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ALBACETE`" En armonía con lo dispuesto en el artículo 8ti de la ley de 21 de Mayo de 1908 y la Orden de ese Centro directivo de 20 de Junio último, por la que se pide una Memoria como re- sumen de los trabajos realizados contra la plaga de langosta en esta provincia durante el otoño é invierno de 1911 y pri- mavera de 1^12, á continuación exponemos estos anteceden- tes con arreglo á dichos períodos é indicaciones de la Supe- rioridad. Extensfán denunciada y comprobada por contener germen de langosta. Para conocer estos datos hicimos que oportunamente se publicaran en el 8oletín Oficial de esta provincia la Real orden de primero de Julio de 1911 para que observaran los vuelos del insecto y sitios de la aovación, recomendando á loa Alcaldes y Presidentes de las Juntaslocales de Albacete, Bogarra, Mahora, Paterna, Fuentealbilla y Villarrobledo, donde hubo aovación el pasado año, que cumplieran esta dis- posición. También fué publicada la Real orden de 22 de Septiembre referente á los acotamientos de los terrenos y comprobación de las denuncias, reiterando el cumplimiento de este servicio á los Alcaldes de Albacete, Bogarra, Fuentealbilla, Mahora, Paterna y Villarrobledo para que mandaran la denuncia antes (I) Ingeniero D. Eladlo Moralea Arjona. 3

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ALBACETE`"

En armonía con lo dispuesto en el artículo 8ti de la ley de21 de Mayo de 1908 y la Orden de ese Centro directivo de20 de Junio último, por la que se pide una Memoria como re-sumen de los trabajos realizados contra la plaga de langostaen esta provincia durante el otoño é invierno de 1911 y pri-mavera de 1^12, á continuación exponemos estos anteceden-tes con arreglo á dichos períodos é indicaciones de la Supe-rioridad.

Extensfán denunciada y comprobada por contenergermen de langosta.

Para conocer estos datos hicimos que oportunamente sepublicaran en el 8oletín Oficial de esta provincia la Realorden de primero de Julio de 1911 para que observaran losvuelos del insecto y sitios de la aovación, recomendando áloa Alcaldes y Presidentes de las Juntaslocales de Albacete,Bogarra, Mahora, Paterna, Fuentealbilla y Villarrobledo,donde hubo aovación el pasado año, que cumplieran esta dis-posición.

También fué publicada la Real orden de 22 de Septiembrereferente á los acotamientos de los terrenos y comprobaciónde las denuncias, reiterando el cumplimiento de este servicioá los Alcaldes de Albacete, Bogarra, Fuentealbilla, Mahora,Paterna y Villarrobledo para que mandaran la denuncia antes

(I) Ingeniero D. Eladlo Moralea Arjona.

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del 15 de Octubrc. Ademés, en 2 de Octubre, por comuni-cación á los Presidentes de ]as,Juntas de Bogarra, Fuente-albilla, Mahora, Paterna y Villarrobledo y Alcalde de Alba-cete, se les llama la atención de la Real orden antedicha parayue mandaran á este Servicio Agronómico una relación quecomprendiera:

1.° Nombredelossitios donde hubiera aovadola langosta.2.° Nombres y apellidos de los dueños de los terrenos.

infestados.3.° Núrnero de manchas descubiertas.4.° Superficie que ocupan.5.° Clase de terreno; y(i.° Si los propietarios se co^rlprometfan ó no á sanear los

terrenos por su cuenta.Como consecuencia de la anterior, el Alcalde de Albacete

manife5tó que en la finca de Torre Marín tenía infestadauna superFicie de 50Q hectáreas que estaban sin labrar; que laaovación aparecía mayor en 200 hectbreas, y más disemina-do el insecto en las 300 restantes.

Que por el Alcalde y Presidente de Fuentealbilla y Presi-dentes de Bogarra, Paterna y Villarrobledo se contestó que,después de reconocer los sitios donde hubo el pasado año, noencontraban aovación alguna, todo lo que comuniqué opor-tunamente á la Dirección Cieneral.

Del reconocimiento veríficado en la finca de Torre hiarín,se comprobó la existencia del germen de langosta en variashazas, muy diseminado y con muct^a irregularidad en una ex-tensión de 130 hectáreas, y en el de Mahora en unas 30 áreas,entre lindes y ribazos, sin intensidad alguna, no siendo posi-ble en los dos términos, por esas circunstancias, aconsejar el

laboreo.

TrabaJos verlficados en el invierno con el númerode hectbreas saneadas de las que aparecieron in-vadldas.

En fa finca de «Torre-Marín», que venía dedicada á pas-tos hace unos catorce años, y á consecuencia de haber sidoarrendada para labor, comenzaron la roturación de los terre-

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nos para el cultivo, resultando por esta circunstancia unas 70hectáreas saneadas, y como el arrendamiento es por variosaños, levantarán todo el terreno susceptible de cultivo, conlo que es de presumir termine la plaga en dicha finca dada laeficacia del laboreo de los terrenos en la destruccióu del ca-nuto de langosta.

Pueblos en los que estfin constltuídas Ias Juntas lo-cales de extlnclón y motlvos por los cualea no fun-clonan, expresado con toda claridad.

Para cumplir la Real orden de 3 de Enero, por la que semandaba á este Servicio que semanalmente diera cuenta dela constitución de las Juntas locales de defensa contra lasplagas del campo, cantidades que ingresaran y presupuestosformulados, pedí en 11 del expresado mes, al Comisario deFomento una relación de las Juntas locales constituídas, can-tidades ingresadas en el Banco de España y que fuera co-municándome las Juntas que se constituyeran y los ingresosque realizasen.

A la anterior se contestó en 29 de Febrero, que trasladé áese Centro directivo en 2 de Marzo, que se hallaban consti-tuídas las de Balsa de Ves, San Pedro, Bonete, Villamalea,Casas de Lázaro, Casas de Juan Núñez, Alatoz, Povedilla,Peñascosa, Alcalá del .Júcar, Pétrola, Vianos, Minaya, Cau-dete, Ayna, Yeñas de San Pedro, Alborea, Bogarra, Abengi-bre, Alpera, Socobos, Balazote, Casas Ibáñez, Villapalacios,Ballestero, Casas de Ves, ^lillarrobledo, Letur, Yeste y Al-mansa, resultando que, según estos datos, faltan por consti-tuirse en 53 pueblos, de los 83 de que se compone esta pro-vincia; á esta relación falta Mahora, pueblo en el que hemostenido infesto; funcionó la Junta los dos años anteriores, queofrecici algún interés la plaga; también nos consta que estáconstituída la de Hellín.

En la capital, como se desprende de la anterior relación,no existe constituída la Junta, por cuya circunstancia noshemos entendído con la Alcaldía y pedáneo de Pozo Cañadapara lo concerniente á la langosta en Torre Marín.

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De las Juntas constituídas ignoramos si funcionan la ma-yoría de ellas; s^ílo conocemos el trab;^jo de las de Mahora,Minaya y Villarrohledo con motivo de lati campañas iíltimascontra la langosta, yue con gran trabajo han secundado ácombatir la plaga; aunyue laç Alcaldías les han ayudado y fa-cilitado todo cuanto han podido al mejor desempeño de sumisión y de los intereses generales de la localidad, todosellos lo consideran como una carga pesada, que no correspon-de al concepto que de los mismos formó el legislador al encar-garles la custodia, vigilancia y defensa de sus intereses.

