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Carrer Metge Segarra, 4 12560 BENICÀSSIM(Castelló) Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G Ref.: (ACTAS) AJUNTAMENT DE BENICÀSSIM Secretaria General SESION ORDINARIA CORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014 141219P-OR/19 Este documento, de contener datos de carácter personal objeto de protección, se encuentran omitidos entre dos signos («xxxxxxxxxx») en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de carácter Personal. El Acta integra, con reproducción de dichos datos, aquí omitidos, se expone en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un mes después de su aprobación por el Pleno de la Corporación. DOÑA CRISTINA BERNAT MAICAS, LICENCIADA EN DERECHO, VICESECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM (Castellón). CERTIFICO: Que el Ayuntamiento Pleno de Benicasim (Castellón), celebró el día Diecinueve de Diciembre de Dos Mil Catorce, Sesión ORDINARIA en primera convocatoria que copiada literalmente dice así: SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE BENICASIM CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA, CORRESPONDIENTE AL DIA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.- En el Salón de sesiones de la Casa Consistorial-Casa de Cultura del Ayuntamiento de BENICASIM (Castellón) a las 09 horas y 30 minutos del día Diecinueve de Diciembre de Dos Mil Catorce, celebra sesión Ordinaria en primera convocatoria el Ayuntamiento Pleno previa citación y orden del día cursados al efecto con la antelación que marca la Ley. Preside la Sra. Alcaldesa: D. Susana Marqués Escoín (Partido Popular). Asisten los Concejales: D. Mauro Soliva i Ramón (Partido Popular); Dª Carolina San Miguel Mas (Partido Popular); D. Clemente Martín Tena (Partido Popular); Dª Elena Llobell Marti (Partido Popular); D. Manuel Martín-Lorente Díaz- Minguez (Partido Popular); D. Javier Alonso Canal (Partido Popular); D. Juan Emilio García Peris (Partido Popular); Dª Carla Boix Gil (Partido Popular); D. Francesc Colomer i Sánchez (Partido Socialista Obrero Español); D. Antonio Rodríguez Bayón (Partido Socialista Obrero Español); Dª Sonia Alonso Peña (Partido Socialista Obrero Español); D. Gustavo Ramón Sambola (Partido Socialista Obrero Español); D. Ramón Álvarez Fabregat (Partido Socialista -1- ALCALDESA: Dª. Susana Marqués Escoín (PP). TENIENTES DE ALCALDE: D. Mauro Soliva i Ramón (PP). Dª Carolina San Miguel Mas (PP). D. Clemente Martín Tena (PP). Dª Elena Llobell Martí (PP). D. Manuel Martín-Lorente Díaz-Minguez (PP). CONCEJALES/AS: D. Javier Alonso Canal (PP). D. Juan Emilio García Peris (PP). Dª. Carla Boix Gil (PP). D. Francesc Colomer i Sánchez (PSOE). D. Antonio Rodriguez Bayón (PSOE). Dª. Sonia Alonso Peña (PSOE). D. Gustavo Ramón Sambola (PSOE). D. Ramón Alvarez Fabregat. (PSOE). D. Sebastián Esparducer Gargallo (EU). D. José Domingo Ferrando Ferrara (BLOC). Dª. Inmaculada Mas Matamales (Grupo municipal no adscritos). VICESECRETARIA: Dª. Cristina Bernat Maicas. VICEINTERVENTOR: D. Vicent Badenes Escrig.

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Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

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Este documento, de contener datos de carácter personal objeto de protección, seencuentran omitidos entre dos signos («xxxxxxxxxx») en cumplimiento de la Ley Orgánica15/1999 de Protección de Datos de carácter Personal. El Acta integra, con reproducción dedichos datos, aquí omitidos, se expone en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento duranteun mes después de su aprobación por el Pleno de la Corporación.

DOÑA CRISTINA BERNAT MAICAS, LICENCIADA EN DERECHO,VICESECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM (Castellón).

CERTIFICO: Que el Ayuntamiento Pleno de Benicasim (Castellón), celebró el díaDiecinueve de Diciembre de Dos Mil Catorce, Sesión ORDINARIA en primera convocatoriaque copiada literalmente dice así:

SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE BENICASIMCELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA, CORRESPONDIENTE AL DIADIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.-

En el Salón de sesiones de la CasaConsistorial-Casa de Cultura del Ayuntamiento deBENICASIM (Castellón) a las 09 horas y 30minutos del día Diecinueve de Diciembre de DosMil Catorce, celebra sesión Ordinaria enprimera convocatoria el Ayuntamiento Plenoprevia citación y orden del día cursados al efectocon la antelación que marca la Ley.

Preside la Sra. Alcaldesa: D. SusanaMarqués Escoín (Partido Popular). Asisten losConcejales: D. Mauro Soliva i Ramón (PartidoPopular); Dª Carolina San Miguel Mas (PartidoPopular); D. Clemente Martín Tena (PartidoPopular); Dª Elena Llobell Marti (PartidoPopular); D. Manuel Martín-Lorente Díaz-Minguez (Partido Popular); D. Javier AlonsoCanal (Partido Popular); D. Juan Emilio GarcíaPeris (Partido Popular); Dª Carla Boix Gil(Partido Popular); D. Francesc Colomer iSánchez (Partido Socialista Obrero Español); D.Antonio Rodríguez Bayón (Partido SocialistaObrero Español); Dª Sonia Alonso Peña (PartidoSocialista Obrero Español); D. Gustavo RamónSambola (Partido Socialista Obrero Español); D.Ramón Álvarez Fabregat (Partido Socialista

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ALCALDESA:Dª. Susana Marqués Escoín (PP).

TENIENTES DE ALCALDE:D. Mauro Soliva i Ramón (PP).Dª Carolina San Miguel Mas (PP).D. Clemente Martín Tena (PP).Dª Elena Llobell Martí (PP).D. Manuel Martín-Lorente Díaz-Minguez (PP).

CONCEJALES/AS:D. Javier Alonso Canal (PP).D. Juan Emilio García Peris (PP).Dª. Carla Boix Gil (PP).D. Francesc Colomer i Sánchez (PSOE).D. Antonio Rodriguez Bayón (PSOE).Dª. Sonia Alonso Peña (PSOE).D. Gustavo Ramón Sambola (PSOE).D. Ramón Alvarez Fabregat. (PSOE).D. Sebastián Esparducer Gargallo (EU).D. José Domingo Ferrando Ferrara (BLOC).Dª. Inmaculada Mas Matamales (Grupo municipalno adscritos).

VICESECRETARIA:Dª. Cristina Bernat Maicas.

VICEINTERVENTOR:D. Vicent Badenes Escrig.

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Obrero Español), D. Sebastián Esparducer Gargallo (Esquerra Unida); D. José DomingoFerrando Ferrara (Bloc Nacionalista Valencia); Dª Inmaculada Mas Matamales (Grupomunicipal no adscritos).-

Actúa de Secretario, la Vicesecretaria, Dª Cristina Bernat Maicas.

Asiste el Viceinterventor, D. Vicent Badenes Escrig.

Abierta la sesión a las 09 horas y 30 minutos se examinaron y resolvieron lossiguientes asuntos incluidos en el orden del día.

Iª.- PARTE: PARTE RESOLUTORIA.

PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS DELAS SESIONES ANTERIORES CORRESPONDIENTES A LOS DÍAS 28 DENOVIEMBRE DE 2014 (ORDINARIA) Y 12 DE DICIEMBRE DE 2014(EXTRAORDINARIA).-

Se da cuenta por la Sra Vicesecretaria de las Actas de las sesiones anteriorescorrespondientes a los días 28 de Noviembre (Ordinaria) de 2014 y 12 de Diciembre de 2014(Extraordinaria).

Sometido el Acta del día 28 de Noviembre (Ordinaria) de 2014 a votaciónresulta:

Total de Concejales: 17.- Concejales asistentes: 17; Concejales ausentes: ninguno;Votos afirmativos: 16, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix, SusanaMarqués, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, RamónÁlvarez, Sebastián Esparducer e Inmaculada Mas; Votos negativos: ninguno; Abstenciones: 1,Domingo Ferrando; por lo que se aprueba el Acta.

Sometido el Acta del día 12 de Diciembre (Extraordinaria) de 2014 a votaciónresulta:

Total de Concejales: 17.- Concejales asistentes: 17; Concejales ausentes: ninguno;Votos afirmativos: 16, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix, SusanaMarqués, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, RamónÁlvarez, Sebastián Esparducer e Inmaculada Mas; Votos negativos: ninguno; Abstenciones: 1,Domingo Ferrando; por lo que se aprueba el Acta.

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(141219P-OR/435)

PUNTO SEGUNDO.- INFORME A LA CORPORACIÓN DEL ESCRITO DERENUNCIA AL CARGO DE CONCEJAL POR D. SEBASTIÁN ESPARDUCERGARGALLO.-

Se ha presentado escrito en el Registro de Entrada del Ayuntamiento nº 20053 defecha 9 de Diciembre de 2014 por el Concejal del Partido Esquerra Unida del País Valencia(EUPV) D. SEBASTIAN ESPARDUCER GARGALLO, con D.N.I. «xxxxxxxxxx», en el quemanifiesta que por motivos personales y profesionales renuncia al cargo de Concejal de esteAyuntamiento obtenido por acuerdo plenario de fecha 11 de Junio de 2011 y solicita que previostramites e informes pertinentes se acepte su renuncia al cargo de Concejal.

Por lo que el contenido del acuerdo será la toma de razón de la renuncia al cargo deConcejal del Ayuntamiento de Benicasim de D. Sebastián Esparducer Gargallo, por el PartidoEsquerra Unida del País Valencia (EUPV) por acuerdo plenario de fecha 11 de Junio de 2011solicitando con posterioridad de la Junta Electoral Central la remisión de la credencial delsiguiente candidato en la lista del Partido Esquerra Unida del País Valencia (EUPV), tal y comoprevé el art. 182 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

Visto el Informe de la Vicesecretaria (Nº 27/2014) de fecha 10 de Diciembre de2014.

Abierto el debate interviene Sebastián Esparducer, portavoz de EU, diciendo: “Sí,pues buenos días a todas y a todos. Os habéis esperado a que yo me fuera para cambiar el Salónde Plenos, lo cual no sé cómo interpretarlo, y ahora estaba pensando ¿no?, que hasta en elúltimo momento sale esa actitud de rebeldía ¿no?, vuelve por Navidad, y es cuando yo voy ahacer este relevo. Esto sí que me gustaría aclararos a todos y a todas que es una decisiónmeditada, una decisión reflexionada, una decisión que se ha adoptado desde la tranquilidad demanera colectiva y yo añadiría que es una decisión conveniente. Y aclarar también que yo nodejo la política, yo renuncio al Acta de Concejal, yo voy a seguir en la política o en mi grupo, enmi partido de manera activa. EU como sabéis, pues bueno, considera que son momentos dondela ciudadanía pues pide una regeneración democrática, una renovación, en definitiva que seairee un poco la política ¿no?. Y luego también hay otro motivo aparte del político que es que aveces perdemos todos, cada uno de los que estamos aquí sentados, un poco la perspectiva denuestras prioridades ¿no?, y no nos damos cuenta que a veces nuestro entorno más próximo losacrificamos en función de la política y en este sentido pues también ha sido algo a tener encuenta en mi cese. Yo quiero agradecer una experiencia que ha sido magnífica, ha sidoestupenda, he estado 11 años como concejal y quiero reconocer también que con independenciade los partidos políticos me he dado cuenta que en todos los partidos políticos hay buena genteque viene a trabajar por su pueblo y eso hay que decirlo en voz alta. Quiero agradecer también alos funcionarios, a las funcionarias, desde el ordenanza hasta la Secretaria, Sara que estará harta

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de transcribir mi voz, pues su importante tarea porque sin los empleados públicos este barco nonavega. Y bueno, lamentar si alguna vez he cometido algún error o he hecho mención pues aalguna cuestión en ese fragor, en esa pasión, en ese calor del debate ¿no?, pero que simplementehe pretendido representar al sector social que electoralmente confió en nosotros. Os deseo atodos que sigáis navegando con el objetivo de llegar al puerto del interés general de nuestromunicipio y que se priorice lo importante que es el interés común y también desde la máximaeducación, respeto, tranquilidad, aprovecho este punto para pedirle a la Sra Mas que devuelva elActa de Concejal que tiene secuestrada a una agrupación política que concurrió en estaselecciones. Deseo, animo al nuevo portavoz que en breve tomará posesión, Serafín que estáaquí, te deseo pues lo mejor, no tengo duda que lo vas a hacer genial a tí que te gusta el fútbol tetengo que decir que vas a jugar una liga con gente con amplia experiencia, y en ese sentido ospido a todos y a todas que seáis buenos con él en estos meses que vais a convivir y un abrazo atodos. Quedo a vuestra disposición pero ahora como funcionario de esta casa de lo cual mesiento muy orgulloso, y para mí ha sido un honor ser Concejal de mi pueblo y espero haberestado a la altura de mis obligaciones. Muchas gracias a todos y salud”.

Después interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Buenos díasa todos y a todas. En Costa Rica tienen una frase que dice “Pura vida” y eso es pura vida. Hoyrenuncias al cargo de Concejal, otros lo haremos en las próximas elecciones y la vida continúa ytu deseas que la persona que ocupará el cargo de Concejal pues lo haga bien. Yo tengo que decir,Sebastián, que eres un buen político, que tienes un buen discurso y te echaremos de menos, yque aún así te deseo, yo personalmente, lo mejor en tu vida laboral, vida familiar y que tengasuna buena Navidad.”

Posteriormente interviene Francesc Colomer, Concejal del PSOE, diciendo: “Sí,muchas gracias, yo con permiso del portavoz voy a asumir personalmente estas palabras portodo lo que hemos vivido. Sebastián, creo que te adelantas unos meses a lo que pasará en estasala, en el paisaje humano de esta sala, porque mi intervención sería aquella que dice muerte aldegollado, lo digo en el mejor sentido. Estamos aquí para hablar de vida, y de la vida que hemosvivido, hemos registrado y hemos caminado juntos, la verdad es que ha sido un gran honor, yote he conocido en el gobierno, de manera inesperada, te he conocido en la oposición, te heconocido en la moción de censura, en la emoción de la política, en la moción de la censura peroen la emoción de la política siempre, en la oposición, en el gobierno, y doy fe de que has sidouna persona tremendamente valiosa. Sebastián Esparducer lo digo con el corazón en la mano ycon las neuronas que me quedan frescas bien activadas y bien consciente de lo que estoydiciendo ha sido una persona activa, trabajadora, proactiva, con ideología, con coherencia, condiscurso, creo que es un gran parlamentario y la vida política te llevará a donde te tenga quellevar y te lo he comentado muchas veces porque la sociedad ganaría en su conjunto ¿no?, perosobre todo yo me quedo en la idea de un Sebastián que en el gobierno sabe lo que se hace, y enla oposición no baja la guardia y tiene una línea de coherencia, de responsabilidad, hemosdiscrepado obviamente pero eso es la vida democrática, es la grandeza democrática hemosdiscrepado pero yo creo que en el fondo hemos valorado, yo al menos te he valorado, te valoro yte valoraré siempre muchísimo. La buena noticia es que no te vas, das un paso al otro lado, no tevas de la política y eso es una magnífica noticia para la ciudad de Benicàssim para su futuro.

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Mucho ánimo a Serafín, no lo conozco, lo conozco algo del mundo del deporte pero estupendode que se incorpore y Sebastián te pediría, y acabo, es que aparte de darte un fortísimo abrazopúblico que estés bien cerca y que camines junto a los tuyos y al pueblo de Benicàssim. Muchasgracias Sebastián por todos estos años.”

A continuación interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “BienSebastián. Difícilmente puedo decirte nada pero ahora continuará Carolina, pero yo creo quetodo lo que te tenía que decir nos lo dijimos un día en un despacho, cuando viniste acomunicarme que dejabas el Acta de Concejal, nos dijimos todo lo que nos teníamos que deciren el ámbito privado. Yo sí que quería decirte algo que me dijo un gran político cuando yo entréen política, un gran político me dijo Susana como en todos los retos personales, pero más enpolítica lo importante no es llegar sino saber uno cuando debe de marcharse. Yo esperocontinuar unos años más, pero bueno te deseo lo mejor de todo, sé que no abandonas tu funciónpública, y bueno nos veremos en ese camino.”

Acto seguido interviene Carolina San Miguel, Concejal delegada de Urbanismo,diciendo: “Bueno yo aquí poco puedo añadir de todo lo que se ha dicho, Sebastián la verdad esque nosotros hemos tenido siempre una muy buena relación en lo personal, coincido con todo loque has dicho que en todos los partidos hay buenas personas, y la verdad es que nosotrossiempre que nos hemos tenido que decir algo en mi despacho, como viene de camino de lasComisiones siempre es la parada oportuna para decirnos las cosas pero siempre con muchísimorespeto. Evidentemente coincido en que cuando te tienes que ir o tomar una decisión como estapues los errores siempre que no vayan más allá del tema político pues se tienen que perdonar.Has cometido más de uno, a nivel particular, pero con el respeto y con el cariño que nostenemos es normal, igual que los cometemos todos incluida yo por supuesto. Yo estoyconvencida que la política es la alternancia y llega para todos un fin de ciclo, y en este caso pordecisión propia y porque se aproximan las elecciones que siempre tiene que haber cambios ynovedades pues tú has decidido marcharte. Nosotros desde el PP desearte lo mejor en esta nuevaandadura, nos seguiremos viendo porque al final esto es un pueblo y estarás trabajando en lacasa, con todos los funcionarios de la casa que como bien has dicho son parte de la herramientanecesaria que tenemos para nuestras tomas de decisiones. Coincido muchísimo con las palabrasque ha dicho el Sr Colomer en que has sido un parlamentario, muy buen parlamentario, unexcelente comunicador, esa es la verdad, y que realmente hay que reconocer que en la oposiciónno bajas la guardia, somos conscientes que cada vez que has hecho una pregunta o unapuntualización la hemos tenido muy en cuenta porque no caía en agua de borrajas, siemprehabía algo detrás, has sido un buen fiscalizador en lo bueno de la política, no has hecho daño ala política local, lo que has hecho ha sido criticar las decisiones que tú has creído que no eranpositivas para este municipio y eso es admirable, no ha ido más allá nunca, eso ha sido deagradecer y de respetar y simplemente desearte lo mejor y bueno Serafín cuando llegue el díaque jure o prometa su cargo ya dedicaremos las palabras oportunas, pero Sebastián, te deseamoslo mejor y que vaya todo fenomenalmente bien en este próximo 2015.”

Interviene Sebastián Esparducer, portavoz de EU, diciendo: “Pues muchas gracias atodos y quedo a vuestro servicio. Hasta luego.”

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En este momento sale del Salón de Plenos Sebastián Esparducer.

Por todo ello la corporación:

PRIMERO.- Toma razón de la renuncia al cargo de Concejal del Ayuntamiento deBenicasim (Castellón) de D. SEBASTIAN ESPARDUCER GARGALLO por la lista del PartidoEsquerra Unida del País Valencia (EUPV) cuya toma de posesión fue por acuerdo plenario de11 de Junio de 2011.

SEGUNDO.- Solicita de la Junta Electoral Central la remisión de la credencial del siguiente candidato en la lista del Partido Esquerra Unida del País Valencia (EUPV).(141219P-OR/436)

PUNTO TERCERO.- INDEMNIZACIÓN A EMPRESAS (EXPTE NºIEP12/2014).

Resultando que ha sido presentado expediente de “Indemnización a Empresas(IEP12/2014)” por importe de 533,16 euros.

Resultando que se ha acreditado documentalmente la prestación de los servicioso suministros que se relacionan en el expediente.

Resultando que por la Intervención Municipal se ha formulado reparo a la totalidaddel gasto por tratarse de gastos realizados en ejercicios anteriores.

Considerando que el artículo 217 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, atribuye al Pleno de la Corporación la competencia para resolver la discrepancia alos reparos anteriores.

No obstante el informe conjunto del Departamento de Gestión Presupuestaria y defiscalización con reparos suspensivos que acompaña al expediente, existiendo consignaciónpresupuestaria.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deGestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014 y el informe jurídico (INF171/141216).

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

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Votos afirmativos: 9, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix y SusanaMarqués; Votos negativos: ninguno; Abstenciones: 7, de los señores/as, Francesc Colomer,Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, Ramón Álvarez, Domingo Ferrando eInmaculada Mas; por lo que se acuerda:

PRIMERO.- Resolver las discrepancias, existentes en relación con los reparossuspensivos que acompañan al expediente, levantando la suspensión que conllevan respecto asu tramitación.

SEGUNDO.- Aprobar el expediente de Indemnización a Empresas IEP12/2014que asciende a 533,16 euros.

TERCERO.- Hacer frente a dicho gasto con cargo al Presupuesto General del año2014, según el siguiente detalle:

Cod.fact. Núm. Factura /Fecha

Ap. Pres. Tercero NIF Tercero

Descripción Importe

72882 JLLT 207/2014 / 10 - 11 - 2014

302 92000 22604 JOSE LUIS LORENTE TALLADA «xxxxxxxxxx»Fase Prop. y Prác. prueba y escrito conclusiones. Def. jur. PO nº 334/11, interp. 533,16 €

Enrique

533,16 €”

(141219P-OR/437)

PUNTO CUARTO.- RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN Y APROBACIÓNDEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORADEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DENATURALEZA URBANA.-

Visto que dentro del plazo de exposición pública del acuerdo provisional demodificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de losTerrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), D. José Domingo Ferrando Ferrara, concejal yportavoz del BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ, presenta una reclamación en fecha 9 dediciembre de 2014, registro de entrada número 20.012.

Resultando que en sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno deBenicàssim, el día 31 de octubre de 2014, se adoptó el acuerdo provisional de modificación dela Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos deNaturaleza Urbana (IIVTNU) relativo a:

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1.- Modificar el artículo 2, apartado cuarto, de la ordenanza fiscal (redacciónvigente del artículo 104.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

2.- Modificar el artículo 3, apartado 1, añadiendo la letra c) (redacción vigente delartículo 105.1.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

3.- Modificar el artículo 4 de la Ordenanza, suprimiendo el apartado 3, (suprimidoen la redacción vigente del artículo 106 del texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales).

