Asesoramiento DGAC

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Para los ingenieros en aeronáutica.

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CA AV-16/12DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVILCIRCULAR DE ASESORAMIENTOCERTIFICACION DE TALLER AERONUTICO1 de Febrero de 2012CA AV-16/12CIRCULAR DE ASESORAMIENTOCERTIFICACION DE TALLER AERONUTICOOBJETIVO.La presente circular elaborada conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SCT3-2001, que establece las especificaciones para las publicaciones tcnicas aeronuticas, que indica que se puede emitir una circular de asesoramiento para comunicar a los involucrados algn procedimiento con relacin a las reas tcnico-administrativas de la Autoridad Aeronutica, describe el proceso para solicitar y obtener un Certificado de Taller Aeronutico (Permiso de Taller Aeronutico) para efectuar mantenimiento y/o reparacin de aeronaves y de sus componentes, que incluyen sus accesorios, sistemas y partes, as como a la fabricacin o ensamblaje, siempre y cuando se realicen con el fin de dar mantenimiento o para reparar aeronaves en el propio Taller Aeronutico de acuerdo a la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables. La presente circular proporciona informacin bsica que es aplicable al proceso de certificacin.Durante las reuniones con el personal de la DGAC se informar a los solicitantes ms al detalle con respecto a la preparacin de manuales y otros documentos requeridos. La informacin contenida y el material referenciado en la presente circular, ayudarn al solicitante a completar el proceso de certificacin con el mnimo de retrasos y complicaciones.FUNDAMENTOLEGAL.Artculo 6 de la Ley de Aviacin Civil, Artculos 135, 139, 140, 144 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil, Normas Oficiales Mexicanas NOM-145/1-SCT3-2001 y NOM-145/2-SCT3-2001.APLICABILIDAD.La presente Circular, aplica a todos los solicitantes nacionales que pretendan efectuar la reparacin y mantenimiento, as como modificacin, fabricacin o ensamblaje (con el fin de dar mantenimiento y/o reparacin), a las aeronaves con marcas de nacionalidad y matrcula mexicanas, sus componentes y/o accesorios al amparo de un Taller Aeronutico autorizado.ANTECEDENTES.El Anexo 6 al Convenio sobre Aviacin Civil Internacional, establece que ningn explotador explotar una aeronave a menos que su mantenimiento y el visto bueno para entrar en servicio sean realizados por un organismo de mantenimiento reconocido el cual deber contar con la aprobacin de la Autoridad Aeronutica, la cual especificara los alcances de mantenimiento y limitaciones, por su parte, el artculo 6, fraccin II de la Ley de Aviacin Civil, faculta a la autoridad aeronutica para otorgar concesiones y permisos, verificar su cumplimiento y resolver, en su caso, su modificacin o terminacin.5. DESCRIPCION.DISPOSICIONES GENERALES.Para efectuar la reparacin y el mantenimiento, as como modificacin, fabricacin o ensamblaje (con el fin de dar mantenimiento y/o reparacin) a aeronaves, sus componentes y/o accesorios de acuerdo a la legislacin, reglamentacin y normatividad aplicable, se requiere contar con un Permiso de Taller Aeronutico, otorgado de acuerdo con lo establecido en dichas disposiciones, por la Secretara de Comunicaciones y Transportes, a travs de la Direccin General de Aeronutica Civil (DGAC).La DGAC asume que es responsabilidad del Taller Aeronutico garantizar el cumplimiento de las condiciones de otorgamiento y prestar los servicios con el ms alto grado de calidad de acuerdo al inters pblico. El proceso de otorgamiento sealado en la presente circular, est diseado para asegurar que el futuro poseedor de un Permiso de Taller Aeronutico entiende y ser capaz de cumplir completamente con sus deberes y responsabilidades.CA AV-16/12El proceso de Certificacin de un Taller Aeronutico, consta de cinco fases. Cada fase se describe con el detalle suficiente para proporcionar un entendimiento general del proceso de certificacin en su totalidad. (Ver el apndice 6 de la presente circular, donde se tiene un diagrama de flujo detallado del proceso de certificacin completo). Las cinco fases son las siguientes:Pre- solicitud.Solicitud formal.Evaluacin de la documentacin.Demostracin e inspeccinCertificacin.En algunos casos particulares, la gua y secuencia de eventos indicada en esta circular, puede no ser aplicable en su totalidad; en tales situaciones, la DGAC y el solicitante considerarn las circunstancias y condiciones existentes. Sin embargo, el Permiso ser emitido hasta que la DGAC est cierta que el solicitante cumplir con la legislacin, reglamentacin y normatividad nacional en forma apropiada y de manera continua.FASE 1FASE 2FASE 3FASE 4FASE 5PRE-SOLICITUDEVALUACION DEDEMOSTRACINCERTIFICACIONSOLICITUDDOCUMENTOSE INSPECCIONFASE DE PRE-SOLICITUD.Con la antelacin posible a la fecha en que se pretenda iniciar actividades, el solicitante del Permiso de Taller Aeronutico deber acudir a la Direccin de Aviacin de la Direccin General de Aeronutica Civil, a efecto de manifestar su intencin de aplicar para dicho permiso. Ah, ser invitado a reunirse brevemente con el personal de la DGAC encargado de la certificacin. Durante esta reunin inicial, nicamente se tratar la informacin bsica y los requerimientos generales para la certificacin. Si el solicitante desea proceder con la certificacin, deber requisitar la forma IA-89/02 denominada Pre-evaluacin de la Informacin de Solicitantes de AOC (PISA), misma que adems de usarse para solicitudes de AOC, tambin se utiliza para solicitantes de Permiso de Taller. En el Apndice 1 de la presente Circular, se tiene un ejemplo de esta forma con instrucciones para su llenado. La forma IA-89/02 deber ser requisitada y firmada por el solicitante y entregada a la Direccin General de Aeronutica Civil.El personal de la DGAC asignado revisar la forma IA-89/02. Si la informacin contenida en la forma est incompleta o errnea, le ser devuelta al solicitante indicando las causas por las que se devuelve, mismas que se encontrarn anotadas en la seccin 2 de la forma. Si la informacin est completa y aceptable, la DGAC programar una reunin de pre-solicitud entre el solicitante y los miembros del equipo de certificacin de la DGAC seleccionados.La DGAC nombrar a un miembro del equipo de certificacin como lder del equipo de certificacin (LEC). El LEC es el representante oficial de la DGAC durante todo el proceso de certificacin.El propsito de la reunin de pre-solicitud es confirmar la informacin en la forma IA-89/02, as como para proporcionar al solicitante informacin crtica sobre el proceso de certificacin. Es sumamente importante que el personal gerencial o directivo del solicitante, y la persona propuesta como Responsable de Taller, atiendan las reuniones de pre-solicitud, y se encuentren preparados para discutir en trminos generales los planes y aspectos especficos de la solicitud propuesta.CA AV-16/12Muchos problemas se pueden evitar discutiendo todos los aspectos de la solicitud propuesta y los requerimientos especficos para sta, los cuales deben ser cumplidos para otorgar un Permiso de Taller Aeronutico.Es importante establecer relaciones de trabajo cordiales y buen entendimiento entre los representantes de la DGAC y del solicitante. La DGAC reconoce que existe una amplia gama de capacidades