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Sobre la implantación de la LOE

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 50 Viernes 26 de febrero de 2010 Sec. III. Pg. 19007

    III. OTRAS DISPOSICIONES

    MINISTERIO DE EDUCACIN3143 Resolucin de 7 de enero de 2010, de la Direccin General de Evaluacin y

    Cooperacin Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboracin, entre el Ministerio de Educacin y la Comunidad de Castilla y Len, para el Plan de apoyo a la implantacin de la LOE.

    El Ministerio de Educacin y la Comunidad de Castilla y Len, han suscrito un Convenio de colaboracin para el Plan de apoyo a la implantacin de la LOE. Ao 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicacin en el Boletn Oficial del Estado de dicho Convenio.

    Madrid, 7 de enero de 2010.La Directora General de Evaluacin y Cooperacin Territorial, Rosa Pealver Prez.

    CONVENIO DE COLABORACIN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIN Y LA COMUNIDAD AUTNOMA DE CASTILLA Y LEN PARA EL PLAN DE APOYO A LA

    IMPLANTACIN DE LA LOE. AO 2009

    En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.

    REUNIDOS

    De una parte, don ngel Gabilondo Pujol, como Ministro de Educacin, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposicin adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    Y de otra parte, en representacin de la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, el Excmo. Sr. don Juan Jos Mateos Otero, Consejero de Educacin de la Junta de Castilla y Len, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, de su Presidente, en el ejercicio de la competencia referida en el artculo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, y facultado para la firma de este convenio por Acuerdo de la Junta de Castilla y Len de fecha 26 de noviembre de 2009.

    Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurdica suficiente para suscribir el presente convenio, y a tal efecto

    EXPONEN

    Primero.Que el artculo 27 de la Constitucin Espaola establece el derecho de todos a la educacin y asigna a los poderes pblicos la obligacin de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educacin solo puede entenderse en el sentido de que la educacin que reciben los nios y jvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y econmicas de la familia y del entorno.

    Segundo.Que el Estatuto de Autonoma de la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, aprobado por Ley Orgnica 4/1983, de 25 de febrero, reformado por Ley Orgnica 11/1994, de 24 de marzo, por Ley Orgnica 4/1999, de 8 de enero y por Ley Orgnica 14/2007, de 30 de noviembre, establece en su artculo 73.1 que corresponde a la Comunidad Autnoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecucin de la enseanza en toda su extensin,

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    niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

    Tercero.Que el artculo 9 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin (en adelante LOE) establece que el Estado promover programas de cooperacin territorial, con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carcter general y reforzar las competencias bsicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autnomas.

    Cuarto.Que la Memoria Econmica de la LOE prev que a lo largo del perodo de implantacin de la Ley se dispondr de asignaciones especficas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas.

    Quinto.Que en los Presupuestos Generales del Estado para 2006, 2007 y 2008 se recogen partidas presupuestarias especficas para la suscripcin de convenios con las administraciones educativas autonmicas. En el ao 2006 esta partida, de 14.834.000 euros, se destina a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. En el ao 2007, ao en el que comienza la implantacin de las previsiones contempladas en la Ley, se pone en marcha el Plan de Apoyo a la implantacin de la LOE con una partida presupuestaria de 56.963.800 euros para cuatro mbitos de actuacin: la formacin, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del xito y la lucha contra el abandono escolar prematuro. Y en el ao 2008, la partida presupuestaria de 95.094.000 euros se destina a cinco mbitos de actuacin: la formacin, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del xito escolar, la reduccin del abandono escolar temprano del sistema educativo y la extensin o modificacin del tiempo escolar.

    Sexto.Que el Consejo de Ministros celebrado el da 19 de junio de 2009 adopta el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribucin a las Comunidades Autnomas as como la distribucin resultante para el ao 2009, acordados en el seno de la Comisin General de Educacin de la Conferencia Sectorial de Educacin, de un crdito de 106.866.630 euros para programas del plan de apoyo a la implantacin de la LOE.

    Sptimo.Que la frmula general contemplada en el ordenamiento jurdico para articular las actuaciones de cooperacin entre la Administracin General del Estado y los rganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autnomas es el convenio de colaboracin regulado en el artculo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Consecuentemente, el Ministerio de Educacin y la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, previa aprobacin de la Comisin Delegada del Gobierno para Poltica Autonmica, suscriben el presente convenio conforme a las siguientes

    CLUSULAS

    Primera. Objeto del convenio.Constituye el objeto del presente convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboracin necesarios entre el Ministerio de Educacin y la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, a travs de la Consejera de Educacin, para apoyar actuaciones de la Comunidad Autnoma que tengan por objeto:

    Aplicar las nuevas disposiciones que contiene la LOE y que requieren acciones que no necesariamente se llevaban a cabo con anterioridad.

    Preparar el sistema educativo para hacer frente a las nuevas necesidades, derivadas de la nueva normativa bsica.

    Apoyar la puesta en marcha de programas tendentes al logro de los principio y fines del sistema educativo establecidos por la LOE y para cuya consecucin se requiere un decidido impulso a partir de la situacin actual.

    Segunda. Descripcin de las actuaciones.Las actuaciones acogidas al presente convenio debern estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2010, de acuerdo con la descripcin de los Programas que se incluye en el anexo del mismo.

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    Tercera. Programas para el conjunto de las comunidades autnomas.Los materiales para alumnos, profesores y familias, las plataformas en la red para orientacin y refuerzo, la difusin de buenas prcticas y, en general, cualquier tipo de actuacin que se realice para el conjunto de las comunidades autnomas con fines asociados a los diferentes programas de este Plan, se realizarn en colaboracin con el Ministerio de Educacin.

    Sern concebidos para la utilizacin de los miembros de la comunidad educativa de todas las comunidades autnomas y puestos a disposicin de las administraciones e instituciones del resto de las comunidades autnomas.

    Cuarta. Aportaciones econmicas.El Ministerio de Educacin aportar en el ao 2009 a la Comunidad Autnoma de Castilla y Len la cantidad total de 5.272.589 euros para el Plan de apoyo a la implantacin de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicacin presupuestaria 18.06.322B.451 del vigente presupuesto del Ministerio de Educacin, de los cuales 4.872.589 euros se destinarn a los programas que el Estado cofinancia con un 40% del gasto total y 400.000 euros a los programas desarrollados para el conjunto de las comunidades autnomas y que se financian en exclusiva por el Estado segn el punto 6 del Acuerdo del Consejo de Ministros del da 19 de junio de 2009 (BOE 27 de julio).

    La Comunidad Autnoma de Castilla y Len aportar en el ejercicio presupuestario 2010, la cantidad total de 7.308.884 euros para el Plan de apoyo a la implantacin de la LOE, con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

    07.02.322A05.22606,07.02.322A03.48058,07.05.322A05.64900,07.06.322A01.12000 y07.06.322A02.12000.

    Y que para cada Programa se detallan en el anexo del presente convenio.Quinta. Destino y distribucin de los fondos econmicos.La Comunidad Autnoma

    de Castilla y Len destinar los fondos econmicos de este Plan desglosados segn los siguientes Programas:

    1.074.863 euros para programas de formacin del profesorado en aspectos generales de la LOE, de los cuales el Ministerio de Educacin aportar 429.945 euros.

