AntologiaLogicaJuridica
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UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
ANTOLOGA TEMTICA (MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN AUDIOVISUAL DEL CURSO)
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
PORT.MA.L.J.T.10
-
N D I C E
PORT.MA.L.J.10
PRESENTACIN..
OBJETIVOS GENERALES.
UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES...
UNIDAD 2. LA LGICA FORMAL Y LA LGICA DIALCTICA...
UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO...
UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA INTERPRETACIN
Y DE LA ARGUMENTACIN
UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO
FUENTES DE INFORMACIN...
C O N T E N I D O S
-
PRESENTACIN
Ha sido una preocupacin de los pedagogos en la operacionalizacin de los
programas promover los procesos cognitivos del pensamiento humano, donde
se destaca el razonamiento y por consecuencia la argumentacin.
En los programas que componen el Plan de Estudios de la Licenciatura en
Derecho, la Lgica Jurdica como una de las asignaturas optativas tiene su importancia porque le ofrece al estudiante de la Ciencia Jurdica las herramientas
necesarias para un desempeo profesional ms eficaz en atencin a las
necesidades de nuestra sociedad,
El Programa que se presenta en esta ocasin tiene la intencionalidad en esta
Antologa mostrarlo con una idea diferente a los ofrecidos tradicionalmente, ste
le da a los alumnos la oportunidad de percibirlos en imgenes ideovisuales
acompaados con ejercicios que complementan los procesos de enseanza-
aprendizaje.
Pero tiene que advertirse que es necesaria la orientacin del profesor en el
empleo de los materiales que se describen, para complementar la informacin
y promover la participacin de los alumnos en cada uno de los temas.
-
Cabe hacer mencin que la evaluacin, responde a un criterio procesual
y que los elementos son registrados en listas de cotejo agrupndolas en un
expediente cotidiano.
En atencin a lo anterior, se propone en primer termino un trptico que contiene:
Los objetivos generales del curso,
La relacin temtica,
La secuencia metodolgica,
La condicin necesaria para ser sujeto a la evaluacin,
Las evidencias que se generan de los procesos y
Las fuentes de informacin.
(con la salvedad que a detalle se encuentra el programa y la gua de estudio
en el sitio web, de http://www.themis.umich.mx/derecho/ )
A continuacin se desglosan las cinco unidades, destacando los conceptos,
definiciones, clasificaciones y explicaciones de los contenidos propuestos.
Finalmente se adjuntan los ejercicios que se desprenden de los mismos,
para de esta forma tener la oportunidad de realizar tres confrontaciones
en donde los alumnos verifican el grado de alcance a los propsitos
formulados.
-
Al trmino de este curso el (la) alumn@ ser capaz de:
3.1. Aplicar un mtodo de argumentacin persuasiva y pensamiento
lgico
3.2. Distinguir razonamientos, vlidos y correctos de las falacias y
paralogismos.
3.3. Desarrollar el pensamiento crtico en el planteamiento de tesis,
argumentos y teoras.
3.4. Reconocer el empleo de la terminologa bsica en los mbitos de la
Filosofa, la Lgica y el Derecho para interiorizar su comprensin y
posteriormente el uso en el ejercicio profesional.
3.5. Emplear los procesos del razonamiento inmediato y mediato, en el
mbito jurdico para la aplicacin a la consolidacin de las
instituciones e interpretacin de las normas jurdicas.
OBJETIVOS GENERALES
PORT.MA.L.J.10
-
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES
-
UNIDAD 1. NOCIONES PRELIMINARES
Proviene del griego, que significa amor a al sabidura
Es considerada como ...ciencia que trata de la esencia, propiedades, causas y efectos de las cosas naturales....
Arellano Garca Carlos
Mtodos y Tcnicas de la Investigacin Jurdica E. Porra, S.A..Mxico, D. F., 2001, pg. 3
1.1. PRINCIPALES CORRIENTES EN LA FILOSOFA
LA FILOSOFA
U1_NOC_PRELIM
Ciencias auxiliares Gnoseologa Ontologa Teleologa
Epistemologa Axiologa Lgica
Las concepciones para explicar el mundo:
el Materialismo y
el Idealismo
-
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 1
PERODO COSMOLOGICO
(IDEAS SOBRE EL MUNDO)
SIGLO VI A. DE. C.
PERODO COSMOLOGICO
(IDEAS SOBRE EL MUNDO)
ZENON DE ELEA
El mundo es algo invariable y solo asequible al hombre por la
razn
HERCLITO 540-475 a. de C.
Doctrina del transformismo,
segn la cual todo cambia y
muda, conforme a una ley
universal el logos
PERODO COSMOLOGICO
(IDEAS SOBRE EL MUNDO)
EMPDOCLES 493 -433 a.C.
El mundo esta compuesto por
cuatro elementos:
aire, fuego, tierra y agua
PERODO COSMOLOGICO
(IDEAS SOBRE EL MUNDO)
LECIPO 450-370 a.C
INICIADOR DEL ATOMISMO .
Todas las cosas estn compuestas de
partculas diminutas, invisibles e
indestructibles de materia pura (en griego
atoma, 'indivisible'), que se mueven por la
eternidad en un infinito espacio vaco
(en griego kenon, 'el vaco').
Larroyo Francisco Lgica y metodologa de las Ciencias, E. Porra, S.A., Mxico, D. F. 1981
U1_NOC_PRELIM
-
PERODO ANTROPOLGICO
(IDEAS SOBRE EL HOMBRE)
450-400 a. de C.
PROTAGORAS 480-410 a. de C.
En su obra: Sobre el arte de refutar ...El hombre individual es la medida de todas las cosas...
PERODO ANTROPOLGICO
(IDEAS SOBRE EL HOMBRE)
450-400 a. de C.
GORGIAS 483-375 a. de C.
1 El ser permanente no existe;
2 En caso de que existiera, no podra
conocerse; y
3 Admitiendo que existiera, sera imposible
comunicarla. (negativismo lgico)
PERODO ANTROPOLGICO
(IDEAS SOBRE EL HOMBRE)
450-400 a. de C.
SCRATES 469-399 a. de C.
LA MAYETICA, ES EL ARTE DE DAR LUZ
A LAS IDEAS.
TEORA LGICA DE LA CONCEPTUACIN
...Solo s, que no se nada..
PERODO SISTEMTICO
(IDEAS CONJUNTAS)
440-322 a. de C.
DEMCRITO 460 -370 a. de C.
Desarrolla y profundiza el atomismo. Tambin
formula doctrina lgica de la copia, que con-- siste en reproducir (copiar) en el alma los
objetos; los que tienen lugar gracias a las
emanaciones (dolos) de aquellos, los cuales
llegan a los sentidos del hombre.
U1_NOC_PRELIM
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 2
-
PERODO SISTEMTICO
(IDEAS CONJUNTAS)
440-322 a. de C.
PLATN 427-347 a. de C.
Fundador de la academia. (dialctica = conversar)
Creador de la teora de las Ideas.
El conocer emprico de los sentidos es subjetivo y Cambiante; no suministra certeza (espitme), sino
mera opinin (doxa) infundada. Slo gracias a las
Ideas (conceptos generales) es dable un conocimien-
to objetivo...
PERODO SISTEMTICO
(IDEAS CONJUNTAS)
440-322 a. de C.
ARISTTELES 384-322 a. de C.
Distingue entre la filosofa 1.(metafsica) y la 2.
(ciencias particulares). Fundador de la Lgica Formal orientada en la Gramtica, pero pone las formas del
pensamiento (categoras), en relacin con el ser; es
esencialmente analtica, esto es, busca los elementos del
pensar (concepto, juicio y razonamiento).
EDAD MEDIA
SIGLOS IV AL XIV
SAN AGUSTN 354-460 d. de C.
PATRSTICA
En su obra La Ciudad de Dios, concibe a la Lgica Como parte de la ciencia que ensea los caminos
Para alcanzar la verdad NOMINALISTAS:
Los conceptos carecen de existencia, son nombres,
forjados por la mente, despus de la experiencia
EDAD MEDIA
SIGLOS IV AL XIV
SANTO TOMS DE AQUINO
1226-1274 D. de C.
Escolstica. La aclaracin y defensa racional
de la verdad revelada.
Comentario de un texto y el examen de un
problema, mediante argumento en pro y en
contra.
El mtodo empleado es el deductivo.
Es conceptualista
U1_NOC_PRELIM
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 3
-
RENACIMIENTO
FRANCISCO BACON 1561-1625
Opone a la Lgica silogstica, su lgica de
la induccin.
El mrito de Bacn, es la exigencia de una
Lgica que interprete los descubrimientos
cientficos, para lo cual precisa recurrir a la
observacin y al experimento
RENACIMIENTO
RENAT DESCARTES 1596-1650
En su obra discurso del mtodo se lanza a la bsqueda de un principio, para de ah derivar los
dems conocimientos
...COGITO ERGO SUM.... ...Pienso luego existo
RENACIMIENTO
CHRISTIAN VON
WOLFF 1679-1754
La Lgica, es la parte de la Filosofa que
encamina hacia la verdad y evita el error
RENACIMIENTO
JOHN LOCKE 1632-1704
La Lgica estudia los signos (conceptos)
adecuados para comprender los hechos
de las experiencias.
Funda una teora del empirismo
U1_NOC_PRELIM
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 4
-
IDEALISMO ALEMAN
EMMANUEL KANT 1724-1804
Distingue entre la Lgica Formal, que se
ocupa de la forma general de pensar y la
Lgica Trascendental, se empea en
determinar las condiciones objetivas de
la ciencia (alberga dentro de s el
problema del conocimiento)
IDEALISMO ALEMAN
GEORG WILHELM
FRIEDERICH HEGEL
1770-1831 El mundo se explica por ideas.
..todo lo real es ideal y todo lo ideal es real... Todo cuanto existe se halla en perpeta
transformacin. Tiene tres momentos: tesis,
anttesis y sntesis.
IDEALISMO ALEMAN
JOHANN FRIEDRICH
HERBART
(1776-1841)
...En la Lgica tiene la tarea de fijar las leyes normales del pensamiento... ...En la Lgica, es preciso ignorar todo lo psicolgico..
Concibe a la Lgica como el estudio de las
leyes conforme a las cuales procede la razn.
Hay 4 principios de la razn suficiente:
1 De conocer, 2 De existir, 3 de causalidad
y 4 De querer.
IDEALISMO ALEMAN
ARTHUR
SCHOPENHAUER 1788-1860
U1_NOC_PRELIM
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 5
-
SIGLO XIX
AUGUSTO COMTE 1798-1857
El espritu humano recorre tres estadios,
el teolgico, el metafsico y el positivo.
La Lgica Positivista explica los hechos
dados, ciertos, objetivos; lo que lleva al
descubrimiento de relaciones permanentes
de stos, que son las leyes cientficas
SIGLO XIX
SIGLO XIX
Todo se transforma segn las leyes dialcticas:
de la tesis, anttesis y la sntesis.
