AntologiaLogicaJuridica

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UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES LICENCIATURA EN DERECHO LÓGICA JURÍDICA ASIGNATURA OPTATIVA ANTOLOGÍA TEMÁTICA (MATERIAL DE APOYO DIDÁCTICO PARA LA EXPLICACIÓN AUDIOVISUAL DEL CURSO) PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES. MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010 PORT.MA.L.J.T.10

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  • UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    ANTOLOGA TEMTICA (MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN AUDIOVISUAL DEL CURSO)

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    PORT.MA.L.J.T.10

  • N D I C E

    PORT.MA.L.J.10

    PRESENTACIN..

    OBJETIVOS GENERALES.

    UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES...

    UNIDAD 2. LA LGICA FORMAL Y LA LGICA DIALCTICA...

    UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO...

    UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA INTERPRETACIN

    Y DE LA ARGUMENTACIN

    UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO

    FUENTES DE INFORMACIN...

    C O N T E N I D O S

  • PRESENTACIN

    Ha sido una preocupacin de los pedagogos en la operacionalizacin de los

    programas promover los procesos cognitivos del pensamiento humano, donde

    se destaca el razonamiento y por consecuencia la argumentacin.

    En los programas que componen el Plan de Estudios de la Licenciatura en

    Derecho, la Lgica Jurdica como una de las asignaturas optativas tiene su importancia porque le ofrece al estudiante de la Ciencia Jurdica las herramientas

    necesarias para un desempeo profesional ms eficaz en atencin a las

    necesidades de nuestra sociedad,

    El Programa que se presenta en esta ocasin tiene la intencionalidad en esta

    Antologa mostrarlo con una idea diferente a los ofrecidos tradicionalmente, ste

    le da a los alumnos la oportunidad de percibirlos en imgenes ideovisuales

    acompaados con ejercicios que complementan los procesos de enseanza-

    aprendizaje.

    Pero tiene que advertirse que es necesaria la orientacin del profesor en el

    empleo de los materiales que se describen, para complementar la informacin

    y promover la participacin de los alumnos en cada uno de los temas.

  • Cabe hacer mencin que la evaluacin, responde a un criterio procesual

    y que los elementos son registrados en listas de cotejo agrupndolas en un

    expediente cotidiano.

    En atencin a lo anterior, se propone en primer termino un trptico que contiene:

    Los objetivos generales del curso,

    La relacin temtica,

    La secuencia metodolgica,

    La condicin necesaria para ser sujeto a la evaluacin,

    Las evidencias que se generan de los procesos y

    Las fuentes de informacin.

    (con la salvedad que a detalle se encuentra el programa y la gua de estudio

    en el sitio web, de http://www.themis.umich.mx/derecho/ )

    A continuacin se desglosan las cinco unidades, destacando los conceptos,

    definiciones, clasificaciones y explicaciones de los contenidos propuestos.

    Finalmente se adjuntan los ejercicios que se desprenden de los mismos,

    para de esta forma tener la oportunidad de realizar tres confrontaciones

    en donde los alumnos verifican el grado de alcance a los propsitos

    formulados.

  • Al trmino de este curso el (la) alumn@ ser capaz de:

    3.1. Aplicar un mtodo de argumentacin persuasiva y pensamiento

    lgico

    3.2. Distinguir razonamientos, vlidos y correctos de las falacias y

    paralogismos.

    3.3. Desarrollar el pensamiento crtico en el planteamiento de tesis,

    argumentos y teoras.

    3.4. Reconocer el empleo de la terminologa bsica en los mbitos de la

    Filosofa, la Lgica y el Derecho para interiorizar su comprensin y

    posteriormente el uso en el ejercicio profesional.

    3.5. Emplear los procesos del razonamiento inmediato y mediato, en el

    mbito jurdico para la aplicacin a la consolidacin de las

    instituciones e interpretacin de las normas jurdicas.

    OBJETIVOS GENERALES

    PORT.MA.L.J.10

  • UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES

  • UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES

    Proviene del griego, que significa amor a al sabidura

    Es considerada como ...ciencia que trata de la esencia, propiedades, causas y efectos de las cosas naturales....

    Arellano Garca Carlos

    Mtodos y Tcnicas de la Investigacin Jurdica E. Porra, S.A..Mxico, D. F., 2001, pg. 3

    1.1. PRINCIPALES CORRIENTES EN LA FILOSOFA

    LA FILOSOFA

    U1_NOC_PRELIM

    Ciencias auxiliares Gnoseologa Ontologa Teleologa

    Epistemologa Axiologa Lgica

    Las concepciones para explicar el mundo:

    el Materialismo y

    el Idealismo

  • 1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 1

    PERODO COSMOLOGICO

    (IDEAS SOBRE EL MUNDO)

    SIGLO VI A. DE. C.

    PERODO COSMOLOGICO

    (IDEAS SOBRE EL MUNDO)

    ZENON DE ELEA

    El mundo es algo invariable y solo asequible al hombre por la

    razn

    HERCLITO 540-475 a. de C.

    Doctrina del transformismo,

    segn la cual todo cambia y

    muda, conforme a una ley

    universal el logos

    PERODO COSMOLOGICO

    (IDEAS SOBRE EL MUNDO)

    EMPDOCLES 493 -433 a.C.

    El mundo esta compuesto por

    cuatro elementos:

    aire, fuego, tierra y agua

    PERODO COSMOLOGICO

    (IDEAS SOBRE EL MUNDO)

    LECIPO 450-370 a.C

    INICIADOR DEL ATOMISMO .

    Todas las cosas estn compuestas de

    partculas diminutas, invisibles e

    indestructibles de materia pura (en griego

    atoma, 'indivisible'), que se mueven por la

    eternidad en un infinito espacio vaco

    (en griego kenon, 'el vaco').

    Larroyo Francisco Lgica y metodologa de las Ciencias, E. Porra, S.A., Mxico, D. F. 1981

    U1_NOC_PRELIM

  • PERODO ANTROPOLGICO

    (IDEAS SOBRE EL HOMBRE)

    450-400 a. de C.

    PROTAGORAS 480-410 a. de C.

    En su obra: Sobre el arte de refutar ...El hombre individual es la medida de todas las cosas...

    PERODO ANTROPOLGICO

    (IDEAS SOBRE EL HOMBRE)

    450-400 a. de C.

    GORGIAS 483-375 a. de C.

    1 El ser permanente no existe;

    2 En caso de que existiera, no podra

    conocerse; y

    3 Admitiendo que existiera, sera imposible

    comunicarla. (negativismo lgico)

    PERODO ANTROPOLGICO

    (IDEAS SOBRE EL HOMBRE)

    450-400 a. de C.

    SCRATES 469-399 a. de C.

    LA MAYETICA, ES EL ARTE DE DAR LUZ

    A LAS IDEAS.

    TEORA LGICA DE LA CONCEPTUACIN

    ...Solo s, que no se nada..

    PERODO SISTEMTICO

    (IDEAS CONJUNTAS)

    440-322 a. de C.

    DEMCRITO 460 -370 a. de C.

    Desarrolla y profundiza el atomismo. Tambin

    formula doctrina lgica de la copia, que con-- siste en reproducir (copiar) en el alma los

    objetos; los que tienen lugar gracias a las

    emanaciones (dolos) de aquellos, los cuales

    llegan a los sentidos del hombre.

    U1_NOC_PRELIM

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 2

  • PERODO SISTEMTICO

    (IDEAS CONJUNTAS)

    440-322 a. de C.

    PLATN 427-347 a. de C.

    Fundador de la academia. (dialctica = conversar)

    Creador de la teora de las Ideas.

    El conocer emprico de los sentidos es subjetivo y Cambiante; no suministra certeza (espitme), sino

    mera opinin (doxa) infundada. Slo gracias a las

    Ideas (conceptos generales) es dable un conocimien-

    to objetivo...

    PERODO SISTEMTICO

    (IDEAS CONJUNTAS)

    440-322 a. de C.

    ARISTTELES 384-322 a. de C.

    Distingue entre la filosofa 1.(metafsica) y la 2.

    (ciencias particulares). Fundador de la Lgica Formal orientada en la Gramtica, pero pone las formas del

    pensamiento (categoras), en relacin con el ser; es

    esencialmente analtica, esto es, busca los elementos del

    pensar (concepto, juicio y razonamiento).

    EDAD MEDIA

    SIGLOS IV AL XIV

    SAN AGUSTN 354-460 d. de C.

    PATRSTICA

    En su obra La Ciudad de Dios, concibe a la Lgica Como parte de la ciencia que ensea los caminos

    Para alcanzar la verdad NOMINALISTAS:

    Los conceptos carecen de existencia, son nombres,

    forjados por la mente, despus de la experiencia

    EDAD MEDIA

    SIGLOS IV AL XIV

    SANTO TOMS DE AQUINO

    1226-1274 D. de C.

    Escolstica. La aclaracin y defensa racional

    de la verdad revelada.

    Comentario de un texto y el examen de un

    problema, mediante argumento en pro y en

    contra.

    El mtodo empleado es el deductivo.

    Es conceptualista

    U1_NOC_PRELIM

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 3

  • RENACIMIENTO

    FRANCISCO BACON 1561-1625

    Opone a la Lgica silogstica, su lgica de

    la induccin.

    El mrito de Bacn, es la exigencia de una

    Lgica que interprete los descubrimientos

    cientficos, para lo cual precisa recurrir a la

    observacin y al experimento

    RENACIMIENTO

    RENAT DESCARTES 1596-1650

    En su obra discurso del mtodo se lanza a la bsqueda de un principio, para de ah derivar los

    dems conocimientos

    ...COGITO ERGO SUM.... ...Pienso luego existo

    RENACIMIENTO

    CHRISTIAN VON

    WOLFF 1679-1754

    La Lgica, es la parte de la Filosofa que

    encamina hacia la verdad y evita el error

    RENACIMIENTO

    JOHN LOCKE 1632-1704

    La Lgica estudia los signos (conceptos)

    adecuados para comprender los hechos

    de las experiencias.

    Funda una teora del empirismo

    U1_NOC_PRELIM

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 4

  • IDEALISMO ALEMAN

    EMMANUEL KANT 1724-1804

    Distingue entre la Lgica Formal, que se

    ocupa de la forma general de pensar y la

    Lgica Trascendental, se empea en

    determinar las condiciones objetivas de

    la ciencia (alberga dentro de s el

    problema del conocimiento)

    IDEALISMO ALEMAN

    GEORG WILHELM

    FRIEDERICH HEGEL

    1770-1831 El mundo se explica por ideas.

    ..todo lo real es ideal y todo lo ideal es real... Todo cuanto existe se halla en perpeta

    transformacin. Tiene tres momentos: tesis,

    anttesis y sntesis.

    IDEALISMO ALEMAN

    JOHANN FRIEDRICH

    HERBART

    (1776-1841)

    ...En la Lgica tiene la tarea de fijar las leyes normales del pensamiento... ...En la Lgica, es preciso ignorar todo lo psicolgico..

    Concibe a la Lgica como el estudio de las

    leyes conforme a las cuales procede la razn.

    Hay 4 principios de la razn suficiente:

    1 De conocer, 2 De existir, 3 de causalidad

    y 4 De querer.

    IDEALISMO ALEMAN

    ARTHUR

    SCHOPENHAUER 1788-1860

    U1_NOC_PRELIM

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 5

  • SIGLO XIX

    AUGUSTO COMTE 1798-1857

    El espritu humano recorre tres estadios,

    el teolgico, el metafsico y el positivo.

    La Lgica Positivista explica los hechos

    dados, ciertos, objetivos; lo que lleva al

    descubrimiento de relaciones permanentes

    de stos, que son las leyes cientficas

    SIGLO XIX

    SIGLO XIX

    Todo se transforma segn las leyes dialcticas:

    de la tesis, anttesis y la sntesis.

