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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4836 ANEXO - DECRETO N° 188/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES ANEXO I PLANTA TRANSITORIA DOCENTE “PLAN DEPORTIVO 2016” Cargos Docentes Cantidad Asignación Mensual Remunerativa Alta Baja Monto Total Carga Horaria Profesor Deportivo 10 horas -Tramo Incompleto 66 $ 3.278,11 01/03/2016 31/12/2016 $ 2.163.551,15 10 Profesor Deportivo 5 hs 58 $ 1.639,05 01/03/2016 31/12/2016 $ 950.651,26 5 Profesor Deportivo 7 hs 7 $ 2.294,68 01/03/2016 31/12/2016 $ 160.627,28 7 Tallerista Deportivo Especial 34 $ 4.333,13 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.767.917,45 10 Tallerista Deportivo 10 hs -Tramo incompleto 70 $ 3.278,11 01/03/2016 31/12/2016 $ 2.294.675,46 10 Tallerista Deportivo 10 hs -Tramo completo 34 $ 3.278,11 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.337.467,98 10 Tallerista Deportivo 18 horas 17 $ 6.235,94 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.272.131,90 18 Tallerista Deportivo 22 horas 6 $ 8.101,07 01/01/2016 31/12/2016 $ 583.277,11 22 Tallerista Deportivo 25 horas 22 $ 9.495,21 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.506.735,12 25 Tallerista Deportivo 5 horas 35 $ 1.639,05 01/03/2016 31/12/2016 $ 573.668,87 5 Tallerista Deportivo 7 horas 8 $ 2.294,68 01/03/2016 31/12/2016 $ 183.574,04 7 Total 357 $ 13.794.277,62 ANEXO II PLANTA TRANSITORIA NO DOCENTE “PLAN DEPORTIVO 2016” Cargo No Docentes Dotación Asignación Mensual Remunerativa Adicional Fijo (NR) Acta Nº 26/13 Asignación Mensual Total Alta Baja Monto Total Carga Horaria Administrativo 13 $ 5.862,91 $ 1.810,29 $ 7.673,20 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.197.019,22 35 Asesor Deportivo 26 $ 7.805,95 $ 1.810,29 $ 9.616,24 01/02/2016 31/12/2016 $ 2.750.244,68 35 Asistente Coordinación General 6 $ 13.888,51 $ 1.810,29 $ 15.698,80 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.130.313,61 35 Auxiliar Coordinación Administrativa 7 $ 10.238,98 $ 1.810,29 $ 12.049,26 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.012.138,19 35 Auxiliar Coordinación General 15 $ 17.538,05 $ 1.810,29 $ 19.348,34 01/01/2016 31/12/2016 $ 3.482.700,50 35 Auxiliar Coordinación Logística 18 $ 9.833,47 $ 1.810,29 $ 11.643,76 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.515.052,19 35 Auxiliar Coordinación Supervisión 18 $ 7.805,95 $ 1.810,29 $ 9.616,24 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.077.107,87 35 Auxiliar Torneos 14 $ 3.801,60 $ 905,14 $ 4.706,74 01/03/2016 31/12/2016 $ 658.942,99 15 Coordinación Ejecución 9 $ 12.672,00 $ 1.810,29 $ 14.482,29 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.564.087,12 35 Coordinación Supervisión 5 $ 12.672,00 $ 1.810,29 $ 14.482,29 01/01/2016 31/12/2016 $ 868.937,29 35 Coordinador Administrativo 9 $ 11.607,55 $ 1.810,29 $ 13.417,84 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.449.126,73 35 Coordinador Logística 6 $ 15.105,02 $ 1.810,29 $ 16.915,31 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.217.902,47 35 Coordinador Programas Deportivos 2 $ 12.469,24 $ 1.086,16 $ 13.555,40 01/01/2016 31/12/2016 $ 325.329,72 18 Guardavidas 11 $ 6.842,88 $ 1.810,29 $ 8.653,17 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.142.218,19 35 Operario B 171 $ 4.891,39 $ 2.624,91 $ 7.516,30 01/01/2016 31/12/2016 $ 15.423.455,55 35 Médico (Lunes a Viernes) 14 $ 19.244,39 $ 1.809,72 $ 21.054,11 01/01/2016 31/12/2016 $ 3.537.089,74 30 Médico (Sábado y Domingo) 14 $ 15.155,71 $ 1.689,60 $ 16.845,31 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.830.012,42 12 TOTAL 358 $ 43.181.678,46 FIN DEL ANEXO N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4836

ANEXO - DECRETO N° 188/16

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ANEXO I

PLANTA TRANSITORIA DOCENTE “PLAN DEPORTIVO 2016”

Cargos Docentes Cantidad Asignación

Mensual Remunerativa

Alta Baja Monto Total Carga

Horaria

Profesor Deportivo 10 horas -Tramo Incompleto 66 $ 3.278,11 01/03/2016 31/12/2016 $ 2.163.551,15 10

Profesor Deportivo 5 hs 58 $ 1.639,05 01/03/2016 31/12/2016 $ 950.651,26 5

Profesor Deportivo 7 hs 7 $ 2.294,68 01/03/2016 31/12/2016 $ 160.627,28 7

Ta l lerista Deportivo Especial 34 $ 4.333,13 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.767.917,45 10

Ta l lerista Deportivo 10 hs -Tramo incompleto 70 $ 3.278,11 01/03/2016 31/12/2016 $ 2.294.675,46 10

Ta l lerista Deportivo 10 hs -Tramo completo 34 $ 3.278,11 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.337.467,98 10

Ta l lerista Deportivo 18 horas 17 $ 6.235,94 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.272.131,90 18

Ta l lerista Deportivo 22 horas 6 $ 8.101,07 01/01/2016 31/12/2016 $ 583.277,11 22

Ta l lerista Deportivo 25 horas 22 $ 9.495,21 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.506.735,12 25

Ta l lerista Deportivo 5 horas 35 $ 1.639,05 01/03/2016 31/12/2016 $ 573.668,87 5

Ta l lerista Deportivo 7 horas 8 $ 2.294,68 01/03/2016 31/12/2016 $ 183.574,04 7

Total 357

$ 13.794.277,62

IF-2016-06136072- -DGADMDEP

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ANEXO II

PLANTA TRANSITORIA NO DOCENTE “PLAN DEPORTIVO 2016”

Cargo No Docentes Dotación Asignación Mensual

Remunerativa

Adicional Fijo (NR) Acta Nº

26/13

Asignación Mensual Total

Alta Baja Monto Total Carga

Horaria

Administrativo 13 $ 5.862,91 $ 1.810,29 $ 7.673,20 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.197.019,22 35

Asesor Deportivo 26 $ 7.805,95 $ 1.810,29 $ 9.616,24 01/02/2016 31/12/2016 $ 2.750.244,68 35

As istente Coordinación General 6 $ 13.888,51 $ 1.810,29 $ 15.698,80 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.130.313,61 35

Auxi l iar Coordinación Administrativa 7 $ 10.238,98 $ 1.810,29 $ 12.049,26 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.012.138,19 35

Auxi l iar Coordinación General 15 $ 17.538,05 $ 1.810,29 $ 19.348,34 01/01/2016 31/12/2016 $ 3.482.700,50 35

Auxi l iar Coordinación Logística 18 $ 9.833,47 $ 1.810,29 $ 11.643,76 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.515.052,19 35

Auxi l iar Coordinación Supervisión 18 $ 7.805,95 $ 1.810,29 $ 9.616,24 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.077.107,87 35

Auxi l iar Torneos 14 $ 3.801,60 $ 905,14 $ 4.706,74 01/03/2016 31/12/2016 $ 658.942,99 15

Coordinación Ejecución 9 $ 12.672,00 $ 1.810,29 $ 14.482,29 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.564.087,12 35

Coordinación Supervisión 5 $ 12.672,00 $ 1.810,29 $ 14.482,29 01/01/2016 31/12/2016 $ 868.937,29 35

Coordinador Administrativo 9 $ 11.607,55 $ 1.810,29 $ 13.417,84 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.449.126,73 35

Coordinador Logística 6 $ 15.105,02 $ 1.810,29 $ 16.915,31 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.217.902,47 35

Coordinador Programas Deportivos 2 $ 12.469,24 $ 1.086,16 $ 13.555,40 01/01/2016 31/12/2016 $ 325.329,72 18

Guardavidas 11 $ 6.842,88 $ 1.810,29 $ 8.653,17 01/01/2016 31/12/2016 $ 1.142.218,19 35

Operario B 171 $ 4.891,39 $ 2.624,91 $ 7.516,30 01/01/2016 31/12/2016 $ 15.423.455,55 35

Médico (Lunes a Viernes) 14 $ 19.244,39 $ 1.809,72 $ 21.054,11 01/01/2016 31/12/2016 $ 3.537.089,74 30

Médico (Sábado y Domingo) 14 $ 15.155,71 $ 1.689,60 $ 16.845,31 01/01/2016 31/12/2016 $ 2.830.012,42 12

TOTAL 358

$ 43.181.678,46

IF-2016-06400451- -DGADMDEP

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FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DECRETO N° 191/16

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ANEXO I

PLANTA TRANSITORIA DOCENTE “COLONIA DE INVIERNO ESCUELA DEPORTIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”

Cargos Docentes Dotación

Asignación Mensual

Remunerativa

Adicional Fijo (NR) Acta Nº

26/13 RESFC-2015-684-MMGC

Asignación Mensual Alta Baja Monto Total Carga Horaria

Profesor A Cargo De Grupo 58 $ 2.756,95 $ 228,00 $ 744,88 $ 3.729,83 01/04/2015 30/11/2015 $ 1.730.641,12 7

Profesor A Cargo De Grupo Escuela Deportiva 7 $ 5.223,70 $ 432,00 $ 1.411,34 $ 7.067,04 01/04/2015 30/11/2015 $ 395.754,24 14

Responsable De Campo 9 $ 3.337,36 $ 276,00 $ 901,69 $ 4.515,06 01/04/2015 30/11/2015 $ 325.084,32 7

Responsable De Sede 6 $ 4.207,98 $ 348,00 $ 1.136,92 $ 5.692,90 01/03/2015 30/11/2015 $ 307.416,60 7

Responsable Escuela Deportiva 1 $ 6.239,42 $ 516,00 $ 1.685,77 $ 8.441,19 01/04/2015 30/11/2015 $ 67.529,52 14

Ta l lerista A 8 $ 2.321,64 $ 192,00 $ 627,26 $ 3.140,90 01/04/2015 30/11/2015 $ 201.017,60 7

Ta l lerista Escuela Deportiva 2 $ 4.643,29 $ 384,00 $ 1.254,53 $ 6.281,82 01/04/2015 30/11/2015 $ 100.509,12 14

TOTALES 91 $ 3.127.952,52

IF-2016-06008186- -DGADMDEP

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ANEXO II

PLANTA TRANSITORIA NO DOCENTE “COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”

Cargos No Docentes Dotación Asignación Mensual (R)

Adicional Fijo Adicional Fijo

Total Asignación Mensual Alta Baja

Carga Horaria (NR) (R) Monto Total

Administrativos 5 $ 2.031,44 $ 168,00 $ 517,44 $ 2.716,88 01/04/2015 30/11/2015 $ 108.675,20 7

Auxiliar 80 $ 2.103,99 $ 174,00 $ 535,92 $ 2.813,91 01/04/2015 30/11/2015 $ 1.800.902,40 7

Auxiliar Administrativo 10 $ 1.044,74 $ 86,40 $ 266,11 $ 1.397,25 01/04/2015 31/12/2015 $ 125.752,50 5

Auxiliar Coordinación 12 $ 6.239,42 $ 516,00 $ 1.589,28 $ 8.344,70 01/03/2015 31/12/2015 $ 1.001.364,00 20

Auxiliar Escuela Deportiva 14 $ 4.062,88 $ 336,00 $ 1.034,88 $ 5.433,76 01/04/2015 30/11/2015 $ 608.581,12 14

Coordinador Administrativo 5 $ 5.223,70 $ 432,00 $ 1.330,56 $ 6.986,26 01/03/2015 31/12/2015 $ 349.313,00 30

Coordinador de Psicólogos 1 $ 5.223,70 $ 432,00 $ 1.330,56 $ 6.986,26 01/04/2015 30/11/2015 $ 55.890,08 20

Coordinador de Transporte 1 $ 11.318,02 $ 936,00 $ 2.882,88 $ 15.136,90 01/03/2015 31/12/2015 $ 151.369,00 20

Coordinador Enlace 3 $ 9.431,68 $ 780,00 $ 2.402,40 $ 12.614,08 01/03/2015 30/11/2015 $ 340.580,16 30

Coordinador Nutricionista 1 $ 11.318,02 $ 936,00 $ 2.882,88 $ 15.136,90 01/03/2015 31/12/2015 $ 151.369,00 20

Director General 1 $ 14.220,07 $ 1.176,00 $ 3.622,08 $ 19.018,15 01/03/2015 31/12/2015 $ 190.181,50 20

Guardavida 3 $ 2.321,64 $ 192,00 $ 591,36 $ 3.105,00 01/04/2015 30/11/2015 $ 74.520,00 7

Médico 5 $ 3.627,57 $ 300,00 $ 924,00 $ 4.851,57 01/04/2015 30/11/2015 $ 194.062,80 7

Nutricionista 2 $ 3.627,57 $ 300,00 $ 924,00 $ 4.851,57 01/04/2015 30/11/2015 $ 77.625,12 20

Operario 10 $ 2.031,44 $ 168,00 $ 517,44 $ 2.716,88 01/04/2015 30/11/2015 $ 217.350,40 7

Psicólogo 4 $ 2.611,85 $ 216,00 $ 665,28 $ 3.493,13 01/04/2015 30/11/2015 $ 111.780,16 7

Psicopedagogo 1 $ 2.611,85 $ 216,00 $ 665,28 $ 3.493,13 01/04/2015 30/11/2015 $ 27.945,04 7

158

IF-2016-06009821- -DGADMDEP

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N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 358/MHGC/16

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: C. EX-2016-04369028-MGEYA-DGTALGOB s/ ceses Ministerio de Gobierno

ANEXO I

MINISTERIO DE GOBIERNO

CESES

APELLIDO Y NOMBRE

DOCUMENTO/CUIL.FUNCION OBSERVACIONES

Dra. Chielli Julieta

DNI 26.882.029,

CUIL 27-26882029-4

Subgerente Operativa de laSubgerencia Operativa Mesa deEntradas, Salidas y Archivo,dependiente de la Gerencia OperativaLegales, de la Dirección GeneralTécnica, Administrativa y Legal.

A partir del 18 de enerode 2016.

Lic. Del Col Sebastián

DNI 27.310.083,

CUIL 20-27310083-1

Subgerente Operativo de laSubgerencia Operativa Presupuesto,dependiente de la Gerencia OperativaOficina de Gestión Sectorial, de laDirección General Técnica,Administrativa y Legal.

A partir del 1° de enerode 2016.

IF-2016-07805225- -DGDSCIVMartes 1 de Marzo de 2016

Digitally signed by Comunicaciones OficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.03.01 15:15:51 -03'00'

ROSIO ECHAIDEDirector GeneralD.G. DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL (SSGRH)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.03.01 15:15:51 -03'00'

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3

FIN DEL ANEXO

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: C. EX-2016-04369028-MGEYA-DGTALGOB s/designaciones Ministerio de Gobierno

ANEXO II

MINISTERIO DE GOBIERNO

DESIGNACIONES

NOMBRE Y APELLIDO

DOCUMENTO/CUIL.FUNCION OBSERVACIONES

Lic. Del Col Sebastián

DNI 27.310.083,

CUIL 20-27310083-1

Gerente Operativo de la GerenciaOperativa Oficina de GestiónSectorial, de la Dirección GeneralTécnica, Administrativa y Legal.

A partir del 1° de enero de2016.

Dra. Chielli Julieta

DNI 26.882.029,

CUIL 27-26882029-4

Gerente Operativo de la GerenciaOperativa Legales, de la DirecciónGeneral Técnica, Administrativa yLegal.

A partir del 18 de enero de2016.

Dr. Ortiz de Marco Agustín

DNI 29.635.147,

CUIL 20-29635147-5

Subgerente Operativo de laSubgerencia OperativaAsesoramiento Legal, dependientede la Gerencia Operativa Legales,de la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal.

A partir del 1° de enero de2016.

Srta. Alba, Sol Laura

DNI 18.847.856,

CUIL 27-18847856-0

Subgerente Operativa de laSubgerencia Operativa Mesa deEntradas, Salidas y Archivo,dependiente de la GerenciaOperativa Legales, de la DirecciónGeneral Técnica, Administrativa yLegal.

A partir del 1° de febrero de 2016.

Martes 1 de Marzo de 2016IF-2016-07805914- -DGDSCIV

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 358/MHGC/16 (continuación)

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 4

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 359/MHGC/16

ANEXO I

MINISTERIO DE GOBIERNO

DESIGNACIONES

NOMBRE Y APELLIDODOCUMENTO/CUIL.

FUNCION OBSERVACIONES

Sr. Ponce Román, Jaime

Jonás

DNI 92.605.734,

CUIL 20-92605734-1

Gerente Operativo de la Gerencia

Operativa Generación de

Vínculos con el Interior del País,

de la Dirección General

Relaciones con las Provincias y

Municipios, dependiente de la

Subsecretaría de Gobierno.

A partir del 1° de enero de

2016.

Sr. Arrazola, Néstor Andrés

DNI 24.485.868,

CUIL 20-24485868-7

Gerente Operativo de la Gerencia

Operativa Planificación

Institucional, de la Dirección

General Relaciones con las

Provincias y Municipios,

dependiente de la Subsecretaría

de Gobierno.

A partir del 1° de enero de

2016.

IF-2016-07220117- -DGTALGOB

página 1 de 1

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8/SSEMERG/16

N°Exp Origen DNI CUIL N° Apellido Y Nombre Desde Hasta Total Mens Org. Area Función Obs.

