 3 18,00 € Batidora de vaso 50,00 € 1 50,00 €

Suma 496,00 € IVA (21%) 104,16 € Total 600,16 €

TERCERO.- El Ayuntamiento de Villalbilla procede a la compensación de la garantía definitiva constituida por el contratista por importe de 760,00 euros, con el pago de las cantidades mensuales y los consumos eléctricos adeudados, por los siguientes importes:

Consumos luz, agua y gas (09/01/17 al 31/01/17) ..........................355,66.- euros. Consumos luz, agua y gas (01/06/17 al 30/06/17) ..........................331,70.- euros. Consumos luz, agua y gas (30/06/17 al 01/08/17) ..........................592,03.- euros. Consumos luz, agua y gas (01/08/17 al 01/09/17) ..........................568,97.- euros. Consumos luz, agua y gas (01/09/17 al 04/10/17) ..........................296,80.- euros. Valoración de equipos y menaje no existentes actualmente según el inventario e informe técnico......................................................600,16.- euros.

TOTAL GASTOS........................................................................2.745,32.- euros. Restar garantía provisional..........................................................- 760,00.- euros. TOTAL a pagar por el contratista, compensada garantía.......1.985,32.- euros.

Los efectos de dicha Resolución por mutuo acuerdo serán desde la fecha determinada en el acta.

CUARTO. Notificar a los interesados a los efectos oportunos.

QUINTO. APROBACIÓN CONCESIÓN SUBVENCIÓN AMPAS 2017.-

Vista la Base nº 27 “Transferencias y Subvenciones”, de Ejecución del Presupuesto vigente del Ayuntamiento de Villalbilla, en la que está contemplada la concesión de una subvención nominativa a las AMPAS de:

-CEIP Salvador Dalí. Los Hueros. Villalbilla 500€

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 8

Page 9: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

-CEIP Gregorio Canella. 500€-CEIP Peñas Albas. 500€

Vistas las justificaciones del gasto correspondiente al ejercicio del año 2016 presentado por los siguientes beneficiarios:

AMPA del CEIP “Gregorio Canella”.AMPA del CEIP “Salvador Dalí”. AMPA del CEIP “Peñas Albas”.

Leído y asumido el Informe de la Técnico de Educación de fecha de 27 de noviembre de 2017, el Informe de Intervención 2017-0287 y demás documentación obrante en el expediente, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar la justificación de la subvención concedida para el año 2016 presentada por los terceros arriba citados.

SEGUNDO.- Conceder y aprobar la concesión de la subvención nominativa prevista para el año 2017 a las AMPAS para gastos propios de su funcionamiento ordinario reconociendo la obligación y ordenando el pago con cargo a la partida 326-48102 “Servicios complementarios de educación AMPAS” del Presupuesto del 2017, siendo los importes conforme a la base de ejecución nº 27:

AMPA del CEIP “Gregorio Canella”: 500€AMPA del CEIP “Salvador Dalí”: 500€AMPA del CEIP “Peñas Albas”: 500€.

Los beneficiarios de las subvenciones justificarán la utilización de los fondos concedidos antes del 31 de diciembre de 2017 mediante la aportación facturas originales y memoria descriptiva del uso de los fondos que determinará si se ha cumplido el objeto de la subvención.

TERCERO:- Notificar el presente acuerdo a los interesados.

SEXTO. PROPUESTAS DE RECAUDACIÓN.-

DESESTIMACIÓN CAMBIO TITULAR CATASTRAL CAMINO DE LA ISABELA 7

Atendido escrito de Don E.M.G, registrado en este Ayuntamiento el día 11 de octubre de 2017 con el nº 2017-E-RC- 5116 en el que expone que la titularidad de la finca sita en Camino de la Isabela nº 7 Los Hueros Villalbilla viene a nombre de un titular que no corresponde y solicitando se actualice dicha titularidad con las escrituras aportadas.

Considerando que el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004 de 5 de marzo establece que:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 9

Page 10: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

“1. Son titulares catastrales las personas naturales y jurídicas dadas de alta en el Catastro Inmobiliario por ostentar, sobre la totalidad o parte de un bien inmueble, la titularidad de alguno de los siguientes derechos: a) Derecho de propiedad plena o menos plena. b) Concesión administrativa sobre el bien inmueble o sobre los servicios públicos a que se halle afecto. c) Derecho real de superficie. d) Derecho real de usufructo. …4. En caso de discrepancia entre el titular catastral y el del correspondiente derecho según el Registro de la Propiedad sobre fincas respecto de las cuales conste la referencia catastral en dicho registro, se tomará en cuenta, a los efectos del Catastro, la titularidad que resulte de aquél, salvo que la fecha del documento por el que se produce la incorporación al Catastro sea posterior a la del título inscrito en el Registro de la Propiedad.

Resultando que según su solicitud existe discrepancia entre el titular catastral y el titular registral.

Que en la documentación aportada, escrituras y notas simples, no existe referencia catastral del inmueble al que hace referencia la discrepancia en la titularidad.

Que no se encuentra una correlación entre las fincas A y B descritas en las escrituras y en las notas simples, con las parcelas catastrales actuales localizadas en el camino de la Isabela 7, que pueda determinar, en cuál de las dos fincas existentes, es en la que existe error en la titularidad.

Visto el informe de recaudación nº 2017-0681.

Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Catastro, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Primero.- Desestimar la solicitud de Don E.M.G, registrado en este Ayuntamiento el día 11 de octubre de 2017 con el nº 2017-E-RC- 5116, hasta que no realicen los interesados las alteraciones que corresponda, en la Dirección General de Catastro consistente en segregación de finca y declaración de obra nueva y división horizontal realizada y que consta en la escritura de 20 de marzo de 1972 del Notario Jesús Vázquez de Castro y Sarmiento.

Segundo.- Informar a los interesados que para poder proceder a realizar el cambio de titularidad catastral en el inmueble que corresponda, deben presentar la escritura de fecha 20 de marzo de 1972 del Notario Jesús Vázquez de Castro y Sarmiento con número 677 de su protocolo, y completar los impresos que les requieran, en la Gerencia Regional de Catastro de Madrid, sita en cale Guzmán el Bueno 139, 5ª planta de Madrid, o bien pueden remitir la documentación que les indique la citada Gerencia, a través del registro del Ayuntamiento de Villalbilla por el sistema de ventanilla única.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 10

Page 11: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Tercero.- Notificar al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello con indicación de los recursos que pudiera interponer en su caso, y con transcripción literal del informe de recaudación nº 2017-0681.

DESESTIMACIÓN ANULACIÓN RECARGO, INTERESES Y COSTAS

Atendido escrito de la mercantil Elkargi SGR (sociedad absorbente de la sociedad Oinarri Sociedad de Garantía para la Economía Social SGR), de fecha 10 de mayo de 2017 y registro de entrada 2017-E-RC- 2497, relativo al IBI urbana 2014 e IBI Urbana 2015 de la referencia catastral 46261609VK7746S0001SI, en el que expone:

Primero.- Con fecha 24 de septiembre de 2015 por Decreto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Alcalá de Henares, se adjudicó a Oinarri, Sociedad de Garantía para la Economía Social SGR, hoy Elkargi SGR, entre otra, la finca sita en Avda. Reyes Magos 20, referencia catastral 4261609VK7746S0001SI.

Segundo.- Con fecha 8 de mayo de 2017 Elkargi recibe notificación en la que se reclama el IBI de los ejercicios 2014 y 2015 por importe en principal de 920,99 €, recargo de apremio de 184,20 €, de costas 5,16 € e intereses de demora 70.98 €.

Y solicitando se anulen los recargos, intereses y costas de los recibos y se giren liquidaciones provisionales de IBI 2014 e IBI 2015 por el importe correspondiente a la cuota tributaria, basándose en los siguientes Fundamentos de Derecho:

1. Artículo 64.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales RDl. 2/2004 de 5 de marzo (TRLHL), que establece que en los supuestos de cambio, en la titularidad de los derechos que constituyen el hecho imponible de este impuesto, los bienes objeto de dichos derechos quedarán afectos a la pago de la totalidad de la cuota tributaria, en régimen de responsabilidad subsidiaria, en los términos previstos en la Ley General Tributaria2. Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2004, que declara que “En el supuesto de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos objeto del IBI no es precisa la declaración de fallido del adquirente para que pueda dictarse el acto administrativo de derivación.Igualmente fundamenta que, poniendo en relación los artículos 41, 43 y 176 de la LGT, el procedimiento para exigir la afección y cobro de la deuda tributaria sería:1º Declaración de insolvencia del titular anterior.2º Trámite de audiencia al nuevo titular.3º Resolución de declaración de afección y requerimiento de pago en período voluntario al nuevo titular.4º En caso de impago, inicio del período ejecutivo procediendo a dictar providencia de apremio para la ejecución del bien afecto, notificándose la misma al titular actual.5º Embargo del bien inmueble afecto y continuación tramitación hasta subasta.

Consideraciones de derecho:Considerando que el artículo 78 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria establece que :

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 11

Page 12: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

“En los tributos que graven periódicamente los bienes o derechos inscribibles en un registro público o sus productos directos, cierto o presuntos, el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales tendrán preferencia sobre cualquier otro acreedor o adquirente, aunque éstos hayan inscrito sus derechos, para el cobro de las deudas devengadas y no satisfechas correspondientes al año natural en que se exija el pago y el inmediato anterior.”