    Sientan las bases de la Dialctica materialista

    SIGLO XX

    EDMUND HUSSERL 1859-1938

    La Lgica como ciencia se compone de tres

    estratos:

    1 La Lgica Apofntica (concepto, juicio).

    2 La lgica Proposicional Deductiva

    (inferencias).

    3 La lgica Objetal (la verdad y falsedad

    de los conocimientos).

    KARL MARX 1818-1883

    F. ENGELS 1820-1895

    LENIN (VLADMIR ILICH

    ULINOV)

    1870-1924

    La importancia de un partido

    revolucionario que asuma la direccin

    de la lucha. tambin gener

    una teora acerca del Imperialismo, al

    que consideraba la fase superior del

    Capitalismo.

    U1_NOC_PRELIM

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 6

  • SIGLO XX

    JOHN DEWEY 1859-1952

    La Lgica es la descripcin de los mtodos

    cientficos

    La Lgica es una teora filosfica de la

    investigacin cientfica, vale decir, de la

    investigacin controlada

    SIGLO XX

    G. H. VON WRIGHT 1951--

    En su ensayo Deontic Logic seala que sta, se da en la investigacin de las

    relaciones lgicas entre rdenes o entre

    afirmaciones de la obligacin, la permisin, la

    prohibicin y el facultamiento, etc.

    La presentacin grfica, que propone a partir de: M posible P permitido --M imposible --P prohibido

    --M-- necesario --P-- obligatorio

    obligacin = OP = --P--p

    SIGLO XX

    L. COUTURAT

    A. LALANDE

    1904--

    Lgica Simblica, donde concurren tres

    esenciales caractersticas:

    1 El empleo sistemtico de smbolos para

    representar formas de pensamiento

    ( p, q, r, por ejemplo expresan juicios)

    2 Reduccin de las operaciones del

    pensamiento a operaciones matemticas

    (clculo lgico, uso de funciones, etc.)

    3 Anlisis del lenguaje, de preferencia el

    cientfico, como teraputica del saber.

    Fue desarrollada posteriormente por el

    Crculo de Viena

    Wittgenstein

    Rudolf Carnap

    Tarski

    1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 7

  • CIENCIA

    U1_NOC_PRELIM

    Ciencia General

    Epistemologa

    Ciencia particular+ C.P.+ C.P.

    Teora + Teora = Ciencia

    Ley Cientfica + Ley Cientfica = Teora

    Ley Cientfica ( base, fundamento, origen, razn bajo la cual se procede conforme a la causa inicial )

    Comprobacin

    Hiptesis

    Respuesta Tentativa

    Problemas

    Dudas

    Conocimiento

    vulgar/popular/creencias/mitos

  • 1.3. LA CIENCIA Es la descripcin

    objetiva y racional de

    Universo.

    Eli de Gortari 1957

    CONDICIN:

    CAMPO DE

    ESTUDIO

    METODOLOGA

    CARACTERSTICAS

    OBJETIVA

    EMPLEA

    MEDICIONES

    ESPECFICA

    CONDICIONES

    DE OBSERVACIN

    PERSIGUE LA

    GENERALIZACIN

    CORRECTORA DE

    S MISMA

    ESTUDIO

    SISTEMTICO

    CIENCIA

    INVESTIGACIN

    SUJETO-ORIGINA

    C

    OBJETO-REFIERE

    LENGUAJE-EXPRESA

    M. CULT.-PROM.

    CUALIDAD INNATA: CURIOSIDAD U1_NOC_PRELIM

  • 1.3.

    LA CIENCIA (CLASIFICACIN)

    FORMALES

    FACTUALES

    BIOLOGA

    1.3. CLASIFICACIN DE LAS CIENCIAS

    LGICA

    MATEMTICAS

    NATURALES

    CULTURALES

    FSICA

    QUMICA

    GEOGRAFA

    SOCIOLOGA

    HISTORIA

    POLTICA

    DERECHO CIENCIA

    U1_NOC_PRELIM

  • 1.4. L A S F A S E S y P R O C E S O S D E L M T O D O C I E N T I F I C O

    CRITERIO DE

    FELIPE PARDINAS

    C. DE JOS LUIS

    LPEZ CANO

    C. GUTIRREZ

    ARAGN Y OTROS

    C. DE LUIS PONCE

    ARMENTA

    OBSERVACIN DE

    LOS FENMENOS

    PLANTEAMIENTO

    DEL PROBLEMA

    ESTUDIO DE LAS TEORAS

    Y CONOCIMIENTOS

    REALACIONADOS CON EL

    TEMA QUE SE VA

    INVESTIGAR

    OBSERVACIN SIMPLE Y

    ESTRUCTURADA DE

    FENMENO Y SU

    DELIMITACIN

    FORMULACIN DE UN

    PROBLEMA

    FORMULACIN DE LA

    HIPTEIS

    OBSERVACIN

    PLANTEAMIENTO DEL

    PROBLEMA Y ESTUDIO DE

    LOS CONOC.

    RELACIONADOS CON EL

    FENMENO A INV.

    HIPTESIS

    COMPROBACIN

    DE LA HIPTESIS

    PROBLEMA QUE SE DEDUCE DE LA

    PREGUNTA- QUE

    SURGE DE LA

    OBSERVACIN

    FORMULACIN DE

    LA HIPTESIS

    DISEO DE LA

    PRUEBA O

    COMPROBACIN O

    DESAPROBACIN DE

    LA HIPTESIS

    CONSTRUCCIN DE

    LAS LEYES, TEORAS

    Y MODELOS

    HIPTESIS

    ES LA RESPUESTA O

    RESPUESTAS

    TENTATIVAS A LA

    PREGUNTA

    PROGRAMACIN DE

    LAS ACTIVIDADES

    COMPROBATORIAS

    DE LA HIPTESIS

    CONCLUSIONES O

    PRESENTACIN DE

    RESULTADOS

    DISEO DE LA PRUEBA

    (PARA COMPROBAR O

    DESAPROBAR LA

    HIPOTESIS)

    COMPROBACIN O

    DESAPROBACIN E LA

    HIPTESIS

    RELACIN DEL DISEO

    DE LA PRUEBA

    CONCLUSIONES O

    PRESENTACIN DE

    TEORAS Y MODELOS

    CIENTFICOS

    U1_NOC_PRELIM

  • L O S M T O D O S Y S U C A M P O D E E S T U D I O

    MTODO

    HISTRICO

    MTODO

    ANALGICO

    O

    COMPARATI

    VO

    MTODO

    ESTUDIO DE

    CASO

    MTODO

    SINCRNICO

    MTODO

    DIACRNICO

    MTODO

    FENOMENOL

    GICO

    ESTUDIA LOS

    EVENTOS,

    PROCESOS E

    INSTITUCIONES

    DE LAS

    CIVILIZACIONES,

    CON EL

    PROPSITO DE

    ENCONTRAR LOS

    ORGENES O

    ANTECEDENTES

    DE LA VIDA

    SOCIAL

    CONTEMPORNE

    A Y DE ESTA

    MANERA

    COMPRENDER SU

    NATURALEZA Y

    FUNCIONAMIENTO

    EMPLEA LA

    COMPARACI

    N

    (COTEJAMIEN

    TO) DE LOS

    DIFERENTES

    TIPOS DE

    INSTITUCIONE

    S O GRUPOS

    DE GENTE,

    ANALIZANDO

    Y

    SINTETIZAND

    O SUS

    DIFERENCIAS,

    AS COMO

    SUS

    SIMILITUDES.

    ES UN

    MTODO

    DESCRIPTIVO,

    DONDE SE

    MANEJA UN

    GRAN

    NMERO DE

    VARIABLES E

    INDICADORES

    SOBRE UN

    OBJETO DE

    ESTUDIO

    ES UN MTODO

    QUE EXPLICA

    LOS

    FENMENOS

    SOCIALES A

    TRAVS DE SUS

    RELACIONES

    CON OTROS

    FENMENOS

    QUE SE DAN EN

    EL MISMO

    TIEMPO

    EXPLICA LOS

    FENMENOS

    COMPARNDOLO

    S CON OTROS

    QUE SE HA

    PRESENTADO

    ANTERIORMENTE

    MTODO

    GENERAL QUE

    TRATA DE

    LLEGAR ALA

    CONOCIMIENTO

    DE LAS COSAS

    EN S MISMAS

    CONSIDERADAS,

    ES DECIR TAL

    COMO SE

    PRESENTA SIN

    AGREGAR NADA

    SUBJETIVO

    U1_NOC_PRELIM

  • MTODO

    DEDUCTIVO

    MTODO

    INDUCTIVO

    MTODO

    MAYETICA

    MTODO

    DE

    DESCARTES

    R E G L A S

    TOMA COMO

    FUNDAMENTO

    ALGUNOS

    PRINCIPIOS O

    CONOCIMIENTO

    GENERALES QUE

    SON APLICABLES

    PARA INFERIR

    CONCLUSIONES

    PARTICULARES

    EN EL REA.

    CONSIDERA

    UNA SERIE

    DE

    FENMENOS

    O

    CONOCIMIEN

    TOS

    PARTICULAR

    ES PARA

    LLEGAR A

    CONCLUSIO

    NES

    GENERALES

    CONSISTE

    EN

    PREGUNTAR

    O

    AVERIGUAR

    A FUERZA

    DE LA

    INTERROGA

    CIN

    QU?

    CMO?

    DNDE?

    POR QU?

    PARA

    QU?

    CUNDO?

    QUIN

    (ES)?

    SE TRATA DE

    HALLAR UN

    CAMINO

    EXENTO DE

    TODO

    ENGAO

    POSIBLE,

    DUDA DE

    TODO LO

    PRESENTE

    AN DE LO

    L MISMO HA

    DADO POR

    SEGURO

    EVIDENCIA

    No recibir

    jams una cosa

    como cierta si

    no se conoce

    evidentemente

    como tal.

    ANLISIS

    Dividir cada

    una de las

    dificultades

    entre otras

    tantas comos e

    requiere para

    su mejor

    resolucin

    SNTESIS Llevar en orden

    los

    pensamientos,

    partiendo de

    los ms

    sencillos, ms

    fciles de

    conocer, para

    subir poco a

    poco al

    conocimiento

    de lo

    compuesto.

    CONTROL

    Se hace en

    todas sus

    partes, sin

    omitir nada.

    L O S M T O D O S Y S U C A M P O D E E S T U D I O

    U1_NOC_PRELIM10

  • 21

    UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    U N I D A D 2. L A L G I C A F O R M A L Y LA L G I C A

    D I A L C T I C A

  • 22

    U N I D A D 2. L A L G I C A F O R M A L Y LA L G I C A

    D I A L C T I C A

    LOGIKE, LOGOS=

    PENSAMIENTO

    LGICA

    2.1. LGICA FORMAL 2.2. LGICA DIALCTICA

    CIENCIA QUE ESTUDIA LOS DIVERSOS

    PROCEDIMIENTOS TERICOS Y PRCTICOS

    SEGUIDOS PARA LA ADQUISICIN DEL

    CONOCIMIENTO----RIG. Y SIST. LOS MTODOS

    DE LA INVESTIGACIN CIENTIFICA

    PENSAMIENTO

    ELEMENTOS

    RELACIONES

    OPERACIONES

    ABSTRACCIONES DE SU DESARROLLO

    TRANSFORMACIONES

    SE ENSEA COMO SE UTILIZAN LOS CONCEPTOS,

    LOS JUICIOS, LAS INFERENCIAS Y LOS ARGUMENTOS, PARA PENSAR DE

    UN MODO ORDENADO, PRECISO, ESTO ES, COHERENTE, CONSECUENTE

    Y RIGUROSO.

