AUTOS Y VISTOS DANIEL ALBERTO LOPEZ,€¦ · 1 ///rón, 30 de septiembre de 2013.- AUTOS Y VISTOS :...
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///rón, 30 de septiembre de 2013.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa Nro.
46005059/2013 del registro del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional
Nro. 2 de Morón, Secretaría Nro. 6 y respecto de la situación procesal de
DANIEL ALBERTO LOPEZ, apodado “La brujita”, D.N.I.
N°XX.XXX.XXX, hijo de R. L. R. de L. y R. L. (f), de estado civil viudo, que
si sabe leer y escribir, de estudios primarios completos, de ocupación o
profesión conductor de trenes, de condiciones de vida normales, de 52 años de
edad, nacido el día 4 de enero de 1961 en la localidad de Morón, Provincia de
Buenos Aires, domiciliado en X de la localidad de Merlo, Provincia de Buenos
Aires, con domicilio anterior en la calle X, Provincia de Buenos Aires, de
RAUL EDUARDO AHUMADA argentino, titular del D.N.I. N°
XX.XXX.XXX, hijo de O. (f) y de D. R. (f), de estado civil casado con C. I.,
que sí sabe leer y escribir, de estudios secundarios completos, de ocupación o
profesión conductor de trenes eléctricos–motorman-, de 48 años de edad,
nacido el día 11 de junio de 1965 en la localidad de Bragado, Provincia de
Buenos Aires, domiciliado en X de la localidad de Libertad del Partido de
Merlo, Provincia de Buenos Aires, , con domicilio anterior en X de Merlo
Provincia de Buenos Aires, donde vivió desde fines de 1987 a enero de 1989,
de condiciones de vida buenas y acordes al momento económico; de RAUL
MARTIN MENDES, DNI N° XX.XXX.XXX, hijo de F. M. y de H. U.,
casado, instruido, de estudios secundario incompletos, de ocupación
Coordinador de material rodante en los talleres de Castelar de la empresa
UGOMS, de 60 años de edad, nacido el día 13 de enero de 1953 en la
localidad y partido de Merlo, Pcia. de Bs. As., domiciliado en X de la
localidad y partido de Ituzaingó, Pcia. de Bs. As. y de ERNESTO RAFAEL
BIZANTINO, titular del DNI N° XX.XXX.XXX, hijo de E. y de E. A. P.,
casado, instruido, de estudios universitarios completos, de profesión Ingeniero
Electromecánico orientación mecánica prestando servicio como Gerente de
desarrollo de productos especiales de la empresa EMFER S.A., de 61 años de
edad, nacido el día 1 de febrero de 1952 en la C.A.B.A. y domiciliado en X de
la C.A.B.A.-
RESULTA: La presente causa encuentra su génesis el día 13 de
junio de 2013, oportunidad en la que se tomó conocimiento, a través de los
medios masivos de comunicación, de una colisión entre dos formaciones
férreas del ferrocarril Sarmiento acaecida alrededor de las 7 de la mañana
entre las estaciones de Morón y Castelar.-
En efecto, con el correr de los minutos se determinó
que el tren “Chapa 1” que condujo DANIEL ALBERTO LOPEZ embistió en
la vía 1 en sentido Once-Moreno la parte trasera del equipo “Chapa 19”,
detenido a la altura del paso a nivel de la calle Zapiola de la localidad de
Castelar, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires. Su motorman resulto
ser RAUL EDUARDO AHUMADA. -
En el sitio estuvieron presentes una innumerable
cantidad de rescatistas, bomberos, personal de defensa civil, médicos,
enfermeros numerarios de la Policía Federal Argentina, de la Provincia de
Buenos Aires y de la Gendarmería Nacional, quienes prestaron su ayuda con
el rescate y contención de los heridos.-
Con ese panorama, mediante la colaboración de
todos los organismos de seguridad de índole nacional, provincial y municipal,
se dio respuesta rápida a los requerimientos de asistencia a las personas
afectadas por el hecho. Luego se realizaron tareas de campo, toma de
muestras, redacción de actas, obtención de fotografías, videos y secuestro de
elementos probatorios.-
Mientras se produjo el auxilio de los afectados, se
constató en el furgón nro. 2609 del convoy embestido, la existencia de tres
víctimas fatales (Exequiel Agustín Vargas, Cristián Darío Núñez y María
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Laura Del Zompo). Una vez retirados los cuerpos sin vida, se trabajó
fuertemente en la búsqueda de otros heridos y/o fallecidos que pudieran haber
quedado atrapados entre los hierros, circunstancia que por fortuna no sucedió.-
Paralelamente por medio de los profesionales de la
Morgue Judicial dependiente del Cuerpo Médico Forense de la Justicia
Nacional se practicaron las operaciones de autopsia y se entregaron los restos
mortales de los fallecidos a sus familiares, con la imposición de dar noticia del
lugar de inhumación y prohibición de cremación.-
Asimismo se secuestraron los equipos de GPS,
DVR, monitores, velocímetros y registradores de eventos instalados. La
diligencia se llevó a cabo en presencia de testigos de actuación y personal
idóneo.-
Luego del relevamiento efectuado en los distintos
centros de salud que recibieron a los heridos, se determinó que al menos
fueron atendidas y derivadas, trescientas treinta y tres (333) pasajeros.-
Espontáneamente se apersonaron en los estrados del
Tribunal otros veinticuatro (24) que no figuran en los registros mencionados.
A posteriori se incorporaron las constancias médicas pertinentes.-
Además, se ordenó la presentación de documentos,
soportes informáticos relativos al estado de mantenimiento, servicios técnicos
de las formaciones, registros de GPS, audio del puesto control y todo otro
elemento de interés para la causa que estuviera en poder de la Unidad de
Gestión Operativa Mitre Sarmiento (UGOMS) en los términos del artículo 232
y cctes. del C.P.P.N con allanamiento para el caso de negativa o reticencia,
cumpliéndose la manda judicial en los talleres ferroviarios de Castelar y
Haedo, en la estación Once de Septiembre y en el inmueble en la Avenida
Ramos Mejía 1358, éstos dos últimos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Idéntico temperamento se tomó días después con la empresa EMFER,
ubicada en el partido de San Martín, Pcia. de Bs. As..-
También, se escuchó testimonialmente a personal
técnico y especializado de la UGOMS, del EMFER, de MKS
emprendimientos y servicios SRL, de Mannos S.A., al representante comercial
en Argentina de la firma Knorr Bremse, a otros maquinistas, guarda trenes y
delegados del gremio “La Fraternidad”.-
A la vez, el día del suceso investigado fueron
detenidos e incomunicado Daniel Alberto López y Raúl Eduardo Ahumada; y
se les recibió declaración indagatoria conforme lo establece el artículo 294 del
Código de Forma en orden al delito de estrago doloso seguido de muerte,
previsto y reprimido por el artículo 191 inc. 4° del Código Penal.-
Tras sus deposiciones se recalificó la conducta
reprochada por la figura de estrago culposo agravado por el resultado muerte y
lesiones (art. 196 primer y segundo párrafo del C.P.) y se decretó la falta de
mérito de Ahumada recuperando la libertad (art. 309 del CPPN). Al siguiente
día se excarceló bajo caución juratoria a López.-
Se presentaron como parte querellante y fueron
aceptados: Augusto Alejandro Freytes (fs. 1761/1766), Bárbara Ayelén
Córdoba (fs. 2138/2142), Héctor Ricardo Ruíz (fs. 3114/20), Isabel Margarita
Gontad (fs.93164/75), Sandra Mónica Martínez (fs. 3230/3234), Liliana Cano
(fs. 3419/32), Petrona Flores de Guantay, Pablo Guantay (fs. 3555/3558) y
Melani Ailen Brandaríz (fs. 4065/67). Todas se unificaron -art. 85 del
C.P.P.N.- en la representación del Dr. Gregorio Dalbón.-
A petición del Sr. Fiscal Federal (fs. 1593/1995) se
notificó de la formación de la causa a Raúl Méndes -empleado de UGOMS-
por ser quien firmó el alistamiento del coche eléctrico chapa 1, el día 13 de
junio de 2013 y al Ing. Ernesto Bizantino por tratarse del profesional que
rubricó los certificados de habilitación al servicio del material rodante
ferroviario integrante del equipo 01 luego que salió de reparación de la
empresa EMFER S.A. (fs. 1899 y 1901 respectivamente).-
A los fines de dilucidar técnicamente las causas de la
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colisión investigada se dispuso la realización de una pericia accidentológica y
mecánica y ante la finalización e incorporación de sus conclusiones, me
encuentro en condiciones de resolver bajo las previsiones del art. 306 del
C.P.P.N.-
Y CONSIDERANDO:
Primero: Corpus Delicti – El hecho:
Mediante los siguientes elementos de convicción
obrantes en el expediente que me adelanto a mencionar fueron confeccionados
conforme manda la normativa procesal vigente sin presentar “prima facie”
vicios que los invaliden o inhabiliten como tales, a saber:
1).- Informes de la Secretaria de fs. 1 por intermedio
del cual se formó cabeza de sumario y se dio inicio al expediente y el de fs. 19
donde se hace saber la identidad de la tripulación participante en el hecho
investigado;
2).- Procedimiento de inspección y constatación de la
cabina 1800 y secuestro de los sistemas de DVR y GPS de ambas
formaciones siniestradas y velocímetros del chapa 1. Acta rubricada por el
Inspector Piñeyro de la División Sarmiento de la PFA, los testigos, personal de
UGOMS y de la empresa MKS que colaboraron con la diligencia de fs. 24,
más los efectos incautados que fueron detallados y resguardados en los
términos del artículo 233 del C.P.P.N. (fs. 30);
3).- Organigrama funcional de la Unidad de Gestión
Operativa Mitre Sarmiento –UGOMS- remitido por la Comisión Nacional de
Regulación del Transporte –CNRT- de fs. 25/28;
4).- Puesta en funcionamiento y visualización del
material grabado en la DVR del coche 1800, correspondiente a su recorrido
desde el paso a nivel de la calle Pueyrredón y hasta instantes previos a la
colisión del día 13/06/13. (fs. 31/32), llevada a cabo en la sede del Tribunal
con la participación de funcionarios de la Fiscalía Federal N°2 de Morón, de
MKS emprendimientos y servicios SRL, de la UGOMS y de la División
Sarmiento de la Policía Federal Argentina.-
5).- Declaraciones testimoniales rendidas en autos,
prestadas sin vicios ni intereses que las inhabiliten, de las personas que se
detallan a continuación, a saber:
5.1) Empleados de la empresa “MKS
emprendimientos y servicios SRL” Pablo Andrés Sassi de fs. 3, Javier Enrique
Bauer de fs. 34 y Gustavo Céspedes de fs. 4036/4037 éste último Supervisor
que se encarga de la instalación, mantenimiento y operatividad de las cámaras
y DVR colocadas en material rodante y en estaciones, cabines de control,
pasos a nivel y peatonales, por intermedio de la cual explicó las funciones de
los equipos, su sistema de grabación, de visualización y de seguridad.-
5.2) Los testigos de actuación Patricio La Vernicocca
de fs. 35, Federico Carrillo de fs. 36 y Javier David Flores de fs. 37/38; de
Claudio Armando Romano –supervisor de material remolcado de la línea
Mitre- de fs. 39/41 los que participaron de los secuestros detallados a fs. 24;
5.3) Los guardas PABLO GUSTAVO AGUIRRE a
bordo del chapa 19 (fs. 138/140) GABRIEL ALBERTO DI PAOLA (fs.
141/144) y PABLO HORACIO SUAREZ (fs.1396/1398) tripulación del EQ
01 al momento del siniestro. También WALTER ESTEBAN PAEZ -señalero
que se encontraba el día del hecho en las inmediaciones de la luz 189- ( fs.
1546/1547);
5.4) HUGO MARCELO VALLONE –Director
Nacional de Transporte Ferroviario- de fs. 145/148, SEBASTIAN PABLO
PONTAROLO –Director de Planificación de Transporte Ferroviario- de fs.
149/151, CARLOS HORACIO LOPEZ –Jefe de Señalamiento Ferroviario de
UGOMS- de fs. 152/154 junto con el plano y croquis de fs. 155/157, RUBEN
MARIO COMINOTTI –Jefe de Material Rodante- de fs. 158/161, DANIEL
ALBERTO LAMASTRA –empleado de la oficina de seguridad operativa - de
fs. 162/164 y dos soportes magnéticos –DVD- acompañados los cuales se
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encuentran reservados en Secretaría-, quienes ilustraron al Tribunal sobre
cuestiones inherentes a los sistemas ferroviarios en general y en particular
acerca de los instalados en el EQ. 01;
5.5) Los motorman SANTIANGO ARIEL DRAGO -
(fs. 165/166), MIGUEL ANGEL VIVAS (fs. 167/168) y MARCOS
SEBASTIAN IANNI (fs. 169/170), conductores de los trenes 325, 2 y 20
respectivamente, el día 13 de junio de 2013 las cuales se cruzaron en sentido
contrario y en el tramo final, el recorrido de las unidades siniestradas;
5.6) Ingenieros Alejandro Levi Altstaedter -director
de la empresa MANNOS SA- (fs. 1399/1400) y Ricardo Altstaedter
presidente de la misma representantes de la firma –HASLERRAIL”, (fs.
1401/1402) junto con la documental por ambos aportada de fs. 1403/1410;
5.7).- Pasajeros que viajaban en las formaciones
involucradas en el accidente ferroviario acontecido el día 13 de junio de 2013
a saber: Gustavo Baez de fs. 171, Eladio Inocencio Pereyra de fs.172, Oscar
Jesús Cuenca de fs. 1504/1506, Sandra Noemí Barrios de fs. 1508/1510; Luis
René Berdú de fs. 1511/1512; Luis Ramón Herrera de fs. 1513/1514; Selva
Vanesa Coppa de fs. 1515/1518; Rafael Alejandro Aragón de fs. 1519/1522;
María Cristina Del Gesso de fs. 1523/1524; Luis Alejandro Giorgi de fs.
1525/1526; Alejandro Daniel Ruarte de fs. 1527/1528; Miguel Angel Moreno
de fs. 1529/1532; Rosa Margarita Olguín de fs. 1533/1534; Claudia Mabel
Leguizamón de fs. 1535; Marcos Emanuel Onetto de fs. 1536/1537; Mario
Guillermo Pellegrini de fs. 1538/1539; Mario Agustín Molina de fs.
1540/1541; Emiliano Rubén Piancino de fs. 1542/1543; Norberto Jorge
Cragno de fs. 1544/1545; Luis Alberto Prieto Franco de fs. 1548/1549;
Maximiliano Iván Díaz de fs. 1550/1555; Bruno Agustín Tolosa de fs.
1556/1557; Miguel Angel Rojas de fs. 1558/1559; Rubén Armando Terrani de
fs. 1560/1561; Sergio Daniel Vicente de fs. 1562/1563; Cornelio Luis Rivero
de fs. 1564/1565; Gladys Noemí Sambrano de fs. 1566/1567; Andrés Fabian
Bossa de fs. 1667/1669; Walter Fabian Ascencio de fs. 1670/1673; Carla
Noelia Brandán de fs. 1674/1676; Walter Barnetchegaray de fs. 1677/1680;
Mónica Patricia Cañete de fs. 1681/1684; Juan Manuel Cerrato de fs.
1685/1687; Luis Fabián Dacota de fs. 1688/1690; Santiago Jerónimo Díaz de
fs. 1691/1693; Gustavo Adolfo Medina de fs. 1694/1696; Armando Martinez
de fs. 1697/1699; Martín Eduardo García de fs. 1700/1702; Rosa Noemí
Martinez de fs. 1703/1705; Rodrigo Fondo de fs. 1706/1708; Jorge Salterio
Madril de fs. 1709/1711; Maximiliano Martín Eduardo Guerrero de fs.
1712/1714; Juan Marcelo Nieva de fs. 1715/1717; Maximo Hilario Vera de fs.
1718/1720; Cristino Zurita de fs. 1721/1723; Roxana Elizabeth Taboada de fs.
1724/1726; Manuel Alberto Saucedo de fs. 1727/1729; Raul Cándido Pogonza
de fs. 1730/1732; Claudia Alejandra Quintana de fs. 1733/1735; Mariana
Silvia Cabrera de fs. 1870/1872; Germán Gastón Garay de fs. 1873/1874;
Daniela Noemí Herrera de fs. 1875/1877;Mirta Leonor Niz de fs. 1878/1880;
Nazareno Antonio Gaetán de fs, 1881/1883; Javier Candido de fs. 1884/1886;
Diego Germán Juarez de fs. 1903; Rubén Felipe Ponce de fs. 1905/1907;
Pablo Vicente Pelaez de fs. 1909/19010; Miguel González de fs. 1911/1912;
Oscar Enrique Sebastián Abaca de fs. 1913/1915; Rosa Cristina Agustoni de
fs. 1916/1918; Elisa Virginia Cerviño de fs. 2027/2032; Norberto Fernández
de fs. 2033/2035; Mariana Gabriela Cancelliere de fs. 2036/2029; Adriana
Milagro Cañari de fs. 2088/2090; Marcelo Alejandro Rodríguez de fs.
2091/2093, Diego Normando Baltazar de fs. 2122/2124; Luis Miguel Navone
de fs. 2125/2127; Daniela Andrea Valla de fs. 2128/2130; Marcelo Alejandro
Arce de fs. 2131/2133; Matías Emmanuel Ortíz de fs. 2135/2137; Noelia
Solange Nonis de fs. 2292/2294; Nicolás Alberto Libonatti de fs. 2295/2296;
Richard David Fleitas de fs. 2297/2298; Lilian Andrea López de fs.
2299/2300; Carlos Alberto Larocca de fs. 2301/2303; Marcelo Ernesto Flores
de fs. 2305/2307; Hugo Alejandro Galarza de fs. 2308/2309; Osvaldo García
de fs. 2310/2312; Carlos Asimundo de fs. 2313/2314; Diego Matías Carranza
de fs. 2315/2317; Matías Ricardo Basualdo de fs. 2318/2321; Ariel Horacio
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Ánibal Liberal de fs. 2386/2392; Cristian Diego Marin Scharton de fs.
2444/2445; Rocío Micaela Ferrie de fs. 2446/2448; Mariano Alberto Arana de
fs. 2449/2450; Hector Omar Soto de fs. 2451/2453; Sergio Dal’Ronco de fs.
2454/2456 con las copias de fs. 2457/64; Juan Carlos Romero de fs.
2464/2466 y las constancias de fs. 2467; José Antonio Mendez de fs,
2525/2529, Crispina Avalos de fs. 2530/2532; Adrian Abel Amarilla de fs.
2533/2535; Diego Andres Ferlati de fs. 2536/2540; Ignacio Ezequiel
Leonardo de fs. 2541/2545; Nelson Ezequiel Medina de fs. 2546/2550; Vanesa
Viviana Aparicio Muñoz de fs. 2551/2553; Anibal Fernando Montero de fs.
2598/2599; Gastón Maximiliano Nobile de fs. 2600/2602; Ayelen Andrea Soto
de fs. 2603/2604; Arturo Rubén Mamani de fs. 2605/2606; Esteban Fernando
Pisapia de fs. 2607/2609; Milciades Felitas Britez de fs. 2610/2613; Jonathan
Alberto Gullotta de fs. 2622/2624; Carlos Marcelo Escobar de fs. 2625/2627;
Melanie Ailen Brandariz de fs. 2628/2630 y documentación de fs. 2631/2640;
José Mauricio de Latorre de fs. 2641/2643; Augusto Alejandro Freytes de fs.
2644/2646; Laura Marta López de fs. 2721/2723; Carlos Sergio Ortíz de fs.
2724/2726; Gustavo Ariel Carranza de fs. 2727/2729; Jorge Rene Di Blasio de
fs. 2730/2732; Ivan Miguel Mistrovich de fs. 2733/2735; Gabriel Néstor Pérez
de fs. 2736/2738; Flavia Verónica Obispo de fs. 2739/2741; Sandra Liliana
Martínez de fs 2742/2744; Eliseo Palma de fs. 2745/2747; Ester Angelica
Chocala de fs. 2913/2916; Nicolás Hernán López de fs. 2917/2919; José
Calderón de fs. 2920/2921; Bárbara Ayelén Córdoba de fs. 2948/2950; Liliana
Estela Cano de fs. 2951/2958 y 3593/3594 ; Héctor Ricardo Ruiz de fs.
3144/3148, Gonzalo Zabalgoitia de fs. 3240/3242; Isabel Margarita Gontad
de fs. 3252/3254; Guadalupe Aurora Lorquiz de fs. 3278/3279; María Belén
Letieri de fs. 3280/3281; Cristian Dario Valdez de fs. 3282/3284; Antonio
Cardozo Pereira de fs. 3285; Matías Javier Geier de fs. 3293/3295; Mariano
Esteban Miño de fs. 3296/3297; Sandra Mónica Martínez de fs. 3314/3316;
Carolina Valeria Tur de fs. 3338/3340; Esteban Beltran Algarbe de fs.
3410/3412; Pablo Abel Guantay de fs. 3578/3580; Petrona Flores de Guantay
de fs. 3581/3583; Carlos Alberto Rodríguez de fs. 3698/3699 y José Argentino
Colombo de fs. 3744/3751, todos señalaron las circunstancias de tiempo,
modo y lugar de sus viajes esa mañana, indicaron aquello que por medio de
sus sentidos percibieron antes y después del choque, describieron sus
padecimientos físicos y psíquicos y explicaron los tratamientos bajo los que se
encuentran.-
5.8).- Personal de la empresa “EMFER S.A.”:
Guillermo Ernesto Guassardo -Empleado en la División Post Venta Calidad y
Alistamiento- (fs. 1603/1605); Ingeniero Eduardo Oscar Verna (fs. 1759/1760)
-encargado de desarrollo de Software de la parte eléctrica de ingeniería- junto
con la documental por él acompañada (fs. 1736/1758); Norberto Atilio
Andrada -Oficial de terminación, mantenimiento y puesta en marcha del
sector Post Venta (fs. 1893/1894) e Ingeniero José Zóttolo -gerente de
producción- (fs. 1895/1897);
5.9).- Los conductores de trenes eléctricos LUIS
ALBERTO PIETRACCI de fs. 2042/2043, NICOLÁS MASCANFRONI de
fs. 2044/2045, JUAN ALBERTO EBERBACH de fs. 2046/2049 y MIGUEL
ANGEL VIVAS de fs. 2413, ellos narraron sus experiencias conduciendo la
formación chapa 1 y expusieron las dificultades vivenciadas con ese equipo,
junto con los delegados sindicales de “La Fraternidad” ERNESTO DANIEL
GONZÁLEZ de fs. 2052/2054 que relató el curso dado -en virtud de su
condición gremial- a las notas que le fueron presentadas; DANIEL
ALEJANDRO GARBARINO de fs. 2474/75 ( participó de las pruebas que se
le efectuaron a la misma antes y después de su ingreso a reparación a EMFER
S.A.) y CARLOS JORGE SOSA a fs. 2476/2477, también entre el mes de
abril y principio de junio del año en curso realizó entre cinco o seis de las
evaluaciones;
5.10).- Representante Comercial en la Argentina de
la firma “Knorr Bremse sistemas para veículos ferroviários LTDA”- Ingeniero
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Guillermo Sirito (fs. 2582/2585) junto con la documentación agregada a fs.
2567/2581 consistente en: orden de compra Nº OE 1031 del 15/12/2012 en la
que se describe el material provisto e impresiones de la factura por la compra
del equipo, lista de empaque, conocimiento de empaque y el swift de la carta
de crédito por la cual se abonó; como así también la remitida vía correo
electrónico luciente a fs. 2927/2932 tratándose de dibujo general de la unidad
de control y documento técnico descriptivo del sistema de freno provisto por
su representada;
6).- Labor actuarial de fs. 52, en el cual consta la
recepción de un llamado telefónico mediante el cual se anoticia la
actualización del estado de víctimas, como así también el estado de salud y
algunos datos personales relativos al imputado DANIEL ALBERTO LOPEZ;
7).- Registros de afectados por la colisión ferroviaria
que se investiga de la Secretaría de Seguridad de la Nación de fs. 56/75 junto
con el listado resultante del relevamiento de heridos efectuado por la
UESPROJUD –Zona Oeste- de Gendarmería Nacional Argentina de fs. 77/79;
8).- Historia Clínica del motorman DANIEL
ALBERTO LOPEZ aportadas por la Clínica Constituyentes de Morón de fs.
80/94 y las obrantes a fs. 1142/1147;
9).- Conclusiones de las autopsias practicadas por la
Morgue Judicial respecto de quienes fueran en vida EZEQUIEL AGUSTÍN
VARGAS (fs. 95/103), MARIA LAURA DEL ZOMPO ( fs. 104/113) Y
CRISTIAN DARIO NUÑEZ (fs.114/123) junto con la recepción de efectos de
fs. 133 y de remisión de fs. 2018/2019 y 2024;
10).- Nota de fs. 131/132 junto los listados de
llamadas entrantes y salientes y mensajes de texto enviados por la Dirección
de Observaciones de la Secretaría de Inteligencia respecto de los abonados 11-
4936-6721 y 11-4936-6729 de fs. 939/965;
11).- Cuarenta y un (41) fotografías certificadas por
la escribana Marcela A. García Girado en actuaciones notariales
BAA10904841/42 y BAA10904843 que ilustran y visualizan las formaciones
que participaron del siniestro investigado y que fueron aportadas por la
UGOMS –fs. 178/211;
12) Documentos remitidos en copias por la
Secretaría de Transporte de la Nación de fs. 212/934, junto con dos planos
reservados en Secretaría cuyo certificado luce a fs. 936;
13).- Sumario confeccionado por personal de la
División Sarmiento de la Policía Federal Argentina que obra en el expediente
a fs. 968/1182 consistente en:
13.1).- Actas: de procedimiento y secuestro labrada
por la prevención de fojas 968/970, de consulta telefónica de fs. 972, las
confeccionadas por el departamento de tanatología de la morgue judicial
respecto de quien fuera en vida Ezequiel Agustín Vargas, N.N. adulto
masculino, N.N. adulto femenino de fojas 979/981; de secuestro y extracción
de muestras de orina y sangre para estudios toxicológicos respecto de
DANIEL ALBERTO LOPEZ de foja 984 y 986; de notificación y su
trascripción de fs. 1002/1003; de procedimiento en el que se cumplimentó la
detención de RAUL EDUARDO AHUMADA –fs. 1008-; la luciente a fojas
1014/1015 y su trascripción de fs. 1049 respecto de la Detención
oportunamente ordenada de PABLO SUAREZ y su posterior notificación a
prestar testimonio en autos; la de fs. 1020/1021 y 1022/1024 donde se plasma
el reconocimiento del fallecido Vargas por parte de su primo Daniel Ariel
Maximiliano Villarreal; de manipulación de los vagones colisionados de fojas
1093/1094; de secuestro de elementos hallados en los vagones de foja 1101 y
su trascripción de fs. 1102; de la que consta la manipulación de los vagones
siniestrados de fs. 1111 y 1112; de recepción y entrega de las autopsias
confeccionados por la Morgue Judicial de fs. 1125 y 1126; de extracción de
sangre y orina de RAUL EDUARDO AHUMADA de foja 1137/1138; de
constatación de daños de foja 1179 y su trascripción de foja 1180 respecto del
13
coche chapa 1 y de constatación de daños respecto del 19 de fojas 1176/1178;
13.2).- Informes y actuaciones varias rubricadas por
la prevención de fs, 973/978, 982, 987/988, 990/991, 993, 997, 998, 1000,
1005, 1012, 1018, 1033, 1034, 1035, 1059/1060, 1113/1115, 1116, 1128/1130,
1136, 1148/1152, y 1181/1182;
13.3).- Testimonios rendidos por los preventores
intervinientes Inspector Pablo Acevedo de foja 983, del Cabo 1ro. Adrián
Gomez numerario de la División Sarmiento de la PFA de foja 994; del
Principal Ramón Chocobar de la División Belgrano de la Policía Federal
Argentina -foja 1001-; del Inspector DANTE ENRICO SABELLA en relación
a la detención de Raúl Ahumada de fs 1006; del Subinspector CRISTIAN
CATA de la División San Martín de la Policía Federal Argentina de fs. 1013;
del Inspector DIEGO FRANCISCO NOVOA del Departamento de Delitos
Federales de fs. 1019 respecto de la orden de detención oportunamente librada
respecto de GABRIEL DI PAOLA; del Sargento Primero Fabio Norberto
Sueyro de la División Redes de la Superintendencia Federal de
Comunicaciones de foja 1089; del Cabo 1ro. Esteban Javier Stancich de la
División Control de Seguridad y Video de la PFA de foja 1090/1091; del
Inspector Federico Piñeyro de la División Sarmiento de la Policía Federal
Argentina de foja 1092 y 1109/1110; del Ayudante Iván Guerrero junto al acta
de constatación de daños y su trascripción respecto del coche 19 de fojas
1176/1178; del Cabo 1ª Héctor Ruso de la P.F.A. que da cuenta de las tareas de
rescate efectuadas el día 13/6/13 de fs. 2890 y de los testigos ADRIAN SOTO
–suegro del fallecido Cristian Nuñez- de foja 989; de DIEGO ARIEL
MAXIMILIANO VILLARREAL –primo del fallecido Exequiel Agustín
Vargas- de fs, 992; Adriana Aida Soto esposa de quien fuera en vida Cristian
Darío Nuñez de foja 1044 y de Roger Alfredo Ledesma concuñado de la
fallecida DEL ZOMPO de fs. 1049 que presentó copias de DNI a fojas
1050/1051;
13.4).- Mapa interactivo de la página de internet –
GOOGLE- del lugar geográfico en el cual aconteció el hecho -foja 995-;
13.5).- Parte elevado por la División Dactiloscopía
de la Policía Federal correspondiente a los fallecidos -fs 996-;
13.6).- Adelanto del resultado de las autopsias
identificadas con los números 1401, 1402 y 1403 –(fs. 1010)-;
13.7).- Procedimientos efectuados a raíz de las
órdenes de presentación de documentación libradas respecto de los talleres
ferroviarios de las localidades de Haedo y Castelar del cual constan: a fs
1027/1028 y 1038; declaraciones de sede policial del Inspector Darío Alaniz
de fs. 1029/1030;, del Subinspector Matías Gabriel Hoyos de fs. 1036/1037;
de los testigos Pablo Pedernera de fs. 1031, HECTOR FABIAN ACOSTA (fs.
1041) y de ALEJANDRO DANIEL MOSQUEDA de fs. 1042 junto con la
impresión de “Google Map” de fs. 1032; Croquis ilustrativo de foja 1046 y
vistas fotográficas de fs. 2886/89;
13.8).- Reconocimiento de cadáver efectuado por
ADRIAN SOTO respecto al fallecido Cristian Darío Nuñez de fs. 1045/1047 y
su constancia de inhumación de foja 1106;
13.9).- Constancias Médico legales de fojas 1053 y
1054/1055 de RAUL EDUARDO AHUMADA;
13.10).- Planilla de antecedentes y conducta del
imputado DANIEL ALBERTO LOPEZ de fs. 1058;
13.11).- Procedimientos efectuados vía exhorto
consistentes en:
13.11.1).- Respecto al cumplimiento a la orden de
presentación de documentación del inmueble sito en la Avenida Ramos Mejía
1358 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: testifical del Principal Arnulfo
Caballero (fs. 1061/1063); labor de procedimiento (1068/1069); deposiciones
de los testigos Guillermo Emeterio Luna (fs. 1070) y de Julio César Vergara
de (fs. 1071); croquis ilustrativo de (fs. 1072) y fotoprints del material
15
secuestrado (fs. 1073/1076);
13.11.2).- Orden de presentación de documentación
de la Estación Once del Ferrocarril Gral. Sarmiento de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires consistente en: acta (fs. 1079); fotoprints del material
secuestrado (fs.1080/1083 y 1087/1088); croquis ilustrativo de (fs. 1084), y
declaraciones de Juan Carlos Herrerra de (fs. 1085) y Gabriel Ricardo Cejas
(fs. 1086);
13.11.3).- Sumario Nro. CFP 5606/2013 del Juzgado
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 7 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiente a las ordenes de presentación
libradas para las oficinas de UGOMS en la estación de Once de Septiembre y
la sita en la Avda. Ramos Mejía 1358 de C.A.B.A. (fs. 2487/2506);
13.11.4).- Expediente Nro. 942/13 del Juzgado en lo
Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de San Martín, Secretaría Nro 5 por
medio del cual se diligenció la orden de presentación con allanamiento en caso
de negativa para las oficinas y talleres de la empresa EMFER S.A. de la
localidad de San Martín (fs. 2848/2866);
13.12).- Inspecciones efectuadas por el personal
policial actuante sobre los coches identificados como Chapa 19 y 01
consistente en: exposición del Principal Carlos Manuel Arnedo de la División
Sarmiento de la Policía Federal Argentina de foja 1095/1096 y del Sargento
Javier Fernando Caballero de la División Sarmiento de la PFA de foja 1100 y
secuestro de elementos hallados (fs. 1097/1098, 1099 y 1103/1105);
13.13).- Comunicaciones aportadas por el Registro
Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria de fojas 1107 y
1108 respecto de los imputados LOPEZ y AHUMADA;
13.14).- Listado de afectados por el hecho
investigado de fojas 1117/1122;
13.15).- Constancia policial de fs. 1123 que da
cuenta del abonado celular que utilizaría el imputado López;
13.16).- Conclusiones médico legales de los
imputados DANIEL ALBERTO LOPEZ de foja 1127 y 1140 y de RAUL
EDUARDO AHUMADA de fs. 1128;
13.17).- Acontecimientos relativos con la entrega del
cuerpo de quien fuera en vida MARIA LAURA DEL ZOMPO consistentes en
la testifical de ROGER ALFREDO LEDESMA (fs. 1131); copias de DNI (fs.
1132) y Constancia de la Morgue Judicial (fs. 1133);
14).- Legajo elevado por la Comisaría de Merlo –
Secc.3ª - de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en relación con la
intervención de dicha seccional respecto de los afectados asistidos en el
nosocomio “Héroes de Malvinas” de foja 1153/1175;
15).- Efectos secuestrados en el marco del presente
sumario cuyo detalle luce a fs. 1184/1187 labrada el día 15/06/13 con motivo
de la recepción de las actuaciones remitidas por la División Sarmiento de la
Policía Federal Argentina de acuerdo con lo normado por el artículo 233 del
C.P.P.N., consistentes en:
16.1).- Elemento electrónico que sirve para medir los
niveles de alcoholemia color gris marca Drager – Alcotest 7410 plus;
16.2).- (2) dos discos rígidos, uno de color gris cuya
etiqueta se encuentra arrancada identificada en su parte superior con el
numero y el restante de color gris con su etiqueta identificada con el código de
barras s/n: WMANM5275616 identificado en su parte superior con el número
20;
16.3).- Libro de actas de color negro rotulado en su
frente con la letra “V”, que consta de 200 fojas útiles siendo que en su primer
foja contiene la leyenda “ UGO. MS 11-IV-13 En la fecha se habilita…”
rubricado y sellado por Torres Luis M.N. 7662 Asistente Técnico CRPC
UGOMS y por el Dr. José L. Bucca jefe de Servicio Salud Ocupacional
siendo que asimismo es su primer foja útil contiene la inscripción Guardia de
17
20 a 08:00 hs. del día 11-VI-13 como así también un listado de nombres
firmas y horarios, siendo utilizadas 11 fs. Útiles;
16.4) Un total de 17 –diecisiete- biblioratos de color
gris que contienen las revisiones tipo “AB” de diferentes fechas respecto de
las unidades identificados como N°1011 (formaciones 19, 20, 12, 08); N°1049
(19 y 14); N°2003 (19, 07, 14 y 08); N°2009 (19 y 13); N°2164 (19 y 18);
N°2165 (19 y 20); N°2191 (19, 20 y 17); N°2609 (19 y 07); las N°1056,
1783, 1803, 1813, 1800, 2026, 2161, 2355 que preservan diversas copias de
Protocolo y planillas “AB” que corresponden al chapa 1; la N° EQ01 que
guarda tres (3) planas de Alistamiento de equipos eléctricos de fechas 13/
06/13; 12/06/13 y 07/06/2013, -tren nro. 01- vagones (1783-2026-2161-1813-
1667-1803-2355-1056-1800) suscriptas por Raúl Méndez, como así también
varias de hojas manuscritas e informes técnicos y N° EQ19 con diez (10)
planillas de checklist de diferentes fechas, respecto del 19 (coches 2165-
2028-2505-2123-2072-2005-1043-2100) suscripta por Raúl Méndez, Sosa J. y
Román;
16.5)- Carpeta color azul con su tapa transparente,
compuesta de once (11) fojas rubricadas que contiene el Certificado de
habilitación de los vagones MU167, MU1783, MU2161, MU2355, MU1800,
MU1813, MU1803, MU1056 Y MU2026;
16.6).- Fotocopias de los Protocolos de reparación
identificados como N°1067 (46 fojas); N°1783 (51 fojas); N°2161 (50 fojas)
N°2355 (56 fojas); N°1800 (41 fojas); N°1813 (40 fojas); N°1803 (39 fojas);
N°1056 (38 fojas); N°2026 (34 fojas);
16.7).- Nota de estado y reparaciones de vías
comprendido desde abril de 2011 hasta el 12 de junio de 2013, compuesta por
37 fojas que se hallan en una (1) carpeta de color negro con su tapa
transparente;
16.8).- Registro del siniestro comprendido entre las
fechas 25 de mayo de 2012 hasta el 30 de abril de 2013 en tres fojas;
16.9).- Posiciones de GPS del tren nro. 3727, unidad
N°1 compuesto de 4 fojas, comprendido entre el horario 06:23 hs. a 07:14 hs
13/06/2013;
16.10).- CD marca Teltron color verde que reza
“Accidente 3725 3727 – Castelar 13 Junio 2013” dentro de un sobre color
papel madera firmado que reza “EST. Retiro”.-
16.11).- Legajos personales originales: N°1844 de
Daniel Alberto López, conductor del tren nro. 3727 formación nro.1 (115
fojas), junto con el anexo del legajo compuesto por 22 folios de sanciones,
controles de alcoholemia, historia clínica, arrollamientos y exámenes de
conducción; N°2774 del conductor Raúl Eduardo Ahumada (93 fojas) y anexo
del legajo del nombrado que contiene iguales datos (33 fojas); N°740 del
guarda Pablo Horacio Suárez compuesto por 69 fojas; N°60007 perteneciente
a Pablo Aguirre (76 fojas); N° 60993 de Gabriel Alberto Di Paola (132 fojas);
N°4197 de Walter Esteban Páez, (75 fojas);
16.12).- Libro de color verde tapa dura con 382 fojas
y que reza con letras blancas “Reglamento Técnico Operativo (R.I.T.O)
16.13).- Estructura organizacional de la Unidad de
Gestión operativa línea Mitre Sarmiento y otras cinco (5) correspondiente a e-
mails remitidos por la Dirección de correo a diferentes direcciones de correos
electrónicos;
16.14).- Anillado de color azul con tapa transparente,
con un libro de tareas con la inscripción UGO-MS, con número de folio 01 al
50, completo iniciado con fecha 24 de mayo de 2013 y culminado 04 de junio
de 2013.-
16.15).- Tres (3) soportes ópticos digitales de color
gris de la marca Teltron que rezan “13.06.13 Estación Castelar 6.44 a 7.10 hs.
13.06.13 PAN Zapiola 6.59 hs a 7.10 hs.”; “13-06-2013 CHAPA 1 Haedo 06,
55 hs. a 07, 05 hs Morón 06.58 hs a 07.06 hs” y “13-06-2013 CHAPA 19
19
HAEDO 06,50 hs. a 06,59 hs. Morón 06,50 hs a 07,03 hs.” respectivamente y
que se encuentran dentro de un sobre de color madera firmado, que reza
“Estación once”.-
16.16).- Libro de tareas contenido en una (1) carpeta
de color azul con tapa transparente, con la inscripción UGO-MS, con número
de folio 01 al 50, iniciada el día 04 de junio de 2013 y culminada con fecha 13
de junio de 2013 en el folio nro. 47 el cual se encuentra incompleto;
16.17).- Disco rígido de almacenamiento de
imágenes, identificado con el código de barras S/N: WCAP97990163 WD
Western Digital;
16.18).- Veinte (20) zapatillas de distintas marcas y
diseños, Cuatro (4) gorras de diferentes colores; Tres (3) gorros de lana; Una
(1) mochila color negra y azul marca BA Sport conteniendo en su interior un
taper plástico transparente con tapa naranja, unos auriculares color negro
marca Samsung y un peine de color marrón; Una (1) mochila color azul marca
Express conteniendo en su interior una remera color gris con vivo negros y
amarillos, una pantalón del Manchester United color negro con vivos rojos y
unos anteojos color negros marca RUSTY; Una mochila color negra con vivos
color rojos y el escudo de Manchester United que guarda en su interior un
cargador marca Nokia color negro y un buzo de polar color negro con cierre;
Un bolso color negro que reza la leyenda en letras color rojo conteniendo en
su interior un celular marca Nokia con su bateria y tarjeta SIM de la empresa
Movistar nro. IMEI 354146/05/035453/2 con un Bumper Violeta; una
calculadora marca KADIO celeste y azul; una calculadora marca CASIO
modelo fx-82MS,; dos fotos; una cartera tipo billetera con dos boletos
secundarios I5009 a nombre de Ruiz Luciana D.N.I. 43.473.603; veintisiete
pesos con cuarenta y cinco centavos discriminados en dos billetes de diez
pesos, uno de cinco pesos y una moneda de dos pesos; una cartuchera color
violeta conteniendo en su interior distintos útiles escolares; una carpeta con
lunares grisas, negros y amarillos con papeles varios; una carpeta de tres
argollas con símbolos de corazones y rayas color negras y blancas con la
inscripción MUAA color rosa; un libro color rojo con la denominación
Ciencias Sociales de la editorial SM; un cuaderno color violeta que reza
“Vaneduc” de la alumna Luciana Lena Ruiz; una agenda color rojo con
espirales que reza “Radio Disney 94.3” ; un bolso color negro sin marca
conteniendo en su interior un Documento Nacional de Identidad nro.
24.555.163 a nombre de Del Zompo Maria Laura; un Documento Nacional de
Identidad nro. 16.973.825 a nombre Gustavo Jorge Rodríguez; un Documento
Nacional de Identidad nro. 92.899.239 a nombre de Velásquez Balbuena María
Teresa; TRES (3) tarjeta SUBE nro 6061267205610965, 6061267254662388;
6061267194973655; la suma de cuarenta y cuatro pesos discriminada en dos
billetes de diez pesos, uno de cinco y tres de dos pesos, siete monedas de un
peso, cuatro de cincuenta centavos, seis de veinticinco y siete de diez
centavos; una tarjeta de débito MAESTRO del Banco Santiago del Estero nro.
501051 4077 106270095 a nombre de Del Zompo Maria Laura; una tarjeta de
crédito del banco Santiago del Estero nro. 5046390889911079; una calza
animal print color violeta junto con ropa interior femenina; un llavero con tres
llaves; un par de anteojos color negros marca Ray Ban averiados; una
billetera color roja vacía; un porta documento color rojo; Un bolso negro
marca LSD conteniendo en su interior un llavero color negro con tres llaves;
un alicate con una llave, un par de auriculares marca Samsung color negro;
varios sobres y cartas cerrados; un serrucho con mango negro; Un buzo color
azul sin marca, una remera color blanca con el logo WB, un pantalón verde
marca Old Bridge, una remera color blanca marca LUDENS, UNA remera
color blanca marca Key Byscane, una remera roja marca Bensimon, un boxer
rayado blanco y rojo marca Bensimon, un pantalón corto color blanco marca
Nike, una remera blanca marca Cardon, una toalla color verde, un pantalón
negro sin marca, un estuche de lentes marca Emporio Arman color negro, un
estuche de celular negro marca SOUL, un par de zapatos marca Legacy, un par
21
de zapatos marca Boating, un par de zapatillas marca Gola, un par de
zapatillas marca Hush Puppies; un par de alpargatas color negras y dos pares
de ojotas verdes, una gorra blanca, tres negras y una verde, una bolsa de nylon
blanca con un ambo con sangre;
17) Actas labradas por Secretaría en las cuales se
documenta:
17.1).- A fs. 1188 el Sr. Javier Bauer (empleado de
“MKS emprendimientos y Servicios SRL” CUIT 30-71027192-1) procedió a
grabar en un pendrive marca Kingstone modelo Dt 108, capacidad 16 GB
registrado bajo el Nro. 05522-003AO1LF 5V que se encuentra reservado en
Secretaría, el disco rígido secuestrado de la cabina 1800 del chapa 1 en el
tramo que recorre desde la Estación de Morón y hasta momentos
inmediatamente anteriores al impacto.
17.2) En la de fs. 1189, Gustavo Céspedes,
Supervisor de la empresa referida, copió en DVD el material fílmico obtenido
de los trenes que intervinieron en el hecho investigado por medio de una
capturadora de video, en su recorrido del día 13-6-13. Se dejó constancia que
el disco rígido que se incautara del interior de la grabadora de la cabina 2165”
no pudo llevarse a cabo debido a que el disco se encontraba dañado.-
18).- Documental remitida por la Comisión Nacional
Reguladora del Transporte C.N.R.T. compuesta por 18 fotografías que ilustran
del accidente ferroviario acaecido el 13 de junio de 2013 con certificaciones
notariales BAA10937113 y BAA10937114, Acta nro. 186 en la que se aportan
las planillas de alistamiento de las formaciones chapa 1 y 19 (BAA10937115);
y test de alcoholemia efectuados a los conductores. Las BAA10937119,
BAA10937120 y BAA10937121 correspondientes a la constatación 187 que
da cuenta de las pruebas de revisión sobre aceleración y frenado del 01, los
protocolos y como así también se mencionan en la misma a cinco conductores
quienes el 7 de junio de 2013 hicieron pruebas a la misma y con su planilla de
lista de trenes que corrió fs. 1217/1273) y formalización de entrega por
Secretaría de fs. 1274;
19).- Referencias de fs. 1278/1280 y 1281/1284 en
las cuales se plasman las instalaciones de consignas y custodias de las
formaciones siniestradas identificadas como 1 y 19 en los talleres ferroviarios
de Haedo y Castelar respectivamente, por parte de la Gendarmería Nacional;
20) Relevamientos efectuados los días 13 y 14 de
junio pasado, por el personal de GNA sobre los vagones colisionados en
búsqueda de otros heridos y víctimas fatales, ambas con resultado negativo,
lucientes a fs. 1286/1287 y 1297/1298 junto con la ratificación de los testigos
de actuación de fs. 1288/1289 y 1299/1300 y fotografías de fs. 1290/1294,
junto con la recorrida practicada en los nosocomios y centros de salud con el
fin de establecer identidad de los heridos, fallecidos, internados y dados de
alta, todo lo cual se encuentra documentado a fs. 1302/1320.-
21).- Organigrama de la Unidad de Gestión
Operativa Mitre Sarmiento –UGOMS- de fs. 1323, como así también el
recibido por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte –CNRT- a fs.
1614/1618;
22).- Informe Técnico N°7259 de la Región 1 Campo
de Mayo de la Policía Científica de Gendarmería Nacional de fs. 1325/1356
respecto a las tareas de campo efectuadas, y que consta de: detalle de fs.
1325/1328, croquis de fs. 1329, y fotografías de fs. 1330/1354, junto con un
DVD con 35 archivos de video y otro disco compacto DVD que contiene 592
imágenes;
23).- Certificado de recepción de efectos de fs. 1359;
24).- Constancia actuarial de fs. 1360 que documenta
el estado de la causa N°1288 que tramita ante el Juzgado Federal N°7 –
Secretaría N°13- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la que falleció
Elízabeth Alejandra Borodovski el día 26 de mayo del año 2013 y la causa
N°3651 que tramitó por ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional
23
N°3 de Morón, siendo ambas mencionadas por el imputado Lopez en su
declaración indagatoria y a modo de evacuación de citas junto con las copias
de las actividades labradas por la División Sarmiento relativos al sumario Nº
1288 (fs. 2876/78);
25)- Registros proporcionados por “CLARO
ARGENTINA” de fs. 1413, “TELEFONICA DE ARGENTINA SA” de fs.
1414, “TELECOM PERSONAL” de fs. 1415 y 1417, “NEXTEL” de fs.
1416, “MOVISTAR” de fs. 1418, elevados por la Dirección de Observaciones
Judiciales de la Secretaría de Inteligencia (fs. 1419 y CD) en el que se hace
saber que el Sr. Daniel Alberto López DNI N°14.327.967 no es cliente de esas
compañías;
26).- Diligencias de fs. 1453 y fs. 1455 elaboradas
por la Gendarmería Nacional relativas al dispositivo de seguridad que se llevó
a cabo en los trenes accidentados;
27).- Soporte digital entregado por el Centro de
Monitoreo y Emergencias de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del
Municipio de Morón de fs. 1412;
28).- Elevación de la División Planificación Técnica
y Accidentológica de la Policía Federal Argentina de fs. 1568 que acompaño
un DVD con vistas fotográficas del día del hecho -13/6/2013-;
29).- Resolución 0540/2013 del MIyT por medio de
la cual se crea la Comisión de Investigación que obran a fs. 1969/1973;
30).- Copias simples de fs. 1577/1591 junto con la
presentación de Edgardo Reynoso –miembro del Cuerpo de Delegados de la
Comisión de Reclamos Línea Sarmiento de la Unión Ferroviaria” al Sr. Fiscal
Federal Dr. Sebastián Lorenzo Basso, quien a su vez las aporta al expediente
mediante escrito (fs. 1592 y 1593/1595);
31).- Pericias 814, 815 y 816/2013 de fs.1607/1613 y
fs. 2341/2349 remidas por la División Medicina Legal –Unidad Médico
Forense de Investigación Criminalística de la PFA- junto con un soporte
magnético que contiene video referente al reconocimiento del lugar del hecho,
descripción externa de los cadáveres y la posible causa y data de muerte,
rubricado por la Dra. Ana P. Spinetti donde se determinó que el estado de las
víctimas y demás elementos observados resultan ser concordantes con un
accidente vial de trenes, las lesiones externas son variadas en su naturaleza
pero compatibles con el tipo de siniestro y la data de las muertes concuerdan
con la escena y la hora del accidente;
32).- Notas de fecha 27/05/10 firmada por Luis
Pietracci de fs. 1767/1768; las fechadas 24/02/11, 12/06/12 y 19/06/12
rubricadas por Ernesto Gonzalez, lucientes a fs. 1769/1771, y la que reza el
12/06/13 emitida por Juan Eberbach de fs. 1772 que acompañaron la
presentación de fs. 1773/1774 de la Dra. Valeria Corbacho defensora de los
imputados Lopez y Ahumada junto con un CD con imágenes y videos
reservado en Secretaría;
33).- Escrito de fs. 1781 por intermedio del cual el
Dr. Cristian Colombo abogado de Raúl Mendes, da cuenta de la existencia de
cajas controladoras en la formación Chapa 1, junto con el detalle de fs. 1783
que refiere la imposibilidad de su secuestro por tratarse de diez cabinas de
gran porte, por lo cual se precintó las tapas y se documentó mediante acta
labrada por Gendarmería Nacional de fs. 1817/1819, croquis de fs. 1820,
ratificación de los testigos de fs. 1821 y1822 y nota de elevación de tres (3)
CD -fs. 1823-. El certificado de recepción de efectos obran a fs. 1826 y el
anexo de placas fotográficas a fs. 1996/2015;
34).- Constancia de fs. 1786 sobre la comunicación
entablada con la Sra. Eva Munguia madre de Lucas y Tiziano Munguía -
menores internados en el Hospital Posadas-;
35).- Diligencias de extracción de la información
contenida en los registradores de datos marca HaslerRail Ser. No. 06010151
(cabina 1800) y Ser. No. 08022915 (unidad 1783) de fs. 1787 que fueron
25
secuestrados el día 13-06-13, (actividad filmada por personal de la División
Video Operativo de la P.F.A. en DVD-R reservado conf. Certificado de fs.
1834); y la luciente a fs. 2269 en la cual consta que medio del programa
MEMOTEL AS se procedió a la apertura de la carpeta denominada “descarga
datos”/ “ONCE –coche 1783” y “MORENO –coche 1800” -las últimas dos
horas- , que se transportó al pendrive y se imprimió en formato gráfico PDF
(14 capturas de pantalla por viaje) y en tabulación (89 paginas) agregado a la
causa (fs. 2149/2268);
36).- Tareas elevadas mediante prevención sumaria
N°337/2013 de fs. 1789/1816 que documenta la labor efectuada vía exhorto de
la orden de presentación librada para EMFER SA sita en la calle N°38 –ex
Gral. Manuel Savio N°2750- de la localidad de San Martín, Provincia de
Buenos Aires compuestas por: exposición del inspector Federico Piñeyro de
fs. 1796/1801, Acta de secuestro de fs. 1802/1806; fotografías de fs.
