ANEXO TÉCNICO - Secretaría de Seguridad Pública de la...

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CDMX - 19.5-Tos C z.:DA:'OF MÉXACC, ecíglis .fin ANEXO TÉCNICO Subrogación de servicios para la instrumentación y operación de los sistemas para la detección de Exceso de Velocidad de vehículos detectados en las Vialidades de la Ciudad de México conforme al Programa Integral de Movilidad 2013-2018. Situación Actual: Durante las primeras décadas del siglo XX, cuando comenzó aparecer el automóvil en el Distrito Federal, no presentaba mayor problema por la poca cantidad de los mismos; además la mayor parte de las calles no estaban pavimentadas y el parque vehicular de esta Ciudad no exigía demasiadas vialiciacies'para los vehículos que circulaban; pero la situación cambió rápidamente al incrementarse el parque vehicular año con año, demandando mayor infraestructura y más transporte público y en consecuencia la red vial es insuficiente. Es de resaltar que los accidentes de tránsito se han ubicado ya dentro de las primeras cuatro causas de muerte en nuestro país, reconociéndolo como un problema de salud pública. Las medidas preventivas requieren de esfuerzos sostenidos, organizados y dinámicos; pues es de resaltar que el conducir con velocidades superiores a los límites establecidos en el Distrito Federal, ocupa el sexto lugar como causa general de muerte y prevalece corno primer lugar en mortalidad en personas de los veinte a los cuarenta años. También cabe señalar que por cada fallecimiento accidental hay dos discapacitados permanentes (según cifras del INEGI). Entre las principales causas de accidentes de tránsito en la Ciudad de México están: 1. La imprudencia del conductor y peatón al cruzar con la luz roja del semáforo. 2. Manejar a velocidades inadecuadas. 3. No utilizar el cinturón cíe seguridad. 4. Conducir bajo los efectos del alcohol e influjo de las drogas. Debemos considerar que los accidentes, también repercuten en la economía, según El Banco Mundial estima que en países en vías de desarrollo se gasta entre 1.5 y 2% del PIB anual por consecuencias de accidentes de tránsito. La Organización Mundial de la Salud (OMS 2004) calcula que 25% de todas las muertes debidas a lesiones, son resultado de las lesiones causadas por accidentes de tránsito. Las principales causas de estas muertes se generan por conducir bajo la influencia del alcohol, manejar a alta velocidad y no usar el cinturón de seguridad. México es el séptimo país con mayor número de incidentes viales en el mundo. El 90% del total de los incidentes en la Cd. de México son viales, siendo prevenibles 9 de cada 10, dejando más de 17 mil muertos al año, casi 2 por hora, 1 millón de lesionados, 40 mil discapacitados permanentes y 15 mil millones de pesos en costos materiales, de los cuales la mayoría no es pagado por ningún seguro. Es la primera causa de orfandad de niños entre 5 y 14 años y primera causa de muertes en jóvenes en la capital. Seeretdria de Seguridad Pública (.)neiaiia Mayor Dirección Genera( de Recurso ,I'daleriales Direccii)n de Adquisicíones, AlmacvneN y ,N,c.2:trrarniento,

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CDMX -19.5-Tos C z.:DA:'OF MÉXACC,

ecíglis .fin

ANEXO TÉCNICO Subrogación de servicios para la instrumentación y operación de los sistemas para la

detección de Exceso de Velocidad de vehículos detectados en las Vialidades de la Ciudad

de México conforme al Programa Integral de Movilidad 2013-2018.

Situación Actual:

Durante las primeras décadas del siglo XX, cuando comenzó aparecer el automóvil en el Distrito

Federal, no presentaba mayor problema por la poca cantidad de los mismos; además la mayor

parte de las calles no estaban pavimentadas y el parque vehicular de esta Ciudad no exigía

demasiadas vialiciacies'para los vehículos que circulaban; pero la situación cambió rápidamente al

incrementarse el parque vehicular año con año, demandando mayor infraestructura y más transporte público y en consecuencia la red vial es insuficiente.

Es de resaltar que los accidentes de tránsito se han ubicado ya dentro de las primeras cuatro

causas de muerte en nuestro país, reconociéndolo como un problema de salud pública.

Las medidas preventivas requieren de esfuerzos sostenidos, organizados y dinámicos; pues es de

resaltar que el conducir con velocidades superiores a los límites establecidos en el Distrito Federal,

ocupa el sexto lugar como causa general de muerte y prevalece corno primer lugar en mortalidad en personas de los veinte a los cuarenta años.

También cabe señalar que por cada fallecimiento accidental hay dos discapacitados permanentes (según cifras del INEGI).

Entre las principales causas de accidentes de tránsito en la Ciudad de México están:

1. La imprudencia del conductor y peatón al cruzar con la luz roja del semáforo. 2. Manejar a velocidades inadecuadas. 3. No utilizar el cinturón cíe seguridad. 4. Conducir bajo los efectos del alcohol e influjo de las drogas.

Debemos considerar que los accidentes, también repercuten en la economía, según El Banco

Mundial estima que en países en vías de desarrollo se gasta entre 1.5 y 2% del PIB anual por consecuencias de accidentes de tránsito.

