análisis cojutepeque
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
INDICE.
CAPITULO 1. FORMULACION
1.1 OBJETIVOS
1.2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.3 JUSTIFICACION
1.4 ALCANCES
1.5 METODOLOGIA
CAPITULO 2. INVESTIGACION Y DIAGNOSTICO
2.1 ubicación geográfica
2.2 Delimitación Y ACCESO
2.3 Delimitación del área de estudio
2.4 ASPECTO HISTORICO
2.5 ASPECTO SOCIO-ECONOMICO
2.6 ASPECTO CULTURAL
2.7 ASPECTO LEGAL
2.8 ASPECTO BIOFISICO
2.8.1. ANALISIS DE SITIO
CAPITULO 3. PRONOSTICO
3.1 CUADRO DE NECESIDADES
3.2 DISEÑO DE ESCENARIOS
CAPITULO 4. SINTESIS – PROPUESTAS
4.1 SOLUCIONES ALTERNATIVAS
4.2 calendarización de actividades
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
1.1 OBJETIVOS
OBJETIVO PRINCIPAL.
Transmitir y promover los valores
culturales, expresados como
punto primordial en la sociedad, en
la ciudad de Cojutepeque.
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
- Dotar a la ciudad de
Cojutepeque de espacios
destinados y adecuados a
actividades que difundan la
cultura para la población.
- Identificar potencialidades y
ventajas de la zona de estudio,
para obtener una intervención
adecuada y eficiente, para
procurar los mayores beneficios
para la localidad a través dicha
intervención.
- Realizar propuestas eficientes y
orientadas al contexto actual y
real de la ciudad de
Cojutepeque, que permitan el
- desarrollo y apogeo de la
difusión de la cultura dentro de
la comunidad.
- Orientar las propuestas de
diseño urbano y arquitectónico,
para que se puedan utilizar como
guías e instrumentos al momento
de realizar los proyectos de
intervención.
- Promover la elaboración del
Plan Maestro del Casco Urbano
de la ciudad de Cojutepeque.
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
1.2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La necesidad del ser humano de
culturizarse, tanto como ser individual
como miembro de un grupo determinado
o sociedad determinada, es primordial
para que pueda desarrollar sus
facultades intelectuales y sociales.
Cuando en una ciudad o localidad
determinada se carecen de lugares
destinados a culturizar a la población
de dicho lugar, se contribuye de manera
negativa y directa a factores nocivos
para la sociedad como son la
ignorancia, alfabetización y
principalmente al poco o nulo
desarrollo intelectual y cultural de
dichas personas.
Como ciudad Cojutepeque posee
diversas problemáticas, de índole
urbana como arquitectónica, podemos
mencionar entre ellos a la inadecuada
infraestructura, la cobertura
incompleta de servicios básicos, la
saturación del comercio informal, estos
problemas afectan en gran parte al
casco urbano de la ciudad.
Esta situación viene derivada de muchos
factores como son: la falta de
normativa o leyes, que rijan el
crecimiento de asentamientos o el orden
en que estos van llevándose
a cabo, la cultura de la misma
población, sin olvidarnos de
que la ciudad de Cojutepeque es
considerada como ciudad dormitorio
por su cercanía a san salvador.
Todos esos elementos afectan a la
ciudad en cuanto a espacios en los
cuales puedan desarrollarse
adecuadamente actividades orientadas
a culturizar a la población. Por lo que
podemos deducir que el principal factor
es la carencia de espacios adecuados
orientados a la culturización de la
población en dicha ciudad.
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
JUSTIFICACION
La ciudad de Cojutepeque contiene
muchos factores que pueden
utilizarse para explotar sus
elementos culturales en espacios
destinados y adecuados para su
difusión.
Es una ciudad rica en historia, así
como también elementos como su
gastronomía, lugares de
esparcimiento, y la riqueza
arquitectónica de algunos de los
edificios del patrimonio de la
localidad, la vuelven un punto con
los suficientes atractivos
turísticos para proyectos de
carácter cultural.
Todos estos elementos motivan a
gestionarse los procedimientos
necesarios para poder llevar a
cabo una intervención urbanística
de dicha localidad, y con ello
generar beneficios para la
población tanto de manera
económica, y principalmente en lo
cultural y social.
Por su proximidad con la ciudad de
San Salvador, la accesibilidad a
dicha vocalía es otro
elemento que aumenta la
facilidad de su
potencializarían turística, hecho
que también afirma la factibilidad
de una intervención de tipo urbana,
cuyo objeto principal sea la
transmisión y expansión de la
cultura de dicha ciudad con el
público en general, ya sea local o
extranjero.
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
1.3 ALCANCES
Las pretensiones o metas que se
lograrán a través del gestiona
miento de la intervención en el
casco urbano de la ciudad de
Cojutepeque son las siguientes:
- En primer lugar, lograr que los
habitantes de esta ciudad, le
otorguen el valor real y
adecuado a la cultura como
elemento primordial en el
desarrollo de las personas, a
través de actividades que
promuevan la cultura de los
habitantes.
- El crecimiento en la economía de
la ciudad, ya que con los nuevos
proyectos se aumentará el
turismo tanto a nivel nacional
como internacional.
- Mejoramiento de la imagen
urbana actual del municipio de
Cojutepeque.
- Creación de más y mejores
oportunidades de empleo para la
gente de la ciudad, con el
aumento de la economía en base
al proyecto de
promoción de la
cultura del lugar,
aumentaran las ventas de
artesanías y productos propios
de la ciudad.
- Mejoramiento en la red vial y
vías de comunicación en general
del municipio, con las nuevas
propuestas de intervención que
se lleven a cabo.
- Generación de espacios para
actividades comerciales
adecuados, ordenados y
destinados únicamente para
tales fines, de manera que no
interfieran con el ordenamiento
del casco urbano.
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1.4-Metodología
Estructuración
CAPITULO 1
FORMULACIÓN
CAPITULO 2
DIAGNÓSTICO
CAPITULO 3
PRONÓSTICO
CAPITULO 4
PROPUESTAS
Planteamiento
del problema
JUSTIFICACIÓN
OBJETIVOS
ALCANCES
ASPECTO HISTÓRICO
Fundación
Acontecimientos
ASPECTO LEGAL
Leyes
Normas
ordenanzas
ASPECTO SOCIO-
ECONOMICO
Economía
Población
ASPECTO CULTURAL
Religión
Costumbres y
tradiciones
ANÁLISIS DE SITIO
Equipamiento
Mobiliario
Red Vial
CUADRO DE
NECESIDADES
DISEÑO DE
ESCENARIOS
Alternativas de
solición
ASPECTO BIO-Fisico
Clima
Vegetación
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Capítulo 2: Diagnostico y análisis
2.1-UBICACIÓN GEOGRAFICA.
Se encuentra a 34 km al oriente de San
Salvador, a 890 msnm en las faldas del Cerro de
las Pavas, tesoro natural. Su clima es fresco.
Anteriormente, cuando las calles eran empedradas
y había una adecuada filtración de agua hacia el
subsuelo, por las tardes y noches solía formarse
una densa capa de niebla, por lo que era conocida
poéticamente como "La Ciudad de las Neblinas". El
nombre emblemático aún persiste, aunque ahora
sólo eventualmente se cubre de neblina.
Cojutepeque tiene un área de 31,43 km2 y alberga
a 50,315 hab. Según censo del 2007 ocupando el
puesto número 28 en población.
EL MUNICIPIO SE DIVIDE EN 7 BARRIOS (El
Calvario, El Centro, San Nicolás, San José, San
Juan, Santa Lucía y Concepción);
7 cantones y 9 caseríos, siendo ellos (El Carrizal,
La Paz y El Sagrado Corazón), Jiñuco, Cujuapa, La
Palma, Los Naranjos, Ojos de Agua y Madre Cacao
2.2-DELIMITACIONES Y ACCESOS.
La ciudad de Cojutepeque se comunica por la
Carretera Panamericana con los municipios de El
Carmen y San Rafael Cedros y por carretera
pavimentada con los municipios de Monte San Juan,
San Cristobal y San Ramón; y por adoquinado mixto
con Santa Cruz Michapa. Cantones y caseríos se
enlazan por caminos vecinales a la cabecera
municipal. Su sitio turístico más importante es el
Cerro de Las Pavas, ubicado a 1,003.52 metrosobre
el nivel del mar; en este lugar los fieles
Católicos visitan el templo en honor a
la Virgen de Fátima, lugar de oración en
lo alto del cerro caracterizado por su
clima fresco, las ventas de
Yuca frita, café de altura, comida típica y
artesanías.
CUSCATLAN
COJUTEPEQUE
El salvador
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2 Corredor turístico cultural-Ana rosa arias Cojutepeque
2.3 DELIMITACION DEL AREA DE ESTUDIO
EL AREA DE ESTUDIO DEL CORREDOR TURISTICO
COMPRENDE DESDE EL PARQUE FRANCISCO MENENDEZ
HASTA EL PARQUE ALAMEDA SAN JUAN. LOS LIMITES
PARA EL PROYECTO DEL CORREDOR TURISTICO
COJUTEPEQUE SERIAN DESDE LA 4 AV SUR,
ABARCANDO LA 4 AV NORTE, YEGANDO HASTA 4AV.
