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CuentasClar s a CuentasClar s a Un actor fundamental Seis RESPUESTAS sobre el Oficial de Cumplimiento El Gafi tiene su manual El Método Basado en Nivel de Riesgo Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE ¿Es usted un Pep? Un actor fundamental Seis RESPUESTAS sobre el Oficial de Cumplimiento El Gafi tiene su manual El Método Basado en Nivel de Riesgo Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE ¿Es usted un Pep? Año 7 Número 32 ENERO 2008 Revista editada por EnCambio Revista editada por EnCambio

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CuentasClar sa CuentasClar sa

Un actor fundamental

Seis RESPUESTAS sobre el Oficial de Cumplimiento

El Gafi tiene su manual

El Método Basado en Nivel de Riesgo

Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE

¿Es usted un Pep?

Un actor fundamental

Seis RESPUESTAS sobre el Oficial de Cumplimiento

El Gafi tiene su manual

El Método Basado en Nivel de Riesgo

Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE

¿Es usted un Pep?

Año 7 Número 32 ENERO 2008

Revista editada por EnCambioRevista editada por EnCambio

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Buena LaborPrograma de Prevención Integral del Consumo y Tráfico de Drogas en el ámbito laboral

Cuentas ClarasConferencias. Charlas, seminarios, diálogo sobre prevención y control de la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo

Eventos InternacionalesI Conferencia InternacionalLavado de Dinero/ Delitos Informáticos Con la participación de expertos de Inglaterra, Eslovenia, Estados Unidos, Colombia, Chile y Venezuela. Caracas, 9,10 y 11 de octubre de 2001.

II Conferencia InternacionalTerrorismo y Corrupción. Con la participación especial del Juez de la Audiencia Nacional de España, Baltasar Garzón y de expertos de Estados Unidos, España, Bolivia, Venezuela y de la Universidad Internacional Florida. Miami, Estados Unidos 22 y 23 de noviembre de 2005.

PublicacionesRevista Cuentas Claras. ¡Suscríbete!Cartilla Buena Labor para los trabajadores.Cartilla Buena Labor para niños, niñas y adolescentes.

APOYO A NUEVAS PUBLICACIONES Terrorismo, ensayos para el debate. Copilador: Javier Ignacio Mayorca El Estado Paralelo. Sólo Negocios. Autor: Bayardo Ramírez Monagas.

PÁGINA WEB: WWW.encambio.org ¡Suscríbete!

Buena LaborPrograma de Prevención Integral del Consumo y Tráfico de Drogas en el ámbito laboral

Cuentas ClarasConferencias. Charlas, seminarios, diálogo sobre prevención y control de la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo

Eventos InternacionalesI Conferencia InternacionalLavado de Dinero/ Delitos Informáticos Con la participación de expertos de Inglaterra, Eslovenia, Estados Unidos, Colombia, Chile y Venezuela. Caracas, 9,10 y 11 de octubre de 2001.

II Conferencia InternacionalTerrorismo y Corrupción. Con la participación especial del Juez de la Audiencia Nacional de España, Baltasar Garzón y de expertos de Estados Unidos, España, Bolivia, Venezuela y de la Universidad Internacional Florida. Miami, Estados Unidos22 y 23 de noviembre de 2005.

PublicacionesRevista Cuentas Claras. ¡Suscríbete!Cartilla Buena Labor para los trabajadores.Cartilla Buena Labor para niños, niñas y adolescentes.

APOYO A NUEVAS PUBLICACIONES Terrorismo, ensayos para el debate. Copilador: Javier Ignacio Mayorca El Estado Paralelo. Sólo Negocios. Autor: Bayardo Ramírez Monagas.

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Programas dirigidos a los bancos y otras institucionesfinancieras, casas de cambio, seguros, empresas bur-sátiles, casinos, salas de bingos, hoteles, profesiona-les y otros sujetos obligados previstos en la LeyOrgánica contra la Delincuencia Organizada. Para in-formación y suscripciones dirigirse al correo electróni-co; [email protected]. O por los teléfonos0243-2321223 y 0212 9513205

Programas dirigidos a los bancos y otras institucionesfinancieras, casas de cambio, seguros, empresas bur-sátiles, casinos, salas de bingos, hoteles, profesiona-les y otros sujetos obligados previstos en la LeyOrgánica contra la Delincuencia Organizada. Para in-formación y suscripciones dirigirse al correo electróni-co; [email protected]. O por los teléfonos0243-2321223 y 0212 9513205

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SumarioEditorial

Prevención fuerte

Pag. 2

El Gafi tiene su manual

Es usted un Pep

Pag. 7

Pag. 9

Pag.10

Pag. 14

Pag. 16

El Método Basado en Nivel de Riesgo

Pag. 4

Pag. 17

“Estamos haciendo nuestro trabajo lo mejor posible”

La Banca no está perdiendo la batalla

Respuesta 1

Pag. 1

Respuesta 2

Un poder compartido

Responsabilidad nacional e InternacionalRespuesta 3

Los medios estratégicos Respuesta 4

Pag. 18

Pag. 20

La estrategia normativaRespuesta 5

Labor permanente y a tiempo completoRespuesta 6

Una nueva profesión

Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTASUn actor fundamental6

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EditoraMargarita Woyciechowsky de Tablante

DirectorBayardo Ramírez Monagas

Investigación y RedacciónPilar Suárez Sasso

TraduccionesAlexandra Bello

CorrecciónPetruvska Simne

Concepto y DiagramaciónRaúl Azuaje

CuentasClar sa

•Prevención de la legitimación de capitales

•Prevención social Integral del tráfico y consumo de drogas

•Servicios informáticos

•Publicaciones

•Programa dirigido a la capacitación integral

para la prevención, fiscalización y control

del grave delito de la legitimación de capitales.

•Programa dirigido al desarrollo de iniciativas

en el campo laboral para la prevención social

integral del tráfico y consumo de drogas.

Página Web: www.encambio.org Correo electrónico: [email protected]ón: Torre Impres PB Ofc. 12 Av. TamanacoEl Rosal Caracas Tlf.: 58 (0)212 9513205.Torre Financiera Banvenez Piso 6 Ofc.56. Av. Las Delicias El Bosque Maracay. Edo.Aragua.Tlf.: 58 (0)243 2321223

CuentasClar sCuentasClar sa a

Buena LaborBuena Labor

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editorial

1

B

Margarita Woyciechowsky deTablante

Editora

Prevención fuerte

Editorial

ayardo Ramírez Monagas, director de esta revista, suele comentar que mientras se descubren milmétodos usados por la delincuencia organizada, estos grupos multiplican, con asombrosa rapidez, las ti-pologías para infiltrase en la economía legal. Por supuesto, no se trata de ninguna estadística exacta, pe-ro sin dudas, es una gran verdad. Los manuales de prevención y control de la legitimación de capitales ydel financiamiento del terrorismo no son numerables ni eternos. Necesitan actualizarse constantemente.No pueden existir lagunas ni olvidos.

Cada día son más evidentes las amenazas de la delincuencia organizada, pero cuesta detectar sus mé-todos, muchas veces por complicidad, por ausencia o debilidad de los instrumentos legales y, debemos de-cirlo, porque los negocios ilícitos se mezclan con actividades legales, con el propósito de invertir en me-gaproyectos. De esa manera, contaminan el desempeño transparente de las empresas construidas condineros de origen legítimo.

No estamos haciendo ningún nuevo descubrimiento, pero ante la reciente circulación del Bolívar Fuer-te, (reconversión monetaria), creemos útil insistir sobre el reto permanente de profundizar los mecanismosde prevención y control de la legitimación de capitales y del financiamiento del terrorismo.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), a mediados de este año, divulgó una nueva guía pa-ra la prevención de la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo bajo un enfoque basadoen el riesgo. En esta edición publicamos un pequeño resumen de este documento, el cual consideramosde gran utilidad en este momento, pues debemos actuar frente a los riesgos que se asoman con la recon-versión monetaria, proceso que puede ser aprovechado por los grupos de delincuencia organizada.

Conocemos, de primera mano, que las instituciones financieras venezolanas y muchas otras empresas,han incorporado una fuerte acción preventiva y de formación de los procesos para adaptarse a la recon-versión monetaria. En esta edición, hemos optado por informaciones que sirvan de ayuda al permanenteproceso de la prevención. En primer lugar, por el importante trabajo que realizan y por sus grandes respon-sabilidades, dedicaremos la mayor parte a la figura del Oficial de Cumplimiento, vista desde la óptica deun experto de la talla de Bayardo Ramírez Monagas.

Igualmente, traemos dos entrevistas realizadas en el marco de Conferencia y Exhibición Europea sobreLavado de Dinero de ACAMS en conjunto con lavadodinero.com, efectuada en Ámsterdam, Holanda.

En definitiva, en este mundo tan globalizado, no debemos descuidar la actualización de políticas y la eje-cución permanente de procedimientos eficaces para prevenir, detectar y reportar la filtración de capitalesilícitos, como también impedir la utilización de clientes y operaciones para financiar actos terroristas.

Apostamos a la reconversión de la prevención, a una prevención fuerte, un paso necesario para reno-var nuestros deseos de paz, de un mundo sin violencia.

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Prevención

3

Prevención

2 Cuentas Claras • ENERO 2008

• Las estrategias desarrolladas para identificar y mitigar los mayores riesgos de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo en las institucionesfinancieras, típicamente se basan en disuasión (por ejemplo mejordiligencia debida con los clientes), detección (reportes de actividadessospechosas), y creación de archivospara facilitar cualquier investigación

E n junio de 2007, el Grupo de Ac-ción Financiera Internacional divulgóuna “Guía para la prevención de la Le-gitimación de capitales y el financia-miento del terrorismo bajo un enfoquebasado en el riesgo”. En esta edicióndestacaremos aspectos esenciales deeste documento.

El Gafi recomienda:Cada institución financiera debe tener

un método particular basado en el nivelde riesgo, que permita cumplir con la obli-gación de controlar la legitimación de ca-pitales y el financiamiento de terrorismo.

Al adoptar este método, tanto las auto-ridades como las instituciones financie-ras pueden tener la seguridad de que es-tán adoptando las medidas necesariaspara evitar o mitigar el riesgo de lavadode dinero y financiamiento de terrorismo,de manera proporcional a los riesgosidentificados.

El método permite que los recursosdisponibles se empleen eficientemente.El principio se basa en que los recursosse inviertan de acuerdo a las prioridades,

en las áreas con mayor riesgo, de mane-ra que reciban la mayor atención.

Adoptar un método basado en el nivelde riesgo también implica la adopción deun proceso de evaluación para manejarlos problemas de lavado de dinero y definanciamiento de terrorismo. Este pro-ceso debe incluir el reconocimiento del

riesgo, realización de una evaluación y eldesarrollo de estrategias para manejar ymitigar los riesgos identificados.

Se debe realizar un análisis para de-terminar donde se encuentran los ma-yores riesgos de lavado de dinero y fi-nanciamiento de terrorismo. Los paísesdeben ser capaces de reconocer lasvulnerabilidades y corregirlas debida-mente.

Las instituciones deben identificar cuá-les son sus clientes, productos y servi-cios más riesgosos, incluyendo vías deacceso y localidad geográfica. Sin em-bargo, debido a que las circunstanciasno son estáticas, las evaluaciones de-ben ser revisadas y actualizadas con laevolución de los acontecimientos y lasamenazas.

Las estrategias desarrolladas paraidentificar y mitigar los mayores riesgos delavado de dinero y financiamiento de te-rrorismo en las instituciones financieras,típicamente se basan en disuasión (porejemplo mejor diligencia debida con losclientes), detección (reportes de activida-des sospechosas), y creación de archivos

para facilitar cualquier investigación. Sedeben desarrollar procedimientos propor-cionales a la evaluación del riesgo. Lasáreas de mayor riesgo deben ser someti-das a procedimientos más detallados, queincluyan una mejor diligencia debida so-bre los clientes y supervisiones detalladasde las transacciones.

El Método basado en Nivel de Riesgo

El Gafi tiene su manual

Breves

Un método basado en nivel de riesgo debe:

1. Incluir la identificación y categorización de riesgo de lavado de dinero y la ejecu-ción de un sistema de control racional basado en los riesgos identificados.

2. No debe estar diseñado de manera tal que se le prohíba a las instituciones finan-cieras involucrarse en transacciones con clientes ni establecer relaciones con poten-ciales usuarios. Por el contrario, debe asistirlas en el manejo efectivo de riesgos de la-vado de dinero y financiamiento de terrorismo.

3. Debe ofrecer una estructura de controles adecuados y efectivos para manejar losriesgos de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo.

4. Debe reconocer que los controles aplicados razonablemente, incluyendo aque-llos que han sido ejecutados como un método de nivel de riesgo debidamente aplica-do, no funcionan para identificar y detectar todos los casos de lavado de dinero o fi-nanciamiento de terrorismo. Por lo tanto, los supervisores, las autoridades policiales yjudiciales deben tomar esto en cuenta y tener la debida consideración con las institu-ciones financieras y sus métodos basados en nivel de riesgo.

La Conferencia Anual en Preven-ción de Lavado de Activos, organiza-da por Florida International BankersAssociation, Fiba, con el apoyo deFelaban, se celebrará en Miami losdías 27 y 28 de Febrero de 2008 en elHotel Intercontinental, Miami.

La Gerencia de Riesgo y el Moni-toreo de Transacciones será el enfo-que de uno de los paneles del primerdía y a continuación se presentará lasiempre esperada sesión de pregun-tas y respuestas con los reguladoresde las agencias americanas.

La Corresponsalía Bancaria seráampliamente desarrollada en uno delos paneles y abarcará el monitoreode transacciones y sus fallas y un de-tallado análisis de lo que el banco de-be saber de su clientes. La agendaacadémica ha sido desarrollada espe-cíficamente para estudiar estos im-portantes temas con detenimiento,abarcando información actualizadasobre los requisitos en la prevenciónal lavado de dinero y financia-mien-to del terrorismo.

El enfoque dinámico ayudará alprofesional financiero a implementarlos requisitos de la manera más prác-tica y eficaz a través de sesiones ex-tensas de preguntas y respuestas rea-lizadas por los representantes másimportantes de las agencias de regu-lación, banqueros, oficiales del go-bierno, y especialistas en el tema.Para mayor información, por favorcomuníquese con

FIBA al 305-579-0086 o [email protected] o visite en la Web

www.antimoneylaundering-fiba.com

ConferenciaFelaban-Fiba en Miami

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Prevención

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Prevención

2 Cuentas Claras • ENERO 2008

• Las estrategias desarrolladas para identificar y mitigar los mayores riesgos de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo en las institucionesfinancieras, típicamente se basan en disuasión (por ejemplo mejordiligencia debida con los clientes), detección (reportes de actividadessospechosas), y creación de archivospara facilitar cualquier investigación

E n junio de 2007, el Grupo de Ac-ción Financiera Internacional divulgóuna “Guía para la prevención de la Le-gitimación de capitales y el financia-miento del terrorismo bajo un enfoquebasado en el riesgo”. En esta edicióndestacaremos aspectos esenciales deeste documento.

El Gafi recomienda:Cada institución financiera debe tener

un método particular basado en el nivelde riesgo, que permita cumplir con la obli-gación de controlar la legitimación de ca-pitales y el financiamiento de terrorismo.

Al adoptar este método, tanto las auto-ridades como las instituciones financie-ras pueden tener la seguridad de que es-tán adoptando las medidas necesariaspara evitar o mitigar el riesgo de lavadode dinero y financiamiento de terrorismo,de manera proporcional a los riesgosidentificados.

El método permite que los recursosdisponibles se empleen eficientemente.El principio se basa en que los recursosse inviertan de acuerdo a las prioridades,

en las áreas con mayor riesgo, de mane-ra que reciban la mayor atención.

Adoptar un método basado en el nivelde riesgo también implica la adopción deun proceso de evaluación para manejarlos problemas de lavado de dinero y definanciamiento de terrorismo. Este pro-ceso debe incluir el reconocimiento del

riesgo, realización de una evaluación y eldesarrollo de estrategias para manejar ymitigar los riesgos identificados.

Se debe realizar un análisis para de-terminar donde se encuentran los ma-yores riesgos de lavado de dinero y fi-nanciamiento de terrorismo. Los paísesdeben ser capaces de reconocer lasvulnerabilidades y corregirlas debida-mente.

