Anillas T 10 - DAC Capote · CONCEPTO Entendemos por desplazamiento lateral, todo cambio sensible...

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10 MANIOBRAS-2 r Desplazamientos laterales r Adelantamientos

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10MANIOBRAS-2

rr Desplazamientos laterales

rr Adelantamientos

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CONCEPTO

Entendemos por desplazamiento lateral, todo cambio sensible de posición en la calzada, a la dere-cha o a la izquierda, que puede implicar, o no, la INVASIÓN PARCIAL O TOTAL de un carril por el queanteriormente no se circulaba.

No se considera maniobra de desplazamiento lateral (cambio de carril), la simple corrección de tra-yectoria de un vehículo, cuando se realiza dentro del carril por el que se circula.El cambio de carril puede venir motivado por muchas circunstancias, entre ellas:

- Selección de carril adecuado para cambiar de dirección, realizar un adelantamiento o un reba-samiento, regresar al carril por el que se circulaba, facilitar incorporaciones, efectuar una parada o unestacionamiento, etc.

DESPLAZAMIENTO LATERAL. Cambio de carril

ADELANTAMIENTO

EJECUCIÓN

Esta maniobra exige:

1º CERCIORARSE que puede realizarse sin alterar las condi-ciones normales del tráfico, y que las circunstancias y señaleslo permiten),

2º ADVERTIR a los demás usuarios con suficiente antelación(intermitentes o brazo), y posteriormente,

3º EJECUTARLA, sin ser obstáculo para otros vehículos quese acerquen en el mismo sentido o en el contrario, en otro casonos abstendremos.

En un sentido más estricto, fundamentado en la peligrosidadde la maniobra, reducimos el concepto a aquellos adelanta-mientos que se realizan utilizando un carril de sentido contra-rio. La mayoría de las normas que estudiaremos se refieren aeste adelantamiento, pero también veremos otras referidas acasos de menor peligrosidad por no tener que invadir un carrilde sentido opuesto.

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Todo desplazamiento lateral que implique cambio de carril deberá llevarse a efecto RESPE-TANDO LA PRIORIDAD del que circule por el carril que se pretende ocupar.

Se hará de forma gradual y progresiva, iniciándolo a distancia suficiente.

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CONCEPTO

En un concepto amplio, podemos definir el adelantamiento como la maniobra que consiste ensobrepasar a otro vehículo, también en movimiento, pero de marcha más lenta, que circula delante.

Es decir, ambos vehículos deben estar en movimiento.

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NO SON ADELANTAMIENTOS

REBASAMIENTO

A diferencia del adelantamiento, el rebasamiento lo definimoscomo la maniobra que consiste en sobrepasar a un vehículoinmovilizado (detenido, parado o estacionado) o a un obstá-culo.

CIRCULACIÓN PARALELA

Tampoco es adelantamiento, el que por saturación de tráfico,una fila de vehículos circule más rápidamente que otra por uncarril del mismo sentido, ya que en este caso la velocidad decada uno depende del que lleve delante.

GRUPOS DE CICLISTAS (entre ellos)

No se considerará adelantamiento los producidos entre ciclis-

tas que circulen en grupo.

CARRILES DE MANIOBRAS O

EXCLUSIVOS PARA DETERMINADOS VEHÍCULOS

En todo tramo de vía en que existan carriles de ACELERACIÓNo DECELERACIÓN o carriles o partes de la vía destinadosexclusivamente al tráfico de DETERMINADOS VEHÍCULOS,tampoco se considerará adelantamiento el hecho de que seavance más rápidamente por aquéllos que por los normales decirculación o viceversa.

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CIRCULACIÓN SATURADA

Cuando la DENSIDAD de la circulación sea tal que los vehícu-los ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circu-lar a una velocidad que dependa de la del que los precede ensu carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápida-mente que los de otro no será considerado como un adelanta-miento.

Tampoco podemos denominarlo rebasamiento.

En esta situación, ningún conductor deberá cambiar de carrilpara adelantar, ni para efectuar cualquier otra maniobra que nosea prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de lacalzada o tomar determinada dirección.

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Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello (decalzada), el adelantamiento se efectuará por la DERECHA yadoptando las máximas precauciones:

1. Cuando el conductor del vehículo al que se pretenda ade-lantar esté indicando claramente su propósito de CAMBIAR DEDIRECCIÓN A LA IZQUIERDA O PARAR en ese lado.

