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La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 21 de enero del 2008 ¢ 235,00 AÑO CXXX Nº 14 - 60 Páginas Este Reglamento en conjunto con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, los manuales técnicos, las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por el órgano contralor, es con la finalidad de orientar su accionar de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyude al éxito de la gestión institucional. Según resolución de la ARESEP Nº RRG-7748 del 10 de enero del 2008, se resuelve fijar el precio de los combustibles, que regirá el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS FIJA PRECIOS EN LOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN REGLAMENTA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA GOBIERNO DECRETA AUMENTO GENERAL AL SALARIO BASE DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS Foto con fines ilustrativos Pág. 3 Págs. 38 - 41 Págs. 24 - 28

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La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 21 de enero del 2008

¢ 235,00 AÑO CXXX Nº 14 - 60 Páginas

Este Reglamento en conjunto con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, los manuales técnicos, las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por el órgano contralor, es con la finalidad de orientar su accionar de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyude al éxito de la gestión institucional.

Según resolución de la ARESEP Nº RRG-7748 del 10 de enero del 2008, se resuelve fijar el precio de los combustibles, que regirá el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

FIJA PRECIOS EN LOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓNREGLAMENTA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA GOBIERNO

DECRETA AUMENTO

GENERAL AL SALARIO BASE DE TODOS LOS SERVIDORES

PÚBLICOS

Foto con fines ilustrativos

Pág. 3

Págs. 38 - 41

Págs. 24 - 28

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PODER EJECUTIVO

DECRETOSNº 34188-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; y la Ley 2343 del 4 de mayo de 1959 “Ley de Creación del Colegio de Enfermeras de Costa Rica”.

Considerando:1º—Que la salud de la población es un bien de interés tutelado por

el Estado.2º—Que el ejercicio de la profesión de enfermería contribuye de

manera importante en la producción social de la salud.3º—Que es potestad del Ministerio de Salud velar porque el desarrollo

de las actividades de los profesionales en enfermería sean de calidad y se lleven a cabo conforme a las normas técnicas y jurídicas que rigen dicha profesión.

4º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1866-S, del 23 de julio de 1971, publicado en La Gaceta Nº 157 del 4 de agosto de 1971, se creó el Consejo Nacional de Enfermería, como Organismo Asesor del Departamento de Enfermeras del Ministerio de Salud.

5º—Que dado los cambios generados con ocasión del proceso de reestructuración operado en el Ministerio de Salud y en donde por tal razón desapareció el Departamento de Enfermeras, se hace necesario y oportuno derogar el actual decreto y crear un órgano cuyo fin sea coordinar los servicios de enfermería y elevar el nivel profesional de las actividades que cotidianamente desarrollan las personas profesionales en enfermería, para que se ajusten a las necesidades imperantes en el Sector Salud. Por tanto,

DECRETAN:El siguiente,

Reglamento Consejo Nacional de Enfermería (CONE)CAPÍTULO I

Objeto, naturaleza y finesArtículo 1º—Del objeto. El presente reglamento tiene por objeto

regular la organización, integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Enfermería, en adelante CONE.

Artículo 2º—Naturaleza. El CONE es un órgano técnico, político y asesor adscrito al Colegio de Enfermeras de Costa Rica. El CONE deberá llevar a cabo sus funciones en coordinación con el Ministerio de Salud y las instituciones o entes representados en el Consejo para la consecución de sus fines.

Artículo 3º—Fines.a) Conducir e impulsar el proceso de formulación de políticas en

Enfermería.b) Fortalecer e impulsar acciones de corcentación y coordinación de

las diferentes instituciones públicas y privadas relacionadas con docencia y servicio de Enfermería.

c) Conducir el proceso de elaboración y seguimiento de un Plan Nacional de Enfermería acorde con las políticas de enfermería y salud.

d) Impulsar y mantener enlaces y coordinaciones con organismos internacionales de Enfermería y afines.

CAPÍTULO IIDe la organización y funcionamiento

Artículo 4º—Integración. El CONE estará integrado por nueve miembros, de la siguiente manera:

a) Un profesional de enfermería designado por el Ministro del Ministerio de Salud, será quien presida el Consejo (CONE), el cual deberá ser funcionario regular del Ministerio de Salud.

b) En ausencia del profesional de enfermería designado por el Ministerio de Salud, el Presidente del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, será quien asuma la presidencia del CONE.

c) El profesional de enfermería de más alto rango dentro de la Caja Costarricense de Seguro Social.

d) El Director de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Costa Rica.

e) El profesional de enfermería representante de los establecimientos privados de salud, designado por las personas que ejerzan cargos de Dirección en dichos establecimientos.

f) La persona profesional de enfermería representante de las Direcciones de las Escuelas de Enfermería de las Universidades del Sector Privado, que previamente hayan sido designadas por las personas que ejerzan cargos de dirección en dichos establecimientos.

g) La persona profesional de enfermería de más alto rango del Instituto Nacional de Seguros.

h) La persona profesional de enfermería representante del Área de Planificación de Recursos Humanos CENDEISSS (Caja Costarricense de Seguro Social).

i) La persona que ejerza el cargo de Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, se integrará a la reunión en calidad de observador, quien tendrá derecho a voz pero no a voto.Artículo 5º—Calidad del nombramiento y periodicidad de las

sesiones. Los miembros del CONE desempeñarán su cargo ad honoren y mientras permanezcan en los puestos de la institución que representan. Se reunirán ordinariamente una vez al mes, o extraordinariamente cuando lo considere conveniente la presidencia o lo soliciten dos de sus miembros. La convocatoria ordinaria la realizará la Secretaría del Consejo. La convocatoria a sesiones extraordinarias las podrá realizar indistintamente la secretaría o la presidencia. En la convocatoria a reuniones extraordinarias se deberá indicar los motivos y solamente se tratará el asunto para el cual fue convocada.

Artículo 6º—Indelegabilidad de la representación. Ninguno de los representantes podrá delegar su representación en otra persona.

Artículo 7º—Quórum de integración y funcionamiento. El CONE se considerará válidamente integrado, tanto para las sesiones ordinarias como extraordinarias, con la presencia y permanencia de cinco de sus miembros. El quórum para sesionar válidamente será de la mayoría absoluta de sus integrantes y los acuerdos serán adoptados por mayoría absoluta de los miembros presentes.

Artículo 8º—Sede del CONE. El CONE sesionará en la sede Central del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Sin embargo, por acuerdo del Consejo, podrá establecer como sede temporal o provisional cualquier otro lugar.

Artículo 9º—Atribuciones del CONE.a) Identificar y analizar problemas, necesidades, políticas y programas

nacionales, regionales, locales e internacionales relativos al quehacer de enfermería.

b) Investigar y recomendar lo que corresponda sobre la formación y gestión del recurso humano de Enfermería.

c) Analizar el manejo de las relaciones de enfermería, con otras disciplinas vinculadas con la producción social de la salud y propiciar los cambios que se requieran.

d) Identificar las necesidades de capacitación y fortalecer la formación profesional a través de cursos, seminarios y talleres y de proponer dichas acciones a la Junta Directiva del Colegio.

e) Elaborar y formular políticas relacionadas con el quehacer de enfermería.

f) Elaborar criterios de carácter recomendativo dirigidos al Ministerio de Salud, Colegio de Enfermeras de Costa Rica y al Consejo Nacional de Educación Privada (CONESUP) y Consejo Nacional de Rectores, (CONARE) con el fin de impulsar políticas, programas o legislación apropiada en el campo de enfermería.

g) Elaborar planes nacionales e impulsar programas y proyectos que respondan a las políticas de enfermería.

h) Rendir informes de las actividades realizadas al Ministerio de Salud y al Colegio de Enfermeras de Costa Rica.Artículo 10.—Atribuciones de la persona que ejerza la presidencia

del CONE.a) Establecer coordinaciones con entes públicos y privados.b) Revisar y analizar información nacional e internacional con temas de

su competencia.c) Asumir y delegar representatividad en eventos de su competencia.d) Identificar y proponer las asesorías que considere convenientes para

el desarrollo de sus competencias.

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Decretos ............................................................................ 2 Acuerdos ........................................................................... 3DOCUMENTOS VARIOS ................................................ 4TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Acuerdos ......................................................................... 10 Edictos ............................................................................. 10 Avisos .............................................................................. 11CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ....................... 11REGLAMENTOS ............................................................ 24REMATES ........................................................................ 29INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ................ 35RÉGIMEN MUNICIPAL ................................................ 41AVISOS ............................................................................. 42NOTIFICACIONES ........................................................ 55

El Alcance Nº 6 a La Gaceta Nº 13 circuló el viernes 18 de enero del 2008 y contiene Documentos Varios.

El Alcance Nº 7 a La Gaceta Nº 13 circuló el viernes 18 de enero del 2008 y contiene decretos del Poder Ejecutivo y avisos.

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e) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del CONE.f) Elaborar en coordinación con la secretaría, la agenda para las sesiones

del CONE.g) Firmar conjuntamente con la secretaria, las actas de las sesiones del

CONE.h) Concurrir con doble voto o voto calificado en caso de empate.i) Firmar toda la correspondencia, informes o recomendaciones, que

apruebe el CONEArtículo 11.—Nombramiento y atribuciones de quien ejerza el

cargo de la secretaría del CONE. El CONE escogerá a la persona que ejerza la secretaría, quien será responsable de las siguientes funciones:

a) Leer las actas anteriores del CONE, para su aprobación o ratificación.

b) Preparar junto con la Presidenta o Presidente la agenda para las sesiones.

c) Revisar la correspondencia y elaborar la respectiva minuta antes de cada sesión.

d) Gestionar, registrar y firmar las actas del Consejo.e) Firmar todos los oficios que no le corresponde a la Presidencia del

CONE.f) Conocer e informar las solicitudes de permiso de los miembros, al

Consejo para asistir a sesiones ordinarias y extraordinarias.Artículo 12.—Competencias del CONE. El CONE no sustituye

las competencias que por ley y reglamento rigen a las instituciones aquí representadas.

CAPÍTULO IIIDisposiciones finales

Artículo 13.—Derogatoria. Deróguese el Decreto Ejecutivo número 1866-S, de fecha de 23 de julio de 1971, publicado en La Gaceta Nº 157 del 4 de agosto de 1971 y sus reformas.

Artículo 14.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de julio del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(D34188-2622).

Nº 34255-MTSS-MHEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALY EL MINISTRO DE HACIENDA

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18), y el artículo 146, ambos de la Constitución Política.

Considerando:1º—Que el Gobierno de la República, ha considerado importante

establecer una política salarial que beneficie a los servidores públicos y que esté en concordancia con las políticas económicas y sociales desarrolladas en beneficio de toda la ciudadanía costarricense.

2º—Que es necesario incrementar el salario de los servidores públicos, tomando en cuenta la capacidad fiscal del Estado y las políticas gubernamentales destinadas a propiciar el desarrollo y bienestar del país, coadyuvando en particular con los esfuerzos para el control del incremento del costo de la vida, de forma que la integración de dichas acciones redunde en beneficio de los funcionarios y las funcionarias.

3º—Que el incremento salarial, sumado a los demás componentes salariales del Sector Público, coadyuva a la recuperación del poder adquisitivo del salario total de los servidores públicos.

4º—Que el 9 de agosto del 2007 se suscribió un acuerdo entre el Gobierno de la República y los representantes de los trabajadores, en el cual se determinó la forma para realizar la fijación de los incrementos salariales semestrales para el Sector Público, por lo que acordaron utilizar una metodología específica para realizar dicha fijación y que se basa en el reconocimiento de la inflación acumulada (medida con la variación del IPC) del semestre inmediatamente anterior al rige del aumento, en este caso se reconocerá un aumento equivalente a la inflación acumulada entre los meses de julio a diciembre del 2007.

5º—Que la tasa de inflación acumulada de julio a diciembre del año 2007 fue de 5,88% (cinco coma ochenta y ocho por ciento). Por tanto,

DECRETAN:Artículo 1º—Se autoriza un aumento general al salario base de todos

los servidores públicos, consistente en un 5,88% (cinco coma ochenta y ocho por ciento).

Artículo 2º—El incremento indicado en el artículo precedente, se aplicará sobre el salario base de las clases de puestos de los servidores públicos, según la determinación que para cada una de estas categorías realice la Dirección General de Servicio Civil, conforme al proceder técnico y jurídico de aplicación.

Artículo 3º—Aquellos componentes salariales que no estén en función del salario base de las diferentes modalidades de empleo, serán incrementados en el mismo porcentaje del aumento general aquí acordado, mediante resolución que, a dichos efectos emita la Dirección General de Servicio Civil.

Artículo 4º—Se mantiene el 8,19% (ocho coma diecinueve por ciento) sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.

Artículo 5º—La Autoridad Presupuestaria según su proceder administrativo y técnico, hará extensivas y autorizará según corresponda, a las entidades y órganos cubiertos por su ámbito, las resoluciones que respecto de las disposiciones del presente Decreto Ejecutivo, emita la Dirección General de Servicio Civil.

Artículo 6º—El presente incremento se aplicará a los pensionados y pensionadas, con cargo al Presupuesto Nacional, de acuerdo con lo que establezcan las leyes correspondientes para cada régimen.

Artículo 7º—Ninguna entidad u órgano público del Estado podrán exceder en monto, porcentaje, ni vigencia, el límite de aumento general definido en el presente Decreto Ejecutivo.

Artículo 8º—Este incremento general de salarios rige a partir del 1° de enero del 2008, y corresponde al primer semestre del mismo año, el cual se pagará en la segunda quincena de enero del año en curso.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de enero del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández y el Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 15268).—C-40940.—(D34255-3416).

ACUERDOSMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 303-PEEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y el Artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.

ACUERDA:Artículo 1º—Se designa al señor Eddie Monge Bolaños, cédula de

identidad 1-903-191, funcionario de la Unidad Especial de Intervención (U.E.I.), para que participe en el curso “Operaciones Antidrogas”, a celebrarse en Whinsec, Fort Benning, Georgia, Estados Unidos de América, del 23 de enero de 2008 al 27 de marzo de 2008.

Artículo 2º—Los gastos de tiquetes aéreos, hospedaje, y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Rige a partir del 21 de enero al 29 de marzo de 2008.Dado en la Presidencia de la República, el día diecisiete de diciembre

del 2007.Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—

(Solicitud Nº 16819).—C-13220.—(2518).

Nº 309-PEEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y el Artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.

ACUERDA:Artículo 1º—Se designa a los señores Greivin Brenes Araya, cédula

de identidad 1-899-678, y Albert Bustamante Salazar, cédula de identidad 1-1038-0835, funcionarios de la Unidad Especial de Intervención (U.E.I.), para que participen en el curso “Inteligencia Antidrogas y Antiterrorismo”, a celebrarse en Whinsec, Fort Benning, Georgia, Estados Unidos de América, del 23 de enero de 2008 al 25 de marzo de 2008.

Artículo 2º—Los gastos de tiquetes aéreos, hospedaje, y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Rige a partir del 21 de enero al 27 de marzo de 2008.Dado en la Presidencia de la República, el día diecisiete de diciembre

del dos mil siete.Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—

(Solicitud Nº 16820- I. Drogas).—C-14540.—(2517).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESN° 140-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del

03 de mayo de 1995, reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar al señor Mariano Solís Gutiérrez, cédula número 2-343-161, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 244066-000, situado en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a

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606,17 metros cuadrados, según plano catastrado número A-1233907-2007, cuya naturaleza es terreno con 1 casa. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 636 del 01 de octubre del 2007, publicada en La Gaceta N° 206 del 26 de octubre del 2007.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢18.983.720,00 (Dieciocho millones novecientos ochenta y tres mil setecientos veinte colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 2007-169 de fecha 12 de noviembre del 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual fue aceptado por el propietario del inmueble, según Oficio sin número de fecha 03 de diciembre del 2007.

Artículo 4º—Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la Notaria del Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso b) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República. San José, a las dieciséis

horas del día 20 del mes de diciembre del dos mil siete.Publíquese.—OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras

Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06577).—C-23120.—(3417).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADODEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOSNº 36/2007.—El señor Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula Nº 8-

066-232, en calidad de gerente general de la compañía Kaf Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del equipo Presion Previa, marca Originale Volpi, modelo 81 PRG 12 LT. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2007.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—1 vez.—(2488).

Nº 37/2007.—El señor Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula Nº 8-066-232, en calidad de gerente general de la compañía Kaf Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del equipo Presión Previa, marca Originale Volpi, modelo DEA 2000. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2007.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—1 vez.—(2489).

N° 38/2007.—El señor: Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte: 8-066-232. En calidad de: Gerente General. De la compañía: Kaf Internacional S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Alajuela. Solicita la inscripción del equipo: Presion Previa Marca: Originale Volpi. Modelo: 3350 A. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto N° 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Equipos y Fiscalización.—1 vez.—(2491).

N° 39/2007.—El señor: Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte: 8-066-232. En calidad de: Gerente General. De la compañía: Kaf Internacional S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Alajuela. Solicita la inscripción del equipo: Presion Previa. Marca: Originale Volpi. Modelo: DEA LT 12 VITON. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 Y el decreto 27037 MAG-MEIC.

Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Equipos y Fiscalización.—1 vez.—(2492).

EDUCACIÓN PÚBLICADIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y

MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del

Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 9, título N° 33, emitido por el Liceo Académico de Matina, en el año dos mil, a nombre de Chacón Quesada Ingrid. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por error en los libros de actas del colegio, donde invirtieron los apellidos en el acta, por lo que los apellidos correctos son Quesada Chacón Ingrid Yahaira. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de enero del 2008.—Departamento de Pruebas Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(1794).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 008, Título Nº 110, emitido por el Colegio Santa Ana de Liberia, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Ramos Ugarte Gerardo Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—Nº 7767.—(1979).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del

Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 5, Asiento 15, emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil, a nombre de Alemán Midence Maritza. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(1656).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 136 y título Nº 550, emitido por el Liceo Roberto Gamboa Valverde, en el año dos mil uno, a nombre de Zúñiga Alemán Jorge. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de enero del dos mil siete.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(2136).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 125, Título Nº 1993, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Aguilar Cordero Marianela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de julio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(2520).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALREGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZDe conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro

de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples Santa Elena R.L., siglas COOPESANTAELENA R.L., acordada en asamblea celebrada el 27 de octubre del 2007. Resolución 269. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 7 y 8 del estatuto.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(1752).

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menos un derivado de N-arilhidrazina y al menos un ligador polimérico; un proceso para la impregnación de un material inanimado, un proceso de cubierta de un material inanimado y el uso de la composición insecticida de la presente invención para la impregnación de un material inanimado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 53/12, cuyos inventores son Karl Ulrich, Koradin, Christopeher, Thomas, John, H., Oloumi-Sadeghi, Hassan, Kuhn, David, G. La solicitud correspondiente lleva el número 9537, y fue presentada a las 14:29:54 del 21 de noviembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2556).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada USO DE UN INHIBIDOR DE LA CINASA DEL RECEPTOR DEL FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDÉRMICO (EGFR) EN PACIENTES RESISTENTES AL GEFITINIB. Esta invención describe un método para tratar o inhibir el cáncer en un humano que tiene al menos uno de un E746-A750 eliminación de exón 19 y/o una mutación de punto exón 21 que comprende administrar a dicho humano gefitinib y/o iressa solo o en combinación con otros agentes citotóxicos o agentes quimioterapéuticos y una cantidad efectiva del inhibidor de cinasa EGFR. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/47, cuyos inventores son Zacharchuk, Charles M, Quinn, Susan E., Martins, Patricia, Greenberger, Lee, Lundberg, Ante (Bill). La solicitud correspondiente lleva el número 9415, y fue presentada a las 14:01:57 del 4 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2557).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Rohm And Haas Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE CICLOPROPENO. Se provee una composición que comprende: a) al menos un complejo de agente de encapsulación molecular de ciclopropeno, y b) al menos una sal diferente de cloruro de calcio, en donde la relación de peso seco de dicha sal a peso seco de dicho complejo de agente de encapsulación molecular de ciclopropeno es de 0.03 a 500, y en donde dicha composición i) tiene 30% o menos de agua en peso, con base en el peso de dicha composición, y tiene al menos una de dicha sal que no es delicuescente, o ii) tiene más de 30% de agua en peso, con pase en el peso de dicha composición, y tiene una relación de peso seco de dicha sal a pero de dicha agua de 0.005 o mayor. También se proveen métodos de almacenamiento y uso de tales composiciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 27/00, cuyos inventores son Kostansek Edwrd Charles, Stevens Bridget Marie. La solicitud correspondiente lleva el número 9490, y fue presentada a las 14:03:18 del 31 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2558).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, de Argentina, solicita la Patente de Invención denominada plantas de arroz resistentes a herbicidas, polinucleótidos que codifican proteínas de subunidad grande de ácido acetohidroxi cintaza resistentes a herbicidas, y sus métodos de uso. Se describen plantas de arroz resistentes a herbicidas, polinucleótidos separados que codifican polipéptidos de subunidad grande 1 de ácido acetohidroxi sintasa normal (AHASL1) y resistente a herbicidas, y las secuencias de aminoácidos de estos polipéptidos. Se describen los casetes de expresión y los vectores de transformación que comprenden los polinucleótidos de la invención, así como plantas y células huéspedes transformadas con los polinucleótido. También se describen métodos de utilización de los polinucleótidos para ampliar la resistencia de plantas a los herbicidas de imidazolinona, y métodos para el control de maleza en la vecindad de las plantas resistentes a herbicidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyos inventores son Livore, Alberto, Blas, Prina, Alberto Raúl, Sigh, Bijay, K., Ascenzi, Robert, Whitt, Sherry, R. La solicitud correspondiente lleva el número 9356, y fue presentada a las 14:16:21 del 29 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2560).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los Funcionarios del Consorcio de Cooperativas de Consumo R. L., Siglas Coopeasecoopeco R. L., acordada en asamblea celebrada el 09 de noviembre del 2007. Resolución 1177. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 9, 28 y 60 del Estatuto.—San José, 18 de diciembre del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(2193).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDe conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro

de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Mujeres de Manzanillo en Desarrollo con su Cooperativa R.L., siglas MUDECOOP R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de julio del 2007. Resolución Nº 1442.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Consejo de administraciónPresidenta: Gerarda Barboza HerraVicepresidenta: Mileydi Rojas VelásquezSecretaria: Shirley Chaves BarbozaVocal 1: Jeimy Zamora AlvaradoVocal 2: Ena Barrantes RojasSuplente 1: Kattia Moraga AbarcaSuplente 2: María Dolores CarboneroGerente: Ana Cecilia Solís Ugalde

San José, 3 de diciembre del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(2612).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICASAVISO

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación Cámara Nacional de Cafetaleros. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573 Asiento: 86579).—Curridabat, 05 de diciembre del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(2521).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓNAVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en su

condición de apoderado de Watson Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., Takeda Pharmaceutical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN FARMACÉUTICA NOVEDOSA QUE CONTIENE UNA BIGUANIDA Y UN DERIVADO DE TIAZOLIDINADIONA. Se expone y describe en la presente una forma de dosificación farmacéutica que comprende un componente deliberación controlada que comprende una droga antihiperglicémica en combinación con un segundo componente que comprende un derivado de tiazolodinadiona. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /00, cuyos inventores son Okochi, Kazuhiro, Nangia, Avinash, Lodin, Unchalee, Cardinal, Jack, R. La solicitud correspondiente lleva el número 9355, y fue presentada a las 14:13:23 del 29 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2555).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN PARA LA IMPREGNACIÓN DE FIBRAS, TEXTILES Y REDES IMPARTIENDO UNA ACTIVIDAD PROTECTORA CONTRA LAS PESTES. Composición insecticida para la aplicación a un material inanimado, en donde la composición insecticida comprende una mezcla que incluye al menos un derivado de N-arilhidrazina y al menos un ligador polimérico; un material inanimado impregnado que comprende al

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El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Revance Therapeutics, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA APLICACIÓN TÓPICA Y SUMINISTRO TRANSDÉRMICO DE UN OLIGOPÉPTIDO. La invención se relaciona con una aplicación transdérmica de oligopéptidos para reducir la transmisión sináptica en tejidos de un animal. En un aspecto, esta invención se relaciona con composiciones que comprenden un oligopéptido y opcionalmente un portador que comprende una “estructura central” positivamente cargada que tiene ramificaciones positivamente cargadas o grupos de “eficiencia”, como se describieron aquí. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 7/00, cuyos inventores son Michael D. Dake, Jacob M. Waugh. La solicitud correspondiente lleva el número 9350, y fue presentada a las 14:19:06 del 28 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2562).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Sygenta Participation AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PYRROLECARBOXAMIDES Y PIRROLETHIOAMIDES SUS USOS AGROQUÍMICOS. La invención se refiere a pirrolcarboxamidas de acción pesticida novedosas de la formula I en la cual X es oxigeno O azufre, R1 ES CF 3, CF2H O CFH2, R2 es Alquiilo-C1-C3 Haloalquilo-C1-C3 ALCOXI-C1-C3-ALQUILO-C1-C3 O Haloalcoxi-C1-CE-ALQUILO-C1-C3, R3 es hidrógeno, metilo, CF3 O fluor Q ES R4, ES Bicicloalquilo-C6-C14 sin substituir o substituido por metilo, Etilo O CF3, Bicicloalquenilo-C6-C14 sin substituir o substituido por Metilo, Etilo O CF3, Bicicloalcadienilo-C6-C14 sin substituir o substituido por Etilo O CF3, un grupo de la formula en la cual R7, R8, y R9 son, independientemente uno de otro, Alquilo -C1-C3 O Haloalquilo-C1-C3. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 207/327, cuyo inventor es Harald Walter. La solicitud correspondiente lleva el número 6959, y fue presentada a las 13:16:10 del 23 de abril del 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de setiembre del 2003.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Directora.—(2563).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada FENIL-METANONAS SUSTITUIDAS POR HETEROCICLO. La presente invención se refiere a compuestos de la fórmula general I en la que R1 es halógeno, -OR1, -SR1, cicloalquilo, amida cíclica, heterocicloalquilo, arilo o hereroarilo de 5 ó 6 eslabones que contiene uno, dos o tres heteroátomos elegibles entre el grupo formado por oxígeno, azufre y nitrógeno, R1/R1 son hidrógeno, alquilo inferior, alquilo inferior sustituido por halógeno, - (CH) -cicloalquilo o - (ch2)- arilo, R2 es -s (o)2- alquilo inferior, S(O) 2 NH-alquilo inferior N02 O CN. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07 209/44, cuyos inventores son Jolidon, Synese, Narquizian, Robert, Norcross, Roger David, Pinard, Emmanuel. La solicitud correspondiente lleva el número 9258, y fue presentada a las 14:07:41 del 18 de julio del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2564).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Advantest Corporation, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada APARATO DE MANIPULACIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS. Se proporciona un aparato de manipulación de componentes electrónicos para probar características eléctricas de un componente electrónico al transferir el componente electrónico a un receptáculo de una sección de contacto y conectar eléctricamente el componente electrónico al receptáculo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G01R 31/26, cuyo inventor es Ichikawa Masayoshi. La solicitud correspondiente lleva el número 9500, y fue presentada a las 14:31:41 del 5 de noviembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de noviembre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2565).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Revance Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE TRANSPORTE BIOLÓGICO MULTICOMPONENTE. Composiciones y métodos según se presenta que son útiles para el suministro, incluyendo el suministro transdermal, de ingredientes biológicamente activos, tales como terapéuticos sin proteínas y

sin nucleótidos y terapéuticos basados en proteínas excluyendo la insulina, toxinas de botulinum, fragmentos de anticuerpos, y VEGE. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 38/00, cuyos inventores son Dake Michael D., Waugh Jacob M. La solicitud correspondiente lleva el número 8600, y fue presentada a las 13:35:40 del 7 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2566).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada BIFENIL-N-(4-PIRIDIL) METHILSULFONAMIDAS. Las bifenilsulfonamidas de la fórmula I y los N-óxidos y las sales aceptables agrícolamente y las sales aceptables veterinariamente de los compuestos I, un proceso para preparar estos compuestos, composiciones que los comprenden, su uso para controlar hongos dañinos fitopatógenos y artrópodos dañinos, un método para combatir plagas artrópodas, un método para proteger cultivos del ataque o infestación por plagas artrópodas, un método para proteger materiales no vivos del ataque o infestación por plagas artrópodas y semilla comprende los compuestos I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43 /40, cuyos inventores son Grammenos, Wassilios, Rheinheimer, Joachim, Lohmann, Jan Klaas, Grote, Thomas, Puhl, Michael, Koradin, Christopher, Baumann, Ernst, Von Deyn, Wolfgang, Langewald, Jurgen, Gotz, Norbert, Culbertson, Deborah L., Anspaugh, Douglas D., Oloumi-Sadeghi, Hassan, Cotter, Henry Van Tuyl, Kuhn, David G. La solicitud correspondiente lleva el número 9337, y fue presentada a las 14:23:00 del 24 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2567).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMAS CRISTALINAS Y AMORFAS DEL CLORHIDRATO 4-CIANO-N-(2R)-2-(4-(2,3-DIHIDRO-BENZO(1,4) DIOXIN- 5-IL)-PIPERAZIN-1-IL) PROPIL)N-PIRIDIN-2-ILBENZAMIDA. La presente invención se refiere a formas cristalinas y amorfas del receptor antagonista 5-htla del clorhidrato 4-ciano-n-(2r)-2(4-(2,3-dihidro-benzo (1,4,) dioxin-5-il)-piperazin-1-il)-propil)-n-piridin - 2-il-benzamida, así como también a las composiciones de los mismos y los métodos para usar dichas composiciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 405/12, cuyos inventores son Browne Eric N. C, Bernatchez Machel, Lankau Mark, Tadayon Abdolsamd, Hadfield Anthony F. La solicitud correspondiente lleva el número 9319, y fue presentada a las 14:18:38 del 16 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2568).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS Y SISTEMAS PARA EL DIAGNÓSTICO, PRONÓSTICO Y SELECCIÓN DEL TRATAMIENTO DE LA LEUCEMIA. La presente invención suministra métodos, sistemas y equipos para el pronóstico, el diagnóstico y la selección de tratamiento del AML u otros tipos de leucemia. Los genes de pronóstico de resultados clínicos de pacientes con leucemia se pueden identificar de acuerdo con la presente invención. Los genes de la enfermedad de leucemia también se pueden identificar de acuerdo con la presente invención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G01N 33/50, cuyos inventores son Burczynski, Michael, E., Immermann, Frederick, Twine, Natalie, C, Stover, Jennifer, Ann, Dorner, Andrew, J. La solicitud correspondiente lleva el número 9315 y fue presentada a las 14:22:31 del 15 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2569).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada USOS NOVEDOSOS PARA AGONISTAS DE ESTRÓGENO BETA. Esta invención provee métodos para tratar enfermedades o transtornos cognitivos y síntomas de los mismos con agonistas selectivos de estrógeno beta. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4184, cuyos inventores son Day Mark, Harris Heather. La solicitud correspondiente lleva el número 9126 y fue presentada a las 14:31:10 del 15 de mayo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este

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aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2570).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada METABOLITOS GLUCORÓNIDOS Y EFÍMEROS DE LOS MISMOS DE TIGECICLINA. Un metabolismo glucurónico de tigeciclina y su correspondiente epímero, fueron identificados en humanos tratados con tigeciclina. Datos espectrales de masa se utilizaron en la identificación de estas estructuras. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07J 17/00, cuyos inventores son Rónald A. Jordon, William Demaio, Matthew Hoffman. La solicitud correspondiente lleva el número 9111 y fue presentada a las 14:06:21 del 9 de mayo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2571).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE N-(HETEROARIL)-1H-INDOL-2-CARBOXAMIDAS Y SU UTILIZACIÓN COMO LIGANDOS DEL RECEPTOR VANILOIDE TRPV1. La invención se refiere a compuestos de fórmula general (i) en la que n es igual a 0, 1, 2, o 3, X1, X2, X3, X4, Z1, Z2, Z3, Z4 y Z5 representan un átomo de hidrógeno o algunos sustituyentes específicos; W representa un grupo biciclico fusionado de fórmula (a) unido al átomo de nitrógeno por las posiciones 1,2,3, o 4; A representa un heterociclo opcionalmente sustituido de 5 a 7 miembros que comprende de uno a tres heteroátomos elegidos entre o,s o N. Estos compuestos son ligados del receptor vaniloide TRPV1 útiles especialmente en el tratamiento del dolor y de la inflamación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/42, cuyos inventores son Laurent Dubois, Yannick Evanno, André Malanda. La solicitud correspondiente lleva el número 9210, y fue presentada a las 14:09:32 del 26 de junio del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2572).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Aventis Pharma S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada 2-ALCOXI-3, 4, 5-TRIHYDROXI-ALQUIMIDAS, SU PREPARACIÓN COMPOSICIONES QUE LAS CONTIENEN Y SU UTILIZACIÓN. La presente invención se refiere particularmente a 2-alcoxi-3,4,5-trihidroxi-alquilamidas, su preparación, composiciones que las contienen, y su utilización como medicamento, en particular como agentes anticancerosos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 223/12, cuyos inventores son Jidong Zhang, Neerja Bhatnagar, Jean-Marie Ruxer. La solicitud correspondiente lleva el número 9114, y fue presentada a las 14:22:18 del 9 de mayo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2573).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Millenium Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DE PGD2 PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES INFLAMATORIAS. Se describen inhibidores de CRTH2 representados por la fórmula estructural (I), los valores de las variables de la fórmula Estructural (1) se proporcionan en este documento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 215/50, cuyos inventores son Little Jeremy D., Ghosh Shomir, Harrison Sean, Elder Amy E., Renou Chistelle C., Carson Kenneth G. La solicitud correspondiente lleva el número 9378, y fue presentada a las 14:12:43 del 12 de setiembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2574).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA TERAPÉUTICO TRANSDERMICO SÓLIDO CON ABSORBEDOR UV. La invención se refiere a un nuevo sistema terapéutico transdérmico sólido con absorbedor uv diseñado especialmente para sustancias activas farmacéuticas sensibles a la luz. El sistema terapéutico transdérmico (STT) estable a los rayos UV comprende una capa de base, al menos una matriz que contiene sustancia activa y una película protectora desprendible donde opcionalmente se puede intercalar una capa adhesiva y una capa separadora entre la capa base y la matriz que contiene sustancia activa. La memoria descriptiva,

reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/70, cuyos inventores son Langguth, Thomas, Bracht, Stefan. La solicitud correspondiente lleva el número 9483, y fue presentada a las 12:41:48 del 30 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2575).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada RECUPERACIÓN DE CCI-779 A PARTIR DE SOLUCIONES MADRE. La invención provee un procedimiento para recuperar CCI-779 a partir de soluciones madre. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 498/18, cuyos inventores son Chia-Cheng Shaw, Warren Chew, Bogdan Kazimierz Wilk, Genevieve Fortier. La solicitud correspondiente lleva el número 9325, y fue presentada a las 14:28:36 del 17 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2576).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE POLIPÉPTIDO LÍQUIDAS ESTABILIZADAS. La presente invención suministra formulaciones para mantener la estabilidad de los polipéptidos, en particular, los polipéptidos de unión de antígeno terapéuticos tales como anticuerpos y similares, por ejemplo, anticuerpos anti-AB. Las formulaciones generalmente incluyen un antioxidante en una cantidad suficiente como para inhibir la formación de subproducto, por ejemplo, la formación de agregados de polipéptido de alto peso molecular, fragmentos de degradación de polipéptido de bajo peso molecular, mezclas de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Luisi, Donna, Warne, Nicholas, W., Kantor, Ángela. La solicitud correspondiente lleva el número 9294 y fue presentada a las 14:01:38 del 7 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2577).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Arena Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DEL PIRIMIDINIL Y PIRIDINIL SUSTITUIDOS COMO MODULADORES DEL METABOLISMO Y EL TRATAMIENTO DE DESÓRDENES RELACIONADOS CON EL MISMO. La presente invención se relaciona con ciertos derivados del pirimidinil y piridinil sustituidos de fórmula (la) que son moduladores del metabolismo. Correspondientemente, los compuestos de la presente invención son útiles en el tratamiento de los desórdenes relacionados con el metabolismo y complicaciones de los mismos, tal como, diabetes y obesidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son: Jones Robert M, Lehmann Juerg, Wong Amy Siu-Ting, Hurst David, Shin Young-Jun. La solicitud correspondiente lleva el número 9225 y fue presentada a las 14:11:14 del 3 de julio del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2578).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Basf Aktiengesellschaft, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada N-(4-Piridialquil) metilsulfonamidas para combatir pestes artrópodos. La presente invención se refiere al uso de N-(4N-(4-Piridialquil) metilsulfonamidas para combatir pestes artrópodos y para proteger materiales contra la infestación y/o destrucción por dichos pestes: donde los sustituyentes tienen los siguientes significados: Rl es hidrogeno, C1-C4 alquilo, Cl- C4-alcoxi, C2-C4 alcanoilo, C2-C4 alcanoilo o bencilo, R2, R3, R4, R5 significan, independientemente el uno del otro, hidrógeno, halógeno, C1-C4- alquilo, C1-C4-alcoxi, C1-C4 haloalcoxi o C1- C4 haloalquilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/40, cuyos inventores son Puhl, Michael, Koradin, Christopher, Rheinheimer, Joachim, Grammenos, Wassilios, Lohmann, Jan Klaas, Baumann, Ernst, Von Deyn, Wolfgang, Langewald, Jurgen, Gotz, Norbert, Anspaugh, Douglas D., Culbertson, Deborah L., Cotter, Henry Van Tuyl, Oloumisadeghi, Hassan. La solicitud correspondiente lleva el número 9414 y fue presentada a las 14:01:17 del 4 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2579).

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El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS PARA INTERLEUCINA-17F Y OTROS ANTAGONISTAS DE LA SEÑALIZACIÓN DE IL-17F, Y SUS USOS. El presente invento proporciona polinucleótidos y polipéptidos aislados y purificados relacionados con la vía de señalización de IL-17F. El experimento también proporciona anticuerpos para homodímeros de IL-17F y heterodímeros de IL-17FA/ IL-17F y métodos para aislar y purificar miembros de la familia IL-17F, incluso heterodímeros de IL-17FA/ IL-17F a partir de una fuente natural. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/24, cuyos inventores son Carreno, Beatriz, M., Collins, Mary, Wright, Jill, F., Wolfman, Neil, M., Arai, Maya, Jacobs, Kenneth, Lu, Zhijian, Guo, Yongjing, Qiu, Yongchang. La solicitud correspondiente lleva el número 9291 y fue presentada a las 13:59:11 del 7 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2580).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PURIFICACIÓN DE RAPAMICINA. Se describe rapamicin apurificada y un procedimiento químico para obtener la rapamicina purificada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 498/18, cuyos inventores son Shaw Chia-Cheng, Chew Warren, Wilk Bogdan. La solicitud correspondiente lleva el número 9297 y fue presentada a las 14:09:42 del 8 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2581).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada TIAZOLIDINONAS METASUSTITUIDAS, SU PREPARACIÓN Y SU USO COMO MEDICAMENTO. La invención se relaciona con tiazolidinonas de la fórmula i como también con su preparación y su uso como inhibidores de la polo-quinasa (PIK) para el tratamiento de diferentes enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 277/20, cuyos inventores son Volker Klaus Schulze, Knut Eis, Lars Wortmann, Dirk Kosemund, Olaf Prien, Gerhard Siemeister, Holger Hess-Stumpp, Uwe Eberspacher, Dominic E. A. Brittain, Imadul Islam. La solicitud correspondiente lleva el número 9183, y fue presentada a las 13:18:21 del 13 de junio del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2582).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Revance Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA APLICACIÓN TÓPICA Y SUMINISTRO TRANSDÉRMICO DE TOXINA BOTULÍNICA. Se describen formulaciones mejoradas para el suministro transdérmico de la toxina botulínica. Las formulaciones incluyen, por ejemplo, toxina botulínica no covalentemente asociada con una estructura positivamente cargada que tenga ramificación o grupos de eficiencia. Las formulaciones también incluyen un agente de particionado, oligo puente, o polianión puente, y puede opcionalmente contener un agente modificador de la viscocidad. Las formulaciones se diseñan para aplicación tópica sobre la piel de un paciente y se pueden utilizar para tratar arrugas, hiperhidrosis, y otros problemas relacionados con la salud. También se describen los kits para administración. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/74, cuyos inventores son Michael D. Dake, Jacob M. Waugh. La solicitud correspondiente lleva el número 9351, y fue presentada a las 14:19:26 del 28 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2583).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACIÓN DE COMPUESTOS BENZOXAZOL SUSTITUIDOS. La presente invención se relaciona con procedimientos para la preparación de compuestos benzoxazol sustituidos, y en particular 2- (3-fluoro-4-hidroxi-fenil) -7-vinil-benzoxazol-5-ol. Los procedimientos incluyen la vinilación de un compuesto benzoxazol sustituido que tiene una porción sustituible apropiada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 263/57, cuyo inventor es Silvio Iera. La solicitud correspondiente lleva el número 9327, y fue

presentada a las 14:29:36 del 17 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2584).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de LTS Lohmann Therapie- Syteme A.G, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada OBLEA QUE CONTIENE HORMONAS ESTEROIDES. La invención se refiere a una composición farmacéutica como un sistema en forma de película para la administración transmucosa de hormonas esteroides. Se divulga un sistema de aplicación que se disuelve en la cavidad bucal para hormonas esteroides que se libera con una elevada biodisponibilidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyos inventores son Krumme Markus, Radlmaier Albert, General Sascha, Dittgen Michael, Jensen Keith. La solicitud correspondiente lleva el número 9468, y fue presentada a las 14:23:51 del 23 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2585).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición apoderado de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS PESTICIDAS. La presente invención se relaciona con composición pesticida sinérgicamente eficaz que comprende, por un lado, ingredientes activos fungicidas conocidos, dicha composición es, en consecuencia, muy adecuada para el control de plagas de animales indeseables tales como insectos y ácaros, y además, de hongos fitopatógenos indeseables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/56, cuyos inventores son Róger Graham Hall, André Jeanguenat, Dutton Ana Cristina. La solicitud correspondiente lleva el número 9408, y fue presentada a las 14:32:52 del 1º de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2586).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE HIDRACIDA PARA COMBATIR PLAGAS ANIMALES.

La presente invención a nuevos compuestos de hidrazida que son de utilidad para combatir plagas animales, en particular insectos, arácnidos y nemátodos y a sus sales. La invención

también se refiere a un método para combatir insectos, nemátodos y arácnidos. Los compuestos de hidrazida de la invención se describen por medio de la fórmula general (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 37/28, cuyos inventores son Hofmann, Michael, Kuhn, David, G., Culbertson, Deborah, L., Anspaugh, Douglas, Rack Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 9137 y fue presentada a las 14:18:53 del 21 de mayo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2587).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada FORMA CRISTALINA GAMMA-D DEL CLORHIDRATO DE IVABRADINA, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LAS CONTIENEN.

La presente invención se refiere a la nueva forma cristalina y del clorhidrato de ivabradina de fórmula (I), a su procedimiento de preparación así como a las composiciones farmacéuticas que las

contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 223/16, cuyos inventores son Stephane Horvarth, Marie-Noelle Auguste, Gerard Damien. La solicitud correspondiente lleva el número 8246 y fue presentada a las 13:28:21 del 21 de febrero del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2588).

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El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada FORMA CRISTALINA GAMMA DEL CLORHIDRATO DE IVABRADINA, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LO CONTIENEN.

La presente invención se refiere a la nueva forma cristalina gama del clorhidrato de ivabradina de fórmula (I), a su procedimiento de preparación así como a las composiciones farmacéuticas que las contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones,

resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 223/16, cuyos inventores son Stephane Horvath, Marie Noelle Auguste, Gerard Damien. La solicitud correspondiente lleva el número 8249 y fue presentada a las 13:30:04 del 21 de febrero del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2589).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado de Dart Industries Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado RECIPIENTE CUBIERTO.

El diseño ornamental para un recipiente cubierto como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es C 07/02, cuyos inventores son Famia E. Albo, Víctor J.J. Cautereels. La solicitud correspondiente lleva el número 8845, y fue presentada a las 13:44:48 del 10 de

enero del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(2590).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado CUBIERTA DE RECIPIENTE PARA COMIDA.

Una cubierta de recipiente según se observa en la figura, sobre la cual se reclama la protección de su diseño ornamental tal y como se muestra. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima

Edición es 07-9 9/, cuyo inventor es Anita Suk Ping Liu. La solicitud correspondiente lleva el número 8588, y fue presentada a las 13:29:53 del 30 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(2591).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Losan Pharma GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada IBUPROFENO SOLUBILIZADO.

Un proceso para producir un ibuprofeno solubilizado, con preferencia en forma de granulado, el proceso que comprende los pasos de: proporcionar una mezcla que comprende ibuprofeno sólido y una primera base seleccionada del grupo que consiste en hidróxido de sodio, hidróxido de potasio, carbonato

de sodio, carbonato de potasio, glicinato de sodio, glicinato de potasio

y fosfatos tribásicos de sodio y de potasio y mezclas de los anteriores, y hacer reaccionar el ibuprofeno y la primera base esencialmente en estado anhidro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /50, cuyos inventores son Gruber, Peter. La solicitud correspondiente lleva el número 9424, y fue presentada a las 14:18:13 del 8 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de diciembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2592).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Hythiam Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE ALTERACIONES RELACIONADAS CON ANSIEDAD.