La Organización Mundial de la Salud (OMS 2004) calcula que 25% de todas las muertes debidas a lesiones, son resultado de las lesiones causadas por accidentes de tránsito.

Las principales causas de estas muertes se generan por conducir bajo la influencia del alcohol, manejar a alta velocidad y no usar el cinturón de seguridad.

• México es el séptimo país con mayor número de incidentes viales en el mundo. • • El 90% del total de los incidentes en la Cd. de México son viales, siendo prevenibles 9 de

cada 10, dejando más de 17 mil muertos al año, casi 2 por hora, 1 millón de lesionados, 40

mil discapacitados permanentes y 15 mil millones de pesos en costos materiales, de los cuales la mayoría no es pagado por ningún seguro.

• Es la primera causa de orfandad de niños entre 5 y 14 años y primera causa de muertes en jóvenes en la capital.

Seeretdria de Seguridad Pública

(.)neiaiia Mayor Dirección Genera( de Recurso,I'daleriales

Direccii)n de Adquisicíones, AlmacvneN y ,N,c.2:trrarniento,

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CDPIX 190años CIUDAD DE: MÉXICO

Deddiendo

• El costo anual para los mexicanos radicados en el D.F., es de .1.7 % del producto interno bruto nacional. (10 millones de dólares anuales).

Las consecuencias económicas por lesionados por tránsito, se reflejan en los altos costos de

asistencia médica prolongada, la pérdida de quienes aportan los ingresos familiares y la pérdida de

ingresos debido a las secuelas o discapacidad que en su conjunto a menudo llevan a las familias a la pobreza y la desintegración de la misma.

Estos costos consumen generalmente entre 1 y 2.5% del producto nacional bruto.

Lo que el país pierde globalmente por los accidentes de tránsito es $37,270 millones de pesos. Los

gastos por los heridos que requieren hospitalización o atención médica suman 46,384 millones de pesos.

Por todo lo anterior es imprescindible dimensionar y valorar, las acciones tendientes a minimizar y

prevenir los accidentes por conducir a velocidades excesivas, pues como se refiere el costo social, económico y gubernamental es también de considerarse.

En el Distrito Federal hubo 21,718 accidentados en el 2005, de los cuales 12,740 fueron lesionados

y fallecieron 1,403; de estos 316 fallecieron en el lugar del accidente. En el año 2006 se

presentaron 22,795 accidentes en total, de los cuales resultaron 16,079 lesionados y de estos 1,373 fallecieron; 398 murieron en el lugar del accidente (Fuente: SEMEFO).

Bajo este contexto, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de

Seguridad Pública del Distrito Federal, la Dirección General de Aplicación de Normatividad de

Tránsito adscrita a la Subsecretaría de Control de Tránsito, es la encargada de establecer los

criterios para la formulación de los planes y programas para el control y registro de infracciones. y

garantizar la correcta operación de los dispositivos tecnológicos para la aplicación de sanciones por violación al reglamento de tránsito vigente, entre otras atribuciones.

La operación que se realiza para el levantamiento de Infracciones con Dispositivos Electrónicos,

denominado "RADARES" continúa por parte de esta H. Secretaría de Seguridad Pública del

Distritito Federal, que en su conjunto derivan en acciones preventivas para contrarrestar e inhibir

la generación de accidentes en vehículos automotores que trasgreden los límites de velocidad

establecidos en el "REGLAMENTO DE TRÁNSITO METROPOLITANO" en el DISTRITO FEDERAL.

En efecto este sistema además de inhibir conductas que violenten el Reglamento de tránsito

Metropolitano, también sancionará su trasgresión, imponiendo las correspondientes multas,

cuyos montos se hayan establecidos en el propio Reglamento de Tránsito Metropolitano del

Distrito Federal; estas infracciones contaran con la particularidad de que por su naturaleza tecnológica se generarán de manera automática.

Esta operación que se proyecta llevar a cabo de manera por demás cuidadosa pretende establecer

en los sitios identificados como peligrosos por sus niveles de incidencia en las vías de acceso

controlado y que se encuentran avalados dentro del PROGRAMA INTEGRAL DE MOVILIDAD 2013 -

201.8; siendo colocado el equipo de manera sistemática a fin de detectar fotografiando los

vehículos que infrinjan los limites de velocidad establecidos en el Reglamento de Tránsito

Secretaria de Seguridad Pública

Oficialía Maynr í)irCCCirin General de 1:ecursos Materiales

Dirección de derdsicione., k Inmunes y A.seguramient0.

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CIUDAD DE butoco Docidiem, tom ■-■1

C D m 190años

Metropolitano, para brindar un servicio acorde ala dinámica que impone la sociedad del Distrito Federal;

Los beneficios generados a partir de la reforma del Reglamento de Tránsito' Metropolitano

vigente, publicado el 19 de junio de 2007, están a la vista pues atinadamente en él se incluyen

recomendaciones ya sugeridas por la Organización Mundial de la Salud, tales corno:

1. Obligación de utilizar cinturones de seguridad. 2. Uso obligatorio del casco en los vehículos de dos ruedas. 3. Prohibición de que los conductores utilicen manualmente teléfonos móviles. 4. Determinación de 120 intersecciones de riesgo, 5. Objetivos de la señalización con círculos rojos: Los conductores reduzcan la velocidad al

aproximarse o cruzarse la intersección y eviten en situación de congestión quedar varados

u obstruir el flujo transversal, así como extremar precauciones y alerten sus sentidos al cruzar por la intersección.