Pueblos en que apareció la langosta en la primavera.de los que realizaron operaclones de extlncibn enel Invierno y aquellos otros en que hubo avivacióny no veriftcaron trabajos en aquella campaitis.

En el primer caso se encuentra, el de Albacete, que aun-que verificaron campaña de invierno, no aharcó á toda la su-perficie infestada, como ya se deja mencionado.

En el de Mahora, como el poco infesto estaba entre lindesy ribazos con poca intensidad, no se podía hacer labor de in-vierno, y en él también ha habido avivación.

tmporte de los presupuestos formulados por las Jun-tas locales para la campaña de prlmavera 8 inver-slbn del mismo, tanto en adqulslcibn de gasolinacomo en toda clase de materlal y jornales.

La misma falta de intensidad y extensión superFicial queocupaba la plaga, que no aconsejaba el laboreo de inviernoy la carencia en la capital de Junta local, no obligó á formu-lar presupuesto para combatir la plaga en Albacete y Ma-hora.

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Material concedido 8 cada pueblo de los eiementascon que contaba el Ministerio, procedentes decampaRas anteriores.

A1 pueblo de Albacete se concedieron 20 cajas de gasoli-lina y 500 metros de láminas de cinc, con 250 soportes, delos que han consumido 10 cajas de gasolina; á Mahora se leconcedieron cinco cajas de gasolina, que han gastado; portodos estos datos se deduce con toda claridad la escasa impor-tancia de la plaga en esta provincia.

Cantidad de gasolfna y de cinc que queda en esaprovincla y estado en que se encuentra para quepueda ser utilizado en otra campaPia.

Quedan 19 caias de gasolina llenas, cinco y media á me-dias, 14 vacías, que se enajenarán como en los años anterio-r..s; los ].000 metros de lárninas de cinc y los 500 soportes.

De manera que para la próxima campaña quedan:

Gasolina . ... . . . . . . . . . 19 cajas Ilenas.Idem ................. 5112 r medias.Láminas de cinc.. ..... 1.000 metros.Soportes ............. 500 ^

Julcio que le merezca el estado de la plaga que que-da para que pueda tenerse en cuenta para lo suce-sivo.

Desde luego que, por los datos que anteriormente ilevamosconsignados, la plaga no tiene importancia, y aunque aoveen la finca de Turre Marín, como siguen laboreando el terre-no los arrendatarios, es seguro que la avivación llegará fi serde poca importancia é intensidad y extensión; además, ha-biendo siembra el próximo año en las tres partes en que lafinca está dividida, los propietarios han de manifestar verda-dero interés en combatirla; respecto a Mahora, es ociosoocuparse de ella por cuanto ya se ha hecho mención de quecarecta de importancia.

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Observaciones que te sugiera ia vigente ley de pla-gas del campo de 41 de Mayo de 1908 y motivospor los que crea conviene moditicarla para quepueda Ilegarse á ta extinción completa de ia piaga.

Desde luego que la constitución de las Juntas en la formaestablecida no ha dado el resultado que de ella esperaba ellegislador, que consideró capacitado al agricultor para de-ferider aus intereses; no puede prescindirse del Alcalde, que,con su autoridad y los medios legales, obliga al cumplimientode la misma ante el temor de las multas, y del Secretario,que está versado en el despacho de los asuntos administrati-vos, y es el único que puede desempe^iar esa mi>ión conacierto; los demás no hay quien quiera molestarse en esetrabajo, y más si hay que hacer présupuestos, repartos, et-cétera, etc.

Tanto se ha hablado de presupuestos de langosta, quenosotros siempre hemos creído rnás conveniente yue el Esta-do consigne en el presupuesto del Ministerio de Fomentouna cantidad anual para plagas, con la que pague la gasoli-lina, troĉha, transporte, capataces, peones fijos, etc., que-dando sólo á las Juntas la obligación de concurrir con laprestación personal en la forma por la ley establecida y laobligación terminante de que el propietario haga el lahoreode los terreno^ ínfestados y comprobados del germen de lan-gosta antes de l.° de Diciembre, y cuando no le tenga hechoen dicho día, pueda el Estado autorizar á la Junta para que lodé en labor á los labradores del pueblo ó limítrofes por losaños y rentas corrientes en la lucalidad.

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ALMERÍA`''

En las Memorias formuladas en los eños anteriores creí-mos determinar clararnente todos los factores que de modomás ó menos directo se oponían al completo éxito de cuantostrabajos integran las denominadds campañas de invierno yprimavera coutra la langosta.

Expusimos el irregular funcionamiento de las Juntas loca-les y la difícil aplicación de loa medios coercitivos que pue-den adoptarse para exigir el exacto atmplimiento de lo dis-puesto por la vigente ley de defensa contra las plabas delcampo, teniendo especial cuidado en significar la falta de es-tímulo que venía obscrvándose en los pequeños labradores,justificado por el abandono mostrado por los grandes propie-tarios, que hacen á la postre comprometer con su inacción elresultado práctico de las operaciones de extinción.

De tal modo es exacto lo manife^tado, que en la campañaúitimamente realizada, el personal técnico de esta SeccióttAgronómica ha tenido que verificar en el término municipalmás invadido una penosa labor para salvar cuantos obstácu-los surgieron, debiéndose de modo exclusivo á sus gestionesel que se acometieran los trabajos, para cuya organizaciónhut^o yue recurrir al Ayuntamiento, toda vez que la Juntalocal, por dimisiones y por ausencias más ó menos justifica-das, no intervino siquiera del modo más indirecto en la carn-paña.

Y si se relaciona lo anterior con la circunstancia de no

(1) Ingeniero D. ]uan de la C. Soler MArquez.

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haher sido formuiados por nin ;una Jrmta los correspondien-tes presupuestos de gastos, ni recaudado, por consiguiente,el ímpuesto que 1a ley deterniina. podrá formarse juicio delas condiciones en que se han tenido que llevar á cabo lasoperaciones de extincián.

La extrema sequía del año actual ha contribuído nutable-blernente á combatir la plaga, mermándola de tal modo enalgunos parajes, que asf puede explicarse se haya dominadototalmente y con escaso esfuerzo en los términos municipa-les que luego se mencionarán, donde la falta absoluta dehierbas y de sembrados próximos á los lugares infestadosdió lugar á que desapareciera el insecto en la primera fasede su desarrollo, combatiéndose con facilidad los pequeños ypocos numerosos focos que avivaron por circunstancias loca-Ies en r:.lativas favorables condiciones.

Ue lo indicado se deduce que es urgente proceder á laaiopción de tocias aquellas medidas que permitan garantizarel exacto cumplimiento de la ley, ocupándonos en el lugaraportuno de esta Memoria de lo que nuestra experiencia deanteriores campañas nos ha sugerido como más convenienteal efecto.

Las extensiones denunciadas por las f untas locales y corn-probadas por el personal agronómico, fueron !as que se ex-presan en el siguiente estado, especificando por términos mu-nicipales.