4.- Modificar la Disposición Final Única fijando la entrada en vigor de la ordenanzael día 1 de enero de 2015.

Resultando que en el escrito de reclamación D. José Domingo Ferrando Ferrara,concejal y portavoz del BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ, propone :

1- Bajar el tipo de gravamen del 20% al 5 %.

2- Que se apliquen bonificaciones en las transmisiones por causa de muerte alcónyuge en un 95% y a los hijos en un 60% .

Resultando que basándose en las referidas alegaciones se solicita la anulación delacuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal y que se inicie la tramitación deuna nueva ordenanza que recoja las propuestas anteriores.

Resultando que para resolver las pretensiones del reclamante debemos analizarlasdistinguiendo la legalidad, de la oportunidad o conveniencia económica de las mismas, así:

1. La reducción del tipo de gravamen.

Desde de un punto de vista legal, la propuesta está ajustada a la legalidad, ya que eltipo propuesto del 5 por ciento está por debajo del 30 por ciento.

Desde el punto de vista de la oportunidad o conveniencia económica, el incrementode cualquier ingreso tributario debe ponerse en relación al incremento del “coste de la vida” queen el ámbito municipal se concreta en el IPC (índice de precios al consumo) que se toma comoreferencia para calcular el aumento interanual del gasto contractualizado. Por ello, cualquieraumento de los ingresos inferior al “coste de la vida” o IPC tomado como referencia paracalcular el aumento del gasto municipal no es un incremento en términos reales sino, alcontrario, un decremento.

En el Ayuntamiento de Benicàssim, de forma ya casi “histórica”, existe unacongelación de todos los impuestos, tasas y precios públicos excepto del IBI. Esta congelaciónes una disminución en términos reales de los ingresos municipales. Si se procediese a disminuir

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los ingresos de las “plusvalías”de acuerdo con la propuesta del reclamante, el Ayuntamiento,difícilmente, por no decir imposible, podría atender al volumen de gasto fijo estructural (gastode personal, gasto comprometido contractualmente, etc...). Ello comportaría situar la economíamunicipal en grave riesgo, a menos que se disminuyesen de forma considerable los serviciosmunicipales prestados, o se estableciese o incrementase la contraprestación de alguno de ellos.

2.- Aplicación de una bonificación en los supuestos de transmisión por causa demuerte a favor del cónyuge de un 95 %, y a favor de los hijos de un 60 %.

El Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales dispone que lasordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegradel impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechosreales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favorde los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.

En la ordenanza vigente ya existe una bonificación del 95 por ciento de la cuota sibien reduciendo su aplicación exclusivamente a la transmisión mortis causa de la viviendahabitual del causante. Con ello se pretende conceder un beneficio fiscal a la transmisión de unbien protegido constitucionalmente por el artículo 47 de la Constitución Española como es lavivienda habitual.

Ampliar dicha bonificación a los supuestos propuestos por el reclamante, al igualque ocurre con la pretensión del punto anterior, es ajustada a la legalidad pero imposible deatender desde el punto de vista de las finanzas municipales.

Considerando que el poder financiero de las Entidades Locales, entendido comoun haz de competencias constitucionales y potestades administrativas de que gozan los EntesTerritoriales para establecer un sistema de ingresos y gastos, se fundamenta entre otros, en dosprincipios constitucionales:

1.- El principio de reserva de ley contenido en:

- El artículo 31.1 de la Constitución Española: “Sólo podrán establecerseprestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley”.

- El artículo 133 del mismo texto que establece que:

1.- “La potestad originaria para establecer los tributos correspondeexclusivamente al Estado, mediante ley”.

2.- “Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales podrán establecery exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes”.

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2.- El principio de suficiencia financiera contenido en el artículo 142 de laConstitución Española que señala que “Las Haciendas Locales deberán disponer de los mediossuficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporacionesrespectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los delEstado y de las Comunidades Autónomas”.

Estos principios constitucionales se recogen en la normativa básica estatal, así, elartículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local dispone en su apartado1º que “Las entidades locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos de acuerdocon lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas Locales y en las Leyesque dicten las Comunidades Autónomas en los supuestos expresamente previstos en aquella”; yen su apartado 2º que “La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributariase ejercerá a través de Ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos y de Ordenanzasgenerales de gestión, recaudación e inspección. Las Corporaciones locales podrán emanardisposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas”.

Así, el poder financiero de los entes locales aparece predeterminado por unanormativa, contenida en leyes estatales y que puede también verse afectada por leyesautonómicas, en la que se establecen los criterios básicos conforme a los cuales los EntesLocales pueden ejercer sus propias competencias y pueden proyectar su propia autonomía.

Y es el ejercicio de este poder financiero el que permite a las entidades locales, enimpuestos de exigencia potestativa como el IIVTNU, establecer su imposición, determinar elporcentaje anual a aplicar sobre el valor del terreno dentro de los límites fijados por el artículo107.4 del TRLRHL, fijar el tipo de gravamen respetando el máximo fijado por la ley, o,establecer la bonificación potestativa para las transmisiones mortis causa así como regular enordenanza fiscal los aspectos sustantivos y formales de la misma.

Considerando que el procedimiento de modificación de la ordenanza fiscal se ajustaal artículo 17 del TRLRHL, así como su contenido a lo previsto en los artículos 104 a 110 delmismo texto legal.

Por todo ello, teniendo en cuenta el informe de la Viceintervención municipal defecha 11 de diciembre de 2014.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deGestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014.

Abierto el debate interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Sios parece bien podíamos incluir el cuarto y el quinto punto dentro de lo que es la intervenciónporque yo la reclamación la hice conjunta, y básicamente también sabemos el resultado que seráporque seguramente se aprobará y se desestimará por mi parte.”

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Interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Sr Ferrando haremos unúnico turno de intervención y votaremos dos veces los puntos.”

Vuelve a tomar la palabra Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Loharé cortito porque es una cuestión más testimonial que otra cosa. El PP pues cuando entró aquía la corporación dijo que no subiría los impuestos y no es verdad. El PP dijo que bajaría losimpuestos y no es verdad, el PP no ha hecho caso a las 3.400 firmas que se le presentaron, el PPpues dice que ha intentado hacer las gestiones en el catastro de Castellón, cosa que yo creo quetampoco es verdad. Mira, en el año 2006 se presentó un recurso contra el catastrazo y sedesestimó, la cuestión era muy complicada porque al desestimarlo se tenía que buscar una parteque valorara aquellos inmuebles, después se habrían desestimado y se hubieran llevado despuéscomo último recurso al TSJ. Alguna gente del pueblo del País Valencià, algunos pueblos sí quelo han hecho y lo han conseguido porque realmente la burbuja urbanística del año 2006 no tienenada que ver de lo que después se ha desarrollado, todo lo que eran los valores de éste país, esocostaba dinero, eso era un esfuerzo muy grande y la gente de aquel momento no lo hizo, ademásporque tampoco pensaban que tendría esta proyección tan larga, lo que es la crisis. Lamodificación que se ha hecho en la Ordenanza de la Plusvalía justamente va en contra de losintereses de la gente porque se ha hecho a favor de los bancos, el banco malo, éstos que hatenido que rescatar la gente con sus impuestos, éstos no pagan plusvalía, mira qué cosa, la gentenormal del pueblo sí que la tiene que pagar. Se bajaron los valores catastrales por decisión delgobierno central y nuestro Concejal de Hacienda enseguida subió del 18 al 20%, es decir las dosmodificaciones que se han hecho son unas modificaciones que a mi parecer no son correctas ysólo tenéis que salir a la calle para saber que lo que yo digo es verdad. Respecto al IBI, todavíaestamos esperando aquella valoración de zonas y de distintas, diríamos valoraciones, para verrealmente si se ha bajado, yo creo que no se ha bajado y a quienes se les ha bajado de una formatan ridícula que eso no es decir que se baja. Por todo eso, el BLOC-Compromís ha hecho unasreclamaciones de una forma sabemos que es más testimonial que práctica, pero aún así el añopasado se hizo y este también para ver si hay clarividencia y hay contacto con la calle y en unfuturo eso se pueda modificar. Gracias.”

Después interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegado de Hacienda,diciendo: “Buenos días a todos y todas. Sí, bueno la verdad es que no deja nunca desorprenderme su cabezonería en que no hemos bajado impuestos. Vamos a ver, mire, desde queestamos aquí los impuestos han ido bajando durante los 3 años seguidos, hemos bajado desde2011 que estuvimos aquí a 2012 hasta el 3,44%, este es el gráfico que lo pueden comprobarcon..., yo sé que produce sonrisas, es cierto, hombre evidentemente, ¿quién lo ha hecho?, ahíestá el PP, el equipo de gobierno que conformamos, que yo sepa aquí la única lista que se hapresentado a las elecciones es la lista del PP y no otras personas que se han incluido de formaindependiente como ocurre en otros partidos también. Por lo tanto ni PP ni nada, es una lista delPP evidentemente, ahora bien, no deja de sorprenderme porque hemos ido bajando todos losaños, este año con la bajada hasta un 1,2% que hemos, ¿Ah no?, bueno, lo pueden comprobar enlos recibos del IBI desde 2012 a 2014 en el cual en 2013 con el coeficiente reductor del 0,8 quese aplicó que el señor duda todavía de que si hemos presentado en los meses de febrero y marzode este año presentamos para una nueva renovación de ponencia de valores y se nos dijo que se

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nos activaba otra vez el coeficiente y se mantenía en coeficiente reductor que en su día paralizóla subida del 10% que venía efectuándose todos los años, es decir, eso es consecuencia denuestra gestión y sobre todo reuniendo los requisitos que teníamos para que se nos aplicara esecoeficiente reductor, cosa que anteriormente no se hizo. Es cierto que a nivel políticodemagógico el tripartito anterior solicitó cuando no podía, cuando no podía, no había tiempoporque debían pasar 5 años desde la ponencia de valores solicitando una nueva ponencia ypresentándolo al público que ellos querían una nueva ponencia de valores por dos veces,estando engañando a la gente. Les podrían haber dicho mira, esa ponencia de valores no puedepresentarse, nosotros hemos bajado la presión fiscal, la hemos bajado sistemáticamente todoslos años ¿vale?. Lo que usted está diciendo de las plusvalías ¿vale?, ese porcentaje del 17 encuánto estaba y cuánto lo bajamos del 26 al 17 y tuvimos que subirlo porque usted permítamecon todo respeto es un irresponsable diciendo esto ¿por qué?, pues porque dígame ¿de dóndequitamos? o ¿dónde cortamos?. Yo creo que el informe que hace el señor Interventor escontundente a la hora de decir, es legal, es lícito, sí es lícito tanto en una como en la otra, porquese atiende a los márgenes previstos por la Ley, pero no así en cuanto a la viabilidad económica yel sostenimiento de los gastos básicos de este Ayuntamiento y usted ya lo debería conocer mipregunta es ¿por qué no lo hizo usted o insistió cuando estaba en el equipo de gobierno?, otrosgastos, o el tipo bajarlo más ¿por qué no lo hizo?, y viene ahora aquí, iba a decir otra pero noquiero decírsela pero me parece de una irresponsabilidad total. ¿Usted quiere hacer demagogia?,haga demagogia yo se lo demuestro con datos, sistemáticamente, disminución de la presiónfiscal, bajada del IBI este año del 0,536 al 0,526; con una bajada que supone una media de un2% ¿algo más?, ¿qué quitamos la escoleta que luego aprobaremos las tasas?, ¿qué quitamos elFIB?, ¿qué quitamos ayudas sociales?, dígame usted qué quitamos para bajar todo esto. Lobásico de este Ayuntamiento, los compromisos, las contractualizaciones, el pago a proveedoresque están cobrando no llega a 3 días con el consiguiente SEC, los ajustes SEC que son de 3 díasoiga, antes cobraban en años y estamos pagando al día, la lástima es que los proveedores novotan, la mayoría, los que son del pueblo saben perfectamente lo que están cobrando, presentanfactura, pasa el trámite del mes y a los 33 días tienen ingresada en su cuenta la factura, dígameusted por favor de dónde quitamos para hacer valer lo que usted quiere, porque sino nopodemos hacerlo ¿qué quitamos los libros, 180.000 euros?, ¿a las familias necesitadas?,¿servicios sociales?, dígame por favor si me quiere responder dígale al público de dóndequitamos para poder bajar ese 20% que usted solicita. Es usted un irresponsable, allá lo havendido, pero ya tiene lo que tiene que decir. Muchas gracias.”

En turno de réplica interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo:“Sí, mira no hay más cabezonería que la realidad, y la realidad es más cabezota que yo, y yocomprendo que muchas veces soy muy cabezota cuando tengo una idea y la veo clara. Y notienes razón, Manolo. Cuando entrásteis aquí al equipo de gobierno lo primero que hicistéis fuesubir los impuestos, y eso es verdad, los subísteis, los subísteis. Y después sale en prensa quehabéis bajado la deuda y tal, mira Manolo, no es cuestión o cosa mía, han firmado 3.400personas diciéndote que los impuestos los están machacando, no hubieran llevado al catastro1.200 ó 1.400 recursos, y los recursos de Altea. Tú dices ¿en qué lo bajamos?, pues eso es unatarea de gobierno, o bajamos la presión que hay o hacemos más gestión ahora que tenemosMadrid, Valencia, Castellón y Benicàssim en la misma confluencia, no habéis aportado nada en

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estos 3 años que lleváis gobernando, cuando ahora parecía que Benicàssim estaba deenhorabuena. Mira, lo que tú me estás diciendo Manolo, me recuerda a esa recién noticia quehabían visto a un señor subiendo a un burro y lo chafó, es decir, para mantener el bienestar demucha gente o de unos cuantos estáis chafando a la gente y la gente de Benicàssim estápadeciendo un montón para poder pagar porque la presión es fortísima. Yo siempre he dicho quese tiene que desinflar la vida local y tú sabes cómo hacerlo y si no lo sabes pues ya te lo diremoscuando cambiemos, es decir, de alguna forma Manolo se puede desinflar o quitar cosas que nohacen falta, bajando todos un poco, y después otra forma es ir y pedir recursos y traer recursosque además nos pertenecen porque nosotros pagamos IVA, nosotros pagamos patrimonio,nosotros pagamos los impuestos de la gasolina, nosotros pagamos una serie de impuestos que elgobierno central nos ha repercutido y el gobierno Valenciano también, por no decir ya que nonos pagan lo que nos deben y nos prometieron que nos pagarían que de eso ya hablaremosdespués, es decir, Manolo, la presión que tenemos en estos momentos impositiva es muygrande. Entonces yo esto lo digo de forma testimonial y ya sé que vosotros pensáis otra cosa yvuestra decisión como equipo de gobierno será la que en definitiva como decía aquel la políticason 6 a 5, vosotros tenéis la responsabilidad en estos momentos y os tenemos que pedir avosotros lo que la gente de la calle pide. Si no los escucháis pues bueno ellos ya decidirán en sumomento.”

También en turno de réplica interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegadode Hacienda, diciendo: “Me parece de vergüenza lo que dice, sinceramente ¿por qué cuandoestaba en el equipo de gobierno no se bajaron los sueldos como nosotros nos bajamos un 25%nada más entrar?, ¿por qué no lo dice?, entre otras cosas. Es la primera propuesta del segundoPleno, el equipo de gobierno se bajó los sueldos todos, ¿se lo recuerdo o se lo refresco?, entreotras cosas, y votaron en contra, es que tiene collons el tema...¿Ah sí?, luego me contesta siquiere, cuando quiera. Lo que quiero decir es que lo básico, las atenciones, lascontractualizaciones que tiene este municipio se van cumpliendo todas a rajatabla, los pagos arajatabla, y el dinero que se debía en su momento se pagó, es más, cuando vino el Sr Rajoy eimplantó la Ley de pago a proveedores en 3 meses se devolvió todo lo que teníamos aquí,ahorrando, haciendo un ahorro al pueblo en cuestión de intereses de 1.200.000 euros queteníamos de deuda. Ese dinero se devolvió en poco tiempo y eso va a favor del ciudadano que leahorra dinero y eso es lo que nos permite bajar la presión fiscal, que si quiere se lo vuelvo adecir, una media de un 2%, hay personas que dicen es que para 2 euros que se ha bajado el IBI.No, es que son 2 euros no, es que son 2 euros más el 10% que no sube, hagan el cálculo, y esoes producto de unir los requisitos que teníamos que veníamos haciendo en gestión tributaria y engestión económica para que se nos diera o para que se nos concediera ese coeficiente reductorque bajó, que bajó un 20% los valores catastrales. En noviembre de 2011 fuimos para solicitaruna nueva ponencia de valores precisamente para bajar eso, se nos dijo que esperáramos porquehabía un anteproyecto de Ley en el cual se iban a poner unos coeficientes reductores que fue elque se nos aplicó. Este año en febrero, como le repito otra vez, en febrero y en marzopresentamos también y nos dijeron que no, diciendo que seguíamos con ese coeficiente reductordel 8% y esto es una realidad, y esto nos permite bajar esa presión fiscal por mucho que ustedme diga, solo tiene que ir a los datos, ahora si usted tiene un gran patrimonio, un grandísimopatrimonio y lo que quiere es bajar, pues yo le puedo entender, yo no tengo ese patrimonio que

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tiene usted... No, no... (Interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Por favorque no personalice en mi”). Yo estaba diciendo que yo que tengo muchísimo menos patrimonioque usted también quiero que me baje la presión fiscal, la hemos bajado oiga, a mí me ha bajado40 euros más el 10% que no me ha subido. Yo quiero entenderle, yo entiendo a la gente, por esogestionamos bien precisamente para poder bajar esa presión fiscal y la hemos bajado a pesar delo que usted quiera decir. Son datos contrastados con la Intervención y con la tesorería delAyuntamiento.”

Hace uso de la palabra la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Mire es que notiene el turno de palabra, no Sr Ferrando, es que no tiene el turno de palabra ¿vale?, para cerrarel punto. Lo que no puedo consentir de ninguna manera es que se diga que no se hancontrastado los datos en Intervención. Mire, sí que se han contrastado los datos en Intervenciónporque aquí están los informes y me los he subrayado en azulito para poderlos leer. Mire SrFerrando yo entiendo que usted diga que viene aquí a hablar de forma testimonial pero es quenosotros cuando hablamos de dinero no hablamos de forma testimonial, cuando hablamos dedinero hablamos de realidades, y las realidades son que tanto en plusvalías como en el IBI losinformes técnicos, porque eso se ha contrastado con los técnicos del Ayuntamiento, los informestécnicos dicen que si se procediese a disminuir los ingresos de plusvalías de acuerdo con lapropuesta que reclama el Concejal del BLOC difícilmente por no decir imposible se podríaatender al volumen del gasto fijo, estructural, gasto de personal y gasto comprometido; ellocomportaría situar la economía a un punto insostenible, eso en el tema de plusvalías. Y en eltema de IBI lo que dicen los informes técnicos es que reducir más el IBI en estos momentosrepresentaría una minoración de ingresos de tal magnitud que obligaría por parte delAyuntamiento a modificar la totalidad del sistema impositivo del Ayuntamiento, es decir,aumentar tasas, aumentar precios públicos municipales, a establecer nuevas tasas por serviciosque actualmente no se están pagando, a reducir los gastos de tal manera que difícilmente por nodecir imposible, vuelve a repetir el Interventor, se podría atender el volumen de gasto fijo concarácter estructural que tiene este Ayuntamiento. Y el informe del Interventor concluye diciendopodemos por tanto concluir que la propuesta presentada en lo relativo a reducir el tipo degravamen al menos en un 20% del IBI en todo caso es imposible de atender desde un punto devista económico, con lo cual Sr Ferrando aquí cuando llevamos asuntos de dinero al Pleno notraemos declaraciones testimoniales conforme usted ha dicho, traemos realidades económicas ybajo nuestra responsabilidad atendemos y sabemos lo que hacemos. Sra Secretaria pasamos avotación.”

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

Votos afirmativos: 9, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix y SusanaMarqués; Votos negativos: 1, Domingo Ferrando; Abstenciones: 6, de los señores/as, FrancescColomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, Ramón Álvarez e InmaculadaMas; por lo que se acuerda:

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PRIMERO.- Desestimar la reclamación presentada por D. José Domingo FerrandoFerrara, concejal y portavoz del BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ por las razonesanteriormente expuestas.

SEGUNDO.- Resuelta la reclamación presentada, aprobar definitivamente lamodificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Incremento de valor de losterrenos de naturaleza urbana, en los siguientes términos:

1º.- Modificar el artículo 2, apartado cuarto, de la ordenanza fiscal (redacciónvigente del artículo 104.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) ,quedando redactado en los siguientes términos:

“Artículo 2º- Hecho Imponible.

4. No se devengará el impuesto con ocasión de las aportaciones o transmisiones debienes inmuebles efectuadas a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de laReestructuración Bancaria, S.A. regulada en la disposición adicional séptima de la Ley 9/2012,de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que se le hayantransferido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 1559/2012, de 15de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión deactivos.

No se producirá el devengo del impuesto con ocasión de las aportaciones otransmisiones realizadas por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de laReestructuración Bancaria, S.A., a entidades participadas directa o indirectamente por dichaSociedad en al menos el 50 por ciento del capital, fondos propios, resultados o derechos devoto de la entidad participada en el momento inmediatamente anterior a la transmisión, ocomo consecuencia de la misma.

No se devengará el impuesto con ocasión de las aportaciones o transmisionesrealizadas por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria,S.A., o por las entidades constituidas por esta para cumplir con su objeto social, a los fondosde activos bancarios, a que se refiere la disposición adicional décima de la Ley 9/2012, de 14de noviembre.

No se devengará el impuesto por las aportaciones o transmisiones que seproduzcan entre los citados Fondos durante el período de tiempo de mantenimiento de laexposición del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria a los Fondos, previsto en elapartado 10 de dicha disposición adicional décima.

