Analisis de Textos Legales

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Analisis De Textos Legales Un texto es un documento escrito que puede proporcionarnos, tras su interpretación, conocimiento sobre el pasado. El objeto de comentar un texto o es acercarnos a la comprensión de los elementos proporcionados por el texto. De ahí la importancia de situar el documento en su contexto. Hay que desentrañar lo que su autor o autores ha dicho, cómo lo ha dicho, cuándo, por qué y dónde. Para analizar un texto legal seguiremos los siguientes pasos: 1.-Clasisficacion del texto 2.-Lectura y preparación 3.-Analisis del texto 4.-Comentario 5.-Critica 1.-Clasificación del texto La clasificación correcta del texto constituye el paso inicial del análisis y comentario. En esta parte del trabajo es necesario precisar una serie de aspectos que hay que determinar: a. Naturaleza b. Circunstancias espacio-temporales c. Autor d. Destino 2.-Lectura y preparación Prelectura o lectura general En primer lugar, haremos una lectura general del texto que nos aportará la primera idea acerca de su significado. No haremos ninguna anotación ni subrayado, sólo leer. Lectura comprensible En esta segunda lectura preparamos el texto, mediante: a.-El subrayado de términos Se resaltan aquellos más relevantes, que son claves en la comprensión del texto y que serán objeto de un análisis posterior. Puede tratarse de nombres, fechas, números, etc. b.-El subrayado de ideas primarias Se realiza sobre aquellas ideas que señalan las líneas fundamentales del texto. c.-El subrayado de las ideas secundarias Refuerza y complementa el anterior. Para mayor claridad, es aconsejable utilizar un trazo o color distintos del precedente. d.- Anotaciones marginales Son de extrema utilidad para señalar bloques temáticos, hacer llamadas aclaratorias, breves comentarios, etc. Puedes utilizar llaves o líneas que delimiten dichas acotaciones. 3.- Análisis del texto:

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Analisis De Textos LegalesUn texto   es un documento escrito que puede proporcionarnos, tras su interpretación,

conocimiento sobre el pasado.

El objeto de comentar un texto o es acercarnos a la comprensión   de los elementos

proporcionados por el texto. De ahí la importancia de situar el documento en su contexto.

Hay que desentrañar lo que su autor o autores ha dicho, cómo lo ha dicho, cuándo, por qué

y dónde.

Para analizar un texto legal seguiremos los siguientes pasos:

1.-Clasisficacion del texto

2.-Lectura y preparación

3.-Analisis del texto

4.-Comentario

5.-Critica

1.-Clasificación del texto

La clasificación correcta del texto constituye el paso inicial del análisis y comentario. En

esta parte del trabajo es necesario precisar una serie de aspectos que hay que determinar:

a. Naturaleza

b. Circunstancias espacio-temporales 

c. Autor 

d. Destino 

2.-Lectura y preparación

Prelectura o lectura general

En primer lugar, haremos una lectura general del texto que nos aportará la primera idea

acerca de su significado. No haremos ninguna anotación ni subrayado, sólo leer.

Lectura comprensible 

En esta segunda lectura preparamos el texto, mediante:

a.-El subrayado de términos

Se resaltan aquellos más relevantes, que son claves en la comprensión del texto y que serán

objeto de un análisis posterior. Puede tratarse de nombres, fechas, números, etc.

b.-El subrayado de ideas primarias

Se realiza sobre aquellas ideas que señalan las líneas fundamentales del texto.

c.-El subrayado de las ideas secundarias

Refuerza y complementa el anterior. Para mayor claridad, es aconsejable utilizar un trazo o

color distintos del precedente.

d.- Anotaciones marginales

Son de extrema utilidad para señalar bloques temáticos, hacer llamadas aclaratorias, breves

comentarios, etc. Puedes utilizar llaves o líneas que delimiten dichas acotaciones.