Que el artículo 194 de la Ley Hipotecaria, en su párrafo primero establece igualmente que:

“El Estado, las Provincias o los Pueblos tendrán preferencia sobre cualquier otro acreedor y sobre el tercer adquirente, aunque hayan inscrito sus derechos en el Registro, para el cobro de la anualidad corriente y de la última vencida y no satisfecha de las contribuciones o impuestos que graven a los bienes inmuebles.”

Resultando que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo que grava periódicamente los bienes inscritos en registros públicos.

Que la deuda tributaria estará constituida, según el artículo 58 de la Ley General Tributaria, por:

. La cuota o cantidad a ingresar que resulte de la obligación tributaria principal o de las obligaciones de realizar pagos a cuenta.. En su caso por:

a) El interés de demora.b) Los recargos por declaración extemporánea.c) Los recargos del período ejecutivo

Que la mercantil Oinarri Sociedad de Garantía para la Economía Social SGR, adquiere el inmueble sito en Avda. Reyes Magos 20, referencia catastral 4261609VK7746S0001SI en fecha 24 de septiembre de 2015, según consta en el Decreto 448/2015 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Alcalá de Henares, aportado.

Que la deuda tributaria del año 2015 (fecha de adquisición del inmueble) y del año 2014 (inmediato anterior) de Impuesto sobre Bienes Inmuebles del citado inmueble ascendía a fecha de solicitud a 1.181,33 €, desglosándose en:

Año Principal Recargo Intereses Costas Total2014 490,24 98,05 47,91 1,66 637,862015 430,75 86,15 23,07 3,50 543,47

Por todo ello, debe desestimarse la anulación de los recargos e intereses de los recibos de IBI 2014 e IBI 2015 de la referencia catastral 4261609VK7746S0001SI, puesto que no se ha realizado una derivación de responsabilidad, sino que se ha procedido a la aplicación del artículo 78 de la Ley General Tributaria.

Visto el informe de recaudación nº 2017-0682.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 12

Page 13: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 58 y artículo 78 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y artículo 194 Ley Hipotecaria.

Y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Primero.- Desestimar la anulación de los recargos, intereses y costas generados por el impago de los recibos de IBI urbana 2014 e IBI Urbana 2015 de la referencia catastral 46261609VK7746S0001SI, en base a la legislación apuntada.

Segundo.- Requerir el pago de los recibos de IBI 2014 y 2015 de la referencia catastral 4261609VK7746S0001SI, que asciende a la cantidad de 1.201,39 €, desglosándose en:

Año Principal Recargo Intereses Costas Total2014 490,24 98,05 58,59 1,66 648,542015 430,75 86,15 32,45 3,50 552,85, a nombre de Oinarri Sociedad de Garantía para la Economía Social SGR.

Tercero.- Notificar al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello con indicación de los recursos que pudiera interponer en su caso.

SÉPTIMO. RECONOCIMIENTO DE DERECHOS POR SINIESTRO EN EL PABELLÓN DEPORTIVO VEGA RETUENGA.-

Visto el expediente nº 1006/2016 del contrato privado de Seguro de Daños Materiales en edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Villalbilla, y su pliego técnico correspondiente,

Vista la denuncia presentada por el Alcalde-Presidente ante la Guardia Civil por un robo con daños y sustracción ocurrido en el Pabellón Deportivo Vega Retuenga, sito en el Camino de las Eras s/nº,

Vista la documentación de la correduría AON Unidad de Siniestros y de la entidad aseguradora AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros,

Vista la propuesta de indemnización realizada por la compañía aseguradora de los instrumentos musicales sustraídos por un importe de 2.739,50 euros,

Visto que de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 13

Page 14: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Primero.- Estimar la aprobación del reconocimiento de derechos por importe de dos mil setecientos treinta y nueve euros con cincuenta céntimos (2.739,50 €) como indemnización por los daños sustraídos en el robo denunciado.

Segundo.- Dar traslado al Servicio de Contabilidad para que proceda a hacer las anotaciones oportunas.

OCTAVO. APROBACIÓN PROYECTO DE LAS “OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA PLAZA DE LA BIBLIOTECA”. -

Visto el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2017, aprobado mediante Decreto 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 166, de 14 de julio de 2016.

Visto que con fecha 13 de diciembre de 2016, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, poniéndose en marcha el Programa de Inversión Regional, de forma que cada Ayuntamiento puede iniciar su ejecución de acuerdo con la tipología de gestión elegida.

Considerando que el Ayuntamiento de Villalbilla, mediante acuerdo Pleno de fecha 8 de septiembre de 2016, decidió la gestión íntegra por parte del Ayuntamiento de Villalbilla de todas las actuaciones propuestas para su alta en el Programa.

Atendido que las solicitudes de alta, en los términos de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, han de formalizarse en el modelo normalizado, aprobado mediante Resolución de 19 de diciembre de 2016, del Director General de Administración Local, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 3, de fecha 4 de enero de 2017.

Visto que, según lo establecido en el artículo 12 del Decreto 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, los Ayuntamientos que gestionen actuaciones, en los supuestos previstos en el artículo 10, diferenciarán las fases de Redacción y aprobación del proyecto, de Adjudicación y contratación, y de Ejecución y dirección facultativa, debiendo ser comunicada, cada una de estas fases, a los centros gestores tan pronto como se produzca, una vez autorizada la gestión mediante la resolución de alta.

Atendidos el Informe Técnico municipal sobre la actuación propuesta y su viabilidad posterior, así como la certificación del Interventor acreditando el

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 14

Page 15: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa relativa a la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Solicitada, mediante Acuerdo Pleno de fecha 10 de marzo de 2017, el alta en el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, de la actuación “OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA PLAZA DE LA BIBLIOTECA, VILLALBILLA, MADRID”, siendo el tipo de gestión municipal y con un importe de ejecución por contrata de SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS//74.293,81//, desglosado en un coste de ejecución material de 51.596,50 euros, 6.707,55 € de gastos generales (13%), 3.095,79€ de beneficio industrial (6%) y 12.893,97 € de I.V.A. (21%).

Aprobado inicialmente, en la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de marzo de 2017, el Proyecto de las obras. Enviada la documentación a la D.G. de Administración Local con Ref: 10/083298.9/17.

Realizada rectificación mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 6 de abril de 2017, y enviados el informe técnico y el certificado de la Junta de Gobierno Local a la Dirección General de Administración Local con Ref: 10/111721.9/17.

Dictada por la Dirección General de Administración Local, con fecha 11 de julio de 2017, Resolución de Alta de la actuación “Obras de acondicionamiento de la Plaza de la Biblioteca” en el municipio de Villalbilla.

Conforme a lo establecido en el artículo 12.1 del Decreto 75/2016, de 12 de julio, con fecha 21 de julio de 2017, por este Ayuntamiento se comunicó a la Dirección General de Administración Local la fase de redacción y aprobación del Proyecto de obras mediante la aportación del Proyecto correspondiente a la actuación citada, para su supervisión y aprobación con arreglo a lo dispuesto en el art. 12.2 del mismo Decreto.

Emitido con fecha 21 de noviembre de 2017 Informe Propuesta Favorable por parte del Servicio de Supervisión de Proyectos, por el Director General de Administración Local, mediante Resolución de fecha 24 de noviembre de 2017 se Aprueba el Proyecto de la Actuación “Obras de acondicionamiento de la Plaza de la Biblioteca” en el municipio de Villalbilla, dentro del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019.

Visto el Proyecto Técnico de ejecución de las obras, redactado desde los Servicios Técnicos municipales, de presupuesto inferior a 350.000,00 euros, entendiendo que los documentos integrantes del mismo contienen la documentación suficiente para definir, valorar y ejecutar las obras que comprende, reuniendo los requisitos exigidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 15

Page 16: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Considerando el órgano municipal competente, para la contratación de las obras que el mismo incluye, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.1 o) y 22.2 ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con la disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; dado que el importe es de 74.293,81 euros, corresponderá su aprobación al Alcalde, el cual tiene delegada la competencia en la Junta de Gobierno Local, mediante Decreto número 313, de fecha 18 de junio de 2015, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Obras para la ejecución de las “OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LA PLAZA DE LA BIBLIOTECA, VILLALBILLA, MADRID”, con un importe de ejecución por contrata de SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS//74.293,81//, desglosado en un coste de ejecución material de 51.596,50 euros, 6.707,55 € de gastos generales (13%), 3.095,79€ de beneficio industrial (6%) y 12.893,97 € de I.V.A. (21%).

SEGUNDO.- Previamente a la tramitación del expediente de contratación de las obras, que se lleve a cabo el replanteo del Proyecto de obras, de conformidad con el artículo 126 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y que consistirá en comprobar la realidad geométrica de la obra y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución, debiéndose comprobar cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar.

TERCERO.- Que se proceda a la tramitación del correspondiente expediente de contratación de las “Obras de acondicionamiento de la Plaza de la Biblioteca” en el municipio de Villalbilla y, una vez adjudicadas las mismas, comunicar a la Dirección General de Administración Local la adjudicación de las obras, así como, en su caso, los proyectos modificados, complementarios, liquidaciones y cualquier otra incidencia que resulte de interés para la ejecución y seguimiento de las obras.