6. Programa Alcoholímetro: el cual inició el 19 de Septiembre del año 2003 en la Ciudad de

México con el Programa Conduce Sin Alcohol. A partir de 2005 las muertes registradas por

hechos de tránsito en los que se dictaminó la presencia de alcohol o drogas disminuyeron en 50% los accidentes y las muertes.

7. Establecimiento de medios tecnológicos para prevenir y sancionar vehículos que infrinjan los límites de velocidad.

Las detecciones de vehículo que circulan rebasando los límites de velocidad han sido captadas por

cinemómetros móviles y fijos que han operado desde el 2005, sin embargo se descartan

aproximadamente el 45% de las detecciones de los vehículos que circulan a exceso de velocidad,

por limitantes en la tecnología tales como: falta de identificación precisa del carril en el que circula

el vehículo detectado a exceso de velocidad, especialmente cuando aparece más de un vehículo

en la fotografía, fallas en la interpretación de las placas de los vehículos detectados por falta de

nitidez de la fotografía, un limitado espectro en el que es captado el vehículo a exceso de

velocidad, adicionalmente y con el paso del tiempo los conductores han generado conductas que

ponen en riesgo su integridad y la de otros vehículos, ya que es frecuente que los conductores que

circulan a exceso de velocidad disminuyan abruptamente su velocidad antes de pasar por enfrente de los cinernometros y después vuelven a acelerar.

Por otra parte se ha tenido una limitante operativa ya que los actuales cinernómetros sólo se han

instalado en vialidades de máximo 4 carriles de circulación y de un solo sentido de circulación, sin

embargo, en la red vial del Distrito Federal se tienen vialidades principales de hasta 6 carriles de

circulación en un sentido o de 6 carriles en ambas direcciones.

Objetivos;

Optimizar los recursos financieros, así corno los costos de oportunidad que nos representan los

servicios requeridos por la Secretaría, lo que generaría una mayor captación y Detección de Infractores además de eficientar y cubrir de manera programada las necesidades del servicio.

Secrelar de Seguridad Pública

Oficialía Mayor Dirección General de Recursos Materiales

Dirección de Adquisiciones. Almacenes y Aseguramiento.

P 1.161»"; ■:, 1,1, 21,

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CDMX bs• •

Alcance:

Actualmente está Secretaria de Seguridad Publica cuenta con el Sistema de Cinemómetros, que

evidentemente desde sus inicios se ha destacado como un programa preventivo y de gran aceptación entre los habitantes de la Ciudad.

Este sistema sancionara el Exceso de Velocidad de vehículos detectados en las Vialidades de la

Ciudad de México y al día de hoy representa el 42% del total de las infracciones impuestas

diariamente, consideradas en el Reglamento de Tránsito Metropolitano; la diferencia corresponde

a la labor que realizan diariamente los más de 3,000 elementos equipados con dispositivos

electrónicos denominados Hand Held que integran el estado de fuerza operativo de la Subsecretaria de Control de Tránsito.

Tomando Cinemómetros como punto de partida, se vuelve imperante considerar los avances

tecnológicos existentes, con el fin de Sistematizar la labor que se realiza diariamente para la imposición de sanciones.

La experiencia en el caso del sistema de Cinemómetros y su constante mantenimiento correctivo,

que año con año significa un alto costo y de aumento considerable para los Recursos de esta

Secretaria, sugiere que el escenario ideal sería la Subrogación de Servicios a través de empreSas

proveedoras con experiencia y con la certificación para poder generar y entregar la mejor solución Tecnológica.

Es así que se requiere la contratación de equipos de modelo reciente con instalaciones fijas, así

como la infraestructura de hardware y software (basada en tecnología de actualización de punta).

Lo que permitirá detectar conductores que excedan la velocidad incrementando los índices de infracciones impuestas en la Ciudad de México.

Procesos:

A continuación, se muestran los pasos que componen el proceso a través del cual se prestarán los Servicios:

a. En cada ubicación se realizará el monitoreo de posibles infracciones y de placas de vehículos relacionados con dichas infracciones.

b. En cada ubicación se recolectará información relativa a las posibles infracciones (por ejemplo: fotografía, placa)

c. Mediante un aplicativo, la Secretaría obtendrá acceso a la información sobre posibles infracciones;

d. Conforme a las facultades que las disposiciones legales aplicables le confieren y utilizando

la información contenida, mediante el aplicativo, la Secretaría determinará las sanciones

aplicables por infracciones relacionadas específicamente con el Exceder los Limites de

Velocidad autorizados. Esto se realizará mediante la emisión, firma electrónica de la

infracción e inclusión de la línea de captura en la boleta de infracción que deberá cumplir los requisitos legales aplicables (la "Boleta");

Secretaría de Sezurid ad Pública

Oficialía :\ laNnr Direeei,",n General de Recursos .Materiale.5

1)1reeek'm de ^ dquisiriunes, ■ lseglint

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CDMX a aos cuascrEMÉDOCO

9rcidim.•7untc.1

e. Una vez al día y de manera digital, la Secretaría enviará al Sistema las Boletas de infracción

que hayan sido validadas y autorizadas durante el día inmediato anterior, e instruye al

Proveedor para realizar los, procesos de impresión y dispersión de dichas boletas a través del medio que el Proveedor determine.

