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ot LA H/: ■a*)rs8.?K?ik 'y JUNTA DE COORDINACION POLITICA ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA POR EL QUE SE PONE A CONSIDERACIÓN DEL PLENO LA DESIGNACIÓN DE COMISIONADAS O COMISIONADOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, Apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 80, 81 y 82 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 255 numeral 2 y 3 del Reglamento del Senado de la República, y CONSIDERANDO I. Que la fracción VIII, Apartado A del artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se integra por siete comisionados. II. Que el artículo mencionado en el párrafo anterior y el artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, nombrará al comisionado que deba cubrir la vacante. El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de diez días hábiles. Si el Presidente de la República no objetara el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de comisionado la persona nombrada por el Senado de la República. III. Que en caso de que el Presidente de la República objetara el nombramiento, la Cámara de Senadores nombrará una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior, pero con una votación de las tres quintas partes de los miembros presentes. Si este segundo nombramiento fuera objetado, la Cámara de Senadores, en los términos del párrafo anterior, con la votación de las tres quintas partes de los miembros presentes, designará al comisionado que ocupará la vacante. IV. Que el artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala que el Instituto estará integrado por siete comisionados; para su nombramiento, la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios y con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, nombrará al Comisionado— que deba cubrir la vacante; garantizando la imparcialidad, independencia y transparencia del proceso. Este proceso deberá iniciarse en un plazo no mayor a sesenta días anteriores a la fecha en que concluya su periodo el Comisionado que deje su puesto. ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA POR EL QUE SE PONE A CONSIDERACION DEL PLENO LA DESIGNACION DE COMISIONADAS O COMISIONADOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

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ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA POR EL QUE SE PONE ACONSIDERACIÓN DEL PLENO LA DESIGNACIÓN DE COMISIONADAS OCOMISIONADOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LAINFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, ApartadoA, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos80, 81 y 82 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y elartículo 255 numeral 2 y 3 del Reglamento del Senado de la República, y

CONSIDERANDO

I. Que la fracción VIII, Apartado A del artículo 6° de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, señala que el Instituto Nacional de Transparencia,Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se integra por sietecomisionados.

II. Que el artículo mencionado en el párrafo anterior y el artículo 18 de la LeyFederal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que laCámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad,a propuesta de los grupos parlamentarios, con el voto de las dos terceras partesde los miembros presentes, nombrará al comisionado que deba cubrir la vacante.El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en unplazo de diez días hábiles. Si el Presidente de la República no objetara elnombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de comisionado lapersona nombrada por el Senado de la República.

III. Que en caso de que el Presidente de la República objetara el nombramiento, laCámara de Senadores nombrará una nueva propuesta, en los términos delpárrafo anterior, pero con una votación de las tres quintas partes de losmiembros presentes. Si este segundo nombramiento fuera objetado, la Cámarade Senadores, en los términos del párrafo anterior, con la votación de las tresquintas partes de los miembros presentes, designará al comisionado que ocuparála vacante.

IV. Que el artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública señala que el Instituto estará integrado por siete comisionados; para sunombramiento, la Cámara de Senadores, previa realización de una ampliaconsulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios y con el votode las dos terceras partes de los miembros presentes, nombrará al Comisionado—que deba cubrir la vacante; garantizando la imparcialidad, independencia ytransparencia del proceso. Este proceso deberá iniciarse en un plazo no mayor asesenta días anteriores a la fecha en que concluya su periodo el Comisionadoque deje su puesto.

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V. En la conformación del Instituto se procurará la experiencia en materia de accesoa la información y protección de datos personales, así como la equidad degénero.

VI. Que el artículo 20 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a ia InformaciónPública, señala que el Senado de la República deberá acordar el procedimientoque se deba llevar a cabo, los plazos que se deban cumplir y en. general todoslos pormenores del proceso de selección.

Vil. Que, para ser comisionado, atendiendo al artículo 6 y 95 fracciones I, II, IV, V yVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y ei artículo 28de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se debensatisfacer ios siguientes requisitos:

A. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechospolíticos y civiles;

B. Tener cuando menos treinta y cinco años de edad, cumplidos el día de ladesignación;

C. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que ameritepena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude,falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente ia buena famaen el concepto público, inhabilitará para ei cargo, cualquiera que haya sido lapena;

D. Haber residido en ei país durante los dos años anteriores ai día de ladesignación, y

E. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Senador,Diputado Federal ni Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de laCiudad de México, durante el año previo ai día de su nombramiento.

