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PROVIAS NACIONAL LP N° 0002- 2012- MTC/20 Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma REPUBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002 -2012-MTC/20 EJECUCIÓN DE LA OBRA Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma. BASES INTEGRADAS Financiado por: Recursos Ordinarios LIMA - PERU BASES INTEGRADAS 1

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0002- 2012- MTC/20Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

REPUBLICA DEL PERU

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002 -2012-MTC/20

EJECUCIÓN DE LA OBRA Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la

Carretera Dv. Las Vegas - Tarma.

BASES INTEGRADAS

Financiado por:

Recursos Ordinarios

LIMA - PERU

BASES INTEGRADAS1

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

BASES INTEGRADAS2

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CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIASe efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones, en

adelante la Ley.− Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto

Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Directivas de OSCE. − Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.− Código Civil.− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.− Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y

complementarias. − Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASESEl registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE:Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASESLas consultas a las Bases serán presentadas por un período mínimo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55º del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASESLa decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas.

La absolución de consultas que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASESLas observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57º del Reglamento.

1.7 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASESEl Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no debe exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

La absolución de las observaciones se considerará como parte integrante de las Bases y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.8 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCEEl plazo para solicitar la elevación de observaciones al OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las

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observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial, cuando corresponda, deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.

1.9 INTEGRACIÓN DE LAS BASESEl Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o por el OSCE, de ser el caso.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.10 CALIFICACIÓN PREVIANo corresponde

1.11 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCE DE LAS PROPUESTASTodos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

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Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01).

1.12 PRESENTACIÓN DE PROPUESTASLa presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el calendario del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.

El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

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Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen1.

1.13 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta.

1.14 EVALUACIÓN DE PROPUESTASLa evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.14.1 Evaluación TécnicaSe verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.14.2 Evaluación Económica Si la propuesta económica excede en más del 10% o es menor al 90% del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

1 Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso.

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Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

1.15 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.16 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROCuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.17 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADODe acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe

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solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

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CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. En los procesos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del proceso determinará ante quién se presentará el recurso de apelación.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOSUna vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el

consentimiento de la liquidación final; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el

caso; Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro

Nacional de Proveedores; Análisis de Precios Unitarios correspondiente a su propuesta económica; Certificado de habilidad de los profesionales propuestos; Calendarios de Avance de Obra valorizado en concordancia con el

cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo;

Calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado;

El desagregado de partidas que dio origen a su propuesta, en caso de obras convocadas a suma alzada.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATOEn aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidación y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍASLas garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS3.4.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

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Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTOEl postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

3.4.3. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.4 EJECUCIÓN DE GARANTÍASLas garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

3.5 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATOLa aplicación de penalidades por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONTRATO 3.6 DEL PRECIO

La oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida. Al formular su propuesta, el postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra.

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Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en nuevos soles y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

3.7 RESIDENTE DE OBRAPersona natural designada por el contratista y en concordancia con su propuesta técnica, el cual será un ingeniero o arquitecto colegiado, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, que acredite que se encuentra hábil en el ejercicio de la profesión.

El residente de obra, por su sola designación representa al Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

La sustitución del Residente solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerará aprobada la solicitud. El reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.

3.8 SUPERVISOR Persona natural2 encargada de velar por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato, debiendo cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Residente de la Obra.

Recibirá todas las facilidades necesarias del Contratista para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta.

3.9 CUADERNO DE OBRAEn la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el Supervisor y por el Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.

El Cuaderno de Obra deberá tener una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al supervisor (el que se haya designado). El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, no pudiendo impedirse su acceso3 al mismo. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.

3.10 OCURRENCIASSon hechos relevantes relacionados con la ejecución de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra, firmando al pie de cada anotación el Supervisor o el Residente, según quien sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.

2 En el caso que el supervisor de la obra sea una persona jurídica, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

3 De acuerdo con el artículo 194º del Reglamento, si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias será causal de aplicación de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento.

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3.11 ADELANTOS

3.11.1 ADELANTO DIRECTOLa Entidad entregará al Contratista, dentro de los siete (7) días naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garantía y el comprobante de pago correspondiente, el adelanto hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) días siguientes de la suscripción del contrato.

3.11.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOSSe otorgará para la adquisición de materiales o insumos, hasta el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista, adjuntando la correspondiente garantía.

3.12 INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRAEl plazo de ejecución de obra inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento:

a. Que se designe al supervisor, según corresponda. b. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra

completo.c. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se

ejecutará la obra.d. Que la Entidad entregue el calendario de entrega de materiales e

insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación4

e. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187º del Reglamento.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo de ejecución contractual iniciará al día siguiente de cumplirse todas las demás condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.

3.13 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDADLa Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto.

3.14 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil.

3.15 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTAQueda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años.

4 Las Bases deben indicar expresamente si dicha condición forma parte de las obligaciones de la Entidad, en cuyo caso deberá consignarse como tal en las Bases.

BASES INTEGRADAS14

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Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en esta sección o en las Bases se regirán por la Ley y su Reglamento.

3.16 DISPOSICIONES FINALESTodos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

BASES INTEGRADAS15

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través del Proyecto

Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL

RUC N°: 20503503639

1.2 DOMICILIO LEGALJr. Zorritos N° 1203, piso 3A Cercado de Lima.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl presente proceso tiene por objeto la Contratación del Contratista que ejecutará la obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma.

1.4 VALOR REFERENCIAL5

El valor referencial asciende a S/. 78 225 753,48 (Setenta y Ocho Millones Doscientos Veinticinco Mil Setecientos Cincuenta y Tres 48/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto del 2011, de acuerdo al Estudio definitivo aprobado con Resolución Directoral N° 1145-2011-MTC/20.

Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:

90 % del Valor Referencial Valor Referencial 110% del Valor

Referencial S/. 70 403 178.14

(Setenta Mil Cuatrocientos tres Ciento

Setenta y Ocho y 14/100 Nuevos Soles)

S/. 78 225 753,48 (Setenta y Ocho

Millones Doscientos Veinticinco Mil

Setecientos Cincuenta y Tres 48/100 Nuevos

Soles)

S/. 86 048 328.82(Ochenta y Seis Millones

Cuarenta y Ocho Mil Trescientos Veintiocho y

82/100 Nuevos Soles)

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, conforme al artículo 76º del Reglamento. El plazo para otorgar la buena pro no excederá de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEl expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Vice Ministerial N° 166 - 2012- MTC/02 el 20 de febrero 2012.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Ordinarios.

1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del

valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas, sin perjuicio de las acciones que el Titular de la Entidad ejecute en virtud al artículo 58º de la Ley, de ser necesario.

BASES INTEGRADAS16

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El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOSEl requerimiento está definido en el Capítulo III de la presente sección.

1.9 BASE LEGAL Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2012. Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del

Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

Decreto Supremo N° 021-2009-EF - Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas de OSCE. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Código Civil. Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje Las demás normas vigentes, según corresponda.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

1.10 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA La obra se encuentra localizada en:

Provincia : TarmaDepartamento : JunínRegión : Junín

1.11 PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA El plazo de ejecución de la obra es de 360 (Trescientos Sesenta) días calendarios.

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CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN6

Convocatoria………………………………………….……: 29.02.2012 Registro de Participantes……………………………..: 01.03.2012 al 18.06.2012 Formulación de Consultas ……………………………: 01.03.2012 al 07.03.2012 Absolución de Consultas …………………………….: 30.03.2012 Formulación Observaciones a las Bases…………: 02.04.2012 al 10.04.2012 Absolución de Observaciones a las Bases………: 24.04.2012 Integración de las Bases……………………………...: 15.06.2012 Presentación de Propuestas…………….………......: 27.06.2012

El acto público se realizará en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas…………..: 28.06.2012 al 06.07.2012 Otorgamiento de la Buena Pro….…………………….: 09.07.2012

El acto público se realizará en en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en el 3° piso, sector A, Área de Procesos de Selección, sito en Jr. Zorritos 1203 - Cercado de Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:30 horas, previo pago de la suma S/.100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación, los mismos que serán cancelados en el Área de Tesorería, ubicada en el 4° piso, sector B.En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 16:30 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial del LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-MTC/20, (Según Formato Nº 02) pudiendo acompañar opcionalmente un archivo digital en formato MS. WORD conteniendo las consultas y/u observaciones.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y/u observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente, presenten en oficina distinta a lo indicado en el párrafo anterior, o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.4 CALIFICACIÓN PREVIA No corresponde

6 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

BASES INTEGRADAS18

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2.5 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario público.

Para el caso de la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, la cual necesariamente deberá ser previa a la firma del contrato. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la buena pro, sin embargo bastará con que el documento sea apostillado, dentro de los alcances de la Convención de la Haya de 1961, vigente para el Perú desde setiembre del 2010.

Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-MTC/20, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación de Notario Público y un veedor del órgano de control institucional quien deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del veedor no vicia el proceso. (artículo 64º del Reglamento).

BASES INTEGRADAS19

SeñoresPROVIAS NACIONALJr.Zorritos Nº 1203, Lima 1Att.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° N° 0002-2012-MTC/20 Contratación del Contratista que ejecutará la obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA (Original + 02 copias)NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

SeñoresPROVIAS NACIONALJr.Zorritos Nº 1203, Lima 1Att.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° N° 0002-2012-MTC/20 Contratación del Contratista que ejecutará la obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntara el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 1). En caso de empresas extranjeras será necesario que el poder del Representante Legal se encuentre inscrito en Registros públicos del Perú. Cuando el postor sea un consorcio, quien presente la propuesta debe presentar una carta poder simple firmada por los representantes legales de cada uno de sus miembros y el documento registral que acredite la representación legal de estos, independientemente de que, quien la presente sea el representante legal del consorcio o de uno de su miembros (Formato Nº 1).El documento registral vigente que consigne la designación del representante legal se refiere a la vigencia de poder emitido por SUNARP en cualquiera de las formas que emite la Oficina de Registros Públicos. La antigüedad debe ser no mayor de 60 días calendarios desde la fecha de presentación de la propuesta, siendo responsabilidad del postor que dicho documento se ajuste a la verdad. En caso, el documento registral tenga una fecha de vigencia superior a la establecida en la Bases la propuesta será rechazada por el Comité Especial, teniéndose por no presentada. El acto público de presentación de propuestas, se iniciara cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron como participantes. Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen los documentos de cada postor y verificara que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que este exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotara tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.Después de abierto cada sobre de cada uno de los postores, que contiene propuestas técnicas y económicas, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de la documentación.En la fecha señalada en el calendario del proceso y en acto público, el Comité Especial dará a conocer los resultados de la propuesta técnica, precisando que postores acceden a la etapa de apertura de los sobres que contengan la propuesta económica.

CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1.SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

Se presentará en un (1) original y(02) copias7

7 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

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El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos8 la siguiente documentación:Documentación de presentación obligatoria:

i) Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, en el Registro de ejecutor de obra.

ii) Declaración Jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

iii) Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección y documentación que acredite los mismos, tales como: Anexo 04, Anexo 05, Anexo N° 06, Anexo 07, Copia simple del Título Profesional, Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú o del organismo similar del país de origen para profesionales extranjeros, quienes necesariamente deberán presentar una declaración jurada en la que se comprometen que de ser favorecido con la Buena Pro la empresa que lo propone, presentará para la firma del contrato el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú, Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el tiempo de servicios requerido.

iv) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02.

v) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 03

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

Documentación relacionada a los Requerimientos Técnicos Mínimos: (Se aclara que, los siguientes documentos deberá adjuntarse a la declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos en el literal iii) del presente numeral) vi) Declaración Jurada de Plazo de Ejecución. Anexo N° 04

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

vii) Requerimientos mínimos de Personal Profesional, Anexo N° 05 acompañado del Anexo N° 06, Declaración Jurada de Compromiso de los profesionales propuestos.

viii) Requerimientos de Equipo Mínimo, Anexo N° 07 de acuerdo a lo precisado en el Capítulo III. Declaración jurada

ix) Para el caso de profesionales extranjeros, Declaración Jurada del profesional

8 La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

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propuesto en la que se compromete, que de ser favorecido con la Buena Pro la empresa que lo ha propuesto, presentará para la firma del contrato, el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú.

x) Declaración Jurada del profesional propuesto como Residente comprometiéndose a ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato

MUY IMPORTANTE:La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

Documentación de presentación facultativa:i) Experiencia en Obras en General, ejecutadas por el Postor los últimos

diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta Cinco (05) veces el Valor Referencial de la Obra materia de la Convocatoria; acreditados con copias simples de los contratos y Sub Contratos y Certificados de Recepción y Conformidad de obra o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra (donde manifieste su conformidad) o Liquidación de obra. Esta declaración será presentada en el Anexo N° 08: Relación de Obras en General. “Las obras presentadas para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar la experiencia en obras en generalA efectos de acreditar la experiencia de todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomara en cuenta el íntegro del monto de dichos contratos; sin embargo, cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación o documento emitido por el contratante, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo.Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Agosto 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.Respecto a las obras desarrolladas en tramos se aceptarán siempre y cuando cada tramo cuente con su propio contrato. Será válida la experiencia adquirida como subcontratista en obras públicas o privadas, debiendo cumplir con los requisitos precisados para las obras ejecutadas como contratista. La experiencia debe ser acreditada con copias simples de los Sub Contratos y Certificados de Conformidad o Ejecución de Subcontrato, o Acta de recepción de obra o Liquidación de obra (Subcontrato), donde se indique el monto final del Subcontrato respectivo.Definición de Obras en General: Son todas aquellas obras contenidas en el numeral 33 del anexo de Definiciones del Reglamento, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años.

ii) Experiencia de Obras Similares, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un máximo acumulado equivalente al Valor Referencial de la Obra materia de la presente Licitación, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento 15% del Valor Referencial. Acreditadas con copias simples de los contratos y Sub Contratos de naturaleza y complejidad similares y

BASES INTEGRADAS22

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Certificados de Recepción y Conformidad de obra o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra (donde manifieste su conformidad) o Liquidación de obra. Esta declaración será presentada en el Anexo N° 09: Relación de Obras Similares.

A efectos de acreditar la experiencia de todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomara en cuenta el integro del monto de dichos contratos; sin embargo, cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación o documento emitido por el contratante, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo.Será válida la experiencia adquirida como subcontratista en obras públicas o privadas, debiendo cumplir con los requisitos precisados para las obras ejecutadas como contratista. La experiencia debe ser acreditada con copias simples de los Sub Contratos de naturaleza y complejidad similares, Certificados de Recepción y Conformidad de obra o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra (donde manifieste su conformidad) o Liquidación de obra (Subcontrato), donde se indique el monto final del Subcontrato respectivo.Para el caso de obras con empresas privadas o en el extranjero donde no se empleen actas de recepción se deberá presentar copia del contrato y el documento que haga las veces del acta de recepción. De presentar estas obras en el factor de cumplimiento en la ejecución de obras, deberá indicar expresamente, que han sido ejecutados sin penalidades y/o multas y/o sanciones.En los casos de Contratos con base legal extranjera que solicitan que una vez culminada la ejecución de la obra y recepcionada, se inicie una etapa de garantía o mantenimiento, se aceptará como experiencia para acreditar Experiencia en Obras Generales y Obras Similares, la parte correspondiente a la ejecución de la Obra, siempre y cuando se presente una Acta de Recepción Provisional, o similar, sin observaciones para dicha prestación; y se especifique fehacientemente en dicho contrato tal situación. En caso contrario, no se tomará en cuenta como experiencia del postor.La información existente en uno o más Anexos al Certificado de Culminación emitidos por la misma Entidad, forman parte del Certificado de Culminación de un Contrato, y pueden acreditar la Experiencia en obras generales y obras similares, siempre y cuando cumplan con lo establecido en las Bases.Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Agosto 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.Definición de Obras Similares: Obras de Construcción, Rehabilitación, o Mejoramiento de carreteras a nivel de asfalto en caliente y/o Tratamiento Superficial BicapaSe acepta como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones,

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cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc.Para la evaluación de la experiencia en obras en general y obras similares, el postor acreditará la experiencia mediante la presentación de copia simple del contrato acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.

iii) Para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” (Anexo10) se deberá acompañar el respectivo formato documentado, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para los factores de evaluación, la experiencia del personal podrá acreditarse con la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto y se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios. Los profesionales extranjeros que sean propuestos podrán presentar copia simple de su titulo profesional y del documento que acredite su inscripción en el colegio profesional de su país de origen.El Postor ganador al momento de la suscripción del contrato presentará los certificados de habilidad de todos los profesionales propuestos, emitido por el Colegio Profesional del Perú.

iv) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá requerirse: Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades, en un máximo de diez (10) Anexo N° 11.Con respecto a la denominación “liquidación” se aceptará otras denominaciones equivalentes para contratos celebrados en el extranjero. Sin embargo, el documento deberá indicar expresamente que no se incurrió en penalidades y/o multas y/o sanciones.

La asignación de puntajes se ha precisado en el CAPITULO IV – SECCION ESPECIFICA – CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN, “Factores y criterios de evaluación”.2.5.2 SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9

El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: i) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos

los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº12, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. El monto total de la Propuesta será en nuevos soles.

ii) Presupuesto DetalladoEl postor formulará su propuesta ofertando precios unitarios cumpliendo las partidas contenidas en el Formato Nº 03. Se presentará el Presupuesto Detallado por partidas, indicando el monto por separado de Gastos Generales Variables y Gastos Generales Fijos, así como la utilidad y el porcentaje que les corresponde con respecto al costo directo.

9 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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Luego de la suma del costo directo, gastos generales y utilidad, se indicará el Subtotal, al cual se le aplicará el Impuesto General a las Ventas (IGV) que corresponda, del Sub Total anterior y finalmente se indicará el total de la propuesta.

iii) Carta fianza de Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 1’200,000.00 (Un Millón Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). en conformidad con el artículo 157° del Reglamento, será emitida a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL

2.6 Determinación del puntaje totalUna vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEiDonde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva

2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOAdicionalmente, conforme a los artículos 141º y 183º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se requerirá, entre otros, los siguientes documentos10:

a) Copia de DNI del Representante Legal;b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa

cuya vigencia no tenga antigüedad mayor a 60 días a la fecha de la suscripción del contrato.

c) Copia de la constitución de la empresa o Consorcio y sus modificatorias debidamente actualizado; y designación de representante común.

d) Copia del RUC de la empresa; o Consorcio de correspondere) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el

Estadof) Constancia de Capacidad Libre de Contratación expedida por el

Registro Nacional de Proveedores.g) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder;h) Certificado de habilidad de todos los profesionales propuestos. i) Calendarios de Avance de Obra Valorizado, en concordancia con el

cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo.

10 Cada Entidad deberá definir si solo requerirá de la presentación de estos documentos o adicionar algún otro.

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j) Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos, necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado.

k) Diagramas GANTT y PERT – CPM, que deberán ser elaborados utilizando un Software de Programación de Obras, en los que se indicará en forma clara y precisa las actividades, señalando la ruta crítica que deberá de concordar con la oferta económica del Postor, así como con las Adquisiciones de Materiales e Insumos.

l) Análisis de Precios Unitarios que dieron origen a su propuesta económica, así como desagregado de sus Gastos Generales de acuerdo al expediente técnico.

m) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

n) Carta Fianza por el cumplimiento del contrato

2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOEl postor ganador de la buena pro deberá presentar la documentación de los literales i), j) , k) y l) del numeral anterior en un plazo de cinco (05) días para la conformidad del Área Usuaria. La demás documentación requerida para la suscripción del contrato podrá ser presentada en el plazo de hasta 10 días hábiles. Los plazos serán contabilizados a partir del día siguiente de la citación al postor ganador de la buena pro. La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Trámite Documentario de PROVIAS NACIONAL sito en Jr. Zorritos N° 1203 1er. Piso.

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CAPÍTULO III

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS1. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONAL

Experiencia del Personal Propuesto: El personal propuesto debe cumplir con el requerimiento técnico mínimo siguiente:

Cantidad Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ing. Residente de Obra Ingeniero Civil colegiado y hábil, con tres (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1Jefe de oficina

Ingeniería (Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Especialista de Costos, Metrados y Valorizaciones o Ingeniero Especialista en Metrados y valorizaciones o Ingeniero de Planeamiento y Costos o Ingeniero Especialista en Costos y Presupuestos o Ingeniero Especialista en Costos y Control de Obras o Ingeniero en Programación de Obras

1 Ingeniero de Producción Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1 Especialista en Suelos y Pavimentos

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero de Suelos y Pavimentos.

1 Especialista de Obras de Arte y drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero Especialista en Puentes y Obras de Arte o Ingeniero especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje.

1 Especialista en Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero Especialista en Medio Ambiente o Mitigación Ambiental o Ingeniero Especialista en Medio Ambiente y Seguridad

1 Ingeniero Responsable de Control de Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1 Ingeniero Responsable de Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se considerará la experiencia en obras similares en las cuales haya participado como Especialista en Topografía.

Estos Requisitos deberá ser acreditado con:- Copia simple del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú (Para el caso del

Especialista Ambiental será del colegio que corresponda), Constancia emitida por el Colegio de Ingenieros del Perú, o Constancia del Organismo similar para profesionales extranjeros, en caso de obtener la Buena Pro el profesional extranjero está obligado a inscribirse y obtener la habilidad en el Colegio de Ingenieros del Perú.

- Declaración jurada de encontrarse hábil para ejercer la profesión .(De obtener la Buena Pro presentará el Certificado de Habilidad vigente para la firma del contrato)- Tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para los factores de evaluación, la experiencia del

personal podrá acreditarse con la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto y se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios

- Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato. Definición de Obras Similares: Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción, Rehabilitación, o Mejoramiento de carreteras a nivel de asfalto en caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa. Se acepta como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc.

2. REQUERIMIENTO DE EQUIPO MÍNIMO.La relación del Equipo Mínimo está en la página 167 del Volumen VII Análisis de Precios Unitarios “Rehabilitación de la Carretera Dv Las Vegas – Tarma”.- Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor. Asimismo se aceptará equipos

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con características superiores siempre y cuando cumplan con los trabajos asignados con la calidad exigida en las Especificaciones Técnicas

- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado, pudiendo ser propio, alquilado o encontrarse bajo otra modalidad de adquisición, sin perjuicio que se verifique dicha disponibilidad solicitando la documentación pertinente como requisito para la suscripción del contrato.

- Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años- Previo a la suscripción del contrato presentará la relación del Equipo Mínimo ofertado indicando

el número de serie y/o placa, potencia, capacidad, color y ubicación de cada equipo ofertado, acreditando con la presentación de documentos que sustenten la propiedad o posesión de los mismos.

3. FINALIDAD PUBLICA:Mejorar y asegurar una adecuada transitabilidad del transporte de carga y pasajeros de la Carretera Dv, Las Vegas - Tarma, ubicada en la Provincia de Tarma, en el Departamento de Junín, permitiendo contar una adecuada infraestructura vial en condiciones de continuidad, fluidez y seguridad, reduciendo costos operativos vehiculares y tiempos de viaje.

4. PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA: El plazo de ejecución de la obra es: Trescientos Sesenta (360) días calendarios.

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El plazo de la ejecución del contrato será desde la suscripción del mismo hasta su liquidación final consentida.

5. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:La responsabilidad del contratista por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de la obra ejecutada, será de siete (07) años, contados a partir de la recepción de la obra, de conformidad al Artículo 50º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.L. Nº 1017.

6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN:Será a PRECIOS UNITARIOS

7. DISPONIBILIDAD DEL TERRENO:Teniendo en cuenta que las afectaciones son mínimas por tratarse de una rehabilitación de la carretera, la disponibilidad física se realiza mediante las Actas de Compromiso de los propietarios de las aéreas afectadas por la ejecución de la obra.

El expediente Técnico, se encuentra en www.proviasnac.gob.pe

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CAPITULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)A. Factor “Experiencia en obras en general” 11

Se calificará considerando las obras en general ejecutadas por el postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria.

Incluye a todas las obras ejecutadas por los postores.

a. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras en General por un monto acumulado igual o menor a una (01) vez el valor referencial (S/. 78 225 753.48 Nuevos Soles) se le asignará cero (00) puntos.

b. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras en General por un monto acumulado mayor o igual a cinco (05) veces el valor referen-cial (S/. 391 128 767,4 Nuevos Soles) se le asignará Quince (15) pun-tos.Para montos intermedios se considerará interpolación lineal

15 puntos

B. Factor “Experiencia en obras similares” Se calificará considerando las obras similares ejecutadas en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de convocatoria, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento (15%) del valor referencial.

Únicamente se calificaran aquellas obras iguales o similares al objeto de la convocatoria.

a. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras Similares por un monto acumulado igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del valor referencial. (S/. 39 112 876.74 Nuevos Soles) se le asignará cero (00) puntos.

b. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras Similares por un monto acumulado igual o mayor a una (1) vez el valor referencial. (S/. 78 225 753.48 Nuevos Soles) se le asignará treinta y cinco (35 puntos)

Para montos intermedios se considerará interpolación lineal

La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar experiencia en obras en general.

35 puntos

C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Para la aplicación del presente factor de evaluación, será válida la experiencia con la denominación de los cargos solicitados para acreditar los requerimientos técnicos mínimos. c.1 Ingeniero Residente de ObraExperiencia mayor o igual a 6 años como Residente de obra……….…………………………………………………………….doce (12) puntos.Experiencia igual a 3 años como Residente de Obra …………………………………………………………………………….cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.2 Jefe de Oficina IngenieríaMayor o igual a 5 años en la especialidad ………………..siete (07) puntos

35 puntos

11 Para evaluar la experiencia de postores que presenten contratos ejecutados en consorcio deberá acompañarse la documentación que sustente cuál ha sido el porcentaje de su participación en dicho consorcio, de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato.

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Igual a 2 años en la especialidad…………………………….. cero (00) puntos

Para valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.3 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 5 años en la especialidad ………………..siete (07) puntosIgual a 2 años en la especialidad …………………………….. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.4 Especialista en Obras de Arte y DrenajeMayor o igual a 4 años en la especialidad ……………..cuatro (04) puntosIgual a 2 años en la especialidad ……………………………..cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.5 Especialista en Impacto ambientalMayor o igual a 4 años en la especialidad ………………. cinco (05)

puntosIgual a 2 años en la especialidad ……………… ………...cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

El personal propuesto se evaluará en función a la experiencia en la especialidad requerida en obras iguales o similares (obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa).

D. Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó y liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades, hasta un máximo de diez (10) contratos de obra en general y/o similares.se utilizará la siguiente fórmula de evaluación:

PCP= PF x CBCNC

Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postorPF = Puntaje máximo del FactorNC = Número de contrataciones presentadas para

acreditar la experiencia del postor CBC = Número de constancias de buen cumplimento de la

prestación Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba. Debe tenerse presente que, en caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor de diez obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.

Notas: 1. Los certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor de diez obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.

15 puntos

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PUNTAJE TOTAL 100 PUNTO

S

LOS FACTORES DE EVALUACIÓN NO PUEDEN CALIFICAR CON PUNTAJE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS.

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.

