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Proteger y preservar el ambiente natural y la salud humana LEGISLACIÓN AMBIENTAL Expositor: Girio Chunga, Renzo

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AMBIENTE

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Proteger y preservar el ambiente natural y la salud humana

LEGISLACIÓN AMBIENTAL

Expositor: Girio Chunga, Renzo

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De 117 zonas de vida, Perú tiene 84De 32 tipos de clima, Perú posee 28Cuenta con 25 000 especies de plantas (10% del

total mundial) 30% de las cuales son endémicas (sólo se encuentran en el país).

Cuenta con 4 400 especies vegetales de propiedades conocidas y utilizadas por la población y primero en especies domesticadas nativas (182 especies)

Es el país con el mayor número de especies de orquídeas (cerca de 4 000) y posee la más grande del planeta, que llega a 13 metros de altura y se encuentra en Huachucolpa (Huancavelica).

PERÚ: BIODIVERSIDADPerú uno de los 15 países considerados de Megadiversidad

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Cuenta con 2 000 especies de peces (10% del total mundial)

1 820 especies de aves3 300 mariposas430 especies de anfibios460 especies de mamíferosCuenta con una altísima diversidad de recursos

genéticos Es el primer país en variedad de papa (2 321 especies) y

91 silvestres Tiene un alto sitial en diversidad de frutas (623

especies) En plantas medicinales (1 408 especies) En plantas ornamentales(1 600 especies)

Posee 182 especies de plantas nativas domésticas con centenares de variedades

Fuente: Antonio Brack Egg “Ecología”

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HAY QUE SENTIRNOS ORGULLOSOS Y PRESERVAR NUESTRA RIQUEZA POR ACTITUD PROPIA, Y PARA PODER PRESERVARLOS DE MANERA COHERCITIVA Y LEGAR A LAS FUTURAS GENERACIONES Y HACER POSIBLE LA EXISTENCIA HUAMAN, SE CREA EL DERECHO AMBIENTAL.

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Constitución Política del Perú congreso constituyente

Ley Orgánica voto de más de la mitad del Congreso

Ley Ordinaria Congreso: penales, civiles, tributarias

Resolución Legislativa finalidad específica del Congreso

Decreto Legislativoautorización expresa y facultad delegada del Congreso al Poder Ejecutivo en base a una ley específica, que en doctrina se llama "legislación delegada"

Decreto de Urgenciapoder Ejecutivo como medida extraordinaria y válida para regular situaciones de carácter económico - financiero, cuando así lo requiera el interés nacional

Decreto supremo se reglamentan las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas

Resolución Suprema

carácter específico, rubricada por el Presidente y refrendada por el Ministro del Sector respectivo que conlleva decisiones de importancia gubernamental a nivel nacional

Resolución Ministerialpermiten formular, ejecutar y supervisar la política general del Estado, dentro del ámbito de su competencia

Resolución Vice ministerial

Resolución Directoral

Es expedida por los Directores administrativos en función a las atribuciones que señala las respectivas leyes orgánicas del sector y reglamentos de organización y funciones

ESTRUCTURA JERARQUICA

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LEGISLACIÓN AMBIENTAL

O derecho ambiental

un complejo conjunto de tratados, convenios, estatutos, reglamentos,

y el derecho común

funcionan para regular la interacción de la humanidad y el resto de los

componentes biofísicos o el medio ambiente natural

Con el fin de reducir los impactos de la actividad humana, tanto en el medio natural y en la

humanidad misma.

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Evolución de la legislación Ambiental

CMA en 1990

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo 1972

(reconocimiento del ambiente como un bien jurídico a proteger), en dicha conferencia, también se crea el Programa

Internacional de Educación Ambiental (PIEA)

CNUMAD :Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Brasil en 1992 (Cumbre de la Tierra en Río

de Janeiro )

LGA 15 de octubre

del 2005

Concejo Nacional

del Medio

Ambiente

(CONAM)

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1. Control de la contaminación y la remediación, 2. Conservación de los recursos y la gestión.

Las leyes que tratan con la contaminación son a menudo Leyes específicas y pertenecen a un solo medio ambiental, como el aire, el agua (ya sean aguas superficiales, aguas subterráneas o los océanos), suelo, etc. – y controlan tanto las emisiones de contaminantes en el medio ambiente, así como la responsabilidad por exceder las emisiones permitidas y la responsabilidad de la limpieza.