Requerimientos:

La Secretaría requiere la instalación, implementación de un servicio integral inteligente de

prevención y seguridad vial e ingeniería de tránsito con el objetivo de reducir los siniestros en la Ciudad de México, creando una conciencia de prevención y respeto a las disposiciones de tránsito en los ciudadanos.

La solución deberá tener las siguientes características:

+ Solución diseñada a las necesidades de la Ciudad de México • Identificar las faltas al Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM), referentes al Exceso

de Límites de Velocidad establecidos. + Automatizado, sin la presencia de un policía de tránsito, hasta el momento de la emisión

de la boleta de infracción.

+ El prestador del servicio deberá garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de la

información desde su obtención, transmisión, almacenamiento, validación, impresión y envío.

El prestador deberá proporcionar todo el equipamiento necesario para garantizar el

procesamiento y almacenamiento en promedio de 1.5 millones de imágenes captadas al

mes durante la vigencia del contrato en las instalaciones de la Secretaría,

La causa de siniestro a identificar es:

+ Exceso de velocidad

+ La Secretaría se reserva el derecho de solicitar al proveedor del servicio, la

implementación dentro del "Sistema para la Detección por Exceso de Velocidad", de la

detección y procesamiento de otro tipo de faltas al Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM).

El servicio debe garantizar su correcta operación en todo momento, bajo las condiciones de

trabajo a las que son sometidos los equipos, es decir un servicio 7 x 24 x 365.

Es_pecificaciones Técnicas

El cinemórnetro de funcionamiento por el efecto Doppler, tendrá la finalidad de captar

imágenes para el control de velocidad. Detectará los vehículos que circulan por el área de control, identificando con total precisión el carril por el que circulan y midiendo la velocidad

de cada uno de ellos, disparando de manera automática la cámara fotográfica en caso de que

la velocidad medida sobrepase el límite preestablecido, dé tal manera que la imagen del

vehículo en ese instante, junto con la medición de velocidad, carril por el que circula y otros

Secretaria de Seguridad F.'ública °t.-lejana .Nlayor

Dirección General tic Recursos Ydateriales Dirección de ,sidquisiciones, Almacenes y Asegurdmientn.

Cci

Ir

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CD 190años

datos relevantes, queda registrada en un archivo digital encriptado y a prueba de falsificaciones.

• Tecnología Doppler

e Encriptamiento de Información • Cumplimiento de estándar IP65 e Comunicación de 1 GB p/seg, Ethernet TCP/IP 3Xusb, 4Xi/0 Satelital • Slide Share GSM

• Resolución mínima de 10 mpx (2448 X 2050). • Factor de Precisión: ±1 Km/h, (±1% a partir de 100 Km/h). • Rango de detección de velocidad de 10km/h a 250 km/h • Detección mínima de 6 carriles.

• Configuración de velocidad para cada carril • Alcance de fotografía: 50 metros, • Tasa de detección igual en todas las condiciones climáticas 49, Alcance de rastreo de vehículos de no menos de 180 metros • Rastreo de al menos 25 vehículos simultáneamente • Detección bidirecciona(simultáneamentc. • Determina carril específico y múltiples incidentes simultáneamente. • Operación las 24 horas del día, en cualquier condición climática y de luminosidad. e Captura de imágenes de fotografías: al menos 3 imágenes por segundo. • Fotografía de mínimo 10 mega pixeles. • Alertas, otras Faltas y observaciones. • GPS

• Deberá operar con batería o con corriente eléctrica. • Deberá permitir una fácil portabilidad e instalación acorde con las necesidades de la

Secretaría.

Certificaciones:

Los cinernómetros que se propongan deben cumplir con las siguientes normas:

4+ CE (Estándar de conformidad europea en materia de seguridad) o equivalente que expida

una autoridad que tenga la competencia para tal efecto.

* FCC (Estándar de la Comisión Federal de Comunicaciones de Estados Unidos) o

equivalente que expida una autoridad que tenga la competencia para tal efecto.

■ UL (Estándar de seguridad para los aparatos y componentes eléctricos) o equivalente que

expida una autoridad que tenga la competencia para tal efecto. • ICES-03 (Estándar para la gestión del espectro y telecomunicaciones de equipos que

ocasionan interferencias) o equivalente que expida una autoridad que tenga la competencia

para tal efecto.

Secrelaria de Seguridad Pública

Oficiaba 51:1).1)e Dirección Gemend de Recursos fVlaterialtiN

Dirección de AdquisicióneN. Atrmicenes y .lse;;urailliento.

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CDMX 190años

p 2 an

Imágenes.

