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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-20101 “PROGRAMA DE SEGUROS 2008-2010” Lima, Julio del 2008

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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“PROGRAMA DE SEGUROS 2008-2010”

Lima, Julio del 2008

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INDICE

CONTENIDO PAGINA

1. MEMORIA DESCRIPTIVA 05 2. BASES ADMINISTRATIVAS 06 3. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN 13 4. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 16 5. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS 19 6. ANEXOS 48

� Anexo N.° 01. Documentos que deben presentar los Postores 49

� Anexo N.° 02. Tabla de Evaluación de la Propuesta Técnico – Económica 51 � Anexo N.° 03. Tabla de Penalidades y Multas 56 � Anexo N.° 04. Proforma de Oferta Económica 57 � Anexo N.° 05 Desagregado de Costos 58 � Anexo N.° 06 Información General para cotizar el valor referencial del

mercado 59

� Anexo N.° 07 Relación de Centros de Cobranza – Póliza 3D 64 � Anexo N.° 08 Relación de Vehículos – Póliza de vehículos 68 � Anexo N.° 09 Proforma de Contrato 73

8. MODELOS DE FORMULARIOS 78 � Formulario N.° 01 – Declaración Jurada de Presentación 79 � Formulario N.° 02 – Declaración Jurada según Artículo 76° del

Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

80

� Formulario N.° 03 – Declaración Jurada del Postor de Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos

81

� Formulario N.° 04 – Promesa Formal de Consorcio 82 � Formulario N° 05 – Declaración Jurada de tener autorización de operación

expedida por la Superintendencia de Banca y Seguros

83

� Formulario N° 06 – Declaración Jurada del Postor comprometiéndose a contratar reaseguradoras no vulnerables

84

� Formulario N° 07 – Declaración de compromiso de emisión de documentos, primas y tasas , reportes de siniestralidad

85

� Formulario N.° 08 – Declaración Jurada Ley 27143 86 � Formulario N.° 09 – Garantía de Fiel Cumplimiento 87 � Formulario N° 10 – Garantía Adicional. 88

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SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA

SEDAPAL

RUC: 20100152356

AUTOPISTA RAMIRO PRIALÉ 210 – EL AGUSTINO

AVISO DE CONVOCATORIA

CONCURSO PÚBLICO

CP 0011-2007-SEDAPAL

SEGUNDA CONVOCATORIA

I. OBJETO DEL PROCESO

Programa de Seguros para SEDAPAL 2008 – 2010. II. DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESO

Contratación de los servicios de una compañía aseguradora para cubrir las pólizas establecidas en las bases que aseguren el riesgo a los que pueden estar expuestos los diversos locales, bienes y recursos patrimoniales y humanos con que cuenta la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL.

III. CÓDIGO CIIU DEL OBJETO DEL PROCESO

6803 IV. VALOR REFERENCIAL

US$ 7 709 276,08 (Siete millones setecientos nueve mil doscientos setenta y seis y 08/100 Dólares Americanos).

V. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Propios VI. LUGAR DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN

Lima Metropolitana y Callao. VII. REGISTRO DE PARTICIPANTES

1. Lugar de Registro de Participantes

Centro Operativo Principal La Atarjea Autopista Ramiro Prialé N° 210 El Agustino

2. Horario

De 09:30 a 12:30 Horas. De 14:00 a 16:30 Horas.

3. Costo del Derecho de Registro

S/. 5.00 - En efectivo (incluido el I.G.V.).

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VIII. CALENDARIO

1. Prepublicación de Bases

Del 08/07/2008 al 14/07/2008

2. Fecha de Registro de Participantes

Del 17/07/2008 al 06/08/2008

3. Plazo de presentación de Consultas y/u Observaciones

Del 17/07/2008 al 23/07/2008

Dirección: [email protected] / [email protected]

4. Fecha de Absolución de Consultas y/u Observaciones

El 01/08/2008

5. Fecha de Integración de las Bases

El 04/08/2008

6. Presentación de Propuestas

El 13/08/2008 a las 15:30 horas.

7. Evaluación de Propuestas

Del 14/08/2008 al 18/08/2008.

8. Fecha de Otorgamiento de la Buena Pro

El 19/08/2008 a las 15:30 horas.

Antonio Carlos Rivas Solís Juan Carlos Valencia Hernández Miembro Miembro

Gladys Olivares Cáceres Elizabeth Amable Zavala Miembro Miembro

Pedro Palomino Sánchez Presidente del Comité Especial

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MEMORIA DESCRIPTIVA

1. OBJETO.

El presente Concurso Público, se convoca con la finalidad de contratar los servicios de una compañía aseguradora para cubrir las pólizas que se detallan en las presentes bases y que aseguren el riesgo a los que pueden estar expuestos los diversos locales, bienes y recursos patrimoniales y humanos con que cuenta la empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL.

2. ALCANCE. Las pólizas requeridas por SEDAPAL son las siguientes: 01. Multiriesgo. 02. Deshonestidad 3 D 03. Responsabilidad Civil 04. Responsabilidad Civil - Exceso 05. Responsabilidad Civil para Directores y Funcionarios (Condicionado D&O) 06. Transporte 07. Vehículos 08. Accidentes Personales (para obreros, empleados y funcionarios) 09. Póliza Vida Grupo Temporal (para obreros, empleados y funcionarios) 10. Vida Ley (para obreros, empleados y funcionarios) 11. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - Pensiones

3. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de duración del servicio será de veinticuatro meses (24) meses, contados a partir de la fecha establecida en el contrato como inicio del servicio.

4. VALOR REFERENCIAL.

El valor referencial estimado por SEDAPAL para el presente Concurso Público es de US$ 7 709 276,09 (Siete millones setecientos nueve mil doscientos setenta y seis y 09/100 Dólares americanos), incluido el IGV.

Asimismo, el valor referencial del presente proceso está proyectado al 29.02.2008

VALOR REFERENCIAL

US$

MONTO MÁXIMO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA US$

MONTO MÍNIMO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA US$

7 709 276,09

Siete millones setecientos nueve mil doscientos setenta y seis y 09/100 Dólares americanos

8 480 203,69 Ocho millones cuatrocientos ochenta mil doscientos tres y 69/100 Dólares americanos

5 396 493,27 Cinco millones trescientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa y tres y 27/100 Dólares americanos

5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN.

El sistema de contratación del servicio es a suma alzada. 6. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.

Recursos Propios.

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BASES ADMINISTRATIVAS

1. OBJETO

SEDAPAL - Empresa Estatal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima con domicilio legal en Autopista Ramiro Prialé N° 210 El Agustino, convoca al presente proceso de selección para la prestación de servicios conforme las condiciones especificas adjuntas.

2. GENERALIDADES

2.1 El presente Concurso Público se efectúa de acuerdo con las condiciones y requerimientos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado aprobado por D.S.083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S.084-2004-PCM, y en concordancia con las estipulaciones contenidas en estas Bases.

2.2 Los servicios comprendidos en esta adquisición, las características y las normas, obligaciones y diseños a los que debe ajustarse, están indicadas en la “Memoria Descriptiva”, “Términos de Referencia”; sin embargo, las propuestas deben incluir todos los componentes que sean esenciales para el buen funcionamiento y operación de la prestación del servicio.

Se considera como componentes esenciales todos aquellos elementos que el postor considere necesario informar y que sirvan para establecer claramente los alcances de sus propuestas, tales como:

Relación de talleres afiliados para la atención de siniestros de vehículos en los cuales se aplique un deducible menor al establecido, o de atención inmediata, no obstante que, SEDAPAL tiene libre elección de talleres

Relación de empresas con las que se otorgará el servicio de vehículo de reemplazo para la póliza de vehículos.

Relación de clínicas afiliadas para las atenciones al crédito en caso de accidentes.

Relación de funerarias en las que se puede brindar el servicio de sepelio bajo la modalidad de crédito.

Otra información que aclare los alcances del servicio, en adición a los requerimientos técnicos mínimos.

Cabe anotar que esta información no es materia de calificación en la etapa de evaluación de propuestas.

3. BASE LEGAL

• Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. • Decreto Supremo N° 083-2004-PCM – Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley

de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante la Ley.

• Decreto Supremo N° 084-2004-PCM – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante el Reglamento.

• Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley N° 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional • Ley N° 27633 – Ley que modifica la Ley de Promoción Temporal de Desarrollo

Productivo Nacional. • Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública • Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo – D.S. 009-TR. • Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y

Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

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• Demás Dispositivos Legales vigentes, aplicables a esta contratación de servicios. 4. IDIOMA

Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas en un proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañado de traducción oficial salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares que podrá ser presentada en el idioma original.

5. DEL REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

5.1 En las fechas señaladas en el Cronograma de Convocatoria, SEDAPAL efectuará el Registro de Participantes hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases, previo pago del derecho correspondiente; asimismo recibirá y absolverá las consultas presentadas, así como las observaciones que formulen los Participantes sobre las presentes Bases. En el caso que se presenten en Consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes.

5.2 Para el desarrollo de las etapas del presente proceso, se cumplirá estrictamente lo señalado en el Texto Único y Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

6. DE LOS POSTORES Y PRESENTACIÓN DE SUS PROPUESTAS

6.1 Puede presentarse como postor cualquier proveedor, que no esté inhabilitado de contratar con el Estado, pudiendo ser su participación en forma individual o asociada, bajo la modalidad de consorcio. Las partes del consorcio responderán solidariamente ante la Entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del consorcio en los procesos de selección y en la ejecución del contrato derivado de éste.

6.2 Las propuestas se presentarán en dos (02) sobres, de los cuales el primero contendrá

la Propuesta Técnica y el segundo la Propuesta Económica. Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del Postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Cada sobre deberá contener las propuestas en original y dos copias, conforme a la relación de documentos adjuntos. En cada sobre se rotulará:

COMITÉ ESPECIAL DE SEDAPAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria “PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010” SOBRE Nº .................................................. POSTOR .................................................

6.3 En cada sobre como primera página, podrá colocarse un índice numerado que facilite la

ubicación de la documentación presentada, subdividiendo las secciones a través de separadores. La omisión del índice de documentos no acarreará la descalificación de la oferta.

6.4 La presentación de las propuestas de los postores se regirá bajo el procedimiento señalado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado y su Reglamento.

6.5 Asimismo, se precisa claramente que incurre en delito quien en un procedimiento administrativo como el presente hace una falsa declaración con relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida en la ley, ello en aplicación del Art. 411° del Código Penal.

7. DEL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS 7.1 Para el acto de presentación de propuestas y, en su caso, el de Otorgamiento de la Buena Pro,

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las personas naturales concurren personalmente, o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple.

Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado por carta poder simple y su D.N.I. vigente. También se permitirá la identificación del representante legal del postor, en caso de ser ciudadano extranjero, con la exhibición de su pasaporte y la correspondiente constancia de ingreso al país o visado de permanencia.

7.2 Los Sobres N° 01 y 02 conteniendo las propuestas se presentarán en sobre cerrado en la Sala de Licitaciones de SEDAPAL ubicada en el Primer Piso del Centro Operativo Principal, sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210 – El Agustino, en la hora y día indicados en el Aviso de Convocatoria correspondiente.

7.3 El acto de recepción de propuestas se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas Técnicas y Económicas.

7.4 Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación.

7.5 El Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor. Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las presentes Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule su apelación.El Notario Público procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en el que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

7.6 En la fecha señalada en las Bases el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección, a través de un cuadro comparativo, en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.

7.7 En el supuesto que dos (02) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo dispuesto en el Artículo 133° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aplicando sus numerales 2, 3 y 4 que corresponden a empates en el caso de Concursos Público.

7.8 El Concurso Público será declarado “Desierto” cuando no quede válida ninguna oferta. 8. DE LAS CONDICIONES COMERCIALES

8.1 El postor deberá comprometerse a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

8.2 El postor indicará en su oferta el precio del servicio, conforme al Anexo N° 04 de las presentes Bases

8.3 La forma de pago será dentro de los diez (10) días siguientes de la conformidad por parte del Equipo Operaciones Financieras, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días de su recepción.

El postor indicará el Nº de Cuenta Bancaria en Moneda Nacional y el Banco donde SEDAPAL deberá abonar los pagos, en caso de obtener la Buena Pro.

9. BONIFICACIÓN DEL 20% A LAS PROPUESTAS DE BIENES Y SERVICIOS ELABORADOS

O PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL (LEY N° 27633 MODIFICADA POR (LEY N° 28242)

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Para la aplicación del Art. 31 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los procesos de adquisiciones de bienes y servicios para efectos del otorgamiento de la Buena Pro, se agregará un 20 % adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica, obtenida por los postores de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional, conforme al Reglamento de la materia”.

Siempre y cuando el postor declare bajo juramento que : “Los bienes o servicios son elaborados o se prestan dentro del territorio nacional y/o que es una persona jurídica constituida, autorizada o domiciliada en el Perú y que realiza operaciones sustanciales en territorio nacional; es decir, que más del 50% del total de sus activos fijos están ubicados en el país y que al menos el 60 % de su facturación total ha sido realizada en territorio nacional, de conformidad con los establecido en el D.U.Nº 064-2000, en el D.S. Nº 003-2001-PCM y en la resolución Ministerial N º 043-2001-ITINCI-DM a efectos de hacerse acreedor al 20 % adicional sobre el puntaje total obtenido”.

10. DE LAS GARANTÍAS

10.1 El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la Carta Fianza, la misma que debe haber sido emitida por una empresa autorizada y sujeto al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. La carta fianza deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad.

10.2 Alternativamente, en caso de prestación de servicios de ejecución periódica, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez (10) por ciento del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo de ser devuelto a la finalización del mismo, a cuyo efecto deberán suscribir la Declaración Jurada autorizando el referido descuento.

10.3 Luego del otorgamiento de la Buena Pro y previamente a la firma del contrato, el adjudicatario entregará carta fianza o póliza de caución en Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por el monto equivalente al diez (10%) por ciento del monto total otorgado en Buena Pro y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del Contratista.

Al respecto, se precisa que tal como se indica en los formularios modelo de fianza correspondientes, dichas fianzas deberán contener dentro de su texto, lo siguiente:

• Deberá garantizar al afianzado en forma incondicional, solidaria,

irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad.

El monto de dicha fianza, será expresado en el mismo tipo de moneda del otorgamiento de la Buena Pro.

En caso que la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez (10%) por ciento de éste, previo a la suscripción del contrato, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una Garantía Adicional equivalente al veinticinco (25%) por ciento de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

11.DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

11.1 El Comité Especial de SEDAPAL, otorgará la Buena Pro, al postor que alcance el mayor puntaje total, luego de haber superado la etapa de evaluación técnica y económica. El Comité Especial otorgará la Buena Pro aún en los casos en los que se declare como válida una única oferta.

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11.2 Las propuestas serán devueltas por el Comité Especial, considerándolas como no presentadas, cuando excedan en más del diez (10%) por ciento del valor referencial, que equivale a US$ 8 480 203,69 (Ocho millones cuatrocientos ochenta mil doscientos tres y 69/100 Dólares americanos), o que sean inferiores al setenta (70%) por ciento del valor referencial, que equivale a US$ 5 396 493,27 (Cinco millones trescientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa y tres y 27/100 Dólares americanos), serán devueltas por el Comité Especial considerándolas como no presentadas.

11.3 El otorgamiento de la buena pro, se constituye en irrevocable para el postor que resulte favorecido y el desistir de las obligaciones que deriven del mismo, en cualquiera de sus etapas, obligará a SEDAPAL a remitir la información pertinente al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como encargado de imponer las sanciones establecidas en los dispositivos legales que resulten pertinentes.

11.4 En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará de acuerdo con lo establecido en el Artículo 133° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aplicando sus numerales 2, 3 y 4 que corresponden a empates en el caso de Concursos Público.

12.DE LOS RECLAMOS E IMPUGNACIONES

12.1 Las impugnaciones contra la calificación de las propuestas o contra el otorgamiento de la Buena Pro, serán interpuestas por los postores, de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.

13.DE LOS CONTRATOS

13.1 El Postor que resulte ganador de la Buena Pro, antes de la suscripción del respectivo contrato, deberá acreditar su Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).

13.2 El postor al cual se le otorgue la buena pro, suscribirá el contrato de prestación de servicios conforme al proyecto de Contrato incluido en las Bases.

13.3 Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: 13.3.1 Dentro de los dos (02) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la

Entidad citará al postor ganador, otorgándole un plazo mínimo de cinco (05) días hábiles y máximo de diez (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con la siguiente documentación: - Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por

el CONSUCODE. - Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento (10% del monto otorgado), con

vigencia hasta de sesenta (60) días posteriores a la culminación del contrato. - Carta Fianza de Garantía Adicional equivalente al veinticinco (25%) por ciento

de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica (de ser el caso).

- Presentar carta del o los reaseguradores que respalden su propuesta para las pólizas Multirriesgo y de Responsabilidad Civil por la parte reasegurada en forma facultativa, quienes deberán tener una calificación de riesgo no menor a la indicada en el Artículo 2 del Capítulo I de la Resolución SBS No. 282-2003.

- Copia Simple de la Ficha Registral de la empresa donde se consigne el objeto principal de la empresa y la vigencia de poderes del Representante Legal, o en su defecto en caso de Consorcio el Contrato de Consorcio con firmas legalizadas y el N° de RUC correspondiente al Consorcio o a la empresa que asumirá la facturación y cobranza establecida en el Contrato de Consorcio.

- N° de Cuenta Corriente para el depósito de los pagos por el servicio prestado. (Bancos en los que SEDAPAL realiza depósito en cuenta: Scotiabank, Interbank y Continental).

13.3.2 Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En

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tal caso, SEDAPAL llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, SEDAPAL declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

13.3.3 Cuando SEDAPAL no cumpla con citar al ganador de la buena pro o suscribir el contrato dentro del plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles a la Entidad. En tal caso, SEDAPAL deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1 /1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (05) días hábiles.

13.3.4 Vencido el plazo sin que SEDAPAL haya suscrito el contrato, el postor podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro. En tal caso, SEDAPAL deberá reconocer una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al 10% del monto adjudicado, sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de SEDAPAL o al funcionario competente para la suscripción del contrato. De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el Tribunal.

14.DE LA DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS

La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se devolverá luego de la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del Contratista quede consentida.

15.DE LAS SANCIONES

15.1Penalidades por Incumplimiento de las Condiciones Contractuales Estas penalidades distintas a las penalidades por mora, están referidas al incumplimiento de las obligaciones prescritas en los Términos de Referencia, Disposiciones Especificas, Bases en General y contrato, que motivará la aplicación de las multas respectivas según el Anexo N° 03, hasta por un monto acumulado máximo equivalente al diez (10 %) por ciento del monto contractual, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 223° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

15.2Penalidad por Mora

En el caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, SEDAPAL aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso hasta por un monto máximo equivalente al diez (10 %) por ciento del monto contractual, o, de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o partida que debió ejecutarse. La fórmula a aplicarse para el cálculo de la penalidad será la establecida en el Artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En caso no pueda aplicarse esta penalidad, se aplicará las penalidades contenidas en el Anexo N° 03.

16.DISPOSICIONES FINALES

16.1 Es competencia del Comité Especial la interpretación de las bases que sustentan la convocatoria. 16.2 El contrato será suscrito por el Gerente de Logística y Servicios o quien haga sus veces, a

nombre de SEDAPAL; y por el representante legal de EL CONTRATISTA. 17.FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

De acuerdo al contenido del Artículo 116° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los observantes tienen derecho de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (03) días hábiles siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el

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Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión del Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

1. DEFINICIONES

1.1 “Bases”: Los documentos que contienen los requerimientos técnicos, metodología de evaluación, procedimientos y demás condiciones establecidos por la Entidad para la selección del postor y la ejecución contractual respectiva incluyendo, cuando corresponda, la proforma del contrato, en el marco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento.

