Antropología y Criminología

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RELACIONES ENTRE LA ANTROPOLOGÍA Y LA CRIMINOLOGÍA 1-INTRODUCCIÓN: La criminología es una disciplina que posee sus raíces en las concepciones científico-filosóficas del Iluminismo. Fue Cesare Beccaria el pionero que formuló los principios de la denominada Criminología Clásica, cuyos supuestos se basaban en las teorías del control social de Hobbes, Montesquieu y Rousseau. La base de la teoría clásica de la criminología estaba apoyada sobre la teoría del contrato social, que sostenía que los hombres se reunían libremente en sociedad conforme a una serie de acuerdos que garantizaban el orden y la convivencia. Es en relación a este consenso, que se proponía el castigo de aquellas conductas que eran perjudiciales o peligrosas para el cuerpo social, y la recompensa de aquellas que de alguna manera contribuían al mantenimiento del equilibrio del mismo. De esta forma, se establecía una tipología de aquellas conductas consideradas como desviaciones que posibilitaban clasificar a un individuo como delincuente. En base a esto, las penas que la ley imponía aseguraban el buen funcionamiento y la supervivencia de la sociedad, y "toda pena que exceda ese consenso o que tenga fines distintos es

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RELACIONES ENTRE LA ANTROPOLOGÍA Y LA CRIMINOLOGÍA

1-INTRODUCCIÓN:

La criminología es una disciplina que posee sus raíces en las

concepciones científico-filosóficas del Iluminismo. Fue Cesare Beccaria

el pionero que formuló los principios de la denominada Criminología

Clásica, cuyos supuestos se basaban en las teorías del control social de

Hobbes, Montesquieu y Rousseau.

La base de la teoría clásica de la criminología estaba apoyada sobre la

teoría del contrato social, que sostenía que los hombres se reunían

libremente en sociedad conforme a una serie de acuerdos que

garantizaban el orden y la convivencia. Es en relación a este consenso,

que se proponía el castigo de aquellas conductas que eran perjudiciales

o peligrosas para el cuerpo social, y la recompensa de aquellas que de

alguna manera contribuían al mantenimiento del equilibrio del mismo. De

esta forma, se establecía una tipología de aquellas conductas

consideradas como desviaciones que posibilitaban clasificar a un

individuo como delincuente. En base a esto, las penas que la ley imponía

aseguraban el buen funcionamiento y la supervivencia de la sociedad, y

"toda pena que exceda ese consenso o que tenga fines distintos es

ilegítima y contraviene el contrato social" (Taylor, Walton, Young. 1990).

Esta criminología clásica -que también podríamos denominar

criminología jurídica- se sustentaba básicamente en el derecho, sobre

todo aquel de tradición indoeuropea que, según Antonio Beristarain, está

basado "en un derecho que controla con rigidez y rectitud la vida del

pueblo, y que admite o necesita el Estado como centro de las relaciones

comunitarias" (1978).

Dado que cada disciplina surge en el marco de un entorno socio-histórico

específico que de alguna manera caracteriza los supuestos explícitos e

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implícitos que le dan sustento, es menester agregar que, para estos

tiempos en que surge la criminología, como asevera Foucault, comienza

a desarrollarse un discurso que por primera vez "articula una concepción

binaria de la sociedad: hay siempre dos grupos, dos categorías de

individuos..." . Esta estructura binaria que atraviesa la sociedad, instituye

un esquema de explicación marcado por la asimetría, en donde hay "una

raza puesta como la verdadera y única (la que detenta el poder y es

titular de la norma) y los que constituyen otros tantos peligros para el

patrimonio biológico. En ese momento aparecerán todos los discursos

biológicos-racistas sobre la degeneración y todas las instituciones que,

dentro del cuerpo social, harán funcionar el discurso de la lucha de razas

como principio de segregación, de eliminación y de normalización de la

sociedad" (Foucault, pag. 56. 1996).

Es justamente a partir de este mismo discurso, que se va a desarrollar la

idea de desviación con la que se caracteriza a la conducta del

delincuente. El desviado es un ser inferior que presenta una patología,

esta debe ser "sanada" a partir de los procesos de normalización

vinculados específicamente al encierro institucional.

Si bien, a lo largo del desarrollo de la disciplina criminológica se han

sucedido una serie de cambios de paradigma en lo que respecta a la

concepción del "hombre delincuente", actualmente se siguen sintiendo en

nuestras instituciones y prácticas institucionales los efectos de este

discurso: el delito es una enfermedad portada por determinados

individuos que tuvieron una "mala socialización" y que deben ser

excluidos y encerrados para "resocializarlos" e integrarlos como

miembros sanos de la sociedad.