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EXTENSlONES

TÉRMINOS MUNICIPALES Denunciadaa.por

a Junta local.

Hectdreas.

Comprobadaspor

el pcraonal.

Hectdreas.

Vé^ez Rubio ........................

Huércal O vera ......................

G.ievas . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . .

Purchena ..........................

Armuña ......... ..................

Gergal ............................

Uleila del Campo ... . . . . . . . . . . . . . . . .

TOTAI,ES ...............

0

200

700

0

l0

0

379

1.289

257

136

109

105

6

172

133

918

Los trabajos realizados durante el plazo fijado para lacampaña de invierno alcanz.aron una mayor proporción de laque podía esperarse, dada la falta de tempero en algunos lu-gares, y además por ser gran par#e de los terrenos infestadosde naturaleza tan abrupta y rocosa que no se prestan á la ro-turación.

A pesar de todoslos obstáculos, obedeciendo á nuestrasrepetidas órdenes y esttmulos, se labraron, y aunque en pe-queña escala, se verificó la recogida del canuto á mano em-pleando la azada y el pica en una superficie de ZGS hectárea^hasta los últímos días de Enero. Posteriormente, prorrogadoel plazo por todo el mes de Febrero, se ampliaron las opera-ciones, llegando el número de hectáreas saneadas al númerode 3G5, entre las que se cuentan todas ias infestadas del tér-mino de Armuña, en donde no ha avivado la plaga.

***

En la actualidad, y por haber presentado la dimisión desus cargos los Presidentes y algunos Vocales, hállanse sin

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constituir las Juntas locales de los términos de Ciergal y Vé-lez Rubio. En todos los deurás pueblos existen, pero su fun-cionamiento es tan irregular, yue apenas si ciunplen con al •gunos de los preceptos de la ley y, desde luego, con losmás elementales. Con absoluta unanimidad opinan lus indivi-duos que las componen que carecen de medios para llevar ála práctica dichos preceptos; que para cumplirlos personal-mente habrían de abandonar los asuntos propios y suírir lasmo?estias consiguientzs, ó de encomendar su ejecucií5n al per-sonal necesario, sería á su costa como al presente ocurre conlos gastos de escritorio y franyueo, no prestándose á ello, ymuchísimo menos á montar una oficina de recaudación cuyosresuitados serían problemáticos en cuanto al cobro del im-puesto, pero que sí seguramente resultaría un semillero dedisgustos, acarreándolos la animadversión de sus convecinos.Por tales motivos, que en gran part'e son fundados en la es-peeial idiosincrasia del país, ni formulan los presupuestos degastos que no han de hacer efectivos, y tal es su convenci-miento de que los asiste la razón en su proceder, que tanpronto se emplea algún medio coercitivo para hacerles cum-plir con lo díspuesto, presentan la dimisión de sus cargos,como ha ocurrido ya en varias ocasiones.

©e lo expuesto se deducen las grandísimas dificultadesque el personal de esta Sección tiene que vencer para quelas campañas sean útiles en sus resultados, recurriendo entodas las ocasiones á los Aynntamientos, que suelen facilitarobreros, y á lus particulares, dueños de las fincas infestadas,que con sus colonos aportan generalmente algunos auxilios,abonando jornales y gastos de transporte. A veces se pres-tan á esto los mismos señores que componen la Junta, perosólo en el terreno particular, pues oficialmente se concre-tan á contestar algunas de las comunicaciones que por elGobierno civil y por esta Jefatura se les dirigen y á aconse-lar á los labradores las operacion^s que deben verificar áeste respecto en las diferentes épocas, interesando de lasautoridades locales y rurales la publicación de bandos conlos cuales se hace llegar á conocimiento de todos las órdenesrecibidas acerca del cumplimiento de la ley.

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Respecto del cuadro que antecede, hemos de hacer obser-var que no figura el pueblo de Alcudia, á pesar de haberdenunciado la plaga al finaiizar la campaña de primavera delpasado año, porque, según las comunicaciones oficiales de la,Junta lotal, el insecto levantó el vuelo sin verificar la aova-ción dentro del término. Es de suponer que procedían deaquel bando las pequeñas manchas que se presentaron en losde Sorbas y Tahal á fines de Abril último, y que no revistien-do importancia alguna fueron fácilmente sofocadas, valién-dose sólo de ahrígos artificiales de hojarasca, á los qire sepegaba fuego en las primeras horas de la noche, procedién-dose á estas operaciones simultáneamente con ias del términode Uleíla, limítrofe á los mencionados.

En ningún terreno de los roturados avivó la plaga en pri-mavera, siendo, por consiguiente, Armuña el único pueblodonde no apareció por haber saneado en su totalidad el pe-queño número de hectáreas que había infestadas. La aviva-ción se verificó, pues, en los restantes términos municipales,y en todos e^los se realizaron trabajos, aunque con grandespenurias,.por carecerse de fondo^ para el entretenimiento delos mismos, teniéndose que recurrir á los Ayuntamien#os porno prestarse todo; los propietarios á extinguir la plaga porsu cuenta dentro de sus fincas. Esta resistencia es principal-mente debida á que están convencidos de que la acción co-mún, única eficaz, es imposible, y que nada se adelanta consanear nn terreno si lo conserva infecto el vecino, no siendofácil en paraje^ donde la propiedad está muy dividida, siendoparte de los dueños forasteros ó emigrados, desarrollar, unaacción colectiva, máxime si el terreno careçe de cultívo,preocupándoles, por lo tanto, poco á la mayoría, inspiradaen un sentimiento de egoísrno, no sólo la presencia, sino aunlos efectos de la plaga.

De aquí la necesidad de dotar a las ,Juntas de aqueilasatribuciones que de modo directo tiendan á vencer éstas yotras dificultades que se oponen á la práctica eficaz de cuan-tos trabajos con las campañas de extinción se relacionan.

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Ya dijimos que ninguna de las Juntas locales de los pueblosinfestados formularon los presupuestos correspondientes porlas razones también expuestas. Por consiguiente, no se ve-rificó recaudación alguna, habiendo sido satisfecho los gas-tos de transporte de material, jornales, etc., por los Ayunta-mientos y los particulares; los propietarios también facilita-ron peones para la formación de cuadrillas necesarias, quefueron en ocasiones aumentadas con empleados de los Muni-cipios, guardas y labradores de la^ fincas en que se efectua-ron las operaciones, merced á la verdadera cruzada empren-dida por el personal de esta Sección, dispuesto á vencer to-dos los obstáculos que se han presentado y que á cada pasocompromettan el éxito de la campaña.

+^*

No existiendo sembrados ni cultivo de ninguna especie enlas proximidades de la mayoría de los parajes infestados, porcausa de la extraordinaria sequía que en la provincia se pa-dece, el empleo de la trocha de cinc se ha reducido conside-rablemente, limitándose á casos especiales en el término deHuércal Overa donde fueron enviados 400 metros con suscorrespondientes soportes.