1.2 “Participante”: El proveedor que puede intervenir en el proceso de selección, por haberse registrado y cancelado el derecho correspondiente (adquisición de Bases).

1.3 “Postor”: Es la persona natural o jurídica legalmente capacitada que participa en un proceso de selección desde el momento en que presenta su propuesta.

1.4 “Servicio”: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurídica ajena a la Entidad, para atender una necesidad de esta última, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas las prestaciones del contratista.

1.5 “Comprador”: Es SEDAPAL. 1.6 “Proveedor”: La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta

servicios generales o de consultoría o ejecuta obras. 1.7 “Contratista”: El proveedor que celebre un contrato con una Entidad, de

conformidad con las disposiciones de la Ley y su Reglamento. 1.8 “Contrato”: Es el instrumento suscrito entre la Entidad y el Proveedor y/o

Contratistas, dentro de los términos estipulados en las Bases, términos de referencia y oferta.

2. VALIDEZ DE LA OFERTA

La validez de la oferta deberá tener vigencia hasta la fecha de suscripción del contrato. 3. GARANTÍAS

3.1 De acuerdo a los plazos estipulados en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones según el Texto Único Ordenado y su Reglamento, para suscribir el contrato, el postor ganador deberá entregar una Garantía de Fiel Cumplimiento a SEDAPAL, cuyo vencimiento se extenderá hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.2 En caso que la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez (10%) por ciento de éste, previo a la suscripción del contrato, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una Garantía Adicional equivalente al veinticinco por cien (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

4. PRECIOS

Los precios facturados por EL CONTRATISTA se mantendrán fijos durante todo el plazo contractual.

5. CONFIDENCIALIDAD 5.1 Todos los planos, diseños, especificaciones técnicas e información en general,

suministrados por SEDAPAL a EL CONTRATISTA, son considerados confidenciales y no pueden prestarse a terceros, copiarse o utilizarse sin su previo consentimiento.

5.2 De ser el caso, EL CONTRATISTA suministrará sin ningún gasto para SEDAPAL, los croquis o planos requeridos en el Contrato, para su información y aprobación.

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6. ENTREGAS

6.1 El CONTRATISTA suministrará los servicios de acuerdo con las presentes Bases. 6.2 Si EL CONTRATISTA dentro del plazo contractual, no suministrara los servicios en su

totalidad o en parte, SEDAPAL podrá imponer la multa correspondiente. En los Contratos de prestación de servicios, SEDAPAL aplicará las penalidades consignadas en la Tabla de Multas (Anexo N° 03) que forman parte de las disposiciones específicas de las Bases.

7. MODIFICACIONES AL CONTRATO

7.1 El CONTRATISTA debe comunicar de inmediato a SEDAPAL de las fallas o defectos que advierta luego de la suscripción del Contrato, sobre cualquier especificación o bien que la Entidad le hubiere proporcionado. La Entidad evaluará las observaciones formuladas por el Contratista y se pronunciará en el plazo de siete (07) días hábiles. Si acoge las observaciones, la Entidad deberá entregar las correcciones o efectuar los cambios correspondientes, empezando a correr nuevamente el plazo de le ejecución de la prestación a partir de ese momento, de ser el caso. En caso que las observaciones no fuesen admitidas, la Entidad hará la correspondiente comunicación para que El CONTRATISTA continúe la prestación del servicio, bajo responsabilidad de aquella respecto a las mencionadas observaciones.

7.2 El Contrato entra en vigencia cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases y podrá incorporar otras modificaciones, siempre que no impliquen variación alguna en las características técnicas, precio, objeto, plazo, calidad y condiciones ofrecidas en el proceso de selección.

8. SUBCONTRATACIÓN

De acuerdo con lo previsto en el Artículo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM, EL CONTRATISTA podrá concertar con terceros la subcontratación de parte de las prestaciones, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 208° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para lo cual deberá contar con la aprobación expresa y por escrito del Equipo Operaciones Financieras.

9. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO

De acuerdo con el Artículo 225° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, SEDAPAL podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los casos en que el contratista: 9.1 Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a

su cargo, pese a haber sido requeridas para ello. 9.2 Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución

de la prestación a su cargo; o 9.3 Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber

sido requerido para corregir tal situación. Para ello, SEDAPAL aplicará el procedimiento señalado en el Artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

10. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

10.1 CONTRATISTA se compromete y obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato.

10.2 Constituyen caso fortuito o fuerza mayor, aquellos eventos extraordinarios, irresistibles e imprevisibles que impiden la ejecución de la obligación contractual,

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siempre que tal hecho no sea consecuencia de negligencia o intención de la parte que la invoca, o del personal a su cargo.

11. DESCUENTOS SEDAPAL podrá deducir cualquier gasto que por acción u omisión de El CONTRATISTA le genere desembolso económico, el que acreditará previamente con la documentación pertinente. En el Anexo N° 03 de las presentes bases, se establecen las penalidades y multas que se descontarán a las valorizaciones mensuales, las mismas que se comunicarán previamente, de acuerdo al procedimiento establecido en dicho Anexo. Cualquier controversia, se regulará por lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por su Reglamento.

12. INTERPRETACIÓN

12.1Las partes, para interpretación del Contrato, se sujetarán, a su propio texto, a las Bases, Especificaciones, Acta de Adjudicación, demás documentos integrantes y a los términos de la oferta presentada por El CONTRATISTA, todo lo que forma parte del Contrato, así como a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, demás normas de derecho administrativo y supletoriamente al Código Civil.

12.2En caso de conflicto, discrepancia o contradicción, prima la interpretación que deviene de la documentación citada en el párrafo precedente.

12.3Ninguna estipulación del Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre SEDAPAL y El CONTRATISTA existe una relación de empleador y empleado o de mandante y mandatario.

13. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Los contratantes dejan constancia para todos los efectos que la presente relación contractual se sujeta a las disposiciones de las leyes del Perú, renunciando expresamente el Contratista, a toda jurisdicción extranjera o a cualquier reclamación diplomática.

14. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Se aplicará lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.

15. PRIVATIZACIÓN

SEDAPAL, al encontrarse incluida dentro del Proceso de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado dispuesta por el Decreto Legislativo Nº 674 y su Reglamento - D.S. Nº 070-92-PCM, deja constancia que a su elección está facultada para ceder su posición contractual al operador que resultase ganador del citado proceso.

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DISPOSICIONES ESPECIFICAS

Las presentes Disposiciones Especificas modifican y/o amplían cualquier indicación contenida en algún otro documento del presente Concurso Público, prevalecen éstas en caso de discrepancia. 1. OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas por el total de las pólizas. 2. POSTORES

Puede presentarse como postor cualquier compañía especializada, o asociación de compañías debidamente organizadas, con capacidad de proporcionar los servicios solicitados. Las compañías que se asocien para presentarse como postor en el presente Concurso Público, deberán cumplir con los mismos requisitos como si fueran una sola empresa.

3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 3.1 Atender los siniestros en forma inmediata. 3.2 Efectuar las indemnizaciones dentro de los plazos establecidos en su oferta. 3.3 Remitir la relación de ajustadores, centros de servicio automotriz y establecimientos

de salud afiliados con los que trabaja, reservandose SEDAPAL la facultad de libre elección de uno o más ajustadores, centros de servicio automotriz y establecimientos de salud.

3.4 Informar a su personal la lista de penalidades que se encuentran vigentes en el presente servicio.

3.5 Remitir los primeros días de cada mes un reporte de las indemnizaciones pagadas y montos en reserva por cada uno de los siniestros de cada una de las pólizas contratadas.

3.6 Que la emisión de documentos no estará afecto a la prima mínima, respetándose el cálculo de la prima a prorrata, de acuerdo a la tasa cotizada.

3.7 Emitir los documentos, como pólizas, endosos, certificaciones, constancias, entre otros, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento de la Entidad y/o de su corredor de seguros.

3.8 Entregar el reporte de siniestralidad de todas las pólizas que suscriban con SEDAPAL, de manera semestral o cuando sea requerido por SEDAPAL y/o su corredor de seguros, el cual incluirá como mínimo la siguiente información: h.1 Primas y siniestros por póliza. h.2 Detalle de los siniestros, indicando como mínimo:

- N° de póliza. - Ramo. - Fecha de siniestro. - N° de siniestro. - Causa. - Placa de rodaje (póliza de vehículos). - Nombre de la persona afectada (cuando corresponda, como en el caso de

las pólizas de accidentes personales, vida Ley y similares). - Montos en reserva y/o montos pagados. - Estado del siniestro.

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4. OBLIGACIONES DE SEDAPAL

a) Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del servicio.

b) Informar oportunamente la relación del personal autorizado a coordinar sobre los siniestros y acciones colaterales que se presenten.

c) Tramitar, a través del Equipo Operaciones Financieras, solamente los pagos que se presenten con las acreditaciones mencionadas en el numeral anterior, acción que no será causal para imputar daños y perjuicios a SEDAPAL.

5. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El servicio se realizará en las instalaciones pertenecientes a SEDAPAL, así como en los lugares especificados en las presentes Bases.

6. CANCELACIÓN DE PRIMAS AL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO La forma de cancelación del valor de las primas será la siguiente y no estará afecta a costo de financiamiento alguno: 1° Anualidad: 06 cuotas iguales cada 30 días, a partir de los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas. 2° Anualidad: 06 cuotas iguales cada 30 días, a partir de los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas. Las pólizas por declaración mensual serán pagadas mensualmente. Los pagos se efectuarán en moneda nacional al tipo de cambio - venta del dólar, que se publica en el diario oficial El Peruano. La compañía aseguradora presentará las facturas y las pólizas al Equipo Operaciones Financieras, para así emitir la conformidad del servicio y tramitar el pago correspondiente. SEDAPAL, se reserva el derecho de solicitar a la compañía aseguradora en cualquier momento de la ejecución del contrato, la documentación correspondiente al cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente convocatoria.

Si SEDAPAL durante el transcurso del período contratado decidiera anular alguna de sus pólizas, la cancelación de la prima será a prorrata y no a período corto.

7. PRECIOS Y MONEDA

Los precios que cotice el postor se fijarán en Dólares Americanos y serán los vigentes a la fecha de apertura de los sobres. No se efectuarán reajustes de precios por ningún concepto durante al plazo de ejecución del Contrato.

8. AMPLIACIÓN, DISMINUCIÓN Y/O REFORMULACIÓN DEL SERVICIO POR

PÓLIZAS La ampliación o reformulación del servicio se efectuará de acuerdo al procedimiento establecido por el Artículo 42° de la Ley, concordado con el Artículo Nº 135 del Reglamento, para la generación de prestaciones adicionales.

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9. PERSONAL DEL POSTOR EL CONTRATISTA se obliga a garantizar que el personal que designe para los servicios de atención del seguro serán altamente especializados.

10. FIANZAS

El Postor deberá tener en cuenta, que las fianzas que solicita SEDAPAL deberán ceñirse estrictamente a las disposiciones señaladas en las Bases Administrativas y los modelos consignados en las Bases.

11. MEDIO AMBIENTE El Postor que obtenga la Buena Pro optará preferentemente por productos y servicios de reducido impacto ambiental negativo que sean durables, no peligrosos y susceptibles de reaprovechamiento (Artículo 18 de la Ley 27314 “Ley General de Residuos Sólidos”).

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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SEGURO MULTIRIESGO (Seguro Contra Todo Riesgo de Incendio y Líneas Aliadas)

MATERIA ASEGURADA Toda propiedad mueble e inmueble de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, cuidado, custodia y/o control, propiedades en curso de construcción, instalaciones ensamblaje y montaje, incluyendo pero no limitado a lo siguiente: Inmuebles, comprende todo lo concerniente a edificios, construcciones, estructuras, techos, cobertores, obras civiles y electromecánicas en general (excluyendo el valor del terreno), así como sus extensiones, aditamentos y mejoras, incluyendo instalaciones de agua, desagüe y electricidad, tanques aéreos y subterráneos, cisternas, pozos y chimeneas, ascensores y montacargas, puertas, ventanas, lunas, vidrios y cristales, rejas y cortinas metálicas y en general todas las instalaciones fijas y permanentes, sean mecánicas y/o eléctricas que formen parte del edificio y su funcionamiento, incluyendo reservorios, cámaras de válvula del proyecto Chillón, cámaras de rebombeo de agua y desagüe ( cámaras de purga de aire, cámara de válvula que se reciban o sean transferidos a SEDAPAL y cámaras de macromedición), Plantas 1 y 2 de La Atarjea, Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, obras de captación y toma de agua canales de conducción, estanques reguladores, casa fuerza, talleres de maestranza y unidades de transporte, estructuras eléctricas y electrónicas de Estaciones de Control Automatizado SCADA, incluyendo el Proyecto de afianzamiento Marcapomacocha Marca III, ubicado en el distrito de Carhuacayán, provincia de Jauli, departamento de Junín, que consta entre otros de túneles canales, sifones, diques y presas. Contenido en general de muebles, útiles, enseres, máquinas de oficina, papelería en general y demás contenido, cualquiera sea su naturaleza, de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su control y responsabilidad. Maquinaria comprende todo lo concerniente a maquinarias y equipo en general, equipos electrónicos, artefactos fijos y móviles, enseres, mobiliarios, útiles, calculadoras y demás efectos (incluyendo sus bases y cimentaciones) que componen las instalaciones de planta, laboratorio y taller, incluyendo bombas, calderas, compresoras, motores, taladros, tanques, torno, conductores y ductos en general, grupos electrógenos, subestaciones eléctricas, transformadores, controles, llaves y tableros de toda clase enseres utensilios, herramientas, instrumentos, accesorios, repuestos, partes, piezas, vehículos de planta (montacargas, carretillas y similares) bienes móviles y/o fijos y todo otro bien de naturaleza similar, aun cuando no se encuentren detallados aquí pero que forman parte de o estén contenidos en las instalaciones o predios ocupados por el asegurado. Se incluye bajo la cobertura de todo riesgo, los nuevos activos que adquiera el asegurado, en propiedad o alquiler, bienes de propiedad de terceros, empleados y/o contratistas. Todos aquellos Gastos Extraordinarios en los que necesite incurrir el asegurado, como consecuencia de un siniestro cubierto, tales como remoción de escombros, reconstrucción de documentos y modelos, honorarios profesionales (arquitectos, ingeniero y similares) y gastos de demolición. Mejoras: comprende todo lo concerniente a rejas y cortinas metálicas, mejoras en tabiquerías, obras de carpintería, revestimientos de techos y paredes, falso techo, ductos de aire acondicionado, alfombras y tapizones de pared a pared y en general todas las instalaciones adicionales que mejoren los locales ocupados por el asegurado.

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Cercos, pistas, muros, alambrados, mallas metálicas, rejas perimetrales, pistas, veredas, bermas, sardineles, lozas de concreto y en general toda otra estructura u obras civiles, excluyendo redes de agua y desagüe y medidores. COBERTURAS Todo Riesgo de Incendio y Líneas Aliadas incluyendo Riegos de la Naturaleza. VALOR DECLARADO US$ 851 495 305

SUMA ASEGURADA Limite Único y Combinado US$ 120 000 000 SUB-LIMITES Y COBERTURAS ADICIONALES A PRIMER RIESGO • Huelga y Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo (L.A.A.) US$ 60 000 000 • Rotura de Maquinaria US$ 200 000 • Equipo Electrónico

- Sección I Daño Físico US$ 700 000 - Sección II Portadores Externos de Datos US$ 300 000 - Sección III Incremento del costo de operación US$ 120 000

• Todo Riesgo Equipo de Contratista US$ 390 000 • Infortunio (L.A.A.) US$ 45 000 • Rotura Accidental de vidrios y/o cristales y avisos y/o paneles Publicitarios y/u objetos frágiles US$ 30 000 • Gastos Extras US$ 10 000 000 • Gastos Extraordinarios US$ 10 000 000 • Hundimiento de Terreno, Corrimiento de Tierras, Caída de Rocas, u otros movimientos de Tierras (L.A.A.) US$ 10 000 000 • Transporte Incidental US$ 500 000 • Cobertura Automática para Nuevas Adquisiciones US$ 5 000 000 • Remoción de Escombros US$ 5 000 000 • Vehículos propios y/o de terceros en los locales del

asegurado US$ 100 000 • Dinero y/o Valores (Cobertura de Incendio Todo Riesgo) US$ 20 000 CLAUSULAS ADICIONALES Las siguientes cláusulas adicionales prevalecen sobre las Condiciones Generales. TODAS LAS SECCIONES • Adelanto del 50% del monto del siniestro. • Nombramiento de Ajustadores • Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada (excepto HCC/DMVST) INDENDIO TODO RIESGO • Condicionado General de Incendio • Reposición de productos • Errores u omisiones • Combustión espontánea • Sellos y marcas • Propiedades fuera del control del asegurado • Traslado temporal

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• Reemplazo y/o reposición • Permisos y privilegios • Reparaciones y/o reconstrucciones • Inclusión automática hasta US$ 5’000,000 • Cobertura automática por nuevas adquisiciones (sean estos bienes nuevos o usados) • Rotura accidental de cristales (sin exclusiones por la posición del vidrio) • Primer riesgo • Todo riesgo de incendio • Aparatos eléctricos • Impacto de Vehículos • Daños por agua • Cláusula de Subrogación • Gastos Extraordinarios: se extiende pero no limita a lo siguiente:

o Documentos y modelos o Honorarios profesionales o Planilla de ejecutores con relación al siniestro o Licencias o Patentes de cualquier tipo que deba cancelarse a consecuencia de un

siniestro amparado por la Póliza. o Impuestos específicos que deba pagar el Asegurado como consecuencia de daño

físico por uno de los riesgos cubiertos por la póliza. o Defensa o Salvamento o Limpieza o Demolición y remoción de escombros o Costos por extinguir un incendio y cualquier otro gasto con excepción de la

Perdida de Beneficios o Reacondicionamientos provisionales.

• Propiedad de terceros • Transporte Incidental LUCRO CESANTE • Cédula “F” – Gastos Extras TRANSPORTE INCIDENTAL • Condiciones de Transporte Incidental ROTURA DE MAQUINARIA • Condicionado General de Rotura de Maquinaria • Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete

expreso flete aéreo hasta US$ 20 000 • Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en

los equipos y maquinarias, eliminándose la depreciación por uso en caso de siniestro. • Pérdida de contenido hasta US$ 100 000 • Se deja sin efecto la cláusula de ajuste de depreciación para el bobinado de equipos

eléctricos y transformadores y la depreciación para motores de combustión interna. • También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y de pozo profundo

resultante de la falta de agua y por hundimiento del pozo, así como la destrucción de tubos o muros.

• Incendio interno, explosión química interna y caída directa de rayo • Aceites lubricantes y/o refrigerantes. • Valor nuevo de reposición hasta tres (03) años de antigüedad en caso de pérdida total.

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EQUIPO ELECTRÓNICO • Condicionado General de Equipo Electrónico • Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete

expreso flete aéreo hasta US$ 20,000 • Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios asegurados (nacional e

internacional) • Valor nuevo de reposición para equipos de hasta tres (03) años de antigüedad. • Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el

mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.

• Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.