La evaluación de la experiencia y calificación del Ing. Residente y los Especialistas se realizará en base a la sumatoria del tiempo efectivo en el cargo requerido, a ser informado de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº 08. Las experiencias deberán estar sustentadas con las constancias o certificados correspondientes.

Para efectos de evaluación no se considerarán experiencias ejecutadas en forma paralela o que se traslapen (El tiempo de traslape no se considerara en uno de los servicios presentados). Los años de experiencia deben computarse para el caso de profesionales peruanos, desde la fecha en la cual obtuvo su inscripción en el Colegio Profesional correspondiente y para el caso de los profesionales extranjeros, desde la fecha en la cual se inscribió en el colegio profesional similar en su país de origen.

Definición de Obras Similares: obras de Construcción, Rehabilitación, o Mejoramiento de carreteras a nivel de asfalto en caliente y/o Tratamiento Superficial BicapaSe acepta como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc.

Definición de Obras en General: Son todas aquellas obras contenidas en el numeral 33 del anexo de Definiciones del Reglamento, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años.

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CAPÍTULO V

MODELO DE CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA

N° -2012-MTC-20

Conste por el presente documento, el Contrato de Ejecución de Obra, que celebra de una parte el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, a quien en adelante se le denominará “PROVIAS NACIONAL”, con RUC Nº 20503503639 con domicilio legal en Jr. Zorritos N° 1203, 3er. Piso, Cercado de Lima, representada por su Director Ejecutivo, (INDICAR), identificado con DNI Nº (INDICAR), y de la otra parte (INDICAR), con RUC Nº (INDICAR), con domicilio legal en (INDICAR), con correo electrónico (INDICAR), con número telefónico (INDICAR), inscrito en la Ficha N° (INDICAR) Asiento N° (INDICAR) del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, (INDICAR), con DNI N° (INDICAR), según poder inscrito en la Ficha N° (INDICAR), Asiento N° (INDICAR) del Registro de Personas Jurídicas de (INDICAR CIUDAD), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

1.1 Con fecha (INDICAR), PROVIAS NACIONAL convocó el proceso de selección correspondiente (INDICAR), para seleccionar al ejecutor de la Obra: (INDICAR); a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, cuyo Valor Referencial es de S/. (INDICAR EN NUMEROS Y LETRAS), incluido los impuestos correspondientes (INDICAR), con precios referidos al mes de (INDICAR) del año (INDICAR).

1.2 Con fecha (INDICAR), el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del proceso de selección señalado precedentemente, el mismo que en adelante se denominará LA OBRA, a EL CONTRATISTA, por el monto total de su propuesta económica ascendente a la suma de (INDICAR), incluido los impuestos correspondientes (INDICAR); cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato; el que se ejecutará con financiamiento proveniente de recursos (INDICAR).

CLÁUSULA SEGUNDA: RÉGIMEN LEGAL

2.1 El proceso de selección (INDICAR), fue convocado con arreglo a las disposiciones de la Ley Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que en lo sucesivo se denominarán: La Ley y el Reglamento, respectivamente. (INDICAR SI CORRESPONDE OTRA NORMA DE SER EL CASO).

2.2 La relación jurídica contractual está subordinada a las disposiciones contenidas en la Ley y el Reglamento, y demás normas ampliatorias y modificatorias.

2.3 Forman parte integrante del presente Contrato de Ejecución de Obra, el Expediente Técnico, las Bases Integradas, así como la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.

2.4 El orden de prelación de los documentos que conforman el presente Contrato de Ejecución de Obra, es el siguiente:

2.4.1 El presente Documento Contractual y el Expediente Técnico2.4.2 Bases Integradas (Absolución de Consultas, Observaciones)2.4.3 Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.

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CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente Contrato EL CONTRATISTA se obliga a realizar para PROVIAS NACIONAL la ejecución de la Obra indicada en el numeral 1.1 de la Cláusula Primera del Contrato, en concordancia con el Expediente Técnico, las Bases Integradas, su Propuesta Técnica y Económico, revisadas y aceptadas por PROVIAS NACIONAL, y bajo los términos y condiciones estipulados en el Contrato.

CLÁUSULA CUARTA: VIGENCIA, DURACIÓN, INICIACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

4.1 El Contrato de Ejecución de Obra, tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del presente documento y rige hasta el consentimiento de la liquidación de LA OBRA, y se efectúe el pago correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 149° del Reglamento.

4.2 Durante la vigencia del Contrato, los plazos se computarán en días calendario, de conformidad con lo establecido en el artículo 151° del Reglamento.

4.3 El plazo de ejecución contractual es de 360 (trescientos sesenta) días calendario.

4.4 El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 184° del Reglamento.

CLÁUSULA QUINTA: PAGO DEL CONTRATO

Todos los pagos que PROVIAS NACIONAL deba realizar a favor de EL CONTRATISTA por los servicios materia del presente Contrato, se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; y será de acuerdo a lo indicado en la cláusula sétima del presente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 180° y 181° del Reglamento.

CLÁUSULA SEXTA: REAJUSTES

Los reajustes en el caso de ejecución de obra, se encontrarán determinados en concordancia con lo establecido en los artículos 49° y 198° del Reglamento.

CLÁUSULA SEPTIMA: VALORIZACIONES Y METRADOS

Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 197º del Reglamento, siendo aplicable en forma supletoria el Código Civil. Asimismo, los metrados se regirán por lo establecido en el citado artículo 197°, cualquier discrepancia se resolverá de conformidad con lo estipulado en el artículo 199° del Reglamento.

CLÁUSULA OCTAVA: ASPECTOS ECONÓMICOS

8.1 La afectación presupuestaria de gastos del presente Contrato de Ejecución de Obra, se atenderá con la siguiente Estructura Funcional Programática, otorgada mediante Informe Nº (INDICAR) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de fecha (INDICAR), con cargo al Presupuesto aprobado con Ley N° 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012 y Resolución Ministerial N° 613-2010-MTC/01 del 28.12.2010, la cual se detalla a continuación:

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Unidad Ejecutora : 007 PROVIAS NACIONAL Sector : 36 Transportes y ComunicacionesPliego : 036 Ministerio de Transportes y

ComunicacionesFunción : 15 TransportePrograma Funcional : 033 Transporte TerrestreSub-Programa Funcional : 0064 Vias NacionalesPrograma : Proyecto : Componente :Nemónico/Meta : Fte. Fto. : Cadena de Gasto :

8.2 Las partes expresan su conocimiento pleno de que el presente Contrato y las prestaciones derivadas de éste son financiadas con recursos (INDICAR), por lo que reconocen que su continuidad se sujeta a la permanente disponibilidad presupuestal y financiera del Pliego en el marco de los Calendarios de Compromisos, las Asignaciones Trimestrales de Gastos y las Leyes Anuales de Presupuesto, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y de ser el caso el Artículo 27° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

8.3 Todos aquellos gastos que no se incluyan en el presente Contrato y que no hayan sido previamente autorizados en forma escrita por PROVIAS NACIONAL, no serán reconocidos.

8.4 El monto del Contrato de Ejecución de Obra comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega.

8.5 El desarrollo de la ejecución de LA OBRA constará detalladamente en el Calendario de Avance de Obra Valorizado, elaborado en concordancia con el cronograma de desembolsos económicos establecido, con el plazo de ejecución del Contrato y sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-PCM), el cual deberá considerar la estación climática propia del área donde se ejecute la obra, cuando corresponda.

CLÁUSULA NOVENA: DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA

El CONTRATISTA declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA: AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL

El plazo del presente Contrato de Ejecución de Obra se rige por lo dispuesto en el artículo 41° de la Ley, y artículos 200°, 201° 202, 203 y 204° del Reglamento, y podrá ampliarse por las siguientes causales, acorde a lo establecido en el artículo 200° del Reglamento:

1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista.

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2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.3. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.4. Cuado se aprueba la prestación adicional de Obra. En este caso, el

Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiere otorgado.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: ADICIONALES Y REDUCCIONES

11.1 El importe del presente Contrato, sólo se podrá incrementar o disminuir en función de los servicios realmente prestados y requeridos, previo acuerdo entre las partes y debidamente autorizados por PROVIAS NACIONAL, tal como lo establece el artículo 41° de la Ley, y en concordancia con lo establecido en los artículos 207° y 208º del Reglamento.

11.2 Sólo procederá la ejecución de las Obras Adicionales cuando previamente se cuente con la certificación de crédito presupuestario y la Resolución del Titular de la Entidad de PROVIAS NACIONAL y en los casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o no superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, se procederá acorde al artículo 207º del Reglamento.

11.3 Las Obras Adicionales cuyos montos restándole los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, luego de ser aprobados por el Titular de la Entidad de PROVIAS NACIONAL, requieren previamente para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República, tal como lo dispone el artículo 208° del Reglamento, acorde a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley.

11.4 Excepcionalmente, en el caso de presentarse obras adicionales que por su carácter de emergencia, su no ejecución pueda afectar el ambiente o poner en peligro a la población, los trabajadores o a la integridad de la misma Obra, la autorización previa de la Entidad podrá realizarse mediante comunicación escrita a fin de que EL SUPERVISOR pueda autorizar la ejecución de tales obras adicionales, sin perjuicio, de la verificación que realizará PROVIAS NACIONAL previo a la emisión de la Resolución correspondiente, sin la cual no podrá efectuarse pago alguno.

11.5 Los de Adicionales de Obra con carácter de emergencia, cuyos montos, restándoles los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince por ciento (15%) del monto del Contrato Original, la autorización de la Contraloría General de la República se emitirá previa al pago, conforme al procedimiento señalado en el artículo 208º del Reglamento.

11.6 El concepto, trámite y pago de las Obras Adicionales está normado en la Directiva N° 02-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 169-2010-CG, de fecha 23.07.2010 y lo establecido en el artículo 41º de la Ley y en los artículos 207º y 208º del Reglamento.”

11.7 El presupuesto de cualquier Obra Adicional o cambio, deberá ser determinado de acuerdo a los Precios Unitarios del Contrato; y, de no existir, se pactarán de mutuo acuerdo. En el Presupuesto Adicional se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 207º del Reglamento.

11.8 Cuando se apruebe el Adicional de Obra, EL CONTRATISTA estará obligado a ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento.

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11.9 Los Adicionales de Obra no podrán superar el cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato original. En caso que superen este límite se procederá a la resolución del contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: GARANTÍAS

12.1 PROVIAS NACIONAL podrá exigir a EL CONTRATISA la entrega oportuna de aquellas Garantías (Cartas Fianza) que considere indispensables para la ejecución el presente Contrato, acorde a lo establecido en los artículos 155° al 164° del Reglamento, y conforme al procedimiento establecido en dichas normas legales.

12.2 La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser equivalente al 10% del monto del Contrato, incluido el I.G.V, y extendida a favor de PROVIAS NACIONAL, a través de una Carta Fianza, solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática emitida y ejecutable en la ciudad de Lima. Su otorgante (fiador solidario) debe ser una Entidad autorizada para operar en el país y para emitir este tipo de instrumentos, por la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, y de ser el caso, la Garantía por el monto diferencial de la Propuesta será al sólo requerimiento escrito de PROVIAS NACIONAL, y deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la Liquidación final del Contrato de Ejecución de Obra. Su original permanecerá en custodia en Tesorería de la Unidad Gerencial de Administración.

12.3 PROVIAS NACIONAL ejecutará la Garantía si no fuese renovada oportunamente por EL CONTRATISTA ó cuando se presente cualesquiera de las causales tipificadas en el artículo 164° y lo previsto en el artículo 165° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: ADELANTOS

13.1 PROVIAS NACIONAL ha previsto entregar Adelantos a EL CONTRATISTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 38° de la Ley. La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases Integradas, y en concordancia con lo establecido en los artículos 186°, 187° y 188° del Reglamento.

13.2 PROVIAS NACIONAL sólo puede entregar los adelantos previstos en las Bases Integradas y solicitados por EL CONTRATISTA, contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso. Dicha Garantía estará representada por una Carta Fianza.

13.3 PROVIAS NACIONAL otorgará a EL CONTRATISTA un Adelanto Directo que en ningún caso excederá en conjunto del veinte por ciento (20%) del monto del Contrato Original, siempre que en las Bases se hayan establecido el otorgamiento de este Adelanto. EL CONTRATISTA podrá solicitar formalmente la entrega del Adelanto Directo, adjuntando a su solicitud la Garantía y el comprobante de pago correspondiente, según lo establecido en los artículos 186º y 187º del Reglamento.

13.4 La amortización del Adelanto Directo se hará mediante descuentos proporcionales, en cada una de las valorizaciones mensuales.

13.5 La renovación de la Garantía se hará por montos proporcionales a los saldos del Adelanto Directo pendientes de amortización. La renovación de la

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Garantía deberá ser por el monto pendiente del saldo del Adelanto Directo por amortizar, incluido el I.G.V.

13.6 El Adelanto Directo no constituye un pago a cuenta. El tratamiento del Adelanto Directo se efectuará acorde a lo establecido en los artículos 186°, 187º y 189º del Reglamento. Se liberará la Garantía por concepto de Adelanto Directo, una vez que se haya amortizado el 100% del mismo, salvo que exista una controversia que pueda afectar la Liquidación.

13.7 PROVIAS NACIONAL, a solicitud de EL CONTRATISTA, entregará el importe para Materiales e Insumos a utilizarse en el objeto del Contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta (40%) del monto del Contrato Original. La solicitud de otorgamiento de Adelanto para Materiales e Insumos deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos presentado por EL CONTRATISTA, no procediendo dicho otorgamiento cuando la conforme lo establecen los artículos 186º, 188º del Reglamento, y Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

13.8 El valor de los Materiales e Insumos pagados deberá estar de acuerdo con el metrado de LA OBRA y en conjunto no deberán superar el 40% del monto del Contrato Original, según artículo 186º del Reglamento.

13.09 Los Adelantos para Materiales e Insumos deberán estar respaldados por la correspondiente Garantía, a través de una Carta Fianza solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática a favor de PROVIAS NACIONAL, vigente hasta la amortización total del Adelanto para Materiales e Insumos, acorde a lo establecido en el artículo 162º del Reglamento.

13.10 La amortización por el Adelanto para Materiales e insumos, se efectuará según lo dispuesto en el artículo 189º del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

14.1 EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria.

14.2 Durante la ejecución de la obra, El CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 205º del Reglamento.

14.3 El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el cuaderno de obras debidamente foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

15.1 La conformidad de la obra por parte de PROVIAS NACIONAL no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley, y en concordancia con los Términos de Referencia y/o Expediente Técnico.

15.2 Queda estipulado que si en el curso de los siete (7) años siguientes a su Recepción sin observaciones, LA OBRA se destruye total o parcialmente, por razones imputables a EL CONTRATISTA o defectos constructivos, éste será

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responsable y en ese caso PROVIAS NACIONAL podrá iniciar las acciones que se establece en el artículo 212º del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO

16.1 El proceso de resolución del presente Contrato de Ejecución de Obra, se sujetará a lo establecido en el inciso c) del artículo 40° y artículo 44° de la Ley, y conforme a lo dispuesto en los artículos del 167° al 170° del Reglamento, y en concordancia con lo establecido en el artículo 209° del mismo cuerpo legal.

16.2 Si EL CONTRATISTA demostrara deficiencia, negligencia o insuficiencia en el control de las actividades de ejecución de LA OBRA, PROVIAS NACIONAL solicitará el cambio de la persona o personas responsables de ello. Si se repitiera por segunda vez esta situación, PROVIAS NACIONAL podrá resolver unilateralmente el presente Contrato.

16.3 Si EL CONTRATISTA no cumpliera con las obligaciones asumidas en el presente Contrato y, siendo notificado por escrito no procediera a ajustarse a las estipulaciones del mismo en un término no mayor de quince (15) días después de recibida la comunicación en referencia, o si el monto de la penalidad, en aplicación de la fórmula señalada alcanza el diez por ciento (10%) del monto del contrato, PROVIAS NACIONAL podrá dar por finalizada la prestación. En esta eventualidad, no autorizará ningún desembolso en relación al costo del control, haciendo efectiva la Garantía por el Adelanto Directo que estuviese pendiente por amortizar; ejecutándose la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

16.4 La ejecución del presente Contrato, queda condicionada a la efectiva asignación de Recursos Financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, acorde a lo dispuesto en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y de ser el caso el Art. 27º, Numeral 27.3 de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, procediendo a la resolución del presente Contrato por parte de PROVIAS NACIONAL, por razones de índole presupuestal.

16.5 En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por PROVIAS NACIONAL, y que no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en los artículos 40º de la Ley, y en el artículo 209º de su Reglamento.

16.6 En este supuesto, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 164º del Reglamento, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.

16.7 En caso la ejecución del presente Contrato excediera un ejercicio presupuestal, su continuidad queda condicionada a la asignación de recursos financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 27.3 del artículo 27° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; este Contrato podrá ser resuelto por razones de orden presupuestal.

16.8 En caso se resuelva el contrato por causas atribuibles a PROVIAS NACIONAL corresponderá a PROVIAS NACIONAL efectuar el reconocimiento a EL CONTRATISTA por los daños y perjuicios ocasionados. Respecto a los causales de resolución de contrato previstas en los numerales 16.4 y 16.7 de la presente Cláusula, solo corresponderá indemnizar a EL

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CONTRATISTA cuando, habiéndose resuelto el contrato invocando alguna de dichas causales, se determine que la configuración de la causal es atribuible a PROVIAS NACIONAL.

CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: NULIDAD DEL CONTRATO

Son causales de declaración de nulidad de oficio del Contrato de Ejecución de Obra, las previstas en el artículo 56° de la Ley, para lo cual PROVIAS NACIONAL cursará Carta Notarial a EL CONTRATISTA, adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad del Contrato; dentro de los quince (15) días hábiles siguientes EL CONTRATISTA que no esté de acuerdo con esta decisión, podrá someter la controversia a conciliación y/o arbitraje.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN12

18.1 En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente Contrato, PROVIAS NACIONAL le aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) por el monto y plazo total del contrato. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidación final; o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta. En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde F tendrá los siguientes valores:

a) Para plazos mayores a sesenta (60) días: a.1) Para obras: F = 0.15

18.2 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, PROVIAS NACIONAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.

18.3 Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto del Contrato vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 165° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: CIRCUNSTANCIAS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

19.1 Las partes han convenido en considerar como circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Artículo 1315° del Código Civil).

19.2 Si cualesquiera de las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor para cumplir total o parcialmente las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo.

12 De ser el caso, deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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19.3 Producido y notificado el evento determinante de las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la parte afectada, sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible.

19.4 El mayor costo y los pagos adicionales correspondientes que pudieran resultar de la paralización de los Servicios, en razón de las circunstancias de caso fortuito o de la fuerza mayor, serán determinados de común acuerdo entre las partes contratantes.

19.5 Si la paralización de los Servicios por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor subsistiese por un período de sesenta (60) días, PROVIAS NACIONAL o EL CONTRATISTA mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de los Servicios, reajustando los términos del Contrato de común acuerdo.

19.6 En caso de resolución del Contrato, EL CONTRATISTA entregará a PROVIAS NACIONAL, bajo responsabilidad en un plazo de quince (15) días, toda la información relacionada con sus Servicios, así como la liquidación correspondiente, que incluirá las sumas pendientes de pago.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: RECEPCIÓN DE LA OBRA

La recepción de la obra se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 210° del Reglamento. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva o pliego de observaciones, y no se recibirá la obra.

CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: OTRAS PENALIDADES

En atención al artículo 166º del Reglamento, para los cambios del personal profesional calificado de EL CONTRATISTA, especificado en su Propuesta Técnica se tendrá la siguiente consideración:

Si el cambio del profesional no cuenta con la aprobación de PROVIAS NACIONAL, PROVIAS NACIONAL aplicará una penalidad diaria por el tiempo en que no se haga efectivo el reemplazo, de acuerdo al siguiente criterio:

Penalidad diaria = Gasto General variable diario

El Gasto general variable diario es el resultado de dividir el monto de los gastos generales variables ofertados por el contratista entre el plazo en días del expediente técnico

La aplicación de esta penalidad solo podrá alcanzar un monto máximo equivalente al diez (10%) del monto del gasto general total ofertado por el contratista. Su aplicación será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidación final, o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. De alcanzarse el porcentaje indicado será causal de resolución de contrato

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: LIQUIDACIÓN DE LA OBRA

La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en los artículos 211º, 212º y 213º del Reglamento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES BASES INTEGRADAS

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Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: SUPERVISION DE LA OBRA

24.1 LA OBRA, contará de modo permanente y directo con un SUPERVISOR, quedando prohibida la existencia de ambos en una misma Obra, cuyas condiciones o características establece el artículo 190º del Reglamento. LA OBRA estará sometida durante su ejecución a la permanente supervisión de PROVIAS NACIONAL, quien para estos efectos designará a EL SUPERVISOR; éste, por delegación, dirigirá la inspección general de LA OBRA, con autoridad suficiente para suspender y rechazar los trabajos que a su juicio no satisfagan las Especificaciones Técnicas y el Expediente Técnico, quien absolverá las interrogantes que le plantee EL CONTRATISTA. Igualmente, LA OBRA estará sometida a la fiscalización de PROVIAS NACIONAL; cuyas funciones se hallan establecidas en el artículo 193º del Reglamento.

24.2 EL CONTRATISTA no podrá ser exonerado por EL SUPERVISOR de ninguna de sus obligaciones contractuales y no ordenará ningún trabajo adicional que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de PROVIAS NACIONAL.

24.3 EL CONTRATISTA, a pedido de EL SUPERVISOR y/o PROVIAS NACIONAL, separará a cualquier persona que comprobadamente cause desorden o fomente indisciplina en la ejecución de LA OBRA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. CUADERNO DE OBRA

25.1 El Cuaderno de Obra será abierto en la fecha de entrega del terreno conforme a lo establecido en el artículo 194° del Reglamento.

25.2 Las Anotaciones y Consultas sobre Ocurrencias se rigen en concordancia con

los artículos 195º y 196° del Reglamento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: SEGUROS

26.1 EL CONTRATISTA, según lo establecido en el artículo 154º del Reglamento, antes del inicio de la ejecución de LA OBRA deberá obtener todos los Seguros necesarios según la Legislación Nacional aplicable y conforme al detalle que se indica en el numeral 26.2 de esta Cláusula Contractual, los mismos que deberán acreditarse ante PROVIAS NACIONAL, de acuerdo a las Bases Integradas de Licitación. Se mantendrán en su total capacidad hasta que el objeto de este Contrato de Ejecución de Obra haya sido recibido por PROVIAS NACIONAL, satisfactoriamente.

Las pólizas estarán a disposición de PROVIAS NACIONAL quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación. El incumplimiento de esta obligación será causal de resolución de del Contrato de Ejecución de Obra.

26.2 EL CONTRATISTA presentará una Póliza de Seguro conteniendo las siguientes coberturas después de la suscripción del presente Contrato de Ejecución de Obra y antes de la presentación de la Primera Valorización (no mayor de treinta (30) días):

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Coberturas Concepto

01

Cobertura Básica “A"

Daños materiales que sufran los bienes asegurados.

02

Cobertura "B" Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica.

03

Cobertura "C" Daños causados directamente por lluvias, ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento, o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas.

04

Cobertura "D" Daños causados directamente por EL CONTRATISTA en el curso de la ejecución de las operaciones llevadas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la Cláusula de Mantenimiento del Contrato de Construcción.

05

Cobertura "E" Responsabilidad Civil extra-contractual en que incurra el Asegurado por daños causados a bienes de terceros.

06

Cobertura "F" La Responsabilidad Civil extra-contractual por lesiones personales.

07

Cobertura "G" Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente Póliza.

08

Cláusulas adicionales

Riesgos Políticos tales como huelgas, motines, conmociones civiles, daño malicioso vandalismo, terrorismo y sabotaje.Responsabilidad Civil Cruzada.Mantenimiento ampliado.Almacenaje de Material de ConstrucciónTransportesError de DiseñoGastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso y flete aéreo.Propiedades Adyacentes (i).Subsuelos y/o masas de tierra (ii).

SUMAS ASEGURADAS Y DEDUCIBLES:

Cobertura Suma Asegurada DeduciblesPrincipal A Valor total de LA OBRA

contratada inc. IGV.10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura B Valor total de LA OBRA contratada inc. IGV.

5% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura C Valor total de LA OBRA 5% del monto BASES INTEGRADAS

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contratada inc. IGV. indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura D Valor total de LA OBRA contratada inc. IGV.

5% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Coberturas E y F

Por el 20% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

Cobertura G Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Sin deducible.

Riesgos políticos

Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Error de diseño Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Propiedades Adyacentes

Mínimo por el 5% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

Subsuelos y Masas de Tierra

Mínimo por el 5% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

1. Se deberá incluir un importe adicional equivalente al 5% del valor total del Contrato, para cubrir los gastos de rehabilitación de subsuelos y/o masas de tierras y/o superficiales en los que sea necesario incurrir después de la ocurrencia de un siniestro para la restitución completa de la zona afectada. (ii)

2. Se deberá incluir un importe adicional al 5% del valor total del Contrato, para cubrir la propiedad adyacente al lugar de las obras, que sin formar parte de estas quedan bajo la custodia de EL CONTRATISTA. (i)

3. Asimismo se incluirá un importe adicional equivalente al 5% del valor total del Contrato, para cubrir la responsabilidad civil extracontractual derivada de la ejecución de las obras, incluyéndose los daños ocasionados por la maquinaria y/o vehículos utilizados, trabajos con explosivos, debilitamiento de bases y considerándose como terceros entre sí a los asegurados.

4. Se incluirá el Seguro de Accidentes Personales, para obreros y empleados cubriendo muerte accidental e invalidez permanente hasta por 36 remuneraciones y gastos de curación hasta por siete (7) remuneraciones.

BASES INTEGRADAS44

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26.3 El CONTRATISTA deberá considerar todos los seguros personales de acuerdo a Ley (Seguro Complementario de Trabajos de Riesgo, de Pensiones y Salud, y Seguro de Vida Ley).

Nota: El valor a tomar en cuenta para efectos de la cotización es el Valor Total Adjudicado.

26.4 La vigencia de la Póliza de Seguro indicada, será desde la entrada en vigor del Contrato de Ejecución de LA OBRA, hasta la recepción final de la misma. Las pólizas de seguros siempre deberán estar vigentes hasta la recepción final de la obra, como parte de las obligaciones del contratista, de no cumplirse se someterá al procedimiento de resolución de contrato.

26.5 EL CONTRATISTA presentará a PROVIAS NACIONAL un Endoso o Adenda de Cesión de Derechos a favor de PROVIAS NACIONAL en la que conste que la Compañía de Seguros que emite la Póliza de Seguro, se compromete a no anular ni modificar por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, incluyendo la falta de pago, las coberturas emitidas a favor de EL CONTRATISTA en cumplimiento del Contrato de Ejecución de Obra Original, sin previo aviso por escrito a PROVIAS NACIONAL con treinta (30) días de anticipación.