La presente invención es concerniente con métodos de y composiciones para el tratamiento y alivio de síntomas y enfermedad asociados con indicaciones provocadas por un impulso fisiológico a aliviar una sensación de ansiedad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen

y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/137, cuyos inventores son Sabnani, Sanjay, Wesson, Donald. La solicitud correspondiente lleva el número 9413, y fue presentada a las 13:57:39 del 3 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de diciembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2593).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Merck Frosst Canada Ltd., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS COMPUESTOS FARMACÉUTICOS.

La presente invención proporciona compuestos de Fórmula Ia que son inhibidores de la biosíntesis de leucotrienos. Los compuestos de Fórmula Ia son útiles como agentes antiateroscleróticos, antiasmáticos, antialérgicos,

antiinflamatorios y citoprotectores. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 413/12, cuyos inventores son Marc Blouin, Erich L. Grimm, Yves Gareau, Marc Gagnon, Helene Juteau, Sebastien Laliberte, Bruce Mackay, Richard Friesen. La solicitud correspondiente lleva el número 9442, y fue presentada a las 14:13:29 del 16 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2594).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado DESCANSO PARA CUCHARA Y CUBIERTA.

El diseño se caracteriza por un descanso para cuchara y cubierta que en vista de planta superior por lo general tiene forma de rectángulo con esquinas en curva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 07 / 02, cuyo inventor es Famia E. Hablo. La solicitud correspondiente lleva el número 8587, y fue presentada a las 13:29:23 del 30 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del

mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2596).

Page 10: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS …alcance.gaceta.go.cr/pub/2008/01/21/COMP_21_01_2008.pdf · Este Reglamento en conjunto con las disposiciones contenidas en la Ley General

Pág 10 La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada 5,6 DIALQUIL-7-AMINO-TRIAZOLOPIRIMIDINAS, PROCEDIMIENTOS PARA SU PREPARACIÓN Y EL USO DE LAS MISMAS PARA COMBATIR HONGOS NOCIVOS, ASÍ COMO PRODUCTOS QUE LAS CONTIENEN.

5,6-Dialquil-7-amino-triazolopirimidinas de la fórmula I en la que los sustituyentes tienen los significados siguientes: R1 es alquilo c5-C9, alcoximetileno C4-C11 o alcoxietielno C3-C10, pudiendo los grupos alifáticos estar sustituidos por uno a tres de los grupos siguientes: ciano, nitro, hidroxi, cicloalquilo C1-c6, alquinilo C5-C12 o NRaRb, Ra, Rb significan hidrógeno o alquilo C1-C6, R2 es n-propilo o n-butilo; procedimiento para la preparación de estos compuestos,

productos que los contienen, así como el uso de los mismos para combatir hongos nocivos fitopatógenos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyos inventores son Tormo I Blasco, Jordi, Blettner, Carsten, Muller, Bernd, Gewehr, Markus, Grammenos, Wassilios, Grote, Thomas, Rheinheimer, Joachim, Schafer, Peter, Schieweck, Frank, Schwogler, Anja, Wagner, Olíver, Niedenbruck, Matthias, Scherer, María, Scherer, María, Strathmann, Siegfried, Schofl, Ulrich, Stierl, Reinhard. La solicitud correspondiente lleva el número 8581, y fue presentada a las 10:40:19 del 30 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2597).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE INDANIL-PIPERAZINAS, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN.

Un compuesto de la Fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 3C07 295/096, cuyos inventores son De Nanteuil, Guillaume, Portevin, Bernard, Gloanec, Philippe, Millan, Mark, Ortuno, Jean-Claude, Mannoury La Cour, Clotilde. La solicitud correspondiente lleva el número 9391, y fue presentada a las 14:00:40 del 24

de setiembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(2598).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONALEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZExpediente Nº 12716P.—Banco Improsa S. A., solicita concesión

de 0,65 litros por segundo del pozo CHP-53, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas para uso granja industria - otro. Coordenadas 231.180/447.450 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de noviembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(111504).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExpediente Nº 12744P.—Po Jen Hsiao, solicita concesión de: 3,15

litros por segundo del pozo AB-1757, efectuando la captación en finca de su propiedad en Curridabat, para consumo humano. Coordenadas 210.900/532.350 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 8008.—(2397).

Expediente Nº 12754A.—Cooperativa Cañera de San Ramón R.L., solicita concesión de: 40 litros por segundo de la Quebrada Bolívar, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso agroindustrial-ingenio. Coordenadas: 232.200 / 482.900, hoja Naranjo. Predios inferiores: Mario Monteriol Navarro, Juan Ramón Rodríguez Villalobos y Cecilio Rodríguez Chavarría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de enero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(2441).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExpediente Nº 12494A.—Inversiones Gazel y Ocampo S. A., solicita

concesión de: 15 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Curubandé, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario, piscicultura. Coordenadas 298.600 / 379.100 hoja Cubande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(2603).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOSNº 01-2008

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES ACUERDA:De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo

110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se autoriza al señor Francisco José Monge Arroyo, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y cuatro-quinientos cuarenta y cinco, Jefe a. í. de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, para que firme las certificaciones y constancias de hechos civiles que se expidan en la citada oficina, durante el recargo de funciones de veinte días hábiles, a partir del 14 de enero de 2008. Rige a partir de su publicación.

San José, a las doce horas del 08 de enero del 2008.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—1 vez.—(O. C. Nº 62-2008).—C-8600.—(2523).

EDICTOSRegistro Civil - Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExp. Nº 19135-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección

de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas, cinco minutos, del veintiuno de noviembre del dos mil siete. Manuel Colón García, mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y seis-trescientos treinta y cinco, vecino de Santo Domingo de Heredia; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “cuatro de julio de mil novecientos cincuenta”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.— (2205).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSe hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Angélica

Mondragón, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3957-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil siete. Exp. Nº 29013-07. Resultando: 1º—... 2º—..; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Juan Diego Barrientos Chavarría con Angélica Mondragón, no indica otro apellido... en el sentido que el nombre, apellidos y nacionalidad del padre de la cónyuge son “Félix María Muñoz Hernández, colombiano”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(2496).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, José Francisco Vindas Monge, debidamente ratificadas por Zaylin Joyceline Vindas Monge y Marlyn Vindas Monge, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3322-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Expedientes Nos.0226-07 y 1652-07. Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de José Francisco de los Ángeles Vindas Monge... el de Zaylin Joyceline de los Ángeles Vindas Monge... y el de Marlyn de los Ángeles Vindas Monge... en el sentido que el nombre de la madre... es “Edith Alejandra” .—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.— M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(2519).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Aracelly de los Ángeles Talavera Maleaños, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3369-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete.

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Ocurso. Expediente Nº 10097-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Félix Pedro Acevedo Guadamuz con Aracely Talavera Maliaños..., en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la cónyuge consecuentemente el segundo de la misma son “Aurora María” y “Maleaños” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2602).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karen Eunice Valerio Reyes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2841-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete. Expediente Nº 10793-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Ángel Francisco y Andrea Valeska ambos García Valerio... en el sentido que el nombre de la madre de los mismos es “Karen Eunice” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2604).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Norma del C. Orozco Borge, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1518-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y quince minutos del seis de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 32044-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Adriana Borges Orozco, en el sentido que los apellidos de la madre de la misma son “Orozco Borge” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2616).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Joseph Vincent Coneff Boyle, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3319-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y nueve minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 23627-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Joseph Vincent Coneff, no indica otro apellido con Arlin de los Ángeles Gutiérrez Álvarez, en el sentido que el segundo nombre del padre y el nombre y apellido de la madre del cónyuge son “Frederick” y “Grace Anita Boyle, no indica segundo apellido”, respectivamente y no como se consignaron. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(2860).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalizaciónNelda Argentina Salgado Mercado, mayor, casada, del hogar,

nicaragüense, cédula residencia Nº 155802344402, vecina de Alajuela, expediente Nº 1789-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de noviembre del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(2846).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONESMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGASPLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2008

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Costarricense Sobre Drogas, correspondiente a los siguientes programas presupuestarios: Administración y Dirección, Reducción de la Oferta y Control de la Demanda, se encuentran a su disposición en la dirección electrónica: www.hacienda.go.cr. en el link de Comprared.

San José, 14 de enero de 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic Guido Sandoval Carrera, Proveedor.— vez.—(OC Nº 1-2008).—-6620.—(2510).

JUSTICIA Y GRACIAJUNTA ADMINISTRATIVA REGISTRO NACIONAL

PLAN DE COMPRAS INSTITUCIONAL 2008El Departamento de Proveeduría comunica a todos los interesados,

que se encuentra disponible el Plan de Compras Institucional para el periodo 2008, el cual puede ser consultado en Comprared.

San José, 10 de enero del 2008.— Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.— vez.—(Solicitud Nº 46071).—C-4620.—(2511).

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIALÁREA DE SALUD 08 PARRITA

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2008De conformidad con el artículo 7 del Reglamento a la Ley de

Contratación Administrativa, se pública el programa de compras para el año 2008.

Unidad programática: 2351, Área de Salud N° 08 Parrita.Presupuesto Ordinario Institucional.

Cód. PeriodoPres. Descripción Monto ¢ Inicio

SERVICIOS NO PERSONALES2102 Alquiler de locales 7.935.000,00 1-2-3-42112 Información 70.000,00 1-2-3-42114 Impresión, encuadernación y otros 615.000,00 1-2-3-42130 Otros servicios 205.000,00 1-2-3-42131 Actividades de capacitación 6.550.000,00 1-2-3-42140 Transportes y fletes dentro del país 4.500.000,00 1-2-3-42141 Transportes de bienes 150.000,00 1-2-3-42151 Mantenimiento de instalación y otras obras 500.000,00 1-2-3-42152 Mant. Rep. maquinaria y equipo de oficina 2.000.000,00 1-2-3-42153 Mant. Rep. equipo de transportes 3.000.000,00 1-2-3-42154 Mant. Rep. Maq. y Equi. por terceros 15.000.000,00 1-2-3-42156 Mant. Rep. edificio por terceros 4.000.000,00 1-2-3-42157 Mant. Rep. equipo comunicaciones 250.000,00 1-2-3-42159 Mantenimiento y Rep. equipo de cómputo 5.000.000,00 1-2-3-42191 Contratación servicios de limpieza edificios 10.695.000,00 1-2-3-42199 Otros servicios no personales 1.565.000,00 1-2-3-4 MATERIALES Y SUMINISTROS2201 Gasolina, lubricantes y grasas 325.000,00 1-2-3-42203 Medicinas 2.000.000,00 1-2-3-42005 Otros productos químicos y conexos 23.200.000,00 1-2-3-42206 Tintas pinturas y diluyentes 4.000.000,00 1-2-3-42209 Llantas y neumáticos 700.000,00 1-2-3-42210 Productos de papel y cartón 7.000.000,00 1-2-3-42211 Impresos y otros 649.000,00 1-2-3-42212 Materiales productos de metal 1.000.000,00 1-2-3-42213 Productos alimenticios 800.000,00 1-2-3-42214 Maderas y derivados 750.000,00 1-2-3-42215 Otros materiales de construcción 1.250.000,00 1-2-3-42216 Materiales Prod. Elect. Tel. y Co. 500.000,00 1-2-3-42217 Instrument. y herramientas 350.000,00 1-2-3-42218 Materiales y productos de vidrio 220.000.00 1-2-3-42219 Instrumental médico y de laboratorio 9.000.000,00 1-2-3-42220 Materiales y productos de plástico 497.000,00 1-2-3-42221 Reparación de equipo de transportes 3.050.000,00 1-2-3-42223 Otros repuestos 3.850.000,00 1-2-3-42225 Útiles y materiales de oficina 2.500.000,00 1-2-3-42227 Útiles y materiales de limpieza 1.700.000,00 1-2-3-42229 Envases y empaque de medicina 1.000.000,00 1-2-3-42233 Otros útiles y materiales 1.850.000,00 1-2-3-42241 Combustible equipo de transportes 8.000.000,00 1-2-3-42243 Lubricantes, grasas equipo de transportes 850.000,00 1-2-3-4 MAQUINARIA Y EQUIPO2310 Equipo y mobiliario de oficina 6.000.000,00 1-2-3-42320 Equipo médico y de laboratorio 500.000,00 1-2-3-42340 Equipo para comunicaciones 800.000,00 1-2-3-42360 Maquinaria y equipo para talleres 1.400.000,00 1-2-3-4

Parrita, 4 de enero del 2008.—Bach. Sugey Fernández Jiménez, Administradora a. í.—1 vez.—(1046).

CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ FRUTOSÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS DEL ÁREA DE SALUD DE HATILLO PARA EL PERIODO 2008

La Subárea de Gestión de Bienes y Servicios de la Clínica Dr. Solón Núñez Frutos, en cumplimiento con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º de su Reglamento, publica el Programa anual de Compras 2008, lo cual no implica ningún compromiso de contratar con la Administración.

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Cuenta Descripción Monto ¢ Período estimado2102 Alquiler de Edificios 12.200.000,00 1 y 2 Semestre2112 Información y Publicidad 500.000,00 1 y 2 Semestre2114 Impresión y Encuadernación 250.000,00 1 y 2 Semestre2124 Servicios de Correo 350.000,00 1 y 2 Semestre2134 Gastos Viajes dentro del país 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2140 Transportes dentro del país 1.000.000,00 1 y 2 Semestre2141 Transporte de bienes (fletes) 2.500.000,00 1 y 2 Semestre2152 Manten. Equipo de Oficina 1.000.000,00 1 y 2 Semestre2153 Manten. y Rep. Equipo de Transportes 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2154 Manten. y Rep. Equip Equipos varios 17.500.000,00 1 y 2 Semestre2155 Manten. y Rep. Equipo de Producción 1.500.000,00 1 y 2 Semestre2156 Manten. y Rep. de edificios 25.500.000,00 1 y 2 Semestre2157 Manten. y Rep. Equip de Comunicación 300.000,00 1 y 2 Semestre2159 Manten. Rep. Eq. Cómp y Sist. Inform.. 15.000.000,00 1 y 2 Semestre2193 Contrat de Serv de Mant. Zonas Verdes 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2199 Otros Servicios no Personales 6.000.000,00 1 y 2 Semestre2201 Combustible Equipo Producción 1.000.000,00 1 y 2 Semestre2203 Medicinas 7.000.000,00 1 y 2 Semestre2205 Otros Productos Químicos 35.000.000,00 1 y 2 Semestre2206 Tintas, Pinturas y Diluyentes 8.000.000,00 1 y 2 Semestre2207 Textiles y Vestuarios 10.000.000,00 1 y 2 Semestre2209 Llantas y Neumáticos 500.000,00 1 y 2 Semestre2210 Procluctos de Papel 15.000.000,00 1 y 2 Semestre2211 Impresos y Otros 8.000.000,00 1 y 2 Semestre2212 Productos Metálicos 3.000.000,00 1 y 2 Semestre2213 Alimentos y Bebidas 600.000,00 1 y 2 Semestre

Cuenta Descripción Monto ¢ Período estimado2214 Madera y sus derivados 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2215 Otros Materiales de Construcción 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2216 Materiales Prod. Eléctricos y Cómp 3.000.000,00 1 y 2 Semestre2217 Instrumentos y Herramicntas 500.000,00 1 y 2 Semestre2218 Productos de Vidrio 1.000.000,00 1 y 2 Semestre2219 lnstrumentos Médicos y Laboratorio 59.423.800,00 1 y 2 Semestre2220 Productos de Plástico 500.000,00 1 y 2 Semestre2221 Repuestos Equipo de Transporte 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2223 Otros Repuestos 30.000.000,00 1 y 2 Semestre2225 Útiles y Materiales de Oficina 7.000.000,00 1 y 2 Semestre2227 Útiles y Materiales de Limpieza 500.000,00 1 y 2 Semestre2229 Envases y Empaques Médicos 6.000.000,00 1 y 2 Semestre2231 Útiles de Cocina 200.000,00 1 y 2 Semestre2233 Otros útiles y Materiales 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2243 Lubricantes y Grasas 1.000.000,00 1 y 2 Semestre2305 Maquinaria Equipo de Producción 5.060.000,00 1 y 2 Semestre2310 Equipo y Mobiliario de Oficina 1.500.000,00 1 y 2 Semestre2315 Equipo de Cómputo 4.500.000,00 1 y 2 Semestre2320 Equipo Médico y de Laboratorio 11.000.000,00 1 y 2 Semestre2330 Equipo Transportes, Tracción y Elevac. 13.000.000,00 1 y 2 Semestre2340 Equipo para Comunicación 500.000,00 1 y 2 Semestre2390 Equipos Varios 2.000.000,00 1 y 2 Semestre2550 Otras Construc. Adiciones Mejoras 95.000.000,00 1 y 2 Semestre

Hatillo, 9 de enero del 2008.—Lic. Noemy Meléndez Cañenguez, Jefa a. í.—1 vez.—(2125).

HOSPITAL DR. CARLOS LUIS VALVERDE VEGASAN RAMÓN

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2008Tipo de bien servicio u obra por contratar Partida presup Presupuesto Ordinario Monto estimado Período de inicio y programa de habilitaciónAlquiler de batidora de cemento y otros equipos 2106 Ordinario ¢250.000.00 1º trimestrePublicaciones 2112 Ordinario ¢250.000.00 1º trimestreImpresión, encuadernación y otros 2114 Ordinario ¢950.000.00 1º trimestreTelecomunicaciones 2122 Ordinario ¢ 8.250.000.00 1º trimestreServicios de correo 2124 Ordinario ¢ 250.000.00 1º trimestreEnergía Eléctrica 2126 Ordinario ¢78.000.000.00 1º trimestreServicio de agua 2128 Ordinario ¢ 250.000.00 1º trimestreOtros servicios públicos (limpieza de calles, recolección de basura etc.) 2130 Ordinario ¢ 850.000.00 1º trimestreTransportes de bienes (sueros, diesel, etc.) 2141 Ordinario ¢9,500.000.00 1º trimestreMantenimiento de instalaciones (limpieza de trampas sanitarias y tanque sépticos) 2151 Ordinario ¢ 850.000.00 1º trimestreMantenimiento y reparación de equipo de oficina 2152 Ordinario ¢ 1.300.000.00 1º trimestreMantenimiento y reparación de equipos por terceros 2153 Ordinario ¢ 4.200.000.00 1º trimestreMantenimiento y reparación de otros equipos. Incubadoras, Espectofotómetro, Sistema de tratamiento de agua, Centrifuga,Incubadora, Autoclave, Equipo de Rayos X, Ultrasonido, Mamógrafo, Reveladoras, Monitores, Electrocardiógrafos, Maquina de anestesia, ventilador Pulmonar, Incubadoras, Endoscopio, Aires acondicionados, Autoclaves, Colposcopios, etc. 2154 Ordinario ¢52.000.000.00 1º trimestreMantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción: Aires acondicionados, Ascensores Doover, Mantenimiento de lavadoras, Planta eléctrica de emergencias, cuartos fríos, Mantenimiento y reparación de secadoras de ropa y otros. 2155 Ordinario ¢12.500.000.00 1º trimestreMantenimiento y Reparación de edificios por terceros 2156 Ordinario ¢69.000.000.00 1º trimestreMantenimiento y Reparación de Equipo de Comunicación 2157 Ordinario ¢ 500.000.00 1º trimestreMantenimiento y Reparación de equipo de computo y sistema de información 2159 Ordinario ¢ 4.250.000.00 1º trimestreTraslados de pacientes por servicio privado 2184 Ordinario ¢15.500.000.00 1º trimestreContratación de servicios médicos 2188 Ordinario ¢ 1.800.000.00 1º trimestreOtros Servicios no personales: Fotocopias, Afilado de instrumental medico, Fumigación, Parqueos, Derechos de circulación. 2199 Ordinario ¢ 3.500.000.00 1º trimestreCombustibles, lubricantes y grasas 2201 Ordinario ¢88.500.000.00 1º trimestreMedicinas 2203 Ordinario ¢18.500.000.00 1º trimestreOtros Productos Químicos y Conexos 2205 Ordinario ¢102.000.000.00 1º trimestreTintas, Pinturas y diluyente 2206 Ordinario ¢ 8.750.000.00 1º trimestreTextiles y vestuarios 2207 Ordinario ¢ 41.000.000.00 1º trimestreLlantas y neumáticos 2209 Ordinario ¢ 1.000.000.00 1º trimestreProductos de papel y cartón 2210 Ordinario ¢ 20.000.000.00 1º trimestreImpresos y Otros 2211 Ordinario ¢ 4.200.000.00 1º trimestreMateriales, productos metálicos 2212 Ordinario ¢ 4.750.000.00 1º trimestreProductos Alimenticios: Leche y sus derivados, Huevos, Carnes, Embutidos, Frutas, verduras y abarrotes. 2213 Ordinario ¢140.000.000.00 1º trimestreMadera y sus derivados 2214 Ordinario ¢ 4.000.000.00 1º trimestreMateriales de construcción 2215 Ordinario ¢ 4.750.000.00 1º trimestreMateriales y productos eléctricos 2216 Ordinario ¢ 5.750.000.00 1º trimestre

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La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008 Pág 13

Tipo de bien servicio u obra por contratar Partida presup Presupuesto Ordinario Monto estimado Período de inicio y programa de habilitaciónInstrumentos y herramientas 2217 Ordinario ¢ 1.250.000.00 1º trimestreMateriales y productos de vidrio 2218 Ordinario ¢ 500.000.00 1º trimestreInstrumental y material medico y de Laboratorio 2219 Ordinario ¢88.000.000.00 1º trimestreMateriales y productos plásticos 2220 Ordinario ¢ 500.000.00 1º trimestreRepuestos para equipo de transporte 2221 Ordinario ¢ 3.750.000.00 1º trimestreOtros repuestos 2223 Ordinario ¢67.000.000.00 1º trimestreÚtiles y Materiales de oficina 2225 Ordinario ¢ 4.250.000.00 1º trimestreÚtiles y Materiales de limpieza 2227 Ordinario ¢19.250.000.00 1º trimestreÚtiles y Materiales de resguardo y seguridad 2228 Ordinario ¢ 1.000.000.00 1º trimestreEnvases y empaques médicos 2229 Ordinario ¢ 8.250.000.00 1º trimestreÚtiles de cocina y comedor 2231 Ordinario ¢ 3.000.000.00 1º trimestreOtros útiles y materiales 2233 Ordinario ¢ 2.000.000.00 1º trimestreCombustible para equipo de transporte 2241 Ordinario ¢14.500.000.00 1º trimestreLubricantes y grasas para equipo de transporte 2243 Ordinario ¢ 1.100.000.00 1º trimestreFármacos para tratamientos especiales 2245 Ordinario ¢ 1.900.000.00 1º trimestreEQUIPAMIENTOSecadora de industrial 2305 Ordinario ¢ 5.500.000.00 1º trimestreSelladora de bolsas plásticas 2305 Ordinario ¢ 2.000.000.00 1º y 2º trimestreEquipo de oficina: Archivo de metal, escritorios, mesa para equipo de computo, sillas ortopédicas, sumadoras y ventiladores 2310 Ordinario ¢ 3.364.500.00 2º trimestreEquipo de computo: Computadora, Computadoras personales, Servidor de archivo, UPS de 100 VA, Impresora de Matriz, Impresora Láser. 2315 Ordinario ¢14.000.000.00 2º trimestreEquipo médico y de Laboratorio: Andaderas, balanzas, banquillo metálico, bicicleta estacionaria, calentador, camas de posiciones, camillas, Carros de curaciones, centrífugas, Dossier, Equipo de diagnostico, Equipo láser, Esfignomanometros, evacuador gástrico, Gigantes, Lámpara individuales y lámparas de cuello de ganso, Laringoscopio, Mesa de acero inoxidable, Mesas de noche y alimentación, Monitor cardiaco, Mueble de acero, Ordinario y PresupuestoRomana Sierra para cortar yeso, Sillas de ruedas, Sillas metálicas, termómetros del Programay unidad de calentamiento para pacientes, pasamanos y otros 2320 de habilitación ¢61.550.000.00 1º y 2º trimestreEquipo para comunicaciones: Facsímile, Radiocomunicador, teléfonos. 2340 Ordinario ¢ 3.596.000.00 2º trimestreMaquinaria y equipo de talleres: Lijadora de mano, Caladora, Esmedril 8”, Taladro de aire. 2360 Ordinario ¢ 520.000.00 2º trimestreEquipos varios: Balanza de plataforma, Butacas, Carretilla, Carro termo, Ordinario y Cocina eléctrica, Fotómetro digita y Locker 2390 Habilitación ¢ 9.230.000.00 2º trimestreEstantería en anestesiología 2390 Habilitación. ¢14.400.000.00 2º trimestreConstrucción oficinas Sub área Almacenamiento y Distribución 2550 Ordinario ¢12.000.000.00 1º trimestreRed de oxigeno en obstetricia 2550 Habilitación ¢34.075.000.00 2º trimestreConstrucción de bodega de Laboratorio 2550 Habilitación ¢14.000.000.00 1º trimestreConstrucción de nuevo edificio de Rehabilitación 2550 Habilitación ¢75.000.000.00 1º trimestreMejoras en Consulta Externa, construcción de servicios sanitarios y otros. 2550 Habilitación ¢33.000.000.00 2º trimestre

San Ramón, 19 de diciembre del 2007.— Área Gestión Bienes y Servicios.— Lic. César González Baltodano, Jefe.—1 vez.—(2172).

ÁREA DE SALUD DE ESPARZAPROGRAMA DE ADQUISICIONES 2008

A los interesados en obtener el Programa de Adquisiciones del Área de Salud de Esparza, se les comunica que pueden obtenerlo en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr.

Cualquier duda al respecto favor comunicarse al teléfono 635-5049, ext. 222-234-237, con la Sra. Mildred Jaramillo Pérez, Srta. Marta Corrales Alvarado o con la Sra. Ericka Zúñiga Beltrán, o a los correos electrónicos [email protected], [email protected] y [email protected].

Esparza, 15 de enero del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Ericka Zúñiga Beltrán, Encargada a. í.—1 vez.—(2629).

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICAEl Área de Salud Guácimo, informa a los interesados que el

documento de la programación anual de compras para el período 2008, se encuentra publicado en la página Web institucional. Vea detalles y mayor información en el sitio http://www.ccss.sa.cr

Área de Salud Guácimo, 14 de enero del 2008.—Lic. Marielos Pérez Castillo, Administradora.—1 vez.—(2643).

ÁREA DE SALUD DE CAÑASUNIDAD PROGRAMÁTICA: 2555

PROGRAMACIÓN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2008El Área de Salud de Cañas, Región Chorotega, de la Caja Costarricense

del Seguro Social en cumplimiento a lo establecido en los artículos 7, 7.1 7.2 y 7.3 del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa, procede a publicar el Programa de Compras de esta Área de Salud para el año 2008.

Cuenta Descripción Monto ¢2112 Información 500,000.002114 Impresión Encuadernación 3,000,000.002122 Telecomunicaciones 8,000,000.002124 Servicios de Correo 30,000.002126 Energía Eléctrica 64,590,000.002128 Servicios de Agua 14,000,000.002130 Otros Servicios Públicos 2,000,000.002131 Actividades de Capacitación 1,200,000.002134 Gastos viajes dentro del país 21,000,000.002140 Transporte en el país 4,110,000.002141 Transporte de bienes 1,500,000.002142 Seguro daños y otros seguros 7,000,000.002144 Seguro riesgos profesionales 4,291,000.002150 Confección reparación vestuarios 80,000.002151 Mantenimiento instalaciones y otras obras 4,500,000.002152 Mantenimiento reparación equipo oficina 5,000,000.002153 Mantenimiento reparación equipo transporte 4,500,000.002154 Mantenimiento reparación otros equipos 11,000,000.002155 Mantenimiento y reparación maquinaria equipo 2,000,000.002156 Mantenimiento reparación edificios 18,000,000.002157 Mantenimiento reparación equipo comunicación 11,000,000.002159 Mantenimiento reparación equipo computo 9,000,000.002184 Traslados 95,000,000.002186 Hospedajes 3,000,000.002191 Contratación servicio de limpieza 20,000,000.002192 Contratación servicio de vigilancia 21,500,000.002193 Contratación servicios zonas verdes 6,000,000.002199 Otros servicios no personales 10,000,000.002201 Combustible maquinaria equipo 2,400,000.00

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Pág 14 La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008

Cuenta Descripción Monto ¢2203 Medicinas 3,000,000.002205 Otros productos químicos 39,700,000.002206 Tintas, pinturas y diluyentes 10,000,000.002207 Textiles y vestuarios 16,500,000.002209 Llantas y neumáticos 1,400,000.002210 Productos papel y cartón 21,000,000.002211 Impresos y otros 3,950,000.002212 Materiales y productos metálicos 2,000,000.002213 Alimentos y bebidas 20,000,000.002214 Madera y sus derivados 3,000,000.002215 Otros materiales construcción 4,000,000.002216 Materiales y productos eléctricos 5,000,000.002217 Instrumentos y herramientas 2,000,000.002218 Materiales y productos de vidrio 3,000,000.002219 Instrumental medico y laboratorio 9,000,000.002220 Materiales y productos plásticos 1,500,000.002221 Repuestos para equipo de transporte 4,500,000.002223 Otros repuestos 10,500,000.002225 Útiles y materiales de oficina 14,850,000.002227 Útiles y materiales de limpieza 10,000,000.002228 Útiles y materiales de resguardo 500,000.002229 Envases y empaque medico 3,000,000.002231 Útiles cocina y comedor 2,500,000.002233 Otros útiles y materiales y suministro 5,000,000.002241 Combustible equipo de transporte 13,500,000.002243 Lubricantes grasas equipo de transporte 4,000,000.002310 Equipo mobiliario de oficina 2,000,000.002315 Equipo de computo 7,500,000.002320 Equipo medico y de laboratorio 15,000,000.002340 Equipo para comunicaciones 2,250,000.002360 Maquinaria y equipo de talleres 1,200,000.002390 Equipos varios 4,600,000.00 TOTAL ¢600,151,000.00

Cañas, 15 enero del 2008.—Dra. Ana Live Arias Martínez, Directora a .í—Lic. Juan Baltodano Quintana, Administrador a. í.—1 vez.—(2849).

CENTRO DE TRANSPLANTE DE HÍGADOY CIRUGÍA HEPATOBILIAR

U.P. 2803PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVADe conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento a

la Ley de Contratación Administrativa, El Centro de Transplante de Hígado y Cirugía Hepatobiliar de la Caja Costarricense de Seguro Social (U.P. 2803), hace del conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes; sus necesidades de contratación para el período 2008.Partida Descripción Asignación Original ¢

1 Egresos en Efectivo

210 SERVICIOS NO PERSONALES

2102 ALQUILER EDIFICIO LOCAL TERCEROS 17.000.000,00 2112 INFORMACIÓN 150.000,00 2114 IMPRESIÓN ENCUADERNACIÓN 150.000,00 2122 TELECOMUNICACIONES 1.500.000,00 2126 ENERGÍA ELÉCTRICA 550.000,00 2128 SERVICIOS DF. AGUA 550.000,00 2134 GASTOS VIAJ DENTRO DEL PAÍS 200.000,00 2140 TRANSPORTE EN EL PAÍS 350.000,00 2141 TRANSPORTE DE BIENES 250.000,00 2144 SEGURO RIESGOS PROFESIONALES 732.500,00 2152 MANTEN. REP. EQUIPO Y MOB. DE OFICINA 250.000,00 2154 MANTENIM. REP. OTROS EQUIPOS 1.000.000,00 2156 MANT. REPAR. EDIFICIO POR TERCEROS 17.500.000,00 2157 MANT. REP. EQUIPO DE COMUNICACIÓN 300.000,00 2159 MANT. RE. EQUIPO DE CÓMPUTO 650.000,00 2184 TRASLADOS 500.000,00 2188 CONTRAT. SERV. MÉDICO, FARMACIA Y LAB. 2.300.000,00 2192 CONTRATO SERVICIO DE VIGILANCIA 8.000.000,00 2199 OTROS SERV. NO PERSONALES 3.000.000,00

Subtotal ¢54.932.500,00

220 MATERIALES Y SUMINISTROS

2203 MEDICINAS 31.000.000,00 2205 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS 33.600.000,00 2206 TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES 500.000,00 2207 TEXTILES Y VESTUARIOS 5.000.000,00 2210 PRODUCTOS PAPEL Y CARTÓN 1.500.000,00 2211 IMPRESOS Y OTROS 200.000,00 2215 OTROS MAT CONSTRUCCIÓN 5.000.000,00 2216 MATPRO. ELÉCTRICOS TELEFÓNICOS 100.000,00 2219 INSTRUMENTAL Y MAT. MÉDICO Y DE LAB. 90.000.000,00 2223 OTROS REPUESTOS 17.000.000,00 2225 ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA 300.000,00 2227 ÚTILFS Y MATERIALES DE LIMPIEZA 300.000,00 2229 ENVASES Y EMPAQUE DE MEDICINA 200.000,00 2237 OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS 250.000,00 2245 FÁRMACOS PARA TRATAMIENTOS ESPECIALES 85.000.000,00

Subtotal ¢269.950.000,00

Partida Descripción Asignación Original ¢

230 MAQUINARIA Y EQUIPO

2310 EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA 1.000.000,00 2315 EQUIPO DE CÓMPUTO 2.500.000,00 2320 EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO 128.000.000,00 2340 EQUIPO PARA COMUNICACIONES 2.000.000,00 2390 EQUIPOS VARIOS 1.500.000,00

Subtotal ¢135.000.000,00

Total ¢459.882.500,00

San José, 10 de enero del 2008.—Dra. María Amalia Matamoros Ramírez, Directora Médica.—1 vez.—(2850).

ÁREA DE SALUD ALFARO RUIZDe conformidad con lo estipulado en el artículo 6º de la Ley de

Contratación Administrativa y 7º de su reglamento; la Comisión de Compras del Área de Salud de Alfaro Ruiz publica su programa de adquisiciones para el año 2008.

PARTIDA NOMBRE MONTO ¢

SERVICIOS NO PERSONALES

2102 ALQ. EDIF. LOCALES Y TERRENOS 38,500.002112 INFORMACION 78,000.002122 TELECOMUNICACIONES 1,899,000.002126 ENERGIA ELECTRICA 3,120,000.002128 SERVICIOS DE AGUA 176,000.002130 OTROS SERVICIOS PUBLICOS 80,000.002134 GASTOS DE VIAJE DENTRO PAIS 2,255,000.002140 TRASPORTE EN EL PAIS 903,500.00

2151MANTENIMIENTO INST. Y OTRAS OBRAS 250,000.00

2152MANTEN. Y REP. EQUIP. Y MOB. OFICINA 229,000.00

2153MANTEN. Y REP. EQUIP. TRANSPORTE 460,000.00

2154 MANTENIM. Y REP. OTROS EQUIPOS 1,300,000.002156 MANT. REPAR. ED. TERCEROS 1,800,000.00

2157MANTEN. Y REP. EQ. COMUNICACIONES 172,000.00

2159 MANTEN Y REP. EQ. COMPUTO 950,000.002184 TRASLADOS 15,218,500.00

2188CONTRATACION DE SERV. MED Y LAB. 48,111,500.00

2191 CONTRATO DE LIMPIEZA Y EDIF. 2,160,000.00

2199 OTROS SERV. NO PERSONALES 1,657,500.00

MATERIALES Y SUMINISTROS2201 COMBUSTIBLE MAQUI. Y EQUIPO 30,000.002203 MEDICINAS 300,500.00

2205OTROS PROD. QUIMICOS Y CONEXOS 2,373,000.00

2206 TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES 3,588,000.002207 TEXTILES Y VESTUARIOS 1,775,500.002209 LLANTAS Y NEUMATICOS 292,000.002210 PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON 1,213,500.002211 IMPRESOS Y OTROS 62,500.002212 MATERIALES DE PROD. METAL 1,085,000.002214 MADERA Y DERIVADOS 102,000.00

2215OTROS MATER. Y PROD. CONSTRUCCION 1,391,000.00

2216 MAT. Y PROD. ELECT. TEL. Y COM. 205,000.002217 INSTRUMENT. Y HERRAMIENTAS 95,000.002219 INSTRUM. MEDICO Y LABORATORIO 1,449,500.00

2221REPUESTOS. EQUIPO DE TRANSPORTE 192,500.00

2223 OTROS REPUESTOS 1,721,000.002225 UTILES Y MATERIALES DE OFICINA 659,000.002227 UTILES Y MATERIALES LIMPIEZA 712,000.00

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La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008 Pág 15

PARTIDA NOMBRE MONTO ¢2229 ENVASES Y EMPAQUES MEDICOS 423,000.002233 OTROS UTILES Y MATERIALES 265,000.002241 COMBUSTIBLE EQUIP. TRANSPORTE 1,553,000.00

2243LUBRICANTES, GRASAS, EQUIP. TRANSP. 252,000.00

MAQUINARIA Y EQUIPO2305 MAQUIN. Y EQUIPO DE PROD. 25,500.002310 EQUIP. Y MOBILIARIO OFICINA 1,186,000.002315 EQUIPO DE COMPUTO 4,760,000.002320 EQUIPO MEDICO Y LABORAT. 1,620,500.002380 LIBROS 60,000.002390 EQUIPOS VARIOS 348,000.00

Zarcero, 14 de enero 2008.—Dr. Luis E. Blanco Rojas, Director Médico.—1 vez.—(2851).

DIRECCIÓN GESTIÓN REGIONAL Y RED DE SERVICIOS DE SALUD

Presupuesto para las compras de la Dirección Gestión Médica Regional, Región Pacífico Central del año 2008, esto apegado a la Ley de Contratación Administrativa, artículo 6º y Nº 2 del Reglamento.

PROGRAMA DE COMPRAS PARA EL AÑO 2008DIRECCIÓN GESTIÓN MÉDICA REGIONAL

PACÍFICO CENTRAL210 SERVICIOS NO PERSONALES

Cuenta Descripción de MontoPresupuestaria partida anual

2112 INFORMACIÓN 300.000.002114 IMPRESIÓN ENCUA 250.000.002122 TELECOMUNICACIÓN 6.000.000.002124 SERVIOS DE CO 100.000.002126 ENERGIA ELECTRI 9.000.000.002128 SERVICIOS DE AG. 1.300.000.002130 OTROS SERVICIOS 1.750.000.002134 GASTOS VIAJ. DEN 13.500.000.002140 TRANSP. EL PAIS 1.500.000.002141 TRANSP. BIENES 300.000.002142 SEG. DANOS Y OT 1.100.000.002144 SEGURO RIESGOS 1.218.300.002150 CONF. REPAR. VEST. 100.000.002152 MANTENIM. REP. EQ. 1.300.000.002153 MANT. REP. EQUIP 2.000.000.002154 MANTENIM. REP EQ. 1.500.000.002156 MANT. REP. ED.T 4.500.000.002157 MANT. REP. EQ. COM 500.000.002159 MANT. RE. E. COMP. 600.000.002199 OTROS SERV. NO P. 1.700.000.00

Subtotal 48.518.300.00220 MATERIALES Y SUMINISTROS

2201 COMBUS. MAQ. EQUI. 100.000.002205 OTROS PROD. QUIM. 2.500.000.002206 TINTAS PINT. DIL 3.000.000.002207 TEXTILES Y VEST. 1.600.000.00

Cuenta Descripción de MontoPresupuestaria partida anual

2209 LLANTAS Y NEUMA 1.500.000.002210 PRODUCTOS PAPEL 2.500.000.002211 IMPRESOS Y OTRO 200.000.002212 MANT. PROD. META 500.000.002213 ALIMENT. Y BEBID. 2.500.000.002214 MADERA Y DERIVA 500.000.002215 OTROS MAT. CONST. 2.500.000.002216 MAT. PROD. PLAST. 500.000.002217 INSTRUMENT. Y H. 200.000.002218 MANT. PROD. VIDRIO 500.000.002220 MANT. PROD. PLAST. 500.000.002221 REP. EQUIPO DE T. 2.500.000.002223 OTROS REPUESTOS 1.600.000.002225 ÚTILES Y MATER. 2.000.000.002227 ÚTILES Y MAT. D 2.000.000.002233 OTROS ÚTILES Y 1.500.000.002241 COMBUST. EQUIP. T 7.500.000.002243 LUBRIC. GRASA EQ. 1.000.000.00

Subtotal 37.200.000.00230 MAQUINARIA Y EQUIPO

Cuenta Descripción de MontoPresupuestaria partida anual

2310 EQ. Y MOBILIARIO 1.000.000.002315 EQUIPO DE COMPU 2.500.000.002340 EQ. PARA COMUNIC. 400.000.002390 EQUIPOS VARIOS 1.000.000.00

Subtotal 4.900.000.00Puntarenas, 14 de enero del 2008.—Mba. Víctor Julio Barrientos

Picado, Administrador.—1 vez.—(2852).

INSTITTUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADDIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

Programa de compras para el 2008De conformidad con el artículo 7 del Reglamento a la Ley de

Contratación Administrativa, se informa que ya se encuentra disponible, el Programa de Compras para el año 2008 y sus Modificaciones. Esta información la pueden obtener en la dirección electrónica https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do en el menú de Documentación, seleccione, Documentos sobre Contratación Administrativa y luego Plan de Compras.

San José, 16 de enero del 2008.—Ing. Luis Ángel Acuña Rodríguez, Subdirector.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-7280.—(3418).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE PURISCALPLAN DE ADQUISICIONES 2008

Se avisa a todos los potenciales oferentes, que el detalle de las adquisiciones programadas para el año 2008, se encuentra a disposición en el Departamento de Proveeduría, y se suministrará mediante USB (llave maya) o CD, según lo provea el interesado.

Asimismo, avisa que estará recibiendo documentos de actualización del registro de proveedores del 14 al 31 de enero del 2008, en jornada usual de oficina.

Puriscal, 8 de enero del 2008.—Proveeduría Municipal.—Carlomagno Gómez Marín, Proveedor.—Jorge Chávez Guitierrez, Alcalde.—1 vez.—(2180).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓNDEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

PLAN ANUAL DE COMPRAS PERÍODO 2008De conformidad con lo estipulado en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º del Reglamento General de Contratación

Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2008, se contratará lo siguiente: Programa Programa Programa ProgramaPartida Detalle I II III IV Total Fuente Período

1 SERVICIOS 37.994.678,35 125.341.553,50 3.115.198,12 - 166.451.429,97 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.01 ALQUILERES - 11.500.000,00 - - 11.500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario - 11.000.000,00 11.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.01.99 Otros alquileres - 500.000,00 500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.02 SERVICIOS BÁSICOS 8.900.000,00 75.447.338,50 300.000,00 - 84.647.338,50 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.02.02 Servicio de energía eléctrica 3.800.000,00 3.000.000,00 150.000,00 6.950.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.02.03 Servicio de correo 50.000,00 - 50.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.02.04 Servicio de telecomunicaciones 5.050.000,00 750.000,00 150.000,00 5.950.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.02.99 Otros servicios básicos - 71.697.338,50 71.697.338,50 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

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Programa Programa Programa ProgramaPartida Detalle I II III IV Total Fuente Período

1.03 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 7.155.000,00 1.400.000,00 900.000,00 - 9.455.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.03.01 Información 500.000,00 - 500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.03.02 Publicidad y propaganda 1.150.000,00 500.000,00 500.000,00 2.150.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.03.03 Impresión, encuadernación y otros 1.165.000,00 900.000,00 400.000,00 2.465.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.03.06 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 2.040.000,00 - 2.040.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.03.07 Servicios de transferencia electrónica de información 2.300.000,00 - 2.300.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 6.905.000,00 3.000.000,00 4.000.000,00 - 13.905.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.04.04 Servicios en ciencias económicas y sociales 4.625.000,00 - 4.625.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.04.03 Servicios de Ingeniería 800.000,00 - - 800.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.04.06 Servicios generales 680.000,00 - 680.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 800.000,00 3.000.000,00 4.000.000,00 - 7.800.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.05 GASTOS DE VIAJE Y TRANSPORTE 2.730.000,00 1.400.000,00 - - 4.130.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.05.01 Transporte dentro del país 800.000,00 700.000,00 1.500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.05.02 Viáticos dentro del país 880.000,00 - 880.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.05.03 Transporte en el Exterior 700.000,00 700.000,00 1.400.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.05.04 Viáticos en el exterior 350.000,00 - 350.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES 6.309.678,35 8.048.883,78 1.115.198,12 - 15.473.760,25 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.06.01 Seguros 1.000.000,00 2.800.000,00 3.800.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.06.01 Seguros-Riesgos 5.309.678,35 5.248.883,78 1.115.198,12 - 11.673.760,25 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 6.800.000,00 14.345.331,22 300.000,00 - 21.445.331,22 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.07.01 Actividades de capacitación 5.300.000,00 14.345.331,22 300.000,00 19.945.331,22 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.07.03 Gastos de representación institucional 1.500.000,00 1.500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 5.900.000,00 12.000.000,00 500.000,00 - 18.400.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.08.01 Mantenimiento y reparación de Edificios y Locales 3.000.000,00 4.500.000,00 7.500.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 2.000.000,00 7.500.000,00 500.000,00 10.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 100.000,00 - 100.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 100.000,00 - 100.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.08.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas 700.000,00 - 700.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 de información

1.99 Impuestos 200.000,00 1.200.000,00 - - 1.400.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20081.99.99 Otros Impuesto 200.000,00 1.200.000,00 1.400.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 12.200.155,94 95.853.897,66 93.633.463,29 25.929.272,00 227.616.788,89 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 5.270.155,94 16.100.000,00 1.650.000,00 - 23.020.155,94 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.01.01 Combustibles y lubricantes 2.570.155,94 13.900.000,00 1.500.000,00 17.970.155,94 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 200.000,00 - 200.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.01.03 Productos veterinarios - - - 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 2.500.000,00 200.000,00 150.000,00 2.850.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.01.99 Otros productos químicos - 2.000.000,00 2.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.03 MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO 630.000,00 51.532.384,63 89.983.463,29 25.929.272,00 168.075.119,92 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO2.03.01 Materiales y productos metálicos 70.000,00 2.800.000,00 - 2.870.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos - 32.614.401,04 89.983.463,29 25.929.272,00 148.527.136,33 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 y Part. Específicas2.03.03 Madera y sus derivados 50.000,00 200.000,00 - 250.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos 330.000,00 500.000,00 830.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 y de cómputo2.03.06 Materiales y productos de plástico 30.000,00 9.300.000,00 9.330.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción 150.000,00 6.117.983,59 6.267.983,59 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 550.000,00 5.500.000,00 - - 6.050.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.04.01 Herramientas e instrumentos 50.000,00 1.000.000,00 1.050.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.04.02 Repuestos y accesorios 500.000,00 4.500.000,00 5.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.05 BIENES PARA LA PRODUCCIÓN - 3.489.563,95 - - 3.489.563,95 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 Y COMERCIALIZACIÓN2.05.01 Materia prima - 3.489.563,95 3.489.563,95 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

2.99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 5.750.000,00 19.231.949,08 2.000.000,00 - 26.981.949,08 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 900.000,00 750.000,00 1.500.000,00 3.150.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.02 Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación 100.000,00 4.320.000,00 4.420.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 3.250.000,00 2.150.000,00 500.000,00 5.900.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.04 Textiles y vestuario 600.000,00 4.000.000,00 4.600.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.05 Útiles y materiales de limpieza 500.000,00 500.000,00 - 1.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 100.000,00 1.000.000,00 1.100.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20082.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 300.000,00 6.511.949,08 6.811.949,08 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

5 BIENES DURADEROS 2.070.000,00 6.444.942,60 306.099.624,90 - 314.614.567,50 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILARIO 2.070.000,00 6.444.942,60 22.500.000,00 - 31.014.942,60 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.01.01 Maquinaria y equipo para la producción - - 5.000.000,00 - 5.000.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 1.500.000,00 3.600.000,00 - 5.100.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.01.05 Equipo y programas de cómputo 570.000,00 304.942,60 17.500.000,00 - 18.374.942,60 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.01.07 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo - 2.540.000,00 - 2.540.000,00 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008

5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS - - 283.599.624,90 - 283.599.624,90 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.02.01 Edificios - - 62.541.077,71 - 62.541.077,71 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.02.02 Vías de comunicación terrestre - - 154.305.585,27 154.305.585,27 Pres. Ordinario Ene-Dic 20085.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras - - 66.752.961,92 - 66.752.961,92 Pres. Ordinario Ene-Dic 2008 Totales 778.431.222,32 869.468.359,13 607.009.576,02 25.929.272,00 2.280.838.429,47

Tres Ríos, 2 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Marvin Durán Vega, Jefe.—1 vez.—(2628).