• Se extiende a cubrir las pérdidas en vehículos desocupados. INFORTUNIO • La cobertura es del tipo “Todo Riesgo” • Se extiende a cubrir las pérdidas en vehículos desocupados, mientras los encargados de

los quipos realizan actividades que los obliga a desocuparlos. • Valor nuevo de reposición para equipos de hasta tres (03) años de antigüedad • Incluye cobertura de robo TREC • Condicionado General de Todo Riesgo Equipo de Contratistas. • Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete

expreso, flete aéreo hasta US$ 20 000 • Accidentes durante el montaje, desmontaje, transporte, carga y/o descarga del equipo o

maquinaria de construcción. • La cobertura es extensiva a amparar las unidades mientras se encuentren estacionadas

y/o en circulación y/o mientras se trasladen por sus propios medios, incluyendo vías no autorizadas.

• Extensión de cobertura durante el desplazamiento de los equipos por reparaciones a depósitos y talleres, así como su permanencia en los mismos.

• Bajo la cobertura TREC se consideran aseguradas las carretas y su carga, remolcados por los vehículos asegurados bajo la cobertura TREC.

• Equipos bajo tierra. • Negligencia del operario. • Rotura de lunas a causa de siniestro cubierto por la póliza. DEDUCIBLES • Todo Riesgo y cada pérdida: US $ 35 000 • Riesgos Políticos

10% del monto del indemnizable, mínimo US $ 49 000 • Riesgos de la Naturaleza (Terremoto,y/o temblor y/o erupción Volcánica y/o fuego subterráneo) 1% del valor declarado del Predio afectado incluyendo su contenido, mínimo US $ 90 000 • Otros Riesgos de la Naturaleza 10% del monto indemnizable, mínimo US $ 90 000 • Daños por Agua e impacto de vehículos 10 % del monto indemnizable, mínimo US $ 50 • Equipo Electrónico - Sección I y II: 1 % del valor de reposición del equipo, mínimo US $ 500 - Sección III: 02 días y periodo de indemnización 65 días - Robo: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500 • Infortunio: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500 • Rotura de Cristales y Vidrios (bajo

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cualquiera de las coberturas de la póliza): Sin Deducible • Rotura de Maquinaria 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 2 500 • TREC 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 2 500 • Gastos Extras: 3 días. • Transporte Incidental 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100 • Vehículos propios y/o de terceros en locales del Asegurado 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100 • Proyecto de afianzamiento Marcapomacocha Marca III 5% del monto indemnizable, mínimo US$ 140 000 CONDICIONES ESPECIALES • Para efectos de la indemnización bajo las coberturas de rotura de maquinaria y equipo

electrónico, estarán cubiertos los daños o pérdidas de las maquinarias y equipos, así éstas hayan cumplido su vida útil, considerando su valor comercial de mercado.

• Cláusula de Infraseguro: los valores de reposición declarados bajo esta póliza representan el valor a nuevo de los mismos. No se aplicará la cláusula de infraseguro o “seguro insuficiente” cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta 10% entre Valor a Nuevo vs. Valor Declarado

• La cobertura para infortunio será del tipo todo riesgo amparando los daños y pérdidas externas e internas, y por cualquier causa durante el trabajo diario del personal del asegurado y/o tercero contratado por este, asimismo, el robo, hurto y/o desaparición misteriosa, así como durante su almacenamiento, trabajo, transporte, utilizando para su traslado cualquier medio o vía de transporte, incluyendo el robo mientras se encuentran en cualquier medio de transporte; dentro o fuera de los predios asegurados, en cualquier lugar del mundo.

• Bajo Todo Riesgo, Rotura de Maquinaria y Equipo, también están cubiertos los gastos adicionales por horas extras como trabajo nocturno, días feriados, flete aéreo, la maquinaria y equipo bajo tierra así como la eliminación de la depreciación por los aceites, lubricantes y refrigerantes, cadenas y metálicos no refractarios y la pérdida de contenido.

• Se otorga la cobertura para los bienes que por razones de servicio son desplazados temporalmente a lugares diferentes a su sede de permanencia habitual.

• En caso se presentara la necesidad de que, las propiedades aseguradas en virtud de la presente póliza, pudieran sufrir en forma inminente o inequívoca, pérdidas o daños materiales que se encuentren cubiertos por la misma, los gastos que efectuara el asegurado a fin de adoptar las medidas necesarias, en la medida de lo razonable, para proteger y conservar en forma transitoria, dichas propiedades, se sumará a las pérdidas o daños totales que sean recuperables en virtud de cualquier otra disposición contenida en la póliza en cuestión y estarán sujetas a las deducciones aplicables sin incrementar las disposiciones de limite contenidas en la presente.

• Bajo los alcances de esta póliza y para todas las coberturas (incluyendo sub-límites y coberturas adicionales) se considerará como parte de la materia asegurada las computadoras personales portátiles, tales como Lap Top, Cámaras Digitales, Blackberry y Palms, de propiedad de empleados, siempre que estas sean utilizadas al servicio y/o en beneficio de la institución hasta US $ 5 000 en límite agregado anual.

• En caso de siniestro y cuando la Compañía de Seguros decida optar por realizar el pago de la indemnización y no la reposición de los bienes, el asegurado, decidirá a nombre de que proveedor se deberá girar el cheque por la indemnización correspondiente.

• En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor.

• El Plazo de aviso de siniestro será de 30 días • Al haberse declarado el valor de reemplazo a nuevo para todos los activos, en caso de

siniestro bajo cualquiera de las coberturas contratadas, la indemnización será a valor de

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reemplazo a nuevo y no se aplicará “Infraseguro”, previa verificación por parte del ajustador que no exista infraseguro.

• En caso de siniestro de rotura de maquinaria equipo electrónico y TREC, no se aplicará depreciación en caso de pérdida total, hasta 3 años.

• La cobertura de gastos extraordinarios y gastos extras ampara los gastos por limpieza y descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar operativas las instalaciones.

• Bajo la póliza de equipo electrónico están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por fallas o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.

• Para la indemnización de siniestros en los que el asegurado no pueda obtener facturas o proformas, se tomarán en cuenta las guías de salida de almacén, los listados de costos, inventarios y/u órdenes de compra.

• Bajo la póliza de equipo electrónico, se amparan los equipos de laboratorio. • Asimismo, están cubiertos los gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro. • También están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir

incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.

• También están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.

• Cubre también las reparaciones transitorias o medidas de protección necesarias que surjan directamente de las pérdidas.

• Bajo la cobertura de transporte incidental , se indemnizara el costo de mercadería según factura o valorización incluyendo flete + gastos.

• En caso de siniestro y cuando la autoridad pertinente no permita o autorice la reconstrucción de las instalaciones y debido a ello, tengan que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total sin descontar el monto del salvamento existente en el lugar del siniestro.

• Considerando que todas las aseguradoras redactan sus cláusulas de manera similar pero que éstas no son necesariamente iguales, el asegurado se reserva el derecho de comprobar que seán las ultimas aprobadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, de revisarlas y dar su conformidad antes de suscribir la póliza.

• Bajo la cobertura de rotura de vidrios, lunas y/o cristales se cubren los daños sea cual fuera su forma y la posición en la que se encuentren colocados y/o instalados.

• En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el bien y el Asegurado asumirá el importe correspondiente al deducible.

• Los deducibles consignados en las condiciones particulares de esta póliza incluyen el IGV. Adicionalmente a lo indicado, deberán considerar para la póliza de Equipos Electrónicos, los laboratorios móviles instalados en las siguientes unidades: Unidad de placa QI-4137 Valor US $ 73 005,40 Unidad de placa QI-4138 Valor US $ 69 411,40 Unidad de placa QI-4464 Valor US $ 65 510,16 Unidad de placa QI-4465 Valor US $ 65 806,49 Unidad de placa QI-7596 Valor US $ 23 198,46 Unidad de placa QI-7597 Valor US $ 23 198,46 Equipos Instalados en unidades Unidad de placa UO-9523 valor US $ 17 515,73 Unidad de placa UO-9522 Valor US $ 17 515,73 Equipo de Inspección televisiva

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Unidad de placa QI-7993 Valor US $ 86 635,00 Unidad de placa QI-7928 Valor US $ 86 635,00 Unidad de placa QI-7994 Valor US $ 86 635,00 Cobertura para 25 celulares alquilados Suma asegurada por Equipo US $ 314,19 Suma asegurada total US $ 7 850,00 Deducible por toda y cada pérdida US $ 50,00 TEXTO OBLIGATORIA DE LAS CLAUSULAS QUE FORMAN PARTE DE LA POLIZA CLÁUSULA DE NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES O AJUSTADORES DE SINIESTROS Se deja expresa constancia, que en caso de algún eventual siniestro, el ASEGURADO tiene el derecho de nombrar de común acuerdo con la COMPAÑÍA, a la persona natural o jurídica especializada que proceda a efectuar la liquidación o ajuste del siniestro.

Adicionalmente, a fin de agilizar la liquidación de algún eventual siniestro, antes del inicio o durante la vigencia de la póliza el ASEGURADO y la COMPAÑÍA podrán convenir en la elección de una terna de ajustadores, sobre los cuales el ASEGURADO podrá ejercer su derecho de nombramiento sin necesidad de consulta previa a la COMPAÑÍA.

LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS La Compañía Aseguradora se hará cargo de todos los gastos por Honorarios de ajuste relacionados a la totalidad de los siniestros reclamados por el asegurado, superen o no el deducible de la póliza. Las labores de ajuste incluyen la negociación de los siniestros hasta emitir el proyecto de liquidación para todos los siniestros reclamados.

CLÁUSULA DE ADELANTO DEL 50% DEL SINIESTRO Queda entendido y convenido que en caso de un eventual siniestro, la COMPAÑÍA se compromete a conceder al Asegurado pagos a cuenta de la indemnización del siniestro por una suma no mayor al 50% del monto estimado del mismo, siempre que: a) Haya quedado debidamente comprobado que los daños estuvieron amparados bajo las

condiciones de la póliza b) Intervenga un perito independiente aceptado por ambas partes para la fijación de un

estimado del monto indemnizable del siniestro. c) En caso los pagos a cuenta hubieran excedido el monto indemnizable, el ASEGURADO se

compromete a reintegrar a la COMPAÑÍA dicho exceso. LAUSULA GASTOS EXTRAS

Se aplicará en exceso de cualquier “Gasto Extra” en los que incurra el ASEGURADO para disminuir sus pérdidas o daños por efecto de la pérdida, daño o destrucción a su propiedad, causado por cualquiera de los riesgos cubiertos bajo la presente póliza y de esta forma continuar con su actividad normal. Estos “Gastos Extras” serán durante el tiempo requerido para reconstruir, reparar o reemplazar la propiedad dañada o colocar al ASEGURADO en la misma condición en la que se encontraría de no haber ocurrido tal daño o pérdida. Entre algunos de estos “Gastos Extras” podemos citar los siguientes, los que no son únicos y que no están limitados sólo a dichos gastos, pudiendo existir otros gastos razonables y necesarios considerados como “Gastos Extras”:

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a) Alquiler de locales b) Pago de honorarios y alquileres de máquinas, equipos y otros. c) Mayor gasto por aplicación de cualquier ley u ordenanza que regule la construcción,

reparación o uso de edificios. d) Gasto adicional por limpieza, descontaminación por un accidente causado en su local

u otro local o lugar que comprometa la paralización de las operaciones del asegurado. e) Gastos de auditoria y peritajes especializados para la certificación de las pérdidas. f) Gastos por reconstrucción de documentos y modelos g) Gastos efectuados por el ASEGURADO en caso la autoridad no permita el acceso a su

local a consecuencia de daños a propiedades adyacentes. CLAUSULA DE 72 HORAS Cualquier pérdida o daño a la propiedad asegurada que se produzca durante cualquier período de setenta y dos (72) horas consecutivas, provocado por eventos catastróficos – tales como, pero no limitado a, huracán, tormenta, tempestad, lluvia, inundación, daño provocado por agua, terremoto, maremoto, revueltas, huelga o conmoción civil, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo - se considerará como un evento único y constituirá una ocurrencia con respecto a la suma asegurada y al deducible aplicable. Para los fines de la aplicación del deducible, el inicio de cualquier periodo de setenta y dos (72) horas se decidirá a discreción del Asegurado. No obstante no habrá sobre posición en dos o más períodos de setenta y dos (72) horas en el caso que el daño se produzca a lo largo de un período de tiempo más amplio.

CLÁUSULA DE INFORTUNIO En virtud de la solicitud presentada por el Asegurado y en consideración al pago de la prima correspondiente al pago de la prima correspondiente, la Compañía extiende la presente póliza para asegurar contra pérdida o daños a la propiedad, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el sumario de esta póliza por cualquier causa, dentro y fuera de los límites geográficos del Perú excepto aquellas enumeradas a continuación: Esta póliza no cubre:

1. Pérdidas o daños causados por polilla, lombriz, termitas y otros insectos, vicio propio o como resultado de defecto latente, uso o deterioro gradual, contaminación corrosión, herrumbre, moho húmedo o seco, humedad y sequedad de atmósfera, smog o extremos cambios de temperatura o pérdidas o daños por asentamiento normal, encogimiento o expansión de edificios o cimientos.

2. Pérdida de uso, demora ó pérdida de mercado. 3. Pérdidas o daños por explosión, implosión o desplome sufridos por cualquier caldero,

economizador y otro aparato que funcione bajo presión interna fluida o de vapor en el que se origine la explosión.

4. Cualquier deshonestidad por parte del asegurado o cualquier infidelidad de sus empleados o cualquiera a quien la propiedad debe ser entregada o confiada, merme de inventario. Asimismo, no cubre la pérdidas o daños causados por delito no asegurado o por imprudencia constitutiva de delito.

5. Pérdida o destrucción de daño a cualquier propiedad o toda pérdida o gasto resultante o proveniente de daño consecuencial, o responsabilidad legal de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causado o contribuido por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio de combustión de combustible, nuclear, o la radioactividad, toxico, explosivo o cualquier propiedad azarosa de cualquier explosión nuclear o componente nuclear.

6. Pérdida o daño de cualquier acto o evento fuera del o en el curso del cual tal pérdida o daño provenga constituye o es parte de, o es comedido u ocurre ya sea directa o indirectamente por razón de o en conexión:

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o Guerra, invasión, acto enemigo extranjero, hostilidades operaciones bélicas (haya o no declaración de guerra) y guerra civil.

o Alborotos populares y/o asonadas asumiendo las características de un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado.

7. Pérdida de daño a la propiedad asegurada causado por procesamiento, renovación,

reparación o manufactura. 8. Pérdida o daño a la propiedad asegurada como resultado de merma, encogimiento,

evaporación, pérdida de peso, derrame rotura de cristal y otros artículos frágiles rasgaduras, exposición a la luz o cambio de color, de textura, acabado o sabor, a menos que tal pérdida o daño sea directamente causado por incendio o combate efectuado para apagarlo, rayo, terremoto, erupción volcánica, maremoto, tormenta, granizo, explosión, huelga o conmoción civil, caída de aeronaves, impacto de vehículos, derrame de rociadores, vandalismo, huelga y conmoción civil, daño malicioso y terrorismo.

9. Pérdida o daño causado por Exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes asegurados se encuentran a la intemperie.

10. Pérdida o daño ocurrido mientras el edificio asegurado o que contiene la propiedad asegurada está bajo el conocimiento del asegurado vacante o desocupado por más de 30 días consecutivos.

11. Dinero en efectivo, título de valores de cualquier especie y objeto de artes o antigüedades.

12. Pérdidas o daño causado por uso, desgaste o descompostura mecánica, salvo que tales, sean pérdidas o daños resultantes del uso y desgaste o descomposición mecánica, ni tampoco abroche, engaste y otro sujetador, soporte o contenedor.

13. Reconstrucción de las películas y/o cintas como pérdida de pies (longitud) de películas y/o cintas.

14. Abolladura y raspaduras 15. Infidelidad 16. Pérdida a consecuencia de cualquier actividad riesgosa El asegurado en caso de pérdida o daño y como condición precedente a cualquier derecho de indemnización debe informar inmediatamente a la compañía sobre tales hechos y proporcionar evidencias correspondientes.

Si el Asegurado hiciera algún reclamo a sabiendas que fuera falsa o fraudulenta con respecto a la cantidad y circunstancias, esta póliza quedará anulada y cualquier reclamo será rechazado. Los Aseguradores están autorizados a sola opción o reponer reemplazar cualquier artículo perdido o dañado en su totalidad o parte, a pagar al contado por eso, no excediéndose en cualquier eventualidad, de la suma asegurada por esto. No habrá ninguna obligación bajo seguro respecto a cualquier reclamo donde el Asegurado está en su derecho de ser indemnizado bajo cualquier otro seguro salvo a cualquier exceso por encima del monto que pudiera haberse cubierto bajo este otro seguro. La suma asegurada de cada bien debe representar el valor de reposición.

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POLIZA DE DESHONESTIDAD 3-D

METERIA ASEGURADA SEDAPAL solicita un seguro sobre bienes de propiedad de SEDAPAL, personal a su servicio y bienes de terceros bajo su responsabilidad, cargo, custodia o control y/o por los cuales sea de alguna manera responsable, contenidos en locales propios o de terceros o en tránsito entendiéndose como tales principalmente a dinero, valores, existencias en general y activos fijos, incluyendo instalaciones fijas susceptibles de robo. Convenios Suma Asegurada Convenio I Deshonestidad de Empleados US $ 550 000 No. de Trabajadores: Categoría “A” : 118 Categoría “B” : 14 Categoría “C” : 2 081 Total Trabajadores : 2 213 Convenio II Pérdida de Dinero y/o Valores dentro de los (todos los locales) incluyendo (85) centros Autorizados de cobranza ubicados en la

Provincia de Lima y Callao US $ 40 000 Convenio III Dinero y/o Valores en tránsito US $ 25 000 Convenio IV Por estafa, falsificación de giros postales, US $ 80 000

libranza o de papel moneda y cheques emitidos por la Empresa.

Títulos y/o valores, billetes y demás documentos bancarios de entrada Convenio V Falsificación de documentos bancarios de salida US $ 80 000 Convenio VI Robo con fractura y/o asalto de activo fijo y/o existencias en locales propios

y/o de terceros. US $ 500 000

COBERTURAS ADICIONALES (Límite Agregado Anual) - Hurto US $ 15 000 - Bienes y/o dinero y/o valores de empleados (solo por asalto dentro de los locales) US $ 10 000 - Bienes y/o dinero y/o valores de directores y funcionarios en poder de mensajeros US $ 10 000 - Extorsión (personas / propiedades) US $ 35 000 CLAUSULAS ADICIONALES • Condicionado general de 3-D • Adelanto del 50% del siniestro • Traslado temporal (Convenio VI) • Hurto • Nombramiento de ajustadores

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• Trabajadores no identificados • Inclusión automática • Propiedades de terceros • Cláusula de reemplazo • Dinero en efectivo y/o valores dentro de local • Dinero en efectivo y/o valores en tránsito • Valor de reposición (Activo Fijo) • Cobertura de falsificación de cheques de gerencia • Cobertura automática por doble acumulación de dinero por paralización y días de no

atención bancaria. DEDUCIBLE 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 10 000,00, excepto el robo de dinero en centros autorizados de cobranza, donde el deducible mínimo queda establecido en US$ 250,00 CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES • Para los Convenios II y III se otorga cobertura automática por doble acumulación de

dinero por paralización bancaria o no atención. • Se extiende la cobertura para pérdida donde intervengan trabajadores aunque no se

encuentren en planilla tales como practicantes, eventuales, trabajadores en base a honorarios, policías particulares , contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen oficialmente de manera temporal en SEDAPAL.