y especializacin entre los solicitantes. Los antecedentes de experiencia del solicitante, sern tomados en cuenta por la DGAC durante las reuniones iniciales.Para ayudar a promover un claro entendimiento del proceso de certificacin, durante la reunin de pre-solicitud se proporcionar al solicitante un paquete de informacin. El paquete de informacin, incluir lo siguiente:La lista de verificacin para la certificacin, que ser utilizada por el personal de la DGAC durante el proceso.Una programacin de eventos que deben completarse y suministrarse con la solicitud formal.Un ejemplo de las Especificaciones de Operacin.Otras publicaciones o documentos que el LEC considere necesarios para el solicitante.El artculo 6 de la Ley de Aviacin Civil establece que la Secretara de Comunicaciones y Transportes a travs de la Direccin General de Aeronutica Civil, tiene la facultad para otorgar concesiones y permisos, verificar su cumplimiento y resolver, en su caso, su modificacin o terminacin.Por su parte, los numerales 7.1. y 7.2. de la Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001, especifican que se deber presentar una solicitud ante la Secretara, indicndose la categora y especialidad que se desea incluir en sus especificaciones de operacin, de conformidad con el artculo 140 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil y el numeral 5. de la norma citada. La solicitud deber estar acompaada con la documentacin indicada en el artculo 140 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil.Por lo tanto, es importante conocer cual es la documentacin mnima necesaria que ser considerada aceptable para una solicitud formal. La solicitud formal debe hacerse a travs de la forma proporcionada para tal efecto por la DGAC o mediante escrito libre, solicitando un Permiso de Taller Aeronutico (ver Apndice 2). La forma o escrito libre, debe ser firmada por el Permisionario o Representante Legal. Si la solicitud es presentada por medio de escrito libre, deber incluir una declaracin estableciendo que el escrito constituye la solicitud formal de un Permiso de Taller Aeronutico. El escrito deber contener tambin el nombre completo y oficial del solicitante; asimismo, deber indicar la localizacin fsica donde el solicitante tendr su base de mantenimiento. La direccin fiscal del solicitante deber ser incluida si es diferente a la indicada en el membrete del escrito. De igual forma, deber incluir el nombre y el domicilio del representante legal, as como de las personas autorizadas para or y recibir toda clase de notificaciones. El representante legal del solicitante es requerido de acuerdo a lo indicado en el artculo 140 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil. Adicionalmente, el escrito deber confirmar la identidad del personal gerencial o directivo. Ciertos documentos deben ser presentados con la solicitud formal. Estos documentos (anexos) son brevemente descritos en los prrafos (1) (j) al (1) (s) siguientes y sern discutidos en detalle durante la reunin de pre-solicitud.CA AV-16/12Una comprensin idnea de la legislacin, regulacin, normatividad y dems disposiciones aplicables pertinentes, as como del material de asesoramiento, es crtica para el xito del cumplimiento del proceso de certificacin. El solicitante y su personal gerencial o directivo y el propuesto como Responsable de Taller, deben entender claramente las disposiciones mencionadas aplicables a las actividades que pretenden realizar. Un ejemplo de las disposiciones aplicables a los Talleres Aeronuticos, se encuentran en el Apndice 4 de la presente circular.Durante la fase de pre-solicitud y a lo largo del proceso de certificacin, el solicitante deber preparar documentos y manuales para su evaluacin y su aprobacin o aceptacin, segn aplique, por parte de la DGAC. El solicitante debe estar preparado para coordinar los proyectos de dichos documentos y manuales con el Lder del Equipo de Certificacin (LEC) y otro personal asignado al proyecto de certificacin. El tiempo empleado en la coordinacin mencionada, puede reducir significativamente la carga de trabajo para el solicitante y personal de la DGAC, una vez que la solicitud formal es presentada. El personal de la DGAC estar disponible en todo momento para guiar al solicitante en el proceso de certificacin, sin embargo el desarrollo de documentos y manuales, es siempre responsabilidad de dicho solicitante.ANEXOS A LA SOLICITUD FORMAL.Proyecto de Especificaciones de Operacin. Este anexo describe la clasificacin y categora del Taller Aeronutico asimismo, se especifican por marca, modelo de aeronave y de componente, sobre los cuales pretenden realizar los trabajos correspondientes, indicando el nivel de mantenimiento especfico que pretende el solicitante.Lista de verificacin para la certificacin y programacin de eventos. El programa de eventos (ver Apndice 3) es un documento clave que relaciona actividades, programas, instalaciones y facilidades de mantenimiento, mismas que deben ser completadas o tenerse listas para la inspeccin de la DGAC previo a la certificacin. Debe incluir fechas de cuando presentarn la documentacin que seala el Artculo 140 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil, cundo el Manual de Procedimientos de Taller (MPT), estar disponible para evaluacin por la DGAC, el currculum vitae y las constancias de capacitacin del personal tcnico y el candidato a ocupar el puesto de Responsable de Taller, sobre los modelos de aeronaves, motores o componentes que desean dar mantenimiento, las instalaciones que ocuparn, las fechas en que empezarn con su adiestramiento de mantenimiento en las capacidades que desea, as como los procedimientos de induccin de los tcnicos en los procedimientos y polticas establecidas por el solicitante en su MPT. Las fechas estimadas deben ser secuencialmente lgicas. Por ejemplo, la fecha estimada para la induccin del personal tcnico sobre los procedimientos y polticas establecidas por el solicitante y entrenamiento de tierra de stos, deber programarse despus de la fecha en que los manuales pertinentes del solicitante para el desempeo del personal tcnico sean completados y presentados a DGAC. Deber considerarse un tiempo razonable para que la DGAC revise, inspeccione y apruebe cada punto o evento, cuando se requiera una aprobacin antes del comienzo de un punto o evento subsiguiente. Las fallas o deficiencias para completar satisfactoriamente un punto o evento o en concordancia con el programa de eventos, podra demorar la certificacin. Si en cualquier momento durante el proceso de certificacin, el solicitante determina que es necesario revisar el programa de eventos, deber notificarlo tan pronto como le sea posible al Lder del Equipo de Certificacin (LEC).CA AV-16/12Manuales generales del permisionario. Corresponden al manual de procedimientos de taller o al manual general de mantenimiento y procedimientos de taller aeronutico, segn aplique. Estos manuales, contienen la informacin sobre las polticas generales del solicitante, deberes y responsabilidades de personal, poltica del control de calidad y procedimientos en general. La legislacin, reglamentacin y normatividad nacional, requieren que estos manuales incluyan instrucciones e informacin necesarias para el buen funcionamiento del taller aeronutico, para desempear sus deberes y responsabilidades