CUARTO.- Certificada la adjudicación de las obras y una vez formalizado el contrato, solicitar a la Comunidad de Madrid el abono del 50 por 100 de su aportación a la actuación “Obras de acondicionamiento de la Plaza de la Biblioteca” en el municipio de Villalbilla, en relación con el importe de adjudicación.

QUINTO.- Emitida la certificación final y el acta de recepción de la obra, solicitar a la Comunidad de Madrid el abono del importe restante de ejecución de la obra, así como, en su caso, todos los gastos asociados a la misma en el porcentaje de cofinanciación que le corresponda conforme a lo establecido en el Plan de Actuación.

Para el abono de los citados importes presentar en la Dirección General de Administración Local la siguiente documentación:

a) El acta de recepción de la obra.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 16

Page 17: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

b) Las certificaciones de obra correspondientes debidamente aprobadas por el órgano municipal competente, incluida la de liquidación.

c) El acta favorable de comprobación material del gasto.d) Las facturas correspondientes, aprobadas por el órgano municipal

competente, se acompañarán de la certificación municipal de dicha aprobación.

NOVENO. VEHÍCULOS ABANDONADOS.-

DECLARACIÓN DE VEHÍCULO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO

Se podrá consultar en el Acta expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

DÉCIMO. APROBACIÓN PRÓRROGA CONVENIO CALIFICACIÓN INSTALACIONES, CESIÓN AULAS, A LA EMPRESA IFCAM.-

Visto el convenio de cesión de aulas e instalaciones del Centro Polivalente de Peñas Albas para su posterior registro como Centros Formativos acreditados o inscritos ante la Comunidad de Madrid, para la Formación Profesional para el Empleo, y posterior impartición de Acciones Formativas, firmado con la sociedad INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS CAM, S.L.(IFCAM), el día 26 de noviembre de 2015.

Vista la finalización del periodo de vigencia del convenio el día 26 de noviembre de 2017.

Atendido que en la cláusula cuarta del convenio se prevé la posibilidad de prórroga del mismo por años naturales.

Atendido el visto bueno de la Agente de Desarrollo Local, Técnico Responsable de la correcta Ejecución del Convenio, favorable a dicha prórroga por el correcto funcionamiento del servicio, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Primero.- Prorrogar el convenio de calificación de las instalaciones municipales como Centro Formativo Homologado ante la Comunidad de Madrid, firmado el día 26 de noviembre de 2015, por un período de un año, hasta el próximo día 30 de diciembre de 2018, inclusive.

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio Administrativo, el precio del contrato, para el período prorrogado, se entenderá revisado en los términos fijados en el mismo.

Tercero.- Notificar al adjudicatario el presente acuerdo con los recursos que procedan.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 17

Page 18: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

UNDÉCIMO. APROBACIÓN TASA DE UTILIZACIÓN CENTRO CULTURAL LOS HUEROS A FORMAJOBS POR USO IMPARTICIÓN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD.-

Visto el Convenio de Colaboración de fecha 4 de enero de 2016 firmado entre el Ayuntamiento de Villalbilla y la empresa FORMAJOBS, S.L. para la concesión por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid de la acreditación y homologación de las Aulas Polivalente Nº 1 y 3 y las instalaciones comunes del Centro Cultural Los Hueros para la impartición de acciones formativas especialmente Certificados de Profesionalidad cuyos destinatarios principalmente son las personas desempleadas.

Visto que la Cláusula sexta del Convenio establece que la contraprestación en concepto de cesión de los espacios objeto del Convenio se establecerá de conformidad con el informe emitido al efecto por el Arquitecto municipal sobre evaluación de tasas y gastos asociados para la autorización de ocupación del bien de dominio público municipal con objeto de la impartición de planes de formación.

Visto el informe de la Técnico de Empleo y Desarrollo Económico de fecha 27 de noviembre de 2017, que se transcribe a continuación:

“Que la empresa FORMAJOBS, S.L.. firmó el 4 de enero 2016 Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Villalbilla para la concesión por la Consejeria de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid la acreditación y homologación de las Aulas Polivalente Nº 1 y 3 y las instalaciones comunes del Centro Cultural Los Hueros para la impartición de acciones formativas especialmente Certificados de Profesionalidad cuyos destinatarios principalmente son las personas desempleadas.

Que la Consejería de Economías, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha concedido a la empresa FORMAJOBS, S.L.. subvención para impartir el Certificado de Profesionalidad “COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL”. La formación se impartió en el Aula Nº 1 del Centro Cultural Los Hueros, acreditado por la Comunidad de Madrid para impartir el citado Certificado de Profesionalidad.

Que el Certificado de Profesionalidad arriba indicado consta de 290 horas de teoría que se impartieron en el aula nº 1 del Centro Cultural de Los Hueros desde el 26 de junio al 31 de octubre de 2017.

Que en la addenda del Convenio de Colaboración firmada entre FORMAJOB, S.L. y el Ayuntamiento de Villalbilla quedó establecido que la empresa de formación abonaría al Ayuntamiento de Villalbilla, una tasa en concepto de gastos de cesión por el uso de las instalaciones de 12€/Hora/Aula.

Por lo anteriormente expuesto se propone: PTRIMERO.- Estimar la liquidación correspondiente al uso del Aula Nº 1 y de las instalaciones comunes del Centro Cultural de Los Hueros por la ejecución del Certificado de Profesionalidad COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL de 290 horas de duración teórica y cuyo importe asciende a 3.480€.SEGUNDO.- Notificar al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, el importe a liquidar con indicación del plazo para efectuar el pago.

Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 4. de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización de Locales y

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 18

Page 19: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

otros Espacios públicos en Edificios Municipales y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la liquidación, a nombre de FORMAJOBS S.L, correspondiente al uso del Aula Nº 1 y de las instalaciones comunes del Centro Cultural de Los Hueros por la ejecución del Certificado de Profesionalidad “COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL” de 290 horas de duración y cuyo importe asciende a tres mil cuatrocientos ochenta euros (3.480.-) €.

SEGUNDO.- Notificar al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con indicación de los plazos para el pago y de los recursos que pudiera interponer en su caso.

DUODÉCIMO. LICENCIAS URBANÍSTICAS.-

LICENCIA OVP Nº 41.17 CORTE DE CALLE PARCIAL C/ VALHONDO Nº 31.-

Visto el escrito presentado por HISPANAGUA, S.A.U., Ocupación Vía Pública núm. 41.17 con Reg. Entrada 5715/2017 de 13 de noviembre, por el que solicita permiso para el corte parcial de la C/ VALHONDO, a la altura del nº 31, el día 21 de noviembre de 2017, entre las 9:00 y las 18:00 horas, con motivo de la ejecución de acometida de agua sanitaria de la vivienda sita en este número, trabajos amparados en la licencia de cala 401.17, en este término municipal.

Atendido el informe favorable del Ingeniero Técnico de Obras Públicas nº 220/2017 de 23 de noviembre, cuyo tenor literal a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“En relación al escrito de fecha 13 de noviembre de 2017 y número de registro de entrada 2017-E-RE-5715 realizado por la empresa HISPANAGUA, S.A.U., en el que se solicita permiso para el corte parcial de la calle Valhondo, a la altura de los número 31, el día 21 de noviembre de 2017, entre las 9:00 y las 18:00 horas, con motivo de la ejecución de una acometida de agua sanitaria, trabajos amparados por la licencia de obras 401.17, informo que, en cumplimiento de lo establecido en la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCANCÍAS, ESCOMBROS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, GRUAS PLUMAS Y OTROS ANÁLOGOS, en el artículo 3º Grupo III, se establece que la tasa a pagar para el corte de una calle será de 1,00 euro por cada metro lineal y día, con un máximo de 1.500,00 euros.

En este caso, y según consta en los planos correspondientes, la longitud del tramo de calle afectado por el corte de la calle es de 50 metros por lo cual la cantidad

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 19

Page 20: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

a pagar para el corte de las mismas será:

50 m x 1,00 euros/m y día x 1 día = 50,00 euros.

Como este importe es inferior al máximo establecido, la tasa a pagar es de 50,00 euros.

Destacar que la señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante y deberán estar instalados con 48 horas de antelación.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Ocupación de Vía Pública nº 41.17 a HISPANAGUA, S.A.U., para el corte parcial de la C/ VALHONDO, a la altura del nº 31, el día 21 de noviembre de 2017, entre las 9:00 y las 18:00 horas, con motivo de la ejecución de acometida de agua sanitaria de la vivienda sita en este número, trabajos amparados en la licencia de cala 401.17, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 €).

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE CALA Nº 412.17.-

VISTO el escrito presentado con Reg. Entrada 5393/2017 de 25 de octubre de CANAL DE ISABEL II GESTIÓN, S.A., para la obtención de la Licencia de Cala con corte de calle nº 412.17, para la reparación de 3 rejillas corridas que existen en la C/ MEZQUITA, en este término municipal.

ATENDIDO el informe del Ingeniero Técnico de Obras Públicas municipal nº 219/2017 de 23 de noviembre, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente, que a continuación se transcribe:

“En relación al escrito de fecha 25 de octubre de 2017 y número de registro de entrada 2017-E-RC-5393 realizado por la empresa LICUAS, S.A. actuando en

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 20

Page 21: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

representación de CANAL DE ISABEL II GESTIÓN, S.A., en el que se solicita permiso para el corte parcial de la calle Mezquita, expongo que el corte de calle es necesario para la reparación de 3 rejillas corridas que existen en la misma, por lo que se informa FAVORABLEMENTE la concesión del permiso solicitado.