    2.246.925 euros para programas de apoyo a la implantacin de la enseanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), de los cuales el Ministerio de Educacin aportar 898.770 euros.

    4.553.905 euros para programas de mejora del xito escolar, de los cuales el Ministerio de Educacin aportar 1.821.562 euros.

    3.034.155 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarizacin, de los cuales el Ministerio de Educacin aportar 1.213.662 euros.

    1.271.625 euros para programas dirigidos para la extensin y modificacin del tiempo escolar, de los cuales el Ministerio de Educacin aportar 508.650 euros.

    400.000 euros para la organizacin de un Congreso sobre Abandono temprano de la escolarizacin. El Ministerio de Educacin financia este programa en su totalidad.

    Sexta. Instrumentacin del pago y justificacin del gasto.El Ministerio de Educacin proceder a transferir a la Comunidad Autnoma de Castilla y Len la aportacin econmica sealada en la clusula cuarta, a la firma del presente convenio.

    A los efectos de la justificacin del libramiento, la Comunidad Autnoma de Castilla y Len acopiar la documentacin correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este convenio y a la justificacin del gasto. En todo caso, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autnomas en la regla sexta del apartado 2 del artculo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, finalizado cada ejercicio econmico, y no ms tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, la Comunidad Autnoma de Castilla y Len remitir al Ministerio de Educacin un estado de ejecucin del ejercicio, indicando las cuantas totales de compromisos de crditos, obligaciones cv

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    reconocidas y pagos realizados en el ao detallado por cada una de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crdito.

    Sptima. Financiacin por el Fondo Social Europeo.Dado que los programas de mejora del xito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarizacin, dirigidos al alumnado de la Educacin Secundaria Obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educacin desarrolla, la Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len deber aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribi el Convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educacin Secundaria Obligatoria, as como la elaboracin de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deber incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explcita de dicha cofinanciacin en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

    De acuerdo con el Reglamento (CE) N. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, y el Reglamento N. 1828/2006, de la Comisin, de 8 de diciembre de 2006, deber conservarse in situ la documentacin referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educacin Secundaria Obligatoria objeto de este Convenio (relacin de actuaciones, listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.), con el fin de que se encuentren a disposicin de las autoridades de gestin, certificacin o auditora del Fondo Social Europeo.

    Octava. Informacin y difusin.La Comunidad Autnoma de Castilla y Len har constar la aportacin del Estado en todas las manifestaciones pblicas relacionadas con estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrnicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrn el logo institucional del Ministerio de Educacin y la mencin expresa: Programa cofinanciado por el Ministerio de Educacin.

    Novena. Comisin mixta de Seguimiento.A fin de realizar el seguimiento y evaluacin de los resultados del Programa de apoyo a la implantacin de la LOE derivados de las aportaciones del Estado en el ao 2009, as como la interpretacin y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitucin de una Comisin mixta paritaria, compuesta por seis miembros, dos de los cuales sern designados por el Ministerio de Educacin, uno por la Delegacin del Gobierno en la Comunidad Autnoma de Castilla y Len y tres por la Comunidad Autnoma de Castilla y Len.

    En el seno de la Comisin de Seguimiento, la Comunidad Autnoma de Castilla y Len informar de la puesta en marcha de las actuaciones recogidas en el presente convenio en dicha Comunidad Autnoma y proporcionar al Ministerio de Educacin documentacin que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribucin, la relacin de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones econmicas sealadas en la clusula cuarta de este convenio, los indicadores sealados en cada uno de los Programas que se describen en el anexo y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las clusulas de este convenio.

    Dcima. Vigencia y resolucin.El presente convenio tendr vigencia desde el da de la firma hasta el 31 de diciembre de 2010, pudiendo ser renovado o modificado, con carcter expreso, mediante documento al efecto.

    No obstante, a los efectos de las aportaciones econmicas de la Comunidad Autnoma de Castilla y Len previstas para el ejercicio 2010 en la clusula cuarta, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el anexo al convenio, la vigencia del presente convenio ser con carcter retroactivo desde el da 1 de julio de 2009.

    Adems de la expiracin de su plazo de vigencia, sern causas de extincin del convenio:

    a) El mutuo acuerdo de las partes.b) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del

    incumplimiento de sus clusulas por la otra parte.

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    En el caso de extincin del convenio por las causas indicadas anteriormente, se deber garantizar por ambas partes la finalizacin de las actuaciones en curso sin que suponga agravio para los participantes en las mismas.

    Undcima. Naturaleza y jurisdiccin.El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el rgimen jurdico aplicable al mismo el establecido en el ttulo I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicacin, interpretacin y efectos del presente convenio, que no queden solventadas por la Comisin mixta de Seguimiento prevista en la clusula novena, sern resueltas por los rganos de la jurisdiccin contencioso-administrativa.

    Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.Por el Ministerio de Educacin, el Ministro, ngel Gabilondo Puyol.Por la Comunidad Autnoma de Castilla y Len, el Consejero de Educacin, Juan Jos Mateos Otero.

    1. Programa de Formacin

    1. Descripcin de las actuaciones: Aplicacin de programas de formacin permanente del profesorado que contribuyan a que las actividades cotidianas se ajusten a lo previsto en la LOE cumpliendo sus objetivos mediante la realizacin de distintas acciones que no se hubieran llevado a cabo sin el cambio en el marco legal establecido.

    2. Objetivos que se pretenden alcanzar:

    Asegurar la formacin del profesorado en las novedades de la LOE y en las normas de desarrollo de las mismas.

    Establecer programas especficos de formacin que respondan a las necesidades del sistema de contar con profesionales preparados para dar respuesta a las novedades que se presentan as como a los docentes encargados de la toma de decisiones sobre aspectos concretos.

    3. Actividades que se han de desarrollar:

    3.1 Formacin en aspectos generales de la LOE.

    3.1.1 Competencias bsicas.

    54 actividades formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de todos los niveles educativos.

    3.1.2 Evaluacin. En particular formacin asociada a evaluaciones de diagnstico.

    12 actividades formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado que tenga que aplicar dicha evaluacin diagnstica

    3.1.3 Convivencia en los centros educativos.

    87 actividades formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de todos los niveles educativos.

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    3.2 Formacin en estrategias didcticas, de orientacin y de planificacin dirigidas a evitar el abandono escolar temprano.

    11 actividades formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de todos los niveles educativos.

    3.3 Formacin en las siguientes reas y materias que se han incorporado al currculo o que sufren modificaciones de mayor envergadura.

    3.3.1 Ciencias para el mundo contemporneo.

    19 acciones formativas: cursos, jornadas grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de secundaria que imparta la materia.

    3.3.2 Educacin para la ciudadana, en sus distintas modalidades

    25 acciones formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de los niveles educativos en los que se vaya a impartir la materia.

    3.3.3 Lengua Castellana Primaria y Secundaria.

    55 acciones formativas cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de educacin primaria y educacin secundaria.

    3.3.4 Msica Secundaria.

    16 actividades de formacin: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de educacin secundaria que imparta esta materia.

    3.3.5 Mdulos de los Programas de cualificacin profesional inicial.

    13 acciones formativas: Jornadas informativas de difusin.Destinatarios: profesorado de educacin secundaria y de formacin profesional.

    3.3.6 Materias de la va de msica del bachillerato de artes.

    9 acciones formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa, planes de formacin de centros docentes.