Sientan las bases de la Dialctica materialista
SIGLO XX
EDMUND HUSSERL 1859-1938
La Lgica como ciencia se compone de tres
estratos:
1 La Lgica Apofntica (concepto, juicio).
2 La lgica Proposicional Deductiva
(inferencias).
3 La lgica Objetal (la verdad y falsedad
de los conocimientos).
KARL MARX 1818-1883
F. ENGELS 1820-1895
LENIN (VLADMIR ILICH
ULINOV)
1870-1924
La importancia de un partido
revolucionario que asuma la direccin
de la lucha. tambin gener
una teora acerca del Imperialismo, al
que consideraba la fase superior del
Capitalismo.
U1_NOC_PRELIM
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 6
-
SIGLO XX
JOHN DEWEY 1859-1952
La Lgica es la descripcin de los mtodos
cientficos
La Lgica es una teora filosfica de la
investigacin cientfica, vale decir, de la
investigacin controlada
SIGLO XX
G. H. VON WRIGHT 1951--
En su ensayo Deontic Logic seala que sta, se da en la investigacin de las
relaciones lgicas entre rdenes o entre
afirmaciones de la obligacin, la permisin, la
prohibicin y el facultamiento, etc.
La presentacin grfica, que propone a partir de: M posible P permitido --M imposible --P prohibido
--M-- necesario --P-- obligatorio
obligacin = OP = --P--p
SIGLO XX
L. COUTURAT
A. LALANDE
1904--
Lgica Simblica, donde concurren tres
esenciales caractersticas:
1 El empleo sistemtico de smbolos para
representar formas de pensamiento
( p, q, r, por ejemplo expresan juicios)
2 Reduccin de las operaciones del
pensamiento a operaciones matemticas
(clculo lgico, uso de funciones, etc.)
3 Anlisis del lenguaje, de preferencia el
cientfico, como teraputica del saber.
Fue desarrollada posteriormente por el
Crculo de Viena
Wittgenstein
Rudolf Carnap
Tarski
1.2. APORTES A LA LGICA, DE LOS PRINCIPALES FILSOFOS 7
-
CIENCIA
U1_NOC_PRELIM
Ciencia General
Epistemologa
Ciencia particular+ C.P.+ C.P.
Teora + Teora = Ciencia
Ley Cientfica + Ley Cientfica = Teora
Ley Cientfica ( base, fundamento, origen, razn bajo la cual se procede conforme a la causa inicial )
Comprobacin
Hiptesis
Respuesta Tentativa
Problemas
Dudas
Conocimiento
vulgar/popular/creencias/mitos
-
1.3. LA CIENCIA Es la descripcin
objetiva y racional de
Universo.
Eli de Gortari 1957
CONDICIN:
CAMPO DE
ESTUDIO
METODOLOGA
CARACTERSTICAS
OBJETIVA
EMPLEA
MEDICIONES
ESPECFICA
CONDICIONES
DE OBSERVACIN
PERSIGUE LA
GENERALIZACIN
CORRECTORA DE
S MISMA
ESTUDIO
SISTEMTICO
CIENCIA
INVESTIGACIN
SUJETO-ORIGINA
C
OBJETO-REFIERE
LENGUAJE-EXPRESA
M. CULT.-PROM.
CUALIDAD INNATA: CURIOSIDAD U1_NOC_PRELIM
-
1.3.
LA CIENCIA (CLASIFICACIN)
FORMALES
FACTUALES
BIOLOGA
1.3. CLASIFICACIN DE LAS CIENCIAS
LGICA
MATEMTICAS
NATURALES
CULTURALES
FSICA
QUMICA
GEOGRAFA
SOCIOLOGA
HISTORIA
POLTICA
DERECHO CIENCIA
U1_NOC_PRELIM
-
1.4. L A S F A S E S y P R O C E S O S D E L M T O D O C I E N T I F I C O
CRITERIO DE
FELIPE PARDINAS
C. DE JOS LUIS
LPEZ CANO
C. GUTIRREZ
ARAGN Y OTROS
C. DE LUIS PONCE
ARMENTA
OBSERVACIN DE
LOS FENMENOS
PLANTEAMIENTO
DEL PROBLEMA
ESTUDIO DE LAS TEORAS
Y CONOCIMIENTOS
REALACIONADOS CON EL
TEMA QUE SE VA
INVESTIGAR
OBSERVACIN SIMPLE Y
ESTRUCTURADA DE
FENMENO Y SU
DELIMITACIN
FORMULACIN DE UN
PROBLEMA
FORMULACIN DE LA
HIPTEIS
OBSERVACIN
PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA Y ESTUDIO DE
LOS CONOC.
RELACIONADOS CON EL
FENMENO A INV.
HIPTESIS
COMPROBACIN
DE LA HIPTESIS
PROBLEMA QUE SE DEDUCE DE LA
PREGUNTA- QUE
SURGE DE LA
OBSERVACIN
FORMULACIN DE
LA HIPTESIS
DISEO DE LA
PRUEBA O
COMPROBACIN O
DESAPROBACIN DE
LA HIPTESIS
CONSTRUCCIN DE
LAS LEYES, TEORAS
Y MODELOS
HIPTESIS
ES LA RESPUESTA O
RESPUESTAS
TENTATIVAS A LA
PREGUNTA
PROGRAMACIN DE
LAS ACTIVIDADES
COMPROBATORIAS
DE LA HIPTESIS
CONCLUSIONES O
PRESENTACIN DE
RESULTADOS
DISEO DE LA PRUEBA
(PARA COMPROBAR O
DESAPROBAR LA
HIPOTESIS)
COMPROBACIN O
DESAPROBACIN E LA
HIPTESIS
RELACIN DEL DISEO
DE LA PRUEBA
CONCLUSIONES O
PRESENTACIN DE
TEORAS Y MODELOS
CIENTFICOS
U1_NOC_PRELIM
-
L O S M T O D O S Y S U C A M P O D E E S T U D I O
MTODO
HISTRICO
MTODO
ANALGICO
O
COMPARATI
VO
MTODO
ESTUDIO DE
CASO
MTODO
SINCRNICO
MTODO
DIACRNICO
MTODO
FENOMENOL
GICO
ESTUDIA LOS
EVENTOS,
PROCESOS E
INSTITUCIONES
DE LAS
CIVILIZACIONES,
CON EL
PROPSITO DE
ENCONTRAR LOS
ORGENES O
ANTECEDENTES
DE LA VIDA
SOCIAL
CONTEMPORNE
A Y DE ESTA
MANERA
COMPRENDER SU
NATURALEZA Y
FUNCIONAMIENTO
EMPLEA LA
COMPARACI
N
(COTEJAMIEN
TO) DE LOS
DIFERENTES
TIPOS DE
INSTITUCIONE
S O GRUPOS
DE GENTE,
ANALIZANDO
Y
SINTETIZAND
O SUS
DIFERENCIAS,
AS COMO
SUS
SIMILITUDES.
ES UN
MTODO
DESCRIPTIVO,
DONDE SE
MANEJA UN
GRAN
NMERO DE
VARIABLES E
INDICADORES
SOBRE UN
OBJETO DE
ESTUDIO
ES UN MTODO
QUE EXPLICA
LOS
FENMENOS
SOCIALES A
TRAVS DE SUS
RELACIONES
CON OTROS
FENMENOS
QUE SE DAN EN
EL MISMO
TIEMPO
EXPLICA LOS
FENMENOS
COMPARNDOLO
S CON OTROS
QUE SE HA
PRESENTADO
ANTERIORMENTE
MTODO
GENERAL QUE
TRATA DE
LLEGAR ALA
CONOCIMIENTO
DE LAS COSAS
EN S MISMAS
CONSIDERADAS,
ES DECIR TAL
COMO SE
PRESENTA SIN
AGREGAR NADA
SUBJETIVO
U1_NOC_PRELIM
-
MTODO
DEDUCTIVO
MTODO
INDUCTIVO
MTODO
MAYETICA
MTODO
DE
DESCARTES
R E G L A S
TOMA COMO
FUNDAMENTO
ALGUNOS
PRINCIPIOS O
CONOCIMIENTO
GENERALES QUE
SON APLICABLES
PARA INFERIR
CONCLUSIONES
PARTICULARES
EN EL REA.
CONSIDERA
UNA SERIE
DE
FENMENOS
O
CONOCIMIEN
TOS
PARTICULAR
ES PARA
LLEGAR A
CONCLUSIO
NES
GENERALES
CONSISTE
EN
PREGUNTAR
O
AVERIGUAR
A FUERZA
DE LA
INTERROGA
CIN
QU?
CMO?
DNDE?
POR QU?
PARA
QU?
CUNDO?
QUIN
(ES)?
SE TRATA DE
HALLAR UN
CAMINO
EXENTO DE
TODO
ENGAO
POSIBLE,
DUDA DE
TODO LO
PRESENTE
AN DE LO
L MISMO HA
DADO POR
SEGURO
EVIDENCIA
No recibir
jams una cosa
como cierta si
no se conoce
evidentemente
como tal.
ANLISIS
Dividir cada
una de las
dificultades
entre otras
tantas comos e
requiere para
su mejor
resolucin
SNTESIS Llevar en orden
los
pensamientos,
partiendo de
los ms
sencillos, ms
fciles de
conocer, para
subir poco a
poco al
conocimiento
de lo
compuesto.
CONTROL
Se hace en
todas sus
partes, sin
omitir nada.
L O S M T O D O S Y S U C A M P O D E E S T U D I O
U1_NOC_PRELIM10
-
21
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
U N I D A D 2. L A L G I C A F O R M A L Y LA L G I C A
D I A L C T I C A
-
22
U N I D A D 2. L A L G I C A F O R M A L Y LA L G I C A
D I A L C T I C A
LOGIKE, LOGOS=
PENSAMIENTO
LGICA
2.1. LGICA FORMAL 2.2. LGICA DIALCTICA
CIENCIA QUE ESTUDIA LOS DIVERSOS
PROCEDIMIENTOS TERICOS Y PRCTICOS
SEGUIDOS PARA LA ADQUISICIN DEL
CONOCIMIENTO----RIG. Y SIST. LOS MTODOS
DE LA INVESTIGACIN CIENTIFICA
PENSAMIENTO
ELEMENTOS
RELACIONES
OPERACIONES
ABSTRACCIONES DE SU DESARROLLO
TRANSFORMACIONES
SE ENSEA COMO SE UTILIZAN LOS CONCEPTOS,
LOS JUICIOS, LAS INFERENCIAS Y LOS ARGUMENTOS, PARA PENSAR DE
UN MODO ORDENADO, PRECISO, ESTO ES, COHERENTE, CONSECUENTE
Y RIGUROSO.
