ARTICULO CONSTITUCIONALES

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7/17/2019 ARTICULO CONSTITUCIONALES http://slidepdf.com/reader/full/articulo-constitucionales 1/1 Artí culo 14°.-Educación para la vida y el trabajo. Los medios de comunicaci ón social La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la pr áctica de las humanidades, la ciencia, la t écnica, las artes, la educación f í sica y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es deber del Estado promover el desarrollo cientí fico y tecnológico del paí s. La formación ética y cí vica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar. La educaci ón religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias. La enseñanza se imparte, en todos sus niveles, con sujeción a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institución educativa. Los medios de comunicaci ón social deben colaborar con el Estado en la educaci ón y en la formación moral y cultural. RESUMEN: El estado esta en la obligación de brindar cierto nivel de educaci ón en todo el paí s, esta educación debe de promover la formación moral y culturar del estudiante teniendo como importante ayuda a los medio de comunicaci ón para llegar a cumplir su función. VIDEO https://www.youtube.com/watch?v=FT33f1qZBbo Art í culo 15 ° .- Profesorado, carrera p ú blica El profesorado en la ense ñ anza oficial es carrera p ú blica. La ley establece los requisitos para desempeñarse como director o profesor de un centro educativo, as í  como sus derechos y obligaciones. El Estado y la sociedad procuran su evaluaci ón, capacitación, profesionalización y promoción permanentes. El educando tiene derecho a una formaci ón que respete su identidad, así  como al buen trato psicológico y f í sico. Toda persona, natural o jurí dica, tiene el derecho de promover y conducir instituciones educativas y el de transferir la propiedad de éstas, conforme a ley. RESUMEN: La persona que desempeñe el Profesorado como carrera pública tiene que regirse a previos requisitos que el Estado brinda, así  como sus derechos y obligaciones. NOTICIA Más de 25 mil profesores de Educación Básica Regular aprobaron la Prueba Ú nica Nacional del pasado domingo 23 de agosto y clasificaron a la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento Docente, informó  el Ministerio de Educación (Minedu). Para clasificar, fue necesario superar tres pruebas: una de comprensión de textos, una de razonamiento l ógico y una de conocimientos de la especialidad. Artí culo 16°.- Descentralización del sistema educativo Tanto el sistema como el r égimen educativo son descentralizados. El Estado coordina la polí tica educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios así  como los requisitos mí nimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación. Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educaci ón adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o f í sicas. Se da prioridad a la educación en la asignación de recursos ordinarios del Presupuesto de la República. RESUMEN: El Estado coordina, formula, supervisa y manejo de la educaci ón en el paí s, es su deber asegurar que nadie se vea impedido de recibir educaci ón. VIDEO NOTICIA https://www.youtube.com/watch?v=HtoPADnLJKc

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7/17/2019 ARTICULO CONSTITUCIONALES

http://slidepdf.com/reader/full/articulo-constitucionales 1/1

Artí culo 14°.-Educación para la vida y el trabajo. Los medios de comunicación social La educación promueve el

conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación f í sica y el

deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es deber del Estado promover el desarrollo

cientí fico y tecnológico del paí s. La formación ética y cí vica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos

humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar. La educación religiosa se imparte con respeto a

la libertad de las conciencias. La enseñanza se imparte, en todos sus niveles, con sujeción a los principios

constitucionales y a los fines de la correspondiente institución educativa. Los medios de comunicación social deben

colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural.

RESUMEN:

El estado esta en la obligación de brindar cierto nivel de educación en todo el paí s, esta educación debe de promover

la formación moral y culturar del estudiante teniendo como importante ayuda a los medio de comunicación para

llegar a cumplir su función.

VIDEO

https://www.youtube.com/watch?v=FT33f1qZBbo

Artí culo 15

°.- Profesorado, carrera p

ública El profesorado en la ense

ñanza oficial es carrera p

ública. La ley establecelos requisitos para desempeñarse como director o profesor de un centro educativo, así  como sus derechos y

obligaciones. El Estado y la sociedad procuran su evaluación, capacitación, profesionalización y promoción

permanentes. El educando tiene derecho a una formación que respete su identidad, así  como al buen trato psicológico

y f í sico. Toda persona, natural o jurí dica, tiene el derecho de promover y conducir instituciones educativas y el de

transferir la propiedad de éstas, conforme a ley.

RESUMEN: La persona que desempeñe el Profesorado como carrera pública tiene que regirse a previos requisitos

que el Estado brinda, así  como sus derechos y obligaciones.

NOTICIA

Más de 25 mil profesores de Educación Básica Regular

aprobaron la Prueba Única Nacional del pasado domingo 23 de agosto yclasificaron a la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento

Docente, informó   el Ministerio de Educación (Minedu).

Para clasificar, fue necesario superar tres pruebas: una de

comprensión de textos, una de razonamiento lógico y una de

conocimientos de la especialidad.

Artí culo 16°.- Descentralización del sistema educativo Tanto el sistema como el régimen educativo son

descentralizados. El Estado coordina la polí tica educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de

estudios así  como los requisitos mí nimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y

la calidad de la educación. Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por

razón de su situación económica o de limitaciones mentales o f í sicas. Se da prioridad a la educación en la asignación

de recursos ordinarios del Presupuesto de la República.

RESUMEN: El Estado coordina, formula, supervisa y manejo de la educación en el paí s, es su deber asegurar que

nadie se vea impedido de recibir educación.

VIDEO NOTICIA

https://www.youtube.com/watch?v=HtoPADnLJKc