Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo

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Arq. Hugo Wilfredo Torres Reyna Especialista en Patrimonio Histórico Arquitectónico Colegio de Ingenieros Chiclayo 30 abril 2009 P r o g r a m a f o r o u r b a n o Juntos Planificando el Territorio Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo Colección Rómulo Sessarego

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Exposición en foro Urbano de Chiclayo.

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Arq. Hugo Wilfredo Torres ReynaEspecialista en Patrimonio Histórico Arquitectónico

Colegio de Ingenieros Chiclayo 30 abril 2009

Programa foro urbano

Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio

Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo

Colección Rómulo Sessarego

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Los orígenes de la ciudad de Chiclayo, giran en torno al Convento de San Francisco (después llamado de Santa María) y a la visita del Oidor Gregorio Gonzáles de Cuenca entre los años 1560 y 1566 aproximadamente.

Nace a raiz de una reducción de los pueblos de indios de Cinto y Collique, la visita del Oidor aún no ha sido publicada en ningún medio oficial por lo tanto podemos solamente suponer la fecha de creación de Chiclayo por los datos que nos indican en que época se encontraba en el norte del Perú.

Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio

Colección Rómulo Sessarego

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Colección Rómulo Sessarego

El documento más antiguo del Archivo General de Indias, en el cual se menciona a Chiclayo data del año 1616 y está en la Casa de la Contratación. Se trata de Autos de bienes de difuntos (CONTRATACION,326A): “De Juan de Mallarén, natural de Marchena, y difunto abintestato en el corregimiento de Chiclayo, en el Perú”.

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PatrimonioCultural

inmueble(monumentos histórico

arquitectónicos)

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Artículo 21°: “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública.

Están protegidos por el Estado. La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional”.

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LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURALDE LA NACIÓN – LEY 28296

Título Preliminar, artículo II.- Definición: Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación toda manifestación del quehacer humano, material o inmaterial, que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo.

Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley.

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LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURALDE LA NACIÓN – LEY 28296

Título I.- Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, Capítulo I.- Disposiciones Generales, Artículo 1°.- Clasificación:1. Bienes Materiales1.1 Inmuebles.- comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros históricos y demás construcciones o evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales, aunque estén constituidos por bienes de diversa antigüedad o destino y tengan valor arqueológico, arquitectónico, histórico, religioso, etnológico, artístico, antropológico, paleontológico, tradicional, científico o tecnológico, su entorno paisajístico y los sumergidos en espacios acuáticos del territorio nacional. La protección de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, comprende el suelo y el subsuelo en el que se encuentran o asientan, los aires y el marco circundante, en la extensión técnicamente necesaria para cada caso.

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PATRIMONIO CULTURAL INMUEBLE

SINGULAR:- Inmueble de valor monumental- Inmueble que reviste valor de entorno- Monumento

GRUPAL- Ambiente urbano monumental- Conjunto monumental- Zona Urbano monumental- Centros históricos

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REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140Artículo 4°:

AMBIENTE URBANO MONUMENTALSon aquellos espacios públicos cuya fisonomía y elementos, por poseer valor urbanístico en conjunto, tales como escala, alturas, volumetría, deben conservarse TOTAL O PARCIALMENTE.

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REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140Artículo 4°:

CONJUNTO MONUMENTALSon aquellos grupos de construcciones aisladas o reunidas, que por razones de su arquitectura, unidad e integración al paisaje, tengan un valor histórico, científico o artístico.

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REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140Artículo 4°: ZONA URBANO MONUMENTALSon aquellos sectores o barrios de una ciudad cuya fisonomía debe conservarse por cualquiera de las razones siguientes:A. Por poseer valor urbanístico de conjuntoB. Por poseer valor documental, histórico y/o

artístico C. Porque en ellas se encuentra un número

apreciable de monumentos o ambientes urbano monumentales

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Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio

La Problemática de laZona Monumental de Chiclayo

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El INC declaró la Zona Monumental de Chiclayo con la R.J. No. 009-1989-INC/J, el 12 de enero de 1989 y fue publicada en el Peruano el dia 26 de abril de 1989, lo cual otorga un tratamiento especial a: “El área comprendida dentro de la siguiente poligonal: Av Pedro Ruiz Gallo, Calle Andalucía, Calle Toledo, Av. José Quiñones Gonzáles, Calle Leoncio Prado, Calle Grau, Calle Mariscal Nieto, Calle 7 de Enero, Calle Nazareth, Calle Panamá, Av. Junín, Av. Luis Gonzáles, Av. Bolognesi, Av. José Leonardo Ortiz, Calle Elías Aguirre (Calle Real), Calle San Martín, Calle José Lora y Cordero, Av. Luis Gonzáles y nuevamente Av. Pedro Ruiz; según Plano 88-0172”.

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La Problemática de laZona Monumental de Chiclayo

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Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo

I. No es real

• No existe un expediente que acredite la declaración de la Zona Monumental de Chiclayo y se requiere de un estudio para poder delimitarla convenientemente o proponer alternativas de protección legal por parte del INC.

• Si bien existe un fuerte componente histórico que puede sustentar la existencia de una zona de tratamiento especial, el hecho material se debe analizar para alcanzar a las autoridades una propuesta coherente entre lo que existe y lo que se quiere proteger.

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Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo

II. Falta de Gobernabilidad

• Las autoridades no coordinan planes conjuntos de gestión territorial, lo que ocasiona la pérdida de credibilidad y la destrucción del Patrimonio Histórico.