3.- Análisis del texto:

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Lenguaje administrativoEl llamado lenguaje administrativo es la lengua empleada por los órganos de la Administración

Pública en sus relaciones tanto internas como con los ciudadanos.

Entre los documentos administrativos más usados por los ciudadanos se encuentran la instancia y

el contrato, pero también podemos encontrar otros escritos administrativos como las disposiciones,

normativas, órdenes y resoluciones, que nos sitúan en el lenguaje jurídico: la lengua empleada por

los órganos de la Administración de Justicia en sus relaciones con la colectividad o con las

personas físicas y jurídicas.

La frontera entre lenguaje jurídico y administrativo no está bien delimitada, y hasta cierto punto el

primero puede considerarse un lenguaje administrativo específico. En consecuencia, ambos suelen

estudiarse de forma conjunta, puesto que comparten recursos lingüísticos y coinciden en factores

extralingüísticos.

El medio habitual de comunicación entre la Administración Pública y los ciudadanos, son los diarios

o boletines oficiales (En España, BOE,BOP, DOGC, y otros; en la Unión Europea, el DOUE;

en México, DOF; etc.).

Características

El lenguaje de los textos jurídicos y administrativos utiliza la lengua en su nivel más culto, lo que

implica riqueza expresiva, concisión, claridad y precisión. Las principales características son las

siguientes: [cita requerida]

Tiene una estructura rígida, es decir, un esquema invariable establecido de antemano para

cada tipo de escrito o documento. Por ejemplo una instancia, o un contrato.

El emisor tiene limitada la creatividad, subjetividad y expresividad. Por ejemplo, no puede

improvisar una organización nueva para sumensaje.

Impersonalidad: El emisor real del texto muchas veces parece tener como única pretensión

la de desaparecer de su escrito. Por ejemplo, documentos escritos en tercera persona.

El canal utilizado es el escrito. Pero no es un escrito cualquiera, sino debe ser en

un papel oficial, firmado y fechado de una forma reglada.

La intención de los textos jurídicos y administrativos es informar y ordenar (función

referencial y conativa). En el caso de que el emisor sea el ciudadano, la intención es solicitar o

reclamar (función conativa).

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La tipología textual puede ser descriptiva, instructiva, argumentativa, expositiva o narrativa,

dependiendo de la parte del texto que se analice.

Uso de recursos tipográficos, como la cursiva, negrita, las comillas o la letra versal

(mayúsculas).

Formas lingüísticas

Léxicas

Se trata de un lenguaje muy estable, culto, ritual (por ejemplo en el derecho romano) y con escaso

margen de variación. El emisor debe conocer a la perfección el significado de las palabras, a fin de

conseguir precisión léxica. Los principales rasgos léxicos son los siguientes: [cita requerida]

Uso de un lenguaje denotativo y unívoco.

Abundantes arcaísmos. Por ejemplo “otrosí” que quiere decir “además” en las peticiones de

un escrito o “proveído” en una resolución judicial o de trámite. Se deben a la invariabilidad del

modelo a lo largo del tiempo.

Tecnicismos , principalmente términos y giros de la lengua común que en los textos jurídicos

y administrativos adquieren un significado distinto. Por ejemplo, el término “diligencia” es la

actuación del secretario judicial en un procedimiento, mientras que en la lengua común es

“rapidez y cuidado con que se hace una actividad”.

Uso muy frecuente de los adverbios acabados en “-mente”, a causa de la necesidad de

matizar y precisar verbos y adjetivos en busca de claridad. Ej. “Lo anteriormente inserto

concuerda bien y fielmente con su original al que me remito en caso necesario”.

En la formación de palabras, se forman adjetivos mediante las terminaciones “–al” y “-ario”.

Ej. “educacional, judicial, procedimental” y “arrendatario”.

No utilizan de ningún modo palabras tabú (a excepción que sean enunciados literales), y en

contraposición abundan los eufemismos. Presenta un alto grado de cortesía reglada, que se

manifiesta por ejemplo, en los tratamientos protocolarios, aunque actualmente están en desuso.