VIII. Que ei 30 de abril de 2014, se presentó ante el Pleno del Senado de la República^S^el dictamen mediante ei cual fueron electos los siguientes comisionados del r ̂Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección deDatos Personales:

1. Francisco Javier Acuña Llamas, para el periodo de ejercicio que concluirá el31 de marzo de 2023.

2. Rosendoevgueni Monterrey Chepov, para el periodo de ejercicio queconcluirá ei 31 de marzo de 2022.

3. Óscar Mauricio Guerra Ford, para el periodo de ejercicio que condulrá'srjrde marzo de 2022.

4. María Patricia Kurczyn Viliaiobos, para el periodo de ejercicio que concluiráel 31 de marzo de 2020.

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5. Joel Salas Suárez, para el periodo de ejercicio que concluirá el 31 de marzode 2020.

6. Ximena Puente de la Mora, para el periodo de ejercicio que concluirá ei 31de marzo de 2018.

7. Areli Cano Guadiana, para el periodo de ejercicio que concluirá el 31 demarzo de 2018.

IX. Que conforme a lo señalado en el nombramiento realizado por este H. Senadode la República referido en la fracción VIII, el próximo 31 de marzo de 2020concluye el cargo de los C. María Patricia Kurczyn Villalobos y Joel Salas Suárez,como Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a laInformación y Protección de Datos Personales.

X. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado A de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y con lo establecido en los artículos 18,19 y 20 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública,esta Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, sometió aconsideración del Pleno de esta Soberanía la Convocatoria Pública para laselección de Comisionadas o Comisionados del Instituto Nacional DeTransparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, elpasado 18 de Marzo de 2020, mismo que en su Base SEGUNDA señala que elmecanismo electrónico de registro se encontraría disponible desde la página webdel Senado de la República en www.senado.aob.mx a partir del día 19 de marzode 2020.

XI. Que el 24 de marzo de 2020 debido a la pandemia derivada del brote de COVID-19, la Mesa Directiva de esta Soberanía emitió Acuerdo en relación con lasuspensión de plazos y procedimientos relativos a obligaciones pendientes decumplir, en virtud de las medidas sanitarias adoptadas ante la pandemia del virusdenominado COVID-19.

XII. Ante las medidas sanitarias emitidas por las Instituciones de salud, corí'^íg:^^:implementación de estas en esta Soberanía y ante la urgencia de continuar ceur^^"^las obligaciones legales que le competen al Senado de la República, el pasado 7^ y14 de septiembre del presente, se aprobó Acuerdo de este órgano de gobiernomediante el cual se restablecen los plazos para llevar a cabo el proceso deselección de Comisionadas o Comisionados del Instituto Nacional^^de-.^Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

XIII. Que conforme a la Base PRIMERA del Acuerdo referido en la fracción anterior elsistema de registro ubicado en la página web del Senado de la República enwww.senado.aob.mx se reabrió los días 21, 22, 23, 24 y 25 de septiembre de2020, en un horario de 8:00 a 17:00 horas (Tiempo del Centro de México).

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XIV. Que el día 25 de septiembre de 2020, a las 17:00 horas (Tiempo del Centro deMéxico), venció el plazo para la recepción de la documentación por parte de lasy los aspirantes a ocupar el cargo de Comisionadas o Comisionados del InstitutoNacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de DatosPersonales.

