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    Por otro lado, ha que di$erenciar derecho "enal con el sistema "enal que es el con#untode a+encias #ur)dicas que inter!ienen en la coerción "enal.

    ontán Balestra' %s la rama del ordenamiento #ur)dico que contiene normassancionatorias.

     El carácter diferenciador del dcho penal con relación a otras ramas de derecho.

    %l derecho "enal se distin+ue "or la $orma que "ro!ee a la se+uridad #ur)dica que esmediante la coerción "enal /es decir su carácter sancionador. %sta coerción "enal sedistin+ue de las restantes coerciones #ur)dicas "orque tiene carácter "re!enti!o nore"arador. 2a coerción "enal a"arece cuando no es "osible lo+rar la "az social.3in embar+o debemos aclarar que solo se "enan al+unas conductas anti#ur)dicas, "or loque el derecho "enal en este sentido es $ra+mentario, es decir selecciona aquellasconductas anti#ur)dicas en las que es necesario una es"ecial acción "re!enti!a.

    %n otro sentido, a$irmamos que el derecho "enal es “sancionador” no “constituti!o”,no contribue a la creación de anti#uridicidad sino que a+re+a "enas a las conductas quea son anti#ur)dicas a la luz de otras ramas del derecho. Por e#em"lo, si se dero+ase todala le+islación "enal, el homicidio no ser)a "enado "ero se+uir)a siendo anti#ur)dico aque i+ualmente se deber)a indemnizar a los $amiliares de la !)ctima. %ntonces

    B) FUNDAMENTOS DEL DERECHO PENAL.

    4a di$erentes teor)as que intentan $undamentar el ius "uniendi del %stado, es decir la$acultad del mismo "ara im"oner sanciones. %stas teor)as intentan e5"licar en quecondiciones es le+)tima la a"licación de una "ena.

    6na de estas teor)as es, la 7etributi!a o tambi(n llamada absoluta, "ara la cual la "enaes le+itima si es #usta, aunque no ten+a utilidad al+una. Para esta teor)a la "ena es laretribución de una lesión cometida "or el cul"able, es decir que es necesario que la "ena

     "roduzca un mal al autor, una disminución de sus derechos que com"ense el mal que hacausado estando libre. 2os re"resentantes mas destacados de estas teor)as son 8ant 4e+el.%l mal se encuentra en el resultado e5terno de la acción, /en un homicidio, el mal es lamuerte de la !ictima, le de talion /o#o "or o#o diente "or diente, se a"lica un da9orelati!o con el mal causado, con idea de hacer #usticia.

    %n cuanto a las cr)ticas se sostiene que la "ena no su"rime ni borra el mal del delito,sino que a9ade un se+undo mal. :o tiene otro $in más que retribuir el mal que causó.8ant usa la metá$ora de la isla, en la cual una sociedad se decide disol!er, "ero antesdebe matar al ultimo asesino que se halle en la "risión, "ara que no quede resentimientode !en+anza en la san+re del "ueblo, en base a esto usa la metá$ora' “una "ena auncuando resulte in;til debe ser a"licada si es #usta su im"osición”.

    7ecordar' & 8ant se encontraba en la ("oca de las +uillotinas los azotes /au+e del talión con loque a$irmaba que e5ist)a el talión "ara no quebrar el contrato social. *omaba como

     "unto de "artida a 4obbes que indicaba que el hombre era malo "or naturaleza su$rase era “*odo "ara el "ueblo "ero sin el "ueblo”.

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     & 4e+el clasi$icó a los hombres en ci!ilizados sal!a#es, "ose)a un discurso "enal basado en el a"artheid, en la constante discriminación en el etnocentrismo.2o que en realidad ocurre se+;n 0 es que 4e+el !uel!e al estado de naturaleza 8ant alestado "recontractual.%n s)ntesis "ara la teor)a retributi!a, la ;nica "ena le+)tima es la "ena #usta /“o#o "or 

    o#o, diente "or diente”.

    %n s)ntesis "ara la teor)a retributi!a, la ;nica "ena le+)tima es la "ena #usta. = una "enaes #usta cuando se irro+a como casti+o al autor de un delito en compensación por suculpable causación de un mal. /Dom)n+uez henain

    %n cuanto a las Teorías Relatias! estas consideran que la "ena será le+itima en cuantosea ;til, es decir si "ermite la obtención de un determinado $in, "or lo que no esconsiderada un $in en si misma, sino un medio "ara el lo+ro de ob#eti!os ulteriores. 3etrata de "re!enir.

    4a dos di!isiones de las teor)as relati!as'

     & Pre!ención General' %s decir, quienes no delinquieron, que no lo ha+an. - su !ez "ueden ser.

    • Pre!ención General Positi!a />a?obs' Con la intención de mantener la $idelidad,la con$ianza hacia el derecho. 2a cr)tica a esta teor)a es que se utiliza a la "enacomo "ublicidad neutralizante del delito, se da solamente "ara tranquilizar a lao"inión ";blica, se +arantiza la im"unidad a los corru"tos a que el "oder 

     "uniti!o se corrom"e manteniendo im"une lo que no se conoce.

    • Pre!ención General :e+ati!a /euerbach' Con la intención de atemorizar a la "oblación. 2a cr)tica es que se su"one que antes de actuar todos deber)an leer elcódi+o, no disuade en los casos +ra!es, se im"ondr)an "enas irracionales selle+ar)a a "enar siem"re con muerte el delito.

     & Pre!ención %s"ecial' %s decir que quienes delinquieron, que no lo !uel!an a hacer.Pueden ser.

    @ Pre!ención %s"ecial Positi!a /3u de$ensor era 0a$$aroni, ho no' Con la intención de

    resocializar al autor. 2a cr)tica es que al $in al cabo la "risión no me#ora a nadie quelas ideolo+)as Are /resocializar, reeducar no sir!en.

    @ Pre!ención %s"ecial :e+ati!a /Garó$alo' Con la intención de eliminar o neutralizar aldelincuente. 2a cr)tica es de sentido com;n, elimina a los incorre+ibles, constitue unnue!o mal es incom"atible hacia la C: los derechos humanos.

    -ctualmente 0 se inclina "or una teor)a a+nóstica de la "ena, sin ideolo+)as Are condesle+itimación del "oder "uniti!o con el e#em"lo del dique de contención de las

     "ulsiones del estado de "olic)a.

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    *eor)as de la 6nión' estas tratan de combinar los "rinci"ios le+itimantes de las teor)asabsolutas relati!as en una teor)a uni$icadora. Intentan $undamentar las "enas "or suca"acidad de re"rimir de "re!ención.%s decir que "ara estas teor)as la "ena será le+)tima cuando sea ;til #usta a la !ez. Peroestas teor)as deben admitir que los $ines "re!enti!os re"resi!os "ueden no coincidir e

    inclusi!e ser contrarios en al+unos casos, lo que "ermitir)a $ormular dos orientacionesde la teor)a de la unión, una que dar)a "re"onderancia a la re"resión "or sobre la "re!ención la otra al re!(s.

    3on "osiciones que "resentan a los $ines “utilidad” “#usticia” como no com"atibles,haci(ndolos #u+ar de manera armónica en la le+itimidad de la "ena.%s $recuente distin+uir los distintos momentos de la "ena "ara asi+narle di$erentes $ines.

     & %n el momento de la amenaza "uniti!a /la contenida en la le "enal antes que secometa el hecho %#., el que cometa tal hecho se le im"utara de 5 a 5 a9os en esemomento cum"le una $unción de "re!ención +eneral.

     & Distinta será la situación en el momento de la determinación #udicial de la "ena en la

    sentencia, en la que no "odrá su"erarse el marco de la cul"abilidad del autor, "or masnecesidades de "re!ención +eneral o es"ecial que la aconse#en /ah) cum"le su $unción la

     #usticia sobre la utilidad de la "ena. & Por ultimo, en la instancia de la e#ecución de la "ena, adquieren "re"onderancia los$ines resocializantes /"re!ención es"ecial.

    %n nuestro ordenamiento #ur)dico esta dis"uesto los $ines de la "ena, %#. -rt 1 cn, “lascárceles serán sanas lim"ias "ara se+uridad no "ara casti+o de los reos detenidos enella”.

    Gu)a de estudio'*eor)a de la unión' estas teor)as se basan en que la "ena sir!e "ara re"rimir /retributi!a "ara "re!enir delitos /relati!a. 7o5in sostiene que cuando el hecho delicti!o toda!)ano se cometió, el $in de la "ena es de "re!ención +eneral, al momento de determinar la

     "ena el $in "re!enti!o se limita "or la +ra!edad de la cul"abilidad al e#ecutar la "enasu $in es de "re!ención es"ecial /es decir lo+rar resocializar al reo.2a "ena es una retribución del derecho "enal contra quien comete un delito, "ero tienesu as"ecto "re!enti!o "or su $unción de amenaza, tendiendo a e!itar la comisión dedelitos.

    C RELACIONES DEL DERECHO PENAL CON OTRAS RAMAS JURIDICAS.

     & 7elaciones con el derecho Constitucional'@ -rt 1 C:, las +arant)as del debido "roceso el "rinci"io de le+alidad, se+;n el cualnin+;n habitante de la nación "uede ser "enado sin #uicio "re!io, $undado en una leanterior al hecho del "roceso. %ste "rinci"io se e5"resa en la má5ima “nullun crimensine le+e,” “nulla "ena sine le+e” es decir que tanto el delito como la "ena deben esta

     "re!isto en una le "re!ia.%ste "rinci"io limita el ius "uniendi, "orque no se "ueden "enar acciones que almomento de ser cometidas no eran delicti!as. -demás no se "uede sobre "asar el marco

     "uniti!o establecido en la le.

    2os alcances de este "rinci"io de le+alidad son.

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    2e "re!ia' se re$iere al "rinci"io de irretroacti!idad, a que la le debe haber sido sancionada con anterioridad. 2as lees "enales ri+en "ara el $uturo. 2ae5ce"ción a este "rinci"io es la a"licación retroacti!a de la le más beni+na.

    2e escrita' hace re$erencia a que solo se reconoce como $uente de conocimientoa la le que debe ser escrita, no "udi(ndose a"licar la costumbre, ni la

     #uris"rudencia, ni los "rinci"ios +enerales del derecho. 2e estricta' es decir, se "roh)be la analo+)a, que es la a"licación de la le a uncaso similar al le+islado, "ero no com"rendido en su te5to. -l+unos autoressostienen que lo que se "roh)be es la analo+)a “in malam "artem” "ara com"letar la+unas del derecho. %n cambio la analo+)a “in bonam "artem” estar)ale+itimada, en !irtud de la cual se me#ora la situación le+al del su#eto "or !)ainter"retati!a que !a mas allá de la letra de la le, considerando no incriminadauna conducta o considerándola de manera mas ben(!ola. %sta analo+)a nocolisiona con el mencionado "rinci"io de le+alidad, siendo admisible en lamedida que en que no sea arbitrario.

    2e cierta' se re$iere a que el le+islador debe e!itar $órmulas !a+as o im"recisas

    en la determinación de lo "enalmente "rohibido, es decir que de la le "enaldebe sur+ir en la $orma más clara "osible las conductas que se considerandelicti!as. %5ce"ción lees "enales en blanco.

    2%=%3 P%:-2%3 %: B2-:CE' /3e remiten a otras lees de otras ramas del derecho%n estas la "ena está claramente establecida "ero no as) el su"uesto de hecho, el cual noa"arece "recisado en la le "enal, sino "or otras es$eras com"etentes que "ueden serle+islati!as o administrati!as. %#., -rt

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    @ %l -rt. 11H es el "rinci"io de intrascendencia de la "ena a terceros' 3e re$iere a que la "ena es estrictamente "ersonal, no trasciende de la "ersona o del autor o "artici"e deldelito se e5tin+ue con la muerte de este. 3in embar+o es im"osible que la "ena notrascienda del "enado, "orque la $amilia su$re una ca)da social, "or lo que no se trata de

     "rohibir la trascendencia que como $enómeno social es ine!itable, sino de reducirlam)nimo "osible.