ÁREAS PRINCIPALES

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Las leyes sobre conservación de los recursos y la gestión se centran generalmente en un solo recurso – por ejemplo

los recursos naturales como los bosques

yacimientos

minerales o animales

recursos intangibles o los sitios de alto valor

arqueológico

Muchas leyes que no son exclusivamente “ambientales” sin embargo, contienen importantes componentes del medio ambiente e integran las decisiones de política ambiental

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El Ministerio del Ambiente –MINAM, fue creado por Decreto Legislativo Nº 1013 del 14 de mayo del 2008, de acuerdo al artículo 6º de su Ley de Creación, tiene las siguiente Organización y Función

Compendio de la Legislación Ambiental Peruana debidamente actualizado.

MINISTERIO DEL AMBIENTE

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Así, el Perú ha pasado de ser un país que hasta finales de los años ochenta contaba

con una legislación ambiental que era eminentemente sectorial y dispersa, a ser un país con un marco legislativo cada vez más sistémico y sistemático, dentro de un

marco institucional diseñado expresamente para su gestión.

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En la actualidad, contamos con un marco constitucional que reconoce lo ambiental como un derecho fundamental de las personas; con una ley general del ambiente que establece las bases de la gestión ambiental nacional, a través del reconocimiento de principios y derechos esenciales; con un Ministerio del Ambiente;

Una autoridad de manejo del agua otra autoridad autónoma para la administración de las

áreas naturales protegidas un organismo creado ex profesamente para la evaluación

y fiscalización ambiental con gerencias regionales de medio ambiente y recursos

naturales; yFiscalías ambientales que aseguran un mayor desarrollo

de lo ambiental desde el ámbito público y que a través de su consolidación permitirán al ciudadano ejercer de manera plena su derecho fundamental a un ambiente sano.

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Finalidades: Regular las conductas humanas a través de normas o

mandatos de cumplimiento obligatorio que tienen por objeto alcanzar el bien común.

En ese sentido, al derecho ambiental le interesa regular aquellas conductas humanas que puedan influir o alterar de manera relevante las condiciones o «el equilibrio» que hacen posible la vida en todas sus formas.

Raúl Brañes, que el derecho ambiental se ocupe principalmente de las normas jurídicas que regulan las relaciones más inmediatas entre la sociedad y la naturaleza

DERECHO AMBIENTALEl derecho ambiental, concebido como

el derecho protector del ambiente

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a. Para restringir, prohibir o permitir determinadas conductas con relación al ambiente y sus componentes, los recursos naturales, como por ejemplo, normas que establecen vedas, que restringen la caza y que prohíben el tráfico de residuos peligrosos.

b. Regular o establecer derechos y obligaciones con relación a los componentes del ambiente, como por ejemplo, regulaciones sobre flora y fauna, acceso a recursos genéticos y ley de aguas.

c. Establecer y asignar las competencias de las autoridades encargadas de velar o manejar el ambiente y los recursos naturales, como por ejemplo las competencias del MINAM, del SERNANP, de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, y del Ministerio de Energía y Minas, entre otras.

PARA:

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El reconocimiento del ambiente como un bien jurídico a proteger se produjo como consecuencia de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972,

Los países comenzaron a incorporar el derecho ambiental en sus textos constitucionales.

El Perú lo hizo por primera vez en la Constitución de 1979, en su artículo 123, para luego incluirlo en el capítulo de los derechos fundamentales de la persona en la Constitución de 1993.

EVOLUCIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL

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Se desarrolla sobre cuatro aspectos básicos: Una política para el desarrollo de la

ciencia y tecnología que permita la utilización adecuada de los recursos;

Una política ambiental orientada a velar por la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y por la protección del ambiente;

Una política de capital relativa a la política económica

Una política social relativa a los recursos humanos.

EL DESARROLLO SOSTENIBLE

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La Constitución define que los recursos naturales son patrimonio de

la nación.

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LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE El Peruano el 15 de octubre del 2005 mediante la ley 28611

Estos lineamientos son los siguientes:a) El respeto de la dignidad humana y la

mejora continua de la calidad de vida de la población.

b) La prevención de riesgos y daños ambientales.

c) El aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

d) El desarrollo sostenible de las zonas urbanas y rurales.