XV. Que de las 46 solicitudes de registro presentadas únicamente 38 cumplieron conlos requisitos establecidos en la Convocatoria publicada el 18 de marzo de 2020y se enlistan a continuación;

1. Alcalá Méndez Adrián

2. Alonso Pesado Claudia

3. Álvarez Córdoba Francisco Raúl4. Arteaga Dirzo Mireya5. Balboa Verduzco Daniel

6. Barreras Samaniego Diana Karina7. Bonilla Magaña Eduardo8. Cantú Aguillén Ricardo9. Cirio Romero Claudio

10. Córdova Díaz Hugo Alejandro11. Cruz Cruz Bernabé Manuel

12. De la Paz Pérez Parca Tania

13. Del Río Venegas Norma Julieta14. González Casanova Fernández Joaquín Jaime15. Guerrero García Aristides Rodrigo16. Guzmán García María de los Ángeles17. Hernández Salgado Óscar18. Hidalgo Rioja Ileana19. Kubli García Fausto

20. Loaiza Coronel Marco Antonio

21. López Ramírez José Antonio22. López Vences Rita Bell23. Luna Alviso Rafael

24. Manrique Betanzos Miguel25. Martínez Cruz Javier

26. Martínez Puón Rafael

27. Millán Gómez Baranda Bernardo Agustín28. Noriega González Alejandro29. Parra Noriega Luis Gustavo30. Reséndez Silva Hugo Arael31. San Martín Rebolloso Marina Alicia,32. Sánchez Nava Luis Fernando

33. Sánchez Zamora Romgj>—34. Sandoval Vargas Graciela35. Santiago Castillo Javier

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36. Solís Arias Joaquín37. Télíez Padrón Edgar Eduardo38. Vázquez Arreóla Judith Minerva

XVI. Conforme a la Base SÉPTIMA de la Convocatoria, el 29 de septiembre del año encurso, este órgano de gobierno remitió a las Comisiones de Anticorrupción,Transparencia y Participación Ciudadana; y de Justicia del Senado de laRepública, la documentación de los aspirantes registrados.

XVII. Que el pasado 30 de septiembre de 2020, las Comisiones Unidas deAnticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana; y de Justicia sereunieron de manera extraordinaria para analizar, aprobar y suscribir el Acuerdode ¡as Comisiones de Anticorrupción^ Transparencia y Participación Ciudadana; yde Justicia^ reiativo ai formato y metodoiogfa para ia evaluación de ias y ioscandidatos a ocupar ei cargo de Comisionada o Comisionado deí InstitutoNacional de Transparencia, Acceso a ia Información y Protección de DatosPersonales.

XVIII. Que, conforme a la Base SÉPTIMA del Acuerdo señalado en la fracción anterior,los días 13, 14 y 15 de octubre del presente, se llevaron a cabo 37comparecencias, vía remota y por orden de registro, ante comisiones por partede las y los aspirantes a ocupar el cargo de Comisionada o Comisionado delInstituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección deDatos Personales.

XIX. Con relación a la participación del C. Rafael Luna Alviso establecida para las11:00 horas del 15 de octubre de 2020, con fecha 13 de octubre de 2020 se

recibió al correo de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y ParticipaciónCiudadana [email protected], carta firmada por el C. Rafael LunaAlviso donde manifiesta su voluntad de retirar su candidatura al presen'proceso.

XX. Que con fecha del 28 de octubre del 2020, las Comisiones Unidas deAnticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana; y de Justicia remitierona la Junta de Coordinación Política del Senado de la República el Dictamen de lasComisiones Unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana,y de Justicia, por ei que se propone a la Junta de Coordinación Política ei listadode ias y ios candidatos que con base en los principios de especiaiización eidoneidad, reunieron las condiciones de eiegibiiidad para ocupar ei cargd^^Comisionada o Comisionado de! Instituto Nacional de Transparencia, Acceso aInformación y Protección de Datos Personales, cuyo resolutivo PRIMEOestablece lo siguiente:

ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACION POimCA POR EL QUE SE PONE A CONSIDERACION DEL PLENO LA DESIGNAQON DECOMISIONADAS O COMISIONADOS DEL INSTITUTO NAQONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOSPERSONALES

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í-tcisv.^

Con fundamento en ef artículo 6^, apartado fracción VIH, párrafo octavo^ deia Constitución Política de ios Estados Unidos Mexicanos; ios artículos 18,19 y 20de ia Ley Federal de Transparencia y Acceso a ia Información Pública; así comoias Bases Primera, Tercera y Décima dei Acuerdo de ia Junta de CoordinaciónPolítica por ei que se emite ia convocatoria pública y se establece eiprocedimiento para ia selección de Comisionadas o Comisionados dei InstitutoNacional de Transparencia, Acceso a ia Información y Protección de DatosPersonales; ias Comisiones de Anticorrupción, Transparencia y ParticipaciónCiudadana, y de Justicia presentan ante ia Junta de Coordinación Política eilistado de ias y ios candidatos que reúnen ias condiciones de eiegibüidad paraocupar ei cargo de Comisionada o Comisionado dei Instituto Nacional deTransparencia, Acceso a ia Información y Protección de Datos Personales,conformado por ios siguientes ciudadanos.

