Atencion Jurídica Víctimas de Trata. Proyecto Esperanza

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A VÍCTIMAS DE LA TRATA CON FINES DE EXPLOTACIÓN EN ESPAÑA www.proyectoesperanza.org ATENCIÓN JURÍDICA

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Necesidades específicas de mujeres víctimas de Trata: Información a la mujer sobre su situación para facilitar su toma de decisiones, Apoyo a la mujer como víctima de un delito, Apoyo para la Regularización Administrativa : Acreditar Identidad y tramitación de permisos.

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A VÍCTIMAS DE LA TRATACON FINES DE

EXPLOTACIÓN EN ESPAÑA

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ATENCIÓN JURÍDICA

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Situación de la Víctima de Trata

Denuncia /Colabora S. Regular S.Irregular No Denuncia/

No colabora

Víctima de un delito

Española/

Comunitaria/

Extranjera

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Información a la víctima sobre susituación

Estudio Individualizado de cada caso para para facilitar su toma de

decisiones:

• Identificar las violaciones de Derechos Humanos que ha sufridola mujer.

• Valorar los riesgos a los que puede estar expuesta.

• Identificar las diferentes alternativas que tiene a su alcance ylos derechos que le asisten.

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VVíctima de un delito

La trata de personas es un delito tipificado en el artículo 177 bis del Código Penal:

• Pena de cinco a ocho años de prisión para el que, en territorio español, desde España, entránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de unasituación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera,la captare, transportare, trasladare, acogiere, recibiere o la alojare con cualquiera de lasfinalidades siguientes:

a) imposición de trabajo o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a laesclavitud o a la servidumbre o a la mendicidad.

b) La explotación sexual, incluida la pornografía.c) La extracción de sus órganos corporales.

• Aun cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados se considerará trata cuandose

llevare a cabo respecto de menores de edad con fines de explotación.

• El consentimiento de una víctima será irrelevante cuando se haya recurrido a alguno de losmedios indicados en el apartado primero.

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Definición de víctima, según el Conveniodel Consejo de Europa de Lucha contra laTrata:

Toda persona física que seaobjeto de trata de seres humanossegún la anterior definición.

VVíctima de un delito

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Víctima +Testigo

La persona que ha sido víctima de trata tienederecho a interponer una DENUNCIA y ejercersu derecho de Acceso a la Justicia.

– La denuncia es el acto por el cualcualquier persona declara lo que sabe deun hecho que podría ser un delito ante unjuez, el ministerio fiscal o la policía.

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• Análisis y orientación sobre sus derechos y lasimplicaciones de formular denuncia:

Implicaciones positivas:

• Promover la investigación de un delito y evitar la impunidad de losculpables

• Ejercer su derecho a participar activamente en el juicio, a ejercer laacusación particular y a reclamar la reparación por los daños sufridos

• Posibilidad de obtener, según el caso, permiso de residencia y trabajo porcolaboración con las autoridades

Posibles dificultades/ riesgos:

• La denuncia inicia una colaboración que hay que mantener a lo largo detodo el proceso que puede durar años: Riesgo de revictimización por partedel sistema de justicia

• Intimidación/ amenazas/ represalias a la mujer y/o a su familia

Víctima +Testigo

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Derechos de las víctimas en el sistema judicial penal:

1.- Derecho al acceso a la justiciaPersonarse y participar activamente en el proceso.

2.- Derechos a la seguridadDerecho a solicitar medidas de protección para evitar intimidación y represalias. Anteposibles deportaciones de las víctimas se debe siempre valorar el riesgo que puedencorrer.

3.- Derecho a la protección frente a una segunda victimizaciónProveer de asistencia a las víctimas para su recuperación física psicológica y social.

4.- Derecho a la privacidadProteger la privacidad y la identidad de las víctimas de trata.

5.- Derecho a la reparaciónMedidas que ofrezcan a las víctimas la posibilidad de obtener una compensación por losdaños sufridos.