En la posterior transmisión de los inmuebles se entenderá que el número de años alo largo de los cuales se ha puesto de manifiesto el incremento de valor de los terrenos no se hainterrumpido por causa de la transmisión derivada de las operaciones previstas en esteapartado”.

2º.-Modificar el artículo 3, apartado 1, añadiendo la letra c) (redacción vigente delartículo 105.1.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedandoredactado de la siguiente forma:

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“Artículo 3º.- Exenciones.

c) Las transmisiones realizadas por personas físicas con ocasión de la dación enpago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante del mismo, para la cancelaciónde deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades decrédito o cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesiónde préstamos o créditos hipotecarios.

Asimismo, estarán exentas las transmisiones de la vivienda en que concurran losrequisitos anteriores, realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.

Para tener derecho a la exención se requiere que el deudor o garante transmitenteo cualquier otro miembro de su unidad familiar no disponga, en el momento de poder evitar laenajenación de la vivienda, de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer latotalidad de la deuda hipotecaria. Se presumirá el cumplimiento de este requisito. No obstante,si con posterioridad se comprobara lo contrario, se procederá a girar la liquidación tributariacorrespondiente.

A estos efectos, se considerará vivienda habitual aquella en la que haya figuradoempadronado el contribuyente de forma ininterrumpida durante, al menos, los dos añosanteriores a la transmisión o desde el momento de la adquisición si dicho plazo fuese inferior alos dos años.

Respecto al concepto de unidad familiar, se estará a lo dispuesto en la Ley 35/2006,de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificaciónparcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobreel Patrimonio. A estos efectos, se equiparará el matrimonio con la pareja de hecho legalmenteinscrita.

Respecto de esta exención, no resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 9.2de esta Ley”.

3º.- Modificar el artículo 4 de la Ordenanza, suprimiendo el apartado 3, (suprimidoen la redacción vigente del artículo 106 del texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales).

4º.- Modificar la Disposición Final Única fijando la entrada en vigor de laordenanza el día 1 de enero de 2015, con la siguiente redacción:

“DISPOSICIÓN FINAL UNICA. APROBACIÓN, ENTRADA EN VIGOR YMODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL.

La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el día 1 de enero de 2015, una vezpublicada en el Boletín Oficial de la Provincia conforme a lo dispuesto en el artículo 17 deltexto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, estando en vigor hasta su modificación o derogaciónexpresa”.

TERCERO.- El acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de laordenanza que deberá adoptarse, en virtud de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 7/1985

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reguladora de las bases de régimen local, por mayoría simple del Pleno de la Corporación y eltexto íntegro de la ordenanza fiscal deberán publicarse en el BOP de Castellón sin que entren envigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

CUARTO.- El recurso procedente contra los acuerdos de modificación de laOrdenanza Fiscal será el contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de laComunidad Valenciana, cuyo plazo de interposición será de dos meses contados desde el díasiguiente al de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdocon lo previsto en el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales y en el artículo 10.1b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa. (141219P-OR/438)

PUNTO QUINTO.- RESOLUCIÓN RECLAMACIONES Y APROBACIÓNDEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORADEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.-

Visto que dentro del plazo de exposición pública del acuerdo provisional demodificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles denaturaleza urbana (IBI), D. José Domingo Ferrando Ferrara, concejal y portavoz del BLOCNACIONALISTA VALENCIÀ, presenta una reclamación en fecha 9 de diciembre del 2014,registro de entrada número 20.012.

Resultando que en sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno deBenicasim, el dia 31 de octubre de 2014 se adoptó el acuerdo provisional de modificación de laOrdenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana (IBI)relativo a:

a) el establecimiento de un tipo de gravamen del 0,526 % para los bienes inmueblesde naturaleza urbana .

b) el establecimiento de una bonificación del 5% para favorecer la domiciliaciónbancaria con pago del recibo en cuatro plazos .

c) Modificar el artículo 14 fijando la entrada en vigor de la ordenanza después de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia con efectos a 1 de enero de 2015.

Resultando que dentro del plazo de exposición pública del acuerdo provisional demodificación de la ordenanza fiscal D. José Domingo Ferrando Ferrara, concejal y portavoz delBLOC NACIONALISTA VALENCIÀ, presenta una reclamación en la que solicita “ que seadecuen los valores catastrales al precio de mercado actual y que se reduzca el tipo de gravamenal menos en un 20 %.”

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Resultando que a la hora de informar sobre la propuesta de reducción del tipo degravamen debemos distinguir la legalidad de la oportunidad o conveniencia económica de lamisma.

Desde un punto de vista legal, la propuesta de D. José Domingo Ferrando Ferrara,concejal y portavoz del BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ, en lo que se refiere a lareducción del tipo de gravamen, se ajusta a la legalidad al proponer un tipo de gravamen que,aunque no determina numéricamente, se encuentra dentro de los tipos mínimos (0,40 %) ymáximos (1,10 %) fijados en el artículo art. 72 del Real Decreto legislativo 2/2004, por el quese aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales .

Desde un punto de vista de oportunidad o conveniencia económica de lapropuesta, la fijación del tipo impositivo para 2015 del 0,428% (reducir el actual 0,536 % en un20 %) representaría una minoración de ingresos de tal magnitud que obligaría, por la parte deingresos, a modificar la totalidad del sistema impositivo del Ayuntamiento de Benicassim(aumentar los tipos impositivos de los distintos impuestos (ICIO, IIVTNU, IVTM,etc..) aaumentar las tasas y precios públicos municipales existentes y a establecer nuevas tasas yprecios públicos por servicios por los que no se exige contraprestación, y por la parte de gastos,a reducir los gastos de tal manera que dificílmente, por no decir imposible, se podría atender elvolumen de gasto fijo de carácter estructural (gasto de personal, gasto comprometidocontractualmente,etc...) .

Podemos por tanto concluir que la propuesta presentada en lo relativo a reducir eltipo de gravamen en, al menos un 20%, es jurídicamente legal pero, en todo caso, imposible deatender desde un punto de vista económico.

Resultando que en cuanto a la solicitud de adecuación de los valores catastrales alprecio de mercado actual, se trata de una propuesta que no es susceptible de regularse en laordenanza fiscal que nos ocupa.

No obstante, al respecto de la misma, el artículo 16 de la Ley 16/2012, de 27 dediciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de lasfinanzas públicas y al impulso de la actividad económica modificó el artículo 32.2 del RealDecreto Legislativo 1/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del CatastroInmobiliario al permitir que las leyes de presupuestos generales podrán actualizar los valorescatastrales de los inmuebles urbanos de un mismo municipio por aplicación de coeficientes enfunción del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipioprevia solicitud por parte de los Ayuntamientos y apreciación por parte del Ministerio deHacienda y Administraciones Públicas de los requisitos previstos en dicho artículo.

Para poder dar cumplimiento a este cambio legislativo, el apartado seis del artículo14 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributariasdirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económicaintrodujo una disposición adicional decimotercera al TRLRHL relativa a la adecuación de la

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ordenanza fiscal a los coeficientes previstos en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Leydel Catastro Inmobiliario que indica que “en aquellos municipios en los que resulte deaplicación lo previsto en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley del CatastroInmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, el plazo paraaprobar y publicar el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles se amplía hasta el1 de marzo del ejercicio en que se aplique el correspondiente coeficiente.”

Vista la necesidad de adecuar los valores catastrales del Ayuntamiento deBenicàssim al valor de mercado de los inmuebles, la Junta de Gobierno local en fecha 11 defebrero de 2013 solicitó a la Dirección General del Catastro la aplicación a los valorescatastrales de los bienes inmuebles urbanos del término municipal de Benicàssim de loscoeficientes reductores que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014.

En la Orden HAP/2308/2013, de 5 de diciembre, por la que se establecía la relaciónde municipios a los que resultaba de aplicación los coeficientes de actualización de los valorescatastrales que establezca la Ley de Presupuestos generales del Estado para el año 2014,publicada en el BOE de 11 de diciembre de 2013, figuraba el municipio de Benicàssim..

El artículo 73 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generalesdel Estado para 2014 establecía que el coeficiente de actualización a que se refiere el apartado 2del artículo 32 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario sería del 0,80 paraaquellos municipios cuya ponencia de valores entrara en vigor en 2006, como es el caso deBenicàssim.

Este año, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Benicàssim en sesión de 24 defebrero de 2014 ha solicitado a la Dirección General del Catastro la aplicación a los valorescatastrales de los bienes inmuebles de Benicàssim de los coeficientes que establezca la Ley dePresupuestos Generales del Estado para el año 2015, previa apreciación por el Ministerio deHacienda y Administraciones Públicas de la concurrencia de los requisitos legalmenteestablecidos.

En la Orden HAP/1750/2014, de 29 de septiembre, por la que se establece larelación de municipios a los que resultan de aplicación los coeficientes de actualización de losvalores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 noaparece el municipio de Benicàssim al considerar el Ministerio que en nuestro municipio no sedan los requisitos previstos en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley del CatastroInmobiliario.

Considerando que el poder financiero de las Entidades Locales, entendido comoun haz de competencias constitucionales y potestades administrativas de que gozan los EntesTerritoriales para establecer un sistema de ingresos y gastos, se fundamenta entre otros, en dosprincipios constitucionales:

1.- El principio de reserva de ley contenido en:

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- El artículo 31.1 de la Constitución Española: “Sólo podrán establecerseprestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.”

El artículo 133 del mismo texto que establece que:

1.- “La potestad originaria para establecer los tributos correspondeexclusivamente al Estado, mediante ley.”

2.- “Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales podrán establecer yexigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.”

2.- El principio de suficiencia financiera contenido en el artículo 142 de laConstitución Española que señala que “las Haciendas Locales deberán disponer de los mediossuficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporacionesrespectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los delEstado y de las Comunidades Autónomas.”

Estos principios constitucionales se recogen en la normativa básica estatal, así, elartículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local dispone en su apartado1º que “las entidades locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos de acuerdocon lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas Locales y en las Leyesque dicten las Comunidades Autónomas en los supuestos expresamente previstos en aquella”; yen su apartado 2º que “la potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributariase ejercerá a través de Ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos y de Ordenanzasgenerales de gestión, recaudación e inspección. Las Corporaciones locales podrán emanardisposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas.”

Así, el poder financiero de los entes locales aparece predeterminado por unanormativa, contenida en leyes estatales y que puede también verse afectada por leyesautonómicas, en la que se establecen los criterios básicos conforme a los cuales los EntesLocales pueden ejercer sus propias competencias y pueden proyectar su propia autonomía.

Y es el ejercicio de este poder financiero el que permite a las entidades locales,en impuestos de exigencia obligatoria como el IBI la determinación del tipo de gravamendentro del máximo y mínimo fijado por el art. 72 del TRLRHL (entre el 0,4 y el 1,10).

Por todo ello, teniendo en cuenta el informe de la Viceintervención municipal defecha 11 de Diciembre de 2014.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deGestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014.

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Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

Votos afirmativos: 9, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix y SusanaMarqués; Votos negativos: 1, Domingo Ferrando; Abstenciones: 6, de los señores/as, FrancescColomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, Ramón Álvarez e InmaculadaMas; por lo que se acuerda:

PRIMERO.- Desestimar la reclamación presentada por D. José Domingo FerrandoFerrara, concejal y portavoz del BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ por las razonesanteriormente expuestas.

SEGUNDO.- Resuelta la reclamación, aprobar definitivamente la modificación dela Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en los siguientestérminos:

1º.- Reducir el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturalezaurbana del 0,536% al 0,526%, quedando redactado el artículo 7 apartado 3 de la siguienteforma:

“ARTICULO 7. CUOTA TRIBUTARIA, TIPO DE GRAVAMEN Y RECARGO .…

3.- Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes :

a) Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, el 0,526%.

b) Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, el 0,60 %.

c) Bienes Inmuebles de Características Especiales, el 1,30 %”

2º.- Modificar el artículo 10 de establecimiento de una bonificación del 5% parafavorecer la domiciliación bancaria con pago del recibo en cuatro plazos, quedando redactadode la siguiente forma:

“ARTÍCULO 10º.- BONIFICACIÓN PARA FAVORECER LA DOMICILIACION BANCARIACON PAGO DEL RECIBO EN CUATRO PLAZOS.

1. Con el fin de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria y favorecer ladomiciliación bancaria de los recibos se establece una bonificación del 5 % de la cuota integra

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del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (se excluyen los bienes inmuebles denaturaleza rústica y los bienes inmuebles de características especiales) dividiendo el pago delrecibo en cuatro plazos para aquellos sujetos pasivos que lo soliciten en las condiciones fijadasen el presente artículo.

2.- La solicitud de domiciliación bancaria con pago del recibo en cuatro plazosdeberá presentarse por el sujeto pasivo antes del 1 de abril del ejercicio en que se produzca eldevengo del impuesto y se mantendrá en vigor en ejercicios sucesivos salvo que el sujeto pasivorenunciase expresamente a la misma o incumpliese la obligación de pago de alguno de losplazos. En todo caso el sujeto pasivo no deberá ser deudor de la Hacienda municipal en lafecha de presentación de la solicitud para disfrutar de esta bonificación

3.- El pago del importe total del impuesto se distribuirá en cuatro plazos: elprimero se hará efectivo durante la primera semana del periodo ordinario de cobro delimpuesto, el segundo durante la primera semana de agosto, el tercero durante la primerasemana de septiembre y el último, con la bonificación del 5 %, la última semana del periodoordinario de cobro del impuesto.

4.- Si no se hiciese efectivo a su vencimiento el pago de alguno de los plazos a quese refiere el apartado anterior por causa imputable al sujeto pasivo, este sistema especial depago deja de ser aplicable y se pierde el derecho a la bonificación. En este supuesto, el importetotal del impuesto o la parte dejada de pagar podrá abonarse sin recargo en el plazo ordinariode pago fijado por el calendario del contribuyente, transcurrido el cual sin proceder a suingreso, se iniciará el periodo ejecutivo con los recargos, intereses y costas inherentes a dichoperiodo de la parte impagada.

5.- Con carácter subsidiario será de aplicación a este sistema especial de pago loestablecido en la Ordenanza General de Recaudación y demás normas de general aplicación,respecto de la domicialiación del pago de tributos.

6.- Esta bonificación es incompatible con las reguladas en el artículo 8 de lapresente ordenanza fiscal.”

3º.- Modificar el artículo 14, en los términos establecidos por la disposiciónadicional decimotercera al TRLRHL fijando la entrada en vigor de la ordenanza después desu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia con efectos a 1 de enero de 2015, quedandoredactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 14º.- APROBACIÓN Y VIGENCIA.

Esta Ordenanza entrará en vigor una vez publicada en el Boletín Oficial de laProvincia conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, teniendo efectos desde 1 de enero de 2015 y estando en vigor hasta su modificación oderogación expresa.”

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TERCERO.- La modificación de las ordenanzas seguirán los trámites establecidosen el artículo 17 del TRLRHL que señala:

“1. Los acuerdos provisionales adoptados por las corporaciones locales para elestablecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementosnecesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como lasaprobaciones y modificaciones de las correspondientes ordenanzas fiscales, se expondrán en eltablón de anuncios de la Entidad durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales losinteresados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas.

2. Las entidades locales publicarán, en todo caso, los anuncios de exposición en elboletín oficial de la provincia, o, en su caso, en el de la comunidad autónoma uniprovincial.Las diputaciones provinciales, los órganos de gobierno de las entidades supramunicipales y losayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes deberán publicarlos, además, en undiario de los de mayor difusión de la provincia, o de la comunidad autónoma uniprovincial.

3. Finalizado el período de exposición pública, las corporaciones localesadoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que sehubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o lasmodificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieranpresentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entoncesprovisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

4. En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior,incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de lasordenanzas o de sus modificaciones, habrán de ser publicados en el boletín oficial de laprovincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hastaque se haya llevado a cabo dicha publicación.”

CUARTO.- El acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanzaque deberá adoptarse, en virtud de lo establecido en el articulo 47 de la Ley 7/1985, reguladorade las bases de régimen local, por mayoría simple del Pleno de la Corporación y el texto íntegrode la ordenanza fiscal, que se adjunta como anexo, deberán publicarse en el BOP de Castellónsin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

QUINTO.- El recurso procedente contra los acuerdos de modificación de laordenanza fiscal será el contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de laComunidad Valenciana, cuyo plazo de interposición será de dos meses contados desde el díasiguiente al de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdocon lo previsto en el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales y en el artículo 10.1 b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa. (141219P-OR/439)

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PUNTO SEXTO.- DETERMINACIÓN DEL LÍMITE DE GASTO NOFINANCIERO EJERCICIO 2015 PREVIO A LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO2014.-

Considerando el siguiente articulado de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad ySostenibilidad Financiera (LOEP):

Artículo 1 Objeto: Constituye el objeto de la presente Ley el establecimiento de losprincipios rectores, que vinculan a todos los poderes públicos, a los que deberá adecuarse lapolítica presupuestaria del sector público orientada a la estabilidad presupuestaria y lasostenibilidad financiera, como garantía del crecimiento económico sostenido y la creación deempleo, en desarrollo del artículo 135 de la Constitución española.

Asimismo, se establecen los procedimientos necesarios para la aplicación efectivade los principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera ...”

Artículo 2 Ámbito de aplicación subjetivo: A los efectos de la presente Ley, el sectorpúblico se considera integrado por las siguientes unidades:

1. El sector Administraciones Públicas, de acuerdo con la definición y delimitacióndel Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE)2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996 que incluye los siguientes subsectores, igualmentedefinidos conforme a dicho Sistema:

… c) Corporaciones Locales...

2. El resto de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demásentes de derecho público dependientes de las administraciones públicas, no incluidas en elapartado anterior, tendrán asimismo consideración de sector público y quedarán sujetos a lodispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas.

Artículo 11 Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria: 1. Laelaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a losgastos o ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte delsector público se someterá al principio de estabilidad presupuestaria..

2. Ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural, definidocomo déficit ajustado del ciclo neto de medidas excepcionales y temporales...

3. Excepcionalmente, el estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir endéficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones deemergencia que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquenconsiderablemente su situación financiera o sus sostenibilidad económica o social, apreciadaspor la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados...

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4. Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio osuperávit presupuestario...

Artículo 12 Regla de gasto: 1. La variación del gasto computable de laAdministración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, nopodrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazode la economía española ...

2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en el apartadoanterior, los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de CuentasNacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional enprestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes dela Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las ComunidadesAutónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación.

3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la tasa dereferencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española,de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea en aplicación de sunormativa ...

4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos permanentesde la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en losaños en que se obtengan los aumentos de recaudación podrá aumentar en la cuantíaequivalente.

Cuando se aprueben cambios normativos que supongan disminuciones de larecaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en los años enque se produzcan las disminuciones de recaudación deberá disminuirse en la cuantíaequivalente.

Artículo 15: Establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y dedeuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas: 1. En el primer semestre decada año, el Gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro dehacienda y Administraciones Públicas y previo informe del Consejo de Política Fiscal yFinanciera de las Comunidades Autónomas y de la Comisión Nacional de AdministraciónLocal en cuanto al ámbito de las mismas, fijará los objetivos de estabilidad presupuestaria, entérminos de capacidad o necesidad de financiación de acuerdo con la definición contenida enel Sistema Europeo de Cuentas nacionales y Regionales, y el objetivo de deuda públicareferidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de Administraciones Públicascomo para cada uno de sus subsectores. Dichos objetivos estarán expresados en términosporcentuales del Producto Interior Bruto nacional nominal.

Artículo 30. Límite del gasto no financiero: 1.- El Estado, las ComunidadesAutónomas y las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite

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máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y laregla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos. El límitede gasto no financiero excluirá las transferencias vinculadas a los sistemas de financiación deComunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

Considerando que, en relación a las anteriores prescripciones, mediante acuerdo delConsejo de Ministros de fecha 27/6/2014, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de laLOEP, se fijaron los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjuntode Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2015-2017,debiendo destacar, por lo que a las Entidades Locales respecta, el siguiente extracto referido alejercicio presupuestario 2015:

OBJETIVO ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA 0,0

REGLA DEL GASTO 1,3 %

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA 3,9 %

Considerando que la interpretación sistemática de la anterior normativa supone lanecesidad de aprobación de un límite de gasto no financiero en términos SEC para cadaejercicio presupuestario.

Visto los cálculos elaborados por la Intervención municipal que se adjuntan alpresente informe-propuesta, y teniendo en cuenta su carácter provisional al estar elaboradoscon datos derivados de un avance de la liquidación del Presupuesto municipal del 2014 seconcluye “Que el límite de gasto no financiero en términos SEC a aprobar para el ejercicio2015 antes de la liquidación del ejercicio 2014 es de 23.056.082,96 €, el resultante de laaplicación de la Regla del Gasto, al resultar más restrictivo que el derivado de laCapacidad/Necesidad de Financiación, todo ello, sin perjuicio de los ajustes que en su casose deriven de los datos obtenidos con la aprobación de la liquidación definitiva delPresupuesto municipal del ejercicio 2014.

En uso de las competencias contempladas por el art. 168 del RDL vo 2/2004 por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deGestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014.

Abierto el debate interviene Gustavo Ramón, portavoz del PSOE, diciendo: “Síbuenos días. Bien, en primer lugar nos gustaría pues comentar que nos hubiera gustado que elpunto segundo del orden del día hubiera sido tratado al final del Plenario para que así hubierapodido tener ocasión, oportunidad o voz el grupo de EU de poder debatir y defender los asuntosque hoy tratamos en el Plenario. Bien, dicho esto y respecto al punto del orden del día que nosatañe en estos momentos tenemos que decir que lo votaremos total y radicalmente en contra,

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entendemos que esto es un resultado de la política económica del PP y el Sr Rajoy que gobiernael país, que es una política que entendemos totalmente ajena e insensible a la realidad social queestá viviendo la ciudadanía y que por tanto evidentemente no la compartimos.”