• Resolución al menos de 10 mpx que permita la perfecta identificación de las placas y características del vehículo.

e Las imágenes obtenidas deben ser inalterables. e Detección automática del carril del vehículo infractor. • Impresión de fecha hora y ubicación del radar en la misma imagen en color de contraste

en la parte superior de la imagen.

Reconocimiento de información en [ás imágenes.

• Detección automática de los caracteres impresos en las placas de los vehículos candidatos a una infracción al RTM.

Envío de información.

• El envío de las imágenes deberá ser en línea por medio de lotes con periodicidad de envío configurable por la Secretaria.

• El medio de transmisión deberá ser seguro, no expuesto a red pública, nubes públicas o medios similares.

Procesamiento de la información.

• La información se deberá depositar en equipamiento instalado en la Secretaría. • La Secretaría será la responsable de validar las imágenes recibidas posteriores al primer

filtro automatizado de detección de placa y características del vehículo. • La Secretaría definirá y administrará los criterios de descarte de las infracciones.

• El prestador del servicio complementará las boletas de sanción de las imágenes validadas por la Secretaría a través de servicio web proporcionados por la misma.

• El software proporcionado por el prestador de servicio deberá tener la capacidad de consultar al menos 2 bases de datos simultáneamente.

• Transferir la información hacia el Sistema de infracciones Digitales de la Secretaría. • El prestador del servicio será responsable de operar y garantizar el buen funcionamiento

del Sistema Integral.

• Deberá tener la capacidad para dar seguimiento desde la captación de la imagen, hasta el

pago de la infracción, incluso en caso de ser impugnada en los tribunales competentes. • Seguimiento del proceso de dispersión de las infracciones, desde el envió, hasta la debida

notificación de estas o en su caso la devolución de las mismas.

Equipamiento tecnotoPico.

• Todo el equipamiento de procesamiento central indicado en este punto, deberá ser

proporcionado por el prestador del servicio y al finalizar la vigencia del servicio pasará a ser propiedad de la Secretaría.

• Equipo de procesamiento de información. Que garantice la operación de la transmisión, la

validación, la consulta de información a las fuentes externas, conformación electrónica de

la infracción. Todo en función del volumen de información que se va a procesar en la vigencia del servicio.

Secretaría(lc Seguridad Pública Oficialia Mayor

Dirección General de Recursos Materiales

Dirll'reló Alrilllet'lles v Aseguramiento.

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OUD,C C."' MÉXICO 1,...di•nde

CDMX años

• • Equipamiento de comunicaciones y medio. Que garantice la operación de la transmisión,

la consulta de información a las fuentes externas. Todo en función del volumen y de la

cantidad de usuarios que tendrán acceso al sistema integral durante la vigencia del

servicio. Al finalizar el servicio la Secretaría se reserva el derecho de absorber una o más de los medios (enlaces) utilizados en este proyecto.

• Todas las licencias de software de procesamiento central (bases de datos, aplicaciones,

sistemas operativos de terminales y de servidores, etc.) utilizadas en la Solución Integral

pasarán a ser propiedad de la Secretaría al finalizar el servicio. Quedan excluidas las

licencias del software de las cámaras y del proceso automatizado de identificación de las placas de vehículos.

Almacenamiento de la solución. • Todo el equipamiento de almacenamiento central indicado en este punto, deberá ser

proporcionado por el prestador del servicio y al finalizar la vigencia del servicio pasará a

ser propiedad de la Secretaría.

• El almacenamiento de las imágenes deberá estar en línea por dos años a partir de la fecha de emisión de la boleta de sanción.

• La boleta de sanción deberá estar en línea para su consulta, cuando menos un año a partir de la fecha de su emisión

• La firma electrónica de la boleta de sanción, deberá almacenarse, en una Base de datos

con las características que en su momento proporcionara la Secretaría al Prestador del

Servicio, con la finalidad de que este proporcione el dispositivo idóneo para dicho objetivo.

• Todas las licencias de software de almacenamiento (storage en línea e histórico, etc.)

utilizadas en la Solución Integral pasarán a ser propiedad de la Secretaría al finalizar el servicio.

Impresión de las boletas de sanción.

• Impresos a 4x1 tintas sobre papel bond de 90 grs. Tamaño 21.5x28 cms., dato variable impreso a 4x4 (fotografía frente y vuelta);

Sobres causales de devolución impresos a 1x0 tintas sobre papel bond de 90 grs., tamaño 15x23 cms, acabado con ventana de celofán, dato variable 1x0 tintas;

• Volante GDF impreso a 4x0 tintas sobre papel bond de 90 grs, tamaño 14x21.5 cros, dato variable.

• Impresión de acuse de recibo de 1x0.

Elementos que integraran la dispersión domiciliaria de las boletas de sanción.

• El prestador del servicio será responsable de los tirajes de impresión de las boletas de

sanción consecuencia de las imágenes validadas y firmadas por los elementos policiales, • Carta con mensaje del Secretario de Seguridad Pública.

• Aviso de Infracción y al reverso el Formato Universal de Tesorería requisitado con la línea de captura y datos del propietario.

• Acuse de recibo.