1025216/16 29400370 20294003704 ACRI PABLO FABIAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1025658/16 22602185 20226021850 ALBORNOZ EDILBERTO C.B. 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Per.Mercantil

1025980/16 11230146 20112301462 ALVAREZ JORGE RUBEN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Mecanico

1026232/16 27338931 20273389319 ARRIZABALAGA GASTON DANIEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Tecnico

1026417/16 31032977 20310329771 AVALOS RAUL MARCELO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1026574/16 12230253 24123022536 AZPIRIZ JOSE ROBERTO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1026713/16 22433353 27224333531 BAZAN CLAUDIA ESTELA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1026855/16 34310504 20343105046 BOSSI ALAN LUCAS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1027051/16 95145934 20951459349 CIFUENTES FLOREZ RUBEL FAVIANNY 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1027264/16 36162979 20361629796 DE LEON MARCELO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1027391/16 36555018 20365550183 DEL GAUDIO ALFREDO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

IF-2016-07283507- -SSEMERG

página 1 de 5

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 6

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8/SSEMERG/16 (continuación)

1027501/16 16599234 20165992343 DEL GAUDIO GUSTAVO ERNESTO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1027626/16 21138409 27211384099 DEL GIUDICE SANDRA KARINA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1027787/16 37279293 20372792931 ENRIQUE ALAN DAMIAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1028006/16 12504394 20125043942 FAZIO HECTOR JORGE 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Bachiller

1028142/16 37278881 20372788810 FERNANDEZ GUZMAN KEVIN LEONEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1028301/16 13030172 20130301720 GASPARI HECTOR PEDRO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1036927/16 36830630 20368306305 GOMEZ EZEQUIEL NICOLAS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1028945/16 23847267 23238472679 GOMEZ MARIANO ADOLFO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1029073/16 33586798 20335867980 GONZALEZ ANTONIO FEDERICO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1029179/16 26116511 20261165113 GONZALEZ FAVIO JAVIER 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1028476/16 18712584 20187125848 LARREA MENDOZA CARLOS ENRIQUE 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

IF-2016-07283507- -SSEMERG

página 2 de 5

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 7

1030058/16 32675559 20326755592 LARROCEA MARCELO DAMIAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1030183/16 14070119 20140701190 LIGUORI DANIEL ANIBAL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1029305/16 29130066 23291300669 LUNA GERMAN ESTEBAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1030744/16 33781507 20337815074 MACARIA EMANUEL CARLOS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1030891/16 30077963 27300779633 MACIEL RAMOS MEJIA, SOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIV Meteorologa Primario

1031053/16 12348114 20123481144 MARTINEZ JOSE CARLOS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1031182/16 22572574 20225725749 MORANDEIRA ANGEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1031309/16 16225986 20162259866 MOSQUEIRA FERNANDO NICOLAS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1031476/16 37819035 20378190356 PAVON ALAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1031778/16 29530293 20295302934 PRYMACZOK PABLO ENRIQUE 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1032569/16 30087659 20300876596 QUENON DANIEL ALEJANDRO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1032728/16 20771143 20207711439 QUINTERO LUIS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

IF-2016-07283507- -SSEMERG

página 3 de 5

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8/SSEMERG/16 (continuación)

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 8

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8/SSEMERG/16 (continuación)

1032847/16 21051553 20210515535 RAMIREZ JULIAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

1032972/16 14498320 20144983204 ROMANO JOSE LUIS 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

1033316/16 16044182 20160441829 SALAS MIGUEL ANGEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Bachiller

1033470/16 17323508 23173235089 SANZ LUIS MARIANO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Bachiller

1033643/16 31150547 20311505476 SELPA ANDRES EZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1033820/16 35725785 23357257859 SOLIS DARIO EXEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1033961/16 28379032 20283790321 STOROCHUK EDUARDO FABIAN 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1034161/16 16226896 27162268967 TOVAR CLAUDIA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIV Administrativa Obstetra

1034788/16 36502661 20365026611 TURCO JUAN PABLO 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

1034943/16 24717826 27247178266 VIDAL GISELA VERONICA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

1035538/16 22200588 23222005884 VIEYRA MARIANA CECILIA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Secundario

1035165/16 23593836 20235938368 VILLARMEA CRISTIAN JAVIER 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIVOperativo de Emergencias

Primario

IF-2016-07283507- -SSEMERG

página 4 de 51035405/16 35216646 23352166464 ZANGARI DAIANA 01/01/2016 31/12/2016 13,400.00 DGDCIV DGDCIV

Operativo de Emergencias

Primario

IF-2016-07283507- -SSEMERG

página 5 de 5

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 9

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 15/SSREIGIC/16

ANEXO

CUIT APELLIDO Y NOMBRE PERIODODESDE

PERIODOHASTA DESCRIPCION DE LA FUNCION

TOTAL APERCIBIRMENSUAL

MONTOTOTAL AREA TIPO

20-22101308-

6

ASKENASI, MARTINFABIAN 01/01/2016 31/12/2016 ESCANEO Y DIGITALIZACION DE PLANOS $9.200 $110.400 DGROC LS

27-34269868-

4

BARBONETTI, ALDANABELEN 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS ADMINISTRATIVA $7.800 $93.600 DGROC LS

20-33442000-

1

BARRIENTOS,LEONARDO 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS ADMINISTRATIVAS $7.737 $92.844 DGROC LS

27-13277877-

4

BOGADO, MONICAGRACIELA 01/01/2016 31/12/2016 CONTROL Y SEGUIMIENTO DE VIVIENDAS $8.000 $96.000 DGROC LS

20-30496013-

3

CARBONELLI, MAUROSEBASTIAN 01/01/2016 31/12/2016 DIGITALIZACION DE CATASTRO $9.000 $108.000 DGROC LS

20-10201752-

9

DI RANNI, ALBERTOEDUARDO 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS PROFESIONAL $12.035 $144.420 DGROC LS

20-11534794-

3DIAZ, EDUARDO RUBEN 01/01/2016 31/12/2016 ESCANEO Y DIGITALIZACION DE PLANOS $9.800 $117.600 DGROC LS

20-28423157-

1

FREIXAS, CARLOSENRIQUE 01/01/2016 31/12/2016 ESCANEO Y DIGITALIZACION $9.000 $108.000 DGROC LS

27-17654971-

3

MARTINEZ, GRACIELABEATRIZ 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS PROFESIONALES $9.950 $119.400 DGROC LS

27-16976173-

1

PONZO, SANDRAVERONICA 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS PROFESIONAL $15.000 $180.000 DGROC LS

20-12276931-

4

PREVITERA, MARIOROBERTO 01/01/2016 31/12/2016 TAREAS PROFESIONAL $14.000 $168.000 DGROC LS

20-36169609-

4

SANGUINETTI, MATIASDANIEL 01/01/2016 31/12/2016 ESCANEO Y DIGITALIZACION $11.000 $132.000 DGROC LS

27-30081317-

3

ALUNNI BONAFONT,DANIELA BEATRIZ 01/01/2016 31/12/2016 ANALISIS PROYECTOS URBANISTICOS $7.800 $93.600 DGIUR LS

27-32636860- ALVAREZ, MARIA 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TECNICO $8.300 $99.600 DGIUR LS

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10

FIN DEL ANEXO

7 ANDREA APH

20-32343842-

1BALSIMELLI, EZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TENICO APH $9.600 $115.200 DGIUR LS

27-23190034-

4BOLZAN, MARIA LORENA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA-MESA DE ENTRADAS-SIU $7.800 $93.600 DGIUR LS

27-29077060-

8BRITO, ADRIANA LAURA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA APH $8.800 $105.600 DGIUR LS

23-27831497-

9

CHANTIR, RODRIGOBALTAZAR 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TECNICO

APH $9.600 $115.200 DGIUR LS

27-32358395-

7

COMESAÑA, LUCIANASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 ARQUITECTA $9.600 $115.200 DGIUR LS

27-10177139-

9

GARRIDO, NORMAALICIA 01/01/2016 31/12/2016

APOYO TECNICO EN INVESTIGACION YSEGUIMIENTO LEY 2548, PROCESO DE

CATALOGACION DE EDIFICIOS Y SECRETARIADE ACTAS DEL CAAP

$10.400 $124.800 DGIUR LO

27-35761764-

8

GONZALEZ NIETO,ROSARIO 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TECNICO

APH $8.300 $99.600 DGIUR LS

27-32952007-

8

HERMO, MARIASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA - ESCANEO Y

DIGITALIZACION DE PLANOS $7.800 $93.600 DGIUR LS

20-34551769-

4

LABRA, CLAUDIOSEBASTIAN 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TECNICO

APH $9.600 $115.200 DGIUR LS

27-28714821-

1

LOPEZ GOYBURU,PATRICIA LUCIA 01/01/2016 31/12/2016 ARQUITECTA $10.300 $123.600 DGIUR LS

20-20572288-

3

RODRIGUEZ, JUANPABLO TEODORO 01/01/2016 31/12/2016 ARQUITECTO DGIUR $13.800 $165.600 DGIUR LS

27-32983400-

5

SABBADINI, MARIAVICTORIA 01/01/2016 31/12/2016 RELEVAMIENTO CAAP LEY 3056 - TECNICO

APH $9.600 $115.200 DGIUR LS

20-24270216-

7

MASETTO, DANIELEDGARDO 01/01/2016 31/12/2016 SISTEMAS-INFORMATICA $12.500 $150.000 SSREGIC LS

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 15/SSREIGIC/16 (continuación)

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 11

ANEXO

CUIT NOMBRE Y APELLIDO PERIODODESDE

PERIODOHASTA

DESCRIPCIÓN DE LAFUNCIÓN

TOTAL APERCIBIRMENSUAL

MONTOTOTAL AREA TIPO

27-32636857-

7

AGUIRRE, ALEJANDRABELEN 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-19028501-

5

AMES ESCALANTE,MICHEL POOL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-20695690-

4ARIZIO, MARIA NIEVES 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 60/SECTRANS/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 12

26756360-9

BARRERA, VICTORALEJANDRO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-32439727-

8

BELLOTTI, VERONICAALEJANDRA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-32091714-

0

CHARON, JUANALBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37481266-

2

FERNANDEZ,JONATHAN EZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-36948763-

9

FERNANDEZ,MAXIMILIANO MARTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-23658738-

5

FERNANDEZ, VIVIANAEDITH 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29445556-

7

FERRARI, CRISTIANHUGO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37989039-

4

FERRARI, IVANFEDERICO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-32175577-

2

FERREIRA, VICTORHUGO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37141316-

3

FICARRA BISIO,LUCIANO EMANUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34415684-

6

FLORES, DAIANAALEJANDRA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-36169949-

7

FONT, FLORENCIASOFIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-31443665-

3

FRAI, LEANDROFEDERICO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34738705-

4

FRANCICA, ANDRESLEONARDO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29002631-

9

FRANCOS, HECTORGONZALO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-31551628-

6FREIRE, MATIAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34534294-

0FUNES PAZ, MARTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31963375-

3

GALANO, LORENACAROLINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-33014650-

9

GALEANO, NESTORAGUSTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-30926039-

3GALIAN, MATIAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-33398214-

6GALLI, SERGIO DAMIAN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27- $

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 13

33055103-3

GARAY, LAURA MELINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 120.000 DGCACTYT LS

27-37755471-

5

GARCIA CERVONE,MONSERRAT 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34809485-

3

GARCIA RIARTES,DANIELA ROMINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36402645-

6

GARCIA, ALEJANDRODAMIAN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31475726-

8

GARCIA, MARIA DE LOSANGELES 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29735471-

5

GARCIA, SABRINAALEJANDRA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31719058-

7GARMENDIA, GABRIELA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-30582507-

8GATICA, NELSON RAUL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36397759-

7GIACHETTI, FEDERICO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34843628-

8GILES, ROMAN JORGE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-39656190-

6

GIMENEZ LUZARDO,JUAN CRUZ 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-25578522-

8GIUSTI, MARIA LAURA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-30305087-

1

GOMEZ, ARIANAAMALIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34390644-

2

GOMEZ, DANIELAVANESA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-23101758-

6GOMEZ, DAVID JORGE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-27069573-

1

GOMEZ, GABRIELAMARIANA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36806119-

1

GONZALEZ COSATTO,NAHUEL DARIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36374345-

6

GONZALEZ CUEVAS,JUAN GABRIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34506179-

8

GONZALEZ, CHRISTIANENZO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-36920946-

9GONZALEZ, EMMANUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29670327-

9

GONZALEZ, GABRIELACAROLINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-36555579- GONZALEZ, GRISELDA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $ DGCACTYT LS

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 14

1 BEATRIZ 120.000

20-34021970-

9

GONZALEZ, LUCASMAXIMILIANO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31674026-

5

GONZALEZ, MARIABELEN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-28377661-

2

GONZALEZ, MAURICIOJAVIER 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-21872065-

0GONZALEZ, ROQUE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-30762992-

6

GOROSITO, SERGIORAUL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-18454216-

7GRANDE, FABIANA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-37023683-

1

GRASSI, ROCIOANTONELLA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-32983368-

3

GUADAGNO, FRANCOANTONIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34949900-

3

GUARDIA, FACUNDONAHUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

24-94217792-

1

GUTIERREZ FIGUEROA,GROVER 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-31929128-

9

HALDMAYER, JUANMARCELO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36530551-

0

HARTL, FERNANDOEZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-35398651-

2

HERNANDEZ, MATIASEZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-29065747-

4

HERRERA, LOURDESMERCEDES 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-27024648-

7HERRERA, MARTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31992520-

7

HORNEDO, LAURASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-36171644-

8

HUTTON ERASMO, ANALAURA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-17633125-

4

IGLESIAS, FABIANAANDREA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-17073532-

9

MENCUCCI, SONIAMABEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-26587032-

6MERCADAL, ROBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-35367448- MESSIRLIAN,

ANABELLA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $120.000 DGCACTYT LS

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 15

520-

34213978-8

MIRAMONT GARCIA,ARNOL BRUNO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-31171584-

4

MIRANDA, MELISAALEJANDRA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-23362399-

8

MOCCAGATTA, JUANMARTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29152913-

0

MOLDES, MARIAEUGENIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-92425482-

4

MOLINA ALFARO, JUANCARLOS 01/01/2016 31/12/2016 ASESOR

ADMINISTRATIVO $ 25.000 $300.000 DGCACTYT LS

23-28640043-

4

MOLLANO, ADRIANAELIZABETH 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-30449890-

1

MONTENEGRO, LUISMIGUEL IGNACIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34652990-

4

MONTENEGRO, WALTERGABRIEL MATIAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36606190-

9

MONTIEL, ADRIANJORGE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-27901265-

9

MONTOYA, HORACIOJAVIER 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-37039716-

9

MORA, MARIANABELEN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-26532308-

7

MORALES, SONIAVALERIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-93853680-

6

MOROTE LEON, DIEGOEDUARDO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-33597435-

8

MUCCI, ALEJANDRAMARCELA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-35860046-

9MURADOS, EZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-33457469-

6

MURADOS, IGNACIONAHUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-33203409-

5

NAVARRO, JESICAANDREA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-28463029-

8NEYRA, LUIS ALBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

24-27876436-

9

NIETO, FLAVIO PABLOALBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-31826508-

9NIEVAS, FRANCISCO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29469060-

4

NOGUERA, SERGIOEDUARDO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 16

27-35161598-

8

NUÑEZ, FLORENCIANADIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31598681-

3

NUÑEZ, VALERIAVERONICA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-24940516-

2

ORBIZ, JESSICANATALIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29523980-

9

ORTALLI, JORGEFEDERICO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-28844024-

2

OVIEDO, ROXANAIRENE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37378145-

3

PADRON, LEONELESTEBAN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34847823-

6PAEZ, ELIANA DANIELA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-38079450-

1PAEZ, NICOLAS MARTIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36455826-

1PALAZZO, FELIPE 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO AREA

CONTRATOS $ 10.000 $120.000 DGCACTYT LS

20-39267128-

6

PARADISO, JUANIGNACIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29984879-

6PARE, DIEGO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-35324331-

5PASTENE, NAHUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-34998969-

8

PATAT, GONZALOMARCELO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-29092614-

9PELOZO, RUBEN JESUS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29004114-

8PENISE, NICOLAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-94676301-

8

PEÑA INCATA, NADIAISABEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-35726955-

0

PERALTA, YAMILAPATRICIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36171621-

4PERCHIK, AXEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-28030346-

7PEREYRA, MARIANA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-23844955-

4PEREZ, ERNESTO ARIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-35234378-

2

PEREZ, LEANDROHORACIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 17

29032249-9

PIERA, SILVIOEZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-30023073-

9

PIGNI ALCAIN, YANINATAMARA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36597622-

9PINA, RAMIRO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-23372708-

4

PINI, FEDERICOGUILLERMO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29119396-

5PLA, MARIA LAURA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36946993-

3

PODESTA, FEDERICOANDRES 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-31206147-

4

PONCE, FACUNDOEMANUEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-26253294-

7PORRAS, ANA ELIDA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34270081-

6

PRADO PICCOLO,MARIA AGUSTINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-28386067-

7PRIETO, MARIA SOL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-30373703-

1

RETAMOZO, LUISALBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-36286141-

7

REYES, MARIAFERNANDA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29708385-

1RIVAS, MARIA LOURDES 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-32353738-

1

RIVEROS, MATIASOSVALDO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-32847448-

4RODERA, GISELLE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-92943051-

4

RODRIGUEZ COLARES,CYNTIA LORENA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37661002-

1

RODRIGUEZ CRISTIANEZEQUIEL 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-93887488-

4

RODRIGUEZ LOPEZ,FABIAN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-93888093-

0

RODRIGUEZ LOPEZ,FREDDY EDWIN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-93867073-

1

RODRIGUEZ LOPEZ,JUAN CARLOS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-25374644-

6

RODRIGUEZ,ALEJANDRA NOEMI DE

LUJAN01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20- RODRIGUEZ, $

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 18

33694262-5 MAXIMILIANO JOSE 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 120.000 DGCACTYT LS

27-38401280-

4ROIG, CAMILA AYELEN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

23-36528125-

4

ROJAS, JULIETASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-25797350-

7

ROMERO, CHRISTIANVICTOR 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-35272540-

5ROSSINI, ARIEL LUCAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-33157964-

6RUIZ ROGER, ROBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-29522183-

7RUSSO, MATIAS OMAR 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-29972652-

0

SAADI, SABRINAGABRIELA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34554526-

9

SAGUATTI, MAYRAVANINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-24856387-

2

SALAPATA, CLAUDIAALEJANDRA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-17746789-

9

SALAS, DAVIDGUSTAVO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-28508569-

7

SAMPER, MARISOLROMINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-38345622-

9SANCHEZ, CAMILA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-24756622-

9

SANTISO, LUISALBERTO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-25106432-

7

SANTOLARIA, LEANDRODARIO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-37933585-

9

SARDELLA, MAGALIWENDY VIVIAN 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-24638945-

5

SARAPURA, ALEJANDRODAVID 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-30157969-

7

SARAVIA, NATALIAANDREA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-14432473-

1SAVARINO, DAVID 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-40135757-

8

SAVARINO, MARIAVICTORIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-34438567-

5

SCAVONE, NADIASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-23864445- SCOZZIERO, CECILIA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $ DGCACTYT LS

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 19

9 CINTIA 120.000

27-33709487-

8SOLMI, MARIA PAZ 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

27-31798020-

0

SOLMI, MARIAVICTORIA 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL LIC. EN

PSICOLOGIA $ 13.000 $156.000 DGCACTYT LS

24-34117794-

0SOSA, SHEILA SABRINA 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-37248519-

2

STEFANI, LUCASNICOLAS 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-26062178-

6

STREGEVITCH, DANIELALEJANDRO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

20-36687398-

9

SUAREZ VERON, JOSELUCIANO 01/01/2016 31/12/2016 AGENTE DE TRÁNSITO $ 10.000 $

120.000 DGCACTYT LS

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 60/SECTRANS/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 20

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 62/SECTRANS/16

ANEXO

CUIT APELLIDO YNOMBRE

PERIODODESDE

PERIODOHASTA

DESCRIPCIÓN DELA FUNCIÓN

TOTAL APERCIBIRMENSUAL

MONTOTOTAL AREA TIPO

20-38346594-

0

CATALINI, LAINFRANCO 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

20-37481540-

8

CHAILE, CARLOSEMILIANO 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

27-33577522-

3

CHAPETACARVAJAL,

MARIAFLORENCIA

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 12.000 $144.000 DGMSA LO

27-27769139-

1

CONDE, MARIASOLEDAD 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 17.000 $

204.000 DGMSA LO

27-36948798-

7

CORDOVA,CARLA GISELLE 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

27-32237706-

7

DALL ASTAALCOCER,

ANALIA ROCIO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

27-34629914-

8

DI MARCO,MARIA LUJAN 01/01/2016 31/01/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 6.231 DGMSA LO

27-35069299-

7

ESCALANTEFLORES, MARIA

ISABEL01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

23-18441245-

4

FERRER,DANIELA ANA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

20-35268866-

6

IERINO, JUANJOSE 01/01/2016 31/01/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 6.231 DGMSA LO

20-33241264-

8

LAROCCA,CARLOS ANDRES 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 10.159 $

121.908 DGMSA LO

27-33196152-

9

LATORRE,ADRIANAMARCELA

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

20-38153648-

4

LEDESMA,MIGUEL ANGEL 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

20-36295787-

8

LOPEZ,JONATHAN

XAVIER01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

20-37141372-

4

LOPEZ, NICOLASALAN 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

27-38617647-

2

MAGNOLI,CAMILA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 12.000 $

144.000 DGMSA LO

20-39915835-

5

MAHIA,MARCELOIMANOL

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

20-29570082-

4

MORHAIN,GASTON

ORLANDO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 21

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 62/SECTRANS/16 (continuación)

27-32419880-

1

OLEZZA, MARIABELEN 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 18.500 $

222.000 DGMSA LO

27-34890268-

2

ORTIZ,CAROLINA

ANDREA01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

23-35190067-

9

OSHIRO,RODRIGOJOAQUIN

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 12.000 $144.000 DGMSA LO

20-36567759-

0

PARADISO,EZEQUIELADRIAN

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

23-27119099-

9

PELLEGRINO,MARTIN

ALBERTO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 8.348 $

100.176 DGMSA LO

23-13980024-

9

PEÑA, HECTORAUGUSTO 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 11.200 $

134.400 DGMSA LO

27-38617234-

5

PEÑALOZA,MARIA LUCIA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 10.500 $

126.000 DGMSA LO

23-28285928-

9

PONCE, RODRIGODAVID 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 14.709 $

176.508 DGMSA LO

20-34786143-

0

PREVIGLIANO,JOSE MARIA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 12.000 $

144.000 DGMSA LO

20-25410518-

0

QUIROGA,NESTOR

RICARDO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

20-22126080-

6

RAMIREZ, JUANENRIQUE 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.853 $ 82.236 DGMSA LO

23-33768087-

9

RODRIGUEZCANNURA,

PABLO DAMIAN01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.838 $ 82.056 DGMSA LO

27-21939956-

7

ROMERO,ELIZABETH

MIRIAM01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 6.231 $ 74.772 DGMSA LO

27-31443537-

6

SALCEDO, JESICALORENA 01/01/2016 31/12/2016 BOMBERO $ 11.683 $

140.196 DGMSA LO

20-26372936-

7

SANTANATOGLIAPARRA, GASTON

ARIEL01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 8.348 $

100.176 DGMSA LO

27-36345277-

4

SOUTO LATAPIE,MARIA NAZARET 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRACIÓN $ 11.500 $

138.000 DGMSA LO

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 22

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63/SECTRANS/16

ANEXO

TOTAL A

CUIT APELLIDO YNOMBRES

PERIODODESDE

PERIODOHASTA

DESCRIPCIONDE LA FUNCIÓN PERCIBIR

MENSUAL

MONTOTOTAL AREA TIPO

20-30401407-

6

AGOSTINELLI,SEBASTIAN

LUCAS01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 8.550 $ 102.600 SECTRANS LO