ORIENTE Y AV SANTA ANA LIMITANDO CON LA IGLESIA
SAN SEBASTIAN, Y EL PARQUE RAFAEL CABRERA
YEGANDO HASTA LA ALCALDIA MUNICIPAL Y EL PARQUE
ALAMEDA SAN JUAN.
TODOS ESTOS ENCUANTO A LA ZONA A INTERVENIR
PARA REALIZAR EL PROYECTO.
ALGUNAS EDIFICACIONES DENTRO DE ESTA AREA SON
COMERCIAL FORMAL, LA IGLESIA SAN SEBASTIAN ES
PATRIMONIO CULTURAL, POR TANTO NO PUEDE SUFRIR
MODIFICACIONES. LOS PORTALES SON DE MUCHA
VISTOSIDAS DENTRO DEL ENTORNO POR TENER
TENDENCIA COLONIAL.
Monografía de Cuscatlán/1978|
Corredor turístico cultural-Ana rosa arias
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9 Cojutepeque
2.4-Datos históricos.
Esta población, la más importante del departamento
de Cuscatlán, fue fundada por indios yaquis o
pipiles en tiempos inmemoriales, pues como tal ya
existía en los duros momentos de la conquista
peninsular. Su nombre autóctono significa
literalmente "cerro de las pavas", que aún conserva,
en su versión al castellano, la eminencia volcánica
a cuyas faldas se fundó esta población.
El pueblo de Cojutepeque es uno de los más
antiguos de El Salvador, existiendo en tiempos
precolombinos desde que emigrantes náhuatles se
establecieran en cantón cujuapa el arenal y cantón
ojo de agua base de asentamientos nahuatles esto
se da en el siglo XI. Formaba parte del señorío
cuzcatleco, era sólo indígena y no fue hasta 1659
cuando comenzaron a llegar familias españolas. Ha
sido capital de la República en cuatro ocasiones
(1832, 1834, 1839, y de 1854 a 1858).
En San Salvador la noche del 24 de octubre de
1832, el 31 del mismo mes, las autoridades del
Estado se trasladaron a Cojutepeque, donde
permaneció hasta el 10 de diciembre de ese año, en
1834, siendo Jefe de El Salvador don Joaquín San
Martín, dispuso a trasladarse a Cojutepeque,
disgustado con motivo de la presencia de las
autoridades federales en San Salvador y allá
permanecieron las del estado hasta la derrota de
San Martín, a fines de junio de dicho año.
En 1854 hubo tanta destrucción en la capital, que
las autoridades se trasladaron a Cojutepeque por
cuatro años.
En la plaza de San Juan existió,
hasta principios de este siglo, una
hermosísima ceiba, a la que cantó con inspirados
versos el bardo lugareño Rafael Cabrera: "La Ceiba
de mi Pueblo", "Poema de la Nostalgia". El nombre de
Rafael Cabrera está unido, en la inmortalidad, al
de Ana Rosa Arias, como "Los poetas novios de
Cuscatlán"
Periodo colonial
Cuando hacia mediados del siglo XVI (1550) las
autoridades de la Real Audiencia de los Confines
procedieron a empadronar los pueblos de indios o
de encomiendas, encontraron que en Cojutepeque
habitaban alrededor de 2,200 personas. Este
pueblo, como otros comarcanos, fue encomendado
para su evangelización a los monjes del convento
de Santo Domingo de San Salvador, quienes
edificaron las iglesias de San Juan Bautista, en
1612, y San Sebastián, en 1692. Concluida la obra
catequizadora, Cojutepeque fue cabecera de un
extenso curato o parroquia, sirviendo el primero de
los templos aludidos como iglesia parroquial.
Proceso de Independencia
Los indígenas de Cojutepeque secundaron con
heroísmo el primer Grito de Independencia de
Centro América. Al grito de "mueran los chapetones"
asaltaron la población, asesinaron a varios
españoles peninsulares, quemaron en la plaza
pública el tabaco almacenado en la Tercena y
destruyeron un molino de caña de azúcar que había
en las márgenes del río Cujuapa. El 30 de noviembre
de 1811, fuerzas capitalinas al mando de Modesto
Chico recuperan la plaza y persiguieron a los
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10 Cojutepeque
rebeldes. Cuando estos sucesos tuvieron efecto,
eran teniente subdelegado don Manuel Díaz, desde
el 12 de abril de 1810, y cura párroco el presbítero
Juan Gómez Villegas, desde el 6 de febrero de
1805.
Título de villa
1787 obtuvo el título de villa, en 1970 era
cabecera de uno de los partidos de la antigua
intendencia de San Salvador.
Título de ciudad
El título de Ciudad le fue otorgado el 10 de
Noviembre de 1,846 por el Supremo Gobierno del
Estado, siendo Presidente el Licenciado Sr. Don
Eugenio Aguilar y Ministro el finado don José María
San Martín, en justa recompensa de la lealtad con
que sirvieron al Gobierno aquellos vecinos para
derrocar la administración de Malespín".
Fechas importantes
• 20 de noviembre de 1846: La villa de Cojutepeque
obtuvo el título de ciudad leal, por Decreto
Ejecutivo expedido el por el Presidente del Estado
licenciado don Eugenio Aguilar y refrendado por el
Ministro de Relaciones y Gobernación licenciado
don Francisco Dueñas.
• 17 de abril de 1854: Un terremoto destruyó
completamente a la ciudad de San Salvador, capital
del Estado, obligando al Presidente don José María
San Martín a trasladar temporalmente a la ciudad
de Cojutepeque la sede del Gobierno. Cojutepeque
fue la capital interina de El Salvador hasta el 28
de junio de 1858 fecha en que el Senador don
Gerardo Barrios, a la sazón Encargado del
Supremo Poder Ejecutivo, emitió en
esta ciudad un Decreto ordenando
la traslación de las autoridades a la antigua
ciudad de San Salvador, lo que se efectuó el día
siguiente.
• 12 de noviembre de 1861: el Supremo Gobierno
que presidía el capitán general don Gerardo
Barrios, expidió el “Reglamento de Gobernadores,
Jefes de Partido, Concejos Municipales, Alcaldes y
Jueces de Paz”, en cuyo artículo 1ero se establece
que el departamento de Cuscatlán está constituido
por los distritos de Cojutepeque, Suchitoto e
Ilobasco, y que es cabecera y residencia de su
Gobernación, la ciudad de Cojutepeque.
Anteriormente la cabecera departamental
correspondía a Suchitoto.
• 23 de noviembre de 1949: Quedó terminada la
artística gruta donde fue colocada la imagen de
Nuestra Señora del Rosario de Fátima.
• 25 de noviembre de 1949: A las 16 horas y media,
se realizó la entronización de Nuestra Señora del
Rosario de Fátima en la gruta.
• 27 de abril de 1929: En la parte sur del Cerro de
las Pavas la Asociación Nacional de
Telecomunicaciones (ANTEL) instaló una antena
repetidora de microondas.
• 28 de agosto de 1982: Se inaugura el
adoquinamiento mixto de la Calle del Cerro de las
Pavas. Esta obra inició el 1 de octubre de 1979. El
Alcalde Daniel Antonio Velasco.
• 13 de febrero del 2001: Un fuerte terremoto
daña gran parte la ciudad. El Cerro de las pavas en
la zona más vulnerable, la gruta de la Virgen de
Fátima fue destruida y en su lugar se construyó un
santuario donde se encuentra otra imagen de la
Virgen de Fátima, traída de España.
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2 Cojutepeque
2.5-Aspecto socio-económico.
Características socio-económicas
Dentro del departamento de Cuscatlán, El municipio
de Cojutepeque es donde se encuentra la mayor
concentración de la población económicamente
activa, se debe a que tiene mayor población además
de concentrar la mayor parte de la industria
manufacturera y el comercio al por mayor y menor.
Actividad productiva del municipio
• Producción agropecuaria: los productos
agrícolas de mayor cultivo son el fríjol, maíz,
arroz, caña de azúcar, naranja, café.
• Industria y comercio: se elabora el dulce de
panela, productos lácteos, embutidos y sombreros
de palma.
• Comercio local: existen almacenes, ferreterías,
abarroterías, bazares, tiendas, restaurantes, y
otros pequeños negocios.
• Comercio informal: se ha proliferado en los
últimos años los vendedores ambulantes.
Dentro de los sitios con quien se comercializa están
las Cabeceras municipales de Santa Cruz Michapa,
El Carmen, San Rafael Cedros, Monte San Juan,
San Cristóbal, San Ramón y Candelaria.
Cojutepeque es conocido por la comercialización de
los embutidos el cual lo realizan en toda la
república y en el extranjero.
El gráfico muestra la población económicamente
activa, sobresaliendo la actividad comercial, en él
se incluyen comunicaciones, transportes,
restaurantes, instituciones financieras y
administración pública.
ANALISIS DE POBLACION
Para poder analizar las características de la
población es necesario tomar la referencia general
y luego la específica, siendo esta la población del
departamento y la del municipio respectivamente. El
siguiente cuadro muestra la población del
departamento de Cuscatlán.
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2 Cojutepeque
Según el último censo de población se hacía una
Proyección de la población para el año1997 de196,
413 habitantes. Haciendo una densidad poblacional
de 260hab/km2.