PENSAMIENTO CIENTFICO
DESARROLLO EVOLUTIVO
CONCEPTOS: SIGNIFICADO, SIGNIFI-
CANTE Y SIGNIFICTIVO
ORDENADOS, AGRUPADOS Y
VINCULADOS
PRINCIPIOS:
IDENTIDAD, CONTRADICCIN, TERCER EXCLUIDO,
(RAZN SUFICIENTE Y CAUSALIDAD JURDICA)
LEYES:
*UNIDAD Y LUCHA DE CONTRARIOS
*TRANSFORMACIN DE LOS CAMBIOS
CUANTITATIVOS A CUALITATIVOS
*NEGACION DE LA NEGACIN
FUNCIONES:
TESIS, ANTTESIS Y SNTESIS
-
23
2.1. CLASIFICACION DE LA LGICA de Mans Puigarnay Jaime
Lgica para Juristas Casa Editorial Bosch, Barcelona, Espaa
LGICA FORMAL O
PURA
LGICA MATERIAL O
APLICADA
LGICA ELEMENTAL
METODOLOGA O
LGICA DE LAS
CIENCIAS
CONCEPTO
JUICIO
RAZONAMIENTO
PROCEDIMIENTOS
PARA ALCANZAR
EL CONOCIMIENTO
CIENTFICO
1 AVERIGUA LOS MEDIOS DE CERTEZA
PARA QUE EL CONOCIMIENTO SEA
VERDADERO.
2 DIALOGO y DEBATE.
3 FALACIA, PARALOGISMO Y SOFISMA.
CL
AS
IFIC
AC
ION
DE
LA
L
GIC
A
-
24
2.3. FUNCIN DE LA DEDUCCIN
La deduccin es un proceso lgico por el cual,
partiendo de uno o ms juicios que expresan
conocimientos ya adquiridos o por lo menos
postulados, se deriva otro juicio en que se
expone un conocimiento menos general,
o lo que es lo mismo particularizando
e implicando en los antecedentes.
2.3. FUNCIN DE LA INDUCCIN
Para inferir inductivamente es necesario practicar
primero un anlisis en el seno de la compleja
interrelacin en que se desenvuelven los procesos,
para poder efectuar despus la sntesis que se
expresa en la conclusin inferida.
De Gortari, Eli
Introduccin a la Lgica Dialctica E. Grijalbo, S.A., Mxico, D. F. 1979.
F.Ded.
-
25
2.3.1. Funcin de la deduccin
A los juicios que hacen el papel
de condiciones se les
denominan premisas,
al resultado o juicio deducido
se le llama conclusin y a la
operacin en conjunto se le
conoce con el nombre de
deduccin.
-
26
2.3.1.
Clasificacin de la inferencia deductiva
Las formas de inferencia deductiva se pueden clasificar de tal manera que su agrupamiento corresponda a su relacin lgica.
Se consideran entre las principales :
Inferencias por oposicin, inferencias categricas e inferencias hipotticas.
-
27
2.3.1.1. Las inferencias deductivas por oposicin.
Las inferencias deductivas por oposicin se practican partiendo de un solo juicio como premisa, para obtener como conclusin otro u otros juicios. En esta clase de inferencias intervienen solamente dos trminos, los cuales figuran tanto en la premisa como en las conclusiones.
Una caracterstica peculiar de este tipo de inferencias es la de que se pueden obtener conclusiones tanto cuando la premisa es vlida, como cuando es falsa; aunque, por supuesto, son diferentes la conclusiones en uno u otro caso.
Todos los delitos no son dolosos ni culposos, ..(es falso) porque, ni
Todos los delitos son dolosos.. (es falso) ni
Todos los delitos son culposos.(es falso), solo
Algunos delitos son dolosos..(es vlido) y
Algunos delitos son culposos(es vlido).
-
28
2.3.1.2. Las inferencias deductivas categricas Las inferencias deductivas categricas se componen de tres
juicios:
Dos premisas y una conclusin. Tanto las premisas como la conclusin pueden ser juicios universales o particulares, expresados en forma categrica, esto es, de una manera explcitamente afirmativa o negativa.
En este tipo de inferencia intervienen tres trminos. Los dos trminos que constituyen la conclusin son llamados extremos y cada uno de ellos figura tambin en una de las premisas; mientras que el otro trmino es comn para ambas premisas y se denomina termino medio.
Por consiguiente, cada una de las premisas est formada por el trmino medio y uno de los extremos. Comnmente denominado silogismo.
Premisa Mayor. Todos los mexicanos son ciudadanos
Premisa Menor. Todos los ciudadanos son hombres libres, por consiguiente Conclusin. Todos los mexicanos son hombres libres.
-
29
2.3.1.3. Las inferencias deductivas hipotticas.
Las inferencias deductivas hipotticas se efectan partiendo de dos premisas de las cuales se obtiene como resultado una conclusin.
Entre las dos premisas y la conclusin quedan comprendidos nicamente dos trminos, o sea, que no existe un termino medio en las premisas. En este tipo de inferencias, una de las premisas es un juicio universal y la otra es un juicio singular, mientras que la conclusin es un juicio singular.
Premisa: La esclavitud o la libertad pueden ser garantas
mayor individuales en Mxico, pero no las dos cosas a un
tiempo.
Premisa menor : La esclavitud no es una garanta individual, por lo
tanto
Conclusin: La libertad es una garanta individual.
-
30
2.3.2. TEORA DE LA INFERENCIA INDUCTIVA
TIENE COMO FUNCION
QUE LO OBTENIDO POR LA EXPERIMENTACIN, DE LA EXPERIENCIA
PASADA SE INFIERE PREDECIR LA EXPERIENCIA FUTURA
PARA PODER INDUCIR, SE TIENE QUE HABER DEDUCIDO
CONSISTE EN EL ESTABLECIMIENTO DE LO MS GENERAL, A
PARTIR DE LO MENOS GENERAL
LOS TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS QUE DESTACAN:
ENUMERACIN, COLIGACION, RECONSTRUCCIN, MATEMTICA
Y POR RECURSIN
-
31
TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS
2.3.2.1. ENUMERACIN =
CUANDO DE UN CONJUNTO DE PROCESOS
SE TOMAN LOS ELEMENTOS UNO A UNO
2.3.2.2. COLIGACIN =
PERMITE ESTABLECER UNA RELACIN GENERAL,
QUE SE ENCUENTRA MPLICITA EN LAS PROPIEDADES
DE LOS ELEMENTOS DE UN CONJUNTO
2.3.2.3. RECONSTRUCCIN =
ES LA QUE ESTABLECE UNA RELACIN
DESAPARECIDA EN BASE A LOS DOCUMENTOS
REGISTROS, TESTIMONIOS Y OTROS INDICIOS QUE
SUBSISTAN (PRUEBAS..)
-
32
TIPOS DE INFERENCIAS INDUCTIVAS
2.3.2.4. MATEMTICA =
SE REALIZA DETERMINANDO LAS CARACTERISTICAS
DE UN ELEMENTO CUALQUIERA DE UN CONJUNTO
DESORDENADO, PARA PONER DE MANIFIESTO
QUE DICHA DETERMINACIN ES REPETIBLE PARA
CUALQUIER OTRO ELEMENTO DEL MISMO CONJUNTO
2.3.2.5. RECURSIN =
SE EJECUTA CON RESPECTO A UN CONJUNTO CUYOS
ELEMENTOS CONSTITUYAN UNA SUCESIN ORDENADA
MOSTRANDO ENTONCES QUE LA RELACIN ENTRE DOS
ELEMENTOS SUCESIVOS CUALESQUIERA, SE CUMPLE
IGUALMENTE PARA EL CONJUNTO TOTAL
De Gortari Eli
Introduccin a la Lgica Dialctica E. Grijalbo
T.Inf.Ind
-
33
R E G L A S S I L O G S T I C A S
1a. EL SILOGISMO SE COMPONE DE TRES TERMINOS:
MEDIO, MAYOR Y MENOR.
2a. NINGN TRMINO DEBE TENER MAYOR EXTENSIN
EN LA CONCLUSIN QUE EN LAS PREMISAS. (SI UNO DE ELLOS ES PARTICULAR EN LAS PREMISAS, NO PUEDE SER UNIVERSAL EN
LA CONCLUSIN)
3a. EL TRMINO MEDIO NO DEBE ENCONTRARSE EN LA
CONCLUSIN.
4a. EL TRMINO MEDIO DEBE SER UNIVERSAL POR LO
MENOS EN UNA PREMISA.
5a. DE DOS PREMISAS AFIRMATIVAS NO SE CONCLUYE
NEGATIVAMENTE.
6a. DE DOS PREMISAS PARTICULARES NO ES POSIBLE
CONCLUIR.
7a. DE DOS PREMISAS NEGATIVAS NO ES POSIBLE
CONCLUIR.
8a. LA CONCLUSIN SIGUE A LA PREMISA MS DBIL.
Son premisas dbiles las particulares y las negativas, de
manera que si alguna de las dos es particular o negativa,
la conclusin tambin lo ser.
-
34
EL RAZONAMIENTO, es
PENSAR EXPLICAR ENTENDER RESOLVER
OBJETIVAMENTE LOS PROBLEMAS,
DAR LAS NOTAS CONSTITUTIVAS DE UN OBJETO POR MEDIO
DEL JUICIO.
EL RACIOCINIO ES EL CORRELATO SUBJETIVO DEL
RAZONAMIENTO
MIENTRAS QUE A STE LO TRATA LA LGICA; DE
QUEL SE OCUPA LA PSICOLOGA
ES LA SENTENCIA QUE EL PENSAMIENTO VIERTE
SOBRE EL OBJETO CON LA CUAL ESTABLECE SU
ESENCIA Y EXISTENCIA.
ES UNA SNTESIS DE CONCEPTOS
BUENO MIGUEL
PRINCIPIOS DE LGICA E- PATRIA
2.4. EL JUICIO LGICO
-
35
A
I O
E
S U B C O N T R A R I O S
C O N T R A R I O S
S U
B A
L T
E R
N O
S
S U
B A
L T
E R
N O
S
2.4.1. L O S J U I C I O S L G I C O S
-
36
2.4.1. JUCIOS LGICOS CONTRADICTORIOS
JUICIO A: TODO INDIVIDUO GOZAR DE LAS GARANTAS QUE OTORGA ESTA CONSTITUCIN... (ART. 1o. CPEUM)
JUICIO O: ALGUNOS HOMBRES NO SON LIBRES... EN ALUSIN (ART. 2o. CPEUM)
JUICIO E: NINGUN MEXICANO TIENE TTULOS DE NOBLEZA.. EN ALUSIN (ART. 12o. CPEUM)
JUICIO I: ALGUNOS ACTOS APEGADOS A LA LEY MERECEN SANCIN PENAL...
-
37
2.4.1. JUCIOS LGICOS, POR SU MODALIDAD
JUICIO PROBLEMTICO: LA CATEGORA EN QUE SE FUNDA ES
LA POSIBILIDAD; NDICA QUE ALGO PUEDE SUCEDER:
MAANA PUEDE ESTALLAR LA HUELGA ES PROBABLE QUE DESIGNEN A UN NUEVO SECRETARIO
JUICIO ASERTRICO: PROVIENE DE LA SEGUNDA CATEGORA
DE LA MODALIDAD, O SEA DE LA REALIDAD.