con un alto grado de seguridad. La Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT3-2001, establece el contenido del Manual General de Mantenimiento, mientras que la norma NOM-145/2-SCT3-2001 establece el contenido del Manual de Procedimientos de Taller Aeronutico. Los manuales del solicitante, debern haberse desarrollado completamente al momento de presentar la solicitud formal.El permisionario debe poseer todos los Manuales de Mantenimiento que se requiera de acuerdo a las actividades a desarrollar, ya sea en electrnico o en papel, sobre los modelos de aeronaves, motores o componentes a atender, para consulta del personal tcnico durante el desarrollo de sus actividades.Estructura organizacional del personal gerencial o directivo, segn aplique, y calificaciones.El personal a nivel gerencial o directivo que deber atender las necesidades de operacin del Taller Aeronutico se relaciona dentro de este numeral, la autoridad aeronutica podr autorizar a solicitud del Permisionario, una excepcin al cumplimiento de estos requerimientos, para lo cual llevar a cabo un anlisis de su capacidad instalada, dimensiones del taller, capacidades otorgadas, cantidad de personal tcnico y administrativo, entre otros. Las personas asignadas a los puestos bsicos gerenciales o directivos y el propuesto como Responsable de Taller, debern tener un conocimiento profundo del manual del solicitante, de las especificaciones de operacin propuestas, de la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables, as como las actividades programadas que sean inherentes a su posicin, la documentacin probatoria de que poseen los conocimientos necesarios deben contenerse en un anexo. Este anexo deber contener la curricula de cada persona, incluyendo sus calificaciones, licencias, capacidades, y experiencia en aviacin para cada una de las siguientes posiciones o su equivalente:Director o Gerente General del Taller Aeronutico. (Permisionario)Responsable del Taller Aeronutico (Director de Mantenimiento).Gerente de Produccin.Gerente de Control de Calidad.Administrador o Gerente de Aseguramiento de la Calidad.Si se prev una excepcin a los puestos antes citados, deber ser indicado en el escrito de solicitud formal. Sin embargo, la solicitud para una excepcin deber ser hecha por separado y en la cual se justifique plenamente la peticin en especfico. La solicitud para una excepcin deber ser presentada ante la DGAC tan pronto como sea posible, para permitir que la persona a ser asignada a una determinada posicin se involucre prontamente en el proceso de certificacin.Documentos: de compra, de arrendamiento, contratos y/o cartas de intencin, segn aplique. Estos documentos debern proveer evidencia de que el solicitante se encuentra en proceso real de adquirir las facilidades y servicios apropiados a las capacidades que pretende obtener. En caso de que an no se concreten los contratos, deber presentar cartas u otros documentos que demuestren acuerdos preliminares, mismos que para la autoridad aeronutica sern suficientes hasta la fecha que sta determine. Como ejemplo que debern considerarse en estos documentos:Instalaciones para mantenimiento y servicios.Informacin tcnica a emplear por los tcnicos.Herramienta y equipo necesarios de acuerdo a las capacidades solicitadas.Personal tcnico a contratar.CA AV-16/12Declaratoria inicial del cumplimiento con la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables. Este anexo consiste de una relacin completa de la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables a la solicitud. Cada artculo, numeral o seccin que sean relevantes y aplicables a la solicitud, deber ser identificada y acompaada por una breve descripcin, o de preferencia de una referencia especfica a algn manual u otro documento. La descripcin breve, o referencia segn sea el caso, debe describir el mtodo de cumplimiento para cada disposicin listada. Si el mtodo preciso de cumplimiento no ha sido desarrollado al momento de la solicitud formal, bastar con indicar la fecha en que esta informacin ser proporcionada a la autoridad aeronutica, siempre y cuando el tiempo en que se presente sea razonable para dicha autoridad. A continuacin se tienen algunos ejemplos de cmo manifestar las disposiciones jurdicas relevantes en la declaratoria inicial del cumplimiento.EJEMPLO 1.Declaratoria de cumplimiento - Mtodo de cumplimiento no desarrollado al momento de la solicitud formal.Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001, numeral 6. Sistema de garanta de calidadEste sistema est actualmente en desarrollo y se someter para su consideracin en (fecha).EJEMPLO 2.Declaratoria de Cumplimiento - Mtodo de cumplimiento completamente desarrollado.Norma Oficial Mexicana NOM-145/2-SCT3-2001, numeral 4.6. Sistemas de inspeccin y mantenimiento.- Manual de Procedimientos de Taller (MPT), pg. 129, seccin 6.1.(Presentacin ideal)EJEMPLO 3.Declaratoria de Cumplimiento Mtodo de cumplimiento completamente desarrollado.Artculo 146. Componentes Aprobados.El solicitante instruye al inspector y al encargado de almacn para verificar la procedencia de los componentes utilizados en la aviacin, en base al procedimiento establecido en la seccin 7.3 del Manual de Procedimientos de Taller.(Presentacin aceptable)La relacin del personal tcnico aeronutico. Este anexo consiste en una relacin del personal tcnico a emplear en forma directa o a travs de terceros, con la calificacin tcnica que establece las normas oficiales mexicanas correspondientes.La carta de aceptacin. Este anexo consiste en la carta de aceptacin de responsabilidad tcnica de la persona que ser el responsable del taller, asimismo, el Documento en el que el solicitante del Taller Aeronutico lo propone como responsable.Caractersticas del servicio. Este anexo consiste en declarar las caractersticas del servicio, categoras, marcas y modelos de las aeronaves y sus componentes a los que el solicitante pretenda dar servicio.Planos esquemticos. Cuando el servicio de mantenimiento, inspeccin o reparacin lo requiera, la documentacin relativa a la ubicacin del taller y plano esquemtico de la distribucin de las reas respectivas, de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes.CA AV-16/12Equipos y herramientas. La relacin de los equipos y sus herramientas comn y especial, apropiadas para llevar a cabo los trabajos de mantenimiento solicitados.Informacin tcnica. La relacin de los manuales, boletines y dems informacin tcnica necesaria para efectuar la fabricacin o ensamblaje, en su caso, as como el mantenimiento o reparacin de aeronaves o componentes.Cualquier otro anexo sealado en la legislacin, reglamentacin y normatividad aplicable al tipo de mantenimiento a realizar.FASE DE SOLICITUD FORMAL.El personal asignado de la DGAC revisar la solicitud, a fin de determinar que contiene la informacin requerida, incluyendo sus anexos. Si se detectan omisiones o errores, la solicitud formal y todos sus anexos sern devueltos con oficio, indicando claramente las razones de su rechazo. Sin embargo, si el solicitante tiene un buen entendimiento de los requerimientos a cumplir, la solicitud formal contendr los elementos necesarios, para permitir que cualquier omisin, deficiencia o cuestionamiento, sean resueltos durante la reunin de solicitud formal.El personal gerencial o directivo del solicitante y el propuesto