20-25631611-

1

ALEGRE,CRISTIAN ABEL 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.683 $ 140.196 SECTRANS LO

23-36158301-

9

ALET BAKER,TOMAS

FERNANDO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 32.000 $ 384.000 SECTRANS LO

27-37659195-

1

ANSALDI,MICAELA LUZ 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 13.630 $ 163.560 SECTRANS LO

20-32738952-

2

ARDISSONE,MANUEL LUIS 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.683 $ 140.196 SECTRANS LO

27-13403410-

1

AYUS, SANDRABEATRIZ 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 12.449 $ 149.388 SECTRANS LO

27-35140224-

0

BALOSSI,ANABELLACLAUDIA

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 10.534 $ 126.408 SECTRANS LO

27-35229907-

9

BARSAMIAN,NATALIASOLEDAD

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 10.534 $ 126.408 SECTRANS LO

27-10551898-

1

BEHRENS,MARIA DEL

CARMEN01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 12.449 $ 149.388 SECTRANS LO

20-16286265-

1

BISIGNANO,MARCELO

ALDO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 8.619 $ 103.428 SECTRANS LO

20-36929706-

7

BORTHELLE,TOMAS 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.200 $ 134.400 SECTRANS LO

27-22507211-

1CAL, MARIANA 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 13.789 $ 165.468 SECTRANS LO

20-35900776-

1

CANEVARI,NICOLAS 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.491 $ 137.892 SECTRANS LO

27-35124150-

6

CATALINI,MARIEL 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.491 $ 137.892 SECTRANS LO

27-16767148-

4

CECCONI, RITANOEMI 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 17.236 $ 206.832 SECTRANS LO

27-92207567-

6

CERDEÑAMARTINEZ,GRACIELA

MARY

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 12.449 $ 149.388 SECTRANS LO

23-29543881-

9

CHAPAR,PEDRO JAVIER 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 19.153 $ 229.836 SECTRANS LO

20-34841545- CIAFARDO,

GUIDO CARLOS 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 14.747 $ 176.964 SECTRANS LO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 23

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63/SECTRANS/16 (continuación)

027-

13827838-2

CORVINI,CLAUDIA

ELIZABETH01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 11.683 $ 140.196 SECTRANS LO

20-22706545-

2

CUELLO,PABLO

FERNANDO01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 23.940 $ 287.280 SECTRANS LO

20-16134401-

0

CUMIANO,JORGE VICENTE 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 13.790 $ 165.480 SECTRANS LO

20-30369325-

5

DE PIANO,EMMANUELFACUNDO

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.491 $ 137.892 SECTRANS LO

27-10201038-

3

DIAZ, MARIAESTELA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 8.400 $ 100.800 SECTRANS LO

20-04359605-

6

DOUIN, LUISMARCELO 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 12.524 $ 150.288 SECTRANS LO

23-12946425-

9

DURANDCORNEJO,

ALEJANDROMARIA

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 14.364 $ 172.368 SECTRANS LO

27-37864748-

2

DURANTE,JULIETAMARICEL

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 13.200 $ 158.400 SECTRANS LO

27-34308667-

4

ESCALANTE,BRENDA

ESTEFANIA01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 13.630 $ 163.560 SECTRANS LO

27-23479599-

1

GOLDAR,ANDREA

MARCELA01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 20.000 $ 240.000 SECTRANS LO

23-23888627-

9

HERRERA,DIEGO MARTIN 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 20.160 $ 241.920 SECTRANS LO

20-36948531-

9

LAURITO,NAHUEL OMAR 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 9.000 $ 108.000 SECTRANS LO

27-25314987-

1

MAIALE,MARIA

VALERIA01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 14.747 $ 176.964 SECTRANS LO

20-28377574-

8

MIRABAL,CARLOSDAMIAN

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.683 $ 140.196 SECTRANS LO

20-10746427-

2

OTERO,SANTIAGO

ANDRES01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 15.390 $ 184.680 SECTRANS LO

27-14568114-

1

PEREIRA, ILDAMARTA

BEATRIZ01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 23.940 $ 287.280 SECTRANS LO

27-36727379-

3

PEREZDILSIZIAN,CAROLINA

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 13.200 $ 158.400 SECTRANS LO

20-29392359-

1

PEREZKRANTZER,

ANTONIOMARTIN

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 19.153 $ 229.836 SECTRANS LO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 24

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63/SECTRANS/16 (continuación)

20-30953686-

0

PLUDA, PABLOJAVIER 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 19.153 $ 229.836 SECTRANS LO

23-33672864-

9

ROMANELLI,MARCOSRAFAEL

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 11.173 $ 134.076 SECTRANS LO

20-36904810-

5

ROSCIANO,LAUTAROEZEQUIEL

01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 12.170 $ 146.040 SECTRANS LO

27-35149055-

7

SABATE,FELICITAS

MARIA01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 20.000 $ 240.000 SECTRANS LO

20-29159148-

6

SCILIPOTI,JUAN PABLO 01/01/2016 31/12/2016 PROFESIONAL $ 19.152 $ 229.824 SECTRANS LO

27-34286302-

2

TONELLO,DEBORA NORA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVA $ 9.000 $ 108.000 SECTRANS LO

27-11987557-

4

VICENTE,MARIA SUSANA 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 12.449 $ 149.388 SECTRANS LO

20-29482353-

1

VIDALES, JUANFERNANDO 01/01/2016 31/12/2016 ADMINISTRATIVO $ 9.975 $ 119.700 SECTRANS LO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 25

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 849/MCGC/16

IF-2016-07258936- -MCGC

página 1 de 4

IF-2016-07258936- -MCGC

página 3 de 4

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 26

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 850/MCGC/16

IF-2016-07259631- -MCGC

página 1 de 4

IF-2016-07259631- -MCGC

página 3 de 4

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 27

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 851/MCGC/16

FIN DEL ANEXO

IF-2016-07260460- -MCGC

página 1 de 4

IF-2016-07260460- -MCGC

página 3 de 4

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 28

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 880/MCGC/16

IF-2016-07348328- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 29

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 881/MCGC/16

FIN DEL ANEXO

IF-2016-07348656- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 30

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 882/MCGC/16

IF-2016-07348954- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 31

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 883/MCGC/16

IF-2016-07349207- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 32

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 884/MCGC/16

IF-2016-07349550- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 33

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 885/MCGC/16

IF-2016-07349779- -MCGC

página 1 de 2

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 34

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 42/CDNNYA/16

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

VICEPRESIDENCIA

DESIGNACIONES PLANTA DE GABINETE

APELLIDO Y NOMBREDOCUMENTO/CUIL

OBSERVACIONES

CONVERTINI,Maria VictoriaD.N.I. 36.081625CUIL. 27-36081625-2

Con tres mil seiscientos (3600) Unidades Retributivas Mensuales.-

Alta 21/12/2015

Yataco Yataco,Noelia MadelaineD.N.I. 94.042132CUIL. 27-94042132-8Alta 21/12/2015

Cersósimo Paz FlorenciaDNI. 35.497.936CUIL 27-35497936-0Alta 21/12/2015

LomonteLuisinaDNI: 27.863.775CUIL 27-27863775-7Alta 21/12/2015

GarcíaMacarena AgustinaDNI: 37.247.760CUIL 27-37247760-7Alta 21/12/2015

MartínezFranciscoDNI: 39.557.815CUIL 20-39557815-5Alta 21/12/2015

PieskeValeriaDNI: 25.300.282CUIL 23-25300282-4Alta 01/01/2016

Con mil novecientas (1900) Unidades Retributivas Mensuales.-

Con dos mil novecientas (2900) UnidadesRetributivas Mensuales.-

Con dos mil ochocientas (2800) UnidadesRetributivas Mensuales.-

Con mil quinientas (1500) UnidadesRetributivas Mensuales.-

Con ochocientas (800) UnidadesRetributivas Mensuales.-

Con cuatro mil quinientas (4500) UnidadesRetributivas Mensuales.-

IF-2016-02925519- -CDNNYA

página 1 de 1

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 35

(/Default.aspx)

Lunes 29 de Febrero, 11:51:56

Proceso de compra

Número del proceso de compra

420-0093-LPU16

Número de expediente

EX-2016-06872813-   -MGEYA-HGNRG

Nombre del proceso de compra

TROMBOELASTOMETRIA

Unidad Operativa de Adquisiciones

420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Información básica del proceso

Nº de proceso

420-0093-LPU16

Nombre de proceso

TROMBOELASTOMETRIA

Objeto de la contratación

TROMBOELASTOMETRIA

Procedimiento de selección

Licitacion Pública

Etapa

Única

Modalidad

Sin modalidad

Alcance

Nacional

Moneda

ARS-Peso Argentino

Encuadre legal

Ley Nº 2.095 Art. 31º

Tipo de cotización

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52/HGNRG/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 36

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

Tipo de adjudicación

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

Tipo documento que genera el proceso

Orden de compra

Cantidad de Ofertas al proceso

No acepta más de una oferta

Lugar de recepción de documentación física

GALLO 1330

Plazo mantenimiento de la oferta

60 Días hábiles Acto de apertura

Acepta redeterminación de precios

Si

Requiere pago

No

Otras condiciones

Otros requisitos obligatorios

Acepta prórroga

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitudde gasto Estado Unidad Ejecutora Rubro

Tipo deurgencia

Fechacreación

420-5519-SG15

Autorizada enProceso

420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ

Salud Normal 20/11/2015

TOTAL: $ 225.000,00

Detalle de productos o servicios

Númerorenglón

Objetodelgasto

Código delítem Descripción Cantidad

Preciounitario Subtotal Acciones

1 2-5-9-0 33.07.003.705.1 DETERMINACIONPARAHEMOSTASIA.

150,00 U 1500,00 225000,00

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 37

Cronograma

Fecha y hora estimada de publicación en el portal

09/03/2016 08:00:00 a.m.

Fecha y hora publicación en boletin oficial

09/03/2016 12:00:00 p.m.

Fecha y hora inicio de consultas

09/03/2016 01:00:00 p.m.

Fecha y hora final de consultas

14/03/2016 10:30:00 a.m.

Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico

09/03/2016 12:00:00 p.m.

Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico

15/03/2016 10:30:00 a.m.

Cantidad de días a publicar

1

Fecha y hora acto de apertura

15/03/2016 10:30:00 a.m.

Pliego de bases y condiciones generales

DocumentoNúmero disposiciónaprobatoria

Fechacreación Acciones

Pliego de Bases y CondicionesGenerales

Disposición Aprobatoria 4/6/2014

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros

No se ingresaron requisitos económicos.

II. Requisitos técnicos

No se ingresaron requisitos técnicos.

III. Requisitos administrativos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 SE DEBERA INDICAR INDEFECTIBLEMENTE LA MARCADE LOS PRODUCTOS COTIZADOS. ASIMISMO EN ELCASO DE SOLICITARSE MUESTRAS, LAS MISMASDEBERAN SER PRESENTADAS EN UN PLAZO NOMAYOR DE CUARENTA Y OCHO (48) DE REALIZADA LAAPERTURA DE OFERTAS. TANTO EN EL CASO DE LAMARCA COMO DE LAS MUESTRAS, DE NO DARSECUMPLIMIENTO A LO INDICADO PRECEDENTEMENTE,LOS RENGLONES QUEDARAN AUTOMATICAMENTEDESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DE

No requiereadjuntardocumentación

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 38

DESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DEINTIMACION POSTERIOR.

Garantías

Garantía de impugnación al pliego

Porcentaje

3,00%

La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%)del presupuesto oficial o monto estimado de la compra.

Garantía de impugnación a la preadjudicación

Porcentaje

5,00%

La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cincopor ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados.

Garantía de mantenimiento de oferta

Si No

Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma nosupere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 dela Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764.

Garantía de cumplimiento de contrato

Si No

Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumentocontractual no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en elartículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764.

Si No

Requiere incorporar contragarantía.

Monto y duración del contrato

Monto

$ 225.000,00

Moneda

ARS - Peso Argentino

Periodicidad recepción

Diario

Fecha estimada del inicio del contrato

Dentro de los 15 Días hábiles del perfeccionamiento del documento contractual

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 39

Anexos

Nombre Tipo Descripción Acciones

Anexo Cláusulas Particulares al 04-02-16.doc Administrativo CLAUSULASPARTICULARES

ESPECIFICACIONES TECNICAS EQUIPOTROMBOELASTOGRAFIA 5519-SG15.doc

Técnico CLAUSULASTÉCNICAS

Duración del contrato

6 Meses

Supervisor

Nombre ApellidoTipodocumento

Númerodocumento Cargo Unidad Ejecutora

JorgeGastón

Najamu DNI 28848743 Administrativo 420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ

Penalidades

Nºpenalidad Descripción

1 De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de conformidad con loestablecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095/06 modificada por Ley Nº 4764 y suDecreto Reglamentario.

Evaluadores del proceso de compra

Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones

Osvaldo Jesús Lopez IF-2015-27605589- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Fernado Javier Jover IF-2015-27606192- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Jorge Gastón Najamu IF-2015-27055067- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Claudia Ayuso IF-2015-27083896- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Viviana Osta IF-2015-26389108- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Cantidad de Evaluadores considerados: 3

Actos administrativos

Documento Número SADE Número especialFechavinculación Opciones

Autorizaciónllamado

DI-2016-07546152- -HGNRG

DI-2016-52-HGNRG

29/02/2016

Autorización pliego DI-2016-07546152- -HGNRG

DI-2016-52-HGNRG

29/02/2016

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 40

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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3169.31117_SEAC_UNIFICADO

Avisos sobre Navegadores |  Términos y Condiciones de Uso

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52/HGNRG/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 41

1/12

(/Default.aspx)

Martes 1 de Marzo, 11:01:44

Proceso de compra

Número del proceso de compra

420-0143-LPU16

Número de expediente

EX-2016-07514178-   -MGEYA-HGNRG

Nombre del proceso de compra

MATERIAL DESCARTABLE ESTERELIZACION

Unidad Operativa de Adquisiciones

420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Información básica del proceso

Nº de proceso

420-0143-LPU16

Nombre de proceso

MATERIAL DESCARTABLE ESTERELIZACION

Objeto de la contratación

MATERIAL DESCARTABLE ESTERELIZACION

Procedimiento de selección

Licitacion Pública

Etapa

Única

Modalidad

Sin modalidad

Alcance

Nacional

Moneda

ARS-Peso Argentino

Encuadre legal

Ley Nº 2.095 Art. 31º

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 54/HGNRG/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 42

2/12

Tipo de cotización

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

Tipo de adjudicación

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

Tipo documento que genera el proceso

Orden de compra

Cantidad de Ofertas al proceso

No acepta más de una oferta

Lugar de recepción de documentación física

GALLO 1330

Plazo mantenimiento de la oferta

60 Días hábiles Acto de apertura

Acepta redeterminación de precios

Si

Requiere pago

No

Otras condiciones

Otros requisitos obligatorios

Acepta prórroga

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitud degasto Estado Unidad Ejecutora Rubro

Tipo deurgencia

Fechacreación

420-4510-SG15 Autorizada enProceso

420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ

Salud Normal 17/09/2015

Detalle de productos o servicios

Númerorenglón

Objetodelgasto Código del ítem Descripción Cantidad

Preciounitario Subtotal Acciones

1 2-5-9-0 33.01.004.001.41 PAPEL TERMOSENSIBLE PARAELECTROCARDIOGRAFOCaracteristica/sCon grilla impresa, impresión interna, enrollo Medida/s 60 mm de ancho x 30 m de

180,00 U 18,00 3240,00

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 43

3/12

largo

2 2-9-3-0 33.01.005.002.70 CABLE ARMADO - CABLE EXTENSION PARAMEDICION DE PRESION NOINVASIVACaracteristica/s Para equipo tipoPhilips, modelo Intellivue MP20, paraconectar el monitor a brazalete de presiónVariedad/es Cable Ver más

4,00 U 1330,00 5320,00

3 2-9-3-0 33.01.005.002.78 CABLE ARMADO - CABLE EXTENSION PARASATUROMETRIACaracteristica/s Paraequipo tipo Mindray Variedad/es Cableextensión para saturometría

12,00 U 1025,00 12300,00

4 2-9-3-0 33.01.005.002.69 CABLE ARMADO - CABLE EXTENSION PARASATUROMETRIACaracteristica/s Paraequipo tipo Philips, modelo IntellivueMP20, para conectar el monitor a pacienteVariedad/es Cable extensión parasarumetría

6,00 U 3600,00 21600,00

5 2-9-3-0 33.01.005.002.58 CABLE ARMADO - CABLELATIGUILLOCaracteristica/s Para monitortipo Philips, modelo Intellivue MP20, setde 3 latiguillos Variedad/es Cable latiguillo

4,00 U 1550,00 6200,00

6 2-9-3-0 33.01.005.002.9 CABLE ARMADO - CABLEPACIENTECaracteristica/s Para equipo tipoMindray, modelo PM 9000, paratransductor de presión invasivaVariedad/es Cable paciente

5,00 U 1800,00 9000,00

7 2-9-3-0 33.01.005.002.92 CABLE ARMADO - CABLE PARA MEDICIONDE PRESION NO INVASIVACaracteristica/sPara equipo marca Mindray, modelo PM9000 Variedad/es Cable para medición depresión no invasica

5,00 U 1100,00 5500,00

8 2-9-3-0 33.01.005.002.91 CABLE ARMADO - CABLE PARATEMPERATURA CORPORALCaracteristica/sPara equipo tipo Mindray, modelo PM9000, para medición de temperatura depiel Variedad/es Cable para temperaturacorporal

5,00 U 1600,00 8000,00

9 2-9-3-0 33.01.005.002.93 CABLE ARMADO - CABLE SENSOR PARAHUMIDIFICADOR-CALEFACTORCaracteristica/s Tipo Fisher &Paykel, modelo MR 850, con sensor detemperatura y flujo, código de color azulVariedad/es Cable sensor para hum Ver más

25,00 U 2500,00 62500,00

10 2-9-3-0 33.01.005.002.56 CABLE ARMADO - CABLE TRONCAL PARAECGCaracteristica/s Para equipo tipoPhilips, modelo Intellivue MP20, paraconectar el monitor a set de 3 latiguillossegún AAMI/IEC Variedad/es Cable troncalpara EC

4,00 U 1860,00 7440,00

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 44

4/12

Ver más

11 2-9-3-0 33.01.005.002.94 CABLE ARMADO - CABLE ADAPTADORPARA HUMIDIFICADOR-CALEFACTORCaracteristica/s Tipo Fisher &Paykel, modelo MR 850, código de coloramarillo Variedad/es Cable armado parahumidificador-calefactor

25,00 U 2500,00 62500,00

12 2-9-5-0 33.01.002.000.4119 CABLE LATIGUILLO-Paraelectrocardiografia, con 3derivaciones.Para monitor HewlettPackard._Debe poseer tres derivaciones,con tres cables reusables. Con sistema deconector snapp. Tamaño pediatrico- Ver más

6,00 U 850,00 5100,00

13 2-9-5-0 33.01.002.000.4497 CABLE PACIENTE-Adulto. Para monitorMINDRAY modelo PM9000_Paramonitoreo electrocardiográfico y defrecuencia respiratoria. Poseerá a)unaficha para conexión a terminales. b)Unconector a monitor. Ten Ver más

5,00 U 1050,00 5250,00

14 2-9-5-0 33.01.002.000.4654 CABLE PARA EXTENSION DE SENSOR-Desaturometría. Para monitor PhilipsM1900B_De 2 m de largo, y su pin en elextremo del monitor de 12, con unadaptador en Y para sensor NELLCOR, enel extremo del moni Ver más

4,00 U 3320,00 13280,00

15 2-9-5-0 33.01.002.000.4653 CABLE PARA EXTENSION DE SENSOR-Desaturometría. Para monitor PhilipsM1940_De 2 m de largo y su pin en elextremo del monitor y en el extremo alsensor, de 8

4,00 U 1340,00 5360,00

16 2-9-5-0 33.01.002.000.2359 CABLE PARA EXTENSION DE SENSOR-Paraoxímetro Nellcor, compatible con sensor_

15,00 U 1400,00 21000,00

17 2-9-5-0 33.01.002.000.4120 CABLE PACIENTE-Pediátrico.Tipo M1510_Para monitoreo electrocardiográficoy de frecuencia respiratoria. Se utilizaráen monitor HEWLER PARCKARD-ModeloVIRIDA 25.Acondicionado enenvaseindividual.