Estas obras, al ser de interés general, están exentas de tasas.

Destacar que la señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante y deberán estar colocados con al menos 72 horas de antelación.”

DE ACUERDO con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 313/2015, de 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- CONCEDER a CANAL DE ISABEL II GESTIÓN, S.A., Licencia de Cala con corte de calle nº 412.17, para la reparación de 3 rejillas corridas que existen en la C/ MEZQUITA, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Las obras se terminarán en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, admitiéndose una única prórroga por igual espacio de tiempo y previa su oportuna solicitud.

TERCERO.- Condicionar la Licencia de Cala al cumplimiento del contenido de los informes técnicos nº 412/2017.

CUARTO.- La Licencia se otorga salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. No podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubiere incurrido el beneficiario en el ejercicio de sus actividades.

QUINTO.- La Licencia quedará sin efecto si se incumplieren las condiciones a que esta subordinada y se revocará cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

SEXTO.- La Licencia no afectará, en absoluto, a la naturaleza de las vías públicas, constitutivas de un patrimonio inalienable e imprescriptible del municipio de Villalbilla.

SÉPTIMO.- Se prohíbe el empleo de martillos neumáticos y cualquier otra clase de elementos o aparatos, que pueda perturbar al sosiego del vecindario desde la puesta de sol hasta las ocho de la mañana. Fuera de estas horas, se guardarán las debidas garantías para que los trabajos no ofrezcan ninguna ocasión de molestias.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 21

Page 22: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

OCTAVO.- Al ser declaradas las obras solicitadas de interés general, NO PROCEDE EL COBRO DE CANTIDAD ALGUNA en concepto de Tasas por Tramitación de Licencias Urbanísticas.

NOVENO.- El pago de los derechos con anterioridad en la entrega de la Licencia y, simultáneamente, se constituirá un depósito previo, en metálico o aval bancario, del coste de reposición de los pavimentos e instalaciones que resulten afectados.

DÉCIMO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE CALA Nº 435.17

Visto el escrito presentado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., Licencia de Cala núm. 435.17, para rehabilitar la canalización que da servicio a la vivienda sita en la C/ JUAN EUSEBIO LÓPEZ SOLDADO Nº 13, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales núm. 217/2017 de 23 de noviembre, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente, que a continuación se transcribe:

“ En relación al escrito de fecha 14 de noviembre de 2017 y número de registro de entrada 2017-E-RE-639 realizado por la empresa TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. y número de su referencia UAPB0687, en el que se solicita licencia para la eje-cución de una cala en la calle Juan Eusebio López Soldado, se informa que dichos tra-bajos son necesarios para rehabilitar la canalización que da servicio a la vivienda situada en la calle Juan Eusebio López Soldado núm. 13, por lo que en consecuencia PROCEDE conceder la licencia de cala solicitada, condicionándose la misma a la re-alización de:

1. Un depósito por importe de 393,36 euros en previsión de los desperfectos que pueda originar TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. en el lugar de la cala autorizada. Este depósito será devuelto, previa petición por escrito del interesado, una vez transcurridos seis meses desde la finalización de las obras, y siempre que se hayan ejecutado a satisfacción del Ayuntamiento.

2. Un depósito por importe de 150,00 euros con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid. Este depósito será devuelto previa petición por escrito del interesado, cuando se presente en el Ayuntamiento de Villalbilla los albaranes correspondientes al vertido de residuos generados emitido a tal efecto por un vertedero autorizado.

En virtud de la Ley 15/1987, de 30 de julio (B.O.E. 31/07/87), no procede el cobro de tasa alguna, ya que Telefónica satisface sus deudas tributarias mediante compensación en metálico del 1,9% de los ingresos brutos de la facturación realizada en el término municipal.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 22

Page 23: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Se recuerda que, si los citados avales serán depositados por una empresa diferente de la solicitante, se debe aportar carta que así lo justifique.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., Licencia de Cala núm. 435.17 para rehabilitar la canalización que da servicio a la vivienda sita en la C/ JUAN EUSEBIO LÓPEZ SOLDADO Nº 13, previo el abono de tasas a que hubiere lugar.

SEGUNDO.- Las obras se terminarán en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, admitiéndose una única prórroga por igual espacio de tiempo y previa su oportuna solicitud.

TERCERO.- Condicionar la Licencia de Cala al cumplimiento de las prescripciones generales que figuran en las normas urbanísticas, así como a lo establecido en el informe técnico transcrito.

CUARTO.- Ante posibles desperfectos que TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., pueda originar en la vía pública, se deberá exigir con anterioridad a la entrega de la Licencia, un depósito de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (393,36 Euros), para la reposición de éstos, que serán devueltos transcurridos SEIS MESES desde la ejecución de las obras, siempre y cuando hayan sido realizadas a satisfacción del Ayuntamiento, y previa petición del interesado.

QUINTO.- Un depósito por importe de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros), con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid. Este depósito será devuelto previa petición por escrito del interesado, cuando se presente en el Ayuntamiento de Villalbilla los albaranes correspondientes al vertido de residuos generados emitidos a tal efecto por un vertedero autorizado.

SEXTO.- En el caso que dichos depósitos sean presentados por empresa diferente al solicitante, se deberá aportar carta que así lo justifique.

SÉPTIMO.- La Licencia se otorga salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. No podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubiere incurrido el beneficiario en el ejercicio de sus actividades.

OCTAVO.- La Licencia quedará sin efecto si se incumplieren las condiciones a que esta subordinada y se revocará cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 23

Page 24: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

otorgamiento.

NOVENO.- La Licencia no afectará, en absoluto, a la naturaleza de las vías públicas, constitutivas de un patrimonio inalienable e imprescriptible del municipio de Villalbilla.

DÉCIMO.- Se prohíbe el empleo de martillos neumáticos y cualquier otra clase de elementos o aparatos, que pueda perturbar al sosiego del vecindario desde la puesta de sol hasta las ocho de la mañana. Fuera de estas horas, se guardarán las debidas garantías para que los trabajos no ofrezcan ninguna ocasión de molestias.

UNDÉCIMO.- En virtud de la Ley 15/1987, de 30 de julio (B.O.E. 31-07-87), TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., satisface sus deudas tributarias mediante compensación en metálico del 1,9% de los ingresos brutos de la facturación realizada en el término municipal, por lo que NO PROCEDE EL COBRO DE CANTIDAD ALGUNA EN ESTE SENTIDO.

DUODÉCIMO.- El pago de los derechos con anterioridad en la entrega de la Licencia y, simultáneamente, se constituirá un depósito previo, en metálico o aval bancario, del coste de reposición de los pavimentos e instalaciones que resulten afectados.

DÉCIMO TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO INCAUTACIÓN PARCIAL FIANZA

Visto el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local con fecha 27 de octubre de 2017, mediante el cual se inicia a Don A.M.L. expediente de incautación parcial de la fianza depositada el 28 de enero de 2004, por importe de MIL SETECIENTOS VEINTICINCO EUROS (1.725,00 €), en concepto de obras complementarias de urbanización en C/ Álamo nº 3, en el expediente nº 1035/2003, licencia de obra mayor nº 268.03, incautando la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (498,52 €), concediendo al interesado trámite de vista y audiencia,

Contra dicho acuerdo, notificado al interesado y existiendo constancia de su recepción con fecha 10 de noviembre de 2017, no se han presentado alegaciones al respecto, una vez transcurrido el plazo de diez días desde su recepción,

VISTA la realidad de la fianza depositada por DON A. M. L., el 28 de enero de 2004, por importe de MIL SETECIENTOS VEINTICINCO EUROS (1.725,00 €), en concepto de obras complementarias de urbanización, en el expediente nº 1035/2003 de licencia de obra mayor nº 268.03.

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en este área,

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 24

Page 25: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Incautar parcialmente a Don A.M.L. la fianza depositada el 28 de enero de 2004, por importe de MIL SETECIENTOS VEINTICINCO EUROS (1.725,00 €), en concepto de obras complementarias de urbanización en C/ Álamo nº 3, en el expediente nº 1035/2003, licencia de obra mayor nº 268.03, incautando la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (498,52 €).

SEGUNDO.- Devolver a Don A.M.L. la cantidad restante, por importe de MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.226,48 €).

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado, en legal forma, con indicación de los recursos que procedan, y al Departamento de Contabilidad.

ARCHIVO EXPEDIENTE LIC. DE CALA Nº 339.17

Con Reg. Entrada Electrónico 4138/2017 de 14 de agosto, la empresa UFINET, S.A.U., solicita Licencia de Cala nº 339.17 para ejecutar enlace que permita proporcionar el servicio de fibra óptica en la finca sita C/ BENITO PÉREZ GALDÓS Nº 62, en este término municipal.