Ser rellarrd de Se:23bridad Pública Olier¿dill Mayor

Direerióu Genero! de Recursos Nlaterlides Dirterion de Adquisiriunes, .11m:Icenes y Aseguramienrú.

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CDMX 19Daños

• Empate y ensobretado de los elementos

Dispersión de Boletas de Sanción.

• Las Cartas y Formatos Suplementarios (registrado y acuse de recibo), contendrán un

código de barras para su control.

• Para los casos que el domicilio indicado en la correspondencia si exista, se realizarán de ser necesario 2 visitas al domicilio en días hábiles.

• La entrega de la correspondencia, tanto en personas físicas como morales,

preferentemente deberá hacerse al titular y/o destinatario de la misma, previa identificación oficial.

• En caso de que el titular y/o destinatario no se encuentre en el domicilio, la entrega se

podrá efectuar a cualquier persona mayor de edad que se encuentre en este, previa identificación oficial.

• Invariablemente deberá recabarse un acuse de recibo, el nombre, la firma de la persona

que reciba la correspondencia y la fecha en la que se realiza la entrega.

• En caso de no poder entregar la correspondencia por no encontrarse nadie que la reciba,

se deberá de indicar, la fecha en la que se realizó la visita, programando un segundo intento de entrega al domicilio del destinatario.

• Si el domicilio es desconocido, erróneo, incompleto o es rehusada la correspondencia, falleció el destinatario, etc. se deberá razonar en la pieza física y se efectuará la devolución inmediata no realizándose reexpediciones.

• Las devoluciones y/o acuses de recibo deberán ser canalizados al centro de devoluciones corporativas.

Envíos Subsecuentes.

• En caso de no poder entregar la correspondencia por no encontrarse nadie que la reciba,

se deberá dejar un aviso en el domicilio del destinatario, indicando en este que se realizó

la segunda visita e informando que la correspondencia estará a su disposición en la

ventanilla del centro de reparto correspondiente y que el destinatario podrá pasar a

recogerla durante Lin periodo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de la

segunda visita, dentro del horario de oficina, regresando de inmediato la correspondencia

al área de registrados del centro de reparto que corresponda para que esta permanezca en ventanilla a disposición de los destinatarios.

• Una vez transcurridos los diez días, si no se recogió la pieza, esta se devolverá al centro de

devoluciones corporativas.

• En caso de que la pieza haya sido entregada, el mensajero regresará al encargado del área

de registrados del centro de reparto el formato, debidamente llenado y firmado por la

persona que lo reci bió

• El proveedor deberá garantizar a la SSPDF, que en plazo de 20 (veinte) días hábiles llevara

a cabo todo el proceso de dispersión en los centros de reparto, entrega y devolución de la

correspondencia y/o acuses de recibo.

Secretaria de Seguridad Pública oncialiA Nlayqr

Dirección General de Recursos Materiales Direcciiltn de Adquisiciones, .Mmacenes y Aseguramiento.

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CDMX 19Ó .ios

Monitoreo del servicio.

• Se deberá contar cuando menos con 5 posiciones de monitoreo.

• Se contará con tableros de control que muestren en todo momento el estado del servicio.

• Se contará con reportes periódicos configurables de disponibilidad de servicio de cada uno

de los componentes de la solución integral, las características del reporte seránedefinidps por la Secreta.ría—

• Se contará con reportes periódicos configurables semanales para diferentes puntos del

proceso. Las cuales son captura de imágenes, envío de imágenes, validación de imágenes, complernentación, impresión, envío y acuses de las boletas de sanción, ente otros.

Seguridad de la solución

• El prestador del servicio deberá garantizar a la Secretaría niveles de seguridad tecnológica

en el Sistema Integral acorde a los componentes de solución y servicio, así como su actualización permanente,

Requerimientos de Soporte y servicio:

El Prestador del servicio proporcionará a la Secretaría el siguiente soporte:

a. Soporte técnico remoto con horario de 24/7, que consiste en: i. Atención telefónica.

ii. Mesa de ayuda.

iii. Asignación de un ticket a la falla, se dimensiona y clasifica la falla y se turna a las áreas

correspondientes para su solución.

iv. Solución de la falla y restablecimiento del servicio en tiempo máximo de 36 hrs. a partir del reporte de la falla.

v. En caso de no solucionar se deberá sustituir el componente/s dañado/s e un tiempo

máximo de 72 hrs. a partir del reporte inicial de la falla.

Niveles de servicio:

a. intervenciones en los Servicios:

1. Intervenciones planeadas; son aquellas intervenciones a elementos de la Solución Integral,

con afectación o posible afectación a los Servicios. El Prestador de servicio notificará a la Secretaría de estas intervenciones.

2. Intervenciones no planeadas; son aquellas intervenciones a elementos de la Solución

Integral, con afectación causados por fenómenos no previsibles. El Prestador de servicio

notificará a la Secretaría de las causas de esta intervención y el tiempo de resolución del problema, el cual estará de acuerdo a los niveles de severidad.

SecretA ría de Seguridad Pílblica Oficialía Nlayor

Dirección General de Recursos Nlateriales

Din? .(5 I ldeluisiciones, Almacenes y .Asegurandento.