6,00 U 1090,00 6540,00

18 2-9-5-0 33.01.002.298.3 CANULA NEONATALCaracteristica/s 1 Parasistema CPAP de 12 Fr, 4 mm de diámetro,de elastómero de silicona 100%, conmarcas cada 1 cm y conector para set derespirador Caracteristica/s 2 Tipo Silmag23 Ver más

15,00 U 180,00 2700,00

19 2-9-5-0 33.01.002.298.1 CANULA NEONATALCaracteristica/s 1 Parasistema CPAP de 6 Fr , 2 mm de diámetro,de elastómero de silicona 100%, con

15,00 U 180,00 2700,00

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marcas cada 1 cm y conector para set derespirador Caracteristica/s 2 Tipo Silmag23 Ver más

20 2-9-5-0 33.01.002.298.2 CANULA NEONATALCaracteristica/s 1 Parasistema CPAP de 8 Fr, 2,7 mm dediámetro, de elastómero de silicona 100%,con marcas cada 1 cm y conector para setde respirador Caracteristica/s 2 TipoSilmag 2 Ver más

15,00 U 180,00 2700,00

21 2-9-5-0 33.01.002.276.33 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA SINBALONVariedad/es Sin balón Medida/s De7 mm de diámetro interno Caracteristica/s1 Sin cánula interna. De PVCtermosensible que permite suficienterigidez para su inserci Ver más

20,00 U 135,00 2700,00

22 2-9-5-0 33.01.002.276.34 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA SINBALONVariedad/es Sin balón Medida/s De8 mm de diámetro interno Caracteristica/s1 Sin cánula interna. De PVCtermosensible que permite suficienterigidez para su inserci Ver más

20,00 U 135,00 2700,00

23 2-9-5-0 33.01.002.000.5389 CELDA PARA OXIGENO-Para equipo marcaDRAGER_Demás especificaciones deberánser indicadas por la repartición solicitante

40,00 U 1700,00 68000,00

24 2-9-5-0 33.02.002.000.1275 CONECTOR EN FORMA DE T-Depolipropileno, estéril_

300,00 U 300,00 90000,00

25 2-9-5-0 33.01.002.220.10 CONECTOR EXPANDIDO PARA TUBOENDOTRAQUEALCaracteristica/s Piezaexpandible para tubo endotraqueal, deplástico apto uso medicinal, transparentey atóxico, de 10 a 18 cm de longitud, conuna conexión d Ver más

150,00 U 45,00 6750,00

26 2-9-5-0 33.01.002.179.2 CUERDACaracteristica/s De 0,18 inch conun extremo en "J", para colocación decatéteres, por técnica de Seldinger

200,00 U 750,00 150000,00

27 2-9-5-0 33.01.002.000.5789 FILTRO BIOLOGICO PARA ESPIROMETRIA-De alta eficiencia en eliminación bacterialy viral, baja resistencia al flujo asegurandoel cumplimiento de los standards de ATSaún estando saturado con vapor de a Ver más

300,00 U 70,00 21000,00

28 2-5-9-0 33.01.004.000.35 PAPEL TERMOSENSIBLE PARA VIDEOPRINTER SONY UPC 5010 A-Color, para100 copias_Demás especificacionesdeberán ser indicadas por la reparticiónsolicitante

6,00 U 530,00 3180,00

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29 2-9-5-0 33.01.002.000.3296 MASCARA PARA ANESTESIA-N° 0. Deelastómero de silicona apto para usomedicinal, transparente, flexible. Libre delátex y no conductiva._Atóxico. Envasadoindividualmente en envase que garanticesu con Ver más

50,00 U 50,00 2500,00

30 2-9-5-0 33.01.002.069.1 PASTA CONDUCTORA PARA ELECTRODOPARAELECTROENCEFALOGRAFIACaracteristica/sPara electroencefalografía, en pote,tipoTen 20

20,00 U 150,00 3000,00

31 2-9-5-0 33.01.002.000.5490 PINZA PARA BIOPSIA-De 160 mm de largox 2,4 mm de diámetro, para usar congastroscopio. Cable interno demovimiento de mandíbulas, de acerorecubierto por malla plástica; mandíbulade cocodrilo de bro Ver más

4,00 U 440,00 1760,00

32 2-9-5-0 33.01.002.000.4206 SENSOR DE FLUJO-Para respiradorDraguer Evita. Modelo TyP 8409816._Parala medición del flujo de los gasesinspirados y espirados por el paciente,permitiendo el monitoreo de losvolúmenes manejados. Ver más

25,00 U 1000,00 25000,00

33 2-9-5-0 33.01.002.000.5460 SENSOR DE FLUJO-Tipo SPIROLOG. ParaequipoDRUGUER EVITA._Estéril y atóxicoenvasado individualmente.

3,00 U 900,00 2700,00

34 2-9-5-0 33.01.002.000.3910 SENSOR DE TEMPERATURA RECTAL-21076A_Pediatrico y neonal. Reusable.para monitor Hewlett Parkard modeloVirida V24/V26.

4,00 U 1250,00 5000,00

35 2-9-5-0 33.01.002.000.4662 SENSOR-De presion de oxigeno.Reutilizable.Compatible con monitoresPhillips._Con dos elementos, guante paradedo para pacientes pediátrico, de entre15 a 50 kg. Con cable de 1,5 metros.Estandarizado Ver más

8,00 U 2800,00 22400,00

36 2-9-5-0 33.01.002.278.1 SET DEGASTROYEYUNOSTOMIAVariedad/esCarey - Alzate Caracteristica/s 1 1 agujaintroductora 18 G x 9 cm de longitud, 1guia de 0.038" x 260 cm de longitud, 1catéter guia de ubicación, 1 sistema de di Ver más

2,00 U 5000,00 10000,00

37 2-9-5-0 33.01.002.306.3 SISTEMA CERRADO PARA ASPIRACION YVENTILACIONMedida/s 10 FRCaracteristica/s 1 De PVC apto para usomedicinal, constituido por una tubuladura

150,00 U 150,00 22500,00

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TOTAL: $ 853.114,00

recubierta en polietileno de 30 a 40micrones Caracteristi Ver más

38 2-9-5-0 33.01.002.306.6 SISTEMA CERRADO PARA ASPIRACION YVENTILACIONMedida/s 5 FrCaracteristica/s 1 De PVC apto para usomedicinal, constituido por una tubuladurarecubierta en polietileno de 30 a 40micrones Caracteristi Ver más

80,00 U 150,00 12000,00

39 2-9-5-0 33.01.002.018.151 SUTURACaracteristica/s Hebra de 74 a 76cm de largo, estéril y apirógena. Envasadaen sobre individual pelable Calibre 3/0(000) Material/es Nylon monofilamentoAguja Recta de 60 mm de longitud

240,00 U 342,00 82080,00

40 2-9-5-0 33.01.002.000.4656 TRAMPA PARA LIQUIDOS PARACAPNOGRAFIA-Para monitormultiparamétrico_Demás especificacionesdeberán ser indicadas por la reparticiónsolicitante

200,00 U 150,00 30000,00

41 2-9-5-0 33.01.002.000.3242 PALETA PARA CARDIODESFIBRILADOR-Para uso en pacientes pediátricos_

1,00 Par 12814,00 12814,00

42 2-9-5-0 33.01.002.000.6175 CELDA PARA OXIGENO-Para equipo marcaDRAGER, modelo Savina, completa conaccesorios_

2,00 U 1700,00 3400,00

43 2-9-3-0 33.01.005.002.19 CABLE ARMADO - CABLEPACIENTECaracteristica/s Para oxímetrode pulso tipo Masimo, modelo PC 12BOXED, REF. 1006, cable intermediariocon ficha conexión hembra de 6 pistas,perno de sujeción y trabas Ver más

1,00 U 1800,00 1800,00

44 2-9-3-0 33.01.005.002.33 CABLE ARMADO - CABLEPACIENTECaracteristica/s Para oxímetrode pulso tipo Masimo, modelo Rad9, cableintermediario con ficha conexiónVariedad/es Cable paciente

2,00 U 1800,00 3600,00

Cronograma

Fecha y hora estimada de publicación en el portal

09/03/2016 03:00:00 p.m.

Fecha y hora publicación en boletin oficial

09/03/2016 03:00:00 p.m.

Fecha y hora inicio de consultas

10/03/2016 05:00:00 a.m.

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8/12

Fecha y hora final de consultas

14/03/2016 04:00:00 a.m.

Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico

10/03/2016 03:00:00 a.m.

Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico

15/03/2016 10:00:00 a.m.

Cantidad de días a publicar

1

Fecha y hora acto de apertura

15/03/2016 10:00:00 a.m.

Pliego de bases y condiciones generales

Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Acciones

Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros

No se ingresaron requisitos económicos.

II. Requisitos técnicos

No se ingresaron requisitos técnicos.

III. Requisitos administrativos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 CONDICIONES ESPECIFICAS MATERIAL BIOMEDICO-PRODUCTOSMEDICOS: Art. 1°: ROTULADO Todas las unidades de dispensacióndeberán estar rotuladas. En todos los casos, en cada unidad de entrega(paquetes o cajas), deberá estar claramente identificado, medianterótulo perfectamente adherido, que indicará como mínimo lo siguiente:1) Denominación del producto 2) Contenido unitario 3) Nro. de ordende Compra y año 4) Nombre o Marca comercial del fabricante oproveedor 5) Fecha de expiración Para los renglones a proveer enpaquetes, estos deberán venir firmes, bien asegurados y no dar lugar aque con el manipuleo se produzca el desarme de los mismos. ART. 2ºENVASES Es imprescindible el envase original. La Unidad Operativa deAdquisiciones Licitante, se reserva el derecho de considerar envases decapacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases yCondiciones, si a juicio de la Dependencia usuaria no ofreceinconveniente alguno para su uso o distribución. A los efectos decomparar precios, se tomara como base la unidad de medida. Losoferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto quese solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice,

No requiereadjuntardocumentación

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con el objeto de facilitar la comparación de precios. ART. 3º EXIGENCIADE MARCA (Art. 86° 10.3 Dto. 95/14) Es imprescindible que se consignela marca de los productos ofertados, o indicar si son de su fabricacióny/o fraccionamiento, salvo que ninguno en su tipo de lo existente en elmercado lo tuviera. Las especificaciones, en principio, no debenrequerir marca determinada.- Cuando se aleguen razones científicas otécnicas o existan en el mercado bienes cuya notoria y probada calidadaconseje su adquisición y estas circunstancias se encuentrendebidamente fundadas, puede solicitarse marca o marcasdeterminadas.- Aún cuando se requiera marca determinada, puedenofertarse productos de otras marcas. En estos casos, los oferentesdeben aportar a la Unidad Operativa de Adquisiciones los elementos dejuicio necesarios que permitan a éste comprobar que los bienesofertados reúnen las características requeridas.- EN EL CASO DE NOINDICARSE, LOS RENGLONES QUEDARAN AUTOMATICAMENTEDESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DE INTIMACIONPOSTERIOR. ART. 4º PRESENTACION DE MUESTRAS (Art. 102.3 Dto.95/14)) A los efectos de apreciar calidad, los oferentes deberánpresentar para todos los renglones una muestra para ensayo de locotizado, la cual la repartición se reserva el derecho de hacerle losanálisis que desee. No será necesaria muestra en aquellos casos deinsumos cuyas marcas sean de uso habitual. Las muestras seentregarán en la SECCION FARMACIA DEL HOSPITAL GUTIERREZ –GALLO 1330 – Capital Federal, en el horario de 8 a 12 horas, hasta elmomento fijado para la iniciación del acto de apertura, debiendoindicar : proveedor, número de licitación, fecha y hora de apertura ynúmero de renglón. LAS MISMAS DEBERAN SER PRESENTADAS EN UNPLAZO NO MAYOR DE 48 (CUARENTA Y OCHO) HORAS DE REALIZADA LAAPERTURA DE OFERTAS DE NO DARSE CUMPLIMIENTO A LO INDICADOPRECEDENTEMENTE, LOS RENGLONES QUEDARAN AUTOMATICAMENTEDESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DE INTIMACIONPOSTERIOR. En caso de que las muestras no fueran agregadas a lapropuesta, debe indicarse en parte visible, la contratación a la cualcorresponden y el día y hora establecidos para la apertura de lasofertas a las que se encuentran destinadas. Debe otorgarse recibo delas muestras entregadas personalmente. Las muestras que seacompañen a las ofertas deben quedar a disposición de losproponentes para su retiro hasta UN (1) mes después de lacomunicación efectuada por la Unidad Operativa de Adquisiciones, deque las mismas se encuentran a disposición del oferente, pasando a serpropiedad de la Administración, sin cargo, las que no fueran retiradasen este plazo.- La dependencia tenedora de las muestras quedafacultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en esteúltimo caso, no tuviera aplicación alguna.- Cuando las muestras sean"sin cargo" el oferente debe hacerlo constar en la documentaciónrespectiva. Las muestras correspondientes a los artículos adjudicadosquedan en poder de la dependencia para comprobación de los quefueran provistos por los adjudicatarios.- ART. 5º MEDIDAS Cuando sesolicitan medidas aproximadas, el oferente deberá precisar en su ofertaque medidas ofrece. las tolerancias generales serán de mas/menos un10%, salvo detalle específico de tolerancia del insumo a adquirir. ART. 6ºVENCIMIENTO Cuando se trate de productos estériles, deberán indicaren el envase el método de esterilización y fecha de vencimiento delmismo, el cual no deberá ser inferior a 12 (doce) meses. Cuando lafecha de vencimiento está expresada en un código que no sea día, mesy año, el proveedor deberá adjuntar la equivalencia correspondiente,

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firmada por el Director Técnico. El organismo solicitante se reserva elderecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de 60/90 díasde antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda aefectuar el canje de aquellos insumos oportunamente provistos, por lamisma marca, número de unidades y calidad, con vencimientoposterior. ART. 7º LUGAR Y FORMA DE ENTREGA La entrega se realizaráen DIVISION FARMACIA DEL HOSPITAL DE NIÑOS “RICARDOGUTIERREZ”, sito en GALLO 1330 – CAPITAL FEDERAL – de lunes aviernes en el horario de 08:00 a 12:00 horas. Se realizará en 4 (cuatro)entregas trimestrales proporcionales. La primera entrega se realizarádentro de los quince (15) días de recibida la Orden de Compracorrespondiente. La institución contratante se reserva el derecho desolicitar la entrega total o parcial de cualquier renglón cuando loconsidere necesario.

Garantías

Garantía de impugnación al pliego

Porcentaje

3,00%

La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial omonto estimado de la compra.

Garantía de impugnación a la preadjudicación

Porcentaje

5,00%

La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del montode la oferta del renglón o renglones impugnados.

Garantía de mantenimiento de oferta

Si No

Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las 100.000 unidadesde compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764.

Garantía de cumplimiento de contrato

Si No

Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual no supere las100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley4.764.

Si No

Requiere incorporar contragarantía.

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Anexos

Nombre Tipo Descripción Acciones

Anexo Cláusulas Particulares al 04-02-16.doc Administrativo Administrativo

CLAUSULAS MAT.SANITARIO 290216.docx Administrativo Administrativo

Monto y duración del contrato

Monto

$ 853.114,00

Moneda

ARS - Peso Argentino

Periodicidad recepción

Mensual

Fecha estimada del inicio del contrato

Dentro de los 15 Días hábiles del perfeccionamiento del documento contractual

Duración del contrato

6 Meses

Supervisor

Nombre Apellido Tipo documento Número documento Cargo Unidad Ejecutora

Raul Ernesto Cordoba DNI 14038340 Administrativo 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Penalidades

Nºpenalidad Descripción

1 De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII dela Ley Nº 2095/06 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario.

Evaluadores del proceso de compra

Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones

Osvaldo Jesús Lopez IF-2015-27605589- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Fernado Javier Jover IF-2015-27606192- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Raul Ernesto Cordoba IF-2015-27607782- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Alicia Capelli IF-2015-36111539- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Fernanda Colandrea IF-2015-32783821- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Cantidad de Evaluadores considerados: 3

Actos administrativos

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Actos administrativos

Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones

Autorización llamado DI-2016-07713512- -HGNRG DI-2016-54-HGNRG 01/03/2016

Autorización pliego DI-2016-07713512- -HGNRG DI-2016-54-HGNRG 01/03/2016

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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3169.31117_SEAC_UNIFICADO

Avisos sobre Navegadores |  Términos y Condiciones de Uso

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ANEXO CLAUSULAS PARTICULARES IMPORTANTE: En aquellos casos en que la complejidad de la contratación lo justifique, el plazo establecido para la emisión del Dictamen de Evaluación de Ofertas será dentro de los 20 (veinte) días hábiles contados desde la fecha de apertura de propuestas. a) SOLO SERA NECESARIA LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS EN SOPORTE FISICO EN EL CASO DE SOLICITARSE GARANTIAS Y CUALQUIER OTRA DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA QUE RESULTE NECESARIA PARA EVALUAR LA OFERTA. POR LO TANTO, LAS OFERTAS SERAN PRESENTADAS DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL ART. 12º DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS PROCESOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES MEDIANTE BAC. b) Ley 4764/13 - Artículo 101 - EXCEPCIONES. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato según corresponda en los siguientes casos: a) Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra. b) Cuando el monto de la orden de compra o instrumento contractual no supere las cien mil (100.000) unidades de compra. POR LO TANTO NO SERA NECESARIA LA PRESENTACION DE GARANTIA DE OFERTA NI DE ADJUDICACION, CUANDO EL MONTO DE LA OFERTA Y/O ADJUDICACION NO SUPERE EL IMPORTE DE $ 975.000,00.- (Art. 28º inc b de la Ley Nº 5495 BOCBA Nº 4792). c) Para los procedimientos mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la División Tesorería en el horario de Lunes a viernes de 09:00 a 12:00 hs., bajo apercibimiento de descarte de la oferta. EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACION DE LA GARANTIA DE OFERTA, SU NO PRESENTACION DARA LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. (Art. 17º Pliego de Bases y Condiciones Generales) d) Este Hospital se reserva el derecho de solicitar a los Sres. Oferentes, toda documentación considerada complementaria que resulte necesaria para la evaluación de sus ofertas, la cual deberá ser aportada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, bajo apercibimiento de descartar la oferta. e) Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. f) El oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto la marca comercial de los productos cotizados, número de Certificado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, denominación del Establecimiento Elaborador, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas g) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública h) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA: Remito original y 3 (tres) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor i) Se deja constancia que serán preadjudicadas las ofertas que estén habilitadas al momento de la emisión del dictamen, si posteriormente algún oferente con documentación desactualizada cambiara su situación no será tenido en cuenta para la adjudicación. Por otro lado si un oferente preadjudicatario en el Dictamen cambiara su situación a NO habilitado tendrá 72hs para la regularización de su estado, de no hacerlo será considerada la oferta siguiente.-

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dCONDICIONES ESPECIFICAS MATERIAL BIOMEDICO-PRODUCTOS MEDICOS: Art. 1°: ROTULADO Todas las unidades de dispensación deberán estar rotuladas. En todos los casos, en cada unidad de entrega (paquetes o cajas), deberá estar claramente identificado, mediante rótulo perfectamente adherido, que indicará como mínimo lo siguiente: 1) Denominación del producto 2) Contenido unitario 3) Nro. de orden de Compra y año 4) Nombre o Marca comercial del fabricante o proveedor 5) Fecha de expiración Para los renglones a proveer en paquetes, estos deberán venir firmes, bien asegurados y no dar lugar a que con el manipuleo se produzca el desarme de los mismos. ART. 2º ENVASES Es imprescindible el envase original. La Unidad Operativa de Adquisiciones Licitante, se reserva el derecho de considerar envases de capacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases y Condiciones, si a juicio de la Dependencia usuaria no ofrece inconveniente alguno para su uso o distribución. A los efectos de comparar precios, se tomara como base la unidad de medida. Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. ART. 3º EXIGENCIA DE MARCA (Art. 86° 10.3 Dto. 95/14) Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o indicar si son de su fabricación y/o fraccionamiento, salvo que ninguno en su tipo de lo existente en el mercado lo tuviera. Las especificaciones, en principio, no deben requerir marca determinada.- Cuando se aleguen razones científicas o técnicas o existan en el mercado bienes cuya notoria y probada calidad aconseje su adquisición y estas circunstancias se encuentren debidamente fundadas, puede solicitarse marca o marcas determinadas.- Aún cuando se requiera marca determinada, pueden ofertarse productos de otras marcas. En estos casos, los oferentes deben aportar a la Unidad Operativa de Adquisiciones los elementos de juicio necesarios que permitan a éste comprobar que los bienes ofertados reúnen las características requeridas.- EN EL CASO DE NO INDICARSE, LOS RENGLONES QUEDARAN AUTOMATICAMENTE DESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DE INTIMACION POSTERIOR. ART. 4º PRESENTACION DE MUESTRAS (Art. 102.3 Dto. 95/14)) A los efectos de apreciar calidad, los oferentes deberán presentar para todos los renglones una muestra para ensayo de lo cotizado, la cual la repartición se reserva el derecho de hacerle los análisis que desee. No será necesaria muestra en aquellos casos de insumos cuyas marcas sean de uso habitual. Las muestras se entregarán en la SECCION FARMACIA DEL HOSPITAL GUTIERREZ – GALLO 1330 – Capital Federal, en el horario de 8 a 12 horas, hasta el momento fijado para la iniciación del acto de apertura, debiendo indicar : proveedor, número de licitación, fecha y hora de apertura y número de renglón. LAS MISMAS DEBERAN SER PRESENTADAS EN UN PLAZO NO MAYOR DE 48 (CUARENTA Y OCHO) HORAS DE REALIZADA LA APERTURA DE OFERTAS DE NO DARSE CUMPLIMIENTO A LO INDICADO PRECEDENTEMENTE, LOS RENGLONES QUEDARAN AUTOMATICAMENTE DESCARTADOS, SIN NECESIDAD DE NINGUN TIPO DE INTIMACION POSTERIOR. En caso de que las muestras no fueran agregadas a la propuesta, debe indicarse en parte visible, la contratación a la cual corresponden y el día y hora establecidos para la apertura de las ofertas a las que se encuentran destinadas. Debe otorgarse recibo de las muestras entregadas personalmente. Las muestras que se acompañen a las ofertas deben quedar a disposición de los proponentes para su retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por la Unidad Operativa de Adquisiciones, de que las mismas se encuentran a disposición del oferente, pasando a ser propiedad de la Administración, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo.- La dependencia tenedora de las muestras queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no tuviera aplicación alguna.- Cuando las muestras sean "sin cargo" el oferente debe hacerlo constar en la documentación respectiva. Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados quedan en poder de la dependencia para comprobación de los que fueran provistos por los adjudicatarios.- ART. 5º MEDIDAS Cuando se solicitan medidas aproximadas, el oferente deberá precisar en su oferta que medidas ofrece. las tolerancias generales serán de mas/menos un 10%, salvo detalle específico de tolerancia del insumo a adquirir. ART. 6º VENCIMIENTO Cuando se trate de productos estériles, deberán indicar en el envase el método de esterilización y fecha de vencimiento del mismo, el cual no deberá ser inferior a 12 (doce) meses. Cuando la fecha de vencimiento está expresada en un código que no sea día, mes y año, el proveedor deberá adjuntar la equivalencia correspondiente, firmada por el Director Técnico. El organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de 60/90 días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda a efectuar el canje de aquellos insumos oportunamente provistos, por la misma marca, número de unidades y calidad, con vencimiento posterior. ART. 7º LUGAR Y FORMA DE ENTREGA La entrega se realizará en DIVISION FARMACIA DEL HOSPITAL DE NIÑOS “RICARDO GUTIERREZ”, sito en GALLO 1330 – CAPITAL FEDERAL – de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 12:00 horas. Se realizará en 2 (dos) entregas trimestrales proporcionales. La primera entrega se realizará dentro de los quince (15) días de recibida la Orden de Compra correspondiente. La institución contratante se reserva el derecho de solicitar la entrega total o parcial de cualquier renglón cuando lo considere necesario.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 54/HGNRG/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 55

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina.”