Examinada la documentación presentada por los Servicios Técnicos Municipales y para poder continuar la tramitación de la solicitud, se requiere al interesado para que en el plazo de un mes, presente documento firmado con Telefónica de España SAU por el que ésta, autorice a la empresa solicitante a la utilización de su canalización en Villalbilla, advirtiéndole que en caso de no presentarlo se le tendrá por desistido de su petición,

Transcurrido el plazo concedido para la presentación de documentación sin haberse atendido, el Técnico Municipal de Obras ha emitido informe de fecha 28 de noviembre, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“En relación con el expediente 821/2017 por el que se solicitaba licencia de cala en la calle Benito Pérez Galdós núm. 62, para la ejecución de un enlace que permita proporcionar el servicio de fibra óptica en la zona, se expone que transcurrido el plazo establecido para la presentación de la documentación requerida en la Notificación de fecha 25 de septiembre de 2017, y al no haberse presentado, se RECOMIENDA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 25

Page 26: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

PRIMERO.- De acuerdo con el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ARCHIVAR EL EXPEDIENTE de la Licencia de Cala nº 339.17 solicitada por UFINET TELECOM, S.A.U. para ejecutar obras de enlace para dotar del servicio de fibra óptica en la finca sita C/ BENITO PÉREZ GALDÓS Nº 62, en este término municipal.

SEGUNDO.- Notifíquese al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 424/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5565/2017 de 03 de noviembre, Licencia de Obras núm. 424/17, para INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO CON OCUPACIÓN PUNTUAL DEL TERRENO DE DOMINIO PÚBLICO EN LA ZONA LATERAL DE PARCELA PARA SU EJECUCIÓN, en la C/ NORUEGA Nº 39, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 27 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la “INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO CON OCUPACIÓN PUNTUAL DEL TERRENO DE DOMINIO PÚBLICO EN LA ZONA LATERAL DE PARCELA PARA SU EJECUCIÓN”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Piscina:- Superficie laminar de agua: 15 m².- Una vez concluidas las obras deberá presentarse:

- Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado.- Alta de la piscina en el Catastro de bienes inmuebles (mod. 902 N).

Ocupación del dominio público:- No está autorizada la permanencia de vehículos ni materiales en la zona verde.

Únicamente se permite su paso durante el tiempo mínimo imprescindible para el suministro de materiales y retirada de residuos.

- El acceso deberá realizarse desde la calle Noruega a la altura del número 35, según el plano aportado por el promotor. El interesado deberá solicitar en el Ayuntamiento la retirada de la cadena localizada en el acceso al parque.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 26

Page 27: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

- Para evitar posibles daños en las instalaciones subterráneas del parque, la retirada de las tierras se hará mediante vehículos ligeros tipo dúmper.

- Se deberá garantizar que ninguno de los árboles presentes puedan sufrir daños. Por ello, los árboles que se encuentren a menos de 3 metro de la zona de paso de vehículos y maquinaria, deberán protegerse a lo largo de tronco en una altura no inferior a los 3 metros desde el suelo mediante la colocación de tablones de madera cubriendo toda su superficie.

- Queda prohibido el acceso de vehículos y maquinaria a la zona cuando las tierras presenten una humedad excesiva, pudiéndose originar rodadas o graves compactaciones del terreno.

- Por medidas de seguridad, la circulación de vehículos dentro del parque sólo estará permitida en horario de mañana de lunes a viernes.

- La reposición del terreno ocupado será por cuenta del promotor condicionada a la aprobación final de los servicios técnicos municipales.

- Ocupación de la vía pública: Durante el desarrollo de los trabajos deberá señalizarse la zona ocupada y mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal. La señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia - PISCINA (Art. 7. 7. de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas):

Sup. de Lámina de agua ≤ 15 m² : 180,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011), Art. 3.III.:Según la distancia a recorrer:

75 m x 1,00 €/m día x 1 día = 75,00 €.Abonado (03/11/17): 25,00 €PDTE. DE ABONO: 50,00 €

► DEPÓSITO PARA REPOSICIÓN DE DOMINIO PÚBLICO: Según el Art. 7 de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas, se establece un depósito para cubrir los posibles desperfectos originados en el dominio público durante la ejecución de las obras, determinado por los Servicios Técnicos Municipales en función del coste que conllevaría el arreglo de dichos desperfectos. En consecuencia se establece un depósito según presupuesto anexado al expediente de licencia por importe de 188,99 € (CIENTO OCHENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 27

Page 28: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5565/2017 de 03 de noviembre, para la realización de obras consistentes en INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO CON OCUPACIÓN PUNTUAL DEL TERRENO DE DOMINIO PÚBLICO EN LA ZONA LATERAL DE PARCELA PARA SU EJECUCIÓN, en la C/ NORUEGA Nº 39, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA EUROS (180,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de SETENTA Y CINCO EUROS (75,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para cubrir los posibles desperfectos originados en el dominio público durante la ejecución de las obras, que asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (188,99 €).

SEXTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 437/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5779/2017 de 15 de noviembre, Licencia de Obras núm. 437/17, para CONSTRUCCIÓN DE MURO MEDIANERO ENTRE PARCELAS SOBRE LA LINDE DE FONDO, en la AVD. DINAMARCA Nº 74, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 27 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 28

Page 29: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

“Examinada la solicitud de Licencia presentada los actos descritos tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la “CONSTRUCCIÓN DE MURO MEDIANERO ENTRE PARCELAS SOBRE LA LINDE DE FONDO”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011), en este caso por tratarse de la “modificación de cerramientos de solares existentes” afectando a medianerías interiores.

Vista la documentación presentada, se aporta la identificación de la propiedad colindante y el escrito firmado de consentimiento para la actuación sobre la medianería en común.

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Cerramiento de medianería:- Altura máxima 2,50 m. desde la cota más baja del terreno de ambas parcelas en

contacto con la medianería.- En su ejecución se ofrecerán las suficientes garantías de estabilidad frente a

impactos horizontales y acciones horizontales continuas. Los materiales utilizados, su aspecto y calidad, cuidarán su buen aspecto, una reducida conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúen.

- La presente licencia se concede sin perjuicio de las consideraciones legales sobre el uso y servidumbre de medianerías a las que de acuerdo con el derecho civil hubiere lugar.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia (procedimiento ordinario): 60,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 29

Page 30: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Entrada 5779/2017 de 15 de noviembre, para la realización de obras consistentes en CONSTRUCCIÓN DE MURO MEDIANERO ENTRE PARCELAS SOBRE LA LINDE DE FONDO, en la AVD. DINAMARCA Nº 74, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 436/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5787/2017 de 15 de noviembre, Licencia de Obras núm. 436/17, para INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ SANTOLINA Nº 36, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 27 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la “INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Piscina:- Superficie laminar de agua: 18,60 m².- Una vez concluidas las obras deberá presentarse:

- Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado.- Alta de la piscina en el Catastro de bienes inmuebles (mod. 902 N).

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 30

Page 31: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ocupación de la vía pública:- Durante el desarrollo de los trabajos deberá señalizarse la zona ocupada y

mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública de la Ordenanza Municipal.

- La señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia - PISCINA (Art. 7. 7. de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas):

Sup. de Lámina de agua ≤ 25 m² : 225,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011), Art. 3.I.:Camión pluma estándar:

(10m x 2,5m) x 1,00 €/m² día x 1 día = 25,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5787/2017 de 15 de noviembre, para la realización de obras consistentes en INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ SANTOLINA Nº 36, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS (225,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de VEINTI CINCO EUROS (25,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 31

Page 32: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 388.17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5898/2017 de 22 de noviembre, Licencia de Obras núm. 388/17, para INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ NICOLÁS GUILLÉN Nº 3, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 27 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la “INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Piscina:- Superficie laminar de agua: 21,00 m².- Una vez concluidas las obras deberá presentarse:

- Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado.- Alta de la piscina en el Catastro de bienes inmuebles (mod. 902 N).

Ocupación de la vía pública:- Durante el desarrollo de los trabajos deberá señalizarse la zona ocupada y

mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública de la Ordenanza Municipal.

- La señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante.

RESUMEN DE TASAS:► Tasa por Licencia - PISCINA (Art. 7. 7. de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas):

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 32

Page 33: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Sup. de Lámina de agua ≤ 25 m² : 225,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011), Art. 3.I.:Camión pluma estándar:

(10m x 2,5m) x 1,00 €/m² día x 1 día = 25,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5898/2017 de 22 de noviembre, para la realización de obras consistentes en INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE PRIVADO DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ NICOLÁS GUILLÉN Nº 3, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS (225,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de VEINTICINCO EUROS (25,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN VVDA C/ PABLO NERUDA Nº 5

Visto el escrito presentado, el 16 de octubre con registro de entrada nº 2017-E-RC-5175,

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 33

Page 34: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

solicitando Licencia de Primera Ocupación de la vivienda unifamiliar aislada, sita en la C/ PABLO NERUDA Nº 5, siendo autor del Proyecto técnico competente.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 30 de noviembre de 2017, que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“… atendiendo a la solicitud de licencia de primera ocupación presentada con registro de entrada nº 2017-E-RC-5175, correspondiente a las obras de “construcción de vivienda unifamiliar aislada” en la parcela situada en la c/ Pablo Neruda N.º 5 de la urbanización “El Viso” de este municipio, con referencia catastral 8872304VK6787S0001XY, se informa lo siguiente:

1.- Resumen de documentos incorporados al Expediente:- Impreso de solicitud.- Certificado final de obra.- Justificante de Declaración Catastral de bienes inmuebles (mod. 902 N).- Libro del Edificio en soporte digital.- Copia de Licencia de Obras, N.º 78.16 de fecha 1 de abril de 2016.- Acta de comprobación de replanteo.- Certificado de eficiencia energética.