2. En las vías con circulación en ambos sentidos, a losTRANVÍAS que marchen por la zona central.

3. Dentro de los POBLADOS, en las calzadas que tengan, porlo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismosentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, sepermite el adelantamiento por la derecha a condición de que elconductor del vehículo que lo efectúe se cerciore, previamen-te, que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios.

Adelantamiento. SEÑALIZACIÓN.

Todos los adelantamientos que impliquen un desplazamientolateral deberán advertirse con las señales ópticas preceptivas.Es decir, lo que realmente se señaliza es el desplazamien-

to lateral, por lo que aquellos adelantamientos que no impli-quen desplazamiento no tienen por qué ser advertidos. Porejemplo adelantar a un segundo vehículo, después de haberadelantado a un primero.Adelantamiento en calzadas de

VARIOS CARRILES EN EL MISMO SENTIDO

En las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles

reservados a la circulación en el sentido de su marcha, elconductor que vaya a efectuar un nuevo adelantamientoPODRÁ PERMANECER en el carril que haya utilizado para elanterior, a condición de:

- cerciorarse que puede hacerlo sin molestia indebida

para los conductores de vehículos que circulen detrás del suyomás velozmente.

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ADELANTAMIENTO Y CIRCULACIÓN PARALELA

ADELANTAMIENTO POR LA IZQUIERDA

Como norma general, el adelantamiento deberá efectuarsepor la IZQUIERDA del vehículo que se pretende adelantar.

EXCEPCIONES AL ADELANTAMIENTO POR LA IZQUIERDA

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Obligaciones DEL QUE ADELANTA

ANTES de iniciar la maniobra

Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplaza-miento lateral, el conductor que se proponga adelantardeberá:COMPROBAR Y CERCIORARSE QUE:- la VÍA y las SEÑALES lo permiten.

- en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento exis-te ESPACIO LIBRE SUFICIENTE en anchura y longitud parapara ello.

- las CIRCUNSTANCIAS del tráfico lo permiten, no poniendoen peligro ni entorpeciendo a quienes circulen en sentidocontrario, en caso contrario deberá abstenerse de adelantar.

- ningún conductor deberá de adelantar a varios vehículos sino tiene la total seguridad de que, al presentarse otro ensentido contrario, puede desviarse hacia el lado derecho sinirrogar perjuicios o poner en situación de peligro a alguno delos vehículos adelantados.

- valorar y tener en cuenta la VELOCIDAD propia y la de losdemás usuarios afectados.

- el conductor del VEHÍCULO QUE LE PRECEDE en elmismo carril no ha indicado su propósito de desplazamien-to hacia el mismo lado, en cuyo caso deberá respetar la pre-ferencia que le asiste. No obstante, si después de un tiempoprudencial el conductor del citado vehículo no ejerciera suderecho prioritario, se podrá iniciar la maniobra de adelanta-miento del mismo, advirtiéndoselo previamente con señalacústica u óptica.

- no se ha iniciado maniobra de adelantar a su VEHÍCULOpor parte de ningún conductor QUE LE SIGA por el mismocarril, y

- que dispone de ESPACIO SUFICIENTE PARA REINTE-GRARSE a su mano cuando termine el adelantamiento.

Señalización y Aviso

SEÑALIZACIÓN:

Señalizaremos con los indicadores de dirección o en su defecto con el brazo, aquellos adelan-tamientos que exijan desplazamiento lateral, para así ADVERTIRLO a los demás usuarios con sufi-ciente antelación.AVISO:

- Fuera de poblado, cuando el conductor lo considere necesario, podrá AVISAR del adelanta-miento que pretende efectuar al conductor del vehículo de delante, mediante una señal de claxon.

- Tanto dentro como fuera de poblado, podrá cuando así lo estime conveniente avisar con unaseñal breve del alumbrado (ráfaga). 10-5

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Obligaciones DEL QUE ADELANTA

DURANTE la ejecución de la maniobra

- Llevar el vehículo a una VELOCIDAD notoriamente superior a la del que se pretende adelantar.

- Dejar entre ambos una SEPARACIÓN LATERAL suficiente para realizar el adelantamiento conseguridad.

OTROS VEHÍCULOS O DENTRO DE POBLADO

Cuando el adelantamiento se efectúe a cualquier OTROVEHÍCULO distinto de los aludidos, o se efectúe dentro depoblado el conductor dejará un MARGEN LATERAL DESEGURIDAD PROPORCIONAL a la velocidad, anchura ycaracterísticas de la calzada.