ANEXO I CONVOCATORIA “NOCHE DE LIBRERÍAS 2016”

Reglamento de Bases y Condiciones

1.- Llamado a Convocatoria El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General de Industrias Creativas dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología en el marco de la Noche de los Libros, convoca a las librerías de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a participar con actividades culturales y de promoción auto gestionadas a ser incluidas en la programación general del evento, a realizarse el día sábado 12 de marzo del presente año. La “Noche de Librerías” propone alentar la actividad económica del circuito librero y reconocer a las librerías como actores clave de la vida económica y cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.- Convocatoria La presente Convocatoria está dirigida a editoriales, librerías, empresas, grupos y asociaciones radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y quedará abierta para su inscripción del 2 al 10 de Marzo de 2016. Se evaluarán propuestas de actividades culturales y de promoción auto gestionadas para ser incluidas en la programación general de “Noche de Librerías 2016” y desarrolladas en los propios espacios de las librerías presentantes. Los costos asociados a la producción de los proyectos presentados y la puesta en marcha de las actividades culturales y de promoción de las librerías en general, serán a cuenta exclusiva de los presentantes. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá, de considerarlo necesario, reforzar con recursos propios (económicos o logísticos) una o varias de las actividades seleccionadas que resulten de sumo interés conforme la temática del evento. Las actividades que se seleccionan, gozarán de la difusión institucional con la que se comunicará dicho evento. Las actividades deberán estar localizadas en librerías o bibliotecas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A aquellas que no tengan confirmada una locación, el área organizadora sugerirá locaciones posibles.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1/DGINC/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 56

3. Inscripción Es excluyente que las librerías que participen tengan domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cumplan con la presentación virtual y formal que se detalla en las presentes “Bases y Condiciones”. Todas las Bases y Condiciones (Anexos) se encuentran disponibles en: http://www.buenosaires.gob.ar/economiacreativa o http://www.buenosaires.gob.ar/cmd. 3.1. Inscripción virtual Los interesados deberán, de manera excluyente y previa a la presentación formal de la documentación, enviar la información que se solicita a continuación vía e-mail a: [email protected]

1. Ficha de Inscripción (Anexo II) completa y escaneada, adjunta en el e-mail. 2. Repetir la siguiente información en el cuerpo del e-mail:

Horario preferido (sujeto a confirmación por el evento) Nombre de la actividad Breve descripción (3 renglones máximo) Lugar Coordinador/es Participante/s Contacto (nombre, apellido y teléfono)

En caso de no poseer un lugar para desarrollar la actividad, también debe ser aclarado en el e-mail para que los organizadores evalúen la posibilidad de ofrecer una locación. 3.2. Inscripción formal Las editoriales, bibliotecas, librerías, empresas, grupos y asociaciones con proyectos de actividades seleccionadas deberán cumplimentar su aplicación formal a la convocatoria antes del 10 de marzo de 2016 ante la Mesa de Entradas de la Dirección General de Industrias Creativas, ubicada en la calle Algarrobo 1041 de esta Ciudad en el horario de 10 a 15 hs, presentando una carpeta con la documentación que se detalla a continuación:

1. La Ficha de Inscripción (Anexo II) mencionada en el punto superior (3.1. Inscripción Virtual)

2. Manifestación de Autoría (Anexo III) completa. 3. Un CD conteniendo la siguiente documentación:

- DNI, 1º y 2º hoja del responsable de la inscripción. - Domicilio real y domicilio constituido para la convocatoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acreditado por DNI o de certificado de domicilio original expedido por Autoridad competente, del responsable de la inscripción. - Comprobante de inscripción en la AFIP actualizado del responsable de la inscripción o empresa (se descarga de la web de AFIP).

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1/DGINC/16 (continuación)

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 57

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina.”

- Comprobante de inscripción en Ingresos Brutos del responsable de la inscripción o empresa según corresponda. - Foto de interior y de exterior de la librería. - En el caso de que la presentación sea realizada por una persona jurídica (S.A, S.R.L., etc.) se deberá adjuntar fotocopia del estatuto de constitución de la persona, en el que se constate el cargo que ocupa el responsable de la inscripción y su vigencia mediante la documentación que así lo acredite; el domicilio de dicha empresa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que el rubro de la sociedad coincida con el llamado de la convocatoria. - Constancia de la habilitación comercial de la librería en que se aloja la actividad.

No se dará por cumplida la presentación formal de las librerías a los aplicantes que no acrediten la documentación requerida. Todas las hojas deberán ser suscriptas por el responsable de la inscripción. Las editoriales, bibliotecas, librerías, empresas, grupos y asociaciones participantes darán por conocidas y aceptadas las presentes Bases y Condiciones de este Reglamento, por el sólo hecho de su inscripción en la presente Convocatoria. Las dudas o consultas formuladas por los participantes podrán ser expresadas en forma breve y clara al correo electrónico: [email protected] o llamando a la oficina del programa Opción Libros (4126-2998) 4.- Criterios de evaluación y Jurado Las actividades serán evaluadas según su impacto en la difusión del libro y la promoción de la lectura, valorándose positivamente la creatividad de las propuestas y/o las personalidades implicadas en su desarrollo. Se conformará un Jurado integrado por profesionales idóneos, referentes del Área de Opción Libros, dependiente de la Dirección General de Industrias Creativas, a saber: Andrés Beláustegui - DNI: 26.561.940 María Urioste - DNI: 31.164.390 Micaela Krolovetzky - DNI: 28.462.558 El equipo de Opción Libros se reserva el derecho de pedir mayores detalles a los presentantes sobre sus propuestas en caso de considerarlo necesario. La programación definitiva y los horarios asignados a las actividades estarán sujetos a criterios organizativos y de elegibilidad.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 58

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina.”

ANEXO II CONVOCATORIA “NOCHE DE LIBRERÍAS 2016”

FICHA DE INSCRIPCIÓN

Buenos Aires,........./.......... del 2016. Por el presente registro déjese constancia de la recepción de la carpeta presentada para participar de la convocatoria para la actividad denominada “Noche de Librerías 2016”. De la misma forma, hágase saber que el participante declara conocer la Reglamentación de la Disposición sobre la presente convocatoria y a su vez deja certeza de la conformidad con lo allí estipulado. A tales efectos, se le hace entrega de una copia. NOMBRE DE LA PERSONA, GRUPO O EMPRESA:

…………………………………………………………………………………………….…

APELLIDO Y NOMBRE DEL RESPONSABLE:

…………………………………………………………………………………………….…

D.N.I DEL RESPONSABLE: …………………………….………………………………

DOMICILIO REAL, CODIGO POSTAL

…………………………………………………………………………………………….…

DOMICILIO CONSTITUIDO EN LA C.A.B.A.

…………………………………………………………………………………………….…

TELEFONO/FAX….……………………………………………………………………….

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 59

DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO …………………………………………………………………………………………….…

DIRECCIÓN DE SITIO WEB

…………………………………………………………………………………………….…

DIRECCIÓN DE LA LIBRERÍA EN LA QUE SE LOCALIZA LA ACTIVIDAD:

…………………………………………………………………………………………….…

FRANJA HORARIA SUGERIDA PARA LA ACTIVIDAD (18 a 19; 19 a 20, 20 a 21, 21 a 22, 23 a 24 hs).

…………………………………………………………………………………………….…

NOMBRE DE PERSONAS IMPLICADAS EN EL DESARROLLO DE LA

ACTIVIDAD

…………………………………………………………………………………………….…

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

…………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………….…………...

La carpeta consta de............... hojas

------------------------------------------------------

Participante

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1/DGINC/16 (continuación)

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 60

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina.”

ANEXO III CONVOCATORIA “NOCHE DE LIBRERÍAS 2016”

MANIFESTACIÓN DE AUTORIZACIÓN

Buenos Aires,........./.......... del 2016.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los………. días del mes de ……………… 2016, en mi carácter de …………………………………………………………………………………………….. DNI/CUIT N°…………………………conforme la documentación que se acompaña con domicilio real en ……………………………………………………… manifiesto que la actividad denominada……………...............…………………para el evento “Noche de Librerías 2016”, es auto gestionada por .......................…………………………….. A tal efecto deslindo de total responsabilidad al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o dependencias a su cargo por futuros reclamos que se pudieran producir en dicho concepto, asumiendo a mi cargo cualquier tipo de controversia que pudiere surgir en el futuro con relación al mencionado prototipo.

Asimismo autorizo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires representado a estos efectos por la Dirección General de Industrias Creativas, a difundir y/o exhibir los resultados de la evolución, desarrollo del la actividad/producto/prototipo etc., y/o el uso de la marca participante en aquellas actividades locales e internacionales donde se promocione actividades inherentes a la temática de “Noche de Librerías”.

FIRMA……………………………………………

ACLARACION………………………………..

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 61

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 55/PG/16

IF-2016-07783878- -PG

página 1 de 4

IF-2016-07783878- -PG

página 2 de 4

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 62

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 55/PG/16 (continuación)

IF-2016-07783878- -PG

página 3 de 4

IF-2016-07783878- -PG

página 4 de 4

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

“Servicio de producción integral en vía pública de las

actividades que se desarrollarán con motivo del evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las

Librerías”

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 131/DGTALMMIYT/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 64

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ARTÍCULO 1°.-OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires llama a Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor para la contratación de un (1) servicio de producción integral en vía pública de las actividades que se desarrollarán con motivo del evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las Librerías” de acuerdo al anexo técnico que se adjunta y

que forma parte integrante del presente pliego.

La Dirección General de Industrias Creativas será el órgano responsable de verificar el

cumplimiento de la referida contratación.

ARTÍCULO 2°.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

La cotización se deberá ingresar a través del formulario disponible en la plataforma virtual

“Buenos Aires Compras” (BAC), hasta el día 8 de marzo de 2016 a las 15 horas., de

conformidad con lo previsto artículo 20 del Decreto N° 1.145/09.

ARTÍCULO 3°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.

Los interesados en participar en el procedimiento de selección deberán haber iniciado el

trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores

(RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda de conformidad con el artículo 5º del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales (PBCG).

Es condición para la adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP.

Podrán presentarse como oferentes:

a) Personas Físicas

b) Personas Jurídicas:

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 65

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

3

En caso de presentarse como Sociedades: Deberán estar regularmente constituidas por

alguna de las modalidades previstas en la normativa vigente en la materia, con la totalidad

de la documentación actualizada ente la Inspección General de Justicia.

ARTÍCULO 4°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.

No podrán concurrir como oferentes las personas no habilitadas conforme lo establecido

en el Anexo I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales.

No podrán concurrir como oferentes:

a. Las empresas y sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos,

Gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.

b. Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos

miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios,

Representantes o Apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de

modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del Gobierno.

c. Empresas y/o sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o

rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el

extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u

organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.

ARTÍCULO 5º.- FECHA Y LUCHAR DE PRESTACION DEL SERVICIO

El servicio, objeto de la presente contratación, deberá prestarse durante el evento “Noche

de las librerías”, el día sábado 12 de marzo de 2016 en el horario de 18 a 24 Hs. en

veredas, librerías y calzada de la Av. Corrientes entre las calles Junín y Talcahuano de

esta Ciudad.

El armado deberá haber finalizado con una antelación de una (1) hora al inicio del evento.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 66

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

4

El desarme se iniciará a partir de las 00:30 Hs. del día siguiente al evento.

ARTÍCULO 6°.- FORMA DE COTIZAR.

El oferente deberá formular la oferta por todo el servicio. Serán desestimadas las ofertas

que no coticen la totalidad del servicio solicitado o lo coticen de forma parcial.

La cotización deberá realizarse en pesos, consignando en números y letras la suma total

e incluyendo el IVA (el GCBA reviste la calidad de exento).

En el supuesto que surja una discrepancia entre lo consignado en letras y en números, se

tendrá por válida la oferta en letras.

No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos,

como así tampoco se admitirán ofertas alternativas a las modalidades descriptas.

ARTÍCULO 7°.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos

disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° del PBCG, cumpliendo

todos los requerimientos exigidos en el PBCG, el presente Pliego y su Pliego de

Especificaciones Técnicas.

Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel

serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,

Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Martin García N° 346 2°

Piso, hasta la fecha y hora establecida para la presentación de ofertas.

Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego

deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que

podrán presentarse en su idioma original.

No se admitirán ofertas que sean presentadas en mano, rechazándose las remitidas por

correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 67

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ARTÍCULO 8°.-DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE EN CADA OFERTA.

a) Acreditación de la Personería: Copia certificada del Contrato Social o Estatuto y Acta

de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o

autoridades de la sociedad.

b) Acreditación de la representación: Fotocopia certificada del poder o documentación

que acredite que el firmante de la oferta, se encuentra facultado para contraer las

obligaciones emergentes del presente pliego en nombre de la sociedad.

c) Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as de los

Directores y/o Representantes Legales de la Persona Jurídica o Física.

d) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el

oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y

Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra

jurisdicción o competencia.

e) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente

que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo

total de la empresa.

f) Declaración Jurada de aptitud para contratar, conforme el Anexo I del Pliego Único

de Bases y Condiciones Generales.

g) Declaración Jurada mediante la cual manifiesta no estar incluido en ninguno de los

impedimentos para contratar comprendidos en el Art. 4 del presente Pliego.

h) Oferta Económica: El oferente deberá ingresar la cotización correspondiente a los

servicios objeto de la presente Contratación

i) Acreditación de antecedentes de prestación del servicio objeto de la contratación o

servicios similares, detallando fecha de entrega del servicio, beneficiario, contacto de

referencia.

j) Certificado Fiscal para Contratar vigente, emitido por la AFIP, o la presentación de la

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 68

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

6

constancia de solicitud de dicho certificado, a la fecha de la apertura de las ofertas. En el

caso de presentación de constancia de solicitud, el certificado respectivo deberá ser

otorgado al momento de la adjudicación.

LA OFERTA DEBERÁ ESTAR CON FIRMA Y ACLARACIÓN EN TODAS SUS FOJAS

POR EL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL.

No se exigirá la presentación de toda aquella documentación que se encuentre

debidamente actualizada en el RIUPP.

ARTÍCULO 9°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de

veinte (20) días desde la fecha de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha

de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma

fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima de diez (10) días al

vencimiento del plazo.

ARTÍCULO 10°.- CONSULTAS Y ACLARACIONES.

Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración,

autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o

aclaraciones, a través del mentado sistema, sobre el contenido de los pliegos del presente

llamado, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para el acto de apertura

de las ofertas.

El Gobierno de la Ciudad .Autónoma de .Buenos Aires elabora las Circulares referidas a

las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC.

Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCBA respecto de las consultas

efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación serán

comunicadas mediante BAC, de conformidad con el Artículo 6° del Anexo I del Decreto

1.145/09.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 69

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ARTÍCULO 11°.- ADJUDICACIÓN

Una vez evaluadas las ofertas y confeccionado el cuadro comparativo de ofertas se

resolverá en forma fundada la adjudicación.

ARTÍCULO 12°.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.

Los siguientes documentos constituyen la documentación contractual, siendo el detallado

orden el que prevalecerá para su interpretación ante cualquier divergencia:

a) La Ley Nº 2.095, y su modificatoria Nº 4764, reglamentada por el Decreto Nº 95/14, el

Decreto Nº 1145/09 y las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1160/MHGC/11.

b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

c) El Pliego de Condiciones Particulares, el anexo técnico y sus circulares aclaratorias si

las hubiera;

d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;

e) El acto administrativo aprobatorio de la adjudicación

f) Orden de Compra o Contrata.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual enunciada y en la

normativa de aplicación, será resuelto de acuerdo con las disposiciones del Derecho

Público.

ARTÍCULO 13°.- RECHAZO

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de rechazar

la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisión pueda generar derecho a

reclamo alguno de los oferentes.

ARTÍCULO 14°.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Martín

García N° 346, 2º piso, de esta Ciudad. Todas las notificaciones entre las partes serán

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, las notificaciones judiciales que, deberán estar

dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458, de

conformidad con lo dispuesto el artículo 20° de la Ley N° 1.218 y la Resolución N° 77-

PG/06.

ARTÍCULO 15°.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.

El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto

de la presente contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.

La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de

la contratación, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.

ARTÍCULO 16º.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Será del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación conforme artículo. 17.1

apartado b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicha garantía deberá

constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales, Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14.

ARTÍCULO 17°.- DE LOS SEGUROS

17.1) Generalidades

La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que

le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a

los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones

atinentes a su actividad.

El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos

con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de

vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 71

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados.

Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las

pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización

efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48)

horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las

pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las

convenciones contractuales.

El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la

inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la

vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de

cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de

su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos

contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por

las Compañías Aseguradoras.

17.2) De las compañías aseguradoras.

Las coberturas de seguros correspondientes a los ramos de Todo Riesgo Contratistas y

Accidentes Personales deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada

por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio

Neto superior a los $ 350.000.000 (pesos trescientos millones), de acuerdo al último

balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.

Acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar

en la República Argentina. Lo antedicho anteriormente y enumerado no será requerido en

los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia

Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).

17.3) De los seguros en particular.

17.3.i.- Laborales:

Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de

dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 72

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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(ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las

contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.

Todo el personal o terceros afectados por el Adjudicatario de la contratación al

cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de

relación alguna con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires.

Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y

previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución

contractual, quedando expresamente liberados el GCBA por tales conceptos , y sin que se

configure solidaridad alguna entre ambos.

Queda debidamente entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y

estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones

de índole laboral ante el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de

cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la

intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados

con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral , o del

cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia .Igual criterio se hace

extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el

adjudicatario.

Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los

que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones

emergentes la presente contratación.

17.3.ii.- Seguro de Riesgos del Trabajo

En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de

repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, sea con

fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 73

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

11

motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del

Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX,

por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el

hecho o en ocasión de trabajo.

17.3.iii.- Accidentes Personales (en caso de corresponder):

En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes

prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda

acción de repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, con

motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el

Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o

contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.

Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:

Seguro de Accidentes Personales:

La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento

accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos,

como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia

médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.

Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.

17.3.iv.- Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva:

El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como

consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas,

bienes o cosas de propiedad del GCBA o de terceros.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 74

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En tal sentido, se detallan a continuación de manera indicativa los adicionales de

cobertura Adicionales de cobertura básica:

A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión,

descargas eléctricas.

B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros.

C) Montaje y/o armado y/o desarmado de vallados, tribunas, tarimas, estructuras de

sonido, etc. propios de la actividad.

D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.

E) Ascensores y/o Montacargas y/o auto elevadores (de corresponder)

F) Instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente (de corresponder)

G) Suministro de bebidas y/o alimentos (de corresponder)

H) Instalación, uso, mantenimiento, reparación y desmantelamiento de carteles y/o

letreros y/o objetos afines.