Las instituciones deben identificar cuá-les son sus clientes, productos y servi-cios más riesgosos, incluyendo vías deacceso y localidad geográfica. Sin em-bargo, debido a que las circunstanciasno son estáticas, las evaluaciones de-ben ser revisadas y actualizadas con laevolución de los acontecimientos y lasamenazas.

Las estrategias desarrolladas paraidentificar y mitigar los mayores riesgos delavado de dinero y financiamiento de te-rrorismo en las instituciones financieras,típicamente se basan en disuasión (porejemplo mejor diligencia debida con losclientes), detección (reportes de activida-des sospechosas), y creación de archivos

para facilitar cualquier investigación. Sedeben desarrollar procedimientos propor-cionales a la evaluación del riesgo. Lasáreas de mayor riesgo deben ser someti-das a procedimientos más detallados, queincluyan una mejor diligencia debida so-bre los clientes y supervisiones detalladasde las transacciones.

El Método basado en Nivel de Riesgo

El Gafi tiene su manual

Breves

Un método basado en nivel de riesgo debe:

1. Incluir la identificación y categorización de riesgo de lavado de dinero y la ejecu-ción de un sistema de control racional basado en los riesgos identificados.

2. No debe estar diseñado de manera tal que se le prohíba a las instituciones finan-cieras involucrarse en transacciones con clientes ni establecer relaciones con poten-ciales usuarios. Por el contrario, debe asistirlas en el manejo efectivo de riesgos de la-vado de dinero y financiamiento de terrorismo.

3. Debe ofrecer una estructura de controles adecuados y efectivos para manejar losriesgos de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo.

4. Debe reconocer que los controles aplicados razonablemente, incluyendo aque-llos que han sido ejecutados como un método de nivel de riesgo debidamente aplica-do, no funcionan para identificar y detectar todos los casos de lavado de dinero o fi-nanciamiento de terrorismo. Por lo tanto, los supervisores, las autoridades policiales yjudiciales deben tomar esto en cuenta y tener la debida consideración con las institu-ciones financieras y sus métodos basados en nivel de riesgo.

La Conferencia Anual en Preven-ción de Lavado de Activos, organiza-da por Florida International BankersAssociation, Fiba, con el apoyo deFelaban, se celebrará en Miami losdías 27 y 28 de Febrero de 2008 en elHotel Intercontinental, Miami.

La Gerencia de Riesgo y el Moni-toreo de Transacciones será el enfo-que de uno de los paneles del primerdía y a continuación se presentará lasiempre esperada sesión de pregun-tas y respuestas con los reguladoresde las agencias americanas.

La Corresponsalía Bancaria seráampliamente desarrollada en uno delos paneles y abarcará el monitoreode transacciones y sus fallas y un de-tallado análisis de lo que el banco de-be saber de su clientes. La agendaacadémica ha sido desarrollada espe-cíficamente para estudiar estos im-portantes temas con detenimiento,abarcando información actualizadasobre los requisitos en la prevenciónal lavado de dinero y financia-mien-to del terrorismo.

El enfoque dinámico ayudará alprofesional financiero a implementarlos requisitos de la manera más prác-tica y eficaz a través de sesiones ex-tensas de preguntas y respuestas rea-lizadas por los representantes másimportantes de las agencias de regu-lación, banqueros, oficiales del go-bierno, y especialistas en el tema.Para mayor información, por favorcomuníquese con

FIBA al 305-579-0086 o [email protected] o visite en la Web

www.antimoneylaundering-fiba.com

ConferenciaFelaban-Fiba en Miami

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5

Regulación

4 Cuentas Claras • ENERO 2008

Pregunta obligatoria en las instituciones financieras de la UE

Desde el pasado 15 de diciembre,los países integrantes de la Unión Euro-pea comenzaron a ejecutar la TerceraDirectiva, una nueva normativa que traenovedades en materia de prevención,control y fiscalización de la legitimaciónde capitales (lavado de dinero o blan-queo de capitales) y del financiamientodel terrorismo. La Directiva se aplica a los sectores fi-nancieros y otros servicios claves. Asi-mismo, a todos los proveedores de bie-nes (mercancías), cuando los pagosson hechos en dinero efectivo superior a15.000 euros. Todos los sujetos obliga-dos deben cooperar en la lucha contrala legitimación de capitales y el financia-miento del terrorismo y tomar las medi-das fundamentales para instalar siste-mas preventivos dentro de sus organi-zaciones.

Destacan entre las medidas, además dela legitimación de capitales: la inclusióndel delito de financiamiento del terroris-mo. Una intensa labor de identificacióndel cliente, y define el «beneficiario efecti-vo» como la persona física que en últi-mo término posea o controle, directa oindirectamente, al menos un 10 % de lasacciones o derechos de voto de unapersona jurídica o de la propiedad deuna fundación, fideicomiso o entidad ju-rídica similar, o que ejerza por otros me-dios una influencia comparable, porejemplo, en la gestión.

En el marco de la Conferencia y ExhibiciónEuropea sobre Lavado de Dinero, deACAMS, en conjunto con lavadodinero-.com, efectuada a principios de noviembreen Ámsterdam, Holanda, la editora deCuentas Claras. Margarita Woycie-chowsky de Tablante, conversó con la ase-sora especial del Ministerio de Finanzas de

Holanda y directora de la División de Inte-gridad de los Mercados Financieros, Ann-Chris Visser, responsable de sanciones fi-nancieras y de las relaciones con el Gafi.

MW: ¿Qué es lo novedoso de esta Ter-cera Directiva antilavado de la UniónEuropea?

AV: Constituye el seguimiento de la se-gunda directiva antilavado de la UniónEuropea, producto de las recomendacio-nes del Gafi (Grupo de Acción FinancieraInternacional) pero efectivamente contie-ne algunos elementos novedosos. Haynuevos requerimientos que no aparecenen las leyes de algunos países de la UE,pero que a partir de ahora deben ejecu-tarse, por ejemplo, lo relativo a las perso-nas expuestas políticamente (Pep). Lasegunda directiva no requería identificar a

•Las Instituciones financierasdeberán identificar quienes son las personas detrás de las corporaciones, de acuerdo a la Tercera Directiva de la Unión Europea, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo

las Pep, pero ahora sí. Todas las institu-ciones financieras europeas deben pre-guntar a sus clientes si son Pep y refor-zar la debida diligencia en torno a ellos.

MW: ¿Se refiere a las Pep europeaso a las del resto del mundo?

AV: De acuerdo a la nueva regulación,se podría interpretar que va dirigida só-lo a las Pep extranjeras, pero lo ciertoes que eso depende de cada país. Porejemplo, en Holanda no consideramosa las Pep locales como tales, pero esono los exime de estudios severos porparte de las instituciones financierasholandesas. Eso depende del manejoque hagan de sus políticas de riesgo.Sin embargo, creo que hay otros paísesde la Unión Europea donde sí conside-ran a las Pep locales como tales. La di-ferencia ahora, a raíz de la puesta enmarcha de la Tercera Directiva antilava-

do, es que por primera vez en paísescomo Holanda y otros de la UE, se apli-cará una mejor diligencia debida hacialas Pep extranjeras.

MW: Otro aspecto novedoso de la Ter-cera Directiva parece ser el tema de laidentificación del dueño beneficiario…

AV: Efectivamente, las instituciones fi-nancieras deberán identificar quienesson las personas detrás de las corpora-ciones. Puede ser una labor fácil en elcaso de las compañías familiares, porejemplo, pero puede complicarse bas-tante en el caso de las corporaciones ylas compañías que poseen numerososaccionistas. Es un desafío.

MW: ¿Qué aspiran lograr con la ejecu-ción de la Tercera Directiva antilavadode la UE?

AV: Creo que ayudará a una mejor diligen-cia debida, ya que se hará más énfasis enel cumplimiento de las directrices del Gafi.Mejoraremos nuestros estándares para

equipararlos a los internacionales. Nuevoselementos serán incorporados a las legisla-ciones de cada país de la UE. Habrá ma-yores posibilidades de aplicación de las le-yes, de supervisión y en general eso contri-buirá a mejorar los estándares internacio-nales de la política contra la legitimación decapitales y el financiamiento del terrorismo,ayudando a prevenir la integridad del siste-ma financiero mundial. Aunque, por su-puesto, lo más probable es que la delin-cuencia organizada encontrará huecos pordonde meterse, pero esa es la historia denunca acabar. Los gobiernos seguiremostambién modificando las leyes y regulacio-nes para tratar de impedir que logren susobjetivos. A pesar de todo, creo que vamosen la dirección correcta.

Regulación

?Es usted un Pep

La asesora especial del Ministerio de Finanzas deHolanda, Ann-Chris Visser

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Regulación

4 Cuentas Claras • ENERO 2008

Pregunta obligatoria en las instituciones financieras de la UE

Desde el pasado 15 de diciembre,los países integrantes de la Unión Euro-pea comenzaron a ejecutar la TerceraDirectiva, una nueva normativa que traenovedades en materia de prevención,control y fiscalización de la legitimaciónde capitales (lavado de dinero o blan-queo de capitales) y del financiamientodel terrorismo. La Directiva se aplica a los sectores fi-nancieros y otros servicios claves. Asi-mismo, a todos los proveedores de bie-nes (mercancías), cuando los pagosson hechos en dinero efectivo superior a15.000 euros. Todos los sujetos obliga-dos deben cooperar en la lucha contrala legitimación de capitales y el financia-miento del terrorismo y tomar las medi-das fundamentales para instalar siste-mas preventivos dentro de sus organi-zaciones.

Destacan entre las medidas, además dela legitimación de capitales: la inclusióndel delito de financiamiento del terroris-mo. Una intensa labor de identificacióndel cliente, y define el «beneficiario efecti-vo» como la persona física que en últi-mo término posea o controle, directa oindirectamente, al menos un 10 % de lasacciones o derechos de voto de unapersona jurídica o de la propiedad deuna fundación, fideicomiso o entidad ju-rídica similar, o que ejerza por otros me-dios una influencia comparable, porejemplo, en la gestión.

En el marco de la Conferencia y ExhibiciónEuropea sobre Lavado de Dinero, deACAMS, en conjunto con lavadodinero-.com, efectuada a principios de noviembreen Ámsterdam, Holanda, la editora deCuentas Claras. Margarita Woycie-chowsky de Tablante, conversó con la ase-sora especial del Ministerio de Finanzas de

Holanda y directora de la División de Inte-gridad de los Mercados Financieros, Ann-Chris Visser, responsable de sanciones fi-nancieras y de las relaciones con el Gafi.

MW: ¿Qué es lo novedoso de esta Ter-cera Directiva antilavado de la UniónEuropea?

AV: Constituye el seguimiento de la se-gunda directiva antilavado de la UniónEuropea, producto de las recomendacio-nes del Gafi (Grupo de Acción FinancieraInternacional) pero efectivamente contie-ne algunos elementos novedosos. Haynuevos requerimientos que no aparecenen las leyes de algunos países de la UE,pero que a partir de ahora deben ejecu-tarse, por ejemplo, lo relativo a las perso-nas expuestas políticamente (Pep). Lasegunda directiva no requería identificar a

•Las Instituciones financierasdeberán identificar quienes son las personas detrás de las corporaciones, de acuerdo a la Tercera Directiva de la Unión Europea, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo

las Pep, pero ahora sí. Todas las institu-ciones financieras europeas deben pre-guntar a sus clientes si son Pep y refor-zar la debida diligencia en torno a ellos.

MW: ¿Se refiere a las Pep europeaso a las del resto del mundo?

AV: De acuerdo a la nueva regulación,se podría interpretar que va dirigida só-lo a las Pep extranjeras, pero lo ciertoes que eso depende de cada país. Porejemplo, en Holanda no consideramosa las Pep locales como tales, pero esono los exime de estudios severos porparte de las instituciones financierasholandesas. Eso depende del manejoque hagan de sus políticas de riesgo.Sin embargo, creo que hay otros paísesde la Unión Europea donde sí conside-ran a las Pep locales como tales. La di-ferencia ahora, a raíz de la puesta enmarcha de la Tercera Directiva antilava-

do, es que por primera vez en paísescomo Holanda y otros de la UE, se apli-cará una mejor diligencia debida hacialas Pep extranjeras.

MW: Otro aspecto novedoso de la Ter-cera Directiva parece ser el tema de laidentificación del dueño beneficiario…

AV: Efectivamente, las instituciones fi-nancieras deberán identificar quienesson las personas detrás de las corpora-ciones. Puede ser una labor fácil en elcaso de las compañías familiares, porejemplo, pero puede complicarse bas-tante en el caso de las corporaciones ylas compañías que poseen numerososaccionistas. Es un desafío.

MW: ¿Qué aspiran lograr con la ejecu-ción de la Tercera Directiva antilavadode la UE?

AV: Creo que ayudará a una mejor diligen-cia debida, ya que se hará más énfasis enel cumplimiento de las directrices del Gafi.Mejoraremos nuestros estándares para

equipararlos a los internacionales. Nuevoselementos serán incorporados a las legisla-ciones de cada país de la UE. Habrá ma-yores posibilidades de aplicación de las le-yes, de supervisión y en general eso contri-buirá a mejorar los estándares internacio-nales de la política contra la legitimación decapitales y el financiamiento del terrorismo,ayudando a prevenir la integridad del siste-ma financiero mundial. Aunque, por su-puesto, lo más probable es que la delin-cuencia organizada encontrará huecos pordonde meterse, pero esa es la historia denunca acabar. Los gobiernos seguiremostambién modificando las leyes y regulacio-nes para tratar de impedir que logren susobjetivos. A pesar de todo, creo que vamosen la dirección correcta.

Regulación

?Es usted un Pep

La asesora especial del Ministerio de Finanzas deHolanda, Ann-Chris Visser

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ichard Small es miembro del consejoasesor de la Asociación de EspecialistasAnti-Lavado de Dinero (Acams), y aseguraque la banca no está perdiendo la batallacontra la delincuencia organizada. “Identifi-camos el problema, lo precisamos y les da-mos la información a los organismos policia-les o judiciales competentes. Creo que esoes el resultado tanto de las regulaciones gu-bernamentales como de los controles que labanca ha establecido. Claro está, nos refe-rimos a los casos que podemos ver. Por su-puesto, hay mucho lavado de dinero, asumi-mos que también hay financiamiento del te-rrorismo en alguna parte, eso está pasando,hay mucho que no podemos ver aún, queno detectamos, pero lo que sí vemos, lo quelogramos detectar, con ello sí estamos ha-ciendo nuestro trabajo lo mejor posible”.

Con el ex director de prevención y controlde la legitimación de capitales del Citigroupy ex consejero especial de la Reserva Fede-ral de EE.UU, conversamos en Ámsterdam,Holanda, durante la Conferencia de Acamsy lavado de dinero.com

MW: ¿Cree que todas estas leyes y re-gulaciones han sido eficientes, se ha lo-grado algo?

RS: Creo que se van desarrollando enel tiempo… se identifican riesgos y los go-biernos rediseñan medidas, es algo quecambia permanentemente, evoluciona…no es rígido.

MW: ¿Cree usted que la Tercera Directi-va relativa a la prevención de la utilizacióndel sistema financiero para el blanqueode capitales y el financiamiento del terro-rismo propiciará cambios importantes?

RS: Habrá cambios en cuestiones espe-cíficas. Por ejemplo, reforzará los esfuerzospor mejorar la identificación del dueño bene-ficiario, eso ya existía pero se hará un ma-

yor énfasis y creo que es bueno, inclusivepara los negocios, ya que conocer mejor alos clientes nos permite diseñar mejoresprogramas para ellos y disminuir considera-blemente el riesgo.

MW: En los Estados Unidos de Améri-ca también tienen problemas con res-pecto a la identificación del dueño bene-

ficiario, hasta el punto de que el Gafi ledio un plazo hasta mediados de 2008 pa-ra solucionar la situación.

RS: Así es. Ciertamente, no diría que esun problema serio pero es una situacióncon la cual el sistema financiero de Esta-dos Unidos siempre ha tenido que lidiar. Elpunto central es que no se debería hacernegocios con un potencial cliente si no po-demos determinar quién es el beneficiariofinal ni tampoco discernir otras formas deminimizar el riesgo. No es en realidad unproblema sino más bien una situación conla que debemos lidiar.