26.6 EL CONTRATISTA presentará a PROVIAS NACIONAL copia de la Factura cancelada por el pago de la prima correspondiente.

26.7 La parte del contrato, causante de la producción de un siniestro será responsable de los montos correspondientes a los deducibles, como consecuencia de la tramitación de un siniestro a la Compañía de Seguros. En caso dicha ocurrencia no sea imputable a ninguna de las partes, los pagos derivados de él, serán asumidos por ambas partes por igual.

26.8 EL CONTRATISTA será responsable de todas las indemnizaciones por reclamos de terceros y/o del personal de LA OBRA y/o los familiares del personal de LA OBRA que sufran daños a consecuencia de algún siniestro; así como por el incumplimiento en materia de Seguros exigidos por la Ley.

26.09 Queda expresamente estipulado que EL CONTRATISTA tendrá total y exclusiva responsabilidad por el pago de todas las obligaciones sociales relacionadas con su personal tales como el pago de remuneraciones, CTS, indemnizaciones, préstamos, leyes sociales y demás derechos y beneficios que le correspondan y en general cualquier contribución, aporte o tributo creado o por crearse que sea aplicable para estos casos, obligándose a mantener a PROVIAS NACIONAL libre de cualquier reclamo por estos conceptos, en tanto dicho personal no tiene ni tendrá ninguna vinculación de orden laboral ni contractual con PROVIAS NACIONAL.

26.10 Queda estipulado que cualquier reclamo, de cualquier naturaleza, dirigido equivocadamente contra PROVIAS NACIONAL será asumido directa y plenamente por EL CONTRATISTA.

26.11 Cualquier contribución, aporte o tributo creado o por crearse que sean aplicables para estos casos, serán de cumplimiento obligatorio en lo que corresponda a cualesquiera de las partes contratantes.

26.12 Las coberturas de la Póliza de Seguros CAR deben cubrir los riesgos definidos y establecidos en la presente Cláusula Vigésimo Sexta, coberturas que se encuentran reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, ente público supervisor en este tema.

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Nota: El enfangamiento, hundimiento, o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas indicados en la Cobertura C están referidos a aquellos producidos por eventos de la naturaleza y que no son atribuidos a las operaciones realizadas por EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEPTIMA: PERSONAL DE EL CONTRATISTA

27.1 Para la ejecución de LA OBRA, EL CONTRATISTA utilizará el personal profesional calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por circunstancias caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas. Para este efecto, EL CONTRATISTA deberá proponer a PROVIAS NACIONAL con diez (10) días hábiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación correspondiente. Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y los cambios que resultaren no irrogarán gastos adicionales a PROVIAS NACIONAL.

Se entiende que todo el personal cuyo cambio se proponga, reunirá iguales o mejores cualidades que las del personal incluido en la Propuesta Técnica de EL CONTRATISTA.

El cambio solicitado por EL CONTRATISTA y que no cuente con la aprobación de PROVIAS NACIONAL y no esté debidamente justificada, será de aplicación de lo dispuesto la Cláusula Vigésimo Primera del presente Contrato.

27.2 EL CONTRATISTA tendrá como representante en LA OBRA a un Ingeniero Civil colegiado aprobado por PROVIAS NACIONAL, quien desempeñará las funciones de Ingeniero Residente, cumpliendo lo establecido en el artículo 185° de EL REGLAMENTO. Su sustitución se encuentra establecida en el mismo Artículo citado.

Asimismo proveerá de Ingenieros Colegiados habilitados, y técnicos en número y calificación satisfactorios en concordancia con su Propuesta, así como los Especialistas que eventualmente requiera la correcta ejecución de los trabajos.

27.3 Todas las instrucciones transmitidas al Ingeniero Residente se consideran tramitadas a EL CONTRATISTA.

27.4 EL CONTRATISTA está facultado para seleccionar el personal auxiliar técnico – administrativo necesario, para el mejor cumplimiento de sus obligaciones, reservándose PROVIAS NACIONAL el derecho a rechazar al personal que a su juicio no reuniera requisitos de idoneidad y competencia.

27.5 EL CONTRATISTA dará por terminados los Servicios de cualesquiera de sus trabajadores, cuya labor o comportamiento no sean satisfactorios para PROVIAS NACIONAL.

En el caso de personal profesional, inmediatamente EL CONTRATISTA ante el requerimiento formulado, propondrá a PROVIAS NACIONAL el cambio del nuevo personal, a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio, para lo cual PROVIAS NACIONAL dispondrá de diez (10) días calendario para aprobar dicho cambio.

Los costos adicionales que demande la obtención de los reemplazos necesarios, tales como pasajes, viáticos, gastos de traslado, etc., serán de responsabilidad de EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO OCTAVA: INTERVENCIÓN ECONOMICA DE LA OBRA

BASES INTEGRADAS46

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PROVIAS NACIONAL, podrá de oficio o a solicitud de parte intervenir económicamente LA OBRA, en circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos, según lo previsto en el artículo 206º del Reglamento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS

Para que PROVIAS NACIONAL proceda a la devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe haber quedado consentida la Liquidación del Contrato

CLAUSULA TRIGÉSIMA: MANTENIMIENTO DE TRÁNSITO

30.1 EL CONTRATISTA será responsable del Mantenimiento de Tránsito en el Tramo donde se ubique LA OBRA, desde la entrega del terreno hasta la Recepción de los Trabajos y estará sujeto a fiscalización.

30.2 El Mantenimiento de Tránsito es una obligación de EL CONTRATISTA, en concordancia con las Especificaciones Técnicas y disposiciones contractuales.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO PRIMERA: CONTROL DE CALIDAD

31.1 EL CONTRATISTA, deberá contar con un equipo de laboratorio, y equipos para medición de deflexiones y rugosidad, operado por personal idóneo, no pudiendo pasar de una etapa a otra del Proyecto, mientras no cuente con la conformidad de PROVIAS NACIONAL

31.2 EL CONTRATISTA presentará mensualmente Informes de Control de Calidad, siguiendo las indicaciones de PROVIAS NACIONAL, y al culminar los trabajos hará entrega de un Informe Final de los controles realizados.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO SEGUNDA: OTRAS RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA será responsable de los daños y perjuicios derivados de su actuación y/u omisión, inclusive frente a terceros o a las propiedades de éstos, lo mismo que se extiende a sus subcontratistas.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO TERCERA: IMPUESTOS Y DERECHO DE ADUANA

33.1 EL CONTRATISTA será responsable por el pago de los tributos, gravámenes y otros que le correspondan. Así como las responsabilidades de carácter laboral y por el pago de las aportaciones sociales de su personal, se regularán por las normas de la materia, según lo establecido por el artículo 154º del Reglamento.

33.2 En relación a los derechos de aduana, seguros, fletes, gastos consulares y otros gastos de importación que efectúe EL CONTRATISTA, serán de aplicación las Leyes vigentes sobre la materia.

CLAUSULA TRIGÉSIMO CUARTA: ACUERDOS VERBALES

Ninguna conversación o acuerdo verbal con cualesquier funcionario de PROVIAS NACIONAL o EL CONTRATISTA o del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, antes, durante el proceso de ejecución o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contrato de Ejecución de Obra.

CLAUSULA TRIGÉSIMO QUINTA: CONVENIO ARBITRAL

BASES INTEGRADAS47

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35.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.

35.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los Artículos 215º, 218º, y 219º del Reglamento.

35.3 En caso que el monto de la cuantía de la (s) controversia (s), señalada (s) en la solicitud de arbitraje, sea (n) mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral. Vencido el plazo para la respuesta a la solicitud de arbitraje sin que se hubiera designado el árbitro correspondiente, la parte interesada solicitará al Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, la respectiva designación, acorde a lo establecido en los Artículos 219º y 220º del Reglamento.

35.4 De otro lado, si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en la solicitud de arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 220º del Reglamento.

35.5 En caso que la (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje, verse (n) sobre materia de cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por un Tribunal Arbitral conforme al Numeral 35.3 de la presente Cláusula.

35.6 La designación de árbitro efectuada por el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú en defecto de las partes, será inimpugnable.

35.7 Las partes acuerdan que los honorarios de los árbitros y el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según el Tarifario de Arbitraje del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud arbitral.

35.8 Asimismo, las partes podrán acordar que el proceso arbitral será realizado bajo la organización, administración y reglas del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, sin perjuicio de lo expresamente estipulado en la totalidad de la presente cláusula arbitral.

35.9 Las partes podrán acordar que cuando exista un proceso arbitral en curso y surja una nueva controversia relativa al mismo Contrato, sólo procederá la acumulación de procesos y/o pretensiones siempre que exista común acuerdo entre las partes formalizado por escrito.

35.10 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Queda perfectamente entendido que las

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partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de ejecutar el laudo.

35.11 Las partes podrán acordar que de considerar necesario interponer recurso de anulación del Laudo Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario, fianza solidaria por el monto laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse.

CLAUSULA TRIGÉSIMO SÉXTA: DE LAS NOTIFICACIÓNES

36.1 Para los fines del presente contrato, constituyen formas válidas de comunicación las que PROVIAS NACIONAL efectúe a través de los medios electrónicos, como son el fax y/o correo electrónico, para lo cual se utilizarán los números telefónicos y direcciones electrónicas indicados por EL CONTRATISTA en la introducción del presente Contrato.

36.2 Para este fin la Cédula de Notificación incluida como Anexo Nº (INDICAR), con sus antecedentes, transmitida por cualesquiera de los medios electrónicos señalados precedentemente deberá consignar obligatoriamente la fecha cierta en que ésta es recibida (Art. 25 Ley Nº 27444); oportunidad a partir de la cual surtirá efectos legales.

36.3 Una vez efectuada la transmisión por fax o por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico de EL CONTRATISTA no será obligatoria; no obstante, de producirse según el anexo indicado no invalidará la notificación efectuada con anticipación y por los medios indicados, computándose los plazos a partir de la primera de las Notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.

36.4 Es de responsabilidad de EL CONTRATISTA mantener activos y en funcionamiento el facsímile (fax) y dirección electrónica consignada en la introducción del presente Contrato; asimismo de conformidad con el articulo 40º del Código Civil, el cambio de domicilio físico y para efectos del presente contrato, de fax y de dirección electrónica, sólo será oponible a PROVIAS NACIONAL si ha sido puesto en su conocimiento de manera indubitable.

CLAUSULA TRIGÉSIMO SÉTIMA: ACATAMIENTO DE LAS LEYES DEL PERU

EL CONTRATISTA acepta todas las Leyes del Perú, Decretos, Resoluciones Supremas, Regionales y/o Municipales, entre otros, para todas sus actividades dentro de la República, y deberá eximir totalmente a PROVIAS NACIONAL de multas, pérdidas o daños debido a la contravención de ellas.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLAUSULA TRIGÉSIMO NOVENA: DOMICILIO LEGAL

39.1 Para los efectos de todas las comunicaciones entre PROVIAS NACIONAL y EL CONTRATISTA, ambos señalan como su domicilio el indicado en la introducción del presente Contrato de Ejecución de Obra, donde se les entregará los avisos y notificaciones a que hubiere lugar. Cualquier variación de domicilio para ser reputada como válida, debe comunicarse notarialmente con tres (03) días hábiles de anticipación a su vigencia.

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39.2 En caso se omita el cumplimiento del plazo y formalidad señalados en el párrafo anterior, las partes acuerdan que las notificaciones que se efectúen al domicilio fijado en este Contrato se considerarán válidamente efectuadas para todo efecto legal; sin perjuicio de lo señalado en la Cláusula Trigésimo Sexta del presente contrato.

CLAUSULA CUADRAGÉSIMA: ANEXOS

Las partes contratantes declaran estar conformes con los términos del presente Contrato y sus respectivos Anexos, que se detallan continuación forman parte integrante de éste:

AnexosNo.

Documento

01 Testimonio de Constitución de la Empresa02 Poder de Representante Legal03 Certificado de Capacidad Libre de Contratación emitido por OSCE04 Bases Integradas de la Licitación05 Calendario de Avance de Obra Valorizado06 Calendario PERT-CPM y Diagrama de Barras07 Cronograma de Desembolsos Mensualizado08 Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos09 Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, incluyendo

Análisis de Precios Unitarios, Análisis de Gastos Generales 10 Copia de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato11 Constancia de No estar Inhabilitado a contratar con el Estado, expedida

por el OSCE12 Modelo de Notificación13 Cronograma General de Ejecución de la obra,14 El Expediente Técnico15 Otros (INDICAR)

De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de (INDICAR) al (INDICAR).

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE

(Fecha), ………………..

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… nos dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20, a fin de acreditar a nuestro representante (o apoderado en caso de personas naturales): ……………………………. (nombre del representante o apoderado) identificado con DNI. Nº ……………………………… quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón Social del postor

NOTA : En caso de Personas Jurídicas se deberá adjuntar copia simple del documento registral vigente que acredite la condición de Representante Legal, conforme al artículo 65° del Reglamento.

NOTA : En caso de Consorcios, quien presente la propuesta deberá acreditarse presentando una carta poder simple firmada por los representantes legales de cada uno de los miembros del consorcio y los documentos regístrales que acrediten que quienes firman la citada carta poder son los representantes legales de cada uno de los miembros del consorcio.

NOTA : El documento registral vigente que se debe adjuntar a la carta poder del apoderado que presenta las propuestas del Postor debe haber sido expedido, como máximo, dentro de los 60 días calendario a la fecha de presentación de las propuestas.

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FORMATO N° 2

FORMULARIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PARTICIPANTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

PROPONENTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

(Fecha),…………………..………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

El presente formato deberá ser presentado por cada consulta u observación

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ANEXO N° 01

DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC Teléfono Fax

(Fecha),…………………..………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA

(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20, para la EJECUCIÓN DE LA OBRA ………………. ……………, declaro bajo juramento:

1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.

2.- Conozco, acepto y se someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.

4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

(Fecha), ………………………………………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 03BASES INTEGRADAS

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PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta para la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-MTC/20, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente.

OBLIGACIONES DE ……………….: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE ….……………: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

………………………………………….. …………………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

(Fecha), …………………………………………

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ANEXO Nº 04

DECLARACIÓN JURADA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

Señores:COMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

El que suscribe,….........................................., identificado con DNI Nº ..................... , Representante Legal de ............................... , con RUC. Nº (en caso de Consorcios omitir o colocar s/n) ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra ……………………… de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente:

PLAZO OFERTADO:360 DÍAS CALENDARIO.

Fecha,…………………..………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 05

BASES INTEGRADAS57

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REQUISITOS MINIMOS DE PERSONAL PROFESIONAL

Cantidad Cargo Nombre Requisito Técnico Mínimo Cumple / No cumple

1 Ing. Residente de Obra

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con tres (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1

Jefe de oficina Ingeniería

(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Especialista de Costos, Metrados y Valorizaciones o Ingeniero Especialista en Metrados y valorizaciones o Ingeniero de Planeamiento y Costos o Ingeniero Especialista en Costos y Presupuestos o Ingeniero Especialista en Costos y Control de Obras o Ingeniero en Programación de Obras

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista en

Suelos y Pavimentos

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero de Suelos y Pavimentos.

1Especialista de Obras de Arte y

drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero Especialista en Puentes y Obras de Arte o Ingeniero especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje.

1Especialista en

Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se podrá acreditar la experiencia con los cargos de: Ingeniero Especialista en Medio Ambiente o Mitigación Ambiental o Ingeniero Especialista en Medio Ambiente y Seguridad

1

Ingeniero Responsable de

Control de Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Ingeniero

Responsable de Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. También se considerará la experiencia en obras similares en las cuales haya participado como Especialista en Topografía.

Lima,…. de…… de 2012

____________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postorNOTA :El Requisito Técnico Mínimo deberá ser acreditado con:

- Copia simple del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú (Para el caso del Especialista Ambiental será del colegio que corresponda), Constancia emitida por el Colegio de Ingenieros del Perú, o Constancia del Organismo similar para profesionales extranjeros, en caso de obtener la Buena Pro el profesional extranjero está obligado a inscribirse y obtener la habilidad en el Colegio de Ingenieros del Perú.

- Declaración jurada de encontrarse hábil para ejercer la profesión .(De obtener la Buena Pro presentará el Certificado de Habilidad vigente para la firma del contrato)

- Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios.

- Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato.

BASES INTEGRADAS58

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ANEXO Nº 06

DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS

DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS

El que suscribe (nombre del Profesional) con DNI (Pasaporte o Carné de Extranjería) Nº ............................, mediante la presente Declaración Jurada, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto para la Obra a la que postula el Postor (o empresa) ......................., en caso que éste obtenga la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 0002-2012-MTC/20, convocada por PROVIAS NACIONAL.

Asimismo, declaro expresamente y bajo juramento, que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido.

Lima, …….. De…………. de 2012.

FIRMA DEL PROFESIONAL: ____________________

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

NOTA:

Ningún Anexo será declarado valido en caso de presentarse escaneado, y menos paras sustentar experiencia del personal profesional propuesto y para la declaración Jurada de Compromiso de los profesionales propuestos.

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ANEXO N° 07DECLARACION JURADA

REQUERIMIENTOS DE EQUIPO MÍNIMO

Nº DESCRIPCIONAÑO DE

FABRICACION CANTIDAD

TENENCIA:PROPIO,

ALQUILER, LEASING, U OPCION DE

COMPRA

UBICACIÓN

El que suscribe,........................................, identificado con DNI Nº............................., Representante Legal de..............................., con RUC. Nº............................, declara que mi representada se compromete a disponer de las Maquinarias y Equipos, cuya relación se adjunta en el cuadro precedente, para la ejecución de las obras objeto de la presente licitación, de acuerdo a la relación de Maquinarias y Equipos mínimos, y calendario de utilización, precisados en el Expediente Técnico.

Asimismo declaro las buenas condiciones del equipo, que garantizan las buenas condiciones de trabajo de no ser así se cambiara durante la ejecución de la obra por otra maquinaria que garantice dichas exigencias.

Lima,…. de…… de 2012

____________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postorNOTA :

Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años; Del mismo modo, serán consideradas las Propuestas que presenten Maquinarias y Equipos que en la columna de descripción de la maquinaria tengan la información de modelo, capacidad y potencia de la maquinaria propuesta. La Entidad podrá verificar la exactitud de la Declaración Jurada propuesta por el postor mediante fiscalización posterior. Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.

La presentación del Equipo incompleto o inferior en número, potencia, capacidad, etc., dará lugar a no considerar la propuesta del postor.

El Postor ganador previo a la suscripción del contrato presentará el Formato de Equipo Mínimo, con el número de serie y/o placa y ubicación de los equipos ofertados.

Se acreditará mediante la presente Declaración Jurada el compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado, pudiendo ser propio, alquilado o encontrarse bajo otra modalidad de adquisición, sin perjuicio que se verifique dicha disponibilidad solicitando la documentación pertinente como requisito para la suscripción del contrato.

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ANEXO Nº 08RELACION DE OBRAS EN GENERAL

Postor: ________________________________________________________________________________________________

CONTRATISTA Descripción de la Obra Cliente

Fecha MontoDe la

liquidación Consorcio % Particip.

IPC(*) Monto

actualizado a mes del

Valor Referencial

Nº de FolioInicio Término

A la fecha de Término de la obra

A mes del Valor

Referencial

(*).- IPC : Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Agosto 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Se considerara el monto final de los Contratos culminados dentro del periodo de los últimos 10 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra.

Para efectos de la actualización deberán adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá el monto final a actualizar. Se considerarán también los montos consignados en actas de recepción, certificados o constancias de conformidad, siempre y cuando se indique que corresponde al monto final de la obra.

En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, el que se acreditará mediante Contrato de Asociación u otro documento emitido por el contratante.

El postor podrá acreditar su experiencia con obras realizadas como subcontratista, precisando en su certificado o constancia de cumplimiento de la prestación relacionada con dicha obra.

Firma y sello del Representante LegalNombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 09RELACION DE OBRAS SIMILARES

Postor: ________________________________________________________________________________________________

CONTRATISTA Descripción de la Obra Cliente

Fecha MontoDe la

liquidación Consorcio % Particip.

IPC(*) Monto

actualizado a mes del

Valor Referencial

Nº de FolioInicio Término

A la fecha de Término de la obra

A mes del Valor

Referencial

(*) IPC: Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del Valor Referencial (Agosto 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Se considerara el monto final de los Contratos culminados dentro del periodo de los últimos 10 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra

El valor mínimo de cada obra es el 15% del Valor Referencial. Para efectos de la actualización deberán adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá el monto final a actualizar. Se considerarán también los montos

consignados en actas de recepción, certificados o constancias de conformidad, siempre y cuando se indique que corresponde al monto final de la obra. En caso de experiencia como consorcio, se verificara únicamente que resulte similar y que el monto de la obra sea igual o superior al 15% del Valor Referencial, sin que importe el

porcentaje de participación que tuvo en ella el postor que la presenta. Una vez determinada su validez, para verificar que el monto de la obra le corresponde al postor y por tanto, se considerará para la asignación del puntaje respectivo, del monto de la obra presentada se considerara únicamente el porcentaje de participación que tuvo el postor en el consorcio que la ejecuto

El postor podrá acreditar su experiencia con obras realizadas como subcontratista, precisando en su certificado o constancia de cumplimiento de la prestación relacionada con dicha obra

Firma y sello del Representante LegalNombre / Razón social del postor

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ANEXO N° 10EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

El postor adjuntará el formato de cada miembro del Personal Profesional mínimo requerido. El cumplimiento de los requisitos y experiencia requeridos, serán sustentados con copias simples del diploma de Titulo Profesional y Diploma y/o Certificado de Colegiatura; y certificados y/o Constancias de trabajos realizados para acreditar la experiencia del personal propuesto.

NOMBRE:______________________PROFESIÓN:_________________________________

CARGO POR OCUPAR: ___________________________________

1. DATOS DEL PROFESIONALUNIVERSITARIOS

Nº DE ORDEN UNIVERSIDAD TITULO

OBTENIDOFECHA DE GRADO

(mes – año)COLEGIATURA

Nº Fecha Nº Folio

2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

Nº DEORDEN OBRA

RAZON SOCIAL DEL

CONTRATANTECARGO

DESEMPEÑADO

PERIODO

Inicio Término Duración Nº Folio

12345678910

NOTA : 1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá

ser llenado en su totalidad. 2. La información incluida en el presente formulario es de responsabilidad del

proponente y se le deberá anexar los documentos sustentatorios, caso contrario se considerará incompleta.

3. La firma del profesional en este formulario será considerada igualmente como carta de intención.

FIRMA DEL PROFESIONAL:____________________(En Original)

Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 11

BASES INTEGRADAS63

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CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS SIN HABER INCURRIDO EN PENALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

Por la presente, ponemos a su consideración la relación de Obras ejecutadas sin haber incurrido en penalidad:

N° NOMBRE DE LA OBRA DOCUMENTO SUSTENTATORIO

PÁGINA N°(del / al)

NUMERO TOTAL DE LAS OBRAS

NOTA : Los Certificados o Constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor en obras en general y obras similares.

Lima,….. De………….. de 2012

___________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

Se permitirá la acreditación del factor “cumplimiento de ejecución de obras” con otros documentos, tales como los Certificados de Obra, las Resoluciones o Actas de Liquidación del Contrato de Obra, entre otros, siempre y cuando en su contenido se señale de manera indubitable y fehaciente que la obra fue ejecutada sin penalidades y/o multas y/o sanciones.

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ANEXO N° 12CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA

(MODELO)

Señores:COMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20 Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y el expediente técnico de la obra, mi propuesta económica es la siguiente:

TOTAL OFERTA ECONÓMICA (S/.) __________________

En letras, son: _______________________________________________________________

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, con precios al mes AGOSTO 2011.

La Propuesta Económica es a precios unitarios y se presenta el Presupuesto Detallado en documento adjunto (Formato Nº 03).

Lima,…. de…… de 2012

____________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

NOTA :

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, el postor formulará su propuesta ofertando precios unitarios considerando las partidas contenidas en las Bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones técnicas, y las cantidades referenciales y se valorizan en relación a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la prestación requerida según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación ; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.

BASES INTEGRADAS65

PROVIAS NACIONAL LP N° 0002- 2012- MTC/20Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

FORMATO N° 03PRESUPUESTO A AGOSTO DE 2011

Costo al 31/08/2011

ITEM DESCRIPCION UNIDAD METRADO PRECIO (S/.)

PARCIAL (S/.)