    Con res"ecto a la "ena de muerte, el -rt 1 de la C.:, declara abolida "ara siem"re la "ena de muerte "or causas "ol)ticas. 2o que se entiende es +en(rico, "ara todos losdelitos. 4a que destacar que en 1H

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    Derecho Penal Derecho Procesal Penal

    4a una !inculación intima, a que el derecho "rocesal "enal re+ula la $orma en que se“realiza” el derecho "enal. %ste derecho "rocesal llamado $ormal no es una rama delderecho "enal, sino una rama del derecho "rocesal, al i+ual que el derecho "rocesal

    ci!il, comercial, -dm. , etc.%n nuestro sistema constitucional, la le+islación "rocesal es com"etencia de las "ro!incias, la "enal com"etencia del +obierno $ederal. 3in embar+o el CP contieneciertas dis"osiciones que "arecen "rocesales.Por nuestra "arte creemos que "ara deslindar ambos cam"os nos !asta con tomar encuenta las si+uientes caracter)sticas' %l derecho "enal im"one la sanción cuando ha un delito el derecho "rocesal "enal

     "one en $uncionamiento la acción "enal cuando solo media una a"ariencia de delito. Cuando "or el derecho "enal una conducta no "uede "enarse, "rocede la absolución

    cuando "or el derecho "rocesal "enal no "uede e#ercerse la acción "or un delito, noha "roceso.

    3i tomamos en cuenta estas distinciones entre ambos Derechos, resulta claro que lascitadas dis"osiciones de nuestro CP, son dis"osiciones "rocesales.%l Con+reso de la :ación "uede le+islar en materia "rocesal en la medida requerida

     "ara que no resulte !iolada la misma constitución, dicho mas claramente' no "uede ser que un su#eto cometa un delito , "or estar de un lado del r)o /es decir $uera de

     #urisdicción, quede im"une, "uesto que all) la acción "rocesal es de"endiente deinstancia "ri!ada, en tanto que el mismo delito cometido del otro lado del r)o seria

     "unible.2a constitución dice que entre delito "ena debe haber un "roceso.7ecordar el debido "roceso' acusación, de$ensa, "rueba, sentencia%l derecho "rocesal se encuentra al ser!icio del Penal.

    Derecho "enal Contra!encional.Corres"onde le+islar a las le+islaturas "ro!inciales los munici"ios, son "or e#em"lolas multas a los estacionamientos "rohibidos, entre otros. N%s administrati!a sunaturaleza #ur)dica o "enalO %n ar+entina es administrati!a a que son actos de la "olic)ano corres"ondientes al derecho "enal

    3e+;n 0a$$aroni, las contra!enciones tienen carácter "enal, "ero al+unos las considerande carácter administrati!os, "or esto dice 0 se #usti$ico lo que siem"re $ue

    in#usti$icable, que es que, los #e$es de "olic)a $uesen #ueces contra!encionales.-l considerar al derecho Contra!encional como "arte del derecho "enal, todas las+arant)as "rinci"ios "ro"ios del dcho "enal, re+ir)an "ara el derecho Contra!encional,

     "or %#. -ctualmente el dcho "enal no dicto un Códi+o Contra!encional, /ni el códi+o "enal tiene un ca"itulo sobre $altas o contra!enciones, como lo "re!ian al+unos "roectos, "or lo que las "ro!incias dictan su normati!a al res"ecto.

    L

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     D" Derecho e!"# I!$er!"c%o!"# & #" 'r%*%cc%+! *e #o Tr%,!"#e I!$er!"c%o!"#e.

    %l tratado de roma la Corte Penal Internacional' %n 1HH< la E:6 crea la C.P.I. que se$orma en la con!ención de 7oma. -qu) se dieron discusiones en torno a si en el $uturoesta corte tendr)a total "oder a las in$racciones de todo ti"o internacionales o solamente

    a las +randes cor"oraciones. -demás se dio otra discusión con res"ecto a si el tribunaldeb)a actuar adhoc /"edido o deb)a ser "ermanente.

    Internacionalización de los Derechos 4umanos' Con su declaración en 1H se em"ezóa +estar se de#ó bien en claro que las !iolaciones solamente las cometen los estados no sus habitantes que solamente "ueden cometer delitos. 7ecordar monismo, dualismo monismo atenuado.

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    Bolilla

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    7ecordar' 2e "re!ia' se re$iere al "rinci"io de irretroacti!idad, a que la le debe haber 

    sido sancionada con anterioridad. 2as lees "enales ri+en "ara el $uturo. 2ae5ce"ción a este "rinci"io es la a"licación retroacti!a de la le más beni+na.

    2e escrita' hace re$erencia a que solo se reconoce como $uente de conocimiento

    a la le que debe ser escrita, no "udi(ndose a"licar la costumbre, ni la #uris"rudencia, ni los "rinci"ios +enerales del derecho. 2e estricta' es decir, se "roh)be la analo+)a, que es la a"licación de la le a un

    caso similar al le+islado, "ero no com"rendido en su te5to. -l+unos autoressostienen que lo que se "roh)be es la analo+)a “in malam "artem” "ara com"letar la+unas del derecho. %n cambio la analo+)a “in bonam "artem” estar)ale+itimada, en !irtud de la cual se me#ora la situación le+al del su#eto "or !)ainter"retati!a que !a mas allá de la letra de la le, considerando no incriminadauna conducta o considerándola de manera mas ben(!ola. %sta analo+)a nocolisiona con el mencionado "rinci"io de le+alidad, siendo admisible en lamedida que en que no sea arbitrario.

    2e cierta' se re$iere a que el le+islador debe e!itar $órmulas !a+as o im"recisasen la determinación de lo "enalmente "rohibido, es decir que de la le "enaldebe sur+ir en la $orma más clara "osible las conductas que se considerandelicti!as. %5ce"ción lees "enales en blanco.

     0)C"r"c$er1$%c" *e #" Le&e e!"#e.

    2as lees "enales son' & 3ancionadoras. & 4abilitan "oder "uniti!o $ra+mentario discontinuo, a que sino ser)a totalitario elestado.

     & :o crea bienes #ur)dicos sino que los de$iende, a que los con$lictos a$ectan bienes #ur)dicos del derecho en +eneral.2a norma "enal se constitue de normas deducidas, es decir siem"re se in$iere. 3e+;n 0tiene una $unción bi$ronte, habilita criminalización secundaria limita "oder "uniti!o.%l derecho "enal es siem"re normati!o "orque se ocu"a de normas.

    %#em"lo de una le "enal' & Prece"to' 2a descri"ción de la le. & 3anción' 2a "ena de la le.Por e#em"lo en el art. LH “-l que matare a otro /es el "rece"to "risión de a

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    Princi"io de territorialidad' %l -rt. 1 CP establece que la le "enal de un %stado seráa"licable a todos aquellos delitos que han sido cometidos en su territorio. %s un

     "rinci"io al que no "ueden renunciar nin+;n estado, si "retenden mantener la soberan)asobre su territorio.%n nuestro "a)s las lees "enales ar+entinas, se a"lican a delitos cometidos en nuestro

    territorio o cuos e$ectos deben "roducirse en nuestro territorio o a delitos cometidos enlu+ares su#etos a la #urisdicción ar+entina /emba#adas. %l delito tiene dos "artesdi$erentes, la acción el resultado. 2a acción es la conducta tendiente a lo+rar el delito.= el resultado es la consecuencia de la acción, que "uede traducirse en un da9o osim"lemente en un "eli+ro "ara un bien #ur)dico.%l "roblema sur+e cuando ha una se"aración es"acial entre el lu+ar de realizacióndelicti!a el lu+ar en que se "roduce el resultado del delito, a esto llamamos delito adistancia. %#., una "ersona, "one sustancia !enenosa en una comida de a!ión asesina aotra "ersona en otro estado al comerla.

    %n -r+entina se com"rende como territorio a todos los l)mites "ol)ticos del %stado,

    subsuelo, es"acio a(reo

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    Princi"io de Personalidad o :acionalidad'

    2a le de un %stado se a"lica a todos sus nacionales, sin im"ortar el lu+ar donde secometió el delito. %s decir, que toma en cuenta la nacionalidad del actor /"rinci"io denacionalidad acti!o o de la !ictima /"rinci"io de nacionalidad "asi!o. %#., si se a"lica

    este "rinci"io a un italiano que comete un delito en la ar+entina, se a"licara la le "enalItaliana, en !ez de la le "enal ar+entina. 3i a un -r+entino le roban en Brasil se a"licala le ar+entina. 3olo se a"lica nuestra le "enal a un ar+entino "or un delito quecometió en el e5tran#ero, !ol!ió a nuestro "a)s se ne+ó su e5tradición.

     Extradición+ Pedido "or el cual si un delincuente comete un delito en un estado, lue+ose re$u+ia en el territorio de otro estado, este ultimo lo deberá entre+ar al "rimero "araque lo #uz+ue. 3e establece mediante acuerdo entre estados.

    Princi"io de >usticia 6ni!ersal'

    3e+;n este "rinci"io cualquier estado en el que no se cometió el delito "uede a"licar su

    le en la medida en que se trate de “delitos internacionales”. 2o decisi!o es que el delito "or el que se "ersi+a sea de aquellos en que la comunidad internacional en su con#untotiene el inter(s en re"rimir, "or a$ectar bienes su"ranacionales. %#.' Genocidios "irater)aen altamar trata de blanca tra$ico internacional de armas.De esta $orma, cuando la -r+entina ca"tura al autor de un delito de esta clase / sinim"ortar su nacionalidad, siem"re que no haa sido casti+ado "or este delito cometidoen el e5terior, le a"lica sus lees3e a"lica de acuerdo a si a$ecta moralidad cultura de los estados.

     D ,%$o *e 4"#%*ez $eor"# *e #" #e& Pe!"#.

    2as lees son !alidas desde su entrada en !i+encia, es decir lue+o de su "ublicación enel bolet)n o$icial a "artir del d)a en que lo determinan /-rt < CC, si no determinan eld)a, entran en !i+encia d)as des"u(s de su "ublicación. 2ue+o de su entrada en!i+encia, ri+en hasta que una nue!a la reem"lace, dero+ándola.%sta sucesión de lees "uede causar "roblemas al momento de decidir cual es la le

     "enal que se debe a"licar /la !i+ente al tiem"o de cometerse el delito, la que re+ia aldictarse sentencia, o la !i+ente durante el cum"limiento de la condena. Para solucionar esto, sur+en los si+uientes "rinci"ios.

    %l "rinci"io de Irretroacti!idad de la le "enal debe entenderse como a"licable a hechos

    que ten+an lu+ar solo des"u(s de su "uesta en !i+encia. 3e encuentra e5"uesto en el -rt1 de la cn, "or el "rinci"io de le+alidad /le "re!ia, sub"rinci"io. *iene el "ro"ósito deim"edir que al+uien sea "enado "or un hecho que, al tiem"o de la comisión, no eradelito o de im"edir que al+uien que comete un delito se le a"lique una "ena más+ra!osa que la le+almente "re!ista al tiem"o de la comisión.

    %5ce"ción al "rinci"io de irretroacti!idad 2%= R-3 B%:IG:-.Desde el tiem"o en que se cometió el delito, hasta que se dicta sentencia o mientras elcondenado cum"le su "ena, la le "uede haber cambiado al entrar a re+ir una nue!ale, "ierde !i+encia la le anterior. %ntonces sur+e el "roblema de que le se a"lica. 3i

     bien el "rinci"io de irretroacti!idad indica que se a"lica la le que estaba en !i+encia al

    momento de cometerse el delito, ha una e5ce"ción en la cual se "uede a"licar una leen $orma retroacti!a cuando sea mas $a!orable al reo.