LOS PRINCIPIOS DE LA LGICA: SON EL DE IDENTIDAD, DE NO CONTRADICCIN, TERCERO EXCLUDO Y RAZN SUFICIENTE QUIN ES PRIMERO EN TIEMPO, ES PRIMERO EN DERECHO
JUICIO APODCTICO: REVISTE EL MXIMO GRADO DE VERDAD
QUE OBTIENE EL CONOCIMIENTO.
LA BASE PARA QUE HAYA JUSTICIA SOCIAL ES EL RECONOCI- MIENTO DE LA IGUALDAD JURDICA QUE ASISTE A TODOS LOS
HOMBRES NADA SE CREA, NADA SE PIERDE; TODO SE TRANSFORMA LAVOISER
-
38
2.4.2. DIVISIN, CLASIFICACIN DE. TIPOLOGIA DE LOS JUICIOS LGICOS
1. CUALIDAD AFIRMATIVOS
NEGATIVOS
2. CANTIDAD
UNIVERSALES
PARTICULARES
SINGULARES
3. RELACIN
CATEGRICOS
HIPOTTICOS
OPOSICIN
4. MODALIDAD
PROBLEMATICO
APODICTICO
ASERTORICO
DILEMA
ENTIMEMA
EPIQUEREMA SORITES
INF. DEDUCTIVA INF. INDUCTIVA
ENUMERACION
COLIGACIN
MATEMATICA
RECURSIN
RECONSTRUCCION
TIPOJLOG
CONTRADICTORIOS
GENERALES
-
39
2.4.2. JUICIOS DERIVADOS DEL SILOGISMO
2.4.2.1. DILEMA:
IMPLICA LA POSIBILIDAD DE DOS CONCLUSIONES.
EL AUTENTICO DILEMA ES DISYUNTIVO.
LOS HOMBRES SON LIBRES O ESCLAVOS
SE DERIVAN
T NO ERES ESCLAVO, AS ES QUE
T ERES LIBRE.
O
T NO ERES LIBRE, POR LO TANTO
TU ERES ESCLAVO.
FORM.DER.SILOG.
-
40
2.4.2.2. ENTIMEMA:
ES UN SILOGISMO QUE SUPONE UNA
PREMISA SIN EXPRESARLA.
ME SIENTO BIEN, LUEGO HE DESCANSADO
EL SILOGISMO COMPLETO SERA AS:
EL DESCANSO ORIGINA BIENESTAR
ME SIENTO BIEN, POR CONSIGUIENTE
HE DESCANSADO
-
41
2.4.2.3. EPIQUEREMA
ES OTRA FORMA DE ABREVIAR EL RAZONAMIENTO,
ADMITIENDO IMPLCITAMENTE LA PRUEBA DE UNA O VARIAS
PROPOSICIONES QUE EN RIGOR, HABRA QUE DEMOSTRAR.
LOS ALUMNOS APLICADOS TIENEN XITO EN LA VIDA
EL DESARROLLO DEL RAZONAMIENTO SERA COMO SIGUE:
2.4.2.4. SORITES
LOS ALUMNOS APLICADOS ESTUDIAN; QUIEN ESTUDIA APRENDE;
QUIEN APRENDE, SABE;
QUIEN SABE, TRABAJA;
QUIEN TRABAJA, PROGRESA;
QUIEN PROGRESA, TIENE XITO EN LA VIDA; LUEGO ENTONCES
LOS ALUMNOS APLICADOS TIENEN XITO EN LA VIDA
-
42
2.5. LOS SUPUESTOS Y HECHOS JURDICOS
Todo juicio normativo expresa uno o varios deberes,
cuya actualizacin depende de que se realicen ciertos
supuestos.
Normas
Jurdicas
Genricas
Normas
Morales
Clases de
Juicios
Normativos
Encierran una o
varias hiptesis
obligaciones
derechos
Imperativo
atributivas
Encierran una o
varias hiptesis
Imperativo
obligaciones
derechos
sancin
-
43
LOS AUTORES MODERNOS NO EMPLEAN EL TRMINO DE
SUPUESTO JURDICO, SINO DE HECHO JURIDICO
Fritz Schreirer
Norma = Hiptesis
Hecho = Realizacin de tal hiptesis
Supuesto = es un hecho que produce
un efecto jurdico
Korkounov
Norma Jurdica
Genrica
Hiptesis
Disposicin
Supuesto jurdico
...conjunto de condiciones, de cuya realizacin depende
la vigencia de la segunda...
Indica qu consecuencias
normativas se encuentran
determinadas por la
realizacin del supuesto
-
44
Los supuestos jurdicos dan
origen a
1. Nacimiento
2. Transmisin
3. Modificacin
4. Extincin
Facultades y
Obligaciones
Helmhltz
Ley natural =
...al presentarse la causa, el efecto prodcese fatalmente, si las
condiciones que la ley
enuncia no varan... Ejemplo:
..si un cuerpo es sometido a la Influencia del calor....
Norma Jurdica =
...a determinados supuestos (que en cierto respecto son
Iguales), imptanse determinadas
consecuencias (que en otro
cierto respecto tambin son
Iguales)... Ejemplo:
....si alguien encuentra un tesoro en terreno ajeno...
-
45
Supuestos
Jurdicos
simples
complejos
La mayora de edad...
El homicidio calificado
El homicidio
La premeditacin
La alevosa
La ventaja
Hechos
Jurdicos
Dependientes
Independientes
..aquellos en relacin con los cuales vale la ley de que slo pueden existir
como partes de un todo....
..son los que producen por s mismos consecuencias de derecho, sin
necesidad de hallarse unidos a otros....
-
46
Hechos Jurdicos
segn
Francesco Carnelutti
Hechos Jurdicos
1. Naturales o causales
2. Humanos o voluntarios
3. Actos jurdicos
Lcitos
Actos Jurdicos
stricto sensu
Actos ilcitos Garca Maynez Eduardo
Introduccin al Estudio del Derecho E. Porra, S.A. Mxico, D.F..
-
47
2.5. EL SUPUESTO Y LO DENTICO JURDICO
LGICA DENTICA
RAMA DE LA CIENCIA LGICA-FORMAL,
QUE EMPLEA Y SIMBOLIZA FUNDAMENTALMENTE
MATERIAL LINGSTICO RELACIONADO
CON LA FUNCIN NORMATIVA,
PARA EL ANLISIS DEL RAZONAMIENTO
DE LAS ESTRUCTURAS FORMALES
DE LA COMUNICACIN.
-
48
2.5.2
MODALIDADES
DE LAS
NORMAS DE
CONDUCTA
MAXIMALES
(CERTEZA
SOBRE LA
CONDUCTA
REGULADA)
MINIMALES
(INCERTIDUMBRE
SOBRE
LA CONDUCTA
REGULADA)
OBLIGACIN
PROHIBICIN
FACULTAMIENTO
NO PERMISO
PERMISO
NO OBLIGACIN
NO PROHIBICIN
NO FACULTAMIENTO
O
V
F
P
--P
--O
--V
--F
-
49
OBLIGACIN
Vnculo que sujeta a hacer o abstenerse de hacer algo, establecido por
precepto de ley, por voluntario otorgamiento o por derivacin recta de
ciertos actos.
La obligacin dicen las Institutas, es un vnculo jurdico por el que
somos constreidos por la necesidad de pagar alguna cosa, segn las
Leyes de nuestra ciudad.
PROHIBIR
Vedar o impedir el uso o ejecucin de algo. Estorbar o dificultar.
FACULTAD
Aptitud, potencia fsica o moral. Poder, derecho para hacer algo.
Tener facilidad, tiempo o lugar de hacer.
Capacidad para operar competentemente en una determinada actividad.
PERMISO
Licencia o consentimiento para hacer o decir algo.
Perodo durante el cual alguien est autorizado para dejar su trabajo u
otras obligaciones.
-
50
LAS MODALIDADES DE LA CONDUCTA
LGICA DENTICA
ACCIN = p OMISIN = --p
Op ( Pp --Pp)
obligacin
La obligacin de una accin
es equivalente a la conjuncin
del permiso de la accin y del no
permiso de la omisin
Ejemplo: art. 304 de Cdigo Civil para el D.F.: ..Los hijos estn obligados a dar alimentos a los padres..., Significa, que los hijos tienen permiso de dar alimentos a los padres y no tienen permiso de no
darles alimentos. El permiso implcito en una obligacin se
denomina, en teora general del Derecho, permiso del obligado.
O p (P --p --Pp)
omisin
La obligacin de una omisin es
equivalente a la conjuncin del permiso
de la omisin y del no permiso de la
accin
Lo mismo con la prohibicin, el facultamiento y el no permiso
^
^
-
51
Vp (--Pp Pp)
prohibicin
Ejemplo: art. 23 Constitucional prescribe: ..queda prohibida la prctica de absolver de la instancia... lo que en trminos de la modalidad bsica, significa que no se permite absolver de la instancia y si se permite no absolver de la instancia
V--p (--P--p Pp)
omisin
La prohibicin de la omisin es equivalente
la conjuncin del no permiso de la omisin
y del permiso de la accin misma
La prohibicin de una accin es
equivalente a la conjuncin del no permiso
de la accin y al permiso de la omisin
facultamiento
Fp (Pp P --p) Ejemplo, el art. 131 de la Constitucin, expresa que ...Es facultad privativa de la federacin gravar las mercancas que se importen o exporten [...]
Lo que significa que la Federacin tiene permiso de gravar tales
mercancas y tambin tiene el permiso de no gravarlas
Expresin Dentica Jurdica
^
^
^
-
52
omisin
no permiso
F p (Pp P --p)
--Pp ( --Pp Pp )
Ejemplo, art. 1843, del Cdigo Civil indica ...la clusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuanta a la obligacin
principal.. lo que significa que los contratantes no tienen permiso de estipular una clusula penal que exceda a la
obligacin principal y s tienen permiso de no estipularla.
Op V --p
O --p Vp
V p --P --p
Vp --Pp
Op --P--p
O --p --Pp
Fp F--p Ley d
e la c
onm
uta
ci
n L
ey d
e la
conm
uta
ci
n
^
^
-
53
Ejemplo de silogismo disyuntivo
Op Oq
--Op _________ Op
El artculo 14 constitucional determina que ...en los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deber ser conforme a la letra, o a la
interpretacin jurdica de la ley.. [..]
Razonamiento vlido que se puede simbolizar y leer:
PRIMERA PREMISA:
El juez en razn del precepto constitucional citado,
tiene la obligacin de dictar sentencia conforme a la letra o
conforme a la interpretacin jurdica de la ley.
SEGUNDA PREMISA:
Y de acuerdo con los datos del caso, no tiene la
obligacin de dictar sentencia conforme a la letra de
la ley.
CONCLUSIN:
Luego entonces; el Juez, se encuentra obligado
a dictarla conforme a la interpretacin de la ley.
