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Aviso de Privacidad El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México es la Dependencia del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, dotada de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la legislación aplicable, asimismo, es encargada de recibir, revisar y fiscalizar las cuentas públicas del Estado y de los Municipios; asesorar a las entidades fiscalizables en la Entrega-Recepción de las administraciones y vigilar su cumplimiento; así como expedir certificaciones por años de servicio de servidores públicos. La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. Lo anterior, de conformidad con lo establecido por el artículo 61 fracción XXXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Los datos personales en posesión del Órgano Superior del Estado de México en ejercicio de sus atribuciones, son recabados para el ejercicio de las facultades legales, sin embargo, existen supuestos que no se encuentran expresamente dispuestos en la legislación que rige el actuar de este Órgano Técnico de la Legislatura, los cuáles se enuncian a continuación: A) Imágenes y sonidos obtenidos con los sistemas de videograbación. B) Datos obtenidos en el registro de entrada a las instalaciones. C) Información solicitada para la emisión de constancias por años de servicio. D) Datos obtenidos de los servidores públicos que laboran en esta Institución. E) Información recopilada por medios electrónicos a través de formularios. F) Datos obtenidos con motivo de consultas o asesoría. G) Domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones. H) Otros supuestos. En consecuencia, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por los artículos 18 y 19 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, se hace de su conocimiento, lo siguiente: En todos los supuestos, los datos obtenidos serán para uso exclusivo del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, como destinatario; los datos se almacenan en el mismo registro de donde se obtuvo la información, con el fin de que quede resguardada dicha información, la cual, solamente podrá ser utilizada y/o transferida hacia terceros, cuando se suscite un hecho que así lo requiera. La información que usted proporcione con la finalidad de elaborar trámites, servicios o procesos, se resguardará en los archivos que determine el departamento en el cual se realice el trámite respectivo.

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Aviso de Privacidad

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México es la Dependencia del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, dotada de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la legislación aplicable, asimismo, es encargada de recibir, revisar y fiscalizar las cuentas públicas del Estado y de los Municipios; asesorar a las entidades fiscalizables en la Entrega-Recepción de las administraciones y vigilar su cumplimiento; así como expedir certificaciones por años de servicio de servidores públicos.

La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. Lo anterior, de conformidad con lo establecido por el artículo 61 fracción XXXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

Los datos personales en posesión del Órgano Superior del Estado de México en ejercicio de sus atribuciones, son recabados para el ejercicio de las facultades legales, sin embargo, existen supuestos que no se encuentran expresamente dispuestos en la legislación que rige el actuar de este Órgano Técnico de la Legislatura, los cuáles se enuncian a continuación:

A) Imágenes y sonidos obtenidos con los sistemas de videograbación.B) Datos obtenidos en el registro de entrada a las instalaciones.C) Información solicitada para la emisión de constancias por años de servicio.D) Datos obtenidos de los servidores públicos que laboran en esta Institución.E) Información recopilada por medios electrónicos a través de formularios.F) Datos obtenidos con motivo de consultas o asesoría.G) Domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones.H) Otros supuestos.

En consecuencia, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por los artículos 18 y 19 de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, se hace de su conocimiento, lo siguiente:

En todos los supuestos, los datos obtenidos serán para uso exclusivo del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, como destinatario; los datos se almacenan en el mismo registro de donde se obtuvo la información, con el fin de que quede resguardada dicha información, la cual, solamente podrá ser utilizada y/o transferida hacia terceros, cuando se suscite un hecho que así lo requiera.

La información que usted proporcione con la finalidad de elaborar trámites, servicios o procesos, se resguardará en los archivos que determine el departamento en el cual se realice el trámite respectivo.

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En el supuesto de los registros del personal de esta Institución, serán resguardados en los archivos que disponga la Coordinación de Apoyo Administrativo y podrán ser transferidos a la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México, para algún fin a que haya lugar.