Si el ADELANTANTE es el conductor de un VEHÍCULO DEDOS RUEDAS, fuera de poblado, dejará entre él y las par-tes mas salientes del vehículo que adelanta un espacio no

inferior a 1,50 m.

LIMITACIÓN DE CIRCULACIÓN EN PARALELO

No podrán adelantar a otros, los conductores de vehículos obligados a circular por el arcén, excep-

to los de bicicletas, si la duración de la marcha de los vehículos colocados paralelamente excedelos 15 segundos o el recorrido efectuado en dicha forma supera los 200 metros.

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36.3

FUERA DE POBLADO

También cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, motocicletas de dos rue-

das o vehículos de tracción animal, debe hacerse ocupando parte o la totalidad del carril contiguoo contrario, en su caso de la calzada, y guardando en todo caso una separación lateral, no inferior

a 1,50 m.

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SI HAY PELIGRO, DESISTIR

Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias quepuedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos, reducirá rápidamente su marcha yregresará de nuevo a su mano, advirtiéndolo a los que le siguen, con las señales preceptivas.

No confundir, no es el total del tiempo o espacio para ade-lantar lo que se limita, sino la permanencia en paralelo.

Obsérvese también que dice vehículo obligado a circu-

lar, por tanto no exige que en ese momento esté circulan-do por el arcén.

SEPARACIÓN DENTRO Y FUERA DE POBLADO

Cuando el conductor de un automóvil pretenda adelantar a un:- ciclo o ciclomotor o conjunto de ellos

debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguoo contrario, en su caso de la calzada, y guardando una anchu-ra de seguridad de, al menos 1,50 m.

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Obligaciones DEL QUE ADELANTA

DESPUÉS vuelta al carril.

El conductor del vehículo que ha efectuado un adelantamientodeberá:

* REINTEGRARSE A SU CARRIL

- tan pronto como le sea posible y- de modo gradual, sin obligar a otros usuarios a modificarsu trayectoria o velocidad y

- advirtiéndolo con las señales preceptivas.

Es decir, realizando todos los pasos de la regla de seguridadR.S.M., pero sin retrasar el momento de volver al carril, cosaque debemos efectuar tras comprobar en nuestro retrovisor laparte delantera del vehículo adelantado a una distancia míni-mamente prudente.

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DOBLE ADELANTAMIENTO,

POR CARRIL DE SENTIDO OPUESTO. PROHIBIDO

Se prohíbe, en todo caso, adelantar a los vehículos que ya estén adelantando a otro, si el conductor del tercer vehículo para efectuar dicha maniobra,ha de invadir la parte de la calzada reservada a la circulación del sentido contrario.

En calzadas con doble sentido de circulación y tres carrilesseparados por macas longitudinales discontínuas, el ade-lantamiento solamente se podrá efectuar cuando los conducto-res que circulen en sentido contrario no hayan ocupado el carrilcentral para efectuar un adelantamiento a su vez.

Trayectoria vehículo verde,

prohibida.

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ADELANTAMIENTOS EN CALZADAS CON TRES CARRILES EN TOTAL Y DOS SENTIDOS

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Vehículo ADELANTADO.

OBLIGACIONES DE SU CONDUCTOR

El conductor que advierta que otro que le sigue tiene el propó-sito de adelantarle, estará

OBLIGADO A:

- CEÑIRSE AL BORDE DERECHO de la calzada, salvo enlos supuestos de giros o cambios de dirección a la izquierda ode parada en ese mismo lado en que deberá ceñirse a laizquierda todo lo posible, pero sin interferir la marcha de losvehículos que puedan circular en sentido contrario.

SE PROHÍBE al conductor del vehículo que va a ser adelanta-do:

- AUMENTAR LA VELOCIDAD y- efectuar MANIOBRAS QUE IMPIDAN O DIFICULTEN eladelantamiento.

SI SE PRODUCE SITUACIÓN DE PELIGRO

Una vez iniciada la maniobra de adelantamiento, el conductorestará obligado a disminuir la velocidad de su vehículo cuandola situación entrañe peligro para sí mismo, para el vehículo quela está efectuando, para los que circulan en sentido contrario opara cualquier otro usuario de la vía.

No obstante, si el adelantante diera muestras inequívocas dedesistir de la maniobra reduciendo su velocidad, el conductordel vehículo al que se pretende adelantar no estará obligado adisminuir la suya, si con ello pone en peligro la seguridad de lacirculación, aunque sí estará obligado a facilitar al conductor adelantante la vuelta a su mano.