1807/1815 y elementos secuestrados cuyo detalle luce a fs. 1827/28 labrada el
día 20/06/13 de acuerdo con lo normado por el artículo 233 del C.P.P.N.,
consistentes en:
36.1).- NUEVE (9) carpetas porta legajos de color
que contienen protocolos de Reparación Parciales de las Unidades 1800;
2026,1067, 1056, 1803, 1813, 1783, 2161 y 2355, todos pertenecientes al
esquipo 01;
36.2).- DOS (2) biblioratos de color gris que en su
frente rezan las leyendas “N°1” y “N°2”. EL primero guarda Un folio
transparente que en su interior atesora remitos de recepción de equipo de freno
enviado por la UGOMS compuesto de 22 fs., Oferta relativa a la “Reparación
Coches Toshiba 01 Castelar. Concurso INF0084” que consta de 2 fs., Contrato
de Locación de Obra en 13 fs., Invitación a concurso privado de precios
N°INF0084 del 03/10/12., Pliego de Condiciones Generales que consta de 34
fs., Pliego de Condiciones Particulares que consta de 6 fs., Pliego de Normas
de seguridad para adjudicatarios que consta de 16 fs., Pliego de
Especificaciones técnicas que consta de 45 fs., Fotocopias de la Legislación
Vigente que consta de 14 fojas. El “N°2” se encuentra compuesto por
Documentación de ingeniería del mismo, esquema y descripción del sistema
hombre vivo y demás documentación perteneciente a éste que consta de 120
fojas;
36.3).- Un (1) acta de Recepción Provisoria de la
firma EMFER y su Organigrama de diciembre 2011 que consta de 9 fs., Un
cuaderno blanco con rayas azules y letras rojas de la marca Tal-Office que
reza la leyenda “formación n°1” con 50 fojas útiles de las cuales sus primeras
23 fojas se encuentran manuscritas y papeles varios;
37).- Conclusiones médico legales elaborados por
diversos profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional
respecto de los asistidos: Walter Ascencio fs. 1838 y 4126, Luis Alejandro
Giorgi fs. 1839/41, 1951/52 y 3517/18, Mario Guillermo Pellegrini fs. 1842 y
3519, Luis Ramón Herrera fs. 1843/44 y 2060/2061, Alejandro Daniel Ruarte
fs. 1845/6 y 2845/46, María Cristina Del Gesso fs. 1847/48 y 2429/30, Luis
Rene Berdú fs. 1849/50, Martín Eduardo García fs. 1851, Armando Martínez
fs. 1852/54, Claudia Alejandra Quintana fs. 1855/58, Maximiliano Hilario
Vera fs. 1926/28, Miguel Angel Rojas fs. 1929/30, 3636/37 y 3971/72, Andrés
Fabián Bossa fs. 1931/33 y 4123/24, Cristino Zurita fs. 1934/35 y 2423/25,
Gustavo Adolfo Medina fs. 1936/37, 2065/66 y 2432/34, Rubén Armando
Terrani fs. 1938/39, Santiago Jerónimo Dig fs. 1940/41, Juan Marcelo Nieva
fs. 1942/43 y 3692/93, Mónica Patricia Cañete fs. 1944/45 y 2426/28,
Maximiliano Ivan Díaz fs. 1946 y 3959, Rafael Alejandro Aragón fs. 1947,
Sergio Daniel Vicente fs. 1948 y 3956, Manuel Alberto Saucedo fs. 1949,
Bruno Agustín Tolosa fs. 1950 y 3243, Norberto Jorge Cragno fs. 1953,
Roxana Elizabet Taboada fs. 1954, Daniela Noemí Herrera fs. 1976/79, Diego
Germán Juarez fs. 1980/82, Rosa Cristina Agustoni fs. 2062/64, Pablo Vicente
Pelaez fs. 2104/06, Norberto Fernández fs. 2107/08 y 4121/22, Rodrigo Fondo
27
fs. 2109, 3781 y 3960, Maximiliano Guerrero fs. 2110 y 3983, Marcos
Emanuel Onetto fs. 2111 y 3958, Miguel Angel Moreno fs. 2112/13 y 3957,
Elisa Virginia Cerviño fs. 2338/39, Mariana Silvia Cabrera de fs. 2340,
Daniela Andrea Valla fs. 2479/80 y 3220/23, Andrea Milagro Cañari fs. 2481 y
2965/66, Diego Normando Baltazar de fs. 2482 y 2886/87, Carlos Asimundo
fs. 2483/83bis y 2983/84, Carlos Alberto Larocca fs. 2647, 2981/82 y 3962/63,
Nicolas Alberto Libonatti fs. 2648 y 2979/80, Marcelo Flores fs 2649, 2977/78
y 3961, Matías Basualdo fs 2650, 2964, 3974/76 Sergio Dal Ronco fs. 2651 y
2967/68, Cornelio Luis Rivero fs. 2652/53, 3190/91 y 3308/3311, Juan Carlos
Romero fs. 2800/01 y 3197/3200, Milciades Fleitas Britez fs. 2802 y 3194,
Noelia Solange Nonis fs. 2803 y 3195, Arturo Rubén Mamani fs. 2804/06 y
3211/14, Esteban Fernando Pisapía fs. 2807/11 y 3215/19, Rocío Micalea
Ferrie fs. 2812/13 y 3977, Matías Emanuel Ortíz de fs. 2969/72, Adrián
Amarilla de fs. 2973, Héctor Soto fs. 2974/75 y 3528/30 , Ariel Horacio
Anibal Liberal fs. 2976 y 3987, Marcelo Alejandro Arce fs. 2985, 3713 y
3967/68, Hugo Alejandro Galarza fs. 3025/26, Andrea Lena de fs. 3695 y
3969, Luciana Ruiz Lena y Agustin Lena fs. 3027, 3224 3722/24 y 3964/65,
Ayelén Andrea Soto fs. 3028/32 y 3202/04, Carlos Sergio Ortíz fs. 3033/34 y
3205/06, Sandra Liliana Martín fs. 3035/56 y 3209/10, Flavia Verónica
Obispo fs. 3037/38, 3207/08 y 3966, Mariana Gabriela Cancelliere fs.
3042/45, Gustavo Ariel Carranza fs. 3069/70 y 3228/29, Osvaldo García fs.
3071/73 y 3225/27, Anibal Fernando Montero fs. 3111/12,3149 y 3331/32,
José Mauricio de Latorre fs. 3150, 3329/30 y 3970, Crispina Avalos fs.
3186/87 y 3485/86, Oscar Enrique Sebastián Abaca fs. 3188/89, 3643 y 3978,
Diego Matías Carranza fs. 3196 y 3725, Liliana Estela Cano fs. 3201,
Melanie Ailen Brandariz fs. 3218/24 y 3323/3324, Bárbara Córdoba fs.
3325/27, Cristian Diego Marin Scharton fs. 3328, 3642 y 3981/82, Eliseo
Palma fs. 3334, 3492, 3635 y 3973, Héctor Ricardo Ruiz de fs. 3335 y 4120,
Isabel Margarita Gontad fs. 3336, 3478/79 y 4119, Gonzalo Zabalgoitia de fs.
3352/53 y 3638/40, Nazareno Antonio Gaetán fs. 3354/56 y 3489/91, Cristian
Dario Valdez fs. 3357, 3477 y 3641, Ester Chocala fs. 3474, Carolina Tur fs.
3475/76, 3628/34 y 3704/08, Antonio Cardozo Pereira fs. 3480 y 3979/80,
Gastón Maximiliano Nobile fs. 3482/83, Mariano Esteban Miño fs. 3487/88,
Carla Noelia Brandán fs. 3520, Miguel González fs. 3521/23, Pablo Abel
Guantay fs. 3584, 3587 y 4125,Petrona Flores de Guantay fs. 3588/89, Selva
Vanesa Coppa fs. 3729/33, José Antonio Mendez fs. 3734/38, Teresa Susana
Fernández fs. 3771/74 y 3952/54, Matías Javier Geier fs. 3775/80 y 3946/51,
José Argentino Colombo fs. 3988 y 4129/30, Carlos Alberto Rodríguez fs.
3985/86 y Sandra Mónica Martínez fs. 4193/96, en estos -hasta el momento-
se constataron cincuenta y cuatro (54) pasajeros lesiones leves y once (11)
con lesiones graves;
38).- Fotocopias de las Historias Clínicas de las
personas atendidas con motivo del accidente ferroviario objeto de pesquisa en
el Hospital Héroes de Malvinas de Merlo, hospital Paroissien de Isidro
Casanova, Agudos Eva Perón (ex Catex), Municipal de Merlo- Eva Perón,
San Juan de Dios de Ramos Mejía, Clínica Privada Dr. Tachela de Haedo,
Municipal de Gral. Rodríguez, Instituto Médico Agüero de Morón, Prof.
Alejndro Posadas, Municipal de Morón e Interzonal Dr. Luis Güemes que se
encuentran certificadas a fs. 1865 y reservadas en Secretaría. Asimismo las
lucientes a fs. 1969/71 del Hospital Güemes; las constancias de atención
médica del nosocomio Vicente López y Planes de Gral. Rodríguez de fs.
1986/88, 3590/91 y 3669/70; la elevada por el centro de saludo Churruca de
fs. 2748/50 y 3057/62, la remitida por Asociart de fs. 3255/63; la enviada por
Provincia ART de fs. 3437/44; por el Hospital Güemes de Haedo de fs.
3570/74, el Municipal de Morón a fs. 3624 y 3630, la Clínica Modelo de
Morón de fs. 4188/92 y el Inst. DIM Morón de fs. 4198/4200;
39).- Trabajo acompañado por la CNRT respecto de
los responsables técnicos para la operación del servicio en el ámbitos de
UGOMS según res. CNRT nº 1770/2008 de fs. 1992/1995;
29
40).- Vistas fotográficas tomadas en el lugar del
hecho y planimetría del sitio de los acontecimientos efectuado por la División
Planificación Técnica y Accidentológica de la P.F.A. en 67 fojas que corren
por cuerda en anexo y cuya elevación luce a fs. 2020;
41).- Informes Preliminares Nros. 942/13 y 943/13
de fechas 13 y 14 de junio del año en curso respectivamente, relevamientos
planimétricos, vistas fotográficas elaborados por la Sección Unidad
Criminalística Móvil de la P.F.A. en 187 fojas y 133 fojas que corren por
cuerda a los principales y elevadas a fs. 2021/22 con cuatro DVD´s con
filmaciones capturadas por la División Exteriores de Videos de la misma
fuerza policial;
42).- Grabación de los soportes digitales
correspondientes a las filmaciones existentes en los grabadoras secuestradas
en la formación chapa 1 coches 1800 y 1783 del día 10 de junio de 2013 en el
recorrido de las estaciones “Morón 19:31:11-Moreno 20:10:00 y Moreno
20:11:00 -Castelar 20:34:26” fs. 2059;
43).- Transcripciones mecanográficas de
desgrabación de la totalidad del audio contenido en la filmación del día
13/6/13 por las cámaras instaladas en las cabinas de ambos trenes como así
también del registrado desde Puesto Control ubicado en la Estación Retiro
efectuado por la UESPROJUD Zona Oeste de la Gendarmería Nacional y que
lucen agregadas a fs. 2271/2285;
44).- Estudios médicos legales remitidos por legistas
de la Policía Federal Argentina respecto de Samira Tamara González, Gilberto
Ramiro Peralta Aguinagalde, Oscar Contreras, Ariel Atamirano, Matías
Gebier, Rubén Ponce, Gustavo Baez, Francisca Alarcón, Sergio Cavez, Irma
Sullca Castro, Manuel Saucedo, Santiago Díaz, Roberto Cardozo, Gimena
Encina y Oscar Ponce de fs. 2350/2358;
45).- Pericias toxicológicas efectuadas por el
Laboratorio de Toxicología y Química Legal del Cuerpo Médico Forense de la
Justicia Nacional:
45.1) Nº 8427-13 respecto de las muestras de sangre
y orina del conductor Raúl Eduardo Ahumada de fs. 2373/2375, 2589/91 y
2961/63 que arrojó resultado negativo en sangre y en orina se hallaron trazas
no cuantificables de cafeína y la deposición testimonial de fs. 2618 del
Químico Mario Raúl García;
45.2) Nº 8412-13 perteneciente a las muestras de
sangre y orina del conductor Daniel Alberto López de fs. 2375/2380 y 2484/86
que arrojó como resultado en sangre trazas no cuantificables de cafeína y en
orina trazas no cuantificables de lidocaína, ácido salicílico y cafeína, junto con
el testimonio rendido por la Bioquímica Clara Inés Pereira de fs. 2619/20;
46).- Presentación efectuada por el Hospital Eva
Perón de Merlo relativa al listado de personas atendidas en ese nosocomio (fs.
2435/2440);
47).- Conclusiones periciales (Nro. 5162/2013) del
Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina sobre dos muestras
sanguíneas recogidas en día del evento en la pared exterior del coche 2191 de
la formación chapa 19, conforme acta de levantamiento de rastros de fs
2594/2595, en la que se concluye que se trata de sangre humana y la que M1
se comporta como del grupo “0” mientras que la M2 se comporta como del
grupo “A” -fs. 2593;
48).- Nota producida por MOVISTAR respecto de la
línea telefónica celular Nro. 1149366729, la cual posee crédito mensual
telefónico con un plan control de pago a mes adelantado de $250, acceso a
redes sociales, mail y chat ilimitado, 700 MB para navegar por internet y 4
números free para llamados y SMS. Asimismo se informó que el aparato
vinculado a la línea tiene dentro de sus características WI-FI lo que le
permitiría navegar por internet sin la necesidad de contar con un plan de datos
y por último se hizo saber que WhatsApp es una aplicación que cada usuario
31
descarga desde internet al móvil motivo por el cual se desconoce si dicho
abonado la posee (ver. Fs. 2655/2656);
49).- Reseña sobre el avance de la investigación que
lleva adelante la Comisión de Investigación creada por resolución MIyT nº
540/13 relativa al accidente ferroviario de Castelar del cual participaron los
equipos 1 y 19 (fs. 2694/2717);
50).- E-mail recibido de la ART “Galeno” respecto
de la atención y seguimiento efectuado a los conductores López y Ahumada de
fs. 2752/2764 y 3541/552;
51).- Cupones de habilitación de los conductores
López y Ahumada incorporado por la UGOMS a fs. 2775/2777;
52).- Escrito elevado por la Gerencia de Material
Rodante de UGOMS SA que guarda relación con las tareas que se realizan en
el chek list, en qué consisten las mismas, como así también los datos
filiatorios de los empleados de apellido Lavecchia, Acosta, Scutari y de los
encargados de turno del depósito Castelar el 10/6/13 luciente a fs. 2778/2781;
53).- Diligencias labradas por la Comisaría Tres de
Febrero segunda Ciudadela de la Policía de la Provincia de Buenos Aires de
las cuales consta el relevamiento de los heridos internados en el hospital
Carrillo (fs. 2880/84) y las confeccionadas por la Comisaría de Isidro
Casanova respecto del Hospital Paroissien (fs. 2899/2901);
54).- Planilla proporcionada por el Servicio
Meteorológico Nacional en relación a las condiciones meteorológicas del día
13 de junio de 2013 en la localidad de Morón, Pcia. De Bs. As. obrante a fs.
3448/49 en el que se expresa que ese día a la 7:00 hs el cielo estaba
parcialmente nublado con una temperatura de 16,9º C., la humedad del 90%
con viento soplando desde el Norte a 17 km/h y la presión atmosférica de
1011,8 hPa y el aportado a fs. 3702/03 por el Servicio de Hidrografía Naval en
el que se expone que en la fecha indicada el crepúsculo matutino ocurrió a la
7:29 hs y la salida del sol se registró a la 7:57 hs.;
55).- Manual de Capacitación para personal de
Conducción (Tema Nivelación) Formación Tren Toshiba Doble Tracción
incorporado por la UGOMS a fs. 3361/3390 junto con el escrito de fs.
3400/3402 en el que se pone de manifiesto el temario que integró dicha
capacitación, la carga horaria que ocupó, el modo de examinar, y la afirmación
que según registros de TBA el conductor López llevó a cabo el curso de
referencia entre los días 13 y 16 de agosto de 2007 con tres jornadas de
instrucción y una de práctica de manejo (cada una de 8 horas), que le entregó
el manual arriba mencionado y que el resultado de su evaluación fue de
91,69% sobre 100%;
56).- Detalle diario y resumen mensual desde
diciembre de 2012 hasta el 13 de junio de 2013 de las ocasiones en que el
conductor Daniel López condujo el Toshiba Doble Tracción afectadas al
servicio de transporte de pasajeros -chapa 21 a 25 y desde el 8 de junio del año
en curso el 01-, sumando un total de ciento dos (102) horas (fs. 3391/3398);
57).- Cuadro de consumo de corriente en tercer riel
de vía ascendente entre las estaciones de Morón y Castelar de la Subestación
Morón del día 13 de junio de 2013 en el horario de 06 a 08 hs. de fs. 3399;
58).- Análisis toxicológicos complementarios de la
autopsia practicada sobre quien en vida fuera Ezequiel Agustín Vargas por el
Laboratorio de Toxicología y Químico Legal de la Morgue Judicial de fs.
3446/49 y 3605/06; el elevado respecto de María Laura del Zompo de fs.
3450/54 y 3611/12 y el realizado sobre los restos mortales de Cristian Darío
Nuñez obrante a fs. 3455/58 y 3607/08, el estudio de grupo sanguíneo, HIV y
humor vítreo de Nuñez de fs. 3720/21, el correspondiente a Vargas de fs.
3768/70 como así también el estudio histopatológico de fs. 3609/10 y el
estudio hemático y humor vítreo de fs. 3656/57 ambos de María Laura del
Zompo;
59).- Peritaciones elaboradas por el Laboratorio
33
Químico de la Policía Federal Argentina identificadas como:
59.1).- Nro. 5163/2013 efectuada sobre una muestra
sanguínea de gran tamaño ubicada sobre el panel divisor de la cabina de
conducción de la unidad 1800 de la formación 01 recogida en día del suceso,
conforme acta de levantamiento de rastros de fs 3535 en la que se concluye
que se trata de sangre humana que se comporta como del grupo “0” ver fs.
3533/3534;
59.2).- Nro. 5146/2013 realizada sobre diez muestras
sanguíneas -tomas de M1 a M6- de la cabina de conducción del chapa 1, M7 a
M9 en el vagón 1803, la M10 en el coche 1813 y la M11 en el suelo del 1783
recogidas todas ellas el 13/6/13 de fs 3539 en la que se concluye que todas
ellas se tratan de sangre humana y que de M1 a M6, M10 y 11 que se
comporta como del grupo “0” y las muestras 7,8 y 9 como del grupo “A” -ver
fs. 3537/3538;
60).- Estudios anuales psicofísicos de los
conductores López y Ahumada elevados a fs. 3535, certificados a fs. 3597vta
y reservados en Secretaría;
61).- Partidas de defunción de quienes fueran en vida
Cristian Darío Nuñez, María Laura del Zompo y Exequiel Agustín Vargas
elevadas por el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires obrantes a fs. 3615, 3616 y 3622
respectivamente y los trámites de inscripción de los decesos lucientes a fs.
3989/4019 y 4201 sumado a la nota actuarial de fs. 4204 donde se especifica
el sitio de inhumación de los fallecidos;
62).- Actuaciones de la División Informática de la
Policía Científica de la Gendarmería Nacional en las que se deja constancia
que no pueden obtenerse las imágenes captadas por la cámara secuestrada de
la unidad 2165 (Eq. 19) toda vez que el disco rígido de la misma no funciona
correctamente - fs. 3658/3662;
63).- Escrito remitido por la UGOMS de fs. 3718/19
en el cual se detalla que a partir del incidente sucedido el 16/06/12 y tras la
inspección realizada se decidió retirar el equipo 01 de servicio de pasajeros
llevándolo a la empresa EMFER para su reconstrucción total. Asimismo allí se
plasma que el gremio “La Fraternidad” también oportunamente anotició ese
incidente mediante nota del 19/06/2012;
64).- Conclusiones de la pericia mecánico-
accidentológica ordenada en autos en la que se exponen las características,
causas y consecuencias del choque investigado acaecido el 13-06-2013 como
así también la descripción de los sistemas e instrumentos que éstos poseen,
por medio de la cual se determinó que “no se ha encontrado evidencia
objetiva de falla o mal funcionamiento de los sistemas de freno y de
seguridad de la formación Chapa 1, como así tampoco otros elementos o
factores técnicos que hubiesen imposibilitado la reducción de velocidad
desde la señal atravesada en amarillo hasta el momento del impacto” de fs.
3791/3931 y el punto 2 que por error involuntario se omitiera presentar
luciente a fs. 4031/4034, como así también la presentación efectuada en
disidencia por los peritos de parte propuestos por la Defensa de los motorman
López y Ahumada en el cual dictaminan que “no fue posible demostrar qué
operaciones realizó el conductor López instantes antes de la colisión, y
tampoco demostrar en forma fehaciente que el freno funcionaba
correctamente en forma integral” (fs. 4136/60).-
65).- Informe técnico preliminar efectuado por el
Ing. Electrónico con especialidad en Telecomunicaciones Oscar Enrique
Verazzi de fs. 4132/33 sobre el DVD que contiene copia de la filmación
extraída de la DVR secuestrada del coche 1800 y su declaración testimonial de
fs. 4170/72;
Se encuentra legalmente acreditado en autos que el
día 13 de junio de 2013 DANIEL ALBERTO LOPEZ condujo el tren 3727
cargado de pasajeros en el sentido Once/Moreno en servicio “rápido” por la
35
vía general ascendente Nro. 1 del ferrocarril de la línea Sarmiento con la
formación denominada “Chapa 1” (doble piso) compuesta por nueve (9)
unidades, a saber: 1800, 1056, 2355, 1803, 1067, 1813, 2161, 2026 y 1783.-
Al salir de la estación Morón infringió el deber
objetivo de cuidado que su actividad normada por el RITO le impuso, al no
respetar las señales lumínicas automáticas que lo advertían que la vía se
encontraba ocupada, atento al sistema de recubrimiento entero utilizado en
el tránsito ferroviario.-
De tal forma traspuso las luces A177 de aspecto
amarillo/anaranjado a 43,5 km/h, la siguiente -A181 apagada- la atravesó a
58,5 km/h (aunque según el reglamento interno técnico operativo debía
detenerse, esperar dos minutos y luego avanzar a precaución) y por último
franqueó a 60,5 km/h. la señal en rojo A185 cuando debía cesar de la
marcha.
No obstante ello, siguió el recorrido
negligentemente, imprimiéndole tracción a la máquina sin aplicación de
cualquiera de las variantes de frenado a su alcance y así, a las 07:05:42 hs.
en la progresiva 21.513,60 ubicada en la localidad de Castelar, Pdo. de
Morón Provincia de Buenos Aires, embistió a una velocidad de 61 km/h la
cola del tren en servicio Nro. 3725 al mando de Raúl Eduardo Ahumada
(“chapa 19” compuesto por los vagones: 2003, 1011, 2009, 2164, 1049,
2191, 2609 y 2165) que recién comenzaba a moverse, tras recibir la orden de
la señal A189.-
A raíz de la colisión relatada, López causó el
descarrilamiento de bogies de ambos equipos, varios de sus coches se
incrustaron entre sí, otros se comprimieron y el chapa 1 terminó por
separarse en tres partes.-
Con motivo del evento descripto fallecieron los
pasajeros Cristián Darío Núñez, María Laura Del Zompo y Exequiel
Agustín Vargas, conforme surge de las partidas de defunción obrantes a fs.
3615; 3616 y 3622; además se constataron –hasta el momento-, lesiones
graves en los usuarios Walter Ascencio, Matias Basualdo, Cornelio Luis
Rivero, Andrea Lena, Luciana Ruiz Lena, Aníbal Fernando Montero,
Antonio Cardozo Pereira, Gastón Maximiliano Nobile, Selva Vanesa Coppa,
José Antonio Mendez y Teresa Susana Fernández, y leves en Luis
Alejandro Giorgi, Alejandro Daniel Ruarte, María Cristina Del Gesso, Luis
Rene Berdu, Martín Eduardo García, Miguel Angel Rojas, Andrés Fabián
Bossa, Cristino Zurita, Gustavo Adolfo Medina, Rubén Armando Terragni,
Santiago Gerómino Dig, Mónica Patricia Cañete, Maximiliano Iván Díaz,
Bruno Agustín Tolosa, Norberto Jorge Cragno, Roxana Elizabet Taboada,
Daniela Noemí Herrera, Diego Germán Juarez Pablo Vicente Pelaez,
Norberto Fernández, Rodrigo Fondo, Marco Emanuel Onetto, Miguel
Angel Moreno, Elisa Virginia Cerviño, Daniela Andrea Valla, Andrea
Milagro Cañari, Carlos Alberto Larocca, Marcelo Flores, Sergio Dal Ronco,
Juan Carlos Romero, Milcíades Fleitas Britez, Arturo Rubén Mamani,
Esteban Fernando Pisapía, Héctor Soto, Marcelo Alejandro Arce, Ayelén
Andrea Soto, Sandra Liliana Martín, Flavia Verónica Obispo, Mariana
Gabriela Cancelliere, Gustavo Ariel Carranza, Osvaldo García, José
Mauricio De la Torre, Crispina Avalos, Diego Matías Carranza, Melanie
Ailen Brandariz, Bárbara Córdoba, Cristian Diego Marín Scharton, Héctor
Ricardo Ruíz, Isabel Margarita Gontad, Gonzalo Zabalgoitía, Carolina Tur,
Miguel Gonzlalez, Pablo Guantay y José Argentino Colombo.-
Tal como puede apreciarse, el evento asocial que
engendró la presente, se encuentran fehacientemente acreditado, mediante la
sólida estructura probatoria analizada, que no presenta fisuras que le hagan
perder fuerza probatoria, de modo que el injusto en su aspecto fáctico ha
quedado plasmado en lo que a la acaecencia del mismo respecta, dejándose
constancia que han regulado la prueba los artículos 138, 139, 232, 239, 253 y
cctes. del Código Procesal Penal de la Nación.-
37
Segundo: Autoría y Responsabilidad:
Con la trascendencia propia de esta etapa del
proceso, he de tener a DANIEL ALBERTO LOPEZ como autor penalmente
responsable del hecho que describiera en el apartado primero. (art. 45 del
Código Penal).-
Asimismo, y a los efectos de evitar innecesarias
reiteraciones, considero pertinente señalar que el aspecto objetivo del tipo
penal que se le endilga al nombrado se encuentra suficientemente acreditado
por las mismas piezas de convicción que demostraron el acontecimiento del
episodio sometido a estudio, razón por la cual me remito a lo volcado en dicho
considerando en tal sentido.-
En el mismo orden de ideas, considerada su conducta
desde la faz subjetiva, no escapa a conocimiento del suscripto la gran cantidad
de piezas probatorias colectadas a lo largo de la pesquisa, sin embargo por
obvias razones de economía procesal solo he de valorar aquellas que sean
determinantes para comprobar la autoría y responsabilidad que al imputado le
cabe.-
En efecto, lo expuesto en el primer párrafo resulta
plenamente reforzado por las constancias probatorias arrimadas al presente
legajo, y que para mayor abundamiento señalaré a continuación.-
Tal como se encuentra acreditado en autos Daniel
Alberto López condujo el servicio Nº 3727 identificado como chapa 1 y
compuesto por los coches 1800, 1056, 2355, 1803, 1067, 1813, 2161, 2026 y
1783 el 13 de junio de 2013.-
De su legajo personal resguardado en Secretaría,
surge que es conductor de formaciones eléctricas desde el 14 de marzo de
1984, además a fojas 2775 obra el cupón habilitante que le fue otorgado por la
autoridad de aplicación con vigencia hasta el 31/12/2013. Es decir posee 29
años de experiencia en la labor.-
También se adjuntó a la causa un detalle donde se
desarrolla el temario que un aspirante a motorman debe estudiar para rendir el
examen que le otorgará su licencia. El programa de formativo de conductores
de trenes se compone de cinco módulos [1) “reglamentación y señales“, 2)
“principios de física, electricidad y mecánica”, 3) “estudio y conocimiento de
la unidad tractiva”, 4) “técnicas conductivas” y 5) “reconocimiento y
resolución de fallas en la unidad tractiva”].-
Del mismo modo se ha informado que el imputado
concurrió al curso de nivelación para el manejo de Toshiba doble tracción. Se
le entregó un manual (ver copia a fs. 3361/3390) donde se indican todas las
funciones y dispositivos que posee.-
Por otra parte, -según el escrito de fs. 3400/3402- el
conductor cumplió con el curso de referencia entre los días 13 y 16 de agosto
de 2007 con tres jornadas de instrucción y una de práctica de manejo (cada
una de 8 horas) y tras ser evaluado fue calificado con el 91,69 puntos sobre
100.-
Daniel Alberto López -contando tan sólo el lapso de
tiempo que va desde el mes de diciembre de 2012 al 13 de junio de 2013-
sumó 102 horas de manejo en los equipos 01, 21, 22, 23, 24 y 25. (fs.
3391/3398).-
En otro orden de ideas y previo a tomar servicio el
día del hecho, a éste se le realizó el estudio de alcoholemia obligatorio, que
dio resultado negativo “0”. Es decir no ingirió en las horas previas a la
conducción sustancias que posean alcohol.-
Igual resultado arrojó el análisis de sangre y orina
que se le practicó luego del choque -pericia de fs. 2375/2380 y 2484/86
39
elaborada por medio del Laboratorio de Toxicología y Química Legal del
Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional-. En el informe se plasma que
en sangre se hallaron trazas no cuantificables de cafeína mientras que en orina
parámetros ínfimos de lidocaína, ácido salicílico y cafeína. La Bioquímica
Clara Inés Pereira (fs. 2619/20), explicó que la presencia de los mismos se
deben a la administración de medicamentos en la Clínica Constituyente donde
lo asistieron luego del impacto -ver certificado médico de fs. 2620.-
Además los profesionales de la salud que le
practicaron los exámenes psicofísicos anuales, lo encontraron apto para
desarrollar la tarea que lo ocupa, con vencimiento en el mes de diciembre de
2013. (según obra en copias reservadas).-
A continuación, trataré de ilustrar conforme se fue
recreando en el expediente, cómo se sucedieron los acontecimientos.
Para ello comenzaré por citar la versión del testigo
Eladio Pereyra, quien viajó como pasajero en el tren chapa 19 el día 13 de
junio pasado. Así a fs. 172 surge que: “… el dicente iba a bordo del… que fue
colisionado en momentos en que se hallaba detenido. … Que se subió en el
anteúltimo vagón justo donde esta el furgón, que es donde llevan las
bicicletas. Que fue sentado hasta la estación Morón, lugar donde pudo
apreciar que subían sus dos primos de nombre Gustavo Javier y Genaro Báez,
oportunidad en la que les hace una seña levantando su mano y se para como
para ir charlando con ellos. …. Que desde que subió en la estación Flores
hasta la estación Morón, o mejor dicho pasando la estación Morón el viaje
fue perfecto y no notó nada que le llamara la atención. Que salió de Morón a
una velocidad normal y al pasar el puente de tribunales comenzó a disminuir
la velocidad, pero solamente un poco, no mucho, como si hubiera algo que
tenia en frente y al instante una frenada muy brusca. Que en ese momento se
miraron entre los pasajeros como preguntándose que había pasado. Tan es así
que llamó al celular de su primo Gustavo que estaba en el último vagón y le
dijo que viniese hacia donde el dicente estaba y mientras tanto le decía que
para él alguien se había tirado a las vías, que algo había pasado por la
manera de frenar. Que en ese mismo instante sacó la cabeza por la ventana
para ver hacia delante pero no pudo ver nada y giró la cabeza hacia atrás y
vio la luz del tren que se acercaba. Que también llegó a ver la luz del tren
que sale de las ventanas, que el tren estaba muy cerca del suyo por lo que
entró la cabeza pensando que el tren los iba a pasar por la vía del costado
pero ello no fue así y casi instantáneamente sintió el impacto como si fuese
una explosión. Que no sintió ninguna maniobra de frenado. Que no
escuchó que rechinaran las ruedas ni la bocina advirtiendo nada, que así
como venía los chocó. Que con la explosión se apagó la luz y vino una gran
sacudida que los tiró a todos por todos lados. Que nunca perdió el
conocimiento y en ese momento miró para ver si no era que el tren que los
chocó se había montado y comenzaba a arrollarlos, pero ello no sucedió. Que
prendió su celular y comenzó a buscar a su primo Genaro que tenía una
campera de color blanca por lo que lo ubicó muy rápido. Y que si bien su
primo había sufrido golpes estaba bien como para bajar del tren. Que se
bajaron y se fueron para el último vagón a buscar a su otro Primo Gustavo a
quien vieron justo como lo bajaban otros pasajeros con su cara sangrando
por el golpe. Que a partir de ello se quedó junto con otras personas tratando
de auxiliar a una mujer que estaba atrapada entre los asientos del último
vagón a la cual pudieron librar sacando las tuercas con una llave. Que luego
los atendieron y se llevaron a su primo en ambulancia al hospital de Moreno
siendo que el dicente lo acompañó. Que allí los atendieron muy bien. Y que su
caso no sufrió lesiones de consideración puesto que por suerte no sufrió
fracturas, pero si muchos golpes en las piernas, brazos y costillas…” (lo
subrayado y resaltado me pertenece).-
Pereyra fue observador privilegiado de lo
acontencido, ya que a diferencia de otros tantísimo pasajeros, no se encontraba
dormitando o concentrado en otras cuestiones, sino que justo estaba mirando
41
atentamente por la ventanilla cuando pudo distinguir que el chapa 1 venía
directamente hacia ellos, sin percibir con sus sentidos ninguna maniobra de
frenado ni toques de bocina a modo de advertencia, lógicamente pensó que
serían traspasados por la vía contigua –desgraciadamente sabemos, ello no
sucedió-.-
Su versión en líneas generales coincide con la del
resto de los ocupantes del chapa 19, en su gran mayoría relataron que el tren
se detuvo en el cruce a nivel de la calle Zapiola –aquellos viajeros frecuentes
expresaron que era corriente que aconteciera- a continuación sintieron un
fuerte sacudón, todas las luces se apagaron; sobrevinieron los gritos y pedidos
de ayuda.-
El relato de gran parte de los usuarios del chapa 1
tampoco se alejó de dicha línea argumental, sintieron aceleración, un golpe
que los zarandeó, oscuridad, silencio por el desconcierto y a continuación
devinieron las voces reclamando socorro.-
Hasta el momento se presentaron a declarar
testimonialmente veinticuatro personas que esa mañana estaban a bordo del
equipo chapa 1. Once de ellos -Rafael Aragón (fs. 1519/22), Miguel Angel
Moreno (fs. 1529/32), Andrés Bossa (fs. 1667/69), Cristino Zurita
(fs.1721/23), Matías Ortíz (fs.2135/37), Nicolás Libonatti (fs. 2295/96),
Hector Soto (fs.2451/53), Ayelén Soto (fs. 2603/04), Carlos Ortíz (fs.
2724/26), Mariano Miño (fs. 3296/97) y Sandra Martínez (fs. 3314/16)-,
dijeron que el chapa 1 desde que salió de la estación de Morón no frenó.-
Por su parte Rosa Olguín (fs. 1533/34), Juan Manuel
Cerrato (fs.1685/87), Máximo Vera (fs.1718/20 ), Carlos Larocca (fs.
2301/03), Hugo Galarza (fs. 2308/2309) y Margarita Gontad (fs. 3252/54)
expresaron que venían en viaje y repentinamente los sorprendió el impacto.
Es decir que ninguna situación los alertó de lo que en definitiva ocurrió.-
Obran a fs. 1089, 1090/91 y 2890 las deposiciones
testimoniales de tres policías que se encontraban en las cercanías del lugar del
hecho y rápidamente se apersonaron a brindar su ayuda.-
Fabio Norberto Sueiro a fs. 1089 contó que: “…
siendo las horas 07:08 aproximadamente, recibió una comunicación interna
del Cabo 1ero STANCICH, quien le manifestó que el operario del Sistema
GPS de la Estación ITUZAINGO le dio la novedad que habría ocurrido un
accidente en las proximidades de la Estación CASTELAR. Atento a ello
juntamente con Cabo 1º RUSO Héctor, también de Servicio adicional se
dirigieron al lugar haciéndolo en primera instancia a la Estación, siéndole
allí informado que el accidente seria en las cercanías de la barrera de la calle
Zapiola, por lo que rápidamente se dirigieron al lugar constatando a su
arribo que se encontraba un Móvil de la Policía de la P.B.A. y a unos 50 a 60
mts, una formación férrea detenida de la cual los pasajeros saltaban al sector
de vías intentando salir del lugar. Que ante estas circunstancias, se dirigieron
al sector donde se encontraba la formación pudiendo observar que se trataba
de la formación chapa 19 el cual había sido colisionado por el Tren chapa 1.
Que rápidamente el diciente como su compañero se abocaron a la evacuación
de los pasajeros, permaneciendo el dicente junto a una de las puertas del
vagón, ingresando luego a este continuado con la tarea de evacuación. Hace
constar que cuando ingreso al vagón siniestrado observo a una persona del
sexo masculino aprisionado entre los hierros con una de sus piernas hacia
fuera mas precisamente ubicado del lado izquierdo observando hacia once,
como así también observo el cuerpo de una persona del sexo masculino de
contextura joven aprisionado entre los hierros ubicado casi a la altura de la
puerta posee el vagón para pasar de un lado a otro. Que luego de unos
instantes se hicieron presentes personal de bomberos quienes se hicieron
cargo de las tareas de evacuación, como así también momentos después se
hicieron presentes ambulancias, personal policial, médicos, ect…”.-
Esteban Javier Stancich a fs. 1090/91 y Héctor
43
Octavio Ruso a fs. 2890 relataron similar situación en cuanto al modo en que
se enteraron de lo sucedido y cómo arribaron al lugar, pero el primero efectuó
en su relato del cuadro trágico con el cual se topó que por su elocuencia citaré:
“… Que … el diciente comenzó a caminar hacia donde se encontraba la
formación detenida con signos de haber colisionado, observando durante la
caminata personas en el terraplén y en las vías sentada, todas lesionadas,
ensangrentadas algunas, que al llegar al vagón identificado con el nro. 2191,
del convoy identificado con chapa 19, donde observa que dentro de la
formación había personal identificado con prendas de la empresa férrea
conociendo alguno como persona de evasión de la estación Castelar, motivo
por lo cual procede a ascender al vagón por la puerta del medio. Logrando
observar a una persona del sexo femenino quien estaba tirada en el piso
quien gritaba incesantemente, observando que los miembros inferiores de
estas personas se encontraba con múltiples fracturas, a la que les hablo con
fines de calmarla, no pudiendo lograr el cometido, en ese instante levanta la
mirada y observa el sector del furgón notando que había algunas personas
sentadas en aparente estado de shock o aturdidas, con manchas de sangre
en su rostro, que asimismo a su izquierda, en sentido de Castelar a Morón,
visualiza a una persona del sexo masculino que estaba atrapada entre los
hierros al parecer sin vida, asimismo noto a otro masculino quien estaba
atrapado entre las estructuras del vagón, a quien el dicente le hablo y le
informo que los servicios estaban viniendo y le pidió que aguantara sic,
asimismo observo hacia la derecha y vio a una persona del sexo femenino
quien al parecer se encontraba sin vida y presentaba un amplio corte en
abdomen y con sus viseras hacia fuera. Luego de observar este panorama
desgarrador, opto por prestar ayuda a las personas que se encontraban con
vida y ayudo varias personas a descender del vagón. Hasta que unos 20
minutos aproximadamente después arribo una ambulancia, y la médica
ascendió al vagón, mientras que el dicente seguía asistiendo a los heridos, a
quienes ayudaba a bajar, luego se hizo una recorrida en la otra formación,
convoy identificado como chapa 1, observando que se encontraba
completamente vacío, luego regreso al sector donde se encontraban las
personas atrapadas y observo que la doctora había entubado al muchacho
que estaba atrapado con vida. Luego arribaron más ambulancia, los
bomberos y más personal policial, quienes se abocaron a rescatar a las
personas atrapadas…”.-
El escenario quedó descripto en el acta de fs. 968/70.
Allí se deja constancia que: “…efectivamente en el lugar mencionado se
encontraban colisionadas dos formaciones, siendo estas el chapa 19 tren 3725
conformada por ocho (8) coches siendo estos 2003, 1011, 2009, 2164, 1049,
2191, 2609 (furgón), 2165, la cual se encontraba detenida a unos 50 mts. del
paso a nivel de la calle Zapiola, poseyendo esta formación los coches 2009 y
2164 encimados, la parte trasera del coche 2164 y la parte delantera del
coche 1049 incrustado el segundo sobre el primero, el coche 1049 presentaba
su primer bogie descarrilado, el coche 2191 y el 2609 incrustado el primero
sobre el segundo (sector de mayor daño material), observando también que el
primer bogie del coche 2609 se encontraba descarrilado, el coche 2165 se
encontraba montado en la parte trasera del coche 2609, observándose que el
coche 2165 (cola del tren chapa 19) y el coche 1800 (coche tractivo del chapa
1) se encontraban incrustado el segundo respecto del primero; siendo el
conductor el Sr. AHUMADA Daniel y Jefe de Tren el Sr. AGUIRRE, Pablo;
Tren chapa 1 (doble piso) compuesto por nueve (9) vagones encabezado por
el vagón 1800, 1056, 2355, 1803, 1067, 1813, 2161, 2026, 1783, observando
que el coche 1056 se encontraba incrustado en la parte trasera del coche
1800, produciéndose un desprendimiento de bogie, coche 2355 impactado y
desprendido unos 10 a 12 mts., el coche 1803 se encontraba incrustado contra
el coche 2355, los coches 1067, 1813, 2161 comprimidos, observando el
descarrilo del último bogie del coche 1067, en tanto los coches 2161, 2026 y
45
1783 con daños, siendo su conductor el Sr. LOPEZ DANIEL y guarda trenes
los señores DI PAOLA Gabriel y SUAREZ Daniel…”.-
Lo graficado en el párrafo que antecede encuentra
correspondencia con las fotografías y filmaciones reservadas en Secretaría,
tanto las registradas por personal policial interviniente como las aportadas por
otras fuerzas de seguridad, por las partes e interesados.-
Finalizado el rescate y trabajo de campo llevado a
cabo por la Unidad Tanatológica Móvil de la P.F.A. se retiraron los tres
cuerpos sin vida, que fueron trasladados a la morgue judicial.-
Como antes se dijera, sus identidades se confirmaron
mediante el estudio dactiloscópico y reconocimiento de familiares directos,
tratándose de Exequiel Agustín Vargas, María Laura del Zompo y Cristian
Darío Nuñez.-
La Dra. Ana P. Spinetti de la unidad móvil médico
forense de la P.F.A describió el lugar donde se hallaron los tres cuerpos sin
vida como un vagón del chapa 19 con extensos daños y roturas en general
observando que el coche contiguo (hacia Once) se incrustó en uno de los
extremos con gran violencia. Luego de examinar la superficie cadavérica,
practicó el examen lesionológico en el orden en que fueron encontrados;
“Primera N.N. Masculino –Cristian Dario Nuñez:
presenta numerosas excoriaciones, laceraciones extensas en glúteos y
miembro superior derecho quedando los planos musculares expuestos y
fractura del miembro inferior derecho.-
Segunda Exequiel Agustín Vargas: presenta
excoriaciones, varias equimosis excoriaciones en torso y en mulso derecho y
fractura de pierna izquierda.-
Tercera N.N. Femenino –María Laura del Zompo-:
presenta numerosas excoriaciones y equimosis, pero en la región lumbar se
observa una importante herida contusa con eventración de vísceras. También
se observa una herida contusa en tercio distal de muslo derecho (casi cara
lateral externa de rodilla)” (fs. 1607/12).-
Todo lo expuesto llevó a la médica legista a concluir
que conforme el estado de las víctimas y demás elementos observados
resultan concordantes con un accidente vial de trenes de pasajeros, las lesiones
externas son variadas en su naturaleza pero compatibles con el tipo de
siniestro y la data de las muertes concuerdan con la escena del hecho y la hora
del accidente. Se trata de tres casos de muertes violentas. La etiología médico
legal de la muerte: accidente vial. El mecanismo de las lesiones: golpe o
choque contra superficies contundente planas.-
El resultado de las operaciones de autopsias
practicadas sobre los cadáveres por parte de profesiones de la Morgue Judicial
dependiente del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional confirma y
amplía más extensamente lo señalado con antelación.
A fs. 95/103, el Dr. Lossetti afirmó que la muerte de
Exequiel Vargas se produjo por traumatismos múltiples, contusión poli-
visceral y hemorragia interna. Por su parte el Dr. Di Salvo a fs. 104/113
concluyó que el fallecimiento de María Laura del Zompo acaeció a raíz de
traumatismos múltiples, contusión poli-visceral y hemorragia interna y
externa. Para finalizar a fs. 114/123 la Dra. Bustos certificó que la defunción
de quien hasta ese entonces no se encontraba identificado (Cristian Dario
Nuñez ver fs. 996) producto de politraumatismos, desgarro glúteo perineal y
de miembro inferior y hemorragia externa.-
Del relevamiento de lesionados y traslados a
nosocomios cercanos surge que recibieron atención médica trescientas treinta
y tres (333) personas a los que debe adicionarse -por ahora- otras veinticuatro
(24) que con ayuda de familiares y amigos se trasladaron por sus propios
medios hacia otros hospitales y clínicas y luego se presentaron
47
espontáneamente en la causa con las constancias médicas respectivas.-
Es decir que recibieron atención médica con motivo
del siniestro pesquisado, por lo menos trescientos cincuenta y siete (357)
pasajeros.-
Hasta la fecha se constataron en cincuenta y cuatro
(54) de ellos lesiones leves y en otros once (11) graves. Cabe mencionar que
algunos informes aún se encuentran pendientes de finalización.-
En el lugar estuvieron presentes equipos de la
Unidad Criminalística Móvil junto con personal del Laboratorio Químico, la
Unidad de Accidentología Federal de Transporte, la División Exteriores de
Video y la División detección y adiestramiento de perros de la Policía Federal
Argentina quienes llevaron a cabo las tareas de campo de sus especialidades.-
Las actividades de las fuerzas de seguridad en sus
diversas divisiones según sus especialidades, la de los bomberos y rescatistas
culminaron al día siguiente. Toda la jornada del 13 de junio pasado -hasta que
la luz natural lo permitió- estuvo abocada al salvamento de personas y
recolección de evidencia.-
En la búsqueda de más heridos y/o víctimas fatales
se hizo imprescindible separar los vagones 2191 y 2609 correspondientes al
chapa 19 puesto que, si bien se registraron con canes adiestrados en la
detección de personas heridas o sin vida, se hacía imperioso confirmar que
nadie estuviera allí atrapado.-
Esta diligencia continuó el 14 de junio de 2013
puesto que como última opción se utilizó a una grúa, que finalmente los
separó. Se removieron de la vía los últimos coches para depositarlos junto al
resto en los talleres de Castelar (chapa 19) y de Haedo (chapa 1) donde
permanecen secuestrados y custodiados por la Gendarmería Nacional. En
definitiva recién el 15 de julio se restableció completamente el servicio
público de transporte de pasajeros del ferrocarril de la línea Sarmiento.-
El día que se produjo la colisión el funcionario
policial de la División Sarmiento de la Policía Federal Argentina Federico
Piñeyro en presencia de testigos hábiles, el Sr. Claudio Armando Romano
personal de la empresa UGOMS como así también los Sres. Javier Enrique
Bauer y Pablo Andrés Sassi de la empresa MKS, examinaron la cabina 1800 y
constataron que el registrador de eventos marca HASLERAIL se encontraba
conectado y la aguja detenida en el kilometraje 65. El botón de puño de
emergencia se hallaba con su correspondiente conexión eléctrica. Del mismo
modo se dejó constancia que no pudo visualizarse el pedal del “hombre vivo”
en virtud de los daños sufridos en el habitáculo, también observaron que el
control de marcha se encontraba en la posición Nro. 4 –tracción-, con la llave
colocada y con la conexión eléctrica conectada. –ver acta de fs. 24-
En consecuencia se incautó el Hasler antes
mencionado, el GPS (transmisor) y también el DVR con su correspondiente
monitor (equipo de filmación de la cámara del coche cabeza).-
Luego, se hizo lo propio con los instrumentos de la cabina 1783 de esa
formación y con los existentes en las unidades de cabecera y cola 2003 y
2165 del Chapa Nro. 19, todo lo que se entregó en la sede del Tribunal donde
se confeccionó el inventariado de efectos conforme manda el art. 233 del
C.P.P.N.-
Acto seguido y en presencia del Suscripto y Secretaria actuante,
el Dr. Sebastián Lorenzo Basso, Titular interinamente a cargo de la Fiscalía
Federal N°2 de Morón, juntamente con la Dra. Alfonsina Bava y el Dr.
Santiago Marquevich ambos Actuarios del referido Ministerio Público, el Sr.
Gustavo Céspedes, el Sr. Javier Bauer, el Sr. Pablo Andrés Sassi (empleados
de la empresa “MKS emprendimientos y Servicios SRL” CUIT 30-71027192-
1), el Oficial Inspector Federico Piñeyro de División Sarmiento de la Policía
Federal Argentina y el Sr. Claudio Armando Romano - de la Unión de Gestión
Operativa Línea –Mitre-Sarmiento- (UGOMS) se labró el acta que obra a fs.
49
31/32 en la que se deja constancia de las siguientes circunstancias: “…Que así
las cosas, y por disposición de S.S., el Sr. Gustavo Céspedes personal de la
empresa “MKS emprendimientos y Servicios SRL” procede a conectar la
grabadora extraída del tren identificado como formación 1 coche 1800 que
colisionó en el día de fecha en la intersección del paso a nivel de la calle
Zapiola de las vías del F.F.C.C. Sarmiento. Que ante lo cual, se aprecia del
monitor de 7” la reproducción del Disco Rígido que contiene la secuencia del
trayecto y recorrido efectuado por la formación antes mencionada hasta
instantes antes de su impacto. De tal modo, se pudo apreciar en la secuencia
que va desde las vías y su intersección con el paso a nivel de la calle
Pueyrredón que resulta ser límite de las localidades de Haedo y Morón. Que
ante ello, se requiere que el Sr. Claudio Armando Romano, empleado de la
Unión de Gestión Operativa Línea –Mitre-Sarmiento- (UGOMS), Supervisor
de Material Remolcado de Línea Mitre deposito Suarez. Quien explica acorde
a su experiencia lo que indican las señales lumínicas. Que previo a ello,
indica que en la línea ferroviaria del Ferrocarril Sarmiento esos semáforos
presentan tres luces. La que está ubicada más arriba es de color rojo, la del
medio de color naranja y la de abajo de color verde. Que el color verde
significa vía libre, la naranja significa precaución, y la roja peligro.
Asimismo, explicó que el pedal de reposición de hombre vivo, es un
dispositivo de seguridad que tiene la unidad el cual indica a través de una
señal sonora de alarma, el cual el conductor lo acciona con el dedo a través
del joystick o con el pedal del pie izquierdo, aclarando que si el conductor
hace caso omiso a la alarma, en un tiempo de entre 8 a 15 segundos hace una
aplicación de emergencia, lo cual sería que el sistema lo toma como que el
motorman se descompuso. Y que ese es el “bip” que se escucha de fondo en
forma periódica del audio de la grabación. Que así las cosas, al ser
visualizado el video, puede apreciarse lo siguiente: 1) que a las 7:00:52
horas, la formación pasa por el paso a nivel Pueyrredón teniendo luz verde;
2) a las 7:01:09, 7:01:27 y 7:01:42 horas pasa tres señales con luz verde; 3)
que a las 7:01:50 horas se cruza con una formación eléctrica la cual iba
hacia la estación once; 5) a las 7:01:55 horas pasa una nueva señal con luz
verde; 6) siendo las 7:02:30 para en la estación Morón, de donde sale a las
7:03:22 horas; 7) a las 7:03:27 se cruza con una formación diesel; 8) 7:03:54
pasa una señal de color naranja que significa, precaución, sobre este punto,
Romano aclara que ante este tipo de señal el motorman debe conducir con
precaución, es decir en alerta, ya que la próxima señal se puede encontrar a
peligro o a precaución. 9) siendo las 7:04:19 horas, pasa una señal que está
apagada, lo cual indica peligro y por tal motivo la formación debe detenerse
obligatoriamente tal como lo indica la reglamentación vigente. Que además,
el motorman debe consultar con la base operativa el temperamento a seguir.
Que según el protocolo si hay buena visibilidad, luego de dos minutos de
detención, puede continuar la marcha con precaución y en forma lenta,
siempre y cuando estén dadas las condiciones de visibilidad al caso. 10)
7:04:43 horas cruza una señal con luz roja, que advierte peligro. Que ante esa
señal, ya habiendo pasado las dos anteriores, trasponiendo una señal a
precaución y otra apagada, debe si o si detener la marcha, lo cual de la
visualización del video no ocurre. Que el sistema de seguridad ferroviario
prevé para la circulación y protección de sus trenes que el recubrimiento sea
completo –es decir una señal de precaución y dos señales a peligro-
circunstancia que se observa en el video. Es decir que surge de la
visualización del video que las normas de seguridad estaban funcionando
adecuadamente. 12) a las 7:04:44 se escucha que el motorman acciona el
dispositivo de hombre vivo lo cual significa que hasta ese momento el
motorman tenía actividad y posteriormente se corta el video, no
visualizándose el impacto, por cuanto explica el personal de MKS que se debe
a que el disco rígido graba por segmentos, perdiéndose siempre el último ante
el corte de energía de la formación...”.-
A continuación rindieron testimonio Pablo Sassi (fs.