El Municipio de Cojutepeque posee la siguiente
población que se muestra en el cuadro.
Se estimó que para el año 1997 se tendría una
población de 50,592 habitantes. Llegando a tener
una densidad de población de 1610 hab/km². A
continuación se muestran los gráficos de población
por edad y sexo, para el municipio en el que se
comprueba la proyección de población de los datos
anteriores.
Corredor turístico cultural-Ana rosa arias
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2 Cojutepeque
FUENTE: SISTEMAS BASICOS DE SALUD INTEGRAL
SIBASI.
La población femenina para el año 2001 fue de
27399, el grafico muestra que existe más población
entre las edades de 20 a 29 años, En cuanto a la
clasificación masculina se tiene lo siguiente.
FUENTE: SISTEMAS BASICOS DE SALUD INTEGRAL
SIBASI.
F u e n t e c e n s o p o b l a c i o n a l 1 9 9 2
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2 Cojutepeque
INFRAESTRUCTURA
SERVICIOS PUBLICOS
Los servicios públicos con los que cuenta
Cojutepeque son:
Mercado, rastro, correo, telecomunicaciones,
agua potable, alumbrado eléctrico,
alcantarillado, buses, aseo, agencias bancarias,
Alcaldía Municipal, Hospital Nacional, clínicas
asistenciales, consultorios de ISSS, guardería
infantil, Caja de Crédito, Juzgado de Paz, y
Primera Instancia, Cámara de la Segunda Sección
del Centro, radiodifusoras, cuerpo de seguridad,
parques, canchas deportivas, centros escolares,
Policía Nacional Civil (PNC), Cuerpo de Bomberos y
una Oficina de Turismo, Administración Nacional de
Acueductos y Alcantarillados (ANDA)
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2 Cojutepeque
EDUCACION
LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE CUENTA CON LA ESCUELA
VOCACIONAL NUEVA VIDA, DOS ESCUELAS ESPECIALES, UN
INSTITUTO NACIONAL, CINCO COLEGIOS PRIVADOS, NUEVE
ESCUELAS PUBLICAS, Y UNA BIBLIOTECA MUNICIPAL.
Fundación Nueva Vida:
Gracias al filantropisimo del ing. Joaquín Novoa
Hernández, y con la ayuda de un gran grupo de
cojutepecano, se ha edificado la escuela vocacional
Nueva Vida, cuya meta es rescatar a niños y jóvenes
propensos a caer en vicios o ingresar a pandillas;
sobre todo de zonas marginales y de escasos
recursos; las pretensiones son desarrollar
programas de mecánica automotriz, costura,
computación, radio, televisión, carpintería,
fontanería y otros. Se ubica al costado poniente del
polideportivo, en terreno dado en comodato por el
actual concejo municipal.
SALUD
LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE CUENTA CON UN NUEVO
MODERNO HOSPITAL PRIVADO, TAMBIEN UN HOSPITAL
NACIONAL.
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2 Cojutepeque
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18 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
2.6- aspecto cultural.
Conjunto de elementos de índole material o
espiritual, organizados lógica y coherentemente
que incluye los conocimientos , las creencias, el
arte, la moral,el derecho, los usos y costumbres y
todos los hábitos aprendidos por los hombres en
su condición de miembros de una
sociedad.(diccionario océano, edición 1990).
El pueblo de Cojutepeque es uno de los más
antiguos de El Salvador, existiendo en tiempos
precolombinos desde que emigrantes nahuatles se
establecieran en cantón cujuapa el arenal y cantón
ojo de agua base de asentamientos nahuatles esto
se da en el siglo XI. y Formaba parte del señorío
cuzcatleco, era sólo indígena y no fue hasta 1659
cuando comenzaron a llegar familias españolas. Tradiciones y CostumbresEl día típico Las
fiestas venían declinando en la primera mitad del
Siglo XX. Esa declinación dio motivo a una serie de
pláticas privadas de jóvenes de los años 39 y 40
del siglo pasado para ver qué innovaciones podrían
introducirse a las fiestas de los cojutepecanos.
Fue así como en los primeros días del mes de
noviembre de 1940 se acordó celebrar el día típico
en donde se corona la reina del patrimonio del
departamento de Cuscatlán:“reina de la caña de
azúcar”, con cohetes, música de guitarras,
carrozas.
compuesta por J.Armando Dueñas la “canción
típica” de Cojutepeque, en la cual reza
a estrofa –“17 de enero glorioso,
los muchachos alegres están,
anuncia el pueblo de cojute, que llega el momento
de gran ansiedad”.
Las costumbres de esta festividad han cambiado en
distintos aspectos. Antes el día típico se
caracterizaba porque las personas asistentes al
baile, que se realizaba en las noches, se vestían
típicamente con pañuelos y sombrero. Las mujeres
vestían trajes con mucho
colorido, con trajes
de manta.
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19 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
Actualmente esta tradición se
ha ido perdiendo, ya que ahora no se ve este tipo de
vestuario.
En la actualidad se desarrolla el tradicional
desfile típico, donde las reinas de los distintos
barrios, colonias o instituciones desfilan en
carretas artísticamente decoradas con elementos
alusivos a la producción de la caña de azúcar y
vistiendo trajes típicos.
ACTIVIDADES RECREATIVAS
Alboradas
Serenatas
Juegos recreativos
Bailes populares
Coronación de la reina
ACTIVIDADES COMERCIALES
Ventas de golosinas
Ventas de refrescos
Venta de dulces típicos
Venta de calzado
Ventas de cereales
Transacciones de ganado vacuno y porcino
ACTIVIDADES RELIGIOSAS
MISAS
Rosarios
Procesiones de los santos patrones
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20 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
FESTEJOS
FECHA
EVENTO
DESCRIPCIÓN
16 al 31de
enero
FESTEJOS
PATRONALES
se celebran procesiones en honor de la Inmaculada Concepción de María y
San Sebastián Mártir, los patronos de la cabecera departamental. La
celebración comienza cada sábado con un desfile de carretas típicas que
recorre las principales calles; Además, es coronada la reina de la caña
de azúcar, quien junto a las autoridades locales preside las
celebraciones a desarrollar durante los festejos.
En el desfile participan 27 carretas alusivas a las diferentes tradiciones
y costumbres de los cojutepecanos, y cada una va con su respectiva
reina.
también incluyen actividades culturales y de diversión que se desarrollan
en los diferentes barrios y colonias de la ciudad.
18 y 21 de Enero
Procesión de
"las conchitas"
la procesión de las imágenes de la Inmaculada Concepción conocidas como
"las conchitas", que recorren las principales calles de la ciudad, saliendo
de la Iglesia "El Calvario". La carroza de las "Conchitas" es conocida como
"la nube" el día 18 y 21 del mismo mes. Es muy característico el
descubrimiento, donde una de las imágenes que va oculta a lo largo de la
procesión, se descubre a los feligreses en la esquina sur-oeste del parque
Rafael Cabrera. Al momento del descubrimiento hay fuegos artificiales y
toca la banda regimental, posteriormente se reza una Salve en cada esquina
de dicho parque.
13 de mayo
Peregrinación en
honor a la
virgen de Fátima
En El Salvador se le rinde veneración a la virgen de fátima especialmente
en Cojutepeque, sus santuario se encuentra en el Cerro de las Pavas que
el 13 de Mayo de cada año se convierte en lugar de peregrinacion y de
fervor católico que dura hasta el fin de semana siguiente.
15 AGOSTO
LA FERIA DE
AGOSTO
Dedicada a San Juan Bautista, conocida como "la feria de agosto".
Durante 19 días –del 15 de agosto al 4 de septiembre– la localidad vive un
ambiente festivo, donde los juegos mecánicos, las ventas de dulces, las
tostadas y los elotes locos son infaltables.
Se instalan ventas de dulces típicos, golosinas y el circo,juegos mecánicos
funcionando en el centro de la ciudad donde también están las ventas de
artesanías y los comerciantes de comida y otras golosinas.
Desde el primer día de fiesta, la alcaldía organizada diferentes
actividades para la diversión de sus habitantes, que incluyen el desfile del
correo y las ferias artesanal y ganadera.
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21 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
GASTRONOMÍA
En Cojutepeque encontrará varios platillos típicos,
pero los más conocidos son sus embutidos
(chorizos, butifarras y salchichones), que es por
tradición comerciado en los autobuses
interurbanos que transitan por la Carretera
Panamericana, en los mercados .Los chorizos de
Cojutepeque son bien conocidos en todo el país: de
hecho, es posible comprarles en muchas ciudades de
El Salvador, y no solamente en Cojutepeque. Los
chorizos son hechos de carne de cerdo, carne de
res, sal, especias y hierbas, achiote, sal de cura, y
otros preservantes.
Sin olvidar los diferentes platillos nacionales
como tamales, pupusas, yuca frita, atoles, de
deleite de toda la población de Cojutepeque.
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22 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
2.7 ASPECTO LEGAL
El aspecto legal abarca las ordenanzas, leyes y
normativas en general que atañen la realización del
proyecto del corredor cultural, asi como también sus
repercusiones durante el tiempo de su ejecución, y
también cuando sea una realidad dentro del casco
urbano de la ciudad de Cojutepeque.