    PENSAMIENTO CIENTFICO

    DESARROLLO EVOLUTIVO

    CONCEPTOS: SIGNIFICADO, SIGNIFI-

    CANTE Y SIGNIFICTIVO

    ORDENADOS, AGRUPADOS Y

    VINCULADOS

    PRINCIPIOS:

    IDENTIDAD, CONTRADICCIN, TERCER EXCLUIDO,

    (RAZN SUFICIENTE Y CAUSALIDAD JURDICA)

    LEYES:

    *UNIDAD Y LUCHA DE CONTRARIOS

    *TRANSFORMACIN DE LOS CAMBIOS

    CUANTITATIVOS A CUALITATIVOS

    *NEGACION DE LA NEGACIN

    FUNCIONES:

    TESIS, ANTTESIS Y SNTESIS

  • 23

    2.1. CLASIFICACION DE LA LGICA de Mans Puigarnay Jaime

    Lgica para Juristas Casa Editorial Bosch, Barcelona, Espaa

    LGICA FORMAL O

    PURA

    LGICA MATERIAL O

    APLICADA

    LGICA ELEMENTAL

    METODOLOGA O

    LGICA DE LAS

    CIENCIAS

    CONCEPTO

    JUICIO

    RAZONAMIENTO

    PROCEDIMIENTOS

    PARA ALCANZAR

    EL CONOCIMIENTO

    CIENTFICO

    1 AVERIGUA LOS MEDIOS DE CERTEZA

    PARA QUE EL CONOCIMIENTO SEA

    VERDADERO.

    2 DIALOGO y DEBATE.

    3 FALACIA, PARALOGISMO Y SOFISMA.

    CL

    AS

    IFIC

    AC

    ION

    DE

    LA

    L

    GIC

    A

  • 24

    2.3. FUNCIN DE LA DEDUCCIN

    La deduccin es un proceso lgico por el cual,

    partiendo de uno o ms juicios que expresan

    conocimientos ya adquiridos o por lo menos

    postulados, se deriva otro juicio en que se

    expone un conocimiento menos general,

    o lo que es lo mismo particularizando

    e implicando en los antecedentes.

    2.3. FUNCIN DE LA INDUCCIN

    Para inferir inductivamente es necesario practicar

    primero un anlisis en el seno de la compleja

    interrelacin en que se desenvuelven los procesos,

    para poder efectuar despus la sntesis que se

    expresa en la conclusin inferida.

    De Gortari, Eli

    Introduccin a la Lgica Dialctica E. Grijalbo, S.A., Mxico, D. F. 1979.

    F.Ded.

  • 25

    2.3.1. Funcin de la deduccin

    A los juicios que hacen el papel

    de condiciones se les

    denominan premisas,

    al resultado o juicio deducido

    se le llama conclusin y a la

    operacin en conjunto se le

    conoce con el nombre de

    deduccin.

  • 26

    2.3.1.

    Clasificacin de la inferencia deductiva

    Las formas de inferencia deductiva se pueden clasificar de tal manera que su agrupamiento corresponda a su relacin lgica.

    Se consideran entre las principales :

    Inferencias por oposicin, inferencias categricas e inferencias hipotticas.

  • 27

    2.3.1.1. Las inferencias deductivas por oposicin.

    Las inferencias deductivas por oposicin se practican partiendo de un solo juicio como premisa, para obtener como conclusin otro u otros juicios. En esta clase de inferencias intervienen solamente dos trminos, los cuales figuran tanto en la premisa como en las conclusiones.

    Una caracterstica peculiar de este tipo de inferencias es la de que se pueden obtener conclusiones tanto cuando la premisa es vlida, como cuando es falsa; aunque, por supuesto, son diferentes la conclusiones en uno u otro caso.

    Todos los delitos no son dolosos ni culposos, ..(es falso) porque, ni

    Todos los delitos son dolosos.. (es falso) ni

    Todos los delitos son culposos.(es falso), solo

    Algunos delitos son dolosos..(es vlido) y

    Algunos delitos son culposos(es vlido).

  • 28

    2.3.1.2. Las inferencias deductivas categricas Las inferencias deductivas categricas se componen de tres

    juicios:

    Dos premisas y una conclusin. Tanto las premisas como la conclusin pueden ser juicios universales o particulares, expresados en forma categrica, esto es, de una manera explcitamente afirmativa o negativa.

    En este tipo de inferencia intervienen tres trminos. Los dos trminos que constituyen la conclusin son llamados extremos y cada uno de ellos figura tambin en una de las premisas; mientras que el otro trmino es comn para ambas premisas y se denomina termino medio.

    Por consiguiente, cada una de las premisas est formada por el trmino medio y uno de los extremos. Comnmente denominado silogismo.

    Premisa Mayor. Todos los mexicanos son ciudadanos

    Premisa Menor. Todos los ciudadanos son hombres libres, por consiguiente Conclusin. Todos los mexicanos son hombres libres.

  • 29

    2.3.1.3. Las inferencias deductivas hipotticas.

    Las inferencias deductivas hipotticas se efectan partiendo de dos premisas de las cuales se obtiene como resultado una conclusin.

    Entre las dos premisas y la conclusin quedan comprendidos nicamente dos trminos, o sea, que no existe un termino medio en las premisas. En este tipo de inferencias, una de las premisas es un juicio universal y la otra es un juicio singular, mientras que la conclusin es un juicio singular.

    Premisa: La esclavitud o la libertad pueden ser garantas

    mayor individuales en Mxico, pero no las dos cosas a un

    tiempo.

    Premisa menor : La esclavitud no es una garanta individual, por lo

    tanto

    Conclusin: La libertad es una garanta individual.

  • 30

    2.3.2. TEORA DE LA INFERENCIA INDUCTIVA

    TIENE COMO FUNCION

    QUE LO OBTENIDO POR LA EXPERIMENTACIN, DE LA EXPERIENCIA

    PASADA SE INFIERE PREDECIR LA EXPERIENCIA FUTURA

    PARA PODER INDUCIR, SE TIENE QUE HABER DEDUCIDO

    CONSISTE EN EL ESTABLECIMIENTO DE LO MS GENERAL, A

    PARTIR DE LO MENOS GENERAL

    LOS TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS QUE DESTACAN:

    ENUMERACIN, COLIGACION, RECONSTRUCCIN, MATEMTICA

    Y POR RECURSIN

  • 31

    TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS

    2.3.2.1. ENUMERACIN =

    CUANDO DE UN CONJUNTO DE PROCESOS

    SE TOMAN LOS ELEMENTOS UNO A UNO

    2.3.2.2. COLIGACIN =

    PERMITE ESTABLECER UNA RELACIN GENERAL,

    QUE SE ENCUENTRA MPLICITA EN LAS PROPIEDADES

    DE LOS ELEMENTOS DE UN CONJUNTO

    2.3.2.3. RECONSTRUCCIN =

    ES LA QUE ESTABLECE UNA RELACIN

    DESAPARECIDA EN BASE A LOS DOCUMENTOS

    REGISTROS, TESTIMONIOS Y OTROS INDICIOS QUE

    SUBSISTAN (PRUEBAS..)

  • 32

    TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS

    2.3.2.4. MATEMTICA =

    SE REALIZA DETERMINANDO LAS CARACTERISTICAS

    DE UN ELEMENTO CUALQUIERA DE UN CONJUNTO

    DESORDENADO, PARA PONER DE MANIFIESTO

    QUE DICHA DETERMINACIN ES REPETIBLE PARA

    CUALQUIER OTRO ELEMENTO DEL MISMO CONJUNTO

    2.3.2.5. RECURSIN =

    SE EJECUTA CON RESPECTO A UN CONJUNTO CUYOS

    ELEMENTOS CONSTITUYAN UNA SUCESIN ORDENADA

    MOSTRANDO ENTONCES QUE LA RELACIN ENTRE DOS

    ELEMENTOS SUCESIVOS CUALESQUIERA, SE CUMPLE

    IGUALMENTE PARA EL CONJUNTO TOTAL

    De Gortari Eli

    Introduccin a la Lgica Dialctica E. Grijalbo

    T.Inf.Ind

  • 33

    R E G L A S S I L O G S T I C A S

    1a. EL SILOGISMO SE COMPONE DE TRES TERMINOS:

    MEDIO, MAYOR Y MENOR.

    2a. NINGN TRMINO DEBE TENER MAYOR EXTENSIN

    EN LA CONCLUSIN QUE EN LAS PREMISAS. (SI UNO DE ELLOS ES PARTICULAR EN LAS PREMISAS, NO PUEDE SER UNIVERSAL EN

    LA CONCLUSIN)

    3a. EL TRMINO MEDIO NO DEBE ENCONTRARSE EN LA

    CONCLUSIN.

    4a. EL TRMINO MEDIO DEBE SER UNIVERSAL POR LO

    MENOS EN UNA PREMISA.

    5a. DE DOS PREMISAS AFIRMATIVAS NO SE CONCLUYE

    NEGATIVAMENTE.

    6a. DE DOS PREMISAS PARTICULARES NO ES POSIBLE

    CONCLUIR.

    7a. DE DOS PREMISAS NEGATIVAS NO ES POSIBLE

    CONCLUIR.

    8a. LA CONCLUSIN SIGUE A LA PREMISA MS DBIL.

    Son premisas dbiles las particulares y las negativas, de

    manera que si alguna de las dos es particular o negativa,

    la conclusin tambin lo ser.

  • 34

    EL RAZONAMIENTO, es

    PENSAR EXPLICAR ENTENDER RESOLVER

    OBJETIVAMENTE LOS PROBLEMAS,

    DAR LAS NOTAS CONSTITUTIVAS DE UN OBJETO POR MEDIO

    DEL JUICIO.

    EL RACIOCINIO ES EL CORRELATO SUBJETIVO DEL

    RAZONAMIENTO

    MIENTRAS QUE A STE LO TRATA LA LGICA; DE

    QUEL SE OCUPA LA PSICOLOGA

    ES LA SENTENCIA QUE EL PENSAMIENTO VIERTE

    SOBRE EL OBJETO CON LA CUAL ESTABLECE SU

    ESENCIA Y EXISTENCIA.

    ES UNA SNTESIS DE CONCEPTOS

    BUENO MIGUEL

    PRINCIPIOS DE LGICA E- PATRIA

    2.4. EL JUICIO LGICO

  • 35

    A

    I O

    E

    S U B C O N T R A R I O S

    C O N T R A R I O S

    S U

    B A

    L T

    E R

    N O

    S

    S U

    B A

    L T

    E R

    N O

    S

    2.4.1. L O S J U I C I O S L G I C O S

  • 36

    2.4.1. JUCIOS LGICOS CONTRADICTORIOS

    JUICIO A: TODO INDIVIDUO GOZAR DE LAS GARANTAS QUE OTORGA ESTA CONSTITUCIN... (ART. 1o. CPEUM)

    JUICIO O: ALGUNOS HOMBRES NO SON LIBRES... EN ALUSIN (ART. 2o. CPEUM)

    JUICIO E: NINGUN MEXICANO TIENE TTULOS DE NOBLEZA.. EN ALUSIN (ART. 12o. CPEUM)

    JUICIO I: ALGUNOS ACTOS APEGADOS A LA LEY MERECEN SANCIN PENAL...

  • 37

    2.4.1. JUCIOS LGICOS, POR SU MODALIDAD

    JUICIO PROBLEMTICO: LA CATEGORA EN QUE SE FUNDA ES

    LA POSIBILIDAD; NDICA QUE ALGO PUEDE SUCEDER:

    MAANA PUEDE ESTALLAR LA HUELGA ES PROBABLE QUE DESIGNEN A UN NUEVO SECRETARIO

    JUICIO ASERTRICO: PROVIENE DE LA SEGUNDA CATEGORA

    DE LA MODALIDAD, O SEA DE LA REALIDAD.