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MUNICIPALIDAD DE NANDAYUREPROGRAMACION DE COMPRA DE BIENES

Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2008 ServiciosServicios de Energía Eléctrica 15.490.956,30Servicios de Correo 569.585,86Servicios de Telecomunicaciones 2.950.000,00Servicios de Ingeniería 5.250.000,00Servicios Jurídicos 3.400.000,00Servicios Generales 3.400.000,00Otros Servicios de Gestión y Apoyo 25.975.000,00Otros Servicios Básicos 1.650.000,00Información 1.150.000,00Publicidad y Propaganda 1.650.000,00Impresión, Encuadernación otros 1.100.000,00Transportes de Bienes 500.000,00Transportes dentro del País 1.800.000,00Alquileres de Maquinaria, Equipo y mobiliario 13.500.000,00Capacitación y ProtocoloActividades de capacitación 1.900.000,00Actividades Protocolarias 2.550.000,00Mantenimiento y ReparaciónMantenimiento y Reparación de Equipo de Transportes 11.600.000,00Mantenimiento y Reparación de Equipo deCómputo y Sistemas de Información 2.350.000,00Mantenimiento y Reparación de otros equipos 400.000,00Materiales y Suministros Combustibles y Lubricantes 43.150.000,00Tintas, Pinturas y Diluyentes 6.257.164,21

Materiales y Suministros Otros productos Químicos 1.596.836,02Materiales y Productos Eléctricos, Telefónicosy de Cómputo 3.055.941,95Otros Materiales y Productos de Usoen la Construcción 150.000,00Herramientas e Instrumentos 1.000.000,00Repuestos y Accesorios 35.218.314,75Útiles y Materiales de Oficina y Cómputo 850.000,00Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación 2.100.000,00Producto de Papel, Cartón e Impresos 1.575.000,00Textiles y Vestuario 550.000,00Útiles y Materiales de Limpieza 470.000,00Útiles y Materiales de resguardo y seguridad 900.000,00Otros Útiles, Materiales y Suministros 2.227.277,75Materiales y Productos Metálicos 16.439.701,52Materiales y Productos Minerales y Asfálticos 61.755.611,99Maderas y sus Derivados 3.750.000,00Materiales y productos Plásticos 4.658.383,87Productos Agroforestales 1.195.848,00

Bienes DuraderosEquipo y Mobiliario de Oficina 1.546.000,00Equipo y Programas de Computo 4.850.000,00Equipo de Comunicación 600.000,00Equipo de Transporte 12.000.000,00

Total 287.381.622,22

Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde Municipal.—1 vez.—(OC Nº 42776).—C-46220.—(2513).

AVISOSPOPULAR PENSIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASUNIDAD DE COMPRAS

PROGRAMACION DE COMPRAS PARA EL PERIODO 2008Operadora de planes de pensiones complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sociedad Anónima, Departamento de Administración

y Finanzas, Plan Anual de Adquisiciones Año 2008.Cumpliendo con lo que estipula el Artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se detalla el Plan Anual de Adquisiciones

del Año 2008.CÓDIGO TIPO DE BIEN, SERVICIO U OBRA POR CONTRATAR MONTO ESTIMADO FUENTE DE FINACIAMIENTO PERIODO DE INCIO PARTIDAS-GRUPO DE SUBPARTIDAS-SUBPARTIDAS DE LA COMPRA

1 SERVICIOS 678,945,343.38 - 1.01 ALQUILERES 189,942,528.40 - 1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos 185,512,159.40 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE1.01.03 Alquiler de equipo de cómputo 4,430,369.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE1.03 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 10,700,500.00 - 1.03.03 Impresión, encuadernación y otros 10,250,500.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE1.03.04 Transporte de bienes 450,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 380,549,524.70 - 1.04.01 Servicios médicos y de laboratorio 4,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE1.04.04 Servicios en ciencias económicas y sociales 53,281,288.80 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Auditar Estados Financieros 5,992,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Auditoria de Riesgo 3,616,600.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Asesorias Comité de Riesgo 3,092,419.40 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Asesorias Comité de Inversiones 3,092,419.40 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Asesor Económico 3,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE 1 Estudio Actuarial 2008 2,090,040.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación Encuestas: Percepción, Calidad Servicio 8,360,160.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Certificación de norma producto 7,837,650.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Prestación Servicios Riesgo entre Banco y Operadora 16,200,000.00 Presupuesto I, II SEMESTRE1.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 18,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación de Empresa para Desarrollo Módulo Recaudación 18,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.04.06 Servicios generales 4,314,240.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Servicio de mensajería 4,314,240.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 300,953,995.90 Presupuesto Ordinario 2008 I, II, SEMESTRE Rediseño procesos Inversiones, Operaciones y Contabilidad Popular Pensiones (*) 33,800,000.00 Presupuesto Extra. 2008 I, II, SEMESTRE Modif. Presupuestaria Compra de memorias 2006-2007 (*) 8,169,845.70 Presupuesto Extra. 2008 I, II SEMESTRE Modif. Presupuestaria Plan Estratégico 2008 al 2011 (**) 10,000,000.00 Presupuesto Extra. 2008 I, II SEMESTRE Modif. Presupuestaria Traducciones Contratos Internacionales 539,280.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Elaboración e Impresión de Memorias 4,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Impresión de Estados de Cuenta 55,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación de una empresa para la Digitalización de documentos 6,287,869.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de la Adm. De la Base de Datos 10,450,200.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de Servicio de enlace inalámbrico 3,135,060.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Servicio de Jardinería 1,730,190.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Custodia y Administración de documentos Ley 7202 12,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Estudio Corporativo Salarial de Mercado 2,140,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE

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CÓDIGO TIPO DE BIEN, SERVICIO U OBRA POR CONTRATAR MONTO ESTIMADO FUENTE DE FINACIAMIENTO PERIODO DE INCIO PARTIDAS-GRUPO DE SUBPARTIDAS-SUBPARTIDAS DE LA COMPRA Servicios de Secretaría 18,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Prestación de Servicios en Recursos Humanos 11,100,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Consultoría para Inspección de Obras para Renovación de Plataforma 1,500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Consultoría para Hardening de Hardware y Servicios 8,882,670.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Reubicación del Aire Acondicionado de Precisión 2,090,040.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Sitio de Contingencia para la Operadora 37,934,226.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación de Enlace en Cobre de 2MB del BPDC a Sitio Contingente 1,630,231.20 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación de Enlace de 10 MB inicialmente 7,524,144.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Consultoría BI - Análisis de posibles Datamart y elaboración del Datamart para brindar información de Afiliados 12,540,240.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contratación Servicios Call Center 52,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Servicios Cambio Mensajes - Mensajería en Espera 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 5,470,861.00 - 1.05.03 Transporte en el exterior 5,470,861.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 92,281,929.28 - 1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales 3,905,500.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 3,500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 8,076,364.28 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de Soporte equipos de comunicación 6,877,964.28 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE General 1,198,400.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 5,743,800.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Operaciones (lector-archivos seguridad) 0.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Auditoria Interna 100,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Mantenimiento de aires acondicionados 2,247,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE General 3,396,800.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08.08 Manten y reparación equipo cómputo y sistemas de información 65,921,205.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Auditoria Interna 300,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de mantenimiento y soporte de las licencias ORACLE 21,318,408.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de mantenimiento para los equipos IBM 29,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato de mantenimiento y soporte de licencias TOAD 10,450,200.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Contrato Soporte Mantenimiento UPS 2,455,797.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE General 2,396,800.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE1.08.99 Mantenimiento y reparación de otros equipos 5,135,060.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Soporte y Mantenimiento de Equipo contra incendio 3,135,060.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE General 2,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2 MATERIALES Y SUMINISTROS 83,850,166.25 - PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 37,750,000.00 - 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 37,750,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.02 ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS 3,860,000.00 - 2.02.03 Alimentos y bebidas 3,860,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03 MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 5,905,299.952.03.01 Materiales y productos metálicos 1,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.03 Madera y sus derivados 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 2,405,299.95 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.05 Materiales y productos de vidrio 300,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.06 Materiales y productos de plásticos 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.03.99 Otros materiales y producto de uso en la construcción 700,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 6,284,582.00 - 2.04.01 Herramienta e instrumentos 1,627,012.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.04.02 Repuestos y accesorios 4,657,570.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 30,050,284.30 - 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 12,786,500.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99.02 Útiles y materiales medico hospitalario 50,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 15,565,384.30 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 1,198,400.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99.07 Útiles y materiales de cocina y comedor 50,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE2.99.99 Otros útiles y materiales y suministros 400,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE5 BIENES DURADEROS 1,068,563,987.31 - 5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 1,068,563,987.31 - 5.01.03 Equipo de comunicación 7,877,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Teléfonos 2008 255,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Máquina Microfilmadora 6,300,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 1 Sistema de Grabaciones telefónicas 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Fax símil 220,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Casco de Operador Telefónico 602,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 30,975,717.31 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 4 Archivos Metálicos 510,784.81 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 14 Archivos pequeños (arturitos) 700,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 53 Sillas ergonómicas 3,860,500.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 14 Estaciones de Trabajo 5,250,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 3 Video BEEN 4,200,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 2 Stand 3,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 2 Fotocopiadoras 6,462,550.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 2 Biblioteca 1,250,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 10 Mesas para el comedor 1,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 2 Destructora de Papel 891,882.50 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 2 Pantalla de Proyección 1,350,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 1 Mesa para teléfono 500,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 20 Mesas 2,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE

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LICITACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-2701

Suministro de arrozEl Área de Gestión Bienes y Servicios del Hospital Dr. Escalante

Pradilla de Pérez Zeledón, recibirá ofertas hasta las 13:00 horas del 6 de febrero del 2008, para la licitación abreviada Nº 2008LA-000003-2701 para el suministro de arroz.

Los interesados podrán retirar cartel en el Área de Gestión Bienes y Servicios del este Hospital, costo del mismo ¢1.500,00 (mil quinientos colones).

San Isidro de El General, enero 15 del 2008.— Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Ligia Castrillo Morales, Jefa.—1 vez.—(3302).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-2701Suministro de carne de pollo

El Área de Gestión Bienes y Servicios del Hospital Dr. Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 6 de febrero del 2008, para la licitación abreviada Nº 2008LA-000002-2701 para el suministro de carne de pollo.

Los interesados retirar cartel en el Área de Gestión Bienes y Servicios del este Hospital, costo del mismo ¢1.500,00 (mil quinientos colones).

San Isidro de El General, enero 15 del 2008.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Ligia Castrillo Morales, Jefa.—1 vez.—(3303).

ADJUDICACIONESBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000005-PCADCompra de servidores y racks

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº 2007LN-000005-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante acta Nº 445-2008 del 11 de enero del 2008, resolvió adjudicar en los siguientes términos:Grupo Comercial Tectronic S. A., cédula jurídica Nº 3-101-397585.

Ítems Nº 1 y 2. Monto total adjudicado: $90.162,70 (Noventa mil ciento sesenta y dos dólares con 70/00).

Plazo de entrega: Grupo Comercial Tectronic S. A., se compromete a entregar el equipo adjudicado en un plazo de 2 meses calendario.Componentes El Orbe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-111502-18.

Ítems Nº 3, 4, 5, 6 y 7. Monto total adjudicado: $618.109,18 (Seiscientos dieciocho mil ciento nueve dólares con 18/100).

Plazo de entrega: Componentes el Orbe S. A., se compromete a entregar el equipo adjudicado en un plazo de 30 días hábiles.Sistemas Analíticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015705-28.

Ítem Nº 8. Monto total adjudicado: $65.469,05 (Sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares con 05/100).

Plazo de entrega: Sistemas Analíticos S. A., se compromete a entregar los equipos adjudicados en un plazo de 2 meses calendario.

Garantía de cumplimiento: cada contratista deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5 por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega del objeto del contrato.

Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 386-2007.

San José, 15 de enero del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(3396).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICOLICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000008-01

Concesión para la explotación comercial turísticade local en la plaza del Pacífico

Que la Junta Directiva de esta Institución mediante acuerdo N° 7 tomado en la sesión N° 3467, celebrada el día 19 de diciembre del 2007 acordó declarar Infructuosa la Licitación Pública 2007LN-000008-01 por “Concesión para la Explotación Comercial Turística de Local en la Plaza del Pacífico” por no haberse presentado ningún oferente.

Lo anterior, a solicitud de la Gerencia General en oficio G.G.C.02721-2007 del 17 de diciembre de 2007, conforme a recomendación de la Comisión de Contratación Administrativa de acuerdo al acta N° 49 del 17 de diciembre del 2007.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Marvin Calero Álvarez, Proveedor General.—1 vez.—(Solicitud Nº 11223).—C-7940.—(3425).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000050-3003 (Declaratoria de infructuosa)

Servicios profesionales en ingeniería parasistema integral de aire acondicionado

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comunica que el concurso realizado para la adquisición de servicios profesionales en ingeniería para sistema integral de aire acondicionado, Licitación Abreviada Nº 2007LA-000050-3003, se declaró infructuoso en razón de que el día 15 de enero del 2008, a las dos de la tarde, fecha y hora programada para la apertura, no se presentaron ofertas.

San José, 16 de enero del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(3415).

CÓDIGO TIPO DE BIEN, SERVICIO U OBRA POR CONTRATAR MONTO ESTIMADO FUENTE DE FINACIAMIENTO PERIODO DE INCIO PARTIDAS-GRUPO DE SUBPARTIDAS-SUBPARTIDAS DE LA COMPRA5.01.05 Equipo y programas de cómputo 1,028,711,270.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Compra de Servidores plataforma Windows para servicios básicos de Popular Pensiones (**) 55,000,000.00 Presupuesto Extra. 2008 I, II SEMESTRE Modif. Presupuestaria Adquisición de Software para la Administración de Inventarios, Activos Fijos y Presupuesto (**) 21,233,000.00 Presupuesto Extra. 2008 I, II SEMESTRE Modif. Presupuestaria Impresoras 2008 1,980,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 1 Sistema de inversiones 52,251,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Scanner 2008 1,045,020.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Computadoras 2008 37,700,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Portátiles 2008 4,200,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE 1 Software Especializado para la medición de competencias R.H. 1,900,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Renovación de la Plataforma Tecnológica UNIX de la Operadora 927,455,250.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Software y Hardware Sistema Call Center 2,100,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Unidad DVD 80,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE5.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 1,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE Equipo para el consultorio médico 1,000,000.00 Presupuesto Ordinario 2008 I, II SEMESTRE

MONTO TOTAL 1,831,359,496.94 - (*) Corresponde a la Licitación Abreviada 2007LA-000007-01 “Rediseño de los procesos de Inversiones, Operaciones y Contabilidad de Popular

Pensiones” y la contratación directa 2007CD-000020-01 “Compra de Memorias 2006-2007”, las cuales serán canceladas con recursos del Presupuesto Extraordinario 2008 y de la Modificación Presupuestaria 2008.

(**) Corresponde a las Licitaciones Abreviadas: 2007LA-000006-01 “Compra de Servidores plataforma Windows para servicios básicos de Popular Pensiones y 2007LA-000004-01 “Adquisición de Software para la Administración de Inventarios, Activos Fijos y Presupuesto” y la Contratación de Plan Estratégico 2008 al 2011, las cuales serán canceladas con recursos del Presupuesto Extraordinario 2008 y de la Modificación Presupuesto 2008.

San José, 8 de enero del 2008.—Departamento de Administración y Finanzas, Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Henry Obando Villalobos, Encargado Técnico del Proceso de Compras.—1 vez.—(2135).

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000034-PROV

Adquisición de bombas para trasiego y colocación de concretoa combustión y eléctricas MET-UEN PySA.

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 0510.0006.2008 del 3 de enero de 2008, acordó adjudicar la Licitación Pública 2007LI-000034-PROV, de la siguiente manera:Oferta Nº 1, Balbeck S. A., cédula jurídica Nº 3-101-042493.Partida Nº 1:

Bombas portátiles para trasiego y colocación de concreto operada por motor de combustión (incluye 2 c/u bombas, otros componentes de las bombas, repuestos, impuestos y capacitación).Subtotal: USD 224 896,5813% I.V.: USD 29 236,56Capacitación: USD 5 000,00Valor total partida Nº 1: USD 259 133,14Vía del Transporte: marítimo.Tiempo de entrega de los equipos: en un plazo no mayor noventa

(90) días naturales a partir de la notificación de la orden de compra por parte del ICE.

Lugar de entrega de los bienes: plantel de los Talleres ICE del MET en Cebadilla de Alajuela.

Modalidad y forma de pago: treinta (30) días giro a la vista.60% del costo del suministro una vez que los bienes hayan sido

entregados en el lugar de entrega fijado, y el 40% restante luego del recibido conforme a plena satisfacción del ICE.

La capacitación se pagará 100% a treinta (30) días contra recibo conforme del servicio.

Garantía sobre los bienes: doce (12) meses contados a partir del recibo conforme del ICE de los bienes, a entera satisfacción en el lugar de entrega señalado.

Garantía de cumplimiento: 8% del valor total adjudicado, con una vigencia de 6 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato, misma que se devolverá de acuerdo con lo que se establece en las condiciones generales.Oferta Nº 2, CIFA LA, S. de R.L. de C.V., representante: Representaciones

G.M.G. S. A.Partida Nº 2:

Bombas portátiles para trasiego y colocación de concreto operada por motor eléctrico (incluye 2 c/u bombas, repuestos obligatorios, capacitación, repuestos recomendados, kit de conexión del sistema eléctrico y plataforma boggie para tránsito sobre vía férrea).Subtotal (impuestos incluidos): USD 300 587,52Capacitación: USD 1 500,00Valor total partida Nº 2 USD 302 087,52Vía del Transporte: marítimo.Tiempo de entrega de los equipos: en un plazo no mayor a noventa

(90) días naturales a partir de la notificación de la orden de compra por parte del ICE.

Lugar de entrega de los bienes: plantel de los talleres ICE del MET en Cebadilla de Alajuela.

Modalidad y forma de pago: treinta (30) días giro a la vista.40% del costo del suministro contra presentación de los documentos

de embarque y el 60% restante contra el recibo conforme del suministro en el lugar de entrega fijado.

La capacitación se pagará 100% a treinta (30) días contra recibo conforme del servicio.

Garantía sobre los bienes: doce (12) meses contados a partir del recibo conforme del ICE de los bienes, a entera satisfacción en el lugar de entrega señalado.

Garantía de cumplimiento: 8% del valor total adjudicado, con una vigencia de 6 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato, misma que se devolverá de acuerdo con lo que se establece en las condiciones generales.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.Nota: presentar Garantía de Cumplimiento, Certificación C.C.S.S.,

Personería Jurídica o Poder consularizado, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-59420.—(3419).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000016-PROVAdquisición de 10 080 horas de servicios profesionales de soporte

y mantenimiento aumentativo de aplicaciones 3 capaspara la implementación y adecuación de plataformas

que soportan la prestación de servicios de valoragregado sobre la tecnología GPRS, SMS

y localizaciónEl Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la

licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-4474-2007 del 12 de diciembre de 2007, acordó readjudicar la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000016-PROV de la siguiente manera:Oferta Nº 4, oferente: Proyectos y Servicios Proyectica S. A., cédula

jurídica Nº 3-101-82831-33Artículo único

Adquisición de 10 080 horas de servicios profesionales de soporte y mantenimiento aumentativo de aplicaciones 3 capas para la implementación y adecuación de plataformas que soportan la prestación de servicios de valor agregado sobre la tecnología GPRS, SMS localización.Precio unitario: 27,00 USDValor total adjudicado 272 160,00 USDTiempo inicio: 15 días hábiles a partir de la notificación de la orden

de servicio.Lugar de entrega: División de Servicios del ICE, en Edificio Torre Z,

piso 6, oficina tecnologías de la información, San Pedro de Montes de Oca, con horario normal de 7:00 a. m. a 4:36 p. m., de lunes a viernes.

Modalidad y forma de pago: 30 días plazo contra presentación de factura timbrada, previa aprobación del Administrador del Contrato.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 30 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, y

certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizadas, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-25100.—(3420).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000088-PROVServicios de aseo y limpieza en las instalaciones físicas del CAIC

Pacífico Central y los locales comerciales de las agenciastelefónicas de Puntarenas, El Roble, Esparza, Orotina,

Parrita, Jacó, Quepos, Miramar, Santa Elena,Paquera y Cóbano.

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Dirección Técnica Gestión Comercial, mediante nota 9007-008-2008 del 9 de enero de 2008, acordó adjudicar la licitación abreviada Nº 2007LA-000088-PROV de la siguiente manera:Oferta Nº 4 ANARG S.A.L., cédula jurídica Nº 3-101-299580Objeto de la Contratación:

Servicios de aseo y limpieza en las instalaciones físicas del CAIC Pacífico Central y los locales comerciales de las agencias telefónicas de Puntarenas, El Roble, Esparza, Orotina, Parrita, Jaco, Quepos, Miramar, Santa Elena, Paquera y Cóbano.Total anual adjudicado 43.488.000,00 CRCTiempo de entrega: según cartelLugar de entrega: en los edificios indicados en el objeto de la

contratación.Modalidad y forma de pago: el pago se efectuará giro a 30 días

naturales, por mes vencido, contra presentación de facturas, previa aprobación del administrador del contrato.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 12 meses, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada,

personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-22460.—(3421).

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000047-PROVAdquisición de cable para uso en distribuidor

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-4582-2007 del 12 de diciembre de 2007, acordó adjudicar la licitación abreviada Nº 2007LA-000047-PROV de la siguiente manera:Oferta Nº 2, ITECO LTD, cédula jurídica Nº 3-101-097599Ítem Nº 1

3.000 kilómetros de cable para uso en distribuidor (negro/amarillo).Precio unitario: USD 63,80 /kmSubtotal USD 191 400,00

Ítem Nº 22.000 kilómetros de cable para uso en distribuidor (negro/blanco).Precio unitario: USD 63,80 /kmSubtotal: USD 127.600,00Total adjudicado: USD 319.000,00Tiempo de entrega: I Entrega: 40% de cada material, 6 meses a partir

de la notificación de la orden de compra.II Entrega: 60% de cada material, 10 meses a partir de la notificación

de la orden de compra.Lugar de entrega: depositario aduanero del ICE, Colima-Tibás.Modalidad y forma de pago: giro a 30 días vista, 100% del valor de

cada entrega en un plazo de 30 días naturales a partir de la recepción de los materiales en el Depósito Aduanero ICE-Colima Tibás.

Garantía sobre los bienes: los cables tienen una garantía de reemplazo sobre la buena operación, capacidades y eficiencias asignadas por el fabricante de los materiales, por un período de 2 años contados a partir de la recepción definitiva de cada una de las entregas de los materiales.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 16 meses, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada,

personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-29060.—(3422).

AVISOSCOMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACION DE SAN JOSÉSECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 19-2007Contratación de persona física o jurídica que brinde los servicios

de mano de obra, equipo y materiales para la confecciónde estructuras metálicas de baloncesto y fútbol salón

Se comunica a los interesados en este concurso, que la Dirección Ejecutiva de este Comité, mediante resolución DE-011 del trece de diciembre del 2007, acordó declararlo infructuoso, por cuanto no se presentó ninguna oferta.

San José, 14 de enero del 2008.—Licda. Maritza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 8669.—(3101).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-900090-02

Contratación de los servicios profesionales para la ingeniería básicade las obras del sistema de importación, almacenamiento,

trasiego y venta de combustibles en el Litoral PacíficoSe comunica que mediante acuerdo tomado por Junta Directiva en

el artículo Nº 5 de la sesión ordinaria Nº 4220-176, celebrada el miércoles 12 de diciembre del 2007, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº dos (02).—Oferente: Bohórquez Ingeniería Ltda. B.I.L Ltda.—

Representante legal: Gabriel Ricardo Bohórquez Betancourt.Monto recomendado: $1.140.199,00 impuestos y gastos incluidos,

desglosados en:$475.337,00 el paquete 1$301.432,00 el paquete 2$363.429,00 el paquete 3Descripción: Contratación de los servicios profesionales para el

desarrollo de la ingeniería básica de las obras de acondicionamiento y ampliación del sistema de importación, almacenamiento, trasiego y venta

de combustibles en el litoral pacífico, de acuerdo con los paquetes y las especificaciones técnicas del proyecto, contemplando los alcances cita en el cartel de licitación y la oferta respectiva.

Forma de pago: Giro a la vista pagadero a treinta (30) días, de acuerdo al siguiente detalle:

• 25% contra la presentación de los diagramas preliminares de tubería e instrumentación del primer paquete, una vez aprobado por recope.

• 25% contra la presentación de los diagramas preliminares de tubería e instrumentación del segundo paquete, una vez aprobado por Recope.

• 25% contra la presentación de los diagramas preliminares de tubería e instrumentación del tercer paquete, una vez aprobado por recope.

• 25% contra la entrega de los libros de proceso, manuales de operación y estimados de inversión de capital de todos los paquetes de ingeniería, una vez aprobados por Recope.Plazo contractual

• Ejecución: diez y medio (10 y 1/2) meses a partir de la formalización del contrato, desglosados:

• Cuatro (04) meses calendario el primer paquete.• Tres (03) meses calendario el segundo paquete.• Tres (03) meses calendario el tercer paquete.• Quince (15) días naturales para las correcciones finales.

Mas:• Dos (02) semanas calendario para la revisión por parte de recope de

cada uno de los primeros dos paquetes de ingeniería.• Cuatro (04) semanas para la revisión final de los paquetes uno y

dos de ingeniería completa entregada, y del paquete tres en versión preliminar.Según detalle contenido en la sección II del cartel.

A. Notas importantes:1. El adjudicatario dispone de quince (15) días hábiles contados a partir

de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto de diez (10%) por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar dentro de la vigencia los días establecidos para las revisiones según se tiene de la cláusula 2.21.4 Sección II del cartel; observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa, su Reglamento y el Reglamento de Contrataciones de Recope.

2. El presente contrato estará sujeto a refrendo conforme las disposiciones contenidas en el Reglamento para Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, promulgado por la Contraloría General de la República y que se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 43 del 1º de marzo del 2007. Por tanto, la Asesoría Legal de RECOPE deberá confeccionar dentro de los plazos establecidos, el contrato que será conocido y refrendado por el Ente Contralor, por lo que la orden de compra únicamente se podrá entregar hasta que se obtenga el supra indicado refrendo. A efectos de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3. Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, este pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%; pactada la contratación en moneda extranjera, las multas que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta.Los montos por imputación de la mora se deducirán de la facturación correspondiente; caso que resultare insuficiente el monto pendiente a facturar, se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La aplicación de esta cláusula seguirá el procedimiento establecido en el artículo 57 del Reglamento de Contrataciones de RECOPE. La aplicación de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a RECOPE por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados.

4. De conformidad con lo señalado en la cláusula cartelaria 1.19, dado que los precios se cotizan en dólares, estos no estarán sujetos a revisión de precios.

5. Para el presente concurso, el adjudicatario se compromete a cumplir cabalmente con todos y cada uno de los puntos establecidos en el cartel de licitación, a lo establecido en su oferta.San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing.

Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-272).—C-63380.—(3423).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-903041-02Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipopara el suministro e instalación de un sistema de bombeo de diesel

Se comunica que la Gerencia de Refinación mediante oficio GRE-006-2008 de fecha 10 de enero del 2008, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº dos (2).—Oferente.—Productos Importados Mejía Pime

S.A.—Representante legal: Elkin Darío Mejía López.Monto total: US$ 274.899,13, desglosados de la siguiente forma:US$ 173.901,37 componente nacional.US$ 100.997,76 componente importado.

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Pág 22 La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008

Descripción: Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo, para el suministro e instalación de un sistema de bombeo de biodiesel con sus accesorios, instrumentación, válvulas, tuberías y demás actividades que implica su almacenamiento, trasiego y suministro a los tanques de diesel así como de su producción dentro del plantel moín. El contratista debe contemplar todos los trabajos necesarios para lograr la correcta instalación, puesta en marcha y operación del sistema.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.Forma de pago: Mensualmente de acuerdo con el avance de los

trabajos por cada renglón de pago y nunca inferior a un 25% de la actividad, de conformidad para Recope. Tratándose de moneda extranjera será facultativo para Recope realizar los pagos en colones, en cuyo caso se utilizara el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector publico no bancario al momento de hacerse efectivo el pago. Recope estará facultada para realizar los pagos bien sea por transferencia bancaria o por carta de crédito, según convenga a sus intereses.

De cada pago por avance recope retendrá un 10% con el propósito de asegurarse la cabal ejecución de las obligaciones por parte del contratista. Dichas retenciones le serán devueltas al contratista dentro del mismo término previsto para la devolución de la garantía de cumplimiento.

El componente importado recope lo cancelara mediante carta de crédito a favor del suplidor de los equipos, Equipment Supplier Overseas Inc.

Tiempo de entrega: La ejecución, ciento noventa y cinco (195) días calendario.

Mas:- Treinta y siete (37) días hábiles por requisitos previos, de los cuales

el contratista dispondrá de veinte y cinco (25) días hábiles para presentar los documentos requeridos según cláusula 1.29 del cartel, lo restante corresponderá al ingeniero inspector para revisión y aprobación.

- Treinta (30) días naturales por concepto de condiciones climáticas adversas.

Notas importantes:1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir

de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar dentro de la vigencia los días establecidos en las cláusulas 1.5 y 1.29 del cartel por condiciones climáticas adversas y requisitos previos, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa, su Reglamento y el Reglamento de Contrataciones de Recope.

2. Según el Reglamento de Refrendo promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 43 del 1º de marzo del 2007, el presente concurso se formalizará a partir de la respectiva orden de compra, la cual será refrendada por la Asesoría Legal de RECOPE. A efecto de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3. El contratista podrá sustituir el monto de las retenciones que se realizan a cada facturación por una garantía cuyo monto deberá ajustarse periódicamente, para esta regirán las mismas disposiciones que en esta materia establece la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

4. Sin detrimento de otras garantías de mayor duración que de forma específica se solicitan, el contratista deberá rendir adicionalmente una garantía de calidad y correcto funcionamiento de la obra objeto de esta contratación, irrevocable y de cobro inmediato a favor de RECOPE, por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total contratado. La misma deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del plazo establecido para la devolución de la garantía de cumplimiento, según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; la vigencia deberá ser como mínimo de un año contado a partir de la fecha en que se firma por ambas partes el “Acta de recepción definitiva” del proyecto y su objeto será garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los materiales y equipos instalados en el proyecto durante el lapso establecido. La no presentación de esta garantía en el tiempo definido, facultará a RECOPE para ejecutar la garantía de cumplimiento.

5. Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto final del contrato por cada día natural de atraso hasta un máximo de 25%. Se entiende por monto final del contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual. En caso que se haya pactado la adjudicación en moneda extranjera, las multas que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta. Si el objeto contractual es susceptible de ser ejecutado y por ende entregado por etapas, la mora en la ejecución contractual será calculada en forma proporcional al monto total de cada etapa, según las pautas indicadas en el anterior párrafo. Los montos por imputación de la mora se deducirán de la facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a facturar, se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento a la

Ley de Contratación Administrativa. La aplicación de esta cláusula seguirá el procedimiento establecido en el artículo 57 del Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

6. RECOPE impondrá una sanción pecuniaria de un uno (1%) por ciento del monto total contratado por incumplimiento de al menos uno de los requisitos previos indispensables que imposibiliten al Órgano Fiscalizador dar la orden de inicio, si por razones imputables al contratista transcurrieron los treinta (30) días sin haberse iniciado la ejecución de los trabajos, RECOPE podrá además resolver el contrato sin responsabilidad alguna de su parte.

7. Durante la ejecución contractual RECOPE impondrá una sanción pecuniaria de doscientos (US$200) por cada día natural de ausencia de los profesionales que conforman el personal mínimo requerido en caso que este no haya sido sustituido, según se establece en la cláusula 1.24 del cartel.

8. Según se indica en la cláusula 1.20 inciso 1 del cartel, el adjudicatario será el responsable del transporte de los equipos y materiales hasta el lugar de la instalación.

9. Es condición del adjudicatario el someterse de forma estricta a los dictados cartelarios del presente concurso a lo plasmado en su oferta.San José, 16 de enero del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing.

Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-272).—C-87120.—(3424).

VARIACIÓN DE PARÁMETROSCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONESDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

A todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras se les comunica

1. El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo CCF 2326-12-07 del 18 de diciembre del 2007 correspondiente a la Sesión 2007-48 celebrada el 5 de diciembre del 2007 acordó ampliar la presentación de las soluciones para diálisis peritoneal al 1.5% y 4.25% respectivamente como se detalla a continuación:1- Código 1-10-43-4600:

Solución para diálisis peritoneal con Dextrosa al 1.5% (15 mg / mL) Solución diálisis peritoneal. Bolsa con 2000 mL. Solución estéril, apirogénica, transparente, incolora ó ligeramente amarillenta y libre de partículas extrañas. Sin preservantes.Osmolaridad: aproximadamente 346 mOsm por litro de agua ó 364 mOsm por litro de agua respectivamente.Cada 100 mL contienen:Dextrosa F.E.U. 1.50 gCloruro de Sodio F.E.U. 0.538 ó 0.56 gLactato de Sodio F.E.U. 0.448 g ó 0.50 gCloruro de Calcio 2H20 F.E.U. 0.026 g ó 0.0257 gCloruro de Magnesio 6H20 F.E.U. 0.00508 g ó 0.015 gAgua para inyección F.E.U. c.s.p. 100.00 mL mEq aproximado por litro de solución:Sodio 132 ó 140Cloruro 96 ó 101Calcio 3.5Lactato 40 ó 45Magnesio 0.5 ó 1.5Osmolaridad: aproximadamente 346 mOsm por litro de agua ó 364 mOsm por litro de agua respectivamente.

2- Código 1-10-43-4610:Solución para diálisis peritoneal con Dextrosa al 4,25% (42,5 mg / mL) Solución diálisis peritoneal. Bolsa con 2000 mL. Solución estéril, apirogénica, transparente, incolora ó ligeramente amarillenta y libre de partículas extrañas. Sin preservantes. Osmolaridad: aproximadamente 486 mOsm por litro de agua respectivamente.Cada 100 mL contienen:Dextrosa F.E.U. 4.25 gCloruro de Sodio F.E.U. 0.538 gLactato de Sodio F.E.U. 0.448 g 6 0.50 gCloruro de Calcio 21120 F.E.U. 0.026 g ó 0.0257 gCloruro de Magnesio 6H20 F.E.U. 0.00508 g ó 0.015 gAgua para inyección F.E.U. c.s.p. 100.00 mLmEq aproximado por litro de solución:Sodio 132 6 140Cloruro 96 ó 101Calcio 3.5Lactato 40 6 45Magnesio 0.5 ó 1.5Osmolaridad: aproximadamente 486 mOsm por litro de agua respectivamente.

San José, 10 de enero del 2008.—Área de Gestión de Medicamentos.—Ing. Marco V. Castro Hernández..—Lic. Guiselle López Rubí, Jefa a. í ..—1 vez..—(Nº 1147)..—C-24220..—(2516).

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La Gaceta Nº 14 — lunes 21 de enero del 2008 Pág 23

REGISTRO DE PROVEEDORESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ FRUTOSÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

INVITACIÓNLa subárea de Gestión de Bienes y Servicios de la Clínica Dr. Solón Núñez Frutos, con el fin de actualizar el Registro de Proveedores Interno, invita

a todos los interesados a inscribirse, para lo cual pueden enviar la información en forma electrónica al correo [email protected] o [email protected], según documento adjunto.

San José, 10 de enero del 2008, Subárea de Bienes y Servicios, Lic. Noemy Meléndez Cañenguez.—1 vez.—(2122).

FE DE ERRATASOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000096-33300Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie de

ruedo para los caminos vecinales de Los ChilesSe avisa a los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras

Públicas y Transportes, que la nueva fecha de apertura es para el 4 de febrero del 2008 a las 10:00 horas y se modifica de la siguiente manera la publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 18/12/07.

Páginas 1, 4 y 6.Donde dice:

“2-14-021, Ent C043, Botijo a Ent C050, Santa Rosa, 6.6 km, Los Chiles”.

Debe leerse:“2-14-021, Ent C043, Botijo a Ent C050, Santa Rita, 7.3 km, Los

Chiles”.Páginas 5, 6 y 11.

Donde dice:“203(14)A Excavación, limpieza y conformación de cunetas y/o

canales o zanjas.”Debe leerse:

“203(6)A Excavación, limpieza y conformación de cunetas y/o canales o zanjas.”

1.1 Descripción.Se modifican las cantidades del camino “2-14-021, Ent C043, Botijo

a Ent C050, Santa Rita, 7.3 km, Los Chiles”.Estas modificaciones se encuentran a disposición en el Sistema

CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la fecha de esta publicación o también podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del MOPT en Plaza González Víquez.

San José, 16 de enero del 2008.—Proveeduría Institucional.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora a. í.—1 vez.—(3409).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAOFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN -000025-ULIC (Prorroga)Concesión de un local para la instalación de máquinas fotocopiadoras

y prestación de servicios de fotocopiado en la sede del PacíficoA los interesados en el concurso indicado, publicado mediante La

Gaceta N° 243 de fecha martes 18 de diciembre del 2007, se les comunica que se prorroga la apertura para el día 29 de enero de 2008, a las 10:00 horas.

El resto permanece invariable.Sabanilla de Montes de Oca, a los dieciséis días del mes de enero

del 2008.— Unidad de Licitaciones.—M.B.A. Vanessa Jaubert Pazanni, Jefa.—1 vez.—(O. C. 108327).—C-7940.—(3426).

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Pág 24 La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008

REGLAMENTOS

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPALREGLAMENTO PARA USO, CONTROLY MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

La Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, mediante acuerdo primero, artículo uno de la sesión extraordinaria Nº 3721, celebrada a las 16:15 horas del día 19 del mes de diciembre del 2007, acordó, reformar el artículo 17 Reglamento para Uso, Control y Mantenimiento de Vehículos en la siguiente forma:“Uso de vehículos en días inhábiles”

La circulación de vehículos de uso administrativo de la Sede Central y Oficinas Regionales, en horas y _días inhábiles, domingos, feriados y asuetos, estará restringido a casos especiales en que se amerite para desarrollar las funciones inherentes a la Institución. Corresponderá en este caso al Jefe de la Sección de Servicios Generales, en ausencia de este al Director de Administración Interna, al Director Ejecutivo o Presidente Ejecutivo autorizar el uso de los vehículos.”.Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Moravia, 14 de enero del 2008.—Sección de Proveeduría.—Lic. Inés

Vázquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(2631).

COMISION NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓNEl Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para la

Educación con fundamento en las sesiones Nº 42-10-2007 del 23 de octubre del 2007 y Nº 43-10-2007 del 30 de octubre de 2007.

Considerando:1º—Que el marco legal que rige la actividad de la Auditoría Interna

ha tenido cambios significativos desde la emisión de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nº 7428, publicada en La Gaceta Nº 210 del 4 de noviembre de 1994, la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292, publicada en La Gaceta Nº 169 del 04 de setiembre del 2002, el Manual de Normas Generales de Control Interno emitido por la Contraloría General, publicado en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2002, los Lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los Cargos de Auditor y Subauditor, publicados en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre de 2003, la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley Nº 8422 de 6 de octubre de 2004), el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoria Interna en el Sector Público, publicado en La Gaceta Nº 246 del 16 de diciembre de 2004, el Manual de Normas Generales de Auditoria para el Sector Público, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006 y el Manual sobre Normas Técnicas que deben observar las Unidades de Auditoría Interna en la Legalización de Libros, publicado en el Alcance Nº 7 La Gaceta 24 del 2 de febrero de 1996.

2º—Que el artículo 22 inciso h), de la citada Ley General de Control Interno, establece dentro de las competencias de la Auditoría Interna, “Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna”.

3º—Que la Auditoría Interna es parte fundamental del sistema de control interno institucional y su acción fiscalizadora requiere ser reforzada conforme con el marco legal y técnico que regula su gestión, en defensa del interés público; por lo que es necesario que disponga de un reglamento de organización y funcionamiento actualizado, acorde con la normativa que rige su actividad.

4º—Que de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 8292, Ley General de Control Interno, publicada en La Gaceta Nº 169 del 4 de setiembre del 2002, dicho reglamento deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República, publicarse en el Diario Oficial y divulgarse en el ámbito institucional.

5º—Que la Contraloría General de la República emitió la R-CO-93-2006.—Contraloría General de la República.—Despacho de la Contralora General de la República, a las trece horas del diecisiete de noviembre del dos mil seis, publicada en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre de 2006, “DIRECTRICES GENERALES RELATIVAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORÍAS INTERNAS DEL SECTOR PÚBLICO D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ”, las cuales son de acatamiento obligatorio para CONAPE. Por tanto:

El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación (CONAPE), acuerda emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTODE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA COMISIÓN NACIONAL

DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN (CONAPE)CAPÍTULO I

Disposiciones generalesArtículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento, en conjunto con

las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, los manuales técnicos, las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por el órgano contralor, regula las actividades, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación, en adelante CONAPE, con la finalidad de orientar su accionar, de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyuve al éxito de la gestión institucional, en aras de la legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos que fiscaliza.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoría Interna y para los funcionarios de la Administración Activa de CONAPE, en materia que les resulte aplicable.

Artículo 3º—Definiciones. Para efectos del presente Reglamento se entiende por:

a) Jerarca: Consejo Directivo de CONAPE, superior jerárquico; órgano colegiado que ejerce la máxima autoridad dentro de la Institución.

b) Administración Activa: desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen al jerarca, como última instancia.

c) Auditoría Interna: corresponde a la Unidad a que se refiere la Ley 6041 de creación de Conape en los artículos 17 y 18.

d) Auditor(a) Interno(a): Jefe de la Auditoría Interna de Conape.e) Advertencia: La Auditoria Interna deberá advertir a la Administración

de Conape incluyendo al Consejo Directivo sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones cuando sean de su conocimiento.

f) Asesoría: Servicio preventivo que brinda el (la) Auditor (a) Interno (a) en forma oral o escrita, a solicitud de la parte interesada, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley 8292 “Ley General de Control Interno”.

g) Informe de auditoría: Producto final con el que la Auditoría Interna comunica al jerarca o a los titulares subordinados los resultados de los estudios de auditoría.

h) Titular subordinado: funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

CAPÍTULO IIOrganización

Artículo 4º—Concepto de auditoría interna. La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

Artículo 5º—Ideas rectoras. La Auditoría Interna de CONAPE debe establecer y mantener actualizados su visión, misión, así como políticas y procedimientos que regirán el accionar de la Dependencia.