    Destinatarios: profesorado de educacin secundaria que imparta esta materia.

    3.4 Formacin para educadores y maestros del primer ciclo de Educacin Infantil de centros sostenidos con fondos pblicos.

    26 acciones formativas: cursos, jornadas, grupos de trabajo, seminarios, proyectos de formacin en centros, proyectos de innovacin educativa.

    Destinatarios: profesorado de educacin infantil.

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    3.5 Formacin de tutores en prcticas, en colaboracin con las Universidades.

    9 acciones formativas: Jornadas informativas de difusin.Destinatarios: profesorado de cualquier nivel.

    4. Poblacin a la que se dirige:Profesorado que realiza su funcin en los niveles anteriores a la Universidad y profesorado destinado en los servicios de apoyo al sistema educativo.

    5. Distribucin territorial: Comunidad de Castilla y Len, en sus nueve provincias.6. Horizonte temporal de ejecucin: Curso escolar 2009/2010.7. Coste: 1.074.863 .8. Financiacin:

    Ministerio de Educacin: 429.945,00 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451.Comunidad de Castilla y Len: 644.918,00 Aplic. presupuestaria: 07.05.322A05.64900.

    9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable: Direccin General de Calidad, Innovacin y

    Formacin del Profesorado.11. Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

    11.1 N. de actividades de formacin planificadas por cada uno de los mbitos o materias propuestas:

    mbitos Actividades

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16Mdulos de programas de cualificacin profesional inicial. . . . . . . . . . . . . . . . . 13Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336

    11.2 N. de solicitudes de formacin de cada uno de los mbitos o materias propuestas:

    mbitos Solicitudes

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.350Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.175Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 275Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 475Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 625Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.375Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 400Mdulos de programas de cualificacin profesional inicial. . . . . . . . . . . . . . . . . 325Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 225Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 650Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 225

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.400

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    11.3 N. de horas de formacin ofrecidas para cada uno de los mbitos o materias propuestas:

    mbitos Horas

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.620Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 390Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.610Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 330Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 570Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 750Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.650Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 480Mdulos de programas de cualificacin profesional inicial. . . . . . . . . . . . . . . . . 390Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 270Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 780Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 270

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.110

    11.4 N. de profesores de educacin primaria formados en cada una de las materias propuestas:

    mbitos Maestros

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 600Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 740Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 600Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Mdulos de programas de cualificacin profesional inicial. . . . . . . . . . . . . . . . .Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 520Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.160

    11.5 N. de profesores de educacin secundaria formados en cada una de las materias propuestas:

    mbitos Profesores

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 480Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 380Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 320Mdulos de programas de cualificacin profesional inicial. . . . . . . . . . . . . . . . . 260Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.560

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    11.6 N. de educadores y maestros del primer ciclo de Educacin infantil formados:

    mbitos Profesionales

    Educadores y maestros del primer ciclo de E. Infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 520

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 520

    11.7 N. de tutores en prcticas formados:

    mbitos Tutores

    Tutores en prcticas formados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 350

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 350

    11.8 N. de profesionales formados en cada uno de los mbitos propuestos:

    mbitos Profesionales

    Competencias bsicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.080Evaluacin (asociada a evaluaciones de diagnstico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240Convivencia en los centros educativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.740Ciencias para el mundo contemporneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 380Prevencin del abandono escolar temprano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 220Educacin para la ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500Lengua Castellana Primaria y Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.100Msica Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 320Programas de cualificacin profesional inicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260Materias de la va de msica del bachillerato de artes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180Formacin primer ciclo de educacin infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 520Formacin de tutores de prcticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.720

    12. Observaciones.

    2. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE)

    1. Descripcin de las actuaciones: La finalidad del programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras pretende garantizar la calidad de la enseanza mediante dos tipos de actuaciones: formativa y de aumento de personal.

    1.1 Formativas:

    Mantener, mejorar y desarrollar competencias comunicativas y destrezasmetodolgicas del profesorado especialista en lenguas extranjeras.

    Apoyar el desarrollo de competencias comunicativas y dotar de herramientasmetodolgicas del profesorado no especialista en lenguas extranjeras que imparte o va a impartir su materia en ingls o francs en centros bilinges.

    Iniciar,manteneroafianzardestrezascomunicativaseningls,francs,alemn,italiano y portugus del profesorado no especialista en lenguas extranjeras.

    Desarrollar las competencias comunicativas y destrezas metodolgicas delprofesorado responsable de la implantacin de los nuevos programas de segundas lenguas extranjeras.

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    1.2 Aumento de personal:

    Dotacin suficiente de auxiliares de conversacin a disposicin de los centros.Diversificacin de los tipos de auxiliares de conversacin.

    2. Objetivos que se pretenden alcanzar:

    Desarrollaraccionesformativasdiversificadasquedenrespuestaalaactualizacincientfica y didctica del profesorado, encaminadas a mejorar su capacitacin para la comunicacin en una o ms lenguas extranjeras.

    Aumentar la oferta de idiomas extranjeros que se imparten en las etapasobligatorias.

    Incrementarelnmerodeauxiliaresdeconversacinadisposicindeloscentrospara mejorar la calidad en el aprendizaje de las lenguas extranjeras.

    3. Actividades que se han de desarrollar:

    3.1 Actividades formativas dirigidas al profesorado especialista en idiomas y al profesorado de centros bilinges.

    ActividadesdeformacinlingsticasenCastillayLenatravsdecursosdemsde 100 horas de duracin.

    Actividadesdeformacinlingsticaymetodolgicaenelextranjeroatravsdecursos de ms de 100 horas de duracin.

    Formacinmetodolgicadelaenseanzadelenguasextranjeras. Actividadesderefuerzoyformacinencompetenciascomunicativasenlenguas

    extranjeras. Actividades de formacin del profesorado especialista en idiomas sobre las

    implicaciones del Marco Comn Europeo de Referencia para las Lenguas. Grupos deTrabajo, presenciales o virtuales, para la elaboracin demateriales

    para las aulas bilinges. Actividadesdedifusindelosmaterialeselaboradosenaosanterioresparalas

    aulas bilinges.

    3.2 Actuaciones orientadas al incremento de auxiliares de conversacin a disposicin de los centros.

    Contratacindeauxiliaresdeconversacinenapoyodelaenseanzadelenguasextranjeras.

    Diversificacindelaprocedenciadelosauxiliaresdeconversacin. Elaboracin de una orden de convocatoria para la contratacin de personas

    residentes en Espaa y cuya lengua materna sea la de las secciones bilinges demostrando y acreditando su competencia (igual nivel que el que se pide a los actuales auxiliares de Conversacin).

    Elaboracin y difusin de la gua para los Auxiliares de Conversacin de laComunidad de Castilla y Len 2008/09.

    Elaboracindeunainstruccinqueregulelaparticipacindelosdistintostiposdeauxiliares de conversacin en los centros donde prestan sus servicios.

    4. Poblacin a la que se dirige:

    4.1 Profesorado especialista en lenguas extranjeras con especial incidencia en el profesorado que imparte francs, ingls, portugus o alemn a los alumnos ms jvenes: desde infantil en ingls y desde los 10 aos (tercer ciclo de primaria) en francs, alemn y portugus.

    4.2 Profesorado no especialista en lenguas extranjeras que imparte o va a impartir su materia en ingls, francs o alemn en centros bilinges.