• Bajo el Convenio III se cubrirán los tránsitos de dinero de propiedad del asegurado, realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa.

• Bajo el Convenio III se cubre dinero y/o valores y/o bienes en tránsito propiedad del asegurado en poder de empleados y/o dentro del vehículo utilizado por ellos, sólo por asalto.

• Los Convenios IV y V se extienden a cubrir guías de almacén y/o remisión, órdenes de compra, órdenes de salida, cheques de gerencia, y boletas de depósito.

• La cláusula de hurto se extiende a cubrir equipos electrónicos cuando se encuentren en locales de terceros.

• Se establece el plazo de aviso de siniestro a la compañía de seguros hasta 30 días naturales después de la ocurrencia.

• Bajo los Convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.

• El Convenio I no estará limitado a la identificación del trabajador deshonesto, bastando solamente el comprobar la ocurrencia de la deshonestidad, no es necesario identificar al culpable para efectos de indemnización de la póliza.

• Cláusula de Infraseguro para el Convenio I : No se aplicará la cláusula de infraseguro o “seguro insuficiente” para este Convenio cuando el numero de personal declarado al momento del siniestro sea superior hasta en 10% al número de personal declarado el inicio de la póliza.

• Los Convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la cobertura sea limitada a sólo robo con fractura y/o asalto.

• Se otorga cobertura automática para cualquier otro local, donde la Empresa efectúe movimiento de dinero y/o activos.

• La póliza incluye el robo de dinero y/o bienes del asegurado en cualquier obra donde efectúen trabajos en el territorio del Perú.

• En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor.

• Los traslados de dinero y/o bienes en general descritos en la Sección Información están cubiertos entre los locales asegurados, bancos, financieras y/o demás locales y/o centros de operaciones y/o demás locales o lugares de trabajos propios del negocio.

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• La cobertura de dinero dentro de los locales no esta limitada a que se encuentre

únicamente en caja fuerte, incluye también conteo y manipuleo. • Se extiende a cubrir todo lo que son instalaciones de energía eléctrica y bienes de

propiedad de SEDAPAL o que se encuentren bajo su responsabilidad, por mas que se encuentren a la intemperie.

• No obstante lo que se diga en las condiciones generales de la póliza, esta se extiende a cubrir el HURTO de activos asegurados bajo el Convenio VI (cobertura contra robo con fractura de bienes y mercaderías), entendiéndose como tal la sustracción en forma oculta o clandestina de un bien asegurado, sin que existan huellas o evidencias de la forma en que fue sustraído, dentro del local o locales asegurados.

• Cobertura automática por 30 días para la mercadería en los recintos aduaneros cuando la cobertura de transporte de importación haya expirado.

• Bajo el Convenio II se cubre asimismo 85 Centros Autorizados de Cobranza entre farmacias y otros establecimientos.

• Para los Centros Autorizados de Cobranza se establece un límite de US $ 11 000 por local. • En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se

produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el bien y el Asegurado asumirá el importe correspondiente al deducible.

• Deterioro del inmueble por robo y/o intento de robo. • La presente póliza se extiende a cubrir los siniestros descubiertos posterior a los 3 meses

de inicio de la vigencia de la póliza y cuyo origen se remonte a la vigencia pasada 12 meses antes de la fecha de descubrimiento.

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POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL MATERIA ASEGURADA Demandas legales o reglamentarias COBERTURA Ampara al asegurado en los casos de reclamos de indemnización por los daños y perjuicios que se haya causado a las personas y/o bienes de terceros en los cuales resulte responsable. Responsabilidad Civil Extracontractual, Responsabilidad Civil Patronal, Responsabilidad Civil de Productos, Responsabilidad Civil Contractual. SUMA ASEGURADA US$ 1 100 000 COBERTURAS Y CLÁUSULAS • Extracontractual • Patronal • Productos hasta US$ 1 100 000 Límite Agregado Anual • Contractual • Contratistas y subcontratistas independientes • Playas de estacionamiento • Vehículos ajenos • Incendio, explosión y humo • Locales y operaciones incluyéndose la administración y operación de redes de agua y

desagüe de primarias y secundarias, así como las cámaras rompe presión. • Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque

no se encuentren en planillas, tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado

• Ascensores, grúas, montacargas y escaleras mecánicas • Uso de armas de fuego • Eventos y similares • Transporte de mercadería peligrosa • Locatarios (inmuebles) • Transporte de carga • Transporte de personal • Contratistas de obras • Trabajos terminados • Equipos y maquinarias • Vehículos de terceros • Alimentos y bebidas • Nombramiento de ajustadores • Responsabilidad civil por vehículos propios y/o dentro de predios hasta US$ 25 000 en

exceso de la póliza de vehículos. • Gastos y costos de defensa penal hasta US$ 5 000 • Responsabilidad Civil TREC, cubre los reclamos de terceros por los daños personales o

materiales causados por los equipos móviles como montacargas, grúas cuando estén en operación dentro de sus predios o circulando en otros (vía pública, siempre que no infrinja el Reglamento General de Transito)), incluyendo las carretas remolcadas

• Tenencia de hidrocarburos • Responsabilidad Civil Cruzada DEDUCIBLE 10 % del monto indemnizable mínimo US$ 20 000 sólo para daños materiales

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CONDICIONES ESPECIALES • Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de los

contratistas y/o subcontratistas. • Bajo Responsabilidad Civil se cubren policías particulares, trabajadores contratados y/o

practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado.

• Se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.

• Se incluye la Responsabilidad Civil de las retroexcavadoras, grúas y demás maquinarias que no cuenten con una póliza de seguros de automóviles.

• Se extiende la cobertura para daños y/o pérdidas donde intervengan personas que temporalmente bajo contrato estén en planilla de SEDAPAL.

• En caso el asegurado efectúe trabajos en locales de clientes están cubiertos los daños que cause a los bienes del cliente y que se encuentren bajo su custodia y control así como el personal del cliente.

• Esta póliza también ampara al asegurado en caso de reclamo de terceros por los daños personales o materiales que surjan y que sean causados por vehículos alquilados que estén al servicio del asegurado.

• La póliza se amplía a cubrir cualquier reclamo de terceros en exceso de la cobertura de responsabilidad civil bajo la póliza de vehículos de la Empresa hasta un límite de US$ 25 000.

• Se establece el aviso de siniestro a la compañía aseguradora hasta 30 días naturales después de haber tomado conocimiento de su ocurrencia.

• Están cubiertos los reclamos de terceros por daños y/o pérdidas a consecuencia de consumo de agua y que sea imputable a la labor de procesamiento y distribución del asegurado.

• Se extiende a cubrir la responsabilidad civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.

• También la póliza ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la Empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuidos a la operación de la Empresa.

• Cobertura en caso la autoridad judicial ordene un embargo de los bienes patrimoniales de los funcionarios o personal por demandas planteadas por terceros por daños y perjuicios atribuidos legalmente a la operación de la Empresa.

• Se incluye bajo la cobertura de responsabilidad civil patronal al personal contratado, eventual, personal de seguridad, practicantes, personal de cooperativa o cualquier otro que tenga relación laboral de la Empresa.

• Cobertura para los daños personales o materiales de terceros que sean causados por los equipos móviles y maquinarias que trabajan por cuenta del asegurado dentro de sus locales y en cualquier otro lugar.

• Se ampara la responsabilidad de la Empresa en caso de daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativa, capacitación y eventos sociales que desarrolla la Empresa dentro y/o fuera de sus locales.

• Cubre al asegurado por daños accidentales no intencionados ocasionados a terceros a consecuencia de acontecimientos producidos una vez que el asegurado haya terminado o suspendido trabajos llevados a cabo para terceros, fuera de los predios o locales pertenecientes al asegurado o tomados en arrendamiento o controlados por él y sólo cuando el daño que origine cualquier reclamación, suceda, después que los trabajos hayan sido entregados y que dicha entrega otorgue a sus poseedores la facultad de disponer de ellos, independientemente de la intervención del asegurado o de sus trabajadores.

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• Responsabilidad de carga, ampara los reclamos de terceros por los daños personales o

materiales que sufran y que hayan sido ocasionados por la carga que es transportada por el asegurado bajo su responsabilidad en vehículos propios y/o de terceros.

• Para efectos de la indemnización de la cobertura se mantendrá desde el momento de la ocurrencia del siniestro así no se haya planteado el reclamo a la compañía de seguros, también se mantendrá en plena vigencia aún cuando haya vencido el periodo de cobertura de la póliza y se haya efectuado el cambio del asegurador.

• También están cubiertos los daños materiales o personales a terceros por contaminación o polución súbita, imprevista y accidental causada por el asegurado.

• Ampara la Responsabilidad Civil del uso, almacenamiento, manipuleo, transporte de líquidos y gas combustible y/o inflamables; asimismo, los daños causados a terceros por la carga que transporte el asegurado.

• Responsabilidad Civil de vehículos hasta US$ 200 000 Límite Agregado Anual en exceso de US$ 150 000 del seguro de Vehículos de la empresa.

PARTICIPACION DE UTILIDADES Prima Neta 100% (-) Menos Gastos (40% de la prima neta) (-) Menos siniestros indemnizados y/o por indemnizar y/o gastos u honorarios de ajustes Utilidad Neta del Ejercicio El asegurado participara del 50% de las utilidades generadas de acuerdo a esquema antes propuesto.

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POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL – EN EXCESO MATERIA ASEGURADA Demandas legales o reglamentarias. COBERTURA Ampara al asegurado en los casos de reclamos de indemnización por los daños y perjuicios que se haya causado a las personas y/o bienes de terceros en los cuales resulte responsable. Responsabilidad Civil Extracontractual, Responsabilidad Civil Patronal y Responsabilidad Civil de Productos, Responsabilidad Civil Contractual. SUMA ASEGURADA US $ 8 900 000 Límite Único y Combinado en agregado vigencia en exceso de US$ 1 100 000. COBERTURA S Y CLÁUSULAS - Extracontractual - Patronal - Productos - Locales y operaciones - Vehículos ajenos - Vehículos de terceros - Ascensores, grúas y montacargas - Uso de armas de fuego - Contratistas y sub-contratistas independientes - Transporte de mercadería incluyendo mercadería peligrosa - Locatarios - Incendio, explosión y humo, daños por agua - Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque

no se encuentren en planillas, tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado

- Gastos admitidos hasta US$ 3 000,00 por persona - Responsabilidad Civil de talleres - Alimentos y bebidas - Playas de estacionamiento - Nombramiento de ajustadores - Equipo y maquinaria - Carga - Transporte de Personal - Contratistas de obras - Trabajos terminados - Resp. Civil Cruzada - Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de

contratistas y/o sub- contratistas. - Eventos y similares - Polución y/o contaminación accidental - Responsabilidad Civil TREC, cubre los reclamos de terceros por los daños personales o

materiales causados por los equipos móviles como montacargas, grúas cuando estén en operación dentro de sus predios o circulando en otros (vía pública), incluyendo las carretas remolcadas

- Tenencia de hidrocarburos

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CONDICIONES ESPECIALES • Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de los

contratistas y/o sub-contratistas. • Bajo Responsabilidad Civil se cubren: policías particulares trabajadores contratados y/o

practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado.

• Se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.

• Se incluye la Responsabilidad Civil de las retroexcavadoras, grúas y demás maquinarias que no cuenten con una póliza de seguros de automóviles.

• En caso el asegurado efectúe trabajos en locales de clientes están cubiertos los daños que cause a los bienes del cliente y que se encuentren bajo su custodia y control así como el personal del cliente.

• Esta póliza también ampara al asegurado en caso de reclamo de terceros por los daños personales o materiales que surjan y que sean causados por vehículos alquilados que estén al servicio del asegurado.

• Se establece el aviso de siniestro a la compañía aseguradora hasta 30 días naturales después de haber tomado conocimiento de su ocurrencia.

• Están cubiertos los reclamos de terceros por daños y/o pérdidas a consecuencia de consumo de agua y que sea imputable a la labor de procesamiento y distribución del asegurado.

• También la póliza ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la Empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuidos a la operación de la Empresa.

• Cobertura en caso la autoridad judicial ordene un embargo de los bienes patrimoniales de los funcionarios o personal por demandas planteadas por terceros por daños y perjuicios atribuidos legalmente a la operación de la Empresa.

• Se incluye bajo la cobertura de responsabilidad civil patronal al personal contratado, eventual, personal de seguridad, practicantes, personal de cooperativa o cualquier otro que tenga relación laboral de la Empresa.

• Cobertura para los daños personales o materiales de terceros que sean causados por los equipos móviles y maquinarias que trabajan por cuenta del asegurado dentro de sus locales y en cualquier otro lugar.

• Se ampara la responsabilidad de la Empresa en caso de daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativa, capacitación y eventos sociales que desarrolla la Empresa dentro y/o fuera de sus locales.

• Cubre al asegurado por daños accidentales no intencionados ocasionados a terceros a consecuencia de acontecimientos producidos una vez que el asegurado haya terminado o suspendido trabajos llevados a cabo para terceros, fuera de los predios o locales pertenecientes al asegurado o tomados en arrendamiento o controlados por él y sólo cuando el daño que origine cualquier reclamación, suceda, después que los trabajos hayan sido entregados y que dicha entrega otorgue a sus poseedores la facultad de disponer de ellos, independientemente de la intervención del asegurado o de sus trabajadores.

• Responsabilidad de carga, ampara los reclamos de terceros por los daños personales o materiales que sufran y que hayan sido ocasionados por la carga que es transportada por el asegurado bajo su responsabilidad en vehículos propios y/o de terceros.

• Para efectos de la indemnización de la cobertura se mantendrá desde el momento de la ocurrencia del siniestro así no se haya planteado el reclamo a la compañía de seguros, también se mantendrá en plena vigencia aún cuando haya vencido el periodo de cobertura de la póliza y se haya efectuado el cambio del asegurador.

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• También están cubiertos los daños materiales o personales a terceros por contaminación o polución súbita, imprevista y accidental causada por el asegurado.

• Ampara la Responsabilidad Civil del uso, almacenamiento, manipuleo, transporte de

líquidos y gas combustible y/o inflamables; asimismo, los daños causados a terceros por la carga que transporte el asegurado.

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PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA DIRECTORES Y FUNCIONARIOS

CONDICIONADO D&O

ASEGURADOS : 01 Presidente del Directorio 01 Gerente General 11 Gerentes SUMA ASEGURADA: US$ 500 000 LÍMITE AGREGADO ANUAL

COBERTURAS ADICIONALES • Retroactividad para hechos no conocidos hasta julio del 2008 • Aviso de cancelación con 60 días de anticipación • Periodo adicional de reclamos 12 meses • Gastos de Imagen Corporativa • Costos de Defensa por Contaminación • Perjuicios Financieros por Contaminación • Cauciones judiciales, incluye gastos por constitución • Gastos de investigación • Costos y honorarios de abogados • Cobertura automática para nuevas sedes • Herederos o representantes legales • Patrimonio de la Sociedad Conyugal • Directores y Administradores pasados, presentes y futuros • Representantes en entidades externas sin fines de lucro • Representantes en entidades relacionadas

DEDUCIBLES

Directores y gerentes Sin Deducible Empresa - Reclamos en el Perú US$ 25 000,00 - Reclamos fuera del Perú US$ 25 000,00

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PÓLIZA DE TRANSPORTE DE IMPORTACIÓN TIPO : Flotante por declaraciones COBERTURAS • Cláusula para Cargamentos (A) • Cláusula para Cargamentos (Vía Aérea) • Cláusula para Guerra (Cargamentos) • Cláusula para Guerra (Carga Aérea) • Cláusula para Huelgas (Cargamentos) • Cláusula para Huelgas (Carga Aérea) • Cláusula de Cancelación Riesgos de Huelgas • Cláusula de Reposición • Cláusula de Clasificación • Cláusula de Daño Malicioso • Derecho de aduana • Cláusula de Daño Oculto para maquinarias y equipos (nuevos) • Cláusula de estadía en aduana y/o almacén particular de acuerdo a condiciones. • Cláusula de localidad del instituto MOVIMIENTO ESTIMADO ANUAL US $ 3 000 000 por medio de transporte. LIMITE MÁXIMO POR EMBARQUE US $ 500 000 por cada embarque (declaración mensual). VÍA Terrestre y/o aérea y/o marítima y/o multimodal MEDIO DE TRANSPORTE Buques clasificados y/o aviones de línea con itinerario regular y/o empresas de transporte terrestre legalmente establecidas Cl.354 RADIO DE COBERTURA El Radio de acción que comprende el presente contrato de seguro es el siguiente Desde : Los depósitos de los proveedores en cualquier lugar del mundo Hasta : Los depósitos y/o almacenes finales del asegurado en cualquier lugar del

territorio peruano. Vía : Cualquier puerto y/o aeropuerto, incluyendo transbordo si los hubiere. MERCADERÍA ASEGURABLE Productos químicos, vehículos, motores, medidores, accesorios y otros bienes de propiedad del asegurado. EMBALAJE Adecuado DEDUCIBLE Deducible sobre el valor total asegurado por embarque 1.00% mínimo US$ 50

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Los embarques que se realicen por vía aérea, en vuelo directo, obtendrán un descuento adicional del 30% sobre la tasa básica. VALORIZACIÓN El valor asegurado por embarque será el valor costo y flete (C & F) de la mercancía según factura comercial. LIQUIDACIÓN DE PRIMAS La liquidación de primas se hará sobre la base de declaraciones mensuales. PRIMA MíNIMA US$ 25,00 CONDICION ESPECIAL El Plazo de aviso de siniestro será de 30 días naturales.

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PÓLIZA DE TRANSPORTE NACIONAL MATERIA ASEGURADA Productos químicos, vehículos, motores, medidores, accesorios y otros bienes de propiedad del asegurado. COBERTURAS • Cláusula para Cargamentos (A) • Cláusula para Cargamentos (Vía Aérea) • Cláusula para Guerra (Cargamentos) • Cláusula para Guerra (Carga Aérea) • Cláusula para Guerra (Envío por correo) • Cláusula para Huelgas (Cargamentos) • Cláusula para Huelgas (Carga Aérea) • Cláusula de Cancelación Riesgos de Huelgas • Cláusula de Reposición • Cláusula de Clasificación • Cláusula de Daño Malicioso • Cláusula de localidad del instituto RADIO DE COBERTURA Dentro del territorio nacional MOVIMIENTO ESTIMADO ANUAL US$ 1 000 000 LIMITE MáXIMO POR EMBARQUE US$ 300 000 por cada embarque y/o medio conductor MEDIO DE TRANSPORTE Durante el transporte terrestre Vehículos de propiedad del asegurado y/o vehículos de terceros de personas naturales y/o bajo su responsabilidad y/o a través de empresas y/o agencias de transporte legalmente constituidas. Durante el transporte aéreo En aeronaves de líneas aéreas de servicio comercial con ruta establecida para el servicio de transporte de carga y/o charteadas y/o alquiladas, que se encuentren debidamente registradas en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Durante el transporte ferroviario Por vagones y/o vagonetas debidamente acondicionadas para la carga, a través de empresas y/o agencias de transporte legalmente constituidas. Durante el transporte fluvial y/o lacustre Bajo cubierta, por embarcación a motor y con casco de hierro o acero. DEDUCIBLE Todo reclamo que sea motivo bajo este contrato de seguro quedara afecto a un deducible de 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150,00 aplicable para toda y cada pérdida.