Es importante mencionar que solo se han incluido dentro
de este apartado aquellos artículos y disposiciones
legales que tienen influencia en la zona en que se
pretende llevar a cabo el proyecto del corredor
cultural, ya que en las ordenanzas que se mencionaran
a continuación se incluyen muchos artículos en los
cuales se menciona las zonzas afuera del casco urbano
y la parte rural incluyendo zonas naturales propias del
Cerro de las Pavas.
A continuación develamos los artículos y apartados que
corresponden a las ordenanzas municipales de
cojutepeque que tienen relación directa con el proyecto
del corredor cultural:
ORDENANZA PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
DEL MUNICIPIO DE COJUTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE
CUSCATLÁN.
TITULO I
ASEO MUNICIPAL
CAPITULO I
CONCEPTOS GENERALES
ARTÍCULO 1: Para efectos de la presente Ordenanza se
entiende como residuos sólidos todos aquellos
desechos que no son gaseosos ni líquidos, resultantes
de las actividades públicas, comerciales, industriales,
agrícolas, hospitalarias y domésticas.
ARTÍCULO 3: Serán consideradas como basuras no
domiciliarias:
a) Los residuos o cenizas industriales
de fábricas o talleres
b) Los desechos de hospitales, funerarias y clínicas
c) Los desperdicios de mataderos, mercados,
laboratorios y demás establecimientos públicos y
privados
d) El estiércol de los establos, granjas y corrales
e) Los desperdicios de los establecimientos del ramo de
hotelería y restaurantes, salvo lo dispuesto en artículo
anterior
f) Los animales muertos
g) Los restos de mobiliario, jardinería o poda de
árboles, salvo lo dispuesto en el artículo anterior
h) Cualquier otro producto análogo
ARTÍCULO 4: Se consideran materiales y residuos
procedentes de limpieza o barrido de aceras, a aquellos
que se obtengan con motivo de la actividad de limpieza
de las mismas, efectuado por los particulares o
realizado de oficio por la Municipalidad con arreglo a
lo establecido en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 5: Es competencia de esta Municipalidad:
a) Prestar el servicio de recolección de residuos
domiciliarios, barrido de calles, el cual se ofrecerá a la
Comunidades en la medida de las posibilidades
económicas, dependiendo de la ayuda del Gobierno
Central, Gobierno Municipal e Instituciones no
Gubernamentales, aplicando la respectiva tasa o
impuesto municipal.
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23 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
b) La limpieza de parques, plazas, mercados, zonas
verdes y paseos públicos municipales
c) Conceder la autorización correspondiente para el
depósito de los desechos provenientes de las
actividades numeradas en el artículo primero de la
presente Ordenanza, previa calificación de dichos
desechos.
d) Autorizar a personas naturales o jurídicas la
prestación del servicio de recolección de residuos
sólidos, previa calificación.
ARTÍCULO 6: Para la recolección de desperdicios
sólidos no domiciliarios, El Concejo Municipal podrá
establecer el correspondiente servicio. El referido
servicio podrá prestarse en cualquiera de las formas
legalmente establecidas, incluso por concesión o
Convenio.
CAPITULO II
DEL ASEO DE LAS VIAS PUBLICAS URBANAS Y RURALES Y
CONTROL DE RUIDOS
ARTICULO 7: Toda persona natural o jurídica tiene la
obligación de mantener permanentemente aseada la acera
y arriates en todo el frente del inmueble que ocupa, ya
sea como propietario, arrendatario o poseedor a
cualquier título, barriéndola diariamente de escombros,
malezas y obstáculos que impidan el libre tránsito
peatonal.
ARTICULO 8: El barrido de las aceras se hará en el
sentido de afuera hacia dentro del inmueble y no hacia
el exterior, recogiéndose el producto que deberá
depositarse junto con la basura domiciliaria.
ARTÍCULO 9: Se prohíbe botar a las calles, aceras,
tragantes, acequias, causes de ríos o canaletas, plazas.
Parques, y demás lugares públicos, excretas, basuras o
desperdicios de cualquier tipo, escombros y demás
desechos, así como el vaciamiento o
escurrimiento de aguas servidas hacia la
calle; así mismo se prohíbe la quema de basura u otros
desechos y hacer depósitos de los mismos en lugares no
autorizados por la Municipalidad.
Los desperdicios y basuras deberán ser enterrados
durante no se preste el servicio de recolección.
Los escombros u otros materiales sólo podrán
depositarse en la vía pública, previo permiso Municipal.
ARTÍCULO 10: Las personas que ordenan o hagan cargar
o descargar cualquier clase de mercaderías o
materiales, deberán barrer y retirar los residuos que
hayan quedado en la vía pública. Si se desconociere la
persona que dio la orden, se hará responsable al
conductor o el propietario del vehículo y a falta de
éstos, lo será el ocupante de la propiedad donde se haya
efectuado la carga o descarga.
ARTÍCULO 11: El depósito de materiales de construcción
en las aceras, calles correspondientes para obras que
se ejecuten con la licencia respectiva, podrán hacerse
por cinco días, sin permiso de esta Alcaldía,
necesitándose una autorización para un término mayor,
en cuyo caso no podrá exceder de quince días, vencido
el plazo deberá dejarse completamente limpio el espacio
ocupado. Esta autorización no podrá concederse cuando
el depósito de dichos materiales ponga en peligro la
seguridad de los peatones.
En caso de demolición de edificaciones se tendrá en
cuenta la seguridad de los peatones, la limpieza de ripio
estará a cargo del propietario del inmueble.
Cualquier institución pública o privada, o el propietario
del inmueble que llevare a cabo trabajos en aceras,
calles o cualquier lugar público, tendrán la obligación
de completar el trabajo y de limpiar el ripio O desechos
que hubiese producido dicha obra.
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24 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
ARTICULO 12: Los vendedores de frutas, alimentos,
golosinas y otros artículos, mercaderías o especies
similares situados en lugares públicos, deberán tener
constantemente aseado todo el espacio que ocupen y sus
alrededores; el depósito de la basura o de cualquier
otro desecho proveniente de su actividad, deberá
hacerse en bolsas plásticas que reúnan los requisitos
indicados en el Artículo treinta y uno de esta
Ordenanza, depositadas en un recipiente.
ARTÍCULO 13: Se prohíbe lavar ropa y derramar aguas
sucias de cualquier naturaleza en aceras y calles de la
ciudad.
ARTÍCULO 14: Los vehículos que transportan
desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales o
mercaderías, ya sean sólidos o líquidos que puedan
escurrir o caer por la vía pública, estarán constituidos
o llevarán los dispositivos necesarios en forma que ello
no ocurra; pero si por causa alguna se produjera el
escurrimiento o caída de los transportado, deberá el
conductor o propietario del vehículo asear la zona
afectada.
ARTICULO 15: Todo propietario de inmueble urbano o
rural sin edificar o baldío deberá mantenerlo limpio de
maleza, basura u otros desechos.
En caso de que no cumplirse esta obligación, la Alcaldía
deberá prevenir al dueño del inmueble para que éste, en
un término de cuarenta y ocho horas cumpla con lo
establecido en este Artículo; en caso contrario, la
Municipalidad procederá a efectuar dicha limpieza,
cargando el costo de la misma a la cuenta que por el
inmueble que se registre, más la multa correspondiente.
Del mismo modo se procederá al no encontrarse el
dueño del inmueble.
ARTÍCULO 16: Se prohíbe efectuar trabajos de mecánica
en la vía pública que no sean de emergencia; así como
cualquier otro trabajo que impida el libre tránsito
peatonal o vehicular.
ARTÍCULO 17: En todo establecimiento
que por la naturaleza de su actividad se
produzca una gran cantidad de papeles u otros
desechos, tales como lugares de venta de helados,
cafeterías, tiendas o de otros similares, deberán tener
recipientes apropiados para que el público deposite en
ellos dichos desperdicios.
Así mismo deberán observar la obligación antes
señalada, todos los propietarios de terminales y
unidades del transporte público ubicadas en esta
comprensión, debiendo mantener limpio el sector
correspondiente.
ARTÍCULO 18: Se prohíbe evacuar las materias fecales y
urinarias en las calles, aceras y demás lugares
públicos.
ARTICULO 19: Se prohíbe el establecimiento de
Explotaciones pecuarias (Porcinos, Cerdos, Bovinos y
Ovíparo) en las zonas urbanas.
ARTÍCULO 20: Toda persona dueña de animales
domésticos, tales como cerdos, perros, gatos y otros,
tendrán obligación de mantenerlas en casa y en lugares
adecuados, también de limpiar todas las suciedades que
éstos generen en la vía pública, parques o zonas verdes.
ARTICULO 21: Se prohíbe botar en las aceras, cunetas y
calles residuos de aceites y grasas provenientes de
gasolineras, talleres automotrices u otros similares, así
como otras grasas o aceites de origen vegetales o
animal. .
ARTÍCULO 22: Incumplimiento a las normas de control de
ruidos; se prohíbe la producción de ruidos estridentes
por aparatos de sonido en zonas residenciales, centros
de salud, centros educativos, Iglesias; además accionar
pitos estridentes de autobuses, camiones o cualquier
tipo de vehículo, dentro de la ciudad.