En lo que hace a la información proporcionada a este Órgano Superior de Fiscalización, que es el responsable de recabar sus datos personales, del uso que se le dé a los mismos, su tratamiento y de su protección; asimismo, las demás unidades administrativas que integran al referido órgano.

Consecuencia de proporcionar la información requerida por el Órgano Superior de Fiscalización, existe la posibilidad de que los datos personales sean transmitidos a las autoridades que competan y de acuerdo a la naturaleza del acto que la origine.

La negativa, ausencia de información o datos incompletos, eventualmente podrán ser causales de que no le sea permitido el acceso a las instalaciones de este Órgano Técnico de la Legislatura.

Que la documentación proporcionada sea incompleta o que esta Autoridad no se encuentre en aptitud de atender su solicitud por falta de elementos, dicha negativa puede generar incumplimientos a lo establecido en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y el cese de la relación laboral o la configuración de responsabilidad administrativa.

Finalmente, la falta de entrega de la información, provoca que no se facilite información acerca del seguimiento de los asuntos, o que incluso, eventualmente, no sea atendida por falta de elementos.

De manera adicional a los supuestos establecidos, en todos los casos, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México realizará transmisión de los datos personales cuando exista disposición expresa en Ley o requerimiento por parte de autoridad competente en ejercicio de sus atribuciones, particularmente el solicitar a las autoridades competentes el cobro de multas y responsabilidades administrativas resarcitorias, impuestas en términos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, esta entidad se encuentra obligada, en su caso, para remitir a las autoridades fiscales a que hace referencia el artículo 16 del Código Financiero del Estado de México, datos personales de servidores públicos municipales y estales, con el fin de substanciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución que corresponda.

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Del mismo modo, conforme a los artículos 8 fracciones XXI, XXII y 13 fracciones VI y VII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, este Órgano Superior de Fiscalización tiene como funciones, entre otras, la de promover ante los órganos de control competentes el fincamiento e imposición de las responsabilidades administrativas que refiere el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y otras responsabilidades de diversa naturaleza.

La información proporcionada a este Órgano Técnico, eventualmente podrá contener datos sensibles, mismos que serán protegidos y resguardados conforme a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México.

El titular de los datos personales tiene derecho de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos previstos por la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, basta con que el titular, lo solicite por escrito, que contenga la petición de revocación de manera expresa indicando nombre correcto y completo del solicitante, con firma autógrafa y copia de identificación oficial con fotografía, para que esta Autoridad tenga por revocado el consentimiento para el tratamiento de los datos.

En consecuencia, en caso de que resulte legalmente procedente la revocación, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, podrá cancelar, interrumpir o suspender el trámite iniciado, para el cual fueran requeridos los datos personales.

El titular de los datos personales, podrá limitar el uso o divulgación de sus datos, siempre y cuando no exista disposición legal en contra, sujetándose para tal efecto a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México.

En términos de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, se reserva la facultad de realizar en todo momento la actualización, modificación, supresión y/o adhesión a este Aviso de Privacidad, el cual estará disponible en los edificios que comprenda el Órgano Superior de Fiscalización.

No obstante lo anterior, el aviso de privacidad deberá estar publicado en la página web de este Órgano Técnico, www.osfem.gob.mx.

Para efectos del presente aviso de privacidad, con el objeto de facilitar el acceso y ejercicio de los derechos de referencia, así como las opciones y medios procedentes, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, señala a los interesados, que podrán acudir en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes (con excepción de los marcados como inhábiles en el Calendario Oficial respectivo), en las oficinas principales de esta Institución, ubicadas en avenida Mariano Matamoros número 124, Colonia Centro, de la Ciudad de Toluca, Estado de México; a través de los números telefónicos 213-14-16, 276-23-39, 213-41-66; anteponiendo la clave lada 722 en caso de que la llamada se efectúe fuera de la localidad o en el correo electrónico [email protected].