    LOS PRINCIPIOS DE LA LGICA: SON EL DE IDENTIDAD, DE NO CONTRADICCIN, TERCERO EXCLUDO Y RAZN SUFICIENTE QUIN ES PRIMERO EN TIEMPO, ES PRIMERO EN DERECHO

    JUICIO APODCTICO: REVISTE EL MXIMO GRADO DE VERDAD

    QUE OBTIENE EL CONOCIMIENTO.

    LA BASE PARA QUE HAYA JUSTICIA SOCIAL ES EL RECONOCI- MIENTO DE LA IGUALDAD JURDICA QUE ASISTE A TODOS LOS

    HOMBRES NADA SE CREA, NADA SE PIERDE; TODO SE TRANSFORMA LAVOISER

  • 38

    2.4.2. DIVISIN, CLASIFICACIN DE. TIPOLOGIA DE LOS JUICIOS LGICOS

    1. CUALIDAD AFIRMATIVOS

    NEGATIVOS

    2. CANTIDAD

    UNIVERSALES

    PARTICULARES

    SINGULARES

    3. RELACIN

    CATEGRICOS

    HIPOTTICOS

    OPOSICIN

    4. MODALIDAD

    PROBLEMATICO

    APODICTICO

    ASERTORICO

    DILEMA

    ENTIMEMA

    EPIQUEREMA SORITES

    INF. DEDUCTIVA INF. INDUCTIVA

    ENUMERACION

    COLIGACIN

    MATEMATICA

    RECURSIN

    RECONSTRUCCION

    TIPOJLOG

    CONTRADICTORIOS

    GENERALES

  • 39

    2.4.2. JUICIOS DERIVADOS DEL SILOGISMO

    2.4.2.1. DILEMA:

    IMPLICA LA POSIBILIDAD DE DOS CONCLUSIONES.

    EL AUTENTICO DILEMA ES DISYUNTIVO.

    LOS HOMBRES SON LIBRES O ESCLAVOS

    SE DERIVAN

    T NO ERES ESCLAVO, AS ES QUE

    T ERES LIBRE.

    O

    T NO ERES LIBRE, POR LO TANTO

    TU ERES ESCLAVO.

    FORM.DER.SILOG.

  • 40

    2.4.2.2. ENTIMEMA:

    ES UN SILOGISMO QUE SUPONE UNA

    PREMISA SIN EXPRESARLA.

    ME SIENTO BIEN, LUEGO HE DESCANSADO

    EL SILOGISMO COMPLETO SERA AS:

    EL DESCANSO ORIGINA BIENESTAR

    ME SIENTO BIEN, POR CONSIGUIENTE

    HE DESCANSADO

  • 41

    2.4.2.3. EPIQUEREMA

    ES OTRA FORMA DE ABREVIAR EL RAZONAMIENTO,

    ADMITIENDO IMPLCITAMENTE LA PRUEBA DE UNA O VARIAS

    PROPOSICIONES QUE EN RIGOR, HABRA QUE DEMOSTRAR.

    LOS ALUMNOS APLICADOS TIENEN XITO EN LA VIDA

    EL DESARROLLO DEL RAZONAMIENTO SERA COMO SIGUE:

    2.4.2.4. SORITES

    LOS ALUMNOS APLICADOS ESTUDIAN; QUIEN ESTUDIA APRENDE;

    QUIEN APRENDE, SABE;

    QUIEN SABE, TRABAJA;

    QUIEN TRABAJA, PROGRESA;

    QUIEN PROGRESA, TIENE XITO EN LA VIDA; LUEGO ENTONCES

    LOS ALUMNOS APLICADOS TIENEN XITO EN LA VIDA

  • 42

    2.5. LOS SUPUESTOS Y HECHOS JURDICOS

    Todo juicio normativo expresa uno o varios deberes,

    cuya actualizacin depende de que se realicen ciertos

    supuestos.

    Normas

    Jurdicas

    Genricas

    Normas

    Morales

    Clases de

    Juicios

    Normativos

    Encierran una o

    varias hiptesis

    obligaciones

    derechos

    Imperativo

    atributivas

    Encierran una o

    varias hiptesis

    Imperativo

    obligaciones

    derechos

    sancin

  • 43

    LOS AUTORES MODERNOS NO EMPLEAN EL TRMINO DE

    SUPUESTO JURDICO, SINO DE HECHO JURIDICO

    Fritz Schreirer

    Norma = Hiptesis

    Hecho = Realizacin de tal hiptesis

    Supuesto = es un hecho que produce

    un efecto jurdico

    Korkounov

    Norma Jurdica

    Genrica

    Hiptesis

    Disposicin

    Supuesto jurdico

    ...conjunto de condiciones, de cuya realizacin depende

    la vigencia de la segunda...

    Indica qu consecuencias

    normativas se encuentran

    determinadas por la

    realizacin del supuesto

  • 44

    Los supuestos jurdicos dan

    origen a

    1. Nacimiento

    2. Transmisin

    3. Modificacin

    4. Extincin

    Facultades y

    Obligaciones

    Helmhltz

    Ley natural =

    ...al presentarse la causa, el efecto prodcese fatalmente, si las

    condiciones que la ley

    enuncia no varan... Ejemplo:

    ..si un cuerpo es sometido a la Influencia del calor....

    Norma Jurdica =

    ...a determinados supuestos (que en cierto respecto son

    Iguales), imptanse determinadas

    consecuencias (que en otro

    cierto respecto tambin son

    Iguales)... Ejemplo:

    ....si alguien encuentra un tesoro en terreno ajeno...

  • 45

    Supuestos

    Jurdicos

    simples

    complejos

    La mayora de edad...

    El homicidio calificado

    El homicidio

    La premeditacin

    La alevosa

    La ventaja

    Hechos

    Jurdicos

    Dependientes

    Independientes

    ..aquellos en relacin con los cuales vale la ley de que slo pueden existir

    como partes de un todo....

    ..son los que producen por s mismos consecuencias de derecho, sin

    necesidad de hallarse unidos a otros....

  • 46

    Hechos Jurdicos

    segn

    Francesco Carnelutti

    Hechos Jurdicos

    1. Naturales o causales

    2. Humanos o voluntarios

    3. Actos jurdicos

    Lcitos

    Actos Jurdicos

    stricto sensu

    Actos ilcitos Garca Maynez Eduardo

    Introduccin al Estudio del Derecho E. Porra, S.A. Mxico, D.F..

  • 47

    2.5. EL SUPUESTO Y LO DENTICO JURDICO

    LGICA DENTICA

    RAMA DE LA CIENCIA LGICA-FORMAL,

    QUE EMPLEA Y SIMBOLIZA FUNDAMENTALMENTE

    MATERIAL LINGSTICO RELACIONADO

    CON LA FUNCIN NORMATIVA,

    PARA EL ANLISIS DEL RAZONAMIENTO

    DE LAS ESTRUCTURAS FORMALES

    DE LA COMUNICACIN.

  • 48

    2.5.2

    MODALIDADES

    DE LAS

    NORMAS DE

    CONDUCTA

    MAXIMALES

    (CERTEZA

    SOBRE LA

    CONDUCTA

    REGULADA)

    MINIMALES

    (INCERTIDUMBRE

    SOBRE

    LA CONDUCTA

    REGULADA)

    OBLIGACIN

    PROHIBICIN

    FACULTAMIENTO

    NO PERMISO

    PERMISO

    NO OBLIGACIN

    NO PROHIBICIN

    NO FACULTAMIENTO

    O

    V

    F

    P

    --P

    --O

    --V

    --F

  • 49

    OBLIGACIN

    Vnculo que sujeta a hacer o abstenerse de hacer algo, establecido por

    precepto de ley, por voluntario otorgamiento o por derivacin recta de

    ciertos actos.

    La obligacin dicen las Institutas, es un vnculo jurdico por el que

    somos constreidos por la necesidad de pagar alguna cosa, segn las

    Leyes de nuestra ciudad.

    PROHIBIR

    Vedar o impedir el uso o ejecucin de algo. Estorbar o dificultar.

    FACULTAD

    Aptitud, potencia fsica o moral. Poder, derecho para hacer algo.

    Tener facilidad, tiempo o lugar de hacer.

    Capacidad para operar competentemente en una determinada actividad.

    PERMISO

    Licencia o consentimiento para hacer o decir algo.

    Perodo durante el cual alguien est autorizado para dejar su trabajo u

    otras obligaciones.

  • 50

    LAS MODALIDADES DE LA CONDUCTA

    LGICA DENTICA

    ACCIN = p OMISIN = --p

    Op ( Pp --Pp)

    obligacin

    La obligacin de una accin

    es equivalente a la conjuncin

    del permiso de la accin y del no

    permiso de la omisin

    Ejemplo: art. 304 de Cdigo Civil para el D.F.: ..Los hijos estn obligados a dar alimentos a los padres..., Significa, que los hijos tienen permiso de dar alimentos a los padres y no tienen permiso de no

    darles alimentos. El permiso implcito en una obligacin se

    denomina, en teora general del Derecho, permiso del obligado.

    O p (P --p --Pp)

    omisin

    La obligacin de una omisin es

    equivalente a la conjuncin del permiso

    de la omisin y del no permiso de la

    accin

    Lo mismo con la prohibicin, el facultamiento y el no permiso

    ^

    ^

  • 51

    Vp (--Pp Pp)

    prohibicin

    Ejemplo: art. 23 Constitucional prescribe: ..queda prohibida la prctica de absolver de la instancia... lo que en trminos de la modalidad bsica, significa que no se permite absolver de la instancia y si se permite no absolver de la instancia

    V--p (--P--p Pp)

    omisin

    La prohibicin de la omisin es equivalente

    la conjuncin del no permiso de la omisin

    y del permiso de la accin misma

    La prohibicin de una accin es

    equivalente a la conjuncin del no permiso

    de la accin y al permiso de la omisin

    facultamiento

    Fp (Pp P --p) Ejemplo, el art. 131 de la Constitucin, expresa que ...Es facultad privativa de la federacin gravar las mercancas que se importen o exporten [...]

    Lo que significa que la Federacin tiene permiso de gravar tales

    mercancas y tambin tiene el permiso de no gravarlas

    Expresin Dentica Jurdica

    ^

    ^

    ^

  • 52

    omisin

    no permiso

    F p (Pp P --p)

    --Pp ( --Pp Pp )

    Ejemplo, art. 1843, del Cdigo Civil indica ...la clusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuanta a la obligacin

    principal.. lo que significa que los contratantes no tienen permiso de estipular una clusula penal que exceda a la

    obligacin principal y s tienen permiso de no estipularla.

    Op V --p

    O --p Vp

    V p --P --p

    Vp --Pp

    Op --P--p

    O --p --Pp

    Fp F--p Ley d

    e la c

    onm

    uta

    ci

    n L

    ey d

    e la

    conm

    uta

    ci

    n

    ^

    ^

  • 53

    Ejemplo de silogismo disyuntivo

    Op Oq

    --Op _________ Op

    El artculo 14 constitucional determina que ...en los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deber ser conforme a la letra, o a la

    interpretacin jurdica de la ley.. [..]

    Razonamiento vlido que se puede simbolizar y leer:

    PRIMERA PREMISA:

    El juez en razn del precepto constitucional citado,

    tiene la obligacin de dictar sentencia conforme a la letra o

    conforme a la interpretacin jurdica de la ley.

    SEGUNDA PREMISA:

    Y de acuerdo con los datos del caso, no tiene la

    obligacin de dictar sentencia conforme a la letra de

    la ley.

    CONCLUSIN:

    Luego entonces; el Juez, se encuentra obligado

    a dictarla conforme a la interpretacin de la ley.