CATPG/CINAI2020/001 Mireya Arteaqa Dirzo

CATPa/CINAI2020/002 Miguel Manrique Betanzos

CATPa/CINAI2020/003 Fausto Kubli García

CATPa/aNAI2020/004 Francisco Raúl Álvarez CórdobaCATPa/CINAI2020/005 Rafael Martínez Puón

CATPa/CINAI2020/006 Román Sánchez Zamora

CATPa/CINAI2020/007 Marco Antonio Loaiza Coronel

CATPa/CINAI2020/008 Ricardo Cantú AquillénCATPa/CINAI2020/009 Adrián Alcalá Méndez

CATPa/CINAI2020/010 Luis Gustavo Parra Norieqa

CATPa/CINAI2020/011 Javier Santiago Castillo

CATPa/CINAI2020/012 Graciela Sandoval Vargas

CATPa/aNAI2020/013 Hugo Alejandro Córdova DíazCATPa/CINAI2020/014 María de los Ángeles Guzmán GarcíaCATPa/CINAI2020/015 Joaquín Solís AriasCATPCJ/CINAI2020/016 Daniel Balboa Verduzco ^

CATPa/CINAI2020/017 Norma Julieta del Río VenegasCATPa/CINAI2020/018 Oscar Hernández Salgado

CATPa/CINAI2020/019 Claudia Alonso Pesado

CATPa/CINAI2020/020 Judith Minerva Vázquez Arreóla

CATPa/CINAI2020/022 Joaquín Jaime González Casanova FernándezCATPa/CINAI2020/023 Luis Fernando Sánchez Nava

CATPa/CINAI2020/024 Ileana Hidalgo Rioia

CATPa/CINAI2020/025 Marina Alicia San Martín Rebolloso

CATPG/CINAI2020/026 Edgar Eduardo Téllez Padrón 'CATPa/CINAI2020/027 Hugo Arael Reséndez SilvaCATPa/CINAI2020/028 Claudio Cirio Romero /CATPa/CINAI2020/029 Bernardo Agustín Millán Gómez /CATPa/CINAI2020/030 Tania de la Paz Pérez Farca /

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CATPa/CINAI2020/031 Diana Karina Barreras Samanieqo

CATPa/CINAI2020/032 Alejandro Norieqa GonzálezCATPa/CINAI2020/033 Aristides Rodrigo Guerrero GarcíaCATPa/CINAI2020/034 Rita Bel! López VencesCATPCJ/CINAI2020/035 Bernabé Manuel Cruz Cruz

CATPa/CINAI2020/036 Javier Martínez Cruz

CATPG/CINAI2020/037 Eduardo Bonilla MagañaCATPa/CINAI2020/038 José Antonio López Ramírez

XXI. Que el resolutivo SEGUNDO, del Dictamen señalado en la fracción anterior señalaque conforme al Resolutivo DÉCIMO del Acuerdo de las Comisiones deAnticorrupdón, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Justicia, relativoai formato y metodología para la evaluación de las y los candidatos a ocupar elcargo de Comisionada o Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia,Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se informa a la Juntade Coordinación Política el listado en orden alfabético con los nombres de los

cinco hombres y cinco mujeres que destacaron por su participación en esteproceso:

MUJERES HOMBRES.

