Alegato Final- Fiscalia

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  • 7/25/2019 Alegato Final- Fiscalia

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    ALEGATO FINAL

    Expediente 004-2011

    Jhajayra Diaz Carrin, identificada con DNI 46660845, con domicilio procesal en la casilla 504 del

    coleio de a!oados de lima, con n"mero de tel#fono $8%8&8&&0, con correo electrnico

    jhajayradiazcarrion'mail(com, con cal 586)&(

    *iscal +perior de la *iscal-a +perior .i/ta de entanilla en proceso seido contra RICHAR

    AMOS NORIEGA por la comisin del delito contra la 1i!ertad +e/al iolacin +e/al de .enor de

    edad en ara2io de la menor de inicialesB.F.P ante sted me presento y respetosamente, dio3

    I. PRIMER PARTE

    Intrd!""i#n - Prp$i"ine$ F%"ti"&$'

    +eor jez, con el de!ido respeto presento ante s despacho el presente caso, con el

    siiente lema

    la inocencia se presume, la culpabilidad se prueba

    +eor jez, el delito de 2iolacin se/al es n acto reprocha!le en nestra sociedad, es el

    claro estima de la deradacin del esp-rit c-2ico de na sociedad totalmente asente( l

    rado de aresi2idad e coe/iste en cada caso de 2iolencia se/al es incre-!lemente

    desesperante(

    1os actos e solo se peden calificarse 7at#nticas a!erraciones7, son los e

    actalmente crecen a n ritmo 2ertiinoso y cada 2ez son peores estos actos son, sin

    dda alna, las aresiones se/ales( +iendo lamenta!le e dichos actos amenten d-a

    con d-a, como lo es en este caso de los hechos ocrridos el d-a ) de enero del &099(

    +eores del coleiado, a lo laro de este proceso han sido dadas todas las pre!as

    necesarias para demostrar e el seor :ichard :amos Noriea es clpa!le, es por estoseores e esta fiscal-a solicita al coleiado, declaren como clpa!le y responsa!le al

    seor :ichard ramo noriea del delito de 2iolacin se/al de menor de edad fndado en

    art-clo 9%) inciso ) contra la menor de iniciales ;(*(

    como niera del hijo del acsado :ichard :amos Noriea

    1os hechos o!jeto de la casa ocrrieron el d-a el ) de enero de &099(

    ?el d-a el acsado s!i al transporte p"!lico santa crz en el paradero Caet@,

    encontr@ndola e se diri-a a s casa !icada en el distrito de +(.(< =&()0pm>(

    ?l !ajar del 2eh-clo el acsado la toma del !razo fertemente , haci#ndola ritar, leo

    este le in2ita na aseosa , e la menor acepto pore el acsado la esta!a molestando

    mcho, leo de tomar la aseosa la menor sinti fertes dolores de ca!eza(

    1eo de ello despert desnda jnto con el imptado =5()0 pm> en el hotel el eli/ir(

    1eo de darse centa se dcha se cam!ia y sale del hospedaje dejando al imptado en

    dicho lar(

    mailto:[email protected]:[email protected]
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    II. SEG(N)A PARTE

    Ar*!+ent&"i#n ,!rdi"& - Prp$i"ine$ !rdi"&$'

    1a *iscal-a ha lorado acreditar m@s all@ de toda dda razona!le, la ?ccin A-picamente

    antijr-dica y clpa!le, realizada por el Imptado :ichard :amos Noriea, en Contra de la

    .enor de edad de iniciales ;(*(

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    dedcir e hay el hecho se realiz por 2-a 2ainal, entre lo relatado por la 2-ctima

    y el e/amen eda acreditado el acceso carnal(

    C. Tip S!,eti

    s la conciencia y 2olntad de realizacin t-pica, es decir la esfera coniti2a del dolo,de!e a!arcar el acceso carnal se/al a n menor(

    l imptado act"a con dolo directo, es decir conoc-a y er-a, e se realicen los

    hechos e se prodjeron por la 2olntad de satisfacer s deseo se/al, primero

    in2itando a la 2-ctima la aseosa e le prodjo fertes dolores de ca!eza hasta llear

    a la inconciencia, y leo procediendo al acceso carnal, afectando la indemnidad

    +e/al de la menor(

    ). Anti,!ri"id&d'