Un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a

favor del GCBA. Los empleados del GCBA deberán ser considerados terceros en póliza.

17.4) VALOR ASEGURABLE / SUMA ASEGURADA

El valor asegurable total será el valor final de contratación.

17.5) PERIODO DEL SEGURO

La cobertura comenzará a operar desde el momento en que se inicien las primeras tareas

y finalizara con la fecha prevista de entrega provisoria y/o definitiva.

ARTÍCULO 18°.- SEGURIDAD E HIGIENE

Para el caso de productos alimenticios los mismos deberán cumplir con las normas en

materia de higiene y seguridad alimentaria establecida en el Código Alimentario Argentino

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 75

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13

y Decreto Nacional N° 2.126/PEN/71.

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ANEXO TÉCNICO

SERVICIO DE PRODUCCION INTEGRAL VIA PÚBLICA

Fecha de realización: sábado 12 de marzo de 18 a 24 hs.

Lugar: Veredas, librerías y calzada de la Av. Corrientes entre las calles Junín y Talcahuano.

Objetivo del evento: Promover la venta de libros, promocionar la lectura y honrar la histórica tradición de las librerías.

Publico estimado: 60.000 personas.

Para ello se requiere la realización, y producción integral de:

ACTIVIDADES

Actividades generales de exterior a desarrollarse en livings y vía pública. Deberán realizarse no menos de diez (10) actividades de alto impacto visual (charlas públicas, jam de escritura, actividades performáticas, slam, talleres creativos, actividades infantiles, etc). Se deberá convocar a personalidades referentes de la literatura, escritores, libreros, dibujantes, etc.

Las actividades deberán detallarse en la correspondiente cotización, a los fines de su evaluación.

Actividades de interior: deberán llevarse a cabo en librerías, bares y salas. Se realizarán no menos de diez (10) actividades para público adulto e infantil.

El proveedor deberá garantizar todos los materiales y técnica necesarios para la realización de las actividades, talleres, charlas, etc. acoradas con la Dirección de Industrias Creativas.

Las actividades deberán detallarse en la correspondiente cotización, a los fines de su evaluación por Opción Libro dependiente de la Dirección de Industrias Creativas.

AMBIENTACIÓN

Se deberán proveer un mínimo de cuatro (4) livings para adultos con capacidad para cincuenta (50) personas ubicados en la vía pública. Además, para living se deberá proveer y colocar una tarima de 3,6 mts x2,3mts para que los expositores queden en altura. Asimismo deberá proveerse e instalarse una estructura que rodee la mitad del living donde se imprima la programación que se estará desarrollando y el nombre simbólico que tendrá el living. La impresión mencionada quedará a cargo del contratista.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 77

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15

Será necesario contar con dos (2) puestos de información de las siguientes medidas 1x1 mts x1.30 mts, con personal encargado de distribuir folletos del evento y otro material gráfico que determine oportunamente la Dirección de Industrias Creativas.

En la calzada se deberá armar un espacio con aproximadamente quince (15) mesas y treinta (30) sillas para albergar juegos de mesa como ajedrez, damas, etc., en concordancia con las actividades lúdicas propuestas por el contratista.

Se deberá realizar el armado de un espacio de recreación y pintura para el público infantil que esté vallado para garantizar la seguridad del mismo.

A su vez, será condición prever un espacio para el armado de un mural de gran impacto que luego será donado a una escuela de la CABA y dos sectores donde se convoque a dibujantes para que realicen sus trabajos.

TÉCNICA

Los livings ubicados en la vía pública deberán contar con iluminación y sonido adecuado para realizar las actividades correspondientes.

Dos (2) livings deberán contar con pantalla 4mts x3mts y los elementos necesarios para proyectar.

Asimismo se deberá proveer de sonido a los bares y librerías (mínimo cuatro (4) espacios) donde se desarrollen actividades y será necesario la instalación de una pantalla de 4mts x3mts en uno de los bares/ librerías.

También se solicita sonido de exterior para anunciar las actividades que se estén desarrollando en el evento.

Para el desarrollo del evento será necesario contar con dos grupos electrógenos que permitan abastecer todas las actividades que se desarrollen.

El adjudicatario deberá contar con todos los elementos y materiales para hacer el armado y desarme del evento.

REGISTRO

El adjudicatario deberá registrar el evento, produciendo un vídeo institucional de aproximadamente 5 minutos y fotos durante toda la jornada. Para la realización del vídeo será necesario el uso de un drone para captar las dimensiones del evento.

SEGURIDAD Y EXTRAS

Se deberá proveer un mínimo de veinticinco (25) personas de seguridad privada que permita realizar en tiempo y forma los cortes de calle y desarrollar la jornada sin inconvenientes.

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El adjudicatario deberá contratar personal de bomberos (mínimo dos (2)) y matafuegos que estén en regala con la magnitud del evento.

También, se deberá contratar dos (2) ambulancias privadas que esté operativa en caso de cualquier inconveniente que surge.

El proveedor deberá contar con seguro de caución, ART para el personal que se desempeñe y seguro de responsabilidad civil.

RECURSOS HUMANOS

El adjudicatario deberá contar con personal para el armado y desarme del mobiliario, técnica, etc. Un (1) asistente de producción de eventos y un mínimo de quince (15) asistentes para coordinar las actividades que se desarrollen a lo largo del evento.

Además, se deberá prever personal técnico como electricista matriculado y operador de los generadores para la realización del evento.

Por último, se deberá prever catering para cuarenta y cinco (45) empleados y voluntarios que trabajen en el evento.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 131/DGTALMMIYT/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

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1

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

“Servicio de provisión y colocación de escenario móvil

con motivo del evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las Librerías”

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 133/DGTALMMIYT/16

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 80

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ARTÍCULO 1°.-OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires llama a Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor para la contratación de un (1) servicio de provisión y colocación de escenario móvil con motivo del evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las Librerías” de

acuerdo al anexo técnico que se adjunta y que forma parte integrante del presente pliego.

La Dirección General de Industrias Creativas será el órgano responsable de verificar el

cumplimiento de la referida contratación.

ARTÍCULO 2°.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

La cotización se deberá ingresar a través del formulario disponible en la plataforma virtual

“Buenos Aires Compras” (BAC), hasta el día 8 de marzo de 2016 a las 15:30 horas., de

conformidad con lo previsto artículo 20 del Decreto N° 1.145/09.

ARTÍCULO 3°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.

Los interesados en participar en el procedimiento de selección deberán haber iniciado el

trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores

(RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda de conformidad con el artículo 5º del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales (PBCG).

Es condición para la adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP.

Podrán presentarse como oferentes:

a) Personas Físicas

b) Personas Jurídicas:

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 81

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3

En caso de presentarse como Sociedades: Deberán estar regularmente constituidas por

alguna de las modalidades previstas en la normativa vigente en la materia, con la totalidad

de la documentación actualizada ente la Inspección General de Justicia.

ARTÍCULO 4°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.

No podrán concurrir como oferentes las personas no habilitadas conforme lo establecido

en el Anexo I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales.

No podrán concurrir como oferentes:

a. Las empresas y sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos,

Gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.

b. Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos

miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios,

Representantes o Apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de

modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del Gobierno.

c. Empresas y/o sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o

rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el

extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u

organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.

ARTÍCULO 5º.- FECHA Y LUCHAR DE PRESTACION DEL SERVICIO

El servicio, objeto de la presente contratación, deberá prestarse durante el evento “Noche

de las librerías”, que tendrá lugar el día sábado 12 de marzo de 2016 en el horario de 18 a

24 Hs. en veredas, librerías y calzada de la Av. Corrientes entre las calles Junín y

Talcahuano de esta Ciudad.

El armado deberá haber finalizado dos (2) horas antes del inicio del evento.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 82

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4

El desarme se iniciará a partir de las 00:30 Hs. del día siguiente al evento.

ARTÍCULO 6°.- FORMA DE COTIZAR.

El oferente deberá formular la oferta por todo el servicio. Serán desestimadas las ofertas

que no coticen la totalidad del servicio solicitado o lo coticen de forma parcial.

La cotización deberá realizarse en pesos, consignando en números y letras la suma total

e incluyendo el IVA (el GCBA reviste la calidad de exento).

En el supuesto que surja una discrepancia entre lo consignado en letras y en números, se

tendrá por válida la oferta en letras.

No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos,

como así tampoco se admitirán ofertas alternativas a las modalidades descriptas.

ARTÍCULO 7°.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos

disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° del PBCG, cumpliendo

todos los requerimientos exigidos en el PBCG, el presente Pliego y su Pliego de

Especificaciones Técnicas.

Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel

serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,

Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Martin García N° 346 2°

Piso, hasta la fecha y hora establecida para la presentación de ofertas.

Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego

deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que

podrán presentarse en su idioma original.

No se admitirán ofertas que sean presentadas en mano, rechazándose las remitidas por

correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.

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ARTÍCULO 8°.-DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE EN CADA OFERTA.

a) Acreditación de la Personería: Copia certificada del Contrato Social o Estatuto y Acta

de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o

autoridades de la sociedad.

b) Acreditación de la representación: Fotocopia certificada del poder o documentación

que acredite que el firmante de la oferta, se encuentra facultado para contraer las

obligaciones emergentes del presente pliego en nombre de la sociedad.

c) Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as de los

Directores y/o Representantes Legales de la Persona Jurídica o Física.

d) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el

oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y

Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra

jurisdicción o competencia.

e) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente

que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo

total de la empresa.

f) Declaración Jurada de aptitud para contratar, conforme el Anexo I del Pliego Único

de Bases y Condiciones Generales.

g) Declaración Jurada mediante la cual manifiesta no estar incluido en ninguno de los

impedimentos para contratar comprendidos en el Art. 4 del presente Pliego.

h) Oferta Económica: El oferente deberá ingresar la cotización correspondiente a los

servicios objeto de la presente Contratación

i) Acreditación de antecedentes de prestación del servicio objeto de la contratación o

servicios similares, detallando fecha de entrega del servicio, beneficiario, contacto de

referencia.

j) Certificado Fiscal para Contratar vigente, emitido por la AFIP, o la presentación de la

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 84

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

6

constancia de solicitud de dicho certificado, a la fecha de la apertura de las ofertas. En el

caso de presentación de constancia de solicitud, el certificado respectivo deberá ser

otorgado al momento de la adjudicación.

LA OFERTA DEBERÁ ESTAR CON FIRMA Y ACLARACIÓN EN TODAS SUS FOJAS

POR EL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL.

No se exigirá la presentación de toda aquella documentación que se encuentre

debidamente actualizada en el RIUPP.

ARTÍCULO 9°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de

veinte (20) días desde la fecha de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha

de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma

fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima de diez (10) días al

vencimiento del plazo.

ARTÍCULO 10°.- CONSULTAS Y ACLARACIONES.

Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración,

autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o

aclaraciones, a través del mentado sistema, sobre el contenido de los pliegos del presente

llamado, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para el acto de apertura

de las ofertas.

El Gobierno de la Ciudad .Autónoma de .Buenos Aires elabora las Circulares referidas a

las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC.

Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCBA respecto de las consultas

efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación serán

comunicadas mediante BAC, de conformidad con el Artículo 6° del Anexo I del Decreto

1.145/09.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 85

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7

ARTÍCULO 11°.- ADJUDICACIÓN

Una vez evaluadas las ofertas y confeccionado el cuadro comparativo de ofertas se

resolverá en forma fundada la adjudicación.

ARTÍCULO 12°.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.

Los siguientes documentos constituyen la documentación contractual, siendo el detallado

orden el que prevalecerá para su interpretación ante cualquier divergencia:

a) La Ley Nº 2.095, y su modificatoria Nº 4764, reglamentada por el Decreto Nº 95/14, el

Decreto Nº 1145/09 y las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1160/MHGC/11.

b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

c) El Pliego de Condiciones Particulares, el anexo técnico y sus circulares aclaratorias si

las hubiera;

d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;

e) El acto administrativo aprobatorio de la adjudicación

f) Orden de Compra o Contrata.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual enunciada y en la

normativa de aplicación, será resuelto de acuerdo con las disposiciones del Derecho

Público.

ARTÍCULO 13°.- RECHAZO

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de rechazar

la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisión pueda generar derecho a

reclamo alguno de los oferentes.

ARTÍCULO 14°.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Martín

García N° 346, 2º piso, de esta Ciudad. Todas las notificaciones entre las partes serán

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

8

válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, las notificaciones judiciales que, deberán estar

dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458, de

conformidad con lo dispuesto el artículo 20° de la Ley N° 1.218 y la Resolución N° 77-

PG/06.

ARTÍCULO 15°.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.

El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto

de la presente contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.

La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de

la contratación, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.

ARTÍCULO 19º.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Será del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación conforme artículo. 17.1

apartado b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicha garantía deberá

constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales, Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14.

ARTÍCULO 17°.- DE LOS SEGUROS

17.1) Generalidades

La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que

le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a

los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones

atinentes a su actividad.

El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos

con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de

vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 87

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados.

Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las

pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización

efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48)

horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las

pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las

convenciones contractuales.

El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la

inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la

vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de

cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de

su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos

contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por

las Compañías Aseguradoras.

17.2) De las compañías aseguradoras.

Las coberturas de seguros correspondientes a los ramos de Todo Riesgo Contratistas y

Accidentes Personales deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada

por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio

Neto superior a los $ 350.000.000 (pesos trescientos millones), de acuerdo al último

balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.

Acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar

en la República Argentina. Lo antedicho anteriormente y enumerado no será requerido en

los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia

Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).

17.3) De los seguros en particular.

17.3.i.- Laborales:

Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de

dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 88

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

10

(ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las

contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.

Todo el personal o terceros afectados por el Adjudicatario de la contratación al

cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de

relación alguna con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires.

Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y

previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución

contractual, quedando expresamente liberados el GCBA por tales conceptos , y sin que se

configure solidaridad alguna entre ambos.

Queda debidamente entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y

estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones

de índole laboral ante el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de

cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la

intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados

con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral , o del

cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia .Igual criterio se hace

extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el

adjudicatario.

Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los

que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones

emergentes la presente contratación.

17.3.ii.- Seguro de Riesgos del Trabajo

En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de

repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, sea con

fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

11

motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del

Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX,

por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el

hecho o en ocasión de trabajo.

17.3.iii.- Accidentes Personales (en caso de corresponder):

En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes

prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda

acción de repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, con

motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el

Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o

contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.

Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:

Seguro de Accidentes Personales:

La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento

accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos,

como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia

médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.

Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.

17.3.iv.- Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva:

El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como

consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas,

bienes o cosas de propiedad del GCBA o de terceros.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 90

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

12

En tal sentido, se detallan a continuación de manera indicativa los adicionales de

cobertura Adicionales de cobertura básica:

A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión,

descargas eléctricas.

B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros.

C) Montaje y/o armado y/o desarmado de vallados, tribunas, tarimas, estructuras de

sonido, etc. propios de la actividad.

D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.

E) Ascensores y/o Montacargas y/o auto elevadores (de corresponder)

F) Instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente (de corresponder)

G) Suministro de bebidas y/o alimentos (de corresponder)

H) Instalación, uso, mantenimiento, reparación y desmantelamiento de carteles y/o

letreros y/o objetos afines.

Un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a

favor del GCBA. Los empleados del GCBA deberán ser considerados terceros en póliza.

17.4) VALOR ASEGURABLE / SUMA ASEGURADA

El valor asegurable total será el valor final de contratación.

17.5) PERIODO DEL SEGURO

La cobertura comenzará a operar desde el momento en que se inicien las primeras tareas

y finalizara con la fecha prevista de entrega provisoria y/o definitiva.

ARTÍCULO 18°.- SEGURIDAD E HIGIENE

Para el caso de productos alimenticios los mismos deberán cumplir con las normas en

materia de higiene y seguridad alimentaria establecida en el Código Alimentario Argentino

y Decreto Nacional N° 2.126/PEN/71.

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ANEXO TÉCNICO

SERVICIO DE PROVISION Y COLOCACION DE ESCENARIO MOVIL

Fecha de realización: Sábado 12 de marzo de 18 a 24 hs.

Lugar: Veredas, librerías y calzada de la Av. Corrientes entre las calles Junin y Talcahuano.

Objetivo del evento: Promover la venta de libros, promocionar la lectura y honrar la histórica tradición de las librerías.

Publico estimado: 60.000 personas.

Para ello se requiere la realización, y producción integral de:

ESCENARIO:

-Camión escenario 16 mts x 12,30 mts con áreas de trabajo más estructura para pantalla de led.

-50 Vallado free standing

-200 Vallado blanco

-1 Mangrullo: de 5,14 mts x 2,57 mts con lona.

-1 Autolevador

-Audio: según rider de la banda, pero que incluya las siguientes características 24 gabinete line array,

12 gabinete sub y 2 puestos de intercom foh-mon.

-Iluminación: según rider de la banda, pero que incluya las siguientes características 12 cabezal móvil neo800, 12 cabezal móvil pointe robe beam-spot, 24 spot led rgbw, 24 spot par64, 2 crakeras haze robe z400, 1 consola avolites pearl2010, 2 splitter dmx y 24 canales de dimmer x 4kw.

-Un grupo electrógenos grupos con back con diseño de cargas, personal, tapacables, combustible y guardia.

- Plano eléctrico certificado para la habilitación.

EXTRAS ESCENARIO:

-4 Baños químicos baskstage.

-8 Baños químicos para participantes del evento

-Catering artista

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14

-2 Carpas ignifugas 8 mts x8mts para artista

-400 sillas para el público

-Gráfica escenario para frente de escenario.

-3 cámaras HD

RECURSOS HUMANOS

Serán necesarios los siguientes recursos:

-1 Productor técnico

-1 Jefe de Escenario

-4 Asistente de producción

-30 Seguridad show

-1 Ingeniero de seguridad e higiene

-20 personas de carga y descarga

Todo el personal deberá contar con ART

El escenario debe estar armado dos horas antes del evento para realizar la prueba de sonido.

El escenario se deberá desarmar una vez finalizado el evento a partir de las 00.30 hs del día siguiente.

FIN DEL ANEXO

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1

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

“Servicio de producción integral del show de cierre del

evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las Librerías”

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 134/DGTALMMIYT/16

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2

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ARTÍCULO 1°.-OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires llama a Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor para la contratación de un (1) servicio de producción integral del show de cierre del evento abierto a la comunidad denominado “Noche de las Librerías” de acuerdo al anexo

técnico que se adjunta y que forma parte integrante del presente pliego.

La Dirección General de Industrias Creativas será el órgano responsable de verificar el

cumplimiento de la referida contratación.

ARTÍCULO 2°.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

La cotización se deberá ingresar a través del formulario disponible en la plataforma virtual

“Buenos Aires Compras” (BAC), hasta el día 8 de marzo de 2016 a las 14:30 horas., de

conformidad con lo previsto artículo 20 del Decreto N° 1.145/09.

ARTÍCULO 3°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.

Los interesados en participar en el procedimiento de selección deberán haber iniciado el

trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores

(RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda de conformidad con el artículo 5º del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales (PBCG).

Es condición para la adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP.

Podrán presentarse como oferentes:

a) Personas Físicas

b) Personas Jurídicas:

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3

En caso de presentarse como Sociedades: Deberán estar regularmente constituidas por

alguna de las modalidades previstas en la normativa vigente en la materia, con la totalidad

de la documentación actualizada ente la Inspección General de Justicia.

ARTÍCULO 4°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.

No podrán concurrir como oferentes las personas no habilitadas conforme lo establecido

en el Anexo I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” del Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales.

No podrán concurrir como oferentes:

a. Las empresas y sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos,

Gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.

b. Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos

miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios,

Representantes o Apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de

modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del Gobierno.

c. Empresas y/o sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o

rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el

extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u

organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.

ARTÍCULO 5º.- FECHA Y LUCHAR DE PRESTACION DEL SERVICIO

El servicio, objeto de la presente contratación, deberá prestarse durante el evento “Noche

de las librerías”, que tendrá lugar el día sábado 12 de marzo de 2016 en el horario de 18 a

24 Hs. en veredas, librerías y calzada de la Av. Corrientes entre las calles Junín y

Talcahuano de esta Ciudad.

La prueba de sonido se realizará ese mismo día a las 16 Hs. y el show tendrá lugar en el

horario a designar por la Dirección General de Industrias Creativas.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 96

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4

ARTÍCULO 6°.- FORMA DE COTIZAR.

El oferente deberá formular la oferta por todo el servicio. Serán desestimadas las ofertas

que no coticen la totalidad del servicio solicitado o lo coticen de forma parcial.

La cotización deberá realizarse en pesos, consignando en números y letras la suma total

e incluyendo el IVA (el GCBA reviste la calidad de exento).

En el supuesto que surja una discrepancia entre lo consignado en letras y en números, se

tendrá por válida la oferta en letras.