TITULO II
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25 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
DE LA CONSERVACIÓN DE LA FAUNA Y LA FLORA
CAPITULO I
CONSERVACIÓN DE LA VIDA SILVESTRE.
ARTÍCULO 39: Esta ordenanza se regirá de acuerdo a lo
establecido en La ley de conservación de la vida
silvestre. La cual establece en el artículo; que es
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales el
responsable de la Aplicación de la presente ley, siendo
competencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería
las regulaciones de las actividades de comercialización
del mencionado recurso.
TITULO III
DE LAS SANCIONES.
CAPITULO IX
INFRACCIONES Y MULTAS
ARTÍCULO 66: Las infracciones a la presente Ordenanza
serán sancionadas con multas de CINCO 71/100
DOLARES a QUINIENTOS SETENTA Y UNO 43/100
DOLARES que el Alcalde o Concejo Municipal fijará
atendiendo a la gravedad de la infracción y el área
ambiental afectada de acuerdo a los siguientes incisos:
INCISO PRIMERO: Infracciones al uso Municipal, se
establecen tres clases de sanciones con sus respectivas
multas. Leves: Cinco 71/ l 00 Dólares. Menos Graves:
Once 43/100 Dólares, Graves: Cincuenta y siete 14/100
Dólares.
I. Son infracciones Leves:
* No tener aseada la acera y arriate en todo el frente
del inmueble.
* Por residuos y basura que hayan quedado en vía pública
al descargar o cargar materiales o mercaderías.
* Por no mantener y dejar aseado el
lugar que ocupen en la vía pública los
vendedores de fruta, golosinas y otros artículos.
* No mantener aseados de maleza y basura, los predios
baldíos en el radio urbano.
* Los establecimientos de venta de comida que no tengan
recipientes adecuados para depositar basura.
* Dejar suciedades en la vía pública de ganado que sea
transportado en la zona urbana.
II. Son infracciones Menos Graves:
* Mantener escombros, maleza, ripio y otros que impidan
el paso peatonal.
* Por botar en la calle, aceras, tragantes, quebradas,
ríos, plazas y demás lugares públicos, basura o
desperdicios de cualquier tipo y demás desechos; así
como el vaciamiento o escurrimiento de aguas servidas
hacia la calle.
* Los vehículos que transporten desperdicios, arena,
ripio, tierra u otro material, sólidos o líquidos, densos
o tóxicos; que caigan o escurran en vía pública. Los
cuales deben de transportarse cubiertos.
* Efectuar trabajos en la vía pública, que no sean de
emergencia.
* No mantener encerrados cerdos, perros, ganado u
otro animal domésticos.
III. Son infracciones Graves:
* Depositar materiales de construcción en las aceras,
calles para las obras que se ejecutan con licencia
respectiva y que violen el Artículo Doce de esta
Ordenanza.
* Demoler edificios sin tomar en cuenta la seguridad de
los peatones.
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26 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
* Por no realizar la limpieza de ripio o desechos por
obras realizadas en inmuebles.
* Evacuar materiales fecales y urinarios en calles,
aceras y demás lugares públicos.
INCISO SEGUNDO: Infracciones a la fauna y la flora
Se establecen tres clases de sanciones con sus
respectivas multas, Leves: Cincuenta y siete 14/ l 00
Dólares, Menos Graves: Ciento Catorce 28/ l 00
Dólares, Graves: Quinientos setenta y uno 43/100
Dólares.
La infracciones a la fauna, será regida según las leyes
respectivas de Medio Ambiente y Agricultura y Ganadería
I. Son Infracciones Leves:
* Dejar material inflamable en zonas que se puedan
provocar incendios forestales.
* Negarse a colaborar a apagar un incendio forestal.
* Depositar desechos inorgánicos fuera de los
basureros en el cerro de Las Pavas
II. Son infracciones Menos Graves:
* Efectuar quemas
* Traspasar licencias o permisos de talar un árbol a otra
persona.
* Cortar un árbol sin autorización o permiso.
* Negarse a presentar permiso de cortar un árbol
cuando sea solicitado por la autoridad competente.
III. Son infracciones Graves:
* Talar un Árbol sin autorización.
* Cortar más árboles de los autorizados.
* Utilizar el Área del cerro de Las Pavas para fines
agrícolas o ganaderos, sin la debida autorización.
Aunque los terrenos sean particulares
* Provocar incendios forestales.
* Cortar, destruir, dañar, arrancar: árboles, arbustos
u ornamentales en zonas verdes, parques y
especialmente en el cerro de Las Pavas
* La extracción de plantas del bosque natural del cerro
de Las Pavas.
* Extracción de ramas o árboles secos del cerro de Las
Pavas
ARTÍCULO 67: Además de la multa en que incurriesen los
infractores en caso de reincidencia la infracción será el
doble de la multa aplicada a la infracción anterior.
ARTÍCULO 68: El conocimiento de las infracciones de la
presente Ordenanza corresponderá al Alcalde
Municipal, previa denuncia verbal o escrita de cualquier
vecino o agentes de autoridad de esta municipalidad. El
conocimiento de las infracciones las podrá delegar a
una comisión formada por concejales.
ARTICULO 69: Para la fijación de la multa
correspondiente el infractor de algunas de las
disposiciones de la presente Ordenanza, el Alcalde o la
comisión iniciará el procedimiento buscará de oficio las
pruebas procedentes que considere necesarias.
De la prueba obtenida notificará en legal forma al
infractor para que comparezca dentro de sesenta y dos
horas siguientes a la notificación; si no compareciere en
su rebeldía objetiva a prueba por tres días y pasado
dicho término resolverá dentro de ocho días.
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27 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
Para dictar sentencia la Autoridad adquirirá su
convencimiento por cualquiera de los medios
establecidos por la Ley.
ARTÍCULO 70: Toda persona que sea sorprendida
infraganti por la Autoridad competente le será impuesta
una multa que el Alcalde o Concejo Municipal dictará,
la que deberá hacerse efectiva dentro del tercer día
contado a partir del día siguiente de su imposición en la
Tesorería de esta ciudad.
ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ASEO,
BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION
Y DISPOSICION FINAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS EN EL
MUNICIPIO DE COJUTEPEQUE,
DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.
TITULO I
OBJETO, AMBITO DE APLICACION Y DEFINICIONES
CAPITULO UNICO
Objeto
ART. 1.- La presente Ordenanza Municipal, tiene por
objeto evitar la contaminación del Municipio, regulando
el manejo integral de los desechos sólidos, con el
propósito de contribuir a la protección del medio
ambiente, mejorar las condiciones de salud de la
población y al mejoramiento de la estética de la ciudad.
Ámbito de aplicación
ART. 2.- Las presentes disposiciones será de obligatorio
cumplimiento para todos los habitantes del Municipio de
Cojutepeque, departamento de Cuscatlán y a los
visitantes del Municipio.
Definiciones
ART. 3.- Los conceptos y sus correspondientes
definiciones empleados en esta
Ordenanza, constituyen los términos
claves para la interpretación de la misma y se
entenderán en el sentido o significado que a
continuación se expresa:
Desechos Sólidos: Son aquellos materiales que al ser
descartados por la actividad del ser humano o
generados por la naturaleza, que no tiene una utilidad
inmediata para su actual poseedor, transformándose en
material indeseable.
Relleno Sanitario: Es el sitio proyectado, construido y
operado mediante la aplicación de técnicas de ingeniería
sanitaria y ambiental, en donde los desechos sólidos se
depositan, esparcen, acomodan, compactan y cubren con
tierra, el cual cuenta con drenaje de gases y líquidos.
Desechos Sólidos Domiciliados: Son todos aquellos que
tienen características como sigue:
a. Los desperdicios de la alimentación y
el consumo doméstico.
b. Los envoltorios y productos de papel
procedentes de los establecimientos
industriales, comerciales y públicos
cuando puedan ser recogidos en un
recipiente.
c. Los escombros procedentes de
pequeñas reparaciones o el producto
de la poda de plantas y otras labores
de jardinería, siempre que tales
residuos no excedan la capacidad de lo
dispuesto en el Art. 21 de esta
Ordenanza.
d. El producto del barrido de calles y
aceras.
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28 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
e. Las cenizas resultantes de la cremación
de cualquiera de los materiales antes
mencionados.
Desechos Sólidos no Domiciliados: Son aquellos que
tengan las siguientes características:
f. Los residuos o cenizas industriales
provenientes de las actividades en
fábricas, industrias, talleres, etc.
g. Los desechos de hospitales,
funerarias, clínicas, etc.
h. Los desperdicios de mataderos,
hoteles, mercados, laboratorios y
demás establecimientos públicos
similares.
i. El estiércol de tiangues, establos,
granjas y corrales.
j. Los desperdicios de los
establecimientos del ramo de
hotelería.
k. Los cadáveres de animales.
l. Los restos de mobiliario, jardinería o
poda de árboles, salvo lo dispuesto en el
artículo anterior, y
m. Cualquier otro producto análogo.
Limpieza y Barrido de aceras
ART. 4.- Se considera materiales y desechos procedentes
de la limpieza o barrido de aceras, aquellos que se
obtengan con motivo de la actividad de limpieza de las
mismas, efectuando por los particulares o realizado de
oficio por la Municipalidad con arreglo
a lo establecido en la presente
Ordenanza.