“Estamos haciendo nuestro trabajo lo mejor posible”

La Banca no está perdiendo la batalla

• Los sistemas de prevencióny control de la legitimación de capitales, no se pueden usarcontra el financiamiento del terrorismo, afirmó Richard Small, miembro del consejo asesor de la Asociación de Especialistas Anti-Lavado de Dinero (Acams)

R

Legitimación

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Legitimación

6 Cuentas Claras • ENERO 2008

•Debe reconocerse que el ries-go de blanqueo de capitales yfinanciación del terrorismo noes el mismo en todos los casos.Conforme a un planteamientobasado en el riesgo, debe intro-ducirse en la presente Directivael principio de contemplar, encasos adecuados, medidas sim-plificadas de diligencia debidacon respecto al cliente.

•Las entidades y personas aquienes se aplica la Tercera Di-rectiva deben, de conformidadcon la misma, identificar ycomprobar la identidad del titu-lar real. Para cumplir con esterequisito, las citadas entidadesy personas podrán optar, si lodesean, por recurrir a los regis-tros públicos de titulares reales,solicitar a sus clientes los datospertinentes, o conseguir la in-formación de cualquier otromodo, teniendo en cuenta queel nivel de estas medidas de di-ligencia debida con respecto alcliente responde al riesgo deblanqueo de capitales y finan-ciación de actividades terroris-tas, que depende del tipo delcliente, de la relación comer-cial, del producto o de la tran-sacción.

•Es fundamental una defini-ción exacta del concepto de «ti-tular real». Cuando aún no sehaya designado a los titularesreales concretos de una entidado instrumento jurídicos, comouna fundación o un fideicomi-so, y sea imposible, por tanto,

reconocer a una persona físicaconcreta como titular real, bas-taría con determinar la «catego-ría de personas» destinadas aser los beneficiarios de la fun-dación o fideicomiso.

•La excepción relativa a laidentificación de los titularesreales de cuentas compartidas,bajo la supervisión de notariosu otros profesionales indepen-dientes del Derecho, ha de en-tenderse sin perjuicio de lasobligaciones que incumban adichos notarios o profesionalesdel Derecho, en virtud de lodispuesto en la presente Direc-tiva. Entre esas obligaciones fi-gura la necesidad de que estosnotarios u otros profesionalesindependientes del Derechoidentifiquen a los titulares rea-les de las cuentas compartidasbajo su supervisión.

•Como quiera que el mayorrigor en los controles efectua-dos en el sector financiero haincitado a los blanqueadores dedinero y a los financistas del te-rrorismo a acudir a métodos al-ternativos para encubrir el ori-gen de los productos del delito,y que tales canales pueden utili-zarse para la financiación delterrorismo, las obligaciones delucha contra el blanqueo de ca-pitales y la financiación del te-rrorismo deben hacerse extensi-vas a los intermediarios de se-guros de vida y a los proveedo-res de servicios a sociedades yfideicomisos.

•Del mismo modo, la legisla-ción comunitaria debe recono-cer que determinadas situacio-nes presentan mayor riesgo deblanqueo de capitales o finan-ciación del terrorismo. Si biendebe determinarse la identidady el perfil empresarial de todoslos clientes, hay casos en que

son necesarios procedimientosparticularmente rigurosos deidentificación del cliente ycomprobación de su identidad.Lo anterior se aplica de modoparticular a las relaciones de ne-gocios con personas que ocu-pen o hayan ocupado cargospúblicos importantes, máximecuando procedan de países don-de está extendida la corrupción;dichas relaciones pueden expo-ner el sector financiero a ries-gos considerables, en particularjurídicos y de reputación.

3ra Directiva de la UE y el Titular Real

Richard Small es miembro del consejo asesor de la Acams

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ichard Small es miembro del consejoasesor de la Asociación de EspecialistasAnti-Lavado de Dinero (Acams), y aseguraque la banca no está perdiendo la batallacontra la delincuencia organizada. “Identifi-camos el problema, lo precisamos y les da-mos la información a los organismos policia-les o judiciales competentes. Creo que esoes el resultado tanto de las regulaciones gu-bernamentales como de los controles que labanca ha establecido. Claro está, nos refe-rimos a los casos que podemos ver. Por su-puesto, hay mucho lavado de dinero, asumi-mos que también hay financiamiento del te-rrorismo en alguna parte, eso está pasando,hay mucho que no podemos ver aún, queno detectamos, pero lo que sí vemos, lo quelogramos detectar, con ello sí estamos ha-ciendo nuestro trabajo lo mejor posible”.

Con el ex director de prevención y controlde la legitimación de capitales del Citigroupy ex consejero especial de la Reserva Fede-ral de EE.UU, conversamos en Ámsterdam,Holanda, durante la Conferencia de Acamsy lavado de dinero.com

MW: ¿Cree que todas estas leyes y re-gulaciones han sido eficientes, se ha lo-grado algo?

RS: Creo que se van desarrollando enel tiempo… se identifican riesgos y los go-biernos rediseñan medidas, es algo quecambia permanentemente, evoluciona…no es rígido.

MW: ¿Cree usted que la Tercera Directi-va relativa a la prevención de la utilizacióndel sistema financiero para el blanqueode capitales y el financiamiento del terro-rismo propiciará cambios importantes?

RS: Habrá cambios en cuestiones espe-cíficas. Por ejemplo, reforzará los esfuerzospor mejorar la identificación del dueño bene-ficiario, eso ya existía pero se hará un ma-

yor énfasis y creo que es bueno, inclusivepara los negocios, ya que conocer mejor alos clientes nos permite diseñar mejoresprogramas para ellos y disminuir considera-blemente el riesgo.

MW: En los Estados Unidos de Améri-ca también tienen problemas con res-pecto a la identificación del dueño bene-

ficiario, hasta el punto de que el Gafi ledio un plazo hasta mediados de 2008 pa-ra solucionar la situación.

RS: Así es. Ciertamente, no diría que esun problema serio pero es una situacióncon la cual el sistema financiero de Esta-dos Unidos siempre ha tenido que lidiar. Elpunto central es que no se debería hacernegocios con un potencial cliente si no po-demos determinar quién es el beneficiariofinal ni tampoco discernir otras formas deminimizar el riesgo. No es en realidad unproblema sino más bien una situación conla que debemos lidiar.

“Estamos haciendo nuestro trabajo lo mejor posible”

La Banca no está perdiendo la batalla

• Los sistemas de prevencióny control de la legitimación de capitales, no se pueden usarcontra el financiamiento del terrorismo, afirmó Richard Small, miembro del consejo asesor de la Asociación de Especialistas Anti-Lavado de Dinero (Acams)

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Legitimación

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Legitimación

6 Cuentas Claras • ENERO 2008

•Debe reconocerse que el ries-go de blanqueo de capitales yfinanciación del terrorismo noes el mismo en todos los casos.Conforme a un planteamientobasado en el riesgo, debe intro-ducirse en la presente Directivael principio de contemplar, encasos adecuados, medidas sim-plificadas de diligencia debidacon respecto al cliente.

•Las entidades y personas aquienes se aplica la Tercera Di-rectiva deben, de conformidadcon la misma, identificar ycomprobar la identidad del titu-lar real. Para cumplir con esterequisito, las citadas entidadesy personas podrán optar, si lodesean, por recurrir a los regis-tros públicos de titulares reales,solicitar a sus clientes los datospertinentes, o conseguir la in-formación de cualquier otromodo, teniendo en cuenta queel nivel de estas medidas de di-ligencia debida con respecto alcliente responde al riesgo deblanqueo de capitales y finan-ciación de actividades terroris-tas, que depende del tipo delcliente, de la relación comer-cial, del producto o de la tran-sacción.

•Es fundamental una defini-ción exacta del concepto de «ti-tular real». Cuando aún no sehaya designado a los titularesreales concretos de una entidado instrumento jurídicos, comouna fundación o un fideicomi-so, y sea imposible, por tanto,

reconocer a una persona físicaconcreta como titular real, bas-taría con determinar la «catego-ría de personas» destinadas aser los beneficiarios de la fun-dación o fideicomiso.

•La excepción relativa a laidentificación de los titularesreales de cuentas compartidas,bajo la supervisión de notariosu otros profesionales indepen-dientes del Derecho, ha de en-tenderse sin perjuicio de lasobligaciones que incumban adichos notarios o profesionalesdel Derecho, en virtud de lodispuesto en la presente Direc-tiva. Entre esas obligaciones fi-gura la necesidad de que estosnotarios u otros profesionalesindependientes del Derechoidentifiquen a los titulares rea-les de las cuentas compartidasbajo su supervisión.

•Como quiera que el mayorrigor en los controles efectua-dos en el sector financiero haincitado a los blanqueadores dedinero y a los financistas del te-rrorismo a acudir a métodos al-ternativos para encubrir el ori-gen de los productos del delito,y que tales canales pueden utili-zarse para la financiación delterrorismo, las obligaciones delucha contra el blanqueo de ca-pitales y la financiación del te-rrorismo deben hacerse extensi-vas a los intermediarios de se-guros de vida y a los proveedo-res de servicios a sociedades yfideicomisos.

•Del mismo modo, la legisla-ción comunitaria debe recono-cer que determinadas situacio-nes presentan mayor riesgo deblanqueo de capitales o finan-ciación del terrorismo. Si biendebe determinarse la identidady el perfil empresarial de todoslos clientes, hay casos en que

son necesarios procedimientosparticularmente rigurosos deidentificación del cliente ycomprobación de su identidad.Lo anterior se aplica de modoparticular a las relaciones de ne-gocios con personas que ocu-pen o hayan ocupado cargospúblicos importantes, máximecuando procedan de países don-de está extendida la corrupción;dichas relaciones pueden expo-ner el sector financiero a ries-gos considerables, en particularjurídicos y de reputación.

3ra Directiva de la UE y el Titular Real

Richard Small es miembro del consejo asesor de la Acams

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Legitimación

8 Cuentas Claras • ENERO 2008

La Banca no está... MW: Cómo ve los esfuerzos del sector financiero euro-

peo. ¿Están haciendo su trabajo?

RS: Sí, creo que lo están haciendo en general. Claroque cada país tiene sus peculiaridades y su forma de ha-cer las cosas. A pesar de que la mayoría de las leyes, y re-gulaciones de cumplimiento internacional fueron, al princi-pio, iniciativa de Estados Unidos, las decisiones finales,acerca de su adopción o no, provienen de organismos mul-tilaterales como el GAFI, en donde están representadasnumerosas naciones. Por ejemplo, la Tercera Directiva esuna propuesta de la propia Unión Europea. Creo que haceunos siete años, efectivamente, las iniciativas en estecampo provenían más de Estados Unidos, pero ese ya noes el caso. Hay mayor conciencia del problema a nivelmundial.

MW: ¿Qué opinión le merece el rumor que circula en al-gunos sectores, según los cuales, capitales estarían de-jando Estados Unidos para buscar menos rigidez encuanto a las medidas de control del lavado de dinero, porejemplo en Europa?

RS: Realmente yo no lo sé ni creo que nadie pueda afir-marlo con seguridad. En este seminario hemos estado discu-tiendo acerca del tema, por lo de los cover payments (cubrirlos pagos de los bancos internacionales) y algunos creenque efectivamente la banca internacional estaría cambiandolos capitales de sus clientes a otras monedas diferentes aldólar para no tener que pasar su transacción a través deEE.UU. Sin embargo, todavía no tenemos estadísticas acer-ca de esta posible situación.

MW: Hablando de cifras y estadísticas, al parecer sonbastante difíciles de conseguir en cuanto a temas comoéste y el de la legitimación de capitales.

RS: Sí, sobre todo en cuanto a la cantidad de dinero que seestaría lavando… El Banco Mundial lo ha estimado entre el3 y 5 % del Producto Interno Bruto del mundo. En realidad,nadie lo sabe realmente.

MW: Hace siete años, cuando se empezó a enfocar eltema del financiamiento del terrorismo de manera másexhaustiva, muchos creyeron que se podían utilizar paraello los mismos sistemas o aplicar las mismas medidasque las referentes al lavado de dinero. ¿Cómo está esasituación en este momento?

RS: Soy un absoluto creyente de que no se pueden usarlos sistemas de prevención y control de la legitimación del te-rrorismo contra el financiamiento del terrorismo. El dinero pa-ra financiar el terrorismo puede provenir de diversos delitoscomo atracos a bancos, estafas con tarjetas de crédito, etc.Pero lo que el banco va a ver o detectar es el delito previo: laestafa, por ejemplo, pero no el financiamiento del terrorismoen sí. Nuestros programas y sistemas lo que detectan es undelito. Corre entonces por cuenta de los organismos policia-les o de seguridad pública relacionar ese delito con el finan-ciamiento del terrorismo.

MW: Cada día las leyes establecen nuevos sujetos obli-gados, nuevos sectores que deben cumplir con una dili-gencia debida en torno al tema de la prevención de la le-gitimación de capitales. Ya no es solo el sector financie-ro (banca, seguros, casas de bolsa), ahora también loscasinos, abogados, contadores, anticuarios, vendedoresde automóviles y yates, joyeros, agentes de viaje, etc.,parece que esto no tiene fin… ¿Dónde parará?

RS: Mientras los gobiernos sigan detectando sectores oáreas en donde se realizan transacciones financieras y sepueda lavar dinero, tratarán de establecer controles. Alprincipio, en EE.UU, se trataba de los bancos, luego fue-ron los corredores de Bolsa, después las compañías deseguros, ahora tenemos también a los vendedores de bie-nes raíces, a los joyeros, casinos, todos los sectores don-de se presume que se realizan grandes transacciones fi-nancieras. No sé dónde va a parar todo esto, pero en todocaso es responsabilidad de los gobiernos determinarlo. Laparte positiva de todo esto es que ahora los gobiernos, porlo menos el de Estados Unidos, están más deseosos decomunicarse y entender cómo funcionan los diversos sec-tores de la economía. Así que no se trata nada más de re-cibir mandatos u órdenes sin más, sino que hay una mejorcomunicación entre el sector público y el privado y esosiempre es positivo.

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Control

9

Todas estas preguntas las respondeBayardo Ramírez Monagas, expertoasesor en materia de prevención ycontrol de la legitimación de capita-les y financiamiento del terrorismo y

director de “Cuentas Claras”, en su impor-tante trabajo sobre el rol del Oficial de Cum-plimiento de Prevención y Control de la Le-gitimación de Capitales y del Financiamien-to del Terrorismo

En la introducción asegura que “muchas delas de las explicaciones de este opúsculo (1),pertenecen al secreto de lo obvio, porque sontan evidentes que no las vemos por hacersecotidianas, pero existe un problema más gra-ve, las personas jurídicas y naturales a quie-nes va dirigida, por lo general las incluyen enel paisaje, (como cuando uno se acostumbraa ver la ciudad llena de basura y ya no la ve)bien por que no tienen conocimiento sobreello, o porque no se han desarrollado unas es-trategias de comunicación y cooperación cor-porativas y gubernamentales de motivaciónpara que centren su interés y atención en es-tos problemas y riesgos contemporáneos yglobales”

Agrega que estos dos obstáculos: “Lo ob-vio y el paisajismo, por ser imperceptibles, in-visibles, aumentan las dificultades, la resisten-cia, el roce del Oficial de Cumplimiento paradesarrollar su labor, por que ellos conllevan amayor deficiencia de recursos (2) de toda índo-le y del apoyo claro de las políticas corporati-

vas y de la colaboración operativa de las otrasáreas de la corporación. Por ello, sabiendoque está situación es generada por la culturacorporativa dominante, es que hemos hechoeste esfuerzo de sistematización de las cir-cunstancias que entraña el quehacer del Ofi-cial de Cumplimiento: ¿Quién es, Qué hace,Dónde, Por qué Medios, Por Qué, Cómo,Cuándo, del hexámetro técnico trasmitido porQuintiliano (3), con el ánimo, el espíritu, la ra-zón e intención de contribuir para allanarles elcamino a ellos y a las empresas didáctica-mente, con sentido de nuestros valores éticos,responsabilidad, compromiso y buenas inten-siones, ya que tienen que cumplir volis nolis (4)

(quieras o no quieras) con estas obligacioneslegales de estándares mundiales, en la aplica-ción de la Mejor Diligencia Debida, para actuarcon eficiencia, eficacia y efectividad, ante estegrave riesgo múltiple que nos toca”

En esta edición 32 de Cuentas Claras,pretendemos, con la ayuda de Bayardo Ra-mírez Monagas y sus extensos conocimien-tos sobre la materia –lo cual agradecemosprofundamente- destacar no sólo la impor-tancia del oficial de cumplimiento, sino elmagno rol que desempeña en la prevencióny control de la legitimación de capitales y delfinanciamiento del terrorismo. Aclaramos quese trata de un trabajo integrado, que hemosseparados en seis aspectos para adaptarlo alas características de este medio de informa-ción especializada.