\/
-
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO
-
55
UNIDAD 3. LA CIENCIA DEL DERECHO
3.1. TEORA DE LOS TRES CRCULOS EDUARDO GARCA MYNEZ
DERECHO
INTRNSECAMENTE
VLIDO. JUSTO O NATURAL
(DERECHO NATURAL)
DERECHO
POSITIVO FORMAL O SOCIALMENTE
VLIDO
CUANDO GOZA DE MAYOR O
MENOR EFICACIA
(DERECHO POSITIVO)
DERECHO
FORMALMENTE
VLIDO RECONOCIDO P0OR LA
AUTORIDAD SOBERANA
EN UN DETERMINADO TIEMPO
Y LUGAR
(DERECHO VIGENTE)
U3_C_Do
-
56
LAS SIETE POSIBILIDADES:
1. Derecho formalmente vlido,
sin positividad ni valor intrnseco.
(DV) (No DP) (No DN)
Artculo 22 de la Constitucin
2. Derecho intrnsecamente valioso, dotado
adems de vigencia o validez formal pero
carente de positividad.
(DN) (DV) (No DP)
Artculo 139 del Cdigo Civil para el D.F.
3. Derecho intrnsecamente vlido, no
reconocido por la autoridad poltica y
desprovisto de eficacia.
(DN) (No DV) (No DP)
Principios ideales, fuentes reales que deben sujetarse los legisladores o jurisconsultos.
por ejemplo: ...no debe existir la eutanasia...
4. Derecho formalmente vlido, sin valor
intrnseco, pero provisto de facticidad.
(DV) (No DN) (DP)
El anatocismo, el aborto
5. Derecho positivo, formal e intrnsecamente
vlido.
(DP) (DV) (DN)
Las garantas individuales consagradas en la parte dogmtica de nuestra Constitucin.
6. Derecho intrnsecamente vlido, positivo
pero sin validez formal.
(DN) (DP) (No DV)
La observancia de reglas de costumbre no reconocidas por el Estado.
Por ejemplo las costumbres de los pueblos indgenas.
7. Derecho positivo (consuetudinario), sin
vigencia formal ni validez intrnseca.
(DP) (No DV) (No DN)
Las reglas de honor que determinados pases seguan en los duelos.
U3_C_Do
-
57
TEORA DE LOS TRES CRCULOS de EDUARDO GARCA MYNEZ
Siete posibilidades lgicas
1. Derecho formalmente vlido, sin positividad ni valor
intrnseco. (DV) (No DP) (No DN)
2. Derecho intrnsecamente valioso, dotado adems
de vigencia o validez formal pero carente de
positividad.
(DN) (DV) (No DP)
( ) Las reglas de honor que determinados pases seguan en
los duelos.
3. Derecho intrnsecamente vlido, no reconocido por
la autoridad poltica y desprovisto de eficacia.
(DN) (No DV) (No DP)
( ) Las garantas individuales consagradas en la parte dogmtica de nuestra
Constitucin.
4. Derecho formalmente vlido, sin valor intrnseco,
pero provisto de facticidad. (DV) (No DN) (DP)
( ) Artculo 22 de la Constitucin 5. Derecho positivo, formal e intrnsecamente
vlido. (DP) (DV) (DN)
( ) La observancia de reglas de costumbre no reconocidas por el Estado. Por ejemplo las
costumbres de los pueblos indgenas.
6. Derecho intrnsecamente vlido, positivo
pero sin validez formal. (DN) (DP) (No DV)
( ) Artculo 139 del Cdigo Civil para el D.F.
7. Derecho positivo (consuetudinario), sin vigencia
formal ni validez intrnseca. (DP) (No DV) (No DN)
( ) Principios ideales, fuentes reales que deben sujetarse los legisladores o jurisconsultos.
por ejemplo: ...no debe existir la eutanasia...
( ) El anatocismo, el aborto
DERECHO
INTRNSECAMENTE
VLIDO.
JUSTO O NATURAL
(DERECHO NATURAL)
DERECHO
FORMALMENTE
VLIDO
RECONOCIDO P0OR LA
AUTORIDAD SOBERANA
EN UN DETERMINADO
TIEMPOY LUGAR
(DERECHO VIGENTE)
DERECHO POSITIVO
FORMAL O
SOCIALMENTE VLIDO
CUANDO GOZA DE
MAYOR O MENOR
EFICACIA (DERECHO
POSITIVO)
T3C_06
U3_C_Do
-
58
3.2. PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA
3.2.1. IDENTIDAD. TODO OBJETO ES IDNTICO A S MISMO (A es A).
LOS PENSAMIENTOS SON IDNTICOS ENTRE S; SI POSEEN
LA MISMA EXTENSIN;
TODO PENSAMIENTO
ENUNCIADO ES IDNTICO A S
MISMO, SI SU EXTENSIN
PERMANECE INVARIABLE.
CONCEPTO ANLOGO, Y
CORRESPONDIENTE DEL SER
PREDICATIVO COMO
INHERENCIA.
AXIOMA I
PrincLogJur
U3_C_Do
-
59
3.2.2. DE (NO) CONTRADICCIN
NINGN OBJETO PUEDE SER Y DEJAR DE SER AL MISMO
TIEMPO LO QUE ES
(A NO ES, NO A).
PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA
DOS DISPOSICIONES CONTRADICTORIAS
NO PUEDEN SER (VALIDAS) A LA VEZ
VERDADERAS.
NO SE APLICA EN EL DERECHO;
PORQUE SE ELIMINARAN LAS VAS
O REGLAS PARA EL COMPORTAMIENTO
HUMANO.
AXIOMA II
U3_C_Do
-
60
PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA
3.2.3. TERCER EXCLUDO
UN OBJETO ES O NO ES ALGO: NO CABE
UN TERCER TRMINO (A ES B, O NO ES B)
DE DOS JUICIOS QUE SE NIEGAN,
UNO ES NECESARIAMENTE VERDADERO.
CUANDO DOS NORMAS DE DERECHO
SE CONTRADICEN,
NO PUEDEN MBAS CARECER
DE VALIDEZ.
AXIOMA III
U3_C_Do
-
61
( LEIBNIZ )
3.2.4. RAZN SUFICIENTE
TODOS LOS OBJETOS DEBEN TENER UNA RAZN SUFICIENTE QUE LOS EXPLIQUE
PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA
PARA CONSIDERAR QUE UNA
PROPOSICIN ES COMPLETAMENTE CIERTA,
HA DE SER DEMOSTRADA,
ES DECIR, HAN DE CONOCERSE
SUFICIENTES FUNDAMENTOS,
EN VIRTUD DE LOS CUALES DICHA
PROPOSICIN SE TIENE POR VERDADERA.
AXIOMA IV U3_C_Do
-
62
PRINCIPIOS DE LGICA JURDICA
(F. SCHEREIR)
3.2.5. CAUSALIDAD JURDICA.
TODA CONSECUENCIA JURDICA SE ENCUENTRA
CONDICIONADA POR DETERMINADO SUPUESTO,
ES DECIR, NO HAY CONSECUENCIA JURDICA,
SIN SUPUESTO DE DERECHO, CONTENIDO EN UNA
DISPOSICIN O NORMA QUE AS LO ESTABLEZCA.
RESTRICTIVO, ESPECFICO Y LIMITATIVO EN
MATERIA PENAL Y FISCAL.
(AFORISMOS LATINOS)
U3_C_Do
-
63
3.3. LA APLICACIN DE LOS PRINCIPIOS
PRINCIPIOS
ONTOLGICOS
PRINCIPIOS
LGICOS
PRINCIPIOS
ONTOLGICOS-
JURDICOS
PRINCIPIOS
LGICO-JURDICOS
1.IDENTIDAD:
Todo objeto es idntico a si mismo
1.IDENTIDAD:
El juicio que afirma la identidad de un
objeto consigo
mismo es
necesariamente
verdadero
1.IDENTIDAD:
Todo objeto del conocimiento es
idntico a si mismo
1.IDENTIDAD:
La norma que permite lo que no esta
jurdicamente prohibido
o prohbe lo que no esta
jurdicamente permitido
es necesariamente
vlida
2. CONTRADICCIN
Ningn objeto puede ser, al mismo tiempo, P y
no P.
2. CONTRADICCIN
Dos juicios contradictorios no
pueden ser verdaderos
ambos
2. CONTRADICCIN
Ninguna conducta puede hallarse, al mismo
tiempo, jurdicamente
prohibida y
jurdicamente permitida
2. CONTRADICCIN
Dos normas de derecho contradictorias entre s
no pueden ambas ser
vlidas
3. TERCERO EXCLUDO
Todo objeto tiene que ser necesariamente P o
no P
3. TERCERO EXCLUDO
Dos juicios contradictorios no
pueden ambos ser
falsos
3. TERCERO EXCLUDO
La conducta jurdicamente regulada
slo puede hallarse
prohibida o permitida
3. TERCERO EXCLUDO
Dos normas jurdicas contradictorias no
pueden ambas carecer
de validez
4. RAZN SUFICIENTE
Todo objeto tiene su razn suficiente
4. RAZN SUFICIENTE
Todo juicio, para ser verdadero, ha menester
de un fundamento
suficiente
4. RAZN SUFICIENTE
Todo objeto del conocimiento jurdico
tiene su razn
suficiente
4. RAZN SUFICIENTE
Toda norma para ser vlida ha menester de un
fundamento suficiente
PRICOLOGJUR
Garca Mynez Eduardo
Introduccin a la Lgica Juridica Editorial Porra, S.A.; Mxico, D.F. 2001
U3_C_Do
-
64
CONFESIONAL TESTIMONIAL PERICIAL DOCUMENTAL
PBLICA, PRIVADA INSPECCIN
RECONOCIMIENTO
TACITO O EXPRESO
DE UNA DE LAS
PARTES, DE LOS
HECHOS
TESTIMONIO, PARA
ACREDITAR
AFIRMACIONES O
NEGATIVAS,
CONTENIDAS EN LA
DEMANDA O EN LA
CONTESTACIN
ACTIVIDAD PROCESAL
POR ENCARGO
JUDICIAL, SUMNISTRA
AL JUEZ ARGUMENTOS
O RAZONES DE
CONVICCIN ,
RESPECTO A CIERTOS
HECHOS, QUE SE
ESCAPAN AL COMUN
DE LA GENTE
AQUELLOS
DOCUMENTOS CUYA
FORMULACIN ESTA
ENCOMENDADA POR
LEY A UN
FUNCIONARIO.