    \/

  • UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO

  • 55

    UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO

    3.1. TEORA DE LOS TRES CRCULOS EDUARDO GARCA MYNEZ

    DERECHO

    INTRNSECAMENTE

    VLIDO. JUSTO O NATURAL

    (DERECHO NATURAL)

    DERECHO

    POSITIVO FORMAL O SOCIALMENTE

    VLIDO

    CUANDO GOZA DE MAYOR O

    MENOR EFICACIA

    (DERECHO POSITIVO)

    DERECHO

    FORMALMENTE

    VLIDO RECONOCIDO P0OR LA

    AUTORIDAD SOBERANA

    EN UN DETERMINADO TIEMPO

    Y LUGAR

    (DERECHO VIGENTE)

    U3_C_Do

  • 56

    LAS SIETE POSIBILIDADES:

    1. Derecho formalmente vlido,

    sin positividad ni valor intrnseco.

    (DV) (No DP) (No DN)

    Artculo 22 de la Constitucin

    2. Derecho intrnsecamente valioso, dotado

    adems de vigencia o validez formal pero

    carente de positividad.

    (DN) (DV) (No DP)

    Artculo 139 del Cdigo Civil para el D.F.

    3. Derecho intrnsecamente vlido, no

    reconocido por la autoridad poltica y

    desprovisto de eficacia.

    (DN) (No DV) (No DP)

    Principios ideales, fuentes reales que deben sujetarse los legisladores o jurisconsultos.

    por ejemplo: ...no debe existir la eutanasia...

    4. Derecho formalmente vlido, sin valor

    intrnseco, pero provisto de facticidad.

    (DV) (No DN) (DP)

    El anatocismo, el aborto

    5. Derecho positivo, formal e intrnsecamente

    vlido.

    (DP) (DV) (DN)

    Las garantas individuales consagradas en la parte dogmtica de nuestra Constitucin.

    6. Derecho intrnsecamente vlido, positivo

    pero sin validez formal.

    (DN) (DP) (No DV)

    La observancia de reglas de costumbre no reconocidas por el Estado.

    Por ejemplo las costumbres de los pueblos indgenas.

    7. Derecho positivo (consuetudinario), sin

    vigencia formal ni validez intrnseca.

    (DP) (No DV) (No DN)

    Las reglas de honor que determinados pases seguan en los duelos.

    U3_C_Do

  • 57

    TEORA DE LOS TRES CRCULOS de EDUARDO GARCA MYNEZ

    Siete posibilidades lgicas

    1. Derecho formalmente vlido, sin positividad ni valor

    intrnseco. (DV) (No DP) (No DN)

    2. Derecho intrnsecamente valioso, dotado adems

    de vigencia o validez formal pero carente de

    positividad.

    (DN) (DV) (No DP)

    ( ) Las reglas de honor que determinados pases seguan en

    los duelos.

    3. Derecho intrnsecamente vlido, no reconocido por

    la autoridad poltica y desprovisto de eficacia.

    (DN) (No DV) (No DP)

    ( ) Las garantas individuales consagradas en la parte dogmtica de nuestra

    Constitucin.

    4. Derecho formalmente vlido, sin valor intrnseco,

    pero provisto de facticidad. (DV) (No DN) (DP)

    ( ) Artculo 22 de la Constitucin 5. Derecho positivo, formal e intrnsecamente

    vlido. (DP) (DV) (DN)

    ( ) La observancia de reglas de costumbre no reconocidas por el Estado. Por ejemplo las

    costumbres de los pueblos indgenas.

    6. Derecho intrnsecamente vlido, positivo

    pero sin validez formal. (DN) (DP) (No DV)

    ( ) Artculo 139 del Cdigo Civil para el D.F.

    7. Derecho positivo (consuetudinario), sin vigencia

    formal ni validez intrnseca. (DP) (No DV) (No DN)

    ( ) Principios ideales, fuentes reales que deben sujetarse los legisladores o jurisconsultos.

    por ejemplo: ...no debe existir la eutanasia...

    ( ) El anatocismo, el aborto

    DERECHO

    INTRNSECAMENTE

    VLIDO.

    JUSTO O NATURAL

    (DERECHO NATURAL)

    DERECHO

    FORMALMENTE

    VLIDO

    RECONOCIDO P0OR LA

    AUTORIDAD SOBERANA

    EN UN DETERMINADO

    TIEMPOY LUGAR

    (DERECHO VIGENTE)

    DERECHO POSITIVO

    FORMAL O

    SOCIALMENTE VLIDO

    CUANDO GOZA DE

    MAYOR O MENOR

    EFICACIA (DERECHO

    POSITIVO)

    T3C_06

    U3_C_Do

  • 58

    3.2. PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA

    3.2.1. IDENTIDAD. TODO OBJETO ES IDNTICO A S MISMO (A es A).

    LOS PENSAMIENTOS SON IDNTICOS ENTRE S; SI POSEEN

    LA MISMA EXTENSIN;

    TODO PENSAMIENTO

    ENUNCIADO ES IDNTICO A S

    MISMO, SI SU EXTENSIN

    PERMANECE INVARIABLE.

    CONCEPTO ANLOGO, Y

    CORRESPONDIENTE DEL SER

    PREDICATIVO COMO

    INHERENCIA.

    AXIOMA I

    PrincLogJur

    U3_C_Do

  • 59

    3.2.2. DE (NO) CONTRADICCIN

    NINGN OBJETO PUEDE SER Y DEJAR DE SER AL MISMO

    TIEMPO LO QUE ES

    (A NO ES, NO A).

    PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA

    DOS DISPOSICIONES CONTRADICTORIAS

    NO PUEDEN SER (VALIDAS) A LA VEZ

    VERDADERAS.

    NO SE APLICA EN EL DERECHO;

    PORQUE SE ELIMINARAN LAS VAS

    O REGLAS PARA EL COMPORTAMIENTO

    HUMANO.

    AXIOMA II

    U3_C_Do

  • 60

    PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA

    3.2.3. TERCER EXCLUDO

    UN OBJETO ES O NO ES ALGO: NO CABE

    UN TERCER TRMINO (A ES B, O NO ES B)

    DE DOS JUICIOS QUE SE NIEGAN,

    UNO ES NECESARIAMENTE VERDADERO.

    CUANDO DOS NORMAS DE DERECHO

    SE CONTRADICEN,

    NO PUEDEN MBAS CARECER

    DE VALIDEZ.

    AXIOMA III

    U3_C_Do

  • 61

    ( LEIBNIZ )

    3.2.4. RAZN SUFICIENTE

    TODOS LOS OBJETOS DEBEN TENER UNA RAZN SUFICIENTE QUE LOS EXPLIQUE

    PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA

    PARA CONSIDERAR QUE UNA

    PROPOSICIN ES COMPLETAMENTE CIERTA,

    HA DE SER DEMOSTRADA,

    ES DECIR, HAN DE CONOCERSE

    SUFICIENTES FUNDAMENTOS,

    EN VIRTUD DE LOS CUALES DICHA

    PROPOSICIN SE TIENE POR VERDADERA.

    AXIOMA IV U3_C_Do

  • 62

    PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA

    (F. SCHEREIR)

    3.2.5. CAUSALIDAD JURDICA.

    TODA CONSECUENCIA JURDICA SE ENCUENTRA

    CONDICIONADA POR DETERMINADO SUPUESTO,

    ES DECIR, NO HAY CONSECUENCIA JURDICA,

    SIN SUPUESTO DE DERECHO, CONTENIDO EN UNA

    DISPOSICIN O NORMA QUE AS LO ESTABLEZCA.

    RESTRICTIVO, ESPECFICO Y LIMITATIVO EN

    MATERIA PENAL Y FISCAL.

    (AFORISMOS LATINOS)

    U3_C_Do

  • 63

    3.3. LA APLICACIN DE LOS PRINCIPIOS

    PRINCIPIOS

    ONTOLGICOS

    PRINCIPIOS

    LGICOS

    PRINCIPIOS

    ONTOLGICOS-

    JURDICOS

    PRINCIPIOS

    LGICO-JURDICOS

    1.IDENTIDAD:

    Todo objeto es idntico a si mismo

    1.IDENTIDAD:

    El juicio que afirma la identidad de un

    objeto consigo

    mismo es

    necesariamente

    verdadero

    1.IDENTIDAD:

    Todo objeto del conocimiento es

    idntico a si mismo

    1.IDENTIDAD:

    La norma que permite lo que no esta

    jurdicamente prohibido

    o prohbe lo que no esta

    jurdicamente permitido

    es necesariamente

    vlida

    2. CONTRADICCIN

    Ningn objeto puede ser, al mismo tiempo, P y

    no P.

    2. CONTRADICCIN

    Dos juicios contradictorios no

    pueden ser verdaderos

    ambos

    2. CONTRADICCIN

    Ninguna conducta puede hallarse, al mismo

    tiempo, jurdicamente

    prohibida y

    jurdicamente permitida

    2. CONTRADICCIN

    Dos normas de derecho contradictorias entre s

    no pueden ambas ser

    vlidas

    3. TERCERO EXCLUDO

    Todo objeto tiene que ser necesariamente P o

    no P

    3. TERCERO EXCLUDO

    Dos juicios contradictorios no

    pueden ambos ser

    falsos

    3. TERCERO EXCLUDO

    La conducta jurdicamente regulada

    slo puede hallarse

    prohibida o permitida

    3. TERCERO EXCLUDO

    Dos normas jurdicas contradictorias no

    pueden ambas carecer

    de validez

    4. RAZN SUFICIENTE

    Todo objeto tiene su razn suficiente

    4. RAZN SUFICIENTE

    Todo juicio, para ser verdadero, ha menester

    de un fundamento

    suficiente

    4. RAZN SUFICIENTE

    Todo objeto del conocimiento jurdico

    tiene su razn

    suficiente

    4. RAZN SUFICIENTE

    Toda norma para ser vlida ha menester de un

    fundamento suficiente

    PRICOLOGJUR

    Garca Mynez Eduardo

    Introduccin a la Lgica Juridica Editorial Porra, S.A.; Mxico, D.F. 2001

    U3_C_Do

  • 64

    CONFESIONAL TESTIMONIAL PERICIAL DOCUMENTAL

    PBLICA, PRIVADA INSPECCIN

    RECONOCIMIENTO

    TACITO O EXPRESO

    DE UNA DE LAS

    PARTES, DE LOS

    HECHOS

    TESTIMONIO, PARA

    ACREDITAR

    AFIRMACIONES O

    NEGATIVAS,

    CONTENIDAS EN LA

    DEMANDA O EN LA

    CONTESTACIN

    ACTIVIDAD PROCESAL

    POR ENCARGO

    JUDICIAL, SUMNISTRA

    AL JUEZ ARGUMENTOS

    O RAZONES DE

    CONVICCIN ,

    RESPECTO A CIERTOS

    HECHOS, QUE SE

    ESCAPAN AL COMUN

    DE LA GENTE

    AQUELLOS

    DOCUMENTOS CUYA

    FORMULACIN ESTA

    ENCOMENDADA POR

    LEY A UN

    FUNCIONARIO.