1 Quién es.

2 Qué hace.

3 Dónde cumple sus funciones.

4 Por cuáles medios actúa y con quiénes.

5 Por qué es necesario contar con él.

6 Cómo y cuándo son fundamentales susintervenciones.

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS Un actor fundamental

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(1) Obra científica o literaria de poca extensión, que hacemos como guía básica de consulta respecto de un tema en particular en prevención y control de laLC y FT para favorecer la información con un instrumento eficaz y funcional, que ayude al Oficial de Cumplimiento y quienes conviven con él en la empresa a quehaga su labor con más colaboración y motivación. Cooperamos así con el desarrollo y comprensión de un tema.

(2) El análisis obliga a considerar la escasez de recursos de poder y de recursos económicos, en la situación de poder compartido y conflictivo del Oficial deCumplimiento, en la interacción Yo y el Otro a lo interno del actor social empresa, por las diferentes apreciaciones situacionales de este problema político, econó-mico y social. Su planificación está limitada por un “vector de recursos escasos”

(3) Quintiliano Marco Pablo, retórico hispano latino, nacido en Calahorra (¿30-100.?) Espíritu clásico reacciona con sus Institutiones Oratoriae contra el estilorebuscado de sus contemporáneos. Creador del hexámetro técnico que encierra lo que en retórica se llama las circunstancias: La persona, el hecho, el lugar,los medios, los motivos, la manera y el tiempo. Resume también toda la investigación penal:Quis, quid, ubi ,quibus auxiliis, cur, quomodo, quando? ¿Quién esel culpable? , ¿Cuál es su delito?, ¿Dónde lo cometió?, ¿Por qué medios o con qué cómplices? ¿En qué tiempo? Y empleado a su vez para trabajos de inves-tigación científica.

(4) Volis Nolis (Quieras o no quieras) o Nolens, volens ( no queriendo, queriendo) Palabras latinas empleadas para significar de grado o por fuerza, quieras ono quieras que en la conceptualización de la planificación estratégica situacional llamamos situación de imposición extrema.

Bayardo Ramírez Monagas, Asesor dePrevención y control de la legitimación de capitales y financiamiento del terrorismo.

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Control

1110 Cuentas Claras • ENERO 2008

El Oficial de Cumplimiento en prevención y con-trol de los delitos graves de legitimación de ca-pitales y financiamiento al terrorismo, es unanueva profesión que surge como espada filosaen su verbo de advertencia y flecha aguda en

la acción preventiva y de control de las empresas (Su-jetos obligados) con el fenómeno social contemporá-neo de la globalización política, económica, técnica ymilitar del mundo, a raíz de la sanción de la Conven-ción de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito deEstupefacientes y Psicotrópicos, Viena 1988, dondese crea a nivel político una conducta a tipificar (La Le-gitimación de Capitales) por los Estados partes de es-ta organización supragubernamental, cuando estosdelitos graves y sus actores sociales que los cometen:la delincuencia organizada transnacional y el terroris-mo internacional también se globalizan, como efectoindeseado de la globalización y estos actores socialesse benefician de las bondades del sistema financieromundial y su nueva arquitectura globalizada.

Esta profesión se consolida con las Convenciones delas Naciones Unidas (N.U): Contra la represión del finan-ciamiento al terrorismo (Nueva York, 1999). Contra la de-lincuencia organizada transnacional (Palermo, Italia,2000). Contra la corrupción (Mérida, México, 2003). Asi-mismo, la colaboraciones deontológicas del Comité deSupervisión Bancaria de Basilea (Basilea I y II), del Gru-po de Acción Financiera Internacional (GAFI), y en nues-tra Región GAFIC (área del Caribe), y Gafisud (Américadel Sur), y el Reglamento Modelo de la Comisión Intera-mericana contra el abuso de las drogas (Cicad-OEA) ylas convenciones de corrupción y terrorismo de Caracasy Barbados, respectivamente.

En este marco trazado por los organismos supranacio-nales y suscrito por los países miembros, se crean estra-tegias globalizadas de los Estados que profundizan el de-sarrollo del área de prevención y control de estos delitosgraves, con sus guerras preventivas, multidimensionalesy globales, que cada día requiere más la figura señerapreventiva y de control del Oficial de Cumplimiento comopiedra de toque del sistema situación mundial de estaárea operativa, en esta era de consenso, control y de hi-perregulación.

Esta profesión llegó “para quedarse” como dice el afo-rismo popular. Cada día las estrategias globales aumen-tan su presión dominante. Los Oficiales de Cumplimientode estos primeros veinte años, (los cuales no son nadaen el tiempo de las naciones y mucho en la vida de unhombre) son pioneros, precursores de esta nueva profe-sión, sometidos a las incomprensiones de sus compañe-ros de trabajo y de sus Directivas, por la necesidad de uncambio de cultura corporativa, la cual debe ajustarse alparadigma emergente, para que cambien las estructuras

de pensamiento y de allí las prácticas de trabajo y las for-mas organizativas de las empresas como Sujetos Obliga-dos y los nuevos deberes de cuidado que deben cumplirpor imposición legal.

Las comunidades científicas de las universidades, co-mienzan a darse cuenta lentamente de la necesidad -que hemos repetido desde el año 94- de impartir conoci-miento sistematizado en esta materia. Se van creando di-plomados, cohortes, postgrados, maestrías para otrasprofesiones, pero no pasará mucho tiempo en que se to-men decisiones y se le de carácter de carrera de pre-gra-do con licenciatura y extensa pensa de estudio para lle-gar a ser Oficial de Cumplimiento de prevención y controlde la legitimación de capitales.

Para precisar dentro de la categoría de distinción quiénes el Oficial de Cumplimiento como institución en el de-recho prudencial, es necesario que lo distingamos:

a) El Compliance Officer de EE.UU y de la Unión Eu-ropea, en sentido general, está para velar por la obser-vancia e implementación de todas las leyes, normas y re-glamentos, manuales internos que le correspondan cum-plir a los Bancos, Casas de Cambio, Casas de Bolsa, So-ciedades de Corretaje, Entidades de Ahorro y Préstamou otros entes del sistema financiero o no financieros.

b) El Oficial de Cumplimiento especial y exclusivo enmateria de Prevención y control de la legitimación de ca-pitales y el financiamiento al terrorismo, está para velarpor la observancia y cumplimiento de las normas regula-torias del Estado, dirigidas a prevenir, controlar, detectare informar que su empresa (por ser esta designada por laLey como Sujeto Obligado en función de garante por or-ganización, como una sociedad de actividad peligrosa yde riesgo permitido de operar), sus productos y serviciosno sean utilizados como intermediarios financieros invo-luntarios de la delincuencia organizada y de los financis-tas al terrorismo.

Esta confusión trae como error que se interprete que elprimero (Compliance Officer) también se ocupe de estaprevención y control, especial y diferente. Así se dispersala responsabilidad de este funcionario de Cumplimiento,y se reduce su eficiencia, eficacia y efectividad en tan de-licada labor, en franca violación de la normativa pruden-cial, lo cual aumenta el riesgo empresarial.

El Oficial de Cumplimiento en prevención y control deLC y FT, de quien nos ocupamos en este trabajo, debeser a tiempo y dedicación exclusiva en esta materia y pro-blema de riesgo múltiple, sin responsabilidades ajenasque lo distraigan de su alta responsabilidad especial y es-pecífica de proteger a la entidad, de la actividad de estosactores sociales delincuentes.

…TAMBIÉN CONTROLEl Oficial de Cumplimiento no sólo tiene funciones de

prevención, sino también de control del riesgo múltiple enel ámbito de la empresa, las cuales están estrechamenteentrelazadas e interrelacionadas, ya que si no tiene unbuen sistema de seguimiento, evaluación y control, nopuede velar eficiente, eficaz y efectivamente con el cum-plimiento y aplicación de la normativa prudencial sobredeberes de cumplimiento por parte de los directivos, ge-rentes y empleados de la Institución S.O.

Se debe distinguir el límite de sus responsabilidadesde gestión de la política empresarial, corporativa, penalculposa, administrativa y personal de este alto funciona-rio. Sus competencias y funciones son de gestión neta-mente operativas, él no responde por la falta de equiposde informática, electrónicos o cibernéticos o personal ode recursos económicos u organizativos y cognitivos delsistema, o de débil voluntad política empresarial. Éstasson responsabilidades de la alta Directiva de la empre-sa (junta Directiva y presidente) y de sus políticas cor-porativas, que reflejan el grado de compromiso de coo-peración, colaboración y cumplimiento de sus obligacio-nes legales.

Sus funciones y competencia están circunscritas a laesfera o área operativa de prevención, control, deteccióne información del riesgo especial relativo a las operacio-nes de LC y FT, en el ámbito de la empresa o grupo eco-nómico al que sirve y que por ello no tiene competencialegal para reprimir los delitos y capturar delincuentes nipara hacer investigaciones penales o tener la responsa-bilidad de la denuncia obligatoria, por no ser funcionariopúblico. No tiene estas atribuciones ni por la Constitución

de la República Bolivariana de Venezuela ni por el Códi-go Orgánico Procesal Penal ni por la Ley Orgánica con-tra la Delincuencia Organizada ni por la Ley del Ministe-rio Público. Conducta distinta sería contraria a la ley, se-ría un abuso de autoridad de quien lo pretendiere desdeel Estado y su actividad sería nula.

Es el Estado el que tiene el ejercicio del Jus Puniendi(derecho de castigar, de administrar justicia y de reprimirlos delitos dentro del deber de rango constitucional inde-legable de dar seguridad pública a sus ciudadanos). Sonlos Estados los que adquieren el compromiso internacio-nal, de asegurar las políticas, los que son garantes delcumplimiento de la ley y los que tienen el deber de fisca-lizar y supervisar. Por ello sus funciones de prevenir ycontrolar y de informar a las autoridades competentes, serefieren al ámbito de la empresa, sus productos y servi-cios, a sus empleados, para velar por el cumplimiento desus deberes de cuidado y por sus clientes, para que cum-plan con los requisitos que les exige el Estado como re-gulador prudencial, en los límites precisos y definidos dela entidad donde labora, para reportar casos sospecho-sos en su deber de cuidado de informar. Es al Estado aquien corresponde como deber ineludible y privilegiadoen las relaciones de poder, el perseguir al delincuente yprevenir, controlar, fiscalizar y reprimir los delitos y a losdelincuentes.

NO ES UN POLICÍAEl Oficial de Cumplimiento no es policía ni representa

a un órgano de investigaciones penales, tampoco es Fis-cal del Ministerio Público ni puede decir que su cliente“sospechoso” es delincuente, ni tiene medios para saber-lo y esa no es su función ni atribución y en esto debe es-tar claro. Por lo que debe ser prudente y responsable enlas motivaciones que hace por ante el órgano regulador,debe limitarse a las razones de sospechas de acuerdo alos límites del análisis financiero y máximas de experien-cia financiera, que limitan el marco de sus funciones yatribuciones.

La LOCDO es muy clara en esto: “Las obligaciones ycargas que corresponden a las empresas citadas en elartículo anterior (Art. 43) se limitará a las que sean exigi-bles por ser inherentes o estar directamente relacionadascon los actos o negocios comprendidos en su objeto so-cial o económico” ( Art 44 LOCDO).

La entidad financiera o no financiera debe limitarse acumplir las normas reguladoras, los procedimientos ycontroles de riesgo adoptados para cooperar como actorsocial adjetivo con el Estado venezolano, y en este senti-do en función de las relaciones insumo-producto-resulta-do, el resultado intermedio se mide en función de sus de-beres de cuidado, con la calidad de la Mejor DiligenciaDebida y la autorregulación exclusivamente en el ámbito

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

• El Oficial de Cumplimientoespecial y exclusivo en materia de Prevención y control de lalegitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, está para velar por la observancia y cumplimiento de las normasregulatoriasdel Estado,

dirigidas a prevenir, controlar, detectar e informarque su empresa, sus productos y servicios, no sean utilizadoscomointermediariosfinancierosinvoluntarios de la delincuenciaorganizada y de los financistas al terrorismo

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RESPUESTA 1 Quién es

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Control

1110 Cuentas Claras • ENERO 2008

El Oficial de Cumplimiento en prevención y con-trol de los delitos graves de legitimación de ca-pitales y financiamiento al terrorismo, es unanueva profesión que surge como espada filosaen su verbo de advertencia y flecha aguda en

la acción preventiva y de control de las empresas (Su-jetos obligados) con el fenómeno social contemporá-neo de la globalización política, económica, técnica ymilitar del mundo, a raíz de la sanción de la Conven-ción de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito deEstupefacientes y Psicotrópicos, Viena 1988, dondese crea a nivel político una conducta a tipificar (La Le-gitimación de Capitales) por los Estados partes de es-ta organización supragubernamental, cuando estosdelitos graves y sus actores sociales que los cometen:la delincuencia organizada transnacional y el terroris-mo internacional también se globalizan, como efectoindeseado de la globalización y estos actores socialesse benefician de las bondades del sistema financieromundial y su nueva arquitectura globalizada.

Esta profesión se consolida con las Convenciones delas Naciones Unidas (N.U): Contra la represión del finan-ciamiento al terrorismo (Nueva York, 1999). Contra la de-lincuencia organizada transnacional (Palermo, Italia,2000). Contra la corrupción (Mérida, México, 2003). Asi-mismo, la colaboraciones deontológicas del Comité deSupervisión Bancaria de Basilea (Basilea I y II), del Gru-po de Acción Financiera Internacional (GAFI), y en nues-tra Región GAFIC (área del Caribe), y Gafisud (Américadel Sur), y el Reglamento Modelo de la Comisión Intera-mericana contra el abuso de las drogas (Cicad-OEA) ylas convenciones de corrupción y terrorismo de Caracasy Barbados, respectivamente.

En este marco trazado por los organismos supranacio-nales y suscrito por los países miembros, se crean estra-tegias globalizadas de los Estados que profundizan el de-sarrollo del área de prevención y control de estos delitosgraves, con sus guerras preventivas, multidimensionalesy globales, que cada día requiere más la figura señerapreventiva y de control del Oficial de Cumplimiento comopiedra de toque del sistema situación mundial de estaárea operativa, en esta era de consenso, control y de hi-perregulación.

Esta profesión llegó “para quedarse” como dice el afo-rismo popular. Cada día las estrategias globales aumen-tan su presión dominante. Los Oficiales de Cumplimientode estos primeros veinte años, (los cuales no son nadaen el tiempo de las naciones y mucho en la vida de unhombre) son pioneros, precursores de esta nueva profe-sión, sometidos a las incomprensiones de sus compañe-ros de trabajo y de sus Directivas, por la necesidad de uncambio de cultura corporativa, la cual debe ajustarse alparadigma emergente, para que cambien las estructuras

de pensamiento y de allí las prácticas de trabajo y las for-mas organizativas de las empresas como Sujetos Obliga-dos y los nuevos deberes de cuidado que deben cumplirpor imposición legal.

Las comunidades científicas de las universidades, co-mienzan a darse cuenta lentamente de la necesidad -que hemos repetido desde el año 94- de impartir conoci-miento sistematizado en esta materia. Se van creando di-plomados, cohortes, postgrados, maestrías para otrasprofesiones, pero no pasará mucho tiempo en que se to-men decisiones y se le de carácter de carrera de pre-gra-do con licenciatura y extensa pensa de estudio para lle-gar a ser Oficial de Cumplimiento de prevención y controlde la legitimación de capitales.