2-EL POSITIVISMO:

 

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La criminología, como dijimos anteriormente, ha sufrido desde sus inicios

una serie de cambios de paradigma vinculados a la concepción que se

tenía en cada momento histórico sobre el "delito" y la "conducta

delincuente". Básicamente nos interesa recortar, para los fines del

presente trabajo, esta sucesión y superposición paradigmática en tres

etapas: la Criminología Clásica, el Revisionismo Neoclásico y la

Revolución Positivista (Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. cap 1).

De las tres, sólo nos detendremos con especial detalle en la visión

positivista. Respecto de la primera, ya mencionamos algunas

características en la introducción de este trabajo. En cuanto a la

segunda, sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas

(como por ejemplo la aplicación de medidas penales universales sin

tomar en consideración las diferencias individuales entre los

delincuentes) y la incorporación al ámbito de la criminología de

especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el

psiquiatra y posteriormente el trabajador social.

En cuanto a lo que concierne al paradigma positivista -el cual

actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos contextos-, este

se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en general, y al

comportamiento humano, en particular, de los instrumentos y técnicas

que se estipulan como fundamentales y eficaces para el estudio del

mundo físico. Es así que, los positivistas, impulsan y avalan técnicas

para la cuantificación del comportamiento, a partir de las cuales pueden

aproximarse a la realidad objetiva (idea de neutralidad del observador) y

descubrir las leyes subyacentes de la acción humana que, para el caso

particular de la criminología, podían ser descubiertas a partir del análisis

de las estadísticas y la posterior generalización de los resultados (lo

cuantitativo es más importante y de carácter definitorio respecto de lo

cualitativo).

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Es importante destacar que, como aseveran Taylor, Walton y Young,

existen distintas modalidades o formas del positivismo. Para este trabajo,

nos interesa referirnos al "positivismo biológico", ya que las premisas de

éste, establecieron un modo de ver y concebir el tema de la conducta

delincuente, sobre todo a partir del concepto de "desviación", el cual,

como vimos en la introducción de este trabajo, estuvo siempre presente

(en mayor o menor medida) desde los orígenes de la criminología.

 

3-LA ANTROPOLOGÍA Y EL POSITIVISMO BIOLÓGICO DE LOMBROSO:

La Teoría de la Evolución sustentada por Darwin, dio pié para el

desarrollo del paradigma evolucionista (tanto en su manifestación

biológica como social), bajo el cual se desarrollaron disciplinas tales

como la antropología y la criminología.

La antropología -al igual que la criminología- tiene sus raíces en la

filosofía del Iluminismo, cuando gran parte del mundo ya había sido

explorado y se habían tenido contacto con otros pueblos de

características totalmente diferentes al mundo europeo del momento.

Como asevera Paul Mercier: "en esta época aparecen ya diversas

orientaciones del pensamiento, que prefiguran los ulteriores debates

antropológicos. Pueden distinguirse dos grandes corrientes: la que insiste

en el relativismo social y cultural y la que, deseosa de establecer las

normas de la sociedad ideal, se refiere al ‘salvaje’ en una interpretación

de la evolución humana". Es a partir de este período que, lentamente,

esta disciplina comienza a deslizarse desde lo filosófico a lo científico,

culminando este proceso con la formación de una antropología científica

a mediados del siglo XIX, "cuando un clima general de pensamiento e

investigación preparó la revolución darwiniana" (Mercier, Paul. 1969).

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La primer escuela de esta etapa científica de la antropología es el

evolucionismo, tanto en su forma biológica como social. El concepto

unificador de la misma es la idea de evolución; idea que estará presente

en muchos ámbitos a partir de 1830.

Es en este marco que Cesare Lombroso, considerado como el fundador

del positivismo biológico, desarrolla desde un poco antes de 1876 su

teoría del hombre criminal. Lombroso, quien pertenecía a la llamada

escuela de antropología criminal, establece el concepto de criminal

atávico, según el cual el delincuente representaba una regresión a

estados evolutivos anteriores, caracterizándose la conducta delincuente

por ser innata. Este criminal atávico podía ser reconocido debido a una

serie de estigmas físicos o anomalías, como por ejemplo, el excesivo

desarrollo del cerebelo, asimetría del rostro, dentición anormal, y lo que

se considera como la característica más atávica en los criminales, a

saber, el hovuelo en medio del occipital.

