Autopsia médico legal -clase-

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AUTOPSIA MÉDICO-LEGAL Dra. Antonietta De Dominicis M. Dr. Ernesto González Isea

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MEDICINA LEGAL

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AUTOPSIA MÉDICO-LEGAL

Dra. Antonietta De Dominicis M.

Dr. Ernesto González Isea

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AUTOPSIA (del griego, autos, yo mismo y ophis, vista)

ES EL EXAMEN DEL CADÁVER CON LA

FINALIDAD DE DETERMINAR LA CAUSA DE LA

MUERTE Y LOS CAMBIOS PATOLÓGICOS

OCURRIDOS EN LAS VÍSCERAS.

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AUTOPSIA

AUTOPSIA CLÍNICA

AUTOPSIA MÉDICO-LEGAL

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AUTOPSIA CLÍNICA

SU OBJETIVO ES LA CONFIRMACIÓN

DE UN DIAGNÓSTICO

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SU OBJETIVO ES ESCLARECER

UN HECHO DELICTIVO,

RECONSTRUYENDO LOS SUCESOS Y

LAS CIRCUNSTANCIAS QUE HAN

OCASIONADO LA MUERTE

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OBJETIVOS:

Establecer la causa de la muerte.

Establecer la forma o manera de muerte.

Determinar la data de muerte.

Identificar el cadáver.

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ESTABLECER LA CAUSA DE MUERTE:

Nos especifica el objeto dañoso, si existe, que produjo el deceso del individuo, por lo tanto nos determina cual arma es la implicada.

Al mismo tiempo indica el perfil sociológico del ámbito en el cual nos desenvolvemos, con inherencia a los correctivos o medidas sociales que deben implementarse para evitar su consecución.

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ESTABLECER LA MANERA DE MUERTE: Al determinar si hecho sucedido es de tipo

natural, accidental, homicida o suicida le estamos dando una connotación de mayor valor predictivo, coercitivo o expectante a las medidas de soporte o ejecución de las políticas gubernamentales a implementar.

Así mismo al investigador policial le permite conocer el concurso o no de otra persona en la perpetración del hecho dañoso y por lo tanto orientar su investigación.

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DETERMINAR LA DATA DE LA MUERTE:

Aspecto de valor innegable ya que nos permite a través de la evaluación de los fenómenos cadavéricos (deshidratación, enfriamiento, rigidez y livideces), inferir el tiempo transcurrido desde el momento del deceso y por lo tanto aproximar al investigador a la hora en la cual ocurrieron los hechos, de la misma manera al evaluar las livideces, si el cuerpo ha sido o no cambiado de posición.

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IDENTIFICAR EL CADAVER:

A través del examen minucioso del aspecto externo podemos determinar, edad, sexo, raza, color, contextura, estatura, características fisonómicas naturales o adquiridas. Que conjuntamente con otras especialidades (antropología y odontología), permitan la identificación precisa de cualquier individuo, especialmente en casos de putrefacción o desconocidos.

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EXAMEN EXTERNO DEL CADÁVER

EXAMEN INTERNO DEL CADÁVER

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Consiste en la inspección detallada y

minuciosa del cadáver, antes de iniciar la

operación anatómica, tomando nota de

todas aquellas particularidades que

puedan proporcionar indicios relativos a

alguna cuestión médico-legal.

EXAMEN EXTERNO DEL CADÁVER

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EXAMEN INTERNO DEL CADÁVER

Consiste en la inspección interna del cadáver, la cual debe ser completa, sistemática, siguiendo un orden preestablecido para no omitir el examen de ninguna parte del organismo (primero cavidad craneal y luego cavidad tóraco-abdominal).

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EXAMEN INTERNO DEL CADÁVER

SE PRACTICA UNA INCISIÓN CUTÁNEA.

EXTRACCIÓN DEL BLOQUE.

EXAMEN DE TODOS LOS ÓRGANOS.

ESTUDIOS TOXICOLÓGICOS Y SI ES NECESARIOS HISTOLÓGICOS.

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CLASIFICACION:

AUTOPSIA MEDICO LEGAL.

AUTOPSIA CLINICA.

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AUTOPSIA MEDICO LEGAL:

Es obligatoria.

No hay diagnostico generalmente.

No requiere en su mayoría de la historia clínica para interpretar los hallazgos.