    AQUELLOS ACTOS

    HUMANOS CAPACES

    DE SER CAPTADOS

    POR LA VISTA O POR

    EL TACTO

    CONSISTE EN LA

    PRESENCIA DE LA

    AUTORIDAD EN

    DETERMINADO SITIO

    PARA ACREDITAR LA

    EXISTENCIA DE

    CIERTOS HECHOS O

    CUESTIONES

    ERES POSEEDOR DE

    UNA VERDAD

    ERES POSEEDOR DE

    UNA VERDAD

    TEMPORAL, DIRECTA,

    MEDIATA

    ERES POSEEDOR DE

    UNA VERDAD

    INTEMPORAL,

    INDIRECTA E

    INMEDIATA

    UNA VERDAD DE UN

    ACTO O HECHO ES

    TOMADA PARA

    INFERIR OTRA VERDAD

    HAY UNA VERDAD

    EXTERNA PERO QUE

    INCIDE EN EL

    PROCESO

    LA VERDAD NO

    APARECE EN TU

    PROCESO

    LA VERDAD APARECE

    EN UN PROCESO

    ESA VERDAD APARECE

    EN UN PROCESO

    HAY UNA VERDAD

    EVIDENTE, EN IDEAS O

    COSAS, QUE ESTN

    AH EN EL PROCESO

    QUE LA VERDAD YA

    CALIFICADA SEA

    TRAIDA AL PROCESO

    QUE ME INTERESA DES

    A CONOCER ESA

    VERDAD

    QUE ME INTERESA QUE

    CONFIRMES LA

    EXISTENCIA DE ESA

    VERDAD

    QUE ME INTERESA QUE

    CALIFIQUES SU

    PROBABLE

    EXISTENCIA

    ME INTERESA QUE T

    COMO AUTORIDAD

    INFIERAS DE ELLAS,

    LA VERDAD

    QUE TU COMO

    AUTORIDAD DEBES

    CALIFICAR ESA

    VERDAD

    PORQUE ESA VERDAD

    APOYA LA

    DEMOSTRACIN DE MI

    PRETENSIN

    PORQUE ESA VERDAD

    APOYA LA

    DEMOSTRACIN DE MI

    PRETENSIN

    PORQUE AS APOYAS

    LA PROBABLE

    DEMOSTRACIN DE MI

    PRETENSIN

    ESA VERDAD INFERIDA

    DE CERTEZA A LA

    DEMOSTRACIN DE MI

    PRETENSIN

    QUE DEMOSTRADA LA

    VERDAD APOYE MI

    PRETENSIN

    EL ELEMENTO LGICO EN LA PRUEBA PROCESAL (p p)

    C. VERDAD

    3.3. LA APLICACIN DE LOS PRINCIPIOS

    U3_C_Do10

  • 65

    UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA

    INTERPRETACIN Y DE LA

    ARGUMENTACIN

  • 66

    TEORA COGNITIVA FORMAL

    Interpretar es verificar el significado objetivo de los textos normativos y/o la intencin subjetiva de sus autores. Las palabras tienen un significado propio intrnseco, dependiente de la relacin natural entre palabra y realidad.

    Todo texto admite solo una interpretacin verdadera.

    El objetivo de la interpretacin consistente en descubrir este significado objetivo o esta voluntad subjetiva preexistentes.

    Todo sistema jurdico es completo sin lagunas- y coherente sin antinomias-.

    No existe discrecionalidad judicial, los jueces solo aplican el derecho existente, no crean nada nuevo.

    Sujecin del juez a la ley, separacin de poderes.

    Certeza del derecho.

    Slo hay una respuesta correcta.

    UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA INTERPRETACIN Y DE LA

    ARGUMENTACIN

    4.1. Conceptos generales de interpretacin

    U4_NOC-INT_ARG

  • 67

    TEORA ESCPTICA DE LA INTERPRETACIN

    Es una actividad no de conocimiento sino de valoracin y de decisin.

    Toda palabra tiene el significado que le incorpora el emitente o el que le incorpora el que la usa.

    Todo texto puede ser entendido en una pluralidad de modos dependiendo de las posturas valorativas de los intrpretes.

    Las normas jurdicas son el resultado de la interpretacin.

    Los sistemas jurdicos no son nunca ni completos ni coherentes.

    Frente a una laguna o antinomia, los jueces crean derecho nuevo legisladores-

    Descuida los lmites o vnculos objetivos a los que las elecciones de los intrpretes estn fatalmente sujetas.

    U4_NOC-INT_ARG

  • 68

    TEORA INTERMEDIA

    La interpretacin es a veces una actividad de conocimiento y a veces una actividad de decisin discrecional.

    Vaguedad e indeterminacin de casi todos los textos normativos.

    Se puede distinguir un ncleo esencial luminoso y en torno suyo, una indefinida zona de penumbra.

    Para toda norma existen casos fciles y casos difciles zona penumbra-, aplicacin dudosa que cae en al menos dos soluciones alternativas.

    Es falso que las decisiones de los jueves sean siempre controladas por normas preconstituidas, sin mrgenes de discrecionalidad y tambin que los jueces decidan discrecionalmente siempre y de cualquier modo.

    Se puede distinguir entre descubrir el significado de un texto normativo y adscribir significado a un texto normativo.

    La distincin entre casos fciles y difciles es objetiva.

    U4_NOC-INT_ARG

  • 69

    4.2. Concepto de argumentacin jurdica.

    lenguaje pensamiento

    exp.

    proposicin

    termino

    argumento

    juicio

    concepto

    raciocinio

    exp.

    exp.

    exp.

    trasciende

    para convencer

    Fines didcticos

    Polmica

    Persuadir

    dialogo

    debate

    adoctrina vs.

    ignorancia

    defiende un

    punto de vista

    evidenciar

    la verdad

    Mans Puigarnau Jaime M.

    Lgica para juristas Bosch, Casa Editorial, S.A.

    Barcelona, Espaa,

    Lgica Formal

    U4_NOC-INT_ARG

  • 70

    La criteriologa

    proceso

    mental certeza posesin

    de la verdad

    superacin

    de la duda incertidumbre

    adecuacin

    entre el conocimiento

    y el objeto

    error

    disconformidad

    entre el conocimiento

    y el objeto

    ignorancia

    *Estado mental de

    seguridad.

    *De firme adhesin

    o asentimiento

    a la verdad de una

    proposicin, fundado

    en una razn.

    *Excluye la

    contradiccin

    inseguridad

    prueba y

    demostracin

    Manifestacin de la

    realidad de un hecho

    Manifestacin de la

    verdad de una tesis

    Lgica aplicada

    U4_NOC-INT_ARG

  • 71

    Criterio de verdad

    Criterio del sentido

    comn

    Criterio de evidencia

    ARGUMENTOS

    Analoga

    Congruencia

    Hiptesis

    Principio

    Regla

    Canon

    pen

    sam

    ien

    to

    Reconoce la verdad

    Distingue el error

    emisin

    de juicios

    Caracterstica

    innata del

    entendimiento

    razn

    memoria

    inteligencia

    Se funda en la semejanza y la desemejanza

    Coincide la vedad demostrada con otras (Arm)

    Suposicin de juicios

    U4_NOC-INT_ARG

  • 72

    4.2.1. PROCESOS COGNITIVOS SUPERIORES

    ANLISIS es la descripcin o interpretacin de una situacin o de un objeto

    cualquiera a partir de los elementos ms simples de la situacin o del objeto

    en cuestin. La finalidad de este procedimiento es disolver la situacin o el

    objeto en sus elementosp.63

    SNTESIS Este trmino aparte de tener el significado comn de unificacin, coordinacin

    o composicin, tiene otros como: procedimiento opuesto al del anlisis; unidad

    dialctica de los opuestos; el de la unificacin de los resultados de las ciencias

    de la Filosofa..p.1078

    COMPARAR Es fijar la atencin en dos o ms objetos para descubrir sus relaciones o

    estimar sus diferencias o semejanza, tambin es cotejar Microsoft Encarta 2008.

    ABBAGNANO NICOLA

    DICCIONARIO DE FILOSOFA

    E. F.C.E., MXICO, D.F. 2003

  • 73

    ABSTRACCIN Operacin mediante la cual cualquier cosa es elegida como objeto de percepcin,

    atencin, observacin, consideracin, investigacin, estudio, etc., y aislada de

    otras cosas con las cuales se encuentra en una relacin cualquier.p.4

    4.2.1. PROCESOS COGNITIVOS SUPERIORES

    PARTICULARIZACIN Expresar algo con todas sus circunstancias y particularidades. Hacer distincin

    especial de alguien en el afecto, atencin o correspondencia. Distinguirse,

    singularizarse en algo. Microsoft Encarta 2008. 1993-2007

    GENERALIZACIN La operacin intelectual que da lugar a un trmino o a una proposicin general.

    algunas veces se aplica tambin a la induccin o la construccin de una hiptesis

    que con mayor propiedad, deberan llamarse operaciones de universalizacinp.583

    ABBAGNANO NICOLA

    DICCIONARIO DE FILOSOFA

    E. F.C.E., MXICO, D.F. 2003

  • 74

    Idea que concibe o forma el entendimiento.

    Pensamiento expresado con palabras.

    sus acepciones

    Restringida: significacin lgica del vocablo.

    por ejemplo: hombre, mundo realidad

    Amplia: se refiere a todo el conocimiento, que es

    predicado de un objeto.

    Fijar con claridad, exactitud y precisin la

    significacin de una palabra o la naturaleza

    de una persona o cosa. (EMPLEO DEL VERBO SER)

    CLASIFICACIN

    SEGN SU CANTIDAD

    Concepto universal: Todos los objetos.

    Concepto general: Muchos objetos.

    Concepto particular: Algunos objetos.

    Concepto singular: Un objeto.

    4.2.2.

    CONCEPTO

    DEFINICIN

    U4_NOC-INT_ARG

  • 75

    4.2.2. LAS CATEGORAS CONCEPTUALES ARISTTELICAS

    1. SUBSTANCIA: SE REFIERE A LA MATERIA DE QUE EST

    HECHO EL OBJETO: El cajn de madera

    2. CANTIDAD : ES EL NMERO O LA MEDIDA QUE SE APLICA:

    Tengo un lpiz

    3. CUALIDAD: EL MODO DE SER ESENCIAL DEL OBJETO:

    Los libros para leerse

    4. RELACIN: ES LA COMPARACIN DE UN OBJETO CON OTROS:

    El Monte Everest, el ms alto del mundo

    5. ESPACIALIDAD: ES LA PROPIEDAD DE EXISTIR EN EL ESPACIO:

    El agua cubre tres cuartas partes de la superficie terrestre

    U4_NOC-INT_ARG

  • 76

    7. ACCIN: DENOTA UN ACTO EJERCIDO SOBRE UN OBJETO.

    Yo te ordeno que me obedezcas

    8. PASIN: ES EL ACTO SUFRIDO POR EL OBJETO.

    Un animal ha muerto en la carretera

    9. POSICIN: SE REFIERE AL MODO DE ESTAR LAS COSAS.

    La carpeta sobre la mesa

    10.ESTADO: INDICA EL MODO DE SER ACTUAL DEL OBJETO:

    Mi casa nueva

    6. TEMPORALIDAD: ES LA PROPIEDAD DE TRANSCURRIR

    EN EL TIEMPO. He dormido 10 horas

    7676

    4.2.2. LAS CATEGORAS CONCEPTUALES ARISTTELICAS

    U4_NOC-INT_ARG

  • 77

    4.2.2. UNIDAD LGICA LINGSTICA

    Gramtica

    Es el arte de hablar y escribir correctamente el lenguaje

    Lingstica Ciencia que estudia el lenguaje. Su campo de estudio

    son los sonidos, las palabras y la sintaxis de una lengua concreta,

    las relaciones existentes entre las lenguas, o las caractersticas

    comunes a todas ellas. Tambin puede atender los aspectos

    psicolgicos y sociolgicos de la comunicacin.