En base a sus estudios sobre las características físicas del hombre

criminal, Lombroso desarrolla la tesis que explicita que éste presenta -en

cuanto a su conformación morfológica- ciertas similitudes con el hombre

salvaje, como por ejemplo senos frontales muy pronunciados,

mandíbulas voluminosas, órbitas grandes, etc. En esta tesis se considera

al criminal como una subespecie anormal del género humano. Asimismo,

esta subespecie estaría compuesta por una serie de tipos criminales,

como los asesinos, los ladrones, las prostitutas, etc.; todos con

características morfológicas comunes pero también propias que los

diferencian del resto.

 

Con anterioridad, y en relación a las distintas fases por las que

atravesara la criminología, hicimos referencia al cambio sufrido por la

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misma desde una concepción unidisciplinar (basada en el derecho) hacia

una concepción que integraba perspectivas de carácter social en lo que

respecta a la interpretación del delito. Pero, con el advenimiento de la

teoría de Lombroso, se inicia una etapa que corre paralela a la anterior -

aunque de mucha más importancia-, en donde se deja de lado el

problema de las interpretaciones del delito con base en lo social para

pasar a considarar los aspectos individuales de la conducta criminal.

Como aseveran Taylor, Walton y Young, citando a Lindesmith y Levin: "lo

que Lombroso hizo fue invertir el método de explicación habitual desde la

época de Guerry y Quetelet, y, en lugar de sostener que las instituciones

y las tradiciones determinaban la naturaleza del criminal, sostuvo que la

naturaleza del criminal determinaba el carácter de las instituciones y las

tradiciones" (pag. 56).

Dado que las explicaciones biológicas de la conducta pasaban por un

momento de gran auge, las interpretaciones basadas en lo social

pasaron a tener un segundo plano respecto de aquellas de índole

genética. Esta importancia de las teorías genéticas de Lombroso se debe

al gran impacto que estaba ocasionando el desarrollo de la teoría de la

evolución de Darwin, hecho que lleva su paulatino deslizamiento hacia

las explicaciones en el campo de las ciencias sociales.

Particularmente en el contexto de la criminología, la influencia de

Lombroso, ya en el siglo XX, hace que se desplace la importancia de los

científicos sociales en el estudio del delito en favor de la participación del

médico y del psiquiatra.

 

4-INTENTOS POR SUPERAR EL INNATISMO:

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A lo largo de la historia del desarrollo de las ciencias de la conducta, el

comportamiento humano se ha intentado explicar a partir de su

comparación con el comportamiento de los animales; sobre todo, de

aquellos que en la escala filogenética están más próximos al Hombre y

que comparten un Orden Biológico con éste: los Primates. Es en este

marco que se expresan dos posiciones contrapuestas en lo que respecta

al comportamiento y que involucran la consideración, en éste, de factores

innatos o de factores adquiridos. La disputa entre ambas tiene ya muy

larga data.

En un primer momento, las explicaciones de la conducta a partir de los

factores innatos adquirieron gran importancia, sobre todo, como

mencionamos anteriormente, a partir del desarrollo de la Teoría de la

Evolución por Charles Darwin y su aplicación al campo del mundo social

humano en forma de lo que se llamó Darwinismo Social; el cual cobra

existencia a partir de mediados del Siglo XIX y principios del Siglo XX

(aunque sus efectos se siguen sintiendo en la actualidad). La aplicación

de las ideas positivistas al campo de la conducta, motivó la búsqueda de

leyes generales a las cuales estaba sometido el comportamiento

humano. Como consecuencia de esto, se establecía la existencia de un

determinismo del mismo.

De esta manera, se explicaron "nuestro salvajismo, el comportamiento

pecaminoso de los hijos, la delincuencia juvenil, el rapto, el asesinato, el

robo y la guerra, por no mencionar todas las formas de violencia. Todo

esto se debe a la agresividad innata del hombre" (Montagu, pag. 194).

El positivismo biológico ejerció una gran influencia en la criminología,

como se desprende de lo dicho por Vera Regina Pereira de Andrade

sobre esta disciplina en el marco de dicho paradigma: "teniendo por

objeto la criminalidad concebida como un fenómeno natural, causalmente

determinado, asume la tarea de explicar sus causas siguiendo el método

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científico o experimental y el auxilio de las estadísticas criminales

oficiales y de prever los remedios para combatirla. Ella indaga,

fundamentalemente, lo que el hombre (criminal) hace y por qué lo hace".