Víctima +Testigo

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En el proceso judicial se deben adoptar MEDIDAS DE PROTECCIÓN, a través de la aplicaciónde la Ley de Protección de Testigos y Peritos, para garantizar que las víctimas/testigoscorran el menor riesgo posible frente a posibles represalias, en concreto:

– Que no consten los datos personales de la testigo en las diligencias del proceso.– Que acuda al juzgado ocultando su identidad.– Que se le brinde protección policial durante todo el proceso o finalizado éste, si existiera peligro

grave.– Que se disponga un local reservado para su exclusivo uso,– convenientemente custodiado, durante el tiempo que esté en las– dependencias policiales.– Que se le facilite documentos de nueva identidad y medios económicos– para cambiar su residencia o lugar de trabajo en casos excepcionales.

En casos de trata de personas conviene ocultar la identidad de la denunciante de formacautelar desde el mismo momento de la denuncia, mediante la aplicación de un número clave,y el envío de los datos sobre su identidad de forma separada al juzgado.

Víctima +Testigo

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Instrucción o sumario

• La instrucción es la primera fase del proceso penal y sirve para preparar el juiciooral. En ella tienen lugar las actuaciones encaminadas a averiguar si se hacometido un delito y quién ha sido el autor del mismo.

• Además se delimitan las medidas cautelares para asegurar que, en su momento,las personas condenadas cumplan con la sentencia (prisión provisional cuandoexista riesgo de fuga, decretar una fianza y/o embargo de bienes para posiblesindemnizaciones).

• Los trámites que se realizan normalmente en caso de trata son:

o Reconocimientos fotográficos o en rueda de personas detenidas.o Identificación del lugar de los hechos.o Ratificación o confirmación de la denuncia realizada ante la policía frente al

Juez instructor.o Prueba preconstituida

Víctima +Testigo

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Víctima +Testigo

Juicio oral

• El juicio oral es la fase del proceso penal encaminada al conocimiento yenjuiciamiento de un hecho aparentemente delictivo y a determinar laresponsabilidad de los acusados.

• Las diferentes partes del proceso, acusado, fiscal y acusación particular(la que ejerce la víctima del delito cuando nombra a su propio abogado yprocurador para que persigan la condena del acusado) califican loshechos de acuerdo con los delitos recogidos en el Código Penal.

• Se presentan las pruebas que las partes consideren necesarias paraprobar sus respectivas posturas y se termina con la sentencia dictadapor el/la juez.

• En los casos de trata de personas la prueba principal o de cargo sueleser el testimonio de la víctima, aunque se debe siempre complementarcon otros medios de prueba.

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Víctima +Testigo

Sentencia

La sentencia es la resolución judicial que decide sobre la inocenciao la culpabilidad del acusado y las penas que se le imponen.

El acusado tiene derecho a recurrirla ante un juzgado superior, siconsidera que durante el proceso se han vulnerado sus derechos ylas garantías que debe tener todo proceso.

Hasta que el órgano superior no confirma que los derechos delacusado no han sido violados durante el proceso, la sentencia noserá firme y no se podrá ejecutar.

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Víctimas Extranjeras en Situación Irregular:IdentificaciónIdentificación

Artículo 59. 1 bis LOEX , Víctimasde la trata de seres humanos:

Las autoridades competentesadoptarán las medidas necesariaspara la identificación de lasvíctimas de la trata de personasconforme a lo previsto en el artículo10 del Convenio del Consejo deEuropa sobre la lucha contra la tratade seres humanos, de 16 de mayode 2005.

Objetivo: Evitar la expulsión de personasque pudieran ser víctimas de trata antes definalizar el proceso de identificación, ygarantizar que acceden a asistencia.

Identificación es un PROCESO:Lleva TIEMPO y exige COOPERACIÓN(Autoridades y ONGs)

Entrevista para detectar indicios einformar, tendrá en cuenta:

• Elementos que pueden influirnegativamente:

– diferencias de género y culturales– situación administrativa– miedo a represalias y circunstancias que

ha vivido– dominio del idioma

• Generar contexto confortable y seguropara la víctima

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Víctimas Extranjeras en Situación Irregular:Periodo de restablecimiento y reflexiónPeriodo de restablecimiento y reflexión

Artículo 59. 2 bis LOEX , Víctimas de la tratade seres humanos:

Los órganos administrativos competentes para lainstrucción del expediente sancionador, cuandoestimen que existen motivos razonablespara creer que una persona extranjera enSituación irregular ha sido víctima de trata deSeres humanos, informarán a la personaInteresada sobre las previsiones del presenteartículo y elevarán a la autoridad competentepara su resolución la oportuna propuesta sobre laconcesión de un período de restablecimiento yreflexión, de acuerdo con el procedimientoprevisto reglamentariamente.