Artículo 6º—Independencia funcional y de criterio. La actividad de Auditoría Interna al determinar su planificación y sus modificaciones, al administrar sus recursos, así como al desempeñar sus labores y comunicar sus resultados, debe permanecer libre de injerencias del Consejo Directivo y de los demás órganos de la Administración Activa.

El Auditor Interno y los funcionarios de la Auditoría Interna, deben ejercer su actividad con total independencia funcional y de criterio respecto al Consejo Directivo y a los demás órganos de la Administración Activa; de forma que los juicios y criterios que emitan sean imparciales y equilibrados, manteniendo la objetividad y una conducta adecuada con el nivel jerárquico superior que ocupa la Auditoría Interna dentro de CONAPE.

Artículo 7º—Objetividad individual y ética profesional. Los funcionarios de la Auditoría Interna deben tener una actitud imparcial y neutral para evitar conflictos de intereses y proteger su independencia de criterio. Además deben observar las disposiciones de ética profesional emanadas de la CGR y los Colegios Profesionales a que pertenecen.

Artículo 8º—Medidas formales de control y administración de impedimentos. El Auditor Interno de CONAPE deberá establecer políticas y directrices que permitan prevenir y detectar situaciones, internas o externas que comprometan la independencia y la objetividad del personal a su cargo. Para tal efecto, deberá establecer medidas formales que le permitan controlar y administrar estos impedimentos, formulando las comunicaciones que correspondan, las cuales dependerán de la naturaleza del impedimento. No obstante lo anterior, el personal de Auditoría Interna tiene el deber de informar a su superior de cualquier impedimento que puedan tener.

Artículo 9º—Participación del Auditor Interno en las sesiones del Jerarca. La asistencia a sesiones del Consejo Directivo del auditor interno estará normada de la siguiente forma:

a) El Auditor Interno asistirá a las sesiones del Jerarca cuando sea convocado, o cuando lo considere necesario, y así lo comunique oportunamente al Consejo Directivo. Sin embargo, la participación permanente en las sesiones o reuniones del Consejo Directivo no debe ser la regla.

b) Asistir con voz pero sin voto.c) La participación en dichas sesiones o reuniones será en carácter de

asesor, conforme a la normativa y criterios al respecto establecidos por la Contraloría General de la República.

d) Brindará su asesoría únicamente en asuntos de su competencia y sin que menoscabe o comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus competencias.

e) Pedirá y vigilará que su opinión conste en las actas respectivas.f) Diferirá su opinión cuando a su criterio y por la complejidad del

asunto en discusión requiera recabar mayores elementos de juicio, sin perjuicio de la potestad del Consejo Directivo para decidir o postergar su decisión el tiempo que considere prudente y conveniente.

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g) Ni la presencia ni el silencio del auditor interno en las sesiones releva al Consejo Directivo de la responsabilidad de respetar el ordenamiento jurídico y técnico en lo que acuerde y que, no obstante el silencio del auditor interno, ello no impide que emita su opinión posteriormente de manera oportuna, sea de forma verbal en otra sesión, o por escrito.Artículo 10.—Participación en grupos de trabajo o comisiones.

Los funcionarios de la Auditoría Interna no deberán ser parte de grupos de trabajo o comisiones que ejerzan función propia de la administración activa, en caso que a criterio del Auditor Interno lo considere conveniente o de requerirse por parte del jerarca, la participación será exclusivamente en función de asesor en asuntos de su competencia y no podrá ser permanente.

CAPÍTULO IIIUbicación

Artículo 11.—Organización de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna es un órgano institucional de CONAPE, con dependencia orgánica de su Consejo Directivo e independencia funcional. Su ubicación dentro de la estructura institucional corresponde a la de un órgano de alto nivel en línea de asesoría y dependencia del Consejo Directivo.

Artículo 12.—La Auditoría Interna se organizará y funcionará conforme lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley General de Control Interno, según lo disponga el auditor interno, considerando los objetivos y riesgos institucionales, los recursos disponibles, la normativa y disposiciones técnico-jurídicas y las sanas prácticas correspondientes. Es responsabilidad del Auditor Interno establecer una estructura organizativa concordante con la razón de ser y la normativa que regula a CONAPE.

Artículo 13.—La Auditoría Interna de CONAPE en razón de las actividades propias de la Institución y la normativa que rige su accionar, estará conformada por dos unidades funcionales:

a) Auditoría Financiera y Operativa.b) Auditoría en Tecnología de la Información

Esta estructura debe ser incorporada en el Manual de Procedimientos de la Auditoría Interna, el cual deberá mantenerse actualizado.

CAPÍTULO IVDel auditor interno

Artículo 14.—La Auditoría Interna estará bajo la responsabilidad de un (a) Auditor (a) Interno (a). El cargo de Auditor Interno corresponde al máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de la Auditoría Interna. Es el líder y rector del proceso de planificación estratégica de la Auditoría Interna y en ese contexto le corresponde definir sus objetivos, sus valores fundamentales y su proyección.

Artículo 15.—Competencias del Auditor Interno. Sus funciones tienen características de orden sustantivo y estratégico, en el diseño, implementación, dirección, evaluación y mejora constante de la calidad de los procesos, procedimientos, productos y servicios que corresponden a la unidad a su cargo.

a) La dirección superior y administración de la Auditoría Interna; para ello podrá dictar los lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica, con criterios uniformes en el ejercicio de las competencias y en las relaciones con la Administración.

b) Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas requeridas por la Auditoría Interna, para cumplir con sus competencias, considerando en cada caso lo relativo a los procesos propios de esta Unidad y observando la normativa legal y técnica vigente a tal efecto.

c) Formular, gestionar y mantener vigente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, así como tomar las medidas correspondientes para que se de cumplimiento del mismo.

d) Responder directamente por su gestión ante el Consejo Directivo y en lo conducente, ante la Contraloría General de la República.

e) Firmar los Estados Financieros cada semestre de cada año, según lo establece el artículo Nº 22 de la Ley de CONAPE. Nº 6041.

f) Presentar el Plan Anual de Trabajo de la auditoría interna, que debe constituirse en su marco de acción, y presentarlo de acuerdo con los lineamientos que al respecto emita la Contraloría General.

g) Proponer al jerarca oportuna y debidamente justificados, los requerimientos de recursos para llevar adelante su plan, incluidas las necesidades administrativas de la unidad.

h) Presentar ante el jerarca el informe de labores previsto en la LGCI. i) Delegar, cuando así lo estime necesario y en el personal de la auditoría

interna sus funciones, utilizando criterios de idoneidad, conforme a lo que establece la Ley General de Administración Pública.

j) Establecer y mantener actualizado un programa de aseguramiento de la calidad para la auditoría interna.

k) Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de administración, acceso y custodia de la documentación de la auditoría interna, en especial de la información relativa a los asuntos de carácter confidencial, que estipulan los artículos 6 de la Ley General de Control Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

l) Implantar una adecuada gestión de supervisión, asegurando la calidad de los procesos, servicios y productos de la auditoría.

m) Deberá cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, siendo vigilante de que su personal responda de igual manera.

n) Supervisar el cumplimiento de los objetivos de la Auditoría Interna, de cada proceso y de cada estudio en particular, así como de las normas, procedimientos y prácticas prescritas, del mejoramiento de su calidad y de la generación del valor agregado tanto de los procesos como de los productos y servicios finales del trabajo de la Auditoría Interna.Artículo 16.—El cargo de Auditor Interno deberá observar además

de las anterior descripción de funciones, las establecidas en el Manual Institucional de Clases de CONAPE, para este cargo.

Artículo 17.—Informe de fin de gestión. Una vez concluida la relación laboral, sin importar la causa, el Auditor Interno deberá presentar un informe de fin de gestión conforme lo estable el artículo Nº 12 inciso e) de la Ley General de Control Interno y demás directrices emitidas por el Órgano Contralor al respecto.

Artículo 18.—Del personal de la auditoría interna. El Auditor Interno actúa como jefe de personal de su Unidad, y en esa condición ejerce todas las funciones que le son propias en la administración del personal.

a) Corresponde al Auditor Interno administrar su personal (planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar, evaluar, motivar, informar decisiones y brindar apoyo de capacitación, entre otros) hacia el logro adecuado de objetivos y metas de la Auditoría Interna, así como garantizar un recurso humano competitivo en el ejercicio de las labores respectivas.

b) Autorizar los movimientos del personal, incluyendo nombramientos, ascensos, traslados, recalificaciones, vacaciones, suspensiones y ceses

c) Los demás funcionarios de la auditoría interna estarán sujetos a las disposiciones administrativas aplicables al resto del personal de CONAPE; sin embargo, el nombramiento, traslado, la suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal, deberán contar con la autorización del auditor interno, de conformidad con lo que establecen los artículos 24 y 28 de la Ley Nº 8292 y el marco jurídico que rige para CONAPE.

d) Gestionar de forma oportuna lo relativo a las plazas vacantes de la dependencia a su cargo, de conformidad con el artículo 28 de la Ley General de Control Interno.

e) Vigilar y tomar las decisiones que correspondan para que los funcionarios de la auditoría interna cumplan en el ejercicio de sus competencias con la normativa jurídica y técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos, prácticas y demás disposiciones administrativas (de la institución y propias de la auditoría interna) que les sean aplicables.Artículo 19.—Jornada laboral y plazo de nombramiento. La

jornada laboral del auditor de CONAPE será de tiempo completo y regido por lo que al respecto indican los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos”, publicados en La Gaceta Nº 236 del 08 de diciembre de 2006 y cualquier otra regulación que al respecto emita la Contraloría General en el futuro.

Artículo 20.—De los requisitos para ocupar el cargo de Auditor Interno. El Auditor Interno deberá, satisfacer como mínimo los requisitos que establece la Contraloría General de la República, en los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos.” El vigente a la fecha del presente reglamento, fue publicado en La Gaceta 236 del 8 de diciembre de 2006, bajo la Resolución R-CO-91-2006, y establece:

1) Formación Académica: Licenciatura en Contaduría Pública o similar.

2) Incorporado al Colegio Profesional respectivo. 3) Experiencia mínima de tres años en el ejercicio de la auditoria interna

o externa en el sector público o en el sector privado. 4) De conformidad con la Ley 6041 de creación de CONAPE, artículo

17, deberá ser Contador Público Autorizado.5) Deberá caracterizarse por su idoneidad para el puesto.6) Observancia obligatoria de los requisitos del cargo de auditor

interno. Ningún candidato podrá ocupar la plaza de auditor interno sin cumplir con los requisitos mínimos obligatorios establecidos para el ejercicio de dicho cargo, salvo caso excepcional de inopia comprobada, debidamente autorizado por la Contraloría General de la República.Artículo 21.—Nombramiento y nivel jerárquico. El Consejo

Directivo realizará el nombramiento del Auditor Interno, por tiempo indefinido en estricto apego a lo dispuesto tanto en el artículo 31 de la Ley 8292, LGCI, así como en el Reglamento para el nombramiento del Auditor Interno de CONAPE, que se encuentre vigente a la fecha en que se realice el proceso de selección; y que debe ser emitido en concordancia con la Resolución R-CO-91-2006 publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre del 2006.

Dependerá orgánicamente del Consejo Directivo, según lo establece el artículo 18 de la Ley 6041 de creación de CONAPE.

Artículo 22.—Suspensión o remoción del Auditor Interno. El Auditor Interno de CONAPE, será inamovible, salvo el caso de que se demuestre que no cumple debidamente su cometido o que llegare a declararse en contra de él alguna responsabilidad legal, en cuyos caso, para su suspensión o remoción se procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y demás normativa correspondiente que al efecto haya emitido el órgano contralor.

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CAPÍTULO VPersonal de la Auditoría Interna

Artículo 23.—Del personal. Los funcionarios de la Auditoría Interna estarán sujetos a las disposiciones administrativas aplicables al resto del personal de CONAPE; sin embargo, el nombramiento, traslado, la suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal, deberán contar con la autorización del Auditor Interno, todo de acuerdo con el marco jurídico que rige a CONAPE. No obstante, las regulaciones de tipo administrativo mencionadas no deberán afectar negativamente la actividad de Auditoría Interna, la independencia funcional y de criterio del Auditor Interno y su personal y en caso de duda, la CGR dispondrá lo correspondiente.

Colectivamente, el personal de la Auditoría Interna debe poseer suficiente conocimiento en auditoría, contabilidad, administración, tecnología, materias y marco legal relacionado con la Administración Pública y CONAPE, que lo califique para ejercer en forma apropiada las funciones encomendadas, así como reunir u obtener en conjunto las aptitudes y competencias necesarias para cumplir con sus responsabilidades.

Artículo 24.—Deberes de los funcionarios de la Auditoría Interna. El Auditor Interno, y los funcionarios de la Auditoría Interna tendrán los siguientes deberes:

1) Cumplir las competencias asignadas por ley.2) Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.3) Colaborar en los estudios que la CGR y otras instituciones realicen en

el ejercicio de las competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas.

4) Administrar de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.

5) No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando, ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios sujetos a la Ley General de Control Interno.

6) Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.

7) Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de la Contraloría General de la República. En caso de oposición por parte de la Auditoría Interna referente a tales disposiciones y recomendaciones, se aplicará el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

8) Facilitar y entregar la información que le solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 1211 de la Constitución Política, y colaborar con dicha información.

9) Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.Artículo 25.—Prohibiciones a los funcionarios de la Auditoría

Interna. El Auditor Interno, y los funcionarios de la Auditoría Interna tendrán las siguientes prohibiciones:

1) Realizar funciones y actuaciones de Administración Activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.

2) Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.

3) Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto de Conape. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

4) Percibir compensaciones salariales, solo podrán percibir las retribuciones o los beneficios contemplados en el Régimen de Derecho Público propio de su relación de servicio y debidamente presupuestados. En consecuencia, se les prohíbe percibir cualquier otro emolumento, honorario, estipendio o salario por parte de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, en razón del cumplimiento de sus funciones o con ocasión de estas, en el país o fuera de él.

5) Participar en actividades político- electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipalidades.

6) Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de la Institución.Artículo 26.—Potestades de los funcionarios de la Auditoría

Interna. El Auditor Interno, y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, deben ejercer con propiedad las potestades establecidas en el artículo 33 de la Ley General de Control Interno, para mantener esa independencia funcional y de criterio, en cuanto a:

1) Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, archivos, valores, cuentas bancarias y documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional. También tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El Auditor Interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.

2) Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, condiciones y plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.

3) Solicitar, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoría interna.

4) Es obligación de la Asesoría Legal de CONAPE de brindar el oportuno y efectivo servicio mediante los estudios jurídicos que requiera la Auditoria Interna, a fin de establecer adecuadamente su ámbito de acción y atender sus necesidades de orden jurídico.

5) Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.Artículo 27.—Impedimentos del personal de la Auditoría Interna.

A efecto de no perjudicar su objetividad individual y ética profesional, el personal de la Auditoría Interna deberá:

a) Rechazar regalos o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad, sin perjuicio del deber de denunciar, cuando así proceda, tales hechos ante las instancias competentes.

b) Evitar relaciones de índole personal, sentimental, de negocios o de cualquier otra naturaleza con personal de CONAPE y otras personas, que puedan influir, comprometer o amenazar la capacidad para actuar o que puedan afectar su independencia o la imagen de la Auditoría Interna.

c) No utilizar su cargo oficial con propósitos privados.d) Evitar relaciones que impliquen un riesgo de corrupción o que

puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e independencia. Si la independencia y objetividad se viesen comprometidas de hecho o en apariencia, los detalles del impedimento deben darse a conocer al jerarca y demás partes involucradas. La naturaleza de esta comunicación deberá ser por escrito.

e) Abstenerse de auditar operaciones específicas de las cuales hayan sido previamente responsables como funcionarios de la Administración, proveedores u otras relaciones.

f) Proveer servicios para una actividad en la que se tuvo responsabilidades o relaciones que puedan resultar incompatibles.

g) Ejecutar sus competencias de asesoría y advertencia en relación con operaciones de las cuales hayan sido previamente responsables.

h) Aceptar nombramiento en puestos directivos o de fiscalía de la Asociación Solidarista u otras organizaciones privadas creadas dentro de CONAPE.Artículo 28.—Protección al personal de la Auditoría. Cuando

el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, CONAPE dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución; de conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Control Interno.

CAPÍTULO VISobre el funcionamiento de la Auditoría Interna

Artículo 29.—Dirección y Administración de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna deberá ejecutar su trabajo de acuerdo con lo que establecen:

• Ley de Creación de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación CONAPE, Nº 6041, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de abril de 1977.

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nº 7428, publicada en La Gaceta Nº 210 del 4 de noviembre de 1994;

• Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292, publicada en La Gaceta Nº 169 del 04 de setiembre del 2002,

• Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su Fiscalización, publicado en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio del 2002 y sus modificaciones;

• Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, publicado en La Gaceta Nº 246 del 16 de diciembre del 2004;

• Manual de Normas Generales de Auditoria para el Sector Público, Resolución Nº R-CO-94-2006, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre del 2006.

• Manual sobre Normas Técnicas que deben observar las Unidades de Auditoría Interna en la Legalización de Libros, publicado en el Alcance Nº 7 La Gaceta 24 del 2 de febrero de 1996.

1 (Artículo 121 inciso 23: “ Nombrar comisiones de su seno para que investiguen cualquier asunto que la asamblea les encomiende, y rindan el informe correspondiente.

Las comisiones tendrán libre acceso a todas las dependencias oficiales para realizar las investigaciones y recabar los datos que juzguen necesarios. Podrán recibir toda clase de prueba y hacer comparecer ante si cualquier personas, con el objeto de interrogarla.”)

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• El presente Reglamento,Así como las demás competencias que contemplen la normativa

legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de esta Ley General de Control Interno y cualesquiera otras disposiciones que dicte la Contraloría General de República, y en el presente Reglamento.

Artículo 30.—Competencias. Compete a la auditoría interna, primordialmente lo siguiente:

a) Realizar auditorías o estudios especiales, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional.

b) Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes.

c) Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en la LGCI, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.

d) Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

e) Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del Auditor Interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.

f) Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece la CGR

g) Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de la Auditoría Interna, de la CGR y de los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al Jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.

h) Efectuar las autoevaluaciones que establezca la CGR.i) Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y

funcionamiento de la auditoría interna.Las demás competencias que contemplen la normativa legal,

reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la LGCI.

Artículo 31.—Ámbito de acción. El ámbito de acción de la Auditoría Interna de CONAPE, está conformado por los entes y órganos públicos y privados sujetos a la competencia institucional de la misma. Para el fiel cumplimiento de esto, el auditor interno deberá definir y mantener actualizado, por medio del instrumento que considere idóneo y pertinente, cuáles serán los órganos y entes sujetos a su ámbito de acción, con fundamento en lo estipulado en el artículo 22, inciso a) de la Ley Nº 8292 y otra normativa legal y técnica que aplique en la materia.

Artículo 32.—Relaciones y coordinación. La Auditoría Interna mantiene relaciones y coordinación con el Consejo Directivo, con el Secretario Ejecutivo, con los titulares subordinados y con otras instancias internas y externas, fundamentalmente con la Contraloría General de la República, Instituciones de Control, Comisiones Legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General de la República, denunciantes y otras pertinentes.

Corresponde al Auditor Interno administrar esas relaciones y regular las de los demás funcionarios de la Auditoría Interna, con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional, a fin de que se realicen de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

a) Establecer a lo interno de la auditoría las pautas principales sobre las relaciones y coordinaciones de los funcionarios de su dependencia con los auditados.

b) Proveer e intercambiar información con la Contraloría General, así como con otros entes y órganos de control que corresponda, conforme a la legislación vigente, siempre en el ámbito de sus competencias. Esto sin perjuicio de la coordinación interna que pudiera ser requerida y sin que ello implique una limitación para la efectiva actuación de la auditoría interna.

c) Establecer los mecanismos de control necesarios para que el responsable del control presupuestario institucional mantenga un registro separado del monto asignado y aprobado a la auditoría interna, detallado por objeto del gasto, de manera que se controlen la ejecución y las modificaciones de los recursos presupuestados para esta oficina.

d) Coordinar lo necesario para que la asesoría legal de la institución, brinde un servicio oportuno y efectivo a la auditoría interna, mediante los estudios jurídicos que ésta le solicite para la atención de asuntos dentro de su ámbito de acción y la atención de necesidades de orden jurídico, en la medida en que se posibilite desde el punto de vista presupuestario y del recurso humano, con fundamento en lo que establece el artículo 33, inciso c) de la Ley Nº 8292 LGCI.

e) Tomando en consideración las posibilidades presupuestarias y de disposición del recurso humano, gestionar lo pertinente a fin de contar con los criterios técnicos o profesionales en diferentes disciplinas, sea de funcionarios de la misma institución o ajenos a ella, para que lleven a cabo labores de su especialidad en apoyo a las auditorías que realice la dependencia a su cargo.Artículo 33.—Planificación. El Auditor Interno define, pone en

práctica y lidera el proceso de planificación estratégica de la Auditoría Interna, y presenta el Plan Estratégico formalmente al Consejo Directivo, de conformidad con la normativa legal y técnica.

Asimismo define y documenta la planificación de corto plazo mediante un Plan de Auditoría Anual, congruente con la planificación estratégica y la normativa reglamentaria y técnica pertinente, a fin de asegurar el desarrollo de sus procesos con alta calidad, basados en el conocimiento y la comprensión del entorno interno y externo de CONAPE.

Con ese propósito, al efectuar su planificación el Auditor Interno considerará entre otros los siguientes elementos:

1) Los resultados que se han obtenido con el sistema institucional de valoración del riesgo.

2) El planeamiento estratégico y operativo de CONAPE.3) La evaluación de resultados de la planificación institucional de

períodos anteriores, de conformidad con los indicadores de gestión en vigor.

4) El monto de recursos presupuestarios que ejecuta CONAPE, desglosado por fuente de financiamiento, programas y proyectos específicos, fideicomisos, donaciones y cualquier otro recurso relacionado con su gestión, aún si se administra por medio de organizaciones privadas.

CAPÍTULO VIIDe los recursos de la Auditoría Interna

Artículo 34.—Asignación de Recursos. La Auditoría Interna contará con la organización y recursos necesarios y suficientes para cumplir su gestión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley General de Control Interno, CONAPE asignará dentro de sus disponibilidades presupuestarias, los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros necesarios y suficientes para que la Auditoría Interna pueda cumplir su gestión. Para efectos presupuestarios, se dará a la Auditoría Interna una categoría programática. En la asignación y disposición de sus recursos, se tomarán en cuenta el criterio del Auditor Interno y las instrucciones que emita al respecto la Contraloría General de la República.

El Auditor Interno propondrá al Consejo Directivo, la creación de las plazas y servicios que considere indispensables para el cumplimiento del Plan Anual de la Auditoría y, en general, para el buen funcionamiento de su unidad, todo ello con el fin de mantener un efectivo liderazgo en la protección de los bienes institucionales.

De presentarse limitaciones, que afecten el cumplimiento de la labor asignada a la Auditoría Interna, el Auditor Interno deberá comunicar y fundamentar esta situación ante el Consejo Directivo, para su oportuna atención.

Cuando el Auditor Interno demuestre fehacientemente que la falta de recursos de la Auditoría Interna propicia la ausencia de fiscalización oportuna del patrimonio institucional, deberá informar al Consejo Directivo del riesgo que está asumiendo y de la eventual imputación de responsabilidad que esta situación puede generarle.

Artículo 35.—Administración de los recursos. Acorde con las regulaciones jurídicas y técnicas pertinentes, el Auditor Interno debe administrar los recursos materiales, tecnológicos y de otra naturaleza de su dependencia, por lo que le corresponde garantizar la utilización de tales recursos en forma económica, eficiente, eficaz, legal y transparente para la consecución de las metas y objetivos de la Auditoría Interna.

Le corresponde al Auditor Interno proponer el anteproyecto de presupuesto de la Auditoría Interna para el ejercicio presupuestal respectivo, para la aprobación del Consejo Directivo, quien valorará las posibilidades de atender tales requerimientos de conformidad con las regulaciones jurídicas y técnicas aplicables.

CAPÍTULO VIIIDe los servicios de la Auditoría Interna

Artículo 36.—Servicios de fiscalización. Dentro del ámbito institucional de CONAPE, la Auditoría Interna presta dos clases de servicios de fiscalización, los cuales deben darse con el debido cuidado profesional y de conformidad con la normativa y disposiciones legales que rigen la función de Auditoría Interna en el Sector Público.

Artículo 37.—Estos servicios son los siguientes:a) Servicios de auditoría: Son aquellos referidos a los distintos tipos

de auditoría: auditoría financiera, auditoría de sistemas, auditoría operativa, auditoría de cumplimiento; estudios especiales de auditoría de los que puedan derivarse posibles responsabilidades y auditoría de cualesquiera tipo que se requiera para evaluar el cumplimiento, suficiencia y validez del control interno dentro del ámbito de competencia de CONAPE, para dar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas en relación con:

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I. La protección y conservación del patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad y acto ilegal,

II. Exigir confiabilidad, oportunidad e integridad de la información,

III. Garantizar eficacia y eficiencia de las operaciones,IV. Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

b) Servicios preventivos: Se refiere a los servicios de asesoría, de advertencia y de autorización de libros.1. Advertencia: Es un servicio preventivo que brinda la Auditoría

Interna al Consejo Directivo o a los titulares subordinados, por medio del cual realiza observaciones para prevenir lo que legal, administrativa y técnicamente corresponde sobre un asunto determinado o sobre situaciones, decisiones o conductas, cuando sean de su conocimiento, a fin de prevenir posibles consecuencias negativas de su proceder o riesgos en la gestión, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley 8292 “Ley General de Control Interno”.

2. Asesoría: Es un servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna en forma oral o escrita, a solicitud de la parte interesada, mediante el cual emite su criterio, opinión u observación sobre asuntos estrictamente de su competencia y sin que menoscabe o comprometa la independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias, Con este servicio el Auditor Interno coadyuva a la toma de decisiones, sin manifestar inclinación por una posición determinada ni sugerir o recomendar. No se da oficiosamente.

3. Autorización de libros: es un servicio preventivo que consiste en autorizar mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que se llevan en CONAPE, así como otros libros que a criterio del Auditor Interno sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno. El proceso de autorización se realiza de conformidad con el Manual sobre Normas Técnicas que deben observar las Unidades de Auditoría Interna en la Legalización de Libros emitido por la Contraloría General de la República, y con los procedimientos definidos al respecto por la Auditoría Interna.

4. Seguimiento de recomendaciones: de los informes emitidos por órganos externos de fiscalización y control, cuando sean de su conocimiento.

Artículo 38.—Admisibilidad de las denuncias. La Auditoría Interna de CONAPE atenderá todas las denuncias que le sean presentadas, de acuerdo con la prioridad que le sea asignada por el Auditor Interno y el volumen de trabajo de la Unidad.

Artículo 39.—Confidencialidad de la información. La información que el Auditor Interno o cualquiera de sus subalternos obtenga en el ejercicio de sus funciones será estrictamente confidencial.

Esta confidencialidad no se aplicará ante:1) Solicitud o requerimiento de la Contraloría General de República en

el ejercicio de su competencia fiscalizadora.2) Solicitud o requerimiento del Consejo Directivo, ni cuando haya

solicitud expresa de autoridad competente.3) Solicitud o requerimiento de información de la Asamblea Legislativa

en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno y el inciso h) del artículo 32 de esa misma Ley.

CAPÍTULO IXDe la comunicación de resultados

Artículo 40.—Medios de comunicación. La comunicación de resultados es la actividad en el proceso de auditoría en la cual se informa de manera oral o por escrito los resultados del trabajo realizado.

Artículo 41.—Comunicación oral. Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la auditoría o estudio especial de auditoría deben ser comentados con los funcionarios responsables, previo a emitir las conclusiones y recomendaciones definitivas, a efecto de obtener de ellos sus puntos de vista, opiniones y cualquier acción correctiva que sea necesaria.

Se exceptúan los casos de auditoría con carácter reservado, en la que sus resultados no deberán discutirse, o cuando la auditoría o estudio es de índole ordinaria y se obtenga información de naturaleza confidencial, en que la discusión deberá ser parcial. La comunicación de resultados oral la dispone el Auditor Interno en coordinación con el equipo que tuvo a cargo el estudio, de previo a la comunicación escrita del informe, excepto en los casos de informes especiales relativos a las relaciones de hechos y otros que la normativa contemple.

Artículo 42.—Comunicación escrita. La Auditoría Interna deberá comunicar los resultados de sus auditorias o estudios especiales de auditoría, en forma oficial por escrito, mediante informes objetivos dirigidos al Consejo Directivo, como superior jerarca de la Institución, o a los titulares subordinados competentes, de conformidad con las disposiciones establecidas en la LGCI y la normativa dictada al respecto por la CGR, a efecto de que se tome las decisiones y acciones pertinentes de conformidad con los plazos que la LGCI señala. El Auditor Interno define los niveles y competencias para esa comunicación.

Artículo 43.—Comunicación de los servicios preventivos. La comunicación de los servicios preventivos se hará a criterio del Auditor Interno, quien definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación, conforme a la naturaleza de los asuntos que refiera y su criterio profesional.

CAPÍTULO XDel trámite de los informes y aceptación

de las recomendacionesArtículo 44.—De los informes de auditoría. El informe es el

producto sustantivo por medio del cual la Auditoría Interna agrega valor para el cumplimiento de los objetivos institucionales y brinda esa garantía razonable a los ciudadanos sobre el manejo de los fondos públicos.

Los informes de auditoría deben incluir los objetivos, el alcance, hallazgos, conclusiones y recomendaciones y demás resultados del trabajo, según la naturaleza de éste y con observancia de las disposiciones legales y normativa emitida por la CGR.

Para prevenir al Consejo Directivo o a los titulares subordinados, según corresponda, de sus deberes en el trámite de informes, y en especial de los plazos que deben observarse, se debe incorporar en el informe un apartado con la transcripción de los artículos 36, 37 y 38 de la LGCI, así como el párrafo primero del artículo 39, para advertir sobre las posibles responsabilidades en que pueden incurrir por incumplir injustificadamente los deberes de dicha Ley.

Los informes sobre los servicios de auditoría versarán sobre diversos asuntos de su competencia y sobre asuntos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades. Los primeros, denominados informes de control interno, que contienen hallazgos con sus correspondientes conclusiones y recomendaciones; los segundos, llamados de relaciones de hechos.

Ambos tipos de informe deben cumplir con la normativa legal, técnica y reglamentaria pertinente.

Los informes de relaciones de hechos, se exceptúan del proceso de comunicación oral de resultados.

Para los servicios preventivos el Auditor Interno definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación, conforme con la naturaleza de los estudios o las situaciones que los generan.

Artículo 45.—Trámite de informes de servicios de auditoría. Los informes producto de los Servicios de Auditoría, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35, 36, 37 y 38 de la LGCI, con aplicación de las regulaciones establecidas en CONAPE y con observancia del Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna emitido por la CGR.

Artículo 46.—Seguimiento a la aplicación de disposiciones y recomendaciones. El Auditor Interno debe establecer y mantener como parte vital y permanente de la actividad de la Auditoría Interna, un programa de seguimiento a las recomendaciones, observaciones y demás resultantes de su gestión para asegurarse de su oportuna, adecuada y eficaz atención por parte de la administración.

Ese programa debe incluir los resultados de las evaluaciones realizadas por los auditores externos, la CGR y demás instituciones de control y fiscalización que corresponda. El resultado del programa de seguimiento será comunicado por el Auditor Interno al Consejo Directivo anualmente, de conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 22 de la LGCI, sin perjuicio de otros informes relacionados, a juicio del Auditor, cuando lo considere pertinente.

Artículo 47.—De los informes de gestión y rendición de cuentas. El Auditor Interno debe rendir cuentas de su gestión por medio de la presentación de un informe anual de la ejecución del plan de trabajo, por medio del informe sobre el estado de las recomendaciones de la Auditoría Interna, de la CGR y de los despachos de contadores públicos; en estos dos últimos casos cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al Consejo Directivo cuando a criterio del Auditor las circunstancias lo ameriten.

Deberá presentar el informe final de gestión establecido en el inciso e) del artículo 12 de la LGCI, cumpliendo con los requisitos que para tal efecto establece la CGR.

Deberá cumplir con los informes de evaluación de gestión y evaluación presupuestaria que la Administración requiera, conforme con las disposiciones legales que regulan esa materia.

Artículo 48.—Responsabilidades y sanciones. El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Reglamento será causal de responsabilidad administrativa para el Auditor Interno, funcionarios de la Auditoría Interna, Consejo Directivo, titulares subordinados y demás funcionarios de Conape, de conformidad con lo establecido en el Capítulo V de la LGCI. La determinación de responsabilidades y aplicación de las sanciones administrativas corresponde al órgano competente.

CAPÍTULO XIDisposiciones finales

Artículo 49.—Del Reglamento y sus modificaciones. El presente reglamento, en forma conjunta con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley General de Control Interno y los manuales técnicos emitidos por el órgano contralor, constituyen el marco de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna de CONAPE; de conformidad con las disposiciones del artículo 23 de la Ley General de Control Interno. Su contenido es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoría Interna y del resto de los funcionarios de la Administración Activa en la materia que les concierne.

A efectos de mantener el marco normativo de la Auditoría Interna actualizado, le corresponde al Auditor Interno proponer y promover ante el jerarca, las modificaciones al mismo. Toda modificación debe contar de previo a su emisión oficial, con la aprobación de la Contraloría General de la República.

Artículo 50.—Derogatorias. Deróguese el “Reglamento para la Auditoría Interna de CONAPE”, aprobado en la Sesión N° 35-11-1982, publicado en La Gaceta N° 148 del 05 de agosto de 1993, en el momento que entre en vigencia el presente Reglamento.

Artículo 51.—Vigencia. Rige a partir de su publicación y deroga cualquier disposición administrativa que se le oponga.

Lic. Jaime G. Schmidt Gamboa, Auditor Interno.—1 vez.—(2609).

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 29

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALPROCESO DE PIGNORACIÓN

El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal avisa que a las once horas del día 26 de enero del 2008, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan tres o más cuotas de atraso o que su fecha de cancelación este vencida. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenida nueve y once o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón, Remate N° 420.

Agencia 03ALHAJAS

Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate03-60-780653-3 LOTE DE ALHAJAS 81.936,55 03-60-780665-5 LOTE DE ALHAJAS 29.263,0503-60-787864-0 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 42,9 GR 142.517,40 03-60-788145-6 LOTE DE ALHAJAS PS 66,8 GR 227.072,4503-60-788244-2 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 44,8 GR 139.531,35 03-60-788424-9 LOTE DE ALHAJAS 31 G 142.357,3003-60-791855-4 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 90 G 342.927,40 03-60-792093-2 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 39 G 140.873,6003-60-792363-8 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 188 G 907.621,90 03-60-792395-7 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 60 G 279.062,8003-60-792443-4 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 22 104.571,50 03-60-792505-4 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 94,6 G 441.198,7503-60-792675-9 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 66 G 290.189,90TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 13 3.269.123,9503-60-779824-3 LOTE DE ALHAJAS 125.761,35 03-60-791447-0 LOTE DE ALHAJAS 111.259,70TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 237.021,05

Agencia 0404-60-786268-6 LOTE ALHAJAS 24.188,75 04-60-786272-3 LOTE ALHAJAS 37.538,9004-60-786669-9 LOTE ALHAJAS 222.887,20 04-60-786992-3 LOTE ALHAJAS 308.973,1504-60-787150-8 LOTE ALHAJAS 28.503,50 04-60-787329-0 LOTE ALHAJAS 173.559,9504-60-787395-6 LOTE ALHAJAS 63.393,15 04-60-787751-4 LOTE ALHAJAS 262.784,1504-60-787773-0 LOTE ALHAJAS 145.887,20 04-60-787776-3 LOTE ALHAJAS 177.902,5504-60-787888-7 LOTE ALHAJAS 146.508,00 04-60-787906-4 LOTE ALHAJAS 69.714,3004-60-787914-8 LOTE ALHAJAS 115.709,10 04-60-787938-1 LOTE ALHAJAS 20.838,6004-60-788066-5 LOTE ALHAJAS 87.741,50 04-60-788097-9 LOTE ALHAJAS 42.740,5504-60-788123-1 LOTE ALHAJAS 93.079,75 04-60-788141-0 LOTE ALHAJAS 56.942,9004-60-788222-8 LOTE ALHAJAS 48.728,10 04-60-788339-3 LOTE ALHAJAS 70.028,8004-60-791934-5 LOTE DE ALHAJAS 18.850,55 04-60-792147-7 LOTE DE ALHAJAS 161.941,6004-60-792218-4 CADENA 80.811,95 04-60-792361-0 LOTE DE ALHAJAS 233.835,3004-60-792395-9 PULCERA 106.392,70 04-60-792426-1 LOTE ALHJAS 148.508,5504-60-792564-9 LOTE DE ALHAJAS 62.283,90 04-60-795999-0 LOTE ALHAJAS 160.100,9504-60-796151-8 CADENA 132.839,50 04-60-796174-8 PULSERA 24.424,8004-60-796208-5 LOTE ALHAJAS 96.095,30 04-60-796333-3 LOTE ALHAJAS 119.155,5504-60-796353-0 LOTE ALHAJAS 134.905,40 04-60-796361-4 LOTE ALHAJAS 49.856,3504-60-796363-3 LOTE ALHAJAS 131.386,10 04-60-796371-9 LOTE ALHAJAS 173.030,8504-60-796400-4 LOTE DE ALHAJAS 144.559,45 04-60-796489-8 ANILLOS 57.229,7004-60-796541-4 LOTE DE ALHAJAS 309.280,80 04-60-796559-1 LOTE DE ALHAJAS 64.628,3004-60-796563-9 LOTE DE ALHAJAS 90.246,70 04-60-796571-4 LOTE DE ALHAJAS 199.125,0504-60-796598-0 AROS 103.794,75 04-60-796603-2 LOTE DE ALHAJAS 259.486,7504-60-796605-1 LOTE DE ALHAJAS 174.542,65 04-60-796608-4 LOTE DE ALHAJAS 63.300,8004-60-796609-8 ANILLO 240.868,90 04-60-796620-5 ANILLOS 41.278,0004-60-796629-3 LOTE DE ALHAJAS 91.276,80 04-60-796641-6 LOTE DE ALHAJAS 329.061,5504-60-796681-9 LOTE DE ALHAJAS 108.638,20 04-60-796707-0 LOTE DE ALHAJAS 460.588,3004-60-796714-0 LOTE DE ALHAJAS 155.580,60 04-60-796743-7 LOTE DE ALHAJAS 188.879,4004-60-796773-7 LOTE DE ALHAAJS 408.085,60 04-60-796788-1 LOTE DE ALHAJAS 303.450,4504-60-796826-4 LOTE DE ALHAAJAS 141.702,55 04-60-796844-2 LOTE DE ALHAJAS 179.510,3504-60-796848-0 LOTE DE ALHAJAS 126.029,90 04-60-796867-0 LOTE DE ALHAJAS 125.931,4504-60-796887-8 LOTE DE ALHAJAS 220.325,40 04-60-796892-9 ANILLOS 305.281,80TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 62 8.924.753,65

Agencia 0606-60-781165-2 LOTE DE ALHAJAS 147.701,50 06-60-782699-0 LOTE DE ALHAJAS 115.070,8006-60-783246-4 LOTE DE ALHAJAS 52.324,25 06-60-785373-5 LOTE DE ALHAJAS 25.186,3006-60-786873-7 LOTE DE ALHAJAS 56.308,35 06-60-787367-9 LOTE DE ALHAJAS 47.525,4006-60-789674-0 LOTE DE ALHAJAS 109.591,25 06-60-789693-1 LOTE DE ALHAJAS 546.504,1506-60-789694-5 LOTE DE ALHAJAS 111.789,50 06-60-789777-4 LOTE DE ALHAJAS 107.541,2506-60-789811-0 LOTE DE ALHAJAS 124.263,80 06-60-789858-4 LOTE DE ALHAJAS 25.713,7006-60-789878-1 1 PULSERA 29.323,25 06-60-789931-8 LOTE DE ALHAJAS 191.487,8006-60-791651-0 LOTE DE ALHAJAS 230.046,95 06-60-791708-7 LOTE DE ALHAJAS 94.600,6506-60-791709-0 LOTE DE ALHAJAS 86.323,10 06-60-791803-7 LOTE DE ALHAJAS 58.825,7506-60-791809-2 LOTE DE ALHAJAS 120.639,75 06-60-791839-0 LOTE DE ALHAJAS 364.188,8506-60-791890-2 LOTE DE ALHAJAS 26.042,70 06-60-791901-0 LOTE DE ALHAJAS 49.621,6506-60-791907-5 LOTE DE ALHAJAS 489.178,70 06-60-791925-3 LOTE DE ALHAJAS 277.530,8006-60-791977-8 LOTE DE ALHAJAS 91.701,75 06-60-791984-8 LOTE DE ALHAJAS 87.660,7006-60-792024-0 LOTE DE ALHAJAS 46.100,30 06-60-792025-6 LOTE DE ALHAJAS 56.487,4506-60-792069-5 LOTE DE ALHAJAS 285.784,55 06-60-792086-0 UN ANILLO 23.720,3006-60-792088-9 LOTE DE ALHAJAS 49.301,10 06-60-792122-3 LOTE DE ALHAJAS 177.799,6006-60-792157-5 UNA CADENA 60.149,80 06-60-792162-6 LOTE DE ALHAJAS 295.041,4506-60-792175-5 LOTE DE ALHAJAS 31.562,20 06-60-792188-0 UNA CADENA 66.579,35TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 36 4.759.218,75

Agencia 0707-60-777516-1 LOTE DE ALHAJAS 155.984,30 07-60-781071-9 LOTE DE ALHAJAS 179.052,4007-60-783786-0 LOTE DE ALHAJAS 124.603,80 07-60-783852-3 LOTE DE ALHAJAS 164.216,6007-60-784067-2 LOTE DE ALHAJAS 188.202,40 07-60-787185-7 LOTE DE ALHAJAS 523.640,5507-60-787392-9 LOTE DE ALHAJAS 218.599,20 07-60-787457-0 LOTE DE ALHAJAS 34.805,8007-60-787463-6 2 CADENAS 274.620,20 07-60-787495-5 LOTE DE ALHAJAS 169.034,20

REMATES

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Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate07-60-787504-5 2 ANILLOS 27.419,20 07-60-787546-7 1 CADENA 295.434,00TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 12 2.355.612,6507-60-785075-0 LOTE DE ALHAJAS 71.738,50 07-60-786406-0 LOTE DE ALHAJAS 66.125,15TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 137.863,65

Agencia 0808-60-784343-8 LOTE ALHAJAS 148.294,90 08-60-784451-3 LOTE ALHAJAS 290.416,7508-60-787327-0 LOTE DE ALHAJAS 63.782,15 08-60-787422-0 LOTE DE ALHAJAS 85.681,5008-60-790570-4 LOTE ALHAJAS 76.949,55 08-60-790666-7 LOTE DE ALHAJAS 1.297.406,4508-60-790714-4 LOTE ALHJAS 340.123,60 08-60-790947-0 LOTE ALHAJAS 255.746,5508-60-790958-9 LOTE ALHAJAS 308.432,50 08-60-791014-0 LOTE DE ALHAJAS 87.673,0008-60-791016-0 LOTE DE ALHAJAS 257.101,10TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 11 3.211.608,05

Agencia 1010-60-772085-1 LOTE DE ALHAJAS 194.324,20 10-60-773670-0 LOTE DE 10K 77.244,1010-60-775572-8 LOTE DE ALHAJAS 58.825,75 10-60-776533-0 LOTE DE ALHAJAS 64.110,8510-60-776607-0 LOTE DE ALHAJAS 117.348,45 10-60-776655-8 1 CADENA 136.750,7510-60-776850-0 1 CADENA 27.826,60 10-60-779975-3 LOTE DE ALHAJAS 211.182,9510-60-779979-0 1 CADENA CON DIJE 126.029,90 10-60-782554-2 LOTE ALHAJAS 100.745,1510-60-782616-0 LOTE ALHAJAS 189.256,25 10-60-782632-8 LOTE ALHAJA 66.134,5010-60-782663-3 LOTE ALHAJAS 95.515,15 10-60-782753-2 LOTE ALHAJA 28.329,5510-60-785110-7 LOTE ALHAJAS 288.413,70 10-60-785294-0 LOTE ALHAJAS 39.415,8510-60-785419-0 LOTE ALHAJAS 61.155,85 10-60-785429-3 LOTE ALHAJAS 48.049,2010-60-785444-9 LOTE ALHAJA 151.614,60 10-60-785449-0 LOTE ALHAJAS 97.815,8510-60-785455-7 LOTE ALHAJAS 158.368,45 10-60-785458-0 LOTE ALHAJAS 352.343,4010-60-785459-3 LOTE ALHAJAS 1.681.660,50 10-60-785469-6 LOTE ALHAJAS 222.483,7510-60-785486-0 LOTE ALHAJAS 96.347,50 10-60-785507-2 LOTE ALHAJAS 101.160,2510-60-785528-3 LOTE ALHAJAS 284.666,85 10-60-785558-3 LOTE ALHAJAS 84.524,3510-60-785586-4 LOTE ALHAJA 78.211,90 10-60-785595-3 LOTE ALHAJA 58.772,4010-60-785602-2 LOTE ALHAJAS 64.540,90 10-60-785618-2 LOTE DE ALHAJAS 36.221,6010-60-785627-0 LOTE DE ALHAJAS 287.577,65 10-60-785635-5 LOTE DE ALHAJAS 119.092,2510-60-785637-2 LOTE DE ALHAJAS 242.575,05 10-60-785662-0 LOTE DE ALHAJAS 155.863,4510-60-785666-9 LOTE DE ALHAJAS 199.611,90 10-60-785671-1 LOTE DE ALHAJAS 53.699,7510-60-785682-8 LOTE DE ALHAJAS 52.562,70 10-60-785691-7 LOTE DE ALHAJAS 125.931,45TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 40 6.636.305,2510-60-784567-0 LOTE ALHAJAS 163.782,50TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 163.782,50