51
33), Javier Bauer (fs. 34), Patricio La Vernicocca (fs. 35), Federico Carrillo
(fs. 36), David Flores (fs. 37/8) y Claudio Romano (fs. 39/41), quienes
ratificaron en lo que respecta a sus participaciones lo plasmado en las actas
citadas.-
Con motivo de la visualización del video antes
mencionado y el cúmulo de elementos reunidos hasta ese entonces se dejó sin
efecto las detenciones de los guardas Pablo Aguirre, Gabriel Di Paola y Pablo
Suárez, fijándose audiencias a tenor de lo normado por el art. 239 del Código
de Forma.-
Al ser escuchados, Gabriel Alberto Di Paola, en lo
que aquí interesa declaró a fs. 141/144: “… que es Guarda de trenes desde el
20 de junio del año 1997, siempre en la línea Sarmiento. Que actualmente se
desempeña como Guarda Programado a Órdenes. … Que en este caso, fue
designado para acompañar al guarda titular de la formación denominada
Chapa “1” correspondiente al tren N° 3726, cuyo guarda titular era el Sr.
Pablo Suárez. Que en este acto aclara el compareciente que el número 3726
significa o guarda relación con el itinerario asignado al tren, por lo que no
siempre coincide con el número de la formación. Es decir que sería algo
similar, como para que se entienda, al los números de vuelo, o sea que nunca
el mismo avión tiene el mismo número de vuelo. Que en este caso el número
3726 corresponde al itinerario que va desde Moreno a la estación de Once.
Continuando con el relato, explica que subió a ese tren aproximadamente a
las 5:27 am y que no recuerda a que hora llegó a la estación de Once, no
obstante lo cual, ese recorrido debió insumir unos cincuenta minutos. … Que
cuando el tren salió de Once, ya con el número de itinerario 3727, no
evidenció problema alguno hasta llegar a la estación Liniers. Que cuando
llegó el tren se detuvo de forma normal, cargo y descargó pasajeros y
arranco, pero a los pocos segundos y con el tren a medio recorrer el anden
notó que se aplicaron los frenos por lo que el tren se detuvo de manera total.
Que allí permaneció por un espacio de unos 10 a 20 segundos comenzando
nuevamente su marcha. Al respecto aclara que no sabe si los frenos se
aplicaron de manera automática o si los aplicó el motorman. Que a partir de
allí el recorrido fue normal hasta la estación Morón, donde el tren llegó bien
y freno correctamente….”.-
El testigo siguió con el relato desde que el Chapa 1
salió de la estación Morón: “…Que cuando salieron de la estación Morón el
tren arrancó normalmente, es decir comenzó a tomar velocidad como es de
costumbre. Que en ese momento el dicente comienza a caminar por el tren
hacia adelante ya que en el primer vagón debía realizar el relevo en la
estación de Castelar. Que por lo que pudo observar en los tres vagones que
recorrió la capacidad del tren estaba a un 50% de pasajeros sentados. Que no
recuerda bien si había alguien parado, pero cree que no. Que al llegar al
tercer vagón, contando desde atrás, ingresa, haces dos o tres pasos y siente
el sacudón producto del impacto. Que fue muy fuerte el sacudón por lo que
intentó tomarse de una de las manijas o del pasamanos pero no pudo pues
se zafó por lo que giró en el aire y cayó de espaldas en el piso golpeándose
fuertemente la zona lumbar. Que el tren se detuvo de manera inmediata por
lo que la inercia fue muy grande. Que el tren quedó totalmente a oscuras y
sin ningún ruido. Que la gente se quedó callada y enseguida comenzaron a
escucharse gritos y llantos de las personas que iban en el tren. Que cuando
pudo incorporarse se sintió muy confundido, no obstante lo cual como había
una puerta que se abrió, cree que con el impacto, bajó por el lado izquierdo
del tren. Que esa puerta daba sobre un arroyo que estaba a lo largo del tren
por lo que no podía ir hacia delante decidiendo volver hasta el último vagón,
rodearlo y se dirigió hacia la cabina delantera para ver que es lo que había
pasado. Que mientras caminaba veía como la gente iba bajando del tren y
entre ellos ayudaban a la gente herida que podían bajarla del tren. Que todo
era confuso, no se sabía que es lo que había pasado. Que al llegar adelante
53
observó que el tren había chocado contra otro y que la cabina estaba
bastante aplastada en la parte superior, por lo que subió a la formación y
fue a ver si estaba allí el motorman para poder auxiliarlo. Que mientras iba
por el pasillo observó que la puerta de la cabina donde debía estar el
motorman estaba abierta, pero el motorman no estaba. Que observó sangre
en el piso y no recuerda si en otro lado mas. Preguntado para que diga si
busco a su compañero por el interior del vagón, responde que si, que lo
buscó por el mismo coche para ver si estaba tirado en el piso, pero realmente
no lo vio. Que luego de ello se bajó del tren y comenzó a ayudar a las
personas a bajar. Preguntado para que diga cuanto tardo entre que bajó del
tercer vagón de cola, rodeó el tren por la cola y fue hacia adelante hasta que
llegó a la cabina, responde que entre cinco y diez minutos, que no lo puede
precisar pero que cree que fueron diez minutos. Preguntado para que diga
cuanto tiempo estuvo ayudando a la gente y que es lo que hizo después,
responde: que unos veinte minutos, que luego de ello se descompuso, como si
se hubiese desplomado por una crisis nerviosa. … Preguntado para que diga
si momentos antes del impacto, pudo advertir que el tren disminuyó la
velocidad o alcanzó a frenar, respondió que no, que el tren venía
acelerando, que cree que eso es normal porque no hacía mucho que había
salido de la estación Morón, pero que cuando sintió el impacto en ningún
momento sintió que el tren frenara, que fue instantáneo, que choco como
venía. Que no puede precisar a que velocidad venía, ni si esa velocidad era o
no la correcta. …” (lo remarcado me pertenece).-
Dijo poseer teléfono celular pero que no lo usa
mientras labora; tampoco vio a López hacerlo en el recorrido Moreno/Once
pero desconoce si lo usó en el trayecto Once/Castelar.
También aseguró que el lunes o martes anterior al
hecho viajó en el tren Chapa “1” y que todo fue normal. Por último recordó
que el imputado generalmente contestaba las señales del Hombre Vivo
utilizando el pedal que está ubicado sobre el pie izquierdo. Que no sabe o no
recuerda si en alguna ocasión lo hacía desde el pulgar en el Joystick.-
Por su parte Pablo Horacio Suárez a fs. 1396/1398,
expuso: “… que es Guarda de trenes desde el año 1995, siempre en la línea
Sarmiento. Que actualmente se desempeña como Guarda titular y que cumple
el horario de 04:30 a 10:30 de lunes a sábados, ya que los domingos tiene
franco. Que el día de los hechos recuerda que tomó servicio a las 04:20 horas
momento en el cual realizó el test de alcoholemia con una doctora que hay ahí
en Castelar y luego se fijó en la pizarra que tren o viaje le había tocado. Que
en ese momento toma conocimiento que debía abordar el tren N° 7413
correspondiente al “Chapa 1” el cual salía vacío de los talleres de Castelar
rumbo a Moreno. Asimismo aclara que el motorman de esa formación era el
Sr. Daniel López. Que el viaje a Moreno fue absolutamente normal. Que al
llegar a Moreno se cargó a los pasajeros y salieron con rumbo a la estación
de Once. Que ese viaje debía parar en todas las estaciones, lo cual fue
sucediendo de manera normal. Que ese tren salió de Moreno a las 05:03
horas. Que el declarante fue ubicado durante el viaje en la cabina del último
vagón como es de costumbre en los viajes donde hay muchos pasajeros,
puesto que si no resulta imposible transitar por los vagones. Asimismo
recuerda que hasta Castelar fue ubicado en el último vagón en la última
puerta para poder ir viendo a los andenes. Que cuando llegaron a Castelar
tomó servicio otro muchacho de nombre Di Paola, Gabriel toda vez que como
debía ir ubicado dentro de la cabina del último vagón y las cabinas de este
tipo de tren tiene un lado ciego, no puede ver bien el ascenso y descenso de
pasajeros por lo que necesita de la ayuda de otro guarda según sea el lado del
andén. Que este viaje se denominó 3726 que recorría Moreno a Once. Que
cuando salieron de Once le informaron que el tren pasaba a ser “Rapido”
parando solamente en las estaciones de Flores, Liniers y Morón y de allí
hasta Moreno en todas las estaciones. … Que cuando se realiza el cambio de
pasajeros mira el andén para que no quedara nadie, y ve la señal que estaba
55
en verde por lo que cierra la puerta y el tren comienza a transitar y a
acelerar. Que pasan la cancha del club Morón y unos doscientos metros
pasando el puente de Tribunales siente que el tren hace como unos tirones,
como que intenta frenar, como unos sacudones medios bruscos y que el último
sacudón es cuando se siente el impacto final que luego se enterara que había
sido contra otro tren. Que a su entender el tren venía a una velocidad normal
para ese tramo, toda vez que comienzan a frenar a la altura de Zapiola ya que
desde ahí le da para frenarlo bien. Preguntado para que diga o explique
cómo es que sabe que quiso frenar, responde: que sintió como el tren se
frenaba pero con sacudones o tirones, que eso lo puede afirmar porque lo
sabe por su experiencia. Que de todas formas era un frenado raro, no era
normal. Preguntado para que diga si ese tipo de frenado es compatible con la
aplicación de un freno de emergencia, responde: que sí. Que un frenado
normal se corresponde con la baja de la velocidad, como más suave, en
cambio el freno de emergencia produce una sacudida y además se siente como
si se escapara aire. Asimismo desea aclarar que en este tipo de trenes más
nuevos la aplicación de un freno de emergencia no produce tanto ruido como
en los viejos Toshiba. Preguntado para que diga si sintió el chillido de las
ruedas o algún ruido de metal que indique el frenado del tren, responde: que
no. Que no lo sintió. Aclara al respecto que los chillidos de frenados no suelen
escucharte en estos trenes más nuevos y sí se escuchan en los trenes más
viejos. Preguntado para que diga que es “raro” para su entender, responde:
que el dicente estaba parado apoyado contra el respaldo de uno de los
asientos a la altura de la puerta quedando en frente suyo la botonera y los
pasamanos de los otros asientos y que entonces en el primer sacudón el
dicente se fue como hacia delante quedando junto a la botonera para decirlo
de alguna manera y pasado unos diez segundos es donde siente el otro
sacudón por el cual sale despedido y cae arrodillado contra los asientos que
estaban frente suyo, donde pega con la cabeza, el pecho y el brazo izquierdo
contra los fierros de los asientos. Que el tren hizo un par de sacudones como
que quería frenar, como que el tren se agarra y después vino el impacto.
Preguntado para que diga si momentos antes sintió que el tren bajara la
velocidad, responde que no lo recuerda. Preguntado para que diga si recuerda
si a esa altura el tren continuaba acelerando, responde, que no recuerda a qué
velocidad venía, pero que por lo que puede recordar ya no venía acelerando.
Que cuando salen de la estación aceleran hasta que dejan de acelerar.
Preguntado para que diga puntualmente si recuerda si venía acelerando o no
responde: que ya no estaba acelerando. Que una vez que impacta el tren todo
se puso oscuro y el tren quedó totalmente detenido y ahí es donde intenta
incorporarse sintiendo un dolor muy fuerte en su pecho y cabeza y logra
sentarse en un asiento vacío. Que recuerda que le costaba mucho respirar y
ahí mirando hacia delante observa que el segundo coche se había
desprendido del tercer coche donde él estaba. Que ahí se incorporó y se
dirigió hacia la punta del vagón para poder salir del tren ya que las puertas
no habían abierto. Que lo hizo con cuidado ya que se habían desprendido las
tapas de los motores y quedaban los huecos hacia las vías. Que se sentó en el
borde y bajó a las vías oportunidad en la que ayudó a bajar a una mujer. Que
de ahí se fue caminando hacia la puna del tren, es decir hasta la cabina. Que
lo hizo por el lado derecho del tren. Que al llegar a la punta vio que la
cabina se había incrustado contra otro tren y se da cuenta de lo que había
ocurrido. Que en ese momento no pudo ver que había en el interior de la
cabina. Que como no se sentía bien se fue caminando hasta la base Castelar
que es donde recibió los primeros auxilios y donde le pusieron hielo en la
cabeza. Que luego llegó una ambulancia y fue derivado a la clínica
Constituyentes para ser atendido. …”.-
Acto seguido se le exhibió la filmación de la cabina
1800 concerniente al tramo comprendido entre su salida de la estación Morón
e instantes antes de la colisión. Señaló entre otras cuestiones:“… que por lo
que se ve allí sigue acelerando. No obstante ello explica que del lado de
57
adentro del tren y más aún en el tercer vagón los sonidos son distintos y no
puede percibirse de igual modo, por lo que sintió fue distinto. Preguntado que
fue para que diga si puede situar en la filmación el momento en que sintió el
corcoveo o el sacudón previo a la detención total del tren, responde que unos
diez segundos antes de que finalice la filmación. Se deja constancia que el
testigo indica las 07:04:39 segundos aproximadamente, teniendo en cuenta
que la filmación finaliza a las 07:04:47 de fecha 13-06-2013, refiriendo al
respecto que si bien en la filmación no se ve ni se percibe el sacudón, él sí lo
sintió dentro del tren explicando que luego es donde se siente el sacudón más
fuerte y final y ahí todo se apaga…”.-
Como dije en párrafos anteriores, ningún otro
pasajero del chapa 1, a excepción de éste testigo, sintió ese sacudón y la falta
de aceleración de la máquina. Tampoco su compañero guarda Di Paola, lo
percibió.-
Adelantándome a lo que luego trataré en
profundidad, el resultado de la pericia, también lo contradice. El tren no sólo
nunca frenó sino que tampoco dejó de acelerar.-
Por último compareció ante éste Tribunal el guarda
trenes del chapa 19 Pablo Gustavo Aguirre, quien dio cuenta que: “… en el
día de ayer arrancó su jornada laboral a las 4:10 horas, previo a pasar por el
control de alcoholemia y siendo las 4:21 horas, sale con la formación Chapa
19 (número de tren 7411) vacía desde Castelar a Moreno. Que a las 4:53
horas, sale en esa misma formación, pero con el número de tren 3724, desde
Moreno a Once. Que siendo las 6:24 horas, sale de Once, demorados y con
más pasajeros de lo habitual por esa demora, con la misma formación, pero
con el tren nro. 3725, con destino a Moreno. Que en ese trayecto se venía
desarrollando todo con normalidad, hasta que la formación arribo al cruce
peatonal de la calle Zapiola, donde se detuvo, no sabiendo en ese momento el
motivo, ya que él estaba dentro del primer vagón y no puede ver qué pasaba,
pero enterándose después que era porque las señales estaban a peligro, ya
que había una formación maniobrando en el andén 1 de la estación de
Castelar. Que el tren estuvo parado aproximadamente entre tres y cuatro
minutos, cuando de repente, sintió un fuerte golpe, se apagaron las luces del
tren, quedó el mismo a oscuras unos minutos, volviendo al minuto la luz y
escuchando la gente gritar. Que ahí, empezó a recorrer la formación para
atrás, para ver la gente herida, y a los que podían movilizarse, los mandaba
para el primer vagón, que era el mas cercano a la barrera, para que cuando
llegaran las ambulancias pudieran ser atendidos. Que al llegar al sexto
vagón, el cual estaba a oscuras, y era donde había gente con heridas mas
graves, lo único que pudo hacer era tratar de calmar a la gente, y ayudar a
quienes querían bajar. Preguntado para que diga a que hora se detuvo la
formación en el paso a nivel de la calle Zapiola, dijo que eran
aproximadamente las 7:00 horas. Preguntado para que diga que tiempo pasó
desde que la formación se detuvo hasta que fue embestida, dijo que habrán
pasado, unos cuatro o cinco minutos. ... Que en el momento del choque, él se
encontraba en el comienzo del primer vagón, dejando en claro que no iba con
el motorman. Preguntado para que diga si escucho algún ruido que indique
que atrás de esa formación venia otra por la misma via, dijo que no, toda vez
que desde su posición no se escucha si viene otra formación, salvo si es una
noche silenciosa que se podría llegar a escuchar los bocinazos. …”. (fs.
138/140).-
Con el objeto de preservar las filmaciones de los
discos rígidos secuestrados y evitar que pueda perderse la información, se
ordenó copiar su contenido en soportes digitales que se encuentran reservados
en Secretaría. Ello se plasmó en las actas de fs. 1188 y 1189, donde además
surge que no se logró el cometido respecto del extraído del coche 2165 en
virtud de los daños que presentaba.-
Incluso éste, se remitió al Departamento de Estudios
Especiales de la División Informática Judicial de la Dirección de Policía
59
Científica de la Gendarmería Nacional, más no se logró la obtención de
imágenes ni de audio por el incorrecto funcionamiento del mismo (fs.
3658/6).-
Depusieron testimonialmente idóneos de diversas
áreas vinculadas al quehacer ferroviario, los que empaparon al Tribunal acerca
de cuestiones técnicas y específicas de esa actividad. Así relataron:
Hugo Marcelo Vallone –Director Nacional de
Transporte Ferroviario- de fs. 145/148, explicó: “…En relación a la formación
denominada como “Chapa 1” (tren embistente en el accidente ocurrido en el
día de ayer) posee 9 coches, 4 dobles piso (son remolcados, sin motor) y las
restantes simples (motores). Fue construida hace unos 7 u 8 años. Todos
poseen sistema de freno, en el caso de los doble piso no poseen capacidad de
tracción pero si de freno. El sistema de freno del tren es dinámico. Para el
caso de los vagones simples, con los motores se reduce la velocidad, y en el
caso de doble piso: con el sistema “zapata” mediante el cual se presiona la
rueda y la hace frenar, siempre en las velocidades inferiores. En caso de que
alguno no funcione, los demás siguen funcionando, sino se acciona el sistema
“zapata”: de no existir presión de aire o una reducción (que desconoce el
valor), el tren se detiene. Además, aclara que la totalidad de los vagones
poseen el sistema “Zapata”. Son trenes alimentados por tercer riel a 800vl de
corriente continua y pueden alcanzar una velocidad máxima de 80 o 90 km/hr.
A su vez, refiere no recordar la capacidad de aceleración. Preguntado por
S.Sa. para que explique el sistema de seguridad interno de la formación en
cuestión, dijo: que este tren está provisto del sistema denominado “hombre
vivo”, que es un dispositivo que a través de un accionamiento humano del
conductor habilita al sistema para que siga en funcionamiento. Cada un
determinado tiempo (entre 4 y 10 segundos) el conductor debe accionar un
pulsador: que puede ser tanto manual como el de pie (pudiendo utilizarse
indistintamente). En caso de no presionar el dispositivo, luego de un
determinado lapso de tiempo (no conociendo específicamente cuanto), el tren
emite una señal lumínica y sonora para alertar al conductor de la situación y
le otorga un nuevo lapso de tiempo (unos 2,5 segundos), accionándose
nuevamente la luz y el sonido, antes de aplicarse el freno de emergencia. El
tren se acciona a través de un comando en forma de jostick (que varía según
la formación, pero en este caso era así), siendo allí más precisamente en el
lugar del pulgar derecho donde se encuentra el botón para accionar el
sistema descripto anteriormente. Para acelerar, poseen 4 marchas
secuenciales que se accionan dirigiendo el elemento hacía adelante. Además
un punto neutral, el freno de servicio que es hacía atrás (progresivo) y el
último que es un freno de emergencia. Además, posee una perilla selectora
que le permite ir hacia atrás. Poseen una llave de encendido que le permite
usar la formación al conductor, que se la dan cuando toma el servicio, y un
pulsador que se encuentra fuera del joystick en el sector izquierdo, frente al
conductor, que también funciona como freno de emergencia. La norma de
seguridad indica que cuando se retira la llave, se aplica el freno de
emergencia, no pudiendo dar mayores precisiones al respecto. La formación
posee GPS que registra la velocidad, ubicación que se transmite a la empresa
en ese momento, información que también posee la CNRT (no pudiendo
precisar si ello es on-line o es retransmitido por la empresa). Además, posee
dos cámaras de tv, las que no puede dar precisiones de cuando inician sus
tareas. Estas se encuentran al frente y en la parte trasera del mismo. Todo ello
queda registrado en un módulo de recepción (disco rígido) dentro de la
cabina. A su vez, refiere que desconoce la capacidad de almacenamiento y el
tiempo que es resguardado el material. A su vez, indica que posee iluminación
delantera y de posición en la parte trasera, desconociendo el alcance de las
luces. Preguntado por S.Sa. para que explique el sistema de seguridad externo
de la formación en cuestión, dijo: que cuando los choferes mantienen
comunicación con el centro de control esto queda registrado y se graba la
comunicación, la cual queda resguardada en el mencionado centro de control,
61
no pudiendo dar precisiones respecto al tiempo que es almacenada dicha
información. A su vez, a lo largo de todo el recorrido, existe un sistema de
señalamiento propio de la línea con “semáforos”. Lo cierto, es que cada
circuito de vía posee las señales correspondientes ya que no puede haber dos
trenes en simultáneo. Este sistema funciona de manera electromecánica, es
decir, cuando pasa el tren cierra el circuito y activa los semáforos. A través de
colores (por eso es que lo denomina semáforo) indica si debe disminuir la
velocidad (amarillo), detención (rojo) y avance (verde). En caso de que el
semáforo esté apagado, deberá hacer saber al control tráfico y detenerse. En
caso de no recibir respuesta, debe permanecer detenido. Lo que rige en el
sistema de seguridad y en caso de dudas, debe detenerse la marcha del tren y
consultar con el personal de control. Por otra parte, y a partir de lo sucedido
en Once, se implementó que antes de salir se le realiza al chofer un examen de
alcoholemia, teniendo entendiendo que el resultado debe ser “0”. Preguntado
por S.Sa. para que explique si quedan registros de dichos sistemas, dijo: El
GPS, el fílmico y el de audio quedan registrados en las circunstancias que ya
fueran narradas anteriormente. En cuanto a las señales, saben que eso lo
saben de manera on-line pero desconoce si ello queda resguardado en algún
sitio. Además, desconocen si poseen un sistema que les alerte de la falla de
algún semáforo y cuál es el procedimiento que siguen en caso de recibir la
alerta por parte de alguno de los choferes. Preguntado por S.Sa. para que
explique quien o quienes son las personas responsables de supervisar los
sistemas de seguridad, dijo: que la empresa es la que debe revisar el estado de
las formaciones y la CNRT por parte del Estado. Preguntado por S.Sa. para
que explique las condiciones generales del tren, dijo: que lo único que puede
aportar es que el tren tiene 7 u 8 años.Para que explique si posee otro dato de
interés a la presente, dijo: En cuanto a la apertura y cierre de puertas, en
general, lo hace el guarda aunque también puede hacerlo el chofer desde la
cabina. A su vez, aclara que el guarda no participa de la movilización del
tren, siendo su función la de recorrer el tren solicitando boletos a los
usuarios, es quien da la señal de partida y es el jefe del tren y es quien se
encarga de atender las anomalías que allí se sucedan (desmayos, robos, etc
que puedan acontecer dentro de la formación). Finalmente, desea aclarar que
para mayores y mejores precisiones se debe consultar con los encargados de
cada área…”.-
Sebastián Pablo Pontarolo –Director de Planificación
de Transporte Ferroviario- de fs. 149/151 se manifestó en similares términos
que Vallone.-
A su turno Carlos Horacio López –Jefe de
Señalamiento Ferroviario de UGOMS- de fs. 152/154, aseveró que: “…resulta
ser empleado de la empresa UGOMS –Unidad de Gestión Operativa Mitre-
Sarmiento- Que dicha empresa tiene actualmente la explotación de los
ramales ferroviarios de las líneas Mitre y Sarmiento. Que trabaja en dicha
empresa desde el inicio de sus actividades lo cual ocurrió hace
aproximadamente un año a la fecha. Que con anterioridad, trabajó desde el
año 1974 para diversas empresas ferroviarias como ser Ferrocarriles
Argentinos, Ferrocarriles Metropolitanos y TBA –Trenes de Buenos Aires-.
Que concretamente su trabajo consiste en coordinar el trabajo de los
supervisores de señalamiento de la línea Sarmiento. Que en cuanto a los
hechos investigados en el marco de la presente causa, puede precisar que el
sistema de señalamiento automático en el sector comprendido entre las
estaciones de Morón y Castelar de la Línea Sarmiento, data aproximadamente
del año 1970. Que aproximadamente la distancia existente entre señal y señal
resulta ser de trescientos cincuenta metros (350 mts.) en promedio, pudiendo
variar las distancias de acuerdo a la geografía del lugar. Que cada señal es
identificada con la letra A y un número que puede ser par o impar. Que la
letra “A” significa “Automática” que guarda relación al sistema de señales
existentes en el sector. Que el número de identificación de cada señal se divide
en números pares o impares. Que con los números impares se realiza la
63
identificación de las señales de la vía 1, mientras que con números pares se
identifican las que se encuentran apostadas en vía 2. …continuando con su
relato que se trata de un sistema de señalamiento automático denominado
“de recubrimiento entero”, es decir que detrás de una formación que circula
por una vía, debe observarse dos señales a peligro, una a precaución y la
siguiente en verde en este sector del trayecto, entre formación y formación
de un mismo sentido de circulación de vía. Que las señales a peligro se
identifican en la Línea Sarmiento con el aspecto rojo que se ubica en el
semáforo en la parte superior. Que el aspecto a precaución se identifica con el
color naranja/amarillo que se ubica en la parte media del semáforo, mientras
que el aspecto vía libre se identifica con el color verde que se encuentra en la
parte inferior de la señal. Que desea aclarar que cuando habla de luz naranja
se identifica también a veces y de acuerdo al léxico ferroviario como amarilla,
pero se trata de una misma luz. Que el funcionamiento de señales se
encuentra especificado en el Reglamento Interno Técnico Operativo de los
Ferrocarriles –identificado con las siglas RITO-. Que en cuanto a la
circulación de los trenes, está estipulado por el RITO que ante una señal
automática a peligro, es decir con el color rojo del semáforo o si se
encuentra la señal apagada, la formación deberá detenerse al pié de la señal
hasta tanto cambie de aspecto. Que si no cambia de aspecto la señal, luego
de dos minutos la formación puede avanzar de acuerdo con las
disposiciones establecidas en el RITO en concerniente con las condiciones
meteorológicas y de visualización hacia delante. … Que siguiendo su relato,
puede precisar que ante los hechos acontecidos en el día de ayer, y tras tomar
noticia de siniestro en el cual participaron dos formaciones de la línea
Sarmiento, el declarante se comunicó en forma urgente alrededor de las 08:00
hs. con uno de sus supervisores, el Sr. NESTOR RICARDO ISIDORI, también
empleado de la sección señalamiento de UGOMS. Que a dicha persona le
ordenó que se constituyera en el lugar de los hechos a los fines de verificar el
estado de recubrimiento de señales de la vía 1 entre la estación Morón y la
cola del tren de la formación siniestrada. Que su supervisor pudo verificar el
estado de las señales. Que al respecto aclara una vez que se produjo el
siniestro, con ambas formaciones siniestradas ubicadas en el lugar, el
recubrimiento de las señales ubicadas detrás de las formaciones, desde la
cola del tren hasta la estación Morón por vía uno, permanecen sin
modificaciones, debido a la inmovilidad de los equipos. … el deponente
precisa que ISIDORI pudo constatar que la señal A185 se encontraba
encendida con su aspecto rojo, que la señal A181 presentaba aspecto Rojo
Apagado, Señal A177 aspecto Rojo encendido, mientras que la señal A173
ubicada en punta de la estación Morón presentaba aspecto amarillo
encendido. Que por tal razón y teniendo en cuenta la ubicación de las
formaciones siniestradas, puede precisar que efectivamente funcionaban en
forma correcta los recubrimientos de las señales mencionadas. …” . En el
mismo acto aportó un plano y croquis que lucen agregados a fs. 155/157.-
También se incorporaron al sumario fotografías
certificadas por Escribano Público que ilustran el estado lumínico de las
señales el día de los acontecimientos en el tramo de la vía que nos ocupa (fs.
188/191). Las mismas resultan contestes con lo declarado por el testigo Carlos
Horacio López.-
En igual sentido los grupos periciales de la policía
científica presentes en el lugar retrataron tal circunstancia en el anexo
fotográfico y planimétrico que corre por cuerda (folio 50/54).-
El Jefe de Material Rodante de UGOMS Rubén
Mario Cominotti, se explayó sobre dos cuestiones medulares. Por un lado
puntualizó detalladamente el procedimiento de alistamiento diario de los
coches “check list” y su diferencia con los controles denominados “AB” y
culminó por especificar el sistema y las alternativas de frenado que poseen las
formaciones como el Chapa 1. En ese sentido a fs. 158/161, dijo: “… Que a su
cargo posee el depósito Castelar y el taller de Villa Luro. Que en el depósito
65
posee a su cargo a un jefe de depósito y este a su vez tiene a su cargo a seis
encargados o supervisores que se ocupan de la revisión periódica de los
trenes y el alistamiento diario de cada unidad férrea cuando comienza el día.
Para que explique en que consiste el alistamiento de cada formación, dijo:
que es un control de las funciones principales del tren. Se revisa que traccione
bien en ambas direcciones, se revisan los frenos, los acopladores, los bogies -
el nexo entre el tren y la vía- y luego las ventanillas, iluminación, puertas y
por último enclavamiento de puertas que es un circuito de seguridad, este es
el que no permite que el tren circule si las puertas no están cerradas. Para
que explique en que consiste el control de tracción, con que periodicidad se
realiza en un mes, cuanto tiempo conlleva el mismo y si se realiza también
diariamente y con que frecuencia en un mismo día cuando la formación se
encuentra transportando personas, refirió: el control de tracción consiste en
la revisión de circuitos de potencia que manejan los motores y que permiten
que la formación pueda desplazarse hacia delante y hacia atrás desde ambas
cabinas –lado Once y lado Moreno-. Dicho control es llevado a cabo por los
operarios que realizan el alistamiento de cada formación cuya intervención
queda plasmada en la planilla de alistamiento que cada tren posee, esas
planillas son reservadas en carpetas asignadas a cada una de las formaciones
y son resguardadas en los depósitos de Castelar. Quiere aclarar que en caso
que hubiera algún desperfecto con la formación durante el transcurso del día
y de ser necesaria alguna reparación, luego de llevarse a cabo el alistamiento
nuevamente se plasma en dicha planilla. La periodicidad del control de
tracción, es diario al igual que el de frenos. Luego de esto, pero antes de ser
retirada por el conductor de la formación, y antes de salir realiza un nuevo
control de tracción y frenado. Durante el transcurso del día en que se
encuentra funcionando una formación no se realizan controles, salvo que
surja durante el uso de la misma, un desperfecto que no sea grave y que
pueda repararse en forma inmediata. Que de ser solucionable la falla el
convoy puede volver a funcionar y de establecerse una falla, grave por parte
de los operadores esta se deja en los talleres hasta que sea llevada a cabo la
reparación. Para que diga si los controles de tracción tienen una vida útil y
deben ser cambiados por sistemas nuevos y con qué frecuencia deben ser
realizados, dijo: que los controles de tracción son eléctricos y poseen una vida
útil, empero estos no se cambian sino que se realizan cambios de las piezas
que posean desgaste por el uso. De estos sistemas solo se cambian piezas por
los repuestos correspondientes dado que son todos sistemas eléctricos y como
tales son piezas reemplazables. Quiere aclarar que más allá de los
alistamientos que mencionara, una vez al mes se realizan los controles “AB”,
esto significa que una vez al mes se para la formación y se realiza una
limpieza profunda, control de las partes que componen los equipos, revisión
de bogies, frenos, que las luces de la zapata que son los que aprietan la rueda
y provoca el frenado no este desgastada, más allá de las revisiones interiores
de cada vagón –luces, ventanas, revestimientos, puertas, asientos- …”
Continuó exponiendo sobre el funcionamiento del
sistema y alternativas de frenado como el siniestrado chapa 1: “…el sistema
de freno tiene una computadora que se llama rack de freno y se encuentra en
cada coche, este rack toma la señal del comando que maneja el conductor, es
decir, el motorman mediante la palanca que regula la velocidad y aplica
freno, al ejercer el movimiento de esta hacia atrás le indica a ambas
computadoras el tipo de frenado que va a realizar, esto es de servicio o de
emergencia. El de servicio es el habitual que usa el motorman para que vaya
frenando de a poco, es decir el freno va presionando la zapata de a poco y
accionando con la presión elegida la zapata de frenado, o sea va
introduciendo aire gradualmente. Por otra parte, con la misma palanca de
frenado se puede accionar el freno de emergencia, este ya no va a ser gradual
sino que la introducción del aire va a ser total e inmediata provocando un
mayor poder de frenado de toda la formación. Para lograr ese accionamiento
es necesario por parte del conductor una fuerza mayor y vencer una traba en
67
el joystick. Además de este sistema de frenado de emergencia hay otro
paralelo que se encuentra situado al lado de la palanca y es un botón rojo de
emergencia que una vez accionado queda trabado, el cual puede ser
accionado cuando los sistemas antes referidos no responden o incluso
funcionando aquellos, este funciona de la misma forma, no es gradual sino
que es inmediato. Que la distancia del frenado de la formación al ser
accionado cualquiera de los dos frenos de emergencia dependerá de la
velocidad que lleve el tren, dado que las ruedas del tren son aprisionadas por
la zapata y estas provocan un apriete tal que provocan que la rueda pueda
llegar a patinar sobre los rieles. Para que diga si encontrándose el tren
circulando a toda velocidad y se acciona el segundo freno de emergencia, se
detiene la formación, dijo que inmediatamente se frena totalmente y corta
tracción. Para que diga si se encuentra la formación circulando a máxima
velocidad y se corta el contacto con la llave de encendido del pupitre de la
máquina se produce el frenado de la formación, dijo: que inmediatamente se
corta el encendido, se acciona el freno como si se hubiera aplicado el freno
desde la palanca ya que las zapatas ejercen la correspondiente presión sobre
las ruedas y libre del sistema. Para que indique si encontrándose en igual
situación a la anterior, es decir marchando a toda velocidad la formación se
puede colocar marcha atrás para producir el frenado de la formación, dijo:
que para que una formación circule hacia delante o atrás es necesario que se
accione una perilla que indica tres posiciones, adelante, neutro o atrás así
según la dirección que se haya elegido es en la que avanzará el tren. En
relación a la pregunta puede decir que si el tren va a máxima velocidad con
dirección hacia adelante, se podrá cambiar la posición de la perilla pero no
se accionaría el sistema de reversa dado que esta rompería todo el sistema,
por lo cual de manera alguna se podría frenar aplicando la reversa en una
formación férrea. Para que indique con cuanta periodicidad se realizan los
controles de los frenos, dijo: que como fuera explicado en el control de
tracción, ambos se realizan al unísono, es decir se realizan diariamente antes
de salir la formación y mensualmente para controlar el estado de los mismos,
realizando los cambios de electroválvulas y zapatas. Que en la misma revisión
que se lleva a cabo también es realizada la inspección de los acopladores que
son los que une un vagón con otro con la consecuente unión de cañerías de
aires que son los que accionan las puertas y frenos. También se controlan los
bogies se encuentran en la parte inferior del tren, siendo las ruedas y los ejes
parte de estos y por otro lado llevan los cilindros de freno que son quienes por
medio de un sistema de palanca hacen que la zapata arrime a la rueda y
frene. Estos tienen la suspensión primaria y secundaria que hacen un mejor
andar y están compuestas por resorte. Quiere aclarar que el sistema de frenos
que usa estos tipos de formaciones es neumático o mecánico y no dinámico.
Para que diga cómo se plasma el control de cada sistema mencionado
anteriormente, dijo: que el control se plasma en planillas como ya lo
mencionara.”.-
“Que el de alistamiento se lleva a cabo en una
planilla única donde se vuelca el control que cada idóneo realiza,
asentándose en cada caso el problema que tenía cada sistema y la reparación
que se realizó. Que en las planillas se tildan los controles efectuados. Que en
el caso de las formaciones siniestradas puede decir que la formación que
lleva el nro. 01, tuvo una reparación general siendo puesta en marcha el día
viernes ppdo., por lo cual el mismo viernes se le hizo el alistamiento y trabajó.
Que recién el día lunes volvió a trabajar la formación siendo llevado el
alistamiento habitual como en los días subsiguientes. Quiere aclarar que el
alistamiento en general se realiza durante la noche cuando no funcionan las
formaciones y se realiza en todas las formaciones, en el caso del depósito de
Castelar posee veinticuatro formaciones para controlar y algunas de acuerdo
a la gravedad de las fallas que pudiera haber tenido pueden quedar en la fosa
para reparación, mientras que otras son alistadas donde quedan detenidas en
la vía. Mientras que otras, por el contrario quedan fuera de circulación por el
69
mantenimiento AB o por encontrarse con fallas que llevan más tiempo de
reparación. Las planillas de uno y otro control están resguardadas en el
depósito de Castelar, habiendo sido en el día de ayer secuestradas por la
prevención la totalidad de las planillas. Que con relación a la formación 01
no había planilla AB ya que esta había sido reparada recientemente por la
empresa Emfer S.A., dado que esta había tenido un problema de frenos y el
dicente encontrándose a cargo del depósito la sacó de servicio y requirió una
reparación general. … Quiere aclarar que cuando se detectó la falla toda la
formación fue sacada de servicio y quedó durante cuatro meses en el depósito
hasta su traslado al proveedor que realizó la reparación…”.-
Esta última afirmación fue informada por la UGOMS
a fs. 3717/19. Explicó que el equipo chapa 1 ingresó a reparaciones en los
talleres de EMFER S.A. a raíz de un desperfecto anoticiado por el conductor
Mascanfroni mediante una nota que les fuera presentada el 19/6/12 a través
del gremio “La Fraternidad”. -
En cuanto al protocolo de alistamiento diario, el Ing.
Omar Didio en su carácter de Gerente de Material Rodante de Unidad de
Gestión Operativa Mitre Sarmiento detalló que las operaciones que
indefectiblemente se realizan en los check list son:
“1) Controlar tracción hacia ambos sentidos:
Se prueba la tracción de la formación hacia ambos
sentidos y en los dos coches de cabecera, mediante el acondicionamiento del
controlador maestro y la inversora de marcha se prueba en cada cabina que
la formación tracciones en ambos sentidos;
2) Controlar continuidad de sincronismo:
Se controla la continuidad del cable que lleva la
señal de sincronismo de tracción a lo largo de toda la formación entre ambas
cabinas de conducción mediante la utilización continuidad del cable una
lámpara serie.
Respecto al sincronismo de encendido se verifica el
total encendido de toda la formación operando desde ambas cabinas;
3) Verificar encendido de luces interiores y
exteriores:
Se controla el correcto funcionamiento de las luces
interiores de cabina y exteriores (luces de posición, luces de cola y faroles de
poder);
4) Verificar funcionamiento de bocina:
Se controla el correcto funcionamiento de la bocina
de cada una de las cabinas de conducción;
5) Verificar funcionamiento del limpiaparabrisas:
Se comprueba el normal funcionamiento de los
limpiaparabrisas en ambas cabinas de conducción;
6) Verificar estado cortina parasol:
Se controla el estado y la operatividad de la cortina
parasol en ambas cabinas de conducción;
7) Inspeccionar vidrios (frente y ventanas):
Se controla el estado de los vidrios de cabina y salón
de pasajeros (ventanillas y puertas);
8) Verificar correcto funcionamiento del freno
observando las presiones en la aplicación y recuperación (TR sólo
aplicación):
Moviendo la manija de la válvula del maquinista (o
joystick según modelo de coche) se procede a aplicar freno de servicio desde
ambas cabinas controlando la presión de aire en los cilindros de freno con los
manómetros del pupitre de mando. Posteriormente se vuelve la manija de
freno a posición de freno aflojado y vuelven a controlar los manómetros;
9) Verificar funcionamiento de “hombre muerto” -
“hombre vivo”:
Se procede a soltar el pulsador de hombre muerto
71
verificando la aplicación del freno de emergencia en forma instantánea desde
ambas cabinas de conducción.
Con respecto al hombre vivo se procede a probar el
mismo mediante la no utilización del pulsador hasta la aplicación automática
de los frenos de la misma formación por falta de respuesta (accionamiento de
alguno de los pulsadores) por parte del operario/conductor;
10) Verificar funcionamiento del instrumental:
Se controla el correcto funcionamiento de la
totalidad del instrumental montado en los pupitres de comando;
11) Verificar normal apertura y cierre de puertas:
Se controla el sincronismo de las puertas de acceso
al salón de pasajeros (apertura y cierre) en ambos lados, a lo largo de la
formación;
12) Verificar sistema de enclavamiento de puertas:
Se controla el correcto funcionamiento del sistema
de enclavamiento de puertas (inhibición de la tracción de la formación ante la
apertura de alguna puerta) y de la llave de anulación de dicho enclavamiento;
13) Verificar funcionamiento de estufa. Verificar
funcionamiento de caloventor:
Se controla el correcto funcionamiento de la estufa
o caloventor de cabina (según tipo de coche);
14) Controlar asiento de conductor:
Se procede a la inspección ocular del asiento del
conductor en ambas cabinas;
15) Controlar funcionamiento chicharra:
Se controla el correcto funcionamiento de chicharra
de despacho de guarda, tanto desde cabina de conducción como de salón
hacia el comando de conducción;
16) Control de existencia de lámpara serie
(probadora de tensión 800 v):
La lámpara serie para probar 800 VCC no ha sido
prevista en los coches de la línea Sarmiento,
17) Control de elementos de seguridad (matafuegos,
escalera, calzas):
Se controla la existencia de las calzas. De estar
faltantes se colocan. Matafuegos son controlados y montados por personal de
Base Castelar (Transportes);
18) Verificar normal funcionamiento de la totalidad
de artefactos de iluminación:
Se comprueba la inexistencia de fallas eléctricas y
el funcionamiento de la las correspondientes llaves de encendido y apagado
del circuito de los artefactos de iluminación del salón de pasajeros;
19) Controlar tulipas de artefactos de iluminación:
Se comprueba la inexistencia y funcionamiento de
las luces de salón;
20) Controlar funcionamiento de cada botonera de
puertas. Verificar funcionamiento de pulsador de apertura de puertas:
Se controla el normal funcionamiento de las
botoneras de apertura y cierre de puertas de salón de pasajeros y cabinas,
utilizadas por el guarda. Se verifica asimismo el no acondicionamiento de las
mismas sin la correspondiente llave operada;
21) Controlar vidrios de puerta laterales y de
cabecera:
Se controla la existencia y estado de montaje de los
vidrios de puertas laterales de acceso al salón de pasajeros;
22) Controlar vidrios de ventanas:
Se controla estado de vidrios de ventanillas. Se
recambian los correspondientes a salón de pasajeros;
23) Funcionamiento de puertas corredizas:
73
Se controla el correcto accionar de las puertas de
acceso al salón de pasajeros;
24) Verificar funcionamiento de pulsador de freno
de emergencia:
Se controla el correcto funcionamiento de los
pulsadores de emergencia dispuestos en el salón;
25) Verificar funcionamiento de Aire
Acondicionado:
Se comprueba el correcto funcionamiento de los
equipos de aire acondicionado desde ambas cabinas de conducción;
26) Verificar funcionamiento de ventiladores:
Se comprueba la inexistencia de fallas eléctricas y el
funcionamiento del sincronismo de las correspondientes llaves de encendido y
apagado del circuito de ventiladores;
27) Verificar las vigas patín y la existencia de todas
las pastillas:
Se inspeccionan vigas que contienen el patín
colector de tensión de tercer riel. Se efectúa la revisión ocular de fusibles y
posibles fallas;
28) Funcionamiento de motocompresores:
Se comprueba el correcto funcionamiento de los
compresores. Tarea se realiza exclusivamente en los alistamientos hechos en
fosa;
29) Observar posibles elementos sueltos en bogie,
estructuras u órganos principales:
Esta tarea se realiza exclusivamente en los
alistamientos que se ejecutan en fosa. Se revisa en forma visual que no existan
elementos sueltos o flojos en los equipos indicados;
30) Verificar las conexiones de tierra de cada bogie:
Esta tarea se realiza exclusivamente en los
alistamientos que se ejecutan en fosa. Se revisa la correcta conexión de los
cables de puesta a tierra que poseen los bogies;
31) Verificar con circuito serie de lámparas la
continuidad en todos los patines de alta tensión:
Esta tarea se realiza exclusivamente cuando se hace
necesario el cambio de vigas patín por fallas o accidentes. Solamente se
verifica el buen estado de los fusibles montados en casa viga;
32) Destapar porta escobillas del motogenerador y
controlar:
Se observa que el estado de las escobillas y porta
escobillas sea el correcto (tarea que se realiza en los coches que poseen
motogenerador Toshiba). En forma espaciada según desgaste y estado son
cambiadas por nuevas;
33) Controlar pérdida de aire en el circuito:
Se controla la estanqueidad del circuito de freno.
34) Purgar depósitos de aire:
Se procede abrir los grifos de descarga de los
depósitos de aire a fin de sacar de los mismos el agua o aceite que se pudiera
haber depositado en ellos producidos por el compresor. Esta tarea se realiza
exclusivamente en fosa;
35) Regulación de freno (luz de zapatas):
Se controla de luz de zapatas y se regula en caso de
ser excesivas. Cambio de zapatas de freno en caso de haber llegado al límite
de utilización y
36) Revisar libro de abordo y normalizar averías o
anormalidades notificadas:
El libro de abordo no se utiliza en la Línea
Sarmiento, las averías y anormalidades detectadas en los coches son
advertidas por los Supervisores de turno y transmitidas a los operarios a
75
quienes se designa para repararlas.” (fs. 2778/81).-
Las planillas de alistamiento correspondientes a los
eq. 01 y 19 del día 13 de junio próximo pasado se encuentran secuestradas. En
las mismas se deja constancia que los operarios intervinientes no reportaron
fallas.-
Al tiempo de declarar bajo juramento Daniel Alberto
Lamastra, en su carácter de empleado de la oficina de seguridad operativa de
UGOMS- expresó: “… que la empresa ferroviaria se constituye de una parte
administrativa y otra operativa. El sector operativo se divide en cuatro parte,
a saber: Área de material rodante (se ocupa de las reparaciones y
alistamiento de trenes, equipamiento de las unidades, etc.), Área de
Infraestructura (se ocupa de la reparación de vías, señales, edificios, etc.),
Área de Transporte (se ocupa de la operación y circulación de trenes) y el
Área de Seguridad Operativa (se ocupa de las estadísticas y realiza una
auditoría de las demás áreas en lo que respecta al cumplimiento de las
normativas de seguridad de circulación). Indicó que existen dos tipos de
cámaras, unas las que se hallan ubicadas en los frentes de las unidades y
otras situadas sobre los pasos a nivel y las estaciones. Ambas están bajo la
órbita de una empresa tercerizada de nombre MKS Audio y Video. Las
primeras se graban y se extraen las filmaciones en caso de necesidad y las
otras se graban y se observan en directo desde el Centro de Monitoreo, donde
hay una persona de su Área en forma permanente. Refirió que cuando existe
un accidente, la empresa de mención y con intervención de un Escribano, le
entrega dos copias de las filmaciones, una para ser girada a Legales y otra
queda en su Oficina para iniciar las investigaciones internas pertinentes. En
relación a lo acontecido en el día de ayer, manifestó que pudo ver la
filmación que queda grabada en el Centro de Monitoreo, de las cámaras
ubicadas en la estación Morón y el paso a nivel de la calle Belgrano. Al paso
de la formación Chapa 19, se observa que la señal pasa del aspecto verde a
rojo, lo cual es normal porque ingresa al circuito con el primer par de
ruedas, conforme lo reglamenta el artículo 121 del Reglamento Interno.
Luego de alejarse el tren referido, toma el aspecto naranja. Al ingreso de la
formación Chapa 1 al andén de la estación Morón, pudo detectar que la
señal automática 173 cambió de aspecto de naranja a verde, indicio de que
el tren que circulaba adelante se había alejado más de 800 metros. Dicha
señal se hallaba aproximadamente a 40 metros de la visión del conductor,
luego del ascenso y descenso de pasajeros (unos 45 segundos) tras lo cual la
formación reanudó marcha, encontrándose la señal en verde. Así es que
cuando avanzó e ingresó al circuito de la señal 173 con las primeras ruedas
de la formación, ésta pasó a rojo, peligro. En ese sentido refirió que ante la
señal verde el conductor está habilitado a avanzar, la señal en color naranja
es precaución y le indica que la próxima señal puede estar a peligro ante lo
cual tiene que disminuir la marcha y pasar con precaución, y si está en rojo,
es peligro, es decir, debe detenerse. En el caso de señales apagadas, el
conductor debe proceder de acuerdo a lo que establece el artículo 143 del
Reglamento Interno Técnico Operativo (R.I.T.O.), que versa sobre el proceder
del conductor en caso de señales descompuestas. … Explicó que la norma
referida data del año 1958, época en la que no existían radios u otro tipo de
comunicación desde la cabina, motivo por el cual refiere a que el conductor
debe dar aviso en la primera estación o en una garita. Hoy en día se debe
frenar y dar aviso al Puesto de Control Trenes, el que recepciona el anuncio y
retransmite la novedad al Área Señalamiento de Infraestructura para su
reparación. Que todas las conversaciones que se llevan a cabo, y que están
abiertas a todas las formaciones, se graban en el Puesto de Control citado.
La capacitación la reciben los conductores al momento de realizar el curso
para obtener el carnet, donde estudian el R.I.T.O. y deben aprender cuáles
son las señalizaciones y cómo funcionan. Asimismo explicó que el Guarda o
Jefe de Tren no rinde exámenes como los del conductor, simplemente se lo
capacita para que tenga el oficio y por eso mismo no tiene injerencia ni
77
decisión sobre la circulación del tren. Solo puede comunicarle al conductor
algún motivo que impida la marcha del tren, como por ejemplo, si ve una
puerta que no cierra, o hay una persona descompensada o fallecida, o alguna
otra circunstancia que ocurra dentro de la formación, pero no tiene acceso a
la cabina. … A ese respecto explicó que en el día de ayer, luego del accidente,
el compareciente juntamente con personal de señales, una escribana pública y
un abogado de la empresa, recorrieron el tramo desde el paso a nivel Zapiola
hasta la estación Morón. De ello se labra un acta, de la cual se ocupa el
abogado de Legales, para documentar en el momento el estado de las señales.
Que las que van desde la estación Morón hasta el paso a nivel mencionado
son, en orden, las siguientes: 173, 177, 181, 185 y 189. Así verificaron que las
señales 189 y 185 se encontraban a peligro, la 181 apagada, la 177 a peligro
y la 173 a precaución. Que esa señalización es normal para dos trenes
detenidos ocupando esta sección…”. -ver fs. 162/164 junto con dos soportes
magnéticos –DVD- aportados los cuales se encuentran reservados en
Secretaría.-
A continuación citaré algunas de las normas que
integran el R.I.T.O. (Reglamento Interno Técnico Operativo); que como ya se
dijo, su conocimiento y cumplimiento es obligatorio para los conductores del
ferrocarril:
Artículo 1º.- Idoneidad del personal.
a) Todo el personal debe ser idóneo para sus funciones, poniendo en ellas el
mayor interés y diligencia, a fin de obtener la seguridad, eficiencia y celeridad
necesarias.
Art. 12º.- Conocimiento de las disposiciones reglamentarias.
a) Es obligación de todo empleado conocer las disposiciones de este
Reglamento, su Apéndice y demás que se emitan, en forma de estar habilitado
para cumplir correctamente las tareas inherentes al puesto que ocupa.
b) Cualquier duda que se tuviera acerca de su interpretación deberá aclararse
consultando con el superior inmediato.
c) El desconocimiento o mala interpretación de una disposición no será
considerado como atenuante en caso de irregularidad.
Art. 14º.- Cumplimiento de las disposiciones reglamentarias.
a) Ningún empleado, sea cual fuere su jerarquía, está facultado para violar las
disposiciones contenidas en este Reglamento ni otras que se emitan,
especialmente las referentes a la seguridad de la marcha de los trenes, salvo en
caso de emergencia cuando resulte materialmente imposible aplicarlas, en cuyo
caso deberá informarse luego al Jefe de su Departamento.
b) 1. Las disposiciones de este Reglamento sólo podrán ser modificadas por el
Directorio de la Empresa de los FF.CC. del Estado Argentino.
Art. 21º.- Seguridad del público.
Todos los empleados están en el deber de velar por la seguridad del público.
TITULO III
SISTEMA DE BLOQUEO
CAPITULO I
INSTRUCCIONES GENERALES SOBRE EL BLOQUEO
Art.27º.- Finalidad del sistema de bloqueo.
a) El sistema de bloqueo tiene por objeto controlar y asegurar la libre
circulación de los trenes, de estación a estación, evitando la circulación
simultánea de trenes en dirección opuesta dentro de una misma sección de vía
(sección de bloqueo). Para tal fin se usan los aparatos electromecánicos
denominados "de bloqueo" y el telégrafo.