Dicho período de restablecimiento y reflexióntendrá una duración de, al menos, treintadías, y deberá ser suficiente para que laVíctima pueda decidir si desea cooperar con lasautoridades en la investigación del delito y, ensu caso, en el procedimiento penal.

• “Motivos razonables”:Indicios - No certezas

• Objetivos:

1.- Reestablecimiento yrecuperación de la víctima

2.- Escapar de la influencia delos tratantes

3.- Y/o tomar una decisióninformada/meditada conrespecto a la colaboración conlas autoridades

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Artículo 59. 2 bis (cont.) LOEXVíctimas de la trata de sereshumanos:

Durante este período, se le autorizará laestancia temporal y se suspenderá elExpediente administrativo sancionadorque se le hubiera incoado o, en su caso, laejecución de la expulsión o devoluciónEventualmente acordadas.

Asimismo, durante el citado período lasAdministraciones competentes velaránpor la subsistencia y, de resultarnecesario, la seguridad y protección dela persona interesada.

• Delegado o Subdelegado del Gobiernodecidirá, con la mayor brevedad ymediante resolución motivada

• Puesta en libertad inmediata si víctimase encontrara en un CIE

• Derivación de la víctima a recursosde asistencia para su restablecimientofísico, psicológico y social:

-a. Condiciones de vida capaces deasegurar su Subsistencia (alojamientoseguro y asistencia Psicológica y material)-b. Tratamiento médico de urgencia-c. Servicios de traducción e interpretación-d. Asesoramiento e información (derechosy servicios a su disposición)-e. Asistencia para que sus derechos eintereses sean presentados y tenidos encuenta en las fases apropiadas del procesopenal-f. Acceso a la educación para los menores

Víctimas Extranjeras en Situación Irregular:Suspensión del expediente sancionador/ ejecución de laSuspensión del expediente sancionador/ ejecución de laexpulsión + Asistencia y Protecciónexpulsión + Asistencia y Protección

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Artículo 59. 4 bis LOEX Víctimas de la tratade seres humanos:

La autoridad competente podrá declarar a laVíctima exenta de responsabilidadadministrativa y podrá facilitarle, a su elección,el retorno asistido a su país de procedenciao la autorización de residencia y trabajopor circunstancias excepcionales

• cuando lo considere necesario a causa desu cooperación para los fines deinvestigación o de las acciones penales,

• o en atención a su situación personal,y facilidades para su integración social,de acuerdo con lo establecido en lapresente Ley. Asimismo, en tanto seresuelva el procedimiento de autorizaciónde residencia y trabajo por circunstanciasexcepcionales, se le podrá facilitar unaautorización provisional deresidencia y trabajo en los términos quese determinen reglamentariamente.”

A elección de la víctima:a) Retorno voluntario yasistido

b) Permiso de Residencia yTrabajo x:

• Cooperación: investigación oproceso en el que está colaborandola víctima – testigo

/• Situación personal: seguridad,

salud, situación familiar u otrosfactores relevantes….

Víctimas Extranjeras en Situación Irregular:Exención de Responsabilidad + Retorno Voluntario oExención de Responsabilidad + Retorno Voluntario o Concesión deConcesión dePermiso de Residencia y TrabajoPermiso de Residencia y Trabajo

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Otras posibles vías para acceder a un permiso de residencia pueden ser:

• Autorización de Residencia temporal por situación de arraigo

• Autorización de Residencia Temporal por Razones humanitarias

• Autorización de Residencia por Colaboración con la Justicia

• Otras circunstancias excepcionales que se determinenreglamentariamente

• Asilo

• Procedimientos Extraordinarios

Víctimas Extranjeras en Situación Irregular:Otras posibles vías de regularizaciónOtras posibles vías de regularización

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