    Gramtica

    Analoga

    Sintaxis

    Prosodia

    Ortografa Palabras

    y accidentes

    Ordenar las

    palabras

    Escribir las

    palabras

    Pronunciar las

    palabras

    Artculo

    Adjetivo

    Sustantivo

    Verbo

    Adverbio

    Pronombre

    Preposicin

    Conjuncin

    Interjeccin

    U4_NOC-INT_ARG

  • 78

    ARTCULO

    DETERMINADO

    INDETERMINADO

    SINGULAR

    PLURAL

    PLURAL

    SINGULAR

    el la

    los las Lo los

    un una

    unos unas

    ADJETIVO

    CALIFICATIVO

    DETERMINATIVO

    EXPLICATIVO

    ESPECIFICATIVO

    CUANTITATIVO

    DEMOSTRATIVO

    DISTRIBUTIVO

    INDEFINIDO

    POSESIVO

    blanca nieve

    hombre sabio

    Cardinal cien aos

    aquel da

    les dieron sendos

    regalos

    cualquier da

    mis libros

    NEUTRO

    SIRVE PARA INDICAR

    LA EXTENSION DEL

    NOMBRE, EN SU GENERO

    EN SU NUMERO

    MODIFICA AL NOMBRE

    CLAFICANDOLO

    DETERMINANDOLO

    Ordinal Primer orden

    U4_NOC-INT_ARG

  • 79

    SUSTANTIVO

    COMN

    PROPIO

    COLECTIVO

    PRIMITIVO

    DERIVADO

    SIMPLE

    COMPUESTO

    AUMENTATIVO

    DIMINUTIVO

    PATRONMICO

    DESPECTIVO

    saln, silla

    Morelia, Derecho, Antropologa

    tribu, bandada

    carne, pan libro

    carnicera, panadera librera

    ojos calle

    anteojos, bocacalle

    librote, mesota

    librito, mesita

    Gonzlez de Gonzalo,

    Fernndez de Fernando

    gentuza, escritorcillo

    VERBO

    TRANSITIVO

    INTRANSITIVO

    REFLEXIVO

    REGULAR

    IRREGULAR

    leo libros

    duerme mucho

    me lavo

    castigar, prohibir

    ir, cocer, traducir

    SIRVE PARA DESIGNAR A

    PERSONAS, ANIMALES,

    CEINCIAS, CIUDADES, COSAS

    Indica accin,

    pasin, esencia,

    o estado, seala

    tiempo, nmero y persona

    U4_NOC-INT_ARG

  • 80

    PRONOMBRE

    PERSONAL

    DEMOSTRATIVO

    POSESIVO

    RELATIVO

    INDEFINIDO

    NUMERAL

    INTERROGATIVO

    yo, t , l, nosotros, vosotros, ellos

    ste, se, quel

    mo, tuyo, suyo

    que, cual, quien cuyo, cuanto

    me, te, se, le, nos, os, les

    Cualquiera puede estudiar

    Yo traer uno

    qu?, quin?, cul?

    ADVERBIO

    AFIRMACIN

    NEGACIN

    DUDA

    TIEMPO

    LUGAR

    ORDEN

    CANTIDAD

    COMPARACIN

    MODO

    s, cierto, verdadero, naturalmente

    no, nunca, jams, tampoco

    acaso, tal vez, quiz

    hoy, ayer, maana, ahora

    arriba, abajo, atrs, afuera, lejos, cerca

    ltimamente, primeramente, sucesivamente

    mucho, poco, bastante, demasiado

    tan, menos, mejor, pero, ms

    bien, mal, despacio, aprisa, gratis,

    excepto, adrede unidadlog.ling

    SUSTITUYE AL NOMBRE

    modifica la

    significacin del

    verbo o del nombre

    calificndole o dndole

    atributos

    U4_NOC-INT_ARG

  • 81

    PREPOSICIN

    SEPARABLES

    INSEPARABLES

    a, ante, bajo, con, contra,

    de, desde, entre, en, hasta,

    para, por segn, sin, so.

    sobre, tras

    anti, ep, es, ex, extra, in,

    sub, peri, pro, su o sus

    CONJUNCIN

    COPULATIVAS

    DISYUNTIVAS

    ADVERSATIVAS

    CONDICIONALES

    CAUSALES

    CONTINUATIVAS

    COMPARATIVAS

    FINALES

    ILATIVAS

    y, e, ni, que

    o, ya, bien, ora, sea, como

    ms, pero, aunque, antes,

    sino, siquiera, al contrario

    s, con tal que, siempre que,

    dado que, ya que, una vez que

    pues, puesto, supuesto que

    as pues, adems, as que

    como, como que, as que

    para, a fin de que, con objeto de

    con que, luego, por consiguiente

    por lo tanto, ahora bien

    INTERJECCIN ay!, hola!, bah!, ojal!, cspita!, quiz!

    une dos palabras entre

    s, estableciendo una

    relacin

    enlaza las

    palabras

    expresar los efectos y estados

    de nimo

    U4_NOC-INT_ARG

  • 82

    FIGURAS SINTCTICAS

    HIPERBATON

    PLEONASMO

    Alteracin del orden lgico de las palabras

    en la oracin, Ej., de verdes sauces hay una espesura, lo correcto es: .hay una espesura de verdes sauces

    Uso de palabras innecesarias en una frase u

    oracin, Ej. sub para arriba, lo v con mis propios ojos

    ASDENTON

    Consiste en eliminar los nexos sintcticos,

    Ej. veni, vidi, vici, vine, v y venc

    POLISDENTON

    Consiste en emplear demasiadas

    conjunciones, para dar ms nfasis a la

    oracin.

    Ej. ...Cuando Al Bab entr a la cueva, quedo maravillado ante tantas

    riquezas: haba monedas de oro y

    brillantes y ricas sedas y perlas y zafiros

    U4_NOC-INT_ARG

  • 83

    LINGSTICA Ciencia que

    estudia el

    lenguaje

    FONTICA

    FONOLOGIA

    FILOLOGIA

    MORFOLOGA

    SINTAXIS

    SEMNTICA

    SEMIOLOGA

    ESTUDIA LOS SONIDOS

    DEL LENGUAJE

    ESTUDIA EL SISTEMA

    DE LOS SONIDOS COMO

    UNIDADES (FONEMAS)

    ESTUDIA EL

    SIGNIFICADO DE LAS

    PALABRAS

    ESTUDIA LA RELACIN

    DE LAS PALABRAS

    ESTUDIA LA

    ESTRUCTURA

    DE LAS PALABRAS

    ESTUDIA LAS CULTURAS

    ANTIGUAS A PARTIR DE

    LOS TEXTOS

    ESTUDIA LOS SIGNOS

    ARTE DE HABLAR Y

    ESCRIBIR

    CORRECTAMENTE

    EL LENGUAJE

    GRAMTICA

    U4_NOC-INT_ARG

  • 84

    En el anlisis lingstico se tendr que considerar que:

    El enunciado tiene dos partes esenciales:

    El sujeto y el predicado

    Ambos tienen ncleos, del sujeto y del predicado respectivamente

    Ambos tienen modificadores, del sujeto y del predicado respectivamente

    En el caso del predicado, sus modificadores son:

    Objeto directo: se comunica una transmisin de la accin verbal, se

    emplea la preposicin

    a, ej. El Abogado llamo a su cliente.

    Objeto indirecto: Seala al destinatario de la accin expresada por el

    verbo. Emplea los pronombres personales

    de: me, te, se, le, nos, os, les

    Ej. El Juez les dicto sentencia

    Objeto circunstancial: precisa la idea de modo, tiempo y lugar, donde se

    desarrolla la accin verbal,

    ej. Esta prueba carece de valor en el juicio legal

    U4_NOC-INT_ARG

  • 85

    Reformatio in peius == Reforma en sentido favorable.

    Accesorium non ducit, sed sequitur suum principales ==

    Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.

    Verba volanta, scripta manent ==

    Las palabras vuelan los escritos perduran.

    Acta publica probanti se ipsa ==

    Los instrumentos pblicos se prueban por si mismos.

    Pacta sun servanda == Los pactos son para cumplirse.

    Reformatio in melius == Reforma en sentido favorable.

    Dura lex, sed lex == La ley es dura, pero es la ley.

    Ultra vires hereditatis ==Obligarse ms all del haber hereditario.

    Affirmanti incumbit probatio == A quien afirma, incumbe la prueba.

    Ad effectum vivendi == A los efectos de ser visto.

    In dubio pro possesore ==

    En la duda, hay que estar a favor del poseedor.

    Nemo dat quo non habet == Nadie da, lo que no tiene.

    Qui tacet consentir videtur == Quien calla otorga.

    Exceptio non adimpleti contractus ==

    Excepcin de incumplimiento contractual.

    Non bis in idem == No dos veces por la misma causa.

    In dubio pro reo == En la duda, hay que estar a favor del reo.

    Honeste vivere, neminen laedere, suum cuique tribuere ==

    Vivir honestamente, no daar a otro, dar a cada uno lo suyo.

    Nullum crimen, nulla poena sine lege ==

    Ningn delito, ninguna pena, sin ley.

    Dolus non praesumitur == El dolo no se presume.

    Interpretario stricto sensu =

    =Interpretacin en sentido estricto.

    Ius est boni et aequi ==

    El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo.

    Prior tempore, prior iure ==

    Primero en el tiempo, primero en el derecho.

    Iustitia est constants et perpetua voluntas ius

    suum cuique tribuere == La justicia es la constante

    y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.

    Res non verba == Hechos no palabras.

    Edgar Elas Azar

    Frases y expresiones latinas Editorial Porra, S.A.

    Mxico, D.F., 2000

    AFORLATIN

    Edgar Elas Azar

    Frases y expresiones latinas Editorial Porra, S.A.

    Mxico, D.F., 2000

    AFORISMOS LATINOS

    U4_NOC-INT_ARG

  • 86

    4.2.3. ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA ARGUMENTACIN

    1. CONOCIMIENTO

    2. DISPOSICION

    3. HABILIDAD

    para

    1. ORGANIZAR, una discusin

    2. APOYAR, con razones

    3. SABER, cuando y qu preguntar

    4. CLARIFICAR el discurso

    5. TOMAR EN CUENTA el contexto de la discusin

    6. RECONOCER la estructura de un argumento

    7. SABER CUNDO la evidencia es insuficiente

    8. BUSCAR alternativas

    U4_NOC-INT_ARG

  • 87

    USOS DEL

    LENGUAJE

    INFORMATIVO

    Finalidad: comunicar

    DIRECTIVO

    rdenes y peticiones

    EXPRESIVO

    Comunica sentimientos

    emociones y actitudes

    METAFRICO

    Traslada en

    sentido recto

    de los vocablos a

    otro figurado

    DESCRIPTIVO

    Tiene un cierto grado de

    especializacin

    EUFEMSTICO

    Se usa para suavizar

    las expresiones duras

    4.2.3.1. USOS DEL LENGUAJE

    U4_NOC-INT_ARG

  • 88

    4.2.2.3. MARCAS DEL

    RAZONAMIENTO

    ARGUMENTO

    INDUCCIN

    DEDUCCIN PREMISA

    SILOGISMO

    INFERENCIA

    Proposicin en que

    se basa la conclusin

    Argumento (premisas)

    Conjunto de todos

    los procesos

    discursivos

    Obtener conclusiones

    o consecuencias

    de un principio

    Conjunto de razones

    que sustentan un juicio

    Conducir hacia algo, llevar, guiar

    U4_NOC-INT_ARG

  • 89

    La teora de la argumentacin jurdica

    Stephen Toulmin en LAS RAZONES DEL DERECHO (TEORAS DE LA ARGUMENTACIN JURDICA)

    Argumentar es

    dar razones a favor

    de una pretensin

    elementos

    Pretensin: tiene un punto

    de partida y uno de destino

    (proponente vs. oponente)

    Razones:

    hechos especficos

    Garanta: son las reglas que permiten o autorizan (vlidas,

    relevantes) el trnsito de un

    enunciado a otro.