En r,uanto á la gasolina que restaba de la campaña ante-rior, se ha procurado distribuirla proporcionalmente á la in-tensidad de la avivación de la plaga, correspondiendo á Crer-gai 10 cajas, otras ]0 á Purchena, cinco á Vélez Rubio y tres.á Huércal Overa, reservándola para los focos de mayor im-portancia y combatiendo los demás con pisones, abrigos ar-tificiales, zanjas y con el empleo de las aves de corral.

Habiéndose, pues, consumido las 28 cajas de gasolina so-brantes de las concedidas por el Ministerio á e^ta provinciaen la campaña anterior, sólo quedan disponibles para la pró-xima unos 1.300 metros de trocha de cinc, con sus soportes,en regular estado de conservación.

A juicio del [ngeniero que suscribe, la plaga hállase domi-nada en los términos de Vélez Rubio y Huércal Overa y ex-

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tinguida, salvo atgún pequeñ^ foco que pudiera haber pasadodesapercibido, en los de ^rmuña, Cuevas, Uleila del Campoy Purchena. Unicamente por su intensidad, aun cuando afor-tunadamente no por su extensión, reviste importancia en eltérmino d^ Gergal, donde por lucharse con todo género dedificultades para la organización de los trabajos y por dispo-nerse de exiguos elementos y escaso material, hubo que re-concentrar{n^ en los parajes próximos á]a vega para defen-derla de los ataques de los insectos. que, encontrando escaso^medios de alimentación en los lugares que verificó la aviva-ción, se dirigieron hacia los parrales, constituyendo el consi-guiente peligro, que al fin se logró vencer.

Creemos que, de disponerse de elementos y si se consigueque las Juntas locales tengan el funcionamiento debido, po-drá extinguirse la langosta el año venidero en los términosmunicipales ínfestados, así c^mo también estimamos oportu-no consignar que, de no hacerse particularmente en Gergaluna activa campaña, la plaga adquiriría bastante expansióndada la naturaleza de los terrenos en una extensa comarcaalrededor del foco principal, que ofrecen al insecto las más fa-vorab{es condiciones parasu defensa y para su multiplicación.

Hecho el cálcttlo, aproximadamente, en términos generales,puede decirse que, merced á las campañas últimas, eficazmen-te auxiliadas por las circunstancias climatológicas de que yase hizo mención, la plaga en esta provincia ha quedado re-ducida á una quinta parte del total que representaba en lamisma época del año anterior.

^x**

Sólo nos resta, para terminar el cuestionario, hacer constarlas observaciones á que la vigente ley de plagas se prestaen el terreno de la práctica, siendo á. nuestro juicio de sumaconveniencia la modificación de algunos de sus artículos,para que, adaptándose al modo de ser de este país, pueda ]le-garse á la extinción completa de la plaga.

EI escollo principal radica desde It^ego en la forma de re-caudación de los impuestos, y esto pudiera hacerse extensi-vo á todos los artículos que del particular tratan en la citada

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ley, toda vez que los encarl;ados de ejecutarla son los pri-meros en oponerse, fuudándose en Ias razones, no desprovis-tas de fundamento, que cn otro lugar expusimos. Aun dado elcaso de que se lograra vencer esta resistencia, es nuestraopinión que no dcjarían de surgir otras al presentar á]oscontribuyentes el talón de un nuevo impuesto, así fuera deimporte insignificante, dificultando ó retrasando ia constitu-ción del fondo, preciso en épocas fijas y determinadas. Cree-mos, por último, á este respecto, que la dicha forma de re-caudación resulta cara, mermándose así en sumas importan-tes 1as que debieran ser sblo destinadas á satisfacer los gas-tos de extinción.

Ante las consideraciones anteriores, la modificación másútil de la ley que pudiera intentarse para su aplicación á estaprovincia, sería verificar la recaudación por los agentes óarrendatarios de las contribuciones como un recargo sobrelas mismas y que sería fijado por el Ministerio de Fomento,previo el informe ó los informes correspondientes sobre laimportancia de la plaga en cada pueblo. El importe total, de-ducido el premio de cobranza, debería ingresar en la sucur-sal del Baneo de España, en depósito y á disposición delmismo Ministerio, cuyo ordenador de pagos pudiera ser tam-bién el de los que afectara á estos fondos ó nombrar uno es-pecial que lo sería para todas las provincias. Remitidos lospresupuestos generales para rada pueblo á la aprobación dela Superioridad, y una vez aprobados, se darían las órdenesoportunas para la inversión de las cantidades á que ascendie-sen, las cuales habrfan de ser debídamente justificadas atfinalizar cada carnpaña en la forma que se dispusiera. El re-manente que quedase, caso de haberlo al extinguirse la plagaen un término municipal, serfa lo expedito que ingresase ettel fondo á beneficio de los restantes y, reciprocamente; dadoel caso de faitar alguna cantidad para hacer frente á la plagaen algún pueblo, debe autorizarse para ser suplida del fondocomún. Por último, suponiendo que se constituyese en lamisma forma otro fondo general para las restantes plagas,al desaparecer la langosta de la provincia deberla ingresarel sobrante, si lo hubiera, en este fondo provincial.

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En cuanto íi la aplicacián de los arts. 6^ y 70, creernos.nose conseguirán en todas sus partes, por exigírseles á las Jun-tas un trabajo ímprobo al formular un presnpuesto para cadafinca, ayuí donde generalmente la propiedad está muy dividi_da. El ^eneral para todo el térrnino, con la garantía del cu-nocimiento que del terreno y de la importancia de la plagatiene en todos los casos el personal de la Sección Agronómi-ca, en cuyas oficinas habrta de ser visado y, si fuera necesa-rio, corregido antes de ser elevado á la Superioridad, creemoses suficiente para la eficacia de la ley y para que ésta seadebidamente cumplida.

La creación de la guardería rural resolvería el problemadel servicio de vigilancia que tan importante es en la aplica_cir5n de la ley de plagas, y muy particularmente en aquellaparte que con la langu^ta se relaciona. De no crear^e dichoCuerpo, que por muchas razones conceptuamos necesario,los gastos que por el citado servicio se originaran habríande ser satisfechos con cargo al fondo á que nos referimosanteriormente, ó encargar taxativamente de su ejecución áempleados del Municipio respectivo.

Finalmente, estimamos que la constitución de las Juntaslocales debe ser modificada, presidiéndola los Alcaldes, conlo cual, dependiendo éstos directamente de los Gobernadoresciviles, es de suponer que se ohtendría el pronto y exactocumplimiento de lo que se ordenara, pudiéndese exigir inme-diatas responsabilidades en caso contrario por ser factible ála autoridad de la provincia utilizar los medios coercitivos ásu alcance de modo directo y eficaz. Tendráse además mayorseguridad de que el cargo de Presidente no sería renunciable,y con ello se conseguiría un funcionamiento más regular delas Juntas, que revestiría, al propio tiempo, de mayor respe-to y responsabilidad.

Con tales modificaciones, fundamentadas en las razonesexpuestas en términos generales, es nuestra opinión que laaplicación de la ley se haría eficaz en esta provincia en biende la Agricultura, que constituye hoy su principal fuente deriqueza.