Agencia 1515-60-780590-8 LOTE ALHAJAS 254.250,50 15-60-780781-2 LOTE ALHAJAS 137.320,00TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 02 391.570,50

Agencia 1717-60-767644-8 LOTE ALHAJAS 29.676,10 17-60-771212-1 LOTE ALHAJAS 61.151,1017-60-771341-0 LOTE ALHAJAS 147.504,00 17-60-771644-0 ESCLAVA 95.817,4517-60-775985-7 LOTE ALHAJAS 53.204,80 17-60-776326-9 LOTE ALHAJAS 145.204,4517-60-776893-0 LOTE DE ALHAJAS 18.082,55 17-60-776979-1 LOTE DE ALHAJAS 63.9G 162.775,7517-60-777121-4 LOTE ALHAJAS 10 K. 141.592,85 17-60-777673-1 LOTE ALHAJAS 513.909,7517-60-779910-6 LOTE DE ALHAJAS 134.927,35 17-60-780100-4 LOTE DE ALHAJAS 201.674,3017-60-780236-0 LOTE ALHAJAS 84.560,90 17-60-780549-4 LOTE ALHAJAS 130.954,1517-60-783040-8 LOTE ALHAJAS 450.383,20 17-60-783367-8 CADENA 54.696,6517-60-783471-9 LOTE DE ALHAJAS 132.362,05 17-60-783475-7 LOTE DE ALHAJAS 146.648,3517-60-783478-0 LOTE DE ALHAJAS 26.912,80 17-60-783513-1 LOTE DE ALHAJAS 140.825,0017-60-783542-6 LOTE ALHAJAS 1.309.845,50 17-60-783550-1 LOTE ALHAJAS 96.133,45TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 22 4.278.842,5017-60-782487-6 LOTE PARA FUNDIR 113.220,75TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 113.220,75

Agencia 2121-60-780802-4 LOTE ALHAJAS 10K 82.129,20 21-60-783003-6 LOTE DE ALHAJAS 103.797,7521-60-785266-2 2 ARCILLOS 18K 23.615,90TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 03 209.542,85

Agencia 2222-60-768099-3 LOTE DE ALAJAS 56.446,65 22-60-768157-3 02 CADENADES DE ORO DE 10K 15.671,5022-60-768324-4 LOTE ALHAJAS 116.276,15 22-60-771634-5 01 ANILLO Y UN DIJE DE ORO 16.549,8522-60-771635-0 2 PULSERAS 42.262,10 22-60-771919-7 07 ANILLOS DE ORO 67.019,75TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 06 314.226,00

Agencia 2424-60-772793-8 LOTE ALHAJAS 182.749,15TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 01 182.749,15

Agencia 2525-60-778159-7 LOTE ALHAJAS 64.590,60 25-60-782188-3 LOTE ALHAJAS 28.753,1525-60-782384-9 LOTE ALHAJAS 124.574,70 25-60-782414-8 LOTE ALHAJAS 45.861,5525-60-782474-8 LOTE ALHAJAS 24.110,05 25-60-782501-6 LOTE ALHAJAS 112.550,2525-60-785773-4 LOTE ALHAJAS 276.352,25 25-60-785901-6 LOTE ALHJAS 300.835,0025-60-785918-0 LOTE ALHAJAS 31.742,75 25-60-785926-3 LOTE ALHAJAS 22.925,3525-60-786049-6 LOTE ALHAJAS 149.534,15 25-60-786161-9 LOTE ALHAJAS 34.721,1525-60-786289-2 LOTE ALHAJAS 172.960,80 25-60-786306-6 LOTE ALHAJAS 388.947,8525-60-786363-1 LOTE ALHAJAS 54.819,10 25-60-786389-4 LOTE ALHAJAS 21.129,3025-60-786402-0 LOTE ALHAJAS 62.564,60 25-60-786404-9 LOTE ALHAJAS 84.517,1025-60-786421-1 LOTE DE ALAHAS 151.354,05 25-60-786444-1 LOTE ALHAJAS 36.439,1025-60-786490-0 LOTE ALHAJAS 237.627,20TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 21 2.426.910,05

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Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate25-60-781199-9 LOTE ALHAJAS 243.673,00 25-60-785465-1 LOTE ALHAJAS 82.267,4525-60-785481-0 LOTE ALHAJAS 70.733,15TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 03 396.673,60

Agencia 2727-60-764440-4 LOTE DE ALHAJAS 188.678,10 27-60-772613-8 LOTE DE ALHAJAS 171.815,0027-60-772660-0 PULSO 14KT 143.583,85 27-60-772811-2 LOTE DE ALHAJAS 92.464,0527-60-772921-7 LOTE DE ALHAJAS 36.650,50 27-60-772924-0 LOTE DE ALHAJAS 250.021,6027-60-772982-0 LOTE DE ALHAJAS 10K 382.697,80TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 07 1.265.910,9027-60-770797-0 LOTE DE ALHAJAS 198.212,85TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 198.212,85

Agencia 3434-60-760141-2 LOTE DE ALHAJAS 240.422,75 34-60-763912-5 LOTE ALHAJAS 14.016,65TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 02 254.439,40

Agencia 4747-60-755490-7 LOTE DE AHAJAS 39.388,55 47-60-755607-3 LOTE ALHAJAS 87.125,0047-60-756014-1 LOTE DE ALAJAS 70.539,55 47-60-756046-0 LOTE ALHAJAS 107.629,35TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 04 304.682,45

Agencia 6060-60-755933-8 LOTE ALHAJAS 92.389,65 60-60-756736-8 LOTE ALHAJAS 181.032,7560-60-756738-7 LOTE ALHAJAS 163.393,60 60-60-756763-5 LOTE ALHAJAS 139.634,1060-60-756774-3 LOTE ALHAJAS 201.873,65 60-60-756778-1 LOTE ALHAJAS 517.674,7560-60-756781-3 LOTE ALHAJAS 280.976,75 60-60-756782-7 LOTE ALHAJAS 428.501,7560-60-756783-2 LOTE ALHAJAS 385.761,15TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 09 2.391.238,15

SEGUNDO REMATE60-60-755828-5 LOTE ALHAJAS 104.200,60 60-60-756263-4 LOTE ALHAJAS 178.696,25TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 282.896,85

Agencia 6161-60-754702-1 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 28GR 99.762,20 61-60-754737-1 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K Y 14K P, 49.565,2561-60-754757-9 UN ANCLA CRISTO ORO 14K PESO 7,5 45.277,00TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 03 194.604,4561-60-754441-3 LOTE DE ALHAJAS 510.127,40TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 510.127,40

Agencia 6363-60-751240-7 LOTE ALAHJAS VARIS KILATES 94.8 GR 216.009,95 63-60-751678-0 LOTE ALHJAS 274.993,1063-60-751708-0 LOTE ALHAJAS 85.132,25 63-60-751735-5 LOTE ALHAJAS 127.870,0563-60-751973-4 LOTE ALHAJAS 101.560,80 63-60-752127-8 LOTE ALHAJAS 82.840,6563-60-752128-3 LOTE DE ALHAJAS 368.627,70 63-60-752132-9 LOTE DE ALHAJAS 20.353,4063-60-752156-4 LOTE DE ALHAJAS 10K PESO DE 3.9 GR 12.146,60 63-60-752157-8 LOTE DE ALHAJAS DE 10 Y 14 K PESO 229.017,4063-60-752169-0 LOTE DE ALHAJAS 606.297,45 63-60-752170-6 LOTE DE ALHAJAS 105.038,8063-60-752175-8 LOTE DE ALHAJAS 56.022,55 63-60-752567-0 LOTE ALHAJAS 388.080,0063-60-752575-7 LOTE DE ALHAJAS 506.561,45 63-60-752582-5 LOTE DE ALHAJAS 17.077,7563-60-752583-0 LOTE DE ALHAJAS 70.943,80 63-60-752585-0 LOTE ALHAJAS 444.457,7563-60-752587-7 LOTE DE ALHAJAS 787.867,80 63-60-752589-6 LOTE ALHAJAS 385.335,3063-60-752591-4 ANILLO GRAD 10.029,95 63-60-752594-7 LOTE ALHAJAS 86.285,0563-60-752599-9 LOTE ALHAJAS 379.834,35 63-60-752604-0 LOTE ALHAJAS 57.355,5563-60-752605-6 LOTE ALHAJAS 121.266,10 63-60-752608-9 LOTE ALHAJS 159.249,9563-60-752612-4 LOTE ALHAJAS 70.706,35 63-60-752613-0 LOTE DE ALHAJAS 32.750,6563-60-752614-3 LOTE ALHAJS 356.253,10 63-60-752620-0 LOTE ALHAJAS 75.611,0563-60-752622-7 LOTE DE ALHAJAS 12.956,60 63-60-752623-2 LOTE DE ALHAJAS 78.545,6063-60-752625-1 LOTE DE ALHAJAS DE 14K 17,8 GR, 97.798,55 63-60-752630-2 LOTE DE ALHAJAS 15.567,8563-60-752633-5 LOTE ALHAJAS 405.565,40 63-60-752634-9 LOTE ALHAJAS 566.419,0563-60-752638-7 LOTE ALHAJAS 635.050,15 63-60-752643-0 LOTE ALHAJAS 444.893,6063-60-752644-3 LOTE 10K 252.180,00 63-60-752645-9 LOTE ALHAJAS 473.998,4063-60-752647-6 LOTE ALHAJAS 505.230,60 63-60-752648-1 LOTE ALHAJAS 117.098,1063-60-752652-7 LOTE DE ALAHJAS 191,50 GR 954.579,80 63-60-752653-2 LOTE ALHAJAS 126.325,3063-60-752654-6 LOTE DE ALHJAS DE 10 K 39,8 GR, 165.376,20 63-60-752655-1 LOTE ALHAJAS 284.561,4063-60-752656-5 LOTE DE ALHAJAS 10K 101,1GR, 423.244,60 63-60-752657-9 LOTE ALHAJAS 416.544,0063-60-752658-4 LOTE ALHAJAS 83.374,65 63-60-752659-8 LOTE ALHAJAS 61.196,2063-60-752660-2 LOTE ALHAJAS 59.820,55 63-60-752662-0 LOTE DE ALHAJAS 10 K 239.095,5063-60-752663-5 LOTE DE ALHAJAS 10K 16,7 GR, 73.264,10 63-60-752664-9 ANILLO Y CADENA 28,3 GR, 206.247,3063-60-752666-8 LOTE ALHAJAS 423.814,95 63-60-752668-7 PULSERA 10K 38,8 GR, 170.085,6563-60-752669-0 LOTE 10K 110.698,15 63-60-752670-7 LOTE ALHAJAS 300.827,9563-60-752671-0 LOTE ALHAAS 598.916,05 63-60-752672-4 LOTE ALHAJAS 585.743,3063-60-752673-0 LOTE ALHAJAS 585.984,40 63-60-752674-3 LOTE ALHAJAS 328.116,1063-60-752676-2 LOTE DE ALHAJAS 10K 13,6 GR, 51.358,10 63-60-752677-6 LOTE ALHAJAS 440.212,5563-60-752678-1 LOTE ALHAJAS 531.102,20 63-60-752680-0 LOTE ALHAJAS 137.977,1063-60-752900-0 1A CAB C/ BRILLS 244.634,50TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 67 17.443.981,1563-60-751970-1 LOTE ALHAJAS 26.391,05 63-60-752488-9 LOTE DE ALHAJAS 180.584,9563-60-752531-4 LOTE ALHAJAS 122.006,20TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 03 328.982,20

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Agencia 77Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate77-60-071632-4 LOTE ALHAJAS 132.652,40 77-60-072555-5 LOTE ALHAJAS 43.053,8577-60-073915-0 LOTE DE ALHAJAS 41.128,85 77-60-073944-5 ANILLO BRILLANTE 208.131,2577-60-079152-8 LOTE ALHAJAS 155.741,15 77-60-079290-5 LOTE ALHAJAS 28.730,5577-60-082998-3 LOTE ALHAJAS 79.055,95 77-60-083328-9 LOTE DE ALHAJAS 222.296,4077-60-083702-5 LOTE ALHAJAS 111.768,95 77-60-086227-4 LOTE ALHAJAS 86.428,5577-60-086269-6 LOTE ALHAJAS 65.806,10 77-60-086691-0 LOTE DE ALHAJAS 204.976,5577-60-088165-0 CADENA 76.773,75 77-60-088924-8 LOTE ALHAJAS 29.566,5077-60-089243-8 LOTE ALHAJAS 6.973,20 77-60-090070-0 LOTE ALHAJAS 16.204,4077-60-092254-5 LOTE DE ALHAJAS 389.380,10 77-60-092523-9 LOTE DE ALHAJAS 56.143,9577-60-093342-6 LOTE ALHAJAS 80.235,90 77-60-093621-2 LOTE DE ALHAJAS 70.796,4077-60-094127-8 LOTE ALHAJAS 32.846,55 77-60-094272-5 LOTE DEALHAJAS 10.917,1577-60-094538-5 LOTE ALHAJAS 132.602,65 77-60-094762-1 ANILLO 27.769,8577-60-094992-5 LOTE ALHAJAS 351.666,55 77-60-095065-2 LOTE DE ALHAJAS 145.311,5077-60-095277-8 LOTE ALHAJAS 126.128,40 77-60-095502-0 LOTE ALHAJAS 141.218,8077-60-096491-2 LOTE ALHAJAS 52.557,90 77-60-097035-4 LOTE DE ALHAJAS 30.717,1077-60-097477-3 LOTE ALHAJAS 96.869,10 77-60-098144-6 LOTE DE ALHAJAS 15.005,4077-60-099156-9 LOTE ALHAJAS 51.992,70 77-60-099614-8 LOTE ALHAJAS 83.657,1577-60-099677-0 LOTE ALHAJAS 145.463,20 77-60-099700-0 LOTE DE ALHAJAS 23.376,2077-60-100202-5 ANILLOS 116.276,15 77-60-100494-6 LOTE ALHAJAS 82.386,0577-60-100499-8 LOTE DE ALHAJAS 124.836,40 77-60-100521-4 LOTE ALHJAS 75.635,1577-60-100625-4 LOTE DE ALHAJAS 111.457,80 77-60-100626-8 LOTE ALHAJAS 125.393,3077-60-100746-7 LOTE DE ALHAJAS 39.545,30 77-60-100902-0 ANILLO 111.775,3577-60-100908-7 LOTE DE ALHAJAS 991.682,90 77-60-101246-7 LOTE DE ALHAJAS 68.052,7077-60-101607-7 LOTE DE ALHAJAS 139.072,15 77-60-103512-8 LOTE DE ALHAJAS 662.229,6077-60-104121-9 LOTE ALHAJAS 214.418,25 77-60-104330-1 LOTE ALHAJAS 52.519,3577-60-104367-0 LOTE DE ALHAJAS 25.245,35 77-60-104648-8 ANILLO BR! 219.575,2577-60-105230-0 LOTE DE ALHAJAS 134.025,10 77-60-105336-8 LOTE ALHAJAS 17.619,3077-60-105366-8 LOTE ALHAJAS 101.250,15 77-60-105474-5 LOTE ALHAJAS 127.206,3577-60-105660-0 LOTE DE ALHAJAS 177.528,90 77-60-105710-6 LOTE ALHAJAS 169.229,1577-60-105805-7 LOTE ALHAJAS 125.115,90 77-60-105869-1 LOTE ALHAJAS 67.741,3077-60-105933-8 LOTE DE ALHAJAS 66.172,55 77-60-105972-7 LOTE ALHAJAS 176.807,8077-60-105992-2 PULSO 8.839,55 77-60-106190-0 LOTE ALHAJAS 134.023,6577-60-106228-3 LOTE ALHAJAS 68.858,75 77-60-106353-3 LOTE DE ALHAJAS 31.417,7077-60-106508-5 ANILLO 130.714,90 77-60-106662-8 LOTE ALHAJAS 63.904,8077-60-106906-3 LOTE DE ALHAJAS 160.342,95 77-60-106968-0 LOTE DE ALHAJAS 70.302,7577-60-106978-5 PULSO 50.880,45 77-60-107078-8 LOTE ALHAJAS 175.577,0577-60-107095-0 LOTE ALHAJAS 33.503,65 77-60-107108-7 LOTE ALHAJAS 35.124,0077-60-107160-0 LOTE DE ALHAJAS 84.517,10 77-60-107170-5 LOTE DE ALHAJAS 215.466,6077-60-107187-7 LOTE ALHAJAS 135.332,05 77-60-107214-3 LOTE DE ALHAJAS 190.837,7577-60-107564-6 LOTE ALHAJAS 638.198,70 77-60-107582-4 LOTE ALHAJAS 274.911,4077-60-107710-8 LOTE DE ALHAJAS 65.018,75 77-60-108217-7 LOTE ALHAJAS 103.476,9577-60-109018-0 LOTE ALHAJAS 31.417,70 77-60-109674-4 ANILLO PULSERA 40.848,4077-60-109884-0 LOTE ALHAJAS 54.853,55 77-60-110459-0 LOTE DE ALHAJAS 501.052,0577-60-110490-5 LOTE ALHAJAS 58.782,95 77-60-110693-3 LOTE ALHAJAS 108.748,4577-60-110832-1 LOTE ALHAJAS 199.573,60 77-60-111166-6 LOTE ALHAJAS 114.375,5077-60-111299-0 LOTE DE ALHAJAS 33.230,10 77-60-111679-4 LOTE DE ALHAJAS 762.508,8077-60-111684-5 LOTE ALHAJAS 77.244,85 77-60-111718-2 LOTE DE ALHAJAS 891.500,9077-60-111773-0 LOTE DE ALHAJAS 236.722,75 77-60-112057-6 ANILLO 284.771,7077-60-112058-1 2 PULSERAS 19.855,20 77-60-112369-3 LOTE DE ALHAJAS 28.593,9077-60-112401-2 LOTE ALHAJAS 63.662,20 77-60-112520-8 LOTE ALHAJAS 63.440,1077-60-112635-4 LOTE DE ALHAJAS 27.885,70 77-60-112665-4 LOTE ALHAJAS 121.552,4077-60-112715-0 LOTE ALHAJAS 10.984,80 77-60-112732-1 LOTE DE ALHAJAS 66.179,8577-60-112763-7 LOTE ALHAJAS 58.223,70 77-60-112836-1 ANILLOS 36.193,3577-60-112848-5 LOTE ALHAJAS 71.846,75 77-60-112855-5 LOTE DE ALHAJAS 30.802,3577-60-112889-1 LOTE DE ALHAJAS 1.129.238,30 77-60-112913-5 LOTE DE ALHAJAS 123.553,1077-60-112926-0 LOTE DE ALHAJAS 20.871,15 77-60-112952-2 LOTE DE ALHAJAS 61.323,1577-60-113074-1 LOTE ALHAJAS 98.786,25 77-60-113628-5 LOTE ALHAJAS 140.386,4077-60-115080-0 LOTE DE ALHAJAS 1.081.322,20 77-60-115296-1 LOTE DE ALHAJAS 672.104,7077-60-115393-0 ANILLOS, CADENA 58.354,90 77-60-115397-7 CADENA 23.341,9577-60-115528-5 LOTE ALHAJAS 2.219.854,00 77-60-115534-0 DIJE 17.606,4577-60-115542-5 LOTE DE ALHAJAS 65.941,00 77-60-115598-8 LOTE DE ALHAJAS 117.908,3577-60-115604-3 LOTE DE ALHAJAS 75.297,00 77-60-115609-5 LOTE ALHAJAS 142.152,3577-60-115610-0 LOTE ALHAJAS 96.052,05 77-60-115666-0 LOTE DE ALHAJAS 116.709,7077-60-115701-2 LOTE ALHAJAS 57.940,80 77-60-115720-4 LOTE ALHAJAS 42.715,8077-60-115904-9 2 PULSERAS 171.689,15 77-60-115965-2 LOTE ALHAJAS 24.346,7077-60-116058-5 LOTE ALHAJAS 532.195,85 77-60-116065-5 LOTE ALHAJAS 62.309,9077-60-116204-5 LOTE DE ALHAJAS 1.866.973,55 77-60-116208-3 LOTE ALHAJAS 155.580,6077-60-116225-6 LOTE ALHAJAS 116.986,95 77-60-116284-0 LOTE ALHAJAS 74.471,5077-60-116362-6 LOTE ALHAJAS 197.012,10 77-60-116370-3 LOTE DE ALHAJAS 144.394,8077-60-116396-4 LOTE ALHAJAS 421.229,60 77-60-116410-5 PULSO 38.416,8577-60-116435-2 LOTE DE ALHAJAS 36.249,85 77-60-116520-1 ANILLO, CADENAS 136.211,6577-60-116522-9 CADENA 159.878,20 77-60-116539-2 LOTE DE ALHAJAS 2.524.820,6077-60-116571-2 LOTE ALHAJAS 102.172,35 77-60-116576-4 CADENA 75.468,2077-60-116581-5 LOTE ALHAJAS 205.589,50 77-60-116593-7 LOTE ALHAJAS 118.635,9077-60-116596-0 CADENAS, PULSERAS 255.260,10 77-60-116600-8 ANILLOS, CADENA 51.086,1577-60-116615-2 LOTE ALHAJAS 857.120,90 77-60-116636-1 LOTE ALHAJAS 450.026,1077-60-116655-5 LOTE ALHAJAS 136.678,45 77-60-116674-7 1 ANILLO 13.171,5077-60-116680-3 LOTE ALHAJAS 186.741,70 77-60-116681-7 LOTE ALHAJAS 781.995,9577-60-116683-6 LOTE ALHAJAS 131.714,95 77-60-116710-2 LOTE ALHAJAS 61.626,4077-60-116711-6 LOTE DE ALHAJAS 735.905,15 77-60-116760-8 LOTE ALHAJAS 377.432,2077-60-116816-0 LOTE DE ALHAJAS 164.247,85 77-60-116890-0 LOTE DE ALHAJAS 180.822,8577-60-116898-4 LOTE DE ALHAJAS 86.509,45 77-60-116917-5 LOTE ALHAJAS 610.598,5577-60-116947-5 LOTE ALHAJAS 455.789,15 77-60-117321-0 ANILLO BRILLANTE 104.802,6577-60-117398-4 LOTE ALHAJAS 234.116,30 77-60-117433-4 1 CADENA Y 2 DIJES 97.241,9077-60-117483-1 LOTE ALHAJAS 251.392,15 77-60-117668-1 LOTE ALHAJAS 62.515,8077-60-117710-3 LOTE DE ALHAJAS 180.661,75 77-60-119456-6 LOTE ALHAJAS 670.125,55

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 33

Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate77-60-119501-2 LOTE DE ALHAJAS 116.126,15 77-60-119502-6 LOTE DE ALHAJAS 120.794,5577-60-119578-6 LOTE ALHAJAS 193.049,55 77-60-119581-8 LOTE ALHAJAS 142.385,8577-60-119630-9 CADENA 21.115,65 77-60-119642-0 LOTE ALHAJAS 44.280,8577-60-119659-4 LOTE ALHAJAS 138.161,00 77-60-119671-7 LOTE ALHAJAS 563.601,9577-60-119694-5 LOTE ALHAJAS 119.298,60 77-60-119732-8 LOTE DE ALHAJAS 588.648,5577-60-119743-8 PULSERA 60.689,10 77-60-119827-9 LOTE ALHAJAS 179.613,8077-60-119881-3 LOTE ALHAJAS 141.785,35 77-60-119888-4 LOTE DE ALHAJAS 168.731,4077-60-119911-2 LOTE ALHAJAS 100.634,25 77-60-119972-6 LOTE DE ALHAJAS 129.547,8077-60-119984-8 LOTE ALHAJAS 198.373,70 77-60-119990-4 LOTE ALHAJAS 448.695,6077-60-120029-0 LOTE ALHAJAS 42.015,50 77-60-120040-0 LOTE ALHAJAS 101.121,4577-60-120052-0 LOTE ALHAJAS 137.133,95 77-60-120079-8 LOTE DE ALHAJAS 531.029,2577-60-120084-9 LOTE ALHAJAS 297.828,15 77-60-120155-6 LOTE DE ALHAJAS 89.932,4077-60-120168-1 1 PULSERA 80.706,95 77-60-120171-5 LOTE ALHAJAS 67.174,7077-60-120201-4 LOTE ALHAJAS 476.987,70 77-60-120278-8 CADENAS 217.329,7077-60-120319-3 LOTE ALHAJAS 74.887,70 77-60-120347-4 LOTE DE ALHAJAS 112.704,8077-60-120349-3 LOTE ALHAJAS 113.666,75 77-60-120362-8 LOTE ALHAJAS 53.487,0577-60-120367-0 LOTE DE ALHAJAS 117.352,45 77-60-120370-5 LOTE ALHAJAS 145.548,7077-60-120377-4 LOTE ALHAJAS 88.976,95 77-60-120386-3 CADENA, PULSERA 134.781,0077-60-120389-6 LOTE ALHAJAS 314.644,35 77-60-120392-8 LOTE ALHAJAS 127.423,7577-60-120394-7 LOTE ALHAJAS 686.550,50 77-60-120404-0 LOTE ALHAJAS 307.574,6577-60-120405-6 LOTE ALHAJAS 168.506,90 77-60-120417-6 LOTE ALHAJAS 129.620,7077-60-120418-1 LOTE ALHAJAS 72.994,25 77-60-120429-8 CADENAS 88.838,2577-60-120441-0 LOTE ALHAJAS 225.581,55 77-60-120446-2 LOTE ALHAJAS 248.966,4577-60-120455-1 3 PULSERAS 48.038,40 77-60-120484-6 LOTE ALHAJAS 30.187,3077-60-120487-9 LOTE DE ALHAJAS 890.772,55 77-60-120500-8 LOTE ALHAJAS 116.046,6077-60-120505-0 LOTE ALHAJAS 2.277.716,85 77-60-120506-3 LOTE DE ALHAJAS 85.119,7077-60-120513-3 LOTE ALHAJAS 266.123,85 77-60-120516-6 LOTE ALHAJAS 248.577,7577-60-120527-2 LOTE DE ALHAJAS 400.790,60 77-60-120531-0 LOTE ALHAJAS 256.548,8077-60-120541-4 LOTE ALHAJAS 27.376,40 77-60-120592-3 LOTE DE ALHAJAS 93.370,8577-60-120667-7 LOTE DE ALHAJAS 644.808,25 77-60-120689-3 CADENA 108.630,7577-60-120749-2 LOTE DE ALHAJAS 194.920,00 77-60-120857-8 LOTE DE ALHAJAS 229.983,6077-60-120858-3 LOTE ALHAJAS 446.782,90 77-60-122110-3 ANILLO 8.158,0077-60-123487-1 LOTE ALHAJAS 129.097,10 77-60-123493-8 ANILLOS 67.814,5577-60-123502-8 PULSERAS 43.942,85 77-60-123506-6 LOTE ALHAJAS 117.576,9077-60-123537-8 CADENA 259.230,50 77-60-123543-6 PULSERA, ANILLO 64.040,4077-60-123549-1 CADENAS 40.321,75 77-60-123551-0 LOTE ALHAJAS 492.162,1577-60-123560-9 LOTE ALHAJAS 474.373,15 77-60-123572-0 CADENA 170.651,0577-60-123574-0 ANILLOS 68.734,45 77-60-123576-9 PULSERAS 274.937,8077-60-123577-2 ANILLO 22.516,45 77-60-123585-8 PULSERA, ANILLO 266.642,2577-60-123587-5 LOTE ALHAJAS 120.877,80 77-60-123588-0 LOTE ALHAJAS 96.321,0577-60-123594-5 LOTE DE ALHAJAS 489.558,40 77-60-123595-0 LOTE ALHAJAS 210.486,4577-60-123600-2 LOTE DE ALHAJAS 333.467,30 77-60-123607-1 ANILLO 17.837,6077-60-123612-2 LOTE DE ALHAJAS 114.703,30 77-60-123632-8 LOTE ALHAJAS 146.052,2577-60-123641-9 LOTE ALHAJAS 189.064,35 77-60-123642-2 LOTE DE ALHAJAS 733.196,8577-60-123650-8 ANILLO 54.316,65 77-60-123672-2 LOTE ALHAJAS 418.878,6077-60-123688-2 LOTE ALHAJAS 80.353,90 77-60-123699-9 LOTE ALHAJAS 8.833,5577-60-123702-1 LOTE ALHAJAS 146.678,00 77-60-123705-6 CADENA 41.267,9077-60-123733-5 LOTE ALHAJAS 65.884,85 77-60-123740-7 LOTE ALHAJAS 276.481,0577-60-123742-4 LOTE ALHAJAS 197.654,55 77-60-123749-5 ANILLO BRILLANTES 54.237,4077-60-123750-0 ANILLOS---DIJES 68.965,35 77-60-123752-7 LOTE DE ALHAJAS 371.778,7577-60-123758-4 LOTE ALHAJAS 79.356,95 77-60-123770-7 LOTE DE ALHAJAS 235.131,8077-60-123777-6 ANILLOS 42.292,90 77-60-123779-5 LOTE ALHAJAS 38.416,1077-60-123791-6 ANILLO BRILLANTE 48.989,35 77-60-123793-5 LOTE ALHAJAS 105.027,3077-60-123795-4 LOTE ALHAJAS 80.356,50 77-60-123799-0 PULSERA 79.828,4077-60-123806-1 LOTE ALHAJAS 445.336,65 77-60-123807-5 PULSERAS 116.220,7077-60-123809-4 LOTE ALHAJAS 41.088,10 77-60-123812-6 LOTE ALHAJAS 285.269,0577-60-123818-3 LOTE ALHAJAS 5.536.566,90 77-60-123821-5 LOTE ALHAJAS 577.581,7577-60-123823-4 LOTE ALHAJAS 178.909,40 77-60-123824-8 LOTE ALHAJAS 193.701,1577-60-123832-1 LOTE ALHAJAS 20.411,75 77-60-123836-0 LOTE ALHAJAS 32.729,2077-60-123838-9 ANILLOS 51.616,00 77-60-123845-0 LOTE ALHAJAS 340.196,2077-60-123848-3 LOTE ALHAJAS 312.042,05 77-60-123849-7 LOTE ALHAJAS 282.949,5077-60-123852-9 LOTE DE ALHAJAS 366.004,20 77-60-123853-4 LOTE DE ALHAJAS 599.307,2077-60-123854-8 LOTE DE ALHAJAS 241.127,55 77-60-123858-6 LOTE ALHAJAS 731.576,2077-60-123860-4 CADENA 654.321,75 77-60-123861-8 LOTE DE ALHAJAS 1.012.501,5077-60-123863-7 4 ANILLOS 70.231,35 77-60-123868-9 ANILLOS 169.725,7077-60-123870-9 LOTE ALHAJAS 540.781,15 77-60-123871-2 LOTE ALHAJAS 264.069,7577-60-123873-1 LOTE ALHAJAS 799.466,50 77-60-123874-5 LOTE ALHAJAS 602.818,8077-60-123875-0 LOTE ALHAJAS 217.717,10 77-60-123887-0 LOTE ALHAJAS 23.839,5077-60-123893-7 LOTE ALHAJAS 1.215.001,75 77-60-123899-2 LOTE ALHAJAS 561.439,6077-60-123901-1 LOTE DE ALHAJAS 183.946,00 77-60-123902-5 LOTE ALHAAJS 231.593,8577-60-123903-0 CADENA, PULSERA 167.262,25 77-60-123916-6 LOTE ALHAJAS 465.760,9577-60-123917-0 ANILLOS 24.562,95 77-60-123920-3 LOTE ALHAJAS 380.492,2077-60-123921-7 LOTE ALHAJAS 915.029,45 77-60-123922-0 LOTE ALHAJAS 166.092,5577-60-123925-5 LOTE ALHAJAS 177.542,15 77-60-123930-6 LOTE ALHAJAS 154.282,8577-60-123934-2 ANILLO 13.418,70 77-60-123938-0 LOTE ALHAJAS 217.340,2077-60-123945-2 2 ANILLOS 38.570,70 77-60-123948-5 LOTE ALHAJAS 158.256,8077-60-123950-3 LOTE ALHAJAS 88.829,50 77-60-123955-5 LOTE ALHAJAS 208.048,1077-60-123962-3 LOTE ALHAJAS 255.081,00 77-60-123970-0 LOTE ALHAJAS 52.207,6077-60-123973-3 LOTE ALHAJAS 242.934,35 77-60-123976-6 LOTE ALHAJAS 100.443,9577-60-123977-0 LOTE ALHAJAS 477.692,95 77-60-123978-5 LOTE DE ALHAJAS 401.776,0077-60-123980-3 LOTE ALHAJAS 154.169,85 77-60-123987-2 LOTE ALHAJAS 132.582,3077-60-123991-0 LOTE ALHAJAS 93.367,75 77-60-123993-9 LOTE ALHAJAS 315.116,2577-60-123996-1 LOTE ALHAJAS 653.574,45 77-60-124001-4 CADENA 36.180,0077-60-124002-8 LOTE ALHAJAS 34.896,20 77-60-124006-6 LOTE ALHAJAS 240.422,0577-60-124007-0 LOTE ALHAJAS 151.314,15 77-60-124009-9 LOTE ALHAJAS 215.971,3077-60-124011-7 LOTE DE ALHAJAS 119.043,90 77-60-124019-1 CADENA 148.921,6577-60-124021-0 1 GARGANTILLA 65.357,45 77-60-124025-8 LOTE ALHAJAS 232.602,4577-60-124026-1 LOTE ALHAJAS 329.346,45 77-60-124027-5 LOTE CADENAS 91.433,30

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Pág 34 La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008

Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate77-60-124028-0 LOTE ALHAJAS 194.878,90 77-60-124029-4 LOTE ALHAJAS 691.580,9577-60-124030-9 LOTE ALHAJAS 85.835,35 77-60-124035-0 LOTE ALHAJAS 104.802,6577-60-124039-7 LOTE ALHAJAS 264.335,60 77-60-124040-3 LOTE ALHAJAS 69.286,2077-60-124041-7 LOTE ALHAJAS 48.907,90 77-60-124049-1 CADENA 87.335,5577-60-124052-3 LOTE ALHAJAS 762.730,45 77-60-124056-1 LOTE ALHAJAS 186.315,8077-60-124058-0 ANILLO 93.157,95 77-60-124061-2 LOTE ALHAJAS 259.095,4577-60-124063-1 CADENA 116.447,40 77-60-124068-3 1 CADENA, 1 PULSERA 251.341,4077-60-124069-7 LOTE ALHAJAS 186.411,60 77-60-124077-2 LOTE ALHAJAS 362.350,5577-60-124079-1 LOTE DE ALHAJAS 54.690,00 77-60-124087-5 LOTE ALHAJAS 343.849,0577-60-124089-4 CADENA 139.634,10 77-60-124102-0 LOTE ALHAJAS 106.974,1077-60-124103-5 LOTE ALHAJAS 310.457,35 77-60-124111-9 LOTE ALHAJAS 15.335,9077-60-124114-1 LOTE ALHAJAS 684.866,65 77-60-124115-7 LOTE ALHAJAS 153.484,5577-60-124120-8 LOTE ALHAJAS 425.570,80 77-60-124121-1 LOTE ALHAJAS 66.044,8077-60-124123-0 LOTE ALHAJAS 114.796,20 77-60-124126-3 LOTE ALHAJAS 420.609,7577-60-124127-7 LOTE ALHAJAS 639.048,00 77-60-124131-4 LOTE ALHAJAS 203.333,4577-60-124139-9 LOTE ALHAJAS 47.638,10 77-60-124145-7 CADENAS 607.676,5577-60-124147-4 LOTE ALHAJAS 56.666,70 77-60-124148-0 LOTE ALHAJAS 168.119,9077-60-124149-3 LOTE ALHAJAS 1.422.285,45 77-60-124152-5 LOTE ALHAJAS 249.625,6077-60-124154-4 1 ANILLO 27.865,15 77-60-124156-3 ANILLO 193.895,2577-60-124157-7 LOTE ALHAJAS 99.850,25 77-60-124159-6 LOTE ALHAJAS 236.389,6577-60-124161-4 LOTE ALHAJAS 467.902,90 77-60-124163-3 1 GARGANTILLA, 1 PULSERA 373.857,9077-60-124167-0 ANILLOS-PAR ARG 859.176,50 77-60-124172-2 LOTE ALHAJAS 283.957,3077-60-124175-7 CADENAS 186.741,70 77-60-124176-0 LOTE ALHAJAS 1.013.897,8077-60-124177-4 LOTE ALHAJAS 547.043,45 77-60-124180-8 LOTE ALHAJAS 324.814,0077-60-124181-1 ANILLO 30.318,10 77-60-124185-0 CADENA 61.514,9077-60-124186-3 LOTE ALHAJAS 137.090,35 77-60-124187-7 LOTE ALHAJAS 257.044,5077-60-124188-2 LOTE ALHAJAS 185.313,80 77-60-124190-0 LOTE ALHAJAS 30.757,5077-60-124191-4 LOTE ALHAJAS 87.878,50 77-60-124197-0 LOTE ALHAJAS 98.863,3077-60-124198-5 LOTE ALHAJAS 433.460,60 77-60-124199-9 LOTE ALHAJAS 227.099,8577-60-124200-4 CADENA 115.340,50 77-60-124201-8 LOTE ALHAJAS 41.837,2077-60-124207-3 LOTE ALHAJAS 296.589,85 77-60-124209-2 LOTE ALHAJAS 134.014,7077-60-124210-7 LOTE ALHAJAS 373.927,75 77-60-124214-3 LOTE ALHAJAS 67.007,3577-60-124216-2 LOTE ALHAJAS 139.287,30 77-60-124219-5 LOTE ALHAJAS 188.352,4577-60-124220-0 LOTE DE ALHAJAS 91.102,85 77-60-124221-3 LOTE ALHAJAS 111.957,7077-60-124222-7 LOTE ALHAJAS 306.121,60 77-60-124223-2 LOTE ALHAJAS 75.034,4077-60-124225-1 LOTE ALHAJAS 235.989,30 77-60-124226-5 LOTE DE ALHAJAS 61.076,1577-60-124228-4 CADENAS, PULSERA 257.941,80 77-60-124231-6 LOTE ALHAJAS 597.107,8077-60-124233-5 CADENAS 186.596,15 77-60-124234-9 LOTE ALHAJAS 152.679,6577-60-124235-4 LOTE ALHAJAS 124.251,20 77-60-124236-8 ANILLOS 34.026,3577-60-124237-1 LOTE ALHAJAS 596.458,50 77-60-124240-7 ANILLO 52.686,0077-60-124241-0 LOTE ALHAJAS 180.966,80 77-60-124242-4 LOTE ALHAJAS 180.363,6577-60-124244-3 LOTE ALHAJAS 63.557,75 77-60-124246-2 LOTE ALHAJAS 208.002,1077-60-124251-3 ANILLOS, PULSERAS 219.353,70 77-60-124254-6 PAR ARGOLLAS 16.232,1077-60-124255-1 LOTE ANILLOS 138.192,85 77-60-124257-9 LOTE ALHAJAS 2.467.729,1077-60-124258-4 ESCLAVA 32.903,05 77-60-124259-8 LOTE DE ALHAJAS 168.902,3577-60-124261-6 ANILLOS-CADENA 71.289,95 77-60-124262-0 LOTE ALHAJAS 365.948,3577-60-124263-5 LOTE DE ALHAJAS 392.336,60 77-60-124264-9 LOTE ALHAJAS 411.782,1077-60-124265-4 PULSERA 69.243,20 77-60-124266-8 PULSERA-CADENAS 613.710,9577-60-124267-1 CADENA 128.821,25 77-60-124268-7 LOTE ALHAJAS 2.508.159,7077-60-124269-0 LOTE ALHAJAS 63.562,90 77-60-124271-0 LOTE DE ALHAJAS 415.700,1577-60-124275-9 ARGOLLAS-CADENA 74.522,00 77-60-124276-2 LOTE DE ALHAJAS 277.265,8577-60-124278-1 LOTE DE ALHAJAS 153.427,75 77-60-124279-5 LOTE DE ALHAJAS 321.102,3577-60-124280-0 LOTE ALHAJAS 151.235,90 77-60-124281-3 LOTE ALHAJAS 455.570,8077-60-124282-7 LOTE DE ALHAJAS 109.591,25 77-60-124285-1 ANILLO MATRIMONIO 10.356,4077-60-124286-5 LOTE DE ALHAJAS 193.976,50 77-60-124287-9 ANILLOS 324.390,0577-60-124290-2 LOTE P/FUNDIR 25.206,00 77-60-124291-6 LOTE DE PULSERAS 199.017,7077-60-124294-9 LOTE ALHAJAS 139.400,55 77-60-124295-4 ANILLO-PULSERA 98.555,0577-60-124296-8 LOTE ALHAJAS 58.038,00 77-60-124297-1 LOTE DE ALHAJAS 235.437,1077-60-124298-7 LOTE ALHAJAS 313.186,05 77-60-124299-0 LOTE DE ALHAJAS 583.664,9077-60-124300-6 LOTE ALHAJAS 178.557,90 77-60-124301-0 ANILLOS 32.851,7077-60-124302-3 LOTE ALHAJAS 109.505,60 77-60-124303-9 ANILLOS 234.342,0077-60-124304-2 DIJE 14.783,25 77-60-124305-8 LOTE ALHAJAS 1.089.526,2077-60-124307-5 LOTE ALHAJAS 258.433,25 77-60-124310-9 CADENA 264.401,3577-60-124311-2 LOTE ALHAJAS 341.657,50 77-60-124312-6 ANILLO 22.996,2077-60-124317-8 CADENA 31.209,10 77-60-124318-3 CADENAS, PULSERAS 185.064,5077-60-124319-7 LOTE ALHAJAS 176.304,05 77-60-124320-1 LOTE ALHAJAS 68.988,5577-60-124322-9 ANILLOS, DIJE 33.753,55 77-60-124323-4 LOTE ALHAJAS 231.056,8577-60-124324-8 ANILLOS 43.802,25 77-60-124326-7 LOTE ALHAJAS 230.618,8577-60-124327-0 LOTE ALHAJAS 281.429,45 77-60-124329-0 LOTE ALHAJAS 450.068,1077-60-124330-4 LOTE DE ALHAJAS 696.091,15TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 487 120.203.507,6077-60-122381-3 LOTE DE ALHAJAS 426.510,85 77-60-122383-2 LOTE DE ALHAJAS 229.052,1577-60-123298-6 LOTE ALHAJAS 2.141.649,15TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 03 2.797.212,15

Agencia 8585-60-844339-1 LOTE DE ALHAJAS 87.453,75 85-60-844341-1 LOTE ALHAJAS 32.877,4085-60-844383-3 LOTE DE ALHAJAS 121.528,20 85-60-844431-9 LOTE DE ALHAJAS 206.856,1085-60-845411-4 LOTE ALHAJAS 360.836,80 85-60-846007-0 LOTE ALHAJAS 142.311,9585-60-846261-7 LOTE ALHAJAS 66.850,65 85-60-846291-7 LOTE ALHAJAS 299.417,8085-60-847127-9 LOTE ALHAJAS 98.409,65 85-60-847152-7 LOTE ALHAJAS 32.329,4085-60-847172-4 LOTE ALHAJAS 258.433,25 85-60-847794-1 LOTE ALHAJAS 118.165,2085-60-847800-9 LOTE ALHAJAS 226.877,20 85-60-847834-3 LOTE ALHAJAS 63.393,1585-60-847863-0 LOTE ALHAJAS 537.652,40 85-60-847878-6 LOTE ALHAJAS 314.792,6585-60-847886-0 LOTE ALHAJAS 51.236,85 85-60-847898-1 LOTE ALHAJAS 335.172,20TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 18 3.354.594,6085-60-847680-0 LOTE ALHAJAS 32.987,10TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 32.987,10

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 35

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICAAVISO

PRIMERA PUBLICACIÓN

Yo, Grupo Nación GN, S. A., con cédula jurídica 3-101-102844, beneficiario del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, en Oficina Plaza Cristal, Curridabat, que se detalla a continuación:

Certificado de depósito Monto $ Emisión Vencimiento a plazo400-02-147-014380-7 3.777.21 19/06/2007 19/12/2007

Título emitido a la orden, con una tasa de interés del 4.00%. Solicito la reposición de este documento por causa de extravío.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

San José, 10 de enero del 2008.—Luis Fernando Henderson García, Gerente Agencia Plaza Cristal.—(2186).

BANCO DE COSTA RICAAVISO

PRIMERA PUBLICACIÓN

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.