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VALORIZACIÓN El valor asegurado y garantizado por el presente contrato de seguro será el valor declarado según factura comercial y/o guía de remisión valorizada, excluyendo los impuestos de ley. CONDICIONES ESPECIALES El Plazo de aviso de siniestro será de 30 días. Se excluye envios bajo la modalidad de encomienda. Los vehículos transportados de propiedad del asegurado o bajo su control, deberán estar en buenas condiciones mecanicas y contar con un chofer y ayudante, manteniendo las exigencias de peso indicadas para cada vehículo. Utilizar Agencias de Transporte legalmente constituidas y que cumplan con todas las exigencias de seguridad y controles que la autoridad indique para cada caso.

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PÓLIZA DE VEHÍCULOS

MATERIA ASEGURADA Vehículos, según anexo COBERTURA SUMA ASEGURADA

• Daño propio (choque, vuelco, incendio, robo parcial • o total, rotura de lunas) Valor Comercial • Responsabilidad civil frente a terceros US $ 150 000 c/u • Responsabilidad civil de ocupantes US $ 10 000 c/u • Accidentes de ocupantes: • Muerte e invalidez permanente US $ 25 000 c/u

o Gastos de curación US $ 6 000 c/u o Gastos de sepelio hasta US $ 3 000 c/u

• Riesgos Políticos Hasta el valor comercial • Riesgos de la naturaleza Hasta el valor comercial • Responsabilidad civil global US $ 250 000 • Accesorios musicales hasta US $ 1 000 • (el exceso al 10% hasta US$ 2 000,00) • Accesorios especiales hasta US $ 1 000 (equipos de comunicación, extintores y circulinas) • Ausencia de control hasta la suma asegurada • Responsabilidad Civil por Ausencia de Control hasta US$ 50 000 • Servicio de grúa y ambulancia por accidente • Auxilio mecánico • Vehículo de reemplazo hasta la reparación total y/o indemnización del vehículo

siniestrado. • Rehabilitación automática de la suma asegurada de daño propio hasta 25%, sin costo. • Uso de vías no autorizadas • Cobertura automática para adquirir unidades nuevas (30 días) • Procuraduría • Libre elección de talleres, sin incremento de deducible • Asesoría en caso de robo o accidentes las 24 horas del día • Gastos de búsqueda y rescate hasta US$ 2 000 por evento.

DEDUCIBLES Todas las coberturas y vehículos:10% del monto del siniestro, mínimo US $ 150,00 (más IGV). Excepciones: Rotura de lunas : Sin deducible (sea cual fuera la causa del siniestro) Perdida Total : Sin deducible Accidentes personales : Sin deducible Riesgos políticos : Sin deducible Accesorios y equipos : 1% del valor de reposición mínimo US$ 150,00 (más IGV) Ausencia de control : 10% del siniestro mínimo US$ 350,00 (más IGV) Responsabilidad civil : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150,00 (más IGV) No se realizará recargo en los deducibles establecidos bajo ninguna circunstancia. EXONERACIÓN DE DENUNCIA En casos que no involucren a terceras personas se exonera al asegurado de la Denuncia Policial cuando cumple con comunicar su ocurrencia en forma inmediata a la Central de Emergencia de la Compañía de Seguros y permitir a la unidad móvil de la compañía constatar los hechos en los casos siguientes:

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• Choque estacionado • Choque y fuga • Choque sin daños a terceros ( impacto con sardineles, huecos, postes. ) • Robo Parcial • Rotura de Lunas CONDICIONES ESPECIALES • Riesgos de la Naturaleza .- La cobertura de Riesgos de la Naturaleza se extiende a cubrir

no obstante lo que se diga en contrario en las Condiciones Generales, las pérdidas o daños materiales ocasionados a los vehículos asegurados causados directamente por terremoto, incendio consecuencial de terremoto, temblor, huracán, vendaval o huaico.

• Servicio de Grúa a nivel nacional: en casos que la compañía no pueda brindar el servicio directamente, se reembolsará al asegurado hasta un máximo de US$ 150.

• La Suma Asegurada de Responsabilidad Civil para esta cobertura es el equivalente al monto asegurado de la póliza.

• La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los conductores, estén o no en la planilla del asegurado.

• La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los vehículos, sean o no de propiedad del asegurado.

• En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales como Accidentes de Ocupantes, Responsabilidad Civil de Ocupantes, entre otras.

• No se excluye la cobertura en caso de declaraciones inexactas, errores y/o similares de parte del conductor, cuando hayan sido realizadas sin conocimiento de la institución.

• En caso de aplicar la cobertura de Ausencia de Control, la compañía de seguros no repetirá contra los empleados del asegurado.

• Aviso de siniestro a la compañía de seguros hasta 30 días naturales después de la ocurrencia.

• Servicio de auxilio mecánico para toda la flota vehicular de SEDAPAL. • En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se

produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturara a SEDAPAL el importe correspondiente al deducible.

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PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES

MATERIA ASEGURADA Seguro contra accidentes para su personal: obreros, empleados y funcionarios; las 24 horas del día, los 365 días del año y en cualquier lugar del mundo, los cuales están agrupados de la siguiente manera: ASEGURADOS Funcionarios : 80 Empleados : 1 426 Obreros : 707 Total : 2 213 COBERTURAS SUMA ASEGURADA • Invalidez permanente incluyendo terrorismo US $ 20 000 para c/u de los trabajadores • Gastos de Curación (por persona y por año de cobertura) US $ 500 CLÁUSULAS ADICIONALES • Extensión de coberturas de terrorismo y otros riesgos. • Contra accidentes personales para pasajeros de aviones y/o helicópteros particulares

y/o de las fuerzas armadas, por viajes eventuales. • Por la práctica no profesional de deportes. • Ampliación de límite máximo de edad (70 años). • Conductores de motocicletas, motonetas y vehículos similares.

Pasajeros que usan cualquier medio habitual de transporte público de personas, ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de empresas comerciales no recorren itinerarios regulares y fijos.

CONDICIÓN ESPECIAL Si al momento del vencimiento de la póliza algún asegurado se encontrara en alguna clínica, hospital o similares, o siguiendo un tratamiento ambulatorio o de rehabilitación a raíz de un siniestro ocurrido durante la vigencia, no se establecerán límites de fecha para la atención de dichos asegurados. AVISO DE SINIESTRO: El Plazo de aviso de siniestro será de 30 días naturales.

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PÓLIZA DE VIDA GRUPO TEMPORAL MATERIA ASEGURADA SEDAPAL solicita Seguro de Vida Grupo Temporal para su personal: obreros, empleados y funcionarios, los cuales están agrupados de la siguiente manera: ASEGURADOS Funcionarios : 80 Empleados : 1 426 Obreros : 707 Total : 2 213 COBERTURAS SUMA ASEGURADA • Muerte Natural US$ 5 000 • Muerte Accidental US$ 10 000 DISTRIBUCIÓN DE EDADES Edad mínima : 20 años Edad máxima : 70 años CONDICIÓN ESPECIAL • Se elimina el SIDA como exclusión de la póliza. • Incluye cláusula de ampliación de límite de edad hasta los 70 años • El plazo de aviso de siniestro será de 30 días naturales.

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PÓLIZA DE VIDA LEY MATERIA ASEGURADA SEDAPAL solicita seguro de Vida Ley para su personal: funcionarios, empleados y obreros que cuenten con cuatro o más años de servicio. ASEGURADOS Funcionarios – Empleados • Número de trabajadores : 1 354 • Remuneración más alta (Funcionario) : S/. 15 769,65 • Remuneración más alta (Empleados) : S/. 9 187,80 Planilla Febrero – 2008 Funcionarios y Empleados : S/. 5 039 000,22 Obreros • Número de trabajadores : 591 • Remuneración más alta (Obreros) : S/. 3 127,20 Planilla Febrero – 2008 Obreros : S/. 1 474 336,20 COBERTURAS Muerte Natural : 16 sueldos Muerte Accidental : 32 sueldos Invalidez Total y Permanente : 32 sueldos COBERTURAS ADICIONALES • Gastos de sepelio : S/. 5 000 • Cáncer : S/. 2 500 • Préstamos internos : S/. 7 500 • Desamparo familiar súbito : S/. 10 000 • Infarto de miocardio : S/. 2 500 • Accidente vascular cerebral (VAC) : S/. 2 500 • Insuficiencia renal crónica : S/. 3 500 • Transplante de órganos : S/. 10 000 • Quemaduras : S/. 7 000 • Cirugía de puente aortocoronario (By Pass) : S/. 3 500 • Ceguera por accidente : S/. 7 000 • Hijo póstumo : S/. 5 000 • Enfermedades graves, incluye SIDA : S/. 2 500 El plazo de aviso de siniestro será de 30 días naturales.

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PÓLIZA SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – PENSIONES

MATERIA ASEGURADA SEDAPAL solicita Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para el personal que realiza actividades de riesgo. ASEGURADOS Alto riesgo : 872 Bajo riesgo : 238 N° de Trabajadores : 1 110 COBERTURAS • Pensión de sobrevivencia por muerte del asegurado, • Pensión de invalidez según lo dispuesto por el D.S. N° 003-98-SA • Gastos de sepelio por accidentes de trabajo o enfermedad ocupacional. TOTAL REMUNERACIONES Alto riesgo : S/. 2 548 209,63 Bajo riesgo : S/. 957 803,52 Remuneraciones Febrero 2008 : S/. 3 506 013,15 CONDICIONES Normativa sobre trabajo de alto riesgo DEDUCIBLE Ninguno CONDICIÓN ESPECIAL El plazo de aviso de siniestro será de 30 días naturales.

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ANEXOS

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ANEXO N° 01

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE DEBERÁN ENTREGAR LOS POSTORES

NOTA: PARA EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE SUS PROPUESTAS LOS

POSTORES DEBERÁN TENER EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS.

SOBRE N° 01: PROPUESTA TÉCNICA DOCUMENTOS DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA 1. Declaración Jurada de Presentación (Formulario 01). 2. Declaración Jurada (Según Artículo 76° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado) (Formulario 02). 3. Declaración Jurada del Postor (Formulario N° 03). 4. De acuerdo al Art. 75º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado, la presentación de la Promesa Formal de Consorcio (Formulario 04), será obligatorio para aquellos que decidan presentarse conformando consorcios.

5. Declaración Jurada de tener autorización de operación expedida por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (Formulario 05).

6. Declaración Jurada del Postor comprometiéndose a contratar reaseguradoras, no vulnerables, de acuerdo con la calificación mínima que exige la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en su Resolución SBS N° 347-2000 (Formulario 06).

7. Declaración Jurada de compromiso de emisión de documentos, primas y tasas, reportes de siniestralidad (Fomulario 07)

8. Copia simple de la Constancia de inscripción del postor en el Registro Nacional de Proveedores en el capítulo de proveedor de servicios, el mismo que debe estar vigente a la presentación de propuestas y Buena Pro.

NOTA: Los postores que no cumplan con presentar uno o más de estos siete (07) “Documentos de Presentación Obligatoria”, serán descalificados automáticamente, sin evaluar los demás documentos. En el caso de postores en Consorcio deberán presentar obligatoriamente además de los formularios anteriores el Formulario N° 04. DOCUMENTOS DE PRESENTACIÓN FACULTATIVA 9. Declaración Jurada Ley 27143 (Formulario N° 08). 10. Copias simples de comprobantes de pago debidamente cancelados o en su defecto copia

simple de contratos u órdenes de servicios con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio, que acrediten hasta un máximo de diez (10) servicios, dentro del periodo del 01.07.2003 a la fecha de presentación de propuestas, que sustenten la experiencia del postor, en forma individual o asociada, en programas de Seguros Corporativos.

11. Copia de hasta diez (10) Certificados o Constancias de cada personal propuesto que acrediten el tiempo de experiencia según lo siguiente: 11.1 Ejecutivo Comercial Responsable de la Cuenta

Experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos.

11.2 Ejecutivo de Siniestros

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Experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos en lo correspondiente a Siniestros.

11.3 Ejecutivo de Créditos y Cobranzas. Experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos en lo correspondiente a Créditos y Cobranzas.

12. Propuesta de Mejoras Técnicas, según numeral 3 del Anexo N° 02. SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA Proforma de Oferta Económica, Anexo N° 04. La oferta económica del postor debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a contratar, de tal manera que SEDAPAL no efectuará pago adicional alguno a lo señalado en su oferta. Notas: a) De acuerdo con el Artículo 120° el monto total de la propuesta económica y los

subtotales que la componen deberán ser expresados hasta con dos (02) decimales.

b) De acuerdo con los Artículo 125° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la propuesta económica de los postores no admiten subsanación posible.

RECOMENDACIONES Y ACLARACIONES 1. La documentación solicitada en los Sobres N° 01 y 02 deberá ser presentada:

∗ Anillada o encuadernada (opcional) ∗ En original y dos (02) copias (pueden ser xerográficas). ∗ Foliada, sellada y con rúbrica del representante legal. ∗ Con un índice numerado y separadores que permitan una rápida ubicación de los

documentos(opcional) 2. SEDAPAL procederá a descalificar, en la apertura de Sobres, al Postor que incumpla en

presentar los documentos de presentación obligatoria solicitados en las presentes bases. Las cartas, compromisos, constancias, y certificaciones, tienen el valor de Declaración Jurada, de acuerdo a lo estipulado por la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

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ANEXO N° 02

TABLA DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICO - ECONÓMICA

Las propuestas para ser evaluadas deberán haber cumplido todos los requisitos establecidos en las bases, luego de ello serán evaluadas según los criterios que se señalan a continuación: CRITERIOS DE EVALUACIÓN I. EVALUACION TÉCNICA (100 PUNTOS) A. FACTORES REFERIDOS A LA EXPERIENCIA DEL POSTOR 40 PUNTOS

La experiencia en la actividad se calificará considerando el monto contratado a partir del 01.07.2003 a la fecha de presentación de propuestas. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de comprobantes de pago debidamente cancelados, o en su defecto copia simple contratos u órdenes de servicio, con su respectiva conformidad de la culminación de la prestación del servicio, que acrediten su experiencia de hasta diez (10) servicios, en forma individual o asociada, en Programas de Seguros Corporativos. Por consiguiente, el participante que opte por presentar copias simples de facturas canceladas, no necesitará presentar contratos u órdenes de servicio con su respectiva conformidad de culminación del servicio. Si el postor presenta más de diez (10) servicios se considerará como máximo diez (10). Si en los documentos presentados no figura o no se precisa el monto contratado, no se le asignará puntaje en el presente factor de evaluación. • Al Postor que acredite un monto acumulado igual o mayor a 2.5 veces del valor referencial se otorgará 40,000 puntos

• En caso de que el Postor no alcance el máximo señalado, la fórmula a aplicarse para determinar su puntaje será la siguiente:

Pe = Monto Acumulado x 40

Valor referencial x 2.5 Pe: Puntaje de Postor

NOTA: a) En caso de postores que se presenten en Consorcio, la calificación de la experiencia

del Consorcio se efectuará mediante la acumulación de los contratos que presenten sus miembros, durante el periodo señalado y que permita acreditar su experiencia en Programas de Seguros Corporativos en el período comprendido entre el 01.07.2003 a la fecha de presentación de propuestas.

b) Las Facturas no serán tomadas en cuenta en cualquiera de los siguientes casos: - Cuando la fecha de prestación del servicio se encuentre fuera del período de

evaluación del 01.07.2003 a la fecha de presentación de propuestas. - No contenga el sello y firma de cancelación. - No esté referida al servicio convocado.

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B. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO 30 PUNTOS

EJECUTIVO COMERCIAL RESPONSABLE DE LA CUENTA (1) 10 PUNTOS El postor deberá presentar copia simple de certificados o constancias que acrediten la experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos, asignándose el puntaje de acuerdo con: • Diez (10) o más años 10 puntos • Menor de diez (10) años hasta ocho (08) años 06 puntos • Menor de ocho (08) años y mayor de cinco (05) años 03 puntos • Cinco (05) años 00 puntos • Menos de cinco (05) años DESCALIFICADO EJECUTIVO DE SINIESTROS (1) 10 PUNTOS El postor deberá presentar copia simple de certificados o constancias que acrediten la experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos en lo correspondiente a Siniestros, asignándose el puntaje de acuerdo con: • Diez (10) o más años 10 puntos • Menor de diez (10) años hasta ocho (08) años 06 puntos • Menor de ocho (08) años y mayor de cinco (05) años 03 puntos • Cinco (05) años 00 puntos • Menos de cinco (05) años DESCALIFICADO

EJECUTIVO DE CRÉDITOS Y COBRANZAS (1) 10 PUNTOS El postor deberá presentar copia simple de certificados o constancias que acrediten la experiencia en el manejo de Programa de Seguros Corporativos en lo correspondiente a Créditos y Cobranzas, asignándose el puntaje de acuerdo con: • Diez (10) o más años 10 puntos • Menor de diez (10) años hasta ocho (08) años 06 puntos • Menor de ocho (08) años y mayor de cinco (05) años 03 puntos • Cinco (05) años 00 puntos • Menos de cinco (05) años DESCALIFICADO

NOTA: El postor que proponga personal que no sustente una experiencia mínima de cinco (05) años, SERÁ DESCALIFICADO AUTOMÁTICAMENTE.

C. FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA 30 PUNTOS PLAZO DE PAGO DE SINIESTROS 10 PUNTOS Al postor que ofrezca el menor plazo del que establece la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332° correspondiente hasta 30 días naturales siguientes de consentido el siniestro, se le otorgará el máximo puntaje, a las demás propuestas se les asignará el puntaje inversamente proporcional correspondiente, al postor que no oferte un plazo menor al establecido en el referido dispositivo, se le asignará cero puntos. El postor que oferte un plazo mayor al establecido en la Ley antes citada SERÁ AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

El postor deberá presentar su propuesta de Plazo de Pago de Siniestros de acuerdo a lo indicado en el siguiente formato, estableciéndose como plazo mínimo de un (01) día natural.

FORMATO A

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PÓLIZA PUNTAJE PLAZO PROPUESTO EN

DÍAS

NATURALES

RESPONSABILIDAD CIVIL 5,000

MULTIRRIESGO 2,500

3D DESHONESTIDAD 2,500

TOTAL 10,000

PARA EL CASO DE PROPUESTAS DE PLAZO DE PAGO DE SINIESTROS DE TREINTA (30) DÍAS NATURALES, SE LE OTORGARÁ CERO (0) PUNTOS.

MEJORAS TÉCNICAS 20 PUNTOS Califica las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto al slip requerido tales como suma asegurada y coberturas, de acuerdo a lo detallado en el formato siguiente, al postor que ofrezca la mayor mejora se le asignara el máximo puntaje, a los demás se les asignara el puntaje correspondiente de acuerdo lo siguiente, hasta un máximo de 20.000 puntos:

MEJORA

PUNTAJE

SEGURO MULTIRIESGO Incluir la Cobertura de Gastos para demostrar la perdida hasta US$ 50,000

5.000

SEGURO DE 3-D Permitir una reinstalación anual de la Cobertura de Hurto de las Coberturas Adicionales

4.000

SEGURO DE VEHICULOS Incrementar la suma asegurada de Responsabilidad civil por Ausencia de Control en: - 10% de la suma actual - 20% de la suma actual

2,000 4,000

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES Incrementar la suma asegurada de Gastos de Curación en: - 10% de la suma actual - 20% de la suma actual

1,500 3,000

INCREMENTAR EL PLAZO DE AVISO DE SINIESTRO PARA TODAS LAS PÓLIZAS A 90 días

4.000

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El postor deberá indicar en cada caso el monto correspondiente a la nueva suma asegurada o cobertura incluyendo el monto de la mejora propuesta. Nota.- El puntaje mínimo requerido en la evaluación técnica es de ochenta (80,000) puntos. Las propuestas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.