100 OBRAS PRELIMINARES101.A MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓN DE EQUIPOS glb 1.00102.A TRAZO Y REPLANTEO km 32.62103.A MANTENIMIENTO DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL mes 12.00107.A ACCESOS A CANTERAS, DME, PLANTAS Y FUENTE DE AGUA km 3.68

200 MOVIMIENTO DE TIERRAS202.B DEMOLICIÓN DE ESTRUCTURAS m3 8,792.61202.C REMOCION DE CARPETA ASFALTICA m2 225,202.81202.F DEMOLICION DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRAULICO m3 309.52

205.A2 EXCAVACION EN EXPLANACIONES EN ROCA SUELTA m3 3,610.09205.A3 EXCAVACION EN EXPLANACIONES EN ROCA FIJA m3 2,253.70205.C EXCAVACION EN EXPLANACIONES EN MATERIAL COMUN m3 109,243.29205.E PERFILADO Y COMPACTADO EN ZONA DE CORTE m2 225,328.48206.A REMOCIÓN DE DERRUMBES m3 350.00210.A CONFORMACION DE TERRAPLENES m3 3,941.14220.B MEJORAMIENTO DE SUELO A NIVEL DE SUBRASANTE m3 5,840.00242.A BANQUETAS PARA RELLENOS m3 260.35

300 SUB BASE Y BASE303.A SUB BASE GRANULAR m3 14,734.23303.B ESCARIFICADO Y CONFORMACION DE SUB BASE GRANULAR m2 171,027.00305.A BASE GRANULAR m3 44,898.17315.A LAVADO DE MATERIAL GRANULAR m3 28,227.97

400 PAVIMENTO ASFÁLTICO401.A IMPRIMACIÓN ASFÁLTICA m2 234,459.81402.A RIEGO DE LIGA m2 30,334.99410.A CONCRETO ASFÁLTICO EN CALIENTE m3 24,983.90420.D CEMENTO ASFÁLTICO DE PENETRACION 120/150 kg 4,096,111.10421.A EMULSION ASFALTICA l 13,650.75422.A ASFALTO DILUIDO TIPO MC-30 l 315,627.13423.A FILLER MINERAL kg 1,170,246.08424.A ADITIVO MEJORADOR DE ADHERENCIA kg 20,480.56425.A SELLADO DE GRIETAS m 183.70426.A BACHEO PROFUNDO m2 686.19

500 PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRAULICO502 PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRAULICO m2 1,426.59

503.A JUNTA LONGITUDINAL DE CONSTRUCCIÓN m 156.21503.B JUNTA TRANSVERSAL DE CONTRACCIÓN m 252.00503.C JUNTA DE AISLAMIENTO m 355.52600 OBRAS DE ARTE Y DRENAJE

601.A EXCAVACION NO CLASIFICADA PARA ESTRUCTURAS m3 32,486.93602.A ELIMINACION DE ALCANTARILLAS EXISTENTES m 77.15602.B LIMPIEZA DE ALCANTARILLAS EXISTENTES m3 305.00602.C LIMPIEZA DE ZANJA DE CORONACION m3 328.04603.A LIMPIEZA DE CAUCE Y ENCAUZAMIENTO DE ALCANTARILLAS m3 57.41605.A RELLENOS PARA ESTRUCTURAS m3 21,746.98605.B RELLENO PARA SUELO REFORZADO m3 3,950.50610.D1 CONCRETO CLASE D (F'C = 210 KG/CM2) m3 2,084.77610.E CONCRETO CLASE E (F'C = 175 KG/CM2) m3 134.57610.F CONCRETO CLASE F (F'C = 140 KG/CM2) m3 75.00610.H CONCRETO CLASE H (F'C = 100 KG/CM2) m3 258.18610.J CONCRETO CLASE J (F'C = 175 KG/CM2 + 30% P.G) m3 3,503.92612.A ENCOFRADO Y DESENCOFRADO m2 19,209.66615 ACERO DE REFUERZO FY=4200KG/CM2 kg 119,543.83

622.B TUBERÍA METALICA CORRUGADA CIRULAR DE 0.90 M DE DIÁMETRO m 91.93623.B TUBERIA HDPE CORRUGADA 4" m 3,270.06623.C TUBERIA HDPE CORRUGADA 6" m 10,589.00623.D TUBERIA HDPE CORRUGADA 10" m 101.00623.E TUBERIA HDPE CORRUGADA 12" m 10.00624.A TUBO DE PVC-SAP , D=1" m 60.40624.B TUBO DE PVC-SAP , D=2" m 664.19625.B MATERIAL FILTRANTE m3 4,740.61625.F TUBERIA DE VENTILACIÓN FIERRO GALVANIZADO D=1.5" m 191.60630.A GEOCOMPUESTO DE DRENAJE m2 12,408.25631.A TRATAMIENTO DE FISURAS Y GRIETAS EN CUNETAS EXISTENTES m 2,212.05631.B RESANE DE CUNETAS m2 1,397.86631.C SELLADO JUNTAS DE CUNETAS EXISTENTES m 9,569.32635.A CUNETA TRIANGULAR TIPO I m 582.00635.B CUNETA TRIANGULAR TIPO II m 2,046.60635.C CUNETA TRIANGULAR TIPO III m 1,122.10635.D CUNETA TIPO RECTANGULAR CON TAPA m 6,036.00635.E CUNETA RECTANGULAR CON REJILLA m 626.00635.F CANAL TIPO I m 10.40635.G CANAL TIPO II m 98.70635.H CANAL TIPO III m 60.80636.A ZANJA DE DRENAJE TIPO I m 3,877.70636.B ZANJA DE DRENAJE TIPO II m 299.30636.C ZANJA DE CORONACION m 923.00637.A BORDILLO m 4,553.00638.A SARDINEL PERALTADO m 19.09638.B SARDINEL SUMERGIDO m 332.08638.C SARDINEL DE VEREDA m 2,086.75639.A CRUCE VEHICULAR TIPO I m 81.80639.B CRUCE VEHICULAR TIPO II m 9.00639.C CRUCE PEATONAL TIPO I u 50.00639.D CRUCE PEATONAL TIPO II u 35.00

PRESUPUESTO DE OBRA

BASES INTEGRADAS66

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639.E CRUCE PEATONAL TIPO III u 5.00640.A EMBOQUILLADO DE PIEDRA E = 0.15M m2 3,970.26640.B EMBOQUILLADO DE PIEDRA E = 0.20M m2 2,467.43645.A VEREDAS e=4" m2 2,305.19650.G GEOTEXTIL NO TEJIDO CLASE 1 m2 17,966.65650.H GEOTEXTIL NO TEJIDO CLASE 2 m2 11,139.50651.A GEOMALLA DE POLIESTER TIPO I m2 660.00651.B GEOMALLA DE POLIESTER TIPO II m2 728.00651.C GEOMALLA BIAXIAL EXTRUIDA m2 10,121.82652.A ANCLAJE PARA ENCIMADO DE PARAPETOS m 15.30653.A RESANE DE PARAPETOS EN ALCANTARILLAS EXISTENTES u 42.00655.B JUNTA PARA MUROS m2 758.17655.D JUNTA CON WATER STOP m 72.50660.A GAVION TIPO CAJA m3 840.00665.A ELEMENTO MURO DE SUELO REFORZADO m3 614.00680.A PEDRAPLENES m3 3,475.47690.B COMPUERTA METALICA u 1.00695.A NIVELACION DE BUZONES u 66.00696.A REJA ENMALLADA m 45.00697.A MODULOS PARADEROS u 12.00

700 TRANSPORTE700.A TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR PARA D<= 1KM m3k 143,796.70700.B TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR PARA D> 1KM m3k 2,767,943.10700.C TRANSPORTE DE MEZCLA ASFÁLTICA PARA D<= 1KM m3k 24,983.90700.D TRANSPORTE DE MEZCLA ASFÁLTICA PARA D> 1KM m3k 731,741.90700.E TRANSPORTE DE DESECHOS Y EXCEDENTES A DME PARA D<= 1KM m3k 153,451.04700.F TRANSPORTE DE DESECHOS Y EXCEDENTES A DME PARA D> 1KM m3k 1,295,677.20700.I TRANSPORTE DE MATERIAL DE DERRUMBE A DME PARA D> 1KM m3k 141.80800 SEÑALIZACION Y SEGURIDAD VIAL

801.A SEÑALES PREVENTIVAS 0.60 x 0.60 m. u 128.00801.B SEÑALES PREVENTIVAS 0.75 m x 0.75 m. u 143.00802.A SEÑALES REGLAMENTARIAS 0.90 m x 0.60 m. u 13.00802.B SEÑALES REGLAMENTARIAS 1.20 m x 0.80 m. u 29.00802.D SEÑAL REGLAMENTARIA OCTOGONAL 0.75 m x 0.75 m. u 4.00803.B SEÑALES INFORMATIVAS DE SERVICIOS AUXILIARES 0.75 m x 0.60 m. u 37.00803.C SEÑALES INFORMATIVAS m2 43.08

804.A1 POSTES DE SOPORTE DE SEÑALES DE CONCRETO u 150.00804.A2 POSTE DE SOPORTE DE SEÑALES DE FIERRO u 105.00804.B1 ESTRUCTURA DE SOPORTE DE SEÑALES TIPO E-1 u 24.00804.B2 ESTRUCTURA DE SOPORTE DE SEÑALES TIPO E-2 u 2.00805.A POSTE DELINEADOR u 191.00805.B TACHA RETROREFLECTIVA u 7,260.00805.C CHEVRONES u 21.00810.A MARCAS EN EL PAVIMENTO m2 9,996.87820.A BARRERA DE SEGURIDAD LATERAL NIVEL DE CONTENCION P2 m 2,025.00821.A BARRERA DE SEGURIDAD DE CONCRETO TIPO 1 NEW JERSEY m 544.00821.B BARRERA DE SEGURIDAD DE CONCRETO TIPO 2 NEW JERSEY m 773.00830.A POSTE DE KILOMETRAJE u 33.00840.A PINTADO DE PARAPETOS DE MUROS Y ALCANTARILLAS m2 2,619.88841.A RETIRO DE SEÑAL PREV/REG/INF. u 129.00841.B RETIRO DE POSTES DE SOPORTE DE SEÑALES u 18.00841.C RETIRO DE ESTRUCTURAS DE SOPORTE DE SEÑALES u 1.00841.D RETIRO DE POSTE DE KILOMETRAJE u 33.00841.E RETIRO DE GUARDAVIA METALICA m 2,179.32841.F RETIRO DE POSTES DELINEADOR u 39.00

842.A1 MANTENIMIENTO DE POSTES DE SOPORTE DE SEÑALES DE CONCRETO u 39.00842.A2 MANTENIMIENTO DE POSTES DE SOPORTE DE SEÑALES DE FIERRO u 76.00842.B MANTENIMIENTO DE POSTE DELINEADOR u 68.00855.A GIBAS O RESALTO m 215.87

900 PROTECCIÓN AMBIENTAL900.A PLAN DE CIERRE Y ABANDONO901.B1 RETIRO Y ALMACENAMIENTO DE TOP - SOIL m2 54,218.62901.B2 RESTAURACION FINAL DME (COLOCACION TOP - SOIL) m2 54,218.62902.A REVEGETACION ha 4.90903.A SEMBRADO DE GRASS m2 5,449.35906.A ACONDICIONAMIENTO DE DESECHOS Y EXCEDENTE m3 154,956.58907.A1 READECUACION AMBIENTAL DE CANTERA PACCHA m2 42,161.25

907.A3 READECUACION AMBIENTAL DE PLANTAS DE TRITURACION Y DE ASFALTO m2 15,968.29

907.B1 READECUACION AMBIENTAL DEL CAMPAMENTO m2 7,176.34907.B2 READECUACION AMBIENTAL DEL PATIO DE MAQUINAS m2 2,284.90

910 SUB PROGRAMA DE SEÑALIZACION AMBIENTAL911.A SEÑAL INFORMATIVA AMBIENTAL m2 47.52912.A ESTRUCTURAS DE SOPORTE DE SEÑALES TIPO E-1 u 22.00960 PROGRAMA DE COMPENSACION AFECTACIONES MENORES

965.A REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=1/2" m 70.00965.B REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=1" m 130.00965.C REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=2" m 2,167.00965.D REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=3" m 11,347.50965.E REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=4" m 27.00965.F REPOSICION DE TUBERIA PVC AGUA S.P CLASE 10 D=6" m 2,600.00965.G CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE u 400.00965.H CAJA PARA VALVULAS u 10.00970 PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO

970.A

BASES INTEGRADAS67

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970.B MONITOREO DE LA CALIDAD DEL AIRE pto 5.00970.C MONITOREO DE RUIDOS pto 5.001000 PONTONES1001 OBRAS PRELIMINARES

102.B TRAZO, REPLANTEO Y CONTROL TOPOGRAFICO m2 970.50202.B DEMOLICIÓN DE ESTRUCTURAS m3 306.571002 ESTRIBOS

305.A BASE GRANULAR m3 118.49601.B EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS EN MATERIAL COMUN m3 2,644.79601.C EXCAVACION NO CLASIFICADA PARA ESTRUCTURAS BAJO AGUA m3 935.77605.A RELLENOS PARA ESTRUCTURAS m3 2,458.98610.C1 CONCRETO CLASE C (F'C = 280 KG/CM2) m3 96.07610.C2 CONCRETO CLASE C (F`C = 280 KG/CM2) BAJO AGUA m3 19.17610.D1 CONCRETO CLASE D (F'C = 210 KG/CM2) m3 279.77610.D2 CONCRETO CLASE D (F`C= 210 KG/CM2) BAJO AGUA m3 119.90610.H CONCRETO CLASE H (F'C = 100 KG/CM2) m3 41.24612.A ENCOFRADO Y DESENCOFRADO m2 779.79612.B ENCOFRADO Y DESENCOFRADO BAJO AGUA m2 288.45615 ACERO DE REFUERZO FY=4200KG/CM2 kg 25,997.49

700.A TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR PARA D<= 1KM m3k 2,327.48700.B TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR PARA D> 1KM m3k 7,309.10700.E TRANSPORTE DE DESECHOS Y EXCEDENTES A DME PARA D<= 1KM m3k 4,582.28700.F TRANSPORTE DE DESECHOS Y EXCEDENTES A DME PARA D> 1KM m3k 62,589.301004 VIGAS, LOSAS DE CONCRETO, PARAPETO Y VEREDAS

610.C1 CONCRETO CLASE C (F'C = 280 KG/CM2) m3 196.78610.D1 CONCRETO CLASE D (F'C = 210 KG/CM2) m3 11.76612.C ENCOFRADO Y DESENCOFRADO CARA VISTA m2 704.28615 ACERO DE REFUERZO FY=4200KG/CM2 kg 24,255.131005 LOSAS DE APROXIMACION

610.C1 CONCRETO CLASE C (F'C = 280 KG/CM2) m3 18.43612.A ENCOFRADO Y DESENCOFRADO m2 21.20615 ACERO DE REFUERZO FY=4200KG/CM2 kg 1,212.741006 VARIOS

624.C TUBO DE PVC-SAP, D=4" (TRANSVERSAL) u 13.00624.D TUBO DE PVC-SAP, D=4" (LONGITUDINAL) m 11.00655.B JUNTA PARA MUROS m2 70.56690.A BARANDA METALICA TIPO I m 66.80

1006.C1 APOYO DE NEOPRENO TIPO I m 20.761006.C2 APOYO DE NEOPRENO TIPO II u 10.001006.C3 APOYO DE NEOPRENO TIPO III u 4.001006.D ACABADO DE VEREDAS m2 57.121006.J JUNTA DE DILATACION PARA PONTONES TIPO I m 17.601006.K JUNTA DE DILATACION PARA PONTONES TIPO II m 20.76

1007 OBRAS DE PROTECCION603.B ENCAUZAMIENTO PARA PONTONES m3 1,320.001008 OBRAS TEMPORALES

1001.A DESVIO PARA PONTON Km. 24+117.93 glb 1.00

COSTO DIRECTO 0.00GASTOS GENERALES (19.18 %) 19.18% 0.00UTILIDAD (10.00 %) 10.00% 0.00

--------------------SUBTOTAL 0.00I.G.V (18.00 %) 18.00% 0.00

=============PRESUPUESTO TOTAL 0.00

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ANEXO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

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ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-MTC/20

PARTICIPANTE: CONSTRUCTORA TRIADA S.R.L.Consulta N 01Referencia(s) de las BasesSección: CAPÍTULO III: Requerimientos Técnicos MínimosNumeral: 2 Requerimiento de Equipo Mínimo.Página: 25

Consulta:De acuerdo a lo indicado en este numeral, para poder cumplir con los requisitos tecnicosmínimos el postor debe acreditar la propiedad y presencia en el país de una chancadora primaria – secundaria y de una planta de asfalto, lo cual conllevaría en caso contrario a la descalificación de la propuesta.

Aese respecto, consideramos que este requisito resulta restrictivo a la libre competencia y contrario al principio de economía que debe estar presente en toda contratación pública, motivo por el que solicitamos se modifique dicha precisión y se disponga que el equipo indicado pueda ser propio ó alquilado ó bajo otra modalidad de adquisición, tal como viene siendo considerado por PROVIAS en todos sus procesos de licitación, mas aún si la disponibilidad de este equipo se sustentará durante el proceso mediante la presentación de una declaración jurada en la que se detallarán sus características.

RESPUESTA N° 01Negativo. No se acepta su solicitud.Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE:CONSTRUCTORA TRIADA S.R.L.Consulta N 02Referencia(s) de las BasesSección: CAPÍTULO III: Requerimientos Técnicos MínimosNumeral: 2 Requerimiento de Equipo Mínimo.Página: 26

Consulta:De acuerdo a lo indicado en este numeral, “…….. Las maquinarias y equipos deben tener una antigüedad no mayor a 10 años”.

Agradeceremos modificar la antigüedad solicitada a los equipos, considerando una antigüedad no mayor a 15 años para los equipos y maquinarias, y no mayor a 10 años para los vehículos de transportes (volquetes, cisternas, camión imprimador, camionetas, etc.), tal como ha sido solicitado en otras licitaciones convocadas por PROVIAS NACIONAL, asumiendo que estos equipos se encuentran en perfecto estado de funcionamiento y un rendimiento optimo debido a que han sido sometidos a overhaul, para mantener las maquinas completamente operativas y debidamente repotenciadas.

RESPUESTA N° 02Negativo. No se acepta su solicitud.Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:

BASES INTEGRADAS70

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“Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigúedad no mayor de diez (10) años”.PARTICIPANTE: CONSTRUCTORA TRIADA S.R.L.Consulta N 03Referencia(s) de las BasesSección: Expediente TécnicoNumeral: CanterasPágina:

Consulta:Sírvase confirmar si la cantera PACCHA (única cantera aprobada) es de libre disponibilidad, ya que en la revisión de la información correspondiente al Estudio de Canteras y fuentes de agua, página. 047 del Volumen 5: Resumen Ejecutivo del Proyecto, se indica en la parte informativa de las condiciones legales, que se encuentra en trámite por la Entidad.

Respuesta N° 03

A la fecha la cantera Paccha y los espacios para la instalación de la planta chancadora y planta de asfalto tienen libre disponibilidad previo cumplimiento de las condiciones contempladas en el acta de acuerdos suscrita entre la comunidad y PROVIAS NACIONAL. Estas condiciones están contempladas en los gastos generales del expediente técnico.

PARTICIPANTE: AMBORO PROYECTOS S.A.C.Consulta N 04Referencia(s) de las BasesSección: CAPÍTULO IV, Factores de EvaluaciónLiteral C:……..Página: 28

Consulta:

Según el presupuesto de obra, del proceso de selección materia del presente escrito, se verifica la necesidad de contar con un Gerente de obra.

Al respecto, considerando la envergadura del proyecto, sería conveniente que el Comité Especial considera evaluar al profesional encargado de la Gerencia del Proyecto y teniendo en consideración los rangos propuestos del personal en los requerimientos técnicos mínimos, se podría considerar en el Factor de Evaluación lo siguiente:

c.1 Ingeniero Gerente de Proyecto

Experiencia mayor o igual a 2 años como Gerente de Proyecto ........................(xx) puntos

Experiencia menor a 2 años como Gerente de Proyecto ............................... cero (00) puntos

Para valores intermedios se considerará la interpolación lineal

Así también se podría considerar, como una ventaja competitiva que dicho profesional acredite estudios concluidos en Diplomado en Gerencia de proyectos.

RESPUESTA N° 4

No se acepta lo solicitado, toda vez que los criterios de evaluación están orientados a los profesionales que participan directamente en la ejecución de la obra y en tanto la participación del Gerente de Obra de acuerdo al presupuesto del Expediente Técnico es en la oficina principal.

PARTICIPANTE: AMBORO PROYECTOS S.A.C.

BASES INTEGRADAS71

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Consulta N 05Referencia(s) de las BasesSección: CAPÍTULO IINumeral: .numeral 2, Requerimiento de Técnico mínimo.Página: 25

Consulta:Las Bases refieren:

- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

√ Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad)√ Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

Al respecto, se consulta ¿Si en caso que, la chancadora tenga una capacidad de 300 TN a mas, será considerada para efectos de dar cumplimiento al RTM?

RESPUESTA N° 05

Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se prodrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor”.

PARTICIPANTE: AMBORO PROYECTOS S.A.C.Consulta N 06Referencia(s) de las BasesSección: . Capítulo IV – Factores de EvaluaciónLiteral C:………….Página: 29

Consulta:Las Bases señalan como factor de evaluación, lo siguiente:

Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 5 años en la especialidad……................ siete (07) puntos

Igual a 2 años en la especialidad…................................. cero (00) puntos

Para valores intermedios se considerará la interpolación lineal

Al respecto, solicitamos mantener o equiparar el número de años solicitados respecto a los otros profesionales especialistas, dado que no existe justificación lógica el incremente respecto a los otros profesionales.

Proponemos que el factor sea modificado conforme a lo siguiente:

Especialista en Suelos y pavimentos

Mayor o igual a 4 años en la especialidad……................ siete (07) puntos

Igual a 2 años en la especialidad…................................. cero (00) puntos

Para valores intermedios se considerará la interpolación linealRESPUESTA N° 06

BASES INTEGRADAS72

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No se acepta lo solicitado, toda vez que debido a que se trata de una obra de Rehabilitación, en donde se está recuperando principalmente las condiciones estructurales del pavimento, el comité considerará que la experiencia de dicho profesional es de importancia superlativa.PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N 07Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III – REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 2. REQUERIMIENTO DE EQUIPO MINIMOPágina: 25Consulta:Solicitamos se acepte equipo alternativo o de características superiores que cumplan el mismo propósito a las indicadas en el equipo mínimo referencial.

Respuesta N° 07

Se acepta el equipo con todas sus características superiores, siempre y cuando cumplan los trabajos asignados con la calidad exigida en las EE.TT.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N 08Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

a) Confirmar si el uso de la cantera señalada en el proyecto es de libre disponibilidad.b) y si cuenta con los permisos respectivos. c) y si el Contratista no efectuará pago alguno por su uso y explotación.

Respuesta N° 08

Ver respuesta a la Consulta N° 03.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N 09Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

a) Confirmar si el uso de los botaderos señalados en el proyecto son de libre disponibilidad, b) y si cuentan con los permisos respectivos c) y si el Contratista no efectuará pago alguno por su uso y explotación.

Respuesta N° 09

Confirmado, los Depósitos de Materiales excedentes (DME) son de libre disponibilidad, cuenta con los permisos y el único pago que se efectuará; por el uso del espacio, será al propietario del DME N° 06 ubicado en el Km 13+210 lado izquierdo. Este pago está contemplado en los Gastos Generales.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

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Consulta N10Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

a) Confirmar si el uso de las fuentes de agua señaladas en el proyecto son de libre disponibilidad,

b) y si cuentan con los permisos respectivos. c) y si el Contratista no efectuará pago alguno por su uso y explotación.

Respuesta N° 10

Confirmado. Las fuentes de agua son de libre disponibilidad.PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N11Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

a) Confirmar si si las zonas en donde se ubicarán la planta de asfalto, campamento, patio de máquinas y planta chancadora señalados en el proyecto son de libre disponibilidad,

b) y si cuentan con los permisos respectivos. c) y si el Contratista no efectuará pago alguno por su uso y explotación.

Respuesta N° 11

Confirmado. Ver respuesta N° 03.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N12Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

Confirmar que durante la ejecución del presente proyecto, todo trato con terceros (liberación de terrenos, compensaciones a los propietarios de los predios afectados, etc.) estará a cargo de la entidad.

Respuesta N° 12

La liberación de los terrenos necesarios para la construcción de la obra, así como la compensación a los propietarios de los predios afectados es responsabilidad de PROVÍAS NACIONAL-PVN, por tanto, no está incluido en el presupuesto de Obra. PROVIAS NACIONAL entregará al Contratista las áreas necesarias para la ejecución de la obra.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

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Consulta N13Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

Confirmar que dentro del trazo de la carretera no existen zonas o restos arqueológicos, ya que en los documentos alcanzados para la licitación de la obra no se encuentra el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA).

Respuesta N° 13

La obra cuenta con los CIRAs N° 2011-033-J, CIRA N° 2011-034-J y CIRA N° 2011-036-J.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N14Referencia(s) del Expediente TécnicoSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

a) Confirmar que el Contratista está exento del pago de peajes b) Que no tendrá que efectuar pago de cualquier otra naturaleza por el goce de transito libre

por todos los accesos a la zona de canteras, botaderos y fuentes de agua.

Respuesta N° 14

El contratista tendrá libre tránsito por los accesos a la zona de canteras, botaderos y fuentes de agua, según los accesos considerados en los planos incluidos en el Expediente Técnico.

Asimismo, el Expediente Técnico incluye las autorizaciones necesarias para el uso de canteras, depósitos de materiales excedentes y demás instalaciones auxiliares necesarias para la ejecución de la obra.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N15Referencia(s) del Expediente TécnicoSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

Confirmar que en los caminos de acceso a canteras, fuentes de agua y botaderos, de requerirse la ejecución actividades no consideradas en el presupuesto referencial, estas se consideraran como adicionales de obra.

Respuesta N° 15

Todas las actividades requeridas en los caminos de acceso están consideradas en el expediente técnico. De presentarse nuevos casos, esta será evaluada por la Supervisión de Obra.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

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Consulta N 16Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

Se Observa en la estructura de precios unitarios que falta lo siguiente:

a) Caldero para calentar el Aceite Térmico de los serpentines que mantienen el PEN a temperatura de trabajo y que funciona en tres turnos los siete días de la semana.

b) Grupo Electrógeno de 56 kw en dos turnos los siete días a la semana.c) Cantidad y volumen de los tanques dotados de serpentines que sirven para almacenar el

PEN y mantenerlo a la temperatura adecuada.d) Volumen del tanque para almacenamiento de petróleo que sirve de combustible para los

grupos y el quemador del tambor mezclador.

Se solicita incluir estos conceptos en la estructura de y recalcular el calor del PU de la Sub Partida 910301100370 MEZCLA ASFALTICA EN CALIENTE, por ende recalcular el Precio de la Partida 410.A CONCRETO ASFALTICO EN CALIENTE.

Respuesta N° 16

En la tarifa de alquiler de la planta de asfalto se ha incluido todo lo necesario para el correcto funcionamiento del mismo. Sin embargo el Contratista podrá desagregar dicho costo de considerarlo necesario el cual será reflejado en el precio de su oferta.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N 17Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Consulta:

En la Sub Partida de Chancado y Zarandeo de Piedra se observa lo siguiente:

No es posible considerar solo 0.2938 de Cargador para abastecer a la Chancadora, este equipo permanece encendido durante ocho horas y hace el acopio de la piedra chancada que va saliendo de la faja final, hacer el cálculo de la cantidad de material que puede cargar el cargador contra lo que produce la Chancadora es un argumento sin ningún sustento que solo perjudica al contratista al distorsionar le secuencia de trabajo en obra. Se debe considerar un Cargador completo o justificar de manera irrefutable que el Cargador debe estar permanentemente en la planta las 8 horas a disposición.

Respuesta N° 17

Las cantidades de equipos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

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Consulta N 18Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

Si el Valor Referencial del presupuesto es a Agosto del 2011 encontramos que la mano de obra no es la correcta, los precios establecidos en el presupuesto los siguientes:

Operario………..14.75 Oficial……..….…12.84 Peón…………….11.58

Los Precios Vigentes de la Mano de Obra a nivel Nacional según CAPECO y convenio con trabajadores de Construcción Civil para el periodo Junio 2011 a Mayo del 2012 son los Siguientes:

Sírvase actualizar los precios de la mano de obra y Reformular su Presupuesto.

Respuesta N° 18

Los jornales considerados en el proyecto, han sido los publicados por el INEI, al mes de Agosto 2011, el mismo que es concordante con la Negociación Colectiva de Construcción Civil 2010-2011. Por lo tanto, se mantiene lo previsto en el Expediente Técnico.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N 19

BASES INTEGRADAS77

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Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............

Consulta:

En el caso del análisis de precio de la partida 315.A LAVADO DE MATERIAL GRANULAR, considera la sub partida AGUA PARA LAVADO DE MATERIAL, pero esta sub partida solo contempla una motobomba y los accesorios.

a) Se consulta si el punto de emplazamiento de la lavadora de finos se encuentra al lado de una fuente de agua, o será necesario transportar agua hasta este punto. De ser así se requiere considerar estos costos dentro de la partida el transporte de agua.

b) Además se requiere saber donde exactamente se emplazará la lavadora de agregados.

c) Solicitamos ratificar que la cantidad de materiales a lavar es la que derive de lo colocado en la memoria de costos:

Es decir que se lavará según el cuadro mostrado en expediente:Base granular 6,734.73 m3Concreto asfaltico en caliente 10,493.24 m3Concreto hidráulico 11,672.31 aprox.Estas cantidades tomadas según el metrado referencial, donde ya se aprecia que hay un déficit de 672.30 m3.Confirmar, que todo el agregado fino se esta lavando.