CERT.# MONTO PLAZO EMITIDO VENCE TASA61897823 ¢2.300.000.00 180 días 28-05-2007 28-11-2007 7%

Certificado emitido a la orden de Núñez Angulo Oscar y endosado a favor de Grupo Nación GN, S. A.

Emitido por la oficina de Curridabat, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.Solicitante: Grupo Nación GN, S. A.—Jorge Robert Lara, Representante Legal.—(2184).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGOCENTRO DE NEGOCIOS HEREDIA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AVISOSe comunica que los siguientes títulos valores emitidos por el Banco

Crédito Agrícola de Cartago, en el Centro de Negocios Heredia, a la orden de la Sra. Carmen Arce Zúñiga, han sido extraviados:Certificado Monto $ Emisión Vencimiento 93305 1.562,50 20-12-2007 21-01-2008Cupón Monto $ Emisión Vencimiento 93306 4,78 20-12-2007 21-01-2008

Por lo tanto, solicitamos proceder con los trámites de paro y restitución de estos títulos.

Heredia, 7 de enero del 2008.—Lic. Gonzalo Calvo Mora, Gerente.—(2554).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAVICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORG-002-08.—Gómez Sandí Juan Carlos, costarricense, cédula número 1-1100-475, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ingeniería Agronómica con Énfasis en Fitotecnia. Cualquier persona

interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1702).

ORG-003-08.—Peña Duarte Marisol, costarricense, cédula número 5-243-515, ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Publicidad y Licencia en Ciencias de la Comunicación Colectiva. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1703).

ORG-004-08.—Rodríguez Coronado Jecserlin, costarricense, cédula 6-349-334, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1704).

ORI-R-2661-2007.—Cañon García Sandra Patricia, R-284-2007, colombiana, residente permanente: 117000353624, ha solicitado reconocimiento del diploma de Terapeuta Física, de la Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1705).

ORI-R-2659-2007.—Esmeral Maldonado Jaime Andrés, R-287-2007, colombiano, residente permanente: 117000911508, ha solicitado reconocimiento del diploma de Administrador de Empresas, de la Universidad Santiago de Cali, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1706).

ORI-R-2651-2007.—Golcher Llobet Federico Xavier, R-052-2007-B, costarricense, cédula 1-1082-023, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias, Especialidad Ingeniería Civil, de la Universidad de Tulane, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1707).

ORI-R-2665-2007.—Orozco Coto Norman Eduardo, R-285-2007, costarricense, cédula 3-289-512, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magíster en Economía aplicada con mención en Macroeconomía, de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.— Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1708).

Agencia 88Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base remate88-60-842130-3 LOTE ALHAJAS 104.725,60 88-60-842877-1 LOTE ALHAJAS 61.452,4088-60-844780-5 LOTE ALHAJAS 213.835,00 88-60-850289-6 LOTE DE ALHAJAS 68.883,4588-60-850345-9 LOTE DE ALHAJAS 116.969,60 88-60-850346-2 LOTE DE ALHAJAS 429.455,5588-60-850405-8 LOTE DE ALHAJAS 24.277,35 88-60-850528-0 LOTE DE LAHAJAS 105.837,8588-60-850533-0 LOTE DE ALHAJAS 199.061,00TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 09 1.324.497,8088-60-850806-0 LOTE DE ALHAJAS 48.429,45 88-60-850822-8 LOTE DE ALHAJAS 131.688,35TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 180.117,80

Agencia 9090-60-845610-6 LOTE DE ALHAJAS 67.453,55 90-60-848307-8 LOTE ALHAJAS 86.287,5590-60-848336-2 LOTE ALHAJAS 469.755,70 90-60-848843-5 LOTE ALHAJAS 161.751,65TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 04 785.248,45

San José, 7 de enero del 2008.—Centro de Crédito Sobre Alhajas Amón.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—(2876).

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ORI-R-2657-2007.—Pérez Fernández María de los Ángeles, R-286-2007, colombiana, residente permanente: 117000057714, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Industrial, de la Universidad Autónoma del Caribe, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.— Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1709).

ORI-R-2608-2007.—Barrantes Campbell Daniel, R-268-2007, costarricense, cédula 7-0157-0120 ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Técnica y Tecnología en la Especialidad de “Tecnología Química y Biotecnología”, Universidad Químico-Tecnológica de Rusia “D.I. Mendeleev”, Rusia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007.— Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1710).

ORI-R-2529-2007.—Centeno Quiñones María Auxiliadora, R-253-2007, venezolana, pasaporte D0208205, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Administración de Empresas, Universidad Gran Mariscal de Ayacucho, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1711).

ORI-R-2612-2007.—Little Little Eloísa, R-269-2007, costarricense, cédula 7-077-087 ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Enfermería Oncológica, de la Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1712).

ORI-R-2551-2007.—Moreno Luna Yraida Carolina, R-258-2007, venezolana, pasaporte C-1596705 ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1713).

ORI-R-2553-2007.—Orochena Oconitrillo Ericka, R-259-2007, costarricense, cédula 1-1156-0793 ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1714).

ORI-R-2610-2007.—Ulla Borges Lázaro, R-270-2007, cubano, carné de refugiado: 119200041935, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Derecho, de la Universidad de la Habana, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1715).

ORI-R-2547-2007.—Vargas Casafont Luis Diego, R-256-2007, costarricense, cédula 1-1086-0955, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, El Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1716).

ORI-R-2647-2007.—Pociello Bové Jordi, R-279-2007, español, pasaporte AE024508, ha solicitado reconocimiento del diploma de Diplomado en Ciencias Empresariales, Universidad Politécnica de Cataluña, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser

presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1717).

ORI-R-2539-2007.—Morales Ríos Herbert, R-255-2007A, costarricense, cédula 1-0804-0504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Física, Universidad Kentucky, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1718).

ORI-R-2541-2007.—Morales Ríos Herbert, R-255-2007B, costarricense, cédula 1-0804-0504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias, Física, Universidad de Kentucky, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1719).

ORI-R-2570-2007.—Ricardo José Lozano Cruz, R-263-2007, nicaragüense, cédula de residencia 270-0220260-0118283, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico, Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1720).

ORI-R-2564-2007.—Karen Patricia Medina Muñoz, R-260-2007, colombiana, cédula de refugiado 117000969103, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero de Sistemas, Corporación Educativa Mayor del Desarrollo Simón Bolívar, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1721).

ORI-R-2572-2007.—Fernández Núñez Rony Jesús, R-264-2007, costarricense, cédula de identidad 6-312-377, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1722).

ORI-R-2566-2007.—Méndez Méndez Jimmy de los Ángeles, R-261-2007, costarricense, cédula de identidad 2-587-468, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1723).

ORI-R-2578-2007.—Nancy Ramírez Castro, R-267-2007, costarricense, cédula de identidad 1-925-347, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias de la Geoinformación y Observación, de la Tierra: Ingeniería Geológica, Instituto Internacional para Ciencias de la Geoinformación y Observación de la Tierra, Países Bajos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1724).

ORI-R-2568-2007.—Cantillo Quirós Esteban, R-262-2007, costarricense, cédula de identidad 1-692-283, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Enfermería Oncológica, Pontificia Universidad Javieriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1725).

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ORI-R-2574-2007.—Leiva Calderón Eduardo Andrés, R-265-2007, costarricense, cédula de identidad 1-862-837, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Rehabilitación Oral, Pontificia Universidad Javieriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1726).

ORI-R-2576-2007.—Espinoza Morales Óscar Fernando, R-266-2007, mexicano, cédula de residencia 150-0212964-0001953, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1727).

ORI-R-2653-2007.—Pedro José Armijo Guillén, R-281-2007, costarricense, cédula de identidad 1-1002-040, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestría en Ciencias, Ingeniería de Seguridad en Incendios, University Of Ulster, Reino Unido. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1728).

ORI-R-2645-2007.—Villegas Araya Carolina, R-280-2007, costarricense, cédula de identidad 1-986-041, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1729).

ORI-R-2667-2007.—Atunez Pacheco Rosbinda, R-283-2007, hondureña, pasaporte B080402, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogada, de la Universidad Tecnológica Centroamericana, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1730).

ORI-R-2783-2007.—Briceño Jiménez Alejandra, R-297-2007, costarricense, cédula 1-599-113, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, de la Universidad Mayor de San Simón, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 04 de diciembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1731).

ORI-R-2744-2007.—Condines Chicurel María Ximena, R-289-2007, uruguaya, pasaporte B717917, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Universidad de la Republica, Uruguay. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1732).

ORI-R-2533-2007.—Esquivel Rodríguez Patricia, R-170-2000B, costarricense, cédula 1-0770-0100, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Naturales (Dr.rer.nat), Universidad de Hohenheim, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 28 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1733).

ORI-R-2787-2007.—López Guevara Ángel, R-296-2007, venezolano, pasaporte D0132911, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, de la Universidad de Carabobo, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina

dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1734).

ORI-R-2675-2007.—Marroquin Velásquez Lissette, R-291-2007, costarricense, cédula 1-0828-0548, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias de la Comunicación, Universidad de Montreal, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1735).

ORI-R-2748-2007.—Pacheco Banegas de Antunez Rosbinda, R-288-2007, hondureña, pasaporte C078656, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico Industrial, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1736).

ORI-R-2742-2007.—Peña Briceño María del Pilar, R-290-2007, costarricense, cédula 9-0117-0438, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Derecho, Universidad Privada Boliviana, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1737).

ORI-R-2683-2007.—Ronnald Rodríguez, R-277-2007, estadounidense, pasaporte 201296277, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias en Farmacia, Universidad de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1738).

ORI-R-2655-2007.—Emilio Julio Garreaud Indacochea, R-282-2007, peruano, pasaporte 2999017, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Sociales, Universidad Católica de Santa María, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1739).

ORI-R-2649-2007.—Aura Patricia Baltodano Madrigal, R-278-2007, costarricense, cédula de identidad 1-1071-086, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1740).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZORI-R-2780-2007.—Leonard Andrés Ardila Hernández, R-294-

2007, colombiano, cédula de residencia 117000029921, ha solicitado reconocimiento del diploma de contador público, Universidad Militar Nueva Granada, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1741).

ORI-R-2778-2007.—John Alexander Rodríguez Anzola, R-293-2007, colombiano, pasaporte CC80424918, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Colegio Universitario Colombiano, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1742).

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ORI-R-2776-2007.—Ronald Briceño Marenco, R-292-2007, nicaragüense, cédula de residencia 003-RE-003014-00-1999, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Agrónomo en la Especialidad de Zootecnia, Universidad Nacional Agraria, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 112287).—C-14520.—(1743).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAVICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCION DE ASUNTOS ESTUDIANTILESAVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMEA VEZ

Juan Carlos Alvarez Jimenez, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 6-245-988, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Teología obtenido en la Pontificia Universidad Gregoriana en Italia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 30 de octubre del 2007.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í..—(2141).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AVISOOficina Local de Grecia, comunica al señor Johnny Acuña Morales

o a quien interese, que esta Oficina Local de Grecia ha recibido solicitud de salida del país a fin de que el Patronato Nacional de la Infancia recomiende a la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar la salida del país de la joven Natalia María Acuña Vargas con la sola autorización de la madre de la niña señora Irene Vargas Jirón, para que la misma viaje a Estados Unidos a visitar a la progenitora y a sus hermanos los cuales residen en dicho país, conforme a lo dispuesto en el Reglamento para Salidas del País para Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento y señale para notificaciones en el expediente administrativo. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(2639).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSResolución RRG-7748-2008.—San José, a las catorce horas del diez

de enero de dos mil ocho.Ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de

los hidrocarburos. Expediente ET-215-2007Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-6878-2007 de las trece horas con treinta minutos del primero de agosto de dos mil siete, publicada en La Gaceta N° 155 del 14 de agosto de 2007, se aprobó por parte del Regulador General el modelo para fijar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos.

II.—Que el 14 de diciembre del 2007, la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE), solicita mediante oficio GAF-2222-2007 un ajuste extraordinario al precio de venta en plantel de los productos nacionales, además de tres precios plantel diferenciados para el combustible diesel, que se adjunta al expediente. (Folios 1 al 47).

III.—Que el 17 de diciembre del 2007, mediante el oficio 1269-DEN-2007 la Dirección de Energía solicita proceder con la convocatoria de participación ciudadana. (Folios 48 al 54).

IV.—Que el 17 de diciembre del 2007, mediante el oficio 1270-DEN-2007 la Dirección de Energía hace petitoria a RECOPE para aclaración sobre el precio referencia del diesel 2-GT para generación termoeléctrica. (Folios 55 al 56).

V.—Que el 18 de diciembre del 2007, se publicaron en tres diarios de circulación nacional la invitación a los ciudadanos a presentar sus posiciones. (Diario Extra, La República y Al Día). (Folios 57 al 59). Asimismo dicha invitación se publicó en el Alcance 40-A a La Gaceta N° 246 del 21 de diciembre del 2007. (Folio 62).

VI.—Que el 7 de enero del 2008, a las dieciséis horas venció el plazo para presentar posiciones. Según informe de instrucción, fueron admitidas todas y los argumentos de las posiciones son los siguientes:

1. Asociación Nacional de Agricultura y Agroindustria, (folios 57 a 73). Manifiesta lo siguiente:• “la CNAA se opone al incremento del precio en el diesel, pues este

aumento golpea directamente a la población de menos recursos del país pues este combustible incide directamente en todas las fases de la producción de bienes de consumo, incluyendo los de la canasta básica”.

• “Al inicio de la presente Administración, y pocos meses antes de que empezara la actual escalada de precios del petróleo en el mercado mundial, el Ministerio del Ambiente y Energía emitió un nueva “Política de Precios de la Energía”. En ella se establece y promueve lo que se llama un rebalanceo de los precios del diesel lo cual significa que a partir de su aprobación en la ARESEP los consumidores nacionales han visto la disminución relativa del precio de la gasolina súper con respecto al diesel y otros combustibles pesados.

• La Cámara siempre ha considerado que el Gobierno no ha estado midiendo efectivamente el impacto de estos aumentos relativos del diesel dentro de la política macroeconómica, y sobre todo, dentro del modelo de desarrollo socioeconómico que Costa Rica ha mantenido a partir de los años 80, en su fase de agresiva introducción al mercado exportador.

• No se está hablando del aumento absoluto en los precios de los combustibles, pues la Cámara entiende que están regidos por los precios internacionales del petróleo, y afecta a todos por igual. Sin embargo, un cambio en los costos relativos con los países de Centroamérica, en los precios de la energía del sector agropecuario afecta directamente a nuestra competitividad, por eso decimos que estamos en contra del modelo actual donde pareciera que el diesel, como bien de producción, está subvencionando a la gasolina súper, que es un bien de consumo”.

• “El diesel es la base de los costos de la energía, no solo en el transporte público sino en todas las actividades agrícolas y pecuarias. Es importante en el transporte al mercado nacional y hacia los puertos para su exportación, pero también es fundamental en el funcionamiento de las plantas empacadoras de frutas y vegetales, los ingenios, los beneficios así como para las bombas y demás motores estacionarios en las fincas, y es el combustible de los tractores, cosechadoras y fumigadoras de los cultivos extensivos e intensivos.

• La CNAA como parte de sus acciones se presentó ante los Ministros de Agricultura, así como ante el Ministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles, a manifestar su rechazo al esquema del llamado rebalanceo del diesel, pues este se implantó sin consulta a los entes productivos, y por ende se omitió medir también el impacto social del nuevo esquema”.

• “En los últimos meses la Cámara de Agricultura ha visto como, a pesar de los esfuerzos del Banco Central, de la estabilidad macroeconómica, y del superávit fiscal, la inflación penosamente está bajando del 11%. Es cierto que los costos generales de la energía inciden en esto, pero también es cierto que el efecto compuesto y acumulado del cambio relativo en los precios del diesel, tienen un peso muy importante en la consecuencia final”.

2. Cooperativa de Productores Independientes de Liberia R. L. (Coopeliberia R.L.), (folios 73 al 108). Manifiesta lo siguiente:• …“nuestro total desacuerdo al ajuste extraordinario de los precios

del combustible tramitado en el expediente ET 215-2007, este aumento pondría a los productores de arroz en total desventaja ya que tanto la preparación del terreno, cosecha y transporte del producto se realiza con el combustible al que se le esta proponiendo un aumento extraordinario”.

• “Creemos que todos los productos deben ser tratados un tanto diferentes de acuerdo a las necesidades del país, como esta propuesto con el Gas LPG que tiene impuestos diferentes a otros combustibles.

• Este grupo de productores, más bien creemos que es el momento de aplicar un impuesto diferenciado ya que el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos nos pone a competir con un grupo de productores que si reciben subsidios y que los ha recibido por muchos años, y a esto se les une que la apreciación del colón con respecto al dólar esta haciendo que perdamos competitividad contra productos importados”.

VII.—Que en oficio 012-DEN-2008 / 060 de la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora, fechado 10 de enero de 2008, que corre agregado al expediente, se encuentra el análisis de los resultados del ajuste extraordinario de precios y el análisis de las posiciones formuladas.

VIII.—Que en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

Considerando:I.—El cálculo del precio de cada uno de los combustibles se hizo

a la fecha de corte del segundo viernes de diciembre de 2007; los nuevos precios están sustentados en el promedio mensual de los precios FOB internacionales de los derivados del petróleo correspondiente al período de cálculo comprendido entre el 14 de noviembre y el 13 de diciembre de 2007 y en el precio del colón con respecto al dólar a la fecha de corte citada. Sobre el resultado de este valor se suman los costos internos, de manera que el ajuste por producto se calcula sobre los precios vigentes en plantel sin impuesto. Posteriormente se incluye el impuesto único, fijado en resolución RRG-7516-2007, publicada en La Gaceta N° 226 del 23 de noviembre de 2007. Respecto del monto único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley 8114 del 4 de julio de 2001 y el Decreto Ejecutivo 34081-H, publicado en La Gaceta N° 218 del 13 de noviembre del 2007, según la siguiente tabla:

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IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE (en colones por litro)

PRODUCTO IMPUESTO ÚNICO

Gasolina Súper 164,50

Gasolina Regular 157,25

Diesel 0,05% S 92,50

Diesel 0,35% S 92,50

Diesel 0,50% S 92,50

Keroseno 45,25

Búnker 15,75

Asfalto 31,50

Diesel Pesado (Gasóleo) 30,00

Emulsión Asfáltica 23,25

L.P.G. 31,50

Av-Gas 157,25

Jet A-1 General 94,00

Nafta Liviana 22,00

Nafta Pesada 22,00

En la tabla siguiente se muestran las variables consideradas en el cálculo de los precios de cada uno de los combustibles, el precio plantel resultante y el resultado porcentual del ajuste con el impuesto único incluido:

PRODUCTO

PRECIO FOB

TIPOCAMBIO

COSTOINTERNO

PRECIO PLANTEL(sin imp.)

VARIACIÓN(con imp.)

$ / bbl ¢ / $ ¢ / litro ¢ / litro %

Gasolina súper 96,988 497,78 57,91 361,573 -2,314%

Gasolina regular 95,813 497,78 57,91 357,895 -1,491%

Diesel 0,05% S 109,253 497,78 57,91 399,974 -

Diesel 0,35% S 106,854 497,78 57,91 392,465 1,538%

Diesel 0,50% S 106,539 497,78 57,91 391,478 -

Keroseno 110,746 497,78 57,91 404,649 0,976%

Búnker 69,185 497,78 57,91 274,523 -2,178%

IFO 380 72,653 497,78 57,91 285,382 0,294%

Asfaltos 49,785 497,78 57,91 213,785 6,983%

Diesel pesado 90,200 497,78 57,91 340,320 0,420%

Emulsión 35,582 497,78 57,91 169,316 4,934%

L.P.G. 68,986 497,78 57,91 273,902 -1,598%

Av-Gas 117,894 497,78 57,91 427,031 -3,512%

Jet A-1 general 110,746 497,78 57,91 404,649 0,880%

Nafta Liviana 93,553 497,78 57,91 350,819 -2,588%

Nafta Pesada 93,943 497,78 57,91 352,040 -2,620%

II.—Que respecto a los argumentos citados en las posiciones a que se refiere el resultando VI de esta resolución debe indicarse lo siguiente:

1. Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, (folios 65 y 66). Es claro el efecto que tiene el incremento en el precio del diesel sobre los bienes de consumo y los de la canasta básica; sin embargo, no es razonable ni se justifica económicamente que los consumidores de los otros productos, como lo son las gasolinas y el gas licuado de petróleo subsidien a los consumidores de diesel. Motivo por el cual la ARESEP procedió a establecer el precio de cada combustible de acuerdo a su costo en el mercado internacional, es contradictorio, que combustibles menos contaminantes subsidien al diesel.El modelo de fijación de precio es congruente con los objetivos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 7593 de creación de la Autoridad Reguladora y congruente con el inciso b) del artículo 3º de dicha ley, y con el Plan Nacional de Energía. Tanto las gasolinas como el diesel son bienes de consumo y producción. Este cambio en los precios relativos de los combustibles motiva su uso eficiente y la búsqueda de sustitutos a largo plazo menos contaminantes como el gas licuado de petróleo.De acuerdo con lo anterior, la Autoridad Reguladora se apega al principio del servicio al costo del precio del diesel, que por muchos años fue subsidiado. El modelo clarifica los precios, de manera que no se emitan señales distorsionadas, esto tiene efecto sobre las actividades que utilizan el diesel como insumo. Los subsidios a las actividades productivas, no deben provenir de la distorsión del precio de los combustibles, dado que es emitir señales equivocadas en cuanto al uso racional de estos energéticos.El modelo tarifario para fijar el precio de los combustibles derivados de hidrocarburos fue sometido por parte de la ARESEP a Audiencia Pública en diferentes partes del país, y en ellas se atendió las diferentes posiciones y oposiciones de los entes productivos, por lo que no es cierto que el modelo no fuera sometido a consulta ni evaluado su impacto (Resolución RRG-6878-2007). Por otra parte, el objetivo del modelo es eliminar los subsidios que existían entre las gasolinas y el diesel y otros productos al nivel del costo del producto en el mercado internacional, y fijar el precio de los combustibles de acuerdo con su precio internacional, más sus costos de internamiento. Se reitera lo dicho en puntos anteriores. La inflación que presenta el país se ve afectada por varios factores, entre ellos el costo internacional del petróleo y sus derivados.

2. Coopertativa de Productores Independientes de Liberia R.L. (Coopeliberia R.L.), (folios 63 y 64).La ARESEP es conciente del posible efecto que podría tener el incremento en el precio del diesel sobre costos como preparación del terreno, cosecha y transporte del producto, en este caso específico del arroz; sin embargo, se debe tener presente que también hay otros puntos importantes a considerar, el verdadero precio del diesel nos motivará a hacer un uso más eficiente de este combustible y a buscarle sustitutos. Este combustible es uno de los más contaminantes que se utilizan, lo que tiene un impacto sobre el calentamiento global del planeta. Es contradictorio, que combustibles menos contaminantes subsidien al diesel. En la actualidad el precio de cada combustible refleja su costo en el mercado internacionalLa Autoridad Reguladora fija los precios de acuerdo con lo Ley Nº 7593 y con lo dispuesto en la resolución RRG 6878-2007 del 1 de agosto de 2007, en materia de impuestos es el Ministerio de Hacienda mediante la Ley Nº 8114 de Simplificación Tributaria la que fija el impuesto único. Solo mediante un proyecto de Ley es que se puede variar la estructura de impuesto que pesa sobre cada combustible. La ARESEP no tiene competencia para modificar la estructura del impuesto único. III.—Que respecto al considerando II, referente a la fijación de tres

precios plantel diferenciados para el combustible diesel, esta Autoridad manifiesta lo siguiente:

La tendencia a nivel mundial es disminuir la cantidad de azufre presente en el diesel, ya sea para combustible vehicular, como para generación termoeléctrica. Pues como es sabido el azufre es un fuerte contaminante del ambiente y en el país se ha generado un fuerte aumento de las enfermedades pulmonares por los contaminantes del ambiente.

Por otra parte, existe una clara conciencia mundial por disminuir este químico en los combustibles, ya que, según estudios de entes como la CEPAL, y Universidad Nacional, entre otros, la presencia del azufre en el aire, puede provocar cáncer en las personas.

Es importante notar que la generación térmica está entre las principales actividades que generan gases de efecto invernadero en Costa Rica.

Por otra parte, el MINAE ha manifestado en los medios de comunicación, su interés por mejorar la calidad del ambiente en el país, y su preocupación por disminuir los porcentajes de azufre en el diesel, contaminante que en otros países se está eliminando o reduciéndolo al mínimo, como por ejemplo con valores de 10 ppm.

Cabe agregar que en la ARESEP, no se tiene conocimiento de ninguna directriz emitida por el Poder Ejecutivo, que propicie aumentar el azufre en el diesel para generación eléctrica.

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Se considera que utilizar un diesel con 5000 ppm, provocaría gran contaminación ambiental, aumentando los porcentajes de emisiones al ambiente, lo cual podría provocar que el esfuerzo de disminuir el azufre en el diesel vehicular a 500 ppm, no tuviera sentido. Es por ello que la Autoridad Reguladora considera conveniente que para generación eléctrica se utilice el diesel con un 0,35% de contenido de azufre, igual al que se ha venido vendiendo en el país en los últimos años y cuya referencia de precio internacional de Platt’s es de 0,2 % de azufre, es decir 2000 ppm. Se debe tener en cuenta que la normativa centroamericana lo que establece es un máximo en el contenido de azufre.

Esta rebaja en el no compensa el posible daño que se provocaría a la salud y al medio ambiente.

Para el país es conveniente mantener o adoptar para generación térmica, el cálculo del precio del diesel que se viene fijando desde años atrás y cuya referencia de precio internacional equivale a un diesel de 0,20% de contenido de azufre, pero que se permita hasta un 0,35% de contenido de azufre, ya que, sufre una degradación al mezclarlo con un diesel de mayor contenido de azufre.

Sin embargo, la ARESEP no fija los precios de los combustibles para determinada actividad productiva, sino la fijación se hace en función de la calidad de los combustibles. En este sentido, se recomienda fijar los precios en función de la calidad de los combustibles que se venden en el país. Por lo tanto, para el caso del diesel, se recomienda fijar los precios para los siguientes productos: Diesel 0,05% S, Diesel 0,35% S y Diesel 0,50% S.

IV.—De conformidad con los resultados y considerandos anteriores así como el mérito de los autos, lo procedente es ajustar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos que vende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles; para los que venden al consumidor final en estaciones de servicio; consumidores finales exonerados del impuesto único a los combustibles (Flota Pesquera Nacional no Deportiva y otros); para las estaciones sin punto fijo de venta, que venden al consumidor final y; para el Gas Licuado del Petróleo (L.P.G.) en su cadena de distribución, tal y como se dispone.

POR TANTO:Con fundamento en los resultandos y en los considerandos

precedentes, al tenor de las potestades conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la Ley Nº 7593, el Decreto 29 732-MP, la Ley 6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:I.—Fijar el precio de los combustibles en los planteles de la Refinadora

Costarricense de Petróleo S. A., de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS PLANTEL RECOPE(colones por litro)

PRODUCTOS Preciosin impuesto

Preciocon impuesto

Gasolina súper (1) 361,573 526,073

Gasolina regular (1) 357,895 515,145

Diesel 0,05% S (1) 399,974 492,474

Diesel 0,35% S (1) 392,465 484,965

Diesel 0,50% S (1) 391,478 483,978

Keroseno (1) 404,649 449,899

Búnker (2) 274,523 290,273

IFO 380 (2) 285,382 285,382

Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2) 213,781 245,281

Diesel pesado (2) 340,320 370,320

Emulsión asfáltica (2) 169,320 192,570

L.P.G. 273,902 305,402

Av-Gas (1) 427,031 584,281

Jet A-1 general (1) 404,649 498,649

Nafta Liviana (1) 350,819 372,819

Nafta Pesada (1) 352,040 374,040

(1) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida mediante resolución RRG-7461-2007, publicada en La Gaceta N° 221 del 16 de noviembre de 2007.(2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución RRG-7292-2007, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2007.

II.—Fijar el precio de los combustibles que se venden al consumidor final en estación de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

PRODUCTOS Precio Plantelsin impuesto

Preciocon impuesto

Gasolina súper (1) 361,573 562,00

Gasolina regular (1) 357,895 551,00

Diesel 0,05% S (1) 399,974 528,00

Diesel 0,35% S (1) 392,465 521,00

Diesel 0,50 % S (1) 391,478 520,00

Keroseno (1) 404,649 486,00

Av-Gas (2) 427,031 597,00

Jet A-1 general (2) 404,649 512,00

(1) El precio final contempla un margen de comercialización promedio (con transporte incluido) de ¢35,6946 / litro para estaciones de servicioterrestres y marinas.(2) El precio final para las estaciones aéreas contempla margen decomercialización total promedio (con transporte incluido) de ¢12,9688 / litro.

III.—Fijar el precio del Gas Licuado del Petróleo (LPG) para carburación de vehículos al consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente cuadro:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

PRODUCTO Precio envasadorcon impuesto

Preciocon impuesto *

L.P.G. (1) 350,427 382,00

(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen decomercialización de ¢31,524 / litro. Transporte incluido en precio del envasador.* Precios máximos de venta según resolución RRG-5314-2006, publicada en La Gaceta N° 19 del 26 de enero de 2006.

IV.—Precios a consumidor final exonerados del impuesto único a los combustibles.

Para todos los consumidores finales que estén exonerados del impuesto único a los combustibles aplican los precios en plantel de RECOPE sin impuesto único a los combustibles, entre ellos la Flota Pesquera Nacional no Deportiva, según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7384 de INCOPESCA y la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias.

V.—Fijar los precios de los combustibles que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:

PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DECOMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO

A CONSUMIDOR FINAL(colones por litro)

PRODUCTOS Precio Plantel sin impuesto

Preciocon impuesto

Gasolina súper (1) 361,573 529,819

Gasolina regular (1) 357,895 518,891

Diesel 0,05% S (1) 399,974 496,220

Diesel 0,35% S (1) 392,465 488,711

Diesel 0,50% S (1) 391,478 487,724

Keroseno (1) 404,649 453,645

Búnker (1) 274,523 294,019

IFO 380 (1) 285,382 289,128

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 41

PRODUCTOS Precio Plantel sin impuesto

Preciocon impuesto

Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70 (1) 213,781 249,027

Diesel pesado (1) 340,320 374,066

Emulsión (1) 169,320 196,316

L.P.G. (1) 273,902 309,148

Av-Gas (1) 427,031 588,027

Jet A-1 general (1) 404,649 502,395

Nafta Liviana (1) 350,819 376,565

Nafta Pesada (1) 352,040 377,786

(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por litro.

VI.—Fijar los precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final de acuerdo con el siguiente detalle:

PRECIO DE GAS LICUADO DE PETROLEOPOR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA

DE DISTRIBUCION(en colones por litro y cilindros)

incluye impuesto único (1)

TIPOS DE ENVASE

PRECIO A FACTURAR

POR EL ENVASADOR

PRECIO A FACTURAR PORDISTRIBUIDOR

Y AGENCIAS

PRECIO A FACTURAR POR

DETALLISTAS

TANQUES FIJOS (POR LITRO) 350,427 (*) (*)

CILINDRO DE 8,598 Litros 3.013,00 3.465,00 3.985,00

CILINDRO DE 17,195 Litros 6.026,00 6.929,00 7.969,00

CILINDRO DE 21,495 Litros 7.532,00 8.662,00 9.962,00

CILINDRO DE 34,392 Litros 12.052,00 13.860,00 15.939,00

CILINDRO DE 85,981 Litros 30.130,00 34.650,00 39.847,00

(*) No se comercializa en esos puntos de ventas.(1) Precios máximos de venta según resolución RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta N° 65 del 2 de abril del 2001.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio de 2001, la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará los precios el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero A., Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20085).—C-287120.—(2888).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉINSTITUCIÓN BENEMERITA

AVISOCon fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo

15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-1936 de la Lic. Mercia Estrada Zúñiga, Asesora Legal, con fecha 21 de diciembre del 2007 y la Declaración Jurada

rendida ante el notario público Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, la Gerencia. General representada por el Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-0413-0994, mayor, casado, vecino de Tibás, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso del 20% del derecho de arriendo del cementerio general, mausoleo 2, cuadro Carmen, lado este, línea cuarta, inscrito al tomo 2, folio 473 a los señores Eduardo Antonio Salazar Zúñiga, cédula Nº 1-0310-0306, Edgar Salazar Zúñiga, cédula. Nº 1-0305-0942 y Ana Cecilia Salazar Zúñiga, cédula Nº 1-0306-0921. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique a los interesados lo resuelto.

San José, 14 de enero del 2008.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(2493).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE PALMARES

Habiéndose sometido a consulta pública por un periodo de 10 días hábiles, el Proyecto de Reglamento de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Palmares, en La Gaceta Nº 185 de fecha 26 de setiembre del 2007, según lo establece el artículo 43 del Código Municipal y habiéndose resuelto las objeciones presentadas contra el mismo, según consta en el acta de la sesión ordinaria Nº 77, del 22 de octubre del 2007, se procede a publicar como definitivamente aprobado, el Reglamento de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Palmares, el cual rige a partir de esta publicación.

Palmares, 10 de enero del 2008.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria.—1 vez.—Nº 8127.—(2326).

MUNICIPALIDAD DE GUATUSOTranscribo artículo Nº 6, de la sesión ordinaria Nº 25-07, de fecha

3 de julio del 2007.El Concejo Municipal acuerda aprobar definitivamente moción

presentada por el Regidor Miguel Carazo Ugalde, que textualmente dice:Acuerda modificar el monto autorizado al Sr. Alcalde Municipal que

en vez de ¢250.000, sea modificado por la suma de ¢500.000, esto por el incremento del presupuesto; por lo que se autoriza para que el Sr. Alcalde Municipal gire hasta por la suma de ¢500.000.

San Rafael de Guatuso, 9 de enero del 2008.—Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria.—1 vez.—(2475).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓNResolución Administrativa D.A.Nº 012-2008.—Alcaldía Municipal,

a las diez horas del diez de enero del dos mil ocho.Considerandos:

I.—Que de conformidad con el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, esta Municipalidad puede dictar Normas Generales para efectos de la correcta aplicación de las Leyes Tributarias.

II.—Que la Ley Nº 7794 del 18 de mayo de 1998, Código Municipal en su artículo 4, inciso e), otorga el carácter de Administración Tributaria a las municipalidades. Así mismo, el artículo Nº 3 de la Ley Nº 7509 y sus reformas Ley Nº 7729, Ley Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

III.—Que el artículo 69 del Código Municipal establece que el atraso en los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

IV.—Que la Ley Nº 7509 y sus reformas en su artículo Nº 22 establece que la falta de cancelación oportuna generará el pago de intereses, que se regirá por lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

V.—Que en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, reformados mediante la Ley Nº 7900 de 3 de agosto de 1999, publicada en Diario Oficial La Gaceta Nº 159 del 17 agosto de 1999 y vigente a partir del primero de octubre de 1999, se define la base de cálculo de la tasa de interés a cobrar sobre deudas a cargo del sujeto pasivo, así como la tasa de interés sobre el principal de las deudas de la Administración Tributaria.

VI.—Que la información que se utiliza para el cálculo de la tasa de interés es la brindada por el Banco Central de Costa Rica en su página de Internet, la cual corresponde al promedio ponderado de las tasas de interés suministradas por )s intermediarios financieros cada miércoles.

VII.—Que el cálculo de la tasa de interés a cargo del sujeto pasivo, así como a cargo de la Administración Tributaria, será la cifra resultante de obtener el promedio simple de las tasas activas de los bancos Comerciales del Estado para créditos al sector comercial, no pudiendo exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. Además la resolución que se emita para fijar dicha tasa deberá hacerse cada seis meses, por lo menos.

VIII.—Que el promedio simple de las tasas activas para créditos al sector comercial de los Bancos Estatales es 16,26%, al 01 de enero del 2008.

IX.—Que la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica al 01 de enero de 2008, es de 6,49% anual, por lo que la tasa a establecer por parte de esta Municipalidad no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva, es decir 16,49%. Al ser el promedio simple de la tasa activa inferior (16,26%), para créditos del sector comercial de los bancos estatales, prevalece el promedio simple de la tasa activa (16,49%). Por tanto:

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Esta Alcaldía resuelve:Artículo 1º—La Alcaldía Municipal de la Municipalidad del cantón

de La Unión, establece en un 16,49% (dieciséis punto cuarenta y nueve por ciento), a partir del 01 de febrero de 2008 como tasa de interés a cargo del Sujeto Pasivo, así como a cargo de la Administración Tributaria (artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios), para todos los tributos administrados por esta Municipalidad.

Artículo 2º—Se deja sin efecto la resolución administrativa de la Alcaldía Municipal del día dieciocho de setiembre del dos mil siete.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de febrero del 2008.Julio Rojas Astorga, Alcalde.—1 vez.—(2624).

MUNICIPALIDAD DEL GUARCOEl Concejo Municipal de El Guarco, en sesión ordinaria N° 119-07

celebrada el día 11 de diciembre del año en curso, acordó trasladar la sesión del día 25 de diciembre del 2007 al jueves 27 de diciembre del 2007 y la sesión del día 1| de enero del 2008 al día 3 de enero del 2008 ambas a las 5:30 p. m. en el Salón de Sesiones del Palacio Municipal.

El Guarco, 19 de diciembre del 2007.—Flor María Arrieta Pereira, Secretaria Municipal.—1 vez.—(2512).

AVISOS

CONVOCATORIASCOLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

Asamblea general extraordinaria número 63-2008La Junta Interventora del Colegio Profesional de Psicólogos de

Costa Rica, convoca a todas/os sus agremiadas/os a la asamblea general extraordinaria número sesenta y tres dos mil ocho, por celebrarse el día sábado nueve de febrero del dos mil ocho, al ser las ocho horas, en primera convocatoria. De no haber quórum, se procederá a una segunda convocatoria, al ser las nueve horas de ese mismo día, la cual se realizará con los miembros presentes, en la Sede del Colegio, sita setecientos metros al este del Servicentro La Galera, carretera a Tres Ríos.Orden del día:

1. Comprobación del quórum.2. Lectura y aprobación del orden del día.3. Lectura y aprobación de la tabla de distribución del tiempo.4. Lectura y aprobación de los acuerdos del acta Nº 61-2007.5. Informe parcial de la Junta Interventora.6. Elección y juramentación de los miembros del Tribunal de Honor.7. Elección y juramentación de los miembros de las comisiones.

Recordatorios:1. Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades

financieras con la institución, para poder participar como miembros de pleno derecho durante la asamblea. Si cancela por medio de transferencia, debe consignar el nombre, el monto pagado y enviar el comprobante de pago, para garantizar el registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los inconvenientes que genere la suspensión por morosidad.

2. Se recuerda a las y los asambleístas que, en caso de no poder asistir a la asamblea, deberán justificar su ausencia por escrito, dirigir una nota a la Junta Directiva, en un plazo no mayor a un mes, después de celebrada la asamblea. “Quien dejare de asistir sin justa causa a la asamblea será sancionado/a con una multa equivalente a una cuota de colegiatura”. (Artículo 32, Reglamento de la Ley Orgánica).

3. Se invita a las y los colegiados a visitar la página Web del Colegio en la siguiente dirección electrónica: www.psicologos.or.cr del Colegio, en la que se encontrarán la documentación a analizar en esta actividad.

4. Se les recuerda a los y las colegiadas el pago de la cuota extraordinaria de ¢5.000,00 (cinco mil colones), correspondiente al Fondo de Ayuda Mutua. Infórmese en el Departamento de Contabilidad.

NOTA: Solicitamos confirmar la asistencia para efectos del almuerzo que se ofrecerá al terminar la asamblea, al teléfono: 271-3101, al fax: 105, o a la dirección electrónica: [email protected].

Lic. Magalli Márquez Wilson, Secretaria a. í. Junta Interventora.—(2442).

2 v. 2.CONDOMINIO LA PLANICIE

Se convoca a asamblea general ordinaria de Condóminos del Condominio La Planicie, a celebrarse el día 6 de febrero del 2008, en la ubicación del mismo, sita en San Rafael de Escazú. La primera convocatoria será a las 6:00 de la tarde. De no existir quórum, la segunda convocatoria tendrá lugar a las 7:00 de la noche, con el quórum que se encuentre presente. El orden del día será: 1. Informe del Administrador del Condominio. 2. Renuncia del Administrador. 3. Nombramiento del Administrador. 4. Presentación de resumen contable. 5. Otros asuntos de interés de los condóminos.—San José, 15 de enero del 2008.—Luis Eduardo Ortiz Meseguer.—1 vez.—(2866).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.Convoca a los señores accionistas, a asamblea general ordinaria, que

se celebrará en sus instalaciones Club Cariari, Ciudad Cariari, en Belén de Heredia, a las diecisiete horas del siete de febrero de dos mil ocho en primera convocatoria, para conocer de los asuntos que indica el artículo ciento cincuenta y cinco del Código de Comercio, y su cierre económico al treinta de setiembre último. Si no hubiere quórum a la indicada hora, en segunda convocatoria para los mismos asuntos, en el mismo lugar, se convoca a los señores accionistas una hora después.—San José, 10 de enero del 2008.—Rafael Ángel Gutiérrez Badilla, Presidente.—1 vez.—(2870).

DURMAN ESQUIVEL SOCIEDAD ANÓNIMASe convoca a los señores accionistas de Durman Esquivel Sociedad

Anónima, cédula jurídica 3-101-006779 a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse el día quince de febrero del año dos mil ocho, a las 10:00 horas en primera convocatoria, en las oficinas de Durman Esquivel S. A. en Calle Blancos de Goicoechea, para conocer el siguiente orden del día:

a) Modificar la cláusula sétima del pacto Social sobre la convocatoria y forma de convocatoria de las Asambleas Generales

b) Modificación de la cláusula novena de la Junta Directiva de la sociedad

c) Modificación de la cláusula quinta del capital social en relación con las acciones Preferentes Serie C en lo relativo a la opción de redención anticipada y disminuir el monto de capital preferente al número de acciones efectivamente colocadas.

d) Conocer de la solicitud de fusión con la sociedad Extruvensa, S. A.e) Nombramiento de miembros de Junta Directiva en caso de ser

necesario.De no haber quórum a la hora indicada, la Asamblea se celebrará en

segunda convocatoria una hora después, en el lugar antes indicado y con cualesquiera que sea el número de los accionistas presentes.

Tendrán derecho de asistir a la Asamblea todos los accionistas que se encuentren registrados como tales en el Libro de Registro Accionistas al 12 de febrero del dos mil ocho.

Con el fin de llevar a cabo la correspondiente acreditación, los accionistas deberán presentar los documentos probatorios de su identidad (cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte). En el caso de personas jurídicas, quien actúe como representante de la misma, deberá presentar certificación (original con no más de un mes de emitida) de la personería jurídica que lo acredite como representante legal o apoderado de la misma, así como documento probatorio de su propia Identidad. Cuando un accionista, persona física o jurídica, desee hacerse representar en la Asamblea por un tercero, deberá presentar una carta poder o poder especial autenticado por un abogado, firmada por el accionista (persona física) o por el representante legal o apoderado generalísimo (persona jurídica). En este último caso, deberá adjuntarse certificación (original con no más de un mes de emitida) de la persona jurídica respectiva.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—Nº 8784.—(3102).

CORPORACIÓN PERMITIR S. A.Corporación Permitir Sociedad Anónima, cédula jurídica número

tres-uno cero uno-uno cuatro tres tres dos ocho, convoca a una asamblea general extraordinaria de accionistas a celebrarse en Guanacaste, Santa Cruz, Brasilito frente al Hotel Meliá Conchal, a las diez horas del quince de febrero del año dos mil ocho en primera convocatoria y a las 11:00 horas del mismo día en segunda convocatoria. La asamblea conocerá de los siguientes asuntos: 1) reforma de estatutos variando el domicilio social de la sociedad. 2) nombramiento de nueva junta directiva; 3) cualquier otro asunto sometido por los accionistas a conocimiento de la asamblea.—Lic. María Obando Torres, Secretaria.—1 vez.—Nº 8551.—(3103).

LA BOLINCHA, SOCIEDAD ANONIMASe convoca a los socios a asamblea general extraordinaria de

accionistas de La Bolincha S. A., con cédula jurídica 3-101-316791, a celebrarse en su domicilio social, ubicado en Pavas, Lomas del Río, Oscar Felipe, casa número 39, a las 8:00 horas, en primera convocatoria, y una hora después, en segunda convocatoria, el día miércoles 14 de febrero del año en curso, para conocer de los siguientes asuntos: modificación de la cláusula sétima del pacto social y asuntos varios.—San José, 14 de enero del 2008.—Edwin Salazar Campos, Presidente.—1 vez.—Nº 8436.—(3104).

LOS ARALLANES S. A.Se convoca a todos los socios de Los Arallanes S. A., cédula jurídica

3-101-126105, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se celebrará en su domicilio social situado en San Lorenzo de Flores, Heredia, contiguo a la Corporación Jurídica Víquez Ramírez, en primera convocatoria a las diez horas del nueve de febrero del 2008. En caso que no esté presente el quórum de ley, se celebrará en segunda convocatoria una hora después, sea a las once horas. Los asuntos que se conocerán serán los siguientes:

a) Informe del Presidente, Secretario y Tesorero. Informe del Administrador.

b) Discutir y aprobar e improbar los informes sobre los resultados de los ejercicios anuales de períodos anteriores y actual que presenten los administradores, y tomar sobre los mismos las medidas que se juzguen oportunas.