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Ávi ^ A^t^

Las alternativas de aparición y desaparición de la langos-ta en esta provincia, por mortificantes al amor propio de unoSy al interés de otros, no son menos naturales y racionales.Lo escarpado y abrupto de los terrenos donde la plaga es deantiguo conocida y, por fanto, lo que^encioso de esos rinconesde dehesas y baldíos, siempre poco visitados y menos traba-.jados por el hombre en el cultivo de la tierra, son y seránsiempre una dificultad grave para descastor el acrídido; lasmismas dificultades, corolario de aquello, para la eficacia delas campañas de destrucción; los insigniFicantes perjuicios ori-ginados hasta aquí casi de siempre, son también causa de talhecho; y sobre todas se halla la imposibilidad de lograr queen un momento dado, en una camgaña, no queden gérmenesde un año para otro, gérmenes desapercibidos por el pronto,pero constitutivos de verdadera plaga al segundo 6 terceraño de su existencia. Y esta es ia razán de figurar hoy Avilaentre las provincias invadidas.

Pareció completamente destruída la invasión de 1^J09, ymás aún los pequeños restos apreciados en 1910, dándoseel caso de que en lJll, por no existir terrenos infestados,se devolviera integra la consignación por el Estado con-cedida para este servicio, y cuando se abrió en el año actualel expediente con la Circular de 5 de Marzo, publicada en elBot, tln Oficial de la provincia, correspondiente al 14 delmismo mes, nada permitía sospechar la existencia de la piaga;la segunda Circtilar de I 1 de Marzo mandando organizar lacampaña de primavera, publicada en el periódico oficial de laprovincia el día 19, llegG con iguales auspicios, dándose élcaso de que algunos Alcaldes y Juntas locales de plagas de1

(t) Ingeniero^D. Angel de Diego.

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campo de los puehlns, en años anteriores considerados comoinfe^tados ó limífrofes, dieran parte de no haber novedad ensus jurisdicciones.

EI 13 de Mayo, la Guardia civil de Hot^o de Pinares, tér-mino infestado en 1910, participó que en el monte núm. 3.9del Cat^Slogo, sitio Solana de la Hoya, se veía langosta, y,simult^^neamente, el 15 el Alcalde de San Bartolomé de Pina-res hace il;ua) manifestación. Por telégrafo, el día 18 tuve elhonor de comuniĉarlo á V. S. L, haciéndose al mismo tiempolas gcstiones oporhmas: nota de la si#uación, cantidad y lo-calizaci(in del material de extinción disponible; orde q á laJttnta de plagas y Alcalde de Hoyo para comprobar inmedia-tamente la denuncía y proceder scl;ún determina la ley, coninstrucciones concretas antílogas á las dictadas en otras cam-pañas; encart;o de dar semanalmente parte de la marcha delos trabajos de extincifin segtín modelo, y recomendación defijarse en los artículos 5^3,G3, G5 yG9 á 71 de dicha ley, algunode los cuales no aparecta fielmente cumplido. Por fin se co-municó la novedad á todos los Alcaldes comarcanos y á la Je-fatura del S^rvicio Agronómico de Madrid, con cuya provin-cia Hoyo de Pinares es colindante.

Como, segán tele;rama de la Dirección gzneral de 20 deMayo, la falta de consignación por el Estado constituía unmodo de ser para la campaña enteramente distinto al de lasañteriores, fué trasladado á las atttoridades de los dos pt^e-blos ínfestados para yue procedieran en consecuencia, tantomás cuanto que uno de ellos había ya pedido gasolina.

En 23 del tnisrno mes comenzaron á recibirse partes de los#rabajos de extinción, y semanalmente fueron comunicadosá la Dirección generaL

EI i0 de Junio denunció Sotillo de Adrada, en el valle de]Tietar, la aparición de lá plaga; pero por el examen posiblede algunos insectos que, en pésimo estado, remitió por co-rreo, se vino en conocimiento de que no era propíamentelangosta 10 observado,sino otro acrídido sin importancia parae] caso. Llegó 1a comunicación el 1rJ, y se contestó el 20 á laJunta de plagas, tranquilizándola sobre el particular y enco-mendándola una vigilancia eficaz, como medida preventiva.Nada ha resultado en el término de aqueila villa.

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Posterinrmente, sólo consta la Real orden de 28 de Junioe.n prevenci^ín de la campaña de invierno, soberana disposi-ción que todavía result^, prematura para su aplicación en estepa{s, y de la cual pende el acuerdo del Consejo de Fomen-to para tras}adarla á los pueblos y darla publicidad conve-niente.

Con tales antecedentes, he aquí sintéticamente c^ntesta-dos los particulares comprendidos en el cuestionario consig-nado en la Circular de 20 de Junio:

1.° Extensión denunciada: Hoyo de Pinares, tres hectfi-reas; San Bartolomé de Pinares, una.

2.° ^Trabajos de invierno: ninguno.3.° Juntas constituídas: todas; la de Hoyo fué renovada •

por faltar do.ti vocalcs, y conminados con multa otros dos,por no asistir á las sesiones.

4.° Rottrraciones: ningtma.5.° Aparición en primavera: Hoyo de Pinares y San Bar-

tolomé de Pinares.^.° Presupuestos: ninguno.7.° Material concedido: regaderas y gasolina que les sr^-

bró de campañas anteriores.8.° Material existente: gasolina, l4 cajas en e) depósito;

regaderas, 1-t en el depósito, 12 en los pueblos.9.° Juicio sobre la plaga: probablemente destruída en su

totalidad, conviene visitar los terrenos invadidos este año,al llegar la prímavera siguiente, en previsión de que pasedesapercibida la aovación por lo escaso de la intensidad dela invasión actual y la probabilidad de que no se aleje delterreno este año infestado.

10 Modificaciones convenientes de la ley: la principalen este pals se refiere á la verdadera imposibilidad de for-mar presupuestos las Jun#as y de conseguir eficacia en sucobranza, caso de imponerla. Realmente, resulta muy violen-to que, para cobrar lostributos ordinarios,se requiera unaley en Cortes formada y, por• el contrario, una Junta decinco vecinos pueda imponer el 2 por 100 sobre la contribu-ción; además, este 2 por 100 representa una cantidad insig-nificante en el cupo contributivo de estos pueblos, si hubie-ra de hacerse frente á una invasión grande de langosta, por

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lo cual, las Juntas locales se verán impulsadas á disminuir laimportancía de las plagas y aun ocultarlas, creyendo favore-cer así los intereses mtmicipales.

Es un mal que la presidencia de las Juntas no recaiga dehecho sobre la primera autoridad municipal; siempre estaJefatura ha dado conocimiento de todas las órdenes á tos At-caldes, interesándoles coadyuven á lós trabajos de las Jun-tas de plagas; sin esa ayuda, la inmensa ma,yoría de ellas nopodrtan funcionar; la responsabilidad, además, resulta másdeterminada en quien ejerce aútoridad que en vecinos á toscuales se obliga á trabajar por sólo amor patrio, casi nuncabíen comprendido er. el trueque de íntereses locaies y gene-rales ó locales y particulares.