Respuesta N° 19

a) No será necesario transportar agua, ya que la lavadora se ubicará cercanaa una fuente de agua.

b) La lavadora de finos se ubicará en la cantera Paccha.c) Se ratifica el metrado del lavado de agregados.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N20

Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............

Consulta:

La partida 810.A MARCAS EN EL PAVIMENTO, tiene el precio bajo con respecto a los precios de mercado que están alrededor de S/. 12.00. El rendimiento de 800 m2/dia es elevado considerando que se debe tener un promedio de lo que son las líneas continuas, discontinuas y las líneas en zonas de curva, mas aun siendo el trazo de este proyecto un trazo sinuoso. Solicitamos modificar el rendimiento de esta partida a un rendimiento promedio de 500 m2/día, que

BASES INTEGRADAS78

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es el indicado para este tipo de actividad.

Respuesta N° 20

Las cantidades de mano de obra y equipos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N21

Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Gastos Generales.Página: ..............

Consulta:

Se observa que en los GASTOS GENERALES no se está considerando los costos por Exámenes Médicos en personal obrero debido a las rotaciones que se efectúa en una obra (para contratar personal de la zona), que según acuerdos con las comunidades normalmente es cada 03 meses. Por lo tanto debería considerar los exámenes por la entrada y salida cada 03 meses del personal obrero.

Se solicita revisar y corregir.

Respuesta N° 21

En el Sub Programa de Salud Local de los Gastos Generales se ha incluido el costo de los exámenes médico ocupacionales, el mismo que, según el ítem 9.7 del Cuadro 9.10 – Presupuesto Base del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto (Pág. 452), ha sido programado para realizarse cada 6 meses (Control Médico); por consiguiente, el monto consignado es para realizar los exámenes con esta frecuencia.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N22

Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Gastos Generales.Página: ..............

Consulta:

Se observa que en los GASTOS GENERALES no se ha considerado el costo de media alimentación de los Obreros de la zona.

Se solicita incluir este costo.

Respuesta N° 22

El beneficio de media alimentación a los obreros de la zona, bajo el régimen de construcción civil, constituye una potestad del contratista, consecuentemente en caso el postor considere necesario dar este beneficio, debe incluir dichos costos en su oferta. Lo anterior se sustenta debido a que los costos de alimentación para el personal obrero de construcción civil no

BASES INTEGRADAS79

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están considerados dentro del acta de negociación colectiva 2011-2012.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AConsulta N23Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Gastos Generales.Página: ..............

Consulta:

Se Solicita que se nos entregue la estructura de costo de las camionetas consideradas en el Gasto General, donde consignan el monto por mes incluyendo los costos de alquiler, de operador y combustible.Se requiere saber que recorrido se ha considera a estas camionetas, dado que de ello depende el costo del combustible.

Respuesta N° 23

Tratándose de un tramo de tan solo 31.6 km el recorrido de una camioneta se ha estimado en aproximadamente 5veces diario todo el recorrido. La estructura se detalla a continuación.

BASES INTEGRADAS80

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PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N24

Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Página: ..............

Consulta:

Se observa que ni en el análisis de la partida 102.A TRAZO Y REPLANTEO, ni en las Especificaciones Técnicas se ha considerado la Georeferenciación del tramo, lo cual es necesario para poder elaborar los planos AS BUILD.

Solicitamos incorporar dicho actividad en el presupuesto.

Respuesta N° 24

BASES INTEGRADAS81

TC = 2.74S/. 1 COSTO DE POSESION

CAMIONETA 4x4 DOBLE CABINA 1,747.20S/.

2 COSTO DEL CHOFER REMUNERACION INC BENEFICIOS SOCIALES 2,309.50S/. REMUNERACION 1,550.00S/. BENEFICIOS SOCIALES 49.00% 759.50S/.

3 COSTOS DE OPERACIÓN 2,725.20S/.

LLANTAS 383.60S/. COSTO UNITARIO 287.70S/. COSTO TOTAL 4*105 1,150.80S/. VIDA UTIL 3 MESESCOSTO DESGASTE MENSUALACEITE 273.00S/. COSTO POR CAMBIO 273.00S/. CAMBIOS MENSUALES 1 VECESCOSTO CAMBIO ACEITE

MANTENIMIENTOPROVICION MENSUAL 191.80S/.

COMBUSTIBLE 170 GLN/MES * 11.04 1,876.80S/.

4 SEGUROS E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PERSONAL

PROVICION MENSUAL 718.10S/.

SOAT 280.00S/. SEGURO 4,586.76S/. EQUIPO DE GPS 545.26S/. SERVICIO DE GPS MENSUAL 132.10S/. IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PERSONAL 135.00S/.

5 RESUMENCOSTO DE POSESION 1,747.20S/. COSTO DEL CHOFER 2,309.50S/. COSTOS DE OPERACIÓN 2,725.20S/. SEGUROS E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PERSONAL 718.10S/.

COSTO TOTAL MENSUAL SIN IGV. 7,500.00S/.

CUADRO DE COSTOS ALQUILER DE VEHICULOS

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El Contratista usará los puntos de control GPS del proyecto para realizar el replanteo del trazo de la vía. Por lo tanto, el expediente técnico no ha considerado necesario nuevamente la georeferenciación. En caso que los mismos hayan sido sustraídos o destruidos procederá a su remonumentación tomando como base los puntos de control más cercanos.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Consulta N25

Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Página: ..............

Consulta:

Se solicita modificar la composición de la partida 102.A TRAZO Y REPLANTEO, ya que es necesario contar con:02 Topógrafos, 02 Estaciones Totales 08 ayudantes de topografía.

Además que el tiempo en el que se desarrolla esta actividad debería aumentar por lo menos a 45 días teniendo en cuenta las características del tramo.

Respuesta N° 25

La cantidad de mano de obra y equipos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto.

PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERÍA S.A. - OBRAINSAConsulta N26

Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III Requerimiento Técnicos MínimosNumeral: 2. Requerimiento de equipo MínimoPágina: 25

Consulta:

Se está solicitando que los postores deben acreditar la propiedad y presencia en el territorio peruano, de cierta cantidad de equipos:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/hr (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60 – 115 ton/hr (1 unidad)

Al respecto, indicamos que resulta un exceso requerir determinados equipos como propios; el Osce a través de diversos pronunciamientos establece que:

Pronunciamiento N° 205-2011/DTN - “...se está exigiendo a los postores efectuar una inversión en la adquisición de cierta cantidad de equipos sin tener la seguridad de que finalmente se les otorgará la buena pro; lo que, a su vez, afectará el Principio de Libre Concurrencia y Competencia así como el cumplimiento del artículo 26º de la Ley, según el cual las Bases deben establecer mecanismos que

BASES INTEGRADAS82

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fomenten la mayor participación de postores, dado que, al exigir que se requiera que el postor cuente con cierta cantidad de equipo en el territorio peruano al momento de presentar la oferta, se está estableciendo una barrera a aquellos proveedores que por primera vez tengan la intención de efectuar un negocio con el Estado Peruano, sin que, además, de ello resulte alguna seguridad para la Entidad ya que podría suceder que el proveedor cuente con equipos propios en el territorio peruano pero comprometidos en otras obras.”

Ante lo expuesto, solicitamos eliminar dicho requerimiento.

RESPUESTA N° 026

Negativo. No se acepta su solicitud.Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERÍA S.A. - OBRAINSA

Consulta N27Referencia(s) de las BasesSección: FORMATOS Y ANEXOSNumeral: ANEXO N° 37 REQUERIMIENTO DE EQUIPO MÍNIMOPágina: 57

Consulta:

Solicitamos agregar en la columna de TENENCIA del Anexo N° 07 Declaración Jurada de Equipo Mínimo la opción ALQUILER.

Respuesta Nº 27

Se acepta lo solicitado, precisando que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

. PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERÍA S.A. - OBRAINSA

Consulta N28

Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos y Capítulo IV – Criterios de EvaluaciónNumeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal - C. Factor “experiencia y calificaciones del personal propuesto”Página: 25 y 28Consulta:

Confirmar que será válida para acreditar la experiencia tanto de los requerimientos técnicos mínimos, como los factores de evaluación del Jefe de Oficina de Ingeniería cargos como: Especialista de Costos, Metrados y Valorizaciones o Especialista en Metrados y Valorizaciones

RESPUESTA N° 28

Confirmado.

BASES INTEGRADAS83

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En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos, también será valida para acreditar la experiencia, del Jefe de Oficina de Ingeniería, cargos como: Ingeniero Especialista de Costos, Metrados y Valorizaciones o Ingeniero Especialista en Metrados y Valorizaciones.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERÍA S.A. - OBRAINSA

Consulta N29

Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal Página: 25

Consulta:

Solicitamos eliminar la Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la profesión, resulta redundante solicitar la habilidad de los profesionales, cuando se entiende que los profesionales propuestos se encuentran habilitados para ejercer la profesión.

Así mismo, solicitamos eliminar la Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato, pues los profesionales propuestos así como el Residente de Obra, deben firmar el Anexo N° 06 Declaración Jurada de Compromiso de los Profesionales Propuestos, por lo que resulta innecesario la presentación del referido documento.RESPUESTA N° 29

Una vez obtenida la Buena Pro se presentará el Certificado de Habilidad vigente para la firma del contrato.

No se acepta su solicitud.Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato”.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N30Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo I Numeral: 1.4 VALOR REFERENCIALPágina: 15

Con referente al mes de cálculo del valor referencial las bases detalla lo siguiente:

... El valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto del 201, de acuerdo al Estudio definitivo aprobado con Resolución Directoral N° 1145-2011-MTC/20.

Consulta:

Sirvase ha confirmar el valor referencial ha sido calculado a Agosto 2011.

Confirmar.

RESPUESTA N° 30

Se confirma que el valor referencial ha sido calculado a Agosto 2011.

BASES INTEGRADAS84

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PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N31Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo IINumeral: 2.5.1. SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICAPágina: 20

Con referente a la acreditación de los RTM en las bases detalla lo siguiente

En Documentación de presentación obligatoriaiii) Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección y documentación que acredite los mismos, tales como: Anexo 04, Anexo 05, Anexo N° 06, Anexo 07 ( el subrayado es nuestro), Copia simple del Título Profesional, Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú o del organismo similar del país de origen para profesionales extranjeros, quienes necesariamente deberán presentar una declaración jurada en la que se comprometen que de ser favorecido con la Buena Pro la empresa que lo propone, presentará para la firma del contrato el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú, Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el tiempo de servicios requerido.

Y en Documentación relacionada a los Requerimientos Técnicos Mínimos

vi) Declaración Jurada de Plazo de Ejecución. Anexo N° 04En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada,

salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

vii) Requerimientos mínimos de Personal Profesional, Anexo N° 05 acompañado del Anexo N° 06, Declaración Jurada de Compromiso de los profesionales propuestos.

viii) Requerimientos de Equipo Mínimo, Anexo N° 07 de acuerdo a lo precisado en el Capítulo III. Declaración jurada

Consulta:

La entidad estaría requiriendo que se acredite los Requerimientos Técnicos Mínimos la con la misma documentación en la Documentación de presentación obligatoria y en la Documentación relacionada a los Requerimientos Técnicos Mínimos contraviniendo el principio de económica de la Ley de Contrataciones del Estado.

Sírvase a confirmar que en la Documentación de presentación obligatoria solo se presentara una Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III y en la Documentación relacionada a los Requerimientos Técnicos Mínimos se acreditara los Requerimientos Técnicos Mínimos.

Confirmar.

RESPUESTA N° 31

Se aclara que la documentación relacionada a los requerimientos Técnicos Mínimos forma parte de la Documentación de Presentación Obligatoria, por lo tanto la presentación de los Anexos 04, 05, 06 y 07 será en un solo juego.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.

BASES INTEGRADAS85

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Consulta N32Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo IIINumeral: 1. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONALPágina: 25

Dentro de la relación de personal mínimo para el presente proceso la entidad requiere lo siguiente

Un Jefe de oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos) Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

Consulta:

Sírvase a confirmar que se aceptara como Jefe de oficina Ingeniería a profesionales en ingeniería civil con experiencia en obras similares en el cargo de ingeniero o especialista en metrados y valorizaciones ó costos y presupuestos ó costos y control de obras ó jefe de oficina técnica

Confirmar.

RESPUESTA N° 32

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos, se confirma que se aceptara como Jefe de oficina Ingeniería a profesionales en ingeniería civil con experiencia en obras similares en el cargo de Planeamiento y Costos; asimismo ingeniero especialista en metrados y valorizaciones ó ingeniero especialista en costos y presupuestos ó ingeniero especialista en costos y control de obras. No se acepta jefe de oficina técnica.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N33Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo IIINumeral:1. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONALPágina: 25

Dentro de la relación de personal mínimo para el presente proceso la entidad requiere lo siguiente

Un Especialista de Obras de Arte y drenaje Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

Consulta:

Sírvase a confirmar que se aceptara como Especialista de Obras de Arte y drenaje a profesionales en ingeniería civil con experiencia en obras similares en el cargo de ingeniero o especialista en puentes y obras de artes ó obras de artes ó drenaje y canales.

Confirmar.

RESPUESTA N° 33

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos, se confirma que se aceptara como Especialista de Obras de Arte y drenaje a profesionales en ingeniería civil con experiencia en obras similares en el cargo de Obras de Arte y drenaje; asimismo ingeniero especialista en puentes y obras de artes. No se acepta en drenaje y canales.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N34Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo III

BASES INTEGRADAS86

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Numeral: 1. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONALPágina: 25

Dentro de la relación de personal mínimo para el presente proceso la entidad requiere lo siguiente

Un Especialista en Impacto Ambiental Profesional colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

Consulta:

Sírvase a confirmar que se aceptara como Especialista en Impacto Ambientala profesionales con experiencia en obras similares en el cargo de ingeniero o especialista en medio ambiente ó mitigación ambiental ó medio ambiente y Seguridad.

Confirmar.

RESPUESTA N° 34

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos, se confirma que se aceptara como Especialista en Impacto Ambiental a profesionales con experiencia en obras similares en el cargo de Impacto Ambiental; asimismo ingeniero especialista en medio ambiente ó mitigación ambiental ó ingeniero especialista en medio ambiente y Seguridad.PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N35Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo III y IVNumeral: 1. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONAL

C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”Página: 25 y 28

Dentro de la relación de personal mínimo para el presente proceso la entidad requiere lo siguiente:

Especialista en Impacto Ambiental Ingeniero Responsable de Control de CalidadIngeniero Responsable de Topografía

Teniendo en cuenta el PRONUNCIAMIENTO Nº 314-2011/DTN del OSCE que detalla:

En tal sentido, en la medida que en las Bases se ha establecido como requisitos mínimos que los profesionales acrediten su experiencia en obras similares, sin considerar que existen los casos en los que el profesional puede contar con experiencia en labores similares, independientemente si ella se obtuvo en obras similares (como es el caso del ingeniero especialista en impacto ambiental, por ejemplo, puesto que las labores de dicho profesional podrían ser las mismas sea que su trabajo se realice como parte de una obra de saneamiento o de infraestructura), este Organismo Supervisor ha decidido ACOGER los extremos ii) y v) de la presente observación.

En consecuencia, deberá reformularse los requerimientos técnicos mínimos del personal propuesto en función a que se considere su experiencia en labores iguales o similares a las que se ejecutará en el contrato; para ello, deberá analizarse los trabajos de cada profesional en particular y determinar si dichas labores únicamente podrán ser consideradas como similares cuando han sido ejecutadas en obras similares o no.

Consulta:

Sírvase a confirmar que para los Especialista en Impacto Ambiental, Ingeniero Responsable de Control de Calidad e Ingeniero Responsable de Topografía se aceptara experiencia en labores

BASES INTEGRADAS87

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iguales o similares a las que se ejecutará en el contrato ya sea en obras similares o en infraestructura.

Confirmar.

RESPUESTA N° 35

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos, se confirma que se aceptara para los Especialista en Impacto Ambiental, Ingeniero Responsable de Control de Calidad e Ingeniero Responsable de Topografía experiencia en labores iguales o similares a las que se ejecutará en el contrato, en los cargos respectivos.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N36Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............

Según Directiva 04-2009-OSCE/CD en sus Disposiciones Especificas 6.6 Detalla:

Según lo dispuesto en el numeral 123.3 de la Ley 2744, Ley del Procedimiento Administrativo General, el participante puede remitir a la Entidad su solicitud de elevación de observaciones a las bases a través de medios de transmisión de datos a distancia, como el correo electrónico o facsímil. En este supuesto, dentro del tercer día hábil debe presentar formalmente (en físico) la solicitud de elevación, con lo cual se la tendrá como presentada en la fecha de su envío a través del medio de transmisión de datos utilizados.

Consulta:

Sírvase detallar el número de Fax o Correo Electrónico que permita acceder a este tipo de comunicaciones

Detallar

RESPUESTA N° 36

En número de fax en el que puede remitir a la Entidad su solicitud es el número (511) 615-7800 Anexo 4106, o al correo electrónico [email protected]. PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 37Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25

Consulta:

Sírvase a confirmar que no será necesaria la presentación de cartas de compromiso o alquiler, para acreditar el equipo solicitado, pudiendo estos equipos encontrarse fuera del Territorio Nacional

ConfirmarRESPUESTA N° 37

Negativo. No se acepta su solicitud.

BASES INTEGRADAS88

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Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N38Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25

Consulta:

En el requerimiento mínimo del equipo según las bases se aprecia lo siguiente: Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

Deben ser propios y deberán estar ubicados en el País.

Al respecto consideramos que ello resulta restrictivo de la competencia, así como contrario al Principio de economía que debe respetar toda contratación pública contraviniendo diversos pronunciamientos emitidos por la DTN del OSCE; En atención a ello, se solicita que estos equipos también puedan encontrarse fuera del Territorio Nacional

Confirmar

RESPUESTA N° 38

VER RESPUESTA N° 01.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N39Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25

Consulta:En el requerimiento mínimo de equipo según las bases se están solicitando una LAVADORA DE GUSANO 42” 50 - 120 TON/HR. Al respecto sírvase considerar que podrá reemplazar por una LAVADORA DE ARENA TIPO GUSANO 42”, 50-120 TON/HR de igual o mayor potencia y capacidad.

Confirmar

Respuesta N° 39

Confirmado, Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se prodrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor”.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N40Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III

BASES INTEGRADAS89

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Numeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25Consulta:En el requerimiento mínimo de equipo según las bases se están solicitando una PLANTA DOSIFICADORA. Al respecto consideramos que se refiere a una PLANTA DOSIFICADORA DE CONCRETO

Confirmar

Respuesta N° 40

La Planta Dosificadora considerado en el Presupuesto, es para la dosificación de la Base Granular.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 41Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25Consulta:En el requerimiento mínimo de equipo según las bases se están solicitando dos (02) RETROEXCAVADOR SOBRE ORUGAS 58 HP 1YD3. Al respecto sírvase confirmar que el mencionado equipo podrá ser reemplazado por dos (02) RETROEXCAVDORAS SOBRE LLANTAS DE IGUAL O MAYOR POTENCIA.

Confirmar

Respuesta N° 41

Negativo. Se mantiene lo indicado.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N42Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25Consulta:En el requerimiento mínimo de equipo según las bases se están solicitando una RODILLO NEUMATICO AUTOPROPULSADO 135 HP 9-26 TON. Al respecto sírvase confirmar que el mencionado equipo podrá ser reemplazado por una RODILLO NEUMATICO AUTOPROPULSADO DE 100-135 HP, 6-26 TON.

Confirmar

Respuesta N° 42

Negativo. Se mantiene lo indicado.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N43Referencia(s) de las Bases

BASES INTEGRADAS90

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Sección: Capítulo IIINumeral: 2 Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25Consulta:Sírvase confirmar que para sustentar los equipos propios no será necesario adjuntar los documentos de propiedad, y para los equipos adquiridos en alquiler no será necesario adjuntar las carta compromisos de alquiler, bastara con detallar las características del equipo en el Anexo N° 07 que tiene carácter de Declaración Jurada.

Confirmar

RESPUESTA N° 43

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 44Referencia(s):De las BasesSección: Sección Específica Numeral:Capítulo IPágina:15

Se entiende que hay un error cuando se menciona que “…el valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto de 201”.

Sírvanse corregir.RESPUESTA N° 44

Se aclara que el valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto del 2011. PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 45Referencia(s):De las BasesSección: Formatos y AnexosNumeral:Página:64 y 65

Para la presentación de la propuesta económica donde se presenta el Anexo 12 y el Formato N° 03 hay una incongruencia entre ambos documentos.El anexo 12 dice que el valor referencial es a precios de agosto del 2011, mientras que el formato N° 03 dice que es a precios de Agosto del 2012 lo cual induce a error.

Sírvanse corregir.

RESPUESTA N° 45

Se aclara que el valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto del 2011, el cual deberá ser considerado tanto para Anexo 12 y el Formato N° 03.

BASES INTEGRADAS91

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PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 46Referencia(s): De las BasesSección: Seriedad OfertaNumeral: Página: 23

Con referencia a la carta de seriedad oferta será emitida a nombre de Ministerio de Transportes y Comunicaciones o Solo al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.

Sírvanse Confirmar.RESPUESTA N° 46

Con referencia a la carta de seriedad oferta, esta será emitida a nombre del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL. PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 47Referencia(s): Expediente TécnicoSección: CIRANumeral: Página: 23

Confirmar que el proyecto cuenta con CIRA (Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos) necesarios para dar inicio a la ejecución de la Obra, caso contrario confirmar que la obtención de este documento no compete al contratistaRESPUESTA N° 47Ver respuesta a la consulta N° 13.PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 48Referencia(s): Expediente TécnicoSección: ESTUDIO DE SUELOS ,CANTERAS Y DISEÑO DE PAVIMENTOS TOMO 1-7Numeral: Página: 132

Referente a las condiciones legales de la Cantera Pacha sírvase informar referente a las Condiciones Legales que la entidad viene realizando, y será la encargada de entregar los documentos legales completamente saneados.

Sírvanse Informar.

Respuesta N° 48

Ver respuesta a la Consulta N° 3.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 49Referencia(s): Expediente TécnicoSección: ESTUDIO DE SUELOS ,CANTERAS Y DISEÑO DE PAVIMENTOS TOMO 1-7Numeral: Página: 132

BASES INTEGRADAS92

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Referente a la disponibilidad de la cantera Pacha el expediente describe que es propiedad de la Comunidad Pacha, sírvanse confirmar que la entidad será la encargada de gestionar la Libre Disponibilidad de la Cantera.

Sírvanse Informar.

Respuesta N° 49

Ver respuesta a la Consulta N° 3.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N 50Referencia(s): Expediente TécnicoSección: Numeral: Página:

Sírvase precisar cuál es la profundidad de excavación a considerar para el mejoramiento de la sub Rasante.

Sírvanse Informar.

Respuesta N° 50

La profundidad de los mejoramientos, se precisan en el capítulo del Estudio de Suelos y Pavimentos del expediente técnico.

PARTICIPANTE: SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A.Consulta N51Referencia(s) de las BasesSección: Sección Especifica – Capitulo IVNumeral:B. Factor “Experiencia en obras similares”Página: 28

Sírvase aclarar que entidad asignara cero (00) puntos al postor que acredite experiencia en obras similares por un monto del Cincuenta (50) por ciento ó acredite el Sesenta (60) por ciento del valor referencial.

Aclarar.

Respuesta Nº 51

Se aclara que al postor que demuestre haber ejecutado obras similares por un monto acumulado igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del valor referencial se le asignará cero puntos.

PARTICIPANTE: ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES SAC

BASES INTEGRADAS93

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Consulta N52

Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III (Requerimiento Técnicos Mínimos)Numeral: 2Página: 25

Referencia de las Bases:- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y

Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad)

Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

Al respecto solicitamos al Comite, recopnsiderar dicho criterio por atentar contra el Principio de Libre concurrencia; al restringir la participaciòn solo a aquellas empresas que cuenten con dichos equipos en supropiedad; por lo que se solicita al Comite aceptar que la empresa postoras presente Cartas compromiso de alquiler y/o compra para dichso equipos.

RESPUESTA N° 52

VER RESPUESTA N° 01.

PROPONENTE: ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES SAC

Consulta N53

Referencia(s) de las BasesSección: Resumen Ejecutivo (Estudio de Canteras y fuente de Agua)Numeral: Cuadro Nº 04Página: 47

Consulta: Confirmar que las canteras que se explotaran para el procesamiento de materiales en el presente proyecto son de libre disponibilidad; caso contrario indicar que de haber compensación alguna estas serán asumidas por la Entidad.

Esto debido a que como se menciona en la página 47 – Cuadro Nº 04, la situación legal de las canteras se encuentran en trámite por la entidad.

Respuesta N° 53

Ver respuesta a la Consulta N° 3.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N54Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III Requerimientos técnicos mínimos.

BASES INTEGRADAS94

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Numeral: 7 Disponibilidad del terreno.Página: 27.Consulta:Sírvase confirmar que el Contratista está exento del pago de peajes u otro pago de cualquier otra naturaleza por el goce de transito libre y sin encargos por todos los accesos a la zona de canteras, botaderos y fuentes de agua. Así como, favor confirmar si el Contratista está exento de pago de licencias a esta fuentes, las mismas que serán liberadas por PROVIAS Nacional para el normal desarrollo de la actividades de durante la construcción.

Respuesta N° 54

Ver respuesta a la Consulta N° 14 y N° 10.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N.55Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III.Numeral:...Página: .....Consulta:Sirvase confirmar que las fuentes de agua y botaderos a ser usados como DME son de libre disponibilidad y que por lo tanto, cualquier tipo de compensación que debiera efectuarse será reconocido por la Entidad. En el Análisis de Precios del Presupuesto Referencial, en ningún momento se han consignado dichos costos.

Respuesta N° 55

Ver respuesta a las Consultas N° 9 y N° 10.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N.56Referencia(s) de las BasesSección:....Capítulo III..Numeral:.Página: ...

Consulta:Sirvase confirmar que las canteras a utilizar para la extracción de materiales para procesamiento de agregados son de libre disponibilidad y que por lo tanto, cualquier tipo de compensación que debiera efectuarse será reconocido por la Entidad. En el Análisis de Precios del Presupuesto Referencial, en ningún momento se ha consignado dicho costo.

Respuesta N° 56

Ver respuesta a la Consulta N° 3.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.

Consulta N.57Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III.Numeral:...

BASES INTEGRADAS95

PROVIAS NACIONAL LP N° 0002- 2012- MTC/20Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

Página: .....Consulta:Sirvase confirmar que las fuentes de agua y botaderos a ser usados como DME son de libre disponibilidad y que por lo tanto, cualquier tipo de compensación que debiera efectuarse será reconocido por la Entidad. En el Análisis de Precios del Presupuesto Referencial, en ningún momento se han consignado dichos costos

Respuesta N° 57

Ver respuesta a las Consultas N° 9 y N° 10.

PPROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N58Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: . Volumen VII Análisis de Preciso UnitariosNumeral:.. 01 Consideraciones Generales.Página: 005-006..Consulta:Pago por Derecho de CanteraRatificar que las canteras a utilizar para la extracción de materiales para procesamiento de agregados son de libre disponibilidad y que por lo tanto, cualquier tipo de compensación que debiera efectuarse será reconocido por la Entidad. En el Análisis de Precios del Presupuesto Referencial, en ningún momento se ha consignado dicho costo.