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    -rt. < Códi+o Penal' “si la le !i+ente al tiem"o de cometerse el delito $uere distinta dela que e5ist)a al "ronunciarse el $allo o en el tiem"o intermedio, se a"licara siem"re lamas beni+na. 3i durante la condena se dictare una le mas beni+na, la "ena se limitara ala establecida "or esa le”%l "rinci"io establece que se a"lique la le más beni+na entre todas las que han tenido

    !i+encia desde el momento de comisión del delito hasta el momento en que se a+otanlos e$ectos de la condena, abarcando las llamadas “lees intermedias”.

    3e considera le más $a!orable al reo aquella' que im"on+a "enas menos ri+urosa o "ena menor /%#., im"one un m)nimo menor, o

    un má5imo menor, o ambos menores que no considere delito la conducta que otra le consideraba delicti!a. Kue e5i#a más elementos "ara que una conducta sea delito. Kue admita más atenuantes o causas de #usti$icación. Kue admita menos a+ra!antes que la otra. Kue establezca un tiem"o menor "ara la "rescri"ción de la acción de la "ena. %tc.

    2a Con!ención -mericana de Derechos 4umanos -rt H el Pacto Internacional deDerechos Ci!iles Pol)ticos -rt H, consa+ran el "rinci"io de le+alidad, una de cuasmani$estaciones esenciales es la Prohibición de la a"licación 7etroacti!a de toda le

     "enal más +ra!osa o incriminante.3i solo $uese esa norma, se a"licar)a siem"re la le al momento del hecho. Pero e5istenotras dis"osiciones que determinan que siem"re debe a"licarse la le "enal más

     beni+na, lo cual lo rati$ica la con!ención americana de derechos humanos. %sto crea un #ue+o armónico entre estas < dis"osiciones, la de irretroacti!idad de la le "enal más+ra!osa o incriminante la a"licación de la le "enal más beni+na.

    1 "uede ser que la le "enal !i+ente al momento del hecho haa sido reem"lazada "or otra le, en ese caso, la le a"licable se determina del si+uiente modo.

    a si la nue!a le es la que ri+e al momento de dictar sentencia, esta es más beni+na, se da el su"uesto de retroacti!idad de la le "enal.

     b 3i, "or el contrario, la le dero+ada era mas bene$iciosa "ara el autor del hecho,es aquella la que se debe a"licar, dándose el su"uesto de 6ltra acti!idad de la le

     "enal. /una le se si+ue a"licando des"u(s de haber sido dero+ada "or otra le.c Puede ocurrir que una le que corres"ond)a a"licar no sea ni la que re+ia al

    momento del hecho ni la del de dictar sentencia, sino una le intermedia que esaquella cua !i+encia comienza con "osterioridad al momento en que se cometió

    el delito "ero "ierde tal condición al ser reem"lazada "or otra le antes dedictarse sentencia. *enemos tres lees en esta situación. 2a que re+ia almomento de la acción, la intermedia la que ri+e al momento de dictar sentencia. %n tal caso, si la le intermedia es la más beni+na, esta es la que sedebe a"licar.

    3e Pueden a"licar lees dero+adas si son más $a!orables "ara cada su#eto. Jsea unadi$erente "ara cada uno.6ltracti!idad' E"era en el su"uesto que una le nue!a establezca condiciones mas+ra!osas, entonces se a"licará irretroacti!amente, solo a hechos $uturos. = los hechosanteriores se+uirán siendo #uz+ados "or la le anterior. %ntonces se si+ue a"licando una

    le dero+ada, "or una le "osterior.

    1

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    2ees tem"orarias o %5ce"cionales.

    2ees tem"orarias' son las que se $i#an a si mismas su "eriodo de duración /establecenen su te5to cuando de#aran de tener !i+encia.

    2ees intermedias transitorias o %5ce"cionales' son las que se dictan "or moti!ose5traordinarios o e5ce"cionales /%#. Por una +uerra, una e"idemia, etc., a que duranhasta que cesan los moti!os e5ce"cionales que las moti!aron.

    Baci+alu"o otros autores consideran que las tem"orarias transitorias deben se+uir a"licándose /ultracti!idad a los hechos ocurridos durante su !i+encia, aunque haa unale "osterior mas beni+na. Tendr)a a ser la %5ce"ción a la le más beni+na. 3u$undamento se basa en que estas lees son dictadas con $ines es"eciales, "or lo tanto, sise "ermitiera que una le "osterior mas beni+na las de#ara sin e$ecto, ellas carecer)an deutilidad e$icacia, "ues no cum"lir)an los $ines "ara los cuales $ueron sancionadas.

     E, ,%$o *e 4"#%*ez Pero!"# *e #" #e& e!"#.

    -rt M' /Indemnidad “:in+uno de los miembros del con+reso "uede ser acusado,interro+ado #udicialmente, ni molestado "or las o"iniones o discursos que emitadesem"e9ando su mandato de le+islador.”

    %l -rt 1M de nuestra C:, consa+ra el "rinci"io de i+ualdad ante la le. 3in embar+o haciertos actos de al+unos $uncionarios que quedan e5cluidos del "oder "uniti!o, ósea que+ozan de indemnidad. 4a otros que "ueden ser sometidos al e#ercicio del "oder 

     "uniti!o "ero "ara eso requieren un "rocedimiento "re!isto en un ór+ano del estado/#uicio "ol)tico se trata de "ersonas que +ozan de inmunidad /aqu) se encuentra la +randi$erencia.

    %n el -rt M de la C:, se establece la indemnidad de las o"iniones "arlamentarias. :ose tratan de un "ri!ile+io "ersonal de los le+isladores, sino de un "ri!ile+io de sus actos,a que el le+islador que in#uria, calumnia o re!ela secretos en un discurso "arlamentariorealiza acciones que no son t)"icas, que no están criminalizadas.

    Con res"ecto a las inmunidades, la C: establece, que el le+islador solo "uede ser detenido si es encontrado in$ra+anti cometiendo un delito +ra!e.

    %n los casos restantes, cuando se lo sor"renda cometiendo un delito de menor +ra!edad,o no se lo sor"renda in $ra+anti, solo "odrá ser sometido al "oder "uniti!o "re!iodesa$uero /des"u(s de de#ar el car+o ";blico. 2a inmunidad es de arresto no de

     "roceso, ósea que sin desa$uero, "uede ser sometido a "roceso, "orque este no amenazael e#ercicio de sus $unciones.3e entiende que aquellos $uncionarios, cua destitución solo "uede "roducirse "or #uicio

     "ol)tico, +ozan de inmunidad hasta que se decida su remoción. %s decir que "rimero selos debe destituir, des"u(s se les "uede a"licar la le "enal.

    2a e5ce"ción a este "rinci"io es el -rt

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    queden a merced de +obierno o de "ersona al+una. -ctos de esta naturaleza lle!anconsi+o una nulidad insanable, su#etaran a los que los $ormulen, consienta o $irmen, ala res"onsabilidad "ena de los in$ames traidores de la "atria.”

    @inalidad del "rinci"io de indemnidad' %s lo+rar que el Con+reso que tiene que estar 

    constantemente debatiendo, discutiendo deliberando "ueda desarrollar su acti!idad en$orma inde"endiente con la más am"lia libertad de o"inión en mira de los "oderes delestado /libertad que se !er)a coartada si el le+islador "udiera ser en#uiciado "or esaso"iniones al concluir su $unción.

    2a indemnidad del le+islador es que está e5cluido de la a"licación del "oder "uniti!o,mientras que la inmunidad es que requiere de un "roceso "re!io "ara ser #uz+ado.-rt M C:' %stablece la indemnidad de e5"resión de los le+isladores.-rt MH C:' %stablece la inmunidad de arresto, sal!o cuando se !iera in$ra+anti de delito+ra!e.-rt LF C:' Cuando comete delitos menores será #uz+ado "re!io desa$uero "or los

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     -olilla /istoria e %deolo0ías 1232 4"

    - La historia de la Legislación Penal Argentina:

    0a$$aroni indica que $ue Dorre+o quien dis"uso el "rimer intento de un códi+o "enal, enBs.-s., este se basaba en un "roecto del $ranc(s Bellemare, "ero que al $inal nunca $uea"licado. 4asta 1M -r+entina se le+isló "enalmente a tra!(s de lees es"eciales.2a le H de 1M $ue la que estableció la #urisdicción $ederal los delitos $ederales. 3elle!aron a cabo !arios "roectos de códi+os "enales.

     & Proecto de *e#edor' /1M, "ublicado en 1ML %l P.%. a caro de Ritre encar+a a*e#edor el "roecto del códi+o "enal. *e#edor era "ro$esor de la 6B- tomó comomodelo de códi+o el de Ba!iera de euerbach. 2os delitos $ederales eran re+idos "or lale H, as) cada le+islatura "ro!incial $ue ado"tando el de *e#edor que se con!irtió en el

     "rimer C.P. ar+entino. Bs. -s. 2o ado"ta en 1LL entrando en !i+encia en 1L. -dmit)ala "ena de muerte "ara los casos de cr)menes +ra!es. 2as "enas eran $i#as, no "ermit)anal #uez +raduar entre m)nimos má5imos. %ste Códi+o $ue ado"tado tambi(n en elPara+ua, de cu9o +ermano se indica que era el códi+o liberal "or e5celencia, se se"arade la le+islación es"a9ola.

     & Proecto Tille+as6+arrizaGarc)a' /11 %l Con+reso sometió a re!isión al códi+ode *e#edor en !ez de re!isarse se ele!ó uno totalmente di$erente. 2as "enas $i#as

     "asaron a ser +raduables, dis"on)a sobre la !alidez es"acial del códi+o.3e basó en el modelo es"a9ol de 1LF sus numerosos comentarios es"a9oles lo hacianmas accesible. 2o sancionó Córdoba en 1

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     & Proecto 1HFM' %n 1HF el P.%. desi+na una comisión de M indi!iduos en los que sedestaca 7i!arola. %n 1HFM esta comisión ele!a al Con+reso el "roecto de códi+o quenunca $ue tratado. Introduc)a condenas libertades condicionales, siendo un "roectoa!anzado. 6ni$icaba la le+islación "enal. %l estudio de este códi+o $ue realizado "or4errera /+obernador de Catamarca con atinadas obser!aciones.

     & 7e$orma 1H1M' %l di"utado Roreno, "resenta en 1H1M el "roecto de 1HFM "eromodi$icado. 3u"rime la "ena de muerte e incor"ora dis"osiciones sobre trata de blancas.2ue+o de !arias res"uestas $a!orables en torno a encuestas hacia "ro$esores ma+istrados, se "resenta como “Proecto de 1H1L” que ser)a la base "ara el 1H

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    Beccaria' %s"ecial im"ortancia le otor+a a este autor 0a$$aroni quien es "ara el unode los "róceres del derecho "enal. %chó las bases del derecho "enal contem"oráneo,es en $unción de su cr)tica a la le+islación "enal que %uro"a “comienza a lim"iarsede tortura san+re”. 2as ideas ilustradas hasta ese momento no hab)an sidoadecuadas a un discurso "enal. %n su libro “de los delitos las "enas” se denota su

     "ensamiento re!olucionario, como se+uidor de 7oussea como consecuencia deello deri!aba su "ostura hacia el "rinci"io de le+alidad en los delitos las "enas.7echazaba las torturas sosten)a la abolición de la "ena de muerte, sal!o en losdelitos que "on)an en "eli+ro la !ida de la nación.

     & %l idealismo alemán' Roralidad *alión.

    Introducción, recordar' /obbes,5ant+ 3e trata del des"otismo ilustrado, 4obbes in$lue en 8ant mediante susteor)as de que el hombre es malo "or naturaleza necesita de un monarca que lo +u)e,es as) que 8ant basa sus ideas en la le del talión

     6oc7e,$euerbach+ 2oc?e era un e5"onente del liberalismo, cre)a que el hombre era bueno "or naturaleza que la sociedad lo hac)a malo, la "ena sir!e "ara que el contratosocial recobre su e#ercicio. 7ecordar que euerbach es un e5"onente de la Pre!enciónGeneral :e+ati!a.