El antropólogo Ashley Montagu, desarrolla en un pequeño ensayo una

crítica al punto de vista innatista, mantenido principalmente por Konrad

Lorenz y Robert Ardrey, entre otros. Según la misma, esta posición de la

"agresión innata" constituye un leit-motiv que se dirige no a la explicación

de ese comportamiento agresivo, sino, principalmente, a sugerir el

ejercicio de algún dispositivo de control sobre el ser humano; y agrega,

"los puntos de vista de Lorenz y de Ardrey padecen precisamente del

mismo defecto, a saber, la atribución de cualidades de otros animales al

hombre" (Montagu, pag. 195). Arguye además, en este sentido, la

influencia que pueden tener los prejuicios del hombre en la concepción

del mundo y de las problemáticas surgidas en él".

Específicamente se refiere a la argumentación que da Ardrey respecto de

algunas experiencias de violencia que tuvo durante el transcurso de su

vida y que lo llevaron a convencerse de la "naturaleza asesina del

hombre".

Cuando se refiere a Lorenz y a sus errores de apreciación, cita un

párrafo de su libro "Sobre la Agresión...": "innegablemente, deben existir

factores muy fuertes capaces de superar la voluntad de la razón

individual de manera tan completa que es obvio que son impenetrables

de ser experimentados... Todas esas asombrosas paradojas, sin

embargo, encuentran una explicación espontánea, que se coloca de por

sí como la pieza de un rompecabezas, si se presume que el

comportamiento humano, lejos de ser determinado sólo por la razón y la

tradición cultural, es todavía objeto de todas las leyes prevalecientes en

todo comportamiento instintivo adaptado filogenéticamente. De esas

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leyes poseemos un buen conocimiento por el estudio de los instintos en

los animales" (Montagu, pag. 197).

 

Estas referencias hechas por Montagu, indican la fuerte presencia de las

concepciones positivistas en las ideas que se tenían sobre la conducta

delincuente a finales del siglo pasado y a principios de este.

 

5-CRIMINOLOGÍA , ANTROPOLOGÍA Y LA RELATIVIDAD DE LA IDEA DE DELITO:

Antes hemos dicho que, bajo la concepción del positivismo biológico, el

criminal era considerado en términos absolutos como un ser anormal,

una desviación con base biológica que representaba una regresión a

estados primitivos del ser humano y que podía catalogarse como una

patología. Esta concepción responde a la reproducción de un fuerte

paradigma cuyos efectos aún hoy siguen teniendo vigencia en ciertos

campos de nuestra cultura occidental contemporánea. Los componentes

de este paradigma se articulaban en la secuencia bio-psico-social; en

donde el primer componente era el más importante, y el último -lo social-

muy pocas veces se tenía en cuenta.

Pero ocurre que, con el correr del tiempo, el surgimiento de nuevas

concepciones teóricas y la relación de distintas disciplinas entre sí, se

comenzó a prefigurar -sobre todo en la temática del delito- una

concepción de carácter relativista basada ya más en lo social que en lo

biológico.

Tanto la antropología como la criminología, se han desarrollado a partir

del estudio de los "otros". En el primero de los casos, el "otro" cultural; en

el segundo, el "otro" como individuos o grupos de "desviados". En lo que

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respecta a la última, esta concepción de carácter sociocéntrica, se fue

paulatinamente diluyendo (aunque no de forma total) en favor de una

consideración del delito como fenómeno social normal.

En contra de todas aquellas posiciones que toman al delincuente como

un desviado que de alguna manera manifiesta cierto tipo de patología, se

hace imprescindible partir de una cita de Emile Durkheim (esto no implica

que se esté completamente de acuerdo con los supuestos -algunos

explícitos y otros implícitos- presentes en la misma, aunque sí con la idea

de generalidad y relatividad respecto del fenómeno del delito en cuanto

situación social):

"El delito no se observa solamente en la mayoría de las sociedades de

tal o cual especie, sino en las sociedades de todos los tipos. No hay una

en la que no haya criminalidad. Ésta cambia de forma, los actos así

calificados no son en todas partes los mismos; pero en todos los sitios y

siempre ha habido hombres que se conducían de forma que atraían

sobre ellos la represión penal. Si al menos, a medida que las sociedades

pasan de los tipos inferiores a los más elevados, el índice de

criminalidad, es decir, la relación entre la cifra anual de los delitos y la de

la población, tendiese a bajar, se podría creer que, aún siendo todavía un

fenómeno normal, el delito tendía, sin embargo, a perder su carácter.