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e) La promoción efectiva de la educación ambiental y de una ciudadanía ambiental responsable, en todos los niveles, ámbitos educativos y zonas del territorio nacional.

f) El fortalecimiento de la gestión ambiental, para lo cual debe dotarse a las autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuados para el ejercicio de sus funciones.

g) La articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la pobreza, asuntos comerciales, tributarios y de competitividad del país.

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h)La información científica, fundamental para la toma de decisiones en materia ambiental.

i) El desarrollo de la actividad empresarial teniendo en cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de responsabilidad social.

La LGA también hizo referencia al Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) regulado por la ley 28245, reconociendo en su momento al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) como la autoridad ambiental nacional y el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental

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La LGA recoge otros derechos

acceso a la información y a la participación en la gestión ambiental

principios entre los que se encuentran los principios de sostenibilidad

responsabilidad ambiental

prevención y precautorio

equidad, gobernanza ambiental

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La Constitución Política del Perú dispone en su artículo 67 que el Estado determina la política nacional del ambiente.

Es en cumplimiento de este mandato que el MINAM aprobó por decreto supremo 012-2009-MINAM de mayo del año 2009 la política nacional del ambiente, cuyo objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales a largo plazo y el desarrollo sostenible del país, bajo el principio de respeto de los derechos fundamentales de la persona.

LA POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE

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La Política Nacional del Ambiente se rige bajo los principios de transectorialidad, análisis costo-beneficio, competitividad, gestión por resultados, seguridad jurídica y mejora continua, y se estructura sobre la base de cuatro ejes temáticos

1. Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica2. Gestión integral de la calidad ambiental 3. Gobernanza ambiental 4. Compromisos y oportunidades ambientales internacionales.

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BIOSEGURIDADEstos lineamientos se

enfocan en •Establecer mecanismos para regular el uso de organismos vivos modificados (OVM-OGM)•el uso seguro y responsable de la biotecnología moderna y de sus productos derivados.•desarrollando un sistema regulatorio basado en la aplicación de análisis de riesgos transparentes y científicos capaces de garantizar la inocuidad y trazabilidad de los bienes y/o servicios obtenidos a través de la aplicación de esta tecnología TRANSGÉNICO: ley 29811

Ley MORATORIA OVM

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Además, se busca promover la innovación tecnológica, la investigación aplicada, el uso de tecnologías limpias y la adopción de buenas prácticas e iniciativas de responsabilidad social de las empresas en lo relacionado con el aprovechamiento de los recursos naturales.

APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALESBusca

promover la

adopción de códigos

de conducta

la formulació

n de estándares ambientales y sociales

normas voluntarias por los titulares de

derechos para el aprovechamiento sostenible de

los recursos naturales

renovables

el uso racional y responsable de los no renovables

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Se busca impulsar la gestión sostenible e integrada de los bosques, previniendo la reducción y degradación de los mismos y de sus recursos por prácticas ilegales, como la tala, la quema, el comercio y el cambio de uso de la tierra, y conservando e incrementando la cobertura boscosa y, por ende, la biodiversidad y los servicios ambientales, mejorando la capacidad productiva del ecosistema.

Reforestación de las áreas degradadas con especies nativas maderables.

BOSQUES

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Los lineamientos buscan impulsar la gestión integrada de cuencas, con un enfoque ecosistémico para el manejo sostenible de los recursos hídricos

CUENCA, AGUA Y SUELOS

Asimismo, se busca consolidar los derechos de uso de los recursos hídricos mediante criterios de eficiencia y una adecuada retribución por su aprovechamiento en concordancia con la normativa nacional vigente, así como fortalecer los conocimientos y tecnologías tradicionales compatibles con el manejo sostenible de los suelos y agua.

ANA: Reglamento Ley de RH - Nº 29338

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DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AMAZONÍA

Busca impulsar actividades rentables a partir del bosque en áreas con escasa o ninguna intervención,

dando valor al ecosistema y sus servicios

como proteger los bosques primarios amazónicos y reducir gradualmente la tala, roza y quema para fines agropecuarios, desarrollando alternativas

productivas de uso del bosque en pie

como el ecoturismo, manejo de bosques y otras actividades, impulsar la conservación y aprovechamiento

sostenible de la amazonía teniendo en cuenta su variabilidad, complejidad, fragilidad y ubicación

geoestratégica

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Busca fortalecer la gestión integrada de las zonas marino-costeras y sus recursos con un enfoque ecosistémico, promoviendo el aprovechamiento sostenible, la conservación y la investigación de la diversidad biológica de los ecosistemas marino-costeros

ECOSISTEMAS MARINO-COSTEROS

Fomentar el desarrollo de proyectos forestales, manejo de residuos sólidos, saneamiento, usos de energías renovables y otros, así como promover el uso de tecnologías adecuadas y apropiadas para la adaptación al cambio climático y mitigación de gases de efecto invernadero y de la contaminación atmosférica.

MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO

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SEGUNDO EJE TEMÁTICO: GESTIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

Es lograr una gestión sostenible de las actividades productivas, extractivas, de transformación, comerciales y de servicios, para asegurar una adecuada calidad ambiental en el país, desarrollando y consolidando mecanismos de carácter técnico, normativo, económico y financiero, para la prevención y control de los impactos ambientales negativos significativos de las actividades de origen natural y antrópico.

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Esto debe materializarse

Logrando el control

eficaz de las fuentes

de contaminac

ióny de los

responsables de su

generación, estableciend

o instrumentos

y mecanismos

para la vigilancia

y control de riesgos

ambientales y de la salud

en las acciones de los sectores

público y privado.

supervisión, evaluación y fiscalización

ambiental, así como

incorporando criterios de

ecoeficiencia

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Control integrado de la contaminación;

Calidad del agua; Calidad del aire; Residuos sólidos; Sustancias químicas y materiales

peligrosos; y calidad de vida en ambientes

urbanos.

Este eje se divide en

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Este eje busca posicionar el tema ambiental en las decisiones de Estado, articulando las capacidades nacionales, creando sinergias y promoviendo una activa participación ciudadana.

Igualmente, se busca lograr que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental ejerza, de manera eficiente y eficaz, sus funciones en los tres niveles de gobierno, bajo la rectoría del MINAM.

Este eje se divide en: institucionalidad; cultura; educación y ciudadanía ambientales; e inclusión social en la gestión ambiental.

GOBERNANZA AMBIENTAL:

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Este eje se divide en: compromisos internacionales y ambiente; comercio y competitividad.

COMPROMISOS Y OPORTUNIDADES AMBIENTALES INTERNACIONALES

busca asegurar que las posiciones nacionales en materia ambiental presentadas en los foros

internacionales y en acuerdos multilaterales y bilaterales, estén articuladas y reflejen los

intereses nacionales, contribuyendo a orientar las decisiones de dichos foros y acuerdos

Con esto se podrá lograr que el cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos y ratificados por

el Perú contribuya eficientemente al aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales renovables y al uso racional y responsable de los no renovables.

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La administración de justicia es un elemento fundamental para la acción del Estado y es aún más importante, cuando le sirve a las personas para hacer valer sus derechos. En el Perú, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional tienen la responsabilidad de exigir el cumplimiento de las normas sobre conservación y protección ambiental.

Código del Medio Ambiente (CMA) se reconoce por primera vez el legítimo interés de toda persona en iniciar demandas en defensa del ambiente y estableció que todo ciudadano tiene un interés moral en su protección.

Inicia formalmente el ejercicio de la tutela jurisdiccional para la protección del ambiente. 

MATERIA PROCESAL EN DEFENSA DEL AMBIENTE

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En el mismo sentido, el rol del Ministerio Público (Fiscalía Ambiental)en tanto titular de la acción

judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el Derecho

es central en lo que respecta al derecho ambiental, sobre todo cuando nos referimos al aprovechamiento de

recursos naturales y la conservación o protección del ambiente, en donde los

intereses públicos requieren de un sistema de defensa idóneo para que se

cumplan los objetivos del marco normativo ambiental

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La responsabilidad objetiva se deriva del uso o aprovechamiento de un bien ambientalmente riesgoso o peligroso, o del ejercicio de una actividad ambientalmente riesgosa o peligrosa.

Esta responsabilidad obliga a reparar los daños ocasionados por el bien o actividad riesgoso, lo que conlleva a asumir los costos contemplados en el artículo 142 de la LGA, y los que correspondan a una justa y equitativa indemnización

la LGA, se distinguen también 2 tipos de responsabilidad: la objetiva y la subjetiva.

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De conformidad con el artículo 131 de la LGA, las personas naturales o jurídicas que generen impactos ambientales significativos están sometidas a las acciones de fiscalización y control ambiental que determine el MINAM y las demás autoridades competentes.

Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA