Aspectos Generales Sobre La Dotación Laboral

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Aspectos generales sobre la dotación La dotación (calzado y overoles), es una prestación social a cargo del empleador que se debe suministrar a los trabajadores que devenguen hasta dos veces el salario mínimo mensual. Se ha de entregar al trabajador una dotación cada 4 meses para un total de tres dotaciones al año. Cada dotación debe constar de un vestido (pantalón y camisa) y un par de zapatos. La dotación se debe entregar al trabajador a más tardar en las siguientes fechas: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. La dotación se entregará al trabajador que al momento de la entrega de la dotación según las fechas fijadas por la ley, haya cumplido más de tres meses trabajando para la empresa. Significa esto que si al 30 de abril que se debe entregar la primera dotación el empleado apenas lleva dos meses con la empresa, no tiene derecho a la dotación. El trabajador está obligado a utilizar la dotación suministrada. Si no lo hace, el empleador ya no queda obligado a suministrarle la dotación del periodo siguiente. No está permitido que la dotación sea compensada en dinero. La dotación debe ser acorde a la naturaleza de las actividades realizadas por el trabajador y al medio ambiente en el cual se trabaja. La dotación es distinta a los implementos de seguridad industrial, y si la empresa exige al trabajador, por ejemplo estar uniformado, la empresa debe suministrar los uniformes a todos los trabajadores sin importar el monto de su sueldo. Fuente legal: Código sustantivo del trabajo, artículos 230, 232, 233 y 234. Decreto 686 de 1970, artículo 70. Fechas en que se debe suministrar la dotación a los empleados Cada cuatro meses, todo empleador debe suministrar a los empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos, la dotación de que trata el artículo 230 del código sustantivo consistente en un par de zapatos y un vestido de labor. Considerando que la dotación debe suministrarse cada cuatro meses, esta se tendrá que entregar una vez finalicen los meses de abril, agosto y diciembre. En el mes de abril se cumplen los primeros cuatro meses, por lo que la dotación se tendrá que entregar a más tardar a inicios del mes de mayo. En el caso de la segunda dotación, se debería entregar a más tardar al iniciar el mes de septiembre, y la tercera y última dotación se debería entregar como máximo al iniciar el mes de enero.

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Aspectos Generales Sobre La Dotación Laboral

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Aspectos generales sobre la dotacin

La dotacin (calzado y overoles), es una prestacin social a cargo del empleador que se debe suministrar a los trabajadores que devenguen hasta dos veces el salario mnimo mensual.Se ha de entregar al trabajador una dotacin cada 4 meses para un total de tres dotaciones al ao. Cada dotacin debe constar de un vestido (pantaln y camisa) y un par de zapatos.La dotacin se debe entregar al trabajador a ms tardar en las siguientes fechas: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.La dotacin se entregar al trabajador que al momento de la entrega de la dotacin segn las fechas fijadas por la ley, haya cumplido ms de tres meses trabajando para la empresa. Significa esto que si al 30 de abril que se debe entregar la primera dotacin el empleado apenas lleva dos meses con la empresa, no tiene derecho a la dotacin.El trabajador est obligado a utilizar la dotacin suministrada. Si no lo hace, el empleador ya no queda obligado a suministrarle la dotacin del periodo siguiente.No est permitido que la dotacin sea compensada en dinero.La dotacin debe ser acorde a la naturaleza de las actividades realizadas por el trabajador y al medio ambiente en el cual se trabaja.La dotacin es distinta a los implementos de seguridad industrial, y si la empresa exige al trabajador, por ejemplo estar uniformado, la empresa debe suministrar los uniformes a todos los trabajadores sin importar el monto de su sueldo.Fuente legal: Cdigo sustantivo del trabajo, artculos 230, 232, 233 y 234. Decreto 686 de 1970, artculo 70.

Fechas en que se debe suministrar la dotacin a los empleados

Cada cuatro meses, todo empleador debe suministrar a los empleados que devenguen hasta dos salarios mnimos, la dotacin de que trata el artculo 230 del cdigo sustantivo consistente en un par de zapatos y un vestido de labor.Considerando que la dotacin debe suministrarse cada cuatro meses, esta se tendr que entregar una vez finalicen los meses de abril, agosto y diciembre.En el mes de abril se cumplen los primeros cuatro meses, por lo que la dotacin se tendr que entregar a ms tardar a inicios del mes de mayo. En el caso de la segunda dotacin, se debera entregar a ms tardar al iniciar el mes de septiembre, y la tercera y ltima dotacin se debera entregar como mximo al iniciar el mes de enero.El punto es que cumplido los cuatro meses, se debe entregar la respectiva dotacin.Recordemos que todo trabajador que devengue dos salarios mnimos o menos, tiene derecho a la dotacin.Recordemos tambin que tiene derecho a la dotacin aquel trabajador que llegada la fecha de entregar la dotacin, lleve vinculado con la empresa ms de tres meses.

Dotacin cuando el empleado devenga un salario variable

Dice la norma (Artculo 230 del cdigo sustantivo del trabajo) que todo trabajador que devengue hasta dos salarios mnimos tiene derecho a que su empleador le suministre la respectiva dotacin cada 4 meses.El problema surge cuando el trabajador tiene un salario variable, esto es que gana un bsico ms comisiones.En este caso, es posible que en algunos meses el trabajador devengue menos de dos salarios mnimos y en otros meses devengue ms de dos salarios mnimos.Algunas personas opinan que se toma como referencia el sueldo del mes en que se debe entregar la dotacin, de suerte que si en ese mes el sueldo percibido por el trabajador fue superior a dos salarios mnimos no se entrega la dotacin; en caso contrario se debe entregar.En nuestro criterio, el procedimiento ms justo y razonable, sera promediar el salario devengado por el trabajador desde la ltima vez que recibi dotacin, esto es, en los ltimos 4 o 3 meses, segn corresponda. Si el promedio supera los dos salarios mnimos mensuales no hay lugar al suministro de la dotacin, y si el promedio es igual o menor a dos salarios mnimos, habr lugar al suministro de la dotacin.

La empresa no puede descontar de la nmina la dotacin del empleado

La empresa no puede descontar de la nmina del empleado la dotacin de este.En primer lugar, es obligacin de la empresa entregar dotacin a todo empleado que devengue hasta dos salarios mnimos mensuales, as que no podr descontar a sus empleados ningn valor por este concepto.Ahora, cuando un empleado gana ms de dos salarios mnimos, por ley no tiene derecho a la dotacin, pero esto no quiere decir que el trabajador deba asumir el costo de la dotacin.Si una empresa requiere que todos su empleador tengan dotacin, deber asumir el costo, as no est obligada a pagarla a algunos de ellos, debido a que su salario supera el lmite exigido por la ley para tener derecho a la dotacin.Una de las obligaciones del empleador es poner a disposicin del empleados los elementos necesarios para que pueda desarrollar correctamente su labor y en consecuencia deber suministrar la dotacin necesaria segn las exigencias de cada actividad.Ahora, eventualmente la empresa podra pactar en el contrato de trabajo que sea el empleado quien tenga que adquirir algunos elementos o herramientas, pero esto sucede por lo general en los contratos de trabajo a domicilio, y en todo caso, esa condicin debe estar expresamente pactada en el contrato, y la remuneracin debe corresponder o compensar la erogacin en que debe incurrir el trabajador para cumplir con esa obligacin.

El empleado debe devolver la dotacin cuando se retira de la empresa?

Algunas empresas exigen al trabajador que se retira de la empresa que devuelva la dotacin que le fue suministrada, prctica que en ciertas circunstancias podra tener razones vlidas, aunque en realidad no tenga sustento legal por lo menos en la mayora de los casos.La dotacin es una prestacin social a que el trabajador tiene derecho y una vez entregada se entiende que pertenece al trabajador, pues es un beneficio que la ley le concede, misma ley que no contempla la devolucin de la misma una vez finaliza la relacin laboral.En este orden de ideas no sera procedente exigirle al trabajador que devuelva la dotacin que ese le entrega, no obstante, en algunos casos tal exigencia luce razonable, como cuando la empresa entrega como dotacin uniformes con logos y marcas distintivas de la empresa, caso en el cual se puede considerar vlidamente que existe un riesgo que luego el trabajador utilice ese uniforme para asuntos indebidos que pueden comprometer y afectar la imagen de la empresa.Sin duda alguna que un trabajador que ya no pertenece a la empresa no debe lucir un uniforme que lo identifique como empleado o funcionario de la empresa. Ello se prestara para posibles fraudes, por lo que en estos casos es justificable exigir el reintegro de las dotaciones, y ante ausencia normativa que lo permita, consideramos que tal obligacin podra sustentarse en un acuerdo contractual o en el reglamento interno de trabajo.Por supuesto que la empresa tiene la posibilidad de proceder judicialmente contra las personas que indebidamente utilicen uniforme suyos, pero en este caso es ms fcil evitar que esos uniformes sean utilizados por ex_empleados exigiendo su reintegro a la terminacin del contrato de trabajo y con seguridad que cualquier juez encontrar razonable tal decisin.Distinto es en el caso por ejemplo de las empresa de vigilancia privada done la norma s contempla expresamente la devolucin de los uniformes suministrados (Decreto 356 de 199, artculo 94).Se debe entregar la dotacin del empleado desde el primer da de labores?