como Responsable de Taller, debern estar presentes en la reunin de solicitud formal. El propsito de la reunin es discutir la solicitud formal y resolver omisiones, deficiencias, o contestar las preguntas de cualquiera de las partes. Por ejemplo, esta reunin puede usarse para resolver preguntas acerca del paquete de informacin del solicitante o bien programar o reprogamar eventos cuyas fechas de realizacin se encuentren en conflicto, as como para asegurarse que el solicitante entiende perfectamente todo el proceso de certificacin. Esta reunin tambin tiene la finalidad de reforzar la comunicacin mutua y las relaciones personales entre ambas partes.El solicitante ser notificado por escrito, ya sea que la solicitud formal sea aceptada o rechazada. La aceptacin por parte de la DGAC de la solicitud formal, no significa la aprobacin o aceptacin de los anexos de la misma. Estos documentos se evaluarn minuciosamente durante las fases subsiguientes del proceso de certificacin. En caso de que la solicitud formal sea rechazada, en el oficio de devolucin se explicar el motivo de dicho rechazo.FASE DE EVALUACION DE LA DOCUMENTACION.Una vez que la solicitud formal ha sido aceptada, el personal de la DGAC asignado al proyecto, iniciarn una evaluacin completa del manual y documentos requeridos por la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables. La Autoridad aeronutica llevar a cabo la evaluacin de los documentos de acuerdo a la programacin de eventos del solicitante que previamente fue aceptado por la DGAC. Si el manual o un documento est incompleto o deficiente, si se encuentra que no cumple con la normatividad en la materia o si se detectan prcticas o procedimientos inseguros, el manual o documento ser devuelto para su accin correctiva. Si el manual y documentos son encontrados satisfactorios, stos sern aprobados o aceptados, segn lo requerido por la legislacin, reglamentacin, normatividad o disposiciones aplicables. La aprobacin ser indicada mediante oficio formal una vez que se haya constatado fsicamente, durante la visita a sus instalaciones. La aceptacin de la informacin que no requiere la aprobacin formal, se indicar por escrito, una vez concluida con la revisin.CA AV-16/12La complejidad de la informacin que debe establecerse en el manual y otros documentos del solicitante, dependen de la complejidad de las actividades a realizar en el mantenimiento. nicamente a manera de ejemplo, se presenta la siguiente relacin de la informacin que debe ser proporcionada por el solicitante, misma que ser evaluada por la DGAC durante esta fase:El acta de nacimiento e identificacin oficial vigente, si se trata de persona fsica, o la copia certificada del instrumento pblico o escritura constitutiva y sus modificaciones, en el caso de persona moral.En su caso, copia certificada del poder otorgado al representante legal.El domicilio del solicitante y, en su caso, del representante legal.La relacin del personal tcnico aeronutico a emplear en forma directa o a travs de terceros, con la calificacin tcnica que establecen las normas oficiales mexicanas correspondientes.La carta de aceptacin de responsabilidad tcnica de la persona que ser el responsable del taller.Las caractersticas del servicio, categoras, marcas y modelos de las aeronaves motores y sus componentes a los que el solicitante pretenda dar servicio.Cuando el servicio de mantenimiento, inspeccin o reparacin lo requiera, la documentacin relativa a la ubicacin del taller y plano esquemtico de la distribucin de las reas respectivas, de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes.La relacin de los equipos y sus herramientas apropiadas.La relacin de los manuales, boletines y dems informacin tcnica necesaria para efectuar la fabricacin o ensamblaje, en su caso, as como el mantenimiento o reparacin de aeronaves o componentes.El manual de procedimientos del taller, elaborado conforme a las normas oficiales mexicanas correspondientes. En el caso de ser Permisionario o Concesionario de una aerolnea, deber presentar los Manuales, General de Mantenimiento y Procedimientos de Taller Aeronutico en un solo manual que se denominar Manual General de Mantenimiento y de Procedimientos de Taller Aeronutico.Declaratoria del cumplimiento con la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables debidamente completada (final).La declaratoria del cumplimiento con la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables debidamente completada (final), es la evolucin final de la declaratoria de cumplimiento inicial que fue presentada con la solicitud formal. La declaratoria de cumplimiento totalmente completada, asegura que cada requisito aplicable, se ha establecido adecuadamente en los manuales, programas y procedimientos correspondientes del permisionario.FASE DE DEMOSTRACION E INSPECCION.La Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001, requiere que el solicitante demuestre su capacidad para cumplir con la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables, para llevar a cabo prcticas seguras en la aplicacin de los servicios de mantenimiento, previo al inicio de actividades. Esto incluye evaluaciones in-situ del equipo e instalaciones de apoyo para el mantenimiento de la(s) aeronave(s), motores y componentes. Durante estas demostraciones e inspecciones, la DGAC evaluar las polticas, mtodos, procedimientos e instrucciones, tal como se describen en el manual y dems documentos relacionados del solicitante. Durante esta fase, se pondr especial atencin a la efectividad administrativa del solicitante. Las deficiencias encontradas sern hechas del conocimiento del solicitante, quien deber tomar las acciones correctivas necesarias previas a su certificacin.CA AV-16/12Aunque las fases de evaluacin de la documentacin y la de demostracin e inspeccin se han tratado separadamente en la presente Circular, en la prctica estas fases se conjuntan, traslapan o se efectan simultneamente durante el proceso de certificacin. La relacin presentada a continuacin, son ejemplos de los aspectos, equipos, instalaciones y actividades que son evaluadas durante la fase de demostracin e inspeccin:Relacin de personal tcnico aeronutico que labora en el taller y que este en las instalaciones.Expedientes del personal de ese taller, conteniendo lo establecido en el numeral 10.9 de la Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001.Constancias de Capacitacin y Adiestramiento del personal tcnico, efectuando adems una entrevista al mismo.La informacin tcnica, la forma de acceder a sta, la vigencia y la propiedad de la misma.Herramienta y equipo, comn, especial y de precisin.Almacn, el control y almacenaje de componentes.Procedimientos de trabajo.Instalaciones adecuadas conforme a las capacidades solicitadas.Equipo de seguridad industrial.La fase de demostracin e inspeccin establecida en los incisos (a) y (b) del presente numeral, es aplicable nicamente para la certificacin de un solicitante.Un explotador de servicios areos puede al mismo tiempo aplicar para el otorgamiento de permiso de su taller aeronutico. En este caso, el solicitante debe coordinar y dar seguimiento a ambos procesos. Dichos procesos deben coordinarse de tal forma que la fase de demostracin e inspeccin sucedan simultneamente. Lo anterior es debido a que los vuelos de demostracin indicados en el numeral 