    3e+;n 8ant la acción es moral cuando res"onde a un deber de conciencia, que no tomaen cuenta otras consideraciones. %stablece una "r(dica de la moral en la si+uiente $rase“es moral una acción de manera tal que "uedas querer al mismo tiem"o que se torne leuni!ersal” /lo que quiero "ara mi en esta circunstancia debo quererlo tambi(n "ara todoslos demás en i+uales circunstancias en otra $rase $undamental "ara el derecho “nuncadebe tratarse nadie a s) mismo ni a los demás como sim"le medio, sino como $in en s)mismo”. Cuando 8ant toma este modelo se conclue que la "ena no "uede ser inmoral,

     "orque no "uede tomar al hombre como medio, ni tam"oco sir!e "ara me#orar aldelincuente. %s as) que la medida de la "ena no será otra más que la del mal inmerecidoque le ha hecho al otro, es decir, el talión que 8ant entiende como la de!olución del malin#ustamente causado /*eor)a absoluta de la "ena.

    euerbach, "or su "arte, $ue el +ran #urista autor del Códi+o Penal de Ba!iera de 11/que sir!e de modelo "ara *e#edor. 3e a"artó de 8ant, a que 8ant "ertenec)a aldes"otismo ilustrado mientras que euerbach a la corriente liberal. 2as di$erencias másnotorias son que' 8ant se lanza a la b;squeda de los derechos a "artir de los deberes

    euerbach de los deberes a "artir de los derechos. :in+uno de los dos $ue "ositi!ista, "ero a esta corriente le con!inieron más las "osturas de 8ant que las de euerbach.2o destacable del "ensamiento de euerbach es que "ara (l la "ena se a"lica en relacióna un hecho consumado tiene "or ob#eto contener a todos los ciudadanos "ara que nocometan delitos, es decir, coaccionarlos "sicoló+icamente. De all) que sea necesaria lae#ecución que la cone5ión del mal con el delito deba hacerla una le de all) que

     "ostulase un sistema de "enas $i#as que no admitan elasticidad.

     & %l "ositi!ismo' 6tilidad social "enalidad.

    Para 4e+el el derecho se a"lica en relación de hombre libre a hombre libre, la

    consecuencia #ur)dica de esta "ostura es que quien no tiene ca"acidad "s)quica no "uedeactuar con rele!ancia #ur)dica, es decir el loco no act;a "ara el derecho "enal. 4e+el $ue

    1H

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    el "rinci"al moti!ador "ara todas la teor)as "ositi!istas a "artir de su conce"ción de que“la razón lo es todo” con lo que el "ositi!ismo se trans$ormará en un “culto al hecho”,as) un +ru"o de “cient)$icos iluminados” descubre lo que es socialmente bueno socialmente malo, lo que lle!ará a un "ensamiento totalmente antidemocrático.%l "ositi!ismo "enal se di!idió en dos corrientes' %l utilitarismo in+l(s de Bentham el

    e!olucionismo bioló+ico darUiniano de 3"encer /en esta corriente se encuentran2ombroso, erri, Garo$alo.

    Positi!ismo utilitarista de Bentham' %l criterio "ara determinar qu( acciones debenconsiderarse delicti!as lo establece midiendo la cantidad de "lacer que un acto

     "roduce a su autor la cantidad de dolor que el mismo acto se deri!a "ara la "artelesionada. = contesta la medición en base a datos em")ricos con lo que nadie "uede

     "retender derechos naturales anteriores a una le+islación /"ensamiento decadente.

    2ombroso' %s el "adre de la criminolo+)a con su obra más conocida “%l hombredelincuente”. 3u teor)a se basaba en que un alto "orcenta#e de delincuencia se deb)a

    a una detención del desarrollo embrionario que de#aba al delincuente con unacondición menor a la humana. Para 2ombroso el delincuente era otra es"ecie de ser humano, "ero no inclu)a a todos los delincuentes en esta cate+or)a. 2a im"ortancia

     "ara el derecho "enal es que tomaba al delincuente como “el otro” una "ersonadistinta, lo que #usti$icaba que el delincuente era al+o bioló+ico no un "roducto dela or+anización social.

    erri Garo$alo' Para erri lo im"ortante es que la sociedad debe de$enderse deldelito, de all) que "ara (l no im"orta si el delincuente es en$ermo o no, es as) que nodistin+u)a entre im"utables e inim"utables. Garo$alo, "or su "arte, se ins"iraba enuna teor)a etnocentrista donde ha “una cultura su"erior” en donde quienes nocom"arten los !alores euro"eos son “tribus de+eneradas” quienes eran “seresin$eriores de+enerados”, sostiene la "ena de muerte "ara los “irrecu"erables” alo que indica que es “más "iadosa que la "risión "er"etua”.

    7ecientes mo!imientos de re$orma. 7esocialización di+nidad "ersonal'

    0a$$aroni a$irma que la crisis de la escuela "ositi!a se da con la lle+ada de los derechoshumanos, que eliminan las tendencias aberrantes de la escuela "ositi!a.

     & >a?obs' 3e"ara el derecho "enal del ciudadano del enemi+o. -$irma que alciudadano ha que tratarlo como un delincuente com;n mientras que al enemi+o /de

    +uerra como un terrorista. 0a$$aroni dice que es inadmisible se"arar a un derecho "enalcomo “de autor”. & erra#oli' Pro"u+na una sociedad democrática e i+ualitaria $utura en donde el derecho "enal solo sea necesario en casos e5tremos.Para 0a$$aroni la !erdadera re$orma consiste en desle+itimar a la "ena entender que elderecho "enal no re+ula sino que contiene al "oder "uniti!o "ara no entrar en un estadoautoritario.

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     -86%669 :. TE8R%9 DE6 DE6%T8. %;TR8D

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    2a acción o conducta siem"re debe +enerar un con$licto e5teriorizado. 2a utilidadentonces de la teor)a en s)ntesis sir!e "ara de$inir si ha o no delito.

    B) Niveles analíticos de la teoría del delito

    Para a!eri+uar que es un delito /es decir las caracter)sticas que tiene que tener un hecho "ara ser considerado delito, necesitamos buscar en el CP. Como a sabemos, sonconductas humanas, que en al+unos casos lle+an a ser delitos. Para saber cuales de todaslas conductas son delitos, debemos ir al libro se+undo del CP, /LH en adelante. -ll) seencuentran las conductas "rohibidas a las que se asocia una "ena como consecuencia, siuna conducta no se encuentra adecuada ah), no es delito. - esas conductas, las llamamos“ti"os”, los ti"os son elementos que sir!en "ara indi!idualizar la conducta que se

     "roh)be. %#., matar a otro /ti"o de homicidio LH. !iolar /ti"o de !iolación 11H. etc. 3i laconducta se adecua a los ti"os le+ales, la llamamos conducta t)"ica, "resenta lacaracter)stica de *IPICID-D. %l cual es el "rimer requisito "ara !eri$icar si es delito.%ntonces a tenemos dos caracteres del delito, uno +en(rico que es conducta otro

    es"ec)$ico que es ti"icidad, es decir que la conducta t)"ica es una es"ecie del +(neroconducta.

     :o toda conducta t)"ica es delito ha casos en que no ha delito "orque no ha conducta/$uerza irresistible, inconciencia, otros en que no ha delito "orque no ha ti"icidad/su"uestos de error, cum"limiento del deber #ur)dico, "ero tambi(n ha casos en que

     "ara la le no ha delito, "ese a haber una conducta t)"ica, son los casos del -rt , enel cual ha su"uestos en que o"eran "ermisos "ara realizar acciones t)"icas. /%stado denecesidad -rt .inc, le+itima de$ensa -rt , Inc. M L. en +eneral de su"uestos dele+itimo e#ercicio del derecho, -rt , Inc. . %n todos estos casos o"era una

     #usti$icación que e5clue el carácter delicti!o de la conducta t)"ica. Jsea que tienen un "ermiso "ara hacer una conducta t)"ica. Cuando no ha "ermiso "ara cometer laconducta t)"ica, diremos que además de t)"ica, es contraria al orden #ur)dico.%sta caracter)stica de contrariedad al orden #ur)dico $uncionando como con#untoarmónico, que se com"rueba con la ausencia de "ermisos, la llamaremos anti#uridicidad, decimos que la conducta además de t)"ica es anti#ur)dica, es este el

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    C) Conducta- definición:

    Para los $inalistas la acción o conducta es el e#ercicio de una acti!idad. %llos consideranque el autor del mo!imiento cor"oral !oluntario, lo realiza con un $in, siem"re diri+eese mo!imiento "ara obtener una determinada $inalidad.

    2os hechos "ueden ser causados "or la naturaleza o "or el hombre, estos ;ltimos "uedenser !oluntarios o in!oluntarios, se+;n quiera su autor cometerlos o no. Cuando un hechohumano es !oluntario, "roduce alteración en el mundo e5terior, se dice que es unaconducta o acción. %#., acción de hurtar el que se a"odera de cosa a#ena.Cuando no e5iste !oluntad del autor de realizar el hecho, no ha acción o conducta.Por ser un derecho "enal de acción, no de autor /es decir, que los su#etos son "enados

     "or lo que hacen no "or lo que son, aquella es lo "rimero que se analiza, si $alta nohabrá delito /no ha delito sin acción. -demás debemos aclarar que si el hombre esutilizado como masa mecánica tam"oco ha conducta /in!oluntario.

    Di$erencia entre !oluntad deseo' el que quiere Atiene !oluntad se mue!e hacia elresultado el que desea, solo es"era el resultado, del que se ale+rara si sobre!iene.

    Toluntad $inalidad' siem"re la !oluntad es !oluntad de al+o, siem"re tiene uncontenido, que es la $inalidad. %n consecuencia es inconcebible la conducta sin!oluntad, la !oluntad sin $inalidad, entonces la conducta siem"re requiere una$inalidad.

    Supuestos de 9usencia de 'onducta+%s el caso del as"ecto ne+ati!o de la conducta, es decir de aquellos casos en que no haconducta. 3on los hechos humanos in!oluntarios, entre los cuales están los si+uientessu"uestos.

    1  $uer)a física irresistible -rt , Inc.

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    Por otra "arte, la $uerza $)sica irresistible "uede "ro!enir de un tercero o de lanaturaleza, es necesario distin+uir lo si+uiente' la ausencia de conducta se delimita acausa del resultado, "ero colocarse ba#o los e$ectos de una $uerza $)sica irresistible esuna conducta, debe in!esti+arse tambi(n su ti"icidad, anti#uricidad cul"abilidad "ara

    determinar si ha delito.

    %s "reciso resaltare la uerza $)sica irresistible interna que dentro de la $uerza $)sicairresistible "ro!eniente de la naturaleza caben acontecimientos que se ori+inan en el

     "ro"io cuer"o del su#eto, que dan lu+ar a mo!imientos que no son controlables "or la!oluntad. %s el caso de mo!imientos re$le#os, res"iratorios, etc. %#., quien a causa deldolor de una "eque9a quemadura ines"erada, a"arta !iolentamente la mano de tal suerteque rom"e el ob#eto !ecino.

     9cto refle=o+%l mo!imiento cor"oral es in!oluntario, incontrolable, consecuencia de reacciones

     bioló+icas del mismo, con ausencia de "artici"ación cerebral. -l no ser ordenado el acto "or el cerebro, no ha un m)nimo de !oluntad, "or lo tanto, no ha conducta.%#.' el e"il("tico que con sus con!ulsiones causa destrozos, el indi!iduo que se desmaa al caer rom"e un ob#eto, o aquel que al estornudar tira un #arrón.

    Di$erencia con el acto im"ulsi!o o automático' es aquel que se "roduce "or habito o "or instinto, causado "or distracción si bien no se da cuenta de lo que esta haciendo, haacción, "ues "odr)a haber controlado sus actos, si hubiese "restado la debida atención./%#., el $umador, que tira el $ós$oro "or la !entana, "ro!oca un incendio.