2.- Girada visita de inspección a los inmuebles de acuerdo con la Ley del Suelo (LSCM. 9/2001, Art. 153), se observa la conformidad de las obras ejecutadas y del uso al que van a ser destinadas a la ordenación urbanística aplicable ajustándose al Proyecto de Ejecución aprobado para la concesión de Licencia de Obra.

3.- Conclusión: En consecuencia se informa favorablemente la Licencia de Primera Ocupación solicitada.

4.- LIQUIDACIÓN DE TASAS:

Importe Licencia de Obra MY N.º 78.16: 8.160,60 €Depósito LPO. (7% LIC. ó mín. 100 €): 571,24 € (Realizado el 08/04/2016).

El importe de la Tasa correspondiente a la concesión de Licencia de Primera Ocupación asciende a la cantidad de 571,24 € (quinientos setenta y un euros con veinticuatro céntimos), ejecutándose a tal efecto el depósito realizado en el momento de obtener la Licencia de Obra.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en este área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 34

Page 35: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

PRIMERO.- CONCEDER Licencia Municipal de Primera Ocupación, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación al Reg. Entrada nº 2017-E-RC-5175 de 16 de octubre, de la vivienda unifamiliar aislada sita en la C/ PABLO NERUDA Nº 5, Ref. Catastral 8872304VK6787S0001XY, en este término municipal.

SEGUNDO.- APROBAR la liquidación de la tasa por tramitación de la Licencia de Primera Ocupación, que asciende a QUINIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (571,24 Euros), y compensar el depósito realizado en la licencia de obras nº 78.16.

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 447/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5945/2017 de 23 de noviembre, Licencia de Obras núm. 447/17, para INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ OCTAVIO PAZ Nº 1, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 30 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la “INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, B.O.C.M. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Piscina:- Superficie laminar de agua: 26,25 m².- Una vez concluidas las obras deberá presentarse:

- Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado.- Alta de la piscina en el Catastro de bienes inmuebles (mod. 902 N).

Ocupación de la vía pública:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 35

Page 36: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

- Durante el desarrollo de los trabajos deberá señalizarse la zona ocupada y mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública de la Ordenanza Municipal.

- La señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia - PISCINA (Art. 7. 7. de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas):

Sup. de Lámina de agua ≤ 50 m² : 375,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011), Art. 3.I.:Camión pluma estándar:

(10m x 2,5m) x 1,00 €/m² día x 1 día = 25,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5945/2017 de 23 de noviembre, para la realización de obras consistentes en INSTALACIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OCUPACIÓN PUNTUAL DE LA VÍA PÚBLICA PARA DESCARGA, en la C/ OCTAVIO PAZ Nº 1, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS (375,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de VEINTICINCO EUROS (25,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 36

Page 37: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 340/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada Electrónico 366/2017 de 18 de julio, Licencia de Obras núm. 340/17, para ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES DE PARCELA DE VIVIENDA UNIFAMLIAR Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la AVD. ROBLEDAL Nº 42, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 30 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, consistentes en el “ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES DE PARCELA DE VIVIENDA UNIFAMLIAR Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO”.

La ocupación de terrenos de uso público se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011).

La obra descrita es conforme a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Concepto: Retirada de barbacoa y horno de obra, solado y reparaciones exteriores en parcela y pintura.Ocupación de la vía pública:- Duración: Inferior a 1 mes.- Deberá mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones

de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal.- El contenedor se colocará exclusivamente en aquellas zonas donde esté

autorizado el aparcamiento de vehículos, cumpliendo los condicionantes temporales de las mismas.

Pavimento:- Se garantizará la recogida de aguas pluviales y su correcta evacuación

mediante la conexión a la red de saneamiento existente.- Las obras de pavimentación serán compatibles con la dotación de aparcamiento

obligatoria en el interior de parcela.- Los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen,

tropiecen o se dificulte la movilidad.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 37

Page 38: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

RESUMEN DE TASAS:► Tasa por Licencia (Actuación comunicada): 30,00 € (ABONADO).► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011, Art. 3.IV.):

Contenedor (cuota mínima): 50,00 € (ABONADO).► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada Electrónico 366/2017 de 18 de julio, para la realización de obras consistentes en ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES DE PARCELA DE VIVIENDA UNIFAMLIAR Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la AVD. ROBLEDAL Nº 42, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de TREINTA EUROS (30,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA DE OBRAS Nº 423/17

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5568/2017 de 03 de noviembre, Licencia de Obras núm. 423/17, para ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE VIVIENDA Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la C/ LOPE DE VEGA Nº 6 BJO B, en este término municipal.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 38

Page 39: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 30 de noviembre de 2017 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, consistentes en el “ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE VIVIENDA Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO”.

La ocupación de terrenos de uso público se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011).

La obra descrita es conforme a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Ocupación de la vía pública:- Duración: Inferior a 1 mes.- Deberá mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones

de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal.- El contenedor se colocará exclusivamente en aquellas zonas donde esté

autorizado el aparcamiento de vehículos, cumpliendo los condicionantes temporales de las mismas.

RESUMEN DE TASAS:► Tasa por Licencia (Actuación comunicada): 30,00 € (ABONADO).► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011, Art. 3.IV.):

Contenedor (cuota mínima): 50,00 € (ABONADO).► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5568/2017 de 03 de noviembre, para la realización de obras consistentes en ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE VIVIENDA Y OCUPACIÓN DE LA VÍA

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 39

Page 40: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la C/ LOPE DE VEGA Nº 6 BJO B, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de TREINTA EUROS (30,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

LICENCIA OBRAS Nº 383/17

Vista la solicitud presentada con Reg. Entrada 4732/2017 de 22 de septiembre, Licencia de Obras núm. 383.17, para CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, en la AVD. MIGUEL HERNÁNDEZ Nº 28, en este término municipal.

Atendidos los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales núm. 262/2017 y 000/2017, que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

INFORME DEL ARQUITECTO MUNICIPAL Nº 262/2017:

“...atendiendo a la solicitud de licencia de obra de 1 vivienda unifamiliar aislada en la Avenida de Miguel Hernandez, emite el siguiente informe:Del examen de la documentación aportada se observa que cumple con la ordenación urbanística que le es de aplicación a las parcelas Ordenanza RU3 por lo que se informa favorable de expediente de licencia de obra de 1 vivienda en Avenida de Miguel Hernandez nº 28.

Condiciones particulares de la licencia:Licencia de obra de 1 vivienda unifamiliar aislada en la Avenida de Miguel Hernandez nº 28.Superficies construidas por planta y totales:

Planta baja 121.27m2

Planta semisótano: 120.30m2

Total 241,57m2

Plazo de ejecución 12 meses.Condiciones:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 40

Page 41: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

1.-La cocina conforme al artículo 4.4.2.F de las Ordenanzas del P.Parcial debe ser un recinto o habitación independiente.2.- La valla de cerramiento de fachada deberá tener una altura en cualquier punto que no supere los 2.00m. desde la rasante de la acera (art.3.9 de las Ordenanzas del P.Parcial)3.-La Rampa de acceso al garaje para una salida pausada y con visibilidad no deberá superar el 5% de pendiente en su primer tramo de acuerdo en el interior de la parcela. (art. 5.8.6 Ordenanzas de las NN.SS.)Condición para la licencia de primera ocupación:Se condicionará la licencia de primera ocupación a:

I.-El acta de inspección de replanteo favorableSEGUNDO.-TASAS e ICIO

TASAS E ICIO en EurosPresupuesto ejecución material 120.689,52

ICIO (tipo gravamen 4,00% 4.827,58 Tasa( tipo impositivo 1% o 150€ 1.206,90

Total licencia 6.034,48Depósitos

Deposito 7%T.L. ó min.100€ 422,41Deposito repos. Dominio Público INFORME TÉCNICO

Depósito de Residuos 600,00

Se informa favorable el expediente, en consecuencia, si procede la concesión de la licencia de obras con las condiciones establecidas.”

INFORME DEL ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL Nº 565/2017:

“...1.- Girada visita de inspección en la urbanización “El Viso” de este municipio, se comprueba que la parcela situada en la calle Avda. Miguel Hernández nº 28, donde se solicita Licencia de Obra Mayor para la “construcción de una vivienda unifamiliar aislada”, se encuentra libre de edificaciones que impidan la construcción, por lo que inicialmente se observa la VIABILIDAD del Proyecto presentado para la concesión de Licencia de Obra.

2.- TOPOGRAFÍA: La parcela presenta una superficie sensible horizontal situada a nivel de la cota de acera del frente de parcela. Se adjuntan fotografías exteriores de la parcela y del dominio público afectado.

3.- ARBOLADO: El solar carece de arbolado sujeto a protección.

4.- OBRAS COMPLEMENTARIAS DE URBANIZACIÓN. - Conexión de pluviales.- Los promotores tienen la obligación de reponer las puertas metálicas de los armarios de centralización de contadores en fachada. Se incluye su valoración en el apartado siguiente (depósito de reposición de dominio público) para asegurar su cumplimiento.

5.- DEPÓSITO PARA REPOSICIÓN DE DOMINIO PÚBLICO: Según el Art. 7.12 de la

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 41

Page 42: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora de la Tasa por Licencias urbanísticas, se establece un depósito para cubrir los posibles desperfectos originados en el dominio público durante la ejecución de las obras, calculado por los Servicios Técnicos Municipales en función del coste que conllevaría el arreglo de dichos desperfectos.

