ARGENTINA La primera experiencia nacional de...

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La primera experiencia nacional de monitoreo transversal de la Paridad de Género ARGENTINA En el año 2017 el Congreso de la Nación sancionó una ley de paridad de género en el ámbito legislativo. Como medida superadora de la ley de cupo femenino de 1991, la paridad no significaría un simple aumento en el porcentaje de mujeres que las agrupaciones políticas deben colocar en sus listas de candidatos/as, sino un cambio de paradigma. La paridad es, así, una herramienta fundamental en el camino hacia la consolidación de una democracia sustantiva, de una democracia paritaria. Pero, como ha demos- trado la historia del cupo femenino, la cabal y correcta implementación de este tipo de medidas no está exenta de dificultades y reticencias por parte de distintos actores. Ojo Paritario nació con el objetivo de monitorear y hacer cumplir la ley de paridad de género que tanto costó conseguir. La posibilidad de construir y consolidar un espacio de trabajo y cooperación multipartidaria y multisectorial comprometido con el monitoreo y promoción de la paridad en todos los ámbitos del Estado, ha sido en gran medida gracias al respaldo institucional ofrecido por la Fundación Friedrich Ebert. Ojo Paritario constituye una de las pocas acciones de mediano y largo plazo lleva- das a cabo de manera conjunta por una multiplicidad de fuerzas partidarias en nuestro país. Esto no es solo relevante para nuestro sistema político, no es solo una muestra de salud del mismo y de lo que la transversalidad de las luchas de género puede generar, sino también una buena práctica que puede servir de guía para otras latitudes. Este documento condensa el trabajo realizado por Ojo Paritario entre los meses de marzo y septiembre de 2019 y plantea la agenda a futuro. ANÁLISIS Nº 46 - 2019 Natalia Del Cogliano NOVIEMBRE 2019

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La primera experiencia nacional de monitoreo transversal de la Paridad de Género

ARGENTINA

En el año 2017 el Congreso de la Nación sancionó una ley de paridad de géneroen el ámbito legislativo. Como medida superadora de la ley de cupo femenino de1991, la paridad no significaría un simple aumento en el porcentaje de mujeres quelas agrupaciones políticas deben colocar en sus listas de candidatos/as, sino uncambio de paradigma.

La paridad es, así, una herramienta fundamental en el camino hacia la consolidaciónde una democracia sustantiva, de una democracia paritaria. Pero, como ha demos-trado la historia del cupo femenino, la cabal y correcta implementación de este tipode medidas no está exenta de dificultades y reticencias por parte de distintos actores.

Ojo Paritario nació con el objetivo de monitorear y hacer cumplir la ley de paridadde género que tanto costó conseguir. La posibilidad de construir y consolidar unespacio de trabajo y cooperación multipartidaria y multisectorial comprometidocon el monitoreo y promoción de la paridad en todos los ámbitos del Estado, hasido en gran medida gracias al respaldo institucional ofrecido por la FundaciónFriedrich Ebert.

Ojo Paritario constituye una de las pocas acciones de mediano y largo plazo lleva-das a cabo de manera conjunta por una multiplicidad de fuerzas partidarias ennuestro país. Esto no es solo relevante para nuestro sistema político, no es solo unamuestra de salud del mismo y de lo que la transversalidad de las luchas de géneropuede generar, sino también una buena práctica que puede servir de guía para otraslatitudes.

Este documento condensa el trabajo realizado por Ojo Paritario entre los mesesde marzo y septiembre de 2019 y plantea la agenda a futuro.

A N Á L I S I SNº 46 - 2019

Natalia Del Cogliano

NOVIEMBRE 2019

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Índice

1. ¿Cómo llegamos a la Paridad Legislativa? Los retos de un nuevo comienzo 5

2. ¿Qué es Ojo Paritario y por qué es necesario? 6

3. ¿Quiénes hacemos Ojo Paritario? 7

4. ¿Qué hemos hecho? 8

5. A modo de balance 15

6. Pasos a seguir 16

ANEXO 19

a. Caso Hers

b. Instrucción del procurador general de la nación

c. Carta compromiso con la paridad

Bibliografía 25

LA PRIMERA EXPERIENCIA NACIONAL DE MONITOREO TRANSVERSAL DE LA PARIDAD DE GÉNERO │

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1. ¿Cómo llegamos a la Paridad Legislativa? Los retos de un nuevo comienzo

En 1991 Argentina adoptó la primera ley decupo femenino legislativo del mundo. Estamedida permitió ampliar la participación de lasmujeres en el Congreso Nacional de un modoimpensado hasta ese momento. Así, un lugarhistóricamente reservado para los varones de lapolítica debió dar paso a la incorporación deDiputadas y Senadoras.

La incorporación de las mujeres en el poder le-gislativo tiene, sin embargo, una historia más ex-tensa. Después de años de lucha del movimientode sufragistas, en 1947 se sancionó la ley de de-rechos políticos de la mujer, la cual otorgaba elderecho al voto. Poco después, 23 diputadas y 6senadoras nacionales resultarían electas, comoconsecuencia del tercio reservado en las listas delpartido Peronista para candidatas de la rama fe-menina del mismo. El sistema de los tercios per-mitió que el primer grupo de mujeres accedieraal Congreso de la Nación. Las incorporación demujeres en el Congreso Nacional entre 1951 y1955 fue tan excepcional, que no volvieron a al-canzarse esos niveles de representación feme-nina sino hasta 1999, cuando la Ley de Cupospermitió que el número de diputadas electasfuera mayor al de 1955 (Barry, 2011).

En 1991 la Ley 24.012 estableció un piso mínimode representación de mujeres en las listaspartidarias para los cargos legislativos nacionales.Las mismas debían estar compuestas de, almenos, un 30% de mujeres. Sin embargo, laaplicación del cupo femenino en el Senado seretrasó hasta 2001, año en que la eleccióncomenzó a ser directa. La norma logróperfeccionarse a través de sucesivasreglamentaciones que resultaron clave paraevitar los incumplimientos partidarios yasegurar la postulación de mujeres en lugares

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con posibilidades de resultar electas. La abogaday dirigente radical María Teresa Merciadi deMorini llegó hasta la Corte Interamericana deDerechos Humanos, la cual falló a su favor,instando al estado argentino a cumplir la ley. Enesta línea, el Ejecutivo Nacional emitió elDecreto 1246/00, el cual incluso implicó laaplicación de facto de la paridad (50% demujeres) en la composición de las listas decandidatos para el Senado de la Nación. Lareforma constitucional de 1994 había aumentadoel número de senadores por distrito a tres (dospor la mayoría y uno por la minoría), de forma talque al presentarse dos candidatos por lista, seobligó a que los mismos fueran de distinto sexo.

Sin embargo, el proceso de implementación delcupo no estuvo exento de obstáculos (Lázzaro,2004). Si se trató de una experiencia notable-mente exitosa esto fue gracias a la lucha trans-versal protagonizada por mujeres de distintospartidos políticos en defensa de la ley. La clavede dicho éxito radicó en el desarrollo de accio-nes de impugnación promovidas por las muje-res que protagonizaron los primero años deimplementación del cupo, ante la evidencia deincumplimiento de la norma. Ello permitió irganando una a una las batallas, en la medida enque se desarrollaba una línea jurisprudencialfavorable al cupo.