II. EVALUACIÓN ECONÓMICA (100 PUNTOS)

El postor debe formular su propuesta económica utilizando el formato del anexo 04 La oferta económica del postor debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a contratar, de tal manera que SEDAPAL no efectuará pago adicional alguno a lo señalado en su oferta. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi Donde:

I = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo

PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

Si la propuesta económica incluye una propuesta de financiamiento, la primera se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento tales como la tasa de interés, las comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso. Asimismo, para el cálculo del valor presente de la oferta financiera, se aplicará la tasa de descuento que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas. Se entenderá por financiamiento cualquier forma de pago fraccionado, así esta no considere costos del financiamiento tales como la tasa de interés, las comisiones, seguros y otros.

PUNTAJE TOTAL Se calculará el puntaje total, según lo siguiente:

PTPi = 0.60 x PTi + 0.40 x PEi Donde:

PTPi = Puntaje Total del Postor i PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i

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El Comité Especial establecerá el orden de prelación de los postores, de acuerdo a lo señalado precedentemente, eligiéndose como ganadora y otorgándosele la Buena Pro, a la oferta que obtenga el mejor puntaje total.

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ANEXO N° 03

TABLA DE PENALIDADES Y MULTAS

N° INFORMACIÓN PENALIDAD

01 POR ERRORES DE INDEMNIZACIÓN Por presentar errores en las liquidaciones de las indemnizaciones pagaderas a SEDAPAL.

5% del monto liquidado

1. Las multas serán aplicadas por el Funcionario designado por el Equipo Operaciones

Financieras, debiendo ser descontadas en sus próximas facturaciones. 2. Antes de aplicar la primera multa en cualquiera de las penalidades, SEDAPAL

procederá por única vez a notificar a EL CONTRATISTA sobre la falta cometida dándole oportunidad para que la enmiende.

3. La notificación de la multa podrá ser mediante papeleta, carta u hoja de coordinación. 4. Las deficiencias que dieran lugar a la multa, serán subsanadas dentro del día

siguiente. De no hacerlo se volverá aplicar la sanción hasta cuando sean subsanadas.

5. La sucesión y persistencia de faltas, además de la aplicación de las penalidades respectivas serán causal de la resolución del contrato.

6. Toda discrepancia sobre las penalidades impuestas por SEDAPAL al CONTRATISTA, serán resueltas de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

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ANEXO N° 04

PROFORMA DE OFERTA ECONÓMICA

Para efectos del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL – Segunda Convocatoria, convocado por SEDAPAL, declaramos bajo juramento, que nuestra oferta económica es de US$ …………… (………..………………………………………………..….y …/100 Dólares Americanos). La forma de pago será la siguiente: - Primer año: 06 cuotas iguales cada 30 días a partir de los 30 días de iniciada la vigencia de

las pólizas. - Segundo año: 06 cuotas iguales cada 30 días a partir de los 30 días de iniciada la vigencia

de las pólizas. - Las pólizas por declaraciones mensuales serán pagadas mensualmente. FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO N° 05

DESAGREGADO DE COSTOS

Lima, Señores SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL Ciudad.- De nuestra consideración: Para efectos del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL – Segunda Convocatoria, convocado por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, el desagregado de costos por cada seguro de nuestra oferta económica es el siguiente:

Ramo

Tasa y/o Prima

Individual

Prima Neta

Periodo US$

Derecho de

Emisión US$

Impuestos

US$

Prima Total

Periodo US$

TOTAL US$

Atentamente, (Nombre, sello y firma del Representante Legal) Nota: Este formato es de presentación obligatoria al Equipo Operaciones Financieras por el postor ganador de la Buena Pro para la suscripción del contrato.

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ANEXO N° 06

1. INFORMACIÓN GENERAL PARA COTIZAR EL VALOR REFERENCIAL DEL MERCADO

1.2. RELACIÓN DE LOCALES PRINCIPALES DE SEDAPAL

LOCALES DIRECCIÓN

1. Agencia Puente Piedra Piedra • Calle 9 de Junio N° 254 Cercado de – Puente Piedra

2. Ate- Vitarte - Ate Av. Nicolás Ayllón N° 2309 – Ate Vitarte 3. Villa El Salvador Calle Industrial- Cdra. 3 -1er Sector - Villa El Salvador 4. Agencia S. J. Miraflores Av. De los Héroes 662 Zona D – San Juan Miraflores 5. Comas Av. Víctor Andrés Belaúnde Cdra. 5 – Comas 6. Tingo María Av. Tingo María N° 562 – 688 – Cercado 7. Callao Av. Guardia Chalaca 1131 – Callao 8. Surquillo Av. Angamos N° 1450 – Surquillo 9. Agencia Ventanilla Mz. 15F Lote 18 y 19 Zona Comercial Ventanilla 10. Venezuela Av. Venezuela 804-858 – Breña 11. Agencia La Molina Av. Javier Prado Este N° 5904-5906–Urb.La Fontana 12. Planta Tratamiento Agua Potable La

Atarjea Autopista Ramiro Prialé N° 210 El Agustino

13. El Pinar Galería Filtrante Pozo 620 Calle Alamos – Urb. El Pinar

14. Sede Principal Autopista Ramiro Prialé N° 210 – El Agustino 15. Pozos y Reservorios 16. Cámara de Rebombeo Agua/Desagüe 17. Local Puerto Nuevo Av. Contralmirante Mora s/n – Callao 18. Estaciones Meteorológicas Cuenca del río Chillón y parte del Mantaro 19. Planta Carapongo Km 19.5 Carretera Central Fundo Pariachi- Ate 20. San Juan de Lurigancho Av. Próceres de la Independencia 3101-3105

Urb. Canto Grande – San Juan de Lurigancho 21. Agencia Rímac Av. Francisco Pizarro 805 22. Agencia San Martín de Porres Av. Perú 1362 – San Martín de Porras 23. Agencia San Miguel Av. Universitaria N° 1027 – Urb. Pando – San Miguel 24. Agencia Cieneguilla Av. San Martín Mz. Lt 2 Zona C- Centro Poblado Tambo

Viejo. 25. Parque Internacional Calle Alfa - Pozo N° 521 – Callao 26. Medidores Av. César Vallejo N° 1198 – El Agustino 27. Agencia de Zarate Av. Gran Chimú 1017 - Urb. Zarate – San Juan de

Lurigancho 28. Agencia Lince Calle José de la Torre Ugarte 294 29. Marcapomacocha III Distrito de Marcapomacocha y Carhuacayán, provincia

de Yauli, Departamento de Junín. 30. Represa de Yuracmayo Distrito de San Mateo- Provincia San Mateo Huanchor

Departamento de Lima 31. Planta de Tratamiento de Aguas

Residuales – Puente Piedra Margen izquierda Río Chillón lote 17, 18 Ex Hacienda Chuquitanta – San Martín de Porras

32. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Ventanilla

Villa Tamputoco Km 3 ½ de la carretera a la Playa Los Delfines

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33. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Ancón

Altura Km 46 Panamericana Norte, Av. La Florida Balneario de Ancón, Playa Miramar y Las Conchitas

34. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Santa Rosa

Club de la Unión, Playa Los Corales, Distrito de Santa Rosa

35. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales San Antonio de Carapongo

A 100 m. de la Urb. San Antonio, Parcela 2 A, ex Fundo Carapongo, margen derecha del Río Rímac – Distrito de Lurigancho

36. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales La Atarjea

Autopista Ramiro Prialé N° 210 El Agustino

37. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales José Gálvez

Jr. Alfonso Ugarte, a tres cuadras de la intersección de Av. Lima y Av. Pachacútec, Villa María del Triunfo

38. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales San Pedro de Lurín

Altura Km 36 antigua Panamericana Sur, a 900 m. de la Plaza de Armas del distrito de Lurín.

39. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Julio C. Tello

1 Km. Aguas abajo del Puente Lurín en el ex Fundo Mamacona, margen derecha del río Lurín, cerca de la Urb. Julio C. Tello – Lurín

40. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Nuevo Lurín

Altura del Km 40 de la carretera Panamericana Sur, a 300 m de la zona industrial Las Praderas – Lurín

41. Planta de Pre Tratamiento de Aguas Residuales La Chira

Playa La Chira, costado del Club Centro Cultural Lima, Chorrillos

42. Planta de Pre Tratamiento de Aguas Residuales Punto A

Jockey Club de Monterrico, cruce de Av. Olguin y Av. El Derby – Santiago de Surco

43. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales San Juan

Av. Pedro Miotta s/n entre ETECEN y Parque Zonal Huayna Cápac – San Juan de Miraflores

44. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Huáscar

Av. 200 millas – Pastor Sevilla, Parque Zonal Huáscar – Villa El Salvador

45. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Parque 26

Av. Pastor Sevilla entre Av. El Sol y Av. 1° de Mayo – Villa El Salvador

• Como medida preventiva en caso de lluvias, inundaciones, deslizamientos, huaycos se

han efectuado obras de reforzamiento en la Planta de Tratamiento La Atarjea.

• Todos los locales de SEDAPAL cuentan con rejas de fierro a la entrada y puertas de madera para los diferentes ambientes.

• Los locales de SEDAPAL cuentan con vigilancia permanente las veinticuatro (24) horas del día.

• Todas nuestras instalaciones cuentan con sus correspondientes extintores. • Los centros operativos tiene formadas sus brigadas contra incendio. • Se cuenta con protección policial en cada centro operativo. • Todas las entradas, puertas y ventanas están debidamente protegidas y aseguradas. • Los equipos cuentan con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo. 1.3. TODO RIESGO EQUIPO Y CONTRATISTAS (TREC) Se cubre todas las pérdidas o daños directos producidos a las maquinarias o equipos objeto de este seguro y que se utilizan en las labores de SEDAPAL. El radio de acción es a nivel del departamento de Lima, pero por emergencias dentro del territorio nacional. Esta maquinaria cuenta con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo. La máquina asegurada de mayor valor es un cargador frontal, marca KOMATSU, modelo WA 470-5, Serie 80128, cuyo costo aproximado es de US $ 388 670,00.

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MATERIA ASEGURADA

MAQUINARIAS Tres montacarga años 1980 EMELSA, 1995 y 1996 KOMATSU Dos compresoras de aire móviles (Sullair 1990) y (Komatsu 1981) Un equipo regenerador de pozos, marca Turbocleaner (1997) Un equipo perforador marca Massenza montado sobre vehículo motorizado Magiruz

Un equipo perforador marca Tone Boring montado sobre vehículo motorizado Hino

Tres retroexcavadoras, año 1972, marca John Deer, modelo 544-A Tres retroexcavadoras, año 1985, marca John Deer, modelo 310-B Un cargador frontal, marca Caterpillar, año 1982, modelo 930 Una retroexcavadora marca Case, año 1990, modelo 780-D Una grúa autopropulsora marca GROVE año 1986 Una grúa autopropulsora marca P & H Modelo CN 122 año 1996 Una retroexcavadora N° 42 marca CASE año 2000 modelo 590 SL Estandahoe Una retroexcavadora marca Case Modelo 590 SL Turbo año 2001 Una retroexcavadora John Dere 310 SE Turbo 2001 Una motosoldadora Lincold 1985 Un minicargador CASE 18456 año 2001 Un montacarga Daewo modelo 40S año 2001 Un tractor Universal modelo 643 DTP año 2001 Dos grúas autopropulsadas marca Grove Modelo YB-4415XT año 2001 Dos grupos electrógenos – Hino (1981) y Perkins (1988)

1.4 ROTURA DE MAQUINARIA Se cubre las máquinas y equipos estacionarios de propiedad de SEDAPAL o que se encuentren bajo su responsabilidad Materia del Seguro: Toda máquina y/o equipo de explotación (equipos hidráulicos, electrobombas, grupos electrógenos, compresoras y otros) de propiedad de SEDAPAL y/o de terceros, que se encuentren bajo su responsabilidad, ubicados dentro de los predios del asegurado. La máquina asegurada de mayor valor es un tablero de control, marca Manufacturas Eléctricas, valorizado en US $ 200 000,00 y se encuentra ubicado en la Planta. 1.5 EQUIPOS ELECTRÓNICOS Se cubre todo equipo electrónico de propiedad de SEDAPAL o que estén bajo su responsabilidad. Los equipos cuentan con un contrato de mantenimiento preventivo y correctivo. Los equipos en su mayoría cuentan con estabilizadores de voltaje y el tipo de extintor que los protege es de polvo químico ABC. Los equipos asegurados de mayor valor son: - Servidores IBM/600 modelo 7017-S7A valorizado en US $ 687 989,00, - Un módulo de retroproyección con accesorios Proyecto Scada en US $ 370 000,00, y

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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- Un sistema de radio comunicación LP AG 401 valorizado en US $ 550 000,00. 1.6 DESHONESTIDAD 3D El formulario de la Póliza 3D será absuelto y proporcionado al ganador de la Buena Pro. a) Nuestra Empresa cuenta con normas internas que regulan nuestro funcionamiento. b) Para los que manejan dinero, existen procedimientos de control interno. c) Se efectúan auditorias internas y externas. d) Los cheques girados por SEDAPAL son firmados por dos funcionarios. Deberán tener en cuenta que esta póliza cubre lo siguiente: Equipos en general, maquinarias, máquinas, repuestos en general, accesorios, artefactos fijos y/o movibles, existencia de materiales en general, productos auxiliares, motores, electrobombas, muebles, útiles y enseres, papelerías y bienes de SEDAPAL y/o que están en consignación, de propiedad de terceros bajo la custodia de SEDAPAL. Revólveres y/o pistolas, cuando estén en locales de propiedad de SEDAPAL, alquilados y/o de terceros; en tránsito, en vehículos propios y/o alquilados y/o de terceros y en poder del usuario. El valor total de estos bienes es de US $ 8 600,00 Herramientas en general, en tránsito y/o cuando estén utilizándose en plena labor por los trabajadores y/o cuando estén en el lugar en donde se realicen los trabajos. El valor total de estas herramientas es de US $ 50 000,00 Microcomputadoras portátiles Notebook en poder de funcionarios de SEDAPAL. El valor total de estos equipos es de US $ 80 982,00 Materiales de ferretería, construcción y carpintería. Valor total de estos materiales US $ 500 000,00 Capturadores de datos PALMTOP HP 200 LX 2MB, Serie N° SG43600914, SG54602292, SG54700944, y SG54700950. Capturadores de datos HANDHELD 256 KB, Serie N° 02432451, 02432452, 02432454, 02432509 y 02432505 Cuando estos se encuentren en los locales de SEDAPAL, en tránsito, utilizándose en plena labor por los trabajadores y/o cuando estén en el lugar en donde se realicen los trabajos. El valor total de estos equipos es de US $ 12 700,00 El radio de acción de operación del pool de equipos móviles es a nivel nacional. 1.7 RESPONSABILIDAD CIVIL Monto mensual de planillas: - Funcionarios – Empleados : S/. 5 626 252,23 - Obreros : S/. 1 707 719,70 Interés Asegurable: Responsabilidad Civil Extracontractual, es decir daños que se puedan ocasionar a terceros, derivados de sus operaciones y actividades con relación al giro del negocio. Responsabilidad Civil Patronal.

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

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Se cuenta con grúas autopropulsoras, montacargas, 289 vehículos ajenos aproximadamente, retroexcavadoras, compresoras móviles, planta regeneradora móvil, equipos perforadores sobre vehículos motorizados entre otros, con un límite global por c/u de US $ 10 000,00, los mismos que detallamos a continuación:

Cant. Descripción Marca Modelo Año 01 Compresor de aire móvil Sullair 185 1990 01 Compresor de aire móvil Komatsu PDR-175-121 1981 01 Regenerador de pozos Turbocleaner 3 en 1 1997 01 Tractor 643 DTP 2001 03 Retroexcavadora John Deere 544-A 1972 03 Retroexcavadora John Deere 310-B 1985 01 Cargador frontal Caterpillar 930 1982 01 Retroexcavadora Case 780-D 1990 01 Retroexcavadora Case 590-SL 2000 02 Retroexcavadora Case 590-SL Turbo 2001 01 Retroexcavadora John Deere 310 SE Turbo 2001 02 Grúa autopropulsada Grove YB-4415XT 2001 01 Grúa Grove Plataforma 1986 01 Grúa P Y H Plataforma 1996 01 Montacarga Kamatsu 1995 01 Montacarga Emelsa 1980 01 Montacarga Komatsu 1996 01 Montacarga Daewo 2001 01 Equipo perforador de pozos Messenza MR35 1981 01 Equipo perforador de pozos Tone Boring TOP-750R 1981 01 Motosoldadora móvil Lincold SAE-400 1985 01 Minicargador Case 18456 2001 01 Grupo electrógeno móvil Hino 220v / 90 Kwa 1981 01 Grupo electrógeno móvil Perkins 220 v / 60 Kwa 1988 01 Cámara de TV móvil CUES Well Qube TV Inspection

System 2005

01 Cámara de TV móvil CUES Qube con sistema de iluminación

1995

El sub-límite de US $ 10 000,00 es aplicable únicamente para las retroexcavadoras y demás máquinas cuenten con una póliza de seguros de automóviles.

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ANEXO N° 07

RELACIÓN DE CENTROS DE COBRANZAS – PÓLIZA 3D

CENTRO AUTORIZADO DE

COBRANZA DIRECCIÓN URBANIZACION DISTRITO

1 ANCRO S.R.L. AV. JOSE CARLOS

MARIATEGUI N° 1505 URB. JOSE CARLOS MARIATEGUI

VILLA MARIA DEL TRIUNFO

2 " AV. JUAN VELASCO

ALVARADO N° 897 VILLA EL SALVADOR

3 " AV. GENERAL VIVANCO

N° 1003 PUEBLO LIBRE

4 " AV. ABANCAY N° 260 CERCADO LIMA

5 "

AV. JOSE CARLOS MARIATEGUI ZONA A UCV LT. 2

HUAYCAN ATE

6 "

AV. BOLOGNESI /CARRETERA CENTRAL N° 193

CENTRO BANCARIO (Tienda 6) SANTA ANITA

7 MASS LIMPIEZA S.C.R. LTDA. AV. BENAVIDES N° 5255 URB. LAS GARDENIAS SURCO SURCO

8 " AV. TUPAC AMARU N°

2911 URB HUAQUILLAY 2DA ETAPA

COMAS

9 " AV. CANTO GRANDE MZ.

H1 LT. 22 COOPERATIVA CANTO GRANDE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

10 CVCOM AV. ANTUNES DE

MAYOLO N° 1431 LOS PINARES LOS OLIVOS

11 EASY PAGOS S.A.C. AV. ANTUNEZ DE

MAYOLO N° 871 LOS OLIVOS

12

MULTILINEA INTERNACIONAL S.R.LTDA

JR. LOS CEDROS N° 505 URB. LOS FICUS SANTA ANITA

13 FARMACIA UNIVERSAL SAC

AV. EMANCIPACIÓN 797-799

CERCADO LIMA CERCADO LIMA

14 FARMACIA SAN MIGUELITO PR. AYACUCHO 322-330 URB SAN MIGUELITO SAN MIGUEL

15 BOTICA EL CONDOR JR. ANCASH 1133 BARRIOS ALTOS CERCADO LIMA 16 AELUCORP S.A.C. JR. PARACAS N° 565 CERCADO PUEBLO LIBRE

17

BOTICA MANZANILLA S.A.C.