TITULO II
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
CAPITULO I
OBLIGACIONES
Obligaciones de la Municipalidad
ART. 5.- Es obligación de la Municipalidad prestar:
a. El servicio de recolección de Desechos
Sólidos Domiciliarios, barrido de
calles, limpieza de arriates centrales
barrancas, caminos vecinales y
disposición final de basuras;
b. La limpieza de parques, plazas,
mercados, zonas verdes y paseos
públicos municipales;
c. Conceder la autorización
correspondiente para el depósito de
los desechos provenientes de las
actividades numeradas en el artículo
primero de la presente Ordenanza previa
calificación de dichos desechos sólidos; y
d. Autorizar a personas naturales o
jurídicas la prestación del servicio de
recolección de residuos sólidos previa
calificación.
Del servicio de recolección
ART. 6.- Para la recolección de desechos sólidos no
domiciliarios, el Concejo Municipal podrá establecer el
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29 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
correspondiente servicio. El referido servicio podrá
prestarse en cualquiera de las formas legalmente
establecidas incluso por concesión o convenio.
Obligación de mantener aseado
ART. 7.- Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de
mantener permanentemente aseada la acera y arriates en todo
el frente del inmueble que ocupa, ya sea como propietarios,
arrendatario o poseedor a cualquier título, barriéndolas
diariamente de escombros, malezas y obstáculos que impidan
el libre tránsito peatonal.
Del barrido
ART. 8.- El barrido de las aceras se hará en el sentido de
afuera hacia adentro del inmueble y hacia el exterior,
recogiéndose el producto que deberá depositarse junto con
los desechos sólidos domiciliarios.
Obligación de retirar desechos
ART. 9.- Las personas que ordenen cargar o descargar
cualquier clase de mercaderías o materiales, deberán barrer
y retirar los desechos sólidos que hayan quedado en la vía
pública después de la operación. Si se desconociere la
persona que dio la orden, se hará responsable al conductor
o el propietario del vehículo y a falta de éstos, lo será el
ocupante de la propiedad donde se haya efectuado la carga o
descarga.
Materiales de construcción
ART. 10.- El depósito de materiales de construcción en las
aceras correspondientes para obras que se ejecuten con la
licencia respectiva, podrá hacerse por cinco días, sin permiso
de esta Alcaldía, necesitándose una autorización para un
término mayor, en cuyo caso no podrá exceder de quince días,
vencido el plazo deberá dejarse completamente limpio el
espacio ocupado. Esta autorización no podrá concederse
cuando el depósito de dichos materiales pongan en peligro la
seguridad de los peatones.
En el caso de demolición de edificaciones se tendrá en cuenta
la seguridad de los peatones, la limpieza
del ripio será responsabilidad del
propietario del inmueble.
Cualquier Institución pública o privado o el propietario del
inmueble que llevare a cabo trabajos en aceras, calles o en
cualquier lugar público, tendrá la obligación de completar el
trabajo cuanto antes y de limpiar el ripio o desechos sólidos
que hubiese producido dicha obra.
Obligaciones de vendedores
ART. 11.- Los vendedores de frutas y otras especies similares
situados en lugares públicos deberán tener constantemente
aseado todo el espacio que ocupa la venta y sus alrededores:
el depósito de la basura o de cualquier otro desecho
proveniente de su actividad, deberá hacerse en bolsas
plásticas que reúnan los requisitos indicados en el Art. 31 de
esta Ordenanza.
Esta obligación deberá ser observada además por aquellas
personas que se dediquen a la venta de alimentos, golosinas
y otros artículos o mercaderías que originen desechos.
De inmuebles urbanos y rurales
ART. 12.- Todo propietario de inmueble urbano o rural sin
edificar o baldío deberá mantenerlo limpio de maleza, basura
u otros desechos. En caso de no cumplirse con esta
obligación, la Alcaldía deberá prevenir al dueño del
inmueble para que éste, en un término de cuarenta y ocho
horas cumpla con lo establecido en este artículo; en
caso contrario, la Municipalidad procederá a efectuar
la limpieza cargando el costo de la misma a la cuenta
que por el inmueble se registre, más la multa
correspondiente. De igual manera se procederá al no
encontrarse el dueño del inmueble.
Obligación a propietarios de establecimientos
ART. 13.- En todo establecimiento que por naturaleza de
su actividad se produzca una gran cantidad de papeles
u otros desechos, tales como ventas de helados,
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30 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
cafeterías y otros similares, deberán tener recipientes
apropiados para que el público deposite en ellos dichos
desperdicios.
Así mismo deberán observar la obligación antes
señalada, todos los propietarios de terminales de
unidades de transporte público ubicadas en esta
comprensión, debiendo mantener limpio el sector
correspondiente.
Dueños de animales
ART. 14.- Toda persona dueña de animales domésticos,
tales como perros, gatos y otros, tendrá la obligación
de limpiar todas las suciedades que éstos produzcan en
la vía pública y/o recoger la basura que hallándose
colocado adecuadamente en los depósitos
correspondientes, la derramaren en las aceras o calles
de la ciudad.
Así mismo toda persona que transporte ganado u otros
animales quedará obligado a limpiar las suciedades que
éstos produzcan en la vía pública.
CAPITULO II
PROHIBICIONES
Prohibición
ART. 15.- Se prohíbe depositar en las calles, aceras,
acequias, canales, cauces de ríos o quebradas, así como
en plazas, parques y cualquier lugar público:
a. Excretas o cualquier otro desecho
sólido;
b. Escombros o desperdicios de
cualquier tipo: y
c. Descargas de aguas servidas; Aguas
sucias.
ART. 16.- Se prohíbe lavar ropa y
derramar aguas sucias o contaminadas
de cualquier naturaleza en las aceras y calles de la
ciudad.
TITULO IV
SANCIONES
CAPITULO UNICO
SANCIONES
De las Infracciones
ART. 37.- Las infracciones a la presente Ordenanza
Municipal son:
a. Tirar los desechos sólidos en las
calles y plazas públicas;
b. Mantener materiales de construcción
o ripio, por un tiempo mayor del
establecido en la presente Ordenanza,
sin permiso previo.
c. El incumplimiento de los Art. 23 y Art.
24 de esta Ordenanza.
d. El botar basura en predios baldíos.
e. El incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones establecidas en esta
Ordenanza.
De las Multas
ART. 38.- Las multas que se impondrán a los infractores
a esta Ordenanza serán de DIEZ COLONES HASTA DIEZ
MIL COLONES como máxima, y el monto se fijará de
acuerdo a la gravedad de la infracción y la capacidad
económica del infractor.
Esta multa podrá permutarse por arresto administrativo
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31 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
en la forma establecida en el Código Municipal y la
Constitución de la República.
Del Procedimiento
ART. 39.- El procedimiento será el establecido en los
artículos 131 y siguientes del Código Municipal.
ART. 40.- Las multas que se impongan en virtud de esta
Ordenanza ingresará al Fondo Municipal y en caso
podrán permutarse con arrestos que no excederán de
quince días.
TITULO IV
DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIA
Autoridad Pública
ART. 41.- Todo agente de autoridad pública deberá velar
por el fiel cumplimiento de lo establecido en la presente
Ordenanza, así como también cualquier vecino de la
Municipalidad, debiendo dar aviso a las Autoridades
Municipales correspondientes de toda infracción que
tuviere conocimiento.
LEY ESPECIAL DE PROTECCION AL PATRIMONIO CULTURAL
DE EL SALVADOR
CAPITULO I
CAMPO DE APLICACION
Finalidad
Art. 1.- La presente Ley tiene por finalidad regular el
rescate, investigación, conservación, protección,
promoción, fomento, desarrollo, difusión y valoración
del Patrimonio o Tesoro Cultural Salvadoreño, a través
del Ministerio de Educación o de la Secretaría de Estado
que tenga a su cargo la Administración del Patrimonio
Cultural del País, quien en el transcurso de la presente
ley se denominará el Ministerio.
Para los efectos de la presente ley,
Patrimonio Cultural y Tesoro Cultural
Salvadoreño son equivalentes.
Concepto de Bienes Culturales
Art. 2.- Para los fines de esta ley, se consideran Bienes
Culturales los que hayan sido expresamente
reconocidos como tales por el Ministerio, ya sean de
naturaleza antropológica, paleontológica,
arqueológica, prehistórica, histórica, etnográfica,
religiosa, artística, técnica, científica, filosófica,
bibliográfica y documental.
Definición de Bienes que conforman el Patrimonio
Cultural.