    %n los casos que el autor no realiza mo!imientos cor"orales !oluntarios, no se le a"licanada, no tiene nin+una res"onsabilidad, en cambio "or %#. 6n en$ermo mental, se lea"lica una medida de se+uridad.

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    desa"arecerá la conducta. Podemos decir que ha inconsciencia cuando en el hecho nointer!ienen los centros altos del cerebro o cunado lo hacen en $orma discontinua.

    Casos "articulares de inconsciencia' ciertos estados del su#eto, no todos "atoló+icos, queson mu discutibles, "ero concluen en que el sue9o trance hi"nótico constituen

    casos de ausencia de conducta, tambi(n en este rubro se encuentran los sonambulismos.%n cuanto a los narcóticos, se !aloran en cada caso, si el su#eto ha sido "ri!ado deconciencia "or e$ecto del narcótico, no habrá conducta. Pero si el narcótico solo le ha

     "roducido una "erturbación de la consciencia, habrá una inca"acidad "s)quica deti"icidad de la conducta o de cul"abilidad. Cuando se "rocura la "ro"ia in!oluntabilidad se está hablando casi del mismo su"uestoen que se coloca ba#o los e$ectos de una $uerza $)sica irresistible. %l su#eto realiza laconducta "rocurada que "uede ser t)"ica se+;n las circunstancias /e#. %l se9alero quetoma un $uerte narcótico "ara dormirse no hacer las se9ales "ara "ro!ocar undesastre.

    4a que realizar tres consideraciones im"ortantes, "ara tener en cuenta' & %l que se !ale de un su#eto que no realiza conducta "ara cometer un delito es, "or lo+eneral, autor directo del delito, el que no realiza conducta nunca es autor.

     & Contra los mo!imientos de quien no realiza conducta se "uede actuar en estado denecesidad "ero nunca o"oner le+)tima de$ensa.

     & :o se "uede ser "art)ci"e de los mo!imientos de un su#eto que no realiza conducta.

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    Bolilla . *IPICID-D.

    A) ipicidad. ipo. Conducta ípica. !"#" $)

     Definición de Tipo Penal ' es un instrumento le+al, ló+icamente necesario de

    naturaleza "redominante descri"ti!a, que tiene "or $unción la indi!idualización deconductas humanas "enalmente rele!antes /"or estar "enalmente "rohibidas.a el ti"o "ertenece a la le' es en la le donde encontramos los ti"os

     "enales, en la "arte es"ecial en lees es"eciales, %#. el que matare aotro /-rt LH. “*i"os” son las $ormulas le+ales mismas que nos sir!en

     "ara indi!idualizar la conducta que la le "enal "roh)be, b %l ti"o es ló+icamente necesario' "orque sin este no se "uede a!eri+uar la

    anti#uricidad la cul"abilidad de una conducta que en la maor)a de loscasos resultar)a sin rele!ancia "enal al+una.

    c %l ti"o es "redominantemente descri"ti!o' los elementos descri"ti!os sonlos más im"ortantes "ara indi!idualizar una conducta. - !eces no son

    absolutamente descri"ti!os, como "or e#. “honestidad” tam"oco es unconce"to descri"ti!o, sino que debe ser establecido "or una !aloraciónhecha "or la (tica social o se remiten a otras ramas del derecho.

    d 2a $unción de los ti"os es la indi!idualización de las conductas humanasque son "enalmente "rohibidas.

    Tipo * Tipicidad+

     El tipo es la fórmula >ue pertenece a la le*. /%#. “%l que matare a otro” 6a tipicidad pertenece a la conducta. /%#. “- dis"ara cinco balazos contra B, es decir loque ocurre en la realidad”. %s la caracter)stica que tiene una conducta en razón de estar adecuada a un ti"o "enal, es decir indi!idualizada como "rohibida "or un ti"o "enal.

    3i la conducta de -, "resenta la caracter)stica de ti"icidad, la denominamos conducta*IPIC-. -t)"ica, si+ni$ica la conducta que no "resenta es"ec)$icamente la caracter)sticade ti"icidad. %l >uez com"rueba la ti"icidad com"arando la conducta "articular concreta con la indi!idualización t)"ica, "ara !er si se adecua o no a la misma. %staacción es el #uicio de ti"icidad que debe realizar el #uez.Conducta t)"ica' acción humana W la ti"icidad.

    Cabe hacer una distinción entre ti"os abiertos ti"os cerrados. 6n ti"o abierto

    /anticonstitucional ser)a “Kuedan "rohibidas todas las conductas que a$ecten losintereses comunes”, esto !iola el "rinci"io de le+alidad aqu) es el #uez quienindi!idualiza la conducta "rohibida, e5ce"ción que se da en el art. /Im"rudencia,im"ericia, ne+li+encia que e5i+e al #uez que determine cual era el deber de cuidado.Pero en +eneral, el sistema "enal ar+entino se ri+e "or ti"os cerrados como el del art. LH“%l que matare a otro”, donde el #uez no "uede decidir si mató o no.

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    en la a!eri+uación de la "rohibición mediante la inda+ación del alcance "rohibiti!o dela norma, con+lobada en el orden normati!o. %ntonces la ti"icidad con+lobante es uncorrecti!o de la ti"icidad le+al "uesto que "uede e5cluir de lo t)"ico aquellas conductasque están a"arentemente "rohibidas, como es el caso del o$icial de #usticia donde laconducta no "uede estar "rohibida "orque el mismo orden normati!o la ordena o

    $omenta.

    %n s)ntesis' /L 0 *i"icidad 2e+al' %s la adecuación a la $ormulación le+al del ti"o. *i"icidad Con+lobante' %s la com"robación de que la conducta "rohibida "or la

    norma t)"ica, no está "ermitida cuando está con+lobada con el resto del ordennormati!o /antinormati!idad.

    *i"icidad Penal' *i"icidad 2e+al W *i"icidad Con+lobada.

     :o se concibe entonces que haa una conducta t)"ica sin que a$ecte un bien #ur)dico, "uesto que los ti"os no son otra cosa que mani$estaciones de tutela #ur)dica de esos

     bienes. -unque el delito es mucho más que la a$ectación a un bien #ur)dico, estaa$ectación es indis"ensable "ara con$i+urar ti"icidad. De all) que el bien #ur)dicootor+ue el sentido teleoló+ico /$inal a la le "enal. 3in el bien #ur)dico no ha un “NParaqu(O” del ti"o. Por otra "arte no se admite una conducta considerada delicti!a "or la le

     "enal que no a$ecte un bien #ur)dico /art. 1H C:.

    Bien #ur)dico "enalmente tutelado es la relación de dis"onibilidad de un indi!iduo conun ob#eto, "rote+ida "or el %stado, que re!ela su inter(s mediante la ti"i$icación "enalde conductas que le a$ectan /e#s. Tida, honor, "ro"iedad. Pero no ha que con$undir, el

     bien #ur)dico no es la "ro"iedad sino el derecho a dis"oner de los "ro"ios derechos "atrimoniales.%n s)ntesis, los bienes #ur)dicos son los derechos que tenemos a dis"oner de ciertosob#etos. Cuando una conducta nos im"ide o "erturba la dis"osición de esos ob#etos, esaconducta a$ecta al bien #ur)dico al+unas de ellas están "rohibidas "or la norma que+enera el ti"o "enal.

     D) C#"e *e $%o e!"#e e! 7!c%+! *e# co!$e!%*o *e #" !or"- T%o "c$%4o$%o o%%4o $%o *o#oo $%o c#oo. (39: z)

    4a clases de ti"os "enales en orden a su estructura, dolosos cul"osos, acti!os o

    omisi!os, que se combinan dando lu+ar a ti"os dolosos acti!os, ti"os dolosos omisi!os,ti"o cul"osos acti!o ti"o cul"osos omisi!o.

    @ *i"os dolosos' -tienden al $in de la conducta. 2o "rohibido es la "uesta en marcha dela causalidad en dirección al $in t)"ico /e#. Ruerte de un hombre.@ *i"os cul"osos' Proh)ben conductas atendiendo a la $orma de seleccionar los medios

     "ara obtener el $in no en razón del $in mismo. -qu) tambi(n el ti"o "roh)be unaconducta $inal, "ero en lu+ar de "rohibirla "or el $in en si mismo, la "roh)be "or la$orma de$ectuosa en que ese $in se "rocura /!iolación deber de cuidado.@ *i"os acti!os' Describen la conducta "rohibida. %s decir, selecciona lo "rohibidodescribi(ndolo.

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    @ *i"os omisi!os' Describen la conducta debida, quedando "rohibida toda conducta queno coincida con la conducta debida. %s decir, selecciona lo "rohibido com"arando conla descri"ción de lo debido.

     E) T%o *e #e%+! *e e#%;ro *e re#$"*o & *e r" "c$%4%*"*. (0ACIALUPO235.232)

     & De 7esultado' /Por las caracter)sticas de la acción Donde su consumación e5i+e quese "roduzca un resultado e5terno. Por e#em"lo en el homicidio, la muerte de la !)ctima.%ste resultado "uede ser instantáneo /como un hurto o "ermanente /como unsecuestro. %stos delitos requieren la lesión de un determinado ob#eto,

     & De Pura -cti!idad' /Por las caracter)sticas de la acción 3e dan cuando con la mismaacción a queda consumado el delito, como "or e#em"lo en los delitos de “dar $alsotestimonio”.

     & De Peli+ro' /Por la $orma que a$ecta al bien #ur)dico en estos no se requiere que laacción haa ocasionado un da9o sobre el ob#eto, es su$iciente que el ob#eto

     #ur)dicamente "rote+ido haa sido "uesto en "eli+ro de su$rir la lesión que se quieree!itar. %l "eli+ro "uede ser concreto, es decir cuando se requiere realmente la

     "osibilidad de la lesión, o abstracto cuando el ti"o "enal se reduce sim"lemente adescribir una $orma de com"ortamiento que se+;n la e5"eriencia en +eneral, "resenta un

     "eli+ro "ara el ob#eto "rote+ido, sin necesidad que se haa !eri$icado el "eli+ro.

     & De 2esión' /Por la $orma que a$ecta al bien #ur)dico %n donde se da9a al bien #ur)dico. Por e#em"lo en el hurto, la esta$a o el robo se da9a al bien #ur)dico A  "atrimonio en el homicidio a la A!ida etc.

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    Bolilla M. Teoría del delito 1tipicidad dolosa".

     A) E# $%o "c$%4o *o#oo. E$rc$r".

    4ab)amos dicho que el ti"o doloso es aquel en que lo "rohibido es la "uesta en marchade la causalidad en dirección al $in t)"ico que el acti!o selecciona lo "rohibidodescribi(ndolo.- "artir de esto, el ti"o doloso acti!o tiene as"ectos ob#eti!o sub#eti!o. %l ob#eti!oatiende a circunstancias que se dan el mundo e5terior. %l sub#eti!o, a circunstanciasdadas en lo interno, en el "siquismo del autor.%l ti"o doloso im"lica siem"re la causación de un resultado /ob#eti!o "ero tambi(nrequiere la !oluntad de causarlo /sub#eti!o. %se querer del resultado es el dolo.%ntonces la mani$estación de la !oluntad en el mundo $)sico requerida "or el ti"o es elas"ecto ob#eti!o. Rientras que la !oluntad en s) misma es el as"ecto sub#eti!o.

    *odos los ti"os de dolos e5i+en que haa una cierta con+ruencia entre sus as"ectosob#eti!os sub#eti!os, esta con+ruencia no siem"re es de la misma entidad.

    a ha ti"os dolosos que en esta con+ruencia basta que sea sim(trica, es decir queel ti"o sub#eti!o conten+a solo el querer la realización del ti"o ob#eti!o /dolo%#., -rt LH, solo requiere que el autor quiera la muerte de un hombre.

     b 4a otros ti"os dolosos en que la con+ruencia es asim(trica, "orque e5i+en al+omas que la sim"le realización del ti"o ob#eti!o /al+o mas que el dolo, son ti"osen que esta hi"ertro$iado el as"ecto sub#eti!o con relación al ob#eti!o, ese al+omas que el dolo, se llama elemento sub#eti!o del ti"o distinto del dolo.