El cupo significó un gran avance para larepresentación femenina en el ámbitolegislativo. Desde su entrada en vigor la ley decupo permitió un aumento sostenido de laparticipación de las mujeres en el poderlegislativo nacional, lográndose incluso superarel 30% de mujeres en ambas cámaras delCongreso. Esto fue posible gracias al diseñorobusto de la norma y a un sistema electoral conelementos favorables para su aplicación, comola proporcionalidad en diputados y la listaincompleta en el Senado, y el tipo de listascerradas y bloqueadas.

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En 1987 en el Congreso de la Nación solohabía un 4% de diputadas mujeres. Con lasanción de la Ley de Cupo, en 1997 ese númeroascendió a un 27%, pero a partir de 2003 seestancó entre un 30 y un 40%, convirtiéndoseen un techo de cristal para la representaciónfemenina en el poder legislativo. Las razones:el cumplimiento minimalista de la ley por partede los partidos -dado que la misma establecíaun piso y no un techo para la cantidad demujeres que podían incluirse en una lista decandidatos-, y las restricciones mecánicasimpuestas por magnitudes efectivas impares ypredominantemente pequeñas (renovación de2 o 3 diputados respectivamente) que suelenimplicar la elección de uno o dos diputados porfuerza. Tales restricciones han magnificado suefecto negativo sobre la representaciónfemenina al interactuar con el “efecto cabezade lista” en magnitudes impares: si, como suelesuceder, la cabeza la ocupan varones, estosresultan sobrerrepresentados en los resultados,en contextos de competencia bajo magnitudespequeñas (Del Cogliano, 2017).

Por eso fue necesario dictar la Ley de Paridad, lacual significó no un simple aumento en elporcentaje de mujeres que las agrupacionespolíticas debían colocar en sus listas decandidatos/as, sino un cambio de paradigma. Elrequisito de un 50% de mujeres en las listasimplica legislar para la igualdad en larepresentación. Mientras la ley de cupo se regíabajo el principio de ‘acción positiva’, es decir,buscando generar mejores condiciones frente auna situación de desigualdad, la paridad sostieneun ‘criterio de representatividad del cuerpoelectoral’ y aspira a la igualdad en larepresentación. La paridad es, así, unaherramienta fundamental en el camino hacia laconsolidación de una democracia sustantiva, deuna democracia paritaria.

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2. ¿Qué es Ojo Paritario y por qué es necesario?

Luego de la sanción de la Ley Sáenz Peña en elaño 1912, -la cual estableció el derecho al votosecreto y obligatorio para los ciudadanosvarones- las mujeres argentinas debimos luchardurante 35 años para que se nos reconocieracomo ciudadanas políticas con el principal y másbásico derecho al voto. Luego, 44 años para laLey de Cupo femenino (1991). Y después, otros26 años más para que se dictara la Ley de Paridadde Género en el ámbito legislativo (2017).

La paridad es una excelente noticia, y un granlogro fruto de la lucha conjunta y transversal dediputadas y senadoras respaldadas por unmovimiento de mujeres activo. Sin embargo, suconquista no significa un punto de llegada sinoun nuevo comienzo, donde los retos paraavanzar hacia la conquista de la paridad entodos los poderes del Estado y en la sociedad,que nos permitan construir una verdaderademocracia paritaria, son muchos.

En nuestro país, como en muchas otras partesdel mundo, la existencia de una norma no re-sulta en su automático, inmediato y generalizadocumplimiento. Requiere, para ello, que quienesdeben cumplirla sepan que existen agentes en-cargados de hacerla cumplir. Debe haber lo queen inglés muy claramente expresa el término“law enforcement”, y que en español puede tra-ducirse como vigilancia del cumpli miento de laley. En el caso de las leyes de discriminación po-sitiva como el cupo o la paridad de género enámbitos legislativos, la experiencia ha demos-trado que los múltiples actores -mayoritaria-mente masculinos- vinculados con suimplementación (agrupaciones políticas y poderjudicial), suelen poner trabas a su correcto cum-plimiento, o hallar vías interpretativas para limi-tar los alcances de la ley.

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Ante esta evidencia y antecedentes es que naceOjo Paritario. Un colectivo de mujeres multi-partidario y multisectorial organizado en tornoal objetivo de monitorear la primera implemen-tación de la ley de paridad de género nacional(Ley 27.412, Decreto 171/2019) y de velar porsu cumplimiento llevando adelante accionesconcretas a nivel político y judicial para hacerlacumplir a lo largo y ancho de país.

Así, Ojo Paritario se constituye en un agentepara el cumplimiento eficaz de la ley. Como tal,se trata de una de las pocas acciones de medianoy largo plazo llevadas a cabo de manera con-junta por más de un partido político en nuestropaís. Esto no es solo relevante para nuestro sis-tema político, no es solo una muestra de saluddel mismo y de lo que la transversalidad de lasluchas de género puede generar, sino tambiénuna buena práctica que puede servir de guíapara el resto del continente y del mundo.

La experiencia con la ley de cupo femenino,desde su sanción en 1991, demuestra que los re-tos que la ley de paridad deberá enfrentar a par-tir de su implementación inicial no son pocos, yque hace falta que las mujeres de todo el arcopolítico puedan confluir en el objetivo de hacercumplir la paridad.

Toda reforma de las reglas de juego electoralimplica redistribución de poder, y, por lo tanto,resistencias. Conscientes que la incorporaciónigualitaria de mujeres en las listas de candidatosen los hechos suele ser resistido por una culturatodavía predominantemente masculina, Ojo Pa-ritario se conformó con los siguientes objetivos:

1. Monitorear y realizar un seguimiento siste-mático de la aplicación y cumplimiento de laley de paridad de género en elecciones pri-marias generales e internas de las fuerzaspartidarias, según manda la ley de paridad na-cional.

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2. Informar a la ciudadanía sobre la normativaparitaria vigente y el estado de cumplimientode la misma en cada instancia de los proce-sos electorales.

3. Garantizar y defender el cumplimiento de lasleyes de paridad nacional y provinciales, y loslugares ganados por las mujeres en los espa-cios de decisión.

4. Impulsar leyes de paridad de género en lasprovincias que aún no han legislado en esesentido, y en otros ámbitos de relevanciapara alcanzar una democracia paritaria: po-der judicial, poder ejecutivo y organiza-cio-nes sindicales.

5. Avanzar hacia la construcción de una demo-cracia paritaria

3. ¿Quiénes hacemos Ojo Paritario?

Con la convicción de que la participación y elacceso real de mujeres a los espacios de deci-sión política mejora la calidad democrática,consti-tuimos este espacio plural e interdiscipli-nario con el objetivo de trabajar activamente porla consolidación de una democracia paritaria,conscientes de que la sola existencia de normasno significa que estas serán automáticamentecumplidas y que, sobre todo, la representaciónreal no será inmediatamente paritaria.