    4.3 Profesorado no especialista en lenguas extranjeras en general.

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    4.4 Alumnos participantes en los distintos programas bilinges de Castilla y Len.

    5. Distribucin territorial: Las nueve provincias de Castilla y Len.6. Horizonte temporal de ejecucin: Hasta octubre 2010.7. Coste: 2.246.925 .8. Financiacin:

    Ministerio de Educacin: 898.770,00 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451Comunidad de Castilla y Len: 1.348.155,00 . Aplic. presupuestaria: 07.05.322A05.64900.

    07.06.322A01.12000.

    9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable:

    Direccin General de Calidad, Innovacin y Formacin del Profesorado.Direccin General de Recursos Humanos.

    11. Indicadores cuantitativos:

    11.1 N. de actividades de formacin planificadas: 360 actividades.11.2 N. de horas de formacin ofrecidas: 16.000 horas.11.3 N. de profesores de Educacin Primaria que participarn en las actividades de

    formacin.11.4 N. de profesores de Educacin Secundaria participantes en las actividades de

    formacin.11.5 N. de profesores especialistas en Lengua Extranjera participantes en las

    actividades de formacin.11.6 N. de auxiliares de conversacin contratados: 130 auxiliares.

    12. Observaciones.

    3. Programas de mejora del xito escolar

    El Programa para la Mejora del xito Educativo que se desarrolla durante el curso 2009-10 tiene como finalidad conseguir el xito del alumnado de los centros sostenidos con fondos pblicos en la Comunidad de Castilla y Len, realizando actuaciones preventivas del fracaso y abandono escolar temprano.

    Se establecen como lneas de trabajo que fundamentan el programa: la idea del refuerzo, de la acogida y del seguimiento, as como la asignacin eficaz de recursos entre la poblacin escolar con necesidades de apoyo y refuerzo.

    1. Descripcin de las actuaciones: Las actuaciones en las que se fundamenta el Programa van dirigidas a la poblacin escolar de Educacin Primaria y Educacin Secundaria Obligatoria.

    Se establece la diferencia entre medidas de xito educativo dirigidas a determinados centros y las dirigidas a alumnado en general: entre las primeras se incluyen el refuerzo educativo en 2. y 4. de Educacin Primaria, la acogida del alumnado que se incorpora a 1. de E.S.O. y la imparticin de clases extraordinarias fuera del perodo lectivo a alumnado de 1. de ESO; entre las segundas, la imparticin de clases extraordinarias fuera del periodo lectivo a alumnado de 3. y 4. de E.S.O.

    1.1 Refuerzo educativo del alumnado de 2. y 4. de Educacin Primaria.

    El objeto de esta medida es conseguir que el alumnado de 2. y 4. curso de Educacin Primaria alcance el desarrollo correspondiente de las competencias bsicas y el adecuado grado de madurez para dicha etapa educativa.

    Los centros seleccionados para esta medida sern centros sostenidos con fondos pblicos que, por sus especiales caractersticas, posean una poblacin escolar con

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    significativo retraso respecto a la media de la Comunidad. Se tendrn en cuenta para su seleccin, criterios objetivos respaldados, entre otros, por indicadores como los resultados acadmicos, la exigencia del contexto sociocultural y el nmero de alumnos.

    La puesta en marcha de dicha actuacin consistir en la realizacin de labores de apoyo y refuerzo, dentro del horario lectivo, para el alumnado seleccionado por el equipo docente del centro beneficiario, que contar para ello con la adecuada dotacin de personal docente adicional.

    En su aplicacin se realizar un seguimiento constante de la metodologa que incluir la evaluacin de la coordinacin entre el maestro ordinario, el maestro de refuerzo y el orientador del Equipo de Orientacin Educativa y Psicopedaggica asignado al centro.

    1.2 Acogida y seguimiento del alumnado que se incorpora a 1. de ESO.

    El objeto de esta medida es conseguir que el alumnado de primer curso de E.S.O. se adapte sin dificultad al nuevo centro y que esta adaptacin repercuta positivamente en los resultados acadmicos y en el clima de convivencia del centro. Fundamentalmente lo que se pretende es proporcionar al alumnado de 1. de ESO una atencin individualizada al comienzo oficial de las actividades lectivas del curso, con acciones encaminadas a la deteccin inicial y evaluacin del nivel de aprendizaje de las competencias bsicas, y proporcionarles los apoyos y refuerzos que se precisen a lo largo del primer trimestre para la consecucin de los objetivos curriculares.

    La medida tendr carcter voluntario para los centros y en su aplicacin se disearn y realizarn actividades, al menos, en relacin a los siguientes aspectos:

    Actividadesdeacogida:presentacin,conocimientoydinmicasdegrupo. Conocimientodelosplanesyactuacionesquesedesarrollanenelcentro:plande

    convivencia, plan fomento de la lectura, normas de convivencia, entre otras. Conocimientodelcentro,instalacionesyrecursos. Evaluacin de competencias bsicas: en lasmaterias de Lengua castellana y

    literatura y Matemticas. Informacinalasfamiliasrelativaalfuncionamientodelcentro,plandeconvivencia,

    caractersticas de la etapa educativa, orientaciones generales de cmo ayudar a sus hijos en el estudio. As mismo, se recoger de las familias, aquella informacin de sus hijos que sea relevante para el proceso educativo.

    Para su desarrollo se constituirn en cada centro equipos de acogida para recibir al alumnado, estudiando su situacin escolar, personal y familiar y desarrollando actividades de integracin para mejorar su futuro rendimiento y adaptacin al centro. De estos equipos formarn parte necesariamente los tutores del primer curso de la ESO.

    1.3 Imparticin de clases extraordinarias fuera del perodo lectivo al alumnado de 1. de E.S.O.

    Con esta actuacin se pretende la mejora de las capacidades del alumnado de 1. de la ESO, para que pueda superar con xito las materias de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y facilitar la mejora de los resultados globales.

    La medida estar dirigida al alumnado que est cursando 1. de ESO y haya suspendido en la 1. evaluacin las materias de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y no tenga ms de dos materias adicionales suspensas. En este caso, la medida consistir en la imparticin semanal, como mximo, de dos horas de Lengua castellana y literatura y dos horas de Matemticas, que se ofrecern en horario de tarde.

    Cuando el alumnado tenga suspensas Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y ms de dos materias adicionales, se incorporarn sesiones sobre tcnicas de estudio y hbitos de estudio, organizadas por los orientadores y por los tutores, requiriendo stas ltimas el compromiso y participacin de los padres.

    Las clases sern impartidas por profesorado de las especialidades correspondientes.

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    1.4. Imparticin de clases extraordinarias fuera del perodo lectivo al alumnado de 3. y 4. de E.S.O.

    El objeto de esta medida es propiciar la adquisicin de aprendizajes instrumentales que permitan al alumnado, que suspenda en la 2. evaluacin las asignaturas de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas, mejorar sus rendimientos para superarlas y obtener el ttulo de graduado en Educacin Secundaria Obligatoria.

    Podr participar en esta medida el alumnado que solicite su participacin en el programa, est cursando 3. 4. de ESO y haya suspendido en la 2. evaluacin las materias de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y no tenga ms de dos materias adicionales suspensas. En este caso, la medida en la imparticin semanal, como mximo, de una hora de Lengua castellana y literatura, una hora de Matemticas y dos horas de estudio dirigido, una por materia, distribuyndose en dos tardes durante la semana lectiva.