Pero no tenemos ningún motivo que nos permita creer en la realidad de

esta regresión. Antes bien, muchos hechos parecen demostrar la

existencia de un movimiento en sentido inverso. [...] Por tanto, no hay

fenómeno que presente de manera más irrecusable todos los síntomas

de normalidad, puesto que aparece estrechamente ligado a las

condiciones de toda vida colectiva. Hacer del delito una enfermedad

social sería admitir que la enfermedad no es una cosa accidental, sino,

por el contrario, una cosa derivada en ciertos casos de la constitución

fundamental del ser vivo..." (DURKHEIM, E. pag. 92).

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Profundizando un poco más en los criterios de la cita precedente,

podemos decir que cuando una serie de personas se reúnen formando

un grupo, siempre existen entre ellas un conjunto de acuerdos explícitos

o implícitos en lo referente a la forma de desenvolvimiento del mismo.

Estos acuerdos están vinculados a lo que es deseable hacer y esperar

de los demás y a lo que no lo es. En este tipo de situación no es

importante la extensión de dicho grupo -el cual puede estar constituido

por dos o más personas- sino el cumplimiento de los deberes asumidos

(aunque sea de manera implícita) para con los demás miembros del

mismo en base al código estipulado.

El incumplimiento de este código es considerado una transgresión. La

transgresión es un fenómeno generalizado en cualquier sociedad. Para

que exista transgresión, debe existir también un consenso dentro del

grupo que estipule cuáles conductas son deseables y cuáles no lo son.

Es así que, en cada escenario social se forma una concepción

generalizada respecto de lo que significa la acción de transgredir ciertas

normas, ciertas pautas. La acción de delinquir está vinculada

básicamente al acto de transgresión.

En el marco de la idea del delito como producto social, podemos citar a

Montagu, quien explicita que: "Los crímenes y los criminales son

producto de la sociedad, y a la vez, instrumentos y víctimas de la misma

sociedad. La sociedad criminal y delincuente culpa de sus crímenes y

delitos a los criminales y a los delincuentes y luego los castiga por los

daños que, en la mayoría de los casos, la misma sociedad los indujo a

cometer. Un crimen es lo que la sociedad escoge definir como tal. Algo

que puede ser considerado como un crimen en una sociedad puede no

serlo en otra. Pero sea lo que sea lo que una sociedad pueda o no

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considerar como un crimen, todas las sociedades definen al crimen como

un acto cometido en violación de una ley prohibitiva o un acto omitido en

violación de una ley prescriptiva. De aquí que la sociedad sea la que

define al criminal y no el criminal quien se define a sí mismo. Y sugiero

aquí que casi invariablemente la sociedad es la que hace al criminal

porque los criminales, en realidad, se vuelven tales, no nacen así" (pag.

71. 1970).

 

Todo esto significa una ruptura con el paradigma bio-psico-social y una

reformulación de la idea de delito desde una óptica relativista. Además,

remarca la concepción que, si bien el delito puede ser una conducta no

deseable en el seno de alguna sociedad, es un hecho perfectamente

normal en la vida de cualquier grupo.

Según este mismo autor, es dable considerar al delito consuetudinario

como una forma de buscar seguridad por parte del delincuente. Aclara

Montagu que la idea de búsqueda de seguridad no debe entenderse en

términos simplistas, sino que debe contemplarse como una "hipótesis de

trabajo que puede ser de utilidad práctica para el entendimiento de

algunas de las condiciones y motivaciones que guían al crimen" (pag.

74).

En otras palabras, podríamos decir que en algunos casos, el delito debe

ser entendido como una estrategia de supervivencia; la cual se

desenvuelve porque la sociedad no provee las condiciones necesarias

para la seguridad de los individuos.

 

Es importante recalcar que, en nuestra sociedad occidental se han

desarrollado una serie de dispositivos -con base en el derecho- que

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procuran un tratamiento de la persona considerada delincuente que lleva

a su "resocialización". En este término existen implícitos aquellos

presupuestos vinculados a la posición positivista sobre la desviación

patológica de la conducta y la necesidad de su normalización.

En nuestra sociedad, el hecho de haber sido delincuente o haber estado

preso, es condición suficiente para ser marginado y estigmatizado, sin

posibilidad de redención, a pesar de que haya todo un discurso que

estipula lo contrario.