No tiene limite de tiempo para su realización

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AUTOPSIA MÉDICO-LEGAL

AUTOPSIA MEDICO LEGAL (continuación)

No requiere autorización de los familiares.

Requiere de solicitud judicial.

Requiere de estudio minuciosos del aspecto externo del cadáver.

Investiga causa y manera de muerte.

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AUTOPSIA MÉDICO-LEGAL

AUTOPSIA CLINICA:

No es obligatoria.

Hay diagnostico previo.

Es indispensable la historia clínica para la interpretación de los hallazgos.

Debe hacerse lo mas pronto posible después de la muerte.

Requiere de autorización de los familiares.

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AUTOPSIA CLINICA: (continuación)

No requiere de orden judicial.

No requiere estudio externo del cadáver.

Investiga relación de síntomas y lesiones anatómicas, acción terapéutica y efecto orgánico.

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BASES JURÍDICAS

CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL:

Artículo 216

CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE: Artículo 77 al 94

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL:

Artículo 216 : Las autopsias se practicarán en las dependencias de la medicatura forense, por el médico correspondiente. Donde no la haya, el Ministerio Público designará el lugar y médico encargado de su realización. Los médicos que practiquen la autopsia deberán concurrir al debate cuando sean citados.

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BASES JURÍDICAS

CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 77. Cuando los individuos que han sufrido violencias fallezcan a consecuencias de ellas, el Juez decretará la autopsia, a menos que ocasionada la muerte por un accidente, los médicos puedan declarar con certeza sobre el hecho.

Artículo 78. Para proceder a la autopsia es necesario que hayan transcurrido lo menos veinte horas desde la del fallecimiento; cuando se trate de cadáveres encontrados, los médicos calcularán el tiempo que tienen de muertos y harán siempre el cómputo anterior para la inhumación.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 79. Antes de dar principio, los facultativos examinarán escrupulosamente el

aspecto exterior del cadáver.

Artículo 80. Asimismo reconocerán las heridas exteriores y el estado en que se encuentran.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 81. Si en el cadáver se encontraren señales de un delito, tratarán de determinar si han sido hechos antes o después de la muerte.

Artículo 82. Todos los objetos que se encuentren junto al cadáver, deben ser examinados con atención. Del mismo modo se examinarán las armas, instrumentos y vestidos que se hallaren.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 83. En los casos en que por encontrarse alguna arma en la mano del cadáver o por cualquiera otra circunstancias haya sospecha de suicidio, el examen exterior del cadáver debe ser más escrupuloso.

Artículo 84. Si a la hora de proceder a una autopsia, se ignora todavía quién es el finado, se tomará razón de todos los rasgos principales de su fisonomía, de cualquiera seña

particular que le encuentre y de la clase y condiciones de sus vestidos..

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 85. Las heridas que presente el cadáver, si durante la vida no han sido descritas, deben ser estudiadas con la misma atención que se tratare de curarlas.

Artículo 86. Las heridas y cualquiera otra clase de lesiones deben ser disecadas para que los facultativos sepan cuáles son los tejidos interesados.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 87. Los facultativos declararán si del examen de los objetos que rodeen el cadáver y del aspecto de su fisonomía pueden deducir que ha habido lucha.

Artículo 88. El cadáver no podrá ser transportado del lugar en que se encuentre ni variado de posición hasta que los facultativos no hayan terminado su examen exterior.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 89. Después de practicadas estas operaciones se procederá a la abertura de las tres cavidades en el modo y forma que prescribe la ciencia.

Artículo 90. Al proceder a la abertura de un cadáver los facultativos tomarán las precauciones higiénicas que aconseja la ciencia.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE: Artículo 91. En el examen de los órganos interiores se

observará lo prescrito por la ciencia; si hubiese sospechas de envenenamiento, se extraerán los órganos en los cuales se puede encontrar la sustancia tóxica y se envasarán para después de sellados remitidos a los químicos.

Artículo 92. Los facultativos deben, además de describir las lesiones, decir a qué clase pertenecen bajo el doble aspecto de su gravedad y de su naturaleza, adoptando para ambos casos la clasificación de los tratados clásicos de Medicina Legal.

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BASES JURÍDICAS CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN MÉDICO FORENSE:

Artículo 93. En los casos de muerte súbita en que el facultativo no pueda explicar la causa, ni por los antecedentes, ni por el aspecto del exterior del cadáver, debe procederse a la autopsia.