Confluimos en Ojo Paritario dirigentes de todoel espectro político-partidario, funcionarias, le-gisladoras nacionales y subnacionales (con man-dato cumplido y en funciones), representantesde diversas ONGs, de la academia y las univer-sidades, y de organizaciones de juezas y fiscales:

• Fundación Friedrich Ebert (FES), • ONU Mujeres• LATFEM-Periodismo Feminista, • Equipo Latinoamericano de Justicia y

Género (ELA)• Centro de Implementación de Políticas

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Públicas para la Equidad y el Crecimiento(CIPPEC)

• Instituto de la Democracia y Elecciones(IDEMOE),

• Profesoras, docentes e investigadoras de laUniversidad Nacional de San Martín(UNSAM), de la Universidad de BuenosAires (UBA), y de la Universidad TorcuatoDi Tella (UTDT),

• Escuela de Derecho Universidad TorcuatoDi Tella (UTDT)

• CEDEM (Centro de la Mujer)• Dirigentes del Peronismo (Frente Renova-

dor, Partido Justicialista, Frente de Todos),de la Unión Cívica Radical, del Socialismo(PS), del partido PRO y de Juntos por elCambio;

• Asociación de Mujeres Jueces de Argentina(AMJA),

• Red de Parlamentarias Mentoras, • Observatorio Electoral de la Conferencia

Permanente de Partidos Politicos deAmerica Latina (COPPAL),

• Red Federal Partido GEN, • Centro de Estudios Legales y Sociales

(CELS), • Géneros Nuevo Encuentro, • Proyecto GENERAR, • Fundación de Nuevos Derechos

FUNDECO, • Nueva Ciudadanía• Círculo de Legisladores/as, • Observatorio Julieta Lanteri, • Observatorio de Reforma Electoral GCBA• Defensoría del Pueblo de la Provincia de

Buenos Aires.• Asociación Latinoamericana de Consultores

Politicos (Alacop)

Lo pluralidad resultante permitió dotar a las ta-reas y los debates en el seno del colectivo, deuna impronta interdisciplinar y pluralista, dondeademás confluyeron diversas ideologías, pers-pectivas y visiones sobre la temática.

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4. ¿Qué hemos hecho?

En el proceso de consolidación e institucio-na-lización de Ojo Paritario resultó fundamental elapoyo de una organización de la sociedad civilcomo la Fundación Friedrich Ebert, la cualpuso a disposición el espacio físico para las reu-niones del equipo, convocó a las distintas parti-cipantes del proceso, y definió las metasmínimas de trabajo con que el colectivo debíacomprometerse desde el inicio, cuando Ojo Pa-ritario era un grupo pequeño de mujeres detrásde una idea.

El sostenimiento de reuniones mensuales en elmarco de la Fundación Ebert entre marzo yseptiembre, permitió que se avanzara en los ob-jetivos propuestos de manera firme y que, almismo tiempo, el colectivo se ampliara signifi-cativamente e iniciara una etapa de diseño deuna página web. En segundo lugar, el apoyo deONU Mujeres entre agosto y diciembre permi-tió concretar el armado e integración de conte-nidos de la página web, como así también elsostenimiento de las campañas de sensibiliza-ción y visibilización que se desarrollan en redes.

Por otro lado, la apertura de distintas vías de in-cidencia directa y negociación con actores fun-damentales en el proceso de implementación dela paridad, fue un aspecto central del trabajo re-alizado. Asimismo, las campañas comunicacio-nales y de incidencia en redes llevadas a cabopermitieron que Ojo Paritario se posicionara enel debate público como referente indiscutido entemas de paridad. Incluso, se consiguió que lasola referencia a Ojo Paritario fuera consideradauna razón suficiente para dejar de lado conoci-dos intentos de afectar espacios de representa-ción en manos de mujeres.

Ello por cuanto allí donde esta organizaciónsupo del avasallamiento de derechos derepresentación adquiridos por mujeres, tomó

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cartas en el asunto impulsando accionespolíticas y judiciales de forma contundente. Porotro lado, gracias a las campañas en redesmuchas de las integrantes de la red fuimosconvocadas y consultadas por los medios decomunicación, lo cual permitió visualizar aúnmás el trabajo de Ojo paritario y la importanciade la paridad para la democracia.

Seguimiento de los procesos electora-les subnacionales y nacional

Una de las tareas centrales de Ojo Paritario con-siste en el monitoreo de las elecciones que sellevan a cabo en todos los niveles de gobierno.El objetivo de dicha tarea es el de analizar elcumplimiento de las correspondientes leyes deparidad de género por todas las fuerzas partida-rias intervinientes en la elección, el impacto delos sistemas electorales en el objetivo de la pa-ridad en la representación, y relevar el efecto ca-beza de lista en cada caso. Resulta importantedestacar que para ello Ojo Paritario se nutre delas acciones y trabajos de quienes lo integran y,de esta manera, no produce datos propios.Existe un acuerdo entre sus miembros paracompartir su producción a fin de cumplir conlos objetivos propuestos.

El proceso electoral nacional y subnacional de2019 estuvo marcado por la novedad que signi-ficó la inauguración de leyes de paridad en el or-den nacional y en nueve nuevas provincias, lascuales sancionaron leyes de paridad entre 2018y 2019 (Chubut, Neuquén, Catamarca, SantaCruz, Mendoza, Misiones, Formosa, CABA yChaco). Las mismas se sumaron, de esta ma-nera, a las pioneras Santiago del Estero, Cór-doba, y Río Negro (2001-2002) y a lasprovincias que adoptaron la paridad durante2016 (Buenos Aires, Salta y Chubut). Así, desdeOjo Paritario se realizó el correspondiente aná-lisis en cada una de ellas, en la medida en que el

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cronograma electoral federal se iba desarro-llando. Se analizó fundamentalmente:

a. el encabezamiento femenino de listas,

b. el sistema electoral vigente, a fin de identifi-car dificultades para el cumplimiento de laparidad o el cupo en los organismos legisla-tivos,

c. se relevó la cantidad de mujeres que ingresa-ron a cada legislatura

d. donde hubo PASO se hizo un seguimiento alcumplimiento de la paridad en las listas defi-nitivas, atentas a los antecedentes de la Pro-vincia de Buenos Aires en la materia a partirde la resolución 114 de 2017.

Se han registrado efectos considerablementepositivos de las leyes de paridad en términos deuna ampliación de la representación descriptivaen la mayoría de los distritos mencionados y anivel nacional, e identificado a las mujeres queingresaron a las respectivas legislaturas. Por talmotivo, la tarea de Ojo Paritario a partir de suasunción y, sobre todo, durante 2020, será la demonitorear su permanencia (ante los antece-dentes de renuncias de legisladoras para la asun-ción de varones) y analizar el perfil en la laborlegislativa de cada una de ellas, a fin de podertrazar un perfil de la representación sustantivahacia la que avanzamos con la paridad.

La paridad en el Congreso Nacional es, sinduda, un cambio significativo, pero todavía seobserva que la mayoría de las candidaturas fe-meninas son producto de negociaciones entrevarones, donde las mujeres continúan siendonormalmente excluidas, aun en los partidos yalianzas más proclives a la participación feme-nina. Aun así, y considerando esas limitaciones,a partir de la próxima elección bajo la ley de pa-

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ridad en 2021, las legisladoras tendrán la pode-rosa llave del quorum y, aunque sea solo por unacuestión numérica, el acceso a muchas presi-dencias de comisiones.

El análisis de cumplimiento de la paridad en laslistas partidarias de cada distrito y el impacto dela misma en términos de representación efectivaen los distintos órganos legislativos, permitenconfirmar los efectos nocivos de sistemas elec-torales con un fuerte componente mayoritariosobre los objetivos de la ley de paridad. Ejem-plos muy claros de los límites que los sistemaselectorales pueden significar para la paridad efec-tiva, son los casos de la provincia de Córdoba yde Salta, por mencionar solo algunos.

Trabajo de lobby e incidencia en actores clave

Conscientes de que la paridad debe ser una po-lítica de Estado y, como tal, contar con el apoyoy respaldo de los actores clave para su correctaimplementación y su contralor, se llevaron acabo acciones tendientes a conseguir el com-promiso con la paridad de dichos actores. Conese objetivo, integrantes de Ojo Paritario:

• Se reunieron con integrantes de la Corte Su-prema de Justicia de la Nación, consiguiendosu apoyo y el compromiso de velar por la leyde paridad.