Respuesta N° 58

Ver respuesta a la Consulta N° 3.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N59Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo III – Requerimientos técnicos mínimos.Numeral:. 7 Disponibilidad del terrenoPágina: . 27.Consulta:Sírvase a confirmar que durante la ejecución de la obra objeto de la presente licitación, el trato a terceros estará a cargo de la entidad, así como la correspondiente liberación de la vía para la ejecución de la obra.

Respuesta N° 59

Ver respuesta a la Consulta N° 12.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N60Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capitulo V – Resumen Ejecutivo.Numeral:. 1.Aspectos GeneralesPágina: 04.

Consulta:Sírvase a indicar si para la ejecución de la presente obra, se cuenta con un régimen de lluvias que afectará la zona, y si fuera así, sírvase a precisar si dicho régimen de lluvias ha sido contemplado en el cronograma de obra.

BASES INTEGRADAS96

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Respuesta N° 60

La zona de proyecto se encuentra ubicada en la región sierra y presenta un régimen de lluvias, que ha sido considerado para la determinación del plazo de obra.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N61Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capítulo VII Análisis de Precios Unitarios.Numeral: 01 Consideraciones Generales.Página: . 05 al 07.Consulta:Confirmar que las canteras y botaderos a utilizar en las obras tienen la suficiente potencia y capacidad, respectivamente.

Respuesta N° 61

De acuerdo al expediente técnico, las canteras y DMEs (botaderos) cuentan con la potencia y capacidad requeridas en el proyecto.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N62Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capítulo VII Análisis de Precios Unitarios.Numeral: 01 Consideraciones Generales.Página: 05 al 07.Consulta:En caso que las fuentes de agua indicadas en el proyecto para su uso, resulten insuficientes o presenten problemas para su libre extracción, ya sea por problemas con usuarios de riego de la zona o por condiciones propias de la época de estiaje y de ubicarse una fuente de agua a una distancia mayor, sírvase confirmar que se reconocerá como adicional la mayor distancia de transporte, de ser el caso.

Respuesta N° 62

De presentarse estos casos, será evaluada por la Supervisión de Obra.

PROPONENTE: CONSTRUCTURA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N.63Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo IIINumeral: 7 Disponibilidad del terreno.Página: 27.Consulta:Confirmar que el proyecto en licitación cuenta con la constancia del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) de no afectación de áreas naturales protegidas por el Estado; caso contrario, confirmar que la obtención de este documento no compete al Contratista.

Respuesta N° 63

La zona de proyecto no afecta áreas naturales protegidas por el Estado. Además se debe señalar que es un proyecto de rehabilitación donde expresamente se mantiene el trazo de la vía existente.

BASES INTEGRADAS97

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PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N64Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo III Requerimientos técnicos mínimos.Numeral: 7 Disponibilidad del terreno.Página: 27.Consulta:Confirmar que cualquier controversia que se origine debido al paso de la carretera por terrenos particulares, y que consecuentemente acarrearán un gasto adicional no contemplado, así como un mayor plazo de ejecución de obra, será asumido y reconocido por la Entidad.

Respuesta N° 64

De presentarse estos casos, será evaluada por la Supervisión de Obra.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.

Consulta N.65

Referencia(s) de las BasesSección: ..Capitulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral:...... Requisitos Mínimos de personalPágina: ..............

Consulta:En el Capitulo III del Numeral 1 de las Bases se establece lo siguiente:(...)

1.- Ingeniero de Producción (Ingeniero Civil colegiado y hábil, con (02) años de experiencia mínima en obras similares).

1.- Ingeniero Responsable de Control de Calidad (Ingeniero Civil colegiado y hábil, con (02) años de experiencia mínima en obras similares)

1.- Ingeniero Responsable de Topografía (Ingeniero Civil colegiado y hábil, con (02) años de experiencia mínima en obras similares.)

Asimismo en el Capítulo IV, Criterios de Evaluación ítem C. Factor Experiencia del personal propuesto:.. se indica.

c.1 Ingeniero Residente de ObraExperiencia mayor o igual a 6 años como Residente de obra … .doce (12) puntos.Experiencia igual a 3 años como Residente de Obra ……………..cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.2 Jefe de Oficina IngenieríaMayor o igual a 5 años en la especialidad ……………………..…...siete (07) puntosIgual a 2 años en la especialidad………………………… ............... cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal.

BASES INTEGRADAS98

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c.3 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 5 años en la especialidad ……………………….....siete (07) puntosIgual a 2 años en la especialidad …………………………………… cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal.

Se evaluará en función a la experiencia en la especialidad requerida en obras iguales o similares (obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa).

..Si bien es cierto que de acuerdo a las normas, es facultad de la entidad establecer los requerimientos técnicos mínimos, estos deberán ser razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria. Y sin mayores restricciones que la de permitir la mayor concurrencia de proveedores en el mercado, debiéndose considerar los criterios de razonabilidad, congruencia y proporcionalidad.

..Consideramos que los requisitos técnicos mínimos deberán estar en función de la magnitud de la obra; en consecuencia se deberá cumplir con la función de cubrir adecuadamente la operatividad y funcionalidad de la ejecución de la obra requerida.

Por lo expuesto solicitamos que el requerimiento mínimo del personal profesional indicado en el en el Anexo Nº 05 ;solo deberá considerar los siguientes profesionales que a continuación se indican y que son también parte del factor de evaluación y puntaje:

c.1 Ingeniero Residente de ObraExperiencia mayor o igual a 6 años como Residente de obra .doce (12) puntos.Experiencia igual a 3 años como Residente de Obra …………...cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.2 Jefe de Oficina IngenieríaMayor o igual a 5 años en la especialidad ……………………….siete (07) puntosIgual a 2 años en la especialidad………………………… ........... cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal.

c.3 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 5 años en la especialidad ……………………….siete (07) puntosIgual a 2 años en la especialidad ………………………………… cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal.

…De no considerarse lo solicitado , se estaría restringiendo la participación de los postores, atentando de esta manera contra el Principio de Libre Concurrencia y Competencia, el cual tiene como finalidad propiciar la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores; el Principio de Imparcialidad y Razonabilidad consagrados en el artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado;

RESPUESTA N° 65

Con relación a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se deberá cumplir con presentar toda la relación de Personal que se solicita, entre los que se encuentran el Ingeniero de Producción, Ingeniero Responsable de Control de Calidad e Ingeniero Responsable de Topografía. Por lo que el Anexo 05 deberá considerar lo especificado en el Capitulo III Requerimiento Técnico Mínimo de acuerdo a lo siguiente:

Cantidad Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ing. Residente de Obra

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con tres (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1 Jefe de oficina Ingeniería

(Planeamiento

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

BASES INTEGRADAS99

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y Costos)

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista en

Suelos y Pavimentos

Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista de Obras de Arte y

drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista en

Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1

Ingeniero Responsable de Control de

Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Ingeniero

Responsable de Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares.

PROPONENTE: CONSTRUCTORAMALAGAHNOS S.A.Consulta N66Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III. Requisitos mínimos de personalNumeral:.1 Página: .12Consulta:Sírvase confirmar que para el cargo de Ingeniero Residente también, se puede considerar la experiencia en aquellas obras similares en las cuales haya participado como Jefe de Tramo o Jefe de Sector.

RESPUESTA N° 66

Con relación a los Requerimientos Técnicos Mínimos para el cargo de Ingeniero Residente de Obra también se puede considerar la experiencia en aquellas obras similares en las cuales haya participado como Jefe de Tramo o Jefe de Sector.PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N 67Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral:.1 Requisitos mínimos de personalPágina: .12Consulta:Sírvase confirmar que para el para el Cargo de “Especialista en Suelos y Pavimentos” se aceptara, el cargo de “Ingeniero Suelos y Pavimentos. desempeñado en obras similares.

RESPUESTA N° 67

Para el Cargo de Especialista en Suelos y Pavimentos se acepta el cargo de Ingeniero de Suelos y Pavimentos desempeñado en obras similares.PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N 68Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral:.1 Requisitos mínimos de personalPágina: .12Consulta:Sírvase confirmar que para el cargo de “Jefe de Oficina Técnica” se aceptara el cargo de Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones en obras similares.

BASES INTEGRADAS100

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RESPUESTA N° 68

VER RESPUESTA N° 28

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N 69Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo IV Criterios de evaluación.Numeral: C.2 Jefe de Oficina de Ingeniería .Página: 28..Consulta:

Sírvase confirmar que para el cargo de Jefe de Oficina Técnica , se acepten experiencias con distintas denominaciones, como por ejemplo Especialista en metrados, costos y Valorizaciones, Programación de Obras.

Y aceptar como experiencia la adquirida en la ejecución de proyectos viales y Supervisión de Obras iguales o similares (obras o servicios de Mejoramiento, Construcción, Rehabilitación y/o Mantenimiento de Carreteras a nivel de asfalto y/o Tratamiento Superficial Bicapa.)

RESPUESTA N° 69

También será válida para acreditar la experiencia, del Jefe de Oficina de Ingeniería, cargos como: Ingeniero o Especialista de Metrados, Costos y Valorizaciones o Ingeniero o Especialista en Programación de Obras, con experiencia adquirida en obras similares: Obras de Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Carreteras a nivel de asfalto en caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa.)

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS S.A.Consulta N 70Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral:.2 Requerimiento Equipo MínimoPágina: .12Consulta:Sírvase confirmar que para demostrar la propiedad y ubicación de los Equipos Mínimos ,requeridos solo será necesario acreditar mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. RESPUESTA N° 70

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N71Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo III – Requerimientos técnicos mínimosNumeral: 2. Requerimiento de Equipo Mínimo Página: 25-26.Consulta:

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Sírvase a confirmar que bastará una declaración jurada simple del postor, para el compromiso de alquiler del equipo solicitado.

RESPUESTA N° 71

VER RESPUESTA N° 70

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N72Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo III – Requerimientos técnicos mínimosNumeral: 2. Requerimiento de Equipo Mínimo Página: 25-26.Consulta:

En las Bases se consigna textualmente…..”La relación del Equipo Mínimo está en la página 167 del Volumen VII Análisis de Precios Unitarios”.- Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias

y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada.- Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años….

Sírvase a confirmar que los equipos como la Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) y así como la Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h podrán ser propios y/o alquilados y no es necesario que se encuentren en el país. Asimismo solicitamos confirmar que las Maquinarias tendrán una antigüedad de diez (10) años y los Equipos deberán tener una antigüedad de quince (15) años.RESPUESTA N° 72

VER RESPUESTA N° 01 y VER RESPUESTA N° 02

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N73Referencia(s) de las BasesSección: Capitulo III – Requerimientos técnicos mínimosNumeral: 2. Requerimiento de Equipo Mínimo Página: 25-26.Consulta:Sírvase confirmar que enla tenencia de los equipos se podra considerara la opción de Compromiso de VentaAsimismo solicitamos para el equipo-Rodillo Neumatico Autopropulsado de 135 hp 9 - 26 ton.se tome en cuenta una potencia comprendidad entre 125 – 135hp.tomando en cuenta que con ese rango de potencia estos equipos alcanzan la capacidad de 9-26Ton requerido.RESPUESTA N° 73En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

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También se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se prodrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor”.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N74Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capítulo VII Análisis de Precios Unitarios.Numeral: Partida 402 A Riego de Liga y Partida 421 A Emulsión AsfalticaPágina: . 042.

Consulta:Según las secciones típicas el espesor de la capa asfáltica es de 10 cm y de acuerdo a la experiencia de obras similares, esta se tendría que colocar en 2 capas para lo cual se necesita un riego de liga con la finalidad de asegurar la adherencia entre ambas capas, mediante asfalto líquido o emulsión asfáltica. Las planillas de metrados de la partida 402.A Riego de Liga, no considera esta aplicación. Confirmar, si por causas del tráfico en la zona no es posible colocar ambas capas en los plazos establecidos en las Especificaciones Técnicas, estos servicios serán considerados con trabajos adicionales y serán medidos y pagados según las partidas: 402.A RIEGO DE LIGA y 421.A EMULSION ASFALTICA

Respuesta N° 74

El proyecto ha previsto la colocación de la carpeta asfáltica en dos capas, considerando que la colocación de la segunda capa se debe hacer dentro de las 48 horas de colocada la primera capa, sin que haya habido tránsito vehicular, consecuentemente NO resulta necesario la aplicación de un riego de liga entre capas, de acuerdo a lo indicado en la especificación técnica del proyecto, que es concordante con las  Especificaciones Técnicas Generales EG-2000, que son de uso común en todos los proyectos de Provias Nacional.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N75Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capítulo VII Análisis de Precios Unitarios.Numeral: Partida 410 A Concreto asfaltico en calientePágina: . 042.Consulta:Dependiendo de la calidad de los agregados para la elaboración de la mezcla asfáltica en caliente y si el diseño requiere la utilización de algún tipo de “aditivo mejorador de adherencia”, confirmar que este será objeto de pago mediante una partida adicional.

Respuesta N° 75

De acuerdo a los ensayos de los agregados de la mezcla asfáltica, será necesaria la utilización de aditivoquímico mejorador de adherencia, el cual se pagará con la partida 424.A Aditivo Mejorador de Adherencia.

PROPONENTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A.Consulta N76Referencia(s) de Estudio de Pre inversión y Estudio DefinitivoSección: Capítulo VII Análisis de Precios Unitarios.Numeral: Partida 401 A Imprimación asfálticaPágina: 041.Consulta:La partida en mención considera dentro de su análisis la subpartida 910301100507 AGREGADO FINO ZARANDEADO y esta no incluye el transporte para su colocación. Sírvanse indicar como

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se pagaría el transporte y en consecuencia reformular el monto del valor referencial de Presupuesto.

Respuesta N° 76

El transporte del AGREGADO FINO ZARANDEADO para la Partida 401.A Imprimación asfáltica, se pagarán con las partidas700.A y 700.B según corresponda, tal como está considerado en el expediente técnico.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N77Referencia(s) de las Bases 

Sección : Volumen I, Memoria Descriptiva Volumen II, Especificaciones Técnicas generales y Especiales (ET),

Sírvase confirmar lo siguiente:a) Que la Entidad, en el acto de entrega del terreno, confirmara la libre disponibilidad del

mismo, en cumplimiento de lo previsto en el Art. 13 de la LCE y conforme a lo dispuesto por el OSCE, según Opinión 022-2009-DTN,

b) Que desde la fecha que se establezca como fecha de entrega de terreno, el Contratista podrá contar con la libre disponibilidad del terreno para poder ejecutar las obras contractualmente establecidas, a todo lo largo del tramo licitado y en el ancho establecido como derecho de vía

c) Que la Entidad, será responsable de establecer la libre disponibilidad de las canteras y fuentes de agua para la ejecución de la obra y que las mismas son suficientes para los trabajos previstos y que se encuentran libre de pago por derecho de extracción o de uso

d) Que todos los Depósitos de Material Excedente (DME), cuentan con libre disponibilidad de uso, están exonerados de derecho de pago y que cuentan con la capacidad prevista en el Expediente Técnico

e) Que los DME establecidos, cumplen con la normatividad ambiental y que no se tiene restricciones para colocar los volúmenes previstos en el Expediente Técnico

Respuesta N° 77

a y b) La entidad entregará al contratista los terrenos necesarios para la ejecución de la obra en forma oportuna y en concordancia con el calendario de ejecución de obra presentado por éste; procedimiento concordante con el pronunciamiento N° 001-2011-DSUP del OSCE,relacionada con la Licitación Publica N° 007-2011-MTC/20

c) Ver respuestas a las Consulta N° 03 y N° 10d) Ver respuestas a las Consulta N° 09e) Confirmado.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N78Referencia(s) de las Bases Sección : Volumen 5, Análisis de Precios Unitarios,Numeral : Costo de equipos Páginas : 20

Sírvase indicar si el costo del equipo se considera como equipo operado, y por tanto incluye el costo de mano de obra, combustibles, lubricantes, etc

Respuesta N° 78

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En la página 022 del volumen de Análisis de Precios Unitarios, se aprecia claramente lo que considera cada tarifa de alquiler de equipo, consignado en el Presupuesto de Obra.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N79Referencia(s) de las Bases Sección : Capítulo III Requerimientos Técnicos MínimosNumeral: 1. Requisitos Mínimos del PersonalPágina: 25

Consulta: Sírvase confirmar que para acreditar el personal mínimo, en caso de profesionales extranjeros, se adjuntará COPIA SIMPLE de su título profesional y documento que acredite su inscripción en el Colegio Profesional de su país de origen, similar al Colegio de Ingenieros del Perú.

RESPUESTA N° 79

CONFIRMADO.En caso de obtener la Buena Pro el profesional extranjero está obligado a inscribirse y obtener la habilidad en el Colegio de Ingenieros del Perú.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N80Referencia(s) de las Bases Sección : Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 2. Relación de Equipo MínimoPágina: 25

Consulta: Sírvase a confirmar que no será necesaria la presentación de cartas de compromiso o alquiler, para acreditar el equipo solicitado, bastando presentar únicamente el Anexo Nº 07 en calidad de declaración jurada.

RESPUESTA N° 80

VER RESPUESTA N° 70

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N81Referencia(s) de las Bases Sección : Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 2. Relación de Equipo MínimoPágina: 25

Consulta: Sírvase precisar cuál es la base legal que sustenta el requerimiento de equipo propio y ubicado dentro del país, para los siguientes equipos:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

RESPUESTA N° 81

Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad)

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Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N82Referencia(s) de las Bases Sección : IV Criterios de EvaluaciónNumeral: C.1. Ingeniero Residente de ObraPágina: 28

Consulta: Confirmar que para el cargo de Ingeniero Residente también, se calificará la experiencia en aquellas obras similares (obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación o la combinación de estos términos, de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa, y se considera además el Mantenimiento Periódico de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa. Igualmente se considerara como obras similares, la construcción de pistas de aterrizaje a nivel de asfaltado, en la medida que la ejecución de estas comprendan actividades como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, base, obras de arte, drenaje, carpeta asfáltica y otras actividades propias de carreteras asfaltada) en las cuales haya participado como jefe de tramo o jefe de sector

RESPUESTA N° 82Se aceptará para acreditar la experiencia en los criterios de evaluación para el cargo de Ingeniero Residente la experiencia en aquellas obras similares: obras de Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa. Así como la combinación de los términos establecidos para obras similares.PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N83Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO III De los Contratos Numeral: 3.1Página: 10Consulta: En el caso de profesionales extranjeros, dado que la duración del trámite para obtener el “certificado de habilidad” en la sede de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú toma entre 30 a 45 días; confirmar si es requisito indispensable para la suscripción del contrato contar con dicho certificado, o si es que bastará con demostrar que el trámite ya fue iniciado.

RESPUESTA N° 83

Obtenida la Buena Pro de la Obra, es necesaria la presentación del Certificado de Habilidad de los Profesionales para la suscripción del Contrato.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N84Referencia(s) de las Bases Sección : Experiencia del Personal Propuesto Numeral: Anexo Nº 10Página : 60

Consulta: ¿Es suficiente la presentación del Anexo Nº 10 consignando la información ahí solicitada y adjuntando la documentación correspondiente sin que sea necesaria adjuntar, adicionalmente, el Currículum Vitae de los profesionales propuestos?

RESPUESTA N° 84No se requiere la presentación del currículum vitae de los profesionales propuestos, por lo que

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deberá ceñirse a lo solicitado en el Anexo 10. PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N85Referencia: Bases de Licitación – Capítulo IINumeral: 2.5Página: 19

Consulta: En el caso de empresas extranjeras, ¿Será necesario que el poder del representante legal se encuentre inscrito en Registros Públicos del Perú?RESPUESTA N° 85ConfirmadoPARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N86Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo II Propuesta TécnicaNumeral 2.5.1. iv) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”Página: 25

Consulta: Favor confirmar que para acreditar el “Factor de Cumplimiento en la ejecución de obras”, documento no usual en el extranjero, se validara las Actas de Recepción, donde se mencione claramente que las obras se han recepcionado “a satisfacción”, en razón de no vulnerar los Principios de Imparcialidad, Razonabilidad y Trato Justo e Igualitario, contenidos en el Artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado.

RESPUESTA N° 86De conformidad al inciso d) numeral 2 del Artículo 47° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el factor cumplimiento en la ejecución de Obras, se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó y liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades hasta un máximo de diez (10) contratos de obras en general y/o similares.

PARTICIPANTE: COMPAÑÍA VERDU S.A.Consulta N87Referencia(s) de las Bases Sección : Volumen II, Especificaciones Técnicas generales y Especiales (ET), Volumen VII, Análisis de Precios Unitarios (APU)Numeral : Partida 202.C Remoción de carpeta asfáltica.Páginas : 37

Se formulan la siguiente consulta:1.- No se ha incluido el combustible para la cortadora.

Como sustento de lo indicado, señalamos lo siguiente:

A pesar que los motores de cortadoras de 12-16 HP, usan mayormente como combustible la gasolina y para concordar y unificar con el combustible petróleo usado en los motores de las mezcladoras (8 HP) que el Estudio asumeEn ese sentido, y en correspondencia con el expediente de Licitación, solicitamos:

Agregarse en los materiales, la cantidad de petróleo de 3.92 galones diarios x 1 cortadoras = 3.92 gal diarios por 2500 m2 de remoción.

De lo contrario sírvase indicar si el costo del equipo se considera operador y por tanto incluye el costo de mano de obra, combustibles, lubricantes, etc.

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Respuesta N° 87

El combustible para la cortadora ha sido incluido dentro de los gastos generales como materiales y gastos varios numeral 9.06 varios.

PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Consulta N88Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA - CAPITULO IINumeral: 2.5.1. - Documentación de presentación facultativa - ítem i)Página: 21Consulta: Dejar sin efecto lo solicitado en el parrafo “sub contratos de naturaleza y complejidad similares” por tratarse especificamente esta sección de obras generales.

RESPUESTA N° 88Por tratarse de experiencia en Obras en General, se deja sin efecto el parrafo “...de naturaleza y complejidad similares” en el ítem i) Experiencia en Obras en General de la documentación de presentación facultativa.PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Consulta N89Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA - CAPITULO IVNumeral: C. Experiencia y calificaciones del personal propuestoPágina: 28-29Consulta: En vista que en el mercado profesional nacional no es frecuente encontrar profesionales libres de compromiso laboral que a su vez tengan considerables años de experiencia profesional, y dado que, muchas veces el Estado a través de sus Entidades Públicas se ha visto perjudicado con el desempeño de profesionales que simplemente sirvieron para guardar la formalidad de contratar con el Estado, se consulta, reconsiderar que las experiencias solicitadas en los CRITERIOS DE EVALUACION tengan como nuevos límites los siguientes tiempos, para poder dar oportunidades de empleo a un nuevo sector de Profesionales nacionales:

- Residente, 4 años de experiencia en obras similares- Jefe de Oficina Ingeniería, 3 años de experiencia en obras similares- Especialista en Suelos y Pavimentos, 3 años de experiencia en obras similares- Especialista de Obras de Artes y Drenaje, 2 años y de experiencia en obras similares

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- Especialista de Impacto Ambiental, 3 años de experiencia en obras similares-

De nos hacerse así, además también se estaría perjudicando a muchos postores que ven imposibilitada su participación con estos elevados requerimientos, que se contrapone al cumplimiento del artículo 26 de la Ley, que dice que las bases deberán contener obligatoriamente los mecanismos que fomenten la mayor concurrencia y participación de postores.

RESPUESTA N° 89Se matiene lo establecido en las Bases, toda vez que el Comité Especial considera que los criterios utilizados son objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria y se sujeta a criterios de razonabilidad y proporcionalidad.PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Consulta N90Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA - CAPITULO IIINumeral: 2. Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25-26Consulta:Confirmar que no será necesario sustentar la Relación de Equipos Mínimos con Cartas de compromiso, etc. Que será suficiente con la presentación del Anexo N° 07 que a su vez hace de Declaración Jurada, lo cual la Entidad podrá verificar la exactitud de la Declaración Jurada propuesta por el postor mediante fiscalización posterior.

RESPUESTA N° 90Se confirma, sin embargo el postor adjudicado deberá acreditar la disponibiliodad y la tenencia de equipos previa a la suscripción del contrato

PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Consulta N91Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA - CAPITULO IIINumeral: 2. Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25-26Consulta:Confirmar que el equipo mínimo solicitado puede ser acreditado con una Declaración Jurada y que dicho equipo puede ser propio, alquilado o bajo otra modalidad de adquisición y que su disponibilidad se sustentará mediante una declaración jurada detallando las características de los equipos, pudiendo estos equipos encontrarse fuera del Territorio Nacional conforme al PRONUNCIAMIENTO Nº 205-2011 DTN, PRONUNCIAMIENTO N° 234-2011/DTN y además el PRONUNCIAMIENTO N° 313-2011/DTN.

RESPUESTA N° 91En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

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y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Consulta N92Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA - CAPITULO IIINumeral: 2. Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25-26Consulta:Solicitamos dejar sin efecto el requerimiento por el cual los siguientes equipos : Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)Deberán ser propios y estar ubicados en el país, ya que se contraponen al Principio de Economía, asi como al Principio de Libre Concurrencia y Competencia que rigen las contrataciones con el Estado, refrendados en anteriores pronunciamientos como son el PRONUNCIAMIENTO Nº 205-2011 DTN, PRONUNCIAMIENTO N° 234-2011/DTN y además el PRONUNCIAMIENTO N° 313-2011/DTN.