,sr

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CDMX 190años

Cdteríos

Información de Detalle

Infracción:

Velocidad estimada de desplazamiento, imagen

fotográfica de placas, imagen fotografía del vehículo,

Exceso de Velocidad posible interpretación del número de placa en

formato de texto extraído de la imagen, fecha del

incidente registrado, ubicación del incidente.

Tolerancia

Configurable por

la Secretaría

Garantía:

El prestador del servicio, deberá garantizar el correcto funcionamiento de la Solución Integral,

durante las 24 horas del día por los 365 días del año, durante la vigencia del contrato.

Calendario de Capacitación:

La capacitación cieberá ser suficiente y necesaria en el uso de la Solución Integral

Adicionalmente la capacitación a Supervisores de la Secretaría.

Cualquier capacitación adicional, será acordada entre la Secretaría y el prestador del Servicio,

según las necesidades de la operación.

Secretaria de Seguridad Pública Oficiaba Mae■ or

Direecion Cenerat de ReeurNos Materiales .reee.rn :.i...quisieirines, Almacenes y A,eguramiento,

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DM X -19tr¿Wos

México D.F., a 29 de junio de 2015

PROTOCOLO DE PRUEBAS

PRESENTACIÓN DE PRUEBA DE CONCEPTO

Los licitantes deberán presentar la Prueba de Concepto de las tecnologías que ofertarán en sus propuestas, conforme a lo establecido en el presente documento.

I. Con el objeto de acreditar la calidad de la tecnología que ofrezcan, los licitantes deberán participar en la Prueba de Concepto utilizando para ello: un Radar Móvil para la detección de exceso de velocidad, un Software de des encriptación y un Software de procesamiento de infracciones con las características idénticas a las del equipo ofertado en sus propuestas y que cumplan con las especificaciones mínimas descritas dentro del Anexo Técnico. El no cumplir con lo anterior o no presentar la Prueba de Concepto de los equipos ofertados, será causa de descalificación.

U. La prueba se realizará en un solo día en 2 sesiones. El horario de la primera sesión será de 10:00 a 12:00 Hrs. y el de la segunda sesión será de 18:00 a 20:00 Hrs.

NOTA: No habrá ninguna tolerancia en el horario de inicio de las pruebas, por lo que si alguno de los licitantes no se presenta dentro de los tiempos marcados será motivo de descalificación.

III. El lugar y horario donde se realizará la Prueba de Concepto lo dará a conocer la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal a cada uno de los licitantes.

IV. El día de la prueba, los licitantes se presentarán en el lugar y horario indicado. Cada licitante podrá estar representada por un máximo de 3 personas, las cuales serán las únicas autorizadas para intervenir de manera directa e Indirecta durante toda la prueba.

V. La prueba se realizará en condiciones normales de tráfico en la vialidad o vialidades que se indiquen, colocando los equipos de cada licitante a una distancia de 10 metros entre cada uno de ellos, pero siempre sobre la misma vialidad que indique el Encargado de Coordinar la prueba por parte de la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal.

VI. A fa hora de inicio marcada y bajo la indicación del Encargado de Coordinar la prueba por parte de la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal, el personal de cada licitante contará con 15 minutos para desplegar y poner en operación todos y cada uno de sus equipos.

VII. Al llegar al término de la sesión, cada licitante dispondrá de 10 minutos para desmontar todos sus equipos.

SECRETARíA DE SEGUR:DAD PÚSLICA DEL DISTRITO FEDERAL Subsecretaria de C,ontrol de Translto

Dirección General de AplicacIón de Normatividad de Tránsito Dirección de Int racciones con Dispositivos Filos

Fray Servando Teresa de Mier 142. Col, Centro, DelegaciOn Cuauhtémoc,

C.P. 05000

Tel. 57094229

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Crt 190años VIII, Al término de la Prueba de Concepto, se levantará un acta como constancia de

participación, la cual deberá ser firmada por los licitantes y por el Representante de la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal.

IX. Al finalizar las 2 sesiones de prueba, los licitantes deberán entregar al Encargado de Coordinar la prueba por parte de la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal la siguiente información:

Para los Radares de Velocidad:

Un reporte que incluya la cantidad de fotografías de vehículos detectados a exceso de velocidad por el Radar Móvil.

• 10 imágenes impresas de las velocidades más altas detectadas por los sistemas.

X. Al día siguiente de la Prueba de Concepto, cada licitante deberá entregar al Encargado de Coordinar la prueba por parte de la Dirección de infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal:

• Un dispositivo de almacenamiento (CO. DVD, USB) con todas las imágenes que se hayan generado por cada uno de los equipos instalados para la detección de exceso de velocidad durante la Prueba de Concepto. Estas imágenes se deberán presentar en formato PDF ' JPEG, JPG, BMP o BIFF.

• Un dispositivo de almacenamiento USB que contenga al menos 10 imágenes (archivo original y archivo des encriptado en formato comercial) que hayan captado los sistemas durante el período de la prueba para que las mismas sean cargadas al software propuesto.

• El lugar y horario de entrega de los dispositivos de almacenamiento, será designado por la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal.