Nos ha llegado una consulta muy particular que se refiere al suministro de la dotacin cuando un empleado llega a laborar en un taller u otra rea de la empresa, en la que requiere que el trabajador vista prendas especiales por cuestin de seguridad industrial.Resulta que el artculo 230 del cdigo sustantivo del trabajo dice que el empleado tiene derecho a dotacin si a la fecha de su entrega lleva laborando ms tres meses, lo que hace suponer que el que apenas ingresa a trabajar no tiene derecho a dotacin.Sin embargo, en nuestra opinin, cuando para el normal desarrollo de las labores el empelado requiere de implementos especiales como casco, botas con determinadas caractersticas y overoles especiales, la empresa tiene que suministrrselos al momento de iniciar las labores. Igual ocurre cuando los empleados deben estar uniformados, como sucede con algunas secretarias y personal administrativo.La razn es que la empresa no le puede exigir al empleado que debe comprar sus propios elementos de trabajo, a no ser que as lo hayan pactado en el contrato, lo cual no es muy posible, de suerte que la empresa tendr la obligacin de suministrar al trabajador la dotacin requerida desde el primer da de labores.Distinto es cuando para el desarrollo del trabajo no se requieren prendas especiales, sino que basta con la ropa que el empleado use en la calle. En este caso, la dotacin se entregar en arreglo al artculo 230 del cdigo sustantivo del trabajo.Como siempre, si alguien tiene una opinin diferente, es bienvenida.

Si la empresa no me ha suministrado la dotacin puedo exigir el pago en efectivo?

La dotacin es considerada por el cdigo laboral colombiano como una prestacin social, y en tal sentido todo empleado est obligado a pagarla una vez se cause el derecho.La dotacin hace parte del ttulo VIII del cdigo sustantivo del trabajo, y dice el artculo 193 introductorio del ttulo referido:1. Todos los empleadores estn obligados a pagar las prestaciones establecidas en este Ttulo, salvo las excepciones que en este mismo se consagran.()En consecuencia, una vez que el empleado adquiera el derecho a recibir la dotacin, podr exigirla luego en dinero, toda vez que corresponde a un derecho adquirido que slo desaparece al ser pagado o al prescribir por accin del paso del tiempo.Al terminar el contrato de trabajo, la dotacin es uno de los conceptos que la empresa debe liquidar si no ha sido suministrada, y en tal caso lo normal y lgico es que se le pague en dinero y no en especie, ya que al drsela en especie difcilmente el trabajador podr disfrutarla ya fuera de la empresa, cuando precisamente la dotacin se consider para que fuera utilizada dentro de la empresa en el desarrollo de las actividades para que fuera contratado el empleado.

Valor de la dotacin a los empleados

La legislacin laboral colombiana contempl que todo empleador debe suministrar la dotacin que sus empleados requieran, ms no fij el valor de esta.As las cosas, no hay una norma que nos gue para determinar cul ha de ser el valor de la dotacin que se le debe dar a la dotacin de cada empleado.En consecuencia, para determinar el valor de una dotacin, hay que recurrir a la realidad de cada empresa, a la naturaleza de la actividad que desarrolle cada trabajador.Aunque la ley no lo haya dicho, la jurisprudencia en varias oportunidades ha dejado claro que la dotacin tiene que corresponder a las necesidades del trabajo. Es as como para una secretaria ser suficiente un traje informal o ejecutivo, en tanto que para una persona que trabaje en construccin habr que casco, guantes, posiblemente protector de odos y calzado apropiado.Luego, para determinar el valor de la dotacin, lo primero que hay que definir es cules son los elementos especficos que requiere cada uno de los trabajadores, y luego se determina el valor comercial de ellos, lo que nos dar el valor de la dotacin.En los casos que la ley no ha regulado de forma particular como es el caso del valor de la dotacin, se debe recurrir en primer lugar a la realidad de las cosas, y en segundo lugar, esa realidad se debe evaluar con un criterio razonable, lgico, que tenga sentido comn.

La dotacin para un empleado operario debe ser diferente a la de un administrativo?

La dotacin tiene como finalidad ofrecer al empleado una indumentaria adecuada a sus funciones; el calzado y el vestido deben ajustarse a las caractersticas y naturaleza propias de cada funcin o labor a desarrollar.Es posible que dentro de una misma empresa existan funciones y labores completamente diferentes, y en consecuencia, cada una de ellas debe contar con sus propios elementos que permitan un adecuado desempeo.La dotacin debe considerarse como una herramienta ms del trabajador y de la empresa para desarrollar sus diferentes actividades, por lo que de ser necesario, se deben disear dotaciones diferentes segn las necesidades de cada departamento o seccin de la empresa, para cada labor o actividad a desarrollar.Por ejemplo en una empresa metalmecnica, la dotacin de de un operario debe incluir un casco, botas y trajes especiales, en tanto que una persona que se encarga de atender al pblico deber lucir una vestimenta formal, posiblemente ejecutiva, adecuada a sus funciones, entre otros muchos casos que pueden exigir diferenciacin en el tipo de dotacin.El tema de la dotacin es poco conocido, por lo que a veces se presentan dudas sobre el tratamiento que se le debe dar, y precisamente esta es una de las muchas inquietudes que se presentan y que iremos desarrollando con el transcurso del tiempo.