    B)- A%P&C' 'B(&*'+ An,lisis de los coponentes típicos. &leentos

    descriptivos norativos. Conducta+ su/etos. %ituaciones típicas.

    7esultado material' %l resultado es un ineludible $enómeno $)sico que acom"a9a a todaconducta, no ha conducta sin resultado. *odos los ti"os entonces, requieren de unresultado, aunque los indi!idualizan de distinta manera.

    7elación de causalidad' Para los que conciben al ti"o en $orma ob#eti!a, es decir comola causación de un resultado no queda otra alternati!a que buscar una limitación a larele!ancia "enal de la causalidad, "orque si tomasen en cuenta la causalidad como tal/cate+or)a del ser ser)a t)"ica la conducta de en+endrar a un homicida, en de$initi!a la

    ti"icidad de todas las conductas recaer)an sobre -dán %!a. 2a causalidad comocate+or)a del ser, es un "roceso cie+o, una cadena de causas e$ectos. “*oda condiciónque no "uede ser mentalmente su"rimida sin que con ello desa"arezca el e$ecto, escausa /Xessel”. %sta teor)a se conoce como la de la conditio sine qua non, es decir “condición sin la cual” no se hubiera "roducido el resultado.Rediante la causalidad es "osible determinar el l)mite m)nimo de la res"onsabilidad, sinembar+o, dado que no toda causalidad im"lica res"onsabilidad, los l)mites de rele!anciaen el delito doloso serán $i#ados "or el ti"o sub#eti!o, es decir que solamente serárele!ante la causalidad diri+ida "or la !oluntad de acuerdo a un $in.2o más elemental "ara comenzar a com"robar si una conducta es t)"ica, es "re+untarsesi ha causado el resultado. %sto lo hacemos mediante la “conditio sine qua non”

    F

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    Cr)tica teor)a' %l hombre seria res"onsable hasta el in$inito, a que no admite que "uedahaber una “concausa”.%#em"lo al a"licar esta teor)a. 6n hombre debe !ia#ar en a!ión el lunes, "ero un auto loatro"ella causándole lesiones a ra)z de eso el !ia#e se demora unos d)as !ia#a el

     #ue!es, el a!ión cae el !ia#ero muere. Con$orme a esta teor)a el autor de la muerte del

    !ia#ero seria el conductor del auto que lo lesiono. Por ellos, "ara solucionar elincon!eniente que "resenta la teor)a, es "reciso unirla al ti"o sub#eti!o /$inalidad.

    %lementos Descri"ti!os' 3on aquellos que el autor "uede conocer com"render a tra!(sde sus sentidos, tocarlos, !erlos, o)rlos, etc. %#. el elemento descri"ti!o es “cosamueble” en el delito de hurto.

    %lementos :ormati!os' 3on aquellos que "redomina una !aloración, entonces no "ueden ser "ercibidos "or los sentidos. %#., "uros conce"tos #ur)dicos, como el“documento”. 3e trata de elementos cuo conocimiento se e5i+e una !aloración t(cnico

     #ur)dico. *ambi(n "ertenecen a esta cate+or)a aquellos que requieren una !aloración

    em")ricocultural del autor, como el carácter “obsceno” de la e5hibición. -demás, "or e#em"lo en la re$erencia al hurto cuando hablamos de “ile+itimidad” im"lica lanecesidad de que el su#eto acti!o se a"odere sin que el due9o haa dado consentimiento,lo que nos indica que “ile+itimidad” "ertenece al ti"o ob#eti!o

    ConductaS-cción' %s la conducta descri"ta +eneralmente a tra!(s de un !erbo, dentrodel ti"o. %#., matar, hurtar, en+a9ar. 3e lo denomina n;cleo del ti"o. 4ab)amos dichoque conducta era el "rimer carácter de la teor)a del delito consist)a en un mo!imientocor"oral !oluntario con $inalidad.

    3u#etos' 4a dos clases de su#etos, el acti!o el "asi!o. %l su#eto acti!o es quien realizala conducta descri"ta en el ti"o el su#eto "asi!o es el titular del bien #uridico. %l ti"oacti!o +eneralmente "uede ser cualquiera, dan lu+ar a los llamados “delicta comunia”en tanto que los ti"os que requieren caracter)sticas es"eciales dan lu+ar a los “delicta

     "ro"ia”

    3ituaciones t)"icas'Pertenecen al ti"o ob#eti!o, las re$erencias a los medios /instrumentos utilizados "or elautor "ara la comisión del delito. Para que se $undamente la lesión del bien #ur)dico, serequiere que la a+resión haa sido em"rendida con medios determinados. Por lo +eneral,la utilización de tales medios, determina la subsunción en un ti"o a+ra!ado, %#. 2a

    utilización de armas en el robo.',Teoría de la imputación ob=etia en los delitos de resultado.

    Causalidad e im"utación ob#eti!a. /Baci+alu"o

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    *eor)as de la causalidad.

    a %qui!alencia de condiciones o conditio sine qua non'Para saber si un hecho es condición, se lo su"rime mentalmente. 2a cr)tica es que elhombre ser)a res"onsable hasta el in$inito.

    Por e#em"lo. 3i o hiero le!emente a una "ersona, esta es lle!ada al hos"ital, el hos"italse incendia /concausa, el herido muere /resultado. 3i o lo her), resulto el autor, a "esar de que el hos"ital se haa incendiado. Etro e#em"lo ser)a, o atro"ello a una "ersona "or esa razón la "ersona toma el a!ión del >ue!es en !ez del Rartes, el a!ióncae, la "ersona muere, ser( cul"able.

     b *eor)a de la causa e$iciente'De todas las condiciones, solo será causa, aquella que sea más e$iciente "ara lo+rar la

     "roducción del resultado.3i o coloco a al+uien en la #aula del león, si el león lo mata, el león es el autor. %stoseria absurdo.

    c *eor)a de la causa "ró5ima'%s causa la condición que está más "ró5ima al resultado. %#' en el caso del hos"ital,el incendio ser)a la causa ;ltima o la más "ró5ima al resultado.Critica' en muchos casos, la causa más "ró5ima no coincide con la del !erdaderoautor. Ecurre el mismo absurdo que en la teor)a de la causa e$iciente.

    d *eor)a de la causa adecuada'*ambi(n llamada de adecuación, las condiciones no son todas equi!alentes, soloserá “causa” la condición que re+ular o normalmente, conduzca a la "roducción deese resultado /es decir adecuada.%#., cuando uno encierra a al+uien en la #aula de un león, lo normal es que el león lomate, "or lo tanto “encerrar a al+uien en la #aula de un león” es la causa adecuada,

     "ara matarlo /resultado, en consecuencia, el que encerró al otro, es el autor delhomicidio. Pero en cambio, si al+uien hiere le!emente a una "ersona esta lue+omuere quemada a ra)z del incendio en el hos"ital, el que hirió no es el autor delhomicidio, "ues no es normal que "or una herida, al+uien muera quemado. %l autor será entonces el incendiario.%sta teor)a admite la concausa' cuando un hecho, al darse #unto con la acción de unhombre, "roduce consecuencias que no son las que normalmente deber)an ocurrir,/%#. incendio del hos"ital A es una concausa, rom"iendo la relación causal entre el

    resultado la acción del hombre, quien no es !isto como el autor del resultado.Critica' NCómo se hace "ara saber si, "or una acción determinada, es normal que se

     "roduzca determinado delitoO Posiciones'Colocándose en el lu+ar del actor !iendo si con$orme a las circunstancias que elconoc)a, era "re!isible que se "roduzca el resultado, si lo era, se considera normal la

     "roducción del resultado.Considerando si el resultado era "re!isible "ara un hombre “normal” ósea "aracualquiera.2os es"ecialistas /"eritos deben decir, si, normalmente, esa acción "roduce eseresultado.

    e *eor)a de la causa t)"ica'

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    3i la conducta del a+ente concuerda con la de$inición del !erbo del ti"o le+al, serácausa del resultado. %#' en el homicidio, el !erbo es “matar”, se determina en queconsiste matar, se analiza la conducta si concuerda con dicha de$inición, será“causa” del resultado.2a cr)tica a esta teor)a es que e5clue los delitos de "ura acti!idad, en donde se

    casti+a el solo hecho del a+ente aunque no haa resultado.

     f" Teoría de la imputación ob=etia 16a >ue se aplica actualmente"3e !a a atribuir el resultado de la acción, siem"re que se cum"lan dos requisitos.Kue la acción haa creado el "eli+ro de que se "roduzca el resultado.Kue este resultado consista en la "roducción de ese "eli+ro.

    %#em"lo' el conductor que endo a la !elocidad "ermitida lesiona le!emente a un "eatón. 2a acción del conductor no creo el "eli+ro "rohibido, de que se lesione al "eatón, a que e5iste un ries+o "ermitido "ro"io de utilizar un auto en la !elocidad "ermitida.

    Podemos decir entonces que no son "enadas'2as acciones que "roducen resultado ine!itables /a que su autor no creó un "eli+ro

     "rohibido.2as acciones que bene$ician al bien #ur)dico o que disminuen el "eli+ro que corre /%#'si "ara sal!ar a al+uien que se esta aho+ando se le "e+a una trom"ada, lesionándolo,

     "ara e!itar su deses"eración "oder sal!arle la !ida.

    Cuando el bien #ur)dico "rote+ido a estaba en "eli+ro antes de la acción cometida "or el a+ente. Puede ocurrir.

     & Kue la "(rdida no $uera se+ura' 3in bien hubo una situación de "eli+ro antes de laacción, no se "uede a$irmar que el bien se habr)a lesionado ine!itablemente.

     & Kue la "(rdida $uera se+ura' en estos casos se a"lica la “aceleración de causalidad” o“causalidad de reem"lazo”

    @-celeración de causalidad' Cuando quien con intención de matar em"u#a a otro aun "reci"icio a quien a hab)a tomado una dosis de !eneno. %n ese caso, la acciónde em"u#ar iba a "ro!ocar el resultado de la muerte, este resultado se habr)a

     "roducido i+ualmente, "or ende el autor solo se le "uede im"utar ob#eti!amentetentati!a de homicidio "orque solo son im"utables los resultados e!itables.

    @Causalidad de reem"lazo' Cuando quien con intención de matar, le da una dosisletal de !eneno a una "ersona a la que un tercero a le hab)a suministrado una dosisi+ual de !eneno, "re!iamente, el resultado muerte no se le "uede atribuir "orque eraal+o ine!itable. 3e le im"uta solamente tentati!a de homicidio.

    3in embar+o, tambi(n ha cr)ticas hacia estas teor)as.en el "rimer e#em"lo, la causa muerte $ue el em"u#ón al "reci"icio, no el !eneno.en el se+undo' como los dos en!enenaron a la !ictima, se les debe im"utar homicidioconsumado, "or i+ual sin im"ortar el orden cronoló+ico de sus acciones.

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    D 9specto sub=etio! el dolo. 

    %l conocimiento que requiere el dolo' /+u)a 0a$$aroni. F.

    %l dolo es el elemento nuclear "rinci"al del ti"o sub#eti!o. %s el querer del resultado

    t)"ico, la !oluntad realizadora del ti"o ob#eti!o. -hora bien, "ara que un su#eto "uedaquerer al+o, necesariamente tambi(n debe conocer al+o. “*odo querer "resu"one unconocer”. %l conocimiento que "resu"one este querer es el de los elementos del ti"oob#eti!o en el caso concreto, "or e#em"lo "ara el dolo de homicidio /art. LH se

     "resu"one que se se"a que el ob#eto de la conducta es un hombre que el arma causaráel resultado /"re!isión de la causalidad.