No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos.

Se admitirán ofertas alternativas para el mismo servicio.

ARTÍCULO 7°.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos

disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° del PBCG, cumpliendo

todos los requerimientos exigidos en el PBCG, el presente Pliego y su Pliego de

Especificaciones Técnicas.

Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel

serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,

Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Martin García N° 346 2°

Piso, hasta la fecha y hora establecida para la presentación de ofertas.

Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego

deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que

podrán presentarse en su idioma original.

No se admitirán ofertas que sean presentadas en mano, rechazándose las remitidas por

correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.

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ARTÍCULO 8°.-DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE EN CADA OFERTA.

a) Acreditación de la Personería: Copia certificada del Contrato Social o Estatuto y Acta

de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o

autoridades de la sociedad.

b) Acreditación de la representación: Fotocopia certificada del poder o documentación

que acredite que el firmante de la oferta, se encuentra facultado para contraer las

obligaciones emergentes del presente pliego en nombre de la sociedad.

c) Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as de los

Directores y/o Representantes Legales de la Persona Jurídica o Física.

d) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el

oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y

Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra

jurisdicción o competencia.

e) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente

que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo

total de la empresa.

f) Declaración Jurada de aptitud para contratar, conforme el Anexo I del Pliego Único

de Bases y Condiciones Generales.

g) Declaración Jurada mediante la cual manifiesta no estar incluido en ninguno de los

impedimentos para contratar comprendidos en el Art. 4 del presente Pliego.

h) Oferta Económica: El oferente deberá ingresar la cotización correspondiente a los

servicios objeto de la presente Contratación

i) Acreditación de antecedentes de prestación del servicio objeto de la contratación o

servicios similares, detallando fecha de entrega del servicio, beneficiario, contacto de

referencia.

j) Certificado Fiscal para Contratar vigente, emitido por la AFIP, o la presentación de la

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6

constancia de solicitud de dicho certificado, a la fecha de la apertura de las ofertas. En el

caso de presentación de constancia de solicitud, el certificado respectivo deberá ser

otorgado al momento de la adjudicación.

LA OFERTA DEBERÁ ESTAR CON FIRMA Y ACLARACIÓN EN TODAS SUS FOJAS

POR EL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL.

No se exigirá la presentación de toda aquella documentación que se encuentre

debidamente actualizada en el RIUPP.

ARTÍCULO 9°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de

veinte (20) días desde la fecha de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha

de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma

fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima de diez (10) días al

vencimiento del plazo.

ARTÍCULO 10°.- CONSULTAS Y ACLARACIONES.

Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración,

autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o

aclaraciones, a través del mentado sistema, sobre el contenido de los pliegos del presente

llamado, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para el acto de apertura

de las ofertas.

El Gobierno de la Ciudad .Autónoma de .Buenos Aires elabora las Circulares referidas a

las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC.

Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCBA respecto de las consultas

efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación serán

comunicadas mediante BAC, de conformidad con el Artículo 6° del Anexo I del Decreto

1.145/09.

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ARTÍCULO 11°.- ADJUDICACIÓN

Una vez evaluadas las ofertas y confeccionado el cuadro comparativo de ofertas se

resolverá en forma fundada la adjudicación.

ARTÍCULO 12°.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.

Los siguientes documentos constituyen la documentación contractual, siendo el detallado

orden el que prevalecerá para su interpretación ante cualquier divergencia:

a) La Ley Nº 2.095, y su modificatoria Nº 4764, reglamentada por el Decreto Nº 95/14, el

Decreto Nº 1145/09 y las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1160/MHGC/11.

b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

c) El Pliego de Condiciones Particulares, el anexo técnico y sus circulares aclaratorias si

las hubiera;

d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;

e) El acto administrativo aprobatorio de la adjudicación

f) Orden de Compra o Contrata.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual enunciada y en la

normativa de aplicación, será resuelto de acuerdo con las disposiciones del Derecho

Público.

ARTÍCULO 13°.- RECHAZO

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de rechazar

la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisión pueda generar derecho a

reclamo alguno de los oferentes.

ARTÍCULO 14°.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Martín

García N° 346, 2º piso, de esta Ciudad. Todas las notificaciones entre las partes serán

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

8

válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, las notificaciones judiciales que, deberán estar

dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458, de

conformidad con lo dispuesto el artículo 20° de la Ley N° 1.218 y la Resolución N° 77-

PG/06.

ARTÍCULO 15°.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.

El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto

de la presente contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.

La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de

la contratación, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.

Artículo 16º.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Será del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación conforme artículo. 17.1

apartado b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicha garantía deberá

constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales, Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14.

ARTÍCULO 17°.- DE LOS SEGUROS

17.1) Generalidades

La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que

le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a

los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones

atinentes a su actividad.

El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos

con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de

vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 101

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los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados.

Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las

pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización

efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48)

horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las

pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las

convenciones contractuales.

El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la

inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la

vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de

cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de

su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos

contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por

las Compañías Aseguradoras.

17.2) De las compañías aseguradoras.

Las coberturas de seguros correspondientes a los ramos de Todo Riesgo Contratistas y

Accidentes Personales deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada

por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio

Neto superior a los $ 350.000.000 (pesos trescientos millones), de acuerdo al último

balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.

Acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar

en la República Argentina. Lo antedicho anteriormente y enumerado no será requerido en

los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia

Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).

17.3) De los seguros en particular.

17.3.i.- Laborales:

Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de

dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo

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(ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las

contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.

Todo el personal o terceros afectados por el Adjudicatario de la contratación al

cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de

relación alguna con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires.

Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y

previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución

contractual, quedando expresamente liberados el GCBA por tales conceptos , y sin que se

configure solidaridad alguna entre ambos.

Queda debidamente entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y

estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones

de índole laboral ante el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de

cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la

intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados

con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral , o del

cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia .Igual criterio se hace

extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el

adjudicatario.

Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los

que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones

emergentes la presente contratación.

17.3.ii.- Seguro de Riesgos del Trabajo

En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de

repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, sea con

fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con

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motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del

Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX,

por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el

hecho o en ocasión de trabajo.

17.3.iii.- Accidentes Personales (en caso de corresponder):

En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes

prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de

dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los

trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:

Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda

acción de repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/ó empleados, con

motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar,

contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el

Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o

contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.

Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:

Seguro de Accidentes Personales:

La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento

accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos,

como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia

médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.

Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.

17.3.iv.- Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva:

El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como

consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas,

bienes o cosas de propiedad del GCBA o de terceros.

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En tal sentido, se detallan a continuación de manera indicativa los adicionales de

cobertura Adicionales de cobertura básica:

A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión,

descargas eléctricas.

B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros.

C) Montaje y/o armado y/o desarmado de vallados, tribunas, tarimas, estructuras de

sonido, etc. propios de la actividad.

D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.

E) Ascensores y/o Montacargas y/o auto elevadores (de corresponder)

F) Instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente (de corresponder)

G) Suministro de bebidas y/o alimentos (de corresponder)

H) Instalación, uso, mantenimiento, reparación y desmantelamiento de carteles y/o

letreros y/o objetos afines.

Un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a

favor del GCBA. Los empleados del GCBA deberán ser considerados terceros en póliza.

17.4) VALOR ASEGURABLE / SUMA ASEGURADA

El valor asegurable total será el valor final de contratación.

17.5) PERIODO DEL SEGURO

La cobertura comenzará a operar desde el momento en que se inicien las primeras tareas

y finalizara con la fecha prevista de entrega provisoria y/o definitiva.

ARTÍCULO 18°.- SEGURIDAD E HIGIENE

Para el caso de productos alimenticios los mismos deberán cumplir con las normas en

materia de higiene y seguridad alimentaria establecida en el Código Alimentario Argentino

y Decreto Nacional N° 2.126/PEN/71.

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 105

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ANEXO TÉCNICO

SHOW CIERRE DEL EVENTO

Fecha de realización: Sábado 12 de marzo.

Duración del Show: 1 hora.

Objetivo del evento: Promover la venta de libros, promocionar la lectura y honrar la histórica tradición de las librerías.

Publico estimado: 60.000 personas.

SHOW PRINCPIAL

Se requiere la contratación de un artista cantautor internacional y la banda soporte cuyo show tendrá lugar en el escenario principal del evento, horario a confirmar por la dirección General de Industrias Creativas.

El artista deberá contar con trayectoria reconocida, grandes éxitos y ser de habla hispana. Se deberá apuntar a un público masivo familiar y estar en línea con los objetivos y característica del evento.

El artista deberá tocar por aproximadamente 1 hora.

El show deberá incluir los músicos y los instrumentos. No se deberá cotizar el sonido ni la iluminación del escenario.

El proveedor deberá hacerse cargo de los costos del pasaje de avión y traslado del artista y los músicos al evento.

La elección final del cantautor queda en manos del programa Opción Libro dependiente de la Dirección de Industrias Creativas.

El artista y los músicos deberán contar con ART.

La prueba general de sonido se hará antes del inicio del evento a partir de las 16 hs. Asimismo, cada banda tanto la soporte como la principal deberán realizar una prueba de sonido previo a iniciar el recital.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 134/DGTALMMIYT/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 106

ANEXO - EO N° 290

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

2016- MIo del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

ANEXOEXP. N°: 20155098/2015 N° I.S.I.B.: 0921443-ll7

Contribuyente' COBE JOSE FABIO CUIT.N°: 23-18085559-9

Periodo Monto Imponible Verificacion del Impuesto DiferenciaDeclarado Detenninado Declarado Determinado

AM2009-12 $ 38.917,26 $ 470,573,86 $1.167,52 $14.117,22 $ 12.949,70AM2010-01 $ 8.566,25 $ 75,353,38 $ 256,99 $ 2.260,60 $ 2.003,61

02 $13.369,16 $ 167.989,08 $ 401,07 $ 5.039,67 $ 4,638,6003 $ 10.005,18 $137.622,85 $ 300,16 $ 4.128,69 $ 3.828,5304 $19.254,11 $157.418,82 $ 577,62 $ 4,722,56 $ 4.144,9405 $ 15.774,54 $ 104.905,54 $ 473,24 $ 3.147,17 $ 2,673,93OS $ 13.585,85 $ 128.795,62 $ 407,58 $ 3,863,87 $ 3.456,2907 $ 9 070,87 $ 88.713,63 $ 272,13 $ 2.661,41 $ 2.389,2808 $ 10,029,29 $ 72.847,24 $ 300,88 $ 2.185,42 $ 1.884,5409 $ 18,621,63 $ 183.516,95 $ 558,S5 $ 5.505,51 $ 4.946,8610 $ 19.765,24 $ 157.466,03 $ 592,96 $ 4.723,98 $ 4.131,0211 $ 56.060,82 $ 316.856,36 $ 1.681,82 $ 9.505,69 $ 7.823,8712 $ 55.412,73 $ 538 763,74 $ 1.662,38 $16.162,91 $ 14.500,53

AM2011-01 $ 12.818,24 $ 72,977,41 $ 384,55 $ 2.189,32 $ 1.804,7802 $12.604,19 $ 73.389,46 $ 378,13 $ 2.201,68 $ 1.823,5603 $ 9.913,98 $ 78.689,72 $ 297,42 $ 2.360,69 $ 2.063,2704 $ 8.819,46 $ 55.370,11 $ 264,58 $1.661,10 $ 1.396,5205 $ 14.886,29 $ 116.947,55 $ 446,59 $ 3.508,43 $ 3.061,84OS $ 13.984,34 $ 125.836,62 $419,53 $ 3,775,10 $ 3.355,5707 $ 24.503,33 $ 129.284,39 $ 735,10 $ 3 878,53 $ 3.143,4308 $ 48,004,54 $ 306.320,90 $1.440,14 $ 9.189,63 $ 7,749,4909 $ 47,705,05 $ 291.374,96 $1.431,15 $ 8.741,25 $ 7,310,1010 $ 44.244,87 $ 415.909,16 $ 1.327,35 $ 12.477,27 $11.149,9311 $ 29.575,02 $ 218,076,92 $ 887,25 $ 6.542,31 $ 5.655,0612 $ 45.309,37 $ 377,250,01 $ 1.359,28 $11.317,50 $ 9.958,22

AM2012-01 $ 17.218,99 $ 113.199,77 $ 516,57 $ 3.395.99 $ 2.879,4202 $11.791,41 $ 101.057,28 $ 353,74 $ 3.031,72 $ 2.677,9803 $ 18.683,77 $ 228.252,66 $ 560,51 $ 6.847,58 $ 6.287,0704 $ 19.563,47 $171.259,27 $ 586,90 $ 5.137,78 $ 4.550,8705 $ 19.666,63 $151.082,57 $ 590,00 $ 4.532,48 $ 3.942,48OS $ 22.919,77 $ 241.794,36 $ 687,59 $ 7,253,83 $ 6.566,2407 $ 25.283,59 $ 145.280,08 $ 758,51 $ 4.358,40 $ 3.599,8908 $ 14,788,39 $ 94.693,62 $ 443,65 $ 2.840,81 $ 2.397,1609 $ 28.128,73 $ 233,971,94 $ 843,86 $ 7.019,16 $6.175,3010 $ 36.223,90 $404.522,18 $ 1.086,72 $12.135,67 $ 11.048,9511 $ 35.700,83 $402.174,57 $ 1.071,02 $ 12,065,24 $ 10.994,2112 $ 22.190,05 $ 259.540,65 $ 665,70 $ 7.786,22 $ 7.120,52

AM2013-01 $ 14.284,24 $ 110.036,91 $ 428,53 $ 3.301,11 $ 2.872,5802 $ 10.749,40 $158.931,01 $ 322,48 $ 4.767,93 $ 4.445,4503 $ 15,443,37 $ 203.505,08 $ 463,30 $ 6.105,15 $ 5.641,8504 $ 23,115,43 $ 336.396,52 $ 693,46 $10.091,90 $ 9.398,4305 $ 36.426,82 $ 424.467,82 $ 1.092,80 $ 12.734,03 $11.641,23OS $ 25.931,07 $ 413,972,07 $ 777,93 $12.419,16 $11.641,2307 $ 29.821,26 $ 185.571,87 $ 894,64 $ 5,567,16 $ 4.672,5208 $ 23.259,44 $ 248.261,53 $ 697,78 $ 7.447.85 $ 6,750,0609 $ 26.835,23 $ 260.797,97 $ 805,06 $ 7.823,94 $ 7.018,8811 $ 22.937,82 $ 170.773,95 $ 688,13 $ 5.123,22 $ 4.435,0812 $ 16.677,86 $ 190.979,71 $ 500,34 $ 5.729,39 $ 5.229,06

sublatal $ 269.829,92

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 107

FIN DEL ANEXO

PeriodoMonto Imponible Verificacion del Impuesto Diferencia

Declarado Determinado Declarado Determinado

transporte $ 269.829,92

AM 2014-01 $ 0,00 $ 218.458,44 $ 0,00 $ 6,553,75 $ 6.553,75

" 02 $ 0,00 $ 229.646,71 $ 0,00 $ 6.889,40 $ 6.889,40

03 $ 0,00 $ 235.236,09 $ 0,00 $ 7.057,08 $ 7.057,08

04 $ 0,00 $ 239.280,62 $ 0,00 $ 7.178,42 $ 7."178,42

08 $ 0,00 $ 205.437,79 $ 0,00 $ 6.163,13 $6.163,13

09 $ 0:00 $ 208.713,56 $ 0,00 $ 6.261,41 $6.261,41

10 $ 0,00 $ 211.270,76 $ 0,00 $ 6.338,12 $ 6.338,12

11 $ 0,00 $ 213.198,89 $ 0,00 $ 6.395,97 $ f$.395,9712 $ 0,00 $ 215.229,31 $ 0,00 $ 6,456,88 $ 6.466,88

Total $ 329.124 08

$ 329.124.08$ 329.124,081

(Pesos Trescientos veintinueve mil ciento veinticuatro con 08J100)

Impuesto Omitido:Total Impuesto Adeudado:

Multa (Base de Imposición):SI Impuesto Omitido:SI Ampl.de Sumario:Total Base de Imposición:

$ 329.124,08$ 0,00$ 0,001

65%..tO%

ft-l.'J

$ 213.930.65$ 0,00

$ 213.930,651(Pesos Doscientos trece mil novecientos treinta con 65/!OO)

' ..Q.l,

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 108

ANEXO - EO N° 291

FIN DEL ANEXO

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos

Dirección General de Rentas

ANEXOEXP. N°: 644.829.MGEYA.2011

Contribuyente UN WENBIAO.-

N° I.S.1.8. (eL): 1165677-08 N"CUI,T : 2094012391.8

Periodo Monto Imponible Verlficaclon del ImpuestoOiferenclaDeclarado Determinado Oeclarado Determinado

AM 2009-12 $ 131.273,11 S 131.273,11 $ 2,625,46 S 3,938,19 S 1.312,73AM 2011-07 $0,00 S 118.299,37 $0,00 S 3.548,98 S 3.54-8,98

08 $0,00 $ 119476,42 $0,00 S 3.584.29 $ 3.584.2909 $0,00 $ 120.692,78 s 0.00 53620,78 $ 3620.7810 S 0,00 $ 121.904.23 50,00 53.657,13 $3657,1311 50.00 S 123044,42 S 0,00 $ 3.691,33 $ 3,691 ,3312 S 0.00 S 124 182,15 S 0,00 $ 3.725,46 S 3.725,46

AM 2012-01 S 0,00 S 125.366,57 $0,00 $ 3.761,00 $ 3.761,0002 $ 0,00 S 126,654,19 S 0,00 S 3,799,63 $ 3.799,6303 $0,00 $ 127.941,82 S 0,00 $ 3.838,25 S 3.838,2504 $ 0,00 S 129457,97 S 0,00 $ 3,883,74 $ 3.883,74OS S 0.00 $ 130.883,21 S 0,00 S 3.926,50 $ 3.926,5006 $0,00 S 132.143,80 S 0,00 $ 3,964,31 $ 3,964.3107 $0,00 $ 133468.29 $ 0,00 $ 4004,05 $ 4.004.0508 $0,00 $134.866,49 $ 0,00 S 4,045,99 $ 4.045,9909 S 0.00 S 136.264,69 S 0,00 $4,087,94 $ 4,087,9410 $0,00 $137,648,15 $0,00 $ 4.129,44 $ 4,129,4411 S 0,00 S 139061.10 S 0.00 $4.171,83 S 4,171,8312 $0,00 $ 140,437,19 $0,00 $4.213,12 $4213,12

AM 2013-01 S 0,00 $141.931.23 S 0,00 $ 4.257,94 $ 4 257,9402 $0,00 S 143403,15 S 0,00 $ 4.302,09 S 4,302.0903 $0,00 S 144,784,16 S 0,00 S 4.343,52 S 4,343,5204 $0,00 S 146,231,51 $0,00 S 4.386,95 S 4,386,95OS SO,OO S 148.035,16 S 0,00 $ 4 441,05 S 4 441,05O. $0,00 $ 149946,94 $ 0,00 S 4498,41 S 4 498,4107 S 0,00 S 151807,12 $ 0,00 $ 4.554,21 $ 4,554.2108 S 0,00 S 153.519,86 S 0,00 S 4,605,60 S 4605.6009 $ 0,00 S 155.198,28 S 0,00 S 4.655,95 $ 4.655,9510 $ 0,00 S 156.967,62 $ 0,00 $ 4.709,03 $ 4.709,0311 $0.00 $ 158877,03 $ 0,00 S 4.766,31 $ 4766.3112 S 0,00 S 161.248,44 $ 0,00 $ 4.837,45 $ 4.837,45

AM 2014-01 $0,00 $ 169218,55 $ 0,00 S 5.076,56 $ 5.076.5602 S 0,00 $ 177.955,68 $0,00 $ 5.338,67 $ 5338,6703 S 0,00 $ 182.279,99 $0.00 $ 5468,40 S 5468,4004 $0.00 S 185.41444 $0,00 $ 5.562,43 $ 5.562,43OS $0.00 S 188,877,86 S 0,00 $ 5,666,34 $ 5,666,34O. $0,00 S 191.721,84 S 0,00 S 5,751,66 $ 5.751.6607 $0.00 $ 194.302,81 $0,00 $ 5.829.08 $ 5.829,0808 $0,00 $ 197473,72 $0,00 $ 5.924,21 $ 5.924,2109 S 0,00 $ 201.037,46 $0,00 $6,031,12 $6.031,1210 S 0,00 $ 204 665,52 $ 0,00 $6,139,97 $6.139,97

Total $ 182.113,47

Impuesto Omitido:

Irolal Impuesto Omitido:

ulta (Bue de Imposiclónl:Impuesto Omitido:

. Ampliación Sumarlo:

a s(lmpuesto Omitido:slAmpliación Sumario:

ulta Aplicada:

80%80%

$ 182.113,47S 37.131,28

$ 219.244,75

$182.113.47

$182.113,471(Pesos cienlo ochenta y dos mil ciento lrece con 4711001

S 145690,78$ 29,705,02

$ 175,395,80¡Pesos ciento selenUI y cinco mil treSCIentos noventa y cinco con 8011001

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ANEXO - EO N° 292

FIN DEL ANEXO

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 70/HGNPE/16

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N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 112

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 113

N° 4836 - 8/03/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 114

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2014.Año de las letras argentinas”

1

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ÓRGANO RECTOR

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO

UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas del PODER EJECUTIVO, que celebren los organismos del Sector Público comprendidos en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en la ley citada o sujetos a un régimen especial1.