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 43

c) Aprobar y ratificar en su oportunidad la distribución de las utilidades conforme lo disponga la escritura social y la asamblea.

d) En su caso, nombrar o revocar el nombramiento de los administradores y de los funcionarios que ejerzan la vigilancia.

e) Los demás acuerdos de carácter ordinario que determine la escritura social y acuerde la asamblea de socios.

f) Asuntos varios que quieran proponer los socios.Se ruega a los estimables socios recoger toda la documentación para

esta asamblea.San Lorenzo de Flores, Heredia, 15 de enero del 2008.—Sergio

Antonio Víquez Rodríguez, Presidente.—1 vez.—(3298).

CR COAST DEVELOPMENT SOCIEDAD ANÓNIMADe conformidad con la cláusula décimo segunda del pacto constitutivo

de la empresa CR Coast Development Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-473952, se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrase el día lunes cuatro de febrero del dos mil ocho, al ser las diez horas en primera convocatoria, y a las once horas en segunda convocatoria. La asamblea se celebrara en su domicilio social en San José, San Pedro de Montes de Oca, del Banco Nacional de Costa Rica, cien metros al sur y ciento cincuenta metros al este. La agenda del día será:

a- Asamblea general ordinaria:1- Comprobación del quórum.2- Nombrar fiscal Ad-hoc.3- Informe del presidente de la compañía sobre la gestión 2006 y

2007.4- Discusión y aprobación de los estados financieros del período

fiscal 2006-2007.5- Propuesta de dividendos.

b- Asamblea general extraordinaria:1- Ratificación de los acuerdos de asamblea general insertados

erróneamente en el libro de accionistas.2- Insertar los asientos de accionistas en el libro correcto y cotejarlos

con las acciones físicas.3- Aumento de capital social de acuerdo a los aportes extraordinarios

que se hicieron por los socios y adecuar las acciones según los mismos.

4- Modificación del pacto social en cuanto a las siguientes cláusulas:i. Cláusula segunda: en cuanto al domicilio social de la

empresa en Costa Rica.ii. Cláusula octava: En cuanto a la administración de la sociedad

y los poderes de los representantes.iii. Cláusula décimo primera: En cuanto al arbitraje en

desacuerdo de socios.iv. Cláusula décimo segunda: en cuanto a la forma de las

convocatorias de las asambleas generales de socios.v. Crear en los estatutos una cláusula décimo quinta.

5- Reposición del libro de asambleas de junta directiva.6- Contratar como asesora legal a la señora Nancy Vieto

Hernández.7- Contratar al señor Charles Gregory Wanger como administrador

y encargado de proyectos.8- Nombramiento agente residente de la empresa.9- Comisionar a Nancy Vieto Hernández para que protocolicé el acta

en lo conducente y proceda a la inscripción de la misma.San José, 8 de enero del 2008.—Carolina Quintero, Encargada.—

1 vez.—(3372).INTERNATIONAL SERVICES AND

DIRECTORIES SOCIEDAD ANÓNIMASe convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de la

sociedad International Services and Directories Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil setecientos treinta y uno, la que se llevará a cabo en las oficinas administrativas de este ente societario, ubicadas en San Francisco de Dos Ríos, del Supermercado Mega Súper una cuadra al norte, el día martes cinco de febrero del año dos mil ocho, en primera convocatoria a las diecinueve horas, y la segunda convocatoria una hora después, con la finalidad de conocer la siguiente agenda.

1- Revocatoria del cargo de secretario de la junta directiva y nombramiento de dicha vacante.

2- Reforma a la cláusula sétima de la administración.3- Reforma a la cláusula segunda del pacto constitutivo.4- Asuntos varios.

Elvis Cruz Murcia, Presidente.—1 vez.—(3386).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, Eugenia Hernández Corea, soltera, ama de casa, vecina de Limón, Centro, Carrandi, Saborío, seiscientos metros al norte de la pista y con cédula siete-ciento sesenta y cuatro-doscientos doce, hago constar que he iniciado la reposición del libro de Diario y Balances, se escuchan por ocho días hábiles oposiciones en la Administración Tributaria de mi localidad.—Eugenia Hernández Corea.—(1674).

MARIOLA SOCIEDAD ANÓNIMAMariola, Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-020766, solicita

ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso..—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—(1765).

GUARDURIBE, SOCIEDAD ANÓNIMAGuarduribe Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-017364,

solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—(1768).

GUARDIA YGLESIAS, SOCIEDAD ANÓNIMAGuardia Yglesias, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-

015988, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—(1769).

CRISTALES DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMAEl señor Randall Arias Céspedes, en su calidad de apoderado

generalísimo sin límite de suma de la sociedad Cristales del Caribe Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-357503, avisa por este medio al público en general, que por haberse extraviado los siguientes libros legales: Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, Actas de Asamblea de Junta Directiva, Diario, Mayor y Inventarios y Balances, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los mismos en el tiempo de rigor. Consecuentemente, quien se considere afectado deberá dirigir sus manifestaciones a la unidad de Timbraje, autorización y legalización de libros en el término de ocho días a partir de la última notificación.—Limón, 9 de enero del 2008.—Randall Arias Céspedes Apoderado generalísimo.—Nº 7690.—(1989).

ALIM TECH SOCIEDAD ANÓNIMAAlim Tech S. A., con cédula jurídica número 3-101-133269, solicita

ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Legalización de Libros, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—Nº 7843.—(1990).

PUBLICACION DE SEGUNDA VEZ

BRONCO EXPEDICIONES A.L. SOCIEDAD ANÓNIMALa sociedad Bronco Expediciones A.L. Sociedad Anónima, cédula de

persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil ciento treinta y dos, por motivo de extravío, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración Registro de Accionistas, Asamblea General. Quien se considere afectado dirigir oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(113686).

Tomas Norberto Aguirre Cortes, con cédula de identidad número seis-doscientos uno-ochocientos cincuenta y uno constituye Aguirre Inversiones Sociedad Anónima, siendo su nombre de fantasía Aguirre Inversiones S. A. Domicilio: Limón Centro central frente a las oficinas de la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo el señor Tomas Norberto Aguirre Cortes el apoderado generalísimo sin límites de suma y el presidente de la sociedad. Escritura trescientos treinta y cuatro, visible al folio ciento cincuenta vuelto del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario Adrián Paniagua Gamboa. Otorgada en Limón, Centro a las dieciséis horas treinta minutos del trece de agosto de dos mil siete.—Lic. Adrián Paniagua Gamboa, Notario.—1 vez.—(1028).

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LUDHEC SOCIEDA ANÓNIMALudhec Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento

ochenta y un mil novecientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas del Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos correspondientes al número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marcela Brooks Calderón, Notaria.—(1642).

Yo, José Luís García Díaz, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Cuatro Millas de Matina de Limón, portador de la cédula de identidad numero uno-cinco cuatro cinco-cuatrocientos treinta y tres, a título personal, hago constar que he iniciado el trámite de reposición del libro de Compras del Régimen Simplificado, por extravío del mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de ese aviso.—Lic. Elvis Eduardo Lawson V., Notario.—Nº 8019.—(2399).

DOLOMITI SOCIEDAD ANÓNIMA Dolomiti Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número

tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil sesenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Luigi Giacomin Carmiol, Presidente.—Nº 8094.—(2400).

INVERSIONES GIACOMIN CARMIOL SOCIEDAD ANÓNIMAInversiones Giacomin Carmiol Sociedad Anónima, cédula de persona

jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil ciento cincuenta y uno, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Luigi Giacomin Carmiol, Presidente.—Nº 8095.—(2401).

PLAZA COYOACAN SOCIEDAD ANÓNIMAPlaza Coyoacan Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica

número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos setenta y seis, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Óscar Cabada Corvisier, Presidente.—Nº 8096.—(2402).

FINBACK WHALE LIMITADAFinback Whale Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-

400362, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Acta Asambleas de Cuotistas, Registro de Cuotistas, Mayor, Diario e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—Nº 8114.—(2403).

CENTRAL INDUSTRIALIZADORAM Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

Central Industrializadora M Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-151110, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Libro de Diario, libro de Mayor, libro de Inventarios y Balances, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Miguel Ángel Valverde Mora.—Nº 8137.—(2404).

SEFARINVEST SOCIEDAD ANÓNIMASefarinvest Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento

uno-setenta mil novecientos veinticinco, solicita ante la Dirección Nacional de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios número uno y el libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y

Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional de forma simultanea.—Juan Andrés Gurdián Bond, Representante Legal.—(2644).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada hoy en mi notaría a las 10:20 horas Román López Bonilla c.c. Rónald López Guido, vende en 4.500,000 a Deyanira Espinoza Ramírez el establecimiento comercial: Minisuper L y M, situado al costado este de la plaza de Coopesilencio. Se citan y emplazan a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos en Bufete Alberto Fajardo y Asociados, altos del Almacén Correcaminos contiguo a la terminal de buses de esta ciudad, con el notario.—Quepos, 8 de enero del 2008.—Lic. Alberto J. Fajardo Monge, Notario.—Nº 7877.—(1929).

GOLDIES DREAM SOCIEDAD ANÓNIMAGoldies Dream Sociedad Anónima, cuyo nombre anterior lo fue

Turquesa ÑLK Verde Agua S. A., y con cédula jurídica Nº 3-101-246478, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Asamblea General Nº 1, Junta Directiva Nº 1, Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—Nº 7980.—(2242).

En esta notaría se realiza la venta del establecimiento mercantil denominado Bar y Restaurante Fuente Termal, ubicado en la provincia de Alajuela doscientos setenta y cinco metros norte de la Iglesia La Agonía. Se avisa a los acreedores que dentro del término de 15 días a partir de la publicación del presente aviso se apersonen a valer sus créditos.—San José, 9 de enero del dos mil ocho.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—Nº 8042.—(2271).

LA ALAMBRA GRANITO DE LOS CÁCERES S. A.La Alambra Granito de Los Cáceres S. A., con cédula de persona

jurídica Nº 3-101-351833, solicita ante la Dirección General de Tributación de San José, la reposición de todos sus libros legales: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Registro de Socios, Asamblea General y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—(2484).

HAARLEM VEHÍCULOS DOS MIL UNO S.R.L.Haarlem Vehículos Dos Mil Uno S.R.L., con cédula de persona

jurídica Nº 3-102-290360, solicita ante la Dirección General de Tributación de San José, la reposición de todos sus libros legales: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Registro de Cuotistas y Asamblea General de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—(2485).

COOPEMEXYo, María Elena Soto Araya, número de cédula 2-0187-0015, informo

que he iniciado el trámite de la reposición de certificados de Coopemex a mi nombre. La fecha de emisión es el 04-07-2007 y el vencimiento el 04-01-2008, seis meses de plazo, por un monto de 600.000,00 colones exactos. Si alguien se considera afectado debe oponerse en las oficinas de Coopemex, ubicadas en Heredia.—María Elena Soto Araya, Solicitante.—(2490).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 5 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Tapuach Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 5 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2089).

Sonia María Valerín Arias y Sergio Regidor Mattey, constituyen la sociedad denominada Montana Somavar y Seremat Inversiones Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, cien metros este del Centro Comercial Guadalupe. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Representación: el presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número ciento sesenta y ocho-cinco, otorgada a las ocho horas del dieciséis de octubre del dos mil siete y escritura adicional número ocho-seis, otorgada a las nueve horas del ocho de enero del dos mil ocho, ambas del notario Alcides Araya Campos.—Colón, 8 de enero del año dos mil ocho.—Lic. Alcides Araya Campos, Notario.—1 vez.—(2090).

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 45

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 30 minutos del 5 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Balut Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 5 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2091).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 5 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Haruv Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 5 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2092).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7 horas 30 minutos del 5 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Shezif Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 5 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2093).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Dolev Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2094).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Tiltan Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2095).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Hadar Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2096).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Batata Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2097).

Digital Matrix S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(2098).

Inmobiliaria GBL S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 13:30 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(2099).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Einav Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2100).

Vistas de Escazú S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(2101).

Beta Matrix S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14:30 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(2102).

Heli Coms S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(2103).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Gefen Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2104).

Alfa Matrix S. A., protocoliza acuerdos según los cuales modifica la cláusula de la administración, del domicilio y nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(2105).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Shesek Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2106).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Etrog Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2107).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Tapuz Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2108).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Shikma Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Edomit Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2110).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Avatiach Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 4 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—(2111).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica junta directiva y fiscal, así como el domicilio de la sociedad Conservatory Condominiums Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos un mil ochocientos sesenta.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(2121).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 10 de enero del 2008, se constituyó la empresa denominada Construcciones CFR S. A. Domiciliada en La Ribera de Belén, Heredia, Barrio Fátima, de la Virgen de Fátima, 500 metros al norte y 200 metros al sur, Condominio Venus Uno, apartamento cinco, capital social cien mil colones. Presidente: Roberto Chévez Flores, cédula numero 1-846-589.—Belén, Heredia, 10 de enero del 2008.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2126).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 10 de enero del 2008, se constituyó la empresa denominada Aires de Soluma S. A. Domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, de Tienda Pekkis, 50 metros al sur. Capital social: dos millones quinientos mil colones. Presidente: Desiderio Solano Moya, cédula número 4-122-449.—Belén, Heredia, 10 de enero del 2008.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2127).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 7 de enero del 2008, se constituyó la empresa denominada Luis & Ana de Belén S. A. Domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, Barrio Escobal, del Polideportivo 300 metros al oeste y 100 metros al sur. Capital social: doscientos mil colones. Presidente: Luis Álvaro Murillo Bolaños, cédula número 4-087-229.—Belén, Heredia, 10 de enero del 2008.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2129).

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Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Xcess Jaguares Properties Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social: San José.—San José, ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1 vez.—(2130).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Fegogo Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social: San José.—San José, ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—(2131).

Por escritura otorgada ante mí; a las 7:00 horas del 11 de enero de 2008, se acordó modificar la cláusula: segunda: Domicilio de la sociedad: La Sorda Trading S. A.—Alajuela, a las ocho horas de 11 de enero de 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(2139).

Por escritura otorgada el día de hoy, Giovanni Brizio y Marina Chiara Ghigo, constituyeron Borgo Tre Castelli S. A.—San José: a las 11:00 horas del 9 de enero de 2008.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—(2165).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 14:00 horas y 15:00 horas del 9 de enero del año en curso, se constituyeron dos sociedades anónimas, con nombres por designar. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(2176).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas de hoy se constituyó la sociedad Caribbean Consulting Group Sociedad Anónima.—Puerto Viejo, Limón, cuatro de mayo de dos mil siete.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(2181).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas de hoy se constituyó la sociedad Desarrollos Sueños del Caribe Sociedad Anónima.—Puerto Viejo, Limón, dieciocho de mayo de dos mil siete.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(2182).

Por escritura otorgada a las once y treinta horas del ocho de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Sea Lord Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rebeca Zaparolli Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(2185).

Ante esta notaría con fecha siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Creative International Marketing Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Barrio Luján. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(2198).

Ante esta notaría con fecha siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada West Coast Acquisition International Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Barrio Luján. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(2199).

Ante esta notaría con fecha siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Big Boyz Toyz Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Barrio Luján. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(2200).

Ante esta notaría con fecha siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada West Coast International Marketing Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Barrio Luján. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(2201).

Ante esta notaría con fecha veintiocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Constructora Corsal Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Sabanilla. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, veintiocho de diciembre del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(2203).

Ante mí, Gerardo Chaves Rodríguez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de La Estefanía Lote Veintinueve -XXVIX- Aco Sociedad Anónima, modificando la cláusula segunda del pacto constitutivo, nombrándose nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Santo Domingo de Heredia, 7 de enero del 2008.—Lic. Gerardo Chaves Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 7935.—(2206).

El suscrito notario hace constar que ante mi notaría, se ha constituido la sociedad anónima denominada S.F.N. Servifrío de Nosara S. A. Cuyo presidente es el señor Arnay López Castillo.—San José, 8 de enero de 2008.—Lic. Rafael Ángel Guillén Monge, Notario.—1 vez.—Nº 7936.—(2207).

Rodolfo y Wálter, ambos Hidalgo Jiménez, constituyen sociedad anónima, cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que dicho Registro, le asigne de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Con un capital social de cien mil colones exactos.—San Ramón, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 7937.—(2208).

Ante mi notaría, se ha constituido la entidad Promociones Marinas Internacionales S. A. Capital social: cincuenta mil colones.—San Ramón, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 7938.—(2209).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 10 de enero del 2008, protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Uiversal de Costa Rica Sociedad Anónima. Se nombra nuevo vicepresidente y tesorero de la junta directiva.—Grecia, 10 de enero del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 7943.—(2210).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 10 de enero del 2008, protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Macizo Alta Gracia Sociedad Anónima. Se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—Grecia, 10 de enero del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 7944.—(2211).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Cumiche de Grecia Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 10 de enero del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 7945.—(2212).

Por escritura número 183, del tomo 3 de mi protocolo, protocolizada por el suscrito Notario, a las 11:50 horas del 9 de enero del 2008, se reforma la cláusula del nombre, la cláusula de la representación.—San José, 9 de enero del 2008.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 7947.—(2213).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Corporación Ambiental Latino Americana - CALA S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Ana P. Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—Nº 7948.—(2214).

La compañía denominada No Regrets Limitada, modifica la cláusula sexta, del pacto constitutivo. Es todo.—Guanacaste, nueve de diciembre dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 7949.—(2215).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del diez de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de Inmobiliaria Helecho de Java S. A., de las diecisiete horas del ocho de enero del dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula sexta, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 7950.—(2216).

Por escritura 282 de las 09:00 horas del día 6 de diciembre del 2007, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina constituyeron sociedad denominada Las Ensenadas Marinas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢1.000.000,00. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 7951.—(2217).

Ante mí, mediante escritura 173-2, se constituyó la sociedad Moto Repuestos Chinos y Japoneses Sociedad Anónima. Presidente: Arturo Montero Chavarría. Capital social: diez millones de colones.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 7952.—(2218).

Por escritura número doscientos diecisiete, otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil siete, se constituye la sociedad anónima denominada Corporación Vientos Fríos del Sur de Coronado, nombre de fantasía. Capital social: diez mil colones. Presidente: Kuo-Yen Huang, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente: Lic. Fabricio Arauz Rodríguez. Domicilio social: Moravia, La Guaria, del Club La Guaria, cien metros al sur, casa esquinera portón negro.—9 de enero del 2008.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 7954.—(2219).

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Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C&M Macarfa Sociedad Anónima, mediante escritura pública número ciento noventa y dos, otorgada a las quince horas del trece de diciembre del dos mil siete.—San José, once de enero del dos mil siete.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 7955.—(2220).

Ante los notarios Pablo Pacheco Soto y Leonardo Salazar Villalta, notarios públicos de San José, se ha constituido la sociedad denominada Kenanas ACR Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Carlos Acosta Rojas. Subgerente: Vilma Rebeca Acosta Rojas. Capital social: doce mil colones. Domicilio: Rohrmoser, cincuenta metros al norte del antiguo AID.—Lic. Pablo Pacheco Soto, Notario.—1 vez.—Nº 7956.—(2221).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 4 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Magüichy S. A.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 7957.—(2222).

Escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó Muebles Rosaba Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—11 de enero del 2008.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 7958.—(2223).

Escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó All It Host Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—11 de enero del 2008.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 7959.—(2224).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Carmelita de Lisseaux S. A., mediante la cual se reformó su cláusula segunda del domicilio y se designó nuevo agente residente.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 7960.—(2225).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:00, 10:00, 11:00 y 12:00 horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades Paraíso de las Heliconias Rojas S. A.; Las Tres Terrazas de la Fortuna S. A.; Piedra Caliza Malpay S. A., y Perla de Suerre S. A., respectivamente.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 7961.—(2226).

Por escritura otorgada ante mí, el 25 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Bosque de Matapalo INTL. Capital social: 100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7962.—(2227).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 15:30 horas del 10 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Hasroun S. A., en donde se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7963.—(2228).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 15:00 horas del 10 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los Prados P Seis Vista Azul S. A., en donde se reforma las cláusulas segunda y novena, del pacto constitutivo, y se nombra agente residente.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7964.—(2229).

Por escritura otorgada ante mí, el 27 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Sistemas Educativos Integrales S. A. Capital social: ¢100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7965.—(2230).

Por escritura otorgada ante mí, el 27 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Tabatha INNC. Capital social: ¢100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7966.—(2231).

Por escritura otorgada ante mí, el 16 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Senderos Caribeños. Capital social: ¢100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7967.—(2232).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 09:30 horas del 18 de diciembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grey Heavens S. A., en donde se reforma cláusula primera, segunda y cuarta, del pacto constitutivo.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7968.—(2233).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Saetilla de Agua S. A., en donde se reforma cláusula segunda, cuarta y sexta, del pacto constitutivo, y se nombra tesorero y secretario.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7969.—(2234).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 09:45 horas del 18 de diciembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Olea Europea S. A., en donde se reforma cláusula segunda, cuarta y sexta, del pacto constitutivo, y se nombra presidente, tesorero y secretario.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7970.—(2235).

Por escritura otorgada ante el notario Mauricio Martínez Parada, a las 09:30 horas del 23 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pamian de EB S. A., en donde se reforma cláusula segunda y sétima, del pacto constitutivo, y se nombra presidente, tesorero, secretario y fiscal.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 7972.—(2236).

Ante esta notaría, el día nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada J y J Conexión Pacífico Azul Sociedad Anónima. Domicilio: en cantón sexto Aguirre, distrito primero Quepos, de la provincia de Puntarenas, Rancho Grande, contiguo a la plaza de deportes. Capital social: suscrito y pagado. Representación: presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Fernando Baltodano Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 7973.—(2237).

El día de hoy yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Geo Track S. A. Se nombra nuevo vocal.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 7976.—(2238).

A las 15:00 horas de hoy, Layla María y Óscar Antoine, ambos Zaglul Matta, constituyeron Lazag LMZM S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de Heredia. Presidenta: la socia Layla María.—Heredia, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 7977.—(2239).

El día de hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Logística Financiera C. R. Sociedad Anónima. El presidente y el tesorero, tienen la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 7978.—(2240).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del ocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad SLY Fox Properties. Objeto: administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 7979.—(2241).

Por escritura número tres de las catorce horas cero minutos del diez de diciembre del dos mil siete, visible en el tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Electrónica Daytron Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentándose el capital social a la suma de ochocientos noventa y tres millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos noventa y dos colones. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 7984.—(2243).

Por escritura número dos de las doce horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil siete, visible en el tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Bright Teal Sociedad Anónima, en la cual se reforma las cláusulas primera, cuarta del pacto constitutivo aumentándose el capital social a la suma de treinta y siete millones setecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos doce colones. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 7985.—(2244).

En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Corporativos Galinas Sociedad Anónima, representada por su presidenta: Shirley Vargas Vargas, y vicepresidente: Johnny Álvarez Molina, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Aida Castillo Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 7986.—(2245).

Por escritura número 073-03, del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 08:00 horas del 23 de diciembre del 2007, se constituyen tres sociedades de responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-

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J, publicado en La Gaceta Nº 144 del 14 de junio del 2006.—San Isidro de El General, 7 de enero del 2008.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 7988.—(2246).

Que por escritura número 158, visible a folio 1 frente del tomo IV del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto social, y se nombró presidente, tesorero, secretario, fiscal y agente residente de Inmobiliaria Yefim del Este S. A.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 10 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 7991.—(2247).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las 14:00 horas del 9 de enero del 2008, se reformaron las cláusulas cuarta y quinta de la sociedad Umanji Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-175523. Se aumentó el capital social a ochenta y un millones de colones.—San Isidro de El General, 9 de enero del 2008.—Lic. Miguel Ángel Larios Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 7992.—(2248).

Por escritura de las quince horas quince minutos del siete de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebradas simultáneamente por la sociedad Inversiones Asile Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda de las constitutivas.—San Isidro de Pérez Zeledón, 10 de enero del 2008.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—Nº 7993.—(2249).

Por escritura de las catorce horas del cuatro de enero, se constituye la sociedad Toño y Carmen Nueve Azul Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Eduardo Antonio Monge Vargas. Capital social: 18.000,00 colones. Plazo: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—Nº 7994.—(2250).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las diecisiete horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, Víctor Chinchilla Mata, Mauricio Mata Jiménez y Rosa Mata Segura, constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, Sociedad Anónima. Capital social: La suma de diez mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Víctor Chinchilla Mata.—Pérez Zeledón, diez de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 7995.—(2251).

Ante mi notaría, a las quince horas con treinta minutos del diez de enero del dos mil ocho, se protocolizó en lo conducente el “Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Metales Barboza Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro” asamblea celebrada en el domicilio social y en la que se acordó modificar la “cláusula segunda: del domicilio” , la “cláusula tercera: del objeto”, la “cláusula cuarta: del plazo social”, la “cláusula novena: de la junta directiva” y la “cláusula décima segunda: del agente residente.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 7996.—(2252).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del cinco de diciembre de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa R y E Arquitectos e Ingenieros Constructores Sociedad Anónima, donde se reforman cláusula primera: del nombre y octava: de la junta directiva del pacto constitutivo y se nombra junta directiva: nuevo nombre será: Comercializadora E.C.C. Inmobiliaria, Sociedad Anónima y Presidente y secretario actúan conjunta o separadamente, en ambos casos como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de enero de 2008.—Lic. Alejandro J. Zúñiga Poveda, Notario.—1 vez.—Nº 7998.—(2253).

El día de hoy se constituyó ante esta notaría la entidad denominada: Transportes Gómez y Salas A F J S R L Se nombran gerentes.—San José, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Sergio Coto Arrieta, Notario.—1 vez.—Nº 7999.—(2254).

El suscrito notario hago constar que en el tomo número dos del protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero Salazar se están constituyendo las compañías denominadas Belloso & Compañía S. A.; Orion Environments Sociedad Anónima; Refrigeración Imperio S. A. Es todo.—San José, 7 de diciembre del 2007.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 8004.—(2255).

Por escritura número 207-6, otorgada ante la notaría del suscrito, a las 17:00 horas del 6 de diciembre del 2007, se protocolizó el acta de asamblea de la compañía Rigovi del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-187453, donde se reforma la cláusula sétima, donde se limitan los poderes de los representantes.—Sarchí, 8 de enero del año 2008.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—Nº 8005.—(2256).

Constitución de sociedad anónima denominada Lastres y Acarreos Max Fabián Sociedad Anónima, mediante escritura número setenta y tres visible al folio cero sesenta y ocho vuelto cero sesenta y nueve frente y

vuelto cero setenta frente del tomo tercero del protocolo del suscrito notario de las nueve horas del día veinte de setiembre del dos mil siete. Es todo.—Lic. Raúl Muñoz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 8006.—(2257).

En mi notaría, al tomo 8 de mi protocolo, escritura Nº 185 de las 12:00 horas del 18 de diciembre de 2007, se constituyó la entidad Bananas de Carambola S. A., con domicilio social y fiscal en Duacari de Guácimo, Limón; capital: diez mil colones. Presidente: Manuel González Pérez.—Lic. Ulises Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 8009.—(2258).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Indocraft Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 20 de diciembre del 2007.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 8010.—(2259).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del nueve de enero del año dos mil ocho, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad de esta plaza Guanagolf Sociedad Anónima.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 8011.—(2260).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del nueve de enero del ano dos mil ocho, se modificó la cláusula sexta del pacto social de la sociedad de esta plaza Kaliska Sociedad Anónima.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 8012.—(2261).

Ante esta notaría, se presentaron los señores: Vaidote Urbonaite, Lituania, mayor, casada una vez, músico, vecina de San Sebastián, Residencial, Montecarlo, cédula de residencia: uno cuatro cuatro cero cero cero cero cero cero uno, tres cero, Virginia Berrocal Ríos, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Hatillo Centro, Urbanización Belgrano, casa cuarenta y siete, cédula: nueve-cero diecisiete-trescientos cincuenta y tres y José María Umaña Zúñiga, mayor, casado una vez, comerciante, del mismo domicilio de la segunda, cédula: seis-cero setenta y seis-novecientos noventa y ocho y dicen que han convenido en constituir una sociedad denominada Internetsolutions Sociedad Anónima, el día de hoy. Es todo.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Ceciliano Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 8014.—(2262).

Mediante escritura número cincuenta y uno, visible al folio treinta y dos vuelto, del tomo undécimo del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Kifaru I. A. V. R. Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las quince horas treinta minutos del día tres de diciembre del año dos mi siete.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 8018.—(2263).

Mediante escritura 25-7, de las 17:30 horas del 8 enero, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de nueva junta directiva de Condominio el Destino de las Olas de Potrero S. A.—Huacas, 8 enero del 2008.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 8022.—(2264).

Mediante escritura 27-7, de las 18:30 horas del 8 enero, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de nueva junta directiva de Calle Simms Sociedad Responsabilidad Limitada.—Huacas, 8 enero del 2008.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 8023.—(2265).

Mediante escritura 24-7, de las 17:00 horas del 8 enero, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de presidente y secretario Condominio el Destino del Mar de Potrero S. A.—Huacas, 8 enero del 2008.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 8024.—(2266).

Mediante escritura 26-7, de las 18:00 horas del 8 enero, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de nueva junta directiva de Condominio el Destino de la Costa de Potrero S. A.—Huacas, 8 enero del 2008.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 8025.—(2267).

Asociación Deportiva de Tang Soo Do y Asociación de Estudiantes de Tang Soo Do de Coronado constituyen La Federación Deportiva de Tang Soo Do. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diecisiete horas del día once de diciembre del dos mil siete.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 8038.—(2268).

En esta notaría se constituirá la sociedad denominada Luiparox Sociedad Anónima.—San José, 12 de diciembre del año dos mil siete.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—Nº 8040.—(2269).

La suscrita Sylvia Arias Ulate, notaria pública con oficina en San José, hace constar que a las trece horas del nueve de enero del dos mil ocho, mediante asamblea general extraordinaria de socios se acordó revocar el cargo de subgerente de la sociedad denominada Varval Limitada. Es todo.—San José, a las dieciséis horas del diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 8041.—(2270).

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Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:40 horas del día 4 de diciembre del año 2007, se constituyó la compañía denominada Inversiones Cubero Rodríguez Dos Mil Siete Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 8043.—(2272).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de enero de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Árboles Gemelos Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil doscientos sesenta y siete, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos referente al domicilio de la sociedad. Es todo.—San José, diez de enero de dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 8044.—(2273).

Por escritura pública número 157 de las 10 horas del 9 de enero del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la sociedad denominada en inglés Catering Service Sibú Limitada, y en español Servicio de Organización de Banquetes Sibú Limitada. Domicilio: Cot, Oreamuno, Cartago. Plazo: 100 años a partir de la constitución. Objeto: organización de banquetes, fiestas y afines, comercio y otros. Capital social: 100.000 colones en 10 cuotas nominativas de 10.000 colones. Administración: un gerente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 10 de enero del 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 8045.—(2274).

Ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad Green & Purple Developments Sociedad Anónima, cuyo nombre deriva de idioma extranjero, con un significado traducido al español de Desarrollos Verde & Morado S. A. Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 8047.—(2275).

Ante esta notaría, el día de hoy se modifica el domicilio social de la empresa Jarca Development Enterprise Sociedad Anónima, siendo la ubicación del nuevo domicilio en Llorente de Tibás, del ICE, seiscientos metros al sur y veinticinco metros al oeste. Es todo.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 8048.—(2276).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:20 horas del día 20 de diciembre del año 2007, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J- el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 11 de enero del año 2008.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 8055.—(2277).

Por escritura pública número ciento setenta y ocho otorgada ante esta notaría a las diez horas del día tres de diciembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Distribuidora de Suministros y Papel Sumitodo Sociedad Anónima. Presidente Gustavo Adolfo Arias Arce.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 8056.—(2278).

Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye la sociedad Inversiones Elipzoide Sociedad Anónima con capital de un millón doscientos mil colones. Presidente y tesorero actuando conjunta o separadamente tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Liberia, veintiuno de diciembre del 2007.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 8058.—(2279).

Por escritura otorgada ante mí, Rocío Hernández Ching, a las catorce horas del diez de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Vidrios Emmanuel S. A.—San José, diez de enero de dos mil ocho.—Lic. Rocío Hernández Ching, Notaria.—1 vez.—Nº 8061.—(2280).

Por escritura otorgada ante mí se constituyeron las siguientes sociedades: Know Deep Investments Sociedad Anónima cuya traducción al español es Inversiones Saber Profundo Sociedad Anónima, Large Footprints Sociedad Anónima cuya traducción al español es Grandes Huellas Sociedad Anónima, Corporation Praise Light Sociedad Anónima cuya traducción al español es Corporación Elogio de Luz Sociedad Anónima, Seals History Sociedad Anónima cuya traducción al español es Sellos de Historia Sociedad Anónima, Mosaic Border Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Mosaico de Fronteras Sociedad Anónima, Harp Sun Investments Sociedad Anónima cuya traducción al español es Inversiones Arpa de Sol Sociedad Anónima, Flashes of Touch Sociedad Anónima cuya traducción al español es Destellos del Tacto Sociedad Anónima, Orbital Resurface Corporation Sociedad Anónima cuya traducción al español es Corporación Resurgir Orbital Sociedad Anónima, Rime War Sociedad Anónima cuya traducción al español es Escarcha de Guerra Sociedad Anónima, Pozo Claro Corporación Sociedad Anónima, Grandes Ideas Sociedad Anónima, Respiro Mundial Sociedad Anónima, Galería del Universo Sociedad

Anónima, Inversiones Signo del Eclipse Sociedad Anónima, Horarios Nocturnos Sociedad Anónima, Corporación Intensa Escritura Sociedad Anónima, Reflejos en Memoria Sociedad Anónima, Corporación Cinco Miradas Sociedad Anónima, Inversiones Valencia del Saber Sociedad Anónima.—San José, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 8062.—(2281).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 17:00 horas del día 10 de enero del 2008. Se reforma la cláusula del objeto de la sociedad denominada Corporación Docaso Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del dos mil ocho.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 8063.—(2282).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 08:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Riviera del Mar Azul Y Z Y Inc Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 15:00 horas del 7 de enero del 2008, mediante la cual se acordó aumentar el capital social de la empresa.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Grethel Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 8064.—(2283).

En escrituras otorgadas ante Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 16:30 horas, 17:00 horas del 9 de enero del 2008, se constituye Cedro Verde del Este C V E S. A., se constituyen seis sociedades anónimas, que se denominarán de acuerdo al Reglamento para la Inscripción de Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Todas con domicilio en San José. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con plenas facultades.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 8068.—(2284).

Por la escritura número 077-03 del tomo 03 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad, a las 11:00 horas del 8 de enero del 2008, la sociedad costarricense denominada 3-102-487379 S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil tres setenta y nueve, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 10 de enero del 2008.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 8070.—(2285).

Mediante escritura pública número veintitrés, otorgada a las quince horas del diez de enero del dos mil ocho, se constituyen las sociedades de esta plaza denominadas: Adoquines de San Telmo Sociedad Anónima; De la Boca Condominios Sociedad Anónima; Chalet Bariloche Novecientos Sociedad Anónima, y Calle Florida Exportaciones Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, representada por el presidente y secretario, y con el objeto del comercio en general.—San José, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 8075.—(2286).

Por escritura de las 12:00 horas del 8 de enero del 2008, se constituye la sociedad denominada Rial Río Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 8076.—(2287).

Por escritura de las 14:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituye la sociedad denominada Quality Solutions Network Sociedad Anónima. Se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 8077.—(2288).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Virginia Properties of Navarro Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 11 de enero del 2008.—Lic. Jorge R. Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 8079.—(2289).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Virginia Mountain T.O.P. Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 11 de enero del 2008.—Lic. Jorge R. Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 8080.—(2290).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Clemátide Chavi Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 11 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 8081.—(2291).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Witasiu Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 11 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 8082.—(2292).

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Por escritura número ciento noventa y tres otorgada en esta notaría, a las nueve horas con diez minutos del día once de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa denominada Eajor Cort E.I.R.L., con domicilio en la ciudad de Cartago.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—Nº 8083.—(2293).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las veinte horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Rolcha & Cor de las Brisas S.R.L. Capital: suscrito y pagado. Gerente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 8084.—(2294).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las quince horas treinta minutos del cinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Alisamuel A T S A Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando solo de manera conjunta.—Cartago, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 8085.—(2295).

Mediante escritura pública, constituyen sociedad anónima denominada Grupo Novare Sociedad Anónima. Escritura número ciento diecisiete del tomo sexto del protocolo del Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, con fecha treinta de noviembre del dos mil siete.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 8086.—(2296).

Mediante escritura pública, constituyen sociedad anónima denominada Comidas Rápidas Gilda Sociedad Anónima. Escritura número ciento noventa y tres del tomo seis del protocolo del Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, con fecha cuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 8087.—(2297).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima El Legado Durán Calvo S. A. Escritura otorgada en San José, a los 7 días de enero del 2008.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 8088.—(2298).

Por escritura otorgada ante mí, número doscientos ochenta y siete visible a folio ciento cuarenta frente y vuelto, y ciento cuarenta y uno frente del tomo décimo del protocolo del suscrito notario, se constituye la empresa J.A.C.Arias del Pacífico Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jimmy Arias Castro.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 8089.—(2299).

Se constituye sociedad anónima denominada Antric. Su domicilio social será en Limón, Pococí, Cariari, del puente del río Tortuguero, un kilómetro norte. Estará administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros propios o extraños: Presidente, secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. La misma se conformó a las nueve horas y quince minutos del diez de diciembre del dos mil siete.—Lic. Randall Eduardo Ramírez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 8092.—(2300).

Se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Garro Chaves. Su domicilio social será en Cartago, San Isidro de Tejar del Guarco, de la Iglesia Católica doscientas metros oeste. Estará administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros propios o extraños: Presidente, secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. La misma se conformó a las diez horas del veinte de octubre del dos mil siete.—Lic. Randall Eduardo Ramírez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 8093.—(2301).

Ante mí, Wagner Bocker Barrantes, notario público, se constituyó la sociedad denominada Corporación Filadelfia del Sur G H A Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar como Corporación Filadelfia del Sur G H A S. A., con un plazo social de noventa y nueve años a partir del nueve de enero del dos mil ocho, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente el señor William Gerardo Molina Palma.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 8097.—(2302).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:30 horas del 10 de enero del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Mercadeo de Bienes y Servicios L.M.Q. Internacional S. A. Domicilio social: provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Parque Valle del Sol, lote número ciento treinta y dos. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 8098.—(2303).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día diez de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Silal Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 8099.—(2304).

Mediante escritura número ciento dieciocho, otorgada a las catorce horas quince minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad anónima llamada Puerto Varas S. A., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8100.—(2305).

Mediante escritura número ciento dieciséis, otorgada a las catorce horas del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad anónima llamada Temuco S. A., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8101.—(2306).

Mediante escritura número ciento quince, otorgada a las trece horas cincuenta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad anónima llamada Puertooctay S. A., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8102.—(2307).

Mediante escritura número noventa y tres, otorgada a las once horas del cinco de noviembre del dos mil siete ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se modificó el nombre de la sociedad tres-cuatrocientos setenta y dos cuatrocientos sesenta y uno sociedad de responsabilidad limitada, a AWA Security de Costa Rica S.R.L.—San José, ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8103.—(2308).

Mediante escritura número ciento catorce, otorgada a las trece horas cuarenta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad anónima llamada Valdivia S. A., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8104.—(2309).

Mediante escritura número ciento veinticuatro, otorgada a las quince horas treinta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Cultrum S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8105.—(2310).

Mediante escritura número ciento veintitrés, otorgada a las quince horas quince minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Ayelen S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8106.—(2311).

Mediante escritura número ciento veintidós, otorgada a las quince horas del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Lautaro S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8107.—(2312).

Mediante escritura número ciento veintiuno, otorgada a las catorce horas cincuenta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Panguipulli S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8108.—(2313).

Mediante escritura número ciento veinte, otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Mancera S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8109.—(2314).

Mediante escritura número ciento diecinueve, otorgada a las catorce horas treinta minutos del siete de enero del dos mil ocho, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada llamada Puerto Montt S.R.L., con un capital social de diez mil colones.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 8110.—(2315).

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Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Electrónica Dasil Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas del día veintidós de noviembre del dos mil siete. Presidenta: Silvia Guzmán Castro.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 8112.—(2316).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las catorce horas del ocho de enero del dos mil ocho, fue constituida la sociedad denominada Agrícola Clase A Sociedad Anónima. Domiciliada: en San José. Objeto principal: la agricultura y comercialización de productos agrícolas. Plazo: cien años desde su constitución. El presidente de la junta directiva tiene la representación legal. Capital social: diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. José Miguel Fonseca Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 8113.—(2317).

Ante mí, Nelson Ramírez Ramírez, notario público con oficina abierta en San Rafael de Heredia, se tramita la constitución de la sociedad denominada I.L.S Consultores y Asociados Sociedad Anónima.—Once de enero del dos mil ocho.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 8116.—(2318).

Por escrituras otorgadas ante las notarías del Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante y Lic. Marvin Céspedes Méndez, a las 12:00 horas del 7 de enero, 15:00 horas del 8 de enero, y 07:00 horas del 11 de enero, todas del 2008, protocolizaron respectivamente actas de asamblea general de socios de Councils of the Empire S. A.; Debroyal S. A., y Allegard Tech S. A., mediante las cuales se reformaron las cláusulas Nos. 2 y 6 de sus pactos constitutivos, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 8120.—(2319).

Ante mí, Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará NI - LIN - KA DE XI - MA CERO CINCO. Presidente: Marvin Agüero Marín, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 8121.—(2320).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará: a) “según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno cinco, publicado en La Gaceta número ciento catorce de junio del dos mil seis”. Presidente: Hildegard Niedeggen-Mc Manus, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. b) Inmobiliaria Bailey Uno. Nueve. Siete. Cero S. A. Presidenta: Christina Marshall Truitt, como apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. c) C.M.T Uno. Nueve. Siete. Cero Café Sociedad Anónima. Presidenta: Christina Marshall Truitt, como apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 8122.—(2321).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se reforma la cláusula: sexta, del pacto social de la sociedad Palmera Cola de Pez L.D.C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil novecientos veintiuno.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 8123.—(2322).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 10 de enero del 2008; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada B.J. Property Management Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 8124.—(2323).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 10 de enero del 2008; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada B.J. Enterprise Group Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 8125.—(2324).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 10 de enero del 2008; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada B.J. Development Group Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 8126.—(2325).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad de esta plaza G Más G Internacional Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 8128.—(2327).

En mi notaría, a las 18:30 horas del 15 de octubre del 2007, se protocolizó acta número tres de asamblea general ordinaria de corporación de patrocinadores de Fundación Restauración de la Naturaleza, reformando pacto constitutivo y nombrando nueva junta directiva. Presidente el señor Dennis Jannick. Notario Daniel Arroyo Bravo, se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 10 de enero del 2008.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 8129.—(2328).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día nueve de enero del dos mil ocho, se constituye Rincón de Playa Grande S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—Lic. Jorge Enrique Salazar Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 8130.—(2329).

Se constituye sociedad anónima denominada Agrícola Herrera Barrantes Sociedad Anónima. Representada por el presidente Juan Vicente Herrera Quesada y el secretario Eduardo Barrantes Rojas.—Río Cuarto, Grecia, 7 de enero del 2008.—Lic. Marjorie Otoya Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 8131.—(2330).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada LC Pizza Costa Rica I Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años. Su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. El presidente es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 8132.—(2331).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del diez de enero del año dos mil ocho, se reforma totalmente la cláusula sétima del pacto constitutivo de la compañía Importadora Logística Sigal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dos mil ciento cinco, en cuanto a las facultades del apoderado.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 8133.—(2332).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 7 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Mong Ha Media Sociedad Anónima. Duración: 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de enero del año 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 8135.—(2333).

Ante esta notaría a las 9:00 horas del 8 de noviembre del año 2007, se constituyó la sociedad denominada Nabucco NSA Sociedad Anónima. Duración: 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de noviembre del año 2007.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 8136.—(2334).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 9 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Maximum Exam Results Seminars Sociedad de Responsabilidad Limitada. Duración: 100 años. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Gerente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de enero del año 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 8138.—(2335).

Por escritura número ciento treinta y uno-diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintinueve de diciembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada: según número de cédula de persona jurídica que se le asigne de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J y publicado en el Diario Oficial en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del año dos mil seis. Con un capital social: tres millones doscientos mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio de la sociedad: Marbella de Santa Cruz, Guanacaste, un kilómetro al este del Ebais.—Nicoya, 8 de enero de 2008.—Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 8139.—(2336).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 11 de enero de 2008, se protocolizan en lo conducente los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Representaciones Técnicas S. A., Se reforman cláusula segunda en cuanto al domicilio, cláusula decimoprimera en cuanto a la administración, decimosegunda en cuanto al gerente general, decimotercera en cuanto al fiscal. Se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y gerente general.—San José, 11 de enero de 2008.—Lic. Enrique Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 8140.—(2337).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas del ocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de Redflags Road Sociedad Anónima, cédula 3-101-482616, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y secretario por todo el plazo social. Es todo.—Playa Sámara, 9 de enero dos mil ocho.—Lic. Fabiola López González, Notaria.—1 vez.—Nº 8146.—(2338).

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En escritura número ciento treinta-tres, se protocolizó la constitución de la sociedad Inversiones Mafer Beraca Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, a las dieciséis horas del día nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Sick Rosidol Rezak Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 8147.—(2339).

El suscrito notario hace constar que el día diecisiete de diciembre del dos mil siete, se constituyó en mi protocolo la sociedad anónima denominada Ugasa Comercial Sociedad Anónima.—San Ramón de Alajuela, dieciocho de diciembre del dos mil siete.—Lic. Danny González Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 8150.—(2340).