• Se reunieron con el Secretario de DerechosHumanos de la Provincia de Buenos Airesconsiguiendo su apoyo y el compromiso develar por el cumplimiento y la correcta im-plementación de la ley de paridad. Incluso,se consiguió que el Señor Secretario publi-que una nota de opinión en el diario Clarín1

respaldando y expresando su compromisocon la paridad.

• Se reunieron con el Procurador General de la

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Nación interino, logrando que el mismo emi-tiera una instrucción para que todas las fis-calías con competencia electoral tomen losrecaudos necesarios para dar cumplimiento ala ley 27.412 de paridad de género en el ám-bito legislativo.

• En esa resolución, dictada el 29 de marzo de2019, el Procurador Eduardo Casal dispuso“instruir, por intermedio de los señores fiscales decámara, a los señores fiscales del interior y de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, con compe-tencia electoral, a fin de que adopten todos los re-caudos necesarios para dar estricto cumplimiento alo previsto en la ley n° 27.412 y su decreto regla-mentario” (ver documento en Anexo).Ello implica la actuación, aún de oficio, delos fiscales con competencia electoral.

• Se trabajó con la Secretaría de Asuntos Polí-ticos del Ministerio del Interior de la Nación,para contribuir con el proceso de redaccióndel decreto reglamentario de la ley 27.412. Lamirada atenta y el diálogo permanente conla oficina encargada de redactar el referidodecreto permitieron que el mismo incorporeaspectos vitales para la solidez y seguridadde la ley de paridad nacional.

• Se promovió la reglamentación de la paridaden la Provincia de Buenos Aires. Atentas a laexperiencia de la paridad en la provincia deBuenos Aires con su debut en 2017, cuandola Junta Electoral Provincial emitió la reso-lución 114 limitando el alcance y coartandogravemente el espíritu de una ley por mediode una simple decisión judicial. Para tal fin,se articuló con la oficina de gobierno encar-gada de reglamentar la norma, siguiendo sudiseño para asegurar que serviría como ins-trumento para dejar atrás la resolución 114.

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1 https://www.clarin.com/opinion/cambio-historico-igualdad_0_BLSyObM7_.html

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• Se consiguió que pre candidatos/as y figuraspolíticas de relevancia de todo el arco polí-tico hicieran pública la firma de una cartacompromiso con el cumplimiento de la leyde paridad.(ver documento en Anexo)

• Se promovió la activa participación en lasreuniones de Ojo Paritario de la Asociaciónde Mujeres Jueces (AMJA), lo cual favorecióuna campaña de difusión de alcance nacio-nal entre sus asociadas para apoyar el obje-tivo de la paridad en la política y la justicia.

Presencia provincial y acción políticao judicial ante casos concretos

Para la consolidación de Ojo Paritario como ac-tor fundamental en la defensa de la paridad yprotector de los espacios de representación ocu-pados ya por mujeres, resultó central el trabajode seguimiento y las medidas de actuación po-lítica y judicial impulsadas ante casos de públicoconocimiento o ante las denuncias recibidas.

• El caso más resonante en el que Ojo Parita-rio tomó cartas en el asunto fue el CasoHers-Garayalde. Se trató del único caso na-cional y en el cual se consiguieron los mejo-res resultados, y con el cual se generó elmayor impacto público y político. Ante la renuncia de Anabela Hers (DiputadaNacional por la Alianza Cambiemos, en elcargo desde 2015), la Cámara y su agrupa-ción habían decidido que en su lugar asu-miera un varón (Garayalde), quien la seguíaen la lista de candidatos por la que había in-gresado cuatro años atrás. Ante este escena-rio, contrario a los principios rectores de laparidad subsumidos en su decreto regla-mentario de marzo de 2019, tres dirigentese integrantes fundadoras de Ojo Paritario:Malena Galmarini, Marcela Durrieu y Mi-caela Ferraro, presentaron un amparo paraque la Cámara Diputados no le tome jura-

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mento a Garayalde sino a la mujer que la si-gue en el orden de la lista, en base a lo esta-blecido por la vigente ley de paridadnacional. Antecedido por la opinión favora-ble a lo planteado por las accionantes porparte del fiscal con competencia electoralJorge Di Lello, la jueza Servini de Cubría fa-lló en la misma línea, adoptando para el casolo dispuesto por la ley de paridad y su de-creto reglamentario en términos de reem-plazos. Se trata de un precedente judicial degran relevancia que marca el camino sobreel modo en que deben interpretarse los casosde reemplazos de quienes asumieron sucargo antes de que la ley de paridad estuvieravigente (más detalles en anexo).

• En la provincia de Tucumán se llevaron acabo una serie de acciones políticas que con-dujeron, entre otras cosas, a la conformaciónde Ojo Paritario sede Tucumán. Integrantesde esta organización viajaron a la provincia,donde fueron recibidas por miembros de laCorte Suprema de la provincia, y del Tribu-nal Electoral. De dichas fructíferas reunio-nes resultó, entre otras cosas, la posibilidadde crear una instancia de asesoramiento altribunal electoral para encarar procesos decambio ante la ausencia de una ley de pari-dad. Se realizó asimismo un evento deprensa, y una reunión multipartidaria de ca-maradería diciendo que “estamos mirando,que estamos atentas y organizadas para im-pugnar violaciones al cupo provincial, y plan-teando la necesidad de que se sancione unaley de paridad provincial”. Tiempo más tarde el gobernador de la pro-vincia nombró a la segunda mujer vocal en laCorte Suprema de Justicia de Tucumán.

• Ojo Paritario ha estado presente también enSantiago del Estero, donde realizó una inter-vención política y judicial ante la llamada deatención de dirigentes de distintos partidos

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de la ciudad de Santiago Capital por la inten-ción de que ante la renuncia de la concejalaelecta (Tuma), asumiera un varón (Orellana),el cual la seguía en la lista conformada pari-tariamente, de acuerdo con la normativa deparidad provincial vigente desde el año 2000.Desde Ojo Paritario se presentó un amparoante el Tribunal Electoral y se hizo una pre-sentación política ante el HCD para que enel caso prevalecieran las previsiones de laconstitución provincial y de ley de paridadnacional, las cuales establecen la alternanciay suplencias, una mujer debe ser reemplazadapor otra mujer, en la línea interpretativa conque a posteriori se resolvería el caso Hers-Garayalde a nivel nacional. Si bien no se consiguió revertir la situación,la convocatoria de mujeres de la provincia aque Ojo Paritario tomara cartas en el asunto,llevó al desarrollo de un proceso multiparti-dario que permitió extender la red de OjoParitario en la provincia y generar una red deabogados y abogadas con capacidad para ac-cionar ante situaciones semejantes.

• En Córdoba se procedió a la presentaciónante el Tribunal Electoral Provincial paraque a futuro mujeres sean incorporadas alsimulador de Boleta Única, dado que en laspruebas de 2019 no figuraba ninguna. Setrató de un llamado de atención para unaprovincia con Ley de paridad vigente desdeel año 2001.