Excepcionalmente, en las circunstancias que se explican en este Reglamento,
se podrá usar también el teléfono.
b) La base del sistema de bloqueo parte del supuesto de que, normalmente, las
vías principales, o generales, están ocupadas u obstruidas y, por lo tanto, antes
de permitir que los trenes circulen por ellas es indispensable adoptar
determinadas medidas, las cuales se establecen en este Reglamento, para
tener la seguridad de que la operación puede realizarse sin ningún sin riesgo
alguno.
c) El sistema de bloqueo puede ser absoluto o permisible; en el primer caso
prohíbe que circule más de un tren en una misma sección de bloqueo y en el
segundo permite que circulen en una misma dirección dos trenes y hasta un
tercer tren que podrá despacharse cuando haya librado la sección de bloqueo el
primero, en los casos y bajo las condiciones especiales que se determinen en el
79
Apéndice, salvo lo previsto en el Título XVI.1
d) 1. La aplicación del sistema de bloqueo a la circulación de los trenes se
complementa con el uso de señales, sean fijas o de mano.
2. Donde existe señalización automática o semiautomática, la circulación de los
trenes se rige por las señales fijas, las que controlan por si mismas las
secciones de vía, eximiéndose por lo tanto del uso de los aparatos mencionados
en el inciso a).
TITULO IV
SEÑALES Y CAMBIOS
CAPITULO I
SEÑALES FIJAS
Art. 105º.- Señales luminosas de color.
Con las señales luminosas de color, desprovistas de brazo, se transmiten las
siguientes indicaciones:
b) Señales de tres aspectos:
Peligro.- Una luz roja; obliga a parar.
Precaución.- Una luz anaranjada; que la próxima señal se halla a peligro.
Vía libre.- Una luz verde; autoriza a seguir la marcha e indica que la próxima
señal se encuentra a precaución o Vía-libre.
Art. 121º.- Señales automáticas.
a) Las señales automáticas se distinguen por sus brazos que terminan en forma
de lanza o por llevar una letra "A" en el poste. Las hay con brazo de tres
posiciones, o luminosas de tres o cuatro aspectos. También existen de dos
posiciones que combinando el brazo absoluto con uno similar al de señal de
distancia, colocado debajo, las equipara a las de tres posiciones (Véase figura
Nº 29, figura 29a y figura 29b).
b) Estas señales son accionadas por los mismos trenes mediante circuitos
eléctricos de vía. Cuando las pasa el primer vehículo de un tren toman
automáticamente la posición de peligro, y permanecen así hasta que el tren
haya librado la sección de recubrimiento.
c) 1. Como norma se emplea el "recubrimiento entero", con cuyo sistema cada
tren va protegido por dos señales a peligro y una a precaución más atrás, las
cuales van cambiando sucesivamente de la indicación de peligro a precaución y
esta última a Vía-libre a medida que se aleja el tren.
Art. 143º.- Proceder del conductor en caso de señales descompuestas.
a) Al transcurrir dos minutos de estar detenido en ella y previa comprobación o
presunción por el conductor del tren de que una señal automática se halla
descompuesta y siempre que la vía se encuentre despejada hasta la próxima
señal, si es que puede distinguirse, o, en su defecto, hasta el límite de la
visibilidad, podrá seguir la marcha con la precaución necesaria para poder parar
antes de alcanzar cualquier obstrucción, hasta la primera señal que funcione
normalmente o hasta la primera estación o garita, donde deberá detenerse para
dar cuenta de la anormalidad.
Asimismo junto al R.I.T.O. se encuentra un anexo
denominado “FOLLETO DE DISPOSICIONES DEL SISTEMA DE
SEÑALAMIENTO ELECTRO AUTOMATICO LUMINOSO - S.E.A.L.”
Éste en lo pertinente reza:
CARACTERISTICAS GENERALES
Señalamiento Electro Automático luminoso
Se trata de un sistema de señalización y bloqueo, en cuya zona los trenes
circularan acatando las indicaciones de las señales automáticas y semi-
automáticas las que son gobernadas por circuito de vía, máquina de comando o
bastidores.
Art.13 Detención de trenes en señales automáticas
Al aproximarse un tren a una señal automática, a peligro , una vez detenida la
marcha, podrá reanudar luego de haber transcurrido dos (2'), con excepción de
los casos prescriptos en el art. 26, cláusula a) inciso 3) de esta disposiciones;
avanzará siempre que la vía se encuentre despejada hasta la próxima señal, si
esta puede distinguirse o en su defecto hasta el limite de la visibilidad,
prosiguiendo la marcha con la precaución necesaria para poder detenerse antes
de alcanzar cualquier obstrucción hasta la próxima señal, donde si este es
automática y se encuentra a peligro se deberá adoptar el mismo procedimiento,
dándose cuenta a la primera estación o Garita de Señales.
En otro orden de ideas, fueron convocados como
testigos los motorman de las tres formaciones que cruzaron al chapa 1 minutos
antes del accidente. Así las cosas Santiago Ariel Drago refirió: “… que en el
día de ayer comenzó su turno siendo las 3:00hs, manejando el tren diesel que
81
hace el recorrido desde Haedo-Mercedes-Once (coche identificado con el
número 325). En relación al hecho sucedido en el día de ayer puede decir que
cruzó tanto al coche Chapa 19 como al Chapa 1, a las 6.55 aproximadamente,
siendo que al primero de ellos recuerda que fue a la altura de la punta de los
Tribunales de Morón y al restante a la altura de la estación de Morón. Que en
ambos casos les hizo luces para no encandilarse, esto quiere decir que ambas
formaciones reducen las luces. Dicha secuencia la realizó con ambas
formaciones recibiendo igual trato con ambos motorman, esto es que ambos
bajaron las luces. Preguntado para que diga si recuerda si en el chapa 1 la
cabina del conductor poseía la luz encendida y si éste viajaba acompañado,
dijo: que según recuerda la cabina estaba encendida y recuerda la figura de
una sola persona. Preguntado para que diga si en la cabina de conductor
puede haber más gente que el mencionado, dijo: que sí. Que siempre que esté
autorizado por quien maneja. Que la empresa puede o no tomar conocimiento
de ello, ya que depende de hacerle saber o no. La regla general es que los
únicos que viajan junto al conductor son gente de la empresa, no particulares
ya que de observarlo un inspector podría informarlo. Preguntado para que
diga si el dicente puede oír las conversaciones que se generan en las otras
formaciones, dijo: que no. Que para comunicarse con los trenes diesel
deben hacerlo a sus radios, que les son aportadas al momento que toman el
servicio. Por lo tanto, no le es posible saber si estaban hablando por la radio
las otras formaciones. …” (fs. 165/166).-
Por su parte Miguel Ángel Vivas a fs. 167/168 dijo:
“…que en el día de ayer comenzó su turno siendo las 6:55hs, manejando el
tren eléctrico que va de Castelar a Plaza Miserere (coche identificado con el
número chapa 2). En relación al hecho sucedido en el día de ayer puede decir
que cruzó tanto al coche Chapa 19 como al Chapa 1, a las 7.00
aproximadamente al primero (a los 3 o 4 minutos observa al otro), siendo que
al primero de ellos recuerda que a la altura de la estación de Morón, próximo
a partir. A su vez, al restante, se lo cruzó entre el paso nivel de 9 de julio y la
señal HD 168, que es la primera cuando se sale de la estación. Que no
recuerda haberlos saludado ni por luces ni por bocina. Que cuando cruzó al
Chapa 1 estaba disminuyendo la velocidad para ingresar a la estación de
Morón. Preguntado para que diga si recuerda si en el chapa 1 la cabina del
conductor poseía la luz encendida y si éste viajaba acompañado, dijo: que la
luz de la cabina estaba apagada y estaba todo oscuro. Preguntado para que
diga si en la cabina de conductor puede haber más gente que el mencionado,
dijo: que sí. Que siempre que esté autorizado por quien maneja. Que a la
empresa en general no se le avisa, y a la gente que se traslada es a personal
de la empresa, en algunos casos a los guardas. Preguntado para que diga si
el dicente puede oír las conversaciones que se generan en las otras
formaciones, dijo: que sí. Que la única comunicación del Chapa 19 fue que
había sido embestido por la parte trasera, pero no se escuchó nada más. En
relación al Chapa 1 no escuchó comunicación alguna. A esta altura, quiere
dejar asentado que recién había salido desde Castelar, por lo que no puede
dar precisiones si hubo comunicaciones anteriores…” (lo resaltado me
pertenece).-
Marcos Sebastián Ianni narró: “…que en el día de
ayer comenzó su turno siendo las 05:30 aproximadamente, manejando el tren
eléctrico que hace el recorrido desde Moreno a Once (coche identificado
como chapa 20). En relación al hecho sucedido en el día de ayer puede decir
que cruzó tanto al coche Chapa 19 como al Chapa 1, este último a las 07:02
aproximadamente, ya que a las 07:03 estaba detenido en la estación de
Haedo. No recuerda cuándo cruzó al chapa 19, pero si no se equivoca al
chapa 1 lo cruzó ingresando a la estación, mientras aquél la abandonaba.
Que él va siempre con la luz de la cabina prendida, y saluda y realiza un
toque corto de bocina, pero en este caso puntual no recuerda ningún detalle
respecto de los coches. A ello agrega que por costumbre se pone la luz media,
y que seguramente el coche chapa 1 lo haya hecho así, puesto que si no lo
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recordaría, ya que no cumplirlo genera enojos. Preguntado para que diga si
recuerda si en el chapa 1 la cabina del conductor poseía la luz encendida y
si éste viajaba acompañado, dijo: que no recuerda. Preguntado para que
diga si en la cabina de conductor puede haber más gente que el conductor,
dijo: que no. Que está prohibido, aunque es habitual que se haga. Mucha
gente lleva personal de la empresa, aunque él sólo lleva personal de
conducción. Preguntado para que diga si el dicente puede oír las
conversaciones que se generan en las otras formaciones, dijo: que sí, por
medio del sistema de comunicación que está instalado en el tren. Este
permite oír los informes de todos los trenes eléctricos de la línea. Además
dijo que lo único que escuchó fue el informe del chapa 19 cuando sufrió el
accidente. Preguntado para que diga si el dicente pudo oír alguna
conversación del tren chapa 1, dijo que no, que no escuchó ninguna
conversación de esa formación. Está seguro de esto, ya que presta atención
a todos los informes, excepto en el momento en que está cambiando de
extremo en la estación de Moreno, u Once. Estuvo en Moreno entre las 06:20
y las 06:30. …” (lo marcado me pertenece y se encuentra a fs. 169/170).-
Los testimonios de Ianni y Vivas son concordantes
con el registro de audio de control trenes incorporado a la causa. Ninguno
escuchó reporte de fallas por parte del conductor del chapa 1 (López) y por el
contrario, si oyeron a su compañero Raúl Ahumada (a cargo del 19) informar
que fue embestido.-
Además los tres maquinistas evocaron el protocolo a
seguir ante una señal apagada y fueron coincidentes que debe ser considerada
como una “a peligro” (rojo).-
Luego de practicadas las diligencias tendientes a dar
con los representantes de la firma “HaslerRail”, rindieron su testimonio en
autos. El Ing. Alejandro Levi Altstaedter –Director de la Empresa Mannos
S.A. expuso: “…Que … trabaja en representación de la firma “HaslerRail”
cuyos equipos de registrador de datos, en este caso Memotel son instalados
en material rodante ferroviario. Que desde el año 2008 trabaja para la firma
“Mannos”. Que esta firma es representante de la firma “HaslerRail” en la
Argentina, cuya casa central está ubicada en Berna Suiza. Que si bien no
recuerda con exactitud, pero seguro desde el año 2005 trabajaban con las
empresas EMFER y TBA, que actualmente es UGOMS. En cuanto al
registrador explica que una vez configurado y comercializado a la empresa,
ésta lo instala en el coche que ellos quieren. En tal sentido el testigo explica
que la operatoria se da del siguiente modo: se le hace entrega al cliente de un
formulario en el cual éste solicita las especificaciones o requerimientos
necesarios para la aplicación de este dispositivo en los trenes. Que por tal
motivo éstos pueden solicitar el registro de velocidad con indicación de
velocidad máxima. Y hasta un máximo de ocho señales digitales de entrada.
Que en este caso tal como surge de la planilla u hoja de datos, … tiene hasta
seis señales digitales de salida … Que este aparato posee una tarjeta de
memoria que registra los datos obtenidos. Que esta tarjeta se va
sobrescribiendo aproximadamente cada dos semanas según la cantidad de
datos que se vayan generando. Que este tipo de equipos tiene un sistema
lumínico indicador de error o falla. Que para ello se le prende una luz de
color roja, mientras que si va funcionando normalmente y registrando datos
titila una luz verde en forma intermitente. Asimismo explica que a estos
equipos cada vez que quedan sin energía hay que actualizarles la fecha y
hora, puesto que sino automáticamente se retrotrae a una fecha original del
programa. Por otra parte solamente puede reprogramarse la fecha y hora no
así los demás datos de la memoria. Que los resultados se pueden graficar o
tabular en función del tiempo o distancia. Que los contactos de la descripción
adjunta corresponden a las variables de fábrica y que para determinar
fehacientemente si son esas las señalas que están conectadas habría que
realizar las verificaciones en el cableado de las formaciones. En cuanto al
indicador de velocidad, explica que la aguja pudo haber quedado marcando
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esa velocidad tanto por una cuestión mecánica o de corte de energía. Que en
el primero de los casos cuando se le vuelva a dar energía no debería
moverse de ahí, en cambio si fue producto del corte energético al darle
nuevamente energía la aguja volverá a indicar 0. No obstante ello explica
que la velocidad a la que impactó debería haber quedado registrada. …
Preguntado para que diga si la información allí almacenada puede borrarse
al descargar los datos, responde: que no. Que se pueden descargar los datos
todas las veces que sean necesarias, siempre y cuando no se dañe la tarjeta de
memoria o se cometa un error grave de operación. … ”. (ver fs.1399/1400).
El Presidente de la empresa Mannos S.A Ing. Ricardo Levi Altstaedter se
pronunció en iguales términos (fs. 1401/1402).-
El acto de extracción de los datos guardados en el
Hasler se realizó por secretaría en presencia de la Sra. Defensora de López y
Ahumada acompañada en la ocasión por un idóneo y el Sr. Fiscal Federal.
Cuando se energizó el equipo, se comprobó que la aguja descendió. La
diligencia se documentó mediante un acta que luce a fs. 1787 y fue filmada
por personal de la División Video Operativo de la P.F.A. -
Días después, fueron nuevamente convocados al
Tribunal los Ing. Levi, a quienes en esta oportunidad se les requirió la
concurrencia con el software adecuado para la lectura de los datos extraídos
con anterioridad. Así, tomándose las últimas dos horas de cada carpeta
“ONCE –coche 1783” y “MORENO –coche 1800” se realizaron en formato
gráfico PDF 14 capturas de pantalla por viaje y se tabularon 89 páginas por
recorrido. Además se imprimió un juego para el expediente (agregado a fs.
2149/2268) y otro para cada parte participante. Todo lo actuado quedó
documentado a fs. 2269.-
A su turno, declararon empleados de la empresa
EMFER S.A., sitio donde se efectuó la última reparación del chapa 1 antes de
su vuelta al servicio de pasajeros.-
Guillermo Ernesto Guassardo a fs. 1603/1605,
señaló: “… que trabaja para la empresa Emfer desde el año 1994 como
operario. Que actualmente lleva a cabo la labor de Post Venta; Calidad y
Alistamiento. Que la post venta se refiere al service de los vehículos en
garantía, mientras que el alistamiento se refiere al control realizado sobre los
trenes que se entregan verificando que tengan todo en funcionamiento. No
obstante ello aclara que una vez entregado el tren, el cliente también realiza
una verificación en idéntico sentido. Que la empresa Emfer queda en el
partido de San Martín, lugar en el cual también están ubicados los talleres.
Que esta empresa se dedica a la construcción de trenes nuevos; de
reparaciones en trenes viejos alguno de los cuales a partir de sus chasis son
reparados o reciclados a nuevo como así también a la adaptación de trenes
comprados en el exterior a los cuales se le realizan algunos trabajos relativos
a modificaciones en su estructura para adaptarlos a los requerimientos de
este país o del cliente. Que con respecto al tren Chapa 1, refiere que se hizo
todo a nuevo en los talleres de Emfer en San Martín. … En cuanto a este
Tren explica que si bien no recuerda desde cuando estaba el tren en los
talleres, sí cree que ello fue anterior al mes de enero de este año. Que la fecha
de entrada y salida de Emfer la tiene que tener el Sr. Julio Vidal que es el Jefe
de Calidad y Post Venta y quien debe conocer en detalle el contrato. En
cuanto al Tren Chapa 1 y sus reparaciones o modificaciones, explica que se
intervino en equipos eléctricos, esto es que se cambiaron los contactos. Que
por equipos electricos se entiende por ejemplo la controladora que es la que
determina el funcionamiento del motor; los interruptores JP15, que es un
interruptor automático que cumple la función de cortar la tensión del coche
en caso de una fuga eléctrica, cortocircuito o sobreamperaje, es decir corta la
electricidad.
Que también se repararon los compresores,
aclarando que de ello se encargó otra empresa cree que de nombre Micoli,
aunque hay otras dos empresas que hacen ese trabajo, pero cree que es
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Mícoli. Que tampoco sabe si ese es el nombre de la empresa o del dueño de la
misma. Que estos compresores cumplen la función de proveer de aire tanto al
sistema de puertas como de frenos. Se reparó todo el sistema de puertas y
pisos. Que las puertas fueron reemplazadas por nuevas. Que cree que los
pisos algunos se repararon y otros se cambiaron por nuevos. También se
repararon los tableros eléctricos. Que estos tableros contienen varias
funciones, entre ellas el funcionamiento de puertas, el aire acondicionado, la
iluminación, maniobra –que es la secuencia de baja tensión para que funcione
el motor- el circuito del compresor. A esta altura explica el testigo que no
todos los tableros son iguales y contienen las mismas funciones por cuanto
difieren los que son de coches doble piso de los que son intermedios o de
cabecera. Se controlaron los Bogies que es donde van montadas las ruedas.
Los motores fueron controlados y reparados en su caso. Mientras que el
sistema de frenos se hizo todo a nuevo. Que todos los trabajos efectuados se
hicieron siguiendo los lineamientos específicos para cada caso. Que cuando
se refiere a que el sistema de frenos se hizo a nuevo se refiere a que se le
instalaron equipos nuevos, cero kilómetro.
En cuanto al sistema de cableado y a la instalación
de la caja registradora de datos Hasler, explica que en primer término todo el
cableado lo realiza la sección de montaje a cargo del señor José Zotolo. Que
con respecto a los cables explica que el contrato especificaba que los cables
debían testearse acorde a unos parámetros ya establecidos y si no daban esa
medición debían ser reemplazados. ... Que una vez verificado el sistema de
cableado y de acuerdo a los planos entregados por la sección ingeniería del
Emfer es colocada la caja Hasler la cual va conectada al tablero principal
por medio de dos fichas con varios cables cada una. Que la caja Hasler ya
viene cerrada y sellada que cree que viene de origen con las especificaciones
ya cargadas, aunque no tiene manera de saberlo. Que la única forma que
tiene de verificar si la caja funciona es que la luz roja este apagada, pero
tampoco puede saber si está grabando o almacenando información.
Asimismo refiere que esta caja en principio registra
los datos del freno de emergencia; el cierre y apertura de puertas, la bocina,
el sistema de hombre muerto y cree que la velocidad mayor o menos a
5km/h. También explica que el deponente recibe el tren ya terminado y su
labor consiste en revisar y verificar que todo funcione correctamente, por lo
que con respecto a la caja Hasler lo único que hace es que una vez conectada
no se prenda la luz roja. También explica que no es el encargado de conectar
la caja Hasler, que tal vez alguna vez conectó alguna, pero la caja Hasler,
cuando el recibe el tren ya esta conectada. Explica al respecto que el tren
pasa por distintas secciones o departamentos y todas las reparaciones y/o
modificaciones se realizan acorde al plano y las especificaciones que indica
Ingeniería. … Que con respecto al control del sistema de frenos, explica que
el trabajo es encargado o realizado por la empresa Knoor – Bremse que es
alemana con representación en Brasil. Que con respecto al sistema de frenos,
la fabrica los recibe todos nuevos cero km y sin programar la unidad
electrónica. Que una vez que todo se instala en el coche se hace presente el
representante de Knoor –Bremse para instalar los programas. Asimismo
explica que esta verificación o carga de las tarjetas se hace a medida que se
van terminando los coches. Que una vez que están todos unidos y armada la
formación Emfer verifica los equipos por intermedio de los display de la
unidad electrónica y se anotan, si los hubiere, los errores o fallas que surjan.
Que una vez efectuada esa labor el Sr. Vidal hace saber esto a la empresa
Knoor –Bremse a efectos de que cuando ellos vengan a realizar a verificación
final y puedan corregir estas fallas. Que después de eso y corregidas las fallas
se hace el último paso que es la calibración de la válvula de emergencia y
verificación del resto del funcionamiento. Que este trabajo lo hace el personal
de Knoor –Bremse. Y en el caso del Chapa 1 específicamente, explica que esta
labor se realizó con el tren ya en el depósito Castelar. Y que recuerda que en
aquella oportunidad hubo gente de UGOMS filmando ese procedimiento. Que
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por lo que recuerda esto fue por mediados del mes de marzo de este año. Que
sabe y le consta por que ese día estaba junto al personal de la empresa Knoor
–Bremse controlando que se realizara efectivamente ese trabajo. Y que
recuerda que además le cambió unas lámparas que se habían quemado. Que
esa prueba se realizó en forma conjunta con la gente de UGOMS y que arrojó
como resultado que todo estaba en condiciones. Que no sabe si la gente de
UGOMS tiene o debe firmar alguna conformidad, aunque entiende que si
debería hacerlo, pero realmente desconoce todo lo referente a las cuestiones
administrativas. Todo lo cual debería ser evacuado por el Sr. Julio Vidal. Que
recuerda que a uno de los que estaba por UGOMS lo conoce como “Chino
Benítez”. Que cuando era TBA esta persona era la que le daba cursos sobre
trenes a los operarios del taller, aunque actualmente no sabe que función
cumple. Refiere también que el tren estuvo parado en los talleres de Castelar
unos diez días a la espera de que llegaran los inspectores o verificadores de
Knoor –Bremse desde Brasil. Pero que antes de que vinieran los Brasileros,
la gente de UGOMS solicitó unas reformas para mayor seguridad. Que estas
reformas radicaron en la colocación de un presostato. Que la función de
este presostato era la de medir la presión de aire en la cañería principal. Que
si mal no recuerda estaba calibrado a unos 5 kg., razón por la cual para el
caso de una fuga o pérdida de aire, automáticamente se accionaba el freno
de emergencia. Que además se instaló un circuito de falla de freno, el cual
posibilitaba detectar que si en algún vagón fallaban los frenos,
automáticamente se aplicaba el freno de emergencia. Que estos sistemas son
totalmente independientes del sistema de frenos instalado y verificado por la
empresa Knoor –Bremse por cuanto funcionan de manera eléctrica y el otro
sistema depende de un software. Es decir que resulta independiente de los
que pueda accionar el mótorman. Que en la cabina existen dos formas de
aplicar los frenos, uno de ellos mediante el joystick y el otro mediante un
pulsador o botón instalado en los controles. Que estos sistemas instalados
posteriormente permiten que ante una falla en los frenos no detectada por el
motorman, el tren pueda frenarse solo. Y que la instalación de estos circuitos
llevó unos días. Que luego se probó todo ello de dos formas, una estática y la
otra dinámica. Que la dinámica se realizó en la línea entre las estaciones
Castelar y Moreno, arrojando resultados satisfactorios. Que dicha prueba se
hizo en presencia de personal de UGOMS, del ingeniero Berna, que depende
del Ing. Bizantino y del Sr. Julio Vidal. Y en cuanto a la estática, ésta se
realiza en el depósito Castelar y también todo estuvo en condiciones. Que
posteriormente se realizó la verificación por parte de los brasileros de la
empresa Knoor –Bremse y todo fue aprobado. …”.-
Llegado el tiempo de Eduardo Oscar Verna esté
declaró: “…que trabaja en la empresa Emfer desde el año 2005 ocupando el
cargo de la parte eléctrica de ingeniería. Que con respecto a los trenes
básicamente realiza el desarrollo del software. Que ese trabajo no lo hace él
solo. Que con respecto al Tren Chapa 1 y en lo que hace a la parte eléctrica
solo se cambiaron unos tubos florecentes y por iluminación a led y se
registraron dos señales distintas a las que ya tenía la registradora de datos
Hasler. Que las señales que se cambiaron fueron dos que correspondían a
velocidades mínimas de taller conocidas como Top Speed 1 y 2, por dos
señales, una de ellas del “Hombre Vivo” y la otra “Falla de unidad de
freno”. Que esto se hizo en razón de que estas últimas dos señales eran mas
útiles desde el punto de vista de seguridad de los trenes. Y el resto se dejó tal
cual esta en los planos de instalación. … Que con respecto a la alimentación
de este equipo, el mismo va conectado directamente a las baterías del coche
mediante un negativo y otro positivo y en tal caso con una llave térmica para
protección. Preguntado para que diga si el tren puede circular sin el Hasler
conectado, responde que no, ya que uno de las señales corresponde a que el
tren no puede circular a mas de 5km/h con las puertas abiertas por lo que
automáticamente se frenaría el tren cuando las puertas no se cierran
automáticamente. Que en definitiva el dicente es el encargado de diseñar el
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plano para conectar o, en este caso, reemplazar las señales. Que luego de ello
se pasa el plano a Producción, que esta a cargo del Ingeniero Zotolo, quien a
su vez encarga el trabajo a su personal de montaje. Que para ello la persona
que realiza el trabajo se basa no solamente en el plano de diseño sino también
en las listas de cableado del tren correspondiente a Tablero, coche cabina y
Pupitre, coche cabina y además para mayor comodidad y plano de donde se
encuentra el conexionado del equipo de freno, ya que lo único que se cambió
fue el equipo de freno, de todo lo cual deja copia. Asimismo explica que la
señal Joystick zona de freno registra el dato de si en algún momento se
intentó aplicar frenos, es decir si el joystick paso a la zona de freno, pero no
registra si freno o no. Que eso queda registrado cuando actúa la señal de
lazo de freno de emergencia. Que en cuanto a la señal de Hombre Vivo,
aclara que anteriormente esta aplicación no quedaba registrada en el Hasler
y es por eso que se agregó. Que el sistema lo que hace es registrar si hubo
aplicación de freno de emergencia por no registrarse la presencia del
hombre vivo. Preguntado para que diga si existe instalado en el coche algún
otro sistema que guarde datos respecto a la velocidad a la que iba el tren o si
se aplicaron los frenos, responde: que existen dos cajas controladoras que
estan ubicadas bajo bastidor mas o menos a la mitad del coche. Que estas
cajas registran el punto de tracción al que iba el tren al momento del
impacto. Que son cuatro puntos al igual que en la palanca del joystick, pero
no registra otra información mas…” (fs. 1759/60).-
De la observación detenida del plano aportado por
los Ingenieros Levi y el incorporado por el Ing. Verna se puede afirmar que el
registrador de eventos en la señal denominada “more than 5kmh” marca
velocidades mayores a 5 km/h. En “TOP SPEED # 1” se registra alarma de
hombre vivo que muestra un escalón cuando el conductor no satisface el
requerimiento de presencia. La denominada “TOP SEED # 2” indica falla en
la unidad de freno, aunque los Sres. peritos en el anexo del punto 10 afirmaron
que pese a su nombre, es un monitoreo del sistema -dando explicaciones
técnicas que superan ésta parte del desarrollo-. La individualizada como
“Emergency brake” puntualiza la aplicación de la emergencia. “Horn” es la
Bocina. Por su parte “Door Opened” indica que las puertas están abiertas y
“Open Door” cuando se abren. Por último la variable “No Ac Voltage” denota
el paso del joystick a zona de frenado.-
A fs. 1893/1894 prestó testimonio Norberto Atilio
Andrada. En dicha ocasión expuso: “… que trabaja en la firma EMFER
desde al año 1995, siendo que actualmente cumple la función de Oficial en la
labor de terminación, alistamiento y puesta en marcha de las unidades, labor
que se lleva a cabo como paso previo al sector de Post Venta y calidad. Que
en el caso concreto del tren Chapa “1” el Hasler o caja registradora de datos
se desmontó de la unidad, tal como ocurrió con el resto del tren. Que su
intervención fue la de verificar las fichas que quedaban en la cabina junto con
la bornera en relación a los planos entregados por el Ingeniero Verna. Que en
si su trabajo era la de verificar que los cables no estuviesen afectados, es
decir que se cheque desde la punta de las fichas hasta la otra punta que
desemboca en la bornera. Que ese chequeo se hace cable por cable y se
verifica la continuidad, es decir que no esten cortados. Que no se produzcan
cortocircuitos entre si. Que mientras el dicente realiza esa labor, el Hasler es
retirado del tren y llevado o entregado cree que a los proveedores. Que una
vez verificados los cables y estando todo el cableado en condiciones, el
dicente avisa a su supervisor que es el Sr. Carlos González y éste luego le
hace entrega del Hasler para su conexión. Que una vez con el Hasler solo le
enchufa las fichas, que son dos, y verifica que todo funcione correctamente, es
decir que no marque error, pues el resto del funcionamiento se verifica con el
tren en marcha.
En cuanto al PLC explica que es una computadora
de abordo o programador lógico controlable al que se le carga un programa
que permite el funcionamiento del tren. Que según recuerda en el caso del
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Chapa “1” el PLC no fue desmontado, pues se desmontó el tablero completo,
el cual contiene el PLC, la fuente de alimentación del PLC, todas la térmicas
del coche, borneras y fusibles. Que el tablero se saca y se lleva a
equipamiento eléctrico donde se verifica que todo este orden. Que cuando
todo esta terminado se conecta todo junto, es decir el Hasler con el tablero.
Que en este caso se conectó todo junto. … Asimismo aclara que el Hasler es
totalmente independiente del PLC. Que son dos cosas distintas. Que uno
cumple la función de dar la información al tren para que funcione (PLC),
mientras el otro registra las funciones cargadas (Hasler) … Que el Hasler
es una caja registradora en donde se pueden registrar datos y además
funciona como velocímetro, que es el velocímetro de la unidad. Asimismo
refiere que allí se registran los acontecimientos del tren. Preguntado para que
diga si sabe si en caso de no tener conectado el Hasler el tren puede
funcionar, responde que si. Que cree que si puede funcionar. Preguntado para
que diga si sabe si en el caso de no tener conectado el PLC el tren puede
funcionar, responde: que no puede funcionar, pues es el que tiene cargado el
programa de funcionamiento del tren. Preguntado para que diga si sabe si al
Hasler se le debe configurar la fecha y la hora para su funcionamiento,
responde: que si. Que se le debe cargar cada vez que el tren esta parado
mucho tiempo o si se le desconecta el Hasler. Preguntado para que diga si
sabe si para el caso de no programársele la fecha y la hora el Hasler funciona
y graba los acontecimientos del tren, responde: que si funciona y que los
graba aunque con otra fecha y hora registrando todos los datos para los que
fue programado. Que el encargado de programar la fecha y la hora es el
cliente, en este caso UGOMSa. Que eso se realiza en los talleres de, en este
caso, Castelar ya que son ellos los que programan el recorrido del tren. …
Preguntado para que diga si en la cabina existente en la cola del tren también
están conectador el tablero, PLC y Hasler, refiere que si, aunque no sabe si el
Hasler graba lo mismo que la otra cabina, es decir no sabe si funcionan de
manera simultánea. Aclara asimismo que el procedimiento de revisión y
control de los cables también se hacen la otra cabina donde van conectados a
su bornera. Y que no obstante ello todo el tren esta conectado entre si, lo que
se llama sincronismo. Explica al respecto que el sincronismo es para que
toda la información viaje por todo el tren, de manera tal que si se abre la
puerta del primer coche, abren todas y lo mismo ocurre con los frenos. Que
explica esto ya que el Hasler registra el frenado o la apertura de puertas solo
del primer coche. Que todo lo que es aceleración o el sistema de puertas
viaja a través del sistema de sincronismo con la orden del PLC, pero el
sistema de frenos se maneja de manera independiente de su propio
sincronismo, es decir no depende del PLC. Que si bien le manda
información al PLC pero no depende del PLC. Del mismo modo le manda
información al Hasler, el cual registra los datos de los frenos, pero no
depende su funcionamiento del Hasler. ..”.-
Por último depuso José Zottolo -fs. 1895/1897-:
“…Que …. trabaja para la empresa “EMFER SA” cuyas siglas significan
“EMPRENDIMIENTOS FERROVIARIOS SOCIEDAD ANONIMA”. Que en
dicha firma, el declarante trabaja actualmente como gerente de producción
desde el año 2006. … Que su función como dijo resulta ser la de Gerente de
Producción. Que se ocupa de recibir las formaciones con las especificaciones
técnicas que pide el cliente. Que en este caso en concreto y con relación a la
formación identificada como Chapa 1 el cliente resulta ser la empresa
UGOMS. Que dichas especificaciones pasan por diversos sectores, como ser
ingeniería, programación y logística, calidad y producción. Que la formación
llegó al taller ubicado sobre la calle General Savio 2750 de la localidad de
San Martín por intermedio de las vías que conectan la fábrica con el ramal
Mitre, mas precisamente se denomina Estación Migueletes. Que cuando
ingresan a la fábrica, en primera instancia se recibe el pliego que entrega el
UGOMS al departamento de programación que se encarga de repartir las
especificaciones a los diversos sectores del EMFER. Que allí –en las
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especificaciones- se establecen que tareas se deben realizar en la formación.
Que luego, el sector de ingeniería traduce las especificaciones, en planos
generando la información necesaria para realizar la tarea. Que el sector de
programación y logística establece los materiales que deben ser adquiridos
para efectivizar las reparaciones. Que el sector de Calidad debe efectuar el
control de las tareas realizadas en la Unidad y el sector de Producción que es
el encargado de desarrollar las tareas inherentes a la reparación de la
formación. Lo que es producción, está dividido en diversos sectores. Que uno
de ellos, es Calderería que es el sector que repara la estructura y el bastidor
del vagón, siempre que ello esté especificado en el pliego de reparación. Que
el sector de herrería fabrica los subconjuntos que son utilizados por el sector
de Calderería como así también por el sector de Montaje. Que además, dentro
del sector de Producción se encuentran los sectores de equipamiento eléctrico
que se ocupa de la reparación de acuerdo a las especificaciones, de los
equipos eléctricos que correspondan. Que también se encuentra el sector de
Boguies donde se realiza la reparación integral del mismo, el sector de
Motores donde se realiza la reparación de máquinas rotantes, el sector de
pintura encargada de la pintura interior y exterior de la unidad y finalmente
se encuentra el sector de Montaje donde convergen todos los demás talleres
para realizar el armado de la unidad nuevamente. Que el sector de montaje se
encuentra dividido en áreas. Que esas áreas son una eléctrica, una neumática
y la restante interiorismo. Que cada uno de los componentes que deben ser
colocados en la unidad, son conectados por el sector de Montaje Eléctrico
siguiendo las especificaciones que emite ingeniería de acuerdo a la
especificación técnica que corresponda para cada uno de los
componentes…”.
Hasta aquí un resumen del organigrama y la división
de sectores de la empresa, luego siguió: “…Que existe un circuito que
establece como debe ser conectado el registrador de eventos de la empresa
Hassler. Que en cuanto dicho componente en sí, el mismo se extrae de la
unidad y se lo envía para su reparación o comprobación sobre su
funcionamiento a la empresa Mannos, representante de Hassler en Argentina.
Que dicha empresa, emite un protocolo de correcto funcionamiento. Que el
declarante desconoce que contiene adentro ese equipo y los únicos
autorizados a repararlos y/o abrirlos son mencionadas firmas. Que luego, y
cuando se devuelve la pieza al taller junto con el protocolo se coloca
nuevamente en la unidad. Que ya verificado el cable que estaba para conectar
se verifica la conexión de acuerdo a plano y directamente se conecta. Que
según el personal que realiza la prueba, en cuanto al equipo colocado en el
Chapa 1 se encontraba todo en orden. Que el servicio que realiza el EMFER
SA se completa hasta el momento que la unidad sale de taller y está entregada
respecto a los trabajos realizados. Que funciona como cualquier aparato que
tiene garantía. Que ante el uso que en este caso UGOMS le da a la unidad,
ellos son los que deben ir verificando el funcionamiento de todos los
componentes de la misma. Que el EMFER SA no tiene ningún deber de
seguimiento en cuanto al funcionamiento diario de la formación.
Que además, y en cuanto al sistema de
funcionamiento del denominado “hombre vivo” el declarante precisa que
salvo el registrador de eventos, del cual ya se explayó previamente, también el
denominado “Joystick” o control de marcha se compra completo, es decir con
el equipo electrónico de freno, el equipo neumático de los nueve coches y los
dos controladores para cada cabina. Que en el caso del Chapa 1, ese
controlador se lo entregó al EMFER SA junto con el resto de todo el sistema
de freno el UGOMS. Que este sistema, el UGOMS ya lo tenía y se los entregó
en la fábrica. Que según sabe, este sistema es provisto desde la filial de Brasil
de la empresa Norkbrense. Que desconoce otros datos porque se los proveyó
el UGOMS. Que todo este sistema lo instalaron y lo conectaron en el Chapa 1
de acuerdo a las especificaciones que brinda el fabricante por intermedio de
ingeniería. Que en cuanto a las conexiones en concreto entre sus
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componentes, las mismas, las efectúa personal subalterno suyo con
instrucciones del plano provisto por el sector de ingeniería.
Que en cuanto al resto de los componentes, como ser
el controlador lógico PLC, junto con la alarma visual y sonora, y el lazo de
freno de emergencia también son componentes del sistema de hombre vivo.
Que dichas partes, si se encuentran en malas condiciones son reemplazadas
directamente. Que las mismas, no se reparan, sino que se cambian
directamente. Que específicamente en cuanto al Chapa 1 no recuerda haber
cambiado alguno de los componentes antes mencionados, ya que no está
sobre el tema específico. Que el día 31 octubre del año pasado, entró al taller
la formación identificada como Chapa 1. Que permaneció en la empresa
efectuándole las reparaciones solicitadas por UGOMS hasta el 16 de febrero
de 2013 cuando se trasladaron las últimas unidades a Castelar donde se
encuentran los talleres de UGOMS. Que a partir de esa fecha se comienzan a
realizar las pruebas estáticas y dinámicas finales. Que dichas pruebas están a
cargo del sector de Post Venta y el personal de UGOMS. Que previo a la
salida del taller de EMFER se realizan las pruebas estáticas con aprobación
de Calidad junto a un inspector de UGOMS. Que de acuerdo a lo que sabe y
recuerda, las pruebas efectuadas en el taller del EMFER resultaron normales.
Que luego, sabe que el día 4 de abril, se realizó la recepción provisoria de la
unidad en el taller de UGOMS en Castelar, lo cual significa que a partir de
esa fecha empieza a correr la garantía que extiende el EMFER. …”.-
Fue escuchado a tenor de lo normado por el art. 239
del C.P.P.N el Ing. Guillermo Sirito, representante comercial en la República
Argentina desde el año 1998 de la firma Knorr Bremse -la que fabricó el
sistema de frenos instalado en el chapa 1 por la empresa EMFER, por cuenta y
orden de UGOMS. Así de su testimonio -fs. 2582/85- se desprende: “… Que la
empresa tiene su casa matriz en Alemania y fábricas en todo el mundo, dentro
de los cinco continentes. Que cree que son alrededor de 20 fábricas. Que en el
cono sur, solo tiene una fábrica en Brasil y esa filial es la proveedora de los
equipos para todo el MERCOSUR. Que la firma “Knorr Bremse sistemas
para veículos ferroviários LTDA” vende sistemas de freno y sistemas
ferroviarios de puertas automáticos. Que en cuanto a los sistemas de freno
ferroviarios aclara que se venden para todo tipo de vehículos ferroviarios.
Que en cuanto a los componentes que fueron adquiridos para ser colocados
en la formación identificada como CHAPA 1, el declarante en primera
instancia hace entrega de fotocopias de la orden de compra N°OE 1031 de
fecha 15/10/2012 a la firma UGOMS SA. Que dicha orden de compra
especifica el detalle de material provisto. Que de acuerdo a ello, aclara que
UGOMS adquirió dos sistemas de freno para coche motriz con cabina y siete
sistemas de freno para coche intermedio o doble piso. Que en este momento
refiere que ya sea de doble piso o no, el sistema de freno de los coches
intermedios es el mismo. … Que además, en la orden de compra antes
mencionada se especifican números de referencia de fábrica de todas las
piezas que componen el sistema de entrega. Que aclara que esos números
identifican el modelo de la pieza y no esa pieza en particular. Que por otra
parte, indica que no está seguro si todas las piezas llevan estampado o
identificado de algún modo ese número de referencia. Que estima, que las
piezas mas pequeñas podrían no tenerlo, sin perjuicio de ello, posee un plano
para cada una de las piezas, que intentará conseguir y aportar al tribunal.
Que no le consta que el material descrito en la orden de compra haya sido
colocado en el Chapa 1 porque quien declara no lo colocó personalmente él.
Que lo supone porque fue el único sistema que le vendió a UGOMS. Que
anteriormente se le habían vendido a TBA el sistema para cinco trenes
completos mas y cuatro de repuesto. Que este sistema se instaló en el CHAPA
1 por medio de la empresa EMFER. Que personal de “Knorr Bremse sistemas
para veículos ferroviários LTDA” se apersonó en la fábrica EMFER para
instalar el Software. Que en esa oportunidad fue MARCIANO BASTOS o
EMERSON OLIVEIRA de la filial Brasil. Que dicho suceso fue durante el mes
99
de marzo aproximadamente. Que allí el CHAPA 1 se encontraba en montaje
en EMFER. Que luego, estima que el día 6 de junio pasado, el técnico
EMERSON OLIVEIRA se presentó en el Depósito de Castelar de la Línea
Sarmiento para regular las presiones de los sistemas de freno de acuerdo
con la solicitud efectuada por el cliente. Que las presiones estaban correctas.
Que los llamaron para realizar un ajuste en las presiones porque querían
que haya una mayor diferencia de presión entre el freno de servicio y el
freno de emergencia. Que igualmente, la presión estaba correcta. Que los
sistemas de freno funcionan mediante una combinación electrónica y
electroneumática y electromecánica. Que desconoce si el sistema de freno
funciona con un gobierno central para todos los coches o cada coche tiene un
sistema independiente y al no ser el técnico no está en condiciones de
responder dicha circunstancia. …”
Afirmó que “…cuando hay una serie de trenes que
incorporan la tecnología de Knorr, se realiza un ensayo en el prototipo de la
serie. Que se realizan pruebas dinámicas y estáticas. Que para realizar
pruebas dinámicas vienen un grupo selectos de técnicos desde Alemania y no
le delegan esa función a ninguna filial del mundo. Que una vez que dan la
habilitación del sistema, como ser el software ajustado y el sistema
funcionando de acuerdo a los parámetros, ya luego el montador tiene las
instrucciones para continuar con el proyecto. Que en el caso que nos ocupa,
se tomó como prototipo o primera formación a uno de los cinco referidos
anteriormente que se les vendió a TBA. Que era el mismo proyecto. Que el
montaje se hizo en el mismo lugar es decir en EMFER. Que se prueba que el
sistema funciona para ese tipo de coches y se coloca en todos con las mismas
especificaciones…”.-
A preguntas formuladas, respondió que el sistema de
freno de servicio y el de emergencia, son el mismo sistema con aplicación
independiente. Que el joystick fue provisto por Knorr Bremse pero ellos no lo
construyen, sino que lo compran a la empresa SCHARLBAU.-
Por otra parte aseguró que el sistema venido aún se
encuentra en garantía porque tiene cobertura de 12 meses y fueron entregados
en diciembre del año pasado y retirados en enero del corriente. También
aportó documentación descripta en su testimonio que luce agregada fs.
2567/2581.-
Interrogado conforme lo solicitado por las partes, el
testigo dijo no conocer el nombre de la persona que en EMFER instaló los
frenos. El diseño de instalación de las formaciones en las cuales se colocó no
es de Knorr, sino que debe haber sido desarrollado por TBA o EMFER.
KNORR BREMSE entrega el equipo y el diagrama de conexiones
eléctricas, mecánicas y neumáticas. La instalación es exclusiva del
constructor o reparador, lo que se llama LAY OUT. La forma de distribución y
como éste se fija en el tren y los componentes es decisión del constructor.
Explicó que las certificaciones que aprobó la empresa lo son para el primer
prototipo y todo lo que se haga igual en las restantes funcionará igual. Que
solo verifican los parámetros para el funcionamiento, los tiempos de
aplicación con coche vacío y completo, etc. Por ultimo afirmó que dentro del
kit provisto se instala la unidad electrónica
Acerca del tipo de norma de calidad expuso que la
empresa tiene un sistema propio de calidad denominado KPS. Que el sistema
de frenos responde a las normas UIC que son las normas internacionales que
se utilizan en Europa para los ferrocarriles.-
Terminó por mencionar que el técnico brasilero
Emerson Oliveira que en la primera semana de junio hizo un ajuste de
presión no le comentó que haya detectado ninguna anomalía. Que
telefónicamente le dijo estaba todo en orden. Que posiblemente entiende que
OLIVEIRA debe haberle hecho un informe o comunicación a UGOMS,
aunque no lo sabe ni le consta. Por último dijo saber que el técnico
OLIVEIRA se entrevistó con el Jefe de Material Rodante eléctrico de
101
UGOMS de nombre MARIO COMINOTI y que éste lo derivó a otra persona
para realizar la tarea pero desconoce en quien recayó la misma.-
El Sr. Gustavo Céspedes, Supervisor General de la
empresa “MKS emprendimientos y servicios SRL declaró: “… Que esta
empresa presta servicios para las compañías ferroviarias UGOMS, SOPFSE,
Ferrovias, UGOFE San Martín, Roca y Belgrano Sur, NCA, Ferrocentral,
Tren Patagónico, Belgrano cargas, ALL y sus concesiones. También tiene a su
cargo el centro de monitoreo Once. Que son los únicos en todo el país que
presta servicio de instalación, mantenimiento y operatividad en cámara fijas y
material rodante. Las cámara fijas se encuentran instaladas en estaciones,
cabines de control, paso a nivel y paso peatonal y las que están en el material
rodante se encuentran en locomotoras, trenes eléctricos, coche motor,
remolcados y autovías. En los trenes eléctricos se encuentran en la parte
frontal tanto cola como cabeza exterior o interior depende del modelo de la
formación. Que en la línea Sarmiento y Mitre se utilizan cámara blanco y
negro marca GKB modelo Waterprof, son blindadas, soportan el agua,
capturan audio y video en tiempo real. De allí sale un cableado protegido
por cañería rígida que va hasta la DVR. Que esta se encuentra dentro de una
caja metálica con llave, la que se encuentra a cargo de personal de la
empresa. Que depende del modelo del tren la caja metálica puede estar
debajo del pupitre o montada en otro sitio, pero siempre dentro de las
cabinas. Las DVR son marca “Everfocus”, modelo EDR 410 M de origen
chino digitales. Que el 98% de las DVR que poseen son de ese modelo, en el
caso del chapa 1 y 19 también lo son. Que las mismas capturan y encriptan
lo que la cámara registra tanto audio como imagen en un disco rígido y en
formato AVR. Que la DVR posee dos canales de audio aunque sólo utilizan
uno porque la cámara es una sola. Que para poder ver ese formato, sólo
puede hacerse desde la DVR misma (la que sólo graba y reproduce) sino hay
que extraerlo con una capturadora que en tiempo real va pasando lo que se
ve en el monitor de la DRV a la computadora y de allí recién puede
descomprimirse y transformarse en formato AVI para su visualización,
otorgándole la misma capturadora el aplicativo para poder verse. En la
DVR no puede editarse ni imagen ni sonido, tampoco pueden agregarse y
borrarse partes, sólo puede formatearse por completo, es decir borrarse todo
el contenido de la capacidad que se encuentre hasta ese momento ocupada.
La DVR cuando completa su capacidad de almacenamiento comienza a
sobreescribirse desde lo más antiguo a lo más nuevo. Asimismo explica que la
grabadora lo hace por segmentos y cuando reconoce una falla (corte de
corriente o rotura) cierra el segmento anterior y el disco rígido, no sigue
copiando. Los segmentos son de intervalos de entre 1 a 10 segundos. Que
depende el peso del segmento es el intervalo, eso lo programa la misma DVR.
Si la imagen es pesada, por la luz, el movimiento, el reflejo, tarda más en
encriptarla en el disco rígido. Que si por ejemplo es de noche y con reflejo,
la cámara abre más el iris y los cuadros por segundos son más pesados y por
lo tanto tarda más en encriptarlo. Que la DVR está programada para grabar
12,5 cuadros por segundos aunque puede hacerlo entre 2 a 25 cuadros pero
está estipulado 12,5 por la capacidad del disco rígido, para obtener mayor
tiempo de grabación. Si esos cuadros son más pesados el intervalo para que
la DVR lo encripte va a ser mayor. Que cuando sucede un siniestro el
intervalo que no se encriptó se pierde. Que la DVR está programada para
grabación continua desde el momento que se energiza el tren, cuando se
corta la energía eléctrica corta de grabar. Que los operarios de MKS todos
los días controlan que las DVR se encuentren en buen funcionamiento y que
estén grabando en forma continua. Acerca de los manuales y especificaciones
refiere que la empresa MKS no compra la DVR y cámaras sino que le son
provistas por el ferrocarril, en el caso de las que se encuentran actualmente
instaladas fueron todas provistas oportunamente por TBA. Que UGOMS sólo
les proveyó las que instalaron en el interior de las cabinas recientemente, las
anteriores todas eran de TBA. No sabe si existen manuales o especificaciones
103
de ellas…” (fs. 41036/4037).-
De su exposición se infiere que las DVR incautadas
graban y encriptan en sus discos rígidos las imágenes y audio que va captando
la cámara instalada. Que además de esa función sólo permite reproducir su
contenido, sin posibilidad alguna de edición.-
Éste técnico también explicó que la DVR permite el
formateado total de la capacidad ocupada en el disco rígido, pero no el
borrado parcial, -es decir quitarle partes-. Además dijo que la misma DVR en
su funcionamiento diario y cuando completa la capacidad de almacenamiento
del disco comienza a sobre-escribir los archivos empezando por los más
antiguos.-
Por último, tendré en cuenta su afirmación en cuanto
a que las DVR estaban programadas para registrar de forma continua, desde y
hasta que el tren se energiza. Además el técnico describió que la máquina
guarda la información por intervalos, cuya duración dependerá del peso de lo
registrado. Si por algún motivo deja de funcionar antes de terminar ese
proceso, ésta se pierde.-
La defensa de los imputados López y Ahumada
presentó un informe técnico preliminar (fs. 4132/33) efectuado por el Ing.
Electrónico con especialidad en Telecomunicaciones Oscar Enrique Verazzi
acerca de las filmaciones de la cabina 1800. También se lo convocó a deponer
testimonialmente en autos (fs. 41710/4172), oportunidad en la que dijo:
“…Que el deponente resulta ser Ingeniero Electrónico con especialidad en
Telecomunicaciones desde el año 1987. En este momento se le exhibe al
declarante el informe técnico preliminar obrante en autos a fs. 4132/4133,
expresando: Que efectivamente es el que elaboró el deponente, que en este
acto ratifica, reconociendo al pie del mismo su firma. En relación a su
contenido expone que fue comisionado para analizar un material que le fue
provisto en soporte DVD. Aclara que supone que es una copia del original ya
que la filmación se encuentra en un disco rígido. Que el mismo contiene el
recorrido de una formación férrea desde su salida de la estación Once y hasta
segundos antes del impacto. Que lo último que se alcanza a ver es una imagen
pixelada con macro bloques que al deponente no le dieron ninguna
información, siquiera fecha y hora. Que en toda la filmación existen varios
tramos en los que la imagen se pixela, que puede deberse a una falta de
calidad en el equipo que está haciendo el proceso, pero perfectamente luego
continúa de manera correlativa en fecha, hora e imagen. Es como si en un
momento se detuvo el proceso de digitalización y la máquina debe volver a
rearmarlo. Que la DVR recibe información analógica que le da la cámara y
luego hace el proceso de digitalización para posteriormente almacenarlo.
Volviendo a los últimos instantes de filmación contenida en el DVD
examinado refiere que inmediatamente después de la imagen pixelada se ve
una imagen coherente en negro y el título con fecha y hora que genera la
misma máquina además dice “ch 1 y un logo con una w”. Que la fecha que
pudo observar decía 13/06/13 y el horario 16:52:41 y tiene una duración de
cinco segundos. Conociendo este tipo de equipamientos es su opinión que el
equipo debería haber seguido grabando aún incluso después del accidente.
Que supone por su experiencia en otros accidentes con trenes y automotores o
arrollamientos, siempre el momento del accidente se ve. Que si bien no son
choques tan fuertes como el impacto entre dos trenes, entiende que el tiempo
de digitalización no debería haber sido tan largo como para perderse los
últimos segundos ....”