A continuación interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegado de Hacienda,diciendo: “Buenos días de nuevo. Bien, en este aspecto decir que en el ejercicio anterior, el2014, para que se cumpla la regla del gasto hay que hacer esa regla, es, el presupuesto de 2014multiplicado por 1,3 que nos ha fijado actualmente el gobierno. No podemos amparar en 2015ese importe porque es provisional ¿por qué es provisional?, porque está calculado en base algasto del 2014 practicado del avance de la liquidación del presupuesto, entonces es provisionalesta cantidad. Por lo tanto hay que establecer ese techo de gasto en ese 1,3 que nos dice. Y pocomás que añadir en este aspecto, es cierto que son 23.056.082,96 €, y que está previsto por elSEC que es el Sistema Europeo de Cuentas, por lo tanto es un tema muy técnico y el quedebemos debatir, simplemente que no podemos pasar de ese techo de gasto que el gobierno nosfija en temas presupuestarios, no podemos gastar más de lo que ellos nos fijan, es una simpleoperación de producto del año anterior multiplicado por ese 1,3. No hay mucho más que decir.”

Después interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Bueno yo entiendoque el PSOE no comparta las políticas económicas del PP. El PP lo que ha hecho ha sido, yahizo en la época de Aznar, establecer unos límites presupuestarios, establecer una regla de gastopor lo cual los Ayuntamientos no pueden gastar más de lo que ingresan y todos los años tienenun límite fijado en un límite de gasto para que aunque se recaudara más no se pudiera gastarmás, y así la bola de los Ayuntamientos no se hace grande. Cuando entró el Sr Zapatero agobernar lo primero que hizo fue eliminar el techo de gasto, es decir, permitir que losAyuntamientos pudieran gastar más de lo que ingresaban y entendemos que no es una buenapolítica, el PP entiende que en este momento permitir que los Ayuntamientos como en cualquiercasa que gaste más de lo que ingresa no es una buena política económica. Entonces lo quehacemos en este punto es aprobar ese límite de gasto, ese techo de gasto para el Ayuntamientode Benicàssim que lo marcan los presupuestos generales del Estado, ni más ni menos. SraSecretaria pasamos a votación.”

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

Votos afirmativos: 9, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix y SusanaMarqués; Votos negativos: 5, de los señores/as, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, SoniaAlonso, Gustavo Ramón y Ramón Álvarez; Abstenciones: 2, Domingo Ferrando e InmaculadaMas; por lo que se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar el límite de gasto no financiero en términos SEC para elejercicio presupuestario 2015 antes de la liquidación del Presupuesto municipal del ejercicio2014, por importe de 23.056.082,96 €.

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SEGUNDO.- Comunicarlo a los servicios económicos municipales, a los efectosoportunos. (141219P-OR/440)

PUNTO SÉPTIMO.- REVISIÓN DE PRECIOS EN EL CONTRATO DECONCESIÓN DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE DOS ESCUELASINFANTILES DE PRIMER CICLO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICÀSSIM.-

Resultando que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 20 deagosto de 2010, se procedió a elevar a definitiva la adjudicación provisional del contratorelativo a la “CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIOPÚBLICO MUNICIPAL DE DOS ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER CICLO DELAYUNTAMIENTO DE BENICASIM DENOMINADAS DE LA CALLE JOSÉ ASIN OSÉS YCALLE FERROCARRIL”, a favor de Cimater Servicios Sl, formalizándose entre elAyuntamiento de Benicasim y la mercantil CIMATER SERVICIOS, S.L. en documentoadministrativo en fecha 31 de agosto de 2011, estableciéndose en su cláusula tercera el plazo deejecución o la prestación efectiva del servicio desde el día siguiente al de su formalización queen este caso queda determinado en el 1 de septiembre de 2010, coincidiendo con el inicio delcurso escolar para el año 2010.

Resultando que por Decreto de la Alcaldía nº 3043 de cuatro de noviembre de 2011se procedió a la aprobación de la revisión de precios en relación al contrato de “CONCESIÓNADMINISTRATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE DOSESCUELAS INFANTILES DE PRIMER CICLO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIMDENOMINADAS DE LA CALLE JOSÉ ASIN OSÉS Y CALLE FERROCARRIL, a favor deCimater Servicios Sl, por importe de 19.252,50€ correspondiente al segundo año del contrato,esto es, periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2011 al 31 de agosto de 2012,fijándose el importe del contrato en 774.252,50€/año IVA incluido ( mensualmente64.521,04€).

Resultando que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 22 de marzo de 2013,entre otros se se adopto “Aprobar la revisión de precios en relación al contrato de“CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICOMUNICIPAL DE DOS ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER CICLO DEL AYUNTAMIENTODE BENICASIM DENOMINADAS DE LA CALLE JOSÉ ASIN OSÉS Y CALLEFERROCARRIL”, adjudicado a favor de Cimater Servicios SL, por importe de 141.843'02€ (*)correspondiente al tercer año del contrato, esto es, periodo comprendido desde el 01 deseptiembre de 2012 al 31 de agosto de 2013, fijándose el importe del contrato en 791.982'88€/año y la facturación mensual en 65.998'57€, de conformidad con lo establecido en lacláusula 5ª del contrato en concordancia con la cláusula 32 del Pliego de CláusulasAdministrativas particulares que rigen la presente contratación."

Resultando que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 28 de febrero de2014,entre otros, se adoptó "Aprobar la revisión de precios correspondiente al cuarto año delcontrato, esto es, periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2013 al 31 de agosto de2020 en relación al contrato de “CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA GESTIÓN

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DEL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE DOS ESCUELAS INFANTILES DEPRIMER CICLO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM DENOMINADAS DE LACALLE JOSÉ ASIN OSÉS Y CALLE FERROCARRIL”, adjudicado a favor de CimaterServicios, S.L., por importe de 70.961,62€ (*), fijándose el importe del contrato en 802.120,26€/año y la facturación mensual en 66.843,35€, de conformidad con lo establecido en lacláusula 5ª del contrato en concordancia con la cláusula 32 del Pliego de CláusulasAdministrativas particulares que rigen la presente contratación."

Considerando lo establecido en la cláusula quinta del contrato “En cuanto a larevisión de precios se realizará de conformidad con lo establecido en la cláusula 32ª delPCAP, la revisión de precios del contrato será anual y no podrá tener lugar hasta que no hayatranscurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que el primer año del ejecucióncontando desde la adjudicación no puede ser objeto de revisión.”

Considerando lo establecido en la cláusula 32 del PCAP que rigió dicha licitación,dónde literalmente dice: “ La revisión del precio del contrato será anual y no podrá tener lugarhasta que no haya transcurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que el primer añode ejecución contando desde la adjudicación no puede se objeto de revisión.El sistema de revisión a utilizar será el siguiente:

- La primera revisión: Si la adjudicación se produjese en el plazo de tres mesesdesde la finalización del plazo de presentación de ofertas, se calculará aplicando el 85% de latasa de variación del IPC publicada por el INE entre la fecha de la adjudicación del contrato yel mes duodécimo posterior

Si la adjudicación no se produjese en el plazo de tres meses desde la finalizacióndel plazo de presentación de ofertas, se calculará aplicando el 85% de la tasas de variación delIPC publicada por el INE entre la fecha en que termina dicho plazo de tres meses y el mesduodécimo posterior

- Las siguientes revisiones: Procederán una vez transcurridos 12 meses desde laanterior revisión, y se calculará aplicando el 85% de la tasa de variación del IPC publicadopor el INE entre la fecha de finalización el anterior periodo de revisión y el mes duodécimosiguiente a la misma.

Su aplicación se hará efectiva de oficio*, una vez publicados los datos oficiales porel INE, previa aprobación por el órgano competente del ayuntamiento y presentación de laoportuna facturación. A tal fin, el acuerdo aprobatorio distinguirá entre el importe que porestar ya devengado deberá ser objeto de facturación independiente, y el que todavía no lo esté,que será incluido en la facturación periódica del contrato.

*(El procedimiento de oficio se iniciará previo informe del coordinador delcontrato adjuntando la documentación exigida así como los términos de la facturación en elacuerdo a adoptar por el órgano competente).”

Considerando que de conformidad con el art. 77 de la Ley de Contratos del SectorPúblico, la revisión de precios en los contratos de las Administraciones Públicas tendrá lugar,en los términos establecidos en el capítulo II del Título III y salvo que la improcedencia de larevisión se hubieses previsto expresamente en los pliegos o pactado en el contrato, cuando éste

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se hubiese ejecutado al menos, en el 20 por ciento de su importe y hubiesen transcurrido un añodesde su adjudicación. En consecuencia, el primer 20 por ciento ejecutado y el primer año deejecución quedarán excluidos de la revisión.

Considerando lo establecido en el art. 78.3 de la Ley de Contratos del SectorPúblico, cuando el índice de referencia que se adopte sea el Indice de Precios al Consumoelaborado por el Instituto Nacional de Estadística o cualquiera de los índices de los grupos,subgrupos, clases o subclases que en él se integran, la revisión no podrá superar el 85 por cientode variación experimentada por el índice adoptado.

Considerando lo establecido en el art. 82 de la Ley de Contratos del Sector Público,el importe de las revisiones que procedan se hará efectivo, de oficio, mediante el abono odescuento correspondiente en las certificaciones o pagos parciales o, excepcionalmente, cuandono hayan podido incluirse en las certificaciones o pagos parciales, en la liquidación del contrato.

Considerando lo establecido en el art. 174.1 del R.D.Lvo 2/2004 de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, donde seestablece que “La autorización o realización de los gastos de carácter plurianual sesubordinará al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos”.

Visto el informe (22/11/2014) emitido por el responsable del contrato, esto es, la

Técnico de Educación Dª Carmen Torres Plá, relativo a la revisión de precios del contrato,cuantificándose la disminución del contrato en 20.213,38€ IVA incluido, por aplicación delIPC(-0,5*0,85%) correspondiente al quinto año del contrato periodo que abarca desde el 1 deseptiembre de 2014 al 31 de agosto de 2020.

Vistos los informes obrantes en el expediente, el informe de la Sección decontratación (Expte. Rev. Prec. 2014/06-01 nº258) así como el informe de fiscalización previafavorable por la Intervención Municipal.(nº de ficha.2014/891)

Vista la propuesta de la Concejalía Delegada de fecha 11/12/2014.

Considerando lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos delSector Público; Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre Reglamento General de la Ley deContratos de las Administraciones Públicas; el Acuerdo del Ayuntamiento pleno, de fecha 24 dejunio de 2011, sobre delegaciones del Ayuntamiento Pleno en la Junta de Gobierno local y laAlcaldía y ROF y RJEL 2568/1986.-

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deProgreso Social, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de Diciembre de 2014.

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

Votos afirmativos: 15, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,

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Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix, SusanaMarqués, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, RamónÁlvarez e Inmaculada Mas; Votos negativos: ninguno; Abstenciones: 1, Domingo Ferrando; porlo que se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar la revisión de precios correspondiente al quinto año delcontrato, esto es, periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2014 al 31 de agosto de2020 en relación al contrato de “CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA GESTIÓNDEL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE DOS ESCUELAS INFANTILES DEPRIMER CICLO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM DENOMINADAS DE LACALLE JOSÉ ASIN OSÉS Y CALLE FERROCARRIL”, adjudicado a favor de CimaterServicios, S.L., por importe de -20.213,38€ (*), fijándose el importe del contrato en798.751,36 €/año y la facturación mensual en 66.562,61€, de conformidad con lo establecidoen la cláusula 5ª del contrato en concordancia con la cláusula 32 del Pliego de CláusulasAdministrativas particulares que rigen la presente contratación.

(*) A partir de la aprobación de la revisión de precios, deberá presentar las facturas con elimporte revisado, asimismo deberá presentar una factura independiente por la minoracióncorrespondiente a la facturación presentada desde septiembre a octubre de 2014, por importe de-561,48€, en concepto de atrasos correspondientes a la revisión de precios.

SEGUNDO.- Realizar las operaciones contables pertinentes a fin de minorar lacantidad resultante de la revisión de precios del importe autorizado, dispuesto y comprometidodel contrato con cargo a la aplicación presupuestaria nº 701.321.22709 del PresupuestoMunicipal vigente, así como el compromiso futuro de conformidad con las siguientesanualidades:

AÑO IMPORTE ANUAL Disminución

2015 798.751,36 € 3.368,90 €

2016 798.751,36 € 3.368,90 €

2017 798.751,36 € 3.368,90 €

2018 798.751,36 € 3.368,90 €

2019 798.751,36 € 3.368,90 €

2020(dic 2019 -agosto 2020)

599.063,53€ 2.526,66€

TOTAL DISMINUCIÓN 19.371,16€

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa adjudicataria, esto esCimater Servicios, S.L.

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CUARTO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Concejalía Delegada deEducación, a la responsable del contrato, Dª Carmen Torres Plá; así como a los ServiciosEconómicos Municipales, a los efectos oportunos.

QUINTO.- Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa podráinterponer:

a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde eldía siguiente a aquel en que reciba esta notificación . Si en el mes de vencimiento no hubiera díaequivalente se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Órgano ante el que seinterpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.

b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESEScontados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Órgano: ante el Juzgado delo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98 de13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

No obstante, podrá ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente(141219P-OR/441)

PUNTO OCTAVO.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A LAACEPTACIÓN POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN DEL PLANTEAMIENTO DEUN CONFLICTO JURISDICCIONAL ANTE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1DE CASTELLÓN (CONCURSO ORDINARIO NÚM. 484/2013) EN RELACIÓN A LAPROVIDENCIA DE FECHA 19 DE JUNIO DE 2014.-

Resultando que con fecha 17 de diciembre de 2012 se adoptó Acuerdo por el Plenodel Ayuntamiento de Benicàssim en el que se decidió la resolución del contrato adjudicado a laentidad RENOS S.L. cuyo objeto era la “concesión de obra pública y explotación del edificiode la piscina cubierta en la zona deportiva municipal del Ayuntamiento de Benicàssim”.

Resultando que la resolución del contrato conllevó la liquidación del mismo, paracuya práctica se tramitaron dos primeras piezas separadas, y tras recabar los informespertinentes, se calculó en las mismas, de un lado, el coste de reversión de las obras pendientesde amortizar que el Ayuntamiento tendría que abonar al contratista, en la cantidad de1.197.452’13 €, y de otro, el importe de los daños y perjuicios ocasionados por el contratista alAyuntamiento como consecuencia de la resolución anticipada y culpable del contrato, en lacantidad de 4.242.437’03 €.

Resultando que la consideración de las dos partidas ofreció como resultado de laliquidación contractual el importe de 3.044.984’90 €, que se fijó como saldo único en elDecreto de Alcaldía nº 2464 de fecha 10 de octubre de 2013.

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Resultando que en la fase de audiencia que se otorgó en el mencionado Decreto, laentidad RENOS S.L. alegó que al efectuar la suma de las partidas se había producido unacompensación de deudas, no permitida en empresas en concurso -la entidad RENOS S.L. fuedeclarada en concurso mediante auto de fecha 10 de septiembre de 2013-, habiéndosedesestimado dicha alegación por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013, por considerarque no se trataba de una compensación de dos deudas independientes, ya que la liquidación delcontrato es un acto inescindible, como tiene declarado la jurisprudencia, en sentencias como lade la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 7 de febrero de 2000(rec. 2329/1994), que se cita:

“La Sala no estima que la sentencia de instancia haya llevado a cabo una indebidaaplicación del último párrafo del artículo 53 de la Ley de Contratos del Estado, que estableceque, resuelto el contrato de obras, se procederá a su liquidación por el órgano de laAdministración encargado de la vigilancia y dirección. En efecto, como acertadamente exponela sentencia combatida (fundamento de derecho cuarto), la liquidación definitiva del contratode obras, previamente declarado resuelto, ha de hacerse en su doble vertiente, de liquidaciónde las obras ejecutadas y de liquidación de los daños y perjuicios indemnizables alAyuntamiento por el contratista, constituyendo un acto inescindible, como establece lasentencia del Tribunal Supremo de 14 de marzo de 1988…”

“La sentencia nº 205, de 15 de mayo de 2013 de la Audiencia Provincial deBarcelona, Sección 15ª, aprecia que “en todo caso la sentencia -se refiere a la sentencia apeladaque se estaba revisando- no aplica propiamente una compensación en el sentido técnico legaldel art. 1.196 del Código Civil, sino que determina el saldo resultante de la liquidación deuna misma relación jurídica, esto es, efectúa una liquidación contractual cuyo natural efectoesla consecución de un único saldo a favor de quien resulte acreedora, por la diferencia entrelas prestaciones a las que cada parte tiene derecho conforme al contrato y al cumplimiento,incumplimiento, o defectuoso cumplimiento en su ejecución.”

Resultando que el acuerdo plenario de fecha 30 de octubre de 2013, por el que secalculaba el saldo de la liquidación contractual, fue impugnado ante la jurisdicción contencioso-administrativa por RENOS S.L., que se está tramitando como Procedimiento Ordinario nº.26/2014 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Castellón.

Resultando que con fecha 21 de mayo de 2014, «xxxxxxxxxx», Administradoraconcursal de RENOS S.L., designada en el procedimiento concursal núm. 484/2013, seguidoante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, presentó un escrito ante el Juzgado de loMercantil en el que solicitaba que “se acuerde requerir al Ayuntamiento de Benicàssim el pagode 1.197.452’13 euros resultantes de la resolución del “Contrato de concesión de obra públicay explotación del edificio de la piscina cubierta en la zona deportiva municipal delAyuntamiento de Benicàssim”.

Resultando que en relación a lo anterior, no se tramitó ningún procedimientoincidental, sino que por el Juez de lo Mercantil se dictó con fecha 19 de junio de 2014 una

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providencia que atendía a lo solicitado por la Administradora concursal en los siguientestérminos: “se acuerda, al encontrarse prohibida cualquier compensación en atención a lodispuesto en el artículo 58 de la Ley concursal, requerir al Excmo. Ayuntamiento deBenicàssim el pago de 1.197.452’13 euros resultantes de la resolución del contrato deconcesión del contrato de concesión de obra pública y explotación del edificio de la piscinacubierta en la zona deportiva municipal del Ayuntamiento de Benicàssim.

Resultando que con fecha 25 de junio de 2014, la representación procesal delAyuntamiento de Benicàssim formuló recurso de reposición contra dicha providencia, en el quese ponía de manifiesto que la cantidad de 1.197.452’13 € era una partida de la liquidación delcontrato, cuyo saldo era de 3.044.984’90 € a favor del Ayuntamiento, sin que pudiera hablarsepor tanto de compensación, alegando así mismo la falta de competencia del Juzgado de loMercantil para pronunciarse sobre el contenido del acto administrativo, planteándose ademásque la Administradora concursal estaba yendo contra sus propios actos, ya que en el informeque presentó en el proceso concursal no figuraba la cantidad de 1.197.452’13 € como deuda afavor de RENOS S.L. integrando la masa activa, y sí figuraba en cambio la cantidad de3.044.984’90 € coincidente con el saldo único adeudado por RENOS S.L.

Resultando que con fecha 26 de noviembre de 2014 se notifica el auto de fecha 18de noviembre de 2014, por el que el Juez de lo Mercantil desestima el recurso de reposicióninterpuesto por la representación del Ayuntamiento contra la providencia de fecha 19 de juniode 2014, confirmando la misma con base a un único fundamento, que es la cita del art. 58 de laLey concursal.

Resultando que contra dicho auto se ha formulado la correspondiente protesta enproceso concursal, previa a la interposición de recurso de apelación ante la AudienciaProvincial, que se formalizará en el momento procesal oportuno, con lo que se trata de unaresolución que no es firme.

Resultando que a la vista de lo expuesto, mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 3467 de fecha 3 de diciembre de 2014 se inició el planteamiento de un conflictojurisdiccional al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en el concurso ordinario núm.484/2013, a los efectos de dirigir requerimiento de inhibición a dicho Juzgado en relación con laprovidencia de 19 de junio de 2014 y la ejecución de lo declarado en la misma, puesto queinvade competencias administrativas, y en particular la competencia para liquidar el contratoadministrativo y determinar el saldo único de dicha liquidación.

Resultando que en dicho decreto de Alcaldía se otorgaba un plazo de audiencia de 5días hábiles a la administradora concursal «xxxxxxxxxx», administradora concursal de RENOSS.L., designada en el procedimiento concursal núm. 484/2013, seguido ante el Juzgado de loMercantil nº 1 de Castellón, a los efectos de poder presentar las alegaciones que consideraraoportunas, no habiéndose presentado ninguna reclamación al respecto.

Resultando que con fecha 9 de diciembre de 2012 se ha notificado a la

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representación procesal del Ayuntamiento de Benicàssim el Auto nº 263/2014, dictado por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Castellón en el P.O. 22/2014, que interpusoRENOS S.L. contra la cuantificación de daños y perjuicios del contrato que se fijó en lacantidad de 4.242.437’03 €, resolviéndose en el mencionado auto judicial, como cuestiónprevia, la inadmisión de dicho recurso por cuanto la determinación de daños es un acto detrámite contra el que no cabe recurso independiente ya que constituye una partida dentro delsaldo global del contrato, que se está enjuiciando en el P.O. núm. 26/2014. Textualmente serazona en el mencionado auto lo siguiente:

“…como alega la demandada la actora está recurriendo en este procedimiento unpunto del Acuerdo de fecha 30 de octubre de 2013, que resuelve una pieza separada, ladeterminación de daños y perjuicios, dentro del que es el procedimiento global que lleva laliquidación y determinación del saldo contractual, siendo la partida de daños y perjuiciosuno de los elementos que se suman en el cálculo de la liquidación del contrato…”

Considerando que los actos de la Administración sujetos al DerechoAdministrativo se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dicten, talcomo dispone el art. 57 de la ley 30/1992, por lo tanto, el Acuerdo de Pleno de fecha 30 deoctubre de 2013 que aprueba la liquidación del contrato y la fija en la cantidad de 3.044.984’90€ (integrando en un saldo único las partidas de 1.197.452’13 € a favor de RENOS S.L. y4.242.437’03 € a favor del Ayuntamiento), es un acto dotado de dicha presunción de validez yejecutividad.