AQUELLOS ACTOS
HUMANOS CAPACES
DE SER CAPTADOS
POR LA VISTA O POR
EL TACTO
CONSISTE EN LA
PRESENCIA DE LA
AUTORIDAD EN
DETERMINADO SITIO
PARA ACREDITAR LA
EXISTENCIA DE
CIERTOS HECHOS O
CUESTIONES
ERES POSEEDOR DE
UNA VERDAD
ERES POSEEDOR DE
UNA VERDAD
TEMPORAL, DIRECTA,
MEDIATA
ERES POSEEDOR DE
UNA VERDAD
INTEMPORAL,
INDIRECTA E
INMEDIATA
UNA VERDAD DE UN
ACTO O HECHO ES
TOMADA PARA
INFERIR OTRA VERDAD
HAY UNA VERDAD
EXTERNA PERO QUE
INCIDE EN EL
PROCESO
LA VERDAD NO
APARECE EN TU
PROCESO
LA VERDAD APARECE
EN UN PROCESO
ESA VERDAD APARECE
EN UN PROCESO
HAY UNA VERDAD
EVIDENTE, EN IDEAS O
COSAS, QUE ESTN
AH EN EL PROCESO
QUE LA VERDAD YA
CALIFICADA SEA
TRAIDA AL PROCESO
QUE ME INTERESA DES
A CONOCER ESA
VERDAD
QUE ME INTERESA QUE
CONFIRMES LA
EXISTENCIA DE ESA
VERDAD
QUE ME INTERESA QUE
CALIFIQUES SU
PROBABLE
EXISTENCIA
ME INTERESA QUE T
COMO AUTORIDAD
INFIERAS DE ELLAS,
LA VERDAD
QUE TU COMO
AUTORIDAD DEBES
CALIFICAR ESA
VERDAD
PORQUE ESA VERDAD
APOYA LA
DEMOSTRACIN DE MI
PRETENSIN
PORQUE ESA VERDAD
APOYA LA
DEMOSTRACIN DE MI
PRETENSIN
PORQUE AS APOYAS
LA PROBABLE
DEMOSTRACIN DE MI
PRETENSIN
ESA VERDAD INFERIDA
DE CERTEZA A LA
DEMOSTRACIN DE MI
PRETENSIN
QUE DEMOSTRADA LA
VERDAD APOYE MI
PRETENSIN
EL ELEMENTO LGICO EN LA PRUEBA PROCESAL (p p)
C. VERDAD
3.3. LA APLICACIN DE LOS PRINCIPIOS
U3_C_Do10
-
65
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA
INTERPRETACIN Y DE LA
ARGUMENTACIN
-
66
TEORA COGNITIVA FORMAL
Interpretar es verificar el significado objetivo de los textos normativos y/o la intencin subjetiva de sus autores. Las palabras tienen un significado propio intrnseco, dependiente de la relacin natural entre palabra y realidad.
Todo texto admite solo una interpretacin verdadera.
El objetivo de la interpretacin consistente en descubrir este significado objetivo o esta voluntad subjetiva preexistentes.
Todo sistema jurdico es completo sin lagunas- y coherente sin antinomias-.
No existe discrecionalidad judicial, los jueces solo aplican el derecho existente, no crean nada nuevo.
Sujecin del juez a la ley, separacin de poderes.
Certeza del derecho.
Slo hay una respuesta correcta.
UNIDAD 4. NOCIONES GENERALES DE LA INTERPRETACIN Y DE LA
ARGUMENTACIN
4.1. Conceptos generales de interpretacin
U4_NOC-INT_ARG
-
67
TEORA ESCPTICA DE LA INTERPRETACIN
Es una actividad no de conocimiento sino de valoracin y de decisin.
Toda palabra tiene el significado que le incorpora el emitente o el que le incorpora el que la usa.
Todo texto puede ser entendido en una pluralidad de modos dependiendo de las posturas valorativas de los intrpretes.
Las normas jurdicas son el resultado de la interpretacin.
Los sistemas jurdicos no son nunca ni completos ni coherentes.
Frente a una laguna o antinomia, los jueces crean derecho nuevo legisladores-
Descuida los lmites o vnculos objetivos a los que las elecciones de los intrpretes estn fatalmente sujetas.
U4_NOC-INT_ARG
-
68
TEORA INTERMEDIA
La interpretacin es a veces una actividad de conocimiento y a veces una actividad de decisin discrecional.
Vaguedad e indeterminacin de casi todos los textos normativos.
Se puede distinguir un ncleo esencial luminoso y en torno suyo, una indefinida zona de penumbra.
Para toda norma existen casos fciles y casos difciles zona penumbra-, aplicacin dudosa que cae en al menos dos soluciones alternativas.
Es falso que las decisiones de los jueves sean siempre controladas por normas preconstituidas, sin mrgenes de discrecionalidad y tambin que los jueces decidan discrecionalmente siempre y de cualquier modo.
Se puede distinguir entre descubrir el significado de un texto normativo y adscribir significado a un texto normativo.
La distincin entre casos fciles y difciles es objetiva.
U4_NOC-INT_ARG
-
69
4.2. Concepto de argumentacin jurdica.
lenguaje pensamiento
exp.
proposicin
termino
argumento
juicio
concepto
raciocinio
exp.
exp.
exp.
trasciende
para convencer
Fines didcticos
Polmica
Persuadir
dialogo
debate
adoctrina vs.
ignorancia
defiende un
punto de vista
evidenciar
la verdad
Mans Puigarnau Jaime M.
Lgica para juristas Bosch, Casa Editorial, S.A.
Barcelona, Espaa,
Lgica Formal
U4_NOC-INT_ARG
-
70
La criteriologa
proceso
mental certeza posesin
de la verdad
superacin
de la duda incertidumbre
adecuacin
entre el conocimiento
y el objeto
error
disconformidad
entre el conocimiento
y el objeto
ignorancia
*Estado mental de
seguridad.
*De firme adhesin
o asentimiento
a la verdad de una
proposicin, fundado
en una razn.
*Excluye la
contradiccin
inseguridad
prueba y
demostracin
Manifestacin de la
realidad de un hecho
Manifestacin de la
verdad de una tesis
Lgica aplicada
U4_NOC-INT_ARG
-
71
Criterio de verdad
Criterio del sentido
comn
Criterio de evidencia
ARGUMENTOS
Analoga
Congruencia
Hiptesis
Principio
Regla
Canon
pen
sam
ien
to
Reconoce la verdad
Distingue el error
emisin
de juicios
Caracterstica
innata del
entendimiento
razn
memoria
inteligencia
Se funda en la semejanza y la desemejanza
Coincide la vedad demostrada con otras (Arm)
Suposicin de juicios
U4_NOC-INT_ARG
-
72
4.2.1. PROCESOS COGNITIVOS SUPERIORES
ANLISIS es la descripcin o interpretacin de una situacin o de un objeto
cualquiera a partir de los elementos ms simples de la situacin o del objeto
en cuestin. La finalidad de este procedimiento es disolver la situacin o el
objeto en sus elementosp.63
SNTESIS Este trmino aparte de tener el significado comn de unificacin, coordinacin
o composicin, tiene otros como: procedimiento opuesto al del anlisis; unidad
dialctica de los opuestos; el de la unificacin de los resultados de las ciencias
de la Filosofa..p.1078
COMPARAR Es fijar la atencin en dos o ms objetos para descubrir sus relaciones o
estimar sus diferencias o semejanza, tambin es cotejar Microsoft Encarta 2008.
ABBAGNANO NICOLA
DICCIONARIO DE FILOSOFA
E. F.C.E., MXICO, D.F. 2003
-
73
ABSTRACCIN Operacin mediante la cual cualquier cosa es elegida como objeto de percepcin,
atencin, observacin, consideracin, investigacin, estudio, etc., y aislada de
otras cosas con las cuales se encuentra en una relacin cualquier.p.4
4.2.1. PROCESOS COGNITIVOS SUPERIORES
PARTICULARIZACIN Expresar algo con todas sus circunstancias y particularidades. Hacer distincin
especial de alguien en el afecto, atencin o correspondencia. Distinguirse,
singularizarse en algo. Microsoft Encarta 2008. 1993-2007
GENERALIZACIN La operacin intelectual que da lugar a un trmino o a una proposicin general.
algunas veces se aplica tambin a la induccin o la construccin de una hiptesis
que con mayor propiedad, deberan llamarse operaciones de universalizacinp.583
ABBAGNANO NICOLA
DICCIONARIO DE FILOSOFA
E. F.C.E., MXICO, D.F. 2003
-
74
Idea que concibe o forma el entendimiento.
Pensamiento expresado con palabras.
sus acepciones
Restringida: significacin lgica del vocablo.
por ejemplo: hombre, mundo realidad
Amplia: se refiere a todo el conocimiento, que es
predicado de un objeto.
Fijar con claridad, exactitud y precisin la
significacin de una palabra o la naturaleza
de una persona o cosa. (EMPLEO DEL VERBO SER)
CLASIFICACIN
SEGN SU CANTIDAD
Concepto universal: Todos los objetos.
Concepto general: Muchos objetos.
Concepto particular: Algunos objetos.
Concepto singular: Un objeto.
4.2.2.
CONCEPTO
DEFINICIN
U4_NOC-INT_ARG
-
75
4.2.2. LAS CATEGORAS CONCEPTUALES ARISTTELICAS
1. SUBSTANCIA: SE REFIERE A LA MATERIA DE QUE EST
HECHO EL OBJETO: El cajn de madera
2. CANTIDAD : ES EL NMERO O LA MEDIDA QUE SE APLICA:
Tengo un lpiz
3. CUALIDAD: EL MODO DE SER ESENCIAL DEL OBJETO:
Los libros para leerse
4. RELACIN: ES LA COMPARACIN DE UN OBJETO CON OTROS:
El Monte Everest, el ms alto del mundo
5. ESPACIALIDAD: ES LA PROPIEDAD DE EXISTIR EN EL ESPACIO:
El agua cubre tres cuartas partes de la superficie terrestre
U4_NOC-INT_ARG
-
76
7. ACCIN: DENOTA UN ACTO EJERCIDO SOBRE UN OBJETO.
Yo te ordeno que me obedezcas
8. PASIN: ES EL ACTO SUFRIDO POR EL OBJETO.
Un animal ha muerto en la carretera
9. POSICIN: SE REFIERE AL MODO DE ESTAR LAS COSAS.
La carpeta sobre la mesa
10.ESTADO: INDICA EL MODO DE SER ACTUAL DEL OBJETO:
Mi casa nueva
6. TEMPORALIDAD: ES LA PROPIEDAD DE TRANSCURRIR
EN EL TIEMPO. He dormido 10 horas
7676
4.2.2. LAS CATEGORAS CONCEPTUALES ARISTTELICAS
U4_NOC-INT_ARG
-
77
4.2.2. UNIDAD LGICA LINGSTICA
Gramtica
Es el arte de hablar y escribir correctamente el lenguaje
Lingstica Ciencia que estudia el lenguaje. Su campo de estudio
son los sonidos, las palabras y la sintaxis de una lengua concreta,
las relaciones existentes entre las lenguas, o las caractersticas
comunes a todas ellas. Tambin puede atender los aspectos
psicolgicos y sociolgicos de la comunicacin.