Arteaqa Dirzo Mireya Alcalá Méndez Adrián

Del Río Venegas Norma Julieta Álvarez Córdoba Francisco Raúl

Guzmán García María de los Ángeles Guerrero García Aristides Rodrigo

Hidalgo Rioja Ileana Millán Gómez Baranda Bernardo Agustín

San Martín Rebolloso Marina Alicia Parra Moriega Luis Gustavo

XXII. Que la facultad constitucional y legal que le ha sido conferida al Senado de laRepública para considerar el nombramiento, o no, de servidores públicos en. uncargo determinado, es ejercida sobre la base de un análisis objetivo, consistenten la satisfacción de los requisitos legales y subjetivos que pueden desagregarse,para este caso en particular, en cuatro elementos primordiales: primero, losantecedentes profesionales de las y los candidatos en cuestión; segundo, suaptitud técnica para ocupar el cargo para el que se ha inscrito como aspirante;tercero, su idoneidad para cumplir con el perfil que el Senado de la República,pretende otorgar al Comisionado dei Instituto Nacional de Transparencia, Accesoa la Información y Protección de Datos Personales, y; cuarto, contar corfeT'^consenso necesario para ser propuesto por la Junta de Coordinación Política alPleno del Senado de la República.

Es decir, corresponde al Senado de la República, a través de los órganoé degobierno designar para dicho encargo, examinar si el aspirante cumple, por unlado, con los requisitos de elegibilidad establecidos en la ley y, por el otro, conlos requerimientos subjetivos construidos por esta representación a efecto delograr que quienes resulten electos cumplan con el perfil para dicho cargo.

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JUNTA DE COORDINACION POLITICA

XXIII. Que la Junta de Coordinación Política del Senado es el órgano que expresa lapluralidad de la Cámara y en tal carácter es el órgano colegiado en el que seImpulsan entendimientos y convergencias para alcanzar acuerdos que permitanel cumplimiento de las facultades que la Constitución le asigna;

Por lo anteriormente expuesto, las senadoras y senadores Integrantes de la Junta deCoordinación Política, sometemos a consideración del Pleno, el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Se propone como Comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Accesoa la Información y Protección de Datos Personales a la C. Norma Julieta Del Río Venegaspor un periodo de 7 años.

SEGUNDO: Se propone como Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Accesoa la Información y Protección de Datos Personales al C. Adrián Alcalá Méndez por un periodode 7 años.

TERCERO: Conforme a lo establecido en la Base DÉCIMA SEGUNDA de la Convocatoriaemitida el 18 de marzo del presente, la votación se realizará por cédula y, en caso de quealguno de los candidatos no obtenga el voto aprobatorio de las dos terceras partes de losmiembros presentes, se realizará una segunda votación. Si en ésta no se alcanza dichamayoría, ta Junta de Coordinación Política presentará una nueva propuesta en la sestóordinaria siguiente.

CUARTO: Las personas que resulten electas rendirán la protesta de ley ante el Pleno de laCámara de Senadores.

QUINTO: Los casos no previstos en el presente Acuerdo, serán resueltos por la Junta deCoordinación Política del Senado de la República.

SEXTO: Comuniqúese a las autóridades competente

Salón de Sq&ones de la H. Cámara de Senadores, a 29 de octubre de 20207""/

lUNTA DE COORDINACIÓN/POLÍTICA

Sen. Ricai íal Avila

Coordinador del GrupoParlamentarlo de Morena

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Sen. Mauricíoi^ucMaoiCoordinador del Grupo Pariameni

del Partido Acción Nacior

S^. Manuel Velasco Coello

Coordinador del Grupo Parlamentariodel Partido Verde Ecologista de

México

ueí Angel Osorio ChongCoordinador del GrupoParlamentario del Partido

Revolucionario Institucional

Sen. Géóvann^el CarmenBañuetos^ la TorreCoordiradora del Grupo

Parlamenta del Partido del

Trabajo

SéiuJ>antéT>elgado

Coordinador del GrupoParlamentario de Movimiento

Ciudadano

Sen. 1^1 d^L^rtsViHard)rdinad^r^el Gmpo

Parlamenta):io del PartidoEncaéntro Social

anchearybelGrupo Karlameniawb dé MOténa

Sen. MIgúelIspinosa

Coordinador de\Grupo Pkrlamentaridel Partido ̂ e la Revolución

Democrática

Sen. HIgInlo Martínez Miranda»upo Parlamentarlo de Morena

Sen. Josefina Eugenia VázquezMota

Grupo Parlamentario del PartidoAcción Nacional

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