RESPUESTA N° 92Negativo. No se acepta su solicitud.Se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

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ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-MTC/20

PARTICIPANTE : COMSA S.A. SUCURSAL EN PERUObservación N 01Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA – CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCION Numeral: Capítulo II – Numeral 2.5.1, Ítem viii) / Capítulo III – Numeral 2.Página: 20 / 25Observación:En las Bases de la Licitación, Contenido de las Propuestas (Capitulo II, numeral 2.5.1, Ítem viii) y Requerimientos Técnicos Mínimos (Capitulo II, numeral 2.), se requiere que el postor cumpla con presentar una chancadora primaria – secundaria y una planta de asfalto en caliente que deberán ser propias y ubicadas en el país.En las respuestas a las consultas 01, 05, 10, 26, 37 y 43, 70, 71, 72, 73 y 81, se precisa que para el caso de los equipos mencionados, éstos deberán ser propios y ubicados en el país.En el presenta caso de la regulación establecida en las Bases, se advierte que para cumplir con los requisitos técnicos mínimos los postores deben acreditar la propiedad y presencia en el territorio nacional de los equipos antes mencionados.Al respecto, resulta necesario señalar que el presente requerimiento técnico mínimo contradice lo dispuesto por el Principio de Economía que rige los procesos de contratación (inciso c del artículo 4 de la Ley de Contrataciones del Estado), así como el cumplimiento del artículo 26 de la misma Ley, según el cual las Bases deben establecer mecanismos que fomenten las mayor participación de postores, dado que al exigir que se requiera que el postor tenga propiedad y cuente con cierta cantidad de equipo en el territorio peruano al momento de presentar la oferta, se está estableciendo una barrera a aquellos postores que por primera vez tengan la intención de efectuar un negocio con el Estado Peruano, sin que además de ello resulte alguna seguridad para la Entidad, ya que podría suceder que el postor cuente con equipos propios en el territorio peruano pero comprometidos en otras obras.Asimismo, debe tenerse en consideración que el presente proceso de selección se encuentra bajo el ámbito de Tratados de Libre Comercio celebrados por la Republica del Perú, como por ejemplo el suscrito con los Estados Unidos de Norte América, por lo cual resulta incongruente establecer exigencias que afectan la participación de los nacionales de los países con los que se ha celebrado dichos convenios.A mayor abundamiento, se debe tener presente los siguientes pronunciamientos del OSCE al respecto y que son los Nos. 234-2011/DTN, 371-2011/DTN, 313-2011/DTN, uniformes en sus Resoluciones en el sentido solicitado por nosotros mediante esta consulta.Por ello, solicitamos acoger nuestra observación modificando las respuestas a las consultas citadas, en el sentido que los equipos, chancadora primaria-secundaria y la planta de asfalto en caliente, al igual que el resto del equipo mínimo consignado en las Bases de la Licitación, podría ser propio, alquilado o encontrarse bajo otra modalidad de adquisición, siendo que su disponibilidad se sustentaría mediante la presentación de una Declaración Jurada en la que se detallarían sus características.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 01

El requerir que el postor cumpla con presentar una chancadora primaria – secundaria y una planta de asfalto en caliente y estas deben ser propias y ubicadas en el país, se debe a lo siguiente:Contar con estos equipos propios y estar en nuestro país, le suministrarían a la obra una continuidad de trabajo y asegurarían que la obra culmine dentro de los plazos establecidos.La experiencia en obra presenta casos en donde el Contratista alquila una chancadora y esta se malogra durante la ejecución de la obra, pasa mucho tiempo y no se puede alquilar otra chancadora porque los propietarios de este equipo lo tienen comprometido en otros trabajos.

Este hecho perjudicaría la culminación de la obra dentro de los plazos establecidos e incluso traería un perjuicio para nuestra Entidad, debido a que el Contratista presentaría documentación indicando que no hay maquinas disponibles en nuestro país para alquilar y en consecuencia se le debe conceder ampliación de plazo por no ser de su responsabilidad y posteriormente solicitaría que se le pague los Gastos Generales respectivos.

También puede suceder que se le malogre el equipo, y al no poder alquilar maquinaria en nuestro país, se opte

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por comprar el equipo de reemplazo en un país lejano, lo que demoraría mucho tiempo en traerlo, resultando el equipo adquirido de mala calidad, pudiendo malograrse en poco tiempo y siendo difícil encontrar repuesto para esa máquina, lo que traería también perjuicio para nuestra Entidad.

El Estado Peruano por intermedio de sus sectores, así como el sector minero y de edificaciones vienen usando intensivamente equipo mecánico, por lo que existe incertidumbre en la disponibilidad de equipo mecánico en el mercado, por lo que la Entidad a efectos de garantizar mínimamente el inicio de la ejecución es que requiere que la Empresa Contratista adjudicada cuente con un numeró de equipo propio que representa menos del 10% del equipo mínimo, así como que dicho equipo se encuentre en el país para el inicio inmediato de la indicada obra.

Estas situaciones podrían generar demora en el cumplimiento del plazo contractual y perjuicio para nuestra Entidad.

Por ello, no se acoge su solicitud.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N 02Referencia(s) de las BasesSección: Bases Numeral: Varios.Página 20 item ix), Página 22 item iii), Página 24 item c)Observación:Con respecto a la oportunidad en la que el postor ganador de la buena pro deba presentar los respectivos certificados de habilidad de los profesionales propuestos; según las bases, ésta presentación debería ser a la firma del contrato. Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú conforme al PRONUNCIAMIENTO 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC y al PRONUNCIAMIENTO 313-2011 DTN para la LP Nº006-2011-MTC.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 02De acuerdo a lo establecido en el numeral 3.1 del Capítulo III de la Sección General de las Bases Estandarizas aprobadas con la Directiva Nº 002-2010-OSCE/CD (Aprobada con Resolución Nº 195-2010-OSCE/PRE) , para la suscripción del Contrato el ganador de la buena pro debera presentar el Certificado de Habilidad de los profesionales propuestos. Entendiendo que la Sección General no puede modificarse en ningún extremo, bajo sanción de nulidad.Por lo tanto, para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros, de obtener la Buena Pro presentará el Certificado de Habilidad vigente del Colegio de Ingenieros del Perú para la firma del contrato, PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N 03.Referencia(s) de las BasesSección: 2.5.1.SOBRE 1: PROPUESTA TECNICA.Numeral: ii) Experiencia en obras similares.Página: 22Observación:Las bases definen a las obras similares de la siguiente manera: “Obras de Construcción, Rehabilitación, o Mejoramiento de carreteras a nivel de

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asfalto en caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa”.

Resulta que para el caso de los contratos de obras de empresas extranjeras, se utiliza dentro del objeto del contrato de obra la descripción “Construcción y Pavimentación de la carretera…”, y/o “Pavimentación de la carretera……”. La descripción de cómo se detalla el contrato de obra obedece a terminologías utilizadas en entidades extranjeras, para lo cual solicitamos se acoja la presente observación en el sentido de que se acepte como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc. Caso contrario existiría una ventaja inequitativa a favor de las empresas nacionales dado que en el Perú la nomenclatura empleada en los objetos de los contratos es diferente a las nomenclaturas empleadas en los contratos en el extranjero. Fundamentamos esta observación en el artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual cita los principios que deben regir en las contrataciones, entre los cuales en su literal k) dice lo siguiente: “Principio de Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas”

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 03

Se acepta su solicitud.Se acepta como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N04.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal.Página: .25Observación:Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que para el caso del Ingeniero Responsable de Topografía, la experiencia puede ser acreditada con el cargo de Ingeniero Especialista en Topografía, siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 04

Para el caso del Ingeniero Responsable de Topografía, la experiencia puede ser acreditada con el cargo de Ingeniero Civil Especialista en Topografía, siempre y cuando se trate de obras similares en el cargo.PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N05.Referencia(s) de las Bases

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Sección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Requerimiento de equipo mínimo.Página: .25Observación:En cuanto al equipo mínimo a ofertar por el postor, las bases exigen que ciertos equipos sean propios y estén ubicados en el país, tal como citamos a continuación:

“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país: Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”

Solicitamos acoger la presente observación en el sentido que se elimine la exigencia referida a que los equipos sean propios y que estén ubicados en el territorio peruano en concordancia con diversos pronunciamientos del OSCE tales como:

PRONUNCIAMIENTO Nº 328-2010/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0011-2010-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Cajamarca – Celendin – Balsas, tramo: Km. 52+000 – Celendin”.

PRONUNCIAMIENTO N° 205-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0001-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, tramo: Cochabamba – Chota”

PRONUNCIAMIENTO N° 234-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0002-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Chamaya – Jaén – San Ignacio – Río Canchis, tramo: San Ignacio – Puente Integración”.

PRONUNCIAMIENTO N° 313-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0006-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Quinua – San Francisco, tramo: Km. 78+500 al Km. 172+420”.

PRONUNCIAMIENTO N° 371-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0005-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Ayacucho – Abancay, tramo: Km. 50+000 al Km. 98+800”.

En todos y cada uno de los PRONUNCIAMIENTOS citados, el OSCE deja establecido que lo que al exigirse que los equipos se encuentren en el Territorio Nacional, se afectará el Principio de Libre Concurrencia y Competencia y también se verá afectado el cumplimiento del artículo 26 de la Ley, según el cual las Bases deben establecer mecanismos que fomenten la mayor participación de postores, dado que, al exigir que se requiera que el

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postor cuente con cierta cantidad de equipo en el territorio peruano al momento de presentar la oferta, se está estableciendo una barrera a aquellos proveedores que por primera vez tengan la intención de efectuar un negocio con el Estado Peruano, sin que, además, de ello resulte alguna seguridad para la Entidad ya que podría suceder que el proveedor cuente con equipos propios en el territorio peruano pero comprometidos en otras obras.

Dichos pronunciamientos también señalan que debe tenerse en consideración que dado que dichos procesos de selección se encontraban bajo el ámbito de Tratados de Libre Comercio celebrados por la República del Perú, como por ejemplo el suscrito con los Estados Unidos de América, resultaría incongruente establecer exigencias que afecten la participación de los nacionales de los países con los que se ha celebrado dichos convenios. Cabe mencionar que este proceso también se encuentra bajo la cobertura del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos.

En todos los pronunciamientos mencionados el OSCE manifiesta que debe eliminarse de las bases la exigencia de propiedad de los equipos y de ubicación dentro del territorio peruano.

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 05

No se Acoge la observación, VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 01

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N06.Referencia(s) de las BasesPágina: .22Observación:Solicitamos acoger la presente observación en el sentido que para acreditar la experiencia en Obras Generales y Obras Similares, esta experiencia corresponderá sólo a obras concluidas y además liquidadas. Solicitamos esta aclaración porque muchas veces se comete el error de aceptar obras recepcionadas y en proceso de liquidación, lo cual induce al error en la evaluación de una propuesta técnica, dado que en el proceso de liquidación pueden resultar saldos a favor o en contra del contratista. Tomar en cuenta Pronunciamiento N° 237-2011/DTN del Osce.

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 06Para la evaluación de la experiencia en obras en general y obras similares, el postor acreditará la experiencia mediante la presentación de copia simple del contrato acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N07.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: D)Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”Página: .29Observación:En la página 29 de las bases, inciso D) Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, dice a la letra lo siguiente:

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“Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó o liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades, hasta un máximo de diez (10) contratos de obra en general y/o similares.”El artículo 47 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al respecto de este factor, en su inciso d) dice textualmente lo siguiente:

“Cumplimiento de Ejecución de Obras, el cual se evaluará en función del número de certificados o constancias que acrediten que ella se efectuó y liquidó sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de diez (10) contratos de obras en general y/o similares..”

En aplicación estricta del Reglamento, solicitamos que se acoja la presente observación en el sentido que que las constancias o certificados que presenten los postores para los Factores de Cumplimiento en la ejecución de obras, demuestren y certifiquen textualmente que los contratos de obra en general y/o similares a presentar hayan sido efectuadas y liquidadas, tal como lo menciona el Reglamento y conforme al PRONUNCIAMIENTO Nº 054-2012/DSU

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 07

Se ACOGE la observación, de conformidad al inciso d) numeral 2 del Artículo 47° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el factor cumplimiento en la ejecución de Obras, se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó y liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades hasta un máximo de diez (10) contratos de obras en general y/o similares.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N08.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 1. REQUISITOS MINIMOS DE PERSONALPágina: .25Observación:En los requerimientos técnicos mínimos para los profesionales se exige un determinado tiempo de experiencia en años (escritos en letras) y otro tiempo en números (escritos en números). Favor aclarar y/o corregir. Lo mismo ocurre con el Anexo 5.

Por ejemplo, para el caso del ingeniero residente se exigen los siguientes requerimientos técnicos mínimos:“Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares”Aclarar si la exigencia es de dos (02) años o de tres (03) años, al igual para los demás profesionales y el anexo 5

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08

8. REQUISITOS MÍNIMOS DE PERSONAL

En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos tenemos:Experiencia del Personal Propuesto: El personal propuesto debe cumplir con el requerimiento técnico mínimo siguiente:

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Cantidad Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ing. Residente de Obra

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con tres (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1

Jefe de oficina Ingeniería

(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1Especialista en

Suelos y Pavimentos

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1Especialista de Obras de Arte y

drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1Especialista en

Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1

Ingeniero Responsable de Control de

Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1Ingeniero

Responsable de Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Estos Requisitos deberá ser acreditado con:- Copia simple del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú (Para el caso del Especialista Ambiental será del colegio que corresponda), Constancia emitida por el Colegio de Ingenieros del Perú, o Constancia del Organismo similar para profesionales extranjeros, en caso de obtener la Buena Pro el profesional extranjero está obligado a inscribirse y obtener la habilidad en el Colegio de Ingenieros del Perú. - Declaración jurada de encontrarse hábil para ejercer la profesión .(De obtener la Buena Pro presentará el

Certificado de Habilidad vigente para la firma del contrato)- Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios.- Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N09.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 1. REQUISITOS MINIMOS DE PERSONALPágina: .25Observación:Para el caso de los profesionales de suelos y pavimentos y de impacto ambiental, no se especifica cual es la profesión que debe acreditar cada uno de ellos. Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que para el caso del especialista en suelos y pavimentos se exija que la profesión a acreditar sea la de ingeniero civil y/o geólogo, y para el caso del profesional de impacto ambiental sea la de ingeniero civil.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 09

En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos tenemos lo siguiente:Para el caso del Especialista en Suelos y Pavimentos, debe ser Ingeniero Civil Colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.Para el caso del Especialista en Impacto Ambiental, debe ser Profesional colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

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PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N10.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 1. REQUISITOS MINIMOS DE PERSONALPágina: .25Observación:Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que la experiencia del Profesional Jefe de oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos) puede también ser acreditada con experiencia como Ingeniero Especialista en Costos, Metrados y Valorizaciones siempre y cuando se trate de experiencia en obras similares.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 10

También puede ser acreditada con experiencia como Ingeniero Civil Especialista en Costos, Metrados y Valorizaciones siempre y cuando se trate de experiencia en obras similares en el cargo.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N11.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 1. REQUISITOS MINIMOS DE PERSONALPágina: 25Observación:Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que la experiencia del Profesional Especialista de Obras de Arte y drenaje puede también ser acreditada con experiencia como Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y drenaje siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 11

Para el Especialista de Obras de Arte y Drenaje, también puede ser acreditada con experiencia como Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje siempre y cuando se trate de obras similares en el cargo.

PROPONENTE:SONEL ENGENHARIAObservación N12.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSNumeral: 1. REQUISITOS MINIMOS DE PERSONALPágina: 12Observación:En la respuesta a la consulta Nº66, el comité especial confirma que para el cargo de Ingeniero Residente también se calificará la experiencia en aquellas obras similares en las cuales haya participado como jefe de tramo o jefe de sector.

Al respecto, consideramos que las labores de jefe de tramo o de un jefe de sector no podrían ser equivalentes a las de un ingeniero residente por lo siguiente:

Todo contrato de ejecución de obra, según el Reglamento cuenta con un solo Ingeniero Residente.

El Ingeniero Residente es el único responsable por parte del contratista y ante la

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entidad de realizar las anotaciones de las ocurrencias en el cuaderno de obra, lo cual no puede hacer el jefe de tramo ni el jefe de sector.

Una obra puede ser perfectamente sectorizada en varios tramos dependiendo de la geografía local, de la complejidad de los trabajos, etc., para lo cual se puede designar un jefe para cada tramo o para cada sector con responsabilidades sólo para dichos tramos o sectores, mientras que el Ingeniero Residente es responsable directo de la ejecución y manejo de toda la obra, en los aspectos técnicos y administrativos de toda la obra y no solamente de un tramo o sector.

El Jefe de Tramo o Jefe de Sector, es un subordinado del Ingeniero Residente, y es el Ingeniero Residente quien da las órdenes y directivas para la ejecución de toda la obra de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el expediente técnico y conforme a las coordinaciones que su jerarquía le permite tener con el Supervisor o Inspector de la Obra.

El Ingeniero Residente es el responsable de la programación general de toda la obra, de la optimización de los recursos de equipo mecánico y personal técnico y obrero de toda la obra, del aprovisionamiento oportuno de los insumos necesarios para toda la obra, de controlar y evaluar el gasto de planillas, combustibles, lubricantes repuestos, viáticos, y otros rubros conforme al presupuesto general de toda la obra, y no solamente de un tramo o de un sector.

El Ingeniero Residente es el responsable de impartir normas de seguridad para el personal de toda la obra, de supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de las funciones y responsabilidades del personal técnico y administrativo, incluidos sus subordinados tipo jefe de tramo o jefe de sector.

El Ingeniero Residente es el Responsable de suministrar información técnica sobre el desempeño de toda la obra a las autoridades competentes, mientras que el jefe de tramo o jefe de sector tienen que reportar al ingeniero residente.

El Ingeniero Residente es el Responsable de evaluar el cumplimiento de ejecución de metas de toda la obra y no solamente de un tramo o sector. Es el único responsable de gestionar las ampliaciones de plazo, reconocimiento de mayores gastos generales, mayores metrados adicionales de obra, etc., de toda la obra en su conjunto y no solamente de un tramo o sector.

Por lo expuesto, dejamos un sustento claro y preciso acerca de que las funciones que pueda desarrollar un Jefe de Tramo o Jefe de Sector no pueden ser comparadas con las de un Ingeniero Residente. Dada la exigencia de los trabajos a desarrollar y la envergadura de la obra que exige que ésta sea ejecutada por profesionales altamente calificados, solicitamos que se acoja la presente observación en el sentido que la experiencia de un Jefe de Tramo o Jefe de Sector no puede calificarse o evaluarse como experiencia para el cargo de Ingeniero Residente.RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 12

En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se solicita un Ingeniero Residente de Obra quién debe ser: Ingeniero Civil colegiado y hábil, con tres (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares, por lo que se acoge la observación.

PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)

Observación Nº 13Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo II, Contenido de las PropuestasNumeral: 2.5.1. Sobre Nº 1 – Propuesta TécnicaPágina: 20

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Observación:En el item iii) de la documentación de presentación obligatoria, se esta vulnerando el principio de economía y eficiencia contemplados en el Art. 4 de Ley de Contrataciones del Estado, debido a que se está exigiendo una duplicidad de información (Anexo 04, anexo 05, anexo 06 y anexo 07), que conllevaría a realizar exigencias innecesarias. Si bien ello fue motivo de consulta, deberá SUPRIMIRSE la presentación de dichos anexos en el item iii), ya que su presentación se encuentra expuesta en los items vi), vii) y viii) de la misma sección.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 13Se aclara que la documentación relacionada a los requerimientos Técnicos Mínimos forma parte de la Documentación de Presentación Obligatoria, por lo tanto la presentación de los Anexos 04, 05, 06 y 07 será en un solo juego

PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)

Observación Nº 14Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo II, Contenido de las PropuestasNumeral: 2.5.1. Sobre Nº 1 – Propuesta Técnica Página: 21-22Observación:En el item i) y ii) de la documentación de presentación facultativa se está exigiendo para acreditar la experiencia

del postor, tanto en obras en general como en obras similares, la siguiente documentación : copias simples de los

contratos y Sub Contratos de naturaleza y complejidad similares y Certificados de Recepción y Conformidad de

obra o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra (donde manifieste su conformidad) o Liquidación de

obra. Dicha documentación no guarda relación con lo exigido por OSCE, por ello citamos elPRONUNCIAMIENTO Nº 342-2011/DTN:“En consecuencia, a efectos de uniformizar la documentación con la cual se acreditará la experiencia del postor, tanto en obras en general como en obras similares, conforme a lo señalado por este Organismo Supervisor en anteriores pronunciamientos13 deberá precisarse en los Capítulos III y IV, y en la documentación de presentación facultativa del Capítulo II de la Sección Específica de las Bases que la experiencia del postor podrá ser acreditada con la copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción o la resolución de liquidación de obra, o acompañado de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que esta fue concluida; en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra”.

Por ello solicitamos se ADECUE el tipo de documentación que servirá para acreditar tanto obras generales, como

similares al objeto de la Obra de acuerdo a lo estipulado por OSCE. En esta medida, deberá cambiarse los ítems

2.5.1 – Documentación facultativa, Anexos Nº 08 y 09 (pags.58 y 59) , debido a que en dichos anexos solo es

válida la presentación de documentación que consignen montos, no pudiendo presentarse contratos y conformidad

del servicio(acta de recepción).

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 14Para la evaluación de la experiencia en obras en general y obras similares, el postor acreditará la experiencia mediante la presentación de copia simple del contrato acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.

13Ver Pronunciamientos Nº 253-2011/DTN, Nº 276-2011/DTN, entre otros,

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PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)Observación Nº 15Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo II, Contenido de las PropuestasNumeral: 2.5.1. Sobre Nº 1 – Propuesta Técnica Página: 22Observación:En el item iii) de la documentación de presentación facultativa, se observa que no se cumple lo dispuesto por el

OSCE en lo referente al tipo de documentación válida para acreditar la experiencia del profesional propuesto

(contratos con conformidad o constancias o certificados).

Citamos el PRONUNCIAMIENTO N° 050-2012/DSU:“Tal como se ha indicado en reiterados pronunciamientos de este Organismo Supervisor, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para los factores de evaluación, la experiencia del personal podrá acreditarse con la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.En ese sentido, la documentación que servirá para acreditar la experiencia de los profesionales debe ser emitida por su empleador, independientemente de que este sea propietario o no de la obra.”Por lo que solicitamos se MODIFIQUE de acuerdo a lo estipulado por el OSCE, en lo referente al tipo de

documentación válida para acreditar la experiencia del equipo profesional propuesto en los Items 2.5.1 –

Documentación de presentación facultativa y en el Anexo 10 (según este anexo solo se puede presentar

certificados y/o constancias de trabajo – ello se encuentra en el primer párrafo EXPERIENCIA DEL PERSONAL

PROFESIONAL PROPUESTO).

De acuerdo a lo descrito líneas arriba, también deberá cambiarse el ítem párrafo de la pag. 25 (Requerimientos

técnicos mínimos) donde nombra la forma de acreditar los requisitos de la Experiencia del Personal Propuesto,

mediante el cual solo se pueden presentar: ”Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el cargo, la obra

y el tiempo de servicios”.

Adicionalmente se encuentra el mismo error en el Anexo 05, debido a que se señala en el penúltimo acápite

”Copia de los certificados de trabajo donde se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios”, lo cual deberá

corregirse.

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 15Se Acoge la Observación, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para los factores de evaluación, la experiencia del personal podrá acreditarse con la presentación de (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto y se aprecie el cargo, la obra y el tiempo de servicios.

PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)Observación Nº 16Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo II, Contenido de las PropuestasNumeral: 2.5.2. Sobre Nº 2 – Propuesta EconómicaPágina: 23Observación:En el item ii) se está exigiendo un presupuesto detallado (detalle de precios unitarios – acorde con el Art. 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado-) concordante con el sistema de contratación a precios unitarios. Sin embargo se observa que se esté citando el Formato N° 3 en esta sección, mientras que en el anexo 12 de la pag. 62 se esta citando el Formato N° 2. Por ello, exigimos se corrija dicha conjetura.

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Además, no se está consignando en el Item iii) que el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Por lo que en concordancia con el principio de transparencia, se deberá añadir dicha infomación.Por otro lado, se deberá descartar la presentación del análisis de costos unitarios como parte del sobre económico, honrando lo estipulado en el principio de economía y razonabilidad, debido a que dicha documentación formará parte de la documentación para la firma del contrato.

RESPUESTA A LA OBSERVACIÓN N° 16El Anexo N° 12 de las Bases sera corregido en lo que corresponde haciendo referencia al Formato N° 3, por otro lado el Numeral 3.4.1 del Capitulo III de la Sección General de las Bases establece el plazo de vigencia que debe de tener la garantía de seriedad de oferta. Asimismo el Numeral 2.7 del Capitulo II de la Sección Especifica de las Bases indica la oportunidad en que se debe de presentar el análisis de Precios Unitarios.

PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)Observación Nº 17Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo III, requerimientos técnicos mínimosNumeral: 1.Requisitos mínimos de PersonalPágina: 25OBSERVACIÓN:

Respecto a los profesionales : Especialista en Suelos y Pavimentos Especialista en Impacto Ambiental

En ambos casos se exige que sea profesional colegiado y hábil, lo que va en contra a lo estipulado en el principio de Razonabilidad contemplado en el Art. 4 de la ley de contrataciones del estado, debido a que dicha afirmación resulta subjetiva. Por lo que deberá aclararse qué profesiones serán válidas para dichos profesionales, acorde con el estudio de mercado, que forma parte de las presentes bases.Así mismo, se observa que en la totalidad de profesionales, no está estipulado el tipo de trabajo que servirá para acumular la experiencia válida en obras similares.Por ejemplo en el caso de residente de obra, no se puede apreciar si su experiencia como supervisor o inspector de obras similares podrá ser válida para acumular el tiempo requerido, tanto en requerimientos técnicos mínimos, como en la fase de evaluación.Por lo que, acogiéndonos al principio de transparencia (Art. 4 de la Ley de contrataciones del Estado), observamos la falta de objetividad en lo expuesto líneas arriba. Por todo lo expuesto, deberá aclararse los cargos válidos en la totalidad de profesionales: Ingeniero Residente de Obra, Jefe de Oficina de Ingeniería (planeamiento y costos), Ingeniero de Producción, Especialista en suelos y pavimentos, especialista en Obras de Arte y drenaje, Especialista en Impacto ambiental, Ingeniero responsable de control de calidad, Ingeniero responsable de la Topografía. Todo ello acorde al estudio de Mercado y a la existencia de pluralidad de postores que puedan cumplir dicho requerimiento.Con ello deberá cambiarse lo establecido en los requerimientos técnicos mínimos y también al C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal Propuesto”, de la pag. 28-29 de las presentes bases administrativas.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 17En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos:

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08 y 09

PARTICIPANTE: INGENIERIA Y CONSTRUCCION PERUANA S.A.C. (ICON PERUANA S.A.C.)Observación Nº 18Referencia(s) de las BasesSección: Específica, Capítulo III, requerimientos técnicos mínimosNumeral: 2. Requerimiento de Equipo mínimoPágina: 25

OBSERVACIÓN:

En relación al acápite de la referencia, se está exigiendo lo siguiente:

BASES INTEGRADAS122

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- Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo

ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada.- Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años- Previo a la suscripción del contrato presentará la relación del Equipo Mínimo ofertado indicando

el número de serie y/o placa, potencia, capacidad, color, compromiso de alquiler y documentos de propiedad, y ubicación de cada equipo ofertado.

Dichos requerimientos atentan a la normativa de contrataciones del Estado.

Citamos el PRONUNCIAMIENTO N° 001-2011/DTN“Debe indicarse que este Organismo Supervisor en reiterados pronunciamientos14 ha señalado que para la ejecución de las obras los postores tienen la obligación de ofrecer ejecutarla empleando el equipo que ellos consideren pertinente, siempre que no sea menor al mínimo considerado por la Entidad. Para ello, bastará que en la propuesta técnica se acredite que el postor cuente con la disponibilidad de los equipos, pudiendo ser ésta acreditada con distintos documentos que sustenten la propiedad de los equipos, la posesión, compromiso de compra venta o alquiler de los equipos, o declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de los equipos. Por tanto, en la medida que se ha obviado la presentación de la declaración jurada, corresponderá que se efectúe la precisión respectiva.”