Gramtica
Analoga
Sintaxis
Prosodia
Ortografa Palabras
y accidentes
Ordenar las
palabras
Escribir las
palabras
Pronunciar las
palabras
Artculo
Adjetivo
Sustantivo
Verbo
Adverbio
Pronombre
Preposicin
Conjuncin
Interjeccin
U4_NOC-INT_ARG
-
78
ARTCULO
DETERMINADO
INDETERMINADO
SINGULAR
PLURAL
PLURAL
SINGULAR
el la
los las Lo los
un una
unos unas
ADJETIVO
CALIFICATIVO
DETERMINATIVO
EXPLICATIVO
ESPECIFICATIVO
CUANTITATIVO
DEMOSTRATIVO
DISTRIBUTIVO
INDEFINIDO
POSESIVO
blanca nieve
hombre sabio
Cardinal cien aos
aquel da
les dieron sendos
regalos
cualquier da
mis libros
NEUTRO
SIRVE PARA INDICAR
LA EXTENSION DEL
NOMBRE, EN SU GENERO
EN SU NUMERO
MODIFICA AL NOMBRE
CLAFICANDOLO
DETERMINANDOLO
Ordinal Primer orden
U4_NOC-INT_ARG
-
79
SUSTANTIVO
COMN
PROPIO
COLECTIVO
PRIMITIVO
DERIVADO
SIMPLE
COMPUESTO
AUMENTATIVO
DIMINUTIVO
PATRONMICO
DESPECTIVO
saln, silla
Morelia, Derecho, Antropologa
tribu, bandada
carne, pan libro
carnicera, panadera librera
ojos calle
anteojos, bocacalle
librote, mesota
librito, mesita
Gonzlez de Gonzalo,
Fernndez de Fernando
gentuza, escritorcillo
VERBO
TRANSITIVO
INTRANSITIVO
REFLEXIVO
REGULAR
IRREGULAR
leo libros
duerme mucho
me lavo
castigar, prohibir
ir, cocer, traducir
SIRVE PARA DESIGNAR A
PERSONAS, ANIMALES,
CEINCIAS, CIUDADES, COSAS
Indica accin,
pasin, esencia,
o estado, seala
tiempo, nmero y persona
U4_NOC-INT_ARG
-
80
PRONOMBRE
PERSONAL
DEMOSTRATIVO
POSESIVO
RELATIVO
INDEFINIDO
NUMERAL
INTERROGATIVO
yo, t , l, nosotros, vosotros, ellos
ste, se, quel
mo, tuyo, suyo
que, cual, quien cuyo, cuanto
me, te, se, le, nos, os, les
Cualquiera puede estudiar
Yo traer uno
qu?, quin?, cul?
ADVERBIO
AFIRMACIN
NEGACIN
DUDA
TIEMPO
LUGAR
ORDEN
CANTIDAD
COMPARACIN
MODO
s, cierto, verdadero, naturalmente
no, nunca, jams, tampoco
acaso, tal vez, quiz
hoy, ayer, maana, ahora
arriba, abajo, atrs, afuera, lejos, cerca
ltimamente, primeramente, sucesivamente
mucho, poco, bastante, demasiado
tan, menos, mejor, pero, ms
bien, mal, despacio, aprisa, gratis,
excepto, adrede unidadlog.ling
SUSTITUYE AL NOMBRE
modifica la
significacin del
verbo o del nombre
calificndole o dndole
atributos
U4_NOC-INT_ARG
-
81
PREPOSICIN
SEPARABLES
INSEPARABLES
a, ante, bajo, con, contra,
de, desde, entre, en, hasta,
para, por segn, sin, so.
sobre, tras
anti, ep, es, ex, extra, in,
sub, peri, pro, su o sus
CONJUNCIN
COPULATIVAS
DISYUNTIVAS
ADVERSATIVAS
CONDICIONALES
CAUSALES
CONTINUATIVAS
COMPARATIVAS
FINALES
ILATIVAS
y, e, ni, que
o, ya, bien, ora, sea, como
ms, pero, aunque, antes,
sino, siquiera, al contrario
s, con tal que, siempre que,
dado que, ya que, una vez que
pues, puesto, supuesto que
as pues, adems, as que
como, como que, as que
para, a fin de que, con objeto de
con que, luego, por consiguiente
por lo tanto, ahora bien
INTERJECCIN ay!, hola!, bah!, ojal!, cspita!, quiz!
une dos palabras entre
s, estableciendo una
relacin
enlaza las
palabras
expresar los efectos y estados
de nimo
U4_NOC-INT_ARG
-
82
FIGURAS SINTCTICAS
HIPERBATON
PLEONASMO
Alteracin del orden lgico de las palabras
en la oracin, Ej., de verdes sauces hay una espesura, lo correcto es: .hay una espesura de verdes sauces
Uso de palabras innecesarias en una frase u
oracin, Ej. sub para arriba, lo v con mis propios ojos
ASDENTON
Consiste en eliminar los nexos sintcticos,
Ej. veni, vidi, vici, vine, v y venc
POLISDENTON
Consiste en emplear demasiadas
conjunciones, para dar ms nfasis a la
oracin.
Ej. ...Cuando Al Bab entr a la cueva, quedo maravillado ante tantas
riquezas: haba monedas de oro y
brillantes y ricas sedas y perlas y zafiros
U4_NOC-INT_ARG
-
83
LINGSTICA Ciencia que
estudia el
lenguaje
FONTICA
FONOLOGIA
FILOLOGIA
MORFOLOGA
SINTAXIS
SEMNTICA
SEMIOLOGA
ESTUDIA LOS SONIDOS
DEL LENGUAJE
ESTUDIA EL SISTEMA
DE LOS SONIDOS COMO
UNIDADES (FONEMAS)
ESTUDIA EL
SIGNIFICADO DE LAS
PALABRAS
ESTUDIA LA RELACIN
DE LAS PALABRAS
ESTUDIA LA
ESTRUCTURA
DE LAS PALABRAS
ESTUDIA LAS CULTURAS
ANTIGUAS A PARTIR DE
LOS TEXTOS
ESTUDIA LOS SIGNOS
ARTE DE HABLAR Y
ESCRIBIR
CORRECTAMENTE
EL LENGUAJE
GRAMTICA
U4_NOC-INT_ARG
-
84
En el anlisis lingstico se tendr que considerar que:
El enunciado tiene dos partes esenciales:
El sujeto y el predicado
Ambos tienen ncleos, del sujeto y del predicado respectivamente
Ambos tienen modificadores, del sujeto y del predicado respectivamente
En el caso del predicado, sus modificadores son:
Objeto directo: se comunica una transmisin de la accin verbal, se
emplea la preposicin
a, ej. El Abogado llamo a su cliente.
Objeto indirecto: Seala al destinatario de la accin expresada por el
verbo. Emplea los pronombres personales
de: me, te, se, le, nos, os, les
Ej. El Juez les dicto sentencia
Objeto circunstancial: precisa la idea de modo, tiempo y lugar, donde se
desarrolla la accin verbal,
ej. Esta prueba carece de valor en el juicio legal
U4_NOC-INT_ARG
-
85
Reformatio in peius == Reforma en sentido favorable.
Accesorium non ducit, sed sequitur suum principales ==
Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
Verba volanta, scripta manent ==
Las palabras vuelan los escritos perduran.
Acta publica probanti se ipsa ==
Los instrumentos pblicos se prueban por si mismos.
Pacta sun servanda == Los pactos son para cumplirse.
Reformatio in melius == Reforma en sentido favorable.
Dura lex, sed lex == La ley es dura, pero es la ley.
Ultra vires hereditatis ==Obligarse ms all del haber hereditario.
Affirmanti incumbit probatio == A quien afirma, incumbe la prueba.
Ad effectum vivendi == A los efectos de ser visto.
In dubio pro possesore ==
En la duda, hay que estar a favor del poseedor.
Nemo dat quo non habet == Nadie da, lo que no tiene.
Qui tacet consentir videtur == Quien calla otorga.
Exceptio non adimpleti contractus ==
Excepcin de incumplimiento contractual.
Non bis in idem == No dos veces por la misma causa.
In dubio pro reo == En la duda, hay que estar a favor del reo.
Honeste vivere, neminen laedere, suum cuique tribuere ==
Vivir honestamente, no daar a otro, dar a cada uno lo suyo.
Nullum crimen, nulla poena sine lege ==
Ningn delito, ninguna pena, sin ley.
Dolus non praesumitur == El dolo no se presume.
Interpretario stricto sensu =
=Interpretacin en sentido estricto.
Ius est boni et aequi ==
El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo.
Prior tempore, prior iure ==
Primero en el tiempo, primero en el derecho.
Iustitia est constants et perpetua voluntas ius
suum cuique tribuere == La justicia es la constante
y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.
Res non verba == Hechos no palabras.
Edgar Elas Azar
Frases y expresiones latinas Editorial Porra, S.A.
Mxico, D.F., 2000
AFORLATIN
Edgar Elas Azar
Frases y expresiones latinas Editorial Porra, S.A.
Mxico, D.F., 2000
AFORISMOS LATINOS
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-
86
4.2.3. ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA ARGUMENTACIN
1. CONOCIMIENTO
2. DISPOSICION
3. HABILIDAD
para
1. ORGANIZAR, una discusin
2. APOYAR, con razones
3. SABER, cuando y qu preguntar
4. CLARIFICAR el discurso
5. TOMAR EN CUENTA el contexto de la discusin
6. RECONOCER la estructura de un argumento
7. SABER CUNDO la evidencia es insuficiente
8. BUSCAR alternativas
U4_NOC-INT_ARG
-
87
USOS DEL
LENGUAJE
INFORMATIVO
Finalidad: comunicar
DIRECTIVO
rdenes y peticiones
EXPRESIVO
Comunica sentimientos
emociones y actitudes
METAFRICO
Traslada en
sentido recto
de los vocablos a
otro figurado
DESCRIPTIVO
Tiene un cierto grado de
especializacin
EUFEMSTICO
Se usa para suavizar
las expresiones duras
4.2.3.1. USOS DEL LENGUAJE
U4_NOC-INT_ARG
-
88
4.2.2.3. MARCAS DEL
RAZONAMIENTO
ARGUMENTO
INDUCCIN
DEDUCCIN PREMISA
SILOGISMO
INFERENCIA
Proposicin en que
se basa la conclusin
Argumento (premisas)
Conjunto de todos
los procesos
discursivos
Obtener conclusiones
o consecuencias
de un principio
Conjunto de razones
que sustentan un juicio
Conducir hacia algo, llevar, guiar
U4_NOC-INT_ARG
-
89
La teora de la argumentacin jurdica
Stephen Toulmin en LAS RAZONES DEL DERECHO (TEORAS DE LA ARGUMENTACIN JURDICA)
Argumentar es
dar razones a favor
de una pretensin
elementos
Pretensin: tiene un punto
de partida y uno de destino
(proponente vs. oponente)
Razones:
hechos especficos
Garanta: son las reglas que permiten o autorizan (vlidas,
relevantes) el trnsito de un
enunciado a otro.