    Cuando el alumnado de 3. de ESO tenga suspensas Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y ms de dos materias, se impartirn tres horas (distribuidas en dos sesiones semanales de una hora y treinta minutos) para trabajar hbitos y tcnicas de estudio, organizadas e impartidas preferentemente por orientadores y requiriendo el compromiso y participacin de los padres.

    La Administracin Educativa establecer medidas de la coordinacin entre los centros de procedencia del alumnado y el profesorado que imparta las clases extraordinarias.

    2. Objetivos que se pretenden alcanzar: Las actuaciones precedentes persiguen como objetivo compartido la mejora del xito de toda la poblacin escolar concentrando los esfuerzos en aquellos momentos que, por sus especiales caractersticas, condicionan ms fuertemente este nivel de xito.

    Para ello incluyen medidas preventivas del fracaso escolar y el abandono escolar temprano.

    Distribuyendo este objetivo general en funcin de los diferentes niveles educativos a los que las actuaciones estn dirigidas, se pueden establecer los siguientes objetivos operativos:

    2.1 Objetivos en Educacin Primaria:

    Garantizarunaeducacindecalidadparaelalumnadoquepresentedificultadesde aprendizaje en este nivel educativo, favoreciendo el desarrollo integral y equilibrado de sus capacidades, especialmente las relacionadas con competencias clave como comprensin lectora y Matemticas, as como promoviendo su orientacin personal, escolar y familiar.

    Detectardeformaprecozlosdesajustesformativosoconductualesdelalumnado,realizando evaluaciones que aporten la informacin necesaria para promover acciones preventivas.

    Establecercauceseficacesdecoordinacinentrelosequiposdocentesdeltercerciclo de la Educacin Primaria y el equipo docente del primer curso de la Educacin Secundaria Obligatoria del centro al que se encuentren adscritos.

    Fomentar la colaboracin y la cooperacin entre los centros educativos y lasfamilias, especialmente con aquellas cuyos hijos/as presenten algn tipo de desajuste formativo o conductual.

    2.2 Objetivos en Educacin Secundaria Obligatoria:

    Garantizarlaintegracindelalumnadoenelpasode6deE.Primariaa1.deESO, mejorando la cohesin del grupo y aumentando el conocimiento sobre la situacin de cada uno de los alumnos y alumnas para dar una respuesta educativa adecuada a los que requieran una atencin diferente de la ordinaria.

    AfianzarlosconocimientosycompetenciasbsicasasociadasalasmateriasdeMatemticas y Lengua castellana y literatura en 1. de ESO.

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    Facilitarlaadquisicindetcnicasyhbitosdeestudioquefacilitenlaconsecucinde los aprendizajes.

    Orientar a las familias acerca de la Educacin Secundaria Obligatoria, laorganizacin de los IES y las formas eficaces de apoyo al alumnado y de colaboracin con el centro.

    Fomentar la colaboracin y la cooperacin entre los centros educativos y lasfamilias, especialmente con aquellas cuyos hijos/as presenten algn tipo de desajuste formativo o conductual.

    Conseguirdarlasrespuestasadecuadasalalumnadoquenoobtieneevaluacinpositiva en la convocatoria de junio en Matemticas y/o Lengua Castellana y literatura para incrementar las posibilidades de obtener el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria.

    Aminorar el abandono escolar tanto de aquellos alumnos que parten de unasituacin sociocultural y escolar desfavorecedora, como de aquellos que abandonan el sistema formativo.

    Impulsarlamejoradelaaccintutorialengeneralyespecialmenteconelalumnadoque por circunstancias diversas no superen un nmero significativo de materias.

    Extender lamedidaatodoelalumnadoindependientementedesuprocedenciarural o urbana.

    3. Actividades que se han de desarrollar: Para la consecucin de estos objetivos globales y operativos y dentro del marco de las actuaciones consideradas, se establecen las siguientes actividades distribuidas nuevamente en funcin de los niveles educativos a los que van dirigidas:

    3.1 Actividades de carcter general:

    Actividadesdeevaluacindiagnsticaparadetectarloscentrosquepresentanunporcentaje significativo de alumnado por debajo de la media de la Comunidad en el dominio de las habilidades y destrezas bsicas.

    Aplicacinyusoeficazdelasnuevastecnologascomoapoyoalaprendizajedelas materias instrumentales.

    OrdendeconvocatoriaparalarealizacindelPlandexitoEducativoenCentrosEscolares sostenidos con fondos pblicos.

    3.2 Actividades dirigidas a centros de Educacin Primaria:

    Anlisis de los centros de Educacin Primaria para determinar los que seseleccionan teniendo en cuenta indicadores como los resultados acadmicos, la exigencia del contexto sociocultural y el nmero de alumnos.

    Dotacin, en todos los centros de Educacin Primaria seleccionados para losrefuerzos de 2 y 4 de Primaria de nuevo profesorado de refuerzo que asuma la funcin de prestar atencin individual y colectiva al alumnado con retraso curricular en las reas instrumentales bsicas.

    Diseodeunplandeactividadescomplementariasparaelalumnadode2.y4.de Educacin Primaria que contribuya a hacer ms eficaz el aprendizaje.

    Diseodeunplandeactividades formativas enel centro para las familias delalumnado que participa en el Programa.

    Diseo de un plan de seguimiento para los alumnos que en el curso 2008/09desarrollaron el programa.

    3.3 Actividades dirigidas a los centros de Educacin Secundaria Obligatoria:

    Anlisis de los centros de Educacin Secundaria para determinar los que seseleccionan teniendo en cuenta indicadores de resultados, entornos socioeconmicos desfavorecidos.

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    DotacinenloscentrosdeEducacinSecundariadeprofesoradoparareforzarlasmaterias de Matemticas y Lengua castellana y literatura.

    ElaboracinyaplicacindePlanesdeacogidaconlafinalidadderecibireintegrara los alumnos que se incorporen a 1. de ESO, estudiando la situacin escolar, personal, familiar y social del alumnado que vaya a incorporarse al centros de Educacin Secundaria, para que se pueda realizar un diagnstico inicial a partir del cual se establezcan medidas de atencin y se determinen los recursos precisos.

    Aplicacin de tcnicas y dinmicas de grupo que faciliten el conocimiento, laintegracin y cohesin del alumnado que se incorpora a la E. Secundaria, con el fin de facilitar un clima de convivencia adecuado que no interfiera con los procesos de enseanza-aprendizaje.

    Imparticindeclasesextraordinariasaalumnosde3.y4.deESOenperodosque suponen la extensin del tiempo escolar.

    3.4 Actividades orientadas a la mejora de la coordinacin y la comunicacin entre los miembros de la Comunidad Educativa y el profesorado.

    Establecimientodereunionesyprocedimientosdecoordinacinycomunicacinentre los equipos docentes de 6 de Primaria y los de Secundaria al que estn adscritos.

    Realizacindeprocedimientosyprocesosdetrabajoqueasegurenlacoordinacinentre el profesor titular de una materia y el profesorado de refuerzo, garantizando la comunicacin fluida y la cooperacin permanente para la mejora del xito del alumnado.