Al ser preguntado para que diga que pasa con la
DVR si el tren se desenergiza, dijo: “Que al perder la energía todo se apaga,
incluso la DVR que guarda hasta lo último que pudo grabar. Que esto también
le llamó la atención porque si fuera una fecha y horario anterior es posible
que se trate de una imagen antigua de la máquina, puesto que estas pueden
programarse para que cuando colmen su capacidad se sobreescriban los
archivo más viejos, entonces infiere que al ser del mismo día y horario
105
posteriores al accidente, la máquina en ese momento recibió energía y grabó
en negro esos cinco segundos. Que habría que trabajar sobre la DVR para
establecer si alguien le ordenó esa grabación o por el contrario está
programada con un timmer para grabar cierto tiempo y cuando se energizó
comenzó a grabar sola. Lo cierto y concreto es que en ese momento la DVR
recibió energía. Que a su criterio habría que realizar un peritaje informático
sobre el disco rígido para buscar información que pudiera haber quedado
dentro de éste y que le dé una explicación de qué pasó entre que se corta la
imagen y la imagen negra con horario posterior…”
A continuación narró una situación hipotética de
cómo sería –a su criterio-, posible editar el contenido de un disco rígido como
el secuestrado. También dijo que en realidad lo guardado no posee un
encriptado de seguridad sino una digitalización cuyo código es idéntico en
todas la DVR de la misma marca y modelo.-
Se lo interrogó para que diga si el proceso de
reproducción, modificación y grabado en otro disco se podría hacer en tiempo
real o los mismos puede ser acortados. Allí contestó: “…Que podría ser de las
dos maneras, si la máquina lo permite por medio del puerto USB y desde allí
se haría la transmisión de datos y si no lo permite, habría que reproducir los
treinta y pico de minutos que dura todo el recorrido en tiempo real para
pasarlo al otro disco rígido que luego se colocaría en la DVR. …”
Del mismo modo agregó: “…Que nunca tuvo acceso
a las mismas, materialmente nunca accedió.” -por las DVR-. “Que lo que
conoce del equipamiento es por los manuales que consiguió publicados en
Internet” (después de la declaración de la Céspedes) “y de lo que detalló el
empleado … que explicó cómo van instaladas y donde se colocan…”. Dijo
que cuando contó con dichos elementos, confeccionó el informe que se
presentó a la causa. -
Al ser interrogado si pudo ver el DVD completo y en
su caso si notó alguna edición, respondió: “…Que si bien observó tramos
donde la imagen se pixela no le da la impresión que estuviera editado. Si le
llamó la atención las cuestiones que antes detalló luego de que se corta la
imagen antes del impacto…”.-
En relación al sonido expresó: “…que como bien
dice el empleado de MKS graba por un solo canal, tiene sonido ambiente en
el canal identificado en la grabación como “canal 1” y el canal 2 no tiene
grabación. Que todo indicaría que no tiene nada porque se escucha el típico
ruido de lluvia cuando el canal no posee entrada…”.-
En otro orden de ideas, la Sra. Defensora de los
maquinistas López y Ahumada incorporó al sumario copias simples de una
nota de fecha 27/05/10 firmada por Luis Pietracci (1767/1768); tres notas
datadas en 24/02/11, 12/06/12 y 19/06/12 de Ernesto Gonzalez (fs. 1769,
1770 y 1771), y otra del el 12/06/13 rubricada por Juan Eberbach (fs. 1772), a
excepción de ésta última, todas se relacionan con fallas detectadas en el
equipo 01 antes de su último ingreso a los talleres de EMFER para su
restauración, cuya documentación se encuentra secuestrada y reservada en
Secretaría.-
Más allá de lo señalado, el Tribunal escuchó a LUIS
ALBERTO PIETRACCI -fs. 2042/2043- y NICOLÁS MASCANFRONI -fs.
2044/2045- y sin bien no le quito importancia a las vivencias relatadas, lo
cierto y concreto es que son eventos ocurridos en mayo de 2010 y junio de
2012, previos a que el chapa 1 fue sacado de servicio de pasajeros y llevado a
reparación. Nótese que en la actualidad nos vemos privados de saber
técnicamente qué ocurrió y por lo tanto de afirmar cuales fueron las reales
causas de su acaecencia.-
Párrafo aparte merece el testimonio brindado en
autos por el conductor JUAN ALBERTO EBERBACH a fs. 2046/2049 y
luego por MIGUEL ANGEL VIVAS a fs. 2413. Éstos ratificaron que el día 10
de junio del año en curso (3 días antes del suceso que nos convoca) mientras
107
condujeron el chapa 1 se les aplicó en forma automática el freno de
emergencia. Ello motivó que sus dichos fueran objeto de pericia,
puntualmente en el ítem 37 donde se cuestionó si estos episodios tuvieron
incidencia en la colisión investigada en ésta causa, aunque por una cuestión de
claridad expositiva trataré las conclusiones de la experticia en forma conjunta
y algunos parágrafos más abajo, utilizando este tramo del resolutivo a reeditar
la versión puesta de manifiesto.-
Así precisamente Eberbach dijo -fs. 2046/2049-: “…
Que el día 10 de junio pasado, en un horario que no puede precisar, aunque
recuerda que era después de las 19:00 hs., tomó el servicio en la estación
Castelar relevando a su compañero anterior de la formación identificada
como Chapa 1. Que recuerda que era uno de los gemelos García quien
condujo supone la formación desde Once hasta Castelar. Que el tren se
encontraba con pasajeros y realizaría el trayecto Castelar-Moreno. Que
cuando ingresó a la cabina mas precisamente al “coche cabeza lado
Moreno”, pudo apreciar que la emergencia se encontraba accionada de
acuerdo a las lecturas del manómetro, no así por el dispositivo es decir el
“boton” de emergencia. Que ello le llamó la atención, ya que pensó que la
emergencia la había aplicado el conductor anterior, pero cuando observó el
dispositivo se percató de que el botón no estaba presionado y la reversa
estaba en neutro. Que ante ello, comenzó a realizar todas las medidas que le
corresponden para normalizar frenos. Que en primer lugar anuló cabina por
intermedio de una llave y volvió a tomar cabina nuevamente. Que esa medida
permite poner todo el sistema en cero. Que para ello, giró la llave de la
formación y luego la giró nuevamente sin sacarla del tablero. Que ante ello,
supuestamente el tren debe normalizarse, sin embargo, el tren no se
normalizaba, hasta que pasados los cuatro o cinco minutos se normalizó,
aunque aclara que este procedimiento de giro de llave del tablero lo realizó en
varias oportunidades. Que finalmente, como dijo pasado ese lapso y en un
momento en que no estaba haciendo nada el equipo se normalizó solo. Que en
la estación Castelar, ante ese desperfecto no dio aviso de lo acontecido. Que
una vez normalizado, le avisa al guarda que estaba en condiciones de salir
para que éste cerrara las puertas y lo despachara nuevamente. Que el guarda
cerró las puertas sino el equipo no le permite traccionar y lo despachó. Que
posteriormente, inició marcha hacia estación Ituzaingó, siendo que al llegar a
la misma, deja de traccionar con el Joystick llevándolo hacia atrás para
empezar a frenar el equipo al llegar al paso a nivel previo a la estación. Que
al realizar dicha operación de pronto se le aplicó de golpe la emergencia, lo
cual generó que el tren se frenara bruscamente quedando detenida la
formación entre el paso a nivel y medio coche cabeza sobre el andén. Que el
tren quedó detenido en ese lugar y ante tal circunstancia dio aviso radial a
Depósito Castelar y Control Trenes a la vez. Que en esa comunicación indicó
que había iniciado el procedimiento de frenado y se le activó la emergencia en
circunstancias en las cuales frenaba normalmente. Que Control le da la orden
al Depósito Castelar para que mandara operarios al lugar y así verificar la
situación. Que el deposito Castelar informó que mandaban una cuadrilla en
camino. Que siempre cuando sucede alguna anomalía mandan dos operarios
como mínimo a verificar la misma. Que mientras Control trenes y el Depósito
informaban los pasos a seguir, el declarante igualmente intentaba normalizar
el equipo, mas precisamente el sistema de frenos, para lo cual repitió las
acciones realizadas en castelar “anulaba y tomaba cabina, girando la llave, y
le daba un tiempo para normalizarse”. Que ese procedimiento lo realizó
alrededor de tres o cuatro veces, es decir algunas veces mas a las efectuadas
en la estación Castelar antes de tomar el Servicio. Que al ver que no se
normalizaba, le indicó al depósito que se apresuraran los operarios. Que ello
lo indicó en ese momento porque la gente se estaba impacientando. Que así
las cosas, y al no normalizarse el equipo dejó de efectuar las maniobras antes
relatadas. Que de pronto el equipo sólo se normalizó nuevamente. Que al
normalizarse, da aviso otra vez al depósito informando ello. Que aclara que
109
por normalizarse se entiende que deja de estar frenado el equipo y los
depósitos se vuelven a llenar de aire que es el utilizado por el sistema para
volver a frenar. Que siguiendo el relato refiere que los operarios no llegaron y
una vez que en determinado momento se normalizó la formación, dio aviso a
control de la normalización como así también que llevaría el equipo hasta la
punta del andén, es decir que arribaría normalmente a plataforma. Que
estando el equipo detenido en plataforma con la reversa en posición neutro y
sin freno aplicado, de repente se aplicó la emergencia nuevamente. Que otra
vez dio aviso de lo acontecido indicándole al deponente desde el depósito de
Castelar que ya estaban llegando los operarios. Que ante ello, nuevamente
volvió a realizar el procedimiento normal que le corresponde y que detalló
anteriormente relacionado con girar la llave, es decir de anular y tomar
nuevamente la cabina. Que este procedimiento lo realizó también varias
veces. Que otra vez, luego de alrededor de cuatro minutos el equipo se
normalizó solo. Que da aviso nuevamente a Control Trenes y depósito
Castelar que iba a reanudar marcha nuevamente porque los operarios en
definitiva no llegaron, e inició marcha hacia estación San Antonio de Padua.
Que el trayecto entre estaciones fue normal ingresando a la estación de
Padua y deteniendo su marcha en forma normal. Que estando detenido en la
estación, se repite la falla del equipo transcurriendo otros cuatro minutos
hasta que se normalizó nuevamente. Que dio aviso a control, resaltando que
los operarios nunca habían llegado, reanudando marcha hacia Merlo. Que a
partir de ese momento, le da aviso a control a medida que van transcurriendo
las estaciones, de que no se había repetido la falla y desde Control le
informaron que desde Moreno regresaba con coche vacío. Que mas allá de lo
señalado en cuanto a lo acontecido antes del ingreso a la estación Castelar
cuando se aplicó de repente la emergencia, los frenos de la formación
funcionaron en forma normal cada vez que los tuvo que aplicar en todo el
trayecto. Que al llegar a la estación de Moreno, la formación se detuvo en
forma normal. Que el trayecto entre Castelar y Moreno lo cubrió en alrededor
de treinta y cinco minutos o mas. Que lo normal son veinticuatro minutos por
horario. Que en la estación Moreno descienden los pasajeros y el declarante
anuló esa cabina. Que después, cambió de cabecera del tren hacia el lado
Once, tomando cabina colocando la llave. Que por los altoparlantes de la
estación se indicaba que el tren no efectuaba servicio de pasajeros y volvía
vacío. Que pasados algunos minutos condujo el tren nuevamente hasta la
estación Castelar. Que desea aclarar que con el comando de la cabina Lado
Once se manejó normalmente y no tuvo ningún inconveniente en el trayecto
Moreno-Castelar. Que como dijo, al llegar a las inmediaciones de Castelar
ingresó a playa y desde ese lugar, directamente la formación la manejan los
operarios porque el declarante la ingresó por la falla de la cabina “lado
Moreno”. … Que luego de finalizar su turno se retiró a su domicilio donde
confeccionó el informe que posteriormente el día 12 entregó en mano a su
delegado de Seccional Castelar, Ernesto Gonzalez. … Que el día 11 no
entregó la nota que confeccionó, porque no vio a quien consideraba para
darle el informe. Que la nota la entregó el día 12 de junio pasado un rato
antes de las 19:00 hs a Ernesto Gonzalez ya que ese día es cuando encontró a
quien dársela…”.-
No pudo precisar si en el trayecto rememorado las
puertas estaban abiertas o cerradas mientras circulaba aunque aclaró que si
están abiertas no sale el tren, no tracciona. Aseguró que los comandos los tiene
el conductor y que a veces se puede desactivar el dispositivo. No recordó
cómo estaba el enclavamiento de las puertas el día 10 de junio toda vez que le
prestó atención a la situación relatada. Antes autorizaban a sacar
enclavamiento desde Control, pero actualmente éstos ya no da la orden para
desactivar el dispositivo y todo depende del guarda.-
El episodio se buscó en las DVR secuestradas tanto
en coche cabeza como cola y por medio de implementos técnicos adecuados
se copió en formato DVD para su resguardo en Secretaría. Luego se
111
proporcionó el material a los expertos para responder el punto pericial
pertinente.-
Por su parte Vivas, -quien ya había sido escuchado
testimonialmente en autos al día siguiente del siniestro (14/6/13)-; en esta
nueva ocasión relató a fs. 2413: “… Que el declarante condujo esa formación
los días 10 y 12 de junio pasado. Que respecto al día 10 de junio precisa que
tomó la formación a las 9:50 hs. de la mañana frente a base de la estación
Castelar. Que la formación se dirigía a la estación de Plaza Miserere. Que al
salir de la base, salió en forma normal pero al intentar frenar en la estación
Castelar al aplicar el freno en forma normal, se le aplicaba el freno de
emergencia. Que una vez detenido en plataforma, saca y toma cabina con la
llave a los fines de normalizar la formación. Que luego, sale en dirección a la
estación de Morón. Que al llegar al andén de la estación Morón le produce la
misma falla. Que lo que hacía el tren es lo siguiente, cuando intentaba frenar
normalmente, el freno se le iba de tres a cuatro quilos, es decir que se le
aplicaba la emergencia, y frenaba bruscamente. Que en ese momento, en
forma radial se comunicó con depósito Castelar informando la anormalidad,
lo cual me contesta que saque y tome cabina dos o tres veces. Que luego,
parte en dirección hacia la estación de Haedo y al llegar a esa estación le
vuelve a producir la misma falla al querer frenar, por lo que le comunica a
Control Trenes que cancelara la formación en Haedo porque de esa forma no
se puede trabajar. Que una vez bajado el pasaje, sale de vía local a vía
general 2 en Haedo donde espera la llegada de operarios. Que siendo
alrededor de las 10:30 hs. de la mañana, llegaron los operarios al lugar,
diciendo que lo llevaban vacío a depósito Castelar. Que del coche cabeza
Lado Moreno el equipo frenaba en forma normal y no tuvo ningún
inconveniente hasta Castelar. Que aclara que los problemas suscitados en la
formación, los tuvo mientras conducía el coche cabeza lado Once. Que una
vez llegado a los talleres de Castelar, en la vía 23 fondo, y a los fines de
probar el equipo junto a los operarios, el coche cabeza Lado Once se había
normalizado, frenando en forma normal. Que posteriormente, el declarante se
retiró a la base Castelar, desconociendo que hicieron luego los operarios con
la formación. Que por otro lado y tal como señaló, condujo la formación
identificada como CHAPA 1 el día miércoles 12 de junio pasado aunque no
recuerda en que turno tomó servicio. Que realizó el trayecto Castelar-Once y
Once-Castelar en el turno 276, es decir entre el horario de 6:38 a 12:38 hs. y
todo el viaje se desarrolló en forma normal realizando los dos trayectos sin
ningún tipo de inconveniente. ….”.-
El delegado sindical del gremio “La Fraternidad”
ERNESTO DANIEL GONZÁLEZ de fs. 2052/2054 expuso acerca del curso
dado a las notas presentadas por los conductores: “…que efectivamente esas
notas las redactó el declarante y reconoce su firma entre las allí asentadas.
Que en cuanto al contenido de las mismas, aclara que fueron recibidas por el
Segundo Jefe de Base Castelar de nombre Leonardo Chipolina. Que este
sujeto pertenece a la empresa UGOMS. Que aclara que las notas fueron
dirigidas al Jefe de Base Castelar de nombre Ernesto Ianni, pero en realidad
fueron recibidas por el segundo jefe Chipolina debido a que su jefe no se
encontraba en dichas oportunidades. Que en cuanto a la formación
identificada como CHAPA 1 indicó que siempre tenía problemas de todo tipo.
Que dichos problemas, podían se relativos a los frenos o relacionados con la
aplicación de emergencia….”.-
En relación al último escrito que recibió aclaró: “…
que le fue entregada por su compañero Eberbach el día anterior al accidente.
Que recuerda que fue el día miércoles. Que los motorman, siempre hacen
comentarios respecto a los hechos que suceden a lo largo de su jornada
laboral. Que en este caso concreto Eberbach le había manifestado que tuvo
problemas con el Chapa 1 ante lo cual el declarante le manifestó lo que
siempre les dice a los conductores “Que hagan la nota para tener todo
asentado”. Que así las cosas, Eberbach le entregó la nota el día anterior al
113
accidente. Que aclara que no hizo nota a la empresa enseguida porque había
otros compañeros que también tuvieron el mismo problema de Eberbach
también con el equipo Chapa 1. Que sabe que otro compañero, tuvo el mismo
problema al salir de la Estación Castelar y al llegar a la estación de Haedo se
le aplicó la emergencia sola y no le reponía. Que cuando logró que reponga,
hizo bajar el pasaje y se vino en coche vacío a Castelar. Que el compañero
que tuvo este inconveniente con el Chapa 1 fue el mótorman MIGUEL VIVAS.
Que este suceso aconteció el día anterior a los hechos relatados por
Eberbach. … El Dr. Colombo preguntó, si ante ese problema suscitado por el
mótorman MIGUEL VIVAS, éste le efectuó alguna presentación o nota,
respondió que no. Que no le hizo nota porque le dijo que la haga pero luego
se fue de vacaciones y nunca la presentó. El Dr. Colombo preguntó, si la nota
que le entregó el conductor Juan Eberbach cuya copia luce a fs. 1772 se la
entregó a la empresa, el declarante refirió que no. Que no, que ante los
hechos ocurridos iban a decir que la entregaba porque había pasado lo que
pasó. Que el motorman se la dio el día 12 y el accidente aconteció el día 13
con lo cual no tenía sentido presentarla posteriormente…”, luego expuso que:
“… Que a mediados de abril hasta el mes de junio de este año se realizaron
pruebas sobre el equipo. Que esas pruebas las hizo en su carácter de
conductores de la formación los mótorman CARLOS SOSA y DANIEL
GARBARINO. Que estos conductores son personal de la comisión ejecutiva de
la Seccional Castelar del gremio La Fraternidad. Que a medida que iban
realizando las pruebas, se apuntaban las fallas y problemas en el equipo…”.-
Para finalizar puntualizó que no existe un protocolo o
convenio para elevar a la Base Castelar los sucesos que los trabajadores les
ponen de manifiesto, motivo por el cual el sistema de notas es la única
alternativa que poseen.-
Se citó a declarar a los motorman DANIEL
ALEJANDRO GARBARINO y a CARLOS JORGE SOSA, puesto que como
delegados gremiales de los maquinistas, participaron de las pruebas que se
realizaron con el chapa 1 antes de su vuelta al servicio de pasajeros.-
Veamos; Daniel Alejandro Garbarino a fs. 2474/75,
describió: “… Que así las cosas, luego de que la formación CHAPA 1 salió de
talleres, alrededor del mes de marzo del año en curso, comenzó a realizar
diversas pruebas en movimiento del tren. Que en total realizó otras tres
pruebas con la formación entre el mes de abril y fines del mes de mayo. Que
la primer prueba que le realizó a la formación realizó desde Castelar a
Moreno y desde Moreno al depósito Castelar. Que en dicha oportunidad,
participaron además un Operario, el encargado de depósito ROMAN, un
supervisor de la base y personal de la planta o del EMFER, aunque no lo
puede precisar ni sabe quienes son. Que mientras condujo la formación, fue
detectando diversas fallas. Que recuerda que cuando hacía aplicación de
freno suave el sistema de hombre vivo no aplicaba, es decir que si por ejemplo
aplicaba medio kilo de freno no daba señal de hombre vivo, sin sonar la
chicharra ni aplicar la emergencia. Que además, realizaba otra falla cuando
hacía arrime de zapata lo que se conoce como una aplicación del freno de
800 gms. Aproximadamente. Que allí, no sentía que el tren frenaba como
debía. Que veía en el manómetro que aplicaba 800 gms., pero su percepción
física no sentía que el tren se iba a detener, sino que para que frenara se debía
aplicar mas presión. Que también tenía otra falla, la misma consistía en que
cuando quería frenar, no había diferencia de presión entre el freno total de
servicio y el freno de emergencia. Que la aplicación total del freno de servicio
utiliza generalmente una presión promedio de entre 2.8 a 3.0 kgs.
proximadamente. Que por su parte la aplicación del freno de emergencia
utiliza una presión de entre 3 y 3,5 kgs. Promedio. Que esos valores los ven en
el comando. … Que la segunda vez que le realizó la prueba al CHAPA 1
expresa que el problema del hombre vivo estaba solucionado, es decir la parte
sonora de la chicharra y también la aplicación del freno se habían reparado.
Que sin embargo, continuaba con el problema ya expuesto respecto a que el
115
arrime de zapata era largo. Que también continuaba el inconveniente de que
no había diferencia de presión para el freno de emergencia y el freno de
servicio. Que aclara que en dicha oportunidad, cuando salieron del depósito
Castelar pasando la estación de Ituzaingó con destino a Moreno, la formación
manifiesta una falla de freno y el declarante frena la formación. Que al querer
mover nuevamente el tren, “éste no caminaba mas” es decir que se quedaron
sin tracción. Que en ese lugar, por dichos del operario les manifestó una falla
nueva que no la conocía y le tuvo que realizar un puente eléctrico con unos
cables para poder seguir. Que de esa forma, llegaron a Moreno. Que allí le
comentaron que habían colocado un dispositivo lumínico nuevo que indicaba
cuándo el equipo tenía una falla de freno ya sea porque esté frenado o porque
no frenara. Que el declarante, al conocer tal circunstancia le dijo al
encargado Roman que cerrara un grifo del boggie para comprobar si era
cierto lo que decían de la empresa. Que ante ello, ese sistema no funcionaba y
después estuvieron casi treinta minutos con una notebook verificando esa
falla, informándole de que el censor que determinaba la falla se encontraba
ubicado después del grifo de anulación del boggie. Que en el caso de que el
boggie esté anulado por el grifo la falla no era indicada en la cabina y el tren
no frenaba. Que aclara que luego de la prueba, repuso el grifo a su posición
normal y posteriormente regresaron al depósito. Que de estas pruebas,
participaron el operario al que conoce como el Chino Benitez quien realizó el
puente para continuar la marcha, el encargado de depósito de apellido
Román, Un supervisor de la Base de apellido SECRETO y Personal del Emfer
que no puede identificar. Que por último, recuerda que la última prueba se la
realizó a la formación según cree, el día 3 de junio pasado. Que en ese
momento, constató que se mantenían las dos fallas relatadas con antelación.
Que en dicha prueba, estaban presentes también el operario Benitez, el
encargado de depósito que no se acuerda si participó de esa prueba, el
supervisor de la Base de apellido Alonso y Personal del Emfer que tampoco
puede especificar quien era. Que personal del EMFER hablaba con gente de
depósito, manifestándole que el día jueves 6 llegaría personal de la empresa
de frenos desde Brasil para venir a arreglar la diferencia de presión entre el
freno de servicio y el freno de emergencia. Que desconoce si luego, repararon
ese desperfecto. Que sí puede aclarar que el día viernes 7 o sábado 8 de
junio comenzó a circular la formación con pasajeros. Que por comentarios
de otros motorman que probaron la formación sabe que el inconveniente
con la presión entre el freno de emergencia y el freno de servicio se había
solucionado. …”-
En su oportunidad, Carlos Jorge Sosa detalló: “…
Que luego de las reformas efectuadas por la empresa sobre la formación
CHAPA 1, en el mes de abril del corriente año fue el encargado de realizar
diversas pruebas sobre ese equipo. Que en total realizó alrededor de cinco o
seis pruebas entre el mes de abril y principios del mes de junio del corriente
año. Que la última de las pruebas que efectuó la hizo el día 7 de junio pasado.
Que para realizar esas pruebas sobre la formación la sacaba del taller de
Castelar y realizaban el trayecto Castelar-Moreno regresando luego en
sentido contrario a los talleres de Castelar. Que siempre que condujo la
formación realizando esas pruebas le verificó las mismas fallas. Que tenía
una falla del freno largo, que esto significa que al hacer el arrime de zapata
la cual debía estar entre los seiscientos y ochocientos gramos el Chapa 1 la
realizaba en un kilo cien. Que además, se efectuaba una prueba de aplicación
de frenado total brusca y al llegar a la presión de tres kilos ochocientos
gramos es decir lo normal para una frenada total brusca, luego activaba el
freno de emergencia y quedaba en esos valores. Que no se notaba la
diferencia en el freno de emergencia. Que siempre tiene que estar la diferencia
entre uno y otro. Que tiene que haber una diferencia de un kilogramo como
mínimo entre el freno total de servicio y el freno de emergencia. Que así las
cosas, probó la formación como dijo entre cinco o seis veces. Que esos
problemas los siguió verificando salvo en las dos últimas oportunidades que
117
condujo la formación. Que el día miércoles 5 de junio pasado, pudo advertir
que el problema de diferencia entre el freno de servicio y el freno de
emergencia se había solucionado, no así la situación de freno largo. Que
aclara que todas esas fallas, el tren las hizo tanto mientras conducía con el
coche cabeza Moreno como así también el coche cabeza Once. Que los
técnicos le decían que no podían darle solución a ello, porque ya no lo podían
regular mas debido a que la zapata estaba ubicada al límite de la corredera
que tiene para desplazarse. Que con posterioridad, el día 7 de junio en horas
de la mañana realizó su última prueba de la formación Chapa 1.…”.-
Acerca de las pruebas prosiguió: “… Que siempre
que toma servicio en una formación, chequea el sistema de hombre vivo y el
freno de emergencia. Que incluso para realizar las pruebas sobre las
formaciones también realiza ese chequeo. Que así las cosas, aclara que el
sistema de hombre vivo y el freno de emergencia funcionaban normalmente
el día 7 de junio pasado… Que además del Freno total de servicio, el tren
CHAPA 1 tiene dos posibilidades para un frenado de emergencia, la de puño
aplicando presión sobre la perilla de hombre muerto y la de joystick. Que los
dos sistemas son eléctricos. Que luego de mover el joystick hacia el final de la
aplicación del freno total de servicio, existe una posición mas, que ejerciendo
una presión que supere ese tope, pase a freno de emergencia. Por lo tanto
existen dos alternativas manuales para aplicar el freno de emergencia, por
intermedio del botón de emergencia y del joystick. … Que en forma verbal,
les iba comunicando las novedades a los presentes, es decir al personal de
depósito, al supervisor y al personal de UGOMS, ya que se las iba señalando
en el trayecto del viaje. Que una vez que finalizaba la prueba, el deponente le
pasaba la novedad en forma verbal a Ernesto González –delegado gremial de
la Seccional Castelar-, aunque luego desconoce si González pasa o no las
notas a la empresa UGOMS…” (fs. 2476/2477).-
A fin de evitar reiteraciones fatigosas y dado que las
fallas mencionadas por Garbarino y Sosa también fueron punto de pericia -
36-, me remito a las consideraciones y conclusiones de la experticia.-
Las conclusiones de la pericia:
Con el objeto de esclarecer técnicamente lo sucedido
y teniendo en cuenta todas las hipótesis planteadas en autos, se dispuso la
realización de una pericia accidentológica y mecánica sobre las formaciones
ferroviarias accidentadas. (ver fs. 3791/3931 y 4031/34).-
Los interrogantes que se plantearon fueron diversos y
versaron sobre temas disímiles. A continuación mencionaré punto por punto
las consideraciones y conclusiones de los expertos. Al finalizar cada ítem
señalaré las disidencias planteadas y en caso que corresponda haré las
aclaraciones y observaciones que estime convenientes.-
Sólo resta expresar que junto al perito oficial
designado en autos Ing. Ferroviario Raúl Díaz participaron su colaborador
técnico particular y ocho propuestos por las partes, formándose un equipo
compuesto por la más variada gama de profesionales.-
Ha de indicarse que más allá de las labores
efectuadas en conjunto, se presentó el informe final del perito oficial rubricado
junto a otros cuatro de parte (fs. 3791/3931 y 4031/4034) mientras que los
expertos designados por la defensa de los maquinistas López y Ahumada
entregaron uno por separado en disidencia (fs. 4136/60).-
Ahora sí, vamos a los resultados de la experticia:
Punto 1:
Referir atributos generales y particulares del hecho
investigado (lugar; hora; estudio de la planialtimetría, materiales rodantes
involucrados; datos del personal de conducción, asistentes de las formaciones
intervinientes y de las personas responsables de turno del área control trenes;
descripción de la colisión; condiciones climáticas; cantidad de pasajeros en
ambas formaciones férreas; y otros datos que se consideren de importancia).
Respuesta al punto 1:
119
Se trata del siniestro ferroviario en el que se produjo
la embestida de Equipo/Chapa N° 1 (tren N° 3727) al Equipo/Chapa N° 19,
ambos de la misma empresa UGOMS S.A., que circulaban en servicio con
pasajeros en el mismo sentido y por la misma vía ascendente de la línea
Sarmiento, ocurrido el 13 de junio de 2013 alrededor de las 7:05 horas entre
las estaciones Morón y Castelar.-
Como consecuencia los dos coches delanteros de la
formación 1 resultaron unidos mecánicamente a la 19 que la precedía,
mientras que las demás resultaron segmentados, quedando dividida en tres (3)
partes. -
En relación al estado del tiempo al momento del
accidente, señalaron que había muy buenas condiciones climáticas. Era de
noche sin luz natural.-
La distancia entre estaciones se calculó en 2100 m.,
entre la de Morón e impacto 1200 - 1300 m (estimado). y desde éste último y
la señal A173: 1124 m.-
La velocidad estimada al momento del choque fue de
alrededor de 61 Km/h (equivale aproximadamente a 17 m/s).-
Los peritos señalaron que éste se produce en una
zona de rampa de 0.0045/1000. “…han de descartarse aumentos en la
velocidad provocadas por la acción de la gravedad a la formación Equipo
N° 1. Al contrario, justamente la rampa oficia como resistencia al
avance…”.-
A continuación mencionaron la conformación de los
trenes, sus conductores y guardas.-
Disidencia: No la hubo.-
Punto 2:
“Describir la mecánica de la colisión y la
determinación del punto de impacto”.
Descripción de la circulación de ambos trenes:
Analizaron que el Nº 3725 (Eq. Nº 19), compuesta
por ocho (8) coches eléctricos, se hallaba detenido (07:03) respetando la
última señal (señal Nº 189 – Km. 21,692) sita en el último tramo del sector
entre las estaciones Morón y Castelar.
En el momento en que ésta tiene luz verde, inició su
marcha y pasados unos 20 segundos, fue embestida por atrás por el Nº 3727
(Eq. Nº 1) compuesta por nueve (9) unidades, denominada “doble piso” que se
desplazaba a una velocidad entre los 61 y 64 Km/h (se desprende de la
visualización del video del Equipo N° 19).
La hora exacta en que esto ocurrió se fijó a las
07:05:42 de la mañana.
“Por algún motivo la formación circulante que había
salido de estación Morón (Chapa 1) ignora la señal Nº 177 (Km. 20,640) que
se hallaba a PRECAUCIÓN (anaranjado), señal a partir de la cual se
entiende que … debería pasar a una velocidad precaucional adecuada.” (ver
análisis reglamentario en el punto de pericia N° 8).
“(S)in disminuir la velocidad el conductor ignora la
señal subsiguiente Nº 181 (Km. 20,999) que se hallaba APAGADA (por
reglamento una señal sin aspecto pasa a su condición más restrictiva; se
considera PELIGRO - rojo); siguiendo con gradiente de velocidad ascendente
ignora también la tercer señal Nº 185 (Km. 21,422) que se hallaba encendida
a PELIGRO (rojo) restándole una corta distancia hasta la formación detenida
para poder frenar y evitar la colisión”.
La distancia al punto de impacto, una vez pasada la
última señal antes de éste, se estimó entre 70 y 80 m y cercana a la progresiva
21.500.
Mecánica del accidente:
Observaron como lugar de distensión principal de la
energía cinética y la cantidad de movimiento que traía el Chapa 1, la zona
121
donde se produjo la mayor penetración en el equipo Nº 19 (el 2609 que monta
sobre el 2191 e ingresa 4,70 m aproximadamente).
Vieron deformaciones parciales con roturas de los
órganos de unión y en cabezales como condición mecánica de disipación de
energía.
El desmembramiento del Chapa 1 entendieron
obedece al siguiente proceso: Primero se produce la rotura total por
compresión de los enganches automáticos entre los coches 1056 y 2355 y
entre el 1813 y el 2161. En ese momento se corta del lazo eléctrico de
seguridad que conlleva la aplicación del freno de emergencia del 3727; esto
ocasiona el frenado progresivo de cada sector del tren dividido.
Se tuvo en cuenta el ingreso en unos 500 mm del
1800 sobre el último del Chapa 19 y el posible enganche de este primer tramo
de dos unidades al resto del embestido, el cual recibe el impulso propio de la
colisión.-
Así dijeron que, la mayor probabilidad de la acción
cinemática es la de arrastre de este primer sector mientras los tramos restantes
al no tener órganos de unión por haber sido destruidos, van separándose y
frenándose progresivamente quedando separados de manera gradual (14 m y 7
m).
En el caso del otro unido a los dos primeros coches
del chapa 1, tardó casi unos 10 segundos en detenerse (refirieron al video de la
cabina 2003), por la propia aplicación de la emergencia al interrumpirse, en
este caso, el lazo neumático de seguridad.
Concluyeron, que las condiciones de acaballamiento
son las propias de vehículos que no poseen sistemas anticlimbing que se
encuentran en otros de tecnología más moderna.-
Determinación del punto de impacto:
Los peritos señalaron que la determinación surge de
manera muy precisa de la evidencia recabada del video tomado por la cámara
de la cabecera del tren chapa 19.
En este video observaron claramente que una vez
reiniciada la marcha (metros antes de la señal 189), en el instante mismo que
el frente del primer vagón pasaba por la señal citada, se nota la aceleración
imprimida por el impacto y se escucha en el video el sonido de estruendo
correspondiente a la choque.
Sabiendo esto, descontaron la distancia de 8
vehículos Toshiba de 22,3 m de largo cada uno (una distancia de 178,4 m en
total) hallando exactamente su lugar, que ubicaron en la progresiva 21,513.
También gracias a los registros de esta cámara y a un
proceso de ajuste de bases de tiempo con el sistema GPS tomado como hora
real y absoluta, determinaron el instante en que sucedió (hora gps 07:05:42).
Se detalló todo el proceso de análisis en anexo adjunto al presente punto de
pericia.
Conclusiones del punto Nº 2:
En el desarrollo del análisis efectuado para poder
responder el presente punto, se concluye que se ha podido describir la
mecánica de la colisión y determinado con suficiente precisión tanto el lugar
como su hora real absoluta.
Lugar: Progresiva 21,513.
Hora: 07:05:42
Disidencia: Refieren datos puntuales de la tabla de
velocidades de pag. 26 y luego expresan que no se verifican en el gráfico de
orden de marcha de página 114. Dicen que no pudieron contrastar el borrador
que circuló el perito oficial con el entregado al expediente. Exponen -
tomando la hora de impacto- del informe de la comisión creada por el MIyT
que existe una diferencia de ocho segundos con el horario fijado por los
peritos designados en autos, por lo que podría variar el resultado.-
Punto 3:
123
Describir las condiciones operativas al momento de
la colisión.
Respuesta 3:
La descripción comprende el estado de la
infraestructura, el marco operativo bajo el cual se desenvuelve el servicio y el
desarrollo de la operación inmediatamente anterior y posterior al evento.
Estado de la Infraestructura
El análisis pormenorizado de cada elemento de la
infraestructura en el área donde ocurrió el hecho pesquisado, se desarrolla en
las respuestas ulteriores:
Señalamiento: Punto 05.
Telecomunicaciones: Punto 06.
Energía eléctrica: Punto 20.
Infraestructura de vía: Punto 01 (planialtimetría),
Puntos 29 y 30.
Marco Operativo
Informaron que la organización de UGOMS
responde, en líneas generales, a lo habitual en las empresas ferroviarias de este
tipo de servicios. Dijeron que existe una programación permanente que
comprende horarios preestablecidos de los servicios ferroviarios y una
diagramación de recursos tales como personal, equipos de material rodante,
etc. Afirmaron que la operación se desarrolla bajo los procedimientos
establecidos por el Reglamento Interno Técnico Operativo (RITO) y las
Disposiciones del Sistema Electro - Automático Luminoso (SEAL) de la
UGOMS.
Indicaron que desde un Puesto de Control Trenes
(PCT) se efectúa el seguimiento de la circulación de éstos, corrigiendo
desviaciones de la ejecución respecto de la programación vigente. Dicho
Control, dispone de un sistema de GPS que permite conocer la posición de
cada formación sobre la línea y una comunicación con cada uno de los
conductores para recibir novedades y disponer medidas que hagan al servicio.
Además, el Puesto de Control Trenes es el nexo con
el sector de mantenimiento y alistamiento de material rodante, disponiendo la
asignación de cada equipo a un determinado servicio, en función de la
disponibilidad ofrecida.
Programación:
Mencionaron que en éste ítem se incluye en el
documento operativo denominado Itinerario. Asimismo describieron que la
UGOMS efectuó modificaciones apuntando a mejorar los niveles de seguridad
y eficiencia en la operación de los trenes. Consecuentemente, acorde con el
estado de la vía, estableció que la velocidad máxima de circulación por la
Vía General Nº 1 en el tramo Morón – Castelar pasaría a ser 60 km/h.
Condiciones Operativas el Día 13 de Junio de 2013
De acuerdo al Boletín Diario de Servicio /
Notificación del día del accidente (Punto 7), se indica que no se habían
establecido restricciones temporarias a la velocidad máxima de circulación por
la Vía General Nº 1 en el tramo Morón – Castelar, por lo que la velocidad
máxima de 60 km/h para esa vía y sector estaba plenamente vigente.-
Disidencia: Expresan que por medio del sistema
GPS el PCT pueden conocer la ubicación de los trenes. No detectaron ninguna
acción tendiente a evitar la colisión por parte de éstos. Además afirmaron que
la situación operativa no puede ser considerada normal, toda vez que el
análisis del video y comunicaciones indican la existencia de semáforos fuera
de servicio.-
En su análisis en particular no mencionan las
alternativas del PCT para detectar la presencia de los equipos sobre las vías.-
En cuanto al estado de las señales, no puntualizan a
cuáles se refieren y si efectivamente constataron su mal funcionamiento.-
Punto 4:
125
Analizar las condiciones de la infraestructura en el
área donde ocurrió el hecho pesquisado. El estudio deberá incluir las
condiciones de las vías, sistemas de señalamientos y de energía eléctrica.
Los peritos se remitieron a las respuestas a ulteriores
puntos de pericia, a saber: Señalamiento: 05. Telecomunicaciones: 06.
Energía eléctrica: 20. Condiciones de vía: 01 (planialtimetría), Punto 29 y 30.-
Disidencia: No la hubo.-
Punto 5:
Determinar la condición de funcionamiento de las
señales participantes en el tramo del evento sometido a estudio de manera
específica (características, estado y registros de mantenimiento).
Respuesta:
Características del sistema de señalamiento:
Los expertos describieron que el sistema existente en
el Ferrocarril Sarmiento entre Liniers y Moreno (que incluye el tramo Morón-
Castelar), es del tipo automático con señales luminosas de tres aspectos,
instalado en la década de 1970. Dispone de circuitos de vía de tipo de
audiofrecuencia.
Indicaron que a semejanza de los semáforos que se
emplean en las calles y avenidas para ordenar el transporte automotor,
solamente representan para los conductores de trenes una instrucción que éstos
pueden o no respetar.
“Automáticamente según las condiciones de tráfico y
condiciones de la infraestructura, las señales de tres aspectos: rojo en la parte
superior, amarillo-anaranjado en la zona media, verde en la parte inferior,
expresan PARE, PRECAUCION, VIA LIBRE, respectivamente”.
Estado de las señales:
Al momento de la circulación del equipo 1
atravesando cada una de ellas, estaban: A 173 ubicada a la salida de la est.
Morón en verde y la pasó normal; la A 177 (Km.20.640) en amarillo y la pasó
acelerando; la señal 181 (km 20.999), se encontraba apagada y fue traspuesta;
al igual que la A 185 (Km. 21.422) que estaba en rojo.-
Asimismo agregaron: “La señal apagada equivale a
PELIGRO (art. 143 del RITO) que se trata en el punto de pericia N° 8”.
Aclararon que el color de estado de las señales,
aunque la imagen del video es en blanco y negro, se desprende de la posición
de la luz emergente de cada poste de señales: arriba, en medio, abajo.
Disidencia: Expresan que no existe respaldo
documental del mantenimiento del sistema de señalización, incumpliéndose el
art. 5 del Cap. I del Título II de la Ley Gral. De Ferrocarriles Nro. 2.873.
Coinciden con el perito oficial que el sistema es antiguo y que deja bajo la
decisión del conductor el respeto de las señales. Afirman: “De la experiencia
se deja constancia que la ausencia continuada de señales donde
ordinariamente se emiten provoca un relajamiento en el cumplimiento de la
reglamentación”.-
Punto 6:
Analizar el sistema de telecomunicaciones, con
verificación de equipos y gestión de sistemas y registros, condiciones de
funcionamiento, en particular los registros (de audio) en el período desde la
puesta en servicio de la formación hasta el momento de la colisión (su
verificación).
Respondieron:
“El sistema de telecomunicaciones de la zona local
del FC Sarmiento está constituido por una red de radiocomunicaciones
denominada “Trunking”, … Las comunicaciones se realizan mediante equipos
de radio (tanto emisores como receptores de mensajes de audio) instalados en
todos los móviles ferroviarios que circulan por las líneas, y los vinculan con
puestos fijos incorporados en la operación de las formaciones … con las
bases de mantenimiento de los equipos férreos …, y con las bases de
127
operación y mantenimiento de la infraestructura …”
Que las radios acceden a la red a través de un “canal
de comunicación” y en la modalidad “grupal”. La comunicación de audio
emitida por cualquier radio en un canal determinado podrá ser recibida y
escuchada en todos los aparatos sintonizados en el mismo canal.
Las comunicaciones radiales entre el Puesto de
Control y todos los equipos, son registrados permanentemente a través de
una grabadora de eventos marca NiceLog, tecnología de origen israelí que
permite almacenar en un formato de audio encriptado e inviolable todas
las comunicaciones realizadas.
Del análisis particular efectuado de las
comunicaciones realizadas y grabadas desde la puesta en servicio del equipo
Nº 1 el día 13 de Junio de 2013, que incluyen las del resto del sistema en
operación en esa fecha, les aportaron los siguientes datos relevantes:
“I) No se ha registrado ninguna comunicación de
radio relacionada con la situación de la señal absoluta automática A181, que
se encontraba apagada al paso del tren Nº 3727 momentos antes de la
colisión al tren Nº 3725.
Desde el inicio del programa de servicios de ese día,
un total de 7 (siete) trenes traspusieron esa señal antes de que lo hiciera el
tren Nº 3727 Chapa 1 (incluido el colisionado tren Nº 3725 Chapa 19), y en
ningún caso se encuentra algún aviso por radio de sus conductores respecto
al hecho de que la señal se encontraba exhibiendo un aspecto no esperado
(por estar apagada, los conductores deberían haber comunicado ese
inconveniente por radio para que el personal de mantenimiento de señales
tomara conocimiento y acudiera al lugar para resolverlo).
II) El registro grabado de hora de comienzo 06.06.34
indica la ocurrencia de un inconveniente con el tren Nº 3726 a su ingreso a la
estación Liniers.
El tren, circulando con el equipo Chapa Nº 1 hacia
Once, se detuvo en la estación unos metros antes del punto definido para
dicha detención. El conductor Daniel López, al solicitársele avanzar un poco
para llegar al punto de parada establecido, indicó que “el equipo se le había
quedado frenado”, y apenas sus frenos se aflojaron avanzó hasta el punto
correcto de detención. La posterior consulta del Operador de Control
respecto a si se había resuelto el aflojamiento de los frenos, fue respondida
por el conductor del tren de manera afirmativa, indicando que “se había
normalizado y que continuaría la marcha hacia Once como tren rápido, tal
como lo había dispuesto el Operador de Control Trenes”.
III) En el registro grabado siguiente, de las 06.08.13
horas, el conductor Daniel López del tren Nº 3726 Chapa 1 (hacia Once)
insiste en que se vuelva a realizar la comunicación (por los altoparlantes de
la esta-ción), informando que su tren seguiría la marcha rápido hasta Flores y
Once, es decir sin paradas en las estaciones Villa Luro, Floresta y Caballito.
IV) Fuera de lo antes descripto, no se dispone de
ningún otro registro grabado que pudiera indicar la posible ocurrencia de
algún inconveniente mecánico, eléctrico o de frenos durante todo la
circulación del equipo Nº 1 desde el inicio del servicio hasta el momento del
accidente en Castelar.
V) De los registros de video y audio del tren N° 3727
Chapa 1, en el trayecto desde Morón hasta el punto de la embestida, no se
desprende que el sistema de radio hubiera dejado de funcionar o bien que
hubiera congestión de los enlaces, en la medida que se escuchan
conversaciones aisladas entre otros trenes y el centro de control, y ninguna
voz en cabina del Chapa 1”.
Disidencia: En el punto II verificaron la ocurrencia
de una falla en el equipo de freno del Chapa 1 al ingreso en estación Liniers.
Concluyen que la no detención del mismo para establecer las causas
constituye un antecedente no investigado y ello establece que el sistema tenía
129
alguna anormalidad no determinada en su funcionamiento.-
Debo recordar que el informe oficial en un tramo del
punto 19, analizan el evento señalado en la disidencia. Allí refieren que se
observa la aplicación de la emergencia “sin conocerse los motivos de estas
aplicaciones detectadas, pudiendo las mismas tener diversos orígenes”.-
Punto 7:
Describir la gestión de operación desde el puesto de
control de trenes.
Respuesta:
Apuntaron que el servicio de pasajeros del día
13/06/2013 se inició normalmente y de acuerdo con lo programado. A
excepción de las cancelaciones (previstas entre las 0.00 y las 4.00 horas) para
permitir la ocupación de vías para los trabajos de renovación, el resto a partir
de las 4.00 horas se encontraba cumplido o en circulación.
Los horarios se desarrollaron con un rango de
demora de 8 a 11 minutos, aunque no en todos los servicios.-
Disidencia: Insisten que hubo fallas operativas de
origen organizacional y reglamentaria por parte de Control Trenes en virtud de
no comunicarle al conductor del chapa 1 sobre la situación de vía adelante.
Punto 8:
Analizar el Reglamento Interno Técnico Operativo
aplicable o vigente. En particular, establecer si fue aplicado en el momento
del hecho por la totalidad de las personas intervinientes en las prestaciones
del servicio férreo involucradas.
Respuesta 8:
Consideraciones
“En el FC Sarmiento se encuentra en vigencia a
partir de las 00:00 hs. del día 18 de setiembre de 1967, el Reglamento Interno
Técnico Operativo (R.I.T.O.), en reemplazo del Reglamento General Interno,
donde se le introdujo el Folleto de Disposición del Sistema Electro
Automático Luminoso (S.E.A.L.), según lo expresa el propio documento de
UGOMS en su última parte”.
Para analizar reglamentariamente el comportamiento
de la formación Chapa 1 ante señales automáticas absolutas con aspecto
amarillo, con aspecto apagado y con aspecto rojo, transcribieron el art. 105º
(R.I.T.O.).- Señales luminosas de color; el art. 143º (R.I.T.O.).- Proceder del
conductor en caso de señales descompuestas.; el art. 13° (S.E.A.L.).-
Detención de trenes en señales automáticas y Apéndice al Título XV del
R.I.T.O. – Normas de comunicaciones por radio - Art. 20. Información sobre
señales fijas.-
Concluyeron:
“Es manifiesto el incumplimiento de la normativa
por el imputado López, tanto al atravesar la señal con aspecto amarillo,
como la de aspecto apagado y más aún la de aspecto rojo”.
Disidencia: Exponen que no se detecta el
cumplimiento de CT en relación al Título XV del RITO-normas de
comunicación por radio artículo 20 información sobre señales fijas (alerta
sobre emergencia). Concluyen que el R.I.T.O. que no fue aplicado en el
momento del hecho en forma correspondiente.-
No se expiden en ningún otro sentido. Veamos que
dice el artículo citado: “Apéndice al Título XV del R.I.T.O. – Normas de
comunicaciones por radio - Art. 20. Información sobre señales fijas: La radio no
deberá usarse para dar información a la dotación de un tren sobre el nombre,
posición, aspecto o indicación exhibida por una señal fija, excepto entre
miembros de la misma dotación o cuando sea necesario para alertar sobre una
emergencia.”.-
Punto 9:
Analizar, si es que existen, protocolos de seguridad
operativa en situaciones de emergencia que deben ser ejecutados por parte de
131
los conductores. En caso positivo, deberá determinar si fueron ejecutados al
momento del hecho por los mismos.
Los expertos señalaron que al momento de los
hechos que dieron origen a la presente causa, se encontraban vigentes, y eran
de aplicación, los siguientes Procedimientos: PGTR 001 00: Manual del
Operador de Emergencias. P SSO 001 00: Proceder en Casos de Accidentes,
PSSO 003 00: Evacuación de Trenes, P SSO 004 00: Corte de Energía y P
SSO 005 00: Descarrilamientos.
Solamente los Procedimientos P GTR 001 00 y PSSO
001 00 contienen funciones y misiones a cargo de los conductores
involucrados.
Conclusión:
“Los Puntos 3.1.1. y 3.1.2. del Procedimiento P GTR
001 00 y los Puntos 4.1.1. y 4.1.2. del procedimiento P SSO 00100 indican que
cualquier empleado de la Empresa, al tomar conocimiento de la ocurrencia de
un accidente, deberá comunicarlo a la brevedad, dando una primera
descripción y ciertos datos específicos al Puesto de Control Trenes.
Esta misión fue cumplida satisfactoriamente por el
conductor Ahumada del tren Nº 3725 Chapa 19, mediante la comunicación de
radio grupal de las 07.11.08 horas, según consta en los registros de audio de
las comunicaciones”.-
Disidencias: No las hubo.-
Punto 10:
Analizar la información que ha sido extraída de los
dos equipos registradores marca HaslerRail Ser. No. 06010151 (coche 1800) y
Ser. No. 08022915 (coche 1783) secuestrados. Constatar su instalación y
operatividad en la formación siniestrada “chapa 1”. -
Se hizo una descripción del sistema de registro de
eventos, del equipo Hasler Memotel y se puntualizó la forma de interpretar
las planillas.-
Conclusiones del punto de pericia Nº 10:
“En función de lo incluido en este informe se hace
muy importante centrar las observaciones sobre el trayecto final una vez que
sale la formación desde la estación Morón hasta el impacto (gráfico Nº 6).
En este diagrama se observan las señales de joystick
en zona de freno con la debida correspondencia de la satisfacción de freno
cuando la formación llega a Morón.
Esto indica que el sistema de freno ha reaccionado
correctamente a las órdenes ejecutadas por el conductor desde el control de
mando (esta condición de satisfacción de freno se ha repetido a lo largo de
todos los recorridos analizados).
Luego de hallarse la formación detenida en estación
Morón, esta comienza su marcha hacia la estación Castelar de manera
totalmente normal.
A partir de este momento las únicas señales que se
observaron (poniendo de manifiesto el correcto funcionamiento del
registrador en esos momentos) son: la señal de tren en movimiento (MAYOR
a 5 KMH) y dos aplicaciones de bocina (HORN) una de salida de la estación
y otra presumiblemente de saludo a un tren descendente llegando a Morón.
A partir de ese momento no se registra ninguna
señal que indique que el joystick fue llevado a la zona de freno ni tampoco
señal alguna de que se haya accionado el pulsador de freno de emergencia
con intención de frenar la formación.
Los renglones en las planillas dedicados a señalar
estos registros no presentan señal alguna desde el inicio de movimiento de la
formación hasta que se produce el impacto”.
Acerca de la variable TOP_SPEED#2 anexaron que
su aparición es producto del retardo que presenta una indicación neumática
frente a la señal eléctrica inmediata que se da a partir del ingreso del joystick a
133
la zona de freno.
Efectuaron un extenso desarrollo que apoya y
fundamente técnicamente la respuesta. “… la señal que aparece en el renglón
TOP_SPEED#2 no se trata de una señal de falla de unidad de freno sino más
bien una señal de monitoreo de freno con lo cual el título de la referencia
debería decir MONITOREO DE PRESIÓN EN CILINDRO DE FRENO y no
FALLA DE UNIDAD DE FRENO.”
En cuanto a la fecha y horario de las planillas de
registro, observaron que éstas no se corresponden con los datos del momento.
Explicaron por información recabada, que
normalmente en las colisiones, los equipos pierden su condición de
alimentación hecho que lleva al instrumento a su condición de fecha origen de
programación.