• Se tomó conocimiento sobre la activación delas mujeres santafecinas ante el desconoci-miento por parte del estado provincial de lavalidez de las numerosas ordenanzas munici-pales que establecieron la paridad legislativaen sus Concejos Deliberantes. Ante este es-cenario, se analizó la posibilidad de hacer unapresentación judicial para que se reconozcala validez de estas. Dada la complejidad deltema -pues las ordenanzas son consideradas

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inválidas en tanto la constitución provincialno reconoce la autonomía municipal, a con-tramano de lo establecido por la ConstituciónNacional-, se optó por dejar el tema para elaño 2020, año no electoral.

• Se ha dado seguimiento a todas las denun-cias de avasallamiento de derechos de repre-sentación de mujeres que han llegado a OjoParitario. Entre ellos, los casos en los Con-cejos Deliberantes de Puerto Madryn y enAlberti, provincia de Buenos Aires. En el pri-mer caso, el sexto candidato de una lista quehabía obtenido 5 bancas en el Concejo De-liberante de la ciudad de Madryn, hizo unapresentación ante el tribunal electoral muni-cipal para que por el hecho de que el HCDquedaba así formado por una mujer más queun varón, se saltee a su compañera y élasuma el cargo. La movilización de las com-pañeras de Madryn y el contacto con Ojo Pa-ritario llevaron a que esta persona declinarasu presentación ante el tribunal.

• Llegó a Ojo Paritario la solicitud de apoyo ados proyectos de incorporación de la pari-dad en los órganos de gobierno de las Uni-versidad Nacional de Cuyo (UnCuyo) y deLa Rioja (UnLaR). Ante el análisis de sendosproyectos, Ojo Paritario envió una nota derespaldo y adhesión a la Asamblea Universi-taria de UNCuyo y al Consejo Superior de laUNLaR, que fueron difundidas y leídas enlos plenarios durante el debate de los pro-yectos. En el mes de agosto, sumaron algrupo de Universidades que ya cuentan conparidad en sus normativas. Como dato adi-cional, estas casas de estudio avanzaron enincorporar la paridad en los cargos ejecuti-vos y no solo en los cargos colegiados. Ojo paritario se ha comprometido a impul-sar y apoyar acciones en universidades para laconcreción de la paridad en los respectivosespacios de decisión.

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• Dado que en años de elecciones presiden-ciales la ley establece la obligatoriedad de dosdebates presidenciales a realizarse durante elmes de octubre, y que son una oportunidadúnica para conocer e informarse sobre losprogramas y líneas de acción que tendránlos/las candidatos/as, Ojo Paritario presentóante la Cámara Nacional Electoral una notasolicitando la incorporación en los mismosde un conjunto de temas con poca presen-cia en los discursos de campaña de los prin-cipales candidatos a la presidencia. Los ejesplanteados fueron: a) avanzar hacia la pari-dad en el Poder Judicial y en el Poder Ejecu-tivo, b) igualdad salarial, políticas de cuidadoy corresponsabilidad; y feminización de lapobreza; y, c) salud sexual y reproductiva yprevención, y eliminación de todas las for-mas de violencia contra las mujeres (particu-larmente los femicidios).

Campañas en redes sociales y medios,y acciones para la incidencia

• En términos comunicacionales, uno de losprimeros pasos fue crear las vías de comuni-cación y publicidad de las acciones de OjoParitario. Se creó la página de #OjoParitarioen Facebook y un usuario en Twitter (@Pa-ritarioOjo). Ambas vías de comunicación re-sultaron exitosas, con una predominancia deTwitter, por su llegada más amplia y su par-ticular formato, que permitió la réplica de losasuntos publicados mucho más allá de susdestinatarios originales, producto del efectomultiplicador de su retuiteo. A través de lacontinua presencia en twitter y de la utiliza-ción de #hashtags sobre temas de particularrelevancia, se adquirió gran notoriedad y co-nocimiento público, gran repercusión, lo-grándose instalar el tema de la paridadpolítica desde los primeros meses del año, asícomo los distintos ejes de las campañas im-pulsadas por este medio.

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El armado de la estructura comunicacionalen redes y la producción consensuada de loscontenidos a publicar por ambas vías estuvoa cargo de LATFEM, quienes además ela-boraron una estrategia comunicacional. Poreso, la comunicación tuvo un sentido pre-ciso, los tiempos fueron los correctos, y losmensajes resultaron efectivos.

• Ambas redes sociales se convirtieron en víasde comunicación con el colectivo, dado quedesde allí personas de todo el país pudieroncontactarnos y solicitar nuestra intervenciónante la violación del derecho de alguna mu-jer candidata o representante.

• Asimismo, la presencia contínua en las redesllevó a Ojo Paritario a convertirse en refe-rencia obligada en el tema. Sus principalesreferentes fueron consultadas o invitadas pormedios gráficos, radios, o incluso TV, a raízde las campañas iniciadas en las redes y de lanovedad que significó la existencia de un co-lectivo multipartidario conformado para im-pulsar y hacer cumplir los principios de unademocracia paritaria.

• Una de las principales campañas en redes fuela campaña #CompromisoConLaParidad, enla cual se consiguió que líderes políticos detodo el arco político hicieran pública la firmade tres compromisos con la paridad. Comoresultado de esta primera campaña, Ojo pa-ritario tomó fuerza como nunca.

• Luego, en el marco del cierre de listas de caraa las elecciones PASO nacionales de agosto,se lanzó una campaña en Twitter que llegó aser tendencia (trending topic) y que se llamó#FeministasEnLasListas, solicitando la in-corporación de mujeres feministas en las lis-tas de precandidatos/as. Esta campaña fuemuy resonante y partió de la preocupaciónpor que las mujeres que debían entrar a las

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listas en cumplimiento de la ley de paridadde género sean mujeres comprometidas conla defensa de los derechos de las mujeres.

• Se lanzó, además, una campaña que adquirióconsiderable notoriedad pública, llamada#MachistasEnLasListas que buscó eviden-ciar y dar a conocer la existencia de precan-didatos y candidatos en todo nivel degobierno con prontuarios de ejercicio de laviolencia de género, de abusos, de violacio-nes, etc. Se buscó comunicar que indepen-dientemente de los procesos judiciales, lascondenas cumplidas, etc., el sistema políticodebe considerar indeseables y no represen-tativos de la ciudadanía a candidatos con an-tecedentes de violencia hacia la mujer.

• En redes se lanzaron dos comunicados pre ypost PASO. El primero advirtiendo sobre losretos que la instancia impone al cumpli-miento de la paridad y un segundo advir-tiendo a las autoridades partidarias yjudiciales no caer en interpretaciones nor-mativas que lleven a situaciones como la vi-vida en la Provincia de Buenos Aires en 2017con la resolución 114.

• Por último, desde AMJA se lanzó una cam-paña en Twitter bajo el lema “Mujeres en lospuestos de decisión es Más Justicia para laGente” visibilizando a muchas mujeres ma-gistradas y funcionarias judiciales, y para ge-nerar consciencia sobre la falta de mujeresen los más altos cargos del sistema de justi-cia y de su relevancia para el buen funciona-miento del sistema judicial.

Desarrollo institucional

• Entre marzo y septiembre de 2019 Ojo Pa-ritario ha mantenido reuniones permanen-tes, abiertas y plurales, una vez al mes, consede en la Fundación Friedrich Ebert. Esta

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continuidad permitió llevar a cabo diversosproyectos, ampliar la red, e institucionalizaralgo que originalmente era solo un proyecto.Las reuniones funcionaron como articula-doras de distintos sectores, como centro deoperaciones que fue definiendo los pasos aseguir, y como un espacio de conjunción deideas y definición de consensos.