    %ntonces, "er$eccionando la de$inición decimos que el dolo es “la !oluntad realizadoradel ti"o ob#eti!o, +uiada "or el conocimiento de los elementos de (ste en el casoconcreto”. %sto da lu+ar a dos as"ectos del dolo'

     & -s"ecto de conocimiento A co+nosciti!o

     & -s"ecto del querer A conati!o A

    -s"ecto co+nosciti!o del dolo'%l dolo requiere siem"re conocimiento e$ecti!o, la sola "osibilidad de conocimiento/llamada conocimiento "otencial no "ertenece al dolo. %n el caso del homicidio, sin eseconocimiento e$ecti!o, la !oluntad del autor no "uede tener el $in de matar a un hombre, "or ende no "uede ser una !oluntad homicida. %l conocimiento e$ecti!o "uede ser actual o actualizable. %s conocimiento actual aquel que tiene el "ro$esor de sus alumnosen la clase, es conocimiento actualizable el que en ese momento tiene de “los conse#osdel !ie#o” es decir, "uede recordarlos al "ensar en ellos lo hará actualizable, si no los

     "iensa quedará en "uramente actualizable el dolo requiere siem"re un cierto +rado deactualización del conocimiento.

    %l +rado de actualización e5i+ido "or el dolo, no siem"re es un "ensar en ello, sino que "uede inte+rarse con al+unos conocimientos actualizables. 4a al+unos contenidos deconciencia que no "ueden ser escindidos de otros que “se "iensan”, es decir que cuandose $ocaliza la consciencia sobre al+unos ob#etos, ha un co"ensar en otros, que no

     "ueden se"ararse de los anteriores, sin nin+una necesidad de que realmente “se "iense”en los se+undos. %#., el que tiene acceso carnal t)"ico -rt 1

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    Dolo conciencia de la anti#uricidad /0a$$aroni FM

    %l conce"to le+al de dolo la "odemos sacar de la $ormula de la tentati!a del -rt < c".“%l que con el $in de cometer un delito determinado comienza su e#ecución, "ero no loconsuma "or circunstancias a#enas a su !oluntad, su$rirá "enas determinadas en el -rt

    ”. %ntonces el dolo es el $in de cometer un delito determinado. & %l conocimiento de la anti#uridicidad debe ser al+o distinto a los conocimientos delti"o ob#eti!o, no se "uede e5i+ir en el dolo un conocimiento e$ecti!o de laanti#uridicidad, "orque ha dolo tanto cuando el su#eto conoce la anti#uridicidad comocuando no le im"orta si su conducta es anti#ur)dica. %l conocimiento de laanti#uridicidad no ser)a un conocimiento e$ecti!o sino uno "otencial, es decir un “noconocimiento”. Para la "osición de 0a$$aroni el dolo no "asa de ser el querer de larealización del ti"o ob#eti!o, que sur+e de la $órmula le+al de la tentati!a que "aranada necesita del conocimiento de la anti#uridicidad ni de su "osibilidad.

    2a !oluntad dolosa /as"ecto conati!o' dolo directo, indirecto, e!entual.

    3e trata del as"ecto conati!o del dolo, es decir el querer del mismo.

    Dolo directo o de "rimer +rado' ha dolo directo, cuando el autor realiza la acción,sabiendo e5actamente el resultado que causará en ella, en $orma directa e incondicional,%#. 3i em"u#o a una "ersona desde el "iso

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    %!entuales elementos sub#eti!os del ti"o, distintos del dolo.

    %n los ti"os dolosos, ha ti"os sim(tricos, en que su as"ecto sub#eti!o se a+ota en eldolo, los ti"os asim(tricos, que tienen elementos o requerimientos sub#eti!os quee5ceden del dolo. 3i dolo es el querer del resultado t)"ico, serán estos elementos

    sub#eti!os los que se requieran en los ti"os que se di$ieran del mero querer larealización del ti"o ob#eti!o.%stos requerimientos "ueden ser de dos naturalezas.

    -. 6ltra intencionales' "articulares direcciones de la !oluntad que !an más allá delmero querer la realización del ti"o ob#eti!o. %#.' el "ro"ósito de e!itar ladeshonra, que debe acom"a9ar al dolo de homicidio en el ti"o sub#eti!o dein$anticidio /-rt 1c".

    B. Dis"osiciones internas' "articulares dis"osiciones del su#eto acti!o. %#.' 2aale!os)a, que requiere que la muerte sea cometida a"ro!echando la inde$iniciónde la !ictima no solo conoci(ndola. /art. F. Inc.

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    el in#usto "or el solo des!alimiento o inde$ensión de la !ictima, sino que ademásrequiere el a"ro!echamiento de esa situación "or el autor. %n la ale!os)a, de no mediar esa situación /de querer a"ro!echarse todo homicidio en la "ersona de un inde$ensoserá cali$icado.

    4a ti"os de tendencia interna "eculiar o elementos del ánimo en que resulta

    cierto que la "eculiaridad de la dis"osición interna $undamenta o a+ra!a el in#usto. 3etrata de los ti"os que requieren el carácter de "ro$esionalidad o habitualidad. %n estosti"os la conducta t)"ica no se con$i+ura con una re"etición sino que esta es solo una

     "resunción de la habitualidad. 2a conducta t)"ica "uede con$i+urarse con un solo acto,si las circunstancias que lo rodean demuestran la "eculiar tendencia interna queconstitue la habitualidad o "ro$esionalidad. Por e#em"lo el e#ercicio ile+al de lamedicina /art.

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    C %rror in "ersona' Cuando el su#eto incurre en un error sobre la identidad de la!)ctima. Por e#em"lo dis"aro contra Carlos lo mato, creendo que era 2uis a quien enrealidad quer)a matar. 3e le debe im"utar directamente el delito cometido, "orque si

     bien el resultado no es id(ntico, es equi!alente #ur)dicamente. A-cción se diri+e consuma contra una determinada "ersona.

    D Dolus Generalis,' %s un error sobre la causalidad, en que el autor cree haber alcanzado el resultado, "ero en realidad este sobre!iene dentro del curso causal con

     "osterioridad. %n s)ntesis, el dolus +eneralis se da cuando el autor "roduce un resultado,creendo equi!ocadamente que a lo hab)a cometido. Por e#em"lo, con la intención dematar a >uan, lo atro"ello con el auto cre(ndolo muerto lo tiro al r)o. >uan no estabamuerto sino desmaado muere "ero aho+ado no atro"ellado. %n este caso se leim"uta homicidio doloso basándose en que no e5isten dos hechos inde"endientes/tentati!a de homicidio homicidio cul"oso sino que e5iste un dolo +eneral, un actuar +eneral que causó el resultado muerte.

    H

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    Bolilla L. TE8R%9 DE6 DE6%T8 1DE6%T8 %&PR

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    cuo mecanismo desconoc)a. %n el "rimer caso el deber de cuidado !iolado es el delconductor que al salir del +ara#e no se cerciora de que no ha "eatones en la acera,mientras que el se+undo caso el deber de cuidado !iolado es el de cualquier su#eto quehallándose $rente a un mecanismo "eli+roso que i+nora cómo o"era debe e!itar accionarlo. %n estos su"uestos se !e como el $in de la conducta es el que "ermite

    a!eri+uar cual era el deber de cuidado en cada caso.

    -hora bien, ha que recordar que ti"os abiertos son aquellos que deben ser com"letados "or el #uez, acudiendo a una norma de carácter +eneral que se encuentra $uera del ti"o.%l ti"o abierto "or s) mismo resulta insu$iciente "ara indi!idualizar la conducta

     "rohibida. %sto es lo que sucede con los ti"os cul"osos, no es "osible indi!idualizar laconducta "rohibida si no se acude a otra norma que nos indique cual es el “cuidado a sucar+o” que ten)a el su#eto acti!o.

    3istemas le+islati!os en materia de im"rudencia.

    4a códi+os que crean un “delito de cul"a” /que suele llamarse crimen cul"ae o bienque admiten que cualquier ti"o "uede tener la $orma cul"osa, hab)amos dicho que elar+entino solo admite las conductas cul"osas ti"i$icadas. - di$erencia de otros "a)ses, endonde todos los ti"os dolosos "ueden tener la $orma cul"osa /sistema de numeroabierto, %s"a9a, en nuestro "a)s solo son ti"os cul"osos, cuando est(n es"ec)$icamenteti"i$icados en la "arte es"ecial del CP /sistema cerrado.

     -" 'omponentes “ob=etios”C del tipo culposo+

    inalidad en la conducta cul"osa' 2a conducta la im"ortancia de la $inalidad en lamisma en los ti"os cul"osos está descri"to en la estructura /arriba.

    7esultado en el delito cul"oso, $unción' 2a $unción del resultado en los ti"os cul"osos,no es otra que la de delimitar los alcances de la "rohibición. Por e#em"lo cuando unsu#eto circula "or la carretera a e5ceso de !elocidad realiza e5actamente la mismaconducta !iolatoria del deber de cuidado que cuando circula "or la misma carretera ai+ual e5ceso de !elocidad "ero con la di$erencia de que causa una lesión o muerte. 3inembar+o en el "rimer caso la conducta será at)"ica en el se+undo t)"ica. %l resultadoes e$ecti!amente un “com"onente de azar” que res"onde a la "ro"ia $unción+arantizadora que debe cum"lir el ti"o en un sistema de ti"os en donde el "rinci"io dele+alidad ri+e. %l resultado no "uede considerarse $uera del ti"o ob#eti!o cul"oso, a

    que es una limitación a la ti"icidad ob#eti!a.Causalidad en el ti"o cul"oso' %l rele!amiento de la causalidad "or el ti"o cul"oso no es;til "ara asentar la ti"icidad ob#eti!a, sino solo "ara delimitarla, "uesto que tan causal esla conducta del que !iola el deber de cuidado como la del que lo obser!a. %#. 3i dosautos chocan en una esquina, a "esar de que uno !iolo el deber de cuidado de nores"etar el "aso del de la derecha, es tan causal la conducta de uno como la del otro,

     "orque si el que !iolo el deber de cuidado no hubiera estado en ese lu+ar, no se hubiera "roducido la colisión /con$orme a la teor)a de la “conditio sine qua non”.

    In$racción de deberes de cuidado' -l haber $racasado los intentos de !alerse de la

    causalidad "ara indi!idualizar la conducta cul"osa, "asó a desem"e9ar un "a"el

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    $undamental la !iolación del deber de cuidado. 3e trata de un com"onente normati!o delti"o ob#eti!o cul"oso que es decisi!o "ara toda la doctrina.

    %l deber de cuidado debe ser !iolado "or una conducta, "orque es inadmisible que haa "rocesos causales que !iolen deberes de cuidado. recuentemente los deberes de

    cuidado se haan establecidos en la le, como la de conducir !eh)culos motorizados, "ero será "reciso tener "resente que una in$racción administrati!a no es un delito, dadoque no siem"re la in$racción del re+lamento es una !iolación al deber de cuidado, decualquier manera nin+una re+lamentación a+ota todas las "osibles $ormas de !iolacióndel deber de cuidado que "ueden darse en la acti!idad que re+lamenta, las dis"osiciones+enerales como las que sur+en del re+lamento de tránsito no hacen más que remitir a

     "autas sociales de cuidado.

    3on incontables las conductas en que se "uede !iolar un deber de cuidado,determinando la a$ectación de un bien a#eno que no se hallan re+lamentadas ni

     "odr)an estarlo, as) se remite a "autas sociales de cuidado no si+ni$ica que lo ha+a a una

    $ormula +eneral como la del Ahombre normal, a que no sir!en de nada "orque el deber de cuidado debe determinarse con$orme a la situación #ur)dica social de cada hombre.Por %#em"lo no es el mismo deber de cuidado que tiene a su car+o el conductor de un!eh)culo indi!idual que el de un trans"orte colecti!o "or más que los dos "artici"en deltránsito.

