AUDIENCIA PÚBLICA

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AUDIENCIA PÚBLICA Presentación y Sustento de los Criterios, Metodología y Procedimientos utilizados por OSINERGMIN Jaime Mendoza Gacon División de Generación y Transmisión Eléctrica Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria 06 de enero de 2011 Proyecto de Resolución que modifica la Resolución OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD, incorporando el Peaje por Conexión del Sistema Garantizado de Transmisión de Abengoa Transmisión Norte S.A.

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Proyecto de Resolución que modifica la Resolución OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD, incorporando el Peaje por Conexión del Sistema Garantizado de Transmisión de Abengoa Transmisión Norte S.A. AUDIENCIA PÚBLICA - PowerPoint PPT Presentation

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AUDIENCIA PÚBLICA

Presentación y Sustento de los Criterios, Metodología y Procedimientos utilizados por OSINERGMIN

Jaime Mendoza GaconDivisión de Generación y Transmisión Eléctrica

Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria

06 de enero de 2011

Proyecto de Resolución que modifica la Resolución OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD, incorporando el Peaje

por Conexión del Sistema Garantizado de Transmisión de Abengoa Transmisión Norte S.A.

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Promover la participación de los interesados en el proceso de toma de decisiones de la

regulación tarifaria, en un entorno de transparencia, conforme a los principios y normas derivadas de la Ley Marco de los

Organismos Reguladores del Estado

Objetivo de la Audiencia

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ASPECTOS LEGALES Y DE TRANSPARENCIA

Ley de Concesiones

Eléctricas y su Reglamento

Ley 28832, Asegurar el Desarrollo

Eficiente de la Generación

LEY DE TRANSPARENCIA

PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS

NORMA DE PROCEDIMIENTOS PARA FIJACIÓN DE PRECIOS

REGULADOS

PEAJE DEL SGT DE ABENGOA TRANSMISIÓN

NORTE S.A.

ASPECTOS TÉCNICO ECONÓMICOS

Resolución N° 079-2010-OS/CD

D.S. 059-96-PCM

Marco Legal

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• Transparencia (Reglamento General del OSINERGMIN)– Artículo 8°:

• Las decisiones del OSINERGMIN deben adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles. Las decisiones deben ser debidamente motivadas. Las decisiones de carácter normativo deben ser prepublicadas para recibir el aporte del público.

• Autonomía (Reglamento General de OSINERGMIN)– Artículo 10°:

• OSINERGMIN no se encuentra sujeto en su actuación funcional o mandato imperativo de ningún otro órgano o institución del Estado. Su actuación se sujetará estrictamente a las normas legales y a estudios técnicos debidamente sustentados.

Principios del accionar del Regulador

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La presente etapa, consistente en la realización de una Audiencia Pública Descentralizada (Lima y Callao), tiene por finalidad el que OSINERGMIN exponga los criterios, metodología y procedimientos utilizados en la publicación del Proyecto de Resolución que dispone el inicio del procedimiento de regulación tarifaria a efectos modificar la Resolución OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD, incorporando el Peaje por Conexión del Sistema Garantizado de Transmisión de Abengoa Transmisión Norte S.A.

Motivación

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Antecedentes (1 de 2)

• Con fecha 22 de mayo de 2008 el Estado Peruano suscribió con la empresa Abengoa Transmisión Norte S.A. (en adelante “Abengoa”), el Contrato de Concesión del SGT de la Línea de Transmisión Eléctrica Carhuamayo Paragsha - Conococha - Huallanca - Cajamarca - Cerro Corona – Carhuaquero (en adelante “Contrato”).

• Mediante Adenda N° 2 suscrita el 28 de mayo de 2010, se incorporó al Contrato la definición de Tramo, se modificó la definición de Puesta en Operación Comercial y se establecieron las fechas de Puesta en Operación Comercial de los cinco Tramos que conforman el Proyecto.

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Antecedentes (2 de 2)

• Con fecha 05 de noviembre de 2010 se suscribió la Adenda Nº 3 del Contrato, modificando la Cláusula 4.3, en relación a la fecha de Puesta en Operación Comercial de los Tramos 2 y 5.

• Mediante comunicación sin número de fecha 10 de diciembre de 2010, Abengoa comunica que según Acta de Puesta en Servicio que adjunta a su comunicación, el 22 de noviembre de 2010 cumplió con poner en servicio dentro del plazo contractual las LL.TT. 220 kV Carhuamayo – Paragsha (L2267 y L2268), solicitando la correspondiente asignación tarifaria para su SGT.