• Las reuniones fueron también el espaciopara la decisión de que Ojo Paritario se con-virtiera en un proyecto de mediano y largoplazo, motorizado por la promoción de laparidad en espacios distintos y complemen-tarios a los de la representación legislativa.Para ello, se creó una herramienta funda-mental: la página web de Ojo Paritario. Cre-emos que su consolidación significa poner aesta organización como herramienta al ser-vicio de todos, como plataforma de articula-ción y comunicación, además de informativay promotora de temas y asuntos vinculadosa la paridad de género en diversos ámbitos.El desarrollo de la web significó asimismo laincorporación, en el mes de agosto, de unainstitución de gran relevancia: ONU Muje-res, la cual sostiene el armado de la páginaweb y la difusión de Ojo Paritaro en redes.El lanzamiento y presentación en sociedadde la página web de Ojo Paritario constituiráuna instancia de vital importancia para laconsolidación institucional y el posiciona-miento público del colectivo.

• La primera presentación en sociedad de OjoParitario se dio durante el Congreso Nacio-nal de Ciencia Política de la Sociedad Ar-gentina de Análisis Político, celebradodurante julio de 2019. Se aprovechó unevento académico para dar difusión ante laconfluencia de estudiantes, graduados y pro-fesores de todo el país y del extranjero.

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5. A modo de balance

Ojo Paritario ha demostrado ser una experien-cia sumamente fructífera. Los logros alcanza-dos y detallados en este documento, sinembargo, no constituyen los únicos elementosdestacables del colectivo. Ha logrado conjugar yadministrar con éxito, las tensiones resultantesde la coexistencia de distintas lógicas y concep-ciones: las de origen e historia militante y parti-daria, y las institucionales, y las de la sociedadcivil. La confluencia de puntos de vista, expe-riencias y tendencias políticas, dieron al trabajodel colectivo una riqueza y unas posibilidadesde influencia que de otro modo no hubiese te-nido. Asimismo, una tarea permanente del co-lectivo fue lograr que el trabajo de incidenciainstitucional, territorial y política se conjugaracon lo comunicacional, con lo digital. No fueuna tarea sencilla, pero poco a poco fue adqui-riendo un formato de complementación entreambas esferas, al que todas las actoras lograronajustarse, y a la que consiguieron contribuir di-námicamente.

Por otro lado, en Ojo Paritario encontraron unespacio para canalizar sus preocupaciones, inte-reses y desafíos, mujeres provenientes de espa-cios mucho más cerrados y masculinizadoscomo el poder judicial.

Creemos que la potencialidad y la capacidad deintervenir territorialmente de Ojo Paritario esenorme y, como tal, puede convertirse en unmodelo de buena práctica a nivel regional y la-tinoamericano. Al respecto, la articulación conreferentes y dirigentes de otras latitudes será unatarea central en los meses que siguen.

Entendemos que avanzar hacia una democraciaparitaria debe ser una política de Estado. En esesentido, ampliar los espacios de representacióny decisión política es la llave para lograr lastransformaciones necesarias que nos lleven ha-

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cia una democracia paritaria. Por eso, Ojo Pari-tario constituye una de las más importantes ac-ciones de mediano y largo plazo llevadas a cabode manera transversal por varios partidos polí-ticos en nuestro país. Esto no es solo relevantepara nuestro sistema político, no es solo unamuestra de salud de este y de lo que la trans-versalidad de las luchas de género puede gene-rar y ha generado a lo largo de nuestra historia.

Incluso, la existencia de un consorcio pluripar-tidario y multisectorial viene a ocupar un lugarvacante y fundamental para allanar el camino delos derechos de las mujeres. Como ha demos-trado la experiencia reciente con el tratamientodel proyecto de ley de Interrupción Voluntariadel Embarazo (aborto) en el Congreso de la Na-ción, las luchas de los movimientos y colectivosde mujeres en las calles ponen temas en agenday generan fuerte presión social y política, por loque cumplen un rol de vital importancia para elfuncionamiento del sistema democrático y en lalucha por los derechos de las mujeres.

Sin embargo, estos colectivos suelen ser inorgá-nicos y desconfiar del rol de la política, de formatal que resulta dificultoso trabajar articulada-mente con las actoras de ámbitos legislativos.Por eso, la experiencia muestra que la débil ar-ticulación y el desacople con las mujeres de lapolítica lleva a que la fuerza de los movimientosno se traduzca en logros asimilables a su poderde convocatoria en las calles. El desafío es dar eldebate sobre el patriarcado en espacios trans-versales partidarios y hacer sentir a las legisla-doras que la razón por la que están allí esrepresentar nuestros intereses.

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6. Pasos a seguir

El género es una categoría analítica y, por lotanto, no es una política sino una mirada sobrelas políticas, que debería ser utilizada para eva-luar todas las políticas. Por eso, a futuro OjoParitario se ha planteado ampliar los ámbitos deincidencia centralmente hacia el poder judicial,ejecutivo y hacia el ámbito sindical.

Sin dejar de monitorear y asumir el compromisopermanente con la paridad legislativa -aspectosobre el que profundizaremos la mirada- en-tendemos que avanzar hacia una democraciaverdaderamente paritaria requiere poder hacerfrente a los enormes desafíos que todavía estánpendientes en otros espacios y poderes del Es-tado. Es hacia allí donde el colectivo se ha pro-puesto avanzar.

En los meses siguientes Ojo Paritario tendrácomo tarea central profundizar la articulación eincidencia en el poder judicial. El sistema judi-cial es un poder fuertemente masculinizado haciasu vértice. Los cargos de mayor jerarquía estándominados por los varones y a las mujeres se leshace mucho más difícil acceder. Si bien el poderjudicial cuenta con una base mayoritaria de mu-jeres, el hecho de que en los concursos que per-miten los ascensos no se consideren y ponderenlas cargas familiares que recaen predominante-mente sobre las mujeres, o los períodos de ma-ternidad que suelen limitar, rallentar o postergarperíodos de formación de posgrado o especiali-zación o alejar por períodos a veces prolongadosdel ejercicio de la profesión, dificultan sus posi-bilidades de crecer en la estructura jerárquica.

Por ello y por la simple razón de que predominauna visión machista, en las ternas del procesode selección de jueces y juezas suele haber mu-jeres altamente capacitadas pero que raramenteresultan designadas, dándose prioridad a los co-legas varones. Esto implica un problema en tér-

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minos de equidad laboral y, al mismo tiempo,lleva a que el poder judicial continúe siendo unpoder donde la perspectiva de género brilla porsu ausencia. Este último es un problema centralporque la Justicia es la encargada de defenderlos derechos de los ciudadanos en su totalidad,en tanto iguales ante la ley, pero hoy garantizapobremente el cumplimiento del paquete de le-yes anti discriminatorias de las mujeres. Son losagentes del poder judicial, por ejemplo, quieneshan tradicionalmente optado por colocar trabasinterpretativas a la implementación de la ley decupo femenino a nivel nacional o a la paridaden la provincia de Buenos Aires, por citar unejemplo.

Por todo lo dicho, Ojo Paritario trabajará sobrelos siguientes objetivos:

• Establecer canales fluidos con organizacio-nes de abogadas y abogados que actúen a ni-vel provincial y que estén prestas y dispuestaspara asistir en casos de violación de la pari-dad. En muchos de esos casos se requiere in-tervención inmediata, a veces en cuestión dehoras, ante la justicia provincial, con trámitesque sólo son de conocimiento inmediato deabogados locales.