Si, por el contrario, tomamos en consideración la forma que en otras

culturas tratan el tema del delito y el delincuente, es posible que

aprendamos algo sobre ciertas alternativas respecto del tratamiento y la

redención del sujeto criminal que pueden servir de base para la

reconsideración de nuestras prácticas punitivas.

Según Malinowski, quien trabajó en uno de sus libros el tema del delito

entre los indígenas de las Islas Trobriand, existen entre éstos, una serie

de mecanismos que permiten, además de restablecer el orden social, la

redención plena -y no de palabra como ocurre en nuestra cultura- del

sujeto que se sospecha ha transgredido la ley de la comunidad. Uno de

estos mecanismos es la hechicería, el otro el suicidio. Respecto del

último, si bien es un dispositivo extremo de redención, es muy eficaz en

el sentido que permite conservar el buen nombre de la familia del sujeto

que se cree ha delinquido. La muerte voluntaria del individuo, producida

en una acto ritual público, es considerada como una demostración de

inocencia del sujeto.

En cuanto a la hechicería, sabemos de la importancia que ésta tiene para

las comunidades tribales. Si una persona comete una transgresión a la

ley y se demuestra que ha actuado bajo la influencia de un embrujo

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mágico, este sólo hecho es suficiente para garantizar su inocencia y la no

estigmatización del individuo por parte de la comunidad.

 

Con este sucinto ejemplo, queremos dejar en claro que, en otras

comunidades no complejas, el fenómeno del delito posee una mayor

contención comunitaria, y no ocurre como en nuestra cultura que, a pesar

que se juzga y se penaliza al delincuente, una vez cumplida su pena,

éste sigue siendo considerado un criminal, tratándoselo de acuerdo a su

rótulo permanente de "delincuente".

 

6- CONCLUSIÓN:

Según lo dicho por Antonio Beristarain, la criminología contemporánea a

dejado atrás su originaria concepción unidisciplinar para constituirse en

una ciencia -aunque este carácter es aún muy discutido- de índole

multidisciplinaria, basada principalmente en las ciencias sociales. Su

punto de partida no es el derecho sino la sociedad, adoptando de esta

manera una inclinación sociológica. Si bien esta última representa una

ventaja respecto de la etapa clásica anterior, todavía no es plenamente

satisfactoria en tanto y en cuanto hay aún presentes en ella

concepciones que privilegian la posición del Estado y del derecho como

rector de las relaciones interpersonales y comunitarias.

Beristarain apunta a la formación de una criminología que supere

ampliamente estas ideas sociocéntricas (basadas en el estado de

derecho sin tomar en cuenta la diversidad cultural), que fomente y admita

estudios comparativos de las diferentes tradiciones legales y culturales.

Es en este sentido que debemos hablar de una criminología pluralista

que integre en su seno las diferentes criminologías particulares "en

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beneficio de la variedad". Considero que la Antropología, que sustenta en

su seno una metodología comparativa, puede aportar un núcleo de

fundamentos teóricos que permitan el enriquecimiento de la disciplina de

la criminología, además de la contribución al fortalecimiento del

paradigma socio-psico-bio de base relativista.

 

 

 

 

7-BIBLIOGRAFIA:

-Beristarain Ipiña, Antonio. "La criminología comparada y su aportación

a la política criminal: una reflexión tercermundista". Ponencia presentada

en el Coloquio Internacional sobre el tema "La Comparación como

Método Científico en el Derecho Penal y el la Criminología", realizado en

Friburgo de Brisgovia (Rep. Federal de Alemania) del 23 al 26 de octubre

de 1978.

-Durkheim, Emile. "Las reglas del método sociológico". Ediciones

Morata. Bs. As. 1982.

-Foucault, Michel. "Genealogía del racismo". Edit. Altamira. La Plata.

1996.

-Malinowski, Bronislaw. "Crimen y costumbre en la sociedad salvaje".

Edit. Planeta-Agostini. Barcelona. !985.

-Mercier, Paul. "Historia de la Antropología". Edic. Península. Barcelona.

1969.

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-Montagu, Ashley. "El hombre observado". Edit. Monte Avila. Caracas.

1970.

-Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. "La nueva criminología". Amorrortu.

Bs. As. 1990 (Primera Reimpresión).

 

Trabajo realizado por Marcelo Jorge Basaldúa

Lic. en Antropología