AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU ACUERDO DE … · derecho público, con autonomía...

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE CALLE ELIAS AGUIRRE N2 229 - REQUE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE 074-451262 "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU" ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 073-2016-MDR/CM Reque, 20 de Diciembre del 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE VISTO: El acta de sesión ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de Diciembre del 2016; Expediente N°14267, de fecha 08 de Abril del 2016; Informe Técnico N°041-2016- MDR/DIDUR-JEIV de fecha 20 de Abril del 2016, emitido por el Responsable del Área de Obras; Informe N°258-2016/MDR/DÍDUR/CATASTRO-MMPA, de fecha 27 de Septiembre del 2016, suscrito por la Coordinadora de Catastro; Informe N°125-2016- MDR/UAFRHP/1, el jefe de Logística y Sen/icios Internos; Infomie Legal N°526-2016- MDR/ALE, suscrito por Asesoría Legal; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es el órgano de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, con autonomía económica, administrativa y política, en los asuntos de su competencia, y por tanto con plena capacidad para el conocimiento de sus fines. Que, conforme al art. 9 numeral 8 de la ley Orgánica de Municipalidades 27972 y en concordancia con el art. 41" del citado cuerpo normativo dispone que, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal e institucional, que expresan su voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Expediente N°14267 la Directiva de la Asociación de Pobladores del Sector Diego Ferré del Distrito de Reque, solicitan un Polideporiiivo a fin de atender a los niños, jóvenes del Sector a fin que practiquen deporte. Que, a través del Informe Técnico N°041-2016-MDR/DIDUR-JEIV de fecha 20 de Abril del 2016, se informa que la Municipalidad Distrital de Reque, no tiene área para la construcción de un polideportivo y que el área a necesitarse es de 1,200 m^, que contará con las siguientes características: 1 losa Multideportiva de dimensiones 32 por 19, que contará con líneas demarcadas para deportes de la modalidad de Vóley, Fulbito y Básquet. Que, mediante Infomie N"'258-2016/MDR/D1DUR/CATASTRO-MMPA, de fecha 27 de Septiembre del 2016, suscrito por la Coordinadora de Catastro, informa que existen tres predios en el Sector Diego Ferré que cumplen con las áreas solicitadas por la Municipalidad Distrital de Reque para el Polideportivo, sin embargo dos de ellos, están descartados, por procesos judiciales y no tienen intención de vender el terreno , siendo único predio el que existe la probabilidad de compra en la Unidad Catastral N°07956, inscrito en la Partida Electrónica 02185991 con predisposición para la venta.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE CALLE ELIAS AGUIRRE N2 229 - REQUE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

074-451262 "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU"

A C U E R D O D E C O N C E J O MUNICIPAL N° 073-2016-MDR/CM

Reque, 20 de Diciembre del 2016.

E L A L C A L D E D E L A MUNICIPALIDAD DISTRITAL D E R E Q U E

VISTO: El acta de sesión ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de Diciembre del

2016; Expediente N°14267, de fecha 08 de Abril del 2016; Informe Técnico N°041-2016-MDR/DIDUR-JEIV de fecha 20 de Abril del 2016, emitido por el Responsable del Área de Obras; Informe N°258-2016/MDR/DÍDUR/CATASTRO-MMPA, de fecha 27 de Septiembre del 2016, suscrito por la Coordinadora de Catastro; Informe N°125-2016-MDR/UAFRHP/1, el jefe de Logística y Sen/icios Internos; Infomie Legal N°526-2016-MDR/ALE, suscrito por Asesoría Legal; y

CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es el órgano de gobierno local, con personería jurídica de

derecho público, con autonomía económica, administrativa y política, en los asuntos de su competencia, y por tanto con plena capacidad para el conocimiento de sus fines.

Que, conforme al art. 9 numeral 8 de la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y en concordancia con el art. 41" del citado cuerpo normativo dispone que, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal e institucional, que expresan su voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, mediante Expediente N°14267 la Directiva de la Asociación de Pobladores del Sector Diego Ferré del Distrito de Reque, solicitan un Polideporiiivo a fin de atender a los niños, jóvenes del Sector a fin que practiquen deporte.

Que, a través del Informe Técnico N°041-2016-MDR/DIDUR-JEIV de fecha 20 de Abril del 2016, se informa que la Municipalidad Distrital de Reque, no tiene área para la construcción de un polideportivo y que el área a necesitarse es de 1,200 m ,̂ que contará con las siguientes características: 1 losa Multideportiva de dimensiones 32 por 19, que contará con líneas demarcadas para deportes de la modalidad de Vóley, Fulbito y Básquet.