• Que se establezca por ley la paridad en la con-formación de la Corte Suprema de Justicia.

• Paridad en el Consejo de la Magistratura.

• Paridad en los procesos de conformación dejurados, en los de selección de candidatos yen la designación y cobertura de cargos va-cantes de jueces y magistrados.

• Que se modifiquen los mecanismos y conte-nidos a evaluar de las y los postulantes en losconcursos de jueces/zas y fiscales/as, deforma tal que se ponderen los aspectos pre-viamente referidos.

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• Que la perspectiva de género y la paridadsean un elemento esencial en el proceso deselección de jurados y de candidatos.

• Paridad en la Cámara Nacional Electoral,Juntas Electorales provinciales o equivalen-tes en el nivel subnacional.

• Impulsar acciones a favor del acceso de mu-jeres en los concursos de cuerpos colegiadosjudiciales con mayoría masculina y mujeresternadas.

En el ámbito sindical, los retos son muchos. Setrata de un ámbito que, si bien cuenta con unaley de cupo femenino que lo regula desde el año2002, esta ha sido débilmente implementada.Esto, por supuesto, se explica tanto por las re-sistencias internas en la mayoría de los sectoresgremiales como por la ausencia de un orga-nismo que haga cumplir la ley.

Los cambios tecnológicos y culturales amplia-ron el espectro de trabajo de las mujeres en ám-bitos antes reservados exclusivamente paravarones. Si bien esto es una excelente noticia, elacceso de mujeres a ámbitos laborales total-mente masculinos implica que deben ser repre-sentadas y defendidas por sindicatos usualmentedominado por varones.

Por supuesto, muchas tareas siguen estando res-tringidas para las mujeres y en el sostenimientode estas prohibiciones el rol de sindicatos cienpor ciento masculinos suele ser central. Una delas tradicionales excusas sobre la ausencia demujeres en las conducciones sindicales es quese trata de un sector con un claro predominio detrabajadores varones. Pero ¿qué sucede con di-chos sindicatos cuando su sector se abre al in-greso de mujeres trabajadoras? ¿Es primero elhuevo o la gallina? ¿En las convenciones se dis-cuten salarios y condiciones de trabajo, alguienduda de que las trabajadoras tienen reclamos

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propios que deberían ser escuchados? El trabajoy sus condiciones son esenciales para el desa-rrollo autónomo de las mujeres.

Por todo lo expuesto, los pasos a seguir implican:

• Profundizar el compromiso de Ojo Paritariocon el ámbito gremial, ahondando en la arti-culación con nuevas socias e interlocutorasde las diversas organizaciones sindicales.

• Promover el cumplimiento de la ley de cupoya vigente, y avanzar hacia la paridad en losórganos de dirección gremial. Hacer cumplirel cupo sindical en todos los sectores gre-miales y avanzar hacia la paridad en las con-ducciones sindicales, independientementedel género predominante de los trabajadoresde este, es un aspecto vital para el desarrollode una democracia más igualitaria, y para unavida en sociedad más justa. Asimismo, nosproponemos trabajar por conseguir que sereconozca la paridad entre los delegados yen las comisiones de discusión de las Con-venciones Colectivas.

Por otro lado, Ojo Paritario buscará avanzar conmedidas de acción afirmativa y paridad en elámbito del poder ejecutivo.

En este ámbito, los pasos a seguir son:

• Si se creara el Ministerio de la Mujer, Ojo Pa-ritario tendrá una tarea importante: articularcon este y trabajar para que no corra el riesgode ser una mera institución formal.

• En esta línea, se trabajará para la incorpora-ción de la paridad en el poder ejecutivo, conel objetivo de avanzar hacia un gabinete mi-nisterial paritario, inspirados por numerosasexperiencias nacionales que vienen avan-zando en este sentido. Este objetivo no des-conoce la necesidad de hacer extensiva la

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paridad hacia niveles de decisión ministerialinmediatamente inferiores (secretarías y sub-secretarías).

• Se articulará con secretarías de la mujer (y si-milares) de orden provincial, y se hará un tra-bajo de incidencia política transversal entodos los distritos, paulatinamente, para ins-talar el proyecto de paridad en los gabinetesa nivel subnacional.

La posibilidad de que todos los objetivos hastaaquí propuestos redunden en mayor y mejorparticipación de las mujeres en el debate públicoy en la toma de decisiones, así como en su je-rarquización social y política, requiere que di-chas luchas vayan acompañadas de un paquetede medidas genéricamente denominadas “polí-ticas de cuidado”.

Es sabido que la carga de cuidados familiares seacumula en las mujeres, lo cual afecta seria-mente sus posibilidades de crecimiento y desa-rrollo en el ámbito educativo o laboral. Estoconstituye un aspecto aún más problemático enel caso de las mujeres que crían a sus hijos so-las. En nuestro país son numerosas las mujeresque deben abandonar sus trabajos por la ma-ternidad, quedando así a expensas de sus pare-jas proveedora. La posibilidad de que lasmujeres puedan desarrollarse laboral y profe-sionalmente y, al mismo tiempo, ser madres, re-quiere de la existencia de un sistema integral depolíticas de cuidado. Un sistema de este tipo im-plica poder avanzar en terminar con la femini-

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zación de la pobreza. Es una regularidad mun-dial. Si bien tanto mujeres como hombres su-fren la pobreza, la discriminación de génerosignifica que las mujeres cuentan con menos re-cursos para hacerle frente. Las políticas de cui-dado no tienen relación directa únicamente conla pobreza, sino también con la violencia de gé-nero, y la igualdad salarial, entre otras.

Así, creemos en la necesidad de trabajar y abo-gar por una serie de medidas que sirvan para re-vertir las regularidades mencionadas y paracoadyuvar a que una mayor y mejor participa-ción de las mujeres en espacios de poder y de-cisión sea posible:

• Ampliación de licencias parentales y licenciapor cuidado a los varones.

• Ampliación de la red de jardines maternalespúblicos para niños y niñas desde los 45 díasde vida.

• Doble escolaridad en escuelas públicas.

• Turnos escolares compatibles con horariosde ingreso al trabajo o viceversa.

• Responsabilidad social empresaria con jardi-nes maternales en grandes empresas.

• Prestaciones de cuidadores gerontológicosdomiciliarios.

• Campañas de reparto equitativo de tareas.

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En diciembre de 2018 renunció a su banca dediputada nacional por la Ciudad Autónoma deBuenos Aires -Alianza Cambiemos- AnabellaRuth Hers Cabral. En abril de 2019 se hizo evi-dente que la Cámara de Diputados de la Na-ción pretendía reemplazarla por el suplenteJorge Mario Garayalde, ignorando así el dere-cho de la siguiente mujer en la lista, AlejandraAlcira Caballero. De hecho, estaba previsto to-mar juramento a Garayalde en la sesión del 5de abril de 2019.

Con la firma de tres integrantes de Ojo Parita-rio, Marcela Durrieu, Malena Galmarini y Mi-caela Ferraro, el espacio promovió acción deamparo ante la justicia federal con competenciaelectoral. Dijimos que se imponía que la dipu-tada renunciante fuera reemplazada por la can-didata mujer que seguía en orden en la listarespectiva. Reemplazar a Hers por un varón vul-neraría la normativa de cupo femenino (vigenteal tiempo de la elección) y de paridad de géne-ros (vigente al tiempo del reemplazo). Permitirreemplazos en tales condiciones importaría elabsurdo de cohonestar un mecanismo seguropara violar las limitaciones del cupo femenino(vigente en el momento de la elección) o de laparidad electoral (vigente en la actualidad), “po-

niendo” candidatas mujeres para hacerlas re-nunciar después de asumido el cargo. De talsuerte, las leyes nacionales 24.012 (vigente altiempo de la elección) y la ley 27.412 y su de-creto reglamentario 171/2019, se convertiríanen letra muerta.