    2a !iolación del deber de cuidado "lantea al+unos "roblemas, como el que sur+e cuandoel "ro"io titular del bien #ur)dico a$ectado ha !iolado el deber de cuidado, o bien,cuando el autor causa el resultado "orque otro ha sido el que ha !iolado el deber decuidado. %s ob!io que "orque el otro haa !iolado el deber de cuidado, no corres"ondedescartar la ti"icidad cul"osa de los otros "artici"antes que tambi(n causen el resultado,sino que ha que determinar si tambi(n ellos !iolaron el deber de cuidado. Por e#em"lo,

     "or el mero hecho de que un "eatón cruce la calzada "or la zona "rohibida, no se "uededescartar la ti"icidad cul"osa del conductor que lo arrolla o "orque una en$ermera haaentre+ado instrumental sin esterilizar no se "uede descartar la ti"icidad cul"osa delm(dico que la usa. %l criterio "ara determinar si hubo "or su "arte !iolación del deber de cuidado es el "rinci"io de con$ianza, se+;n el cual resulta con$orme al deber decuidado la conducta del que en cualquier acti!idad com"artida mantiene la con$ianza enque el otro se com"ortará con$orme al deber de cuidado mientras no ten+a razónsu$iciente "ara dudar o creer lo contrario. %#., si el conductor !e al "eatón cruzando "or zona "rohibida tiene moti!o su$iciente "ara creer que esta !iolando el deber de cuidado

    lo !a a se+uir haciendo, en tal caso el conductor !iolará el deber de cuidado si nodisminue la marcha. E el m(dico habrá !iolado el deber de cuidado si la $alta deesterilización era de tal ma+nitud que deb)a "ercibirla al em"learlo.

    %l ries+o Permitido'

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    modo al+uno "uede ser una acción t)"ica, dado que la sociedad las considera necesarias "ara su desarrollo.Dentro de la "roblemática del ries+o "ermitido, están los casos de disminución deries+os, en los que el autor obra causalmente res"ecto de un resultado realmenteocurrido, "ero e!itando a la !ez la "roducción de uno maor. %#., - des!)a un !a+ón,

    que si si+ue su traectoria "odr)a matar traba#adores, como consecuencia el !a+ón seestrella contra !arios coches "roduce da9os. %n este caso el resultado de da9o no esim"utable al que ha creado un ries+o menor que el ori+inalmente amenazante.

    Im"utación ob#eti!a o ne5o de determinación entre la !iolación del deber de cuidado el resultado. /"a+ 0

    Kuien conduce un auto causa la muerte de al+uien, com"robándose que hab)a !ioladoun deber de cuidado en razón de que conduc)a con la licencia !encida, no realiza "or ello una conducta cul"osa de homicidio o de lesiones a que queda la "osibilidad de queel su#eto a;n habiendo reno!ado la licencia, el resultado se hubiese "roducido de la

    misma $orma.3i al+uien conduce "or la ruta a e5ceso de !elocidad, !iola un deber de cuidado, "ero noha homicidio si se arrolla al suicida que diez metros antes se arro#a al "aso del !ehiculodesde un árbol, "orque aun en el caso que no hubiere e5cedido la !elocidad, tam"ocohubiese "odido $renar ni esqui!ar al su#eto.

    %stos casos demuestran que no basta con que la conducta sea !iolatoria del deber decuidado cause el resultado, sino que debe mediar una relación de determinación entrela !iolación del deber de cuidado la causación del resultado, es decir que la !iolacióndebe ser determinante del resultado.%sta relación de determinación no es una relación de causalidad. 4a causalidad cuandola conducta de conducir un !ehiculo causa la muerte a al+uien, haa o no !iolación deldeber. 2o que acá requerimos es que en una conducta que haa causado el resultado que sea !iolatoria del deber de cuidado, el resultado !en+a determinado "or la !iolacióndel deber de cuidado.

    Para establecer esta relación debemos realizar una hi"ótesis mental' Debemos ima+inar la conducta cuidadosa en el caso concreto, si el resultado no hubiese sobre!enido,habrá una relación de determinación entre la !iolación del deber de cuidado elresultado, "or el contrario si la conducta hubiese sido cuidadosa el resultado i+ual sehubiere "roducido, no e5istirá relación de determinación.

    %l $undamento le+al "ara e5i+ir la relación de determinación lo hallamos en el “"or” -rt, /“"or ne+li+encia, "or im"rudencia, etc.. Kue im"lica que "ara nuestra le no bastacon que el resultado se haa causado, sino que requiere que se lo haa causado en razónde la !iolación del deber de cuidado.

    '" 9SPE'T8 S

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    %n el as"ecto co+nosciti!o del ti"o sub#eti!o cul"oso ha un conocimiento "otencial, esdecir, una "osibilidad de conocimiento, no requiri(ndose un conocimiento e$ecti!o,como sucede en el caso del dolo.4a autores que "re$ieren no hablar de un ti"o cul"oso sub#eti!o, "orque "uede inducir a error, "ara otros autores si es necesario.

    %l ti"o sub#eti!o cul"oso se inte+ra "or un -s"ecto conati!o que es la !oluntad derealizar la conducta $inal de que se trate con los medios ele+idos. = "or un -s"ectoCo+nosciti!o o intelectual, que es la "osibilidad de conocer el "eli+ro que la conductacrea "ara los bienes #ur)dicos a#enos de "re!er la "osibilidad del resultado con$orme aeste conocimiento. %ste as"ecto se denomina P7%TI3IBI2ID-D.

    4a ati"icidad cul"osa, cuando el resultado no era "re!isible "ara el autor, sea que no lo$uese "orque se hallaba más allá de la ca"acidad de "re!isión /i+norancia in!encible o

     "orque el su#eto se encontraba en un estado de error in!encible de ti"o. %#. %sim"re!isible el resultado "ara el alba9il que no "uede "re!er que el ladrillo que coloca

    se a$lo#ará "asados

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    mismo solo lo toma en cuenta "ara la determinación del deber de cuidado queincumb)a al autor de la conducta.

    Clases de cul"a' /0a$$aroni M

    Cul"a con re"resentación o cul"a consciente' %s aquella en que el su#eto acti!o se hare"resentado la "osibilidad de la "roducción del resultado, aunque la ha rechazado en lacon$ianza de que lle+ado el momento lo e!itara. -qu) ha un conocimiento e$ecti!o del

     "eli+ro que corren los bienes #ur)dicos, que no debe con$undirse con con la ace"taciónde la "osibilidad de "roducción del resultado /dolo e!entual. %n la cul"a conre"resentación lo ;nico que se conoce e$ecti!amente es el "eli+ro.

    Cul"a inconsciente o cul"a sin re"resentación' no ha un conocimiento e$ecti!o del "eli+ro que con la conducta se introduce "ara los bienes #ur)dicos, se trata del su"uestoen que el su#eto ha "odido debido re"resentarse la "osibilidad de "roducción delresultado sin embar+o no lo ha hecho. %n estos acontecimientos solo ha un

    conocimiento "otencial del "eli+ro de los bienes #ur)dicos a#enos.

     %#em"los'1 quien conduce en auto a e5ceso de !elocidad "or una calle transitada "or ni9os quesalen de una escuela, este "uede ni siquiera re"resentarse la "osibilidad de arrollar a unni9o, en ese caso habrá cul"a sin re"resentación.

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    Bolilla . TE8R%9 DE6 DE6%T8. T%P%'%D9D 8&%S%9

     9" Tipos omisios+ conducta * omisión, niel de análisis 14affaroni :F2" 2os ti"os acti!os indi!idualizan la conducta "rohibida mediante descri"ciones que

    com"letan con al+unos elementos normati!os. 2os ti"os omisi!os lo hacen describiendola conducta debida "rohibiendo cualquier otra conducta que di$iera de la debida.

    %ntonces el art. 1 es un ti"o acti!o “los que contra#eran matrimonio sabiendo ambosque e5iste im"edimento que cause su nulidad absoluta”, nos describe la conducta

     "rohibida.%l -rt 1F "ena al que “encontrando "erdido o desa"arecido a un menor de 1F a9os o auna "ersona herida o in!álida, omitiere "restarle au5ilio necesario, cuando "udierehacerlo sin ries+o "ersonal o no diere a!iso a la autoridad” se trata de una descri"ciónde la conducta que el su#eto debe hacer en esa situación. 2o "rohibido es realizar cualquier otra conducta distinta de esas.

    -cción Emisión son dos t(cnicas di$erentes "ara "rohibir conductas humanas. 3i bientodas las normas que dan ori+en al ti"o son "rohibiti!as, al+unas "ueden enunciarse

     "rohibiti!amente /no matarás, otras "erce"ti!amente /audarás. %n el enunciado "rohibiti!o se "roh)be hacer la acción que se indi!idualiza con el !erbo /matar en elenunciado "rece"ti!o se "roh)be realizar cualquier otra acción que no sea la queindi!idualiza el !erbo /audar.

    Cuando un enunciado "rohibiti!o se hace "erce"ti!o, cobra una am"litud que no tenia,no es lo mismo “no mataras” que “res"etaras la !ida de tu "ró#imo”. %l se+undoenunciado "arece "rohibir más que el "rimero.

     :i!el de análisis'

    Emitir no es un "uro “no hacer”, es solo “no hacer lo que se debe hacer” esto ultimonunca "uede saberse hasta que no se alcanza la norma, es decir hasta que no se lle+a a lati"icidad.%s decir que solo ha acciones, como ;nica $orma de conducta anterior a cualquier re$erencia t)"ica. Cuando lle+amos al ni!el de análisis de la ti"icidad, hallamos ti"osque nos describen conductas "rohibidas a las que ha ante"uesta una norma conenunciado "rohibiti!o llamadas ti"os acti!os, otras que nos describen la conducta

    debida a lo que "ermanece ante"uesta una norma con enunciado "erce"ti!o, que sellama ti"o omisi!o.%sta "osición es conocida con el nombre de *eor)a del “aliud a+ere” /del otro hacer, delhacer di$erente. 2o que se "ena es el hacer di$erente del debido.

     -"'lases de tipos omisios+ omisiones propias e impropias. Diferencias. 14affaroni:F:"

    %l autor es uno de los elementos del as"ecto ob#eti!o del ti"o omisi!o, tiene +ranim"ortancia en los mismos dando una clasi$icación' Emisiones "ro"ias e im"ro"ias.

    M

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     & Emisiones "ro"ias' 3on aquellos en los que el autor "uede ser cualquiera que seencuentre en la situación t)"ica. Por e#em"lo el re$erido art)culo 1F, como "asar "or unla+o !er que al+uien se está aho+ando no hacer nada "ara au5iliarlo. 3e caracterizan

     "orque no tienen un ti"o acti!o equi!alente el autor "uede ser cualquier /delictacomunia. 3on e5ce"cionales en el CP.

     & Emisiones im"ro"ias' 3on aquellos en los que el autor solo "uede ser quien seencuentra dentro de un limitado c)rculo /delicta "ro"ia que hace que la situación t)"icade la omisión equi!al+a a la de un ti"o acti!o. 2os ti"os de omisión im"ro"ia tienen unti"o acti!o equi!alente la "osición en que debe hallarse el autor se denomina“"osición de +arante”. 6n ti"o de omisión im"ro"ia se da "or e#em"lo al no decir la!erdad el su#eto que está ba#o #uramento, lo que constitue un delito de $also testimonio.

    '" Estructura típica de los delitos omisios. 9specto ob=etio+

    %n el as"ecto ob#eti!o del ti"o omisi!o encontramos'

     & 6na 3ituación t)"ica, que "or e#em"lo en el art. 1F es la de encontrarse $rente a la "ersona necesitada de au5ilio, en otros casos es una situación en que la a$ectación del bien #ur)dico equi!aldr)a a la de una estructura t)"ica acti!a. %s decir que el ti"o ob#eti!oomisi!o es siem"re un ti"o circunstanciado.

     & %n esa situación t)"ica, debe darse tambi(n la e5teriorización de una !oluntad distintade la !oluntad realizadora de la conducta debida.

     & -demás el ti"o omisi!o requiere