Para precisar dentro de la categoría de distinción quiénes el Oficial de Cumplimiento como institución en el de-recho prudencial, es necesario que lo distingamos:

a) El Compliance Officer de EE.UU y de la Unión Eu-ropea, en sentido general, está para velar por la obser-vancia e implementación de todas las leyes, normas y re-glamentos, manuales internos que le correspondan cum-plir a los Bancos, Casas de Cambio, Casas de Bolsa, So-ciedades de Corretaje, Entidades de Ahorro y Préstamou otros entes del sistema financiero o no financieros.

b) El Oficial de Cumplimiento especial y exclusivo enmateria de Prevención y control de la legitimación de ca-pitales y el financiamiento al terrorismo, está para velarpor la observancia y cumplimiento de las normas regula-torias del Estado, dirigidas a prevenir, controlar, detectare informar que su empresa (por ser esta designada por laLey como Sujeto Obligado en función de garante por or-ganización, como una sociedad de actividad peligrosa yde riesgo permitido de operar), sus productos y serviciosno sean utilizados como intermediarios financieros invo-luntarios de la delincuencia organizada y de los financis-tas al terrorismo.

Esta confusión trae como error que se interprete que elprimero (Compliance Officer) también se ocupe de estaprevención y control, especial y diferente. Así se dispersala responsabilidad de este funcionario de Cumplimiento,y se reduce su eficiencia, eficacia y efectividad en tan de-licada labor, en franca violación de la normativa pruden-cial, lo cual aumenta el riesgo empresarial.

El Oficial de Cumplimiento en prevención y control deLC y FT, de quien nos ocupamos en este trabajo, debeser a tiempo y dedicación exclusiva en esta materia y pro-blema de riesgo múltiple, sin responsabilidades ajenasque lo distraigan de su alta responsabilidad especial y es-pecífica de proteger a la entidad, de la actividad de estosactores sociales delincuentes.

…TAMBIÉN CONTROLEl Oficial de Cumplimiento no sólo tiene funciones de

prevención, sino también de control del riesgo múltiple enel ámbito de la empresa, las cuales están estrechamenteentrelazadas e interrelacionadas, ya que si no tiene unbuen sistema de seguimiento, evaluación y control, nopuede velar eficiente, eficaz y efectivamente con el cum-plimiento y aplicación de la normativa prudencial sobredeberes de cumplimiento por parte de los directivos, ge-rentes y empleados de la Institución S.O.

Se debe distinguir el límite de sus responsabilidadesde gestión de la política empresarial, corporativa, penalculposa, administrativa y personal de este alto funciona-rio. Sus competencias y funciones son de gestión neta-mente operativas, él no responde por la falta de equiposde informática, electrónicos o cibernéticos o personal ode recursos económicos u organizativos y cognitivos delsistema, o de débil voluntad política empresarial. Éstasson responsabilidades de la alta Directiva de la empre-sa (junta Directiva y presidente) y de sus políticas cor-porativas, que reflejan el grado de compromiso de coo-peración, colaboración y cumplimiento de sus obligacio-nes legales.

Sus funciones y competencia están circunscritas a laesfera o área operativa de prevención, control, deteccióne información del riesgo especial relativo a las operacio-nes de LC y FT, en el ámbito de la empresa o grupo eco-nómico al que sirve y que por ello no tiene competencialegal para reprimir los delitos y capturar delincuentes nipara hacer investigaciones penales o tener la responsa-bilidad de la denuncia obligatoria, por no ser funcionariopúblico. No tiene estas atribuciones ni por la Constitución

de la República Bolivariana de Venezuela ni por el Códi-go Orgánico Procesal Penal ni por la Ley Orgánica con-tra la Delincuencia Organizada ni por la Ley del Ministe-rio Público. Conducta distinta sería contraria a la ley, se-ría un abuso de autoridad de quien lo pretendiere desdeel Estado y su actividad sería nula.

Es el Estado el que tiene el ejercicio del Jus Puniendi(derecho de castigar, de administrar justicia y de reprimirlos delitos dentro del deber de rango constitucional inde-legable de dar seguridad pública a sus ciudadanos). Sonlos Estados los que adquieren el compromiso internacio-nal, de asegurar las políticas, los que son garantes delcumplimiento de la ley y los que tienen el deber de fisca-lizar y supervisar. Por ello sus funciones de prevenir ycontrolar y de informar a las autoridades competentes, serefieren al ámbito de la empresa, sus productos y servi-cios, a sus empleados, para velar por el cumplimiento desus deberes de cuidado y por sus clientes, para que cum-plan con los requisitos que les exige el Estado como re-gulador prudencial, en los límites precisos y definidos dela entidad donde labora, para reportar casos sospecho-sos en su deber de cuidado de informar. Es al Estado aquien corresponde como deber ineludible y privilegiadoen las relaciones de poder, el perseguir al delincuente yprevenir, controlar, fiscalizar y reprimir los delitos y a losdelincuentes.

NO ES UN POLICÍAEl Oficial de Cumplimiento no es policía ni representa

a un órgano de investigaciones penales, tampoco es Fis-cal del Ministerio Público ni puede decir que su cliente“sospechoso” es delincuente, ni tiene medios para saber-lo y esa no es su función ni atribución y en esto debe es-tar claro. Por lo que debe ser prudente y responsable enlas motivaciones que hace por ante el órgano regulador,debe limitarse a las razones de sospechas de acuerdo alos límites del análisis financiero y máximas de experien-cia financiera, que limitan el marco de sus funciones yatribuciones.

La LOCDO es muy clara en esto: “Las obligaciones ycargas que corresponden a las empresas citadas en elartículo anterior (Art. 43) se limitará a las que sean exigi-bles por ser inherentes o estar directamente relacionadascon los actos o negocios comprendidos en su objeto so-cial o económico” ( Art 44 LOCDO).

La entidad financiera o no financiera debe limitarse acumplir las normas reguladoras, los procedimientos ycontroles de riesgo adoptados para cooperar como actorsocial adjetivo con el Estado venezolano, y en este senti-do en función de las relaciones insumo-producto-resulta-do, el resultado intermedio se mide en función de sus de-beres de cuidado, con la calidad de la Mejor DiligenciaDebida y la autorregulación exclusivamente en el ámbito

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

• El Oficial de Cumplimientoespecial y exclusivo en materia de Prevención y control de lalegitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, está para velar por la observancia y cumplimiento de las normasregulatoriasdel Estado,

dirigidas a prevenir, controlar, detectar e informarque su empresa, sus productos y servicios, no sean utilizadoscomointermediariosfinancierosinvoluntarios de la delincuenciaorganizada y de los financistas al terrorismo

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de su empresa: para garantizar el saber administrar la re-ducción de riesgos, para evitar que la Entidad sea usadacomo intermediaria financiera de los delincuentes (Ries-go de reputación, financiero, operativo, de contagio y decumplimiento con relación a la empresa).

El Resultado como objetivo final de seguridad le co-rresponde al Estado, quien debe responder en su com-promiso de soberanía compartida y cooperación interna-cional como actor central y privilegiado, tanto ante elmandato Constitucional como ante sus ciudadanos y lacomunidad internacional del resultado total de prevenir,controlar y reprimir estos delitos como amenazas de losEstados en este mundo globalizado.

Perfil del Oficial de Cumplimiento:El Oficial de Cumplimiento será un funcionario de alto

rango o nivel con poder de decisión que dependa y re-porte directamente al Presidente del Sujeto Obligado, de-dicado a las funciones de prevención y control de los de-litos graves de Legitimación de Capitales y Financiamien-to al Terrorismo. Es la autoridad funcional, y las decisio-nes que en el marco de la ejecución de sus actividadesejerza o adopte el Oficial de Cumplimiento de prevencióny control, serán de observancia obligatoria por parte detodos los ejecutivos de línea o unidades asesoras de lossujetos obligados, incluyendo los responsables de lasempresas o unidades que operen en el mercado de ca-pitales, y dichas decisiones serán aprobadas por el Pre-sidente Ejecutivo del Sujeto Obligado.

Es de suma importancia estratégica y de sana prác-tica empresarial, que el Oficial de Cumplimiento (OC)dependa, a nivel de gestión, directamente del Presi-dente Ejecutivo (o quien haga sus veces), para queeste mantenga el control, informe oportunamente desu gestión y se puedan corregir, con la mejor diligen-cia debida sus fallas, debilidades y perturbaciones enel cumplimiento del sistema de prevención, control,detección e información específico.

La comunicación es un recurso decisivo. La realidadde su acción de gestión debe llegar al Presidente por per-cepción directa y no a través de ningún intermediario. ElOficial de Cumplimiento debe saber que una característi-ca común es que es un cargo de confianza y de interac-ción desigual entre el funcionario y el Presidente Corpo-rativo. La subcomunicación, que deja la selección y valo-ración de las noticias a un sector interesado en presentarotras versiones de acuerdo a sus intereses prioritarios denegocios aisladamente, es perjudicial para la apreciaciónsituacional del Presidente con respecto a su gestión.

El líder empresarial no oye en estos casos las doscampanas, porque no se provee de los indicadores rele-vantes del cambio situacional, crea vacíos de informa-ción o conocimiento, que el líder empresarial necesita,

amén que por la naturaleza de sus funciones, sus infor-maciones deben ser dadas directamente y no por inter-medio de otro alto funcionario con otras ocupaciones yprioridades distintas, que sirva como teniente del canalde comunicación, que pueda levantar el puente levadizoque cause ruido en la comunicación del OC. Porque, porlo general, por escasez del recurso cognitivo y la natura-leza de sus atribuciones e interés, las otras áreas de ne-gocios ven sus funciones y atribuciones como entorpe-cedoras de su gestión de negocios y metas que debencumplir. Lo cual la experticia adquirida nos indica que siel valor del canal de comunicación es cero, su informa-ción vale cero, privan los chismes que se cuelan, lasconversaciones y las informaciones disfrazadas de pro-puestas de acción, lo que suele suceder así, más gene-ralizadamente de lo que se cree a partir de 1988, cuan-do aparecieron estas normas en la Convención de Vie-na, de la ONU. Y entre nosotros después de 1994 (Pro-mulgación de la Ley), pero realmente desde 1997 con la

Resolución 333, porque en ese interregno (94-97) la LO-SEP fue letra muerta.

CAPACIDADES Y LIMITACIONESEste funcionario deberá tener reputación de persona

honorable, de responsabilidad laboral, contar con educa-ción de nivel universitario o técnico superior preferible-mente. Pero existen OC que no son egresados universi-tarios y se desempeñan muy bien. Lo que se pretendees que tengan un nivel de educación para que no sea im-pedimento de cursos de postgrado en las universidades.No sufrir de enfermedades como la dipsomanía, ludopa-tía o fármacodependencia que aumente su nivel de ries-go de una persona normal para ser objeto de las estrate-gias de cooperación y disuasión de la DOT y el TI. O serde carácter indeciso o catalogado como indiferente en elperfil psicológico. La reputación apunta al prestigio ético,profesional o intelectual que tiene la imagen del OC y seexpresa en la confianza y credibilidad de las fuerzas em-

presariales y que los empleados le entregan. La reputa-ción se crea y se pierde en el mundo de las imágenes. Esmuy importante conocer y verificar sus antecedentes la-borales, de la reputación que lo precede.

El amiguismo a ultranza, el agradecimiento mal inter-pretado y el recomendado sin verificación o la descalifica-ción del cargo por ignorancia de segundo grado, paraotorgar esta responsabilidad son malos consejeros, si lapersona no tiene cualidades de compromiso y responsa-bilidad, capacidad, y valores éticos para serlo puedensurgir graves problemas y peligros. Por culpa in eligendo,(Culpa en la elección).

Es un mito que sólo puede serlo un abogado, tam-bién puede serlo un economista, administrador, conta-dor, auditor, militar, ingeniero, persona con larga expe-riencia en el área etc., porque es una nueva profesión.Lo que se requiere es que tenga educación o prepara-ción o información de nivel adecuado a su responsabi-lidad, compromiso e inteligencia media para entenderconceptos, procedimientos, sistemas y que sea creati-vo e innovador, para ser permeable al cambio deacuerdo al paradigma emergente para lo cual necesi-ta tener mente abierta y sentido crítico.

Lo que vamos a decir a conciencia, puede sonarcandoroso e irreal, pero debe ser como desideratumuna persona de carácter y determinación, que no sedeje llevar por impulsos, proactivo, cuya conducta es-te orientada a principios de ética basados en valorestales como: Honestidad, profesionalismo, compromi-so, participación, transparencia, prudencia y perspica-cia, confidencialidad y confiabilidad, que requiere dis-creción y reserva, con cultura de rendición de cuentasy con sometimiento pleno a la ley y el derecho, inspi-rados en la Constitución. Y que actúe siempre en for-ma coherente con estos principios, o de seguro seráun mal o mediocre Oficial de Cumplimiento, el hombreo mujer que lo sea, debe aproximarse a este perfildeontológico para soportar las presiones.

DESIGNACIÓNLa designación del Oficial de Cumplimiento será reali-

zada por la Junta Directiva o quienes hagan sus veces.En ningún caso dicha designación podrá recaer en el au-ditor interno o contralor. Ya que pertenecen a los poderescontralores de la empresa.

La Entidad deberá informar al Organismo Reguladoro de tutela correspondiente, por conducto o a travésde los medios electrónicos y escritos, el nombre delfuncionario que designó como Oficial de Cumplimien-to, dentro de los días hábiles siguientes fijados en laresolución o providencia, según el caso, a la fecha enque se haya efectuado el nombramiento correspon-diente por acta de la Junta Directiva.

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de su empresa: para garantizar el saber administrar la re-ducción de riesgos, para evitar que la Entidad sea usadacomo intermediaria financiera de los delincuentes (Ries-go de reputación, financiero, operativo, de contagio y decumplimiento con relación a la empresa).

El Resultado como objetivo final de seguridad le co-rresponde al Estado, quien debe responder en su com-promiso de soberanía compartida y cooperación interna-cional como actor central y privilegiado, tanto ante elmandato Constitucional como ante sus ciudadanos y lacomunidad internacional del resultado total de prevenir,controlar y reprimir estos delitos como amenazas de losEstados en este mundo globalizado.

Perfil del Oficial de Cumplimiento:El Oficial de Cumplimiento será un funcionario de alto

rango o nivel con poder de decisión que dependa y re-porte directamente al Presidente del Sujeto Obligado, de-dicado a las funciones de prevención y control de los de-litos graves de Legitimación de Capitales y Financiamien-to al Terrorismo. Es la autoridad funcional, y las decisio-nes que en el marco de la ejecución de sus actividadesejerza o adopte el Oficial de Cumplimiento de prevencióny control, serán de observancia obligatoria por parte detodos los ejecutivos de línea o unidades asesoras de lossujetos obligados, incluyendo los responsables de lasempresas o unidades que operen en el mercado de ca-pitales, y dichas decisiones serán aprobadas por el Pre-sidente Ejecutivo del Sujeto Obligado.

Es de suma importancia estratégica y de sana prác-tica empresarial, que el Oficial de Cumplimiento (OC)dependa, a nivel de gestión, directamente del Presi-dente Ejecutivo (o quien haga sus veces), para queeste mantenga el control, informe oportunamente desu gestión y se puedan corregir, con la mejor diligen-cia debida sus fallas, debilidades y perturbaciones enel cumplimiento del sistema de prevención, control,detección e información específico.

La comunicación es un recurso decisivo. La realidadde su acción de gestión debe llegar al Presidente por per-cepción directa y no a través de ningún intermediario. ElOficial de Cumplimiento debe saber que una característi-ca común es que es un cargo de confianza y de interac-ción desigual entre el funcionario y el Presidente Corpo-rativo. La subcomunicación, que deja la selección y valo-ración de las noticias a un sector interesado en presentarotras versiones de acuerdo a sus intereses prioritarios denegocios aisladamente, es perjudicial para la apreciaciónsituacional del Presidente con respecto a su gestión.

El líder empresarial no oye en estos casos las doscampanas, porque no se provee de los indicadores rele-vantes del cambio situacional, crea vacíos de informa-ción o conocimiento, que el líder empresarial necesita,

amén que por la naturaleza de sus funciones, sus infor-maciones deben ser dadas directamente y no por inter-medio de otro alto funcionario con otras ocupaciones yprioridades distintas, que sirva como teniente del canalde comunicación, que pueda levantar el puente levadizoque cause ruido en la comunicación del OC. Porque, porlo general, por escasez del recurso cognitivo y la natura-leza de sus atribuciones e interés, las otras áreas de ne-gocios ven sus funciones y atribuciones como entorpe-cedoras de su gestión de negocios y metas que debencumplir. Lo cual la experticia adquirida nos indica que siel valor del canal de comunicación es cero, su informa-ción vale cero, privan los chismes que se cuelan, lasconversaciones y las informaciones disfrazadas de pro-puestas de acción, lo que suele suceder así, más gene-ralizadamente de lo que se cree a partir de 1988, cuan-do aparecieron estas normas en la Convención de Vie-na, de la ONU. Y entre nosotros después de 1994 (Pro-mulgación de la Ley), pero realmente desde 1997 con la

Resolución 333, porque en ese interregno (94-97) la LO-SEP fue letra muerta.