    Establecerprocedimientosde informacinycoordinacinquepermitanmejorarlos cauces de comunicacin entre las familias y el profesorado, especialmente entre aquellas que tengan hijos o hijas en situacin de desajuste formativo y/o conductual.

    4. Poblacin a la que se dirige: El Programa est dirigido a toda la Comunidad Educativa y a toda la poblacin escolar de Castilla y Len, por cuanto todo el alumnado es beneficiario de las mejora del xito en los niveles en los que se focalizan las actuaciones.

    No obstante, concretando la poblacin objetivo de las medidas concretas, se pueden determinar los colectivos escolares que a continuacin se detallan:

    Alumnado de 2. y 4. de Educacin Primaria que presenten dificultades deaprendizaje o hayan recibido evaluacin negativa en algunas reas del curso precedente y, en particular, a los que estn en riesgo de no promocionar, en funcin de los indicadores establecidos.

    Alumnado de 1. de Educacin Secundaria Obligatoria, que a lo largo de laEducacin Primaria, hayan tenido dificultades para alcanzar con xito los objetivos previstos de la nueva etapa que cursan, singularmente en las materias instrumentales.

    Alumnadode3.y4.deESO,queenlaevaluacinordinaria,nohayansuperadolas materias de Matemticas y Lengua Castellana y Literatura.

    5. Distribucin territorial: Las medidas se aplicarn en centros sostenidos con fondos pblicos de la totalidad de provincias que componen la Comunidad de Castilla y Len.

    6. Horizonte temporal de ejecucin: Hasta noviembre de 2010.7. Coste: 4.553.905 .8. Financiacin:

    Ministerio de Educacin: 1.821.562,00 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451.Comunidad de Castilla y Len: 2.732.343,00 . Aplic. presupuestaria: 07.06.322A01.12000.

    07.06.322A02.12000.

    9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable: Direccin General de Recursos Humanos.11. Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

    11.1 N. de centros de educacin primaria y secundaria en los que se desarrollan actuaciones. cv

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    11.2 N. de alumnos beneficiarios de educacin primaria.11.3 N. de alumnos beneficiarios de educacin secundaria.11.4 N. de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades bsicas (art. 24.8).11.5 N. de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en

    educacin primaria o secundaria sin haber superado todas las reas o materias (art. 20.3 y 28.5).11.6 N. de acciones dirigidas a la puesta en prctica de mecanismos de refuerzo tan

    pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en le educacin primaria.11.7 N. de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las reas y materias de

    primaria y secundaria con menores ndices de xito.11.8 N. de programas de refuerzo de la tutora en educacin secundaria.11.9 N. de programas de desarrollo de capacidades a alumnos con ms facultades

    en algn campo de actividad.

    12. Observaciones.

    4. Programas dirigidos a disminuir el abandono temprano de la escolarizacin

    Se define abandono escolar temprano como la poblacin de 18 a 24 aos que no se encuentra realizando estudios y que tiene en el Graduado en Enseanza Secundaria Obligatoria su lmite mximo de titulacin.

    Castilla y Len, an con un porcentaje de abandono escolar temprano inferior a la media nacional, lleva a cabo actuaciones directas encaminadas a su progresiva reduccin. De manera complementaria, desarrolla medidas y programas que contribuyen a prevenir el fracaso escolar y que, en consecuencia, hacen disminuir el abandono escolar temprano.

    1. Descripcin de las actuaciones:

    1.1 Acciones de sensibilizacin, informacin y formacin del profesorado y familias.1.2 Actuaciones de apoyo y coordinacin.1.3 Actuaciones preventivas de orientacin y refuerzo educativo del alumnado con

    riesgo de exclusin.1.4 Actuaciones de reintegracin del alumnado en el sistema.1.5 Colaboracin con entidades y organismos.1.6 Realizacin y publicacin de anlisis y estudios.

    2. Objetivos que se pretenden alcanzar: El objetivo general es reducir el abandono escolar temprano en Castilla y Len, mediante acciones de carcter preventivo o mediante la reintegracin del alumnado en el sistema.

    Los objetivos especficos son:

    2.1 Acciones de sensibilizacin, informacin y formacin del profesorado y familias:

    Informaryformaralosdistintoscolectivosqueintegranlacomunidadeducativaysensibilizar a la sociedad en general.

    2.2 Actuaciones de apoyo y coordinacin:

    Dotar de las herramientas de coordinacin y apoyo a los centros, Departamentos de Orientacin, tutoras y Comisiones de Absentismo.

    2.3 Actuaciones preventivas de orientacin y refuerzo dirigidos a reducir el nmero de alumnado con riesgo de exclusin:

    Reforzarlasactuacionesdelosdepartamentosdeorientacin. Desarrollar programas para evitar el abandono del alumnado con dificultades

    especficas en su aprendizaje y problemas de conducta.

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    2.4 Actuaciones de reintegracin del alumnado.

    Establecer unidades de orientacin, internas o externas al sistema, para elseguimiento y apoyo de jvenes en paro.

    Prepararacadmicamentealosjvenesquehanabandonadoelsistemaeducativo,disponiendo una oferta formativa con distribucin horaria variable, para la obtencin del graduado en educacin secundaria.

    Posibilitarlacapacitacinparalaspruebasdeaccesoalosciclosformativos.

    2.5 Colaboracin con entidades y organismos.

    Establecer colaboraciones con otras entidades que realicen acciones encaminadas a la disminucin del abandono escolar.

    2.6 Realizacin y publicacin de anlisis y estudios.

    Detectaryanalizarlascausasyproblemticasdelfracasoescolarydelabandonoescolar temprano, adoptando posteriormente medidas claras que mejoren la promocin educativa y promuevan el reingreso en el sistema educativo.

    3. Actividades que se han de desarrollar.

    3.1 Acciones de sensibilizacin, informacin y formacin del profesorado y familias.

    Plan de informacin y difusin de los itinerarios formativos y profesionales para jvenes de 16 a 24 aos.

    Celebracin de jornadas y congresos sobre abandono escolar. Implantacin de talleres de formacin e informacin de padres en centros con

    especial grado de abandono. Cursos de formacin especfica al profesorado.

    3.2 Actuaciones de apoyo y coordinacin:

    3.1.1 A centros:

    Promocindeaccionesparafomentarlacoordinacindelprofesoradoqueatiendea alumnado con problemas de aprendizaje.

    Desarrollodeprogramasyproyectoseducativosdirigidosareducirelabandonoescolar temprano y que favorezcan la formacin del alumnado.

    ConstitucindelGrupoIntegradodeAbsentismoEscolardeCentro,formadoporlos responsables del centro, administracin educativa y agentes sociales de la localidad, el Ayuntamiento y/o entidades representativas de la localidad.

    3.1.2 A Departamentos de Orientacin y tutoras:

    Accinprioritariasobrecentrosconelevadoabsentismoyabandono,reforzandoel papel de los departamentos de Orientacin.

    3.1.3 A las Comisiones de Absentismo:

    SistematizacindelacoordinacinconlosDepartamentosdeOrientacinenelproceso de intervencin y diseo de actuaciones especficas.

    3.2 Actuaciones preventivas de orientacin y refuerzo dirigidas a reducir el nmero de alumnado con riesgo de exclusin:

    Constitucindeequiposdeacogidadelalumnadoqueseincorporea1ESOparala realizacin de diagnstico inicial y de las precisas medidas de atencin.