Por escritura ciento veinticinco-cinco, de las ocho horas del once de diciembre del dos mil siete, del tomo cinco del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad GCI Works Consulting S. A. en español: GCI Consultores de Trabajos S. A. Con domicilio social en San José, Sabana Norte, cuatrocientos oeste del ICE, Centro Comercial El Gran Campo, segundo piso, oficina cinco. Capital social: cien mil colones representación judicial y extrajudicial. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma por todo el plazo social.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 8151.—(2341).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituye Quantum Empresarial de San José Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente apoderado generalísimo.—Lic. María Teresa Núñez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 8152.—(2342).

Mediante escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del cuatro de enero de dos mil ocho, los señores Claudia Patricia Coutin Toro, Marlen Martínez Osorio, Nicoleta Mirela Stefan y Adrián Mugurel Stefan, constituyen la empresa denominada: Estrella del Pacífico Real State Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 4 de enero de 2008.—Lic. Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—Nº 8154.—(2343).

Mediante escritura número doscientos veintisiete, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del dieciocho de diciembre de dos mil siete, las señoras Claudia Patricia Coutin Toro y Marlen Martínez Osorio constituyen la empresa denominada: Real State Pacific Coast C. M. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 18 de diciembre de 2007.—Lic. Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—Nº 8155.—(2344).

La suscrita notaría, hago constar que a las 10 horas con 30 minutos del día 11 de enero del año 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Sal-feljef S. A., en la cual se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra junta directiva.—San Juan de Tibás, 11 de enero de 2008.—Lic. Lorena Ma. Cordero Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 8156.—(2345).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del once de enero del dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima.—Heredia.—Lic. Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 8157.—(2346).

El suscrito notario Alberto González Cruz, cédula número 2-428-116, hace constar que el día 26 de noviembre del año 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Alamar AM Sociedad Anónima. Cuyo capital se encuentra debidamente cancelado. Es todo.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Alberto González Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 8158.—(2347).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima.—Heredia.—Lic. Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 8159.—(2348).

Por escritura otorgada número 80 del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó Metalmecánica Muro Belén S. A. Presidente: Luis Fdo. Murillo Guzmán. Secretaria: Karla Murillo Rojas. Tesorero: Cristian Murillo Guzmán. Fiscal: Leonardo Murillo Guzmán.—Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 8160.—(2349).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas con treinta minutos del diez de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Dragón de Jacó Sociedad Anónima. Con un capital social de ciento cincuenta mil colones, moneda de curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 8161.—(2350).

Ante esta notaría, se procedió a cambiar la junta directiva de la empresa Maxito Casa Rosa Sociedad Anónima, por medio de escritura número ocho-octavo de las diecisiete horas del día veintinueve de diciembre del año dos mil siete.—Lic. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 8162.—(2351).

Ante esta notaría, a las catorce horas del nueve de enero del dos mil ocho, Jenny Quirós Madrigal, Lorena Chaves Quirós y Rocío Chaves Quirós, constituyen la sociedad denominada Las Tres Quirós con Fe en El Progreso del Año Cero Ocho Sociedad Anónima. Nombran presidenta a la primera. Su objeto principal será el comercio. El domicilio social será Alajuela, San Ramón, cien metros este y setenta y cinco norte del colegio Patriarca San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—Nº 8168.—(2352).

Mediante escritura pública número setenta y cinco del tomo veinticuatro del suscrito notario, otorgada a las once horas del día veinticuatro de diciembre de dos mil siete, se modifica la cláusula quinta del capital social de la compañía Durman Esquivel S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 9 de enero de 2008.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 8169.—(2353).

Al ser las quince horas del dieciocho de setiembre del año dos mil siete, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Proyecto Inmobiliario Cabo Velas PICV Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas primera: de la denominación social; segunda: del domicilio; quinta: del capital social y sétima: de la administración.—San José, once de enero del año dos mil ocho.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 8170.—(2354).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del diez de enero del dos mil ocho, se constituyó R C Cueros Heredia Sociedad Anónima. Plazo social cien años.—Heredia, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Villalobos Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 8171.—(2355).

Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el día diez de enero del dos mil siete, mediante escritura ciento treinta, se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Mathid Sociedad Anónima.—Alajuela, enero diez del dos mil ocho.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 8173.—(2356).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las 12:00 horas del 11 de enero del 2008, se constituyó la empresa Inversiones La Roca RyS Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años.—Lic. Ana Lucía Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 8174.—(2357).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Pragas Old Town S. A.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2443).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Livermore of South S. A.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2444).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Development Escotlan S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2445).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Enterprise Siclades S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2446).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Cappelletti All’Emiliana S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2447).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Torrey Pines S. A.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2448).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Mapuches of South Inc. S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2450).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Seaport Village S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2451).

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Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Corporación il Fiore D’Inverno S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2452).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Catclaw Acacia S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2453).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Enterprise Tagore Rabindranath S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2454).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Kuan Investors S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2455).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Heng-Ti del Oriente S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2456).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Nagombi del Manglar S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2457).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Inversiones Balafón S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2458).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Djembe del Mar S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2459).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Atoke de Ghana S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2461).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Brismo Madrone S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2462).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Cairns International S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2463).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Seaworld Hickory S. A.—San José, catorce de enero de dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2464).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día tres de mayo del año dos mil seis, se constituye la sociedad New Frontiers of Knowledge Corporation Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse las dos ultimas palabras como S. A.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(2465).

Mediante escritura número trescientos treinta y dos-dos otorgada a las catorce horas del día de hoy, se nombró tesorero y fiscal de la empresa ATE Costa Rica (Advanced Thermoforming Enterprise-Costa Rica) S.A.—San José, siete de enero de dos mil ocho.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(2477).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco de las ocho horas del diecinueve de noviembre del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad 3-101-496667 S. A., mediante la cual se le cambió el nombre a Grafix Studio S. A.—San José, 8 de enero del dos mil ocho.—Lic. José Pablo Fernández Narváez, Notario.—1 vez.—(2479).

La suscrita notaria Viviana Vargas González, notaria pública con oficina abierta en Heredia, doy fe que ante esta notaría, al ser las 8:00 horas del día diez de enero del 2008, se constituyó la sociedad anónima Total Gypsum Op Sociedad Anónima. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Viviana Vargas González, Notaria.—1 vez.—(2480).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del día nueve de enero del dos mil ocho, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ganadera Meryland Limitada, donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se cambia junta directiva. Dado en esta capital el día catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Karolina Mena Soto, Notaria.—1 vez.—(2482).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día diez de enero de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Akasha Spas. Donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social.—San José, once de enero de dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(2486).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas del día once de enero de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Quiotes del Agave Azul Sociedad Anónima. Donde se modifica la junta directiva y fiscal.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(2487).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó conforme al Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, así como su aditamento, pudiendo abreviarse este como S. A. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez..—(2497).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye, conforme al Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción. Así como su aditamento, pudiendo abreviarse este como S. A. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(2498).

Por escritura otorgada número setenta y ocho de las diez horas del doce de enero del dos mil ocho, se constituyó Tres Hermanos Ibacol S. A. Su domicilio social será Paso Ancho, San José. Capital suscrito y pagado.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(2499).

Por escritura otorgada número setenta y nueve de las once horas del doce de enero del dos mil ocho, se constituyó Comercializadora Romer’s S. A. Su domicilio social será: Paso Ancho, San José. Capital suscrito y pagado.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(2500).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día once de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada, Chueca Store Limitada. Capital suscrito y pagado. Es todo. San José, once de enero de dos mil ocho.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(2506).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé el acta número cuatro de la sociedad Mizmor Records S. A., reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Moisés Fachler Grunspan, Notario.—1 vez.—(2515).

Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Las Nubes Nesbitt Harbor Lane S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales de la sociedad y se nombró presidente y secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2528).

Por escritura número treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día nueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Reserva Las Lomas Brownsville Corp S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales de la sociedad y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2529).

Por escritura número trece, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día nueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Las Nubes Condos for Life

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S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(2532).

Por escritura número treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día nueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Sinus Iridum S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2533).

Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Locrense S. A., mediante los cuales, se modifica totalmente el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 14 de diciembre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(2534).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Coquiva S. A., mediante los cuales, se modifica totalmente el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 14 de diciembre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(2535).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Renzo S. A., mediante los cuales, se modifica totalmente el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(2536).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Giorsesia Inversiones S. A., mediante los cuales, se modifica totalmente el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(2537).

Por escritura número doce, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día siete de enero del año dos mil ocho. Se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Las Nubes Vertical Adventure S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales de la sociedad y se nombro nueva junta directiva y fiscal.—San José, siete de enero del año dos mil ocho.—Lic. Luis M. Lechtman M., Notario.—1 vez.—(2538).

Por escritura número treinta y seis, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día siete de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Las Nubes Harrisburgh Lagoon S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales de la sociedad y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, siete de enero del dos mil ocho.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(2539).

Mediante escritura, otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas de este día, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Compañía Hidroeléctrica Doña Julia Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y sétima de los estatutos.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—(2543).

Ante mí, licenciado Luis Gustavo Zamora Pereira, se constituyó Noel y Sobalbarro Sociedad Anónima, mediante escritura número trescientos diecinueve de mi protocolo, otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil siete. Capital social suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.— Lic. Luis Gustavo Zamora Pereira, Notario.—1 vez.—(2544).

Gardi de San José Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas. Se reforma cláusula quinta, se aumenta el capital social. Escritura número doscientos sesenta y uno-diecisiete otorgada las ocho horas del día catorce de enero del dos mil ocho, con boleta de seguridad número 287286. Sección Mercantil.—Lic. Dora Figueroa González, Notaria.—1 vez.—(2545).

Chotinka Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica número tres ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil trescientos ochenta y tres, se reforma cláusula segunda, nombrado nuevo presidente de la junta directiva y agente residente. Escritura número 137, otorgada a las diecisiete horas del ocho de enero del dos mil ocho, del tomo cuarto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(2561).

Por escritura número ochenta y nueve otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas treinta minutos del diez de enero del dos mil ocho, protocolicé acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Riscos del Pacífico Sociedad Anónima,

donde se nombra nueva junta directiva y se modifican las cláusulas segunda y octava de la sociedad.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario.—1 vez.—Nº 8408.—(2811).

Por escritura número noventa, otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del diez de enero del dos mil ocho, protocolicé acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Silver Fox Investments Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y se modifican las cláusulas segunda y octava de la sociedad.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario.—1 vez.—Nº 8409.—(2812).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del nueve de enero del dos mil ocho, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada Ohiony Investment Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Zapote de las Torres de Radio Columbia doscientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, edifico Don Erasmo. Es todo.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 8410.—(2813).

Ante mi notaría, a las 9:00 horas del 22 de setiembre del 2007, se constituyó una sociedad anónima que tendrá como denominación social el número de persona jurídica que el Registro Público le asigne de oficio seguido del aditamento sociedad anónima. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—30 de diciembre del 2007.—Lic. Olger Solís Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 8415.—(2814).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 9:00 horas del 9 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Chinague S. A. Plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Giro: El comercio en general, etc. Domicilio: San José, Rohrmoser. Presidenta: Melissa Chinchilla Agüero.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 8418.—(2815).

La suscrita notaria, hace constar que en mi notaría el día ocho de enero del año dos mil ocho, mediante escritura pública número ciento cuarenta y seis, visible a folio cien frente del protocolo segundo de la notaría Carolina Méndez Zamora, carné once mil cuatrocientos treinta y uno, se constituyó Flores y Cartín Sociedad Anónima, por los socios Juan Pablo Flores Solano, Jessica Mariana Castillo Rivera y Auriel Gerardo Cartín Aguilar, quienes son presidente, secretaria y tesorero respectivamente. Es todo.—Paraíso, ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 8422.—(2816).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil siete, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Compañía Manejadora El Arca Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero, se nombra presidente, secretario y tesorero, se revoca el nombramiento de fiscal, se nombra fiscal, se acuerda agregar al pacto constitutivo la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de diciembre del año dos mil siete.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 8425.—(2817).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas del día siete de enero del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa Crawford de Arkansas Sociedad Anónima, por medio de la cual se revoca el nombramiento de la junta directiva, se nombra nuevo directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Mora Granados, Notario.—1 vez.—Nº 8426.—(2818).

Hago constar que por escrituras conotariadas de las 16:15 horas del 10 de julio, y de las 17:00 horas del 25 de setiembre ambos del 2007, se constituyó la empresa Cooperar Sin Fronteras Internacional Buenos, Organizcos y Justos Sociedad Civil. Capital: íntegramente suscrito y pagado por aportes. Domicilio: Barrio Montelimar de Goicoechea 800 norte de Los Tribunales.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—Nº 8427.—(2819).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 11 de enero del 2008, ante esta notaria pública, se protocolizó acta del Consejo Administrativo de la Fundación para la Restauración de la Catedral Metropolitana y otros monumentos y templos católicos que hace nombramiento anual presidente y distribución de cargos en dicho órgano período 2008-2009. Presidente: Pbro. Germán Rodríguez Smith.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—Nº 8430.—(2820).

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Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día lunes 7 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Lalipu Alegre Limitada. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Representación: Gerente general. Domicilio: San José, Tibás, Llorente.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Evelyn Granados Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 8449.—(2831).

Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Dariel-Darhouse Sociedad Anónima, en la escritura pública numero sesenta y dos, del tomo segundo del notario Mario Blanco Rojas, al ser las diez horas con treinta minutos, del veinticuatro de octubre del año dos mil siete. Cuyo representante legal es el señor Darwin Cerdas Mora.—Cartago, catorce de enero del año dos mil ocho.—Lic. Mario Blanco Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 8450.—(2832).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las nueve horas treinta minutos del 11 de enero del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de CRT Proveedora Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda. Se nombra nuevo tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 8451.—(2833).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del 11 de enero del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Aire Fresco Servicio de Viajes Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda. Se nombra nuevo fiscal y agente residente.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 8452.—(2834).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del 11 de enero del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Tentaciones de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda. Se nombra nuevo tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 8453.—(2835).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del 11 de enero del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de CRT Fuerza de la Tarea Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda. Se nombra nuevo tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersonimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 8454.—(2836).

Por escritura otorgada, a las 13:00 horas de hoy, se modificó cláusula segunda de los estatutos de Grupo Taca S. A.—San José, 10 de enero de 2007.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 8458.—(2837).

Por escritura otorgada a las 13:30 horas de hoy, se modificó cláusula segunda de los estatutos de Taca Costa Rica S. A.—San José, 10 de enero del 2007.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 8459.—(2838).

Ante la suscrita notaría, se constituye Inversiones Múltiples Alvarado & Alvarado Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones exactos, representado por cien acciones de mil colones exactos cada una. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio social: Su domicilio será en Río Claro de Golfito Puntarenas, cuatrocientos metros norte del Aserradero Impala. Presidente: Mario Alvarado Alvarado, catorce horas del ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 8461.—(2839).

Ante mi notaría, de paso por Venezuela, comparecen el señor José Miguel Méndez Maciel, en lo personal y como apoderado de ISIVEN CA de esa plaza, constituyendo la sociedad denominada Isiven de Centro América (ISIVEN CA) CR S. A. Capital social: ¢50.000.000.—Caracas, Venezuela, 25 de setiembre del 2007.—Lic. José Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—Nº 8462.—(2840).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 11 de enero del 2008, se constituyó The Big Sherman Oak Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en Curridabat, 100 este de la iglesia. Capital social: íntegramente suscrito y pagado, representado por 100 acciones nominativas. Plazo social: 99 años. Corresponde al gerente y subgerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 8463.—(2841).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas y treinta minutos del día once de enero del dos mil ocho, Tania Barquero Ríos y Rafael López Hernández, constituyen sociedad anónima cuyo nombre será el número de cédula jurídica otorgado por el Registro Nacional.—San José, doce de enero del dos mil ocho.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—Nº 8477.—(2844).

NOTIFICACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDADPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DE-002-2008.—Dirección Ejecutiva, Consejo Nacional de Vialidad, San José, a las quince horas del ocho de enero de dos mil ocho.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A. dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Considerando:I.—Mediante resolución número RES-06-120-2007 de las 15:30

horas del 05 de noviembre de 2007, el Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad resolvió: (Folios 40-49)

“…1) Prevenir a Telemóvil de Costa Rica S. A. para que -en el término

improrrogable de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución- proceda a depositar la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2) En caso de que dicha suma no sea depositada en el plazo conferido, se comisiona al Ing. Alejandro Molina, Director Ejecutivo a. í. del Consejo Nacional de Vialidad para que realice una segunda intimación de pago, otorgando igual plazo a dicha empresa para realizar el pago.

3) Si después de realizar estas dos intimaciones, la empresa no ha depositado dicha suma a satisfacción del CONAVI, se autoriza a la Licda. Karla González, en su doble condición de Ministra de Obras Públicas y Transportes y Presidenta del Consejo de Administración de este Órgano para que certifique dicho adeudo y remita los autos a la Procuraduría General de la República a fin de que se instauren los procedimientos judiciales respectivos…”II.—Dicha resolución no fue posible notificar a la empresa Telemóvil

de Costa Rica S. A., en razón de ignorarse la dirección donde atender notificaciones. Por esta razón se realizó la publicación de dicha resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, números 224, 225 y 226 de los días 21, 22 y 23 de noviembre de 2007 respectivamente.

III.—En razón que la comunicación de dicha resolución quedó verificada cinco días después de la tercera publicación, es decir, 30 de noviembre de 2007, la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., contaba hasta el 14 de diciembre de 2007 para proceder al pago de la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”. No obstante, no consta la realización de dicho pago.

IV.—En razón de lo anterior y habiendo sido comisionado por parte del Consejo de Administración de CONAVI para este acto, corresponde realizar una segunda intimación de pago a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., para que proceda a depositar a favor de este Consejo la suma adeudada. Por tanto,

LA DIRECCIÓN EJECUTIVADEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, RESUELVE:Prevenir por segunda vez a la empresa Telemóvil de Costa Rica

S.A., para que -dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación del presente acto- proceda al pago de la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Ing. Alejandro Molina Solís, Director a. í.—(Solicitud Nº 19527).—C-103455.—(1693).

Licenciada Gabriela Trejos Amador, Directora Jurídica del Consejo Nacional de Vialidad, certifica que:

Dentro del expediente legal número 0384-07, se encuentra la constancia del señor Carlos Carvajal Fernández, cédula N° 1-1076-179, notificador de esta oficina, según la cual a las 10:50 horas del 7 de noviembre de 2007, se apersonó en la siguiente dirección: 50 metros al este, 350 metros al sureste del Hospital Clínica Jerusalén, calle a Mozotal de Goicoechea, con el propósito de notificar la resolución número RES-06-121-2007 de las 15:45 horas del 05 de noviembre de 2006, sin poder notificar dicha resolución a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-080972-25, por no encontrarse más en ese sitio. En razón de no encontrarse otra dirección conocida de dicha empresa y de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública se

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ordena publicar en el Diario Oficial La Gaceta por tres veces consecutivas la siguiente resolución, la cual es reproducción fiel de la original. Dicho documento quedará debidamente comunicado a la empresa, cinco días después de su tercera publicación:

“RES-06-121-2007Consejo de Administración, Consejo Nacional de Vialidad, San José,

a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil siete.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Resultando:I.—Que el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) promovió la

Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”, del cual resultó adjudicataria la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A.

II.—Que la Ley 7798 “Creación del Consejo Nacional de Vialidad” estableció la competencia del CONAVI para la administración, mantenimiento y cobro de las rutas sujetas a peaje, por lo que las obligaciones anteriormente contraídas con el COSEVI en este contrato debieron ser asumidas por el CONAVI con fundamento en dicha ley.

III.—Que el contrato se suscribió entre el COSEVI y Telemóvil de Costa Rica S. A., el día 25 de julio de 1999. (Folios 80-85, Anexo 1).

IV.—Que mediante oficio número CCP-056-03 del 16 de mayo de 2003 la Lic. Dora Fallas, Directora de la Dirección de Administración de Peajes del Consejo Nacional de Vialidad le indica - entre otros - a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., lo siguiente:

“…Peaje de Escazú.1) Pantalla de tarifas. Con la boleta de entrega de equipo Nº 631 del 20/5/02, se les hizo

entrega de las pantallas Nº 18667 y 18668. En nota de fecha 20/1/03 nos indican que a uno de los display se le daño en el Peaje la tarjeta controladora y la fuente de alimentación y se descartó su reparación; el otro display que se estaba usando como base de comparación para tratar de reparar el anterior, se dañó en sus talleres y que la reparación de éste la asumía Telemóvil. Además, que la fábrica les ha prometido enviar una de repuesto lo antes posible; sin embargo, a la fecha desconocemos que resultados han tenido con este display…” (Folio 25).V.—Que mediante escrito número CNV210503-2 del 21 de mayo

de 2003 la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., se refirió a lo anterior, manifestando: (Folio 27).

“…Pantalla de tarifas.Aún a la fecha no hemos tenido respuesta satisfactoria del fabricante de los display ya que según ellos la tarjeta controladora está descontinuada, estamos intentando reparar el display para devolverlo cuanto antes a la administración. El problema es que el equipo está sumamente dañado y se ha dificultado mucho la reparación, si no es posible su reparación mi representada asumirá el costo de dicho equipo tal y como se había establecido…”VI.—Que en el “Acta de Conclusión de los Servicios de

Mantenimiento Preventivo y Correctivo, del Sistema automatizado de cobro de tasa de peaje en la estación de peaje de la Carretera Próspero Fernández-Escazú, según Contratación Directa Nº 0392-99”, se dejó constancia de que: (Folio 32).

“…Asimismo, en esta acta en los renglones siguientes, se describe aquellos equipos o componentes pendientes de reparar o atender por parte de la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., y sujeta al finiquito del contrato en cuestión.Estación de peaje Escazú…Pantalla de tarifas 18668…”

VII.—Que según oficio número PP-0501-2007 del 23 de marzo de 2007 la Lic. Dora Fallas Directora de Administración de Peajes señaló que: “…Según se indica en el oficio una de las pantallas (18668) se dañó en el taller de Telemóvil, situación que se confirma en la página 4 del oficio de fecha 20 de enero del 2003, firmado por la señora Ana Lucía Santamaría, Presidenta de Telemóvil de Costa Rica…” (Folio 22).

VIII.—Que en el escrito sin número del 20 de enero de 2003 la señora Ana Lucía Santamaría, Presidenta de Telemóvil de Costa Rica S. A., manifiesta: (Folio 129 Anexo 1).

“…Display 18667 y 18668Uno de estos “display” (pantalla electrónica que indica a los

conductores el monto del peaje a pagar y va reduciendo el monto a medida que se van recibiendo las monedas a través del MAM) sufrió un daño interno y al intentar diagnosticarlo y hacer las pruebas en nuestro laboratorio se dañó e otro que se estaba usando como base de comparación. Para el primer display fue descartada su reparación ya que se determinó que venían dañadas tanto la tarjetera controladora como la fuente de alimentación, lo cual hace suponer la presencia de un “chispazo” en el voltaje de alimentación…”

IX.—Que de conformidad con el oficio número PP-0501-2007 del 23 de marzo de 2007 el costo - según factura - de dicho equipo es de $4.890,00. (Folios 22 y 29).

X.—Que el proyecto de resolución fue sometido al Consejo de Administración del CONAVI para su debida aprobación, lo cual se realizó mediante Sesión número 525-07 artículo IX.1 del día 30 de octubre de 2007.

Considerando:I.—Del fondo. En la especie nos encontramos en presencia de una

supuesta deuda de $4.890,00 a cargo de la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., por supuestamente haber dañado y no haber devuelto a la Administración la pantalla indicadora de tarifas (Display), patrimonio número 18668 en buen estado.

II.—En razón de lo anterior, resulta procedente iniciar el presente procedimiento ordinario en su contra, a fin de determinar la verdad real de los hechos objeto de investigación.

III.—De llegarse a comprobar dichos hechos, la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., podría ser obligada al pago de la suma de $4.890,00.

IV.—A efectos de sustanciar el presente procedimiento con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos.

Dentro de los próximos diez días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acto, se previene a la parte para que ofrezca toda la prueba que estime pertinente, la cual será evacuada durante la citada audiencia. En el caso de ofrecimiento de testigos y - de así requerirlo -, la parte deberá solicitar las respectivas cédulas de citación, a efectos de que éstas se puedan diligenciar dentro de los plazos y formalidades fijadas en los artículos 248 al 254 de la Ley General de la Administración Pública. (Arts.: 312.2 y 264 de la Ley General de la Administración Pública).

Asimismo, deberá señalar lugar o medio donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que - en caso de omisión - o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, los futuros actos que se dicten quedarán notificados con el solo transcurso de veinticuatro horas.

Se previene al representante legal de dicha empresa para que - al momento de apersonarse en autos - aporte personería jurídica debidamente actualizada.

V.—Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DE PROCEDIMIENTO, RESUELVE:Con base en los hechos y normativa expuestos:

1) Iniciar el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2) Con el fin de sustanciar el presente procedimiento - con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos.

3) Dentro de los próximos diez días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acto, se previene a la parte para que ofrezca toda la prueba que estime pertinente, la cual será evacuada durante la citada audiencia. En el caso de ofrecimiento de testigos y - de así requerirlo -, la parte deberá solicitar las respectivas cédulas de citación, a efectos de que éstas se puedan diligenciar dentro de los plazos y formalidades fijadas en los artículos 248 al 254 de la Ley General de la Administración Pública. (Arts.: 312.2 y 264 de la Ley General de la Administración Pública).

4) Asimismo, deberá señalar lugar o medio donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que - en caso de omisión - o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, los futuros actos que se dicten quedarán notificados con el solo transcurso de veinticuatro horas.

5) Se previene al representante legal de dicha empresa para que - al momento de apersonarse en autos - aporte personería jurídica debidamente actualizada.

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La Gaceta Nº 14 — Lunes 21 de enero del 2008 Pág 57

6) Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento.

7) En la Dirección Jurídica del CONAVI, ubicada en el cuarto piso del Edificio Plaza Universitaria, quedará - a disposición del interesado - el expediente administrativo número 0384-07 levantado al efecto, así como el anexo 1, del expediente 0025-07.

8) Contra el presente acto proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio para ante el Ministro de Obras Públicas y Transportes, siempre que se interpongan ante este Órgano dentro del plazo de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación. (Artículo 346.1 de la Ley General de la Administración Pública).Notifíquese al interesado.—Consejo de Administración.—Lic. Karla

González Carvajal, Presidenta.—(Solicitud Nº 19526).—C-313520.—(1694).

RES-ODP-001-2007(CD392-1999).—Órgano Director de Procedimiento, Consejo de Administración, Consejo Nacional de Vialidad, San José, a las ocho horas del cuatro de diciembre de dos mil siete.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Considerando:I.—Mediante resolución número RES-06-121-2007 de las 15:45

horas del 05 de noviembre de 2007 el Consejo de Administración resolvió - entre otros - lo siguiente:

“(…)1) Iniciar el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla

indicadora de tarifas (Display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2) Con el fin de sustanciar el presente procedimiento - con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la Rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos. (…)

6) Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento…”II.—La imposibilidad de notificar directamente al interesado ha

ocasionado que la audiencia señalada no se pueda verificar el 07 de diciembre de 2007, siendo necesario fijar una fecha que garantice los derechos de la parte en cuanto a este punto se refiere, por lo que resulta procedente señalar nueva fecha de audiencia para el día 10 de diciembre de dos mil ocho, a las nueve horas, en el mismo lugar. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DE PROCEDIMIENTO, RESUELVE:Fijar para las nueve horas del día diez de diciembre de dos mil

ocho, en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la Rotonda Betania en el mismo lugar, la realización de la audiencia dentro del Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Lic. Dixa Córdoba Gómez, Órgano Director de Procedimiento.—(Solicitud Nº 19526).—C-80885.—(1695).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLESPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-648-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las ocho horas del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Diligencia administrativa de oficio, iniciada a partir de informe presentado por la Registradora Nº 361 del Grupo 4, Norma Guadamuz Chavarría, relacionado

con el documento bajo citas de tomo 573, asiento 14847, que se refiere a compraventa de la finca del partido de Heredia, matrícula 178974, con el plano catastrado número H-19204-1991, debido que al hacer el respectivo estudio, dicho plano también aparece en la inscripción de la finca del mismo partido, matrícula 152212. En virtud de lo informado por la citada Registradora, mediante resolución de las 10:00 horas del 17 de octubre de 2007, se consignó una nota de advertencia administrativa, al margen de los asientos de inscripción de las referidas fincas. Debido a lo anterior y estando de por medio un interés público, sea la seguridad jurídica, que emana de la publicidad registral, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso; de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-008-2007 de 21 de agosto del año 2007; y con el propósito de no causar estado de indefensión, por no existir dirección exacta según asientos de registro, se resuelve: conferir audiencias a los señores Geovanny Sánchez Zúñiga, mayor de edad, soltero, cédula de identidad 4-164-992, en condición de propietario de la finca del partido de Heredia, matrícula 152212; y también en condición de demandado, junto a Jeyson Chaves Sibaja, cédula de identidad 2-545-793, según documento bajo citas de tomo 572, asiento 90547; Mario Alexis Sequeira Molina, mayor de edad, soltero, agricultor, nicaragüense, cédula de residencia actual 115801606803, según documento de venta, en condición de propietario de la finca del partido de Heredia, matrícula 178974; y vendedor de dicha finca, según documento anotado bajo citas de tomo 573, asiento 14847: se publicará en el Diario Oficial La Gaceta, para que en término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación consecutiva, hagan valer sus derechos; y se les previene: 1- Que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”.—Curridabat, 17 de diciembre del 2007.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral.—(Sol. 24249).—C-.77240.—(1312).

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-426-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat. a las siete horas treinta y cinco minutos del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Visto que la Oficina de Correos de Zapote, devolvió el sobre certificado Nº 137791115, con el contenido de la notificación de la Resolución de las 14:00 horas del 6 de agosto de 2007, de la audiencia dirigida a Kathia María Vallejos Molina, cédula de identidad 6-198-586, en condición de cónyuge beneficiaria, de patrimonio familiar de la finca del partido de San José, matrícula 487026: de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-008-2007 de 21 de agosto del año 2007; con el propósito de no causar estado de indefensión y en cumplimiento con el principio constitucional del debido proceso, se resuelve: publicar la audiencia conferida, en el Diario Oficial La Gaceta, para que en el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación consecutiva, haga valer sus derechos; y se le previene, que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”.—Curridabat, 17 de diciembre del 2007.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica.—(Sol. 24248).—C-.49520.—(1313).

Se hace saber a quien interese, que en diligencia administrativa de oficio, tramitada ante este Registro, a efecto de investigar la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Alajuela, matrículas 290468 y 292272, que publicitan el mismo plano catastrado número A-0020998-91 se originó el expediente N° 299-96. Dentro del mismo se dictó resolución de adición y ampliación de la resolución final, a las nueve horas treinta minutos del doce de diciembre de 2007, cuya resolución literalmente manifiesta en lo que interesa: “Vista la resolución de las doce horas del veinte de marzo de mil novecientos noventa y siete en la cual se ordenó consignar nota de advertencia administrativa e inmovilización en la finca del partido de Alajuela matrícula doscientos noventa y dos mil doscientos setenta y dos (292272), en vista que se omitió en tal oportunidad ordenar el levantamiento de la advertencia administrativa que publicita la finca de Alajuela número 290468, y considerando que el numeral del artículo 158 del Código Procesal Civil autoriza la aclaración y adición de la parte dispositiva de las resoluciones, se resuelve: 1- Aclarar y adicionar la resolución de las doce horas del veinte de marzo de mil novecientos noventa y siete para que en su parte dispositiva se ordene el levantamiento de la nota

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de advertencia administrativa que afecta la finca del partido de Alajuela matrícula 290468. Se comisiona al departamento de Asesoría Jurídica del Registro Público de Bienes Inmuebles para el levantamiento de la nota de advertencia administrativa anteriormente referida. 2- Una vez ejecutado lo anterior archívese. Notifíquese. Master Oscar Rodríguez Sánchez, Director”. (Referencia exp. N° 299-96).—Curridabat, 12 de diciembre del 2007.—Master Oscar Rodríguez Sánchez, Director.—(Sol. 24218).—C-.45560.—(1314).

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-552-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las nueve horas diez minutos del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Visto que la Oficina de Correos de Zapote, en el acuse de recibo dice que el certificado Nº RR137792985CR, fue devuelto al remitente, y siendo que dicho certificado es sobre con el contenido de la notificación de la Resolución de las 11:00 horas del 22 de octubre de 2007, de la audiencia dirigida a Gilberto José Brown Camacho, cédula de identidad 1-722-221. En condición de deudor de gravamen hipotecario inscrito bajo citas de tomo 556, asiento 3065, garantizado con la finca del partido de Limón, matrícula 105967: de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-0082007 de 21 de agosto del 2007; con el propósito de no causar estado de indefensión y en cumplimiento con el principio constitucional del debido proceso. Se resuelve: publicar la audiencia conferida, en el Diario Oficial La Gaceta, para que en el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación consecutiva, haga valer sus derechos; y se le previene, que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”.—Curridabat, 17 de diciembre del 2007.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral.—(Sol. 24217).—C-.51500.—(1315).

Se hace saber al señor William Paniagua Sánchez, cédula 4-0109-462, por ser parte interesada en las presentes diligencias, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así como a cualquier , tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por el Registrador Rodolfo Murillo Murrillo, presentado a esta Dirección, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Alajuela trescientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta y uno (375351) y trescientos setenta y seis mil trescientos catorce (376314), que publicitan el mismo plano catastrado con el número: A-seiscientos setenta y siete-dos mil uno (A-674577-2001). Así, por resolución de las 10 horas del 29 de noviembre de 2007, se ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas dichas, a fin de publicitar la investigación que se realiza; y por Resolución de las 8:30 horas del 13 de diciembre de 2007, se brindó audiencia respectiva a todas las partes interesadas. Con tal fin, se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos devengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la Ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2, 3 y 5 de la Ley Nº 7274 de 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. exp. 717-2007).—Curridabat, 13 de diciembre del 2007.—Lic. Eduardo Alvarado Miranda, Asesor Jurídico.—(Sol. 24216).—C-.79880.—(1316).

Se hace saber; a las personas que se indicará adelante, que en este Registro se han iniciado diligencias administrativas oficiosas mediante expediente administrativo 07-383-BI, según escrito del 24 de abril de 2007 de la registradora licenciada Paula Monge Aguilar, mediante el cual pone en conocimiento la existencia de una duplicidad del plano SJ-747021-98, inscrito en las fincas 464829 y 393564 de San José. Esta Dirección dictó resolución de 11:10 horas del 11 de mayo de 2007, ordenando consignar nota de advertencia administrativa sobre las fincas indicadas. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, se confirió audiencia a todos los posibles interesados, sin embargo, debido a la devolución, por parte de Correos de Costa Rica, de los acuses dirigidos a las siguientes personas; por Resolución de 09:52 horas del 4 de diciembre de 2007, se autorizó conferir audiencia mediante publicación de edicto por 3 veces consecutivas, a: Francisco Aguilar Gamboa, cédula 1-472-988, Emilce Salazar Porras, cédula 1-462-235, Kuan Yuan Ting Hsieh, cédula 8-070-750, Melissa Aguilar Salazar, cédula 7-179-861, a quienes se les confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsimil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo N 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento citado y 12 de la Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia expediente 07-383-BI).—Curridabat, 4 de diciembre del 2007.—MSC. Marta Ruiz Chacón, Asesora Jurídica.—(Sol. 24215).—C-.65360.—(1317).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALSUCURSAL EN SAN RAMÓN

ÁREA DE COBROSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro de los siguientes patronos, por este medio se les pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social:

Marín Vega Giselle, 0-00106060415-001-001, planillas de 07/2007, 08/2007, por un monto de ¢255.162,00.

Álvarez Estévez Álvaro, 0-00800760758-001-001, planilla de 09/2002, por un monto de ¢39.106,00.

Arroyo Cordero Víctor E., 0-00202380454-002-001, planilla de 01/1999, por un monto de ¢36.293,00.

Angulo Porras Rebeca, 0-00106420231-001-001, planilla de 10/2007, por un monto de ¢73.734,00.

San Ramón, 21 de diciembre del 2007.—Lic. Rodrigo Villalobos Arrieta, Administrador.—(666).

Resolución Nº 104060439-07-01. San José, edificio Jorge Debravo, Área Gestión de Pensiones, al ser las 8:44 horas del día jueves, 19 de julio del 2007 se emite la presente resolución tendiente a iniciar el proceso ordinario administrativo, para determinar la posible nulidad sobrevenida y en consecuencia, la cancelación del pago relativo a la pensión que por concepto de Invalidez se le otorgó a Cuadra Ramírez Flor, cédula de identidad Nº 104060439, por lo que se resuelve,

Resultando:1º—Que mediante resolución Nº 0104060439-04, de fecha 12 de

mayo de 2004, a Cuadra Ramírez Flor se le otorgó pensión por Invalidez con fecha de vigencia 26 de abril de 2004.

2º—Que de conformidad con el artículo 159 de la Ley General de la Administración Pública, la nulidad del acto podrá sobrevenir por la desaparición de una de las condiciones exigidas por el ordenamiento para su adopción, cuando la permanencia de dicha condición sea necesaria para la existencia de ese acto. Asimismo el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte establece expresamente en el artículo 20 las condiciones por las cuales el pago de la pensión se termina.

3º—Que de acuerdo con nuestros registros, la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, mediante sesión Nº 128 del 05 de octubre de 2005, ha determinado que con fundamento en los diagnósticos, exámenes clínicos, de laboratorio y gabinete practicados por los médicos evaluadores que aparecen en el expediente, y atendiendo a las enfermedades que se refiere el paciente, se acuerda declararlo No Inválido, criterio reiterado por la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez en Sesión 34 del 16 de marzo del 2006. Que asimismo en criterio DJ-2428-2007 de fecha 17 de abril del 2007, la Dirección Jurídica Institucional señala “… de previo

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a declarar lesivos los actos, siendo que existen fondos públicos de por medio, la Administración deberá suspender el beneficio de las pensiones otorgadas para no seguir pagándolas, en aplicación del artículo 20 inciso e) del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, y así dar término al pago de tales pensiones, claro está, siguiendo un procedimiento ordinario, en el cual se informe a los beneficiarios y se les de la oportunidad de presentar sus argumentos”. La negrita y el subrayado no es del original. Todo lo anterior se constituye como el (los) elemento(s) de prueba con que cuenta esta Administración para señalar los hechos resultantes y para dar inicio al presente procedimiento administrativo, que facultaría, una vez concluido el mismo, la cancelación del pago del beneficio de pensión, por desaparecer una de las condiciones exigidas en el ordenamiento para su adopción, según los artículos 7, 8, párrafo primero, 20 inciso e), y el artículo 9 inciso d) del Reglamento del Seguro de IVM, sobre la calificación, valoración y dictamen del Estado de Invalidez en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.

Considerando únicoQue con base en el resultando precedente, y de conformidad con

los lineamientos establecidos en los artículos 7º, 8º, párrafo primero del Reglamento del Seguro de I.V.M, al contravenirse y no cumplirse las condiciones legales y reglamentarias ahí establecidas, se facultaría a esta Administración para proceder, una vez concluido el proceso según los términos de ley, con la cancelación del pago de pensión otorgado, y con la recuperación de las sumas por concepto de pensión e intereses legales pagados de más durante el período del 05 de octubre del 2005 al 31 de agosto de 2007, mismos que ascienden a la suma de ¢3,552,613.97 por concepto de pensión, la suma de ¢159,336.86 de aguinaldo y ¢415,542.35 por intereses sobre los períodos indicados, para un total de ¢4,127,493.18. Se advierte al pensionado(a) que dicha suma podrá haber variado al momento de finalizar el procedimiento, por lo que el monto aquí señalado no se debe considerar como único y definitivo. Por tanto:

Esta Administración le notifica oficial y personalmente por medio de la presente resolución, que al contravenir y no cumplir con lo dispuesto en los artículos 7º, 8º, párrafo primero, 20 inc. e del Reglamento de I.V.M., según se desprende de los hechos y pruebas aportadas, se procederá con la recuperación de las sumas pagadas en forma improcedente, mismas que fueron consignadas en el Considerando precedente. A efectos de determinar la verdad real de los hechos y de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 249, 250, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se le citará oportunamente a la comparecencia oral y privada, en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicado en el cuarto piso del edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José. Asimismo se le informa que antes o durante la comparecencia, podrá presentar la prueba documental y testimonial de descargo que requiera, en el entendido de que toda presentación previa deberá hacerse por escrito. La prueba de los hechos que dan base a este procedimiento consta dentro del expediente de pensión, el cual está conformado por 455 folios, mismo que queda a disposición del pensionado, su representante legal o persona debidamente autorizada, quienes podrán examinar y/o fotocopiar el expediente administrativo de pensión, el cual se encuentra en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicada en el cuarto piso del Edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José, no omitiendo indicarle que en caso de fotocopiar el expediente, el costo de dicha gestión correrá por su cuenta.

Se previene al pensionado que deberá señalar por escrito lugar preciso o medio (fax) donde recibir notificaciones, dentro de tercero día después de ser personalmente notificado. De no hacerlo, o bien, si el lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado en lo sucesivo de forma automática, con el sólo transcurso de veinticuatro horas, para lo cual se efectuará el levantamiento del acta respectiva. Asimismo de no encontrarse presente en el lugar señalado, de previo deberá indicar por escrito con quién dejarle las notificaciones. En caso de señalar un lugar, el mismo deberá estar ubicado dentro de un radio de un kilómetro de la Gerencia División de Pensiones, edificio Jorge Debravo. De igual manera se le informa que cualquier cambio en el lugar señalado para recibir notificaciones, deberá comunicarlo por escrito a esta Administración a efectos de que conste dentro del expediente de pensión respectivo.

Contra la presente resolución cabe el Recurso Ordinario de Apelación, de conformidad con el artículo 55° de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el cual deberá interponerse ante esta misma instancia dentro de los tres días hábiles inmediatos y posteriores al recibo de la presente notificación. En dicho recurso podrá incorporar todos aquellos documentos que usted considere necesarios, los que serán valorados también en la audiencia respectiva, así mismo se le indica que en caso de interponer recurso de apelación la comparecencia oral y privada será suspendida hasta tanto se resuelva el recurso presentado.

Se hace de su conocimiento que de conformidad con el debido proceso, tanto la cancelación del pago de su pensión, como la recuperación de las sumas cobradas de más, quedarán en suspenso hasta que se dicte el acto final, sumas que quedarán sujetas a variación mientras dure el proceso.

Comuníquese lo aquí resuelto al (a la) (a los) interesado(a)(os) y a las dependencias de la Caja Costarricense de Seguro Social correspondientes.

20 de diciembre del 2007.—Jorge Valverde Castillo, Jefe.—Área Gestión de Pensiones.—(O. C. Nº 2112).—C-63380.—(692).

AVISOSCOLEGIO FEDERADO DE INGENIEROSY DE ARQUITECTOS DE COSTA RICAPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Procedimiento disciplinario contra: TA-11446 Juan Alberto Retana Sánchez. Denunciante: Sra. Victoria Carballo Cubillo. Expediente: 141-05.

Tribunales de Honor, auto de intimación, a las 16:00 horas del veintiuno de setiembre de dos mil siete, el Tribunal de Honor Nº 4, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 17-06/07-G.E, celebrada el 21 de marzo del 2007, acuerdo Nº 20, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat comunica:

Al TA Juan Alberto Retana Sánchez, registro número TA-11446, cédula número 1-0587-0030, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:

• Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 8, inciso a) y 12.

• Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.

• Reglamento a la Ley de Catastro Nacional: artículos 49 y 50.• Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 1, 2, 3, 4, 7, 9,18 y

19.Los hechos que se le imputan, por su actuación como profesional en el

proceso de catastro de parte de finca Nº 1306950-000, son los siguientes:1. Falta de lealtad, responsabilidad y fidelidad para con su cliente al

haber recibido dinero para la confección de un plano catastro y no haber realizado el trabajo encomendado.

2. Emitir recibos membretados como Ingeniero siendo Topógrafo Asociado.De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba

indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos 3, 33 y 45 del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.

Se le previene ademán de lo establecido en el artículo 25 del Código de ética profesional que dice; “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.

Sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.

En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario del CFIA).

Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, número 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de proceso disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.

Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48,49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA.

Se previene al denunciado, IT-6886 Juan Alberto Retana Sánchez, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un fax, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.

Copia de este traslado está siendo remitido al IT-6886 Ricardo Moreno Aquino, Sra. Victoria Carballo Cubillo, e Ing. Gerardo Campos Chacón, en su condición de Jefe del Departamento de Tribunales, como partes interesadas en este proceso. Notifíquese.

San José, 20 de noviembre del 2007.—Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, Presidente.—(O. C. Nº 5765).—C-239580.—(104848).

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Apartado Postal: 5024-1000 Teléfono: 296-9570 Fax: 220-0385

J U N T A A D M I N I S T R A T I V ALic. Ana Durán Salvatierra Prof. Eliécer Venegas SegurazPresidentaRepresentante del Sr. Ministro de Gobernación y Policía

Representante de la Editorial Costa Rica

Lic. Ricardo José Méndez Alfaro Lic. Nelson Loaiza SojoRepresentante del Ministerio de Cultura y Juventud Director General Imprenta Nacional

Director Ejecutivo Junta Administrativa