BLOCK "G" 14 DPTO.103 - MANZANILLA I

C.H. MANZANILLA CERCADO LIMA

18 FARMACIA MINERVA S.A.C.

AV. MANCO CÁPAC N° 394 - 396

CERCADO LA VICTORIA

19 " AV. VENEZUELA N° 1265 BREÑA

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20 " AV. ANGAMOS ESTE N°

774 SURQUILLO

21 " JR DANTE N° 1000 SURQUILLO

22 BOTICA SAN PEDRO DE MANGOMARCA

AV. LAS LOMAS 1565 MANGOMARCA COOP. VIPOL

SAN JUAN DE LURIGANCHO

23 FARMACIA ANDAHUAYLAS AV. LOS TUSILAGOS 424 URB. LAS VIOLETAS SAN JUAN DE

LURIGANCHO

24

FARMACIA SAN PEDRO

AV. PROCERES DE LA INDEPENDENCIA N° 5614

URB. MARISCAL CÁCERES

SAN JUAN DE LURIGANCHO

25 FARMACIA EL BUEN PASTOR

AV. LOS POSTES OESTE 147

URB. SAN HILARIÓN SAN JUAN DE LURIGANCHO

26 BOTICA DON SANTOS

AV. PROGRESO Mz. 11 Lt. 08

P.J. SANTA ROSITA SAN JUAN DE LURIGANCHO

27 BOTICA CELIA JR. NICOLÁS DE RIVERA

MZ. L13 LT. 18 URB. MARISCAL CÁCERES

SAN JUAN DE LURIGANCHO

28 BOTICA LA MERCED AV. GRAN CHIMÚ 986 URB. ZÁRATE SAN JUAN DE

LURIGANCHO

29 CANDY MARKET CAMPOY

AV. PRINCIPAL J-03 ESQ. CALLE 7

URB. CAMPOY SAN JUAN DE LURIGANCHO

30 FARMACIA AMISTAD AV. TUPAC AMARU 568 P.J. LA LIBERTAD COMAS 31 BOTICA LA UNION CA. LA UNIÓN 626 P.J. LA LIBERTAD COMAS

32 FARMACIA LOS CASTAÑOS

CA. LOS CASTAÑOS 1119 LAS PALMERAS LOS OLIVOS

33 FARMACIA LAS MAGNOLIAS

AV. ANGELICA GAMARRA 1417-1419

ASOC. STA ROSA DE LIMA

LOS OLIVOS

34 FARMACIA JERUSALEM S.A.C. CA. 3 MZ. J LT. 02 URB. SAN DIEGO 2DA.

ETAPA VIPOL SAN MARTÍN DE PORRES

35 BOTICA SANTISIMA CARMELITA

CA. LAS VIOLETAS Mz. P Lt. 13

SOL DE SANTA ANITA SANTA ANITA

36 FARMACIA MAURA MERCEDES

CA. 5 MZ C LT 15 URB. LOS PINARES LOS OLIVOS

37 " AV. ANTUNES DE

MAYOLO N° 1034 URB. COVISA LOS OLIVOS

38 " AV. ANTUNES DE

MAYOLO N° 11669 – A URB. EL MERCURIO LOS OLIVOS

39 BOTICA VIRGEN DE LA ASUNCION

AV. LOS PROCERES 7782 URB. PRO 1RA ETAPA LOS OLIVOS

40 CA. 8 N° 441 URB. CARABAYLLO COMAS

41 BOTICA LA MODERNA

AV. PERÚ 3257 URB. PERÚ SAN MARTÍN DE PORRES

42 " AV. PERÚ 2600 URB. PERÚ SAN MARTÍN DE PORRES 43 " AV. PERÚ 3600 URB. PERÚ SAN MARTÍN DE PORRES 44 " AV. PERÚ 3609 URB. PERÚ SAN MARTÍN DE PORRES 45 " AV. PERÚ 4000 URB. PERÚ SAN MARTÍN DE PORRES 46 FARMACIA COMAS AV. TUPAC AMARU 3017 URB.HUAQUILLAY COMAS

47 FARMA MAGGICELA S.A.C.

AV. HONORIO DELGADO 265

URB. INGENIERÍA SAN MARTIN DE PORRES

48 " AV. HONORIO DELGADO

349 URB. INGENIERÍA SAN MARTIN DE PORRES

49 " AV. ELOY ESPINOZA N°

700 URB. PALAO SAN MARTIN DE PORRES

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50 FARMACIA EL PROGRESO

AV. TUPAC AMARU 3183 P.J. PROGRESO 2DO SECTOR

CARABAYLLO

51 BOTICA EL CENTIMETRO JR. CAJABAMBA 257 U. POP. TUPAC AMARU INDEPENDENCIA

52 FARMACIA ROSITA 1 CA. LAS VIOLETAS 730-

732 U. POP. EL ERMITAÑO INDEPENDENCIA

53 " AV. LOS PINOS N° 218 INDEPENDENCIA

54 " AV. LOS PINOS N° 298

A INDEPENDENCIA

55 " AV. GERRADO UNGER

7201 URB. MESA REDONDA INDEPENDENCIA

56 " AV. FRANCISCO

BOLOGNESI N° 400 URB. MESA REDONDA INDEPENDENCIA

57 " AV. LUNA PIZARRO N°

108 C URB. PALAO SAN MARTIN DE PORRES

58 FARMACIA ROSITA 2 JR. LAS MAGNOLIAS 276 U. POP. EL ERMITAÑO INDEPENDENCIA

59 BOTICA MI BARRIO PRIMERO DE MAYO N°

343 URB. 17 DE NOVIEMBRE

INDEPENDENCIA

60 " AV. J G CONDORCANQUI

N° 1191 URB. TUPAC AMARU INDEPENDENCIA

61 FARMACIA MYRIAM CA. HUASCAR 100 ASOC. CULTURA Y

PROGRESO CHACLACAYO

62 FARMACIA NIÑO JESUS

AV. ANTUNEZ DE MAYOLO 501

URB. LOS ROBLES SANTA ANITA

63 BOTICA SANTISIMA CARMELITA

CA. LAS VIOLETAS MZ P LT 13

APV SOL DE SANTA ANITA

SANTA ANITA

64 BOTICA SAN ISIDRO CA. MANUEL POLO JIMENEZ 499

URB. COORPORACIÓN EL AGUSTINO EL AGUSTINO

65 BOTICA CRUZ VERDE

SECTOR 06 GRUPO 07 MZ. N LOTE 02 RUTA B

CERCADO VILLA EL SALVADOR

66 BOTICA RESIDENCIAL

SECTOR 6 GRUPO 2 MZ. N LOTE 12 - RUTA C

CERCADO VILLA EL SALVADOR

67 BOTICA VIRGEN DEL CARMEN

AV. 26 DE NOVIEMBRE N° 1011

URB. NUEVA ESPERANZA

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

68 BODEGA PRIMAVERA

AV. PRIMAVERA N° 1798

P.J. SAN GABRIEL SECTOR V

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

69 EXTRAFARMA E.I.R.L.

AV. LIMA N° 991 P.J. POETA JOSÉ GALVEZ

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

70 BOTICA KAYEMI CALLE LOS ALGARROBOS

MZ. Y LOTE 25 COOP. UMAMARCA SAN JUAN DE MIRAFLORES

71 BOTICA LOS CIPRESES

AV. GRAL. CESAR CANEVARO N°314

URB. VALLE SHARON SAN JUAN DE MIRAFLORES

72 BOTICA EL PUEBLO JR. LIMA MZ. 42 LOTE

03 EL PUEBLO - PACHACAMAC

PACHACAMAC

73 BOTICA EL MEJOR DESCUENTO JR. GRAU N° 340 PUEBLO LURIN LURIN

74 BOTICA CRUZ SECTOR 6 GRUPO 8A

MZ. P LOTE 13 - RUTA C CERCADO VILLA EL SALVADOR

75 BOTICA LA ECONOMICA

JIRON CAHUIDE MZ. 05 LOTE 17A

A.H. NUEVO LURIN 2DA. ETAPA KM 40

LURIN

76 FARMACIA NOVAFARMA

SETOR 01, GRUPO 03, MZ. A LOTE 08 CERCADO VILLA EL SALVADOR

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77 BOTICA LUCY AV. PRINCIPAL MZ.X L-

14B A.H. SAN GENARO CHORRILLOS

78 AUTOSERVICIO LENIN

JR. VARGAS MACHUCA N° 553 EL PROGRESO CARABAYLLO

79 “ AV. AMPLIACION LTE. 21 SAN JUAN DE

LURIGANCHO SAN JUAN DE LURIGANCHO

80 BOTICA SAN ELIAS AV. CENTRAL MZ E LT

02-03 URB. SAN ELIAS LOS OLIVOS

81

ASOC. PROP. SUPERMERCADO VIRGEN DE LAS MERCEDES LURIN

ANTIGUA PANAMERICANA SUR KM 36

SAN PEDRO DE LURIN LURIN

82

SATELITE S.A.C.

AV. CARRETERA CENTRAL/AV. BOLOGNESI CENTRO BANCARIO TDA. 6

SANTA ANITA SANTA ANITA

83 “ AV. PACAHACUTEC 2213 VILLA MARIA DEL

TRIUNFO VILLA MARIA DEL TRIUNFO

84 DIAMIRE S.R.L. JR CAMANA 122 CERCADO LUMA 85 “ JR. DOS DE MAYO 485 PUENTE PIEDRA PUENTE PIEDRA

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ANEXO N° 08

RELACIÓN DE VEHÍCULOS – PÓLIZA DE VEHÍCULOS

Nro. Clase Marca Placa Modelo Año Suma

Asegurada US$

1 Automóvil Nissan AGC - 354

Sentra 1995 2 800,00

2 Automóvil Nissan AGM - 843

Máxima 1995 6 600,00

3 Automóvil Nissan AIB – 945

Máxima 1996 7 400,00

4 Automóvil Toyota AIP-458 Corona 1997 7 300,00 5 Automóvil Toyota AIP-461 Corona 1997 7 300,00 6 Automóvil Toyota AIP-613 Corona 1997 7 300,00 7 Automóvil Nissan AOZ-874 Máxima 1998 9 200,00 8 Automóvil Toyota GO -

6368 Corona 1994 4 800,00

9 Furgoneta Motocar NQ - 7649

MF – 125 1996 1 000,00

10 Furgoneta Motocar NQ - 7655

MF – 125 1996 1 000,00

11 Furgoneta Motocar NQ - 7656

MF – 125 1996 1 000,00

12 Furgoneta Motocar NQ - 7658

MF – 125 1996 1 000,00

13 Camioneta Toyota OO-7737 HI LUX 1993 5 000,00 14 Camioneta Toyota OQ -

8828 H.L.4X4 D/C 1991 3 500,00

15 Camioneta Toyota OQ - 8830

H.L.4X4 D/C 1991 3 500,00

16 Camioneta Toyota OQ - 8833

H.L.4X4 D/C 1991 3 500,00

17 Camioneta Toyota PGK - 575

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

18 Camioneta Toyota PGK - 577

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

19 Camioneta Toyota PGK - 578

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

20 Camioneta Toyota PGK - 579

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

21 Camioneta Toyota PGK - 580

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

22 Camioneta Toyota PGK - 581

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

23 Camioneta Toyota PGK - 582

H.L.4X4 D/C 1995 5 800,00

24 Camioneta Toyota PGL-254 HI LUX 1996 7 000,00 25 Camioneta Toyota PGL-383 HI LUX 1996 7 000,00 26 Camioneta Toyota PGT-845 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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27 Camioneta Toyota PGT-846 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00 28 Camioneta Toyota PGU-737 HILUX 4X2

198 1997 8 000,00

29 Camioneta Toyota PGU-738 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00 30 Camioneta Toyota PGU-739 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00 31 Camioneta Toyota PGU-740 HILUX 4X2

/97 1997 8 000,00

32 Camioneta Toyota PGU-847 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00

33 Camioneta Toyota PGU-849 HI-LUX 4X2 1997 8 000,00

34 Camioneta Mitsubishi PGZ-483 Dakar 1998 8 200,00 35 Camioneta Toyota PIC-626 HI LUX 1999 9 000,00 36 Camioneta Nissan PIH-262 FRONTIER 2001 13 000,00 37 Camioneta Peugeot QI-4137 Boxer 1997 7 500,00 38 Camioneta Peugeot QI-4138 Boxer 1997 7 500,00 39 Camioneta Peugeot QI-4464 Boxer 1997 7 500,00 40 Camioneta Peugeot QI-4465 Boxer 1997 7 500,00 41 Ambulancia Ford QI-5625 Econoline 1997 6 500,00 42 Camioneta Peugeot QI-5971 Boxer 1998 8 300,00 43 Camioneta Peugeot QI-7596 Boxer 1999 9 200,00 44 Camioneta Peugeot QI-7597 Boxer 1999 9 200,00 45 Camioneta Daewoo QI-7928 Lublin II 1999 5 000,00 46 Camioneta Daewoo QI-7993 Lublin II 1999 5 000,00 47 Camioneta Daewoo QI-7994 Lublin II 1999 5 000,00 48 Camioneta Nissan RIF -

057 Pathfinder 1995 8 200,00

49 Camioneta Toyota RIL-090 Land Cruiser 1997 13 100,00 50 Camioneta Toyota RQ –

4116 HI – ACE 1984 2 000,00

51 Camioneta Toyota RQ – 4775

HI – ACE 1984 2 000,00

52 Omnibus Toyota UO - 9522

Coaster 1996 15 000,00

53 Omnibus Toyota UO - 9523

Coaster 1996 15 000,00

54 Omnibus Mitsubishi VG-4656 Galaxi I 1998 19 800,00 55 Camión International WGA-

628 X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

56 Camión International WGA-629

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

57 Camión International WGA-739

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

58 Camión International WGA-740

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

59 Camión International WGA-741

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

60 Camión International WGA-742

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

61 Camión International WGA-743

X98 7400 SBA 6X4

2006 262 000,00

62 Camión Hino WO - FF175-SA 1984 7 000,00

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

70

5998 63 Camión Volvo WO -

6020 Volquete 1984 11 000,00

64 Camión Volvo WO – 6021

Cisterna 1984 11 000,00

65 Camión Volvo WO – 6023

Cisterna 1984 11 000,00

66 Camión Volvo WO - 6024

Cisterna 1984 11 000,00

67 Camión Volvo WO - 6025

Cisterna 1984 11 000,00

68 Camión Volvo WO - 6026

Volquete 1984 11 000,00

69 Camión Volvo WO - 6027

Cisterna 1984 11 000,00

70 Camión Volvo WO - 6028

Volquete 1984 11 000,00

71 Camión Volvo WO - 6029

Volquete 1984 11 000,00

72 Camión Volvo WO - 6030

Volquete 1984 11 000,00

73 Camión Volvo WO - 6031

Volquete 1984 11 000,00

74 Camión Volvo WO - 6032

Volquete 1984 11 000,00

75 Camión Volvo WO - 6034

Cisterna 1984 11 000,00

76 Camión Volvo WO - 6035

Volquete 1984 11 000,00

77 Camión Hino WO - 6041

FF175-SA 1984 7 000,00

78 Camión Volvo WO - 6052

Grúa 1984 11 000,00

79 Camión Volvo WO - 6053

Grúa 1985 12 000,00

80 Camión Volvo WO - 7638

Cisterna 1988 18 000,00

81 Camión Volvo WO - 7642

Cisterna 1988 18 000,00

82 Camión G,M.C. WO - 7895

Cisterna 1984 10 000,00

83 Camión Ford XG - 4665

Camión 1989 9 000,00

84 Camión Ford XG - 4666

Camión 1989 9 000,00

85 Camión Ford XG - 4667

Camión 1989 9 000,00

86 Camión Isuzu XG - 5805

Cisterna 1994 18 000,00

87 Camión Isuzu XG - 5809

Cisterna 1994 18 000,00

88 Camión Nissan XG - 8860

6X4 1994 17 730,00

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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89 Camión Nissan XG - 8911

6X4 1994 17 730,00

90 Camión Magirus XG – 9512

Camión 1981 8 000,00

91 Camión Isuzu XG -5769

Cisterna 1994 18 000,00

92 Camión Isuzu XG -5788

Cisterna 1994 18 000,00

93 Camión Isuzu XG -5789

Cisterna 1994 18 000,00

94 Camión Isuzu XG -5790

Cisterna 1994 18 000,00

95 Camión Isuzu XG -5798

Cisterna 1994 18 000,00

96 Camión Isuzu XG -5799

Cisterna 1994 18 000,00

97 Camión Isuzu XG -5867

Cisterna 1994 18 000,00

98 Camión Isuzu XG -5895

Cisterna 1994 18 000,00

99 Camión Isuzu XG -5896

Cisterna 1994 18 000,00

100 Camión Isuzu XG -5898

Cisterna 1994 18 000,00

101 Camión Ford XI -5901 Hidrojet 1997 38 000,00 102 Camión Ford XI -5902 Hidrojet 1997 38 000,00 103 Camión Ford XI -5903 Hidrojet 1997 38 000,00 104 Camión Ford XI -5904 Hidrojet 1997 38 000,00 105 Camión Ford XI -5905 Hidrojet 1997 38 000,00 106 Camión Ford XI -5906 Hidrojet 1997 38 000,00 107 Camión Ford XI -5907 Hidrojet 1997 38 000,00 108 Camión Ford XI -5908 Hidrojet 1997 38 000,00 109 Camión Kenwort XI-6754 T300/97 1997 29 000,00 110 Camión Kenwort XI-6755 T300/97 1997 29 000,00 111 Camión Kenwort XI-6756 T300/97 1997 29 000,00 112 Camión Kenwort XI-6757 T300/97 1997 29 000,00 113 Camión Kenwort XI-6759 T300/97 1997 29 000,00 114 Camión Kenwort XI-6797 T300/97 1997 29 000,00 115 Camión Kenwort XI-6858 T300/97 1997 29 000,00 116 Camión Ford XI-8301 Hidrojet 1997 38 000,00 117 Camión Ford XI-8302 Hidrojet 1997 38 000,00 118 Camión Ford XI-8303 Hidrojet 1997 38 000,00 119 Camión Ford XI-8304 Hidrojet 1997 38 000,00 120 Camión Mercedes

Benz XO-5148 VOLQUETE 2001 53 500,00

121 Camión Mercedes Benz

XO-5149 Volquete 2001 53 500,00

122 Camión Mercedes Benz

XO-5150 Grúa Tolva 2001 36 500,00

123 Camión Mercedes Benz

XO-5151 Grúa Tolva 2001 36 500,00

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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124 Camión Mercedes Benz

XO-5152 Plataf. Baranda

2001 73 000,00

125 Camión Mercedes Benz

XO-5153 Plataf. Baranda

2001 73 000,00

126 Camión Mercedes Benz

XO-5154 Plataf. Baranda

2001 73 000,00

127 Camión Mercedes Benz

XQ-2474 L-1620/51(6X2)

1997 17 500,00

128 Camión Freighdliner XQ-4455 FL 80 (6x4) 1997 32 000,00 129 Camión Freighdliner XQ-6599 FL-80 1999 40 000,00 130 Camión Freighdliner XQ-6982 FL-80 1999 40 000,00 131 Camión Hino XQ-7665 Camión 1981 5 000,00 132 Camión Hino XQ-7666 Cisterna 1981 5 000,00 133 Camioneta Kia PQE-630 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 134 Camioneta Kia PQE-629 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 135 Camioneta Kia PQE-628 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 136 Camioneta Kia PQE-627 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 137 Camioneta Kia PQE-635 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 138 Camioneta Kia PQE-631 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 139 Camioneta Kia PQE-634 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 140 Camioneta Kia PQE-632 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 141 Camioneta Kia PQE-633 Mini Hidrojet 2007 65 807,00 142 Camioneta