Aseguraron que este hecho no altera los datos de
eventos registrados. Así y todo, para validarlos efectuaron una comparativa de
los perfiles de órdenes de marcha relevados por GPS y las curvas registradas
por el Hasler.
Observaron perfecta la similitud y correspondencia
entre éstos, validando en un sentido y en otro la consistencia de los datos del
registrador como los del GPS.
Agregaron para ilustrar, gráficos comparativos sobre
tramos del recorrido.
Disidencia: Explican que la validación de la
información suministrada por el HaslerRail necesitó la ejecución de cálculos y
comparaciones gráficas con otras fuentes para poder darle fiabilidad a los
datos emitidos por el dispositivo. Afirman que el cometido real del
instrumento en suministrar sin lugar a dudas y con datos propios el perfil de
circulación del tren. (no se cumple puesto que no coinciden ni el día ni el
horario con la ocurrencia del siniestro, restándole credibilidad al mismo, pese
a la validación por medio de otros instrumentos).-
Punto 11:
Determinar si la formación denominada “chapa 1”
cuenta con el equipo PLC y en su caso analizar la información que él
contenga. Del mismo modo deberá describir sus funciones y operatividad el
día del suceso.
Respuesta:
De los croquis y demás documentación consultada
por los peritos determinaron que el equipo Chapa 1 contaba con múltiples
unidades PLC (Programmable Logic Controller), distribuidas en todos los
coches de la formación.
Indicaron: “Como su nombre lo indica, se trata de
unidades que tienen un software incorporado que se lo programa en función
del uso.
Estas memorias no guardan información de eventos.
Entendemos que el análisis de este software excede el
cometido pericial habida cuenta de los tiempos de que se dispone. Por otra
parte, no sabemos cuánta de esta programación se encuentra dentro del
secreto industrial.
Téngase presente que la unidad de frenos KNORR
BREMSE, no hace uso de estos PLC en la aplicación de frenos.”
Disidencia: Entienden que el PLC tiene incidencia
sobre la tracción por lo que debiera ser objeto de una pericia más profunda.
No se amplía en qué forma lo hace.-
Punto 12:
Analizar el sistema de posicionamiento global para
la gestión del control de las formaciones, analizar los datos arrojados por
dicho sistema en el periodo conveniente para el análisis del hecho estudiado.
Asimismo, deberá determinar el orden de marcha de las formaciones
siniestradas desde estación Flores hasta el impacto.
135
Explicación preliminar y análisis de registros GPS:
Lo definieron como un sistema compuesto por un
lado por una red de 30 satélites denominada NAVSTAR, situados en una
órbita a unos 20.000 km. de la Tierra, y por otro lado por unos receptores, que
permiten determinar nuestra posición en cualquier lugar del planeta, bajo
cualquier condición meteorológica.
Breve descripción del sistema de posicionamiento
global de las formaciones:
Detallaron que éste tienen instalados dos
instrumentos de posicionamiento global GPS en cada cabina principal y
auxiliar (coche cabeza y cola). Estos emiten vía radioeléctrica hasta el centro
de control ubicado en Retiro, paquetes de datos a intervalos de tiempo variable
entre 5 y 10 segundos de forma independiente entre sí. Entre los datos
enviados que se registran, se hallan la velocidad instantánea, la posición (a
través de los parámetros latitud y longitud) el número de equipo y la hora
absoluta GPS.
Así dijeron que los valores, una vez recibidos, son
administrados por un software de gestión que los almacena vinculándolos por
formación determinada, fecha y número de tren al que pertenece. La
transmisión puede ser gestionada por satélite o por Internet en forma
independiente o conjunta. Incorporaron ochos gráficos de la orden de marcha
del chapa 1 construidos a partir de los datos de GPS.-
Conclusiones del punto de pericia Nº 12:
“En función de lo analizado a partir de los gráficos
de orden de marcha obtenidos de los registros GPS, se observa un recorrido
totalmente normal, con aceleraciones y velocidades máximas de índole
normal que aseguran que la formación Equipo N° 1 pudo desarrollar
tracción y frenado en forma correcta (veloc. máx. del orden entre 54 y 76
Km/h).
Se puede decir que la formación a estas velocidades
pudo desarrollar los procesos de frenado necesarios sin inconveniente y con
demandas de freno perfectamente satisfechas.
En cuanto al recorrido final desde estación Morón
hasta el impacto, no existe evidencia objetiva de que la velocidad de
circulación haya disminuido.
Más bien se observa un aumento gradual
consistente con un proceso eficiente de tracción incluso en zona de rampa,
donde las resistencias al avance si bien no son grandes tenderían a hacer
bajar la velocidad ante la ausencia de tracción.
El orden de marcha obtenido se corresponde a un
escenario donde la formación se halla traccionando y no se corresponde con
la aplicación de acciones de freno”.
Disidencia: Expresan una observación acerca del
faltante de los datos del GPS del chapa 19 por una interrupción en el servicio;
que, si bien dejaron sentado no tiene significancia a la hora de analizar el
siniestro, les demuestra claramente la improvisación en los sistemas de
respaldo para acceder a la información vital en el análisis de accidentes. Se
preguntan que hubiera sucedido de carecer de los datos del GPS en el equipo
chapa 1.-
Textualmente concluyen: “contradiciendo lo
expresado en la pericia oficial en lo referente al recorrido final en donde se
hace mención a que “no existe evidencia objetiva que la velocidad de
circulación haya disminuido”, se deja sin explicación en el citado informe el
evidente mantenimiento de la velocidad desarrollada por el equipo chapa 1 en
los último 350 mts antes del impacto, información que surge del gráfico de la
página 114 del informe oficial”.
De la observación del gráfico al que aluden se puede
ver claramente el aumento constante de velocidad en todo el recorrido, incluso
en el último tramo donde pasa de 60 a 61 km/h aun cuando la posición relativa
137
de la línea de planialtimetría muestra un ascenso (ref. R:0,0045).-
Punto 13:
Analizar los registros de video de las cámaras de
cabeza y cola de tren de las formaciones involucradas. Describir el sistema de
gestión de video.
Breve descripción del sistema de gestión de video:
Especificaron que las formaciones eléctricas de las
líneas Mitre y Sarmiento constan de dos cámaras instaladas una en el coche
cabecera y otra en la cola. Que su función es registrar en archivos de video el
avance del tren a lo largo de todo el recorrido, montadas de manera tal que su
objetivo apunta en dirección de circulación para capturar todo evento
particular que pudiera ocurrir durante el trayecto.
Precisaron que a partir de los registros de video es
posible observar aceleraciones, detenciones en estaciones, posiciones y
aspectos de señales, estados de los pasos a nivel por los que pasa y cualquier
situación de riesgo o accidente que se pueda suscitar en el transcurso del
servicio.
Explicaron el procesado de captura, guardado y sobre
escritura y que los filmogramas presentan una identificación de la formación a
la que pertenecen y el lado (LO o LM en este caso). También poseen un rótulo
inferior con la fecha y hora en formato dd-mm-aaaa / hh:mm:ss cronometrado
por la propia cámara.
Hicieron notar que el reloj de cada cámara no es
referido a una hora absoluta o GPS, por lo que debe efectuarse el ajuste de la
base de tiempo.
Observaron que en las más antiguas (como la del
Chapa 19), las mismas se encuentran montadas exteriormente mientras que las
más modernas (como la del Chapa 1) están en el interior de la cabina con lo
cual también se captura el audio que allí se desarrolla.
Conclusiones del punto de Pericia Nº 13:
“El análisis más importante de los registros fílmicos
queda determinado por lo indicado en el video del coche de cabecera 1800
del Chapa 1 desde Morón hasta el impacto (Punto 2.3 del presente informe).
[Conclusiones sobre Video de coche cabecera 1800 formación Chapa 1 - Tren 3727: Se describen a continuación los instantes en los que se escuchan las alertas de HV y las satisfacciones del sistema por parte del conductor.
Hora Video Hora GPS 7:03:22 7:04:15 Posible accionamiento del pedal sin sonar alerta de HV. 7:03:27 7:04:20 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:03:30 7:04:23 Posible accionamiento del pedal sin sonar alerta de HV. 7:03:37 7:04:30 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:03:43 7:05:36 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:03:49 7:04:15 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:03:56 7:04:15 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:02 7:04:55 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:08 7:05:01 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:14 7:05:07 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:20 7:05:13 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:25 7:05:18 Posible accionamiento del pedal sin sonar alerta de HV. 7:04:31 7:05:24 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:37 7:05:30 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta. 7:04:43 7:05:36 Suena señal de HV y se escucha pedal cortando la alerta
(última señal de HV, 6 segundos antes de impactar contra la cola del chapa 19). Contando a partir de que el tren pasa la señal a vía libre
173, se escuchan a lo largo del recorrido al menos 12 señales de alerta del sistema de Hombre Vivo, señales que en todos los casos fueron satisfechas por el conductor indicando que el mismo se halla al mando del tren. Se observa en todo el recorrido un patrón de aceleración permanente donde se puede percibir la velocidad siempre en aumento no observándose en ningún momento efectos frenatrices de ninguna naturaleza.
El video antes descrito arroja como conclusiones lo siguiente: - El conductor sale de Morón con señal a vía libre acelerando
de acuerdo a una actitud conductiva normal. - Va satisfaciendo las señales de alerta cada 6 segundos
eficientemente. - Se escuchan comunicaciones de radio de otros trenes
comunicándose con Control Trenes. - Pasa por señal 177 que se halla a precaución continuando
con un patrón de aceleración constante, velocidad en aumento (en este punto al menos era esperable el corte de tracción para llegar a la otra señal con la posibilidad de detenerse).
- No se detecta comunicación alguna del conductor del Chapa 1 reportando alguna situación emergente ni problema técnico alguno.
- Pasa por señal 181 apagada (que equivale a peligro), continuando con un patrón de aceleración constante y velocidad en aumento (el tren sigue acelerando).
- No se detecta comunicación alguna del conductor del Chapa 1 reportando posible desperfecto de dicha señal ni autorización para trasponerla.
- Pasa por señal 185 con aspecto rojo (a peligro), la cola del tren Chapa 19 se ve a simple vista sin que el tren Chapa 1 deje de acelerar.
139
- Se observa último fotograma 2 segundos antes de la colisión.
- Se produce la colisión. ] Este registro de video arroja los últimos momentos
antes del impacto donde se observa fundamentalmente una actitud
conductiva no acorde con la demanda de circulación del Chapa 1.
Se observan reacciones no concordantes frente a los
aspectos de las señales que indican la necesidad de disminución de la
velocidad y la detención propiamente dicha.
Contrariamente a esto último se observan acciones
como mantener la aceleración provocando aumento de velocidad.
Se hace notar como elementos adicionales que no se
detectan comunicaciones de reportes de emergencia por desperfectos
técnicos y que se sigue ordenando al material rodante la continuidad de
marcha a través de la confirmación y la satisfacción voluntaria de las
alertas del sistema de Hombre Vivo”.
Disidencia: Señalan que el informe no explica el
motivo por el cual el video se corta antes de la colisión. Analizan dos aspectos
(imágenes y sonido). Afirman que de las primeras es perceptible la
continuidad de aceleración pero no es posible observar las actividades del
conductor. Desde los sonidos, aseveran que es perfectamente notable la
presencia activa del conductor e imposible determinar si lleva o no adelante
acciones de frenado. Entienden que se debería ampliar el análisis del sonido
para obtener datos fehacientes que permitan determinar con mayor
aproximación las acciones del conductor en instantes previos al impacto.-
Punto 14:
Analizar la operación en general de formaciones
ascendentes o descendentes anteriores y subsiguientes a las formaciones
colisionadas.
Respuesta 14:
Conforme información reunida los peritos dijeron
que el servicio de trenes de pasajeros del día 13/06/2013 se había iniciado
normalmente y de acuerdo con lo programado, a excepción de las
cancelaciones (ya previstas entre las 0.00 y las 4.00 horas)
Los ascendentes y descendentes que ya habían
completado su circulación, o estaban haciéndolo, les mostraron una marcha
compatible con lo programado, realizando las paradas en las estaciones
correspondientes y la circulación entre ellas a un ritmo uniforme y sin
aspectos destacados o fuera de lo normal, aunque luego del accidente ocurrido
a las 7:05, el panorama se alteró profundamente.
Así lo describieron: “A pesar de que la Vía General
Nº 2 (descendente) no había quedado obstruida por la colisión entre los
equipos 1 y 19, la circulación por ella quedó igualmente interrumpida entre
Morón y Castelar para permitir el trabajo de los servicios médicos y de
emergencias que comenzaron a llegar al lugar en pocos minutos.
Consecuentemente, se dispuso continuar con el
movimiento de trenes de manera parcial entre las estaciones de Haedo y
Once, y cancelar totalmente la prestación de servicios entre Haedo y Moreno
por el resto del día.
Una vez que se finalizó con las tareas de rescate y
atención de las víctimas, las formaciones accidentadas quedaron a
disposición del Juzgado Federal Nº 2.
Al día siguiente, 14 de junio, el servicio de trenes se
canceló completamente durante todo el día para permitir el retiro de los
coches siniestrados de la vía principal y su traslado a Talleres Castelar (la
formación Chapa 19) y Talleres Haedo (la formación Chapa 1)”.
Disidencia: No las hubo.-
Punto 15:
Analizar las velocidades de itinerario de los trenes
involucrados.
Respuesta:
141
El análisis efectuado sobre el Itinerario vigente para
la Línea Sarmiento señaló que la velocidad máxima de circulación por la Vía
General Nº 1 en el tramo Morón – Castelar es de 60 km/h. para formaciones
de unidades motores eléctricos, que estaba vigente y sin restricciones el día
del accidente.-
Con esta premisa analizaron los gráficos “Orden de
Marcha Tren Nº 3727” incluido en el Punto 12. Sobre el tramo comprendido
entre Morón - Castelar dejaron sentado que muestra la evolución de la
velocidad de circulación desde su partida de reposo (detención – velocidad = 0
km/h.) hasta la colisión. “La marcha fue a velocidad siempre creciente,
alcanzando una máxima de 61 km/h. al efectivo momento del impacto”.
Con respecto a la circulación del 3725 con el equipo
Nº 19, no les fue posible expedirse por carecer de datos del Sistema GPS.
Disidencia: No las hubo.-
Punto 16:
Analizar los materiales rodantes involucrados
(sistemas de seguridad, tracción y freno, etc.), así como su estado al momento
del siniestro. Asimismo, deberá caracterizar cómo se hallaban conformadas
las formaciones férreas involucradas, en cuanto a tipo de vehículo y sus
características estructurales.
Explicación preliminar:
A los efectos de cumplir con el punto de pericia
describieron los sistemas y características del material rodante tanto para la
formación Chapa 1 como para la 19, en cuanto a su conformación, sistemas de
tracción, de freno, de seguridad y estructuras.
Como puntos relevantes de la explicación sobre el
equipo Chapa 1 puedo citar:
Sistema de tracción: “…La cadena de tracción es
Toshiba original comandada por el mono comando (joystick) instalado en la
cabina de mando. El comando es electromecánico como el controller original
del coche (no electrónico) (freno de emergencia – freno de servicio - neutro –
4 puntos de aceleración)…”
Sistema de Freno: “…El equipo es moderno y
consiste en una unidad de comando electrónico, una unidad electrónica de
freno, un rack neumático de freno y los órganos de transmisión de fuerza de
frenado.
El sistema se acciona por aire comprimido
suministrado por moto-compresores del tipo a tornillo instalado a tal fin.
Cada vagón posee su equipo completo de freno salvo los motocompresores
que se hallan instalados en los coches motrices (son 5 compresores para toda
la formación). Estos … son alimentados a partir de un convertidor estático
que toma tensión de 800VCC.
El rack de freno (unidad electrónica ubicada en un
armario eléctrico en el coche) recibe una señal electrónica denominada PWM
por tratarse de una señal de ancho de pulso modulada. Esta … (emitida por el
joystick) pondera la acción de freno desde freno liberado (señal al 10%) hasta
el freno máximo de servicio (señal al 90%). Si el rack de freno no recibiera
señal, toma este evento como una falla y aplica el frenado de emergencia.
La acción de frenado se lleva a cabo por la inyección
de aire a presión en los cilindros de freno instalados en los bogies de los
coches (son 4 por coche). Esta presión alcanza su máximo valor en
condiciones de emergencia (5,1 Kg/cm2); de no ser así el rack neumático
dosifica los valores de presión de acuerdo a las órdenes impartidas desde el
joystick.
Esta dosificación de presión la lleva adelante la
electroválvula de servicio actuando siempre energizada y de manera pulsante.
El sistema de freno también posee un dispositivo “vacío-cargado” instalado
en uno de los bogies que sensa el peso del vehículo dando una señal
neumática que se promedia con la señal proveniente del joystick. De este
143
promedio se obtiene la señal final de orden de freno que actúa sobre una
válvula relé, ejecutándose la acción final de freno.
Como se verá más adelante el freno de servicio es
totalmente independiente del freno de emergencia”.
Sistemas de Seguridad: “El lazo de seguridad es el
sistema por el cual se asegura la condición de continuidad de la formación.
Esto quiere decir que frente a una situación de “tren dividido” (por falla o
deterioro de los órganos de unión entre coches), la interrupción de este lazo
provoca la aplicación del freno de emergencia. En el caso del Chapa 1 el lazo
de seguridad es eléctrico y se trata de un conductor que recorre toda la
longitud del tren el cual lleva alimentación eléctrica a todas las unidades de
freno.
La aplicación del freno de emergencia puede llevarse
a cabo desde dos dispositivos: con el joystick (llevando el monocomando a la
posición mas extrema de la zona de freno) o con el pulsador de freno de
emergencia (pulsador con enclavamiento mecánico de ¼ de giro). Ambos
dispositivos trabajan sobre el lazo de seguridad (sus contactos normalmente
cerrados se abren cortando el lazo cuando se accionan estos dispositivos).
Nótese que estos elementos son de contacto seco y no necesitan ni de
sistemas electrónicos ni de alimentación alguna.
El Sistema de Hombre Vivo: es un sistema de alerta
que confirma la presencia humana al mando del material rodante. Se trata de
alertas fono-luminosas que son susceptibles de ser detectadas por el
conductor en el ámbito de la cabina de conducción.
… una vez puesta de manifiesto a través de una
chicharra y una luz en el pupitre, debe ser satisfecha por el conductor que
debe accionar un pedal o pulsar un gatillo instalado en el joystick a tal fin. …
Dicha satisfacción como señal de vida dada por el conductor permite dar
continuidad de marcha al material rodante reseteando el sistema para un
nuevo ciclo. Los ciclos en el Chapa 1 son de 5 segundos (o sea que cada 5
segundos el conductor debe dar señal de vida contestando la señal de alerta
del sistema) repitiéndose sucesivamente a medida que circula la formación.
La no satisfacción de la señal de alerta provoca sobre el sistema una espera
de otros 5 segundos y de no recibir reseteo se procede a la aplicación
inmediata y automática del freno de emergencia.
Monitoreo de la presión en cilindro de freno: …. que
vigila la aplicación del sistema de freno a partir de la acción voluntaria de
frenar dada por el conductor….
Si por algún motivo, en alguno de los coches de la
formación se detectara que al menos un solo equipo no eleva la presión de
sus correspondientes cilindros de freno, se aplica el freno de emergencia.
Este sistema verifica permanentemente la acción del joystick en zona de
freno y la correcta satisfacción del sistema.
Presión de aire del sistema neumático: La formación
Chapa 1 tiene dos dispositivos de seguridad que obran de la siguiente
manera: existe un presostato que monitorea la presión de cañería principal
de suministro de aire que al descender de 6 Kg/cm2 corta la tracción de la
formación.
Por otro lado existe un segundo presostato que
actúa cuando la presión de dicha cañería desciende por debajo de 5 Kg/cm2
aplicando el freno de emergencia. Esto conlleva que si el suministro de aire
desciende por debajo de ciertos límites la formación pasa a su condición de
seguridad…”
Luego describen las características de la Formación
Chapa 19. En su caso todas las unidades son tractivas, (salvo el furgón
M.U.2609 que no posee motores) y son los encargados de imprimirle
aceleración. Lo hacen a partir de 2 (dos) motores instalados en los bogies
motrices (total en este caso son 14 de tracción).
Especifican el Sistema de Freno y de Seguridad
145
(Lazo de seguridad, De emergencia, Sistema de Hombre Muerto y Presión de
aire del sistema neumático) a cuya lectura remito.-
Disidencia: Entienden que al no existir constancia o
documentación que acredite la conformidad de la empresa Toshiba para la
modificación de estas unidades, el faltante de esa documentación podría
invalidad la habilitación de estos equipos. No efectuaron otra referencia.-
Punto 17:
Informar y analizar el historial de reparaciones,
kilometrajes y protocolos de habilitación del material rodante involucrado al
momento de la colisión.
Consideraciones sobre la Formación Chapa Nº 1:
Informaron que los programas de intervenciones de
material rodante de la Línea Sarmiento para el año 2013 confeccionados por
UGOMS. S.A., contemplaban que la Reparación General con modernización
de frenos (iniciada en noviembre de 2012) finalizaría en febrero. Así éste fue
entregado en marzo 2013 y luego sometido a un proceso de pruebas en la
línea, antes de ser finalmente puesto en servicio el 10 de junio de 2013, aún en
garantía.
“Al momento de la colisión el tren se encontraba
recientemente reparado en todo concepto, con un acumulado de 992 km.
recorridos entre viajes de pruebas y servicios regulares con pasajeros.”.-
Sobre el Chapa Nº 19:
Comenzaron por describir su historial de
reparaciones. “Desde agosto de 2012, a excepción del mes de febrero de 2013,
todos los coches de la formación fueron sometidos a una intervención del Tipo
“AB” a razón de una por mes en los últimos 11 meses.
Los trabajos de inspección, reparación o reemplazo
de componentes que se realizan en una intervención del Tipo “AB” que se
describieron en una tabla”.-
Sobre el historial de kilometraje, explicaron que en
una revisión de los programas de intervenciones, UGOMS modificó la
planificación dispuesta originalmente para el Nº 19, asignando una mayor
prioridad a la Reparación General de otro de la flota de material rodante
eléctrico de la Línea Sarmiento, con el consecuente desplazamiento hacia
delante en el tiempo de la reparación de éste. “Como este equipo continuó
operando en el servicio de pasajeros, se siguieron llevando adelante las
Intervenciones Tipo “AB”.-
En cuanto al historial de protocolos de habilitación,
definieron: “Los Certificados de Habilitación de Material Rodante son
documentos que se confeccionan en el momento que un determinado vehículo
ferroviario es incorporado al servicio inmediatamente después de una
Reparación General o reparación mayor posterior a un accidente que haya
ocasionado daños de magnitud.
Se trata de un documento en el que un profesional
de la Ingeniería, debidamente matriculado en el Consejo Profesional,
certifica (luego de una inspección integral) que el vehículo ferroviario ha
sido reparado de acuerdo con las especificaciones y protocolos de
reparación previamente establecidos, y que los trabajos comprendidos en la
Reparación General se han efectuado correctamente en todos los aspectos
técnicos considerados.”
En el caso de los coches de la formación Chapa Nº
19 esos fueron confeccionados luego de la última Reparación General, que
ocurrió antes de la iniciación de la operación de la Línea Sarmiento por parte
de UGOMS. S.A.
Conclusiones:
“Atendiendo en particular a la evolución de
conservación de la formación embistente, Chapa 1, se advierte que la misma
fue mantenida en su máxima expresión técnica, esto es, su Reparación
General y en particular, con la sustitución del sistema de frenos o
147
equipamiento nuevo y ya comprobado en las formaciones 21,22, 23, 24 y
25.”
Disidencia: Refieren no disponer de constancias o
documentación que certifique que la formación chapa 1 haya sido habilitada
de acuerdo a los especificado en el art. 7 de la ley de Ferrocarriles 2873,
Decreto 1141/91. Concluyen que en virtud de lo expuesto, consideran que la
misma no estaba habilitada para circular.-
Punto 18:
Determinar si los sistemas de seguridad de los
materiales rodantes (incluyendo sistema de hombre vivo) se hallaban
operativos y si hubo activación de los mismos.
Explicación preliminar en cuanto a los sistema de
seguridad: “… los sistemas de seguridad que disponía la formación Chapa 1
que nos ocupan en este caso son: Freno de emergencia (aplicación desde el
joystick). Freno de emergencia (aplicación desde el pulsador de emergencia).
Sistema de Hombre Vivo. Monitoreo de presión en cilindro de freno.
Monitoreo de presión en tubo principal (función corte de tracción). Monitoreo
de presión en tubo principal (función aplicación de freno de emergencia).
Lazo eléctrico de seguridad propiamente dicho y Corte de tracción…”
En cuanto al freno de emergencia desde el joystick y
desde el pulsador, dijeron que se verificó que se encontraban disponibles y no
se evidenció que hayan sido accionados.-
En relación al Sistema de Hombre Vivo, por medio
de los registros de video del coche de cabecera del Chapa 1 (1800) desde que
traspasa la señal A173 a vía libre hasta 6 segundos antes de la colisión,
detectaron al menos 12 alertas sonoras emitidas, todas satisfechas por el
conductor posibilitando la continuidad de marcha.
Esto les indicó la debida operatividad del sistema de
alerta.-
Respecto al monitoreo de presión en cilindro de
freno, expresaron que los registros de eventos se visualizan señales de
monitoreo que en ningún caso debían llegar a aplicaciones de emergencia ya
que la reacción del sistema en todas las acciones registradas de aplicación
fueron las adecuadas.
Sobre el de presión en tubo principal (función corte
de tracción), aseguraron que éste previene el corte de tracción por baja presión
de aire (presión menor a 6 Kg/cm2) “no se ha activado a causa de disponer
de presión de aire suficiente para habilitar la tracción, que justamente es
puesta de manifiesto por varios registros vinculados a esta variable (GPS,
Hasler, video)”.-
Por su parte el sistema que controla el tubo principal
(función aplicación de freno de emergencia) previene su aplicación por baja
presión de aire (corte del lazo de seguridad por presostato que detecta presión
menor a 5 Kg/cm2). Aseveraron “no se ha activado a causa de disponer de
presión de aire suficiente”.-
En cuanto al lazo de seguridad propiamente dicho:
“No hay evidencia objetiva alguna … que …. se haya abierto (lo que
hubiera conducido a la aplicación del freno de emergencia), ni por acciones
voluntarias, ni por acciones automáticas de los sistemas de seguridad antes
descritos”.-
No encontraron evidencia objetiva alguna que se
cortó la tracción desde la Estación Morón hasta el lugar del siniestro.
Conclusión punto de pericia Nº 18:
“No existe evidencia objetiva alguna de que el lazo
eléctrico de seguridad se haya abierto, lo que se traduce en la aplicación
inmediata del freno de emergencia, bien sea por acciones voluntarias de
aplicación del freno de emergencia desde el joystick o desde el pulsador de
golpe de puño o por insatisfacción del sistema de HV que se hallaba
debidamente operativo. Tampoco que hubieran entrado en funcionamiento
149
otros recursos para reducir la velocidad”.-
Disidencia: Expresan que no puede existir certeza
que los mecanismos no hayan sido accionados, dado que si bien se
inspeccionaron los componentes por separado no fue posible verificar el
conexionado (cables) del lazo eléctrico de seguridad. En igualdad de
condiciones dijeron estar ante el registrador de eventos. Se preguntan que
sucedería si hubiera una conexión indebida ya sea por defectos de los
conectores u otra razón.-
Punto 19:
Determinar si el sistema de freno –de servicio y el de
emergencia- de la formación férrea colisionante se hallaba operativo, si fue
accionado durante el recorrido y en los momentos previos a la colisión.
Freno de servicio y de emergencia:
Como describieron en otros puntos de pericia,
remarcaron que el freno de servicio y el de emergencia resultan ser
sistemas separados. Así el de servicio tiene la participación de un sistema de
control electrónico que parte desde el monocomando, pasando por el rack
electrónico de freno y llegando al panel neumático bajo el bastidor donde se
hallan las electroválvulas de servicio y afloje y otros dispositivos responsables
de cumplimentar el proceso de frenado. En cambio el proceso de emergencia
se da a partir del corte del ya mencionado lazo eléctrico de seguridad, en
general a partir de contactos secos que no necesitan de circuitos electrónicos y
que operan directamente sobre las electroválvulas de emergencia.
Conclusión del punto de pericia Nº 19:
“De los análisis realizados y la evidencia objetiva
recolectada, se observa que el sistema de frenado de servicio de la formación
Chapa 1 a lo largo de la totalidad de su recorrido, fue accionado reiteradas
veces y en cada oportunidad se verificó la debida reacción y operatividad de
éste.
En cuanto al frenado de emergencia y entendiendo
que no hubo necesidad emergente ni siniestro vial o peatonal que obligara a
la recurrencia de este sistema, se observa su operatividad al momento de
entrega de cabina y en la llegada a estación Liniers sin conocerse los
motivos de estas aplicaciones detectadas, pudiendo las mismas tener diversos
orígenes. Queda verificado el registro del corte del lazo de seguridad en el
registrador de eventos de manera eficiente.
En cuanto a los momentos previos, no hay evidencia
objetiva alguna de que los sistemas de freno de servicio y de emergencia
hubieran sido accionados.”.-
Disidencia: Afirman que ante la imposibilidad de
realizar la prueba del sistema de freno en forma integral no pueden determinar
la operatividad en ese momento. Durante su recorrido salvo el incidente de la
est. Liniers no hallaron evidencia de desperfectos en su funcionamiento.
Finalizaron: “No es posible determinar si el sistema
de freno de servicio y el de emergencia del Chapa 19 se hallaba operativo y si
fue accionado durante en los momentos previos a la colisión”.-
Punto 20:
Determinar y analizar las condiciones de consumo
eléctrico de la formación embistente al momento de la colisión.
Comenzaron con una descripción del sistema
eléctrico de los Toshiba:
A los efectos de entender e interpretar los gráficos de
consumo eléctrico obtenidos de las subestaciones de alimentación de la
sección 25A de la línea Sarmiento, se hizo conocer cómo se comporta una
formación cuando sus demandas eléctricas se ponen de manifiesto mientras
ésta circula.
A continuaciones los peritos presentaron una tabla en
la que se representan los consumos aproximados comparativos entre los dos
equipos ya circulando en paralelo y con eliminación total de resistencias
151
(consumos en amperes).
Luego explicaron que se alimentan a través de un
contacto eléctrico móvil que se efectúa por el roce de patines laterales
instalados en los bogies de cada coche contra un riel lateral de alimentación
llamado tercer riel.
Éste a su vez es alimentado por sub estaciones
rectificadoras que entregan al mismo una corriente eléctrica continua de 815 V
nominales que en nuestro caso, tratándose de la SECCIÓN Nº 25.
La demanda de alimentación eléctrica de la
circulante es mayor para la subestación más cercana y menor para la más
lejana. Detallaron que conociendo la intensidad de corriente eléctrica
entregada por las subestaciones para un determinado momento y en una
determinada sección, se puede establecer las condiciones de demanda eléctrica
de uno circulante (fundamentalmente en su demanda mayor que es la de
tracción). Con este indicador se puede observar si ésta se halla en tracción
o en deriva (consumos menores frente a la tracción provenientes de
convertidores o de moto-generadores y compresores).
A continuaciones hicieron un desarrollo de los
horarios y las marchas de los trenes siniestrados y sus próximos, en el horario
ya determinado y su correspondencia con la información de consumo de
corriente arrojado por la citada sub estación Nro. 25.-
Así para los expertos, quedó comprobado que las
únicas dos formaciones presentes en la sección 25ª en el horario próximo
al accidente son el Chapa 1 y el Chapa 19.
En base a dicha premisa, acotaron el análisis a 6
minutos entorno al momento del impacto, con el correspondiente ajuste de
bases de tiempo entre el reloj del registrador de la subestación y los registros
GPS.
Aclararon que el gráfico analizado es el de la
subestación Morón cuyo registrador se hallaba activo, con lo cual los
consumos de corriente presentan valores del orden (no exactamente) de la
mitad de los consumos totales.
Efectuaron diagramas de posiciones relativas del
Chapa 1 y el Chapa 19, y curvas de consumo de motores de tracción.
Conclusiones del punto de pericia Nº 20:
“En función de lo observado en el gráfico, se ven
claramente las condiciones de demanda eléctrica de ambas formaciones. Se
ve el consumo eléctrico de la corrida del Chapa 19 entre Morón y señal 189
y su arranque 20 segundos antes de ser embestida por el Chapa 1. Se
observa claramente el consumo eléctrico del Chapa 1 poniendo de
manifiesto su condición de tracción. Nótese que a partir de los 42 Km/h
aproximadamente la formación ya está en paralelo con eliminación total de
resistencias, momento a partir del cual el consumo por curva de motor
comienza a disminuir a medida que aumenta la velocidad (hecho que se ve
claramente en el cuadro de consumo para un horario GPS 7:05:02
correspondiente a 46 Km/h). El aumento de corriente 20 segundos antes de
la hora GPS de impacto (7:05:42) es justamente la condición de arranque
del Chapa 19 consolidada y verificada por el video del coche de cabeza
2003“.
Disidencia: Expresan que en el informe no se deja en
claro que se infieren los consumos eléctricos de la Subestación Castelar,
porque sus registros no se encontraban disponibles. Afirman que se da por
válido un consumo que no tiene correspondiente documentación
respaldatoria.-
Atento a lo expuesto, debo señalar que de una
detenida lectura de la pericia oficial, surge claro la información de la que
disponían y aquella que fue inferida.-
Punto 21:
Analizar el registro de salida de liberación al
153
servicio de las formaciones ferroviarias ("check list").
Consideraciones:
Fueron analizados los registros de salida del Taller
Castelar del Chapa 1 al servicio, de los días 12 y 13 de junio de 2013 que
forman parte de documentación secuestrada por el Juzgado.
Conclusiones:
“Teniendo en cuenta que se trata de un alistamiento
que se efectúa diariamente en un tiempo limitado por las demandas del
servicio, entendemos que las verificaciones y controles resultan
razonablemente adecuadas”.-
También las estimaron acordes con la performance
del tren que se entregó al servicio y a partir de que éste recorrió Castelar-
Moreno-Once-Morón sin dificultades 67 kilómetros aprox. en total del orden.-
En consonancia con lo expresado, consideraron que
el alistamiento no muestra relación con la producción del siniestro.
Disidencia: No la hubo.-
Punto 22:
Se explique el proceso habitual y las distintas
alternativas existentes de frenado del equipo Chapa 1 y su manejo.
Proceso de Frenado:
Describieron que el Chapa 1 es una formación de
coches eléctricos con un sistema de freno Knorr-Bremse del tipo KBGM-P del
tipo de control electrónico, que emplea la condición de freno neumático por
aire comprimido.
Éste puede provenir de distintas circunstancias:
- Necesidad de disminución desde una velocidad
dada, a otra por condiciones normales de itinerario de circulación (velocidades
permitidas, obediencia a señales, pasos a nivel, etc…).
- Detención en estaciones.
- Necesidad de disminución de velocidad o detención
por eventos externos no previstos (traspasos de peatones o vehículos por pasos
ferroviales indebidos, presencia de elementos en la vía, etc…).
- Necesidad de contrarrestar las acciones de la
gravedad por condiciones de planialtimetría determinadas (pendientes).
- Necesidad de inmovilizar el equipo cuando se halla
detenido ya sea por señal o por estar en una estación y las condiciones de
planialtimetría lo requiriera.
Sus alternativas de frenado:
“Aplicación del freno de servicio:
En función de las distintas circunstancias por las
cuales se debe llevar adelante un proceso de frenado, el conductor opera
sobre el monocomando (joystick) llevando el mismo desde la zona de tracción
(abandonando esta zona y pasando por la posición de neutro) a la zona de
freno (primera zona: freno de servicio).
El monocomando por la característica de tener
tracción y freno en el mismo control, implica que no hay forma de pasar a la
zona de freno, sin cortar la tracción.
La profundidad de freno necesaria viene dada por la
posición angular del comando. A mayor valor angular (en el sentido hacia el
conductor), mayor acción de freno.
Esta mayor acción de freno se produce a partir de la
señal PWM que emite un circuito electrónico en el propio joystick.
El porcentaje de este ancho de pulso es interpretado
por el rack de freno o unidad electrónica de freno que traduce esta señal
analógica en una eléctrica de comando para las electroválvulas de servicio y
afloje.
Es cierto que por acostumbramiento de sistemas
mas antiguos de freno, el conductor entre y salga de la zona de freno de
manera alternada, maniobra que si bien no es insegura, no es necesaria ni
155
recomendada.
Aplicación del freno de emergencia por joystick:
Si por algún motivo el conductor debiera efectuar un
frenado de emergencia la acción más inmediata y natural es la de llevar el
joystick a su posición extrema inferior (posición de joystick en punto de
emergencia).
Esta posición “FE” presenta una resistencia
mecánica adicional para evitar accionar la emergencia de manera
involuntaria. Nótese que el freno de emergencia se logra cortando
eléctricamente el lazo de seguridad; esto se logra a través de un contacto
seco normalmente cerrado accionado por una leva que es totalmente
independiente del freno de servicio. Cuando este contacto se abre se aplica el
freno de emergencia.
Aplicación del freno de emergencia por pulsador:
Para la aplicación del freno de emergencia también
se halla disponible un pulsador del tipo “golpe de puño” en el frente del
pupitre de mando.
En este caso también el freno de emergencia se
logra cortando eléctricamente el lazo de seguridad; esto se logra a través de
un contacto seco normalmente cerrado presente en el pulsador que también
es totalmente independiente del freno de servicio. Este pulsador presenta una
condición de enclavamiento mecánico (o traba) que hace que una vez
accionado el contacto eléctrico permanezca abierto. Para “resetearlo” hay
que girarlo ¼ de vuelta y un resorte lo lleva nuevamente a su posición de
contacto cerrado normalizando el lazo de seguridad.
Aplicación del freno de emergencia por sistema de
Hombre Vivo:
En sí la aplicación de freno (en este caso de
emergencia) por la falta de señal de vida, o sea por dejar de satisfacer el
sistema de Hombre Vivo, no es un proceso natural de aplicación del freno.
Se entiende que el conductor de manera automática recurre primero al freno
de servicio, luego a la emergencia por joystick y luego a la emergencia por
pulsador. De todas formas es verdad que el hecho de “soltar” el HV termina
indudablemente aplicando el sistema de freno de emergencia.
Aplicación del freno de emergencia por llave de
toma de cabina:
De igual manera también el quitar la llave de toma
de cabina implica el corte del lazo de seguridad con la consecuente
aplicación del freno de emergencia. Este tampoco es un proceso natural de
freno; se lo podría contemplar como una alternativa más en caso de que
todas las acciones anteriores no hubieran dado resultado.”.-
Conclusiones del punto de pericia Nº 22:
De acuerdo a lo antedicho se pueden citar como
alternativas de frenado inmediatas y naturales al menos tres: de servicio, de
emergencia por joystick y de emergencia por pulsador.
Las otras alternativas no las consideran en el mismo
orden, pero remarcan que no son menos efectivas en cuanto a la aplicación
final del freno de emergencia.-
Sobre la aplicación de la contramarcha de los
motores de tracción dijeron que “si bien es posible, se trata de una maniobra
desesperada provocando daños no menores sobre el material rodante en esa
situación.”
Disidencia: Discrepan con la existencia de la
posibilidad de frenar con la contramarcha, porque al invertir la marcha a la
velocidad que llevaba el chapa 1, los dispositivos protectores de
sobreintensidad en el circuito de tracción (relays) actuarían de inmediato
impidiendo la ejecución de la contramarcha, con posible riesgo de rotura de
engranajes en motores de tracción.-
Punto 23:
157
Se explique si el equipo Chapa 1 cuenta con algún
dispositivo de emergencia directa mecánica.
Dispositivos de emergencia:
Comenzaron por explicar de qué se tratan los
sistemas de emergencia en los vehículos ferroviarios.
“Se entiende por sistema de emergencia a aquel
sistema o dispositivo que lleva al tren, a una condición segura de marcha
cuando se presenta un evento de riesgo detectado durante la circulación del
mismo.”
Citaron como ejemplo de dispositivos puertas
adentro del material rodante el Hombre Vivo: “es un sistema de seguridad
que verifica periódicamente que la conducción del tren está bajo el control
de la acción humana.”
Cuando el sistema no es satisfecho por acciones que
debe llevar a cabo el conductor, el mismo en forma automática ejecuta un
proceso de frenado.
Mencionaron otra condición de seguridad que se da
en los sistemas de freno ferroviarios “es que ante la falla, el tren se detiene (o
sea, aplica sus frenos); esto se da cuando por ejemplo, se pierde la
continuidad física de la formación (el tren por algún motivo se divide por
rotura de algún órgano de unión); esa discontinuidad provoca que los frenos
se apliquen en su máxima expresión denominado freno de emergencia.”
Para asegurar el monitoreo de esta continuidad, se
recurrieron al mentado concepto de lazo de seguridad.-
En función de lo hasta aquí expuesto, afirmaron que
todo dispositivo de emergencia actúa justamente sobre la interrupción del lazo
de seguridad (pulsador de la emergencia en cabina del conductor, llave de
emergencia del guarda, pulsadores o llaves en salón de pasajeros, posición de
freno de emergencia del joystick etc.).
Por otra parte resaltaron que “las acciones de
frenado llevadas a cabo de manera directa mecánica (o sea a través de
aplicaciones de esfuerzos mecánicos directos), son sólo empleados por los
llamados frenos de estacionamiento que consisten en una cadena cinemática
de aplicación de fuerzas ejercidas desde un volante o llave crique dispuesta a
veces en el exterior del vehículo y otras veces en el interior con el sólo fin de
dejar frenado el vehículo cuando el mismo debe quedar estacionado. De
ninguna manera se trata de un freno de servicio ni mucho menos de
emergencia.”
Explicaron que “los lazos de seguridad neumáticos
son propios de tecnologías mas antiguas y los lazos de seguridad eléctricos
son propios de las últimas tecnologías” .
Conclusión del punto de pericia Nº 23:
En las formaciones involucradas en el siniestro no
existe material rodante con dispositivos de emergencia directa mecánica.
Los sistemas de freno de acción mecánica directa son solo subsistemas
empleados en la aplicación del de estacionamiento que operan a mano desde el
exterior del tren detenido.
En el anexo de éste punto se amplía. El sistema
continuo y automático opera bajo el principio de lógica negativa. Este es un
concepto de seguridad que previene en los casos en que colapse algún
conducto del circuito de freno o manga de acople entre vehículos la
aplicación automática de éste en su condición de emergencia.
“El concepto de lazo es lo que permite dar la
condición segura de continuidad del tren. Esto tiene la importancia
fundamental ya que si por cualquier razón la formación se dividiera, ese lazo
se interrumpe y se genera una acción de seguridad que es justamente la
aplicación automática del sistema de freno.”.-
“…Las señales de freno … son señales eléctricas
emitidas desde un control maestro de freno que son interpretadas por una
159
unidad electrónica de freno que da la orden final de aplicación a los
cilindros.
En este caso el lazo de seguridad es un lazo
eléctrico pero que no es el circuito por donde viajan las señales sino que es
un lazo INDEPENDIENTE…”
Disidencia: En una ampliación de explicación
comparativa de lazo de emergencia neumático y eléctrico, indican que el
primero está formado por conductores que deben estar aislados eléctricamente
y que está inmersos en el bus donde conviven varios cables, muchos
energizados, por lo que pueden pensar en la posibilidad de que en ciertas
condiciones de avería imperceptible hayan estado en contacto con el lazo de
emergencia dando doble vía de alimentación e inutilizando la acción de los
dispositivos de emergencia. También afirman que es un sistema pasible,
fácilmente, de acciones tendientes a anularlo en ocasiones de mal
funcionamiento de alguno de los dispositivos que lo accionan. Explican que en
el sistema neumático ello no ocurre. Concluyen que cada sistema tiene sus
pros y contras. Que el sistema eléctrico en uso según la modernidad no
significa mayor seguridad, aunque tiene sus bondades.-
Punto 24:
Teniendo en cuenta los antecedentes formativos del
conductor, se explique si el mismo se hallaba capacitado para la tarea.
Consideraciones:
Se tuvo en cuenta el esquema de capacitación de
conductores, según el requerimiento del Juzgado contestado por UGOMS a fs.
3400/3402.-
Conclusiones:
“Del análisis del material didáctico analizado, y
teniendo en cuenta que del imputado conductor López se informa que ha
conducido unidades doble piso durante 102 horas desde diciembre 2012, en
forma continuada todos los meses, entendemos desde el punto de vista de los
conocimientos técnicos con que fue instruido, el mismo se hallaba capacitado
para la tarea.”
Disidencia: Refieren que la capacitación de López en
equipos reformados fue de 32 hs. cuando la normativa establece nivelación de
12 días (res. 189/82 de FFAA). Destacan que la cantidad de horas referidas en
el informe oficial son de capacitación sobre trenes en servicio en ausencia de
instructores que corrijan desvíos en la conducción.-
Punto 25:
Para que indiquen los peritos en cuál posición se
encontraba dispuesto el joystick en la cabina del coche 1800 (cabecera lado
Moreno) correspondiente a la formación denominada Chapa 1, y se explique
a qué posición corresponde del total de posiciones posibles.
Punto 26:
Para que indiquen si se encontraba aplicado o
pulsado el botón o pulsador de emergencia de la misma cabina.
Punto 27:
Para que indiquen en qué velocidad quedó marcado
el velocímetro.
Respuesta 25, 26 y 27:
Por las características de lo preguntado, y a fines de
brevedad se responden conjuntamente.
Consideraron que dadas las características del
siniestro, del trabajo de rescatistas y de personal para desprender las
unidades, trasladarlas y liberar las vías, el interrogante la responderán por
inferencias indirectas.-
Respecto de donde estaba la posición del
monocomando (joystick) al momento de la colisión o bien instantes antes.
Como describieron ampliamente y en forma gráfica
en las respuestas a otros puntos de pericia, la palanca monocomando tiene 4
161
posiciones de marcha hacia adelante, una posición de “neutral” en el punto
medio y permite un desplazamiento hacia atrás continuo correspondiente a
frenado de servicio y al final, una posición de emergencia.
A partir de la determinación de la posición de los
tambores de los controladores principales de tracción (tema desarrollado en
la respuesta al punto 28), entendieron que “el monocomando o joystick se
habría encontrado en la posición 4 o de máxima velocidad…”
Respecto de donde la posición del botón o pulsador
de emergencia: Consideraron no disponer de elementos técnicos para
expedirse.
Acerca de qué velocidad quedó marcando el
velocímetro, pudieron determinar a partir de los registros de GPS y de la
unidad Hasler, que “la velocidad de la formación al momento del impacto
estaba entre 60 y 65 Km/h.”
Disidencia: - Sobre el punto 25: Se remiten al
desarrollo que efectuarán en el 28 y afirman que existe otra posibilidad de la
posición en la que podría haber quedado el joystick del coche 1800 del chapa
1. Concluyen que no puede establecerse dónde quedó.-
- Sobre los puntos 26 y 27: No hicieron
comentarios.-
Punto 28:
Para que indiquen los expertos en qué punto de
trabajo se encuentran detenidos los tambores de los controladores
principales, y si la posición de los mismos corresponde a órdenes de marcha,
de aceleración, de neutro o de freno.
Describieron extensamente el sistema de tracción de
los equipos eléctricos Toshiba. A su lectura me remito.-
A continuación ilustraron como es esta disposición
en el coche doble tracción. “Todas las cajas controladoras de toda la
formación reciben al mismo tiempo a través de una señal de sincronismo
transmitida por un conductor que recorre todo el tren, las órdenes impartidas
por el control de mando situado en la cabina de conducción.”.-
Definieron a los tambores controladores como
elementos rotantes que poseen contactos eléctricos y que son movidos por un
motor llamado piloto instalado en la misma caja controladora para tal fin. Éste
es de poca potencia y termina recibiendo las órdenes emitidas por el mando de
control o “joystick” que traduce las intenciones de tracción en conexiones
determinadas para que los de tracción trabajen según una demanda
determinada. Los tambores tienen solidarios un dial metálico circular
indicador, con inscripciones que indican en qué posición se hallan los mismos
en cada momento del ciclo de tracción.
Prosiguieron con una explicación acerca de las
funciones de los tambores CD1 y CD2. También detallaron y graficaron las
posiciones en que encontraríamos los tambores en los puntos sucesivos del 1
al 4.-
Del mismo modo se aclaró que cuando el conductor
corta voluntariamente la tracción o se aplica el freno (hecho que la corta
automáticamente), los tambores van a su posición de inicio de maniobra.-
Resaltaron que las posiciones en las que quedan los
tambores controladores luego de un accidente, puede decir mucho sobre la
condición en la que venía circulando la formación y que es independiente de
la posición en la que se encuentre el control de mando.
Afirmaron que “…la única forma de que los
tambores regresen a posición de inicio de maniobra (S1 / 2) es a través de
recibir alimentación eléctrica el motor piloto o sea energizando el mismo.
Esta posición de los tambores no es influenciada
por las tareas de rescate o de primeros auxilios que a veces pueden mover la
posición del control de mando de manera involuntaria.
Los primeros 3 coches tractivos 1800, 2355 y 1067
163
se encontraron en plena tracción (paralelo), y con el total de las resistencias
eliminadas, lo que se corresponde plenamente con la posición del mando de
control en punto 4.
La caja A del coche 2355 se encontró iniciando el
proceso de paralelo. Esto se explica ya que el desplazamiento de los tambores
obedece a resistencias mecánicas diferentes por cada caja, a lo que se le suma
la acción del relé CLR que detiene el movimiento de los tambores cuando la
demanda de corriente del grupo motor supera los 320 A.
En cuanto a los 2 coches tractivos restantes 2161 y
1783 se observa que sus cajas controladoras se encuentran en inicio de
maniobra, posición no acorde con el resto de la formación ni con la posición
del joystick….”.-
Observaron que éstos, forman parte del último tramo
de aquellos que se desmembraron luego de la colisión y que la única
posibilidad de que sus tambores hayan ido a posición de inicio, es que los
motores pilotos hayan recibido positivo en el conductor Nº 1 de otro
conductor vecino que perdió aislación por arranque de cables o por
cizallamiento de grupos de cables en el proceso de aplastamiento de cabezales.
Conclusión del punto de pericia Nº 28:
“De un total de 10 cajas controladoras se observan
6 claramente en condición de tracción correspondiente al punto 4 de
máxima aceleración.
Las 4 restantes pertenecientes al último tramo de la
formación desmembrada probablemente han sido llevadas a su condición de
inicio de maniobra a causa de un cortocircuito propio de este
desmembramiento.
Es de entender por otro lado que el Equipo Nº 1 no
podría haber alcanzado la velocidad de impacto con tantos motores de
tracción menos (se trataría de 7 motores ya que el motor 3 del coche 1783 se
hallaba previamente anulado), con lo cual lo mas lógico es considerar que
estas últimas 4 cajas controladoras se encontraban en condiciones similares
a las 6 más arriba analizadas.”
Disidencia: Luego de efectuar un desarrollo acerca
de lo que ha variado a raíz de la inhibición del motor del 1783, consideran
posible que el conductor López haya llevado el Joystick, por lo menos a la
posición de neutro “cortar tracción”, y la orden emitida al generar tal acción
no haya sido captada y decodificada como corresponde por el PLC (que
remarcan no fue auditado y por información que recolectaron los firmantes
tampoco fue reemplazado en la reparación general), generando que los coches
2161 y 1783 hayan reaccionado acorde al requerimiento, mientras que los
restantes no, manteniendo la posición en la que venían traccionando.-
Hacen notar que del gráfico de orden de marcha, una
vez traspuesta la señal 181, la curva de velocidad deja de ascender
pronunciadamente y entra en una suerte de meseta a 60 km/h y aseguran que
de haber seguido el proceso de aceleración hubiera alcanzado hasta el punto
del choque 70 o 75 km/h.-
Punto 29:
Para que los peritos informen si pueden observar
rastros de la aplicación del freno de emergencia en vías y ruedas.
A los efectos de observar rastros de aplicación de
freno efectuaron tarea de campo tomando mediciones y registros fotográficos
en las zonas aledañas.
Conclusiones punto 29:
“Una vez determinado el punto de impacto se releva
la condición de vía a partir de ese punto hacia atrás en busca de marcas de
frenado sobre el riel. De esta inspección no se observa marca alguna que se
corresponda a una acción de freno de emergencia por parte del Chapa 1.
Las únicas marcas que se relevan se hallan en lugares
próximos a la señal 189 y se corresponden a marcas provocadas por
165
acciones de tracción. Estas marcas sobre el riel se caracterizan por ser de
corta extensión y con vestigios de arrastre de material en el sentido inverso al
avance; esto se debe al desplazamiento relativo de rotación de la rueda
respecto al riel cuando se pierde adherencia y se provoca el patinado de la
misma.-
Las marcas de frenado por el contrario son de
mayor extensión dejando superficies metálicas en algunos casos de color
violáceo por la elevación de temperatura que el proceso de fricción (a rueda
detenida) genera contra el riel.”-
Disidencia: Refieren que atento al tiempo que
transcurrió entre el accidente y el relevamiento y el continuo tránsito por la
zona las marcas que se hubieran verificado por la acción del frenado no serían
visibles.-
Punto 30:
Para el caso que la respuesta anterior sea
afirmativa, se pregunta a los expertos si ello indica el correcto
funcionamiento de las válvulas de control de frenos. Los expertos deberán
indicar por qué.-
Respuesta:
Del punto 29 surge que “De esta inspección no se
observa marca alguna que se corresponda a una acción de freno de emergencia
por parte del Chapa 1”, lo cual no representa ningún indicio para determinar el
funcionamiento de éstos.