    Establecimientodeproyectosdeintervencineducativaespecficaenloscentroscon un nmero significativo de abandonos.

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    3.3 Actuaciones de reintegracin del alumnado al sistema.

    ElaboracindePlanesdeOrientacinen loscentrosdeEducacindePersonasAdultas y centros de Educacin Secundaria, dirigidos hacia jvenes sin escolarizar entre 16 y 24 aos.

    CursosdepreparacindeaccesoalaEducacinSecundariaparacolectivosdejvenes entre 16 y 24 aos con especiales dificultades.

    Diseoydesarrollode loscursospreparatoriosa laspruebasdeaccesoa losciclos formativos de grado medio y de grado superior.

    ConvocatoriadePruebasdeaccesoaciclosformativos.

    3.4 Colaboracin con entidades y organismos.

    PlanificacinydesarrollodeunAcuerdoestratgicoregionalentrelasinstitucionescompetentes para la deteccin y accin inmediata frente al alumnado en riesgo de abandono escolar.

    3.5 Realizacin y publicacin de anlisis y estudios.

    Realizacin de un estudio sobre Tipologa y factores causales del abandonoescolar temprano en Castilla y Len.

    Deteccindecentrosquepresentanunporcentajesignificativodealumnadopordebajo de la media de la Comunidad en el dominio de las habilidades y destrezas bsica a travs del sistema de evaluacin diagnstica.

    Elaboracin del Plan Regional de Prevencin delAbsentismo y delAbandonoEscolar: identificacin, anlisis y seguimiento a nivel regional de las bolsas de abandono escolar, de los factores que inciden en l, protocolos de intervencin, competencias, medidas, coordinacin, seguimiento y evaluacin del mismo.

    Publicacinde recursosdeapoyoalprofesoradoque intervieneconalumnadoque presenta bajo rendimiento y riesgo potencial de abandono.

    4. Poblacin a la que se dirige:

    Alumnado de niveles obligatorios y postobligatorios con riesgo de abandono temprano.

    Jvenes con el ttulo de Tcnico de Grado Medio.Profesorado.

    5. Distribucin territorial: Aplicacin en las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y Len.

    6. Horizonte temporal de ejecucin: Hasta noviembre de 2010.7. Coste: 3.034.155 .8. Financiacin:

    Ministerio de Educacin: 1.213.662,00 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451Comunidad de Castilla y Len: 1.820.493,00 . Aplic. presupuestaria: 07.02.322A05.22606.

    07.02.322A03.48058. 07.06.322A02.12000.

    9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable:

    Direccin General de Planificacin, Ordenacin e Inspeccin Educativa.Direccin General de Recursos Humanos.Direccin General de Calidad, Innovacin y Formacin del Profesorado.

    11. Indicadores cuantitativos:

    11.1 N. de acciones planificadas.11.2 N. de alumnos apoyados o que han participado en el programa.

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    11.3 N. de centros donde se desarrollan las actuaciones.11.4 N. de equipos de acogida constituidos en los centros educativos.11.5 N. de proyectos de intervencin educativa especfica y protocolos.11.6 N. de acciones prioritarias.11.7 N. de reuniones de las comisiones de absentismo de zona.11.8 N. de tcnicos de integracin social.11.9 N. de Educadores Sociales que cooperan con las familias.11.10 N. de cursos de preparacin de acceso a la Educacin Secundaria y a los

    ciclos formativos de grado medio y superior.11.11 N. de documentos elaborados para las pruebas de acceso a ciclos

    formativos.11.12 N. de alumnos matriculados en el curso preparatorio de las Pruebas de Acceso

    a Ciclos Formativos.

    12. Observaciones.

    5. Programas piloto para la extensin o modificacin del tiempo escolar

    Las actuaciones contenidas en el presente programa tienen por objeto elevar el nivel de xito educativo del alumnado de los centros sostenidos con fondos pblicos en la Comunidad de Castilla y Len, mediante medidas que implican la realizacin de actividades fuera del calendario escolar ordinario, dirigidas al alumnado con desfase o con materias no superadas.

    Se establecen, como lneas de trabajo que fundamentan el programa, la idea del refuerzo y del seguimiento, as como la asignacin eficaz de recursos entre la poblacin escolar con necesidades de apoyo y refuerzo.

    1. Descripcin de las actuaciones: Las actuaciones en las que se fundamenta el Programa van dirigidas a la poblacin escolar de 4. de Educacin Secundaria Obligatoria.

    Imparticin de clases extraordinarias fuera del perodo lectivo al alumnado de 4. de E.S.O.

    Con esta actuacin se pretende conseguir que el alumnado que suspenda en la evaluacin final las materias de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas, pueda mejorar sus capacidades para superarlas en la convocatoria extraordinaria de septiembre.

    Podr ser destinatario de esta medida el alumnado que solicite su participacin en el programa, est cursando 4. de E.S.O. y haya suspendido en la evaluacin final las materias de Lengua castellana y literatura y/o Matemticas y no tenga ms de dos materias adicionales suspensas. La medida consistir en la imparticin, como mximo, de una hora de Lengua castellana y literatura, una hora de Matemticas y dos horas de estudio dirigido referidas a estas materias, durante cada maana del mes de julio, de lunes a viernes.

    2. Objetivos que se pretenden: La citada actuacin tiene como objetivo general la mejora del xito del alumnado del ltimo curso de la ESO, que por sus especiales caractersticas, condiciona ms fuertemente este nivel de xito. Por ello, se configura como una medida preventiva del fracaso escolar y el abandono escolar temprano.

    Este objetivo general puede concretarse en los siguientes objetivos operativos, especficos para la etapa en la que se aplica el Programa:

    Facilitarlaadquisicindetcnicasyhbitosdeestudioquefacilitenlaconsecucinde los aprendizajes.

    Fomentar la colaboracin y la cooperacin entre los centros educativos y lasfamilias, especialmente con aquellas cuyos hijos/as presenten algn tipo de desajuste formativo o conductual.

    Conseguirdarlasrespuestasadecuadasalalumnadoquenoobtieneevaluacinpositiva en la convocatoria de junio en Matemticas y/o Lengua Castellana y literatura para

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    incrementar las posibilidades de obtener el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria.

    Aminorar el abandono escolar tanto de aquellos alumnos que parten de unasituacin sociocultural y escolar desfavorecedora, como de aquellos que abandonan el sistema formativo.

    Impulsarlamejoradelaaccintutorialengeneralyespecialmenteconelalumnadoque por circunstancias diversas no superen un nmero significativo de materias.

    Extender lamedidaatodoelalumnadoindependientementedesuprocedenciarural o urbana.

    3. Actividades que se han de desarrollar: Para la consecucin de estos objetivos globales y operativos y dentro del marco de las actuaciones consideradas, se establecen las siguientes actividades distribuidas nuevamente en funcin de los niveles educativos a los que van dirigidas:

    3.1 Actividades de carcter general:

    Actividadesdeevaluacindiagnsticaparadetectarloscentrosquepresentanunporcentaje significativo de alumnado por debajo de la media de la Comunidad en el dominio de las habilidades y destrezas bsicas.

    Aplicacinyusoeficazdelasnuevastecnologascomoapoyoalaprendizajedelas materias instrumentales.

    OrdendeconvocatoriaparalarealizacindelPlandexitoEducativoenCentrosEscolares sostenidos con fondos pblicos.