    Como sa!emos la afirmacin de la antijricidad sinifica e el ator al realizar la

    condcta t-pica ha infrinido na norma 2iente del ordenamiento jr-dico(? s 2ez en el presente caso se dan los dos tipos de antijricidad3

    el profesor rtado pozo acerca de la &nti,!ri"id&d r+&/ dice3 es la posicin del

    acto a la norma prohi!iti2a e se encentra impl-cita en toda rela jr-dico penalE

    No podemos dejar de mencionar las pala!ras del profesor 2on 1iszt en canto a la

    &nti,!ri"id&d +&teri&/3 Fel acto contrario al derecho es n atae a los intereses

    2itales de los articlares o de la colecti2idad, proteidos por las normas jr-dicasE

    No hay casas de jstificacin

    E. C!/p&i/id&d'

    1a esencia de la clpa!ilidad se centra en el reproche formlado al ator por s accin

    contraria a lo esta!lecido por el ordenamiento jr-dico, es decir se sanciona al seor

    :ichard :amos Noriea por ha!er realizado la condcta esta!lecida en el injsto

    cando pod-a comportarse conforme a derecho(

    +e"n lo esta!lecido por la teora finalista el ato es reprocha!le si el sjeto es

    moti2ado por la norma y a pesar de ello realiza el acto prohi!ido(

    No hay elementos o casas e/clpantes e eliminen la clpa!ilidad

    F. Inter "ri+ini$ - Cn$!+&"i#n3

    l delito de 2iolacin de menores se consma con el acceso carnal, en caliera de

    las 2-as descrito en el tipo !ase(

    1a fiscal-a, entiende e con respecto a este caso se entiende e este delito se

    encentra consmado, esto se compre!a por la declaracin de la menor ara2iada,

    adem@s de eso se compre!a por el cam!io de actitd de la ictima al ha!lar de la

    2iolacin, 2isalizando na actitd depresi2a, e inclso sicida prodcida por la

    2iolacin(

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    n consecencia, los t#rminos de acsacin han edado ratificados, las pre!as

    e han sido actados en este jicio demestran la responsa!ilidad penal del acsado,

    s por tanto e el d-a ) de enero del &099 se realiz el a!so se/al en contra de la

    menor de edad -ctima del delito(

    s importante destacar tal como lo dice ()( Declaracin de la menor de iniciales ;(*(

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    seros la fiscal-a e ser@n sficientes para moti2ar s fallo a nestro fa2or y en honor a

    la 2eracidad de los hechos(

    III. C(ARTA PARTE

    Cn"/!$i#n'

    )(B*inalmente, de!e considerarse lo descrito, por la a!ndante jrisprdencia cando

    indica FG

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    )(PLICA

    +eores jeces, con el interroatorio y con las pre!as ha edado acreditado e

    e/iste tal delito, dado e con las declaraciones realizadas no hacen m@s e

    des2irtar y des!aratar la teor-a del caso e propone la defensa

    Creemos e es adecado hacer recordar el ?cerdo ?sencia de incredi!ilidad s!jeti2a, es decir, e no e/istan m2iles esprios

    en la sindicacin!> erosimilitd, es decir, e no solo solidez y coherencia de la propia

    declaracin, sino e de!e estar rodeada de ciertas corro!oraciones perif#ricas,

    de car@cter o!jeti2o e le doten de aptitd pro!atoria y,

    c> persistencia en la incriminacin(

    DC1?:?CIN D 1? .N:3

    Conclyendo con ael relato, la narracin de la menor se estima como cre-!le, en

    concordancia entre lo dicho y lo e/presado por ss emociones, es decir cando

    ella relato esto, lo hace con anstia y ansiedad y tam!i#n destaca n deterioro en

    s comportamiento, e denota predominancia de sentimientos ansiosos ydepresi2os, especialmente raficados en afectos de temor, tristeza, inseridad,

    aislamiento social y sensacin de 2lnera!ilidad(

    De!e tenerse presente lo sealado por el art-clo 7II de/ tit!/ Pre/i+in&r de/

    C#di* Pen&/ donde proscri!e todo tipo de RESPONSABILI)A) OBETI7A

    e/ii#ndose en consecencia e para hallar responsa!ilidad en n determinado

    procesado, #sta de!e estar amparada en pre!a idnea e la sstente( ?s- lo

    seala la jectoria +prema del &9B09B$8 /p( 94B$8>

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