Rural Mitsubishi RIP-282 Nativa 1998 11 600,00

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

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ANEXO N° 9

PROFORMA DE CONTRATO

CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS N° -2008-SEDAPAL

Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios que celebran, de una parte la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima con RUC Nº 20100152356, con domicilio en Autopista Ramiro Prialé Nº 210 El Agustino, en adelante SEDAPAL, debidamente representada por su Gerente de Logística y Servicios, Sr. ………………………………….……… identificado con DNI. Nº …………….; y de la otra parte …………………….. con RUC Nº ………, con domicilio en …………………, en adelante EL CONTRATISTA, representado por el Sr. …………………………………………, identificado con DNI Nº………………, según poder inscrito en As. Nº ….. de la Ficha Nº ………… del Registro………………… en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES. SEDAPAL, es una Empresa Estatal de Derecho Privado, íntegramente de propiedad del Estado, constituida como Sociedad Anónima, cuyo objeto social es la prestación de los servicios de saneamiento, los cuales están constituidos por los servicios de agua potable y alcantarillado de Lima Metropolitana y Callao. EL CONTRATISTA es una persona jurídica, cuyo objeto social es la prestación de programas de seguros corporativos. SEDAPAL, con fecha …… de ……….…… de 2008 convocó al Concurso Público Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria para la contratación del Programa de Seguros 2008-2010, otorgando el Comité Especial la Buena Pro en favor de EL CONTRATISTA. La referencia a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta relacionada a su Texto Único Ordenado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, así como su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y modificado con el D.S. Nº 063-2006-EF, D.S. Nº 125-2006-EF, D.S. Nº 148-2006-EF, D.S. Nº 028-2007-EF y D.S. N° 107-2007-EF. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Por el presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con las Bases del Programa de Seguros 2008-2010, de acuerdo con las Bases del CP-0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria. CLÁUSULA TERCERA: MONTO DE CONTRATACIÓN. El monto del servicio al que se refiere la Cláusula anterior asciende la suma de S/. ………….. (………….. Nuevos Soles), incluido el I.G.V. Dicho monto comprende las pólizas y todo cuanto de hecho y derecho es necesario para el cabal cumplimiento del objeto del contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo

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“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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de EL CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, impuestos, transportes, seguros directos y contra terceros, gastos generales y la utilidad o porcentaje de ganancia. CLÁUSULA CUARTA: COMPROMISO DE EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas de los mismos, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA por el presente Contrato se obliga a cumplir con el objeto del Contrato, con estricta sujeción a las Bases del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria y a su Propuesta Técnico - Económica que forman parte del presente documento, así como a los términos y condiciones de este Contrato, entre otras, las siguientes: 5.1 Atender los siniestros en forma inmediata. 5.2 Efectuar las indemnizaciones dentro de los plazos establecidos en su oferta. 5.3 Remitir la relación de ajustadores, centros de servicio automotriz y establecimientos de

salud afiliados con los que trabaja, reservandose SEDAPAL la facultad de libre elección de uno o más ajustadores, centros de servicio automotriz y establecimientos de salud.

5.4 Informar a su personal la lista de penalidades que se encuentran vigentes en el presente servicio.

5.5 Remitir los primeros días de cada mes un reporte de las indemnizaciones pagadas y montos en reserva por cada uno de los siniestros de cada una de las pólizas contratadas.

5.6 Que la emisión de documentos no estará afecto a la prima mínima, respetándose el cálculo de la prima a prorrata, de acuerdo a la tasa cotizada.

5.7 Emitir los documentos, como pólizas, endosos, certificaciones, constancias, entre otros, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento de la Entidad y/o de su corredor de seguros.

5.8 Entregar el reporte de siniestralidad de todas las pólizas que suscriban con SEDAPAL, de manera semestral o cuando sea requerido por SEDAPAL y/o su corredor de seguros, el cual incluirá como mínimo la siguiente información: 5.8.1 Primas y siniestros por póliza. 5.8.2 Detalle de los siniestros, indicando como mínimo:

- N° de póliza. - Ramo. - Fecha de siniestro. - N° de siniestro. - Causa. - Placa de rodaje (póliza de vehículos). - Nombre de la persona afectada (cuando corresponda, como en el caso de las

pólizas de accidentes personales, vida Ley y similares). - Montos en reserva y/o montos pagados. - Estado del siniestro.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE SEDAPAL. 6.1 Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del

servicio. 6.2 Informar oportunamente la relación del personal autorizado a coordinar sobre los

siniestros y acciones colaterales que se presenten. 6.3 Tramitar, a través del Equipo Operaciones Financieras, solamente los pagos que se

presenten con las acreditaciones mencionadas en el numeral anterior, acción que no será causal para imputar daños y perjuicios a SEDAPAL.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO DE EJECUCIÓN.

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“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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El plazo de duración del servicio será por un periodo de veinticuatro (24) meses, contados a partir del ____________________. CLÁUSULA OCTAVA: FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO. La forma de cancelación del valor de las primas será la siguiente y no estará afecta a costo de financiamiento alguno:

1° Anualidad: 06 cuotas iguales cada 30 días, a partir de los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas. 2° Anualidad: 06 cuotas iguales cada 30 días, a partir de los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas. Las pólizas por declaración mensual serán pagadas mensualmente. Los pagos se efectuarán en moneda nacional al tipo de cambio - venta del dólar, que se publica en el diario oficial El Peruano. La compañía aseguradora presentará las facturas y las pólizas al Equipo Operaciones Financieras, para así emitir la conformidad del servicio y tramitar el pago correspondiente. SEDAPAL, se reserva el derecho de solicitar a la compañía aseguradora en cualquier momento de la ejecución del contrato, la documentación correspondiente al cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente convocatoria. CLÁUSULA NOVENA: GARANTÍAS A la suscripción del Contrato EL CONTRATISTA entrega las Garantías solicitadas en las bases del presente Concurso Público. Alternativamente, en caso de prestación de servicios de ejecución periódica, la micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez (10) por ciento del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo de ser devuelto a la finalización del mismo, a cuyo efecto deberán suscribir la Declaración Jurada autorizando el referido descuento. Las garantías se devolverán luego que la conformidad de la recepción de la prestación esté aprobada y en caso no se configure ninguno de los supuestos de los Artículos 215°, 216° y 221° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. 084-2004-PCM. CLÁUSULA DÉCIMA: CONSORCIO. Las partes del consorcio responderán solidariamente ante SEDAPAL, por todas las consecuencias derivadas del presente Contrato, para ello designan a su Representante en común Sr………………………, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir obligaciones que se derivan de EL CONTRATISTA y del presente Contrato hasta la culminación del mismo. Las partes del Consorcio no deben estar incluidas en el registro de inhabilitados para contratar con el Estado. CLÁUSULA UNDECIMA: CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO.

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A la suscripción del presente Contrato EL CONTRATISTA, presentará la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. CLÁUSULA DUODECIMA: SANCIONES Y PENALIDADES. El incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato, será motivo para que SEDAPAL le aplique lo establecido en la Tabla de Penalidades y Multas (Anexo N° 03) de las presentes Bases, así como, cuando corresponda lo señalado en el Artículo 222° del Reglamento de la Ley. CLÁUSULA DECIMOTERCERA: RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. SEDAPAL, resolverá unilateralmente el Contrato si se presentara cualquiera de las siguientes causales: a) Si EL CONTRATISTA incumple injustificadamente obligaciones contractuales, legales o

reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. b) EL CONTRATISTA haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la

ejecución de la prestación a su cargo; o c) Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido

requerido para corregir tal situación. Para efecto de la resolución contractual prevista en esta cláusula, se observará el procedimiento establecido en el Artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Adicionalmente a la resolución contractual contenidos en esta cláusula, SEDAPAL se reserva el derecho de iniciar las acciones judiciales a que haya lugar. CLÁUSULA DECIMOCUARTA: DESCUENTOS. SEDAPAL queda autorizada a deducir de las valorizaciones, acta de conformidad y/o con cargo a la Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, cualquier gasto que por acción u omisión de EL CONTRATISTA genere daños o perjuicios a terceros, a los bienes e instalaciones de SEDAPAL. CLÁUSULA DECIMOQUINTA: REFORMULACIÓN DEL SERVICIO. La Ampliación o reformulación del servicio se efectuará de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 42° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el Artículo 231° de su Reglamento, para la generación de prestaciones adicionales. CLÁUSULA DECIMOSEXTA: SUJECIÓN LEGAL DEL CONTRATO. Las partes se sujetan en orden de precedencia, a lo establecido en el presente Contrato, a las Bases, especificaciones técnicas, acta de adjudicación, los demás documentos del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria y a los términos de la oferta Técnico - Económica presentada por EL CONTRATISTA, todo lo que forma parte integrante del presente Contrato, y en su defecto, al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento, a las normas legales en lo que fuera pertinente o a los principios generales del derecho. En caso de conflicto, discrepancia o contradicciones, prima la interpretación que deviene de la documentación citada en el párrafo precedente.

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CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán sometidos, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de las partes podrá presentar la solicitud de conciliación dentro de los plazos de caducidad establecidos por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ante cualquier Centro de Conciliación autorizado para resolver este tipo de conflictos. Los conflictos que no pudieran resolverse a través de conciliación o los que se resolvieran de manera parcial, deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltos de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado y en la Ley General de Arbitraje. El Arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, debiendo iniciarse dentro de los plazos de caducidad establecidos en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado vigente. Será resuelto por un Árbitro Único cuando el monto indicado en la solicitud de arbitraje sea menor de 30 UIT, y por un Tribunal Arbitral compuesto de tres árbitros en los demás supuestos, en cualquiera de estos casos, ambas partes de mutuo acuerdo decidirán si el arbitraje será administrado por una institución arbitral o por el propio tribunal o Arbitro Único, según corresponda. En caso de discrepancia será administrado por el Consucode. El laudo es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. En consecuencia, solo procede interponer, cuando corresponda, el recurso de anulación por las causales previstas en la Ley General de Arbitraje, dejando claramente establecido que no se requiere de la presentación de la garantía establecida en el inciso 4 del artículo 72° de la Ley General de Arbitraje”. CLÁUSULA DECIMOCTAVA: PRIVATIZACIÓN. SEDAPAL deja constancia que, al encontrarse incluida dentro del Proceso de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado, dispuesta por el Decreto Legislativo Nº 674 y su Reglamento D.S. Nº 070-92-PCM, para efectos de una eventual cesión de posición contractual, se regirán por los procedimientos y formalidades previstas en la normativa especial sobre la materia, como es el Código Civil. CLÁUSULA DECIMONOVENTA: PERFECCIÓN Y FORMALIDAD FACULTATIVA. El presente Contrato queda perfeccionado con la suscripción por las partes intervinientes. Sin embargo, sin perjuicio de su plena validez y vigencia, cualquiera de las partes podrá elevarlo a Escritura Pública asumiendo los gastos correspondientes. Estando de acuerdo en todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato, las partes lo firman en dos ejemplares igualmente válidos en la Ciudad de Lima, a los ..………. días del mes de …………… de 2008. POR SEDAPAL POR EL CONTRATISTA …………………………………………………….. SR. ……………………………………… Gerente de Logística y Servicios

…………………………………………………….. SR. ………………………………………

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FORMULARIOS

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FORMULARIO N° 01

DECLARACIÓN JURADA DE PRESENTACIÓN

Lima, de de 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.- De mi consideración: Declaro bajo juramento que, acorde a las exigencias contenidas en las bases del presente Concurso Público Nº 0011 -2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria, le damos cumplimiento del modo siguiente: � Nombre o Razón Social de la Empresa……………………………………………………………

Domicilio de la Empresa………………………………………….………………………………… RUC de la Empresa……………………………..

� Nombre completo del Representante Legal………………………………………………………..

DNI / LE Nº……………………………………… � Descripción de la Inscripción de las Atribuciones y Poderes conferidos al Representante

Legal en los Registros Públicos, donde conste la facultad para actuar y obligar en su representación y suscribir cualquier compromiso, indicando el Nº de Libro, Asiento, Tomo, Folio, Kárdex, etc., según sea el caso.

……………………………………………………………. Sello y Firma del Representante Legal NOTA: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una

de las empresas que conforman el Consorcio. DE NO SER ASÍ SERÁ AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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FORMULARIO N° 02

DECLARACIÓN JURADA, SEGÚN ARTÍCULO 76° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE

CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Lima, de de 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

De mi consideración: En mi calidad de Representante Legal de la empresa ……………………………………………, declaro bajo juramento: 1º Que no tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar

con el Estado, conforme al Artículo 9º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado aprobado por D.S. 083-2004-PCM;

2º Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;

3º Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso;

4º Que se compromete a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y

5º Que conoce las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

___________________________ SELLO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NOTA: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una

de las empresas que conforman el Consorcio. Será subsanable en el caso que el Representante Común del Consorcio suscriba el documento presentado. DE NO SER ASÍ SERÁ AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

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“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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FORMULARIO N° 03

DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR

Lima, de del 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

………………………………………………………… en mi calidad de Representante Legal de la empresa ……………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que en caso obtener la Buena Pro, cumpliremos con ejecutar el servicio de acuerdo a las características, condiciones, y especificaciones técnicas establecidas en las Bases del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria. Atentamente. ___________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL

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CONCURSO PÚBLICO N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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FORMULARIO N° 04

PROMESA FORMAL DEL CONSORCIO

Lima, de de 2008 ENTIDAD LICITANTE : SEDAPAL SERVICIO : POSTOR : Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de convocatoria, para proveer servicios y presentar una Propuesta conjunta al Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo precisamos las obligaciones que asumirá cada una de las partes: EMPRESA % DE OBLIGACIONES PARTICIPACIÓN

________________ _________________% ____________________ _______________ _________________% ____________________ _______________ _________________% ____________________

Cabe indicar, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el Contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios. También nos comprometemos a formalizar el Contrato Consorcio para la provisión correcta y oportuna del servicio materia del Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convotoria, de acuerdo con la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE. Designamos al Sr(es). como Representante(s) Legal(es) común(es) del Consorcio fijando nuestro domicilio legal común en ………………………………………a los efectos de suscribir con SEDAPAL el Contrato de Prestación de Servicios correspondiente. Lima, 2008 __________________________________ __________________________ Firma y DNI o C.E. Firma y DNI o C.E. Representante Legal Representante Legal Razón Social Razón Social

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“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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FORMULARIO N° 05

DECLARACIÓN JURADA DE TENER AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN EXPEDIDA POR

LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

Lima, de del 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

Yo, …………………………………………………………………………………….en mi calidad de Representante Legal de la empresa ………………..………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada cuenta con la autorización de operación expedida por la Superintendencia de Banca y Seguros. Atentamente, __________________________________ Sello y Firma del Representante Legal

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“PROGRAMA DE SEGUROS PARA SEDAPAL 2008-2010”

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FORMULARIO N° 06

DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR COMPROMETIÉNDOSE A CONTRATAR

REASEGURADORAS NO VULNERABLES

Lima, de del 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

Yo, …………………………………………………………………………………….en mi calidad de Representante Legal de la empresa ………………..………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que en caso de obtener la Buena Pro en el Concurso Público de la referencia, mi representada se compromete a contratar reaseguradoras, no vulnerables de acuerdo con la calificación mínima que exige la Superintendencia de Banca y Seguros, en su Resolución SBS N° 374-2000. Atentamente, __________________________________ Sello y Firma del Representante Legal

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FORMULARIO N° 07

DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE EMISIÓN DE DOCUMENTOS, PRIMAS Y TASAS,

REPORTES DE SINIESTRALIDAD

Lima, Señores SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL Ciudad.- De nuestra consideración:

Para efectos del Concurso Público Nº Concurso Público N° 0011-2007-SEDAPAL – Segunda Convocatoria, convocado por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, declaramos bajo juramento:

1. Que la emisión de documentos no estará afecto a la prima mínima, respetándose el cálculo de la primera prorrata, de acuerdo a la tasa cotizada, según Anexo N° 4.

2. Que nos comprometemos a cumplir con a emisión de documentos (como pólizas, endosos, certificaciones, constancias, entre otros) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento de la Entidad y/o de su asesor de seguros.

3. Nos comprometemos a entregar el reporte de siniestralidad de todas las pólizas que suscriban con nosotros de manera trimestral o cuando sea requerido por la Entidad y/o su asesor de seguros, el cual incluirá como mínima la siguiente información: 3.1 Primas y Siniestros por póliza. 3.2 Detalle de los siniestros, indicando como mínimo: - N° de Póliza. - Ramo - Fecha de Siniestro - N° de Siniestro - Causa - Placa de rodaje (Póliza de vehículos)

- Nombre de la persona afectada (cuando corresponda, como en el caso de las pólizas de accidentes personales, vida ley y similares)

- Montos en reserva y/o montos pagados - Estado del Siniestro

Atentamente, (Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)

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FORMULARIO N° 08

DECLARACIÓN JURADA LEY 27143 Lima, de del 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

De mi consideración:

En mi calidad de Representante Legal de la empresa ……………………………………………, declaro bajo juramento: Que los servicios se prestan dentro del territorio nacional y/o que es una persona jurídica constituida, autorizada o domiciliada en el Perú y que realiza operaciones sustanciales en territorio nacional, es decir, que más del 50% del total de sus activos fijos están ubicados en el país y que al menos el 60% de su facturación total ha sido realizada en territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el D. U. N° 064-2000, en el D. S. N° 003-2001-PCM y en la Resolución Ministerial N° 043-2001-ITINCI-DM. __________________________ SELLO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada uno de los miembros del consorcio.

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FORMULARIO N° 09

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO Lima, de de 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria

Muy señores nuestros : Por la presente nos dirigimos a ustedes para presentar al/los señor/es ……………………………………a los cuales garantizamos en forma solidaria, irrevocable e incondicionada y de realización automática hasta por la suma de ……………., para el fiel cumplimiento del Contrato que dicha empresa ha celebrado con ustedes por haber obtenido la Buena Pro en el Concurso Publico de la referencia, convocado por SEDAPAL para la contratación del Programa de Seguros 2008-2010. Esta fianza será ejecutada en forma automática a la sola solicitud por escrito por parte de SEDAPAL y no podrá exceder en ningún caso y por ningún motivo, la cantidad arriba expresada, con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Sin otro particular, nos es grato suscribirnos de ustedes. Atentamente. NOTA: Sólo para el Postor beneficiario de la Buena Pro. (Art. 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)

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FORMULARIO N° 10

GARANTIA ADICIONAL Lima, de de 2008 SEÑORES SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL. Presente.-

REF: CONCURSO PÚBLICO Nº 0011-2007-SEDAPAL-Segunda Convocatoria L

Muy señores nuestros: Por la presente nos dirigimos a ustedes para presentar al/los señor/es …………………………………..a los cuales garantizamos en forma solidaria, irrevocable e incondicionada y de realización automática hasta por la suma de ……………, garantizando el monto diferencial del Concurso Publico de la referencia, convocado por SEDAPAL para la contratación del Programa de Seguros 2008-2010. Esta fianza será ejecutada en forma automática a la sola solicitud por escrito por parte de SEDAPAL y no podrá exceder en ningún caso y por ningún motivo, la cantidad arriba expresada, con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Sin otro particular, nos es grato suscribirnos de ustedes. Atentamente, NOTA: Sólo para el Postor beneficiario de la Buena Pro. (Art. 123º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)