Es que, ya sea que se aplicara la norma de cupofemenino existente al tiempo de celebrarse laelección en 2017 o que se aplicara la normativasobre paridad vigente en 2019, correspondíaque Hers fuera reemplazada por la candidata desu mismo sexo que figuraba en la lista comocandidata (art. 164 del Código Nacional Elec-toral). Si esto era cierto en tiempos de cupo fe-menino, tanto más cuando el Legisladornacional ha expresado su voluntad reciente (no-viembre de 2017) diciendo cómo deben hacerselos reemplazos.

Tan clara es esa voluntad actual que el art. 7 delDecreto 171/2019, reglamentario de la ley27.412, establece la forma del reemplazo “res-petando los requisitos de conformación parita-ria establecidos en el artículo 60 bis del CódigoElectoral Nacional aprobado por la Ley Nº19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus mo-dificatorias”.

ANEXO

A. El Caso Hers

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El mismo día, 4 de abril, la Jueza federal MaríaRomilda Servini decidió hacer lugar a la medidacautelar pedida por las amparistas y suspendió eljuramento como diputado del ciudadano JorgeMario Garayalde.

Dos meses después -el 5 de junio de 2019-,cumplidos los trámites de ley y con intervenciónde la Cámara de Diputados, de la Alianza Cam-biemos y del Fiscal Electoral, la Jueza dictó sen-tencia, que resultó consentida por todas laspartes. Así, Servini hizo lugar al amparo pro-movido y dispuso “hacer saber a la Honorable Cá-mara de Diputados de la Nación que en virtud de larenuncia de la diputada nacional Anabella Hers Ca-bral corresponde que dicho cargo vacante sea reempla-zado por la candidata mujer que le siga según el ordenestablecido en la lista de la Alianza Cambiemos co-rrespondiente a las elecciones celebradas el 25 de octu-bre de 2015”.

El avance fundamental que resultó de la sen-tencia dictada por la Jueza Servini fue establecerque la ley 27.412 de paridad electoral de génerosse aplica inmediatamente incluso a candidatoselectos con anterioridad a su sanción por elCongreso de la Nación el 22 de noviembre de2017 (publicada en Boletín Oficial del 15 de di-ciembre de 2017).

Destacamos, por su valor de precedente, algu-nos de los fundamentos de la jueza electoral:

• Conforme lo establecido en el artículo 5° delCódigo Civil y Comercial de la Nación: “Lasleyes rigen después del octavo día de su pu-blicación oficial, o desde el día que ellas de-terminen”. Y el art. 7, dispone: “A partir desu entrada en vigencia, las leyes se aplican alas consecuencias de las relaciones y situa-ciones jurídicas existentes”.- La ley 27.412sancionada el 22 de noviembre de 2017 noespecifica el comienzo de aplicación de susdisposiciones, de modo tal que, para el re-

emplazo de la diputada renunciante resultaaplicable de manera inmediata dicha norma-tiva. Habida cuenta que la renuncia de la Di-putada Nacional Hers Cabral se hizo efectivael 18 de diciembre de 2018, siendo que a esafecha ya se encontraba vigente la ley de pa-ridad de género N° 27.412 sancionada confecha 22 de noviembre de 2017 (PublicaciónBoletín Oficial del 15/12/17), la suscriptaconsidera que dicho lugar vacante debe serocupado por la candidata -mujer- que le si-gue de acuerdo al orden en que fue oficiali-zada la lista de la alianza “Cambiemos”correspondiente a las elecciones del año2015.- Ello así teniendo en cuenta que el he-cho -la renuncia- motivo de la cuestión endebate se produce durante la vigencia de lanueva normativa que dispone la sustituciónpor el candidato del mismo sexo que figureen la lista según el orden establecido.

• La Jueza entendió que la solución a quearribó no solo se ajusta al orden jurídico vi-gente sino que se condice con los principiosy garantías señaladas a los fines de lograr elequilibrio necesario entre hombres y muje-res respecto de la composición de la Cámarade representantes que no es otro que el finperseguido por los legisladores que procura-ron su sanción.

• Recordó también lo expresado en oportuni-dad de resolver un planteo donde se cues-tionaba la Ley 27.412: “...VII. Nosencontramos en el punto de preguntar ¿cuáles el fin perseguido por la norma? ¿Es éstesustancial y responde a un fuerte interés pú-blico? ¿Los medios utilizados para alcanzarloson proporcionales a ese fin?”.- Entiendoque después de décadas de aplicación delcupo femenino -tal como ha sucedido- hastala sanción de la Ley de Paridad de Género, elCongreso de la Nación, en cumplimiento delmandato que le da la Constitución Nacional

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y en uso de sus atribuciones privativas, eva-luó que las acciones positivas llevadas a cabohasta entonces ya no resultaban suficientesen la actualidad a los efectos de hacer efec-tiva esa igualdad real de oportunidades entrevarones y mujeres. En tal sentido, el fin per-seguido por la Ley de Paridad de Género eshacer efectivo el derecho de las mujeres a te-ner las mismas oportunidades reales que losvarones para conducir los destinos de la Na-ción, ello así a partir de su postulación y ac-ceso a los cargos legislativos – diputados,senadores y parlamentarios del Mercosur-por un lado, como así también mediante laparticipación efectiva en la estructura de po-der de decisión de los partidos políticos porotro, que son, además, los facilitadores deeste efectivo acceso a partir de su organiza-ción democrática y de su función primordial:la exclusiva postulación de candidatos a ocu-

par cargos públicos electivos...” (Resoluciónde fecha 21/5/2018 en causa N°12236/2017).

• No puede sino concluirse que entre dos so-luciones posibles, debe procurarse aquellaque garantice el adecuado equilibrio entremujeres y hombres en la composición delcuerpo legislativo. Disponer lo contrario im-plicaría en los hechos una disminución en elporcentaje de la representación de las muje-res en el Parlamento vulnerando el accionarprogresivo de la legislación cuya finalidad nofue otra que dar cumplimiento al mandatoconstitucional en pos de la igualdad real deoportunidades para el acceso a cargos elec-tivos, removiendo de esa forma los obstá-culos que permitan una mayor participaciónde la mujer en los ámbitos de las decisionespolíticas.

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B. Instrucción del Procurador General de la Nación

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│ LA PRIMERA EXPERIENCIA NACIONAL DE MONITOREO TRANSVERSAL DE LA PARIDAD DE GÉNERO

C. Carta compromiso con la paridad.

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LA PRIMERA EXPERIENCIA NACIONAL DE MONITOREO TRANSVERSAL DE LA PARIDAD DE GÉNERO │

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Bibliografía

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Maria Rigat-Pflaum │ PLANES DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DERECHOS EN ARGENTINA

Autora

Natalia Del Cogliano. Doctora en Ciencia Política por la

Universidad de San Martín (UNSAM), y licenciada por la

Universidad de Buenos Aires (UBA). Es docente en

ambas casas de estudio y en la Universidad Torcuato Di

Tella. Se especializa en temas de política comparada,

con especial énfasis en política electoral y representa-

ción de género; y es miembro fundador de Ojo Paritario.