Disidencia: Atento a la respuesta del punto anterior
no les es posible emitir opinión por carecer de elementos donde fundamentar
alguna aseveración.-
Punto 31:
Para que los peritos indiquen si se abrió el lazo de
seguridad del freno de emergencia. De ser así ¿explica esta apertura el
correcto funcionamiento de las válvulas de control de freno? Los expertos
deberán indicar por qué.
De acuerdo a descripciones dadas en otros puntos de
pericia, el lazo de seguridad es un dispositivo eléctrico cerrado, conformado
por un conductor que lleva alimentación a lo largo de toda la formación.
El mismo comienza desde la cabina NO tomada
(contacto eléctrico de llave de toma que alimenta con 100VCC al lazo cuando
la llave está quitada) pasando por todos los interruptores NC1 de emergencia
(incluso los de la cabina no tomada) alimentando a las unidades electrónicas
de freno y a los racks neumáticos donde se hallan la electroválvulas de
control.
Es importante entender que el sistema es fail-safe
(ante una falla va a su condición segura) trabajando con el concepto de
lógica negativa.
Para comprender esto, es importante destacar que las
electroválvulas que intervienen en el proceso de freno trabajan energizadas en
su condición de reposo; por ejemplo, la EV de servicio mientras está
energizada, da condición de flojo (de no mediar orden de frenado) o sea que
no da señal para que pase aire a los cilindros y así posibilita la continuidad de
marcha.
Ahora bien, cuando se pierde alimentación pasa a su
condición de dejar pasar aire a los cilindros aplicándose el freno.
El suministro se mantiene a través del lazo de
seguridad mientras este se halla cerrado; de abrirse estos elementos dejan de
recibir energía y dan la orden de frenar.
Después de producido el choque, se produce la
segmentación de la formación Chapa N° 1, como se aprecia en la fotografía
aérea y otros detalles explicitados en la respuesta al Punto N° 2.
Esta separación entendieron corresponde a un
frenado de emergencia, producido post impacto, ello unido a la rotura de
167
algunos enganches entre coches, que pudieron apreciarse en la inspección
realizada en Talleres Haedo.
A su vez surge que la unidad de control consta
fundamentalmente de tres electroválvulas (servicio, afloje y emergencia) y una
válvula amplificadora neumática (Kr6-AA).
El control de freno de servicio se efectúa desde el
rack o unidad electrónica que interpreta las señales del joystick .
A partir del mismo se gobiernan las electroválvulas
de servicio y afloje que dan las señales neumáticas a la válvula relé que ordena
el paso de aire a los cilindros.
Para el freno de emergencia, actuante a partir del
corte del lazo de seguridad, existe una electroválvula separada; esta
electroválvula (llamada de emergencia) participa de manera independiente
en ese proceso de frenado y depende directamente del lazo de seguridad.
Conclusiones del punto de pericia Nº 31:
De acuerdo a lo hasta aquí expuesto, de haberse
abierto el lazo de seguridad previo al choque, deberían haberse
desenergizado las electroválvulas de emergencia con la consecuente
aplicación del freno y la disminución brusca de velocidad de la formación.
De acuerdo a los registros de velocidad del Chapa 1
(tanto de los registros GPS como de la curva de velocidad del registrador
Hasler) en ningún momento detectaron disminución de velocidad.
Por otro lado la aplicación de freno conlleva al corte
de tracción, hecho que por la posición de los tambores controladores se
verificó que no ocurrió.
Cabe aclarar además, que el lazo de seguridad a
través del conductor 455, da una señal de tensión presente al pin 38 del
registrador Hasler (ver anexo), que al desaparecer (lazo abierto) queda
indicado en el renglón de registro “EMERGENCY BRAKE” hecho que no
observaron en el registro correspondiente.
Se concluye que el lazo de seguridad no ha sido
abierto por ninguna de las acciones de apertura previstas a tal fin.
En cuanto al desempeño de las válvulas en el
proceso de frenado de servicio, es un funcionamiento totalmente
independiente del freno de emergencia y de la apertura del lazo de
seguridad.
Disidencia: Lo hacen respecto del apartado 17.3
puesto que se asevera la posición de los tambores controladores pese que -a su
criterio- no se tiene certeza de los motivos por los cuales existen 4 grupos
motores cuyos tambores controladores ocupan la posición inicial de marcha.-
Punto 32:
Se proceda a la verificación de la indicación de los
manómetros de presión de freno de los bogies A y B del coche 1800 los cuales
podría haber quedado “congelada” después del choque señalando la presión
antes del impacto. Y de ser cero la indicación, efectuar las prueba de los
manómetros si el daño sufrido lo permite.-
Explicaron los ensayos efectuados sobre el Chapa 1
en Haedo el 8/8/13, a los efectos de evaluar la capacidad de servicio y
condición de operación de ciertos elementos constitutivos centrales en
relación al proceso de frenado momentos antes de la colisión.-
Señalaron que el 31/07/2013, se probaron el
monocomando (joystick) del coche 1800, su unidad electrónica de freno, los
manómetros de presión del mismo y su pulsador de emergencia.-
Se continuó con una descripción detallada de las
operaciones previas que realizaron para las pruebas mencionadas, donde
utilizaron la cabina 1783 como banco de ensayo.-
Se dejó sentado que la misma se realizó sobre los
elementos constitutivos y no del sistema de la formación integral, más se
indicó que se trata de elementos muy importantes que participan en la cadena
169
de mandos principalmente del sistema de frenos.
Conclusión del punto de pericia Nº 32:
“De acuerdo a todos los elementos verificados no se
han detectado anormalidades de funcionamiento en joystick, rack de freno,
manómetros de presión y pulsador de freno de emergencia del coche 1800.
Y todos ellos dieron resultados conformes a su
debida capacidad de servicio en acciones reiteradas sin mostrar falla o
inconsistencia alguna de funcionamiento.”.-
Disidencia: Nuevamente resaltaron que se probaron
elementos constitutivos como unidades separadas, no el sistema en su
conjunto. Explicaron la diferencia que sufrió el equipo original que tenía una
lógica de unidades autónomas que al unirse eléctrica, neumática y
mecánicamente conformaban formaciones que tenían como máximo 10
unidades acopladas. Definieron autonomía y resaltaron que ahora las
cabeceras son los que poseen los controles para conducir el tren y el resto de
las unidades deben ser consideradas como parte integrante indefectiblemente
de los coches cabeceras.-
Concluyeron que para poder verificar
funcionamientos, a su entender, es necesario auditar el sistema integralmente,
situación imposible de realizar dado el estado en que quedaron los vehículos
del chapa 1.-
Punto 33:
Si lo declarado por Daniel López (fs. 1201) –en
cuanto a las maniobras efectuadas previo a la colisión- se corresponde con
los datos objetivos obtenidos durante la realización de la pericia.-
Respuesta:
Si bien los peritos han dictaminado sobre el
interrogante, me reservaré su cita para el momento en que analice sus dichos
prestados en los términos del art. 294 del C.P.P.N..-
Disidencia: Se remiten al desarrollo del punto 28 y
afirman que no es posible determinar las maniobras realizadas.-
Punto 34:
Determinar si las especificaciones técnicas de los
lineamientos generales requeridos para la última reparación del CHAPA 1,
emanadas de la UGOMS (CONCURSO INF0084), que culminó con el
contrato de locación de obra a favor de EMFER, son los que correspondían
solicitar en el caso concreto, a los efectos de habilitar la formación férrea
para sus fines específicos, teniendo en cuenta los antecedentes históricos de
sus desperfectos.
Chapa 1 antes de su reparación:
De acuerdo a lo investigado, este convoy (el primer
prototipo de las unidades denominadas “doble piso”) constaba de un equipo de
freno electrónico de la casa WABCO modelo MT-24 BW, del tipo
microprocesado muy similar al Knorr Bremse.
Las diferencias entre estos dos sistemas ya han sido
explicadas en el punto de pericia Nº 39.
En relación al presente punto el Chapa 1 antes de su
intervención general tuvo varios informes de problemas. En función de ello se
revisó reiteradas veces con la finalidad de encontrar las fallas. Se observó que
probablemente el origen de algunas de las mismas proviniera de
inconvenientes en la instalación eléctrica.-
En función de otros requerimientos de reparación
como ser acciones sobre los bastidores, reacondicionamiento de bogues y
otros ítems, se decidió ingresar la formación Chapa 1 a reparación general.
En dicha oportunidad no sólo se aplicarían las
cartillas normales de mantenimiento, si no que en este caso se decidió por
reemplazar en un 100% el equipo completo de freno, siendo el mismo
reemplazado por un sistema Knorr-Bremse del tipo KBGM-P de misma
tecnología que otras ya en servicio del tipo doble piso.
171
Aseguraron que estas decisiones no sólo conllevan a
la solución principal de los problemas informados de su sistema sino que
además genera una adecuada standarización de los sistemas de freno con las
similares que se hallan hoy en servicio.
Además evaluaron el contenido del pliego referido a
a intervención del Chapa 1 emitido por UGOMS adjunto en expediente entre
fs. 227 y 308.-
Observaron que “…las especificaciones técnicas allí
expuestas, contemplan todas las condiciones y requerimientos de puesta en
valor correspondientes a una reparación general integral que incluye el
reemplazo completo del equipo neumático de freno…”.-
Detallaron las especificaciones técnicas: (tratamiento
integral de bogies, tratamiento integral de bastidores, tratamiento integral de
cajas -interiorismo y condición exterior-, sistemas de aire acondicionado,
sistema integral de instalación eléctrica, reacondicionamiento integral de
cadena completa de tracción, instalación completa del freno, convertidores,
motocompresores, reacondicionamiento integral de instalación neumática y
reacondicionamiento de órganos de tracción y choque).-
En cuanto al equipo Knorr-Bremse, señalaron que
fue montado de acuerdo a los estándares de la firma, verificado por la misma
y adquirido a tal efecto por UGOMS S.A.
Conclusión del punto 34:
“En vista de lo investigado sobre las
especificaciones técnicas y también sobre los controles efectuados luego por
el personal competente, se concluye que los mismos fueron los adecuados
para cumplimentar los requerimientos necesarios referidos a la intervención
integral del Chapa 1.”
Disidencia: Sólo observaron que en el anexo se
incorpora un documento emitido por un técnico de la firma proveedora -en la
pericia final se menciona como “reporte de ajuste de Knor Bremse Brasil” ,
señalaron que surge la ruptura del lacre EPBGE, fallas de montaje y que por
otro lado se estableció como fecha de verificación de válvulas para acordarlas
al cálculo de freno el día 07/07/13 -posterior al accidente.-
Punto 35:
Establecer si los últimos controles y reparaciones
encomendados por la UGOMS, ejecutados por EMFER, fueron suficientes
para habilitar la formación férrea para sus fines específicos, teniendo en
cuenta los antecedentes históricos de los desperfectos del CHAPA 1.
La Habilitación Técnica incluye la verificación de
todos los elementos que afectan a la seguridad del tren. Las mencionaron.-
Al momento de la Recepción Provisoria y con los
Protocolos de control completos y aprobados, (que constan en el expediente a
fs. 311/705) se procede a Habilitar la Formación para el Servicio (de acuerdo a
lo establecido por el Decreto 1191/91).-
El sistema de frenos cuenta con las formalidades de
prueba emitidos por el fabricante. Luego de instalado, personal de Knorr
Bremse realiza la carga del software. Durante las pruebas estáticas y
dinámicas se verifican las presiones en relación a los valores establecidos en el
ensayo tipo que homologó la aplicación y es válido para cualquier nueva
instalación realizada en coches similares y pesos similares.
Mencionaron que es normal que en estos sistemas
puedan eventualmente producirse desajustes, por lo que son verificadas y
recalibradas, por personal de Knorr Bremse, por eso a fines de febrero de 2013
se realizó el control final de parámetros, que fue aprobado por ambas partes –
UGOMS y EMFER - lo que conduce al Certificado de Recepción Provisoria el
día 4 de Marzo.
Del análisis de los Protocolos que acompañan a la
Habilitación, consideran que los trabajos y los controles en ellos descriptos
resultan adecuados para garantizar el nivel de seguridad, de los Órganos y
173
Elementos principales que conforman los distintos sistemas del coche.
Puntualizaron que durante los pasos previos a su
liberación para el uso público, la firma KNORR-BREMSE intervino en tres
oportunidades. 1º).- En febrero de 2013, en la planta de EMFER para cargar
programas y verificar su funcionamiento, previo a cualquier movimiento en
vía. 2º).- El 13 de marzo de 2013, en el Depósito Castelar, en respuesta a
observaciones de EMFER y UGO-MS, donde realizó una verificación de
todos los equipos y su cableado, quedando pendiente un punto a solucionar y
3º).- El 6 de junio de 2013, en el mismo sitio antes mencionado, en respuesta a
observaciones de UGOMS y EMFER y para solucionar el reclamo pendiente
de la visita anterior. El personal de KNORR BREMSE efectuó los trabajos
necesarios de ajuste y calibración, que fueron aceptados por UGOMS y
EMFER.
Luego de estos ajustes finales efectuados por
EMFER y KNORR BREMSE, la unidad quedó lista para su utilización para
el servicio con pasajeros.
Referente a los “antecedentes históricos“ de
deficiencias en el frenado previos a la Reparación General, consideraron que
no ameritan ser tenidos en cuenta ya que el sistema de WABCO fue
reemplazado por otro de marca KNORR BREMSE.
Disidencia: Refieren que la evaluación del pliego
efectuada en el punto 19.2 no se trató en las reuniones plenarias de peritos. En
cuanto al contenido del punto en cuestión entienden que es meramente
enunciativo sin que se hayan podido acceder la documentación probatoria de
las operaciones llevadas a cabo en la intervención integral del chapa 1.-
Si bien el punto 19.2 corresponde al desarrollo del
punto pericial anterior, lo cierto y concreto es que los expertos allí refieren que
la documentación utilizada se encuentra adjunta al expediente a fs. 227/308.-
Punto 36:
Analizar los desperfectos señalados en las pruebas
estáticas y dinámicas del tren CHAPA 1, realizados antes de la puesta en
servicio y en el marco de la reparación encomendada al EMFER, apuntados
manuscritamente en la documentación reservada en Secretaría y en los
testimonios prestados en autos por los motorman que ejecutaron esas
prácticas (entre otras, la inexistencia de diferencia entre el freno de servicio
máximo y el de emergencia, la falla de “freno largo”, la falla de no tracción,
etc.), a los efectos de establecer si ellos tuvieron incidencia en la colisión
investigada.
Mencionaron todas las pruebas que se efectuaron, las
fechas y qué se hizo.-
Conclusiones del punto 36:
“De acuerdo a todo lo analizado y visto lo volcado
en documentos manuscritos donde se registraron eventos de fallas durante los
periodos de pruebas del chapa 1, se observa que gran parte de estas fallas no
se hallan relacionadas con el sistema de freno.”
Disidencia: Afirman que existen fallas en el sistema
de freno que no son tenidas en cuenta en la redacción de la pericia oficial. No
señalan cuáles son.-
Punto 37:
Analizar los testimonios prestados en autos de los
motorman del CHAPA 1, una vez habilitado éste para sus fines específicos,
que refirieron anomalías en la activación automática del sistema de frenos de
emergencia, a los efectos de establecer si ello tuvo incidencia en la colisión
investigada.
A tal fin analizaron el recorrido del tren Nº 3885 –
Chapa 1 - Once - Moreno, a partir de sus videos, de fecha 10/06/2013 y
detallaron los datos que entendieron relevantes.-
Los inconvenientes que se mencionan, entendieron
pueden ser producto del accionamiento del sistema de monitoreo de freno, el
175
cual tiene por función lograr que la emergencia se aplique automáticamente en
el caso de detectarse falta de respuesta del frenado electrónico.
Este medio le fue solicitado a EMFER y se incorporó
luego de la habilitación y antes de que sea liberada al servicio con pasajeros,
con la finalidad de agregar seguridad adicional.
El mismo se basa en comparar la posición del control
de Tracción-Frenado con la existencia o no de presión en los cilindros.
Entre el movimiento de la palanca y la aparición del
efecto frenante transcurren algunos segundos, lo que obliga a que el sistema
evalúe la situación con un retardo similar a fin de no producir falsas
respuestas.
Se observó además que ante cualquier
anormalidad el sistema de frenos lleva a la formación a su condición
segura, o sea, la de aplicación del mismo.
Entienden que el equipo chapa 1 fue ingresado al
depósito Castelar para el control y verificación de las anormalidades
detectadas durante ese recorrido, reintegrándose al servicio en fecha 11/06 sin
observarse novedades similares en los días subsiguientes.
Conclusión del punto de pericia Nº 37:
“Se consideró que estos antecedentes no son
factores que hayan incidido o coadyuvado a la producción del siniestro.”
Disidencia: Efectuaron una apreciación acerca de la
falta de investigación de las causas que originaron fallas de freno
intermitentes. Mencionaron que el sistema de monitoreo fue incorporado para
evitar “falta de respuesta por parte del sistema de freno electrónico” sin haber
podido verificar su correcta complementación con el método original. Además
agregaron que esa incorporación sería una admisión que la falta de respuesta
del sistema de freno electrónico es una posibilidad latente en sistema Knorr
Bremse.-
Terminaron concluyendo que “las cuestiones
remarcadas podrían ser factores que hayan coadyuvado o incidido en la falta
de respuesta de los comandos al momento del siniestro”. No explicaron cómo
llegaron a esa afirmación ni en qué tramo de su pericia encontraron esa
posible falta de respuesta de los comandos en los frenos, más allá de la
hipótesis trazada en el punto 28, que se relaciona con el joystick y la tracción.-
Punto 38:
Determinar y explicar si el SISTEMA PARA
VEHÍCULOS FERROVIARIOS KNORR-BREMSE KBGM-P, que fueran
entregados por la UGOMS a EMFER, fueron colocados de acuerdo a los
manuales, especificaciones y/o normas aplicables al caso.
Entendieron que hacerse de la información para
responder este punto de pericia, implicaría una auditoría completa de cada uno
de los nueve coches que integran la formación siniestrada -Chapa 1-, así como
de la fábrica EMFER y aún de los talleres de UGOMS donde se hicieron
ajustes.-
Por otra parte, a través de actuaciones realizadas, no
se aprecia que la instalación del sistema de frenos haya sido un factor de
significación en la producción del siniestro.
Disidencia: Expusieron que si el sistema fue
instalado incorrectamente podría haber sido un factor desencadenante del
siniestro.-
Punto 39:
Determinar si, a raíz del cambio del sistema de
frenos en la formación CHAPA 1 (SISTEMA PARA VEHÍCULOS
FERROVIARIOS KNORR-BREMSE KBGM-P), los mecanismos operativos
para su activación por parte del conductor se modificaron respecto al sistema
anterior (FRENOS WABCO). En su caso, deberá especificar los mecanismos
operativos que debía ejecutar el conductor con el antiguo sistema de frenos y
los propios a seguir con el colocado en la instancia ulterior.
177
Respuesta:
Hicieron referencia al dispositivo conducción del
freno, conocido en la jerga ferroviaria como “joystick”.
El equipo Knorr Bremse KBGM-P instalado en la
unidad denominada Chapa 01 durante 2013 dispone del manipulador de marca
Schaltbau.-
Durante la reparación general del Chapa 1, se
reemplazó el SAB-WABCO MT100 (que disponía manipulador EMFER), de
concepción similar pero distinto origen, que se había instalado en unidad
prototipo en 2007.-
Ambos dispositivos tienen formas de conducción y
de respuesta similares.
Conclusión:
“No hay diferencia de conceptos operativos ni de
posición de órganos de comando. Se mantuvo la misma distribución del
pupitre.”
Disidencia: Señalaron que la ausencia de retorno en
el joystick del chapa 1 a la posición central (neutro) implica una disminución
en la seguridad de la operación del sistema de freno. Mencionan como
ejemplo de esta reducción: que es posible que un conductor lleve el
monocomando hacia el punto cuarto y retirar su empuñadura (la formación
seguiría traccionando) y si el conductor se adormeciera y respondiera
accionando instintivamente el hombre vivo, acrecentarían las posibilidades de
un siniestro. Hacen alusión a imágenes difundidas por los medios de
comunicación social donde se puede observar lo narrado.-
Punto 40:
Determinar la distancia que necesitaba la formación
CHAPA 1, desde la señal apagada que traspasó previo a la colisión, para
detenerse, por cualquiera de sus vías de frenado posible, de acuerdo a las
circunstancias en que se trasladaba al momento del hecho.
A los efectos de obtener la distancia de frenado
solicitada debieron definir y elegir los distintos escenarios posibles; esto se
logra fijando las distintas variables que participan en este proceso para cada
una de las condiciones dadas.
Los equipos de instalados en los vehículos
ferroviarios poseen al menos dos procesos con rangos de distintas
características: de servicio y de emergencia.
Este último es un paso de frenado donde se aplica la
máxima presión de aire a los cilindros encargados de convertir esta presión
neumática en un esfuerzo de presión mecánica de las zapatas sobre las bandas
de rodadura. La máxima presión de aire dada a los cilindros en el remolcado
varía entre 3,1 y 4,5 Kg/cm2 y en el motriz entre 3,9 y 5,1 Kg/cm2.
El rango de presiones de freno varía para un mismo
coche por las distintas condiciones de carga que se pueden presentar en el
servicio (una válvula sensora que registra las variaciones de peso modifica
automáticamente el poder de frenado).
También existen diferencias de estos valores entre el
remolcado (doble piso) y el motriz, siendo esto por la diferencia de pesos entre
ambos vehículos.
En cuanto al de servicio, este es un proceso de
aplicación gradual en función de la necesidad que detecte el conductor
mientras circula la formación. La profundidad de su acción viene dada por la
posición que adopta el joystick en la zona de freno (a mayor acción del
joystick, mayor poder). Las presiones de servicio son menores que las de
emergencia generando valores de frenado menores (entre 2,5 y 3,5 Kg/cm2
para el remolcado y entre 3,0 y 4,0 Kg/cm2 para el motriz).
Las variables que participan son el peso total del
vehículo, la velocidad instantánea, la resistencia: al avance por condición de
freno aplicado (servicio / emergencia), por pendientes o rampas, en curva, en
179
recta, los coeficientes de fricción zapata-rueda y de rozamiento dinámico
rueda-riel, el tiempo de reacción humano y del sistema. -
Se plantearon 2 escenarios:
1) Formación de 5 coches motrices y 4 remolcados
en condición de vacío (o sea sin pasajeros).
2) Tren de 5 unidades motrices y 4 remolcadas con
máxima carga (6 pasajeros/m2).
Para ambos se aplicaron frenado de emergencia y
estados porcentuales inferiores de frenado logrando desaceleraciones desde
1,14 m/s2 a 0,41 m/s2 considerada adecuada a las condiciones de servicio.
Señalaron no tenerse en cuenta para los cálculos: la
resistencia al avance en curva y las condiciones de rampa y pendiente ni el
tiempo de reacción humano y del sistema.
Mencionaron que el método aplicado ha sido el de
conservación de energía o Fuerzas Vivas donde se expresa la disminución de
energía cinética en función del trabajo de las fuerzas de resistencia al avance.
Conclusión del punto de pericia Nº 40:
De los cálculos desarrollados a tal fin observaron que
“la formación podría haberse detenido (Vf=0) desde la velocidad a la que
pasaba por la señal Nº 181 (58,5 Km./h) en una distancia de 116 m para
formación vacía y aplicación plena de freno de emergencia (1,14 m/s2) y en
una distancia de 320 m para formación vacía y aplicación de freno de
servicio medio (0,41 m/s2).”
Las condiciones con los vagones totalmente
cargados representan distancias de frenado similares por el ajuste automático
del sistema.
“La distancia entre la progresiva de la señal Nº 181
(20,999) y el lugar del impacto (progresiva 21,513), da un valor de 514
metros, con lo cual la formación disponía de distancia suficiente para
detener su marcha antes.”
Disidencia: No las hubo.-
Punto 41:
Determinar si el estado de los controles de la cabina
1800 del CHAPA 1 operados por el motorman (joystick, freno de emergencia y
velocímetro), verificados por la prevención actuante y que también se ilustran
las diversas las fotografías y filmaciones incorporadas al expediente, son
compatibles con la última maniobra que efectuó el conductor de la formación
con incidencia en cada uno de ellos. En caso contrario describir las
diferencias que note al respecto.
Respuesta:
Hicieron constar que no se pudo determinar por la
visualización directa la última maniobra que efectuó el conductor.
“Sí se pudo establecer mediante inferencias
indirectas el estado en el cual debió quedar la indicación del velocímetro (el
tren marchaba por sobre 60 Km/h al momento del impacto); no pudimos
verificar mediante comprobación visual sobre los restos de la formación, el
estado en que estaba el botón de freno de emergencia al momento del
impacto y respecto del Joystick pudimos determinar a partir de cómo
quedaron posicionadas las cajas de tracción, que el mismo se encontraba en
punto 4 (tracción máxima)”.
Todos estos temas fueron tratados en las respuestas a
puntos anteriores.
Disidencia: Luego de efectuar su exposición,
mencionaron que los tambores controladores pudieron estar en secuencias de
paralelo sin que se trasladara el joystick a punto 3º o 4º. Así explicaron que a
raíz de la anulación del motor ya mencionado a través de la llave de
separación de los mismos (COS 1 o COS 2) por medio de contactos de éstas
llaves se produce un circuito de baja tensión que impide a la unidad con el
motor anulado desarrollar secuencias más allá de segundo punto y obliga a los
181
motores de tracción de los demás coches a realizar secuencias de paralelo en
forma automática.-
Punto 42:
Referir toda consideración conexa que determine las
causas del hecho investigado.
Respuesta 42:
Por el momento no establecieron consideraciones
conexas que determinen las causas del suceso investigado.
Disidencia: No las han establecido. Apuntan algunas
menciones acerca de otros eventos donde se presentaron inconvenientes con el
mismo sistema de frenos. Puntualmente mencionan un incidente con el chapa
1 en julio de 2012 y otro del chapa 24 ocurrido en febrero de 2013 y afirman
que no fueron investigados. Reconocen que estos eventos escapan al objeto
procesal de la presente investigación.-
Punto 43:
Presentar conclusiones, a partir de la evidencia
recolectada y analizada en el estudio encomendado, a los fines de determinar
las causas del evento objeto del proceso.-
Respuesta 43:
“Consideraciones:
1. Se ha prescindido absolutamente en todo el
trabajo pericial de recursos tipo “Deus ex machina”.
2. Los testimonios obrantes en la causa han sido
considerados indicando explícitamente de cuáles se trata y haciendo el menor
uso posible de los mismos.
3. La cinemática de las formaciones Chapa 1
(embistente) y Chapa 19 (embestido) en los instantes previos a la producción
del siniestro que nos ocupa, ha podido ser determinada fehacientemente y en
forma cuantitativa a partir de los registros de GPS y del equipo Hasler Rail.
Cualitativamente se confirma dicha información a
partir de los registros de video obrantes en la causa, que se analizan en el
desarrollo del presente informe pericial.
Se comprueba que la formación Chapa 1 circuló
con velocidad siempre creciente desde la Est. Morón hasta el momento del
choque, mientras que la formación Chapa 19 había comenzado a moverse
unos pocos segundos antes del impacto, habilitado su recorrido normal por
un cambio de aspecto de la señal que estaba en rojo.
4. La seguridad de la circulación de los trenes
en tramos tales como Morón – Castelar, básicamente consiste en la
observación y respeto reglamentario de la señalización luminosa lateral a la
vía (indicaciones verde, amarillo, rojo) y del velocímetro o tacómetro.
En este tramo, así como en el resto de la traza entre
estaciones, el tren no se conduce “a vista” de lo que se encuentra adelante en
la vía, como podría ser el caso de los automotores en las calles o rutas.
5. La señalización que se le ofreció
sucesivamente a la formación Chapa 1 que se desprende del video del coche
1800 y que fue analizada en detalle en los puntos anteriores, fue
secuencialmente del siguiente modo: verde ( a la salida de Morón), amarillo,
apagado (equivale a rojo), rojo.
Se comprueba que la primera señal a amarillo fue
traspuesta a una velocidad de aproximadamente 40 Km/h y a partir de ahí,
en lugar de controlar la misma por la condición de precaución impuesta por
la indicación luminosa, la marcha fue creciendo incesantemente; este tema
fue desarrollado exhaustivamente en los puntos anteriores.
Luego fueron atravesadas dos (2) señales
consecutivas en condición de peligro con aumento de velocidad.
6. La señalización, más allá de estar una señal
sin aspecto (apagada), no evidencia haber funcionado deficientemente (ver
Punto 5).
183
7. Las demás condiciones de infraestructura
además de la señalización, esto es: vía, planialtimetría, estado del tiempo,
etc. eran favorables para el desplazamiento seguro del tren (ver puntos 1 y
4).
8. La formación Chapa 1, entregada al
imputado López (área Transportes) por el taller Castelar en la madrugada,
que fue revisada en la noche sin registro de novedades (Punto 21), circuló en
las horas previas al accidente también sin novedades en cuanto hace a sus
sistemas de frenado, según lo que se comprueba por GPS, Hasler Rail, video
(Punto 12), ello hasta atravesar la señal con aspecto amarillo luego de haber
partido de Morón.
9. Después de producido el siniestro, se produce
el desmembramiento de la alineación Chapa 1, con secciones del tren
separadas entre sí aproximadamente siete y 14 metros. Ello es una señal
inequívoca que existió activación de los frenos por corte de lazo eléctrico.
10. Con las advertencias que se enuncian en la
respuesta a los puntos 25, 26 y 27, se desprende de autos que la posición del
monocomando al momento del impacto estaría en tracción máxima y el
botón golpe de puño no activado, lo que equivale a inacción por parte del
conductor.
11. El motorman de la formación Chapa 1 Sr.
López era un experimentado conductor de trenes eléctricos en la línea
Sarmiento, y particularmente con práctica de manejo habitual en las
formaciones Chapa 21, 22, 23, 24 y 25, de tipo doble piso que presentan
semejantes condiciones de manejo (ver Punto 24).
12. Respecto de los recursos disponibles para
detener el tren (ver Punto 18): freno de servicio, freno de emergencia, corte
de tracción, hombre vivo, llevar a neutral el monocomando, quitar la llave
de activación de cabina, en la actuación pericial no se han encontrado
objetivamente indicios de que hayan sido activados por el conductor, desde
la primera señal con aspecto amarillo hasta el momento del impacto.
13. El accionamiento del hombre vivo después de
atravesar la señal con aspecto amarillo - desde donde el imputado López
declara se quedó sin frenos -, fue continuamente activada mediante el uso de
pedal hasta instantes antes del impacto. Tal actividad es absolutamente
inconsecuente con una situación tan crítica, y por otra parte el hecho de
satisfacer continuamente el sistema, inhibe el recurso de aplicación
automática de freno de emergencia por falta de respuesta inhibe el recurso de
freno de emergencia.
14. De la información disponible referente al
comportamiento de los frenos nuevos en la formación Chapa 1 durante el
período de prueba en los meses anteriores al siniestro, no se desprende que
en ningún caso se hubiera comprometido la seguridad, esto es dificultad
para frenar.
15. No se advierte ni en las comunicaciones por
radio ni en el audio registrado en cabina a partir del video del coche N°
1800 (transcripciones obrantes a fs. 2275/2284), ninguna llamada del
imputado López advirtiendo una condición tan crítica como la declara haber
experimentado al atravesar la señal con aspecto amarillo.
Corresponde puntualizar, que desde que la
formación atravesó la señal con aspecto amarillo hasta el momento del
impacto, transcurrió un tiempo de poco más de un minuto.
No se advierte, por otra parte, que hubiera habido
dificultades en el funcionamiento del sistema de radio durante el lapso de
interés. De haberse intentado la comunicación radial, se habría registrado en
el audio de la cabina.
Conclusiones:
En síntesis, teniendo en cuenta las pruebas,
comprobaciones y mediciones efectuadas durante este período de pericia, no
185
se ha encontrado evidencia objetiva de falla o mal funcionamiento de los
sistemas de freno y de seguridad de la formación Chapa 1, como así
tampoco otros elementos o factores técnicos que hubiesen imposibilitado la
reducción de velocidad desde la señal atravesada en amarillo hasta el
momento del impacto.”
Disidencia:
“Consideraciones:
A.- Hubo aspectos como la instalación eléctrica que
no pudieron peritarse dado el deterioro y lo engorroso de la situación,
aunado al hecho de no contar entre los elementos de pericia, manuales
técnicos y planos de la unidad.
B.- De los elementos periciados surge el hecho
cierto que no puede detectarse mal funcionamiento de la unidad, pero no
surge en forma fehaciente que el conductor López no haya accionado los
comandos correspondientes pues no fue posible efectuar pruebas del sistema
de frenos en forma integral.
C.- De la interpretación del video chapa Nº 1 surge
lo expresado anteriormente, que no es posible apreciar a simple y atenta
escucha las acciones del conductor en ninguno de los tramos, solamente se
puede lograr conclusión con la utilización comparativa de los demás
elementos (GPS y registrador de eventos) entendemos, aunque parezca lógico
(pericial oficial), carece de firmeza.-
Concluyen:
Teniendo en cuenta las pruebas, comprobaciones y
mediciones efectuadas durante este período de pericia, podemos verificar
que no fue posible demostrar que operaciones realizó el conductor López
instantes antes de la colisión, y tampoco demostrar en forma fehaciente que
el freno funcionaba correctamente en forma integral.”
Entienden que es imprescindible realizar estudios,
pericias y comprobaciones adicionales a fin de certificar las responsabilidades
emergentes de todos los actores que pudieran tener influencia en lo ocurrido el
13 de junio. (Todo lo resaltado y subrayado en el apartado dedicado a la
experticia me pertenece).-
Tal y como dije, la pericia oficial es contundente. Si
bien los expertos de la defensa de López y Ahumada aportaron sus opiniones,
las mismas, -atento a su escaso desarrollo y fundamento científico- no
lograron conmover el grado de convicción que en el intelecto del Suscripto
formaron las conclusiones del perito Díaz y el resto de los propuestos por las
partes.-
La defensa material de Daniel Alberto López, su
declaración indagatoria:
Al momento de ser legitimado pasivamente en el
proceso Daniel Alberto López conforme las previsiones del art. 294 y ccters.
del C.P.P.N., a fs. 1198/1205, expuso en su descargo: “…Salí de Morón con el
equipo nº1, que desarrolla velocidad en forma inmediata y el frenado es
mucho más rápido que los equipos antiguos. Me mandan como un servicio
rápido de Once. Vengo respetando todas las precauciones, soy muy precavido.
Trato de cumplir mi función. Salgo de Morón a velocidad normal, con
velocidad de itinerario, me encuentro con semáforo en precaución, hago una
aplicación de freno normal y el freno no actúa, hago otra aplicación normal y
tampoco funciona. Entonces agarro y hago una aplicación total del freno y
veo que tampoco reacciona. Entonces cuando miro hacia adelante veo la cola
del tren. Intento hacer la misma maniobra repetidas veces y no funciona. Me
levanto, acciono el freno de emergencia y me voy a la puerta e intento salir.
Cuando me doy cuenta de que no frena, vuelvo, no recuerdo si normalicé el
botón, y ahí intenté accionar el freno para que sea más leve el choque, ya que
no lo podía detener. Intente con el freno y cuando me vi el otro tren encima,
me fui al costado, me encomendé a dios y me agarre del pupitre. Después del
choque, me agarró un ataque de nervios por la situación que estaba viviendo,
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me chorreaba sangre de la cabeza y estaba todo oscuro. La puerta estaba
medio abierta, hice fuerza, la abrí y pude salir por mis propios medios. Me
golpee un poco al salir, vi gente caminando, camine al costado del tren y
empecé a ir para la base de Castelar. Llegué al paso a nivel, lo pasé y seguí
caminando por las calles de adentro, me perdí por entre las calles, no sabía
donde estaba, estaba deambulando y me encontró un compañero, que me
ayudó a subir a un coche. Llegué a la base, tuve ganas de vomitar, me
limpiaron la cara y me llevaron al servicio médico de Castelar, y ahí vino una
ambulancia y me llevó a la clínica “La Constituyente”. A diversas preguntas
de Su Señoría acerca de Cómo fue su día de trabajo: “Yo hace 31 años que
soy ferroviario y 29 conductor. Para mí fue un día normal, me mandan a
sacar el tren “chapa 1” de la vía 23 al fondo. Yo suelo llegar temprano. Me
hacen hacer el test de alcoholemia”. En este acto aporta el comprobante
correspondiente al día 13 de junio de 2013, por lo que S.Sa. dispone su
secuestro, y continúa declarando: “yo voy a una iglesia evangélica e iba a
una escuela dominical con mi esposa, hasta que falleció mi señora. Por eso
hacía el horario de mañana, porque me coincidía para ir a atender a los
chiquitos carenciados. Nosotros conseguíamos mercadería con mi señora, era
un comedor de los días domingo, les dábamos una enseñanza bíblica y de
comer. Ahora sigo haciéndolo yo con una merienda, alfajores o sanguchitos
de fiambre. En un momento eran cincuenta y pico de chicos, y ahora hay
alrededor de 20 chicos, aunque a veces pueden aumentar, el número bajó por
la mejora económica del barrio”.
Acto seguido y a diversas preguntas aseveró percibir
de salario entre nueve o diez mil pesos de bolsillo. En cuanto a su actividad en
el día del hecho, dijo haber tomado servicio en Castelar a las 04:06, para sacar
el tren a las 04:31. Explicó que llega temprano porque conoce los horarios de
los colectivos que toma. Le hicieron el test de alcoholemia e inició su labor.
Que caminó 800 metros aproximados hasta el fondo donde fue a buscar al
chapa 1 estaba al final en la vía 23. Subió a éste y fue a Moreno sin pasajeros.
Salió despacito porque es una zona complicada por el gran movimiento, que
una vez recuerda tuvo en ese lugar un problema porque la señal le dio mal la
orden de avanzar pero no pasó a mayores. Se le preguntó si la formación se
prueba todos los días antes de salir, señalando que los operarios les dan el
equipo listo, que ahora no hay tiempo de probarlo como antes. Si es uno viejo
le dan manija, y si es nuevo una llave que queda puesta del lado derecho del
comando.-
Prosiguió asegurando que ese día puso la llave, salió
con todas las precauciones, y circuló hasta Moreno donde paró. Se le preguntó
si ese equipo frena bien, refirió “…que ese día frenó y aceleró bien…” .-
Dijo que era la primera vez que manejó el chapa 1
después de la reforma. Aseguró haberlo hecho antes. También afirmó haber
manejado otros similares.-
Continuó con el relato del día 13 de junio de 2013
textualmente siguió: “…ya en Moreno en dirección a Once, paró en todas las
estaciones. Es decir paró en Paso del Rey, Merlo, Padua, Ituzaingo,
Castelar, Moron, Haedo, Ramos Mejia, Ciudadela, Liniers, Villa Luro,
Floresta, Flores, Caballito y Once y no tuvo problemas con los frenos. Como
venía retrasado a la vuelta lo convierten en rápido. Es decir Flores, Liniers,
Morón y después para en todas….”.-
Al indagarlo acerca de si tuvo algún problema de
frenos, aserveró: “…que hasta que llegó a Morón no. Si recuerda, que le
menciono a control que el equipo del lado Once desarrollaba menos
velocidad. En la estación de Castelar debían relevarme. Como dijo hasta
Morón venia frenando bien y respetando todas las precauciones y la velocidad
máxima de 30 km/h en las estaciones aun viniendo por vía general. Siempre
he tenido problemas por tomarme las precauciones y generar un retraso el
servicio, la empresa o el supervisor me han llamado la atención por ello.
Llegué a Morón, frenó el equipo normalmente y salí en velocidad
189
itinerario…”.-
Se le preguntó a qué velocidad llegó y dijo: “…yo
calculo a 50/60 km, a veces no miramos velocidad..”. Pregunta siguiente fue
saber si el velocímetro andaba, a lo que respondió que sí.-
Interrogado sobre las señales entre Morón y el lugar
de impacto, expuso: “…Cuando yo me encuentro con las señales normal. …
Por lo general hay una señal apagada. Siempre está una en precaución y la
otra apagada. En el momento en que yo paso la señal en precaución, empiezo
a frenar, siempre me tomo el trabajo de hacerlo…” Se le preguntó si vio
alguna en rojo, contestando: “...No, no vi ninguna. Empiezo a aplicar el
freno paulatinamente y me produce la falla. Pienso que es problema mío, e
intento nuevamente y no responde. Cuando tiro el máximo de freno y no
funciona, alcanzo a divisar la cola del tren e intento frenar con el botón de
emergencia….”.-
Acerca de la distancia entre señales dijo: “…Hay
aproximadamente 400 metros. Que en realidad tiene que ser 400 metros, pero
hay eso o menos…”.-
Sobre las alternativas que posee de freno, explicó:
“…Primero actúa la palanca y un circuito electrónico activa la parte del aire.
Es un freno electromecánico. La segunda alternativa es el freno de
emergencia. En los coches viejos era lo que quedaba de aire, aplicaba 5 o 6
kilos de aire. Ahora cuando llevo la palanca al fondo, estoy aplicando 4 o 5
kilos de freno, y a veces un kilo o kilo y medio más. Estos equipos se
recuperan rápido luego del freno de emergencia, por los compresores, los
anteriores tardaban un poco….”.-
Preguntado que fue si el equipo chapa 1 tiene sistema
de hombre vivo dijo: “…que tiene el sistema de Hombre muerto. Es un
pulsador. Si uno deja de aplicar cada dos o 3 segundos le da una señal
sonora. Antes era mas tiempo entre sonido y sonido, pero se calculó que no
ofrecía ninguna seguridad y se bajó a ese tiempo. Que esos 2 o 3 segundos, es
un tiempo que se sacó por resolución de Asamblea., porque se había hablado
de que era mucho tiempo…” Sobre su accionamiento respondió: “…que tiene
un pulsador y un pedal…”.-
En relación a la cantidad de pasajeros que
transportaba ese día en la formación 1 dijo creer que no venía muy cargado de
pasaje, por ser un servicio rápido, en dirección a Moreno y en ese horario.-
Sobre la primera señal luego de Morón, el imputado
dijo: “… Era verde, la segunda a precaución y allí aplicó el freno…”.-
Acerca de cuántas señales hay desde Morón hasta el
lugar de la colisión, expresó: “… No recuerdo. Iba rápido el tren, así que no
recuerdo. Sobre todo registramos las semiautomáticas que es donde hay
cambios…”.-
En relación si dio al aviso por radio mientras
simultáneamente realizaba las maniobras de frenado, respondió: “…que por el
tiempo no. Además agrega que en este caso tampoco tenía sentido
hacerlo…”.-
Allí se le pidió que describa el sistema de
comunicación: “…La radio es una caja que tiene una pantalla que tiene
botones y de acuerdo a la señal agarra las líneas. Dos o tres líneas o la
Sarmiento. Tiene un micrófono de mano que se aprieta para hablar. En otros
momentos se utilizó un handy. Esta radio a veces tiene problemas por la
frecuencia. Por ejemplo, una vez paró en Floresta y lo dejaron diez minutos
esperando, porque estaban discutiendo entre control y base Castelar. Porque
cuando hay señales semiautomáticas tiene que haber un cambio manual de
señal y no las puede trasponer, pero ahora se autoriza por radio. Otra vez en
Moreno también me autorizaron el número del tren pero resulta que me
hicieron dar la vuelta porque cuando salió el cambio estaba dispuesto para la
misma vía de entrada. Discutí con la cabina de Moreno. Siempre hay que
estar atento, el señalero se puede equivocar, pero en el conductor es falla
191
garrafal…”.-
Concerniente a los exámenes de aptitud o
capacitación y los psicofísicos, expuso: “… Nosotros rendimos una sola vez,
donde le otorgan un certificado de tren eléctrico. Luego para diesel, hay que
hacer el curso que quien declara no hizo porque solo maneja eléctrico. Que
estima que cuando hay modificaciones importantes en los equipos les
deberían dar cursos pero no lo hacen. Que hizo una sola vez y para obtener el
certificado una práctica de vía por la topografía del terreno y señales. Y
practica de manejo, frenando el tren y circulación del tren. … que van al
psicólogo y médico, anualmente. Él fue mas o menos hace seis meses. …”.-
Se le preguntó si tuvo alguna enfermedad que le
impida ir a trabajar, dijo: “…que no, que solo tuvo un accidente. Hará más o
menos un mes. En el que arrollé una persona. Una chica que se tiró a las vías,
abajo del puente de Villa Luro, en la autopista abajo del puente. Cuando vi
una silueta en el lugar y le di freno al tren. Cuando iba frenando se me cruzó
en forma oblicua y se me paró adelante, mirándome. Pasó el primer coche y
quedó ahí nomás. Según me enteré tenía un estado de depresión…”. Refirió
haber recibido asistencia psicológica por el episodio aunque no recordaba el
nombre del profesional que lo atendió pero que estaba en la calle Corrientes al
4000. Que allí lo manda la empresa por medio del seguro de la ART. Por otra
parte manifestó no tomar medicamentos: “…salvo una buscapina y esas
cosas..”.-
Sobre su compañía en la cabina el día de la colisión,
recordó: “…Yendo para Moreno voy vacío. Viniendo para Once llevé a un par
de compañeros. Un banderillero, un conductor y otra persona más, de nombre
Juan que bajo en Haedo, es operario del depósito. De los otros no recuerdo
los nombres…”.-
Se le solicitó que indique qué había hecho el día
anterior: “…Llegue a mi casa a las once de la mañana, fui a buscar a mi nieto
a la escuela, me acosté a dormir la siesta después de comer, a la una y más o
menos me levanté a las cinco y media o seis. Fui a la iglesia de siete hasta las
nueve, cené y me acosté a dormir. A las diez y media u once menos cuarto. Al
día siguiente me levanté tres menos cuarto…”.
Se le preguntó si cena con vino: “…No, si tomo vino
con las comidas es al mediodía. Por lo general tomo gaseosa. Pero por ahí en
algún evento, o los domingos, tomo un cachito de vino con mucha soda. Que
una botella de tres cuartos le puede durar un mes o dos meses…”. Por si se
duerme inmediatamente o ve televisión: “…Me duermo enseguida, y a las tres
menos cuarto suena el despertador…”.-
Refirió llevar siempre consigo su celular Nro. 15-
4936-6729, más aseguró que no lo usó el jueves 13 de junio en horario
laboral. A otras preguntas que se le dirigieron mencionó que tuvo
acompañantes en el trayecto de Once a Morón.-
Se le pidió que describa la cabina: “…Que el asiento
no recuerda como es, que tiene la manija a la derecha, el pupitre al frente con
instrumentos, una caja a la izquierda donde están las llaves térmicas del tren,
hacia atrás, a la derecha, una puerta corrediza que une la cabina con el resto
del tren y en el lateral derecho del tren, una puerta para salir o entrar…”;
sobre la puerta recordó: “…tiene una traba, pero no la utilizamos, para poder
salir rápido en caso de riesgo…”.-
Detalló cómo se maneja la formación “Chapa 1”:
“…Tiene varias velocidades, tiene tres puntos, pero a veces es muy sensible.
Nosotros por lo general marcamos el último punto, en paralelo. Estos
equipos desarrollan la velocidad más pronto. En los equipos viejos había que
pasar punto a punto, ahora se puede salir en paralelo, sin necesidad de pasar
por los intermedios…”. Para aminorar la marcha, expuso: “…Se aplica el
freno, se pone el joystick para atrás. El Sr. Fiscal preguntó por la dificultad
para mover el joystick, a lo que el deponente explicó que no es duro, sino más
bien sensible. El Sr. Fiscal preguntó qué cantidad de pedales posee la
193
formación, a lo que el imputado explicó que tiene dos, la bocina y el hombre
muerto. Al sistema de hombre muerto hay que apretarlo con el pedal o el
dedo, alternativamente. El Sr. Fiscal preguntó si se puede utilizar algún
sistema para trabar el dispositivo, a lo que respondió “No, hay que ir
apretando constantemente, con intermitencia”. El Sr. Fiscal preguntó si se le
trabo el sistema, a lo que respondió “Trabar, no”. El Sr. Fiscal preguntó si en
alguna ocasión se quedó sin frenos, y dijo “Con los Toshiba viejos tuvo
alguna dificultad con los frenos, pero en los nuevos no recuerdo. Me he
quedado en la mitad de la línea, una vez me quedé en Castelar y no pude
hacerlo caminar, con un equipo similar al chapa 1, que es el prototipo de
todos los demás. Fue la vez que hubo incidente en la base de Castelar”.-
En cuanto a qué le ocurrió al joystick cuando intentó
frenar el día del hecho, dijo: “No se trabó, pero no respondió el freno. Lo
colocaba en posición de freno, leve y la primera no funciona. La segunda
vez le doy y tampoco, por lo que me asusto, así que la llevo al fondo y
tampoco funciona”. Entonces se le preguntó si en ese momento apretaba el
“hombre muerto”, a lo que dijo: “En ese instante no me sonó, pero seguía
apretando ese botón, por instinto. A veces suena y a veces no”.-
Se lo indagó si sabía que hubiera ocurrido si no
apretaba el sistema de hombre muerto: “Se debería haber detenido el tren.
Que suena dos o tres veces más y luego se aplican los frenos de emergencia
automáticamente Agregó que cuando veo la cola del tren tiro el freno de
emergencia y me voy para atrás. Cuando vi que no funcionó volví, no
recuerdo si normalicé el freno de emergencia e intenté nuevamente con el
joystick”. Dijo que el Joystick: “En algunos casos vuelve al centro, en otros se
puede quedar. Para adelante se puede quedar fijo. Para atrás no queda fijo,
vuelve al centro” y la llave: “sirve para habilitar equipo, para que se pueda
manejar”.-
Se lo interrogó si sabía qué pasa si saca la llave,
contestó: “nunca lo hice. Por lo general se pararía el tren, se aplicaría el
freno”. Se le pidió que diga en qué circunstancias la quita: “cuando cambio
de lado o me voy y queda frenado el tren”. Si lo hizo con un tren en
movimiento: lo negó. Cómo sabe que si saca la llave se para, dijo: “supongo
yo, porque sacando la llave se aplica el freno”.-
Afirmó saber que en el trayecto de Once a Moreno,
antes de llegar a Castelar, habitualmente se detienen formaciones y amplió:
“… por la salida de un tren, por los cambios, porque pueden estar sacando un
tren hacia Moreno. Yo tengo señales, si quiero puedo averiguar por qué me
detienen o sólo cumplir las señales hasta que me habiliten la salida”.-
Se le pidió que indique dónde estaba al momento del
impacto, y si salió por sus propios medios del tren, respondió: “encontrarse
dentro de la cabina y haber salido por sus propios medios.” Negó haber
salido de la cabina antes del impacto, “… yo atiné a ir hacia la puerta, la
toqué, pero volví a intentar frenar la formación”.-
Preguntado para que diga si les enseñan que frente a
una emergencia deben sacar la llave, dijo: “no recuerdo, pero creo que no. No
se utiliza como un freno adicional. Yo no lo tengo así entendido. Lo mismo la
contramarcha”. Sobre la reversa en movimiento, expuso: “no está permitido,
porque haría volar los motores, sería peor. Es una maniobra no permitida. Se
sobrecargarían los motores”.-
A esa altura del acto se dispuso exhibirle al
justiciable la filmación registrada y reservada en Secretaría perteneciente a la
cabina del coche 1800 desde su salida de la estación Morón, con el objeto de
que pueda brindar todo dato de relevancia que crea conveniente. “…Que ante
ello, en primera instancia el declarante REFIERE: que las voces que se
escuchan no son suyas sino de la radio de comunicación que posee en la
cabina. Que la bocina si es de su tren porque esta saliendo de la estación de
Morón. Que puede observar la primer señalización luego de salir de la
estación Morón, manifestando: “ahora que la veo, yo la recuerdo verde. Ahí
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lo puse en paralelo al joystick, es decir a fondo, aunque de movida va
saliendo a 20 km /h, y la secuencia sola va incrementado la velocidad
automáticamente. El hombre muerto lo maneja con el pie o con la mano;
siempre lo hace con el pie pero le parece que ese día lo hacía desde el
pulsador del joystick. Que recuerda la formación que se ve cruzándolo pero
no puede observar quien la maneja. Se saludan con bocina. El sonido beep
que se percibe es el del hombre muerto. Que lo tiene que ir apretando si no
suena. Si va todo el tiempo pulsando no suena. El sonido que se escucha
después de cada beep corresponde al pulsado del hombre muerto. Cuando
aparece la segunda luz, en este momento no alcanza a distinguir en que
posición está. A preguntas del Sr. Fiscal responde que no usa lentes para ver.