Como no es posible entrar de pasada en el estudio crítico.de ia ley, io anterior queda apuntado como observación sa-cada de la experiencia. ^

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BA DAJ OZ `''

Cumpliendo lo ordenado por el ilustrísimo señor Directorgeneral de Agricultura, Minas y Montes, con fecha 20 deJunio último, el Ingeniero que suscríbe procede á refiejarcuantos extremos se interesan en la orden de referencia, loscuales constituyen el tema sobre el que ha de versar el tra-bajo que se nos encomienda referente á la importancia quealcanzó la plaga de langosta en esta provincia, tanto en lacampaña de primavera que acaba de finalizar, así como tanrbién en la pasada de otoñ^ é invierno, y á dichos fines some-temos á la consideración del superior Centro que ha de juz-gar los conceptos emitidos en este modesto trabajo, abrigan-do fundadamente la esperanza de que no ha de desmerecerante el mismo, siempre que no se omitan ninguno de los im-portantes puntos que abarca el cuestionario, aunque éstossean tratados con la debida concisión y claridad, como lo ha-remos, por entender que al proceder así se responde máscumplidamente al objeto primordial que se persigue en lapresente Memoria.

Clrculares encaminadas á la mejor organización delos trabajos contra ta plaga de ta tangosta en •Iasdlterentes campañas.

En l.° de Julio de 1911 se dictó una disposición que porlas Juntas localeĉ de plagas del campo, auxiliadas par laC^uardia civil, propietarios-colonos y guardas jurados, peo-

(1) Ingeniero D.Juan Clvantos.

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nes camineros, pastorc,, etc., se vil;ilaran los vuelo^ y re-vuelos de los bandos dc lanl;osta para fijar los sitios de loster•renos donde se posan y aquietan para vcrificar la aova-ción, efectuando los reconocimientos y acotamientos de 1osterrenos denunciados, y formando las mencionadas Junta^una relación de los focos reconocidos con arreglo al corres-pondiente modelo yue por dup'icado remiten al Gobierno ci-vil en la prirnera quincena de Septiembre.

Dandn instrucciones al propio tiempo, respecto á si notifi-cado^ en forma los propietarios de terrenos infestados, optanó no á la extinción de la plaga por su cuenta, remitiendo alGobierno civil antes del 15 de Octubre el modelo mím. 2 in-serto en el mismo Bolelin Oftcial, por el que se da á conocerlos terrenos en qtre las mencionadas Juntas tienen que e^fec-tuar los trabajos de saneamiento por su cuenta, debiendoformular con la oportunidad debida el correspondiente pre-supuesto de extinción.

En 1G de Septiembre de 1911 se publicó otra recordandoel cumplimiento del servicio que se interesaba en la circularde l.° de Julio conminando á todas las Juntas morosas conel correspondiente correctivo.

En 24 de Octubre de 1911, otra recordatoria para que lasJuntas remitieran el estado ntím. 2, conforme al modelq in-serto en el Boletin Oficiul, y se publicó igualmente toda l^modelación para yue las Juntas pudieran sin dificultad for-mular oportunamente los presupuestos de extinción en lacampaña de invierno.

En 5 de Diciembre de 1911, otra ordenando se efectúentrabajos de escarificación en los terrenos invadidos por elgermen de la plaga y que las Juntas den semanalmente cuen-ta de los trabajos de saneamiento de terrenos efectuados ensus respectivos términos municipales, con arreglo al correti-pondíente modelo deI inserto en el Boletin Ofici il.

En 1.° de Febrero de 1912 se dictó otra dando cuenta dehaber concedido la Superioridad prorrogar por todo el mesde Febrero los trabajos de saneamiento de terrenos con ger-men de la plaga.

En 1.° de Marzo de 1^)12 se publicaron instrucc.iones ge-nerales para la campaña de primavera, y se interesaba de las

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•^untas rem^ti^^ran antes del día 20 del citado mes fns corre^-pondientes presupu;^stos que debían form.rr para dicha cam-paña.

En `L^) de Marzo de 1912 s^ participaba ^í las Juntas podíansolicitar del In^eniero de la S^cción A^ronómica la ga-solina y trochas de cinc qu^ estimasc^n nece^arias, proce•dentes del sobrante de campañas anteriores, y euyos elemen-tos habían de d•,stribuirse equitativamente entre los términosmunicipales invadidos por la pla^a, según la iutensidad queésta revistiera, dando adem^ís in,trucciones l;c:nexa;cs refe-rentes al matcrial de extinción que se les facilitaba.

En 8 de Abril de 1^12 ^e excitó el ce'o de las Juntas paralograr se realizara una activa y en^.r^ica campaña d^^ extin-ci(in contra la p]affa, tan pronto s^ inició la avivación delgerrnen, y que semanalmente dieran cuent^a á la Jefatura delServicio A^ron^^mico de los trahajos realizados e^i los res-pectivos términos municipales, tanto por las f untas como porlos propietarios.

Por últirno, muy grato nos es consignar que el b; neméritoInstituto de la Guardia civil ha cor>perado grandemente almejor éxito de la campaña de primavera contra la plaga, de-bido á que por el setior Teniente coronel, primer jefe de estaComandancia, se circularon las oportunas úrdeneti á todos lospuestos de la provincia, para que la^ parejas, en sus excur-siones por los campos, denunciaran al Ingeniero de laSección Agronómica todos }os focos de langosta que inspec-cionaran, indicando el nombre de la finca, el del propietario ytérmino rnunicipal donde aquélla radica, expresando si en losfocos reconocidos se realizaban ó nn trabajos para su extin-ción, r.ínico modo de poder con oportrmidad obli^ar á comba-tirlos, bien por las ^untas á quienes inmediatamente se lesparticipaba los resultados de la inspección que la Guardiacivil había practicado sobre elterreno, ó bien para que lospropietarios los extinguieran, auxiliándolos las f untas conlos elementos que el Gobierno las facilitaba del material deextinción sobrante de anteriores campañas.

Este poderoso auxilio de la Ciuardia civil (sin desatendersu principal misión) ha influído para que en todo momento,desde que la avivación de la pla^a comenzú hasta que el in-

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secto adquirió su completo desarrolío, hayamos tenido cons-tantes y frecuentes noticias reierentes al desarrollo y marchrsde los irabajos de extinción que se estaban efectuando contraia plaga.

Extensfbn denunclada y comprobada por contenergermen de langosta.

SDPE6F;CIE INFESTADA

TÉRMINOS MUNICIPALESSegúnlas

untas locales

Hecfáreas

Seqún elpersonat

técnico

Arroyo San Serv^ín, ........ ..........Kadajoz(1) ...........................j3enyuereucia .........................Cabeza del I^uey .... .. . . . . . . . .. . . . . . . . .Calera de León ........................Capilla ...............................Castuera .............................Don Alvaro ..................... .....Don Kenito.. .....................Fuente de Cat^tos .....................Higuera de Llerena ....................Lobón ... ............................Malpartida ...........................Medellín ............................Mérida... ......................Puebla del Prior .. .. ... . . . ..... .. . .. ..Mantemolín (2) .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Usagre ..............................Rena... ...................Valencia de Ias Torres .. . . . . . ... . . . . . .Vitlanueva dela Serena ................Talavera la Real .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

T 07'A L . . . . . . . . . . . . . . . .

174,52377,02253

5.734450,80130

2.2836,40

36,89309,0740,54

248,96'l34368,45

1.150,331,93

200,83187741,20

1.14639

13.320,94

Hectáreas

199149238

2.7h6425128

2.4918

40,6437742,5(f

229222318933,89

1,93»356239

2'L144

8.969,96

(1) No pudo termiuarse Ia comprobación por no haber remi-tido oportunamente las relaciones.

(2) No se comprobó por haber remitido la relación de terrenosfuera del plazo legal.

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Pueblos en que estAn constitufdas las Juntas localesde extinción y motlvos por los cuales no tunctonan.expresados con toda claridad.

En todos los pueblos de la provincia están constituidas lasJuntas locales de plagas del campo, ó al menos oficialmenteasi consta en las correspondientes actas aceptando los cargospara que entre si eligieran todos los individuos que integranestos organismos, de los cuales podemos decir que funcionan,la mayor parte de ellos, con más ó menos normalidad, á ex-cepción de los pueblos del Montijo y Hornachos, donde delos individuos nombrados en diferentes ocasiones ninguno deellos aceptó el nombramiento, no habiendo podido, con arre-glo á lo preceptuado en la vigente ley de plagas del campo,Ilegar á constituir estas Juntas, habiendo sido en vano cuan-tos esfuerzos en este sentido se han realizado. Nadie en es-tos pueblos ha querido encargarse de administrar una ley quebeneficia altamente í; los intereses agrícolas; el hien generalse ha pospuesto ante las pasiones y rencillas que en los pue-blos se agitan, y nadie tampoco ha tenido el civismo de po-nerse al frente, despreciando la enemistad 6 malquerencia delos que abiertamente están sierr^pre dispuestos á ser una ré-mora para yue la ley de plagas no se cumpla en todas suspartes, cuando las circunstancias así lo exigen. Los menosson los que desean luchar en beneficio de los intereses gene-rales cuando éstos se encuentran amenazados, aplicando sinprejuicios una ley puesta en sus manos. Todos rechazan enmomentos difíciles el tener que proponer á sus convecinospara responsabilidades cuando manifiestamente han faltadoá dicha ley.

Por último, también son motivos por los cuales no funcio-nan como es debido las Juntas de plagas del campo el creeréstas erróneamente en muchos casos que dichos organismoscarecen de la suficiente autoridad para exigir que la ley secumpla, apoderándose de los mismo^ la mayor apatía é indi-ferencia, y más aún todavia en aquellos casos en que los in-dividuos que forman las mencionadas Juntas no tienen bue-nas relaciones con la autoridad local; también en otros casosaplican la ley con rigorismos tales que la extreman, haciéndo-la odiosa.

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5ti --

Pueblos en que apareció la langosta en primaverade ios que realizaron operaciones de extinción eninvierno.

Arroyo de San Serván, Badajoz, Bf:nyuerencia, Cabezadel Buey, Castuera, Don Alvaro, Don Benito, Fuente deCantos, Lobón, Mérida.

Pueblos en que apareció la plaga en prlmavera yno verificaron trabajos durante la campaRa de in-vierno.

Malpartida, Esparragotia de la Screna, Peñalsordo, Zarza-Capilla. ,

Los tres últinTOS pueblos no denunciaron la existehcia dela pla^a hasta que avivó en la primavtrra.

tmporte de loa presupuestos formados por las Jun-tas locates para la campaRa de primavera ó invier-no del mlamo. tanto en adquisicíón de gasolinacomo de toda ciase de material y jornales.

PUEKLOS

Esparragosa de la Se-

rena ..............

Fuente de Cantos....

Mérida .. . . . . . . . . . . . .

CANTIDADpresupuestada

Pes:tas

993

3.U19

9.797

CAN 1'IDAD INVER I IDA

rn óasulina

P.+setas

em m^icrial en jxrnalrs

15U

Pes_^tns ^Pesrtas

14U

301

1.35 ]

TOTAL

Pesetas

451

1.491

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Material concedida á cada pusbio de los eiem8ntoscon que contaba el Ministerio procedente de cam-qafias anteriores.

PUE[^LOS

Gnsou^A

Número

TROCfIAS

Númerodc

cajasde

me ros

Arroyo de San Serván . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 200Badajoz ... ............................ 30 300Benquerencia ............................ 42 400Cabeza delt3uey ......................... 85 300Castuera ................................ 11U 1.900Dou Alvaru .............................. 4Don liettito .. .. . . . ... . . .. . . . . . . . . . .... . .. 4Fuente de Cantos ........................ ]0Esparragusa de la Serena .. . . . . . . . . . . . . . . . . y 200Lobún ................................... 30 100M alpartida .............................. 20 300Mérída .................................. 59 300Peñalsurdu .............................. 23 ^Zarza-Capilla .. ......................... 40 3.000

ToTAL .. ................ I 476 7.000

Cantldad de gasolina y clnc que queda en esta pro-vincia y estado en que se encuentra.

GASOLINA ^'ROCHAS SOPORTES

DEPÓSITOS Número Númeroó

CI_AVOSde de -

cajas metros Número

Llerena ....................... ]08 2.600 5(>UMéricia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ^ 1.400 1.500Castuera ...................... 48 4.000 2.0(x)BadajOL ....................... 77 2.000 1.000En poder de la Junta local de Zar-

I

zn-Capilla .................... u 3.OD0 1.500

TOTAL ............. 233 13.000 6.500

NOTA. -- De las 233 cajas de gasolina, 175 se encuentran enbuen estado y las 58 restantes medio vacías.

Ue los 13.OJJ nretros de trocha, 7.00`) están en buen estado y losfi.000 restantes en mal estado de conservación é inservibles.

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La plaga el año de 1910 existió en Fi0 términos municipa-les; en 1J11 en 3i y en la primavera del año corriente avivóel insecto con más ó menos intensidad en 14 términos sola-mente; comparando estas cifras, se ve que ha hab:do unadisminución considerable en la plaga que existía en la provin-cia durante el transcurso de dos años, cuyo decreci^nientoexcede de un 75 por 100 del número de términos municipalesen que apareció el insecto en la pasada primavera, compa-rándola con la del año de 1910.