    Respaldo: evidencias

    (pruebas )

    B = respaldo

    W= garanta

    G= razones

    C= pretensin

    B W

    G

    C

    4.2.4. Elementos generales y estrictos de toda argumentacin

    U4_NOC-INT_ARG

  • 90

    El modelo general. La fuerza de los argumentos

    B

    G

    W

    C Q

    R

    dada nuestra experiencia general

    En el campo den cuestin

    de acuerdo con las reglas o

    Principios resultantes

    estas razones

    apoyan la pretensin

    en ausencia de alguna

    especifica condicin de

    refutacin

    de una forma cualificada

    B = respaldo

    W= garanta

    G= razones

    C= pretensin

    4.2.4. Elementos generales y estrictos de toda argumentacin

    U4_NOC-INT_ARG

  • 91

    Tipos de

    Argumentos

    Substanciales Es la explicitacin del contenido de las

    premisas

    Harry naci

    en las Bermudas

    Harry es un

    ciudadano

    britnico

    una persona nacida

    en las bermudas es

    un ciudadano

    britnico

    las siguientes

    leyes

    y disposiciones

    jurdicas

    Por tanto, presumiblemente

    Puesto que

    Sobre la base de

    B

    C

    W

    G

    Analtico

    Anne es una de las

    hermanas de

    Jack

    Anne tiene

    el pelo

    rojo

    Todas las hermanas

    de Jack han de tener

    El pelo rojo

    (se supone..)

    Cada una de las

    hermanas de Jack

    tiene el pelo rojo

    (habindose

    comprobado.)

    B

    C

    W

    G

    B = respaldo

    W= garanta

    G= razones

    C= pretensin

    Incluye explicita o

    implcitamente la

    informacin

    expresada en la conclusin

    U4_NOC-INT_ARG

  • 92

    4.2.4. La argumentacin jurdica

    los tribunales de

    primera instancia

    Primer

    foro para argumentar acerca

    de versiones distintas de los

    hechos implicados en un

    conflicto

    que no ha podido

    solucionarse ni recurriendo

    a la mediacin ni a la conciliacin

    los tribunales de

    segunda instancia

    Segundo

    foro para argumentar acerca

    de las cuestiones de

    Derecho

    es una lnea compleja de

    razonamiento

    U4_NOC-INT_ARG

  • 93

    4.2.4.

    Reglas para construir

    un argumento:

    1. Distinguir entre apoyar dogmticamente

    y defender con razones

    2. Saber escuchar a las partes

    3. No realizar juicios precipitados

    4. No realizar ejemplos (precedentes)

    5. Uniformar expresiones

    6. Usar trminos consistentes

    7. Procurar no usar lenguaje emotivo

    8. Usar un solo significado para cada trmino

    9. Hacer diagramas de argumentos y debates complejos:

    divergentes, convergentes o encadenados

    10. Aadir premisas implcitas

    11. Identificar consecuencias

    tericas y prcticas

    11.1. Evaluar las premisas

    11.2. Evaluar las fuentes

    12. Distinguir verdad de validez

    13. Reconocer el tipo de argumento

    14. Reconocer las relaciones 14.1. Causales

    14.2. Temporales

    14.3. Lgicas 15. Detectar las falacias

    U4_NOC-INT_ARG

  • 94

    4.2.4.

    Anlisis de un argumento

    Identificar el tema

    Clarificar los

    trminos claves

    Eliminar la ambigedad y

    vaguedad

    Distinguir extensin e

    intencin de un concepto

    U4_NOC-INT_ARG

  • 95

    4.2.4.

    Elementos de toda argumentacin: objeto, tesis y argumentos

    (tema) (postura) (razones)

    Elementos

    de un

    argumento

    Pretensin

    Justificacin Respaldo

    Bases

    Modalizacin Posibles

    refutaciones

    Tesis del

    argumento Fundamentos

    subyacentes

    Especial

    cuidado en los

    calificativos

    Verificacin

    de las bases Probanza

    Anlisis de

    factores

    Dbiles

    U4_NOC-INT_ARG

  • 96

    4.3. Vicios del argumento

    Falacia

    Paralogismo

    Sofisma

    Argumento falso

    Razonamiento incorrecto

    Paralogismo formulado deliberadamente

    con intencin de inducir al error

    y hacia a una conclusin falsa

    U4_NOC-INT_ARG

  • 97

    Tipos de falacias

    De falta de razones: efectuar una pretensin,

    argumentar a su favor,

    avanzando en razones

    (equivalentes)

    pretensin original

    De razones defectuosas:

    (falla aqu la

    cualitificacin o la

    condicin de refutacin)

    De suposiciones no

    garantizadas:

    la garanta no es

    aceptada

    De razones irrelevantes: ofrece prueba a favor de

    la pretensin, no es relevante

    (evade el problema, apela a

    la autoridad, apela al pueblo, a

    la compasin)

    De ambigedades:

    Palabra o frase que se usa

    equivocadamente debido

    a una falta gramatical

    (anfibologa)

    4.3. Vicios en la sustentacin jurdica

    U4_NOC-INT_ARG

  • 98

    4.3.1. Las principales falacias en general, ambigedad

    1. La anfibologa

    La ambigedad depende del significado confuso de la frase

    entera, o en el caso de un razonamiento, de la ambigedad

    de las premisas cuyas formulaciones son ambiguas a causa

    de su construccin gramatical.

    2. El nfasis o acento Cuando la ambigedad depende del tono (oral o escrito) que

    se da a una frase o a un trmino de la misma.

    3. El equvoco La ambigedad proviene de confundir los diversos sentidos

    que puede tener una misma palabra, es uno de los peligros y

    consecuencia natural de la polisemia.

    4. La composicin La ambigedad proviene de atribuir al todo o al grupo lo que

    conviene a la parte o al miembro del grupo, como si lo que

    conviene a la parte debiera convenir igualmente al todo.

    5. La divisin

    Cuando la ambigedad proviene de suponer que lo que

    conviene al todo, o al grupo, conviene tambin a la parte, o

    al miembro del grupo, como si lo verdadero respecto del

    todo se dividiera en partes

    U4_NOC-INT_ARG

  • 99

    4.3.2. Principales falacias formales e informales, atingencia (o

    atinencia)

    1 Argumentun ad

    baculum

    Cuando la fuerza persuasiva de la argumentacin reside nicamente en

    la fuerza que posee quien propone el argumento, o la fuerza de tipo

    externo que se nombra o personifica el argumento. Inclusive puede ser

    sutil.

    2 Argumentun ad

    hominem

    Argumento dirigido contra la persona de alguien, o contra el hombre. Es Ofensivo, pone en cuestin o critica a la persona que los propone.

    Circunstancial, emplea de forma crtica las circunstancias de la persona

    que los propone.

    3 Argumentun ad

    verecundiam

    El argumento, el razonamiento falaz se apoya no en razones, sino

    nicamente, en alguna autoridad exterior al argumento. Invita a no

    seguir el propio criterio y a fiarse slo del que tiene autoridad.

    4 Argumentun ad

    ignorantiam

    (Apelacin a la ignorancia) La falacia que consiste en creer que algo

    est demostrado precisamente porque no hay argumentos en contra o

    bien su falsedad no ha sido probada todava.

    5 Argumentun ad

    populum

    Apelacin a los sentimientos, en forma especial a las emociones del

    pueblo o de la masa, es cuando se recurre a la terminologa emotiva

    para provocar los sentimientos de la gente.

    6 Falso dilema Consiste en presentar dos alternativas como nicas salidas a un

    problema, cuando en realidad existen otras posibilidades.

    U4_NOC-INT_ARG

  • 100

    4.3.2. Principales falacias de atingencia (o atinencia)

    7

    Falacia de

    blanco y negro

    Cuando se presentan dos alternativas como las nicas posibles en una

    cuestin, que por lo dems, no se presenta como un dilema.

    8 Argumentun del

    Tu quoque

    (t tambin, o mira quien habla) Cuando se acusa al oponente de que su conducta no esta de acuerdo con los puntos de vista que

    defiende. Es una especia de falacia ad hominen

    9 Ignoratio elechi Cuando se manifiesta ignorancia respecto de lo que se discute. Las

    premisas son pertinentes respecto de la conclusin, pero sta no tiene

    nada que ver con que sta en cuestin.

    10 De accidente (Secundum quid) Consiste en aplicar una regla general sin tener en

    cuenta sus posibles y justificadas excepciones, o la llamada clusula

    ceteris paribus

    11 Falacia gentica

    Rechaza un concepto o nocin por el mero hecho de que se conoce su

    origen que de alguna forma los hace sospechosos; o cuando se juzga

    algo slo teniendo en cuenta su gnesis.

    U4_NOC-INT_ARG10

  • 101

    UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIATURA EN DERECHO

    LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA

    MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA

    EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO

    PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.

    MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010

    UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO

  • 102

    5.2

    . L

    os e

    nla

    ces l

    g

    ico

    s d

    el

    len

    gu

    aje

    sin embargo

    co

    ne

    cto

    res

    empero

    con todo

    ahora bien

    ahora

    pero

    por el contrario

    no obstante

    elimina una conclusin que se pudiera inferir de un

    miembro precedente

    Comparte con el conector sin embargo la idea de obstculo

    Prximo al del conector sin embargo, presenta el miembro en el

    que se encuentra como una conclusin contraria a la que se

    pudiera haber inferido a partir del miembro anterior

    Su esencia es demostrar que el miembro en el que se encuentra

    elimina una conclusin que pudiera inferir del miembro que le

    precede

    Slo ocupa la posicin inicial junto con los conectores

    con todo, eso s, y aun as.

    Se cambia el resultado del argumento que antecede y se

    llega a una conclusin que es, en esencia diferente

    Presenta una contrariedad fundamental en el miembro que

    lo incluye en relacin con el miembro discursivo anterior

    Tiene un significado prximo al ahora bien, pero se usa con

    mayor frecuencia en el lenguaje coloquial

    UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO.

    U5_ARG_Do

  • 103

    5.3. EL ARGUMENTO JURDICO conforme a la obra INTRODUCIN A LA RETRICA Y A LA ARGUMENTACIN de GERARDO DEHESA DVILA

    CLASES DE ARGUMENTACIN JURDICA

    5.3.1. AUTORIDAD o AB

    EXEMPLO

    Se acude a la

    jurisprudencia y a la

    doctrina

    5.3.10. PRAGMTICO Parte de los hechos, es

    consecuencialista

    5.3.2. ANALOGICO o

    ASIMILI

    Ante la omisin, la

    extensin de un concepto

    se aplica a otro

    5.3.11. A FORTIORI Fortalece a base del

    silogismo (entimema)

    5.3.3.

    CONFORME A LOS P.

    GENERALES DEL

    DERECHO

    Se basa en

    P. Essendi (ser)

    P. Cognoscendi (conocer)

    5.3.12. A CONTRARIO

    SENSU

    Obtiene la conclusin a

    partir del contrario (se

    basa en lo gramatical )

    5.3.4. SISTEMTICO Caractersticas: unidad,

    plenitud y coherencia 5.3.13

    REDUCTIO o AD

    ABSURDUM o

    APAGGICO

    Rechaza la interpretacin

    por las consecuencias

    absurdas a que conduce

    5.3.5. TOPOGRFICO o

    SEDES MATERIAE

    Se desprende del

    significado dudoso y del

    contexto normativo

    5.3.14. PSICOLGICO Ante la norma, interpreta la

    voluntad del legislador

    5.3.6. A COHAERENTIA Argumento auxiliar, a

    partir de las antinomias 5.3.15.

    ECONMICO o DE LA

    NO REDUNDANCIA

    Se basa en la exclusin de

    un argumento secundario

    (superfluo)

    5.3.7. CONSTANCIA

    TERMINOLGICA

    Respeto a las reglas

    respecto al uso de los

    trminos

    5.3.16. HISTRICO Se sustenta en el

    documento para

    interpretar la evolucin

    5.3.8. EQUIDAD o

    EQUITATIVO

    Conversin de la norma

    genrica a la norma

    concreta e individualizada

    5.3.17. MORAL

    Precisa la diferenciacin

    de los valores que obliga

    al juzgador observar en la

    aplicacin de la ley

    5.3.9. TELEOLGICO Interpretacin de la norma

    que obedece a la finalidad A continuacin ejemplos de argumentos jurdicos