Artículo 94. Cuando se haya terminado la autopsia se dispondrá la inhumación dejando marcado el sitio donde ésta se verifique, por si hubiese necesidad de un nuevo examen

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INDICACIONES DE AUTOPSIA FORENSE:

Muerte Violenta.

1. Homicidios.

2. Suicidios.

3. Accidentales

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INDICACIONES DE AUTOPSIA FORENSE:

MUERTE NO VIOLENTA:

1. Muertes súbitas.

2. Sin atención medica.

3. Condiciones sospechosas.

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INDICACIONES DE AUTOPSIA FORENSE:

OTRAS CAUSAS:

Madre con aborto sospechoso de ser provocado.

Productos de aborto sospechoso de ser provocado.

Victimas de muerte neonatal sospechosa.

Muerte en sitio de reclusión.

Muerte en personas con riesgos laborales.

Cadáver sin identificación.

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VIRTOPSIA

La autopsia virtual o ‘Virtopsy’ es desde hace unos años una práctica novedosa de realizar la autopsia. La técnica nació en el Instituto de Medicina Legal Forense de la Universidad de Berna con el deseo de poner las nuevas técnicas radiológicas a beneficio de la ciencia forense. En lugar de usar bisturí, los médicos analizan digitalmente los cadáveres. La autopsia virtual recurre a la resonancia magnética y a la tomografía computarizada. El nuevo sistema permite trazar un mapa interno del cadáver a través de imágenes.

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VIRTOPSIA

Más que una técnica en si misma, la autopsia virtual consiste de un conjunto de técnicas de diagnosis médica. Su base principal es la tomografía computarizada multicorte (TAC) y la resonancia magnética.

La tomografía ofrece una imagen general del cuerpo y sus patologías, mientras que la resonancia puede proporcionar información más detallada acerca de regiones y órganos específicos.

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VIRTOPSIA

El de Berna es el único centro en el que se combina el escaneo de superficie con datos de resonancia magnética, tomografía computarizada, angiografía y biopsia post mortem. El dispositivo de biopsia post mortem es muy reciente y utiliza una aguja para extraer células. Por su parte, la angiografía permite analizar el sistema circulatorio y los vasos sanguíneos.

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VIRTOPSIA

La principal aplicación en este campo de la Patología Forense es el estudio de las lesiones y de las causas de muerte. La identificación de hematomas ocultos, el estudio del impacto, de trayectorias de lesiones (por armas de fuego o armas blancas) pueden ser de suma utilidad en el esclarecimiento de un caso.

Además, las mediciones son exactas y permiten una exhaustiva documentación del caso y pueden ser examinadas cuando sea necesario.

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VIRTOPSIA

El conjunto de procedimientos de análisis y procesamiento de imágenes (API) con finalidad forense, que pueden realizarse sobre ficheros obtenidos mediante radiología digital. Tales técnicas tienen aplicaciones en Patología y también en Clínica Forenses.

La ventaja es que podemos estudiar el cuerpo humano o una región anatómica en tiempo real, sin abrir o mutilar el cuerpo y hacerlo, además, interactivamente. La virtopsia puede recaer sobre un cadáver o una persona viva, y permite, entre otras cosas, detectar detalles ocultos, conocer las propiedades de los tejidos, investigar las modalidades de lesión en modelos tridimensionales sin alterarlos, y un largo etcétera de aplicaciones forenses.

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VIRTOPSIA

La virtopsia usa las técnicas de API sobre imagen digital procedente de dispositivos radiológicos de imagen (principalmente TC y RNM).

Un fichero DICOM puede verse como un lote de imágenes que son descritas y ordenadas por un fichero de índice, denominado DICOMDIR. Los segmentos que componen la pila son cada uno de los cortes que el TC o la RNM han producido. Usualmente, hay tantas listas (pilas) como áreas de cortes paralelos entre sí. Ello posibilita que, mediante software apropiado, puedan reconstruirse regiones corporales en tres dimensiones.

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VIRTOPSIA

TANATOLOGÍA Se han publicado trabajos enfatizando la utilidad

de la espectroscopia RNM en el estudio bioquímico del cadáver. Elementos como la data de la muerte pueden ser calculados en un futuro quizás a expensas de estos elementos bioquímicos que posibilitan una verdadera histoquímica no invasiva.

Ya señalamos antes la utilidad potencial de los procedimientos densitométricos en la averiguación de la data de restos óseos

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Gracias por su atención.