Art. 3.- Para los efectos de esta ley los bienes que
conforman el Patrimonio Cultural de El Salvador son
los siguientes:
a) Las colecciones y ejemplares de zoología, botánica,
mineralogía, anatomía y los objetos de interés
paleontológico;
b) Los bienes relacionados con la historia, con inclusión
de la historia de las ciencias y de las técnicas, la
historia militar y la historia social, así como con la vida
de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas
nacionales relacionados con acontecimientos
culturales de importancia nacional;
c) El producto de las excavaciones tanto autorizadas o
no o de los descubrimientos arqueológicos;
d) Los elementos procedentes de la desmembración de
monumentos artísticos o históricos y de lugares de
interés arqueológico;
e) Antigüedades debidamente comprobadas tales como
inscripciones, monedas, sellos, grabados u otros
objetos;
f) El material etnológico;
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32 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
g) Los bienes de interés artístico tales como:
1) Cuadros, pinturas y dibujos hechos enteramente a
mano sobre cualquier soporte y en cualquier material
con exclusión de los dibujos industriales;
2) Producciones originales en arte estatuario y de
escultura en cualquier material;
3) Grabados, estampas y litografías originales;
4) Conjuntos y montajes artísticos originales en
cualquier material.
h) Manuscritos incunables, libros, documentos y
publicaciones antiguas de interés especial histórico,
artístico, científico, literario, sueltos o en colección;
i) Sellos de correo, sellos fiscales y análogos, sueltos
o en colecciones;
j) Archivos, incluidos los fonográficos, fotográficos y
cinematográficos;
k) Objetos de mobiliario o instrumentos de música
antiguos;
l) La imaginería, retablos, parafernalia o utilería
religiosa de valor histórico;
m) Las colecciones nacionales filatélicas y numismáticas
de valor histórico;
n) Los manuscritos incunables, fondo antiguo, ediciones,
libros, documentos, monografías, publicaciones
periodísticas, tales como revistas, boletines, periódicos
nacionales y otros semejantes, mapas, planos, folletos,
fotografías y audiovisuales, fonoteca, discoteca y
microfilms, grabaciones electrónicas y magnetofónicas
relacionados con acontecimientos de tipo cultural;
ñ) Los archivos oficiales y eclesiásticos.
Se consideran, además, como bienes culturales todos
aquellos monumentos de carácter arquitectónico,
escultórico, urbano, jardines
históricos, plazas, conjuntos
históricos, vernáculos y etnográficos, centros
históricos, sitios históricos y zonas arqueológicas.
De igual forma se consideran bienes culturales:
1) La lengua nahuat y la demás autóctonas, así como las
tradiciones y costumbres;
2) Las técnicas y el producto artesanal tradicional;
3) Las manifestaciones plásticas, musicales, de danza,
teatrales y literarias co
cualquier otro bien cultural que a criterio del Ministerio
puedan formar parte del Tesoro Cultural Salvadoreño.
Art. 4.- Los Bienes Culturales, muebles e inmuebles de
propiedad pública, son inalienables e imprescriptibles.
Art. 5.- Corresponde al Ministerio identificar, normar,
conservar, cautelar, investigar y difundir el patrimonio
cultural salvadoreño.
Art. 6.- El Estado, las Municipalidades así como las
personas naturales o jurídicas, están obligadas a velar
por el cumplimiento de las disposiciones de la presente
ley.
Art. 7.- Los municipios, para los fines de conservación
de los bienes culturales de su circunscripción, se
atendrán a las normas y técnicas que dicte el Ministerio.
Art. 8.- Cuando se esté causando daño o estén
expuestos a peligro inminente cualquiera de los bienes a
que se refiere esta ley, o que, a criterio del Ministerio
puedan formar parte del tesoro cultural salvadoreño,
éste adoptará las medidas de protección que estime
necesarias, mediante providencias que se notificarán al
propietario o poseedor de dichos bienes y a las
instituciones mencionadas en el artículo 26 de la
presente ley.
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33 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
Los planes de desarrollo urbanos y rurales, los de
obras públicas en general y los de construcciones o
restauraciones privadas que de un modo u otro se
relacionen con un bien cultural inmueble serán
sometidos por la entidad responsable de la obra a la
autorización previa del Ministerio a través de sus
respectivas dependencias.
CAPITULO II
DE LA PROPIEDAD, POSESION Y TENENCIA DE LOS BIENES
CULTURALES
Los Bienes Culturales pueden ser de Propiedad Pública
y Privada.
Art. 9.- Son de Propiedad Pública, todos aquellos bienes
que se encuentren en poder de las dependencias
gubernamentales, instituciones oficiales autónomas o
municipales.
Son de Propiedad Privada, los que corresponden a
personas naturales o jurídicas de derecho privado.
Los bienes que pertenezcan a Organismos
Internacionales y a Organizaciones o Entidades
Diplomáticas, acreditadas en nuestro país estarán
sometidos a las disposiciones de la presente ley o las
establecidas en los Tratados o Convenciones de que se
trate. Tales concesiones no tendrán más privilegios que
los concedidos en la Constitución para los nacionales.
Los bienes muebles sólo podrán salir del país con la
autorización de la Asamblea Legislativa.
En cualquiera de los casos anteriores la propiedad
puede ser originaria o derivada.
Reconocimiento de Derechos y Exigencias de Acreditación
Art. 10.- Se reconoce el derecho a la propiedad y
posesión de bienes culturales, con el objeto de
protegerlos y conservarlos. El Ministerio reconocerá
este derecho, siempre y cuando se cumpla con los
requisitos de reconocimiento,
identificación, registro y acreditación
de los mismos, conforme a esta ley, a petición de parte o
de oficio.
Obligación de Informar
Art. 11.- El propietario o poseedor de un posible bien
cultural, tiene la obligación de notificar su existencia al
Ministerio para su reconocimiento, identificación y
certificación, para legalizar su inscripción dentro de un
plazo no mayor de un año contado desde la vigencia de
esta Ley o desde que tuviesen conocimiento de ello.
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34 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
2.8-ASPECTO BIOFISICO
MICROCLIMA.
Temperatura
La cuidad de Cojutepeque por su ubicación goza de
una temperatura templada a fría con un promedio
anual de 21C a 24C, su ubicación topográfica está
dada por las coordenadas: 13°43'17.47" Norte
(latitud) y 88°56'10.18"Oeste (Longitud), donde se
emplaza en un terreno bastante irregular a una
altura de que varía entre los 440 a 1010 metros
sobre el nivel del mar.
Vientos.
Las variaciones de la velocidad promedio del viento
Oscilan entre 1.2 hasta 2.0 km/h en escala de
Beaufort según los registros tomados durante el
año. Su velocidad media mínima es de 1.2 km/h en los
meses de Junio y Julio siguiendo un rumbo
dominante hacia el sur y norte respectivamente. En
el mes de Marzo se presenta la velocidad media más
Alta del viento siendo esta de 2.0 km/h con rumbo
Dominante hacia el sur. Por ser una zona en un nivel
alto los vientos pueden afectar algunas viviendas
más las que están aún construidas de materiales
como el adobe y que poseen techos de lámina,
aunque en la zona la mayoría de las viviendas aun
poseen techos de teja y fibrocemento
Precipitaciones y humedad.
El mes de Septiembre alcanza La mayor precipitación
pluvial con 325 mm. y en el mes de Febrero se
contabilizo la menor. Según las mediciones se
presentan 3mm de precipitación pluvial, con
respecto a los datos de humedad relativa el mes de
Marzo presenta el 57% siendo este porcentaje el
menor. El mes de Junio presenta el mayor
porcentaje cuyo valor alcanza el 85%. Las aguas
lluvias pueden ser un problema en muchos sectores
del lugar por las pendientes que podrían ocasionar
corriente fuertes dependiendo de la cantidad de
precipitación, también puede afectar las zonas de
riesgo donde los terrenos son más vulnerables a
deslaves.
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35 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
VEGETACION.
El casco urbano de Cojutepeque consta de una
variada vegetación, aunque está distribuida de
forma aleatoria, en el área de análisis está
concentrada más que todo en los parques francisco
Menéndez, Rafael cabrera y la alameda san juan,
teniendo cuidado a la hora de ejecutar las
propuestas, ya que se debe enfatizar los árboles
que se puedan conservar con jardineras o arriates
para darle un interés urbano y a la vez generando
microclimas los cuales favorecen el confort de los
habitantes.
GEOLOGIA.
El suelo está constituido principalmente por
materiales piroclásticos, sedimentos ácidos y tierra
blanca. El casco urbano de Cojutepeque en su
mayoría se puede encontrar tierra blanca y
sedimentos.
La irregularidad del terreno hace que sean
Perceptibles bastantes pendientes, lo cual hace el
terreno susceptible a deslizamientos de suelo.
También hay que recordar que la zona urbana se
encuentra en una zona de alta sismicidad, buena
parte de esta fueron de las más afectadas para el
terremoto del 13 de febrero del 2001.
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36 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
USOS DE SUELO.
En el área delimitada de estudio se puede observar
que en su mayoría el uso predominante es la vivienda
y el comercio, pero en muchos casos esta se ha
transformado de tal forma que se generan doble
uso y las edificaciones hacen el papel de comercio y
vivienda al mismo tiempo. En algunos trayectos de
la zona se puede observar la saturación del
comercio ambulante en las calles
Ocasionando congestionamiento y también
contaminación visual en el lugar.
Aunque hay una combinación de usos en el sector,
se puede observar que los usos predominantes
siguen un patrón el cual se analizara a la hora de
generar las propuestas y ayudara con el análisis de
las mismas.
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IMAGEN URBANA.
La zona del casco urbano de Cojutepeque fue
afectada fuertemente por los terremotos del
2001, por lo cual muchas edificaciones son con
no menos de 10 años.