A pesar de haber sido grandes los trabajos de extinciónque se han realizado para combatir con eficacia la plaga du-rante el último bienio en las campañas de invierno y prima-vera, y más especialmente en estas últimas, no solamenfe he-mos de atribuir el decrecimiento tan notable observado enla intensidad que ha revestido la plaga en la prov^ncia en laprimavera última, sino que, á nuestro juicio, han influído tam-bién á aminorarla causas puramente. naturales, el ataque ydestrucción del germen de la langosta por una larva que seintroduce en los canutos y hace abortar un tanto por cientoconĉiderable de ellos, y también hemos observado otra larvaque se al^ja en el tórax ó en el abdomen de la langosta enestado perfecto y vive á expensas del tejido adiposo de suvictima; puesto que la langosta muere por consuncién, estosinsectos, si se propagasen en debida forma, serían el mediomás eficaz y económico para lograr naturalmente el exter-minio de la langosta, cuya principal área donde quedará elmayor infecto para el año próximo venidero será en la zonade la Serena, y principalmente se localizará en los términosmunicipales de Cabeza del Buey, Peñalsordo, Castuera, Ben-querencia y Malpartida, siendo de espei-ar que en el año pró-ximo continúen el decrecimiento progresivo de la plaga ini-ciado ya en la provincia, á menos que invasiones de las limí-trofes en la actualidad determinen lo que no es de esperar,de todo lo cual hasta el presente no se tienen noticias.Observaciones que Is su g Isra la vigente ley de pla-

gas del campo de 41 de ilAayo de 1908 y moilvos porfos que se crea convenlents su modiflcacián paraIlegar A extingulr por completo la plaga.Enumeraremas las principales causas que á nuestro juicio

influyen con mayor ó menor eficacia en la vigente ley y la

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convenier.cia de su modificación para cons^guir positivos re-sultados contra la plaga, reduciéndose éstas á las siguientes:

l.a Deben constituirse las Juntas locales de extinción porel Alcalde, Juez municipal, Cura párroco, dos mayores con-tribuyentes de los diez primeros gue residan en el término,tres pequeños labradores comprendidas entre los diez de ín-fima cuota contributiva, y ejercerá las funciones de Secreta-rio el de] Ayuntamiento, así como la Presidencia_pertenece-rá al Alcalde, teniendo todos voz y voto.

2.a Los cinco Vocales contribuyente^ de diferentes cate-gorias no excederán de cincuenta y cinco años de edad; se-rán nombrados por el Consejo provincial de Fomento, y nopodrán excusarse de aceptar ]os cargos, á no ser por causamuy just:ficada, pudiendo ejercer sus funciones durante cua-tro años, al cabo de los cuales deberán cesar, si no fueranreelegidos.

3.g Se crearán estímulos para indemnizar con una canti-dad prudencial por unidad superficial comprobada á todo elque denuncíare oportunamente á la Junta los focos de lan-gosta esistentes en las fincas que integran el término muni-cipal.

4.^ La Junta comprobará todas las denuncias, procedien-do al amojonamiento de los focos, y el personal agronómicorectificará ó ratificará dicl^as denuncias, efectuándose el aco-tamiento definitivo de los terrenos infestados y que han deser objet^ de saneamiento. ^

5.a Todo propietario está obligado á denunciar á la Juntalos focos de langosta existentes en su finca; al que no lo hi-ciere, se le impondrá por el señor (iobernador civil, á pro-puesta del Consejo de Fomento, una multa, cuya cuantía seráigual al ímporte de la cantidad de lo que la Junta tenga queabonar por unidad superFicial comprobada al denunciante.

G.a Todos los terrenos que sean susceptibles de ser sa-neados mediante labores en invierno, lo serán sin excusa al-guna por los propietarios, y si éstos se negaren á ello, loefectuará la Junta, proponiendo á éstos para una multa, quenunca excederá del irnporte de la indemnización que previa-mente haya fijado el Consejo á propuesta de la Junta localpara las yuntas obligadas á efectuar estas o.peraciones por

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hectárea de labor cruzada, y además se cobrará el recargo deun G por 100 del importc total de labores de saneamientopara ei fondo de dondc ias juntas satisfarán el importe de lasdenrmcias de la plaga.

7.' Deben casti;^arse severamente las dcnuncias falsaspretextaudo la existencia del infecto de langosta en muchasdehe;as boyales, donde no se encuentra á lo mejor un solocanuto, y yue sin reparo alguno pretenden la roturación ysiemhra de las mismas ciertos elementos que en todos lospueblos, desgraciadamente, existen sin pizca de escrúpulo.

8." Aprobado el presupuesto para la campaña de invier-no, si al terminar ésta quedare algrin sobrante, podrá aplicar-se á los gastos de extinción en primavera sin necesidad deformular presupuesto para esta campaña, dando oportuna-mente cuenta al Consejo de Fomento.

9.a Desde e1 momento en que se inicie la avivac.ión delgermen en primavera, debe empezar á cornbatirse el insecto,obligando la Junta á los propietarios, y si éstos no lo efec-tuaren, lo harán aquéllas, proponiendo para responsabilidadal propietario que no extinguiere por su cuenta ó lo hiciesecon deficiencias. La penalidad nunca debe exceder del impor-te de todos los gastos originadns á la Junta por los trabajosque ésta haya efectuad^ en la finca para lograr cornbatir laplaga, más un recargo de un (i por lOJ sobre los misuros, paranutrir el fondo de denuncias. Si el propietario sé negare ásatisfacer la penalidad, se procederá contra él por la vía deapremio.

10: La mayoría de los propietarios, cuando el Estado fa-cilita elementos para la extinción, confta en ellos, y tan luegose le agotan suspende los trabajo^ sin haber logrado un re-sultado medianamente safisfactorio en el exterrninio del in-secto; bueno y justo es yue á éste ^.e ayude, pero tambiéndebe exigírsele el cumplimiento de la ley, y ayuel que nocoopere debidamente á]a extinción también no es menos.justo deba proponérsele para responsabilidad.

i l. Como hay Jtrntas que no cumplen con los preceptosde la ley, carecen de fuerza morai suficiente para exigir álos propietarios lo que ellas, que son las primeras que debie-ran velar por que se cumpla han olvidado, siendo muy conve-

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niente se ex^ja responsabilidad á estos organismos cuyo irnrcionamiento se cornpruebe no es legal.

12. Ultitnamente debiera•introducirse, en nuestra humildeopinión, tma reforma bien meditada en la vigente ley de pla-gas para l^oder exigir ante los Tribunales ordinarios de jus-ticia alguna indemnización de daños y perjuicios causadosen los cultivos por la plaga desarrollada en fincas que secomprobara que sus propietarios nada habían hecho por ex-tinguirla en invierno ni en primavera; esto, en lugar de laaplicación de multas para los casos de reincidencia ó rebel-día, obligaría mucho más que ahora á que se preocuparan desanear sus terrenos los propietarios ante el temor de la pe-nalidad que los Tribunales les impusieran por los daños ori-ginados por la plaga á sus colindantes.

No se nos oculta que en los primeros estados evolutivosdel insecto serfa fácil aportar pruebas para justificar las in-vasiones de la plaga en las fincas colindantes, pudiéndoseaveriguar los terrenos donde el insecto avivó y se dPSarrollódesde su origen para dirigir la acción contra los propietariosque hubieran permanecido inactivus durante la campaña deinvierno y pr:mavera, no siendo igualmente fácil la pruebacuando el insecto está prósimu ó ha adquirido ya su comp!e-^to desarrollo; pero de esto se cuidarían los propietarios ame-nazados de invasiones para aportar á los Tribunales el mayornúmero de pruebas concluyentcs con la oporttmidad debida, áfin de poder lograr que el egoísmo de los menos, con graveperjuicio de los más, y casi siempre de los desgraciados po-bres agricultores, ftrera castigado, mediante un reglamentoque al efecto se dictara para la ejecución de la ley de plagasreformada, necesidad bastante sentida por todos los que sepreocupan de la riqueza agraria, comprometida constante-mente por la existencia de una plaga que no tiene razón deser, siempre que la acción común de todos surja potente paralograr su exterminio.

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