CAPACIDADES Y LIMITACIONESEste funcionario deberá tener reputación de persona

honorable, de responsabilidad laboral, contar con educa-ción de nivel universitario o técnico superior preferible-mente. Pero existen OC que no son egresados universi-tarios y se desempeñan muy bien. Lo que se pretendees que tengan un nivel de educación para que no sea im-pedimento de cursos de postgrado en las universidades.No sufrir de enfermedades como la dipsomanía, ludopa-tía o fármacodependencia que aumente su nivel de ries-go de una persona normal para ser objeto de las estrate-gias de cooperación y disuasión de la DOT y el TI. O serde carácter indeciso o catalogado como indiferente en elperfil psicológico. La reputación apunta al prestigio ético,profesional o intelectual que tiene la imagen del OC y seexpresa en la confianza y credibilidad de las fuerzas em-

presariales y que los empleados le entregan. La reputa-ción se crea y se pierde en el mundo de las imágenes. Esmuy importante conocer y verificar sus antecedentes la-borales, de la reputación que lo precede.

El amiguismo a ultranza, el agradecimiento mal inter-pretado y el recomendado sin verificación o la descalifica-ción del cargo por ignorancia de segundo grado, paraotorgar esta responsabilidad son malos consejeros, si lapersona no tiene cualidades de compromiso y responsa-bilidad, capacidad, y valores éticos para serlo puedensurgir graves problemas y peligros. Por culpa in eligendo,(Culpa en la elección).

Es un mito que sólo puede serlo un abogado, tam-bién puede serlo un economista, administrador, conta-dor, auditor, militar, ingeniero, persona con larga expe-riencia en el área etc., porque es una nueva profesión.Lo que se requiere es que tenga educación o prepara-ción o información de nivel adecuado a su responsabi-lidad, compromiso e inteligencia media para entenderconceptos, procedimientos, sistemas y que sea creati-vo e innovador, para ser permeable al cambio deacuerdo al paradigma emergente para lo cual necesi-ta tener mente abierta y sentido crítico.

Lo que vamos a decir a conciencia, puede sonarcandoroso e irreal, pero debe ser como desideratumuna persona de carácter y determinación, que no sedeje llevar por impulsos, proactivo, cuya conducta es-te orientada a principios de ética basados en valorestales como: Honestidad, profesionalismo, compromi-so, participación, transparencia, prudencia y perspica-cia, confidencialidad y confiabilidad, que requiere dis-creción y reserva, con cultura de rendición de cuentasy con sometimiento pleno a la ley y el derecho, inspi-rados en la Constitución. Y que actúe siempre en for-ma coherente con estos principios, o de seguro seráun mal o mediocre Oficial de Cumplimiento, el hombreo mujer que lo sea, debe aproximarse a este perfildeontológico para soportar las presiones.

DESIGNACIÓNLa designación del Oficial de Cumplimiento será reali-

zada por la Junta Directiva o quienes hagan sus veces.En ningún caso dicha designación podrá recaer en el au-ditor interno o contralor. Ya que pertenecen a los poderescontralores de la empresa.

La Entidad deberá informar al Organismo Reguladoro de tutela correspondiente, por conducto o a travésde los medios electrónicos y escritos, el nombre delfuncionario que designó como Oficial de Cumplimien-to, dentro de los días hábiles siguientes fijados en laresolución o providencia, según el caso, a la fecha enque se haya efectuado el nombramiento correspon-diente por acta de la Junta Directiva.

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doRESPUESTA 2 Qué hace

El objetivo específico y especial del Oficialde Cumplimiento, a nivel de gestión comoalto funcionario operativo, es lograr hacerviable y aceptable el Sistema integral deprevención y control de riesgo de las ope-

raciones de LC y el FT en la entidad a la que sirve. Una viabilidad de ejecución para disponer y apli-

car los insumos, generar el producto y obtener elresultado de sus operaciones, unida a una viabili-dad de operación para relacionar las fuerzas em-presariales de la entidad a la que sirve, que permi-tan el funcionamiento del sistema corporativo, enel sentido de la situación-objetivo de prevenir ycontrolar, detectar e informar. Lo que se sintetizaen cumplir e informar, para que la entidad no seaintermediaria financiera por incumplimiento, de laejecución de estos delitos previstos en la Ley Or-gánica Contra la Delincuencia Organizada (Arts. 4,5 y 7) y de colaborar a nivel táctico con la viabili-dad de reproducción estable del Sistema Integralde Prevención y Control como complemento de larelación de fuerzas, que permita la viabilidad dedecisión de la Junta Directiva y el Presidente Eje-cutivo o quienes hagan sus veces.

Viabilidad de ejecución (de hacer) por parte delos gerentes y empleados, de la posibilidad de dis-poner y aplicar los insumos para generar el pro-ducto, y obtener el resultado de una operación, yviabilidad de reproducción estable para analizarlas posibilidades y calcular las probabilidades deque los productos y resultados, en medio de laoperaciones de prevención y control de riesgo delos delitos de marras, se mantenga durante eltiempo previsto, (durante la existencia de la institu-ción o empresa), mediante una relación de fuerzasde buena práctica operativa.

La labor del Oficial de Cumplimiento se desa-rrolla en un nivel de un poder compartido del sis-tema-situación, compuesto por los actores socia-les: a) La Junta Directiva, b) El Presidente Ejecu-tivo, c) El Comité de Prevención y Control, d) ElOficial de Cumplimiento y Gerencia de Preven-ción y Control, e) los empleados, y f) los clientesde la Empresa, que por deficiencia conceptual seles ubica en el entorno de la empresa y no, comoun actor social del sistema-situación.

Estratégicamente, el cliente no sólo es el clientesino el Otro, que puede meter a la institución engraves problemas. Esto le da al cliente la condiciónposible de Aliado-oponente en un mismo actor so-cial del sistema-situación de la empresa.

• La labor el Oficial deCumplimiento se desarrolla en un nivel de un podercompartido delsistema-situación,compuesto por los Actoressociales: a) La JuntaDirectiva, b) El PresidenteEjecutivo, c) El Comité de Prevención y Control, d) Oficial de Cumplimiento y Gerencia de Prevención y Control, e) los empleados, y f) los clientes de la Empresa.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES BÁSICAS

1 Diseño y desarrollo del Manual de Políticas, Normas y Procedimientos de Prevención y Control de la Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

2 Cumplir con el deber de cuidado de informar el riesgo en su empresa y las actividades sospechosas (Normativas y subjetivas) a la autoridad competente oportunamente.

3 Capacitar y actualizar en forma continua al personal.

4 Aplicar los 7 o 9 programas de prevención y control como un todo, que desarrollan las políticas empresariales,según la naturaleza de la institución.

5 Aplicar los principios especiales del sistema como estándar internacional para mantener buenas prácticas de trabajo: Mejor Diligencia Debida, Transparencia, Buena Fe, Autorregulación y Control In Situ.

6 Implementar un sistema de Seguimiento, evaluación y control a seis (6) niveles, con las seis (6) autoridades de la estructura del Sistema de Prevención y Control y Auditoría.

7 Trabajar estrechamente en colaboración con el área de prevención y control de riesgos de productos y servicios.

8 Velar por el cumplimiento del Código de Ética.

9 El Compromiso Institucional.

10 Documento de Buen Gobierno Corporativo, en función de la transparencia.

11 Supervisar y velar por el manejo de la información privilegiada o reservada.

12 Diseñar el Plan Operativo Anual.

13 Programa de Prevención Integral Social en tráfico y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicos y cumplimiento del Art. 96, LOCTICSEP.

14 Mantener buenas relaciones de colaboración con las autoridades reguladoras y de administración de justicia.

15 Dirigir y supervisar la Unidad de prevención y control contra la LC y FT y a los responsables de área.

16 Ejercer la Presidencia del Comité y coordinar y supervisar la gestión del comité y la unidad.

17 Trabajar en equipo con su Unidad de prevención y control, lo cual es diferente a trabajar con un equipo, es clave tener un buen gerente proactivo, motivado e interesado y trabajador con quien se lleve bien.

18 Presentar informes anuales y trimestrales a la Junta Directiva de gestión y recomendaciones, y las demásfunciones operativas del cargo (archivo por cinco años y disponibilidad de documentos, mantener los expedientesindividuales de los clientes actualizados, No abrir ni mantener cuentas anónimas ni cifradas, velar porque se lleven los datos completos de los clientes, la verificación doble y el monitoreo, un archivo actualizado, estadísticas de supervisión y análisis financiero y operativo de los clientes y empleados, sectorización de los mismos por un estudio de su nivel de riesgos, (Alto, Medio, Bajo), actualizar Señales de alerta y tipologías,responder las solicitudes de información de las autoridades). Ello sintetiza fundamentalmente las funciones y competencia del Oficial de Cumplimiento en los riesgos que impactan en la totalidad concreta de la entidad como organización civil intermedia, inteligente en su función de colaboración con el Estado.

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RESPUESTA 2 Qué hace

El objetivo específico y especial del Oficialde Cumplimiento, a nivel de gestión comoalto funcionario operativo, es lograr hacerviable y aceptable el Sistema integral deprevención y control de riesgo de las ope-

raciones de LC y el FT en la entidad a la que sirve. Una viabilidad de ejecución para disponer y apli-

car los insumos, generar el producto y obtener elresultado de sus operaciones, unida a una viabili-dad de operación para relacionar las fuerzas em-presariales de la entidad a la que sirve, que permi-tan el funcionamiento del sistema corporativo, enel sentido de la situación-objetivo de prevenir ycontrolar, detectar e informar. Lo que se sintetizaen cumplir e informar, para que la entidad no seaintermediaria financiera por incumplimiento, de laejecución de estos delitos previstos en la Ley Or-gánica Contra la Delincuencia Organizada (Arts. 4,5 y 7) y de colaborar a nivel táctico con la viabili-dad de reproducción estable del Sistema Integralde Prevención y Control como complemento de larelación de fuerzas, que permita la viabilidad dedecisión de la Junta Directiva y el Presidente Eje-cutivo o quienes hagan sus veces.

Viabilidad de ejecución (de hacer) por parte delos gerentes y empleados, de la posibilidad de dis-poner y aplicar los insumos para generar el pro-ducto, y obtener el resultado de una operación, yviabilidad de reproducción estable para analizarlas posibilidades y calcular las probabilidades deque los productos y resultados, en medio de laoperaciones de prevención y control de riesgo delos delitos de marras, se mantenga durante eltiempo previsto, (durante la existencia de la institu-ción o empresa), mediante una relación de fuerzasde buena práctica operativa.

La labor del Oficial de Cumplimiento se desa-rrolla en un nivel de un poder compartido del sis-tema-situación, compuesto por los actores socia-les: a) La Junta Directiva, b) El Presidente Ejecu-tivo, c) El Comité de Prevención y Control, d) ElOficial de Cumplimiento y Gerencia de Preven-ción y Control, e) los empleados, y f) los clientesde la Empresa, que por deficiencia conceptual seles ubica en el entorno de la empresa y no, comoun actor social del sistema-situación.

Estratégicamente, el cliente no sólo es el clientesino el Otro, que puede meter a la institución engraves problemas. Esto le da al cliente la condiciónposible de Aliado-oponente en un mismo actor so-cial del sistema-situación de la empresa.

• La labor el Oficial deCumplimiento se desarrolla en un nivel de un podercompartido delsistema-situación,compuesto por los Actoressociales: a) La JuntaDirectiva, b) El PresidenteEjecutivo, c) El Comité de Prevención y Control, d) Oficial de Cumplimiento y Gerencia de Prevención y Control, e) los empleados, y f) los clientes de la Empresa.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES BÁSICAS

1 Diseño y desarrollo del Manual de Políticas, Normas y Procedimientos de Prevención y Control de la Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

2 Cumplir con el deber de cuidado de informar el riesgo en su empresa y las actividades sospechosas (Normativas y subjetivas) a la autoridad competente oportunamente.

3 Capacitar y actualizar en forma continua al personal.

4 Aplicar los 7 o 9 programas de prevención y control como un todo, que desarrollan las políticas empresariales,según la naturaleza de la institución.

5 Aplicar los principios especiales del sistema como estándar internacional para mantener buenas prácticas de trabajo: Mejor Diligencia Debida, Transparencia, Buena Fe, Autorregulación y Control In Situ.

6 Implementar un sistema de Seguimiento, evaluación y control a seis (6) niveles, con las seis (6) autoridades de la estructura del Sistema de Prevención y Control y Auditoría.

7 Trabajar estrechamente en colaboración con el área de prevención y control de riesgos de productos y servicios.

8 Velar por el cumplimiento del Código de Ética.

9 El Compromiso Institucional.

10 Documento de Buen Gobierno Corporativo, en función de la transparencia.

11 Supervisar y velar por el manejo de la información privilegiada o reservada.

12 Diseñar el Plan Operativo Anual.

13 Programa de Prevención Integral Social en tráfico y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicos y cumplimiento del Art. 96, LOCTICSEP.

14 Mantener buenas relaciones de colaboración con las autoridades reguladoras y de administración de justicia.

15 Dirigir y supervisar la Unidad de prevención y control contra la LC y FT y a los responsables de área.

16 Ejercer la Presidencia del Comité y coordinar y supervisar la gestión del comité y la unidad.

17 Trabajar en equipo con su Unidad de prevención y control, lo cual es diferente a trabajar con un equipo, es clave tener un buen gerente proactivo, motivado e interesado y trabajador con quien se lleve bien.

18 Presentar informes anuales y trimestrales a la Junta Directiva de gestión y recomendaciones, y las demásfunciones operativas del cargo (archivo por cinco años y disponibilidad de documentos, mantener los expedientesindividuales de los clientes actualizados, No abrir ni mantener cuentas anónimas ni cifradas, velar porque se lleven los datos completos de los clientes, la verificación doble y el monitoreo, un archivo actualizado, estadísticas de supervisión y análisis financiero y operativo de los clientes y empleados, sectorización de los mismos por un estudio de su nivel de riesgos, (Alto, Medio, Bajo), actualizar Señales de alerta y tipologías,responder las solicitudes de información de las autoridades). Ello sintetiza fundamentalmente las funciones y competencia del Oficial de Cumplimiento en los riesgos que impactan en la totalidad concreta de la entidad como organización civil intermedia, inteligente en su función de colaboración con el Estado.

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Control

1716 Cuentas Claras • ENERO 2008

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

El Oficial de Cumplimiento y su equipo trabajan en el ámbito o en el contexto delSistema-situación financiero mundial globalizado. En donde se crean circunstan-cias que afectan o favorecen las operaciones que desarrollan él y sus auxiliares,en razón del fenómeno contemporáneo de la economía de libre mercado globa-lizada, en donde, por negligencia, impericia, imprudencia o por inobservancia de

leyes, reglas y reglamentos se puede favorecer a los intermediarios financieros de los ac-tores delincuenciales. Éstos, de hecho, son actores financieros, a los efectos reales yprácticos de los aplicadores de la Ley.

En consecuencia, aún cuando el Oficial de Cumplimiento trabaja en un espacio físicoconcreto, gobernable, de ámbito organizativo empresarial o institucional especifico, estásometido a la jurisdicción de las leyes de un determinado país, muchas de las cuales cum-plen los compromisos de Derecho público Internacional.

Hasta el ente financiero más pequeño pertenece a las redes del sistema financieromundial, y está interrelacionado e interactúa como actor social dentro de este Sistema-si-tuación, porque está regido por estrategias de guerras preventivas, multidimensionales yglobales. Los delitos que se previenen, controlan, detectan e informan son consideradosfenómenos globales contemporáneos. Lo importante es que el propio Oficial de Cumpli-miento no pierda esta perspectiva cuando hace su trabajo.