Considerando que en cuanto a la obligatoriedad de la práctica de la liquidación detodo contrato administrativo, podemos citar la sentencia de fecha 21 de julio de 2010 de laSección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, dictada en el recursonúm. 1553/2004, que indica lo siguiente:

“TERCERO.- Pretende la recurrente, como primera petición de su escrito desúplica, que se practique y abone la liquidación del contrato del presente procedimiento, lacual habrá de incluir todos los conceptos adeudados con motivo de dicho contrato , junto conlos oportunos intereses de demora.

Según declara la sentencia del Tribunal Supremo dictada en el presente proceso, talpetición no constituye una reclamación de cantidad ni tampoco de indemnización de daños yperjuicios, sino, mas bien, de “condena de la Administración a hacer aquello que le esobligado en la fase última de la relación contractual, para ultimar y concluir ésta; a saber: apracticar, acordar y notificar a la contratista la liquidación final del contrato…”

Considerando que de conformidad al artículo 59 del RDL 2/2000 (normativaaplicable al presente supuesto) es competencia del Ayuntamiento ejercer las competencias quele corresponden, a través del órgano de contratación, relativas a las prerrogativas de interpretarlos contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento y modificarlospor razones de interés público, acordando su resolución y determinando los efectos de ésta,

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siendo esta la competencia administrativa municipal que se considera invadida.

Considerando que en cuanto a la falta de competencia del juez del concurso paraconocer de los efectos de los contratos administrativos, el art. 67.1 de la ley 22/2003, Concursal,dispone:

“Los efectos de la declaración de concurso sobre los contratos de carácteradministrativo celebrados por el deudor con Administraciones públicas se regirán por loestablecido en su legislación especial”.

Considerando que el Juez de lo Mercantil ha dictado una resolución cuya ejecucióninvade la competencia del Ayuntamiento en materia de liquidación de un contrato de carácteradministrativo (como lo es el contrato de concesión de obra pública), en la medida en queresuelve que la liquidación contractual aprobada con fecha 30 de octubre de 2013 no tengaefecto, por considerarla una “compensación”, desconociendo de este modo la ejecutividad ypresunción de validez del acto administrativo, que le viene otorgada por ley.

Considerando que la competencia para enjuiciar la legalidad del Acuerdo de fecha30 de octubre de 2013, en el que se practica la liquidación contractual, correspondeexclusivamente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, ante el que actualmente se estátramitando el Procedimiento Ordinario núm. 26/2014, precisamente a instancias de RENOSS.L, así como el Procedimiento Ordinario núm. 22/2014, seguido también a instancias deRENOS S.L., en el que se ha dictado auto con fecha 5 de diciembre de 2014 por el que laJuzgadora de lo Contencioso-Administrativo declara la consideración de saldo único que tienela liquidación del contrato, sin que las partidas que lo integran tengan la condición de actosindependientes.

Considerando que la ejecución de lo acordado en la providencia de 19 de junio de2014 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón en el concurso ordinario núm. 484/2013,confirmada por Auto de fecha 18 de noviembre de 2014, supone en definitiva una invasión delámbito de actuación del Ayuntamiento y de la ejecutividad de sus actos, lo que justifica elplanteamiento de un conflicto de jurisdicción por parte del Ayuntamiento con respecto adicho Juzgado.

Considerando que resulta necesario destacar la sentencia del Tribunal de Conflictosde 17 de diciembre de 2004,que establece lo siguiente “el proceso de conflictos es una víajurídicamente regulada para resolver las contiendas que puedan surgir entre jueces otribunales y cualquier autoridad del orden administrativo. Es ajeno a su ámbito propio todocuanto se refiere al ejercicio de los poderes o facultades administrativas o de los poderesjurisdiccionales en cuanto no entrañen una invasión competencial que haya de hacerse valeren los términos de los artículos 4º (defensa de una esfera de competencia) y 5º (reclamar elconocimiento de un asunto), de la Ley Orgánica 2/1987 de Conflictos Jurisdiccionales”.

Considerando que al Tribunal de Conflictos le corresponde resolver sobre cuál delas dos autoridades en discrepancia es competente para seguir conociendo o dejar de hacerlo de

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la concreta cuestión sobre la que se ha planteado la controversia competencial (sentencia delTribunal de Conflictos Jurisdiccionales de 6 de noviembre de 2007).

Considerando que en cuanto a la competencia para interponer el conflicto dejurisdicción, el art. 3.3º de la L.O. 2/1987, de Conflictos Jurisdiccionales, dispone que podránplantear conflictos de jurisdicción a los Juzgados y Tribunales, en el caso de la AdministraciónLocal, los Alcaldes Presidentes de los Ayuntamientos, debiendo ser aceptado en todo caso por lamayoría absoluta de los miembros del Pleno de la Corporación.

Considerando que con respecto al procedimiento a seguir, el art. 10 de lamencionada Ley Orgánica 2/1987, de Conflictos Jurisdiccionales, dispone:

“1. Cuando un órgano administrativo de los habilitados especialmente para ellopor esta Ley entienda, de oficio o a instancia de parte, que debe plantear a un Juzgado oTribunal un conflicto de jurisdicción, dará, en primer lugar, audiencia a los interesados en elexpediente, si los hubiere.

2. Si el órgano administrativo acuerda, cumpliendo los requisitos establecidos porlas normas sobre procedimiento administrativo y, en su caso, las previsiones de la presente Ley,tomar la iniciativa para plantear el conflicto de jurisdicción, dirigirá oficio de inhibición alJuez o Tribunal que esté conociendo de las actuaciones, expresando los preceptos legales aque se refiere el artículo 9.1.

3. Si el órgano que planteare el conflicto fuere uno de los comprendidos en elnúmero 3, del artículo 3, el acuerdo de suscitarlo deberá ser aceptado, en todo caso, por lamayoría absoluta de los miembros del Pleno de la Corporación, previo informe delSecretario, quien deberá emitirlo en un plazo no superior a diez días.

4. Recibido el requerimiento, el Juez o Tribunal dará vista a las partes y alMinisterio Fiscal por plazo común de diez días para que se pronuncien y dictará auto, en elplazo de cinco días, manteniendo o declinando su jurisdicción.

5. Si el Juez o Tribunal declinara su competencia podrán las partes personadas y elMinisterio Fiscal interponer recurso de apelación ante el órgano jurisdiccional superior, acuya resolución se dará preferencia y sin que contra ella quepa ulterior recurso. Los autos quedice el Tribunal Supremo no serán, en ningún caso, susceptibles de recurso”.

Considerando que con respecto al trámite de audiencia, de conformidad a lodispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/1992 resulta posible aplicar la tramitación de urgencia adicho plazo por las razones de interés público existentes en el presente acuerdo, habida cuentade que la providencia de fecha 19 de Junio de 2014 del Juzgado nº 1 de lo Mercantil deCastellón esta desplegando sus efectos, reduciendo así dicho plazo a la mitad, esto es, cinco díashábiles.

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Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 de la LeyOrgánica 2/1987, de Conflictos Jurisdiccionales, el planteamiento del conflicto jurisdiccionaldeberá ser aceptado, en todo caso, por la mayoría absoluta de los miembros del Pleno de laCorporación.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 de la LeyOrgánica 2/1987, de Conflictos Jurisdiccionales, se requiere Informe previo del Secretario de laCorporación, habiéndose emitido en fecha 12 de diciembre de 2014.

Es por lo que a la vista de todo lo expuesto y de conformidad con el artículo 10.3 dela Ley Orgánica 2/1987, de Conflictos Jurisdiccionales, y visto el dictamen favorable de laComisión Informativa Municipal del Área de Gestión y Promoción Económica, en sesiónextraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de 2014.

Por parte de Domingo Ferrando portavoz del BLOC se indica que por haber sidotrabajador del grupo GIMENO se va a abstener en este punto y por lo tanto sale del Salón delPlenos y no va a participar en la deliberación ni en la votación.

Abierto el debate interviene Gustavo Ramón, portavoz del PSOE, diciendo: “Sí,bien venimos repitiendo durante toda la legislatura que en este caso también nos hubieragustado una explicación por parte del Concejal del área indicando de qué estamos hablando,pero bueno lo haremos nosotros porque la explicación es muy simple y muy sencilla. Hay unasentencia de un tribunal de lo mercantil que en estos momentos obliga al Ayuntamiento a pagar1.200.000 euros a la mercantil RENOS para compensar las obras, de la concesión de obras ygestión del servicio de la piscina, y esto es algo que, pues bueno, nosotros en este mismo sitio lohemos avanzado y lo hemos dicho en repetidas ocasiones y así está recogido en las Actas. Lohemos dicho mil veces que llegaría el punto, que llegaría el momento en que por sentenciajudicial del Ayuntamiento estaría obligado a pagar 1.200.000 euros a la mercantil RENOS. Yahora pues se confirma lo que nosotros planteamos y llega, antes tengo que decir, antes de loque esperábamos esta situación, y es el momento ahora de buscar un parche, de buscar unasolución temporal cuando sabíamos de antemano que esto iba a ocurrir y que se podía haberplanteado desde otra forma y desde otro prisma ¿no?. Y ahora pues tenemos que decir queevidentemente como no queremos que el Ayuntamiento pague 1.200.000 euros a la mercantilRENOS porque entendemos que no se tienen que pagar, y que la única opción que nos queda enestos momentos es recurrir esta sentencia judicial, pues tendremos que votar a favor de estacircunstancia asumiendo la responsabilidad de la defensa de este Ayuntamiento y de losintereses generales del Ayuntamiento. Pero también queremos decir que nuestro planteamientonunca ha sido éste, sino que nuestro planteamiento era muy diferente al que ustedes plantearondesde un inicio y frente a la resolución del contrato que ustedes adoptaron con la mercantilRENOS, nuestro planteamiento era pleitear y hacer exigir que se cumpliera el contrato que teníaRENOS recogido con esta casa. Y frente a la privatización que ustedes han puesto en marchadel servicio público de la piscina municipal nuestro planteamiento era muy distinto que era el dela gestión directa y que hubiera sido este Ayuntamiento el que una vez visto la inoperancia de laconcesión o de la cesión de este servicio a través de una empresa privada que hubiera sido el

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propio Ayuntamiento con sus recursos propios que no hubiera asumido como hacen otrosAyuntamientos de la provincia y algunos muy próximos a Benicàssim como pueden serCastellón o Villarreal, que hubiéramos llevado una gestión directa, que hubiera sobre todofavorecido el servicio y también los precios y las tarifas que al final han quedado determinadasen los servicios públicos de la piscina municipal. Por eso como les digo y concluyendovotaremos a favor por responsabilidad porque no queremos que se le pague a RENOS 1.200.000euros que exige este tribunal de lo mercantil, pero siempre marcado y argumentado por unplanteamiento totalmente distinto al que ustedes optaron desde el primer momento. Muchasgracias.”

Después interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegado de Hacienda,diciendo: “Sr Gustavo dice las verdades a medias ¿eh?. Diga la verdad, pero la verdad desde elorden cronológico, que nosotros jamás este equipo de gobierno ha querido pagar por losintereses generales del pueblo este millón y pico. Primero que sepan que es un conflictojurisdiccional, lo voy a hacer lo más sencillo posible, es decir, esto es un contenciosoadministrativo que lo lleva el juzgado de lo contencioso; por el tema del administradorconcursal por activo o por pasivo mete a la mercantil o una mercantil por juzgado de lomercantil que es el que nos reclama el millón de euros de la piscina. Pero resulta que el juzgadode lo mercantil no tiene ninguna competencia en el tema del contencioso porque esto en elorden cronológico que les decía ya dice, para que lo vuelvan a entender, al haber problemas decompetencia, los distintos juzgados, el contencioso, el civil, el mercantil, el militar, éstos nopueden hacerse competencia, lo único que tiene competencia o puede asumirlo es el juzgado delo penal, que entonces sí que sería así, pero favoreciendo en administrador concursal a lamercantil, lo mete por la vía mercantil, que el mercantil, repito, el juzgado de lo mercantil, notiene ninguna competencia. Sobre el mismo asunto el juez de lo contencioso, y por otro lado elmercantil es el administrador, lo que decía anteriormente, en un tema de resolución contractual,¿por qué digo esto?, porque fue la empresa RENOS que de forma unilateral rompió y cortó lapiscina dejando de prestar el servicio. Pero señores del equipo de gobierno anterior, ustedessabían que tenía unas comisiones para fiscalizar, desde al año 2007 y no lo hicieron, nos entróde pura casualidad y al igual que nosotros, en septiembre cuando nos enteramos por el BoletínOficial del Estado, menos mal que ya se tuvo que correr en el mes de octubre para cumplir losplazos para paralizar esto, fijándolo en este caso el tribunal de lo contencioso en un pago únicoy no por separado, no puede ir, porque eso separado se denomina inasistencia, tiene que irconjunto y eso es lo que dictamina el juzgado de lo contencioso, por eso el de mercantil no tienecompetencias y aquí viene el conflicto jurisdiccional entre los dos juzgados. Entonces elAyuntamiento desde un primer momento pidió que la empresa nos pagara la indemnización, poreso se fijó en un saldo único, en un precio único de tres millones de euros que es lo que estamosreclamando a la empresa en concepto de indemnización. No hay más historia, nosotros noqueremos pagar, desde un principio jamás hemos querido pagar ese millón de euros que para lasarcas del Ayuntamiento y sobre todo por el incumplimiento de la concesión por parte de RENOSse rompió de forma unilateral y los señores que tenían que haber fiscalizado que esa empresafuncionaba mal no se informó en su momento, o sea, Sr Gustavo Ramón por favor cuando digauna cosa diga las verdades pero todas, no a medias ¿vale?. El Ayuntamiento y este equipo degobierno, el equipo de gobierno del Ayuntamiento jamás ha querido pagar esto, ahora se está

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luchando y puede que vaya al tribunal supremo, se alargará en el tiempo pero de momento no seva a pagar como ellos decían, desde un primer momento que se tenía que pagar, ni se ha pagadoy de momento no se pagará. Gracias.”

Toma la palabra Gustavo Ramón, portavoz del PSOE, diciendo: “Sí, bien, graciasmuy brevemente porque la historia de la piscina la hemos debatido mil veces en este Plenario,sabemos que ustedes llevan una idea y una tendencia totalmente opuesta y contraria a nuestrosplanteamientos y de momento la realidad es la que es, teníamos una piscina que quebró, quetuvo que cerrar, ustedes han vuelto a sacar esa privatización de la piscina, la vuelve a tener lamisma empresa que gestionaba los servicios de aquella piscina que quebró, pero antes cuandono se pagaba nada ahora el Ayuntamiento está obligado a pagar 200.000 euros al año durante lospróximos 20 años. Eso es la realidad, a partir de ahí pues ojalá y así se lo digo Sr Martín, ojalátenga usted razón en los planteamientos que ha argumentado pero me gustaría que explicaracómo se atreve a decir que el juzgado de lo mercantil no tiene competencia, dígame si no tienecompetencia por qué ha dictado este juzgado una sentencia, explíquemelo por favor. Y luego apartir de ahí si lo que no querían era pagar lo han hecho muy mal porque en estos momentostenemos una sentencia firme que nos obliga a pagar, o sea que a tenor de los resultados, a tenorde las realidades no estamos hablando de hipótesis, estamos hablando de realidades lo hanhecho ustedes realmente y francamente mal.”

Para cerrar el debate interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Sí,brevemente también para cerrar. Mire, el Sr Gustavo Ramón ha dicho al principio de suintervención que le hubiera gustado una explicación muy clara y muy simple del punto, laexplicación es muy clara y muy simple, mire, si ustedes votan a favor defienden los intereses deBenicàssim porque están defendiendo que el Ayuntamiento no pague a RENOS 1.200.000euros; si ustedes votan en contra, apoyan la reclamación de RENOS están apoyando queRENOS cobre 1.200.000 euros y si ustedes se abstienen demostrarían que no se mojanverdaderamente en los asuntos que conciernen al bolsillo de los ciudadanos. Y sí, le voy a daruna razón, de la piscina se ha hablado mucho en este Pleno y se continuará hablando muchísimopero hoy de la piscina se habla en positivo porque ya hay 1.200 usuarios que están haciendo usode esa piscina. Y sí, el Ayuntamiento contribuye anualmente a su sostenimiento como contribuyeal sostenimiento de muchas familias cuando paga los libros de texto a los niños, o cuando pagala escoleta infantil a los niños, 180.000 euros en libros, 800.000 en escoleta; el Ayuntamientocontribuye con 240.000 euros al sostenimiento de la piscina pero ¿es menos ciudadano deBenicàssim el usuario de la piscina que el padre que tiene unos niños para llevarlos a laescoleta?. ¿Es menos ciudadano de Benicàssim el que quiere disfrutar de una instalación de lapiscina como el que le tenemos que pagar los libros de texto para los niños?. No, son igualciudadanos de Benicàssim y el Ayuntamiento igual como sin tener competencias en ellocolabora en el sostenimiento del pago de libros de texto, del pago de la escoleta, en estemomento está contribuyendo también en el sostenimiento para que la infraestructura esté abiertaporque como pasa en todas, en todas las instalaciones de toda la provincia las piscinas comomuchos servicios municipales son deficitarios. El teatro municipal es deficitario y no por esodejamos de prestar una programación, el teatro municipal todos los años nos cuesta cientosesenta y pico mil euros, claro, porque es deficitario porque lo que se paga de las entradas no

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hay bastante pero la gente tiene derecho a ir al teatro ¿o es que son ciudadanos de segunda?, no,son todos ciudadanos de primera y a veces el Ayuntamiento sin tener competencias para elloasume una serie de gastos en aras a procurar una mejora de calidad de vida a los ciudadanos yesa es la realidad del punto. Sra Secretaria pasamos a votación.”

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 15; Concejales ausentes: 1,

Domingo Ferrando; Votos afirmativos: 15, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina SanMiguel, Clemente Martín, Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan EmilioGarcía, Carla Boix, Susana Marqués, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, Sonia Alonso,Gustavo Ramón, Ramón Álvarez e Inmaculada Mas; Votos negativos: ninguno; Abstenciones:ninguna; por lo que por unanimidad de los presentes se acuerda:

PRIMERO.- Aceptar el planteamiento del conflicto jurisdiccional llevado a cabopor la Alcaldía-Presidencia (Decreto nº 3467 de fecha 3 de diciembre de 2014) ante el Juzgadode lo Mercantil nº 1 de Castellón, en el concurso ordinario núm. 484/2013.

SEGUNDO.- Dirigir requerimiento de inhibición a dicho Juzgado en relación con laprovidencia de 19 de junio de 2014 y la ejecución de lo declarado en la misma, puesto queinvade competencias administrativas, y en particular la competencia para liquidar el contratoadministrativo y determinar el saldo único de dicha liquidación.

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la administradora concursal«xxxxxxxxxx», administradora concursal de RENOS S.L., designada en el procedimientoconcursal núm. 484/2013, seguido ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón.

CUARTO.- El presente acuerdo constituye una resolución que es presupuesto parael inicio de un procedimiento jurisdiccional, por lo tanto contra la misma no cabe recurso, sinperjuicio de que los interesados puedan ejercitar las acciones que estimen procedentes.(141219P-OR/442)

Entra al Salón de Plenos Domingo Ferrando, portavoz del BLOC.

PUNTO NOVENO.- APROBACIÓN DE LA PLANTILLAPRESUPUESTARIA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM PARAEL AÑO 2015.-

Resultando que el art. 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local establece que la Corporación debe aprobar anualmente a través delPresupuesto la Plantilla de Personal que deberá comprender todos los puestos de trabajoreservados a funcionarios, personal laboral y eventual, debiendo dicha Corporación formar larelación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización en los términos previstos

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en la legislación básica sobre Función Pública que recoge la Ley 7/2007 de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público.

Considerando que por la Alcaldía se emitió propuesta de Plantilla presupuestaria enfecha 28 de noviembre de 2014, en la que se proponía amortizar una plaza de Técnico/a deJuventud y crear una plaza de Técnico/a de Gestión, al efecto de su provisión por promocióninterna.

Considerando que el 2 de diciembre de 2014 se celebró la Mesa GeneralNegociadora en la que se negoció dicha propuesta de Plantilla de fecha 28 de noviembre y en laque la Junta de Personal propuso, entre otros puntos, crear 4 plazas de AuxiliarAdministrativo/a a proveer por promoción interna, suponiendo la amortización de 4 plazas deOrdenanza. A la vista de lo expuesto en dicha Mesa General de Negociación se consideranecesario emitir nueva propuesta de Plantilla Presupuestaria para el año 2015, dejando sinefecto la propuesta de Plantilla de fecha 28 de noviembre de 2014.

Resultando que, respecto a la propuesta de creación de 4 plazas de AuxiliarAdministrativo/a y la amortización de 4 puestos de Ordenanzas, cabe decir que variosOrdenanzas, funcionarios/as de carrera de este Ayuntamiento, atendiendo a necesidadesorganizativas, están desempeñando en la actualidad funciones propias del puesto de AuxiliarAdministrativo/a por resultar imprescindible para el buen funcionamiento de los Departamentosa los que han sido adscritos/as temporalmente y al efecto de regularizar esta situación sin que seproduzca incremento de personal en la Plantilla, atendiendo a las actuales limitacionespresupuestarias y de personal en las Administraciones Públicas, se considera necesaria ladeclaración a extinguir por promoción interna de cuatro puestos de Ordenanza y la creación decuatro puestos de Auxiliar Administrativo/a.

Resultando que esta promoción no incrementaría los gastos de personal en términosde homogeneidad en relación a los periodos de 2014 y 2015, de conformidad con lo dispuestoen el art. 20.dos de la Ley 22/2013 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estadopara el año 2014 y el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2015.

Resultando que es necesario por el carácter turístico del Ayuntamiento, contemplaruna bolsa económica para puestos temporales, en supuestos excepcionales y para cubrirnecesidades urgentes e inaplazables, restringidas a los sectores, funciones y categoríasprofesionales que se consideran prioritarios o que afectan al funcionamiento de los serviciospúblicos esenciales.