Uso abundante de siglas para referirse a instituciones (MEC: Ministerio de Educación y

Ciencia de España), organismos (TSJC: Tribunal Superior de Justicia de Cataluña), leyes (LEC:

Ley de Enjuiciamiento Criminal de España) y conceptos (IRPF: Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas de España).

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Uso de aforismos (sentencias breves que se proponen como una regla), que recogen la

“sabiduría” del derecho romano: “Ad impossibilia nemo tenetur” (nadie está obligado a lo

imposible) o “Habeas corpus” (derecho del detenido a comparecer ante el juez).

Se utilizan repeticiones de palabras, al no encontrar otra palabra que exprese la misma

realidad. Ej. “El Fiscal General del Estado estará asistido en sus funciones por el Consejo

Fiscal, la Junta de Fiscales de la Sala, la Inspección Fiscal y la Secretaría Técnica". En ningún

caso se admiten metáforas, perífrasis o cualquier otro tipo de figuras retóricas, puesto que

pueden dar lugar a confusión.

[editar]Gramaticales

Existe una preferencia por la construcción nominal (caracterizada por un abundante uso

de sustantivos y adjetivos) a las construcciones verbales. Por ejemplo, “en la tramitación de este

juicio”, es equivalente a “al tramitar este juicio”. [cita requerida]

Uso de perífrasis verbales con un verbo vacío de significado: “Presentar reclamación” por

“reclamar”.

A causa de la impersonalidad y del texto, se utilizan abundantes formas no personales del

verbo. El más utilizado es el gerundio, llegando a ser muchos de ellos incorrectos (cuando

desempeña una función adjetiva). Por ejemplo, “Decreto disponiendo”.

Conserva el futuro de subjuntivo, desaparecido de la lengua estándar, que se utiliza en la

redacción de leyes y por arcaísmo. Por ejemplo, “si procediere”.

Abundan verbos que rigen subjuntivo, como los de ruego o permiso.

Uso frecuente del imperativo, por ejemplo “notifíquese”.

El presente atemporal es característico, ya que no sitúa la acción verbal en un periodo

concreto de tiempo.

Utilización del futuro de indicativo en construcciones pasivas e impersonales. Por ejemplo:

“se hará saber”.

Los párrafos suelen ser largos, a causa de la excesiva subordinación; el objetivo es recoger

con precisión todos los matices, posibilidades y excepciones. Por ejemplo: ”Sin embargo, no es

esa mi opinión, ya que, a mi juicio, lo que el legislador ha pretendido con esa norma final es,

precisamente, no dejar ningún resquicio a la posibilidad que se pueda admitir la reconvención

sin que conste petición expresa”.

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Abundante uso de las construcciones en pasiva y pasiva refleja: “la solicitud fue presentada

por la Sra. Antonia López en este Juzgado”

Se utilizan “impersonales con se” en abundancia, buscando distanciamiento e

impersonalidad. El sujeto que juzga, ordena, condena, certifica, está eclipsado y resguardado.

Se utiliza mucho la tercera persona de singular.

Los textos jurídicos y administrativos intentan buscar la máxima precisión y claridad, aunque en

ocasiones el texto resultante sea complejo e impreciso desde el punto de vista normativo.

[editar]Criterios de claridad en el lenguaje administrativo

En España, desde 1989 se están llevando a cabo una serie de actuaciones para la “Mejora de la

inteligibilidad del lenguaje administrativo”.[cita requerida]

Se busca modernizar y simplificar el lenguaje administrativo para hacerlo más sencillo y

comprensible. Se ha elaborado un “Manual de estilo” (de 1993) sobre todo para la redacción de los

documentos administrativos dirigidos a los ciudadanos. Las principales recomendaciones para

mejorar la compresión del lenguaje administrativo son las siguientes:

Uso de un lenguaje apropiado al mensaje y a los destinatarios de tal modo que la

información resulte accesible.

Uso de sintaxis simple y frases cortas.