Respaldo: evidencias
(pruebas )
B = respaldo
W= garanta
G= razones
C= pretensin
B W
G
C
4.2.4. Elementos generales y estrictos de toda argumentacin
U4_NOC-INT_ARG
-
90
El modelo general. La fuerza de los argumentos
B
G
W
C Q
R
dada nuestra experiencia general
En el campo den cuestin
de acuerdo con las reglas o
Principios resultantes
estas razones
apoyan la pretensin
en ausencia de alguna
especifica condicin de
refutacin
de una forma cualificada
B = respaldo
W= garanta
G= razones
C= pretensin
4.2.4. Elementos generales y estrictos de toda argumentacin
U4_NOC-INT_ARG
-
91
Tipos de
Argumentos
Substanciales Es la explicitacin del contenido de las
premisas
Harry naci
en las Bermudas
Harry es un
ciudadano
britnico
una persona nacida
en las bermudas es
un ciudadano
britnico
las siguientes
leyes
y disposiciones
jurdicas
Por tanto, presumiblemente
Puesto que
Sobre la base de
B
C
W
G
Analtico
Anne es una de las
hermanas de
Jack
Anne tiene
el pelo
rojo
Todas las hermanas
de Jack han de tener
El pelo rojo
(se supone..)
Cada una de las
hermanas de Jack
tiene el pelo rojo
(habindose
comprobado.)
B
C
W
G
B = respaldo
W= garanta
G= razones
C= pretensin
Incluye explicita o
implcitamente la
informacin
expresada en la conclusin
U4_NOC-INT_ARG
-
92
4.2.4. La argumentacin jurdica
los tribunales de
primera instancia
Primer
foro para argumentar acerca
de versiones distintas de los
hechos implicados en un
conflicto
que no ha podido
solucionarse ni recurriendo
a la mediacin ni a la conciliacin
los tribunales de
segunda instancia
Segundo
foro para argumentar acerca
de las cuestiones de
Derecho
es una lnea compleja de
razonamiento
U4_NOC-INT_ARG
-
93
4.2.4.
Reglas para construir
un argumento:
1. Distinguir entre apoyar dogmticamente
y defender con razones
2. Saber escuchar a las partes
3. No realizar juicios precipitados
4. No realizar ejemplos (precedentes)
5. Uniformar expresiones
6. Usar trminos consistentes
7. Procurar no usar lenguaje emotivo
8. Usar un solo significado para cada trmino
9. Hacer diagramas de argumentos y debates complejos:
divergentes, convergentes o encadenados
10. Aadir premisas implcitas
11. Identificar consecuencias
tericas y prcticas
11.1. Evaluar las premisas
11.2. Evaluar las fuentes
12. Distinguir verdad de validez
13. Reconocer el tipo de argumento
14. Reconocer las relaciones 14.1. Causales
14.2. Temporales
14.3. Lgicas 15. Detectar las falacias
U4_NOC-INT_ARG
-
94
4.2.4.
Anlisis de un argumento
Identificar el tema
Clarificar los
trminos claves
Eliminar la ambigedad y
vaguedad
Distinguir extensin e
intencin de un concepto
U4_NOC-INT_ARG
-
95
4.2.4.
Elementos de toda argumentacin: objeto, tesis y argumentos
(tema) (postura) (razones)
Elementos
de un
argumento
Pretensin
Justificacin Respaldo
Bases
Modalizacin Posibles
refutaciones
Tesis del
argumento Fundamentos
subyacentes
Especial
cuidado en los
calificativos
Verificacin
de las bases Probanza
Anlisis de
factores
Dbiles
U4_NOC-INT_ARG
-
96
4.3. Vicios del argumento
Falacia
Paralogismo
Sofisma
Argumento falso
Razonamiento incorrecto
Paralogismo formulado deliberadamente
con intencin de inducir al error
y hacia a una conclusin falsa
U4_NOC-INT_ARG
-
97
Tipos de falacias
De falta de razones: efectuar una pretensin,
argumentar a su favor,
avanzando en razones
(equivalentes)
pretensin original
De razones defectuosas:
(falla aqu la
cualitificacin o la
condicin de refutacin)
De suposiciones no
garantizadas:
la garanta no es
aceptada
De razones irrelevantes: ofrece prueba a favor de
la pretensin, no es relevante
(evade el problema, apela a
la autoridad, apela al pueblo, a
la compasin)
De ambigedades:
Palabra o frase que se usa
equivocadamente debido
a una falta gramatical
(anfibologa)
4.3. Vicios en la sustentacin jurdica
U4_NOC-INT_ARG
-
98
4.3.1. Las principales falacias en general, ambigedad
1. La anfibologa
La ambigedad depende del significado confuso de la frase
entera, o en el caso de un razonamiento, de la ambigedad
de las premisas cuyas formulaciones son ambiguas a causa
de su construccin gramatical.
2. El nfasis o acento Cuando la ambigedad depende del tono (oral o escrito) que
se da a una frase o a un trmino de la misma.
3. El equvoco La ambigedad proviene de confundir los diversos sentidos
que puede tener una misma palabra, es uno de los peligros y
consecuencia natural de la polisemia.
4. La composicin La ambigedad proviene de atribuir al todo o al grupo lo que
conviene a la parte o al miembro del grupo, como si lo que
conviene a la parte debiera convenir igualmente al todo.
5. La divisin
Cuando la ambigedad proviene de suponer que lo que
conviene al todo, o al grupo, conviene tambin a la parte, o
al miembro del grupo, como si lo verdadero respecto del
todo se dividiera en partes
U4_NOC-INT_ARG
-
99
4.3.2. Principales falacias formales e informales, atingencia (o
atinencia)
1 Argumentun ad
baculum
Cuando la fuerza persuasiva de la argumentacin reside nicamente en
la fuerza que posee quien propone el argumento, o la fuerza de tipo
externo que se nombra o personifica el argumento. Inclusive puede ser
sutil.
2 Argumentun ad
hominem
Argumento dirigido contra la persona de alguien, o contra el hombre. Es Ofensivo, pone en cuestin o critica a la persona que los propone.
Circunstancial, emplea de forma crtica las circunstancias de la persona
que los propone.
3 Argumentun ad
verecundiam
El argumento, el razonamiento falaz se apoya no en razones, sino
nicamente, en alguna autoridad exterior al argumento. Invita a no
seguir el propio criterio y a fiarse slo del que tiene autoridad.
4 Argumentun ad
ignorantiam
(Apelacin a la ignorancia) La falacia que consiste en creer que algo
est demostrado precisamente porque no hay argumentos en contra o
bien su falsedad no ha sido probada todava.
5 Argumentun ad
populum
Apelacin a los sentimientos, en forma especial a las emociones del
pueblo o de la masa, es cuando se recurre a la terminologa emotiva
para provocar los sentimientos de la gente.
6 Falso dilema Consiste en presentar dos alternativas como nicas salidas a un
problema, cuando en realidad existen otras posibilidades.
U4_NOC-INT_ARG
-
100
4.3.2. Principales falacias de atingencia (o atinencia)
7
Falacia de
blanco y negro
Cuando se presentan dos alternativas como las nicas posibles en una
cuestin, que por lo dems, no se presenta como un dilema.
8 Argumentun del
Tu quoque
(t tambin, o mira quien habla) Cuando se acusa al oponente de que su conducta no esta de acuerdo con los puntos de vista que
defiende. Es una especia de falacia ad hominen
9 Ignoratio elechi Cuando se manifiesta ignorancia respecto de lo que se discute. Las
premisas son pertinentes respecto de la conclusin, pero sta no tiene
nada que ver con que sta en cuestin.
10 De accidente (Secundum quid) Consiste en aplicar una regla general sin tener en
cuenta sus posibles y justificadas excepciones, o la llamada clusula
ceteris paribus
11 Falacia gentica
Rechaza un concepto o nocin por el mero hecho de que se conoce su
origen que de alguna forma los hace sospechosos; o cuando se juzga
algo slo teniendo en cuenta su gnesis.
U4_NOC-INT_ARG10
-
101
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
LGICA JURDICA ASIGNATURA OPTATIVA
MATERIAL DE APOYO DIDCTICO PARA LA
EXPLICACIN TEMTICA DEL CURSO
PROFESOR: LIC. MIGUEL RAYAS LUNDES.
MORELIA, MICH., SEPTIEMBRE DE 2010
UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO
-
102
5.2
. L
os e
nla
ces l
g
ico
s d
el
len
gu
aje
sin embargo
co
ne
cto
res
empero
con todo
ahora bien
ahora
pero
por el contrario
no obstante
elimina una conclusin que se pudiera inferir de un
miembro precedente
Comparte con el conector sin embargo la idea de obstculo
Prximo al del conector sin embargo, presenta el miembro en el
que se encuentra como una conclusin contraria a la que se
pudiera haber inferido a partir del miembro anterior
Su esencia es demostrar que el miembro en el que se encuentra
elimina una conclusin que pudiera inferir del miembro que le
precede
Slo ocupa la posicin inicial junto con los conectores
con todo, eso s, y aun as.
Se cambia el resultado del argumento que antecede y se
llega a una conclusin que es, en esencia diferente
Presenta una contrariedad fundamental en el miembro que
lo incluye en relacin con el miembro discursivo anterior
Tiene un significado prximo al ahora bien, pero se usa con
mayor frecuencia en el lenguaje coloquial
UNIDAD 5. LA ARGUMENTACIN EN EL DERECHO.
U5_ARG_Do
-
103
5.3. EL ARGUMENTO JURDICO conforme a la obra INTRODUCIN A LA RETRICA Y A LA ARGUMENTACIN de GERARDO DEHESA DVILA
CLASES DE ARGUMENTACIN JURDICA
5.3.1. AUTORIDAD o AB
EXEMPLO
Se acude a la
jurisprudencia y a la
doctrina
5.3.10. PRAGMTICO Parte de los hechos, es
consecuencialista
5.3.2. ANALOGICO o
ASIMILI
Ante la omisin, la
extensin de un concepto
se aplica a otro
5.3.11. A FORTIORI Fortalece a base del
silogismo (entimema)
5.3.3.
CONFORME A LOS P.
GENERALES DEL
DERECHO
Se basa en
P. Essendi (ser)
P. Cognoscendi (conocer)
5.3.12. A CONTRARIO
SENSU
Obtiene la conclusin a
partir del contrario (se
basa en lo gramatical )
5.3.4. SISTEMTICO Caractersticas: unidad,
plenitud y coherencia 5.3.13
REDUCTIO o AD
ABSURDUM o
APAGGICO
Rechaza la interpretacin
por las consecuencias
absurdas a que conduce
5.3.5. TOPOGRFICO o
SEDES MATERIAE
Se desprende del
significado dudoso y del
contexto normativo
5.3.14. PSICOLGICO Ante la norma, interpreta la
voluntad del legislador
5.3.6. A COHAERENTIA Argumento auxiliar, a
partir de las antinomias 5.3.15.
ECONMICO o DE LA
NO REDUNDANCIA
Se basa en la exclusin de
un argumento secundario
(superfluo)
5.3.7. CONSTANCIA
TERMINOLGICA
Respeto a las reglas
respecto al uso de los
trminos
5.3.16. HISTRICO Se sustenta en el
documento para
interpretar la evolucin
5.3.8. EQUIDAD o
EQUITATIVO
Conversin de la norma
genrica a la norma
concreta e individualizada
5.3.17. MORAL
Precisa la diferenciacin
de los valores que obliga
al juzgador observar en la
aplicacin de la ley
5.3.9. TELEOLGICO Interpretacin de la norma
que obedece a la finalidad A continuacin ejemplos de argumentos jurdicos