VEHÍCULO PESADO, DE GRANDES DIMENSIONES U

OBLIGADO A RESPETAR UN LÍMITE ESPECÍFICO DE

VELOCIDAD.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:

- También los conductores de estos vehículos deberán, bien aminorar la marcha o bien apartarsecuanto antes al arcén, si resulta practicable, para dejar paso a los que le siguen, cuando la densidadde la circulación en sentido contrario, la anchura insuficiente de la calzada, su perfil o estado no per-

mitan ser adelantados con facilidad y sin peligro.

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86.2

86.1

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- El conductor de uno de estos vehículos que vaya a ser adelantado, si no puede ceñirse por com-

pleto al borde derecho de la calzada y, sin embargo, el adelantamiento pueda efectuarse con segu-ridad, indicará la posibilidad de ello al que se acerque, con el BRAZO o con el INTERMITENTE dere-cho, cuando no crea conveniente hacer la señal con el brazo.

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PROHIBICIONES DE ADELANTAMIENTO

Maniobras de adelantamiento que atentan a la seguridad

vial.

QUEDA PROHIBIDO ADELANTAR:

1- POR FALTA DE VISIBILIDAD

- En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reduciday, en general,

- en todo lugar o circunstancia (trazado o configuración delterreno, condiciones meteorológicas, niebla, lluvia, nevada,sol, etc.)

en QUE LA VISIBILIDAD DISPONIBLE NO SEA SUFICIENTEpara poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez ini-ciada, a no ser que los dos SENTIDOS de la circulación esténclaramente DELIMITADOS y la maniobra pueda efectuarse sininvadir la zona reservada al sentido contrario.

Asimismo, por razón de falta de visibilidad se prohíbe, el adelantamiento DETRÁS DE UN VEHÍCU-

LO que realiza la misma maniobra, cuando las dimensiones del vehículo que la efectúa en primerlugar, impiden la visibilidad de la parte delantera de la vía al conductor del vehículo que le sigue.

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2- En los PASOS PARA PEATONES señalizados como tales, INTERSECCIONES CON VÍAS PARA CICLISTAS y en losPASOS A NIVEL y en sus proximidades. (Las “proximidades” las entenderemos referidas a ambos tiposde pasos y a las intersecciones con vías ciclistas, al ser el ade-lantamiento una maniobra con al menos dos vehículos en movi-miento).

EXCEPCIONES:

Esta prohibición NO SERÁ APLICABLE:

En PASOS A NIVEL O SUS PROXIMIDADES

- cuando el adelantamiento se realice, previa las oportunasseñales acústicas u ópticas, A VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS quepor sus reducidas dimensiones no impidan la visibilidad late-ral o

En PASOS PARA PEATONES SEÑALIZADOS

- cuando el adelantamiento a cualquier vehículo se realice auna velocidad tan suficientemente reducida que permitadetenerse a tiempo, si surgiera peligro de atropello.

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SUPUESTOS ESPECIALES

CASOS DE ADELANTAMIENTO PERMITIDOS POR RAZÓN

DEL ADELANTADO, EN SUPUESTOS QUE COMO NORMA

GENERAL ESTÁ PROHIBIDO ADELANTAR

Con idénticos requisitos a los señalados para rebasamientos avehículos inmovilizados, SE PODRÁ adelantar a conducto-

res de:

- bicicletas,

- ciclos,

- ciclomotores,

- peatones,

- animales y vehículos de tracción animal,

cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelanta-dos sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.

3- En las INTERSECCIONES y en sus proximidades, salvocuando:

a) Se trate de una PLAZA DE CIRCULACIÓN GIRATORIA O

GLORIETA.

b) El adelantamiento deba efectuarse POR LA DERECHA.

c) La calzada en que se realice goce de PRIORIDAD EN LA

INTERSECCIÓN Y HAYA SEÑAL expresa que lo indique.

d) El adelantamiento se realice A VEHÍCULOS DE DOS RUE-

DAS.

4- En los TÚNELES O PASOS INFERIORES, con circulación enambos sentidos, está prohibido el adelantamiento, salvo queexista más de un carril para su sentido de la circulación, en losque se podrá adelantar sin invadir el sentido contrario.

Además- Queda expresamente prohibido adelantar poniendo

en peligro o entorpeciendo A CICLISTAS que circulen en

sentido contrario.