Considerando lo dispuesto en la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico delEmpleado Público; la Ley 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat, de Ordenación y Gestión dela Función Pública Valenciana; la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal; los arts. 126 y 127 del R.D. 781/86 de 18 de abril, Texto Refundido de las disposicionesvigentes de régimen local y demás disposiciones normativas aplicables.

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Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área deGestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014.

Abierto el debate interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegado deHacienda, diciendo: “Bien, en función de esto es muy sencillo, porque la plantilla prácticamentese queda como está, simplemente que se amortiza unas plazas de personas que estabanhaciendo, cumpliendo en este momento profesionalmente funciones que no eran de su categoríaprofesional, entonces lo que se ha hecho ha sido amortizar esas plazas que eran de conserje paraponerlas por promoción interna y mediante una prueba que se hará para que puedan serauxiliares administrativos. ¿Y por qué esto?, pues sencillamente porque los informes hastaahora se iban haciendo pero a partir de 2015 iban a ser desfavorables por lo tanto teníamos quehacer esta función que es simplemente pues esa prueba de promoción para que puedan acceder alos puestos de trabajo que tienen actualmente. Y prácticamente lo demás continua igual queotros años, o sea simplemente era eso. La Mesa General de Negociación que se celebró el 2 dediciembre no puso ningún reparo en ese aspecto y posteriormente una vez está presentada laMesa General con los sindicatos y personas representadas allí es factible y sobre todo losinformes que a partir de ahora del técnico de personal que serán favorables en ese aspecto.Gracias.”

Sometido el asunto a votación resulta:Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;

Votos afirmativos: 8, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García y Carla Boix; Votosnegativos: 1, Domingo Ferrando; Abstenciones: 7, de los señores/as, Francesc Colomer,Antonio Rodriguez, Sonia Alonso, Gustavo Ramón, Ramón Álvarez, Inmaculada Mas y SusanaMarqués (por ausencia en el momento de la votación); por lo que se acuerda:

PRIMERO.- Declarar a AMORTIZAR POR PROMOCIÓN INTERNA (API)las siguientes plazas:

- 4 plazas de Ordenanza.

SEGUNDO.- Crear, al único efecto de regularizar las situaciones descritas, lassiguientes plazas:

- 4 plazas de Auxiliares Administrativos/as de Administración General, con laclasificación y funciones existentes en la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo, a cubrir porpromoción interna.

TERCERO.- Aprobar la Plantilla presupuestaria de personal del Ayuntamiento deBenicàssim para el año 2015.

CUARTO.- Abrir un periodo de información pública por plazo de 15 días hábiles

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publicándose Anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictosmunicipales, durante los cuales los interesados podrán examinar la Plantilla presupuestaria ypresentar reclamaciones ante el Pleno.

QUINTO.- Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones, la Plantilla seconsiderará definitivamente aprobada, publicándose extracto de la misma en el Boletín Oficialde la Provincia y en el Tablón de Anuncios municipal.

SEXTO.- Crear una bolsa económica para puestos temporales con carácter demínimos, de forma que el Ayuntamiento sin necesidad de modificar la Plantilla y siempre queexista consignación presupuestaria, de conformidad con los principios constitucionales demérito, capacidad, igualdad y publicidad, podrá realizar los nombramientos interinos o lascontrataciones laborales que sean necesarias, sin perjuicio de los puestos que aparecenrelacionados en el Anexo a este acuerdo, y en todo caso, en supuestos excepcionales y paracubrir necesidades urgentes e inaplazables y restringidos a los sectores, funciones ycategorías profesionales que se consideran prioritarios o que afectan al funcionamiento delos servicios públicos esenciales.

SÉPTIMO.- Dar traslado de este acuerdo a la Junta de Personal, a los Delegadosde Personal, a los Delegados Sindicales y remitir copia de este acuerdo a la GeneralitatValenciana y a la Subdelegación del Gobierno, publicándose la Plantilla junto con elPresupuesto Municipal.

OCTAVO.- Dejar sin efecto todos aquellos acuerdos y resoluciones quecontradigan esta Plantilla de personal.

NOVENO.- Contra la aprobación definitiva de la Plantilla, que pone fin a la víaadministrativa se podrá interponer: Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo:DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Órgano: elTribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

No obstante se podrán interponer los recursos que consideren oportunos.

ANEXO I.-

PLANTILLA DE PERSONAL AÑO 2015.

A) FUNCIONARIOS DE CARRERADENOMINACIÓN Nº GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE

SECRETARIO/A 1 A (Sub.A1) H.NACIONAL Secretaría Cat. Sup.INTERVENTOR/A 1 A (Sub.A1) H.N. Intervención Cat. Sup.TESORERO/A 1 A(Sub.A1) H.N. Tesorería

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A) FUNCIONARIOS DE CARRERADENOMINACIÓN Nº GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE

VICESECRETARIO/A 1 A(Sub.A1) H.N. Secretaría Cat. EntradaVICEINTERVENTOR/A 1 A(Sub.A1) H.N. IntervenciónTÉCNICOS/AS DE A.G. 4 A(Sub.A1) A.GENERAL Técnica ----------TÉCNICOS/AS DE GESTIÓN 2 A( Sub.A2) A.G. Gestión ----------ADMINISTRATIVOS/AS 17 C (Sub. C1) A.G. Administrativa ----------AUXILIARES DE A.G. 39 C(Sub.C2) A.G. Auxiliar ----------ORDENANZAS. * 4 PUESTOS API 10 Agrup.Prof. A.G. Subalterno ----------RECAUDADOR/A 1 A (Sub.A2) A.ESPECIAL Técnica MedioTÉCNICO/A DE SANIDAD Y CONSUMO 1 A (Sub.A2) A. E. Servicios

Especiales.Cometidosespeciales

PSICÓLOGO/A 1 A (Sub.A1) A.E. Técnica Superior

ASISTENTE/TRABAJADOR /A SOCIAL 2 A (Sub.A2) A. E. Técnica Medio

TÉCNICO/A DE JUVENTUD 1 C SubC1/ASubA2 A.E. ServiciosEspeciales

Cometidosespeciales

TÉCNICO/A LINGÜÍSTICO 1 A (Sub.A2) A.E. Técnica Medio

AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL.

1 A (Sub.A2) A.E. ServiciosEspeciales.

Cometidosespeciales

TÉCNICO/A DE EDUCACIÓN DE ADULTOS.

1 A ( Sub.A2) A.E ServiciosEspeciales.

Cometidosespeciales.

TÉCNICO/A DE TURISMO 1 A ( Sub.A2) A.E. Técnica MedioAUXILIAR DE TURISMO 2 C ( Sub.C2) A.E. Servicios

Especiales.Cometidosespeciales

TELEFONISTA. 1 Agrup.Prof A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

ARQUITECTO/A SUPERIOR 1 A (Sub.A1) A.E(URBANISMO).

Técnica Superior

INGENIERO/A CAMINOS 1 A(Sub.A1) A.E. Técnica SuperiorINGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL. 2 A ( Sub.A2) A.E. Técnica MedioINGENIERO/A TÉCNICO/A DE OBRAS PÚBLICAS.

1 A( Sub.A2) A.E. Técnica. Medio

ARQUITECTO/A TÉCNICO/A. 2 A( Sub.A2) A.E. Técnica MedioDELINEANTES 3 C (Sub. C1) A.E. Técnica. AuxiliarOFICIAL CONDUCTOR/A 2 C (Sub.C2) A.E.

(BRIGADA).ServiciosEspeciales.

P. OFI.

CONDUCTOR/A 3 Agrup.Prof A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

OFICIAL ALBAÑIL 1 C (Sub.C2) A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

OFICIAL MANTENIMIENTO 2 C ( Sub.C2) A.E. ServiciosEspeciales.

P.OFI.

OFICIAL ELECTRICISTA. 1 C (Sub.C2) A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

ELECTRICISTA. 1 Agrup.Prof A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

OFICIAL MECÁNICO. 1 C (Sub. C2) A.E. ServiciosEspeciales.

P.OFI.

OPERARIOS/AS(* 1 Puesto A.P.I).

9 Agrup.Prof A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

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A) FUNCIONARIOS DE CARRERADENOMINACIÓN Nº GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE

OPERARIO/A DEL CEMENTERIO 2 Agrup.Prof A.E ServiciosEspeciales.

P. OFI.

LIMPIADOR/AS 4 Agrup.Prof A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI

TECNICO/A DEPORTIVO/A 1 A( Sub.A2) A.E. (DEPORTES)

Técnica Medio

OPERARIOS/AS POLIDEPORTIVO E INSTALACIONES DEPORTIVAS.

3 AgrupProf. A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

OPERARIOS/AS POLIDEPORTIVO E INSTALACIONES DEPORTIVAS.

2 C Sub.C2 A.E. ServiciosEspeciales.

P. OFI.

INSPECTOR/A TÉCNICO/A DE SERVICIOS.

1 A( Sub.A2) A.E. (SERVICIOSPÚBLICOS)

Técnica Medio

INGENIERO/A TÉCNICO/A DE SERVICIOS.

1 A( Sub.A2) A.E. Técnica Medio

CONTROLADOR/A MEDIOAMBIENTAL 2 Agrup.Prof A.E ServiciosEspeciales

Com. Esp.

ARCHIVERO/A-BIBLIOTECARIO 1 A Sub.A1/A2 A.E (BIBLIOTECA Y

CULTURA).

ServiciosEspeciales.

C.E.

TÉCNICO/A DE PROMOCIÓN CULTURAL1

A( Sub.A2) A.E. ServiciosEspeciales.

C.E.

ENCARGADO /A DE SALA.1

C (Sub. C1) A.E. ServiciosEspeciales.

C.E.

OPERADOR/A INFORMÁTICO/AJ.N. Servicios Educativos.

1 C (Sub. C1) A.E. ServiciosEspeciales.

Com. Esp.

AUXILIAR DE LA BIBLIOTECA Y CULTURA.

3 C ( SubC2) A.E. Servicios Especiales.

Com.Esp.

ORDENANZA BIBLIOTECA 2 Agrup.Prof A.E. Servicios Especiales.

C.E.

INFORMÁTICO/A. 1 A Sub.A1/A2 A.E.(INFORMATICA).

Técnica Superior/Técnico Medio.

PROGRAMADOR/A INFORMÁTICO/A. 1 A( Sub.A2) A.E. Técnica Técnico Medio.

INFORMÁTICO/A CARTOGRAFIA 1 A( Sub.A2) A.E. Técnica Medio.

TOPÓGRAFO/A 1 A( Sub.A2) A.E. Técnica Medio.

OPERADOR/A INFORMAT. 1 C (Sub.C1). A.E. Técnica. Auxiliar.

INTENDENTE. 1 A( Sub.A2) A.E.(POLICIA LOCAL)

ServiciosEspeciales.

P.L.

INSPECTOR/A, P.L. 2 A( Sub.A2) A.E. Servicios Especiales.

P. L.

INSPECTOR, P.L.(en segunda actividad). 1 A( Sub.A2) A.E. Servicios Especiales.

P. L.

OFICIALES P.L. 8 C (Sub. C1) A.E. Servicios Especiales.

P. L.

-46-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

Ref.: (ACTAS)

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Secretaria General

SESION ORDINARIACORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014

141219P-OR/19

A) FUNCIONARIOS DE CARRERADENOMINACIÓN Nº GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE

AGENTES P.L. 45 C (Sub. C1) A.E. Servicios Especiales.

P. L.

AGENTES POLICIA LOCAL (en segunda actividad)

3 C (Sub. C1) A.E. Servicios Especiales.

P. Local

B).- PERSONAL LABORAL FIJO.

DENOMINACIÓNPUESTOS DE TRABAJO

Nº TITULACIÓN EXIGIDA OBSERVACIONES

LIMPIADOR/A

(a extinguir)

1 Certificado Escolar Asimilado/a a AgrupacionesProfesionales.

C).- PERSONAL LABORAL FIJO DISCONTINUO.

DENOMINACIÓNPUESTOS DE TRABAJO

Nº TITULACIÓN EXIGIDA OBSERVACIONES

PROFESOR/A DE F.P.A.PARA EL AREA DECOMUNICACIÓN.

1 Licenciatura en Filología inglesa (o título universitariode grado en esta titulación) ; C.A.P. y grado medio devalenciano expedido por la J.Q.C.V. o equivalente.

Asimilado/a al Grupo ASubgrupo A1. A ¾ jornada.

Duración: 9 meses y 15 días.

PROFESOR/A DE F.P.A.PARA EL AREACIENTÍFICO-TECNOLÓGICA.

1 Licenciatura en Matemáticas, Geología o Biología oFísica y Química (o titulo universitario de grado enestas titulaciones); C.A.P.; Ciclo Superior de Alemánexpedido por la E.O.I. o equivalente y grado medio deValenciano expedido por la J.Q.C.V.

Asimilado/a al Grupo ASubgrupo A1.

A media jornada.

Duración: 9 meses y 15 días.

PROFESOR/A DE F.P.A.PARA EL CICLO I.

1 Diplomatura de Maestro/a de Primaria (o títulouniversitario de grado en esta titulación) y Diploma deMestre de Valencià o equivalente.

Asimilado/a al Grupo ASubgrupo A2 .A ¾ jornada.

Duración: 10 meses.

D) .- PERSONAL EVENTUAL.

Nº DENOMINACION Nº CD JORNADA CE GPO. TIPO/PUES

FORMANOMBRAMIENTO

1 SECRETARIO/A DE LAALCALDÍA

1 16 03 12267,22 CSub. C2

S LIBRE

2 JEFE/A DEL GABINETE DE LAALCALDÍA Y SERVICIOSINFORMATIVOS

1 24 03 14825,58 ASub.A1

S LIBRE

RESUMEN GENERAL

Nº TOTAL DE FUNCIONARIOS DE CARRERA. 205

Nº TOTAL DE LABORALES FIJOS (DISCONTINUOS). 3

Nº TOTAL DE PERSONAL EVENTUAL 2

-47-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

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141219P-OR/19

TOTAL. 210

1.- Los puestos A.P.I. y declarados a extinguir no se contabilizan en el total.

NOTA: INCORPORADOS:

1 Auxiliar Exte. Cámara Agraria 1 «xxxxxxxxxx»

ANEXO II.-

A.- FUNCIONARIOS DE CARRERA.

Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

1 SECRETARIO/A 1 30 03 34291,32 A (Sub.A1). S C Ldo. Der cho ó CC.PP o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones

*Mérito específico: Grau Mitjàde Valencià.

2 INTERVENTOR/A 1 30 03 34291,32 A (Sub.A1). S C Ldo. Derecho o CCEE o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones Mitjà Valencià*M. específicos.

3 TESORERO/A 1 30 02 30187,51 A (Sub.A1). S C Ldo. Derecho o CC.EE otítulo universitario oficial degrado más título oficial demáster universitario en estastitulaciones. Mitjà Valencià

4 VICESECRETARIO/A 1 28 02 24766,25 A (Sub.A1). S C Ldo. Derecho ó CC.PP o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones.Mitjà Valencià

*M.específicos

5 VICEINTERVENTOR/A 1 28 02 24766,25 A (Sub.A1). S C Ldo. Derecho o CCEEo títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulacionesMitjà Valencià

6.1 JEFE/A DE SECCIÓNDE CONTRATACIÓN

1 26 02 19077,66 A (Sub.A1). S C Ldo. Derecho ó CC.EE otítulo universitario oficial degrado más título oficial demáster universitario en estastitulaciones

6.2 JEFE/A DE SECCIÓNDE PERSONAL

1 26 02 19077,66 A (Sub.A1) S C Ldo. Derecho ó CC.EE otítulo universitario oficial degrado más título oficial demáster universitario en estastitulaciones

6.3 JEFE/A DE SECCIÓN 1 26 02 23792,16 A (Sub.A1) S C Ldo. Derecho ó CC.EE o

-48-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

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Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

DE PLANEAMIENTO título universitario oficial degrado más título oficial demáster universitario en estastitulaciones

6.4 JEFE/A DE SECCIÓNOBRAS Y ACTIVIDADES

1 26 02 19077,66 A (Sub.A1) S C Ldo. Derecho ó CC.EE otítulo universitario oficial degrado más título oficial demáster universitario en estastitulaciones

7 TÉCNICO/A DEGESTIÓN

2 22 02 14678,86 A (Sub.A2) NS C Diplomado, título universitariode grado o equivalente.

8.1 ADMINISTRATIVO/A J. N. Urbanismo.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.2 ADMINISTRATIVO/AJ.N. Presupuesto y A.G.

1 20 01 11365,9 C(Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.3 ADMINISTRATIVO/A J.N. Tesorería.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.4 ADMINISTRATIVO/A J.N. Contratación.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.5 ADMINISTRATIVO/A J. N. Servicios Sociales.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.6 ADMINISTRATIVO/A J. N. Personal.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.7 ADMINISTRATIVO/A J. N. Secretaria 1.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.8 ADMINISTRATIVO/A J.N. Fiscalización.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.9 ADMINISTRATIVO/A J.N. Secretaria 2.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.10 ADMINISTRATIVO/A J.N. Gestión Tributaria.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.11 ADMINISTRATIVO/A J.N. Servicios Públicos.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.12 ADMINISTRATIVO/A J.N. Planeamiento.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.13 ADMINISTRATIVO/A J.N. Actividades.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente.

8.14 ADMINISTRATIVO/A J. N. Personal y Prevenciónde Riesgos Laborales.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.15 ADMINISTRATIVO/A J.N.Ingresos Públicos.

1 20 01 11365,9 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

8.16 ADMINISTRATIVO/AJ.N. Información y AtenciónCiudadana.

1 20 04 13742,12 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

9 AUXILIARADMINISTRATIVO/A

34 16 01 9766,68 C (Sub.C2) NS C Graduado en ESO oequivalente.

-49-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

Ref.: (ACTAS)

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SESION ORDINARIACORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014

141219P-OR/19

Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

10 AUXILIAR ADM.(SM) 1 16 06 11965,66 C (Sub.C2) C Graduado en ESO oequivalente.

11 AUXILIAR ADM.(Oficina de Información yAtención Ciudadana).

4 16 04 12267,22 C (SubC2) S C Graduado en ESO oequivalente y Grau Mitjà deValencià

12 ORDENANZA (PLZ,) Jefe Subalternos.

1 14 03 10964,24 Agrup. Prof S C Certif.Escolar o equivalen.P. conducir (B)

13.1 ORDENANZA* 4 plazas API

6 14 01 9366,56 Agrup. Prof S C Certif.Escolar o equivalen.P. conducir (B)

13.2 ORDENANZA(suplente Jefe Subalternos)

1 14 02 9819,6 Agrup. Prof S C Certif.Escolar o equivalen.P. conducir (B)

14 ORDENANZA DE BIBLIOTECA

2 14 06 9716,87 Agrup. Prof S C Certif.Escolar o equivalen.P. conducir (B)

15 CONSERJE ESCUELA 2 14 04 8993,32 Agrup. Prof S C Certif.Escolar o equivalen.

16 RECAUDADOR/A 1 22 02 13982,23 A (SubA2) S C Diplomado en Derecho ó C.Económicas o títulouniversitario de grado en estastitulaciones.

17 TÉCNICO/A SANIDAD YCONSUMO

1 22 01 14567,42 A (SubA2) S C Diplomado, título universitariode grado o equivalente

18 TÉCNICO/ADEPORTIVO

1 22 07 14678,86 A (SubA2 S C Diplomado en EducaciónFísica o título universitario degrado en esta titulación.

19 TÉCNICO/A TURISMO 1 22 02 11877,32 A (SubA2) S C Técnic. Empresas y Activ.Turisticas o títulouniversitario de grado en estatitulación.

20 AUXILIAR DETURISMO

2 16 06 11058,32 C (Sub.C2) S C Graduado escolar, Graduadoen ESO o equivalente.

21 TELEFONISTA 1 14 01 9739,52 Agrup. Prof. S C Certi. Escolar o equivalen.

22 ARQUITECTO/ASUPERIOR

1 28 02 24416 A (Sub.A1) S C Arquitecto Superior o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones

23 INGENIERO/ACAMINOS

1 28 02 24416 A (Sub.A1) S C Ingeniero de Caminos o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones

24 INGENIERO/ATÉCNICO/AINDUSTRIAL

2 22 01 17959,62 A (SubA2) S C IngenieroTécnico Industrial otítulo universitario de grado enesta titulación.

25 INGENIERO/A TÉCNICO/A DEOBRAS PUBLICAS

1 22 02 17959,62 A (SubA2) S C Ing.Técnico Obras Publicas otítulo universitario de grado enesta titulación.

26 INSPECTOR/A TÉCNICO/ARESPONSABLE DE MEDIOAMBIENTEYSOSTENIBILIDAD

1 22 02 17959,62 A (SubA2) S C Ingeniero Tecnico Agrícola otítulo universitario de grado enesta titulación.

27 INGENIERO/A TÉCNICO/A DESERVICIOS.

1 22 02 17959,62 A (SubA2) S C Ingeniero Técnico o títulouniversitario de grado en estatitulación.

-50-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

Ref.: (ACTAS)

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SESION ORDINARIACORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014

141219P-OR/19

Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

28 ARQUITECTO/ATÉCNICO/A

2 22 02 17959,62 A (SubA2) S C Aparejador ó Arq. Técnico otítulo universitario de grado enesta titulación.

29 JEFE/A DEDELINEANTES

1 20 02 11365,9 C (Sub.C1) S C Delineante FP II o equivalente.

30 DELINEANTE 2 18 01 10167,4 C (Sub C1) NS C Delineante FP II o equivalente.

31

OFICIAL CONDUCTOR/AENCARGADO/ABRIGADA

1 18 07 16639,7 C (Sub.C2) S C Graduado en ESO oequivalente. P. conducir (C y E).

32 OFICIAL CONDUCTOR(SUSTITUTO ENCARG).

1 18 07 14227,08 C (SubC2)

S C Graduado en ESO oequivalente.P. conducir (C y E).