Por lo que deberá SUPRIMIRSE el requerimiento de la propiedad de maquinaria y además deberá ADECUARSE el requerimiento del equipo mínimo de acuerdo a lo estipulado por el OSCE. Ello también afectará al Anexo 07 de

la pag. 57, debido a que en el párrafo NOTA: se encuentra estipulado los mismos argumentos en contra de la

normativa de contrataciones del estado.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 18

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 01

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.Observación N° 19

REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral 1 – Requisitos mínimos de personal

Observamos el Requerimiento Técnico Mínimo referido a que los postores deben incluir en el personal propuesto a un Ingeniero de Producción y a un Ingeniero Responsable de Control de Calidad, debido a que dichas exigencias vulneran los Principios de Razonabilidad y Economía, recogido en el artículo 4º de dicha norma, así como el Principio de Predictibilidad, regulado en la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

14 Ver Pronunciamientos Nº 108-2010/DTN, 131-2010/DTN y 155-2010/DTN.

BASES INTEGRADAS123

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Sobre el particular, de acuerdo al numeral 1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases, los postores deben incluir en su propuesta a un Ingeniero de Producción y a un Ingeniero Responsable de Control de Calidad.

Al respecto, en la etapa de Formulación de Consultas, la empresa CONSTRUCTORA MALAGA HNOS.S.A. cuestionó en la Consulta Nº 65 sobre la exigencia de dichos profesionales, debido a que limitaban la participación de postores.

Sin embargo, en la etapa de Absolución de Consultas, no se acogió la referida consulta manteniendo el requerimiento de acuerdo a lo ya establecido en las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20.

Sobre el particular, debemos precisar que dicha exigencia vulnera lo establecido en el Principio de Predictibilidad, recogido en el artículo III de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud del cual la Administración debe actuar de manera que los administrados tengan certeza del resultado que obtendrán en todo procedimiento administrativo.

En efecto, los proveedores del Estado participan en los procesos de selección rigiéndose por la confianza de que los criterios y exigencias no serán mayores a las ya consideradas en otros procesos de selección de similar naturaleza.

De igual manera, dichas exigencias transgreden los Principios de Razonabilidad y Economía, recogidos en la normativa de contrataciones del Estado, en virtud de los cuales las exigencias de las Entidades deben resultar razonables y permitir que la contratación se realice bajo los criterios de simplicidad y ahorro, y no establecer mayores exigencias con la finalidad de restringir la participación de postores.

En consecuencia, observamos las exigencias de que los postores deban incluir entre sus profesionales a un Ingeniero de Producción y a un Ingeniero Responsable de Control de Calidad, toda vez que su requerimiento transgrede los Principios que deben regir las contrataciones que realizan las Entidades del Estado.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 19

No se acepta su solicitud.En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se debe cumplir con:

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1

Ingeniero Responsable de Control de

Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Toda vez que el Expediente técnico de la obra considera dichos profesionales.

Además: VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.Observación N° 20

REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral 1 – Requisitos mínimos de personal

Observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 debido a que no cumplen con establecer de manera clara y precisa las características técnicas de su

BASES INTEGRADAS124

PROVIAS NACIONAL LP N° 0002- 2012- MTC/20Contratación del Contratista que Ejecutará la Obra: Rehabilitación de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma

requerimiento, omitiendo precisar las actividades que estarían a cargo de cada profesionales durante la ejecución del contrato, siendo que de esta manera se vulneran los artículos 13º y 26º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Transparencia que rige las contrataciones que realizan las Entidades del Estado.

Al respecto, el numeral 1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases establece que los postores deben incluir en su propuesta a determinados profesionales, entre los que se encuentran el Ingeniero de Producción y el Ingeniero Responsable de Control de Calidad.

Sin embargo, las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 no cumplen con especificar las tareas con las que se podría acreditar la experiencia de dichos profesionales en obras similares, de tal manera que se logre cumplir con el requerimiento técnico mínimo.

De esta manera, los participantes en el proceso de selección no tenemos conocimiento de cuáles son las actividades que debería realizar cada profesional para ser admitidos y enmarcados en obras similares de acuerdo al requerimiento,.

Precisamente, el artículo 13º concordado con el artículo 26º de la Ley de Contrataciones del Estado, establecen que resulta de obligación de la Entidad convocante determinar con exactitud la calidad de bien, servicio u obra que pretende contratar. Asimismo, el Principio de Transparencia regulado en el artículo 4º de la Ley de Contrataciones del Estado prevé que las contrataciones públicas deben realizarse de tal manera que los participantes tengan pleno conocimiento del requerimiento de la Entidad, para así formular sus propuestos acorde a ello.

A pesar de ello, las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 no contienen la descripción de las actividades que deben ser acreditadas por cada profesional de acuerdo al requerimiento, entre los que encontramos al Ingeniero de Producción y al Ingeniero Responsable de Control de Calidad.

En tal sentido, observamos las Bases del referido proceso de selección, a efectos que se cumplan con detallar cuáles serían las labores que deben acreditarse y que deberían realizar cada uno de los profesionales solicitados como Requerimiento Técnico Mínimo.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 20

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08, N° 17 y N° 19

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.Observación N° 21

REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral 1 – Requisitos mínimos de personal

Observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 debido a que no cumplen con establecer de manera clara y precisa las características técnicas de su requerimiento, vulnerando de esta manera los artículos 13º y 26º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Transparencia, toda vez que éstas incluyen incongruencias que inducen a error a los participantes del proceso de selección.

Al respecto, el numeral 1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases establece que los postores deben incluir en su propuesta a determinados profesionales, quienes deben cumplir con determinados años de experiencia mínima en obras similares al objeto de la convocatoria.

No obstante ello, de la revisión de las Bases del proceso de selección, no se advierte cuál sería el número de años mínimos que se exigen como experiencia de cada uno de los profesionales en los requisitos mínimos de personal, tal como se aprecia a continuación:

BASES INTEGRADAS125

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Cantidad Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ing. Residente de Obra

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (03) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1

Jefe de oficina Ingeniería

(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista en

Suelos y Pavimentos

Profesional colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista de Obras de Arte y

drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Especialista en

Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1

Ingeniero Responsable de Control de

Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

1Ingeniero

Responsable de Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (02) años de experiencia mínima en obras similares.

Tal como se puede apreciar, las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 resultan incongruentes, toda vez que por un lado se establece que se requiere como mínimo un año de experiencia en obras similares, siendo que por otro lado se exige que el mínimo es de dos años de experiencia.

En atención a ello, observamos las Bases del proceso de selección, toda vez que contiene incongruencias que inducen a error en la participación de los proveedores, de tal manera que no se advierte cuál sería el requerimiento exacto del área usuaria de la Entidad; vulnerando lo dispuesto en los artículos 13º y 26º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Transparencia regulado en la normativa de contrataciones del Estado.RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 21

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.Observación N° 22

REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral 1 – Requisitos mínimos de personal

Observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 debido a que no cumplen con establecer los mecanismos que fomenten la mayor concurrencia y participación de postores, toda vez que limita el requerimiento a la presentación de un Ingeniero Responsable en Topografía, vulnerando así el artículo 26º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Libre Concurrencia y Competencia regulado en el artículo 4º de la citada norma.De acuerdo a lo establecido en el numeral 1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases del proceso de selección, los postores deben cumplir con presentar a un “Ingeniero Responsable de Topografía”, quien deberá ser ingeniero civil.

BASES INTEGRADAS126

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No obstante ello, no podemos soslayar que de acuerdo a los usos y costumbres del mercado, un Residente en Topografía realiza las mismas labores que un Ingeniero Residente en Topografía, siendo que no resulta necesario que éste profesional Residente en Topografía deba tener el título profesional de ingeniero civil, tal como requieren las Bases.

Así pues, bien la experiencia de un Residente en Topografía podría superar a la de un Ingeniero Residente en Topografía, con independencia de que el primero de estos tenga el título profesional de ingeniero civil, toda vez que, de acuerdo a los usos del mercado, el uso de topógrafos experimentados en proyectos similares y con formación técnica son garantía de calidad en la prestación del servicio.

De esta manera, siendo que ambos profesionales podrían realizar las mismas labores, la exigencia de que el Ingeniero Residente en Topografía deba contar con título profesional de ingeniero civil resulta ser una limitación a la mayor participación y concurrencia de postores, toda vez que se limita a los proveedores a la contratación de dichos profesionales, siendo que no todos logran cumplir con la experiencia requerida por el área usuaria.

En tal sentido, observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20, toda vez que no cumple con fomentar la mayor participación y concurrencia de postores, al establecer la exigencia de que el Ingeniero Residente en Topografía deba contar con título profesional en ingeniería civil, excluyendo de esta manera a los profesionales en Topografía, que bien podrían superar la experiencia exigida.RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 22

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 08

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.Observación N° 23

REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Absolución de la Consulta Nº 43 presentada por el participante SUPERCONCRETO DEL

PERÚ S.A.

Observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2012-MTC/20 debido que en la etapa de absolución de consultas no se cumplió con responder la Consulta Nº 43 presentada por el participante SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A. de acuerdo a lo solicitado por dicho proveedor, transgrediendo así lo establecido en el artículo 28º de la Ley de Contrataciones del Estado.

La consulta Nº 43 presentada por el participante SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A. cuestionaba que para el caso de los equipos adquiridos en alquiler no resulte necesaria la presentación de una Carta de Compromiso de Alquiler, de acuerdo a lo siguiente:

“Consulta:Sírvase confirmar que para sustentar los equipos propios no será necesario adjuntar los documentos de propiedad, y para los equipos adquiridos en alquiler no será necesario adjuntar las carta compromisos de alquiler, bastara con detallar las características del equipo en el Anexo N° 07 que tiene carácter de Declaración Jurada.”

Sobre el particular, el Comité Especial absolvió la referida consulta, precisando:

RESPUESTA N° 43

En lo relacionado con los Requerimientos Técnicos Mínimos se deberá cumplir con lo solicitado que es lo siguiente:“Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

BASES INTEGRADAS127

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Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

En virtud de ello, se advierte que el Comité Especial no cumplió con responder la Consulta Nº 43, siendo que únicamente se plasmó lo establecido en las Bases respecto de los equipos y maquinarias requeridas. Así pues, no se cumplió con absolver lo referido a que para los equipos en alquiler no resulte necesaria la presentación de una Carta de Compromiso de Alquiler.

De esta manera, se transgredió lo establecido en el artículo 28º de la Ley de Contrataciones del Estado, en virtud del cual es de obligación del Comité Especial responder todas las consultas que fueran presentadas, debidamente fundamentadas y sustentadas.

En tal sentido, observamos las Bases del proceso de selección, a efectos que se cumpla con absolver la Consulta Nº 43 presentada por el participante SUPERCONCRETO DEL PERÚ S.A., de acuerdo a lo dispuesto por la normativa de contrataciones del Estado.

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 23

Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país:

Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”.

PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Observación N° 24CONSULTA Nº 089REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: SECCIÓN ESPECIFICA – CAPITULO IVNumeral: C. Experiencia y calificaciones del personal propuestoPágina: 28-29

OBSERVACIÓN

Sírvanse sustentar y demostrar su posición técnica en relación a nuestra consulta Nº 89 ya que consideramos que no es suficiente invocar sin sustento los criterios de razonabilidad y proporcionalidad,

RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 24Se matiene lo establecido en las Bases, toda vez que el Comité Especial considera que los criterios utilizados son objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria y se sujeta a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, dado que el Estado necesita contratar con empresas que cuenten con profesionales de experiencia a fin de garantizar la buena ejecución de la obra.

PARTICIPANTE: CIESA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.Observación N° 25CONSULTA Nº 092REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: SECCIÓN ESPECIFICA – CAPITULO IIINumeral: 2. Requerimiento de Equipo MínimoPágina: 25-26

OBSERVACIONReiteramos dejar sin efecto el requerimiento por el cual los siguientes equipos:

BASES INTEGRADAS128

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Chancadora Primaria Secundaria 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 60-115 ton/h (1 unidad)

Deberán ser propios y estar ubicados en el país, ya que se contraponen al Principio de Economía, así como al Principio de Libre Concurrencia y Competencia que rigen las contrataciones con el Estado, refrendados en anteriores pronunciamientos como son el PRONUNCIAMIENTO Nº 205-2011 DTN, PRONUNCIAMIENTO Nº 234-2011/DTN y además el PRONUNCIAMIENTO Nº 313-2011/DTN.RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 25

VER RESPUESTA OBSERVACIÓN N° 01

PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AObservación N° 26Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............

Se observa la respuesta a la consulta N° 16:Consulta:Se Observa en la estructura de precios unitarios que falta lo siguiente:

e) Caldero para calentar el Aceite Térmico de los serpentines que mantienen el PEN a temperatura de trabajo y que funciona en tres turnos los siete días de la semana.

f) Grupo Electrógeno de 56 kw en dos turnos los siete días a la semana.g) Cantidad y volumen de los tanques dotados de serpentines que sirven para

almacenar el PEN y mantenerlo a la temperatura adecuada.h) Volumen del tanque para almacenamiento de petróleo que sirve de combustible para

los grupos y el quemador del tambor mezclador.Se solicita incluir estos conceptos en la estructura de y recalcular el calor del PU de la Sub Partida 910301100370 MEZCLA ASFALTICA EN CALIENTE, por ende recalcular el Precio de la Partida 410.A CONCRETO ASFALTICO EN CALIENTE.

Mediante respuesta a la citada consulta la entidad manifiesta lo siguiente:

En la tarifa de alquiler de la planta de asfalto se ha incluido todo lo necesario para el correcto funcionamiento del mismo. Sin embargo el Contratista podrá desagregar dicho costo de considerarlo necesario el cual será reflejado en el precio de su oferta.

En relación a su repuesta Observamos que, la tarifa de alquiler de planta de asfalto según los precios de mercado contemplan los costos de posesión de equipo y los costos de operación y mantenimiento del equipo, pero estos costos no incluyen equipo extra como los que se describieron en la consulta realizada.

Se deberá complementar el análisis de costo de la partida indicada, teniendo en cuenta que en el Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que “El Comité Especial absolverá las consultas mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas (sic)”.

Cabe agregar que en el Artículo 13º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que “El valor referencial se calculará incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le

BASES INTEGRADAS129

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sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberán incluir los mencionados componentes (sic)”. En ese sentido, al no incluirse en el Valor Referencial el costo total de los insumos, se está transgrediendo el Artículo 13º del aludido Reglamento.

Asimismo, en el primer párrafo del Numeral “1” del Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que la determinación del Valor Referencial:”En la contratación para la ejecución de obras, corresponderá al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico. Este presupuesto deberá detallarse considerando la identificación de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las características de la obra, sustentándose en análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones más competitivas en el mercado. Además, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad.

Por tanto, observamos la Absolución a la Consulta Nº 16, por cuanto en el análisis de precios unitarios de la tarifa de alquiler de planta de asfalto, no incluyen equipo extra como los que se describieron en la consulta realizada.

En ese sentido, el precio unitario no incluyen equipo extra como los que se describieron en la consulta realizada, no encentrándose sustentado, lo que conlleva a que el Valor Referencial tampoco se encuentra sustentado, transgrediéndose los Artículos 13º, 14° y 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Cabe agregar que el Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada (sic)”.

Consecuentemente, el Comité Especial deberá absolver la presente observación de manera fundamentada y sustentada, debiéndose tener en cuenta que el acogimiento parcial o total de la presente observación, involucrará necesariamente la modificación del Valor Referencial.

RESPUESTA A OBSERVACIÓN N° 26

En la tarifa de alquiler de la planta de asfalto se ha incluido todo lo necesario para el correcto funcionamiento del mismo (caldero y tanques. Se adjunta cotización). Además en el análisis de la subpartida Mezcla asfáltica en caliente se han considerado 3 grupos electrógenos: 2 de 75Kw y 1 de 250 Kw.:

BASES INTEGRADAS130

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Por lo tanto, ratificamos el precio unitario considerado en el Expediente Técnico y reiteramos que el postor podrá desagregar dicho costo de considerarlo necesario el cual será reflejado en el precio de su oferta.PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Observación N° 27

Referencia(s) del Expediente TécnicoSección: ............Numeral:.............Página: ..............

Se observa la respuesta a la consulta N° 14:

Consulta:

c) Confirmar que el Contratista está exento del pago de peajes d) Que no tendrá que efectuar pago de cualquier otra naturaleza por el goce de transito

libre por todos los accesos a la zona de canteras, botaderos y fuentes de agua.

Mediante respuesta a la citada consulta la entidad manifiesta lo siguiente:

El contratista tendrá libre tránsito por los accesos a la zona de canteras, botaderos y fuentes de agua, según los accesos considerados en los planos incluidos en el Expediente Técnico.

Asimismo, el Expediente Técnico incluye las autorizaciones necesarias para el uso de canteras, depósitos de materiales excedentes y demás instalaciones auxiliares necesarias

BASES INTEGRADAS131

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para la ejecución de la obra.

En relación a su repuesta Observamos que:

No se ha respondido la consulta a) Confirmar que el Contratista está exento del pago de peajes; la cual es importante tener para saber si es necesario modificar o no el presupuesto y saber si este valor ha sido contemplado dentro del Presupuesto Referencial.

Debe tenerse en cuenta que en el Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que “El Comité Especial absolverá las consultas mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas (sic)”.

Cabe agregar que en el Artículo 13º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que “El valor referencial se calculará incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberán incluir los mencionados componentes (sic)”. En ese sentido, al no incluirse en el Valor Referencial el costo total de los insumos, se está transgrediendo el Artículo 13º del aludido Reglamento.

Asimismo, en el primer párrafo del Numeral “1” del Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que la determinación del Valor Referencial:”En la contratación para la ejecución de obras, corresponderá al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico. Este presupuesto deberá detallarse considerando la identificación de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las características de la obra, sustentándose en análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones más competitivas en el mercado. Además, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad.

Cabe agregar que el Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada (sic)”.

Consecuentemente, el Comité Especial deberá absolver la presente observación de manera fundamentada y sustentada, debiéndose tener en cuenta que el acogimiento parcial o total de la presente observación, involucrará necesariamente la modificación del Valor Referencial.

RESPUESTA A OBSERVACIÓN N° 27

a) Confirmado.

PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

Observación N° 28

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Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............

Se observa la respuesta a la consulta N° 17:

Consulta:

En la Sub Partida de Chancado y Zarandeo de Piedra se observa lo siguiente:

No es posible considerar solo 0.2938 de Cargador para abastecer a la Chancadora, este equipo permanece encendido durante ocho horas y hace el acopio de la piedra chancada que va saliendo de la faja final, hacer el cálculo de la cantidad de material que puede cargar el cargador contra lo que produce la Chancadora es un argumento sin ningún sustento que solo perjudica al contratista al distorsionar le secuencia de trabajo en obra. Se debe considerar un Cargador completo o justificar de manera irrefutable que el Cargador debe estar permanentemente en la planta las 8 horas a disposición.

Mediante respuesta a la citada consulta la entidad manifiesta lo siguiente:

Las cantidades de equipos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto. Se observa la presente consulta debido a que el comité especial, al absolver esta consulta no se ha tenido en cuenta en cuenta que la actividad de zarandeo y chancado de material no solo es un trabajo de producción inmediata de material si no que este material producido debe ser acopiado para poder tener el espacio suficiente en la cancha de producción. Este acopio debe ser realizado continuamente y este trabajo debe ser realizado por un cargador el cual debe estar a disposición permanente en la planta (8 horas que es el tiempo de trabajo de la planta en un día de trabajo).

El Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que “El Comité Especial absolverá las consultas mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas (sic)”.

Cabe agregar que en el Artículo 13º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que “El valor referencial se calculará incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberán incluir los mencionados componentes (sic)”. En ese sentido, al no incluirse en el Valor Referencial el costo total de los insumos, se está transgrediendo el Artículo 13º del aludido Reglamento.

Asimismo, en el primer párrafo del Numeral “1” del Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que la determinación del Valor Referencial:”En la contratación para la ejecución de obras, corresponderá al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico. Este presupuesto deberá detallarse

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considerando la identificación de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las características de la obra, sustentándose en análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones más competitivas en el mercado. Además, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad.

Cabe agregar que el Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada (sic)”.

Consecuentemente, el Comité Especial deberá absolver la presente observación de manera fundamentada y sustentada, debiéndose tener en cuenta que el acogimiento parcial o total de la presente observación, involucrará necesariamente la modificación del Valor Referencial.

RESPUESTA A OBSERVACIÓN N° 28

Los análisis de precios unitarios, por su misma naturaleza, resultan subjetivos, por cuanto dependen de la experiencia, el know how de cada empresa y de la optimización de recursos que pueda hacerse.Se precisa que ante la falta de una estructura de precios unitarios estándar, concertadas entre el gremio de contratistas y el estado, cada consultor o contratista, propone el análisis de precios unitarios que considera más idóneo para las condiciones particulares del proyecto.En el presente estudio, el Consultor ha formulado el análisis de precios unitarios en virtud de su experiencia especializada y comprobada en proyectos viales, de naturaleza similar a la del objeto de convocatoria, por lo que reafirma que los costos obtenidos como resultados de dichos análisis, se ajustan a los precios de mercado, tal como se confirma en otros procesos de licitación llevados a cabo.PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.AObservación N° 29Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral:.............Página: ..............Se observa la respuesta a la consulta N° 18:Consulta: Si el Valor Referencial del presupuesto es a Agosto del 2011 encontramos que la mano de obra no es la correcta, los precios establecidos en el presupuesto los siguientes: Operario………..14.75 Oficial……..….…12.84 Peón…………….11.58Los Precios Vigentes de la Mano de Obra a nivel Nacional según CAPECO y convenio con trabajadores de Construcción Civil para el periodo Junio 2011 a Mayo del 2012 son los Siguientes:

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Sírvase actualizar los precios de la mano de obra y Reformular su Presupuesto.Mediante respuesta a la citada consulta la entidad manifiesta lo siguiente:

Los jornales considerados en el proyecto, han sido los publicados por el INEI, al mes de Agosto 2011, el mismo que es concordante con la Negociación Colectiva de Construcción Civil 2010-2011. Por lo tanto, se mantiene lo previsto en el Expediente Técnico.En relación a su repuesta Observamos que:El costo que las empresas constructoras toman como valor para el cálculo de presupuestos y para la realización de los pagos del personal obrero corresponden a los valores provistos por CAPECO, y adicionalmente la Revista S10 Costos también publica estos valores, los que a continuación se muestran:

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Comparando los 02 cuadros (el de la consulta y el cuadro anterior) se puede notar que estos costos en promedio están por encima de los valores considerados por la Entidad para el cálculo del Presupuesto referencial.Se deberá corregir los valores teniendo en cuenta que en el Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que “El Comité Especial absolverá las consultas mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas (sic)”.

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Cabe agregar que en el Artículo 13º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que “El valor referencial se calculará incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberán incluir los mencionados componentes (sic)”. En ese sentido, al no incluirse en el Valor Referencial el costo total de los insumos, se está transgrediendo el Artículo 13º del aludido Reglamento.

Asimismo, en el primer párrafo del Numeral “1” del Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que la determinación del Valor Referencial:”En la contratación para la ejecución de obras, corresponderá al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico. Este presupuesto deberá detallarse considerando la identificación de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las características de la obra, sustentándose en análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones más competitivas en el mercado. Además, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad.

Cabe agregar que el Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada (sic)”.

Consecuentemente, el Comité Especial deberá absolver la presente observación de manera fundamentada y sustentada, debiéndose tener en cuenta que el acogimiento parcial o total de la presente observación, involucrará necesariamente la modificación del Valor Referencial.

RESPUESTA 29En cuanto a los jornales publicados por el INEI, es usada como base para la determinación de los precios unitarios, la misma que resulta en vigencia para la Entidad. Al respecto se precisa que dichos jornales viene sirviendo de base para la formulación de los análisis de precios unitarios licitados en los últimos años por PROVIAS NACIONAL, los que no han merecido objeción de parte de los postores.

PARTICIPANTE: OBRAS DE INGENIERIA S.A

OBSERVACIÓN 30Referencia(s) del Expediente Técnico Sección: Informe N°6 – Informe Final – Volumen VII – Análisis de Precios UnitariosNumeral: Gastos Generales.Página: ..............Se observa la respuesta a la consulta N° 22:

Consulta:Se observa que en los GASTOS GENERALES, no se ha considerado el costo de media alimentación de los Obreros de la zona.Se solicita incluir este costo.

Mediante respuesta a la citada consulta la entidad manifiesta lo siguiente:El beneficio de media alimentación a los obreros de la zona, bajo el régimen de construcción civil, constituye una potestad del contratista, consecuentemente en caso el

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postor considere necesario dar este beneficio, debe incluir dichos costos en su oferta. Lo anterior se sustenta debido a que los costos de alimentación para el personal obrero de construcción civil no están considerados dentro del acta de negociación colectiva 2011-2012.

En relación a su repuesta Observamos que:

Las Especificaciones Técnicas en la Seccion 09 Salubridad, Numeral 09.05 Bienestar, Párrafo 5, se indica lo siguiente:

Bajo este sustento al ser una exigencia contenida en las bases se solicita considerar el costo de la alimentación de los obreros de la zona y no considerar este valor como potestad del contratista.

Por tanto se deberá considerar los costos de alimentación, teniendo en cuenta que en el Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que “El Comité Especial absolverá las consultas mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas (sic)”.

Cabe agregar que en el Artículo 13º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que “El valor referencial se calculará incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberán incluir los mencionados componentes (sic)”. En ese sentido, al no incluirse en el Valor Referencial el costo total de los insumos, se está transgrediendo el Artículo 13º del aludido Reglamento.

Asimismo, en el primer párrafo del Numeral “1” del Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se estipula que la determinación del Valor Referencial:”En la contratación para la ejecución de obras, corresponderá al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico. Este presupuesto deberá detallarse considerando la identificación de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las características de la obra, sustentándose en análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones más competitivas en el mercado. Además, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad.

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Cabe agregar que el Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada (sic)”.

Consecuentemente, el Comité Especial deberá absolver la presente observación de manera fundamentada y sustentada, debiéndose tener en cuenta que el acogimiento parcial o total de la presente observación, involucrará necesariamente la modificación del Valor Referencial.

RESPUESTA A OBSERVACIÓN N° 30

Los enunciados de la especificaciones técnicas, no indican que es responsabilidad del contratista dotar de media alimentación ó alimentación completa al personal de la zona, más bien, menciona que es responsabilidad del contratista verificar que la dieta del personal de la zona debe ser balanceada, higiénicamente preparada…etc, la misma que debe ser verificada por el coordinador de Asuntos Sociales y Salud Ocupacional, considerado en los Gastos Generales, y difundirlas a través de las charlas contenidas en el sub programa de capacitación y Educación en Seguridad y Medio Ambiente también cubiertas con los Gastos Generales.

Por lo tanto, reiteramos que el beneficio de media alimentación a los obreros de la zona, bajo el régimen de construcción civil, constituye una potestad del contratista, consecuentemente en caso el postor considere necesario dar este beneficio, debe incluir dichos costos en su oferta. Lo anterior se sustenta debido a que los costos de alimentación para el personal obrero de construcción civil no están considerados dentro del acta de negociación colectiva 2011-2012.

Finalmente, se precisa que las medias dietas para el personal de la zona, no se han considerado en los Gastos Generales de las obras licitadas en los últimos años por PROVIAS NACIONAL, los que no han merecido objeción de parte de los postores.

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