Es decir, que aún cuando en el ejercicio práctico, operativo de su trabajo, la acción delOficial de Cumplimiento se limita al ámbito de la empresa en que trabaja, los clientes yempleados de ésta, sus operaciones y transacciones, se rigen por leyes y normas nacio-nales penales y prudenciales, e informa a un organismo regulador nacional como situa-ción concreta, pero con inspiración de convenios y tratados o recomendaciones interna-cionales, por lo que su responsabilidad y consecuencias se extiende, irradia hacia la co-munidad internacional,

El Oficial de Cumplimiento y la empresa a la que sirve, se pueden ver procesados y juz-gados en el exterior y la negligencia, imprudencia e impericia repercute para la corpora-ción en un riesgo reputacional, operacional, financiero, de concentración o contagio y decumplimiento en forma internacional. Asimismo, el Oficial de Cumplimiento debe asistira cursos y conferencias internaciones para estar actualizado y hacer relaciones.

Los medios que utiliza el Oficial de Cumplimiento paraprevenir, controlar, detectar e informar son:

1 Equipos informáticos, electrónicos o cibernéticos u otromedio de vanguardia para perfeccionar los sistemas deanálisis financieros de sus clientes y actividades sospe-chosas.2 Materiales y servicio de apoyo como software o progra-mas de informática, servicios de Internet, páginas web,folletos, afiches, trípticos CDs.3 Cursos de inducción, información, formación y capaci-tación sobre los riesgos, leyes. Resoluciones o providen-cias, obligaciones de hacer y no hacer de las normas decuidado, ética profesional.4 Diseñar una estrategia comunicacional interna y exter-na destinada a divulgar en los empleados y clientes lasobligaciones del Sujeto Obligado para prevenir, controlar,detectar e informar sobre los delitos graves de LC y FT.5 Mantener una biblioteca y hemeroteca de revistas y pe-riódicos y audiovisuales que le ayuden a conocer las ac-tividades de sus clientes por otras informaciones 6 Con el Manual de políticas, normas y procedimientos ydemás manuales técnicos de detección y análisis y trans-misión de reportes.7 Con un Sistema de seguimiento, evaluación y controldel sistema.8 Con un Plan operativo anual dirigido a prevenir y con-trolar la legitimación de capitales en sus tres fases princi-pales: colocación, procesamiento e integración.

Los medios estratégicos y tácticos son aquellos queemplee el OC según su estilo y del dominio de la realidaden que se realiza el juego social del sistema de preven-ción y control, y en consecuencia puede dialogar con elotro (a lo interno del actor empresa), emplear tácticas depersuasión, negociar, amedrentarlos o imponer la fuerzainstitucional de la Directiva.

Los medios estratégicos cambian de naturaleza segúnla situación y el cálculo interactivo entre yo y el otro y elempleo de las operaciones K (1), con respecto a la cons-trucción de viabilidad al proyecto de ejecutar el plan deprevención y control de la LC y FT. En este caso, a lo in-terno del actor social (de la empresa o institución) debeaplicar estrategias de cooperación con los empleados, encasos apelando a la imposición con la autoridad jerárqui-ca y el medio será la Directiva; la persuasión para distin-tos focos de atención, indiferencia y el medio será la mo-

tivación seducción; la negociación cooperativa en intere-ses distintos e intereses comunes y el medio será nego-ciación suma positiva; de recompensa e intercambio enintereses conciliables y el medio será premio-compra-venta; mediación en intereses opuestos sin ánimo deconfrontación, el medio será la mediación y arbitraje; Jui-cio en caso de intereses opuestos sometidos a reglas ju-rídicas, el medio será defensa y acusación en tribunales(Código de ética, acciones laboral).

¿CON QUIÉNES?1 En principio con todos y cada uno de los directivos,gerentes y empleados porque todos asumen por asun-ción el carácter de Sujetos Obligados en función degarantes por organización junto con la empresa o ins-titución donde prestan sus servicios y todos son res-ponsables ética, prudencial o administrativamente, ci-vil y penal de cumplir los deberes de cuidado en pre-vención y control de LC y FT.2 Con los integrantes de la Estructura integral de Preven-ción y Control: La Junta Directiva, el presidente del S.O.o quien haga sus veces, el Comité de Prevención y Con-trol, la Unidad de Prevención y Control de la Legitimaciónde Capitales y su personal mínimo (Dirección, Gerenciade la unidad, Sección de Análisis y Supervisión de opera-ciones financieras, Sección de Prevención y Control ySección de Estadísticas y Análisis Estratégico y los res-ponsables de cumplimiento asignado en cada área deriesgo. El personal mínimo será de cuatro (4). Esta geren-cia, como equipo, es su fortaleza y debe preocuparse portener un buen lugar-teniente (gerente) con autoridad y po-der para hacer en lo operativo lo que sea necesario y per-tinente, en su nombre y representación.3 Con la Dirección de Riesgos de Productos y Servicios,con quien se interrelacionará e interactuará para mante-ner y desarrollar el Sistema Integral de prevención y con-trol de riesgos.4 Con la Dirección de Recursos o Gestión humana co-mo apoyo en materia de empleados y entrenamiento.5 Con Técnicos, especialistas, instructores, traductores,asesores y auditores internos y externos.6 Con los funcionarios públicos de sus entes regula-dores. 7 Con los clientes, con colaboración o no. Lo que impli-ca una estrategia comunicacional corporativa y accederal concepto de no están en el “entorno” sino en el Siste-ma situación del S.O.

RESPUESTA 3 Dónde Re

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• El Oficial de Cumplimiento y la empresa a la que sirve, se pueden verprocesados y juzgados en el exterior. La negligencia,imprudencia e impericia repercute para la corporación en un riesgoreputacional,operacional,financiero, de concentración o contagio y deincumplimiento en formainternacional.

• Los mediosque emplea el Oficial deCumplimientoson el conjuntode circunstancias,condiciones y personas entrelas cuales trabajay se apoya pararealizar su tarea

RESPUESTA 4 Por cuáles medios actúa y con quiénes

(1) Las operaciones K son de naturaleza táctica, indispensables en cualquier estrategia pues viabilizan las operaciones, cam-bian de contenido de acuerdo a los medios estratégicos y tácticos aplicados. Las operaciones son siempre tácticamente ne-cesarias para construirle viabilidad y aceptabilidad a las operaciones, no tienen eficacia direccional, pero sí procesal. Su fun-ción es facilitar la producción de las Operaciones que se aplican a los nudos críticos del problema y no afectan directamente elmarcador de juego. Si quiero conquistar a la muchacha/o, aumento la viabilidad de mi objetivo siendo amable y cortes con la/elposible suegra/o.

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sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

El Oficial de Cumplimiento y su equipo trabajan en el ámbito o en el contexto delSistema-situación financiero mundial globalizado. En donde se crean circunstan-cias que afectan o favorecen las operaciones que desarrollan él y sus auxiliares,en razón del fenómeno contemporáneo de la economía de libre mercado globa-lizada, en donde, por negligencia, impericia, imprudencia o por inobservancia de

leyes, reglas y reglamentos se puede favorecer a los intermediarios financieros de los ac-tores delincuenciales. Éstos, de hecho, son actores financieros, a los efectos reales yprácticos de los aplicadores de la Ley.

En consecuencia, aún cuando el Oficial de Cumplimiento trabaja en un espacio físicoconcreto, gobernable, de ámbito organizativo empresarial o institucional especifico, estásometido a la jurisdicción de las leyes de un determinado país, muchas de las cuales cum-plen los compromisos de Derecho público Internacional.

Hasta el ente financiero más pequeño pertenece a las redes del sistema financieromundial, y está interrelacionado e interactúa como actor social dentro de este Sistema-si-tuación, porque está regido por estrategias de guerras preventivas, multidimensionales yglobales. Los delitos que se previenen, controlan, detectan e informan son consideradosfenómenos globales contemporáneos. Lo importante es que el propio Oficial de Cumpli-miento no pierda esta perspectiva cuando hace su trabajo.

Es decir, que aún cuando en el ejercicio práctico, operativo de su trabajo, la acción delOficial de Cumplimiento se limita al ámbito de la empresa en que trabaja, los clientes yempleados de ésta, sus operaciones y transacciones, se rigen por leyes y normas nacio-nales penales y prudenciales, e informa a un organismo regulador nacional como situa-ción concreta, pero con inspiración de convenios y tratados o recomendaciones interna-cionales, por lo que su responsabilidad y consecuencias se extiende, irradia hacia la co-munidad internacional,

El Oficial de Cumplimiento y la empresa a la que sirve, se pueden ver procesados y juz-gados en el exterior y la negligencia, imprudencia e impericia repercute para la corpora-ción en un riesgo reputacional, operacional, financiero, de concentración o contagio y decumplimiento en forma internacional. Asimismo, el Oficial de Cumplimiento debe asistira cursos y conferencias internaciones para estar actualizado y hacer relaciones.

Los medios que utiliza el Oficial de Cumplimiento paraprevenir, controlar, detectar e informar son:

1 Equipos informáticos, electrónicos o cibernéticos u otromedio de vanguardia para perfeccionar los sistemas deanálisis financieros de sus clientes y actividades sospe-chosas.2 Materiales y servicio de apoyo como software o progra-mas de informática, servicios de Internet, páginas web,folletos, afiches, trípticos CDs.3 Cursos de inducción, información, formación y capaci-tación sobre los riesgos, leyes. Resoluciones o providen-cias, obligaciones de hacer y no hacer de las normas decuidado, ética profesional.4 Diseñar una estrategia comunicacional interna y exter-na destinada a divulgar en los empleados y clientes lasobligaciones del Sujeto Obligado para prevenir, controlar,detectar e informar sobre los delitos graves de LC y FT.5 Mantener una biblioteca y hemeroteca de revistas y pe-riódicos y audiovisuales que le ayuden a conocer las ac-tividades de sus clientes por otras informaciones 6 Con el Manual de políticas, normas y procedimientos ydemás manuales técnicos de detección y análisis y trans-misión de reportes.7 Con un Sistema de seguimiento, evaluación y controldel sistema.8 Con un Plan operativo anual dirigido a prevenir y con-trolar la legitimación de capitales en sus tres fases princi-pales: colocación, procesamiento e integración.

Los medios estratégicos y tácticos son aquellos queemplee el OC según su estilo y del dominio de la realidaden que se realiza el juego social del sistema de preven-ción y control, y en consecuencia puede dialogar con elotro (a lo interno del actor empresa), emplear tácticas depersuasión, negociar, amedrentarlos o imponer la fuerzainstitucional de la Directiva.

Los medios estratégicos cambian de naturaleza segúnla situación y el cálculo interactivo entre yo y el otro y elempleo de las operaciones K (1), con respecto a la cons-trucción de viabilidad al proyecto de ejecutar el plan deprevención y control de la LC y FT. En este caso, a lo in-terno del actor social (de la empresa o institución) debeaplicar estrategias de cooperación con los empleados, encasos apelando a la imposición con la autoridad jerárqui-ca y el medio será la Directiva; la persuasión para distin-tos focos de atención, indiferencia y el medio será la mo-

tivación seducción; la negociación cooperativa en intere-ses distintos e intereses comunes y el medio será nego-ciación suma positiva; de recompensa e intercambio enintereses conciliables y el medio será premio-compra-venta; mediación en intereses opuestos sin ánimo deconfrontación, el medio será la mediación y arbitraje; Jui-cio en caso de intereses opuestos sometidos a reglas ju-rídicas, el medio será defensa y acusación en tribunales(Código de ética, acciones laboral).

¿CON QUIÉNES?1 En principio con todos y cada uno de los directivos,gerentes y empleados porque todos asumen por asun-ción el carácter de Sujetos Obligados en función degarantes por organización junto con la empresa o ins-titución donde prestan sus servicios y todos son res-ponsables ética, prudencial o administrativamente, ci-vil y penal de cumplir los deberes de cuidado en pre-vención y control de LC y FT.2 Con los integrantes de la Estructura integral de Preven-ción y Control: La Junta Directiva, el presidente del S.O.o quien haga sus veces, el Comité de Prevención y Con-trol, la Unidad de Prevención y Control de la Legitimaciónde Capitales y su personal mínimo (Dirección, Gerenciade la unidad, Sección de Análisis y Supervisión de opera-ciones financieras, Sección de Prevención y Control ySección de Estadísticas y Análisis Estratégico y los res-ponsables de cumplimiento asignado en cada área deriesgo. El personal mínimo será de cuatro (4). Esta geren-cia, como equipo, es su fortaleza y debe preocuparse portener un buen lugar-teniente (gerente) con autoridad y po-der para hacer en lo operativo lo que sea necesario y per-tinente, en su nombre y representación.3 Con la Dirección de Riesgos de Productos y Servicios,con quien se interrelacionará e interactuará para mante-ner y desarrollar el Sistema Integral de prevención y con-trol de riesgos.4 Con la Dirección de Recursos o Gestión humana co-mo apoyo en materia de empleados y entrenamiento.5 Con Técnicos, especialistas, instructores, traductores,asesores y auditores internos y externos.6 Con los funcionarios públicos de sus entes regula-dores. 7 Con los clientes, con colaboración o no. Lo que impli-ca una estrategia comunicacional corporativa y accederal concepto de no están en el “entorno” sino en el Siste-ma situación del S.O.

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• Los mediosque emplea el Oficial deCumplimientoson el conjuntode circunstancias,condiciones y personas entrelas cuales trabajay se apoya pararealizar su tarea

RESPUESTA 4 Por cuáles medios actúa y con quiénes

(1) Las operaciones K son de naturaleza táctica, indispensables en cualquier estrategia pues viabilizan las operaciones, cam-bian de contenido de acuerdo a los medios estratégicos y tácticos aplicados. Las operaciones son siempre tácticamente ne-cesarias para construirle viabilidad y aceptabilidad a las operaciones, no tienen eficacia direccional, pero sí procesal. Su fun-ción es facilitar la producción de las Operaciones que se aplican a los nudos críticos del problema y no afectan directamente elmarcador de juego. Si quiero conquistar a la muchacha/o, aumento la viabilidad de mi objetivo siendo amable y cortes con la/elposible suegra/o.

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1918 Cuentas Claras • ENERO 2008

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

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RESPUESTA 5 Por qué es necesario contar con él

Los Estados han decidido, por voluntad política,que la sociedad civil intermedia inteligente tieneque cooperar con ellos como actor social adjetivode los actores centrales. A las organizaciones delsistema financiero mundial y asegurador las ha

caracterizado, en su política criminal, como empresas oentidades de actividad peligrosa, porque con su actividadlegal y legítima pueden, involuntariamente servir de inter-mediario financiero de estos nuevos tipos asociativos dedelincuencia, y favorecer la legitimación de capitales y fi-nanciamiento del terrorismo. Por esta razón, se ha rebau-tizado a las personas jurídicas o personas naturales co-mo Sujetos Obligados en función de Garantes por Orga-nización, que quiere decir, que el Estado les permite elriesgo de operar, siempre y cuando éstas le garanticen elsaber administrar ese riesgo permitido de operar. Paraello, les establece deberes de cuidado como obligacioneslegales que deben cumplir, con el propósito de reducir,controlar, disminuir y administrar el riego múltiple de serutilizados como intermediarios financieros de estos delin-cuentes de violencia de segundo tipo. Asimismo, les obli-ga, entre otros deberes de cuidado de hacer y no hacer,a disponer de un Oficial de Cumplimiento y su estructurade prevención y control, para que colaboren en estasguerras multidimensionales, preventivas y globalizadas.

LIMITACIONES CON LAS QUE TIENE QUE LIDIARLa falta de colaboración de los directivos, gerentes y/o

empleados por no informar oportunamente con relación auna actividad sospechosa de un cliente, puede perjudicarética, legal, reputacional y administrativamente a toda laorganización de la empresa a la que sirven. Aún cuandoestas limitaciones en el poder compartido son responsa-bilidad de la Junta Directiva, del Presidente Ejecutivo y elComité de Prevención y Control, a nivel de políticas, esel Oficial de Cumplimento el que tiene que enfrentar di-rectamente estas limitaciones a nivel operativo, lo quedificulta su labor cada día, y es necesario que las in-ternalice y aplique las mejores practicas de trabajo ytécnicas de motivación y estrategias de cooperación,para hacer viable este Sistema integral de prevencióny control ,ajeno por ahora a la cultura corporativa delas entidades financieras y no financieras, y considera-do como un problema-carga duro por la cultura corpo-rativa y la estructura de pensamiento, las prácticas detrabajo y formas organizativas resistentes al cambio,para convertirlo en un problema-beneficio.