6.7.6. de la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCT3-2002, requiere que el solicitante demuestre a la autoridad aeronutica todas las operaciones que pretende efectuar, tanto en vuelo como en tierra. Por lo tanto, el solicitante deber demostrar la operacin de su taller aeronutico, para asegurar que los procedimientos establecidos en su Manual General de Mantenimiento y de Procedimientos de Taller Aeronutico son adecuados.FASE DE CERTIFICACION.Una vez cubiertas satisfactoriamente las fases de evaluacin de la documentacin y las de demostracin e inspeccin, la DGAC proceder a la emisin del Permiso de Taller Aeronutico, as como a la aprobacin de las Especificaciones de Operacin. stas, contienen la clasificacin y categora del Taller Aeronutico asimismo, se especifican por marca, modelo de aeronave y de componente, sobre los cuales puedan realizar los trabajos correspondientes, indicando el nivel de mantenimiento especfico. El solicitante, debe acusar recibo de estos documentos.Todo titular de un Permiso de Taller Aeronutico es responsable del cumplimiento continuo de toda la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables a sus actividades, as como de las autorizaciones, limitaciones y alcances de su Permiso de Taller Aeronutico y correspondientes Especificaciones de Operacin. Debido a que las actividades de un Taller Aeronutico est sujeta a cambios, en esta medida debern enmendarse las Especificaciones de Operacin. El proceso de enmienda de las Especificaciones de Operacin, es similar al proceso de certificacin. En algunos casos puede ser un procedimiento menos complejo, dependiendo de la naturaleza del cambio. La DGAC es la responsable de efectuar las inspecciones peridicas que sean necesarias sobre las actividades efectuadas, para asegurar que las actividades de mantenimiento son efectuadas con los niveles de seguridad esperados, manteniendo un cumplimiento continuo de la legislacin, reglamentacin, normatividad y disposiciones aplicables.CA AV-16/12EXPLICACIN DE LOS APENDICES DE ESTA CIRCULAR.El Apndice 1 proporciona las instrucciones de cmo completar la forma IA-89/02 denominada Pre-evaluacin de la Informacin de Solicitantes de un Taller Aeronutico (PISA). Las secciones 1A, 1B, 1C y 1D, debern ser completados y firmados por el solicitante y presentados a la Direccin de Aviacin. Las secciones 2 y 3 son reservadas para uso exclusivo de la DGAC.El Apndice 2 proporciona un ejemplo de la solicitud formal en escrito libre.El Apndice 3 proporciona ejemplos de una lista de verificacin para la certificacin, as como de una programacin de eventos.El Apndice 4 proporciona una relacin de la legislacin, reglamentacin y normatividad aplicable.El Apndice 5 proporciona definiciones de trminos, tal como son usados en el proceso de certificacin.El Apndice 6 proporciona un diagrama de flujo detallado del proceso de certificacin en su totalidad.A T E N T A M E N T EDIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE AVIACINAGUSTN CANO GALVNMxico, D. F. a 1 de febrero de 2012CA AV-16/12APENDICE 1.INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA FORMA IA-089/02 PRE-EVALUACIN DE LA INFORMACIN DE SOLICITANTES DE UN AOC (PISA). ESTA FORMA PUEDE SER LLENADA POR UN SOLICITANTE DE CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEREOS O DE PERMISO DE TALLER AERONUTICO.SECCION 1A. Todos los solicitantes debern completar esta seccin.Anote el nombre oficial del solicitante y su direccin fiscal. Incluya cualquier otro nombre comercial si es que es diferente al nombre oficial.Anote el domicilio de la ubicacin fsica de las instalaciones donde se llevarn a cabo las actividades de mantenimiento. Esta es donde las oficinas del personal gerencial o de direccin, se encuentran ubicadas. Si el domicilio es el mismo que el anotado en el punto 1, anote el mismo. Incluya el domicilio de la sub-base de mantenimiento, si aplica.Anote la fecha estimada planeada para el inicio de operaciones.Esta informacin ser usada para la anotacin del cdigo de tres letras del solicitante del AOC, en caso que no lo tenga ya asignado por DGAC, solo para empresas de transporte comercial. Esta seccin no aplica a solicitantes expresamente de permiso de taller aeronutico. El solicitante puede proponer hasta tres identificadores. Si los designadores propuestos por el solicitante ya han sido asignados a otro concesionario o permisionario, entonces la designacin ser elegida por DGAC.Anote los nombres, cargos y nmeros telefnicos del personal gerencial o de direccin y del propuesto Responsable de Taller, requerido por la normatividad. Estos puestos son los siguientes:Director o Gerente General del Taller Aeronutico. (Permisionario)Responsable del Taller Aeronutico (Director de Mantenimiento).Gerente de Produccin.Gerente de Control de Calidad.Administrador o Gerente de Aseguramiento de la Calidad.SECCION 1B. Todos los solicitantes debern completar esta seccin, segn sea aplicable.El solicitante de un AOC, deber indicar si pretende efectuar su propio mantenimiento como taller aeronutico o intenta contratar parte de ste.Anote el tipo de operacin propuesto. Marque tantas casillas como le sean aplicables.Anote el tipo de taller aeronutico incluyendo especialidades y limitaciones solicitadas. Marque tantas casillas como le sean aplicables. Especificar para el caso de servicios especializados, pudiendo ocupar el espacio provisto en la casilla 11.SECCION 1C. nicamente los solicitantes de AOC debern completar las casillas 9 y 10.SECCION 1D. Todos los solicitantes debern completar esta seccin.Anote cualquier informacin que pueda ser de utilidad para que el personal de la DGAC entienda ms claramente el tipo y alcance de las operaciones o servicios que pretenden ser efectuados por el solicitante. Si un solicitante pretende contratar los servicios de mantenimiento e inspecciones de su(s) aeronave(s) y/o equipo relacionado, especifique el taller aeronutico autorizado seleccionado, asCA AV-16/12como una lista de los tipos de inspeccin y/o mantenimiento que ste le efectuar. Asimismo, proporcione una copia de todos los contratos suscritos (de mantenimiento, arrendamiento de aeronaves, de equipo de tierra, entre otros), segn aplique.Identifique el (los) tipo (s) de aeronave (s) y/o entrenador(es) sinttico(s) de vuelo.Los solicitantes de AOC debern identificar el (los) tipo (s) de aeronave (s) y/o entrenador(es) sinttico(s) de vuelo que pretenden ser utilizados, segn aplique.Los solicitantes de permiso de taller aeronutico, debern identificar el (los) tipos (s) de aeronave (s) por marca y modelo que pretende se le autoricen. Adicionalmente, identifique el tipo de entrenamiento que el personal de aseguramiento de calidad, el de certificacin de trabajos y el que ejecute directamente el mantenimiento, recibirn en base a lo que pretende se le autorice.El Solicitante o representante legal deber firmar la forma PISA. Si sta es firmada por otra persona diferente, entonces se deber anexar escrito firmado por aquel, otorgando su autorizacin para ello.SECCION 2. Para uso exclusivo de la DGAC.CA AV-16/12FIGURA 1. FORMA IA-89/02. PRE-EVALUACION DE LA INFORMACION DE SOLICITANTES DE AOC (PISA). (PAGINA FRONTAL)PRE-EVALUACION DE LA INFORMACION DE SOLICITANTES DE AOC(PISA)(Para ser completado por solicitantes de AOC o de permiso de taller aeronutico)Seccin 1A. Para ser completado por todos los solicitantes1. Nombre y domicilio postal del solicitante (incluya el 2. Domicilio de la base principal donde se efectuarn nombre comercial si es diferente). las operaciones, incluya el domicilio de la base secundaria de operaciones, si aplica (no useapartado postal).3. Fecha propuesta de inicio de4. Identificador de tres letras propuesto por el solicitante de AOCoperaciones:1.2.3.5. Personal gerencial o directivoNombre completoCargoDomicilio y telfono, si es diferenteque el del solicitanteSeccin 1B. Para ser completado por solicitantes de AOC y/o de taller aeronutico, como aplique.El solicitante de AOC pretende efectuar su propio mantenimiento como taller aeronutico.