33 CONDUCTOR/A 3 14 02 11099,2 Agrup.Prof. S C Certi. Escolar o equivalen. P.conducir , B, C y E.

34 OPERARIO/A DE OBRASPÚBLICAS Y SERVICIOS

1 14 02 11099,2 Agrup.Prof. S C Certi. Escolar o equivalen.

35 OFICIAL ALBAÑIL. 1 16 02 11312,14 C (Sub.C2)

S C Graduado en ESO oequivalente. FP I

36 OFICIAL DEMANTENIMIENTO

2 16 02 11312,14 C (Sub.C2) S C Graduado en ESO oequivalente. FP I

37 ENCARGADO DE SALA. 1 20 09 12541,04 C (Sub.C1).

S C Bachiller superior, FPIIBachiller, Técnico de F.P. oequivalente

38 OFICIAL ELECTRICISTAENCARGADO/AALUMBRADO

1 18 03 14530,46 C (Sub.C2)

S C Graduado en ESO, FP I (ramaelectricidad) o equivalente.

39 ELECTRICISTA 1 14 03 10267,46 Agrup.Prof S C Certi. Escolar o equivalen.

40 SIN CONTENIDO41 OFICIAL MECÁNICO/A. 1 16 02 11312,14 C (Sub.C2) S C Graduado en ESO o

equivalente. FP I(ramamecánica).

42 OPERARIO/AENCARGADO/ACEMENTERIO

1 14 06 11979,1 Agrup.Prof. S C Certi. Escolar o equivalen.

43 OPERARIO/ASEPULTURERO

1 14 06 11439,82 Agrup. Prof. S C Certi. Escolar o equivalen.

44 OPERARIO/A (1 puesto A.P.I.)

4 14 02 9552,9 Agrup. Prof. NS C Certi. Escolar o equivalen.

44.1 OPERARIO/A 4 14 02 10267,46CPT (1)

Agrup. Prof. NS C Certi. Escolar o equivalen.

45 OPERARIO/A POLIDEPE INST. DEPORTIVAS

5 14 08 11499,32 Agrup. Prof/C Sub-C2)

S C Certi.Escolar/ Graduado enESO o equivalente.

46 SIN CONTENIDO47 SIN CONTENIDO48 CONTROLADOR/A

MEDIO-AMBIENTAL2 14 03 9552,9 Agrup. Prof. S C Certi. Escolar o equivalen.

P. conducir A y B

49 JEFE/A SECCIONCULTURA .(Archivero-Bibliotecario)

1 26 06 19077,66 ASub.A1/ASub.A2

S C Licenciado o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de máster

-51-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

Ref.: (ACTAS)

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SESION ORDINARIACORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014

141219P-OR/19

Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

universitario en estastitulaciones/ Diplomado otítulo universitario de grado.

50 TÉCNICO/A DEPROMOCIÓN CULTURAL

1 23 06 17959,62 A(SubA2)

S C Diplomado, título universitariode grado o equivalente.

51 TÉCNICO/ALINGÜÍSTICO/A

1 22 02 11877,32 A(SubA2)

S C Diplomado en FilologíaValenciana o similar o títulouniversitario de grado en estastitulaciones.

52 TÉCNICO/A DEEDUCACIÓN.(Técnico/ E.A.)

1 22 04 16394,7 A(SubA2)

S C Profesor EGB o títulouniversitario de grado en estatitulación.

53 PSICÓLOGO/A 1 24 02 14567,42 A

(Sub.A1)

S C Psicólogo o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones

54 SIN CONTENIDO55 ASISTENTE/

TRABAJADOR/A SOCIAL2 22 02 11877,32 A

(SubA2)S C Asistente Social,Diploma- do

Trabajo Social o títulouniversitario de grado en estastitulaciones.

56 TÉCNICO DE JUVENTUD 1 22 04 14023,94 C SubC1/ASubA

2

S C Bachiller,̈ Técnico de FP oquivalente/Diplomado, títulouniversitario de grado oequivalente.

57JEFE/A DE NEGOCIADO DESERVICIOS EDUCATIVOS.

1 20 04 13742,12 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P.(esp.Informática) o equivalente

58 JEFE/A DE NEGOCIADO DEBIBLIOTECA Y CULTURA.

1 20 04 13742,12 C (Sub C1) S C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

59.1 AUXILIAR BIBLIOTECA YCULTURA

2 16 04 11965,66 C (Sub C2) S C Graduado en ESO oequivalente.

59.2 AUXILIAR BIBLIOTECA YCULTURA.

1 16 04 (2/3) 9438,94 C (Sub C2). S C Graduado en ESO oequivalente.

60 RESPONSABLEINFORMÁTICO/A

1 26 02 19077,66 ASubA1/Sub.A2

S C Ing.Técnico Informático oDiplom.C.Infor o títulouniversitario oficial de gradomás título oficial de másteruniversitario en estastitulaciones/IngenieroInformático o títulouniversitario de grado en estastitulaciones.

61 PROGRAMADOR/AINFORMÁTICO/A.

1 22 02 13888,84 A (SubA2) S C Ingen.Técnico InformáticooDiplom.C.Inf.o títulouniversitario de grado en estastitulaciones.

62 INFORMÁTICO/ACARTOGRAFIA-

1 22 02 13888,84 A (SubA2) S C Ingen. Técnico Informáticoo título universitario de gradoen esta titulación.

63 TOPÓGRAFO/A 1 22 02 13888,84 A (SubA2) S C Ingen.Técnico Topógrafo otítulo universitario de grado enesta titulación.

64 OPERADOR/A 1 18 01 10069,08 C (Sub. C1) S C FP II en Informática oequivalente.

-52-

Carrer Metge Segarra, 412560 BENICÀSSIM(Castelló)

Tlf. 964 300 962-Fax 964 30 28 30 C.I.F. P-1202800-G

Ref.: (ACTAS)

AJUNTAMENT DE BENICÀSSIM

Secretaria General

SESION ORDINARIACORRESPONDIENTE AL DIA: 19-DICIEMBRE-2014

141219P-OR/19

Nº DENOMINACIÓN Nº CD JORNADA C. ESPEC.

GPOASIM TIPO

PUESFORMAPROV.

TITULO

INFORMÁTICA65 INTENDENTE POLICIA

LOCAL1 26 03 22383,34 A (SubA2) S C Diplomado, título universitario

de grado o equivalente.P. conducir.(A,B y BTP).

66.1 INSPECTOR POLICIALOCAL

2 24 03 15722,98 A (SubA2) S C Diplomado, títulouniversitario de grado oequivalente.P. conducir.(A,B y BTP).

66.2 INSPECTOR POLICIALOCAL (segunda actividad)

1 24 03 15722,98 A (SubA2) S C Diplomado, título universitariode grado o equivalente.P. conducir.(A,B y BTP).

67.1 OFICIAL POLICIALOCAL

8 22 01 15465,52 C (Sub C1) NS C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente

P. conducir.(A,B y BTP).

68.1 AGENTES POLICIALOCAL

45 20 01 12993,96 C (Sub C1) NS C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente. P.conducir (A yB), según la legislaciónvigente.

68.2 AGENTES POLICIALOCAL(segunda actividad)

3 20 01 12993,96 C (Sub C1) NS C Bachiller, Técnico de F.P. oequivalente.P.conducir ( A yB).

69 LIMPIADOR/AS 4 14 06 8024,52 Agrup.Prof S C Certi. Escolar o equivalen.

70 AGENTE DE EMPLEO YDESARROLLO LOCAL.

1 22 10 11877,32 A (Sub A2) S C Diplomatura en Derecho,C.Económicas o RelacionesLaborales o título universitariode grado en estas titulaciones.

(1) CTP (complemento personal transitorio): Estos cuatro puestos de Operarios de laBrigada de Obras, provenientes de los puestos de Jardineros tienen asignado un complemento personaltransitorio, por lo que seguirán percibiendo el CE de los puestos anteriores, sin incremento alguno ymientras esta medida les beneficie por los incrementos salariales que corresponda con arreglo a laactual clasificación de estos puestos de trabajo.

B.- PERSONAL EVENTUAL.

Nº DENOMINACION Nº CD JORNADA CE GPO. TIPO/PUES

FORMANOMBRAMIENTO

1 SECRETARIO/A DE LAALCALDÍA

1 16 03 12267,22 CSub. C2

S LIBRE

2 JEFE/A DEL GABINETE DE LAALCALDÍA Y SERVICIOSINFORMATIVOS

1 24 03 14825,58 ASub.A1

S LIBRE

C.- LABORALES FIJOS.

Nº DENOMINACION Nº CD JORNADA C.E. GPO TIPO/PUES

FORMA TITULO

11 LIMPIADORA(a extinguir)

1 14 06 8024,52 E S C Certi. Escolar

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D.- LABORALES FIJOS DISCONTINUOS.

Nº DENOMINACION Nº CD JORNADA C.E. GPO TIPO/PUES

FORMA TITULO

1 PROFESOR/A DEF.P.A. PARA ELAREA DECOMUNICACIÓN.

1 24 ¾ dejornada

783,52 €mensual

Grupo ASub. A1.

S C Licenciatura en Filología inglesa (otítulo universitario oficial de grado mástítulo oficial de máster universitario enestas titulaciones) C.A.P. y grado mediode valenciano expedido por la J.Q.C.V.o equivalente.

2 PROFESOR/A DEF.P.A. PARA ELAREA CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA.

1 24 Mediajornada

526,51 €mensual

Grupo ASub. A1.

S C Licenciatura en Matemáticas, Geologíao Biología o Física y Química (o títulouniversitario oficial de grado más títulooficial de máster universitario en estastitulaciones); C.A.P. ; Ciclo Superior deAlemán expedido por la E.O.I. oequivalente y grado medio deValenciano expedido por la J.Q.C.V.

3 PROFESOR/A DEF.P.A. PARA ELCICLO I.

1 20 ¾ dejornada

639,40 €mensual

Grupo ASub. A2 .

S C Diplomatura de Maestro/a de Primaria(o título universitario de grado en estatitulación) y Diploma de Mestre deValencià o equivalente.

E).- PREVISIÓN DE PERSONAL DE CARÁCTER TEMPORAL: Al efecto deposibilitar la contratación de personal temporal y el nombramiento de funcionarios interinospara la ejecución de programas temporales y acumulación de tareas, todos ellos parasupuestos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables y restringidosa los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideran prioritarios o queafectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, se realiza la siguienteprevisión, a efectos de planificación:

PREVISIÓN DE PERSONAL DE CARÁCTER TEMPORAL:

DESCRIPCION

PERSONAL TEMPORAL. BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS:Operarios/as colaboradores de la Brigada: 7 personas por un total de 49 meses, a 40 horas semanales, condisponibilidad discrecional.

Operarios/as limpieza de playas, 6 personas, 4 meses cada uno (total 24 meses), a 40 horas semanales, condisponibilidad discrecional.

PERSONAL TEMPORAL SERVICIOS GENERALES:Auxiliares Administrativos/as de Administración General: 6 meses.

PERSONAL TEMPORAL. EDUCACIÓN:Auxiliares administrativos para el centro de formación: 18 meses a jornada completa.PERSONAL TEMPORAL. CULTURA: Auxiliares de Biblioteca del Mar: 16 meses ( 4 Auxiliares por 4 meses).

Ordenanza de Biblioteca: 5 meses.

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PERSONAL TEMPORAL. TURISMO: Auxiliares de Turismo: 24 meses.

PERSONAL TEMPORAL. ESCUELA DE FORMACIÓN DE ADULTOS: 1 Profesor/a del Área científico-tecnológica y francés para la Escuela Municipal de Idiomas, a media jornada ,Grupo A Subgrupo A1 ; por un total de 9 meses y 15 días.

PERSONAL TEMPORAL. DEPORTES:- 1 Operario/a instalaciones deportivas: 6 meses.

PERSONAL TEMPORAL. POLICIA LOCAL:- 16 Agentes de la Policía Local, funcionarios interinos durante cuatro meses (temporada estival).Descripción de las plazas: Grupo C Subgrupo C1; Escala de Administración Especial; Subescala ServiciosEspeciales, Clase Policía Local: Complemento de Destino: nivel 20; Complemento Específico: 528,14 €mensuales; Jornada: 06; Titulación: Bachiller, Técnico de F.P. o equivalente. Permiso de conducir: B y A2.Funciones: las previstas en la Relación de Puestos de Trabajo.Para aquellos Agentes interinos del periodo estival que cumplan íntegramente dicho periodo, se les abonará al finaldel periodo una productividad de 1.600 €. En ningún caso se abonará esta productividad a aquellos funcionariosinterinos que cesen antes de finalizar el periodo para el que han sido nombrados. En el supuesto de ser nombradospara un periodo inferior a los 4 meses, se les abonará la parte proporcional de la productividad propuesta, siempreque no cesen antes de la finalización del periodo para el que han sido nombrados.

PROGRAMA DE EMPLEO DE INTERÉS SOCIAL: 56.093,84€

(141219P-OR/443)

PUNTO DÉCIMO.- APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DELAYUNTAMIENTO DE BENICASIM PARA EL AÑO 2015.-

Resultando que según lo dispuesto en el artículo 164 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, las Entidades Locales elaborarán y aprobarán anualmente un Presupuesto GENERAL,en el que se integrarán el Presupuesto de la propia entidad, así como los estados de previsión degastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a laEntidad Local. El Presupuesto contendrá según el artículo 165 los Estados de Gastos y deIngresos, debiendo incluir las Bases de Ejecución del Presupuesto y al que se unirá comoAnexos la documentación que señala el artículo 166.

Considerando lo dispuesto en el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo y en el RealDecreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título Sexto delcitado Real Decreto.

Vistos los informes de la Intervención Municipal incorporados al expediente:

1.Informe 136/2014 favorable excepto por un aspecto concreto del presupuesto

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informado desfavorablemente (el incumplimiento del límite que respecto al complementoespecífico establece el art. 7 del R.D. 861/1986).

2.Informe 137/2014, específico de estabilidad presupuestaria.Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa Municipal del Área de

Gestión y Promoción Económica, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de2014.

Abierto el debate interviene Manuel Martín-Lorente, Concejal delegado deHacienda, diciendo: “Buenas otra vez. Decir que los Presupuestos Generales del Ayuntamientolo que nos permite es funcionar en el día a día en el sistema económico. Evidentemente contodo lo que hemos dicho anteriormente del equilibrio, son unos presupuestos muy equilibradosy que ha habido en los ingresos una disminución de la presión fiscal, la bajada del IBIpricipalmente del 0,536 al 0,526 con una media del 2%. Las tasas quedan congeladas pero esuna bajada encubierta porque el IPC sube un 3% pero nosotros no se lo vamos a aplicar a esastasas por lo tanto es una bajada más. Se sigue sin cobrar servicios esenciales como es la escoletaque tiene una repercusión directa en ese tema y esas tasas también se siguen. En el tema tambiénde las transferencias de los tributos del Estado ha habido un pequeño incremento de 200.000euros, las transferencias del Estado vienen dadas por el número de habitantes que tienen laspoblaciones, nos hacen esas transferencias cuando llegan a 20.000 habitantes hasta arriba, seincrementa esas transferencias en estos momentos las nuestras este año 2014 eran de 3.600.000y que pasarán el próximo año a 3.800.000, un incremento aproximadamente del 6,08% y asíesperamos que luego con la liquidación de remanentes he oído comentarios, se oyen muchoscomentarios por la población en el aspecto de los presupuestos o de inversiones reales, no soninversiones reales, las inversiones reales son las que figuran aquí en este presupuesto en cuantoa las obras que se vienen realizando por todo el municipio, bien, sepan que esas obras no sonporque vienen elecciones, ya el año pasado ya se hicieron y este año se vuelven a hacer, esto esproducto de la liquidación de remanentes y por lo tanto en esa liquidación de 2013-2014hubieron casi unos 5 millones de euros, de la cual el 50% se destinó a tesorería para pago aproveedores, amortización de créditos y gastos financieros y ese pago a proveedores y que nohaya tensión económica en lo que es la tesorería del Ayuntamiento. La tensión económica no esni más ni menos que cuando llegaba el mes de febrero o marzo hasta el mes de junio o julio másconcretamente que es cuando se procedía a dar salida a los recibos del IBI, es cuando elAyuntamiento se nutre, va teniendo ingresos y se puede ir pagando. Hasta esa fecha lo que sesolía hacer era solicitar un crédito con los gastos financieros que ello concurrenindependientemente a entidades bancarias, financieras, que nos podían dar esos créditos. Bien,este año históricamente que sepan también que no se ha producido esa solicitud a los bancos deforma que ha habido también un ahorro neto en cuanto a gastos financieros porque no ha sidoasí, por lo tanto la tensión económica este año 2014 ha desaparecido, no hemos tenido, enfunción de como decía de los remanentes. Y en cuanto a las obras que han visto por ahí, elasfaltado, aceras, que se han hecho muchas aceras, el bulevar que se ha arreglado también, lasfarolas, las del paseo norte y sur con la iluminación que además llevará una serie de ahorro porparte energético, decir todas esas obras solo pueden realizarse con un tema de lo que sedenomina remanentes sostenibles, entonces esos remanentes se dan una serie de cuestiones yson los que se han podido realizar esas obras, pero que no es porque vengan elecciones, no, es

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porque realmente hemos tenido ahorro neto y hemos invertido para que el ciudadano pues esascosas que aparentemente no se ven se puedan tener. Bien esto es, como repito, son unospresupuestos muy equilibrados de 25 millones, un poquito más de 25 millones, que cumplimoslo que es la regla del gasto del 1,3 y vamos luego ya si la oposición quiere preguntar. Ya tuvimosun Plenillo en el cual se dieron esos datos en los que las dudas que tenía la oposición ocualquier otra persona que estaba allí pudiera recabarlos con los técnicos y posteriormente ya sedictaminó esto mismo en la Comisión Informativa del día 16. A posteriori si quieren algo máspues ya preguntarán, pero vamos, decir que se presentan en tiempo y forma y el día 1 de eneroentrará en vigor el nuevo presupuesto. Gracias.”

Después interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Sí, muchasgracias. Yo tengo que decir que después de tres años y medio de legislatura llegamos a losúltimos presupuestos del PP-ARB. El BLOC frente a una mayoría absoluta ha aportado, hafiscalizado como creo que es la obligación de la oposición, y si hubiera sido diferente no habríahecho falta acudir ni al Síndic ni a la justicia. Se nos ha hecho comulgar con ruedas de molinoinnecesariamente, tenéis mayoría absoluta, nunca he comprendido esa soberbia y esaprepotencia. Ustedes no han comprendido que ni la res pública ni la transparencia de las treslegislaturas que he pasado de Concejal una vez más digo que estos últimos años he vividomomentos duros y poco recomendables para nadie. Cuando prometí el cargo de Concejal dijeque con una mayoría absoluta tendríamos hilo directo con la Diputación, con la Generalitat ycon el gobierno central, que Benicàssim contaba con la ventaja que ninguna otra corporaciónhabía tenido. Han pasado los años y veo que no, no se han hecho los deberes y no se ha pedidonada de lo que nos toca. Que toda la culpa la tiene el tripartito, un tripartito que aunque hayacometido errores les hizo comenzar la legislatura a ustedes inaugurando y disfrutando delpatrimonio adquirido y negociado con el tripartito. Vosotros no habéis sido capaces ni de cobrarlas deudas de la Generalitat, unas deudas que tenemos gracias a vuestra gestión, otro ejemplo esel Centro que con boato se puso la primera piedra hace unos años, una de las poquísimasinversiones de la Generalitat de todos, el Plan Confianza, hoy el testimonio de la ineficacia lotenemos presente cada vez que pasamos por delante y la poca confianza que da tener en lasinstituciones personas de poca palabra, el President del país, el cargo más importante del paísValenciano prometió que pagarían, volverlo a invitar a Benicàssim a ver qué dice hoy.Desgraciadamente a la ciudadanía solo le llegan los titulares de los medios de comunicación quepreocupados por subsistir y con toda la propaganda institucional que pagamos entre todos solobenefician a unos pocos. Estos presupuestos vuelven a ser los de una mayoría absoluta que noconsensúa nada, choca mucho asistir a las Comisiones en donde los Concejales del equipo degobierno parece que forman parte de la oposición porque preguntamos y no saben qué decir, nopueden informarnos, y si queremos saber se nos critica y encima se nos humilla, estas cosas nodeberían pasar en esta casa que es la casa de todos; una Comisión de obras sin contenidos, pasosde peatones carísimos que comienzan a estar rotos y eso que iban a ser eternos, rotondas en lasque no intervienen los técnicos de la casa competentes, la segunda senda de montaña sin acabarque como todos sabemos el senderismo es un turismo alternativo; han desaparecido hasta lasseñales que había en la Torre Sant Vicent que marcan el kilómetro cero. Todos sabemos que loque más nos preocupa es la supervaloración, ya lo hemos estado comentando en los dos puntosanteriores, se os llena la boca diciendo que habéis bajado el IBI y no se nota, la gente está harta

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de tantas mentiras y parece que sea una burla y se han aumentado los gravámenes de algunasOrdenanzas, la gente esta harta. Es muy triste ir a un medio de comunicación y hablar tandesafortunadamente de los compañeros de corporación, eso sí que es cubrirse de gloria, la gentelo ha visto y se queda sorprendida ni unos son tan buenos ni los otros tan malos. Gracias.”