Que, mediante Infomie N"'258-2016/MDR/D1DUR/CATASTRO-MMPA, de fecha 27 de Septiembre del 2016, suscrito por la Coordinadora de Catastro, informa que existen tres predios en el Sector Diego Ferré que cumplen con las áreas solicitadas por la Municipalidad Distrital de Reque para el Polideportivo, sin embargo dos de ellos, están descartados, por procesos judiciales y no tienen intención de vender el terreno , siendo único predio el que existe la probabilidad de compra en la Unidad Catastral N°07956, inscrito en la Partida Electrónica 02185991 con predisposición para la venta.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE CALLE ELIAS AGUIRRE m 229 - REQUE - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

074-451262 "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU"

Que, mediante Informe N°125-2016-MDR/UAFRHP/1, emitido por el jefe de Logística y Servicios Internos, adjunta al expediente la Valuación Comercial suscrita por el Ingeniero Alfonso Arbaiza Simón, perito Tasador SBS 3312-2013 del terreno en área de Expansión Urbana del Predio Ubicado en la Prolongación Calle Los Pinos MZ. B LOTE 7 Sector Diego Ferré, siendo el propietario Pedro Jeremías Chafloc Neciosup y María Virginia Cumpa Chafloc detallando que el precio de mercado es de SI. 122,304.40 (Ciento Veintidós Mil Trescientos Cuatro con 40/100 Soles), correspondiente al área de 1,200.23 m 2

Que, mediante el Informe Legal N''526-2016-MDR/ALE, suscrito por Asesoría Legal, opina que se debe aplicar el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley, en aplicación de los Artículos 85 y 87, en la modalidad de Contratación Directa, en razón que es único predio, el mismo que debe ser confirmado la recomendación por la Gerencia y el Área de Logística y Servicios Internos salvo mejor parecer, en razón que obra un solo proveedor, debiendo adquirir la Municipalidad Distrital de Reque, previa aprobación de Sesión de Concejo Municipal autorizando la compra de terreno destinado para la construcción del Polideportivo Sector Diego Ferré.

Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF, de la Ley N° 30225. Ley de Contrataciones del Estado, en su Artículo 85° inciso 5, indica que la verificación de que los bienes solo pueden obtenerse de un determinado proveedor debe realizarse en el mercado Peruano, y en su Ariiículo 86°, manifiesta que la Aprobación de Contrataciones Directas se aprueban mediante Acuerdo de Concejo Municipal y requiere obligatoriamente del respectivo sustento técnico y legal, en el informe o informes previos, que contengan la justificación de la necesidad y procedencia de la contratación directa. Asimismo, el artículo 87» del mismo cuerpo nomiativo indica que una vez aprobada la contratación directa, la Entidad la efectúa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya oferta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases.

Que, mediante Informe N l̂76-2016-MDR/GM, de fecha 14 de Diciembre del 2016, Gerencia Municipal, tomando en consideración lo establecido en los informes consignados en la parte considerativa del presente Acuerdo, solicita que se apruebe en sesión de concejo la compra de terreno ubicado en el Sector Diego Ferré, destinado para la construcción de un Polideportivo, toda vez que de acuerdo al Informe Técnico. Por lo cual eleva al Pleno del Concejo para su debate, evaluación y aprobación, mediante Acuerdo de Concejo;

Que, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo del día 16 de Diciembre del 2016, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa, con aprobación por UNANIMIDAD de los Señores Regidores y en uso de sus atribuciones según el Artículo 9°, Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE BÍ* CALLE ELIAS AGUIRRE m 229 - REQUE - CHICLAYO - U M B A Y E Q U E

074-451262 "AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU"

Que, de conformidad a lo dispuesto por los incisos 1 y 2 del artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades ley N° 27972, respecto a las atribuciones y obligaciones de los regidores y con las facultades conferidas por el artículo 9° inciso 8 de la norma acotada referente a las atribuciones del Concejo Municipal, y la aprobación unánime y con la dispensa de lectura del acta:

E L P L E N O D E L C O N C E J O A C U E R D A :

A R T Í C U L O PRIMERO: A P R O B A R la modalidad de contratación Directa para la compra de terreno destinado a la construcción del polideportivo del Sector Diego Ferré.

A R T Í C U L O S E G U N D O : AUTORIZAR al señor Alcalde JUNIOR LEYSON VASQUEZ TORRES, para que suscriba la compra de un lote de terreno de 1,200.00 m^ a través de Escritura Pública autorizada por Notario Público de Chiclayo.

A R T Í C U L O T E R C E R O - El inmueble a adquirir tendrá como único destino la construcción del Polideportivo para el Sector Diego Fen-é.

A R T I C U L O C U A R T O : E N C A R G A R a la Gerencia Municipal la ejecución y el cumplimiento del presente acuerdo, disponiendo lo conveniente a las Unidades Orgánicas correspondientes.

R E G I S T R E S E , COMUNIQUESE Y C U M P L A S E

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