(complete las casillas 7 y 8)El solicitante de AOC pretende hacer arreglos con terceros para efectuar mantenimiento e inspecciones a las aeronaves y equipo asociado (complete las casillas 7 y 11).Taller aeronutico (complete la casilla 8).Tipo propuesto de operacin (marque tantas 8. Tipo de taller. Especialidades propuestascasillas como sea aplicable)Certificado de Explotador de Servicios AreosTaller aeronuticoPasajeros y cargaCategora123Unicamente cargaServicio pblicoServicio privadoVuelos regularesPlaneadoresInstrumentosVuelos de fletamentoHelicpterosAccesoriosOtros (Especifique)MotoresServicio especializadoHlicesOtros (Especifique)RadioSeccin 1C. Calillas 9 y 10 para ser completadas por solicitantes de AOC.9. Datos de la(s) aeronave(s) (Para aeronaves con10. Areas geogrficas donde pretende operar, asregistro extranjero, adjuntar copia del contrato decomo estructura de rutas propuesta. (De serarrendamiento)necesario utilice hojas adicionales)Nmeroy tiposdeNmero de asientos deaeronaves(por marca,pasajeros o capacidad demodelo y nos. de serie)carga til segn apliqueForma IA-89/02 (PISA)CA AV-16/12FIGURA 1. FORMA IA-89/02. PRE-EVALUACION DE LA INFORMACION DE SOLICITANTES DE AOC (PISA).. (PAGINA TRASERA)1 D. Para ser completado por todos los solicitantes11. Informacin adicional que proporcione un mejor entendimiento de las operaciones o negocios propuestas (Adjunte hojas adicionales, si es necesario)12. Capacitacin y Adiestramiento a impartirse (en aeronave y/o entrenadores sintticos de vuelo)Las declaraciones e informacin contenida en esta forma representan la intencin para solicitar unAOC y/o permiso de taller aeronutico.FirmaFecha (da/mes/ao):Nombre completo y cargoSeccin 2. Para ser completado por personal de la DGACRecibido por (Nombre completo):Para:AccinInformacinPre-solicitud No.No. de certificacin asignado:Insp/OficialDGACFecha (da/mes/ao):responsable:Observaciones:Forma IA-89/02 (PISA)CA AV-16/12APENDICE 2.EJEMPLO DEL ESCRITO LIBRE PARA LA SOLICITUD FORMAL(Nombre del solicitante) (Domicilio apropiado)(Fecha)Direccin General de Aeronutica Civil Providencia 807, 6 PisoCol. Del ValleC.P. 03100 Mxico, D,F.Sirva la presente como una solicitud formal para la obtencin de un Permiso de Taller Aeronutico. (Nombre Oficial del concesionario, permisionario, operador areo, como aparece en el acta constitutiva), pretende la certificacin para prestar el servicio de (mantenimiento, reparacin, servicios especializados, etc.) en la modalidad de (servicios privados y/o pblico), segn lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001.Por lo anterior se adjunta, en base a lo indicado en el Artculo 140 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil, lo siguiente:El acta de nacimiento e identificacin oficial vigente, si se trata de persona fsica, o la copia certificada del instrumento pblico o escritura constitutiva y sus modificaciones, en el caso depersona moral.En su caso, copia certificada del poder otorgado al representante legal.El domicilio del solicitante y, en su caso, del representante legal.IV. La relacin del personal tcnico aeronutico a emplear en forma directa o a travs de terceros, con la calificacin tcnica que establece las normas oficiales mexicanas correspondientes.La carta de aceptacin de responsabilidad tcnica de la persona que ser el responsable del taller.VI.Las caractersticas del servicio, categoras, marcas y modelos de las aeronaves y suscomponentes a los que el solicitante pretenda dar servicio.VII.Cuando el servicio de mantenimiento, inspeccin o reparacin lo requiera, la documentacinrelativa a la ubicacin del taller y plano esquemtico de la distribucin de las reas respectivas,de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes.VIII.La relacin de los equipos y sus herramientas apropiadas.IX.La relacin de los manuales, boletines y dems informacin tcnica necesaria para efectuar lafabricacin o ensamblaje, en su caso, as como el mantenimiento o reparacin de aeronaves ocomponentes.El manual de procedimientos del taller, elaborado conforme a las normas oficiales mexicanas correspondientes.Asimismo, se anexa al presente la programacin de eventos revisada y la declaratoria inicial de cumplimiento con la legislacin, reglamentacin, normatividad y dems disposiciones aplicables, tal y como fue acordada en la ltima reunin con esa dependencia. Por ltimo, se comunica que nuestro representante legal es el Lic. (nombre completo), el cual tiene su domicilio en (domicilio apropiado).Atentamente,(Nombre completo)CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO o Representante Legal acreditado.CA AV-16/12APENDICE 3. GUIAS.GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN PERMISIONARIO Y PROGRAMACION DE EVENTOSNOMBRE OFICIALDEL CONCESIONARIOOUBICACION DE LA BASE DE MANTENIMIENTO:PERMISIONARIO U OPERADOR AREO:DOMICILIO FISCAL (SI ES DIFERENTE A LAUBICACIN DE LA BASE DE MANTENIMIENTO):FechaFecha deInicial delRecibido/Regreso paraReferenciaInspectorLlenadoCambiosREFERENCIADGACI. FASE DE PRE-SOLICITUDA. Orientacin Inicial: Inspector: _________1.Circulardeasesoramientoproporcionada al solicitante.2.Pre-evaluacin de la Informacin deSolicitantes de AOC (PISA)a.Someter a consideracin del Directorde AviacinB. Equipo de Certificacin Designado (sirequiere AOC, al menos uno deoperacionesyunodeaeronavegabilidad)LECNombreEspecialidadC. Conduccin de la reunin de Pre-solicitud1.Verificar Informacin del formatoPISA2.RepasodelProcesodeCertificacin3.ProporcionarPaquetedeCertificacin, conteniendo:a. Gua para la Certificacinb.Programacin de Eventosc.ModelodeEspecificacionesde Operacind.OtrasPublicacionesyDocumentos Aplicables4.Explicacin del material apresentarse con la solicitud formalD. Otros.Observaciones:CA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAII. FASE DE APLICACION FORMALFechaFecha deReferenciaInicial delRecibido/Regreso paraDGACInspectorLlenadoCambiosA. Revisin de documentos del solicitante.1. Solicitud Formal Escrito Libre / Formatoa. Nombre Oficial y Completo (Legal)b. Domicilio Fiscalc. Ubicacin Principal (Base deMantenimiento)d. Nombre y Domicilio del RepresentanteLegal del Solicitantee. Nombres delpersonal Gerencial oDirectivoypropuestocomoResponsable de Taller del Solicitante2. Anexos de la Solicitud Formala.Programacin de Eventosb. Declaracin Inicial del Cumplimientocon las disposiciones legalesc. Manuales del Concesionario oPermisionario u Operador Areoi. Manual de Procedimientos de Tallerii. Manual General de Mantenimientoy Procedimientos de Taller, segnapliqueiii. Programa de Mantenimientod. Programa de capacitacin yadiestramientoinicial(Personaltcnico de mantenimiento)- Induccin de los procedimientos delconcesionarioopermisionariouoperador areo.