• Durante años el centro de Chiclayo ha sufrido por la completa falta de interés de las autoridades municipales, quienes en sus planes de “Desarrollo” han ocasionado muchas veces la destrucción del Patrimonio Cultural de la Nación.

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Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo

III. Falta de Reglamento para la Zona Monumental de Chiclayo

• Todos los planes maestros o los planes de gestión que se han elaborado para Chiclayo tienen una “zona de tratamiento especial”, la cual no asegura el correcto tratamiento del Patrimonio Histórico y no es coordinado con las áreas técnicas del INC.

• No hay coordinación con el INC para la revisión de proyectos en una Comisión conjunta, aunque si lo estipula la Ley.

• La Municipalidad tiene la obligación de consultar con anticipación al INC para cualquier intervención en el Centro de Chiclayo, pues no existe un reglamento.

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Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo

IV. Usos incompatibles del Patrimonio Histórico

• La falta de conocimiento en materia de conservación del Patrimonio histórico Arquitectónico ha dado como resultado que edificaciones de gran valor histórico sean usadas en actividades que atentan contra la integridad de estas.

• La emisión indiscriminada de licencias y en muchos casos la ausencia de estas, ocasiona que el centro de Chiclayo se perciba como un lugar desordenado, hay mucha contaminación visual.

• Se percibe mucha improvisación y falta de planificación.

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Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo

Un plan de gestión o plan específico para el centro de Chiclayo se hace necesario pues las ciudades tienden a crecer y a descentralizar sus actividades, siendo los centros focos culturales y comerciales en los cuales se encuentran puntos de identidad colectiva que deben ser difundidos después de una eficiente labor de recuperación y puesta en valor.

Solamente en el perímetro del parque principal de Chiclayo tenemos:

1.Convento de Santa María2.Cine Colonial3.Cine Tropical4.Catedral5.Palacio Municipal6.Casa de José Leonardo Ortíz7.Existen cerca varias casonas que actualmente se encuentran dedicadas al comercio menor y que no han sido convenientemente puestas en valor.

Calle Real, Tranv ía de Chiclayo.

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PROPUESTAS

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Pasos a seguir en una propuesta para Chiclayo:

I. Regularización de la Propiedad

Se debe regularizar la propiedad de los inmuebles para poder hacer saneamiento legal, y recuperar los Monumentos que no tienen un dueño establecido.

una estrategia en el caso de Monumentos que no pueden ser convenientemente conservados por parte de los propietarios, es la cesión en uso a la Municipalidad a cambio de algún beneficio tributario.

En caso de ser otra Institución Estatal (Ejemplo: Convento de Santa María), se hace un trámite de adjudicación al órgano estatal correspondiente, después de la Justificación del caso.

Archivo DégolasArchivo Dégolas

Catedral de Chiclayo inconclusa

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Propuestas

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Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo:

Propuestas

II. Nueva delimitación de la Zona Monumental de Chiclayo

Para esto se debe de hacer un estudio integral el cual arroja como resultado la nueva delimitación de la Zona Monumental de Chiclayo, aplicando metodología de análisis del valor histórico de las edificaciones y justificando el pedido ante la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Instituto Nacional de Cultura, que es el órgano técnico encargado de resolver este tipo de pedidos.

•Identificación de edificaciones de valor y propuesta de declaración.

•Identificación de Ambientes Urbano Monumentales.

•Identificación del Patrimonio desaparecido y notificación al INC para que comience procedimientos administrativos de sanción.

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III. Reglamentación de las zonas protegidas

La propuesta de reglamento se hace una vez definidas las áreas a proteger e identificado el tipo de patrimonio que aparece en esta, debe ser presentada a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del INC, y finalmente aprobada por la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo del Instituto Nacional de Cultura.

En esta propuesta se especifica el tratamiento de calles, pistas y veredas, alturas de nuevas edificaciones, usos y avisaje comercial, etc.

Archivo Dégolas

Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo:

Propuestas

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Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio

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Propuestas

IV. Elaboración de un Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo (Reglamento de acondicionamiento Territorial, Capítulo I, artículo 3°)

El reglamento de la Zona Monumental de Chiclayo no identifica los proyectos que se deben hacer en la Zona Monumental de Chiclayo.

Regularización de la propiedad

“Actualización” de la Zona Monumental

Reglamentación

Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo

Archivo Dégolas

Antiguos cines en la calle San José.

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Propuestas

Se puede también enfocar el problema de la siguiente manera:

Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo

I. Regularización físico legal,de delimitación y Normatividad(regularización de la propiedad, delimitación de la nueva Zona

Monumental y Reglamentación de la misma)

II. Otras Acciones

Calle Real, Tranv ía de Chiclayo.

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Existen ejemplos de reglamentos y planes de gestión a nivel nacional, por ejemplo :•Lima•Pueblo Libre•Surco•Arequipa•Huancayo•Ica•Cusco

Actualmente se encuentra en elaboración o revisión:•Huancavelica•Huacachina•Trujillo•Cajamarca

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En la Región Lambayeque es urgente la revisión de la delimitación de las Zonas Monumentales y elaboración de reglamentos para los siguientes lugares:

1.Chiclayo2.Ferreñafe3.Lambayeque4.Puerto Eten

En este último no existe ni siquiera la Zona Monumental, la cual se debe declarar para poder proteger la integridad cultural e histórica que tiene el lugar. Por sus dimensiones reducidas, es un trabajo a corto plazo.

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Propuestas

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Gracias