En consecuencia se establece un depósito según valoración adjunta por importe de 1.519,54 € (MIL QUINIENTOS DIECINUEVE EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en los informes técnicos transcritos, en contestación a la solicitud de Reg. Entrada 4732/2017 de 22 de septiembre, para la realización de obras consistentes en la CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, en la AVD. MIGUEL HERNÁNDEZ Nº 28, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de tasas y la necesaria constitución de garantía, con el desglose que se plasma a continuación:

Valoración Ejecución Material:_________________________120.689,52,- EUROS

Impuesto (Tipo Gravamen: 4,00%):_______________________4.827,58,- EUROS

Tasa (Tipo Impositivo: 1% o mín. 150,00€):________________1.206,90,- EUROS

Total Concesión Licencia:______________________________6.034,48,- EUROS

DEPÓSITO (7% T.L. o mínimo 100 €):____________________422,41,- EUROS

DEPÓSITO RESIDUOS:________________________________600,00,-EUROS

DEPÓSITO REPOSICIÓN DOMINIO PÚBLICO:_______1.519,54,- EUROS

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 42

Page 43: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

DÉCIMO TERCERO. EXPEDIENTES SANCIONADORES.-

RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 507/2017

RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1038/2017

INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1063/2017

INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1123/2017

INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1097/2017

INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1050/2017

INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EXP. Nº: 1105/2017

Se podrán consultar en el Acta expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

DÉCIMO CUARTO. ELIMINACIÓN DE ARBOLADO EN VÍAS PÚBLICAS.-

ELIMINACIÓN DE ARBOLADO EN VÍAS PÚBLICAS

Visto el informe nº 2017-0191 emitido por el Técnico Municipal de Medio Ambiente con fecha 24 de noviembre de 2017:

“En inspección del arbolado existente en zonas urbanas de Villalbilla, se comprueba que junto al cerramiento lateral de la vivienda sita en la calle Portugal nº 35, existe un olmo (Ulmus pumila) de unos 15 metros de altura, un diámetro de tronco de 35 cms. y una edad aproximada de 25 años.

El tronco del árbol, presenta una inclinación muy marcada hacia el exterior de la parcela. En cuanto a su sistema radicular, se ha desarrollado bajo el cerramiento, estando en contacto con éste, considerando elevado el riesgo de posibles daños en su estructura, pudiendo llegar a tirar el muro.

Por todo ello se propone:

Ante la imposibilidad de trasplante, se considera necesario eliminar el árbol para evitar daños en el cerramiento de la parcela sita en la calle Portugal nº 35.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 43

Page 44: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

APROBAR la eliminación del olmo localizado junto al cerramiento lateral de la vivienda sita en la C/ Portugal nº 35, que se realizará bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales de acuerdo al informe técnico trascrito anteriormente.

ELIMINACIÓN DE ARBOLADO EN VÍAS PÚBLICAS

Visto el informe nº 2017-0192 emitido por el Técnico Municipal de Medio Ambiente con fecha 24 de noviembre de 2017:

“En inspección del arbolado existente en zonas urbanas de Villalbilla, se ha comprobado en la calle Gabriel Celaya, en el tramo comprendido entre la Avenida Miguel de Cervantes y la calle Blas de Otero, la presencia de un olmo (Ulmus pumila) de unos 12 metros de altura, un diámetro de tronco de 30 cms. y una edad aproximada de 14 años.

El árbol, presenta una inclinación muy marca, considerando que en los últimos meses se ha ido agravando, existiendo riesgo de caída, pudiendo producir daños tanto personales como materiales.

Debido a las características del ejemplar y su situación, no es viable su trasplante.

En consecuencia, se propone su eliminación mediante tala. Asimismo, y debido a su proximidad a otro árbol y una farola, se considera necesario eliminar el alcorque una vez talado el ejemplar.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

APROBAR la eliminación, mediante tala, del olmo localizado en la calle Gabriel Celaya, en el tramo comprendido entre la Avda. Miguel de Cervantes y la C/ Blas de Otero, así como la eliminación del alcorque una vez talado el ejemplar, que se realizará bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales de acuerdo al informe técnico trascrito anteriormente.

DÉCIMO QUINTO. ÓRDENES DE EJECUCIÓN.-

INICIO PROCEDIMIENTO ORDEN DE EJECUCIÓN EXP. Nº: 1161/2017

INICIO PROCEDIMIENTO ORDEN DE EJECUCIÓN EXP. Nº: 1089/2017

Se podrán consultar en el Acta expuesta en el Tablón de Anuncios del

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 44

Page 45: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ayuntamiento.

DÉCIMO SEXTO. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.-

Los expedientes de Responsabilidad Patrimonial referidos a personas físicas se podrán consultar en el Acta expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DAÑOS MATERIALES SUFRIDOS EN SÓTANO VIVIENDA AVD. ROMERO Nº 45 POR INUNDACIONES, EXP. Nº 500/2017

Expedientes de Responsabilidad Patrimonial a personas jurídicas:

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DAÑOS MATERIALES SUFRIDOS EN TURISMO 2288-DBR TAPA ALCANTARILLA MAL COLOCADA.

Habiéndose recibido instancia presentada con Reg. Entrada 4400/2017 de 05 de septiembre, por la que MAPFRE ESPAÑA, S.A., por la que solicita indemnización económica por importe de 297,06 € por los daños materiales sufridos en vehículo asegurado en su compañía 2288-DBR como consecuencia de haber pisado alcantarilla sin anclar en fecha 16 de julio de 2017 sita en c/ Ignacio de Zuloaga, en este término municipal, se inicia expediente de responsabilidad patrimonial mediante decreto nº 619/2017.

De la instrucción del expediente, resulta que se acompañan al mismo los siguientes documentos:

- Reg. Entrada 4400/2017 de 05 de septiembre, de Mapfre España comunicando hechos ocurridos y solicitando indemnización económica por importe de 297,06 €.

- Informe de Policial Local con Reg. Salida 830/2017 de 17 de julio, informando de los hechos ocurridos.

- INFORME Nº 183/2017 de 18 de octubre, del Ingeniero Técnico de Obras Públicas de este Ayuntamiento, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“En referencia a la solicitud realizada por D. CARLOS DE LAS HERAS ANTORÁN como instructor del procedimiento de Responsabilidad Patrimonial con número de expediente 911/2017, expongo lo siguiente:

1. Con fecha 5 de septiembre de 2017 y número de registro de entrada 2017-E-RC-4400 se recibe en el Ayuntamiento de Villalbilla un escrito remitido por MAPFRE, en el que se reclama el abono de 297,06€ por los daños sufridos por el vehículo matrícula 2288-DBR, asegurado por esta empresa.

2. Al parecer, lo sucedido fue que el vehículo, al circular por la calle Ignacio de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 45

Page 46: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Zuloaga a la altura de los números 4 y 6, se encontró con una arqueta sin anclar, levantándose a su paso y ocasionando daños al vehículo.

3. Al lugar se desplazó la Policía Local, quienes elaboraran un informe de los hechos. En el mismo se puede observar que la tapa que produjo los daños corresponde a un sumidero de recogida de aguas pluviales, propiedad del Ayuntamiento de Villalbilla

4. El importe total de los daños asciende a la cantidad de 207,06€.

Por todo se puede considerar al Ayuntamiento de Villalbilla RESPONSABLE DE LOS DAÑOS OCASIONADOS, debiéndose comunicar lo sucedido al Seguro de Responsabilidad Civil del Ayuntamiento para que actúe en consecuencia y proceda a indemnizar al afectado.”

Puestos en contacto con la compañía aseguradora MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS, con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de responsabilidad civil nº 0961470001721, y enviándoles toda la documentación obrante en el expediente de referencia, la compañía comunica que de todos los antecedentes obrantes en su poder en relación al accidente descrito, se desprende responsabilidad imputable a este Ayuntamiento en los hechos ocurridos, quedando acreditado el nexo causal entre los hechos y la reclamación planteada.

Fundamentos de derecho:

PRIMERO.- El art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) establece que «Las entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos establecidos en la legislación general sobre responsabilidad administrativa». Asimismo establece la Legislación general, constituida por el Capítulo IV de la Ley 40/2017, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La responsabilidad de la Administración es objetiva y, por tanto, a diferencia de la responsabilidad excontractual civil, independiente de la culpa o negligencia con que haya actuado.

SEGUNDO.- El art. 32 de la Ley 40/2017, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que «Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos». Las pruebas documentales unidas al expediente administrativo acreditan la realidad de los hechos. Pero, para que surja la responsabilidad patrimonial de la Administración, no basta con que la acción u omisión sea imputable a la Administración, debe existir una relación de causalidad entre la actuación u omisión administrativa y el daño causado. Es decir, entre la lesión y el funcionamiento de los servicios debe existir una relación de causa a efecto, en el sentido que aquélla tenga su origen en éste. Señalan las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 46

Page 47: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

de fecha 26 de febrero, de 2 de abril de 1.985 y de 29 de noviembre de 2.005 entre otras, que para apreciar la responsabilidad objetiva, no se requiere otro requisito que la relación de causalidad entre el acto y el daño. Pero para poder aplicarla es necesario que la conducta de la Administración sea la causa del daño, lo que exige la acreditación del hecho a través de los medios de prueba que sean necesarios, como previene el artículo 9 de dicho Reglamento.