-Capacitaciny Adiestramientoinicial de mantenimiento.e.Personalgerencial o directivo ypropuestocomoResponsabledeTaller.Calificaciones / Curriculaf.Documentosdeadquisiciones/Contratos / Arrendamiento / Cartas deIntencin.B. Evaluacin de los recursos de la DGAC enbase a la Programacin de EventosObservaciones:C. Reunin de solicitud formal1. Programacin de EventosFecha:_______Hora:_____2. Discusin de cada documento3.Resolver Discrepancias/Discusinabierta4. Revisin del Proceso de Certificacin.5. Discusin del impacto si no se cumplecon la Programacin de EventosD. Emisin del Oficio AceptandooRechazando la solicitudE. Otros.Observaciones:CA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAIII.FASEDEEVALUACIONDEFechaFecha deReferenciaInicial delRecibido/Regreso paraDGACDOCUMENTACIONInspectorLlenadoCambiosObservaciones:A. Evaluacin de programas de Capacitaciny Adiestramiento1. Contenido del Programaa. Induccin de los procedimientos delconcesionario o permisionario uoperador areo.b. Capacitacin y Adiestramientoinicial y/o Recurrente.Observaciones:B. Evaluacin de las calificaciones delpersonal gerencial o directivo.1.Director o Gerente General, oequivalente.2.Responsable de Taller3.Administradores o Gerentes de Calidadde Mantenimiento.4.Personal Tcnico de Produccin5.Personal Tcnico de Control deCalidad6.Administrador o Gerente deAseguramiento de la Calidad7.OtrosObservaciones:REFERENCIAIII.FASEDEEVALUACIONDEFechaFecha deReferenciaInicial delRecibido/Regreso paraDGACDOCUMENTACION (Contn)InspectorLlenadoCambiosC. Evaluacin de los Manuales delConcesionario o Permisionario u operadorareo.1.Manual de Procedimientos de Taller2.Manual General de Mantenimiento (yde Procedimientos de Taller, si aplica)3.Lista de Equipo Mnimo (MEL)4.Manuales de mantenimiento5.Programa de Mantenimiento6.OtrosObservaciones:CA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAIII.FASEDEEVALUACIONDEFechaFecha deReferenciaInicial delRecibido/Regreso paraDGACDOCUMENTACION (Contn)InspectorLlenadoCambiosD. Otras evaluaciones1. El acta de nacimiento e identificacinoficial vigente, si se trata de personafsica, o la copia certificada delinstrumento pblico o escrituraconstitutiva y sus modificaciones, en elcaso de persona moral;2. En su caso, copia certificada del poderotorgado al representante legal.3. El domicilio del solicitante y, en sucaso, del representante legal;4. La relacin del personal tcnicoaeronutico a emplear en formadirecta o a travs de terceros, con lacalificacin tcnica que establece lasnormas oficiales mexicanascorrespondientes.5. La carta de aceptacin deresponsabilidad tcnica de la personaque ser el responsable del taller.6. Las caractersticas del servicio,categoras, marcas y modelos de lasaeronaves y sus componentes a losque el solicitante pretenda dar servicio.7. Cuando el servicio de mantenimiento,inspeccin o reparacin lo requiera, ladocumentacin relativa a la ubicacindel taller y plano esquemtico de ladistribucin de las reas respectivas,de conformidad con las normasoficiales mexicanas correspondientes.8. La relacin de los equipos y susherramientas apropiadas.9. La relacin de los manuales, boletinesy dems informacin tcnicanecesaria para efectuar la fabricacin oensamblaje, en su caso, as como elmantenimiento o reparacin deaeronaves o componentes,Observaciones:CA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAIV.FASE DEDEMOSTRACIONEInicial delCumpleNo cumpleReferenciaDGACINSPECCIONInspectorA. Evaluacin del personal del solicitante1.Director o Gerente General, oequivalente.2.Responsable de Taller.3.Personal Tcnico de Produccin4.Personal Tcnico de Control deCalidad5.AdministradoroGerentedeAseguramiento de la Calidad.6.Otros.7.Expedientes del personal tcnico8.Induccin de los procedimientos delconcesionario o permisionario uoperador areo9.Capacitacin y Adiestramiento inicialy/o Recurrente.B.Informacin Tcnica1.Informacintcnicacompletayvigente.2.Suscripciones con las que se cuenta.3.Propiedad de la informacin tcnicaC.Herramienta y equipo1.De acuerdo a la relacin de equipo yherramienta presentada.2.Equipo y herramienta de medicin3.Herramienta sujeta a calibracin seencuentra vigente4.Herramienta especial de acuerdo alnivel solicitado.5.Equipo especial de acuerdo al nivelsolicitado.D.Almacn y refacciones1.Stock de refacciones.2.Tipo y control de refacciones ymaterial.3.Uso de tarjetas de control.4.Vencimientode componentesyproductos.5.Procedimientos definidos de controlde calidad de los materiales, partesy/o componentes en su recepcin ydistribucin a las reas del taller.6.Control de partes y componentes noreparables.E.Procedimientos de trabajo1.Control para la programacin de losservicios a las aeronaves.2.Control para la programacin de laaplicacin de boletines mandatorios ydirectivas de aeronavegabilidad.3.Control de componentes limitados portiempo.4.Control de reportes diferidos por MELCA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAIV.FASE DEDEMOSTRACIONEInicial delCumpleNo cumpleReferenciaDGACINSPECCION (Contn)InspectorF.Formas impresas1.Para la recepcin de trabajo.2.Procesos de trabajo.3.Prueba y entrega4.Liberacinde mantenimientoycertificacinG.Instalaciones1.Limpieza y orden en el taller2.Energa elctrica monofsica/trifsica3.Identificacin las lneas de energaelctrica, agua, aire a presin, otros.4.Dimensionesson adecuadasdeacuerdo al nivel solicitado.5.Control y recicleo de materiales ydesechos.H.Seguridad1.Sistemas y procedimientos definidosde seguridad, deben ser conocidospor el personal.2.Cuentan con equipo de seguridad.3.Procedimiento y rutas de evacuacindel taller.4.Existen extintores en condiciones deservicio5.Existe botiqun de primeros auxilioscompleto.6.Existen leyendas alusivas deseguridad.Observaciones:CA AV-16/12GUIA PARA LA CERTIFICACION DE UN CONCESIONARIO O PERMISIONARIO U OPERADOR AREO Y PROGRAMACION DE EVENTOSREFERENCIAV. FASE DE CERTIFICACIONFechaFecha deReferenciaInicial delRecibido/Regreso paraDGACInspectorLlenadoCambiosA. Aprobacin de las Especificaciones deOperacinB. Otorgamiento del Permiso de TallerC. Preparacin del Reporte de Certificacin1.Conjuncin del Reportea. Solicitud Formalb. Declaracin final del Cumplimientocon las disposiciones legalesc. Copia de las Especificaciones deOperacind. Copia del Permiso de Tallere. Sumario de Discrepancias2.Distribucin del ReporteD. Desarrollo de un Programa de VigilanciaPost Certificacin1. Dentro de los Estados UnidosMexicanos2. Fuera de los Estados UnidosMexicanosObservaciones:CA AV-16/12APENDICE 4. DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLESSECCION 1 DISPOSICIONES LEGISLATIVAS, REGLAMENTARIAS Y NORMATIVAS QUE APLICAN A LA CERTIFICACIONLey de Aviacin Civil.Reglamento de la Ley de Aviacin CivilNorma Oficial Mexicana NOM-008-SCT3-2002Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT3-2001Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT3-2001Norma Oficial Mexicana NOM-145.1-SCT3-2001Norma Oficial Mexicana NOM-145.2-SCT3-2001SECCION 2 OTRAS DISPOSICIONES QUE PUEDEN SER APLICABLES A LA CERTIFICACIONLey de Vas Generales de ComunicacinReglamento para la expedicin de permisos, licencias y certificados de capacidad del personal tcnico aeronutico.Circulares obligatorias aplicables.SECCIN 3 ANEXOS Y DOCUMENTOS DE LA OACI APLICABLE A OPERACIONES INTERNACIONALESAnexo 1 