Podemos encontrar viviendas aun con los
rasgos coloniales y la arquitectura de esa
época, pero también bastante construcción
nueva y mixta, la mayoría de las edificaciones de
la zona son de uso vivienda o comercio, lo cual
ha generado el cambio de las fachadas o la
modificación total de estas, también se genera
contaminación visual a partir de los rótulos en
los comercios, la mayoría son edificaciones de
1 nivel, aunque resaltan algunos comercios con
más de 2 niveles.
Los materiales de construcción varían desde
construcciones de bloque y ladrillo de obra,
hasta algunas de adobe y bahareque que aún se
mantienen en buen estado.
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ACCESIBILIDAD y conectividad vial
La accesibilidad al casco urbano de Cojutepeque y
al área de análisis se da por medio de la carretera
panamericana, esta se divide en dos secciones una
con la que llega exactamente al centro del casco
urbano (2da calle poniente) y la segunda que pasa
sobre su periferia al cual se le denomina la
carretera panorámica.
La traman de la cuidad está
compuesta por calles y avenidas siendo las de
mayor importancia: la avenida Raúl contreras,
avenida santa anta, 4ta avenida norte, calle
francisco López y 4ta calle oriente, Estas por su
afluencia tanto peatonal como vehicular.
VIAS
PRIMARIAS
VIAS SECUNDARIAS
VIAS TERCEARIAS
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39 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
La circulación de las calles se da en torno al
centro histórico de Cojutepeque dejando el área de
análisis en una zona de bastante circulación tanto
vehicular como peatonal.
Las rutas de transporte pasan en su mayoría
rodeando el centro histórico aunque algunas rutas
más locales lo hacen dentro del mismo, también se
usa bastante lo que son las motonetas para el
Transporte de las personas, las rutas que se
observaron durante los recorridos fueron: R113,
R175, R577A, R176, algunas hacen sus recorridos
hasta san salvador, otras a ciudades aledañas
como san Rafael cedros y otros pueblos aledaños.
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41 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
CUADRO DE NECESIDADES
NECESIDAD ACTIVIDAD USUARIO SUB-ESPACIO ESPACIO
COMERCIALIZAR
RECIBIR
MOSTRAR
DESPACHAR
ESPERAR
COMPRAR
VENDER
TURISTAS,COMERCIANTES,
PROVEEDORES
ARTESANÍAS
GASTRONOMÍA
BISUTERÍA
COMERCIO FORMAL
COMERCIO INFORMAL
MERCADO
TIENDAS DE
ARTESANIAS
RESTAURANTES
TURISMO
RECREARSE
PASEAR
CONOCER
DESESTREZARS
E
TURISTAS, LUGAREÑOS Y
VISITANTES
KIOSKOS
VITRINAS
PARQUES
PARQUES
PLAZA CULTURAL
MUSEO
ANFITEATRO
CULTURIZARSE
BAILAR
CANTAR
EXPRESAR
ACLAMAR
DANZAR
ACTUAR
TURISTAS, LUGAREÑOS Y
VISITANTES
CASA DE LA CULTURA
PARQUES
PLAZAS
MUSEO
PLAZA CULTURAL
IGLESIAS
TRANSITAR
CAMINAR
TURISTAS, LUGAREÑOS Y
VISITANTES,
COMERCIANTES,
PROVEEDORES
CORREDORES
PASILLOS
CALLES
ACERAS
CORREDORES
PASILLOS
CALLES
ACERAS
NECESIDADES
FISIOLOGICAS
ORINAR
DEFECAR
LABADO DE
MANOS
TURISTAS, LUGAREÑOS Y
VISITANTES
SERVICIOS
SANITARIOS públicos
SERVICIOS SANITARIOS
públicos
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42 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
3-PRONOSTICO
FODA
FORTALEZAS (+) DEBILIDADES(-)
ARQUITECTURA COLONIAL EXISTENTE
RIQUEZA EN ACTIVIDADES RELIGIOSAS Y CULTURALES
EXISTENCIA DE ESTRUCTURA SOCIAL EN
FUNCIONAMIENTO (IGLESIAS, ALCALDÍA, JUZGADOS, ETC)
ALTA AFLUENCIA DE TURISTAS Y COMERCIANTES
PRESENCIA DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO
PRESENCIA DE POLICIA NACIONAL CIVIL
SECTOR ALTAMENTE COMERCIAL
DETERIORO Y DESCUIDO DE LA ARQUITECTURA
COLONIAL EXISTENTE.
FALTA DE CULTURA DE ASEO
ESPACIOS REDUCIDOS
FALTA DE ESTACIONAMIENTOS
POCA PRESENCIA DE MOBILIARIO URBANO Y
SEÑALIZACIÓN
ALTO HISTORIAL DELICTIVO
DESORDEN DE COMERCIOS EXISTENTES
FALTA DE VEGETACIÓN.
OPORTUNIDADES (+) AMENAZAS(-)
MEJORAMIENTO DE PARQUES Y PLAZAS
CREACÍON DE NUEVAS RUTAS DE RED VIAL
ORDENAMIENTO DEL SECTOR COMERCIAL
FORTALECIMIENTO DEL TURISMO
RESCATE DE VÍAS PEATONALES
COLOCACIÓN DE MOBILIARIO URBANO Y SEÑALIZACIÓN
FORTALECER SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO
IMPLEMENTACIÓN DE ÁREAS VERDES.
CONTAMINACIÓN:
AMBIENTAL, VISUAL, AUDITIVA
CAOS VEHICULAR
FALTA DE ACCESIBILIDAD A LOS ESTABLECIMIENTOS
OBSTRUCCIÓN DE VÍAS PEATONALES
DELINCUENCIA Y VANDALISMO
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43 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
4-PROPUESTAs
Área a intervenir.
Actualmente el casco urbano de Cojutepeque
presenta varios problemas tanto espaciales como
urbanísticos. El proyecto nos delimita a la zona
comprendida entre la avenida Raúl contreras y 4ta
avenida norte, y la 3era calle oriente y 6 calle
oriente
Las propuesta a continuación se tratara de dar
respuesta a las problemáticas que como grupo se
han encontrado y creemos hay que dar más énfasis
para resolver las necesidades de la población en el
área de estudio
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44 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
CORREDOR TURISTICO-CULTURAL “ANA ROSA
ARIAS”.
UBICACIÓN.
El corredor constara de dos partes una que será
completamente peatonal y se ubicara sobre la 4ta
calle oriente y 4ta avenida sur, abarcando las
calles aledañas al parque alameda san juan; y la
otra que será tanto peatonal y vehicular (trafico
liviano) la cual estará ubicada sobre la avenida
santa ana y la 4ta avenida norte.
ACCESIBILIDAD.
El lugar es de fácil acceso y es una de las más
transitadas por las personas del lugar debido al
comercio que se efectúa en la zona.
PROBLEMÁTICA.
Muchas del zonas comerciales en su mayoría es
comercio informal, este a su vez se ha tomado las
calles para realizar dichas actividades,
convirtiendo el lugar en una zona peatonal muy
transitada donde los vehículos pasan cerca tanto
de los vendedores como de la gente que llega
buscando sus productos.
Hay bastante contaminación tanto visual como
auditiva, y los desechos también son una amenaza en
la zona, la falta de baños públicos y lugares para
colocar la basura empeoran las condiciones de la
zona.
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45 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
4-PROPUESTA #1
El corredor constara de dos etapas:
Se creara un corredor peatonal sobre la 4ta calle
oriente y la 4ta avenida sur, donde se ubicara la
mayoría del comercio forma que ya existe en la zona
y se generaran nuevos usos como restaurantes,
cafés y bares.
El comercio informal será trasladado y se
implementaran una regulación en el diseño de los
rótulos de los comercios para evitar la
contaminación visual de la zona.
Se creara un área para depositar los desperdicios
de la misma así como una zona de carga y descarga
para los comercios del sector
La segunda etapa será un corredor tanto peatonal
como vehicular de tráfico liviano el cual comenzara
sobre la avenida santa Ana y la 4ta avenida sur.
Sobre este corredor se enfocara la parte cultural
del proyecto acá se harán las propuesta para la
construcción de nuevos espacios de entretenimiento
cultural como lo son museos, mercados de
artesanías, la restauración y renovación de los
espacios públicos y anfiteatro, también se espera
resolver uno de los problemas más grandes de la
zona que es la insalubridad generando baños
públicos de fácil acceso a la población.
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46 CORREDOR TURISTICO CULTURAL ANA ROSA ARIAS Cojutepeque
ZONA CORREDOR COMERCIAL
ZONA CORREDOR CULTURAL
Corredor turístico cultural-Ana rosa arias
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2 Cojutepeque
PROPUESTA #2
PROPUESTA DE ESPACIOS A INTERVENIR
En este mapa se puede observar los espacios a intervenir o crear, en los cuales se ubicaran un museo,
plaza cultural o anfiteatro, tienda de artesanías, el corredor turístico-comercial, mercado y parqueo.
MUSEO
PARQUE
PARQUE
AUDITORIUM
PLAZA CULTURAL
TIENDA DE ARTESANIAS
CORREDOR COMERCIAL
MERCADO y
Parqueo
PARQUE