Empleo de las formas verbales en voz activa.

Elección de formas de tratamiento de primera y segunda persona.

Evitar extranjerismos y tecnicismos.

Tendencia a eliminar el tratamiento protocolario y la sumisión del emisor al receptor.

Supresión de fórmulas de salutación y despedida en las comunicaciones de mero trámite

entre órganos administrativos.

En cuanto al léxico se refiere (aunque no sea un criterio de claridad y precisión), hay una tendencia

a utilizar un lenguaje no sexista.

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[editar]Situación sociolingüística en España

La situación de la lengua castellana en España en los textos jurídicos y administrativos, en lo que se

refiere al ámbito de las Comunidades Autónomas con lenguas distintas al castellano es bastante

dispar. [cita requerida]

Tal y como estableció la Ley de normalización lingüística de 1983, la lengua de la administración (y

por tanto de la justicia) es el vernáculo. En cuanto a la administración, se ha conseguido que la

lengua oficial lo sea, hasta tal punto que si se escribe una instancia a la administración pública en

castellano, deberá ser contestada en catalán, vasco o gallego, a no ser que se exprese

explícitamente lo contrario.

En la justicia, la situación es muy diferente. El castellano es la que vehicula los conceptos jurídicos.

La causa es que gran parte de los recursos y de la normativa se encuentran en lengua castellana.

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3.- LOS TEXTOS ADMINISTRATIVOS Y JURÍDICOS

3.1.- EL LENGUAJE EN LOS TEXTOS ADMINISTRATIVOS Y JURÍDICOS

Es un lenguaje fuertemente convencional al que es difícil acceder sin una preparación previa. Se distingue por su distanciamiento y dificultad, lo que le impide muchas veces ser un vehículo de comunicación con los ciudadanos. En ellos predomina un discurso conservador yestereotipado y suelen organizarse de forma sistemática, coherente y formalizada.

-Conservadurismo lingüístico, que se manifiesta, sobre todo, en el uso frecuente de arcaísmos. Uso del futuro de subjuntivo, tanto imperfecto como perfecto.

Los latinismos son prueba de la influencia que el Derecho Romano ha ejercido sobre nuestra legislación actual. Además son frecuentes laslocuciones, aforismos y máximas latinas, por su carácter conservador, conciso y sentencioso. Son habituales, también, las palabras originadas a través de prefijos de carácter cultista.

-Lenguaje formalizado, como lo demuestra la abundancia de fórmulas fraseológicas, de construcciones perifrásticas, de locuciones prepositivas y adverbiales y de frases hechas y muletillas que funcionan como marcadores textuales que dotan al texto de coherencia. Son constantes las citas y referencias.

Existe una preferencia por las estructuras nominales frente a las verbales y por las formas verbales no personales. Asimismo, son muy utilizadas las oraciones impersonales con se y las pasivas reflejas. En ocasiones se emplea el denominado plural oficial.

-Léxico especializado.

· Los tecnicismos, de carácter monosémico y preciso.

· Las palabras compuestas por yuxtaposición.

· Los adjetivos especificativos y pospuestos.

· Las siglas.

· La proliferación de sinónimos.

-Sintaxis farragosa y reiterativa que provoca ambigüedad y falta de claridad. Las oraciones subordinadas condicionales y las coordinadas adversativas y disyuntivas son las más utilizadas. Son habituales las largas enumeraciones.

3.2.- TIPOLOGÍA DE LOS TEXTOS ADMINISTRATIVOS

-Actas

-Circulares

-Oficios

-Certificados

-Instancias

-Contratos

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3.3.- TIPOLOGÍA DE LOS TEXTOS JURÍDICOS

Los textos jurídicos pueden agruparse en dos grandes bloques:

Los textos legales

-Ley

-Decreto-ley

-Orden ministerial

-Resolución

Los textos procesales

-La demanda

-La sentencia

-El recurso

-Recurso de alzada

-Recurso de casación

-Recurso de amparo