    3.2 Actividades dirigidas a los centros de Educacin Secundaria Obligatoria:

    Anlisis de los centros de Educacin Secundaria para determinar los que seseleccionan teniendo en cuenta indicadores de resultados, entornos socioeconmicos desfavorecidos.

    DotacinenloscentrosdeEducacinSecundariadeprofesoradoparareforzarlasmaterias de Matemticas y Lengua castellana y literatura.

    Imparticindeclasesextraordinariasaalumnosde4.deESOenperodosquesuponen la extensin del tiempo escolar y durante el mes de julio.

    3.3 Actividades orientadas a la mejora de la coordinacin y la comunicacin entre los miembros de la Comunidad Educativa y el profesorado.

    Establecerprocedimientosde informacinycoordinacinquepermitanmejorarlos cauces de comunicacin entre las familias y el profesorado, especialmente entre aquellas que tengan hijos o hijas en situacin de desajuste formativo y/o conductual.

    4. Poblacin a la que se dirige: El Programa se dirige a toda la Comunidad Educativa y a toda la poblacin escolar de Castilla y Len que, cursando 4. de ESO, no haya superado las materias de Matemticas y Lengua Castellana y Literatura en la evaluacin ordinaria. Para una mayor operatividad se establece una red de centros a efectos de la imparticin de las clases extraordinarias.

    5. Distribucin territorial: Las medidas se aplicarn en centros sostenidos con fondos pblicos de la totalidad de provincias que componen la Comunidad de Castilla y Len.

    6. Horizonte temporal de ejecucin: Hasta noviembre de 2010.7. Coste: 1.271.625 .8. Financiacin:

    Ministerio de Educacin: 508.650,00 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451.Comunidad de Castilla y Len: 762.975,00 . Aplic. presupuestaria: 07.06.322A02.12000.

    9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable: Direccin General de Recursos Humanos.

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    11. Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

    11.1 N. de centros de Educacin Secundaria en los que se desarrollan actuaciones.11.2 N. de alumnos beneficiarios en Educacin Secundaria.11.3 N. de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades bsicas (art. 24.8).11.4 N. de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en

    Educacin Secundaria sin haber superado todas las reas o materias (art. 20.3 y 28.5).11.5 N. de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las reas y materias de

    Educacin Secundaria con menores ndices de xito.11.6 N. de programas de refuerzo de la tutora en Educacin Secundaria.11.7 N. de programas de desarrollo de capacidades a alumnos con ms facultades

    en algn campo de actividad.

    12. Observaciones.

    6. Programas para el conjunto de las CCAA: Congreso sobre abandono temprano de la escolarizacin

    1. Descripcin de las actuaciones: Las actuaciones contenidas en este programa pretenden desarrollar el Congreso sobre Abandono Educativo Temprano, completando as la oferta de este tipo de eventos articulada por las Comunidades Autnomas de acuerdo a las reas de desarrollo del Plan de Apoyo a la Aplicacin de la LOE 2009.

    2. Objetivos que se pretenden alcanzar.

    GarantizareldesarrolloeficienteyeficazdelPlandeApoyoalaAplicacindelaLOE de acuerdo a los objetivos compartidos que guan su implementacin a nivel estatal.

    PromoveryfacilitarlacoordinacinentrelasAdministracionesPblicasengeneraly educativas en particular, rganos administrativos o entidades implicadas en la lucha contra el abandono educativo temprano.

    3. Actividades que se han de desarrollar: Las actuaciones a desarrollar para la realizacin del Congreso sobre Abandono Educativo Temprano pueden clasificarse en los siguientes grupos:

    3.1 Actuaciones de organizacin.

    a) Elaboracin de propuesta de ponentes especialistas y gestin de su participacin.

    b) Gestin de los contactos para la formacin del Comit de Honor y, en su caso, de la Presidencia de Honor.

    c) Constitucin del Comit Ejecutivo y Contable.d) Constitucin del Comit de Organizacin y del Comit Cientfico.e) Gestin de la inscripcin y participacin de congresistas.f) Asesoramiento profesional a la organizacin mediante los servicios de un OPC

    (Organizador Profesional de Congresos).

    3.2 Actuaciones de dotacin de recursos documentales y difusin.

    a) Diseo y elaboracin de los contenidos del Congreso. Publicacin impresa o digital de la documentacin.

    b) Disposicin de recursos documentales en memoria USB a cada congresista.c) Publicidad: elaboracin de trpticos con el programa, psters, pltters. Habilitacin

    y ambientacin de las instalaciones en que se celebre el Congreso.d) Difusin de conocimientos y experiencias: memorias o actas generadas en el

    Congreso. Elaboracin de una revista tcnica. Publicacin de artculos en revistas especializadas.

    e) Conocimiento social: artculos especializados en revistas generales, prensa digital, medios de comunicacin generalistas. cv

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    3.3 Actuaciones de dotacin de recursos tcnicos e intercambio de informacin.

    a) Desarrollo de una plataforma virtual para la provisin, gestin e intercambio de informacin, estructurada segn las reas de desarrollo del Plan de Apoyo cubiertas por el Congreso propuesto por Castilla y Len.

    b) Establecimiento de contactos con otras Administraciones educativas, rganos administrativos o entidades implicadas en la prevencin del abandono educativo temprano.

    c) Creacin de Grupos de Trabajo on line, con objeto de posibilitar el intercambio de experiencias y buenas prcticas.

    3.4 Actuaciones de seguimiento y evaluacin.

    a) Seguimiento, por parte del Comit de Organizacin, del desarrollo de cada sesin del Congreso: nmero de asistentes, documentacin entregada, intervenciones de los congresistas

    b) Disposicin de una cuenta de correo electrnico para el asesoramiento on line al Comit de Organizacin.

    c) Diseo, edicin e impresin de cuestionarios de satisfaccin de los congresistas. Anlisis y resultados.

    4. Poblacin a la que se dirige:

    Profesionales del sector educativo de los niveles anteriores a la Universidad.Responsables de las Administraciones Estatal, Autonmica o Local.Representantes de Confederaciones y Federaciones de empresarios.Previstos 300-350 asistentes.

    5. Distribucin territorial: Propuesta de ubicacin del Congreso: Valladolid.6. Horizonte temporal de ejecucin: Fechas de celebracin del Congreso por

    determinar, entre mayo 2010 noviembre 2010.7. Coste: 400.000 .8. Financiacin: Ministerio de Educacin: 400.000 . Aplic. presupuestaria: 18.06.322B.451.9. Entidad ejecutora: Consejera de Educacin de la Junta de Castilla y Len.10. Unidad administrativa responsable: Direccin General de Planificacin,

    Ordenacin e Inspeccin Educativa.11. Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

    11.1 N. de solicitudes de participacin en el Congreso.11.2 N. de congresistas el primer y ltimo da del Congreso.11.3 N. de profesores de educacin secundaria y orientadores participantes.11.4 N. de horas de formacin ofrecidas mediante el Congreso.11.5 N. de documentos alojados en la plataforma virtual.11.6 N. de documentos descargados de la plataforma virtual.11.7 N. de accesos a la plataforma virtual.11.8 Resultados de las encuestas de satisfaccin de congresistas.

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    http://www.boe.es BOLETN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

    2010-02-25T23:38:30+0100