El presente Pliego resulta de igual modo aplicable para la contratación de bienes y servicios a ser gestionados través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC), con los alcances establecidos en el párrafo precedente.

Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE: El presente llamado a licitación y/o contratación se regirá por las disposiciones

de la Ley N° 2.095, la Ley Nº 4.764, sus Decretos Reglamentarios N° 95/2014 y 1.145/09, el Decreto Nº 440/13, la Ley Nº 1.218, la ley Nº 2.809, la Ley Nº 4.736, la Ordenanza Nº 52.236; el Decreto Nº 1.616/97 y Decreto Nº 1.693/97, el Artículo 48, Ley Nº 7, normas complementarias y las contenidas en las Cláusulas Particulares.

Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:

Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita. En las contrataciones a efectuarse a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC) los Pliegos se encontrarán disponibles en el portal www.buenosairescompras.gob.ar 2.

Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que podrán ser obtenidos previo pago de una suma, la misma será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto estimado de la compra3.

1 Art. 2 y 3 Ley Nº 2095 2 Art. 11 Anexo I Decreto 1145/09. 3 Art. 86. 8 Anexo I Decreto Nº 95/14

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2

En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del pliego. El importe recibido por la Administración por la venta de pliegos no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.

En las contrataciones electrónicas (BAC), sólo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante dentro del proceso de selección, pudiendo en tal carácter presentar su oferta. 4

Artículo 4°.- COMUNICACIONES:

Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio. En los procedimientos BAC, tales comunicaciones se efectúan a través de BAC. No obstante, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación que responda a los principios de transparencia, economía y celeridad de trámites.

No podrán utilizarse estos mecanismos para poner en ventaja a un interesado u oferente sobre los restantes.5

Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP):

Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán estar

inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda.

También podrán participar proveedores que hayan iniciado el trámite de inscripción, debiendo encontrarse inscriptos en el RIUPP previo a la emisión del dictamen de evaluación de ofertas o del acto administrativo de adjudicación, según corresponda al tipo de procedimiento de selección. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el proveedor debe estar inscripto en forma previa a la preselección.6

La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet,

sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.

Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO: Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de constituido en

el RIUPP. Para las contrataciones a ser efectuadas mediante BAC se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP, en el que se tendrán por

4 Art. 14 Anexo I Decreto 1145/09 5 Art. 79 Anexo I Decreto Nº 95/14 y art. 6 Anexo I Decreto 1145/09 6 Art. 93 Ley 2095 y art. 22 Anexo I Decreto Nº 95/14

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2014.Año de las letras argentinas”

3

válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. En caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.

Todo cambio de domicilio deberá ser deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA constituye domicilio en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) respectiva (*). Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N" 77/PG/06.

(*) Completar con la identificación y domicilio de la respectiva UOA. Artículo 7.- COMPETENCIA JUDICIAL: Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y

Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. 7

Artículo 8.- CÓMPUTO DE PLAZOS:

Los plazos deben computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario.8 El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará conforme lo estipulado en los Arts. 5° "Cómputo de los Plazos" y 7° "Notificaciones Electrónicas‘‛ del Anexo 1 del Decreto N° 1145/09, y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/1997, ratificado por Resolución Nº 41/LCBA/98.

Artículo 9.- CONSULTAS: 7 Artículo 48, Ley Nº 7. 8 Art. 80 Ley 2095

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Las consultas relacionadas con los distintos procesos licitatorios se realizan ante la respectiva Unidad Operativa de Adquisiciones (*) hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Asimismo, y en base a la naturaleza de la contratación, podrán fijarse plazos distintos al establecido9. En las contrataciones efectuadas mediante BAC tales consultas se efectúan a través del mentado sistema BAC. Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Unidad Operativa de Adquisiciones respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º. Comunicaciones.

(*) Completar con la identificación de la respectiva UOA

Artículo 10.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.: A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), este

Gobierno reviste la condición de Exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es el 34-99903208-9.

[Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya condición no se corresponda con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios].

Artículo 11.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR: Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas, o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Para el caso de oferentes en procedimientos de selección mediante sistema BAC, deberán aceptar en la oferta que presenten en BAC las condiciones de la Declaración Jurada para Contratar, de acuerdo con términos antes descriptos.

Ver “Anexo I: Declaración Jurada de Aptitud para contratar” La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos

volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la

pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato10.

9 Art. 86.11 Anexo I Decreto Nº 95/14 y art. 15 Anexo I Decreto 1145/09 10 Art. 96 Decreto N° 95/14.

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Artículo 12.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán presentadas por duplicado y deberán estar firmadas por el

oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante.

Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa11 . En los procedimientos efectuados por BAC, las ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el presente pliego y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la Oferta. Para el caso que los pliegos prevean la presentación de muestras o documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel, estos serán individualizados en la oferta presentada por BAC y presentados en la Unidad Operativa de Adquisiciones en la fecha, hora y lugar que se indique en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.12

Artículo 13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de veinte (20) días, o el que se fije en las Cláusulas Particulares, a contar de la fecha de la apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego en sus Condiciones Particulares disponga otro distinto. 13

Artículo 14.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno

conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que los

11 Art. 102 Anexo I Decreto Nº 95/14. 12 Art. 17 Anexo I Decreto 1145/09. 13 Art. 102.5 Anexo I Decreto 95/14 y art. 19 del Anexo I Decreto 1145/09.

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mismos sean solicitados como requisito junto con la documentación que integra la misma14.

Artículo 15.- FALSEAMIENTO DE DATOS

El falseamiento de datos contenidos en la oferta dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.15

Artículo 16.- COTIZACIONES PARCIALES:

El oferente debe formular oferta por la totalidad de las cantidades solicitadas para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones parciales. Asimismo, sólo en el caso de que la oferta contemple la totalidad de los renglones y cantidades solicitadas, el oferente podrá ofrecer descuento sobre la base de su adjudicación íntegra.16

Artículo 17.- GARANTÍAS: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los oferentes y los

adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías sin límite de validez 17.1. CLASES

a) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En caso de licitaciones o concursos de etapa múltiple la garantía debe ser no menor al cinco por ciento (5%) sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, LA MISMA SERÁ DEL CINCO POR CIENTO (5%) DEL VALOR TOTAL DE LA OFERTA. Para los procedimientos mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en el lugar que se indique en los pliegos, bajo apercibimiento de descarte de la oferta. 17 EN LOS CASOS EN QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA.

14 Art. 103 Ley N° 2.095 15 Art. 131 Ley Nº 2.095 - Art. 96 Anexo I Decreto 95/14. 16 Art. 90 Anexo I Decreto Nº 95/14. 17 Art. 18 Anexo I Decreto 1145/09.

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b) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario debe integrar y entregar a la UOA la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra o Venta o suscripto el instrumento respectivo, o en el plazo que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, LA MISMA SERÁ DEL DIEZ POR CIENTO (10%) SOBRE EL VALOR TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN.18

c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el

adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

d) De impugnación al Pliego de Bases y Condiciones entre el uno por ciento

(1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA EL MISMO SERÁ DEL DOS POR CIENTO (2%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL O MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN19.

e) De impugnación a la preselección/precalificación para el caso de

licitaciones de etapa múltiple: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación. EN EL SUPUESTO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, EL MISMO SERÁ DEL CUATRO POR CIENTO (4%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL O MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN.

f) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento

(1%) y el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados, a criterio del organismo licitante. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. EN EL SUPUESTO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, EL MISMO SERÁ DEL CUATRO POR CIENTO (4%) DEL MONTO DE LA OFERTA, DEL RENGLÓN O LOS RENGLONES IMPUGNADOS. En los procedimientos gestionados a través de BAC la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la Unidad Operativa de Adquisiciones previo a formalizar la impugnación, completando los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido.

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Art. 99 y 113 Anexo I Decreto 95/14 y art. 30 del Anexo I Decreto 1145/09

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g) Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares podrán fijar otras garantías tomando en cuenta las características y naturaleza de las obligaciones que emanen de la respectiva contratación.

h) Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán

reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. 20

17.2. FORMAS DE CONSTITUCIÓN

Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas21:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante.

b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo -Apartado a)- el

mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar.

En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta.

c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.

e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.

f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno

20 Art. 99 Ley 2095, art. 99 Anexo I Decreto Nº 95/14, art. 30 Anexo I Decreto 1145/09 21 Art. 100 Ley 2.095.

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de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.

La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.

Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante.

Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.

17.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

a) Serán devueltas de oficio:

i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.

ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo contratante, salvo que este afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptara la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.

En el caso de que los oferentes o adjudicatarios luego de notificados por cualquiera de los medios previstos en la Ley no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de treinta (30) días a contar de la fecha de notificación.

La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tacita de su derecho a la devolución de la garantía pudiendo la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder a la destrucción del instrumento mediante el cual se formaliza la citada garantía.22

Artículo 18.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación en los siguientes supuestos: 23 a) Cuando el monto de la oferta o de la orden de compra o instrumento

contractual no supere el límite de las Cien Mil Unidades de Compra (U.C. 100.000).

22 Art. 113 Anexo I Decreto Nº 95/14 23 Art. 101 Ley N° 2.095.

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b) En las contrataciones directas encuadradas en los incisos 8), 11) y 12) del artículo 28 de la Ley.

c) Contrataciones de artistas y profesionales. d) Contrataciones de avisos publicitarios. e) En la adquisición de publicaciones periódicas. f) Cuando se dé cumplimiento a la prestación dentro del plazo de integración

de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo el caso de rechazo.

Artículo 19.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN:

El Dictamen de Evaluación de Ofertas se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además, para las Licitaciones/Concursos Públicos y Privados se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día.

Cuando se trate de procesos de etapas múltiples, la preselección se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimismo para las Licitaciones/Concursos Públicos y Privados, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día. El resultado de las preselecciones al igual que las preadjudicaciones se comunicará a todos los participantes del proceso licitatorio. En los procedimientos efectuados mediante BAC, el Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y comunicado a todos los oferentes a través del BAC. De igual manera se procederá con el resultado de las preselecciones en el caso de procesos de etapas múltiples. En el caso de las Licitaciones Públicas y Privadas, se publicará en el Boletín Oficial, por el termino de un (1) día. 24 Todas las comunicaciones que se mencionan en el presente artículo son efectuadas a los oferentes, antes del día de publicación de los anuncios25.

Artículo 20.- PLAZO PARA IMPUGNAR:

a) Impugnación del pliego La impugnación del pliego podrá ser recibida, previo depósito de la garantía pertinente, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas, y tramita por cuerda separada. En los procedimientos celebrados mediante BAC, la impugnación del pliego será efectuada mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la Apertura de las Ofertas, y se tramitará en forma paralela al desarrollo del procedimiento, sin interrumpir el trámite de la contratación. Solo tiene derecho a impugnar el pliego, el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC. 26 b) Impugnación a la preselección/preadjudicación

24 Art. 23 Anexo I Decreto 1145/09. 25 Art. 108 Anexo I Decreto Nº 95/14 26 Art. 15 Anexo I Decreto 1145/09.

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Los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el día de publicación de los anuncios de la preselección y/o de la preadjudicación27. En las contrataciones gestionadas mediante BAC, los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente. 28

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo

dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 29

Artículo 21.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES:

Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados a criterio de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.

En caso de no encontrarse establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje a depositar con respecto a la garantía de impugnación el mismo será del cuatro por ciento (4 %). En los procedimientos de etapa múltiple, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera: - La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o

monto estimado de la contratación. - La impugnación en la etapa de preadjudicación, conforme se indicó

precedentemente. El monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, se establecerá en las Condiciones Particulares de los Pliegos, y en el caso de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía el mismo será del dos por ciento (2%) del presupuesto oficial o del monto estimado de la contratación.30

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº (*). “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el

27 Art. 106.8 Anexo I Decreto Nº 95/14 28 Art. 23 Anexo I Decreto 1145/09. 29 Art. 109 Anexo I Decreto 95/14. 30 Art. 99 Ley 2095 y Art. 99 Anexo I Decreto Nº 95/14

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que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.

Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en (**) dentro del plazo fijado en el artículo 20 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.

En los procedimientos tramitados por BAC, la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante el organismo contratante de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes.

(*) Completar con el número de cuenta correspondiente. (**) Completar domicilio de la UOA respectiva. Artículo 22.- PRERROGATIVA DEL GCABA:

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos en la Ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.31

Artículo 23.- ADJUDICACIÓN La adjudicación se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los

oferentes dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo. Deberá darse intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en forma previa a la resolución de la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 1218.

En los procedimientos tramitados mediante BAC, el acto administrativo de Adjudicación, será notificado a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes El mismo será publicado en el| portal www.buenosairescompras.gob.ar y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.

Artículo 24.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra o venta al adjudicatario, o mediante la suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. 32 En los procedimientos tramitados mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. 33

31 Art. 106.4 Anexo I Decreto Nº 95/14 y 25 Anexo I Decreto 1145/09 32 Art. 112 Ley N° 2.095. 33 Art. 29 Anexo I Decreto 1145/09.

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Artículo 25.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO: Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de

contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes34.

Artículo 26.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por

la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General de Contaduría, sito en la Av. Belgrano N° 844, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 09:30 a 15:00 horas o en el lugar y horario que fije esta última unidad de organización o en el lugar que indiquen las Cláusulas Particulares.

El Centro Unico de Recepción de Documentación de Pago, no recibirá ninguna factura que no posea el Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por las entidades receptoras35.

Artículo 27.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA(*): Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse la documentación

que se detalla a continuación: a) Original del parte de recepción definitiva b) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario

actuante del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura.

c) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante de la última Declaración Jurada de Cargas Sociales (Formulario 931) vencida al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.

d) Constancia de su inscripción ante AFIP. e) Constancia de validez de la factura presentada. f) Otra documentación que exija el pliego o la normativa aplicable.

En cada factura debe constar: a) Número y fecha de la Orden de Compra, contrato o acto administrativo que corresponda.

b) Número de Parte de Recepción Definitiva. c) Descripción de los conceptos facturados. d) Importe total de la factura.

34 Art. 82 Ley N° 2.095 35 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14

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e) Y todo otro requisito que establezca la Dirección General de Contaduría, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contabilidad.

Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reservan el derecho de verificar los datos expuestos. 36

Artículo 28.- PAGO – PLAZOS (*): El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de

presentación de la respectiva factura37, a efectuarse por la Dirección General de Tesorería, quien depositará los fondos en la cuenta del adjudicatario, de acuerdo a las normas básicas de funcionamiento de la CUENTA ÚNICA DEL TESORO38.

Artículo 29.- ÚNICA FORMA DE PAGO(*): Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o

caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos.

A tal efecto, se adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones el formulario “Anexo II – Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes:

CUENTA CORRIENTE COMUN (Personas jurídicas y físicas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas) Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Maipú 169 – Piso 4º de 9.30 a 14.30 hs. CAJA DE AHORROS (Personas Físicas) Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorándum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes: 1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II. 2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota. 3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario. 4) Efectuada la apertura de la Caja de Ahorros deberá entregar el Anexo II, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.

36 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 37 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 38 Ordenanza Nº 52.236 - Decreto Nº 1.616/GCBA/97; Decreto Nº 1.693/97.

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Artículo 30.- MORA (*): En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del

Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta 30 días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo39.

(*) Los Arts. 22°/25° rigen para la Administración Central, Ministerios y Comunas. Las demás jurisdicciones y entidades procederán de acuerdo a sus normas.

Artículo 31.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO: La moneda de cotización y pago será el Peso ($), moneda de curso legal en la

República Argentina o el que se establezca en las cláusulas particulares40. Artículo 32.- PLAZO DE ENTREGA: Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, plazos o fecha,

lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares41.

De no fijarse los plazos de entrega, se entiende que el cumplimiento debe operar en un plazo de quince (15) días. Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra o Venta, o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. En caso de que en las Condiciones Particulares no se fije el lugar de entrega, se entiende que es en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

Artículo 33.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

. La Provisión de los bienes o servicios objeto de la presente Licitación ylo

contratación revisten de carácter necesario para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Deberán entregarse o proveerse en las Condiciones de modo, tiempo y lugar de la que se establezcan en cada caso en la documentación licitatoria.

Artículo 34.- FLETE Y DESCARGA: El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario, salvo indicación en

contrario expresada fehacientemente en las Cláusulas Particulares.

39 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 40 Art. 102.1 y 102.2 Anexo I Decreto Nº 95/14 41 Art. 114 Ley N° 2.095 y Art. 114 Anexo I Decreto Nº 95/14

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Artículo 35.- CIERRE POR VACACIONES: No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas

por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos en el acto licitario.

Artículo 36.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO Será de aplicación el Régimen de Redeterminación de precios establecido en

la Ley N° 2809 y su normativa reglamentaria, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se hubiera establecido un régimen específico para la respectiva contratación.

Artículo 37.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

b) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

c) Cualquier persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa42.

Artículo 38.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL.

Todo el personal afectado por el adjudicatario para el Cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva licitación o Contratación, ylo las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

42 Art. 15 Ley N° 2.095

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Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedará desligado respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquiera otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a nomas establecidas para el Orden laboral, previsional impositivo que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la licitación o contrato.

Articulo 39. DAÑOS A TERCEROS.

El adjudicatario deberá adoptar todas las medidas de Seguridad que sean impuestas por la legislación vigente, para evitar daños a personas o cosas, y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios que se generen.

Articulo 40. SEGUROS

El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se exijan para el desarrollo de su actividad y los que se requieran en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de la contratación de los Seguros exigidos, quedado el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.

Artículo 41.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43º DE LA CONSTITUCIÓN DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES: En virtud de lo normado en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacante o incremento de la dotación. Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador no discapacitado43.

43 Art. 43 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, arts. 2 y 15 Ley N° 1.502; y Decreto N° 812/2005.

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NOTA: En la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/leg_tecnica/sin/?menu_id=672, se encuentra disponible la normativa citada en el presente articulado.

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Anexo I

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado) …………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo. “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley N° 2.095 y sus Decretos Reglamentarios N° 95/14 y 1.145/09. Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección.

Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS

No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

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h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley N° 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por ley Nº 4.486). j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2° párrafo de la Ley. El Órgano Rector determina el tratamiento que se da para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley. Inciso a). Sin reglamentar. Inciso b). Sin reglamentar. Inciso c). Sin reglamentar. Inciso d). Sin reglamentar. Inciso e). Sin reglamentar. Inciso f). Sin reglamentar. Inciso g). Sin reglamentar. Inciso h). Sin reglamentar. Inciso i). Sin reglamentar. Inciso j) Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición. .......................................................................................... Firma Aclaración

........................................................................ Carácter

........................................................................ Ciudad de Buenos Aires,

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ANEXO II AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

Localidad, (1) (2) SEÑOR TESORERO GENERAL DIRECCION GENERAL DE TESORERIA Maipú 169 4to Piso TEL: 4323-8000 INT: 7006/7007/9452 El (los) que suscribe(n) (3) en mi (nuestro) carácter de (4) ______________ de (5) , DNI/CI/LE/LC (6) _____________, Ingresos Brutos Nº con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle , Nº ___________ Piso Dto./Oficina/Local Nº de la localidad de provincia de _______________ telefono Nº_____________ mail ______________________, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar la DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en cancelación de deudas a mi (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla: DATOS DE LA CUENTA BANCARIA CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPÈCIAL Nº CAJA DE AHORRO Nº TITULARIDAD DENOMINACION:

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUCURSAL Nº: DOMICILIO: C.U.I.T. - - C.U.I.L. - - (8) La orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección General de Tesorería del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos contractuales, extinguirá la obligación del deudor por

todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen, hasta tanto, cualquier cambio que se opere

en la misma, no sea notificado fehacientemente a esa Dirección General de Tesorería.-

………………………………………………….. ………………………………………………. (9) Firma Aclaración Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma(s) del (de los) titular(es).- ………………………………………………………………………………………………………………………. (1), (2) Lugar y fecha de emisión; (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el deposito; (4) Carácter por el

cual firman (Presidente, Socio, Propietario, etc.); (5) Razón Social o denominación; (6), (7) Tachar lo que no corresponda; (8) número de C.U.I.T. impositivo; (9) firma(s) y aclaración(es) del (de los) beneficiario(s).-

………………………………….……………………….…………………………………..……….………

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AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD E BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL: C.U.I.T. Nº

CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Nº CAJA DE AHORRO Nº BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. SUCURSAL Nº: FECHA DE PRESENTACIÓN DEL “ANEXO II”: …../……/……

……………………………. Firma y Sello de Recepción

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 70/HGNPE/16 (continuación)

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