Pasados unos segundos de la segunda señal “cree que ya venia aplicando el
freno y a la vez tocando el hombre muerto. “la velocidad parecía que iba
mas rápido o es la impresión que le da. Recuerda que hacia Castelar hay un
poco de bajada. La tercer luz que esta a la altura de Tribunales de Morón la
ve apagada. En este momento recuerda que en realidad para el lado de
Castelar esta en subida. La luz de fondo que se ve a las 7:04:27, dice que por
lo pequeño de esta pantalla no alcanza a verlo bien. Al observar la cuarta
señal le parece que esta a peligro. Que cuando comienza a aplicar el freno y
este no frena, dejó de prestarle atención a las señales.” El Sr. Fiscal
pregunta a que altura del recorrido se corrió del tablero hacia la puerta, este
refirió que no lo recuerda, que cuando ve la cola del tren intenta desesperado
frenarlo, se levanta, toca el freno de emergencia, se va hacia un costado de la
cabina hacia la puerta e intenta abrirla y al ver que el freno de emergencia no
se aplica, vuelve hacia el puesto de manejo, ahí no sabe si normalizó el botón
de emergencia. El joystick no quedo trabado, se movía. Al serle preguntado
por S. S. por qué el último beep que se escucha a las 7:04:43 es mas corto,
refiere que lo corta al pulsar el botón de hombre muerto. Volviendo el video
hasta el momento de la segunda señal, a los 7:03:54, refiere que ahí comenzó
a aplicar el freno normalmente y se dio cuenta que estos no funcionaban. Que
de la reproducción del video luego de la segunda señal se escucha el sonido
del hombre muerto a las 7:03:57, 7:04:03, 7:04:09, 7:04:15, 7:04:21,
7:04:31, 7:04:37, y 7:04:43. A pregunta efectuada por el Sr. Agente Fiscal en
cuanto a en qué momento efectuó la maniobra que relatara que se levanto de
su puesto y volvió a intentar frenar el tren, manifestó que no recuerda pero
que fue en alguno de los intervalos mencionados entre los beeps del hombre
muerto. Preguntado que fuera por S. S. qué esperaba que sucediera con el
tren al presionar el botón de freno de emergencia, refirió que esperaba que el
tren se detuviera. Preguntado que fuera por S.S. por qué se fue hacia la
puerta luego de presionar el freno de emergencia, refirió que por instinto.
Preguntado que fuera por el Sr. Fiscal que ocurre si no presiona el botón del
hombre muerto, respondió que el tren se detiene luego de varios avisos…” fs.
1198/1205 (todo lo resaltado y subrayado me pertenece).-
Las conclusiones de la pericia -que no reiteraré
puesto que ya han sido profusamente analizadas a excepción del punto 33 que
expresamente dije trataré en esta parte y lo haré a renglón seguido-, los
testimonios recabados y demás elementos probatorios colectados echan por
tierra su versión acerca del hecho traído a estudio. No sólo en cuanto al
aspecto técnico mecánico de la formación chapa 1, -que se acreditó
funcionaba correctamente-; sino también en las probadas acciones y omisiones
que el imputado López efectuó encontrándose al mando de la conducción del
tren.-
En el punto 33 se interrogó a los peritos para que
digan “Si la declaración del imputado Daniel López (fs. 1201) –en cuanto a
las maniobras efectuadas previo a la colisión- se corresponde con los datos
objetivos obtenidos durante la realización de la pericia.-
En respuesta a ello concluyeron, textualmente:
“Veamos en primer término aquellos aspectos de la
declaración del imputado Daniel López en relación específica los aspectos
197
tratados en la pericia técnica.
Declara el Sr. López: “ … Salgo de Morón a
velocidad normal, con velocidad de itinerario, me encuentro con semáforo en
precaución, hago una aplicación de freno normal y el freno no actúa, hago
otra aplicación normal y tampoco funciona. Entonces agarro y hago una
aplicación total del freno y veo que tampoco reacciona. Entonces cuando miro
para adelante veo la cola del tren. Intento hacer la misma maniobra repetidas
veces y no funciona. Me levanto, acciono el freno de emergencia y me voy a la
puerta e intento salir. Cuando me doy cuenta de que no frena, vuelvo, no
recuerdo si normalicé el botón, y ahí intenté accionar el freno para que sea
más leve el choque, ya que no lo podía detener … “
Los datos objetivos que se desprenden del trabajo
pericial denotan que no hubo ninguna disminución de velocidad desde la
salida de Morón hasta el impacto (datos cuantitativos de los registros de GPS
y registrador Hasler), en consonancia con la apreciación cualitativa que se
desprende del video cabecera del coche 1800.
Adicionalmente no se encuentran en los registros del
aparato Hasler ninguna acción de frenado. De los análisis de los restos del
tren Chapa 1 desarrollados en los talleres Haedo, se desprende que las
posiciones en quedó la caja controladora de tracción, señalan que el tren al
momento del choque se encontraba a máxima potencia.
Por otra parte, las verificaciones sobre el
monocomando (joystick) y el pulsador para aplicación de freno de emergencia
(golpe de puño), realizados en el coche 1783 – cabina de cola de la formación
Chapa 1), señalan que los mismos funcionaban una vez energizados y
conectados.
Además, por las características del monocomando,
en cuanto a que si se pasa a posiciones de frenado necesariamente debe
cortarse tracción, indican que nunca se abandonó la posición de tracción, ya
que la velocidad en todo momento siguió subiendo aun cuando el recorrido en
los últimos centenares de metros se desarrollaba en rampa (4,5 por mil).
Conclusión 1:
La declaración de fs. 1201 no es consecuente con
las evaluaciones técnicas llevadas a cabo.
Complementariamente a fs. 1201 vta. in fine declara:
“ … que ese día frenó y aceleró bien … “ (refiriéndose a la misma formación
Chapa 1).
Del análisis del registrador Hasler del coche 1800, y
de las observaciones de los videos obrantes en la causa, se desprende que la
circulación de la formación Chapa 1 entre Castelar-Moreno, Moreno-Once,
Once-Morón se desarrolló dentro de parámetros normales.
Conclusión 2:
La declaración de fs. 1201 vta. in fine, se
corresponde con lo que se infiere del análisis de los registros disponibles.
A fs. 1202 preguntado si vio alguna señal en rojo,
responde “ … No, no vi ninguna …”
Observando detenidamente el video del coche 1800,
donde López conducía el tren junto a la cámara que registró las imágenes, se
aprecia que a la salida de Morón el tren traspuso: Primera señal en aspecto
verde, segunda señal en aspecto amarillo, tercera con aspecto apagado,
cuarta con aspecto rojo.
Conclusión 3:
La declaración de fs. 1202 señala nula captación
visual del estado de las señales, por razones no determinables en este tramo
pericial.” .-
Los peritos designados por su defensa expusieron en
disidencia: “que no es posible determinar las maniobras realizadas antes de
la colisión”.-
En resumidas cuentas, a esta altura de la encuesta me
199
encuentro en condiciones de afirmar que Daniel Alberto López se expresó con
mendacidad y mala justificación al apoyar su descargo en una falla de frenos
inexistente que lo llevó inexorablemente a embestir a su par y, al afirmar que
intentó detener la formación sin éxito, erigiéndose entonces como fuertes
indicios de su contra.-
Reitero, al ser verificados pericialmente el joystick,
el rack, los manómetros de presión y el pulsador de la emergencia, se acreditó
su correcto funcionamiento. Tampoco es ocioso repetir que los peritos
aseguraron que el lazo de seguridad no fue abierto por ninguna de las acciones
previstas para ese fin.-
Once pasajeros del chapa 1 y uno de sus guardas
sostuvieron de manera rotunda que éste desde que salió de Morón hasta el
impacto venía en velocidad y no frenó. Otros seis indirectamente lo señalaron,
ya que refirieron que el golpe los encontró por sorpresa en un viaje, hasta ese
entonces normal. El testigo Pereyra también ratificó la aceleración constante.-
Las maniobras de conducción se desprenden
claramente del registrador de eventos, de los datos que arrojó el GPS, de los
videos de las cabinas y paso a nivel Belgrano y del estado de las caja
controladoras; además se infiere del consumo de corriente eléctrica del tercer
riel en ese tramo; todo lo cual es coincidente y concordante entre sí: tracción
máxima continuada y aceleración ascendente en pendiente hacia arriba.-
Sin perjuicio del resultado del informe pericial, un
repaso por las circunstancias documentadas en el acta de fs. 24 y luego
ratificada en declaración testimonial; ilustran que el comando de conducción
(joystick) se encontró en el punto cuatro de tracción, siendo éste el nivel
máximo de aceleración.-
Las fotografías aportadas al expediente y las
tomadas por los equipos forenses también dan cuenta de tal situación, motivo
por el cual el relato del nocente al momento de prestar declaración ante el
Suscripto se torna falaz, toda vez que de haber pasado el monocomando a
zona de freno, éste nunca podría haber quedado donde se lo halló. Así expuso
en su defensa: “…En algunos casos vuelve al centro, en otros se puede
quedar. Para adelante se puede quedar fijo. Para atrás no queda fijo, vuelve
al centro…”. Esto demuestra claramente que su narración es un vano intento
por mejorar su comprometida situación en la causa, lo que entiendo más no
justifico.-
Lo mismo sucede con su aseveración de haber
accionado el botón del freno de emergencia sin recordar si después lo volvió a
su posición original. Véase que en el acta e imágenes antes mencionadas se
observa nítidamente el pulsador de puño sin presionar. Entonces sus dichos:
“…Agregó que cuando veo la cola del tren tiro el freno de emergencia y me
voy para atrás. Cuando vi que no funcionó volví, no recuerdo si normalicé el
freno de emergencia e intenté nuevamente con el joystick…”, se transforman
en otro frustrado ensayo por alejarse de la imputación, ya que resulta al menos
llamativo que en ese crítico y estresante contexto, haya realizado la acción de
volver a su sitio el dispositivo sin un fin evidente.-
Además la placa ilustrativa de fs. 206 y lo señalado a
fs. 24, claramente muestran la llave de ignición colocada en el tambor de
arranque de la cabina 1800, por lo que se demuestra que la maniobra de
extracción de la misma no fue efectuada.-
Es así que desde su salida de la estación de Morón lo
único que el encausado López hizo -en cuanto a la conducción se refiere-,
fue: tocar la bocina, responder a la señal del hombre vivo y acelerar. Ni más ni
menos.-
Ha quedado perfectamente establecido que, en el
último tramo de su recorrido, el justiciable condujo el equipo “chapa 1”
cargado de pasajeros sin respetar las señales lumínicas que lo advertían; y a
61 km/h. chocó al “chapa 19” que ocupaba la misma vía de circulación.
También se probó que no aplicó ninguna de las alternativas de frenado a su
201
alcance con capacidad para ello ni descendió la velocidad con el corte de la
tracción.-
El 13 de junio de 2013 a partir de su salida de la
Estación Morón, el imputado López manejó el tren chapa 1 de forma
negligente, infringido de ésta manera el deber objetivo de cuidado que le
imponía su tarea de motorman, reglamentada por el RITO y normas conexas;
por la cual recibió licencia habilitante.-
El resultado de éste obrar desatento y carente de la
diligencia obligada, terminó con una embestida contra la formación 19 a raíz
de la cual descarrilaron algunos bogies mientras que otros coches se
incrustaron entre sí y como consecuencia directa de su accionar desidioso se
produjo el fallecimiento de tres personas usuarias del servicio de transporte
público de ferrocarriles y las lesiones de muchos otros.-
A continuación he de referirme, al obrar negligente
mencionado más arriba:
A poco de su salida de la estación Morón traspasó la
señal A177 que se encontraba de aspecto amarillo/anaranjado a 43,5Km/h. con
velocidad ascendente, aunque su deber era avanzar a precaución puesto que la
siguiente señal se encontraría a peligro -por el sistema de recubrimiento
entero- (art. 105º inc. b y 121º inc. c.1 del RITO)-
Esta primera infracción se consolidó al trasponer la
segunda y tercera señal con las que se topó en el recorrido. La A181de
aspecto rojo/apagado que le imponía detención la traspuso a 58,5 Km/h,
mientras que la siguiente A185 de aspecto rojo/encendido con la misma
obligación, fue atravesada a 60,5km. (art. 105º inc. b, 121º inc. c.1 y 143º inc.
a del RITO y 13 del SEAL).-
Luego teniendo ante su vista la cola del otro tren
detenido, tampoco efectuó ninguna maniobra de frenado -de servicio normal o
de emergencia-, siquiera atinó a la realizar algún otro procedimiento que
hubiera permitido la detención (por ejemplo cortar tracción pasando el
joystick a punto neutro, dejar de responder la señal de hombre vivo o quitar la
llave). Ningún otro maquinista que laboraba en ese momento escuchó a través
de sus radios alguna advertencia de López.-
No se pudo -hasta el momento-, reconstruir
históricamente en el expediente, ni por testigos ni por medios técnicos, todo lo
que hizo el motorman en esos minutos previos al accidente, ello quedará en la
esfera íntima de su conciencia, más sí puedo afirmar sin hesitación alguna
aquello que tenía el deber de hacer e incumplió: respetar las señales lumínicas
y frenar para evitar la colisión.-
Cabe recordar que el auto de procesamiento “si bien
significa un avance en orden al conocimiento de la imputación, no requiere
certidumbre apodíctica por parte del juez acerca de los extremos requeridos
para decretarlo (…) Solo exige elementos de convicción suficientes sobre la
ocurrencia del delito y la intervención del imputado” (D’Albora, Francisco
“Código Procesal Penal de la Nación” pag. 517, Ed. Abeledo Perrot. 1999).-
En mérito a lo expuesto, entiendo que el firme
cuadro probatorio esbozado respecto de Daniel Alberto Lòpez confluye de
manera necesaria en su autoría penalmente responsable por el evento que se le
incrimina, y no habiéndose acreditado ni alegado causa alguna de justificación
o inculpabilidad o inimputabilidad, que impida un reproche penal sobre el
nombrado, estimo con el grado de certeza que ésta etapa procesal requiere,
que se han reunido las exigencias de los artículos 306 y 310 del Código
Procesal Penal de la Nación, lo que así declararé en la parte dispositiva
pertinente.-
Tercero: Calificación legal.
El hecho por el que responderá DANIEL ALBERTO
LOPEZ, en calidad de autor “prima facie” penalmente responsable configura
el delito de estrago culposo agravado por la muerte de tres (3) personas y hasta
el momento sesenta y cinco (65) lesionados, previsto y reprimido por el art.
203
196 primer y segundo párrafo del Código Penal.-
Según la Real Academia Española se define un
ESTRAGO (De estragar) en una de sus acepciones como: “m. Ruina, daño,
asolamiento. causar, o hacer”.-
La etimología del vocablo “ESTRAGO”, proviene de
estragar, y este del latín vulgar stragare, del clásico strages, “ruina,
confusión” de la raíz de sternere, “esparcir” del proto-indoeuropeo ster:
Daño grave y generalizado.-
Entonces por estrago ha de entenderse todo daño de
mucha consideración, grandes peligros, constitutivos de una verdadera
catástrofe, ruina, destrucción, que revista particular gravedad, como peligro
común o como peligro actual.-
Dentro de la estructura de nuestro código de fondo
encontramos al injusto que nos ocupa en el Título VII –Delitos Contra la
Seguridad Pública-.
El Profesor Doctor Edgardo Donna enseña: “La
protección penal acordada por los tipos penales previstos en los artículos de
este título, se refieren a la seguridad pública, Pero la seguridad a que se
refiere el título no es la que de manera genérica el Derecho debe proteger
como su función básica e ineludible, sino que se trata de la seguridad en el
sentido de cuidado de los bienes en común, que abarca tanto a las personas
como a los bienes en sí mismos.-
La seguridad significa, desde esta perspectiva, no
tanto ausencia de riesgos sino, más bien, el conocimiento de riesgos y de los
actos que los acrecientan o los posibilitan que, por eso, se busca evitar.
Cuando el legislador habla de ''seguridad" se está refiriendo a los peligros
que producen ciertas acciones para los bienes en común, pero teniendo en
cuenta que se trata de la seguridad pública. El adjetivo público está empleado
en el sentido de conjunto, de comunidad, de una parte no individualizada del
pueblo, de la sociedad.-
En este título del Código Penal, se busca proteger la
seguridad común, que es la situación real en que la integridad de los bienes y
las personas se halla exenta de soportar situaciones peligrosas que la
amenacen. En consecuencia, las acciones típicas son todas generadoras de
peligro para esa integridad, al crear condiciones de hecho que pueden llegar
a vulnerarla.-
El peligro es un juicio, que se relaciona con el juicio
de previsibilidad objetiva, es decir, se trata de un juicio ex ante, realizado por
una persona normal, colocada en la posición del autor, cuando se dé el
comienzo de la acción, y "teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso
concreto cognoscibles por la persona inteligente, más las conocidas por el
autor (saber oncológico) y la experiencia común de la época sobre los cursos
causales (saber nomológico). Si la producción del resultado aparece como no
absolutamente improbable la acción era peligrosa". Pero en este caso, como
se puede observar, el peligro es una cualidad inherente a la acción del autor,
de allí que pueda hablarse de una acción peligrosa-.1”
A su vez en el Capítulo II del citado título se
contemplan los delitos contra la seguridad de los medios de transporte y de
comunicación, que va de los artículos 190 a 197.
Así el referido Doctrinario en la obra citada explica:
“Bienes jurídicos protegidos. La justificación de este
capítulo tiene que ver con el progreso de los medios de transporte y de
comunicación, desde la perspectiva de que son bienes jurídicos de utilidad
general, de manera que hay otro interés que el privado o de los dueños de
esos medios, en cuanto es la comunidad la que tiene interés en ellos y el
ataque a esos medios constituye un peligro asimilable a otros estragos.
La tutela recae sobre los servicios que tienen
1 Donna, Edgardo- Derecho penal Parte Especial Tomo II C Ed. Rubinzal Culzoni -
págs. 11-34.
205
carácter social, que están destinados a la utilidad de la comunidad, cuando
los daños o entorpecimientos que en ellos se produzcan puedan crear peligro
común.
Es ese peligro común el que fundamenta la
punibilidad. Por eso se ha podido afirmar que lo que está en juego es la
vulnerabilidad de ciertos medios, "cuya sola puesta en peligro representa un
mal de suma gravedad, porque los riesgos son muy probables y abarcan casi
invariablemente a gran número de personas y bienes independientemente de
la alarma que provocan, y la fluidez de los transportes y comunicaciones de
todo género, de enorme importancia colectiva". Es importante, en este tipo de
bienes jurídicos, ver que la protección debe ser mediata, con respecto a la
seguridad, y no inmediata.
Además, tampoco se requiere el daño efectivo y
quizás ni siquiera sería necesario el peligro común, sino que lo que se valora
es el normal funcionamiento de los medios de comunicación y de los servicios
públicos vitales.
Por eso han podido sostener Molinario y Aguirre
Obarrio que "en esta parte la ley se refiere constantemente a un conjunto
indeterminado de personas o de sus propiedades, de donde el sistema de
transporte puede estar vinculado de dos maneras a esas características: o
porque el medio de transporte lleva a muchas y cualquier persona o cosas, es
decir, es un transporte del público o de bienes del público, o porque la vía del
transporte es pública, es decir que la circulación es libre y utilizada por
muchísimos y por cualquiera". Debe advertirse que la seguridad de los
medios de transporte y de comunicación está en función del bien jurídico del
título, esto es la seguridad pública. Por eso afirma Molinario y Aguirre
Obarrio que es necesario que la "acción afecte o ponga en peligro la vida, la
integridad corporal o propiedades de un conjunto de personas, de la
comunidad, de personas indeterminadas [...].
Conviene analizar la aseveración de Zanardelli
cuando explicaba el Código de Italia, que es fuente en esta parte del Código
Penal. Afirmaba en la Relazione que los delitos contra la seguridad del
servicio ferroviario y telegráfico habían sido considerados como delitos
contra la propiedad e incluidos en esta categoría. Sin embargo, el proyecto
del '83 los ha colocado, como el incendio y la inundación, en la rúbrica de los
delitos contra la incolumidad pública, ya que en los casos en que se
compromete el servicio ferroviario y el telegráfico hay una fuerza
indeterminada de daño por el número de las vidas humanas que pueden ser
sacrificadas, por el ingente valor de las cosas que se pueden destruir y por la
conmoción que suscitan estos hechos en el ánimo de la comunidad….
De acuerdo al texto de la ley el objeto sobre el cual
deben recaer las acciones es un tren. La discusión puede originarse en este
punto sobre si es necesario que se trate de un tren destinado al uso público.
Dado que el legislador expresamente ha suprimido
tal requisito, la opinión de los autores es que el mismo no está tipificado por
la ley, aunque no debe dejarse de tener presente que todo este Capítulo II se
encuentra en el Título VII, De los delitos contra la seguridad pública, de
manera que si no está afectado el bien jurídico la conducta sería atípica.-
Por tren debe entenderse a un convoy que circula
exclusivamente por la vía férrea trazada de manera estable y es arrastrado
por una locomotora, coche motoeléctrico o alimentado con cualquier clase de
combustible o energía, que circule tanto por la superficie como debajo de ella.
El artículo 191, en su actual redacción, no indica ni
selecciona medios para lograr el resultado. La acción típica es la de emplear
cualquier medio destinado a lograr las finalidades típicas -detener el tren,
entorpecer su marcha o hacerlo descarrilar-.
La forma culposa de causar un descarrilamiento,
naufragio u otro accidente la encontramos en el Artículo 196-
La norma surge del proyecto de 1891, en cuya
207
Exposición de Motivos se afirmaba que "es obvia la necesidad de reprimir la
culpa en estos casos, pues por las grandes desgracias que cualquier
accidente en los trenes o en los buques puede causar, se requiere la mayor
atención y prudencia en todo lo relativo a éstos.”
El artículo había sido derogado por los decretos-
leyes 17.567 y 21.338 y puesto en vigencia nuevamente por las leyes 20.509 y
21,077. La última modificación fue por la ley 25.189.
No se modifica el bien jurídico, sino que se lo
refuerza al castigarse la conducta culposa.”
En cuanto al tipo objetivo. “En la forma básica se
castiga con las mismas fórmulas del delito culposo (arts. 84 y 94). Pero
ahora, las acciones culposas deben provocar el descarrilamiento, naufragio u
otro de los accidentes previstos en el capítulo.
El delito se agrava por la lesión o muerte de una
persona. También la relación debe ser directa”2.
Hagamos un breve repaso en relación a los delitos
culposos. “El análisis debe concentrarse en primer lugar en la acción, pues
esta es la que se calificará eventualmente como típica y antijurídica. Si reúne
esas características, el autor tuvo la posibilidad de actuar en el sentido
querido por la ley y no lo hizo, se lo declarará culpable.-
La acción que constituye el soporte de las
valoraciones jurídicas, tiene específicas connotaciones: Se trata de una
manera de comportarse en un momento determinado (el del hecho, Conforme
el artículo 34 inc. 1 del Código Penal) y tanto puede consistir en un hacer
como en un omitir. La acción debe ser voluntaria en el sentido de que quien la
realiza haya tenido la posibilidad de controlarla. Rigen el tema las
conclusiones que sobre la faz positiva y los casos de falta de acción
corresponden a la general teoría del delito.-
2 Donna, Edgardo- Derecho penal Parte Especial Tomo II C Ed. Rubinzal Culzoni -págs. 135-170.
Para que esa acción se adecue al tipo, tienen que
concurrir varios caracteres:
a) el individuo no debe haber perseguido la
realización del resultado, ni debe haberlo aceptado por no desistir de su
acción. De lo contrario el hecho no sería culposo sino doloso;
b) El agente debe haber sido imprudente, negligente,
imperito en su arte o profesión; o haber inobservado los reglamentos o los
deberes de su cargo;
c) Entre la acción y el resultado debe haber una
conexión también normativa, aparte de lo puramente físico. Este nexo se
indica en nuestra ley con la preposición por.
La imprudencia, negligencia, impericia o
inobservancia de los reglamentos, son indicativas de la antijuricidad de la
conducta ya que tienen un aspecto objetivo innegable, como se trata de
formas de violación del deber de cuidado. El legislador, pretende que los
ciudadanos se comporten de manera tal que permanentemente eviten realizar
conductas descuidadas; o, parafraseando el artículo 512 del Código Civil,
quiere que nadie omita aquellas diligencias que exigiere la naturaleza de la
acción. Para eso tiene que imaginar un modelo de hombre prudente, diligente,
perito y celoso cumplidor de los reglamentos y de sus deberes. Es decir, un
hombre que aún moviéndose en el ámbito social del momento (que supone la
realización de acciones cada vez mas peligrosas) no excede los márgenes del
riesgo que la comunidad está dispuesta a soportar, y no realice tampoco
menos de lo que esta exige. El problema consiste en determinar a donde se
encuentra la frontera que delimita –nada menos- las acciones lícitas de las
ilícitas, salvo en el caso de la inobservancia de los reglamentos (o de los
deberes a cargo del agente cuando éstos están expresamente determinados) en
que hay una pauta firme en los demás todo depende de apreciaciones difusas
que de una manera u otra se remiten al sempiterno y fantasmal buen padre de
familia. Este que es un ejemplo de inteligencia y de diligencias.-
209
(L)as exigencias del tipo referidas a la imprudencia,
negligencia, impericia, inobservancia de los reglamentos o deberes también
representan situaciones individuales ligadas de tal forma a la posibilidad de
reproche, que se ubican en un plano próximo a la culpabilidad.-
En efecto: no se trata de comparar solamente la
conducta real y la hipotética del correcto ciudadano, ambas referidas a su
aspecto objetivo sino que la imprudencia, negligencia, etc., suponen
especiales contenidos subjetivos. En primer lugar, y en relación con el
resultado, revelan que su producción no fue querida. Además, que el sujeto no
previó lo que ocurría o, previéndolo, creyó poder evitarlo, ya que el uso de
esos conceptos, no se compadece con el obrar doloso. En segundo lugar, se
trata de actitudes que implican defectos o vicios del hombre en relación con
su hecho, que se revelan como tales con prescindencia de que el hecho
también los desvalore. Así la imprudencia es la ausencia de prudencia; una de
las cuatro virtudes cardinales, que enseña al hombre a discernir lo bueno de
lo malo para actuar en concordancia. Es sinónimo de cordura, templanza,
moderación en las acciones. Supone sensatez, tacto, tino, y sobre todo
reflexión. La negligencia, conforme el origen latino del término, es mirar con
indiferencia equivalente a desidia y aparece como un defecto de la atención y
de la voluntad.
Con tales connotaciones, parece ineludible arribar a
la conclusión de que el individuo que así obró es culpable. No obstante, resta
otra indagación: Las consideraciones valorativas se renuevan en el momento
de decidir sobre la culpabilidad. Ya no se trata de comparar la acción real
con la del hombre ideal y decir que se ha apartado de la que este hubiese
emprendido, sino de evaluar si el agente pudo obrar de otra manera3.-
3 Marco Antonio Terragni, Consideraciones Sobre el Delito Culposo - –pag.673/677-
Tratado Jurisprudencial y Doctrinario – Derecho Penal – Parte General – Tomo II – Textos
Completos – La Ley- Volumen 2.-
A los tipos culposos -como el previsto por el art. 196
del C.P.- se los conoce también como “tipos abierto”.
Veamos. “…(L)os delitos culposos o imprudentes
son denominados "tipos abiertos" en la medida en que el juez o el intérprete
determina la acción imprudente completando el tipo de injusto, dado que no
es posible que el legislador describa con exactitud todos los comportamientos
imprudentes.
Lo que sí hay que hacer -sostiene Muñoz Conde- es
buscar un punto de referencia para comparar la acción realizada y
determinar si ha sido imprudente; tal referencia lo constituye el deber
objetivo de cuidado. La naturaleza de la imprudencia está dada por la
infracción al deber objetivo de cuidado o la infracción a la norma de cuidado.
Será necesario entonces analizar el elemento normativo y núcleo del tipo que
constituye el injusto imprudente: el deber objetivo de cuidado.
Se sostiene que tipos abiertos son aquellos que
expresan un deber jurídico, no resultan una descripción de la conducta
prohibida y ese deber jurídico ha de ser objeto de un juicio de valoración por
parte del juez en el caso concreto.
Las reglas son generalizaciones que deben aplicarse
en el caso en concreto, necesarias para que el juez cierre el tipo determinando
si hubo o no imprudencia.
Explica Zaffaroni que la característica esencial del
tipo culposo y lo que lo diferencia del doloso, es la forma de individualizar la
conducta prohibida. En tanto en el doloso la conducta se ciñe a una
descripción, en el culposo ésta permanece indeterminada y determinable en el
caso concreto. Se trata de una exigencia que no obedece a la voluntad del
órgano legisferante (ya que la indeterminación sería inconstitucional) sino a
la naturaleza de las conductas que el legislador quiere prohibir.
Dice este autor que "se sanciona cualquier
conducta que causa determinado resultado lesivo, siempre que el resultado
211
sea previsible y la conducta viole un deber de cuidado de modo determinante
para la producción del resultado".
La norma de cuidado que integra el tipo imprudente
es una norma de determinación que persigue evitar la lesión al bien jurídico,
motivando a los ciudadanos a no realizar conductas constitutivas de delitos.
Determina una de las formas en que debe realizarse la conducta para que ésta
sea correcta.”
Mediante la prohibición penal de comportamientos
imprudentes se busca evitar la realización de acciones que conduzcan a la
lesión de bienes jurídicos, en este caso, la vida.
Se intenta determinar la relación entre la acción
imprudente y el resultado, concluyendo que "el núcleo del tipo de injusto del
delito imprudente consiste en la divergencia entre la acción realmente
realizada y la que debería hacer sido realizada en virtud del deber de
cuidado que, objetivamente, era necesario realizar". Por consiguiente el tipo
objetivo del hecho punible culposo incluye una acción descuidada referida
al bien jurídico perjudicado.
Las reglas de cuidado -necesarias para completar el
tipo de injusto- resultan un indicador -aunque no el único- al igual que la
previsibilidad, para brindar al intérprete judicial de las herramientas básicas
para completar el tipo. Por ejemplo: el comportamiento de un conductor
experimentado, las reglas de comportamiento en actividades profesionalmente
regladas (médicos, enfermeros, ingenieros, etc.) permiten establecer el
cuidado objetivo que en el caso concreto deberá guiar el autor en miras a la
evitación del resultado lesivo al bien jurídico.
Dice Welzel que sólo se puede lograr el contenido
del cuidado objetivo para el caso individual considerando los dos aspectos
relacionados entre sí: el reconocimiento razonable de peligros y el colocarse
prudentemente ante ellos.
Consecuentemente se sostiene que el deber de
cuidado es un deber intelectivo general, no orientado de forma inmediata al
ordenamiento; es consecuencia de la existencia de normas regladas -reglas
técnicas- (que pueden ser legales, de costumbre, de uso) de la vida social y es
por ello una condición implícita común y esencial de toda norma jurídica.
(E)l deber de cuidado se determina objetivamente.
"Se trata de una medida objetiva, que está en función de la necesidad de
protección de los bienes jurídicos y de las exigencias de la vida social".
Por ello la medida de cuidado debido es
independiente de la capacidad de cada individuo. El juicio de previsibilidad
es objetivo, esto es, la conducta debe ser analizada colocándose el juez en la
posición del autor antes del hecho, teniendo en cuenta las circunstancias del
caso concreto que pueden ser conocidas por un hombre inteligente más el
saber experimental de la época, sumado esto al conocimiento propio del
autor. 4.
En el evento que nos ocupa sucedió un estrago en el
que varios bogies de las formaciones chapa 1 y 19 descarrilaron, coches
destinados al transporte ferroviario se incrustaron unos contra otros, se
comprimieron entre sí o se desprendieron del tren. Este impacto provocó el
fallecimiento de tres personas y ocasionó en muchas otras lesiones.-
A esta altura resulta suficiente el repaso de las
fotografías y videos incorporados al expediente para sostener que el estrago, la
ruina, el daño, el peligro para la seguridad en los medios de transporte y la
vida de las personas existió y ocurrió. El relato de los pasajeros cimienta aún
más la afirmación.-
Daniel Alberto López, como conductor
experimentado y al mando de un tren destinado al servicio de transporte
público utilizado por una enorme cantidad de personas, tenía el deber objetivo
4 Donna, Edgardo- Derecho penal Parte Especial Tomo I Ed. Rubinzal Culzoni -págs. 101-115.
213
de cuidado que le imponía su actividad reglamentada.-
La vida, la salud, los bienes, la seguridad de los
medios de transporte, todos ellos fueron lesionados con la conducta
descuidada y desatenta de López. En primer lugar, no respetó tres señales
lumínicas que claramente le ordenaron primero reducir la velocidad y después
frenar. Ello se encuentra reglamentado por el RITO y normas conexas, cuyo
conocimiento y cumplimiento le exige su ocupación de conductor ferroviario.-
La negligencia de López en la conducción es
evidente. Su desatención también, ya que luego de pasar todas las luces que le
indicaron que la vía por la que circulaba estaba ocupada (“sistema de
recubrimiento entero” art.121º inc. “c.1” RITO). No atinó a utilizar alguno de
los recursos de frenado operativos que tenía a su alcance y cuyo uso le fue
enseñado en el curso que le otorgó habilitación de motorman y en la
nivelación posterior. Más aún, nada de eso hizo cuando el chapa 19 se le
apareció frente a sus ojos.-
A mayor abundamiento, es un claro indicio de su
accionar descuidado, que hasta instantes previos a colisionar continuara
pulsando el “hombre vivo”. El encausado en su descargo material reconoció
que respondió al sistema aunque no brindó una razón que justifique esta
actitud, puesto que también afirmo saber que si dejaba de tocarlo se detenía la
marcha del tren. Ello indica que su atención no estaba puesta en la conducción
del chapa 1 ni mucho menos tratando de detenerlo ante el inminente choque,
como alegó en su indagatoria.-
A riesgo de ser reiterativo, la pericia fue contundente,
los instrumentos que poseían el equipo chapa 1 funcionaban correctamente.
Los datos extraídos de la caja registradora de eventos y del GPS no lo fueron
menos, nada fue activado.-
Los elementos constitutivos que fueron objeto de
ensayo indicaron estar conformes a su debida capacidad de servicio en
acciones reiteradas sin mostrar falla o inconsistencia alguna de
funcionamiento (así lo dejaron sentado los peritos en el punto 32); por ende
esta determinación sumada al resto de los registros analizados y demás
probanzas incorporadas -declaraciones de testigos directos-, lleva
necesariamente a concluir que no fueron accionados por el conductor el
frenado de servicio, la emergencia del joystick y el botón de puño. De la
misma manera no dejó de accionar el pulsador de hombre vivo ni sacó la llave
de cabina, ambas maniobras hubieran cesado la marcha del convoy. Tampoco
cortó la tracción pasando el monocomando a punto neutro. Es más, se acreditó
que la velocidad no se redujo; fue creciente y constante en un terreno en
pendiente hacia arriba - según la planialtimetría, prueba pericial y testificales.-
Un conductor con 29 años de experiencia en el
manejo de trenes como López y con más de 100 horas al mando de
formaciones doble piso, como el chapa 1, sólo tomando en cuenta los meses
que van desde diciembre de 2012 y el día del siniestro, hubiera atinado a hacer
algo de todo el abanico de variantes posibles para evitar la colisión o al menos
suavizarla. Pero él nada hizo.-
Las señales lumínicas funcionaban a excepción de
una, -la A181-, más ello no empece el accionar de López, puesto que dicha
circunstancia se encuentra prevista en el RITO (art. 143º inc. a). Debía
detenerse, dar aviso y pasados dos minutos avanzar lentamente hasta ver cómo
se encontraba la próxima señal. Todos coincidieron que una luz apagada, debe
ser considerada igual que una luz a peligro/roja-.-
La advertencia se inició en luz A177 que halló de
color amarillo/anaranjado, ya que por el sistema de recubrimiento entero, ésta
le exteriorizó que las dos siguientes podían estar a peligro y en la próxima la
vía ocupada.-
Así el chapa 19 comenzaba a moverse luego de
recibir la orden proveniente de la señal semiautomática 189 ubicada a la altura
del paso a nivel de la calle Zapiola. Claro está que su tren estaba protegido por
215
dos señales a peligro –A185 y A181 y por una a precaución A177, todas las
que López traspasó sin reducción de velocidad ni detención.-
Resta señalar que, con los elementos reunidos hasta
el momento, considero que el resultado disvalioso y lesivo de los bienes
jurídicos implicados provocado por la conducción negligente del imputado; no
fue querido ni aceptado voluntariamente por él, aunque si le era previsible.-
López sabía el significado de las señales lumínicas
que traspasó negligentemente, en lisa y llana violación a su deber objetivo de
cuidado y que ello conllevaba el riesgo de encontrar la vía obstruida. Sin
embargo, prosiguió ordenándole a la máquina tracción, la que se detuvo por el
impacto y no por alguna actitud conductiva del imputado.-
Por todo lo expuesto, entiendo que la significación
jurídica escogida resulta ajustada a derecho y las constancias causídicas
recopiladas en el expediente.-
Cuarto: Situación procesal de Raúl Eduardo Ahumada, Raúl
Martin Mendes y Ernesto Rafael Bizantino:
Como ya se dijo RAUL EDUARDO AHUMADA
fue detenido, indagado en orden al delito de estrago doloso seguido de muerte
(art. 191, inc. 4to.del C.P.). Recordemos fue el motorman de la formación
chapa 19 esa mañana del 13 de junio de 2013.-
A continuación, y tras valorarse sus dichos como los
del imputado López con el resto de las probanzas acollaradas se recalificó la
conducta que se les era reprochaba por la figura de estrago culposo agravado
por el resultado muerte y lesiones (art.196 segundo párrafo del C.P.).-
En el mismo resolutivo se decretó su falta de mérito
para procesarlo o sobreseerlo en los términos del art.309 del código ritual y se
ordenó su inmediata libertad.-
Ahora bien, todas las pruebas que se han ido
incorporando al expediente, sobre todo las conclusiones periciales
anteriormente citadas, se inclinan de manera cierta por la inexistencia de
comisión de hecho delictivo por el que deba responder Ahumada.-
Es decir, estaba correctamente detenido a la altura
del cruce a nivel de la calle Zapiola en la localidad de Castelar, Pdo. de Morón
previo al ingreso a dicha estación férrea, puesto que la señal semiautomática
189 así lo obligaba.-
Apenas recibió el permiso de avanzar (con cambio de
aspecto/color de la señal) empezó a moverla e imprevistamente fue embestido
por el chapa 1 conducido por López (cuya autoría y responsabilidad se analizó
in extenso).-
Por lo expuesto, la solución definitiva de su situación
procesal deviene ajustada a derecho, motivo por el cual he de sobreseerlo en
orden al evento por el cual se le recibiera declaración indagatoria.-
Raúl Méndes y Ernesto Bizantino fueron notificados
de la formación de la causa a pedido del Sr. Fiscal, teniéndose en
consideración la versión aportada a la causa por el nocente López.-
A RAUL MARTIN MENDES se lo notificó
conforme las previsiones del art. 73 del C.P.P.N., por tratarse de quien rubricó
el día 13/6/13 la planilla de alistamiento del chapa 1 previo a su egreso de los
talleres de Castelar del Pdo. de Morón Pcia. de Bs. As. y que luego saliera
desde la estación de Moreno con servicio de pasajeros conducida por el
motorman Daniel López.-
Al ser solicitado a los peritos que analicen el registro
de salida de liberación al servicio de las formaciones ferroviarias ("check list")
-punto 21 ya tratado en el apartado dedicado a la pericia- sus conclusiones
indicaron que: “Teniendo en cuenta que se trata de un alistamiento que se
efectúa diariamente en un tiempo limitado por las demandas del servicio,
entendemos que las verificaciones y controles resultan razonablemente
adecuadas.
En cuanto a si las mismas fueron acordes con la
217
performance del tren que se entregó al servicio, a partir de que la formación
Chapa 1 recorrió Castelar-Moreno-Once-Morón sin dificultades, un total del
orden de aproximadamente 67 kilómetros hasta la instancia del siniestro,
consideramos que sí fueron concordes.
En consonancia con lo expresado, consideramos
que dicho alistamiento no muestra relación con la producción del
siniestro.”.-
En este sentido también he de valorar que obran
secuestradas en el expediente, las planillas del alistamiento correspondientes
al día del siniestro. En ellas, el Sr. Mendes deja constancia de no haberle sido
reportada ninguna falla por medio de los operarios que efectuaron la tarea.
Esto es coincidente con el estado en que se encontraban para la circulación de
las máquinas, verificado por los peritos.-
Por su parte, también ha sido citado ERNESTO
RAFAEL BIZANTINO en los términos del art.73 del C.P.P.N.. Recuérdese
que se trata del profesional que ha rubricado el día 11 de marzo de 2013 los
certificados de habilitación al servicio del material rodante ferroviario de los
coches que componen la formación denominada “chapa 1”-
Sobre el particular ha de tenerse presente lo expuesto
por los expertos en su informe pericial. Así en el punto 17, cuando se les
solicita se expidan sobre el historial de kilometrajes, reparaciones y protocolos
de habilitación del material rodante involucrado, en lo atinente es éste último
punto y sobre el equipo chapa 1 dijeron: “…Los Certificados de Habilitación
de Material Rodante son documentos que se confeccionan en el momento que
un determinado vehículo ferroviario es incorporado al servicio
inmediatamente después de una Reparación General o reparación mayor
posterior a un accidente que haya ocasionado daños de magnitud.
Se trata de un documento en el que un profesional de
la Ingeniería, debidamente matriculado en el Consejo Profesional, certifica
(luego de una inspección integral) que el vehículo ferroviario ha sido reparado
de acuerdo con las especificaciones y protocolos de reparación previamente
establecidos, y que los trabajos comprendidos en la Reparación General se han
efectuado correctamente en todos los aspectos técnicos considerados.
Atendiendo en particular a la evolución de
conservación de la formación embistente, Chapa 1, se advierte que la misma
fue mantenida en su máxima expresión técnica, esto es, su Reparación
General y en particular, con la sustitución del sistema de frenos o
equipamiento nuevo y ya comprobado en las formaciones 21,22, 23, 24 y
25...”.-
A su vez en el punto pericial 35 se pidió: “Establecer
si los últimos controles y reparaciones encomendados por la UGOMS,
ejecutados por EMFER, fueron suficientes para habilitar la formación férrea
para sus fines específicos, teniendo en cuenta los antecedentes históricos de
los desperfectos del CHAPA 1.”.-
A riesgo de ser reiterativo, estimo conveniente
enunciar nuevamente lo expuesto por los peritos al respecto, puesto que
reviste importancia mirar las reparaciones se le efectuaron sobre el chapa 1
antes de ponerlo al servicio de transporte de pasajeros para definir si
correspondía que el Ing. Bizantino firme la habilitación del material rodante:
Así quedó detallado en la pericia:
“…La Habilitación Técnica incluye la verificación
de todos los elementos que afectan a la seguridad del tren tales como:
Verificación de controles de fisuras en ejes y
ruedas (pares montados)
Verificación y controles en los bastidores de
Bogie, de fisuras, escuadrado, juegos y holguras luego de su reparación.
Control del aparato de enganche.
219
Verificación del sistema de frenos, presiones
máximas de Servicio y de Emergencia, a tren armado.
Pruebas funcionales.
Al momento de la Recepción Provisoria y con los
Protocolos de controles completos y aprobados, se procede a Habilitar la
Formación para el Servicio (de acuerdo a lo establecido por el Decreto
1191/91). Los protocolos constan en el expediente a fs. 311/705.
El sistema de frenos cuenta con los protocolos de
prueba emitidos por el fabricante. Luego de instalado, personal de Knorr
Bremse realiza la carga del software. Durante las pruebas estáticas y
dinámicas se verifican las presiones de freno en relación a los valores
establecidos en el ensayo tipo que homologó la aplicación y es válido para
cualquier nueva instalación realizada en coches similares y pesos similares.
Es normal que en este tipo de sistemas puedan,
eventualmente producirse desajustes, tanto durante el transporte como en la
manipulación para el montaje, aunque los sistemas y las válvulas se entregan
precalibradas de acuerdo a los valores específicos de cada proyecto, por lo
que son verificadas y recalibradas, por personal de Knorr Bremse.
A fines de febrero de 2013 se realizó el control final
de parámetros, que fue aprobado por ambas partes – UGOMS y EMFER - lo
que conduce al Certificado de Recepción Provisoria el día 4 de Marzo.
Del análisis de los Protocolos que acompañan a la
Habilitación, consideramos que los trabajos y los controles en ellos
descriptos resultan adecuados para garantizar el nivel de seguridad, de los
Órganos y Elementos principales que conforman los distintos sistemas del
coche.
En esas condiciones se procede a Habilitar la
formación cumpliendo con lo requerido por la Especificación Técnica UGO
MS ET-032.
El Certificado de Habilitación, revela el estado de
la formación al momento de Recepción Provisoria. Esto no impide la
actuación normal del sistema de pos-venta que efectuó mejoras en el sistema
a requerimiento del cliente.
Dentro de estos requerimientos se agregó el Sistema
de Monitoreo de Freno, que llevó varias semanas de desarrollo y puesta a
punto y el agregado de presostatos para la aplicación automática de frenos
por baja presión de Aire (sistema de seguridad adicional).
Ambas cosas no formaban parte de la Especificación
ET MR 032 de UGO-MS. Durante los pasos previos a su liberación para el
uso público, la firma KNORR-BREMSE intervino en tres oportunidades.
La primera en febrero de 2013, en la planta de
EMFER para cargar programas y verificar el funcionamiento del equipo que
fue adquirido por UGO-MS, previo a cualquier movimiento en vía.
La segunda el 13 de marzo de 2013, en el Depósito
Castelar, en respuesta a observaciones de EMFER y UGO-MS, donde realizó
una verificación de todos los equipos y su cableado, quedando pendiente un
punto a solucionar.
La tercera el 6 de junio de 2013, al Depósito
Castelar, en respuesta a observaciones de UGO-MS y EMFER y para
solucionar el reclamo pendiente de la visita anterior. El personal de KNORR
BREMSE efectuó los trabajos necesarios de ajuste y calibración, que fueron
aceptados por UGOMS y EMFER.
Luego de estos ajustes finales efectuados por
EMFER y KNORR BREMSE, la unidad quedó lista para su utilización para
el servicio con pasajeros…”-
Hicieron un pormenorizado resumen de los
componentes eléctricos, de motores de tracción, los neumáticos, los
acopladores, de las planillas de control de terminación y el protocolo de
221
Pruebas de los Registradores y Velocímetros HASLER.-
Para finalizar mencionaron las planillas de pruebas
en conjunto una vez armada la formación (Planilla de inspección final equipos
eléctricos, neumáticos, freno y sistema de control y Protocolo de pruebas
dinámicas).-
En base al desarrollo pericial y cuyos puntos fueron
nuevamente citados en éste acápite por guardar estricta relación con las
imputación que se les dirigió a Mendes y Bizantino, y en consideración a las
conclusiones generales de la experticia; de la que se infiere que la colisión
investigada no se produjo por fallas o desperfectos en la formación chapa 1,
entiendo que no se ha acreditado en autos conducta alguna que amerite
reproche penal para los mencionados y sin perjuicio éstos no han sido
llamados a deponer de conformidad con lo dispuesto por el artículo 294 del
C.P.P.N., lo cierto y concreto es que a su respecto, habré de dictar sus
sobreseimientos, toda vez que al ser notificados de la formación de la presente
causa (Cfme. art. 73 del C.P.P.N.) , han sido sometidos al proceso y por ello
disfrutan de todos los derechos y garantías atinentes a la condición de
imputados; inclusive a que el proceso termine a su respecto en alguna de las
formas previstas en el ordenamiento vigente.-
Así se entiende que en estos casos no cabe otra
solución que el sobreseimiento definitivo (C.C.C. Sala VI, c. 1654, “Pirillo,
J.”, 28/142). Es que, finalmente el sobreseimiento comprende ineludiblemente
a personas imputadas y no a hechos, haciendo cosa juzgada exclusivamente
respecto de quienes se dicta y en orden al delito que se les imputa en la
presente, en tanto permite brindar una solución definitiva a quien se ve sujeto
a los avatares del juicio, sin la necesidad de dilatarlo hasta tanto todo el
sumario se encuentre en condiciones de coronarse con una sentencia definitiva
o una absolución.-
Quinto: Medidas Cautelares:
Puesto a resolver sobre la procedencia de la
medida de sujeción personal prevista por el artículo 312 del Código Adjetivo y
en mérito a la escala punitiva contemplada para el delito enrostrado, entiendo
que en caso de recaer condena, la misma podría ser de ejecución condicional,
por lo que no corresponde su aplicación, máxime si se tiene en cuenta la
carencia de antecedente penales del justiciable informado por el Registro
Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y que luce en el
legajo de la personalidad como las condiciones personales del mismo y que
fuera oportunamente evaluadas al tiempo de concederle la excarcelación bajo
caución juratoria, motivo por el cual ha de confirmarse la libertad provisoria
de la que viene gozando.-
Finalmente, habré de imponer a Daniel Alberto
López la medida cautelar de índole real contemplada por el artículo 518 del
mismo cuerpo normativo. Cabe indicar que esta medida asegurativa, opera
como consecuencia del dictado de un auto de procesamiento e incluso antes de
aquél, en casos de peligro en la demora y si hubiere elementos que lo
justifiquen.-
El monto que se fijará tendrá en miras garantizar de
manera suficiente los gastos que el proceso demande, incluida una eventual
pena pecuniaria y la efectividad de las responsabilidades civiles derivadas de
la relación de causalidad entre el acto ilícito reprochado y el daño ocasionado,
en consonancia con las previsiones del art. 29 y cctes. del Código de Fondo.-
Así he de tener en cuenta, que el accionar disvalioso
achacado al encausado López, provocó el fallecimiento de tres jóvenes
personas: Exequiel Agustín Vargas de 18 años de edad (fs. 3622), Cristian
Darío Nuñez de 31 años (fs. 3615) y María Laura del Zompo de 38 años (fs.
3616). Además ocasionó lesiones de diversa consideración conforme
constataron hasta el momento los profesionales del Cuerpo Médico Forense de
la Justicia Nacional, en sesenta y cinco (65) pasajeros.-
223
También produjo daños materiales aún no calculados
en los distintos coches pertenecientes a ambas formaciones siniestradas (ver
detalle de fs. 4031/32 punto 2 apartado 1.2 como así también fotografías y
video filmaciones aportadas a la causa), los que a simple vista denotan la
importante erogación que acarreará la reparación de éstas; para su vuelta al
servicio de transporte público de pasajeros e interrumpió la circulación de los
trenes de la línea del ferrocarril Sarmiento en forma parcial a partir de las
07:05:42 hs. del día 13 de junio de 2013 y en forma completa toda la jornada
del 14 del mismo mes y año, restableciéndose normalmente la prestación al
siguiente día. (fs. 3854).-
Por los fundamentos expuestos, y las normas de
fondo y de forma citadas, es que:
RESUELVO:
I.- DECRETAR el PROCESAMIENTO SIN
PRISION PREVENTIVA de DANIEL ALBERTO LOPEZ, cuyas demás
condiciones personales obran en autos, por considerarlo “prima facie” autor
penalmente responsable del delito de estrago culposo agravado por la muerte
de tres (3) personas y hasta el momento sesenta y cinco (65) lesionados. (arts.
45, 196 1º y 2º párrafo del Código Penal y 306 y 310 del Código Procesal
Penal de la Nación).-.
II.- CONFIRMAR LA LIBERTAD
PROVISIONAL DE LA QUE GOZA DANIEL ALBERTO LOPEZ, en
virtud de haber sido excarcelado bajo caución juratoria, (conforme incidente
que corre por cuerda).-
III.- MANDAR TRABAR EMBARGO sobre los
bienes personales de DANIEL ALBERTO LOPEZ, hasta cubrir la suma de
pesos DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) debiendo correr el Oficial de
Justicia con el diligenciamiento de la medida cautelar – artículo 518 del
Código Procesal Penal.-
IV.- SOBRESEER PARCIALMENTE en la causa
y respecto de RAUL EDUARDO AHUMADA, filiado en el exordio, en
orden al hecho por el cual se le recibiera declaración indagatoria, con la
expresa mención que la formación de la presente causa en nada ha afecto el
buen nombre y honor del que hubiere gozado. (cfme. Art. 336 inc. 4to. del
C.P.P.N.).-
V.- SOBRESEER PARCIALMENTE en la causa y
respecto de RAUL MARTIN MENDES, de las demás condiciones
personales obrantes en autos, en orden al evento por el cual se lo notificara de
la formación de la presente causa en nada ha afecto el buen nombre y honor
del que hubiere gozado. (cfme. Art. 336 inc. 4to. del C.P.P.N.).-
VI.- SOBRESEER PARCIALMENTE en la causa
y respecto de ERNESTO RAFAEL BIZANTINO, cuyas condiciones
personales se consignaron más arriba, en relación al suceso por el cual se lo
notificara de la formación de la presente causa en nada ha afecto el buen
nombre y honor del que hubiere gozado. (cfme. Art. 336 inc. 4to. del
C.P.P.N.).-
VII.- Anótese, notifíquese e insértese una copia en el
libro de registro de interlocutorios de la Secretaría, cúmplase con lo dispuesto
en el punto dispositivos III por intermedio del Oficial de Justicia del Tribunal,
y firme o ejecutoriada que sea la presente comuníquese a donde corresponda y
sigan los autos según su estado.-
Ante mí:
Poder Judicial de la Nación
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En del mismo se libraron cédulas de notificación. Conste.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste.-