El miedo a innovar conduce a ignorar los grandes pro-

blemas y a transformarlos en parte del paisaje. (C. Matus,1987) Las frases que oirán son: “No podemos hacer esacosa”. “Eso nunca funcionará”. “Gran idea pero no estádentro del presupuesto”. “Esa no es la manera de hacerlas cosas aquí”. “Siempre se ha hecho así”.

Se necesita mucha perseverancia, pasión, decisión,valor y compromiso para desafiar lo convencional, man-tener vivo el fuego ante esta visión de túnel, de ceguerasituacional, de miopía cultural como dicen Robert J. Krie-gel y Louis Patler, 1993: “Si no está roto rómpalo”.

Estas son las limitaciones con las que tiene que lidiarcada día:

• Insuficiencia operativa de las leyes aplicables.

• Errónea interpretación y/o insuficiente ejecución de lasleyes aplicables.

• Insuficiencia de normas, procedimientos y controles in-ternos.

• Desconocimiento de la responsabilidad penal cor-porativa.

• Ceguera voluntaria.

• Desconocimiento colectivo.

• Impericia y/o imprudencia del empleado (empleado nohabilitado) y/o inobservancia de las leyes, normas y pro-cedimientos (negligencia).

• Baja motivación para evitar la comisión grave de laLegitimación de Capitales o financiamiento al terrorismo.

Dentro de este sistema-situación, el Oficial deCumplimiento actúa, acciona en el “puede ser” derecursos escasos, a base de una estrategia norma-tiva del plano prescriptivo del “deber ser” que yaviene redactada en la LOCDO, en Prevención yControl de la LC y FT, y en la Ley Orgánica contrael Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estu-pefacientes y Psicotrópicas (Locticsep), en lo querespecta sólo a la Prevención Integral Social delTráfico y Consumo de drogas.

Las resoluciones y providencia de los Organis-mos de Control, Supervisión, Fiscalización y Vigi-lancia del sector financiero y asegurador (R.185/01 y R 136/ 03; R. 178/05 y P. 1150/04) orien-tan para el diseño y redacción del Manual de Polí-ticas Normas y Procedimientos de la entidad o em-presa (Sujeto Obligados). Que constituye el docu-mento normativo que debe regir en la corporación.Estos instrumentos, en teoría y lógica, son el fun-damento para que se cumplan, en forma obligato-ria, las decisiones o ejecutorias que realice el Ofi-cial de Cumplimiento en el desarrollo de sus fun-ciones. Del mismo modo, los manuales técnicospara la transmisión de los reportes de actividadsospechosas.

El OC vela porque todas las dependencias quetienen contacto con los clientes, como aperturas de

cuentas, créditos, fideicomisos, tarjetas inteligen-tes, remesas, transacciones y operaciones etc.cumplan el programa Conozca a su Cliente, en loreferente a la verificación de datos y el monitoreode cuentas y la segmentación del cliente de acuer-do a la estimación del nivel de riesgos y control “insitu”, cuando lo amerite para el manejo efectivo dela información.

Asimismo, la actualización de expedientes indi-vidualizados, y archivos, para lo cual, el Oficial de

Cumplimiento dicta cursos continuos y actualiza-dos de inducción, información, formación y capaci-tación con apoyo de Recursos humanos, en las di-ferentes áreas operativas y funcionales de la enti-dad y en sus oficinas, agencias o sucursales. Porsí, con su equipo o por instructores externos. A suvez, diseña un Plan Anual Operativo para sistema-tizar sus recursos, operaciones, actividades y me-tas; implementa un sistema de seguimiento eva-luación y control, apoyado en su Unidad de Pre-vención y Control y los Responsables de area.Asiste al Comité de Prevención y Control para tra-tar los diversos asuntos que se presentan en laoperatividad del Sistema de Prevención y Control,y para presentar los casos de clientes con datosque ameritan ser reportados. Asiste a los diferen-tes comités: de riesgos, productos y servicios.

• El Oficial de Cumplimento tiene que enfrentardirectamente las dificultades de su labor y esnecesario que lasinternalice y apliquelas mejores practicas

de trabajo y técnicas de motivación y estrategias de cooperación, para hacer viable el Sistema integral de prevención y control de lalegitimación de capitales y delfinanciamientodel terrorismo

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1918 Cuentas Claras • ENERO 2008

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

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Los Estados han decidido, por voluntad política,que la sociedad civil intermedia inteligente tieneque cooperar con ellos como actor social adjetivode los actores centrales. A las organizaciones delsistema financiero mundial y asegurador las ha

caracterizado, en su política criminal, como empresas oentidades de actividad peligrosa, porque con su actividadlegal y legítima pueden, involuntariamente servir de inter-mediario financiero de estos nuevos tipos asociativos dedelincuencia, y favorecer la legitimación de capitales y fi-nanciamiento del terrorismo. Por esta razón, se ha rebau-tizado a las personas jurídicas o personas naturales co-mo Sujetos Obligados en función de Garantes por Orga-nización, que quiere decir, que el Estado les permite elriesgo de operar, siempre y cuando éstas le garanticen elsaber administrar ese riesgo permitido de operar. Paraello, les establece deberes de cuidado como obligacioneslegales que deben cumplir, con el propósito de reducir,controlar, disminuir y administrar el riego múltiple de serutilizados como intermediarios financieros de estos delin-cuentes de violencia de segundo tipo. Asimismo, les obli-ga, entre otros deberes de cuidado de hacer y no hacer,a disponer de un Oficial de Cumplimiento y su estructurade prevención y control, para que colaboren en estasguerras multidimensionales, preventivas y globalizadas.

LIMITACIONES CON LAS QUE TIENE QUE LIDIARLa falta de colaboración de los directivos, gerentes y/o

empleados por no informar oportunamente con relación auna actividad sospechosa de un cliente, puede perjudicarética, legal, reputacional y administrativamente a toda laorganización de la empresa a la que sirven. Aún cuandoestas limitaciones en el poder compartido son responsa-bilidad de la Junta Directiva, del Presidente Ejecutivo y elComité de Prevención y Control, a nivel de políticas, esel Oficial de Cumplimento el que tiene que enfrentar di-rectamente estas limitaciones a nivel operativo, lo quedificulta su labor cada día, y es necesario que las in-ternalice y aplique las mejores practicas de trabajo ytécnicas de motivación y estrategias de cooperación,para hacer viable este Sistema integral de prevencióny control ,ajeno por ahora a la cultura corporativa delas entidades financieras y no financieras, y considera-do como un problema-carga duro por la cultura corpo-rativa y la estructura de pensamiento, las prácticas detrabajo y formas organizativas resistentes al cambio,para convertirlo en un problema-beneficio.

El miedo a innovar conduce a ignorar los grandes pro-

blemas y a transformarlos en parte del paisaje. (C. Matus,1987) Las frases que oirán son: “No podemos hacer esacosa”. “Eso nunca funcionará”. “Gran idea pero no estádentro del presupuesto”. “Esa no es la manera de hacerlas cosas aquí”. “Siempre se ha hecho así”.

Se necesita mucha perseverancia, pasión, decisión,valor y compromiso para desafiar lo convencional, man-tener vivo el fuego ante esta visión de túnel, de ceguerasituacional, de miopía cultural como dicen Robert J. Krie-gel y Louis Patler, 1993: “Si no está roto rómpalo”.

Estas son las limitaciones con las que tiene que lidiarcada día:

• Insuficiencia operativa de las leyes aplicables.

• Errónea interpretación y/o insuficiente ejecución de lasleyes aplicables.

• Insuficiencia de normas, procedimientos y controles in-ternos.

• Desconocimiento de la responsabilidad penal cor-porativa.

• Ceguera voluntaria.

• Desconocimiento colectivo.

• Impericia y/o imprudencia del empleado (empleado nohabilitado) y/o inobservancia de las leyes, normas y pro-cedimientos (negligencia).

• Baja motivación para evitar la comisión grave de laLegitimación de Capitales o financiamiento al terrorismo.

Dentro de este sistema-situación, el Oficial deCumplimiento actúa, acciona en el “puede ser” derecursos escasos, a base de una estrategia norma-tiva del plano prescriptivo del “deber ser” que yaviene redactada en la LOCDO, en Prevención yControl de la LC y FT, y en la Ley Orgánica contrael Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estu-pefacientes y Psicotrópicas (Locticsep), en lo querespecta sólo a la Prevención Integral Social delTráfico y Consumo de drogas.

Las resoluciones y providencia de los Organis-mos de Control, Supervisión, Fiscalización y Vigi-lancia del sector financiero y asegurador (R.185/01 y R 136/ 03; R. 178/05 y P. 1150/04) orien-tan para el diseño y redacción del Manual de Polí-ticas Normas y Procedimientos de la entidad o em-presa (Sujeto Obligados). Que constituye el docu-mento normativo que debe regir en la corporación.Estos instrumentos, en teoría y lógica, son el fun-damento para que se cumplan, en forma obligato-ria, las decisiones o ejecutorias que realice el Ofi-cial de Cumplimiento en el desarrollo de sus fun-ciones. Del mismo modo, los manuales técnicospara la transmisión de los reportes de actividadsospechosas.

El OC vela porque todas las dependencias quetienen contacto con los clientes, como aperturas de

cuentas, créditos, fideicomisos, tarjetas inteligen-tes, remesas, transacciones y operaciones etc.cumplan el programa Conozca a su Cliente, en loreferente a la verificación de datos y el monitoreode cuentas y la segmentación del cliente de acuer-do a la estimación del nivel de riesgos y control “insitu”, cuando lo amerite para el manejo efectivo dela información.

Asimismo, la actualización de expedientes indi-vidualizados, y archivos, para lo cual, el Oficial de

Cumplimiento dicta cursos continuos y actualiza-dos de inducción, información, formación y capaci-tación con apoyo de Recursos humanos, en las di-ferentes áreas operativas y funcionales de la enti-dad y en sus oficinas, agencias o sucursales. Porsí, con su equipo o por instructores externos. A suvez, diseña un Plan Anual Operativo para sistema-tizar sus recursos, operaciones, actividades y me-tas; implementa un sistema de seguimiento eva-luación y control, apoyado en su Unidad de Pre-vención y Control y los Responsables de area.Asiste al Comité de Prevención y Control para tra-tar los diversos asuntos que se presentan en laoperatividad del Sistema de Prevención y Control,y para presentar los casos de clientes con datosque ameritan ser reportados. Asiste a los diferen-tes comités: de riesgos, productos y servicios.

• El Oficial de Cumplimento tiene que enfrentardirectamente las dificultades de su labor y esnecesario que lasinternalice y apliquelas mejores practicas

de trabajo y técnicas de motivación y estrategias de cooperación, para hacer viable el Sistema integral de prevención y control de lalegitimación de capitales y delfinanciamientodel terrorismo

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20 Cuentas Claras • ENERO 2008

sobre el Oficial de CumplimientoRESPUESTAS 6

RESPUESTA 6 Cómo y cuándo son fundamentales sus intervenciones

El Sistema de Prevención y Controlde la Legitimación de Capitales ydel Financiamiento del Terrorismocomienza normativamente entrenosotros en 1993 con la primera

reforma de la Ley Orgánica Sobre Sustan-cias Estupefacientes y Psicotrópicas,cuando en el proyecto de reforma se inclu-yó el Título de Prevención, Control y Fis-calización de la Legitimación de Capitales,a consecuencia de la ratificación de laConvención de Viena de 1988.

Es realmente a partir de la Resolución333/ 97 de la Superintendencia de Bancos yOtras Instituciones Financieras (que sustitu-ye a la Resolución 204/ 93 de doce (12) ar-tículos sancionada a base del proyecto dereforma de la LOSEP), cuando se operativi-za la Ley Orgánica reformada, y esta Regu-lación se impone para los Bancos, Entida-des de Ahorro y Préstamo y Casas de Cam-bio y luego ésta Resolución se enriqueceproducto de nuestra experticia de ochoaños de vigencia del Sistema de Preven-ción y Control, y se emite por el mismo en-te regulador la 185/01 y la 136/03 sobreNormas para una Adecuada Administra-ción Integral de Riesgos, y es en los años2004 y 2005 que se emiten la Providencia1150 /04 de la Superintendencia de Segu-ros y la Resolución 178/ de la Comisión deValores que van agregando nuevos con-ceptos y obligaciones.

La Resolución Nº 5, de la Comisión deCasinos, Casas de Bingo y Máquinas Traga-níqueles es lo que coloquialmente se llama“un saludo a la bandera”, para referirse a suinutilidad e ineficacia.

Debemos aceptar la continuidad en eltiempo de los problemas políticos, económi-cos y sociales, nunca se pueden erradicar, ypor ello las expectativas de éxito deben sersub-óptimas. (Las soluciones óptimas de-ben ceder paso a las soluciones satisfacto-rias. Matus, 1987). Podemos reducirlo, mini-mizarlo, controlarlo, administrarlo, pero noeliminarlo. En consecuencia son políticas,estrategias y programas de un horizonte

muy largo en el tiempo y con el fenómenosocial contemporáneo de la globalización, lapresión dominante va en aumento, comoejemplo, ahora no es sólo la legitimación decapitales, sino también el financiamiento alterrorismo, subimos la calificación de la Dili-

gencia Debida a la Mejor Diligencia Debida.Estamos incorporando las buenas prácticasde gobierno corporativo. Prevenimos y con-trolamos un delito autónomo de Legitima-ción de Capitales.

La labor del Oficial de Cumplimiento y desu equipo de prevención y control debe serexclusiva y a tiempo completo. Sólo aque-llos que tienen visión de túnel y ceguera si-tuacional, pueden proponer el absurdo deque estas funciones se pueden cumplir com-partidas con otras a destajo, en tiempo con-vencional como asesoría externa. No debe-mos ignorar que el actor social DelincuenciaOrganizada Transnacional y Terrorismo In-ternacional persiguen a los sujetos obliga-dos del sistema financiero mundial como unobjetivo permanente y prioritario, bajo la pre-sión de un estado de necesidad operativo,las 24 horas del día.

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• El sistema de prevención y control de lalegitimación de capitales,ahora abarca

el financiamientodel terrorismo.La calificaciónde DiligenciaDebida subió a MejorDiligenciaDebida. Se incorporaronlas buenasprácticas del GobiernoCorporativo y la legitimaciónde capitales es un delitoautónomo

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Buena LaborPrograma de Prevención Integral del Consumo y Tráfico de Drogas en el ámbito laboral

Cuentas ClarasConferencias. Charlas, seminarios, diálogo sobre prevención y control de la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo

Eventos InternacionalesI Conferencia InternacionalLavado de Dinero/ Delitos Informáticos Con la participación de expertos de Inglaterra, Eslovenia, Estados Unidos, Colombia, Chile y Venezuela. Caracas, 9,10 y 11 de octubre de 2001.

II Conferencia InternacionalTerrorismo y Corrupción. Con la participación especial del Juez de la Audiencia Nacional de España, Baltasar Garzón y de expertos de Estados Unidos, España, Bolivia, Venezuela y de la Universidad Internacional Florida. Miami, Estados Unidos 22 y 23 de noviembre de 2005.

PublicacionesRevista Cuentas Claras. ¡Suscríbete!Cartilla Buena Labor para los trabajadores.Cartilla Buena Labor para niños, niñas y adolescentes.

APOYO A NUEVAS PUBLICACIONES Terrorismo, ensayos para el debate. Copilador: Javier Ignacio Mayorca El Estado Paralelo. Sólo Negocios. Autor: Bayardo Ramírez Monagas.

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Programas dirigidos a los bancos y otras institucionesfinancieras, casas de cambio, seguros, empresas bur-sátiles, casinos, salas de bingos, hoteles, profesiona-les y otros sujetos obligados previstos en la LeyOrgánica contra la Delincuencia Organizada. Para in-formación y suscripciones dirigirse al correo electróni-co; [email protected]. O por los teléfonos0243-2321223 y 0212 9513205

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CuentasClar sa CuentasClar sa

Un actor fundamental

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Pregunta obligatoria en las instituciones Financieras de la UE

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Año 7 Número 32 ENERO 2008

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