A la vista de todo lo anterior se por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la solicitud de MAPFRE ESPAÑA, S.A., al entender que las precedentes consideraciones conducen a una estimación de la reclamación, procediendo indemnización por importe de 297,06 €, correspondientes a los daños reales y efectivos acreditados por el interesado, y constatados por el Ayuntamiento a través del Técnico municipal. SEGUNDO.- Dicha obligación deberá ser satisfecha con cargo a la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, suscrita por el Ayuntamiento con Mapfre Seguros de Empresas, póliza nº 0961470001721.

TERCERO.- Notifíquese al interesado, así como a MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS en calidad de interesados, en el domicilio legalmente establecido para ello, con indicación de los recursos que procedan.

DÉCIMO SÉPTIMO. RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA.-

RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA EXP. Nº: 1061/2017

INICIO PROCEDIMIENTO RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA EXP. Nº: 1122/2017

Se podrán consultar en el Acta expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

DÉCIMO OCTAVO. INDUSTRIA.-

ARCHIVO PROCEDIMIENTO DECLARACIÓN RESPONSABLE

VISTO el estado procedimental en que se encuentra el expediente de control de Declaración Responsable de inicio de actividad de VENTA Y REPARACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, ORDENADORES Y PORTEROS AUTOMÁTICOS, sito en la C/ ANTONIO CANELLA PEIROLE Nº 10, en el término municipal de Villalbilla, solicitada con fecha 7 de diciembre de 2016,

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 47

Page 48: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

TENIENDO en cuenta el informe emitido por el Ingeniero Técnico de Industria con fecha 27 de noviembre de 2017, el cual se trascribe a continuación:

“En relación con el expediente que se tramita en este Ayuntamiento de control de declaración responsable de inicio de actividad de venta y reparación de teléfonos móviles, tablets, ordenadores y porteros automáticos situada en calle Antonio Canella Peirolé nº10, iniciado por D. …, se indica que se ha realizado visita de inspección al local, comprobándose que dicha actividad ya no se desarrolla.

Por todo lo cual, procede el archivo del expediente 1228/2016 de control de declaración responsable de inicio de actividad de venta y reparación de teléfonos móviles, tablets, ordenadores y porteros automáticos que se tramitaba a nombre de D. …, debido al cese de la actividad.”

DE ACUERDO con lo establecido en el artículo 41.9 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, en el artículo 24.e) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y teniendo en cuenta el Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, por el que se delegan las competencias de este área en la Junta de Gobierno Local, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- ARCHIVAR el expediente nº 1228/2016 de control de Declaración Responsable de inicio de actividad de VENTA Y REPARACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, ORDENADORES Y PORTEROS AUTOMÁTICOS, situado en la C/ ANTONIO CANELLA PEIROLE Nº 10, en el término municipal de Villalbilla.

SEGUNDO.- Notifíquese al interesado indicando los recursos que procedan.

ARCHIVO PROCEDIMIENTO LICENCIA DE INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

VISTO el estado procedimental en que se encuentra el expediente de Licencia de Instalación y Funcionamiento de TALLER DE FABRICACIÓN Y MONTAJE DE CARROCERÍAS PARA VEHÍCULOS INDUSTRIALES sito en la C/ COBRE Nº 26, en el término municipal de Villalbilla, solicitada con fecha 5 de abril de 2010,

VISTO el informe emitido por el Ingeniero Técnico de Industria con fecha 27 de noviembre de 2017, el cual se trascribe a continuación:

“En relación con el expediente que se tramita en este Ayuntamiento de Licencia de Instalación y Funcionamiento de taller de fabricación y montaje de carrocerías para vehículos industriales situado en calle Cobre nº26, P.I. Los Hueros, iniciado por la sociedad Carrocerías Liliana, S.L., se indica que se ha realizado visita de inspección a la nave industrial, comprobándose que dicha actividad ya no se desarrolla.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 48

Page 49: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Por todo lo cual, procede el archivo del Expediente 401/2010 de tramitación de Licencia de Instalación y Funcionamiento de taller de fabricación y montaje de carrocerías para vehículos industriales que se tramitaba a nombre de Carrocerías Liliana, S.L., debido al cese de la actividad.”

DE ACUERDO con lo establecido en el artículo 41.9 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, en el artículo 24.e) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y teniendo en cuenta el Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, por el que se delegan las competencias de este área en la Junta de Gobierno Local, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- ARCHIVAR el expediente nº 401/2010 de Licencia de Instalación y Funcionamiento de TALLER DE FABRICACIÓN Y MONTAJE DE CARROCERÍAS PARA VEHÍCULOS INDUSTRIALES sito en la C/ COBRE Nº 26, en el término municipal de Villalbilla.

SEGUNDO.- Notifíquese al interesado indicando los recursos que procedan.

DÉCIMO NOVENO. APROBACIÓN DE FACTURAS.-

Vistas las siguientes relaciones de facturas, adjuntas a la presente propuesta:

- Relación nº. 2017000595 por importe de 3.574,34.-euros. - Relación nº. 2017000596 por importe de 3.044,96.-euros. - Relación nº. 2017000597 por importe de 217,80.-euros.

Visto y asumido el Informe de Intervención 2017-0296 de fecha 29 de noviembre de 2017, de fiscalización de los gastos enumerados anteriormente.

Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar los gastos detallados en las relaciones nºs. 2017000595, 2017000596 y 2017000597.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 49

Page 50: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 50

Page 51: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 51

Page 52: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 52

Page 53: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

VIGÉSIMO. RENOVACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN MUSICAL VILLALBILLA.

Teniendo el Ayuntamiento de Villalbilla como objetivo continuar promoviendo la actividad cultural en el municipio, pretende renovar el Convenio de colaboración con la Asociación Musical Villalbilla al objeto de seguir fomentando las actividades de carácter culturales y la formación musical a través del aprendizaje en el manejo de instrumentos y en la promoción de actuaciones musicales en el municipio.

Considerando que los municipios como entidades locales tienen encomendado, por Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, competencias de actividades culturales, estando además facultados para realizar actividades complementarias de las propias Administraciones públicas.

Considerando que LA ASOCIACIÓN MUSICAL VILLALBILLA es una entidad existente en el municipio de Villalbilla que tiene como finalidad la promoción cultural en el municipio y la enseñanza y la formación musical a través del aprendizaje en el manejo de instrumentos y en la promoción de actuaciones musicales en el municipio.

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar y firmar la renovación del Convenio de Colaboración, con el texto que como anexo a la presente figura incorporado en el expediente, en cuya virtud el Ayuntamiento de Villalbilla concederá una subvención a La Asociación Musical Villalbilla que se establece en un total de 7.500 € para el presente año, cantidad que será objeto de incremento anual de acuerdo con el IPC correspondiente a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se proceda a la revisión de precio.

Dicha subvención se encuentra fijada en la partida presupuestaria nº 338.48901 (Fiestas populares y festejos).

SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a la Asociación Musical de Villalbilla para la firma del convenio.

VIGÉSIMO PRIMERO.- APROBACIÓN CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA PARA PERSONAS NO DEPENDIENTES DE VILLALBILLA.-

Visto el Informe-propuesta de servicio emitido por la técnico de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Villalbilla con fecha 9 de Noviembre de 2017, en el que se informó del cambio en la gestión del servicio de teleasistencia que se producirá a partir del 1 de Enero de 2018 y se justificó la necesidad de proceder a la contratación de este servicio

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 53

Page 54: Ayuntamiento de Villalbilla – Ayuntamiento de Villalbilla - Acta de … · 2017-12-12 · contrato esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes

para personas no dependientes, que se presta por los Servicios Sociales de Atención Social Primaria del Ayuntamiento de Villalbilla, en el marco del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, y el Ayuntamiento de Villalbilla para el desarrollo de la Atención Social Primaria por los Servicios Sociales y en previsión de que se formalice el Convenio de colaboración para el año 2018.

Dado que el Ayuntamiento no cuenta con el personal suficiente ni con los medios técnicos necesarios para la correcta realización del servicio, se hace necesaria la contratación de servicio externo.

Visto el Informe de Intervención Nº 2017-0288, de fecha 28 de noviembre de 2017, en el que se constata que en el Proyecto de Presupuesto 2018 pendiente de aprobación definitiva, se incluye la partida 231-227.12 Servicio de Tele-asistencia por importe de 6.500 euros, crédito adecuado y suficiente para cubrir el coste del contrato propuesto.

Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. La adjudicación del contrato para la prestación del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria para personas no dependientes del Ayuntamiento de Villalbilla, a la Entidad Cruz Roja Española con CIF Q2866001G.

La duración del contrato es del 1 de Enero de 2018 hasta el 31 de Diciembre de 2018.

El importe máximo anual estimado del contrato es de 6.500 euros sin IVA. La contratación se realiza sobre precios unitarios por terminal. El número de terminales estimados es de 29 terminales fijos y 1 terminal móvil. El precio por terminal fijo/mes es de 18 euros. El precio por terminal móvil/mes es de 22 euros.

Tras lo cual, Alcalde-Presidente dio por terminada la Sesión siendo las 13:00 horas de lo que, como Secretario General doy fe.

Lo firmó digitalmente D. Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General del Ayuntamiento de Villalbilla, con el visto bueno de D. Antonio Barahona Menor, Alcalde-Presidente, en la fecha al margen indicada.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 54