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Análisis (1 de 2)

• El numeral 8.3 del Contrato señala que la Base Tarifaria se regirá por lo estipulado en la Ley N° 28832 y el Reglamento de Transmisión. En tal sentido, el numeral 8.5 del Contrato indica que la Base Tarifaria se pagará mediante compensaciones asignadas a los Generadores y Usuarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 26° de la Ley N° 28832 y en los Artículos 23°, 24°, 25°, 26° y 27° del Reglamento de Transmisión.

• Mediante el Artículo 13 de la Resolución OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, publicada el 15 de abril de 2010, se fijaron los valores del Peaje por Conexión y del Ingreso Tarifario Esperado para el SGT, para el periodo 01 de mayo de 2010 al 30 de abril de 2011.

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Análisis (2 de 2)

• Se corrobora en el Acta de Puesta en Servicio que el 22 de noviembre de 2010 se produjo la puesta en operación comercial del Tramo N° 1, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato, corresponde fijar las tarifas correspondientes a dicho tramo, que serán aplicables desde su puesta en operación comercial. Por otro lado, toda vez que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato, la puesta en operación del Tramo Nº 2 y de la Ampliación de la Subestación Cajamarca 220 kV – SVC se producirá dentro del actual período regulatorio, corresponde fijar los cargos tarifarios que les serán aplicables a dichas instalaciones, una vez que se produzca su puesta en operación comercial.

Page 10: AUDIENCIA PÚBLICA

• Considerando los Costos de Inversión y Costos de Operación y Mantenimiento señalados en el Contrato de Concesión de Abengoa Transmisión Norte S.A. se han determinado los Peajes por Conexión e Ingreso Tarifario Esperado de las instalaciones que entran en operación en el periodo comprendido entre 22 de noviembre de 2010 y el 30 de abril de 2011:

Peaje del SGT de Abengoa

LL.TT. y SS.EE. AsociadasCostos de Inversión

(US$)

Anualidad(US$)

Costo de Operación y

Mantenimiento (US$)

Ingreso Tarifario

(US$)

Peaje por Conexión

(US$)

Tramo 1: LT 220 kV Carhuamayo-Paragsha y SS.EE. Asociadas 8 964 257 1 112 856 404 969 41 009 1 476 815Tramo 2: LT 220 kV Paragsha-Conococha y SS.EE. Asociadas 12 589 997 1 562 968 568 765 0 2 131 733Ampliación de la SS.EE. Cajamarca - SVC 12 709 872 1 577 850 774 914 0 2 352 764

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Peaje por Conexión Unitario del SGT de Abengoa

Sistema de TransmisiónPeaje Unitario

(S/./kW-Año)

Tramo 1:LT 220kV Carhuamayo-Paragsha y SS.EE. Asociadas 0,08

Tramo 2: LT 220kV Paragsha-Conococha y SS.EE. Asociadas 0,11

Ampliación de la SS.EE. Cajamarca - SVC 0,12

El Peaje por Conexión Unitario del SGT de Abengoa para el periodo comprendido entre el 22 de noviembre de 2010 y el 30 de abril de 2011, es el que se presenta en detalle en el cuadro siguiente:

El Contrato de Concesión señala que:i.El Tramo 1 entra en Operación Comercial el 22 de noviembre de 2010.ii.El Tramo 2 entra en Operación Comercial el 22 de diciembre de 2010.iii.La Ampliación de la SS.EE. Cajamarca entra en Operación Comercial el 22 de enero de 2011.

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Cronograma del Proceso

30-May 06-Ene 12-Ene 08-Ene 22-Feb 25-Feb 02-Mar 08-Mar 07-Sep 08-Abr30-Dic-

2010

Publicación de proyecto deResolución que modifica la

Resolución 079-2010-OS/CD

Audiencia Pública para sustentarRecursos de Reconsideración

Resolución que resuelve Recursos de Reconsideración

Opiniones y sugerenciasal proyecto de Resolución

7d 6d 20d 21d 5d 6d 28d 3d

Publicación de Resolución

3d

ad

f

c

b

g

h

i

Publicación de los Recursos de Reconsideración y convocatoria a

Audiencia Pública

Opiniones y sugerencias sobre los Recursos de Reconsideración

Publicación de las Resoluciones que resuelven

Recursos de Reconsideración

Audiencia Públicade OSINERGMIN

01-Feb2011

que modifica la Resolución079-2010-OS/CD

Interposición de Recursos de Reconsideración

e

05-Abr2011

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