al Convenio sobre Aviacin Civil Internacional. Licencias al Personal. Anexo 6 al Convenio sobre Aviacin Civil Internacional. Operacin de Aeronaves. Anexo 8 al Convenio sobre Aviacin Civil Internacional. Aeronavegabilidad.CA AV-16/12APENDICE 5. DEFINICIONESEl presente Apndice define los trminos que son usados en la presente circular y/o en el proceso de certificacin.Aeronave: Cualquier vehculo capaz de transitar con autonoma en el espacio areo con personas, carga o correo.Aeronavegabilidad: Condicin en la que una aeronave, sus componentes y/o accesorios, cumplen con las especificaciones de diseo del certificado de tipo, suplementos y otras aprobaciones de modificaciones menores y, por lo tanto, determina que dicha aeronave, sus componentes y/o accesorios, operan de una manera segura para cumplir con el propsito para el cual fueron diseados.Actuacin humana: Capacidades y limitaciones humanas que repercuten en la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronuticas.Alteracin o Modificacin: Sustituir alguna parte de una aeronave mediante el reemplazo de una unidad de equipamiento, por otra de diferente tipo que no sea parte del diseo de tipo de la aeronave.Alteracin mayor o Modificacin mayor: Alteracin o modificacin no indicada en las especificaciones del certificado de tipo de una aeronave, planeador, motor, hlice, componente y/o accesorio, segn aplique, que puede afectar significativamente su peso, equilibrio, resistencia estructural, rendimientos, funcionamiento de la planta motopropulsora, caractersticas de vuelo u otras cualidades que afecten su aeronavegabilidad, o aquella que no se efecta de acuerdo con prcticas recomendadas o que no puede realizarse mediante operaciones bsicas.Alteracin menor o Modificacin menor: Alteracin o modificacin que no es una alteracin mayor.Autoridad Aeronutica: La Secretara de Comunicaciones y Transportes, a travs de la Direccin General de Aeronutica Civil.Autoridad de aviacin civil: Autoridad rectora de un pas extranjero, en materia aeronutica.Certificado de Aeronavegabilidad: Documento oficial que acredita que la aeronave est en condiciones tcnicas satisfactorias para realizar operaciones de vuelo.Concesionario de transporte areo: Sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, a la que la Secretara de Comunicaciones y Transportes otorga una concesin para la explotacin del servicio de transporte areo de servicio al pblico nacional regular, y es de pasajeros, carga, correo o una combinacin de stos, est sujeto a rutas nacionales, itinerarios y frecuencias fijos, as como a las tarifas registradas y a los horarios autorizados por la Secretara.ELT: Equipo transmisor localizador de emergencia.Garanta de calidad: Todas las actividades planificadas y sistemticas realizadas dentro del sistema de calidad, que se ha demostrado son necesarias para proporcionar una confianza adecuada de que la entidad cumplir con los requisitos de calidad.hp(s): Caballo(s) de potencia (Horse Power), unidad de medida de potencia en el sistema ingls.Informacin tcnica: Toda la informacin requerida para la actividad aeronutica sobre diseo, fabricacin, armado, mantenimiento, capacitacin y operacin.kg(s).: Kilogramo(s).Liberacin de mantenimiento o retorno a servicio: Procedimiento mediante el cual se declara en el libro de bitcora de la aeronave o documentos correspondientes, que el trabajo realizado a la aeronave, componente y/o accesorio, cumple con los requisitos tcnicos indicados por la entidad responsable del diseo de tipo y/o por la Autoridad Aeronutica, y que puede regresar a su operacin normal.Libro de bitcora: Documento oficial que se lleva a bordo de la aeronave, en el cual se lleva un registro de los parmetros operacionales ms importantes de la misma, mantenimiento, fallas registradas, antes o durante el vuelo, acciones tomadas al respecto y tiempos de la aeronave.CA AV-16/12Licencia: Documento oficial otorgado por la Autoridad Aeronutica al personal tcnico aeronutico, necesario para poder ejercer sus funciones, de acuerdo con la clasificacin y capacidades descritos en el mismo.Mantenimiento: Cualquier accin o combinacin de acciones de inspeccin, reparacin, alteracin o correccin de fallas o daos de una aeronave, componente y/o accesorio.Mantenimiento correctivo: Acciones requeridas por una aeronave, componente y/o accesorio, para restablecer su condicin de operacin, ante la ocurrencia de una falla o dao.Mantenimiento preventivo: Acciones requeridas en intervalos o sucesos definidos, para evitar o postergar la aparicin u ocurrencia de una falla o dao en una aeronave, componente y/o accesorio.Operador areo: El propietario o poseedor de una aeronave de Estado, de las comprendidas en el artculo 5 fraccin II inciso a) de la Ley de Aviacin Civil, as como de transporte areo privado no comercial, mexicana o extranjera.OACI: Organizacin de Aviacin Civil Internacional.Permisionario del Taller Aeronutico: Persona fsica o moral, mexicana o extranjera, a la cual se le otorga un permiso para establecer un Taller Aeronutico.Permisionario de transporte areo: Persona moral o fsica, en el caso del servicio areo privado comercial, nacional o extranjera, a la que la Secretara de Comunicaciones y Transportes otorga un permiso para la realizacin de sus actividades, pudiendo ser la prestacin del servicio de transporte areo internacional regular, nacional e internacional no regular y privado comercial.Reparacin: Accin de mantenimiento a una aeronave, componente y/o accesorio, a fin de restablecer su condicin de operacin normal.Reparacin mayor: Reparacin que no se puede llevar a cabo con prcticas aceptadas, es decir, aquellas que se encuentran en los manuales de mantenimiento de una aeronave, o que sean realizadas por operaciones elementales, o que si son mal efectuadas pueden afectar apreciablemente el peso, balance, resistencia estructural, rendimientos, operacin del motor, caractersticas del vuelo u otras cualidades que afecten la aeronavegabilidad de las aeronaves.Reparacin menor: Aquella reparacin que no es mayor.Responsable del Taller Aeronutico: Persona fsica acreditada por la Autoridad Aeronutica, responsable de la operacin y funcionamiento del Taller Aeronutico, as como de las actividades de mantenimiento y reparacin de aeronaves y sus componentes, conforme a los trminos del permiso otorgado por dicha Autoridad, para efectuar las actividades mencionadas.Secretara: La Secretara de Comunicaciones y Transportes.Taller Aeronutico: Es aquella instalacin destinada al mantenimiento y/o reparacin de aeronaves y de sus componentes, que incluyen sus accesorios, sistemas y partes, as como a la fabricacin o ensamblaje, siempre y cuando se realicen con el fin de dar mantenimiento o para reparar aeronaves en el propio Taller Aeronutico.Unidad de verificacin: Persona fsica o moral que realiza actos de verificacin.Verificacin: La constatacin ocular o comprobacin mediante muestreo, medicin, pruebas de laboratorio o examen de documentos, que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.Taller aeronutico: Es aquella instalacin destinada al mantenimiento o reparacin de aeronaves y de sus componentes, que incluyen sus accesorios, sistemas y partes, as como a la fabricacin o ensamblaje, siempre y cuando se realicen con el fin de dar mantenimiento o para reparar aeronaves en el propio taller aeronutico.