EXCEPCIÓN:Adelantamiento por la derecha

EXCEPCIÓN:

Prioridad señalizada

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SUPUESTOS ESPECIALES.

REBASAMIENTO (A vehículo inmóvil).

Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelan-tamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo oen parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marchay salvo los casos en que tal inmovilización responda a necesi-dades de tráfico, podrá ser REBASADO, aunque para ello haya que ocupar parte del carril izquierdode la calzada, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. (Según criterio de la DGT, y hay que entender, que a estos exclusivos efectos, la parada se consi-dera una necesidad del tráfico).

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SUPUESTOS ESPECIALES

OBSTÁCULOS

Igualmente, en las circunstancias señaladas para el rebasa-miento, todo vehículo que encuentre cualquier obstáculo ensu camino que le obligue a ocupar el espacio dispuesto parael sentido contrario de su marcha podrá rebasarlo siempreque se haya cerciorado de que puede efectuarlo sin peligro.

La misma precaución se observará cuando el obstáculo o elvehículo inmovilizado se encuentren en un tramo de vía en elque esté permitido el adelantamiento.

ANEXO: Consejos de conducción sobre ADELANTAMIENTOS

El error en el cálculo de distancias y velocidades es una de las causas más frecuentes de acciden-tes.

Se comprobarán igualmente que las variaciones que experimenta la vía no van a incidir negativa-mente en el adelantamiento sobre todo en el supuesto de subidas o bajadas cuando se pretendeadelantar a un vehículo voluminoso que según sea un caso u otro experimentan unas importantesvariaciones de velocidad.El adelantamiento debe realizarse con decisión y seguridad y a una velocidad notoriamente superiora la del vehículo al que se adelanta. En caso de duda ha de tenerse siempre presente que el ade-lantamiento no debe realizarse.

PETICIÓN DE PASO A juicio del conductor, fuera de poblado, podrá avisar al conductor del vehículo que pretende ade-lantar mediante señal acústica u óptica, cuando las circunstancias lo aconsejen, especialmentecuando sea conveniente su colaboración para relizar la maniobra con seguridad. Sin embargo enpoblado, en ningún caso se podrá hacer uso de la señal acústica para “solicitar paso” en un adelan-tamiento, únicamente se admitiría, siempre a juicio del conductor, el aviso mediante señal óptica(ráfaga instantánea).

UTILIZACIÓN DEL INTERMITENTEEn la maniobra de adelantamiento, una vez ocupada la correspondiente posición en la carretera enque se va a realizar el adelantamiento, debe extinguirse el indicador luminoso.

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DISTANCIAS Y VELOCIDADESEl adelantamiento no debe iniciarse desde una posición ex-cesivamente lejana, ya que prolongaría la maniobra de modoinnecesario, ni tampoco desde una posición excesivamentecercana al vehículo, ya que, además de disminuir el campode visión hacia adelante de forma muy importante, sobretodo si el vehículo al que pretendemos adelantar es volumi-noso. Hasta el momento mismo de iniciar el adelantamiento,ha de mantenerse respecto del vehículo al que se pretendesobrepasar, una separación mínima que en caso necesarionos permita detenernos sin colisionar con él y que comomínimo permita a su vez a otros usuarios adelantarnos.

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VEHÍCULO ADELANTADO. PERMITIR EL ADELANTAMIENTOAdemás de lo visto en la normativa sobre distintas obligaciones del conductor del vehículo adelanta-do, conviene insistir en que el conductor que advierta que otro que le sigue tiene el propósito de ade-lantarle, estará obligado a ceñirse al borde derecho de la calzada, salvo en el supuesto de cambiode dirección a la izquierda o de parada en ese mismo lado, en el que deberá ceñirse a la izquierdade su carril o zona, todo lo posible, pero sin interferir la marcha de los vehículos que puedan circularen sentido contrario.

En el caso de que el conductor que vaya a ser ade-lantado tenga dudas sobre si la maniobra sepuede o no efectuar reglamentariamente, una vez avisado por el que tiene intención de realizar eladelantamiento, bien sea por circulación de vehículos en sentido contrario o por la proximidad de unazona o circunstancia que prohíbe la maniobra, se abstendrá de señalizar con el indicador de direc-ción de la derecha, limitándose a cumplir con lo mencionado anteriormente respecto de su posicióny velocidad, no encendiendo el indicador de dirección de la izquierda y dejando la decisión de ade-lantar o no, al conductor del vehículo que circula detrás, que en definitiva es el responsable de lamaniobra.

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