CONDICIONES DE INSTALACIÓN Y OPERACIÓN EN LA PRUEBA DE CONCEPTO

Para empezar con la prueba de concepto. cada uno de los licitantes deberá considerar lo siguiente:

• El Radar Móvil para la detección de exceso de Velocidad, deberá estar instalado y desde ahí monitorear a los vehículos que se encuentren circulando dentro de la vía o vías designadas.

▪ Los Radares Móviles para detección de exceso de Velocidad deberán ser calibrados con un límite de velocidad de 10 kilómetros superior al límite de la vía y deberán iniciar la toma de fotografías de vehículos circulando a 11 kilómetros superior al limite de la vialidad.

ESPECIFICACIONES miNtmAs REQUERIDAS DE LOS SISTE A UTILIZADOS EN LA PRUEBA DE CONCEPTO

StD1;;ETARli, DE SEGURIDAID islill;L,71-, DISTRITC, FEDERAL Subsecretaria de Control de Tránsito

CerecciOh Generdt Aplicacidn de Nonnatividad de Tránhito Dirección de Infraccionee con Dispoudivos Fi}os

Fray Servando Torned de Idler 142. COL CC.ntr(,,, Delegación Cuauhtémoc,

C.P. 06000

Te: 57094225

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CDMX 9b 1años

El objetivo de la prueba de concepto es comprobar el funcionamiento y características técnicas de las mejores tecnologías del mercado, con la finalidad de elegir la que brinde el mayor beneficio a la población, en vías a cargo del Distrito Federal.

A continuación se describen las características mínimas necesarias para cada uno de los equipos ofertados. Dichas características deberán ser presentadas en un reporte junto con las imágenes generadas por cada equipo.

1. Radares Móviles para la detección de exceso d Velocidad

a) El Radar Móvil para la detección de exceso de Velocidad, deberá contar con una cámara digital fotográfica de al menos 10 megapíxeles a color, la cual permita identificar el vehículo y la placa en la imagen en al menos 6 carriles de circulación.

b) El tamaño de las fotografías generadas no deberá exceder los 3 megabytes, con el fin de optimizar el almacenamiento de las mismas.

c) La antena o sensor de medición deberá ser de tecnología tipo Doppler.

d) La toma de la fotografía deberá ser a la parte trasera del vehículo (vehículo en alejamiento).

e) El sistema deberá ser capaz de detectar vehículos que circulen a una velocidad de 10 km/h hasta 250 km/h.

f) La imagen generada de fa detección a exceso de velocidad, deberá mostrar al menos la siguiente información en la misma fotografía:

• Velocidad del vehículo. • Limite de velocidad establecido. • Fecha (día / mes / año). • Hora (hora / minutos / segundos). • Número de carril de detección. • Ubicación de la detección.

g) El flash utilizado para la iluminación del vehículo que ha sido detectado a exceso de velocidad, deberá permitir la torna a color de las fotografías durante la noche y aún en condiciones de poca luminosidad, y éste deberá ser de iluminación instantánea.

2. Presentación I Demostración de Estructuras y aditamentos adicionales para la operación de radar móvil para la detección de exceso de ve ocidad en un unto fi•o.

3. Software de des encripción

a) Las fotografías provenientes de los radares de velocidad deberán estar encriptadas y en formato propietario del fabricante.

SECRETARÍA DE SEGOR.IDAD PÚBLICA DEL DISTRITO Fr.:11.511,ááL Subsecretaria de Cuatro' de Tránsito

Dirección General de Aplicación de NonnativIdad do Tránsito DlnYcción da Infrzecionás con Dispozitiyea Fil;)t

Fray Servando Terstá Mi8r -142. Col, Centro, Dolágacián CuaulitálTipc,

C.P. 06040

Tcl, 57094229

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190años b) Las fotografías no podrán ser des encriptadas a menos de contar con la llave o métodode des

encripción que asegure que solo puedan ser des encriptadas por el software proporcionado.

c) El licitante deberá garantizar el funcionamiento de este software, al des encriptar y convertir en formato JPEG las imágenes que deberá presentar para que se carguen al software de procesamiento.

4. Software de procesamiento

a) Al día siguiente de la prueba de concepto, las imágenes que entregó cada licitante deberán utilizar el software propuesto para el sistema de procesamiento y completar el proceso de manera normal.

b) El procesamiento será semiautomático, puesto que el operador sólo ingresará la infonnación básica del vehículo y la información restante será obtenida de manera automática a partir de la misma fotografía

c) El Encargado de Coordinar la prueba por parte de la Dirección de Infracciones con Dispositivos Fijos del Distrito Federal será quien verificará que las imágenes sean compatibles con el software instalado y que las mismas se hayan podido procesar correctamente.

Elaborado por: Raúl L. Santillán Moreno, Subdirector de Operación de Dispositivos Fijos.

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL. DiSTRITO FEDERAL Subsecretaria de Controi de Tránsito

Dirocr ián General de Aplicación de Norrnatividad de TIIMSitd Dirección de infraccionea can Dispositivos Fijos

Fray Serváridu amado Mier .142. Col, Cuntro: Delí.. - ación Cuauhtémoc.

C.P. tit'i0Od

Tut 57094229

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