Arresto ciudadano

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EL ARRESTO EL ARRESTO CIUDADANO CIUDADANO CONSEJO NACIONAL DE CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA SEGURIDAD CIUDADANA EXPOSITOR: EXPOSITOR: ESTANISLAO PUMA CASTRO ESTANISLAO PUMA CASTRO

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Análisis sobre el arresto ciudadano en Perú.

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EL ARRESTO EL ARRESTO CIUDADANOCIUDADANO

CONSEJO NACIONAL DE CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANASEGURIDAD CIUDADANA

EXPOSITOR:EXPOSITOR:ESTANISLAO PUMA CASTROESTANISLAO PUMA CASTRO

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ARTÍCULO 2ºARTÍCULO 2º

INCISO 24INCISO 24literal b)literal b) ““NO SE PERMITE FORMA NO SE PERMITE FORMA

ALGUNA DE ALGUNA DE RESTRICCIÓNRESTRICCIÓN DE DE LA LIBERTAD PERSONAL, LA LIBERTAD PERSONAL, SALVO EN LOS CASOS SALVO EN LOS CASOS PREVISTOS POR LA LEY.”PREVISTOS POR LA LEY.”

literal f)literal f)““NADIE PUEDE SER NADIE PUEDE SER DETENIDODETENIDO SINO SINO POR MANDAMIENTO POR MANDAMIENTO ESCRITO Y MOTIVADO DEL ESCRITO Y MOTIVADO DEL JUEZ OJUEZ O POR LAS POR LAS AUTORIDADES POLICIALES EN AUTORIDADES POLICIALES EN CASO DE FLAGRANTE CASO DE FLAGRANTE DELITODELITO.”.”

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NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

El miércoles 1º de julio en virtud de la Ley Nº 29372 entraron en vigencia, a nivel nacional, los artículos 259º y 260º del Nuevo Código Procesal Penal, los mismos que están referidos a la DETENCION POLICIAL y ARRESTO CIUDADANO.

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DETENCION POLICIAL – Artículo DETENCION POLICIAL – Artículo 259º259º

La La PNP detiene sin mandato judicial PNP detiene sin mandato judicial a quien sorprenda en flagrante a quien sorprenda en flagrante delito.delito.

FLAGRANCIA se da cuando el FLAGRANCIA se da cuando el delincuente:delincuente:

- Es descubierto en plena comisión Es descubierto en plena comisión del delito (momento preciso).del delito (momento preciso).

- Es descubierto o perseguido y Es descubierto o perseguido y capturado inmediatamente después capturado inmediatamente después de cometido el delito.de cometido el delito.

- Es sorprendido con objetos o huellas Es sorprendido con objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo.que revelan que acaba de ejecutarlo.

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ARRESTO CIUDADANO – ARRESTO CIUDADANO – Artículo 260ºArtículo 260º

Toda persona Toda persona PODRÁPODRÁ proceder al proceder al

arresto en estado de flagrancia arresto en estado de flagrancia

delictiva. En este caso se debe delictiva. En este caso se debe

entregar entregar INMEDIATAMENTEINMEDIATAMENTE al al

arrestado a la dependencia arrestado a la dependencia

policial más cercana o al Policía policial más cercana o al Policía

de las inmediaciones del lugar.de las inmediaciones del lugar.

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1. Limitaciones

La norma precisa que EN NINGÚN CASO el arresto autoriza encerrar o mantener privada de su libertad al arrestado, ya sea en un lugar público o privado, hasta su entrega a la autoridad policial.

ARRESTO CIUDADANO - PROCEDIMIENTO

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2. Entrega del arrestado

Finalmente, luego de producida la entrega del arrestado, la Policía redactará un acta donde se haga constar la entrega y las demás circunstancias ocurridas en la intervención.

ARRESTO CIUDADANO

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DETENCION es atribución EXCLUSIVA de la PNP en los casos señalados expresamente en nuestra Constitución Política (artículo 2º inciso 24 literal f) y en el artículo 259º del Nuevo Código Procesal Penal:

“La Policía Nacional del Perú DETIENE, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. Existe flagrancia cuando la realización de un hecho punible es actual y en esa circunstancia, el autor es descubierto o cuando es perseguido y capturado inmediatamente después de haber realizado el acto punible o cuando es sorprendido con objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo.”

DEFINICIONES : DETENCION

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Lo que la Ley permite a cualquier ciudadano es el arresto o la APREHENSION de una persona en flagrante delito, debiendo entregarla INMEDIATAMENTE a la DEPENDENCIA POLICIAL o POLICIA más cercano. De no hacerlo, podría incurrir en delito contra la libertad personal del aprehendido y por tanto, ser pasible de la sanción penal correspondiente.

La APREHENSION estaba contemplada en el artículo 106º del CPP de 1991, sin embargo dicho Código entró en vigencia en determinados artículos.

DEFINICIONES: ARRESTO

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La norma del arresto ciudadano refiere que toda persona podrá proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva. No habiéndose hecho exclusión alguna, los miembros del Serenazgo estarían dentro de los alcances de la norma. Sin embargo ellos no pueden DETENER pues como ya se ha señalado dicha atribución es EXCLUSIVA de la PNP. En tal sentido, su accionar debe ceñirse a lo establecido en el artículo 260º del Nuevo Código Procesal Penal.

ARRESTO CIUDADANO POR EL SERENAZGO

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RECOMENDACIONES AL RECOMENDACIONES AL CIUDADANOCIUDADANO

No debe ponerse en riesgo la vida ni la No debe ponerse en riesgo la vida ni la integridad física de los involucrados. debe integridad física de los involucrados. debe evaluar la pertinencia o no de su aplicación, evaluar la pertinencia o no de su aplicación, absteniéndose en aquellos casos en los cuales absteniéndose en aquellos casos en los cuales su integridad se encuentre en peligro.su integridad se encuentre en peligro.

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RECOMENDACIONES AL RECOMENDACIONES AL CIUDADANOCIUDADANO

La sola sospecha no es suficiente para realizar La sola sospecha no es suficiente para realizar el arresto ciudadano. En estos casos las el arresto ciudadano. En estos casos las personas deben limitarse a comunicar el hecho personas deben limitarse a comunicar el hecho a la autoridad.a la autoridad.

El ciudadano no debe, en ningún caso, encerrar El ciudadano no debe, en ningún caso, encerrar o mantener privado de su libertad al arrestado.o mantener privado de su libertad al arrestado.

No se debe agredir física ni psicológicamente al No se debe agredir física ni psicológicamente al arrestado. El uso de la fuerza sólo será posible arrestado. El uso de la fuerza sólo será posible en caso necesario para repeler la violencia.en caso necesario para repeler la violencia.

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VIGENCIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL EN EL PERU

El Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en la actualidad se encuentra en vigencia en las siguientes ciudades del Perú:

1) Huaura

2) La Libertad

3) Arequipa

4) Moquegua

5) Tacna

6) Lambayeque

7) Piura

8) Tumbes

En la ciudad de Lima se hace uso de NCPP para los casos de corrupción de funcionarios.

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Teléfonos

2259918-4753494

[email protected]

S E G U R I D A D S E G U R I D A D C I U D A D A N A C I U D A D A N A

COMPROMISO COMPROMISO DE DE

TODOSTODOS

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