A continuación interviene Gustavo Ramón, portavoz del PSOE, diciendo: “Bien,vamos a debatir los últimos presupuestos que este equipo de gobierno configura en estalegislatura. Nos hubiera gustado y así lo planteamos en la Comisión Informativa que esto sepodría haber tratado en un Pleno extraordinario como viene siendo habitual e históricamente sedesarrollan así los Plenos en los que se debate el presupuesto en esta casa pero porcircunstancias a los que somos ajenos pues lo han traído ustedes a un Pleno ordinario y ya lesdigo no entendemos cuál ha sido este planteamiento. Podríamos hablar mucho, largo y tendidosobre el presupuesto que ustedes hoy presentan, pero este presupuesto además de ser elpresupuesto que regirá el próximo año, el 2015, es un presupuesto que define el balance de unalegislatura, de la legislatura de la mayoría absoluta del PP en Benicàssim. Un presupuesto queeste año y así lo tenemos que decir lo vemos más puro y de trámite que ningún otro a tenorevidentemente de que nos estamos acercando al año electoral. Agradecer la explicación del SrMartín cuando antes hacía referencia a que las obras no se hacen porque se acercan laselecciones, es su opinión, y por supuesto la podemos compartir o no. Y que se ha presentado,este año sí en tiempo y forma, el año pasado en el 2014 tuvieron sus desavenencias en el equipode gobierno y recordamos que hasta fue en el mes de mayo o abril que no pudieron ustedesaprobar el presupuesto porque no se aclaraban entre ustedes a la hora de definir cómo tenían querepartirse el dinero en Benicàssim. A partir de ahí lo que queremos dejar bien claro y queremosque quede constancia de ello es que la política del PP en Benicàssim en estos 4 años se hacaracterizado por tres cuestiones fundamentales; en primer lugar la inoperancia y la incapacidadde este equipo de gobierno para traer ayudas, subvenciones, colaboraciones de otrasadministraciones llámese Diputación Provincial, donde nuestra Alcaldesa es además DiputadaProvincial, llámese Generalitat Valenciana donde además tienen una deuda pendiente conBenicàssim, no vamos a dar la cantidad para no enzarzarnos en cuestiones de números perotodos sabemos que la Generalitat Valenciana mantiene una deuda histórica con el Ayuntamientode Benicàssim y frente a esto a principio de legislatura estuvieron aquí diferentes consellerscuando todo lo que iban a hacer y todo lo que iban a plantear en Benicàssim y de aquello nuncamás se supo, mucho menos de apoyos o ayudas del Estado, del gobierno de España a nuestromunicipio y ya ni hablamos de la materia de subvenciones que pudieran llegar en materiainternacional desde la Comunidad Económica Europea. O sea que en ese sentido un ceropelotero a la gestión de este equipo de gobierno a la hora de poder traer ayudas externas para elmunicipio de Benicàssim, que entendemos que es una de las principales, uno de los principalesobjetivos que un político local debe tener a la hora de plantearse diseñar la gestión y el progresode un municipio como el de Benicássim. El segundo gran tema de toda esta cuestiónpresupuestaria viene marcada y ahí no tienen ustedes la culpa, viene marcada por su partido, elPP y el Sr Rajoy al frente, que con su política de restricciones y con su política de recortes les haatado a ustedes de pies y manos para poder desarrollar un presupuesto, antes hablábamos de untecho de gasto pero ha habido muchos otros conceptos que les han impedido a ustedes poderdesarrollar la política que me consta que alguno de ustedes pues tenía ilusión de hacer, pues

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algunas inversiones que no han sido posibles, siempre, y esto es también remarcable elAyuntamiento de Benicàssim ha obtenido en diferentes años diferentes cantidades por lacuestión de remanentes que son sobrantes de ejercicios anteriores, no han podido más queliquidar deuda que era la orden imperante que les venía definida desde Madrid para todo estetipo de cuestiones, liquidar deuda y en todo caso el año pasado se abrió un poco la manga y yahablaban de inversiones sostenibles que les permitía a ustedes un margen de maniobrabilidadpara poder diseñar su gestión, por eso les digo que en este segundo gran tema no tienen ustedesmucha culpa pero sí su partido que es quien les ha atado de pies y manos y les ha atenazado ycon ello ha atenazado al municipio de Benicàssim a la hora de poder prosperar. Y por últimootro gran tema en el cual han estado ustedes dando tumbos desde el principio de la legislatura,un tema que demuestra la insensibilidad en este caso del PP y de este equipo de gobierno a larealidad social que se estaba viviendo en todo el país, no voy a decir en el municipio deBenicàssim porque la crisis es y ha sido y está siendo una de las grandes historias dramáticasque estamos viviendo en nuestra historia reciente y en ese sentido decir que el empleo y enpolíticas de empleo han estado ustedes total y absolutamente perdidos. En el 2013 definen yplantean un plan de empleo y lo dotan con 200.000 euros que es una partida bastanteconsiderable, bastante importante y pensábamos que iban ustedes a seguir en esa línea, pero esque cuando llega el 2014, el año pasado recortan brutalmente esta partida en más de un 70% ysolo consignan 56.000 euros para un plan de empleo, un plan de empleo que lo venden como lapanacea, el plan de empleo conjunto con la Diputación y la Generalitat Valenciana que haresultado ser un rotundo fracaso, aquí traigo un recorte de prensa donde habla que el segundoplan de empleo también pincha al generar 396 contratos de los 1.000 previstos, pues bien enBenicàssim hubo mucha gente interesada en sumarse a este plan de empleo y solo pudieronsumarse 11 ó 12 personas desempleadas porque los requisitos para poder acceder a este plan deempleo eran totalmente ajenos y realmente disconformes con el planteamiento de la actividadlocal en el municipio, o sea, tenían que no haber trabajado en los meses de verano cuando enBenicàssim si en algún momento del año hay trabajo es precisamente en esos meses de verano,pues ahora y también decir que respecto a esta cuestión un plan de empleo del 2014 queempieza a desarrollarse en el mes de noviembre, se pasan ustedes casi todo el año sin desarrollarel plan de empleo en el 2014, lo han empezado a desarrollar ahora, y ya digo a muy pocaspersonas, a 10 u 11 personas de todo el volumen de gente que necesita en estos momentos y enestas circunstancias que la administración sea sensible a esa realidad y a esa necesidad social tanalarmante que estamos viviendo. Y por último este año en el cual ustedes plantean un taller deempleo, o sea vuelven al inicio a cuando los talleres de empleo eran la fórmula que desarrollabala administración para llevar adelante estas circunstancias, pero claro se quedan en el caminopor ejemplo el programa de PAMER o el programa del ENCORP que desaparecieron y quenunca más se supo de ellos. En estos momentos consignan ustedes una partida de 105.000 eurospara el próximo plan de empleo que en este caso un taller de empleo que es la mitad de laconsignación de la partida que designaron ustedes en el 2013, yo creo que las circunstanciaslaborales en el municipio no han cambiado tanto como para reducir a la mitad del 2013 al 2014esta opción o este proceso de desarrollo y fomento de empleo y lo más sangrante de todo es queel gráfico que nos han mandado ustedes con el reparto orgánico por áreas y porcentajes de losque supone el presupuesto del Ayuntamiento de Benicàssim lo que ustedes destinan al taller deempleo la pírrica y ridícula cifra del 0,4% del presupuesto será destinado a este taller de empleo,

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por tanto ya les digo estos son los tres grandes pilares sobre los que se fundamentan el fracasode la política del PP en estos años en Benicàssim, ninguna subvención, políticas del PP que leshan impedido desarrollarse y atención a las políticas sociales a servicios sociales y al desempleo. A partir de ahí desarrollan ustedes un presupuesto simple, un presupuesto de trámite como yales digo en un año electoral pero es que en todos estos años anteriores el presupuesto ha sidosiempre dotado con la cantidad que ha salido única y exclusivamente de los bolsillos de losciudadanos, no ha habido ninguna aportación como ya les digo ni ningún trabajo por su parte deconseguir o intentar conseguir alguna aportación externa. Refiriéndonos al presupuesto de esteaño pues nos encontramos con paradojas y cuestiones que por un lado como decía muy bien elSr Martín (interviene la Sra Alcaldesa diciendo: “perdón, se está saltando el tiemporeglamentario y hay otro turno de intervención después). Sí, pues muy brevemente y parasimplificar nos queda de este presupuesto dudas, interrogantes que no se nos han resuelto yluego partidas que han sido consignadas con una cantidad que en absoluto llegan a cubrir ladefinición para lo cual han sido consignadas, así esperaré al segundo turno para seguirdesarrollando los argumentos. Muchas gracias.”

Acto seguido interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Gracias D.Gustavo Ramón. Mire, respecto al BLOC, bueno, agradezco que me haya vuelto un poquito elhilito de voz, esa esperanza es la que tenía cuando llegaron los presupuestos. En primer lugardecirle al Concejal del BLOC que dice que frente a una mayoría absoluta, al BLOC tengo quedecirle que frente a una mayoría absoluta el BLOC que también representa a un númerodeterminado de ciudadanos de Benicàssim, lo que tenía que haber hecho es hacer los deberes ytraer aquí su presupuesto alternativo si no le gusta el nuestro, por lo menos haber traído el suyo,haber hecho el trabajo que por eso cobra a final de mes, y aquí no ha aportado ni una solapropuesta de presupuestos, o sea, los presupuestos que aprobamos hoy son los presupuestos queha elaborado el equipo de gobierno porque por parte de la oposición cero trabajo, o sea ni unapropuesta y eso no es serio. Habla de la mayoría absoluta, bueno pues la mayoría absolutatrabaja, usted es uno solo y lo único a lo que se ha dedicado durante estos años ha sido ajudicializar la vida política, a cuestionar los informes de Interventor, a cuestionar los informesdel Secretario a poner en duda los informes, a ir a la fiscalía, ¡por amor de Dios!, en la vida sehabía tenido aquí en este Ayuntamiento un Concejal como usted, y agradezco el discurso que hahecho porque el discurso que ha hecho suena a despedida, y es lo mejor que le puede pasar alpueblo de Benicàssim, que su discurso de hoy ha sonado a despedida. Mire, afortunadamente sudiscurso conforme he dicho ha sido de despedida y nos quedará la satisfacción que de lo quehan hecho estos nueve Concejales aprobando este presupuesto es trabajar por Benicàssim, cosaque usted hoy aquí no ha demostrado hacer. Respecto al partido socialista el Sr Gustavo Ramóncuestiona el porqué los presupuestos no se han llevado a un Pleno extraordinario, mire, eso yase le explicó a usted en Junta de Portavoces, no necesariamente los presupuestos se tienen quellevar a un Pleno extraordinario, no necesariamente y se le explicó a usted que era con lafinalidad de dejar las cuentas cerradas antes de que finalizara el año y antes de que vinieranavidad porque mucha gente, muchos funcionarios se van también de vacaciones. Respecto a laalusión que ha hecho sobre el Sr Esparducer, se pactó con él, se habló con él su renunciarespecto al punto del orden del día y fue a instancias personales quien decidió personalmenteque fuera en el segundo punto del orden del día, o sea, aquí no se ha impedido a ningún

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Concejal que pudiera finalizar el Pleno, con lo cual no lo dejé usted caer así ante la opiniónpública porque parece que nosotros lo hayamos hecho adrede, no señor, tenemos corazoncito yesas cosas primero se hablan porque somos personas, ante todo somos personas. Después hablade que el balance de la legislatura que, mire, el balance de la legislatura del PP cumple con laspremisas que nos comprometimos al principio y esas premisas están plasmadas en estepresupuesto, con lo cual reducimos impuestos, reducimos deuda, congelamos el gasto corrientey realizamos inversiones sin necesidad de acudir a los bancos. Cumple con las cuatro premisasque nos marcamos al principio de legislatura, desde luego que para ustedes no será nunca supresupuesto pero le digo lo mismo que le digo al Concejal del BLOC, haber traído aquí losdeberes hechos porque una persona como usted representante del principal grupo de laoposición debería de haber traído aquí unos presupuestos, si lo que pretende aquí es ganar unaselecciones y erigirse como Alcalde durante el 2015, como mínimo debería haber traído aquíunos presupuestos que avalen lo que usted quiere ofrecer a los ciudadanos para ese segundosemestre del 2015, pero ni eso, trabajo cero, ese sí que es el balance de gestión de su legislaturatrabajo cero, y en muchos casos un desconocimiento absoluto de los datos. Pero bien, lo que nole consiento es que nos tache de insensibles cuando aquí en esta casa éste es el tercerpresupuesto en el que incluimos una partida para Plan de Empleo Social. Durante los años quellevamos de legislatura el PP, nuestros presupuestos han contado sumándolos todos con más de500 mil euros destinados a Planes de Empleo Social, hemos dado trabajo a más de 150 familiasde Benicàssim y no estamos satisfechos, mientras haya un solo parado en Benicàssim noestaremos satisfechos pero sí que estamos contentos de que nuestros presupuestos hayan podidoincluir una partida para poder aliviar esas cargas familiares porque la mejor medida social quepodemos hacerle a un ciudadano es facilitarle un empleo y ustedes, ustedes en los presupuestosque incluían esos Planes de Empleo han votado siempre en contra entonces ¿con quécredibilidad están hablando ahora de Planes de Empleo?, Sr Ramón, es que no tiene credibilidadporque no ha aprobado usted ninguno de esos Planes de Empleo, con lo cual muy pocacredibilidad. Mire, este año en el capítulo I se han consignado evidentemente a talleres deempleo junto la cantidad del Salari Jove, la cantidad de 94.000 euros para la escuela taller, laescuela taller va a permitir la formación de 15 mujeres de Benicàssim que están cobrando desdeel primer día un sueldo y además al final de esos 6 meses de formación van a poder obtener unaformación que está reconocida por la Consellería, van a ser auxiliares de geriatría, o sea, van asalir con un título que les va a permitir poder trabajar en cualquier residencia geriátrica ycreemos que eso es una buena forma de ayudar a las familias, con lo cual quiero decirle que enmateria de Planes de Empleo no nos tache de insensibles porque más sensibilidad que hemostenido con este tema; a mí me hubiese gustado que hubiesen tenido la misma a la hora deaprobar los presupuestos donde venían reflejados esos Planes Especiales. De todos modosquiero decirle que como usted habla de que éste es un presupuesto simple, yo todavía estoyesperando el suyo, el alternativo, y que le sugiere muchísimas dudas, que en el segundo turno deintervención se las clarificaremos. Con lo cual como quiero que me dure la voz vamos a pasar alsegundo turno de intervenciones.”

En turno de réplica interviene Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “Símuchas gracias. Tienes razón en una cosa que ha salido ya en algunos medios de comunicaciónque yo no repetiré en las listas municipales en las próximas elecciones, lo que no tienes razón es

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que de los siete pecados capitales mi pecado no es la pereza y eso es bien sabido, si alguna cosahago en este Ayuntamiento es trabajar. Mira, en estos tres años el BLOC-Compromís hapropuesto muchísimas iniciativas, la gran mayoría ha pasado a ejercer el efecto contrario a lasintenciones del BLOC, en urbanismo por ejemplo he pedido la limpieza del barranco de Farja ala altura del Instituto llevamos ya 4 años pidiéndolo. Se ha hecho ahorro en la energía eléctrica,eso es verdad, pero vosotros sabéis que he pedido hasta la saciedad que se haga más. No se hanhabilitado los aparcamientos de la zona de Voramar y Princicassim, también he pedido que sepodría ampliar la zona lo más cercana al centro de salud. Mirad, una cosa tan insignificantecomo es modificar el espejo del cruce de la Calle Violant de Casalduch con Carta Pobla en 4años no se ha hecho. La limpieza de la arqueta del barranco de Sigalero además de lacanalización subterránea no se ha hecho; no se ha acabado el tanatorio, la ejecución de laParreta todavía la estamos esperando en cumplimiento también de la sentencia del TribunalSupremo; la delimitación de la zona húmeda, la recuperación de la desembocadura del barrancode Santa Águeda, el acondicionamiento del barranco de Cantallops, los sumilleros en la calle deles Oliveres para evitar el aporte de agua de lluvia frente a la iglesia parroquial, la apertura de lacalle Boniche-Instituto, el BLOC-Compromís lamenta que movilidad desestimara la mejora decirculación desde el actual Instituto a la zona próxima para ahorrar tiempo y gasolina entre otrascosas, etc, etc. Muchas de éstas son cosas de gestión, cosa que ustedes no han hecho comocuidar el patrimonio siempre que no sea una intervención como sea limpiar una zona BIC de laCentinela. También han descuidado la zona y la Torre del Baró, la poca atención a la capilla dela fundación agustina de Santa Rita, el mal estado de las masías declaradas BIC. Pedimos que ladelegación de movilidad vuelva a urbanismo, diría aquel que zapatero a tus zapatos. Y todo tanmal no lo habéis hecho, sí que es el caso que se ha sustituido la tubería de la fuente del Señorconforme pidió el BLOC, han hecho la Ordenanza de estilo de las terrazas de losestablecimientos de hostelería como pidió el BLOC, la apertura de la zona norte de la acampadade los festivales como pidió el BLOC, todavía falta la acampada centro que seguiremospidiéndola, también han hecho la ejecución de la rotonda en el puente de hierro aunquelamentamos la mala ejecución de la misma y el peligro que entraña para la ciudadanía suacabado, se podría reestructurar tal vez el tráfico de toda la zona. Recordamos que la Alcaldesaes la principal responsable del catastrazo, establecer unos impuestos sobre unas bases injustas esreírse de la gente y es lo que este gobierno ha hecho, el Interventor ya ha demostrado en susinformes que las bases sobre las cuales se establecen los impuestos no son correctas. Mira, entiempos de crisis hay que revisar los números macros del presupuesto; es fácil hacer unpresupuesto como éste sabiendo que si falta dinero podemos no bajar el IBI o podemosaumentar con otro impuesto directo. En estos tres años ¿a Madrid se ha ido de turismo?, ¿aValencia se ha ido a ver las fallas?, ¿Y a Castellón a justificar lo injustificable?. La mayor partedel presupuesto se va en gastos de personal, ya os dije el año pasado que es el momento deempezar a amortizar plazas que no deberían de cubrirse como por ejemplo Intervención ySecretaría, es el momento de desinflar la administración local, es tarea de gobierno y de un buengobierno. La otra parte importante del presupuesto es en servicios y que son mucho dinero y hayque pensar si ese dinero que nos gastamos valen en realidad el precio que pagamos, es tarea degobierno y de un buen gobierno, si tenemos por un lado presupuestos y tenemos servicios hayque ver esas dos partidas si extraemos el provecho que corresponden porque queda una pequeñaparte, una pequeñita parte para inversiones. Los ciudadanos de Benicàssim se merecen también

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la aportación de la diputación o la aportación de la Generalitat y la aportación del gobierno deMadrid. Ustedes son dóciles y no dan problema al partido incluso la vez pasada cuando BLOC-Compromís pidió que las tarjetas opacas del banco de España se miraran con nuestras cajasvalencianas no tuvo su apoyo, ustedes representan unos políticos inmorales. ¿Y la piscina?, elBLOC-Compromís hemos pedido miles de veces que pusieran el polinomio que regulara sihabía un exceso de cobro en la concesionaria, no lo han hecho, durante 20 años tendremos lallave desde las arcas municipales, además la aportación que se ha hecho de unas inversiones quede alguna forma es una competencia desleal respecto a otros establecimientos de hostelería ysalud, además de no presupuestar los ya seguros 1.200.000 euros que tendremos que pagar a laempresa RENOS y ya se ha dejado como de dudoso cobro los otros 3.300 euros deindemnización y muchos de nosotros nos preguntamos y eso ¿cómo lo valora cada uno?, puescada uno que se responda. En esta legislatura ha sido continuo el incumplimiento del ROM, nose ha dado espacio a la crítica en el BIM y se le ha quitado la palabra a la gente que viene a losPlenarios y que los tiene que hacer por escrito. En estos tres años el BLOC-Compromís ha sidoleal siempre a Benicàssim que es lo que importa, nuestra labor de oposición ha sido el defiscalizar al equipo de gobierno y ustedes nos han puesto todas las trabas que han podido.Muchas gracias.”

También en turno de réplica interviene Gustavo Ramón, portavoz del PSOE,diciendo: “Sí, en primer lugar agradecer el esfuerzo que está haciendo la Alcaldesa con la vozque tiene, pobre, para poder debatir es un gesto que la honra, Dicho esto hacer unapuntualización cortita por el tema del Sr Esparducer y es que está claro y es verdad todo lo queusted ha dicho pero cuando usted pactó con el Sr Esparducer el punto del orden del día en el quese tenía que tratar su asunto él desconocía que se iba a tratar en ese punto y así me lo trasladó,desconocía que se iba a tratar en ese punto el tema de los presupuestos y lo digo porque así melo trasladó el propio Sr Esparducer, o sea, si tienen alguna duda le pueden preguntar a éldirectamente. Bien, hacen ustedes referencia y dicen que no están ustedes satisfechos, nosotrosmucho menos estamos satisfechos de los presupuestos que durante estos años han llevadoadelante. Y a partir de ahí decirle que la cuestión del presupuesto de este año, como les digo esun presupuesto simplista y de mero trámite esperando el año electoral pues consignan una seriede partidas con una cantidad insuficiente para atenderlas y le podría decir varios ejemplos,estamos hablando de la urbanización de las obras de urbanización del refugio donde sóloconsignan 50.000 euros, algo totalmente insuficiente para acometer esa inversión, estamoshablando de la renovación por ejemplo del césped del campo de fútbol municipal dondetambién ustedes reconocieron que con la consignación que habían asignado no tenían ni paracubrir un corner y también luego otras cuestiones que ni siquiera han tenido en consideracióncomo es el tema que ya les recordamos el año pasado, ésto ya viene del año pasado y es elsistema que tienen todos los ordenadores de la casa, estamos hablando que los ordenadores de lacasa y así nos lo han transmitido los técnicos siguen con el sistema operativo windows XP quees un sistema operativo que la empresa proveedora ya no garantiza el mantenimiento de estetipo de sistema, estamos hablando del sistema operativo que maneja toda la administración delAyuntamiento, toda, absolutamente toda con mayúsculas. Luego les planteamos diferentescuestiones en el Plenillo que ustedes se miraron unos a otros y no supieron cómo contestar, elcaso por ejemplo de los intereses de demora, estamos hablando de que llevamos el pago de la

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deuda al día que se paga a proveedores y sin embargo consignaron el año pasado una cuantía de130.000 euros para intereses de demora y este año vuelven a consignar una partida de 30.000euros, nos gustaría saber en qué se va a invertir esa cantidad. También el fondo de contingencia,el fondo de contingencia dejaron ustedes de consignarlo el año pasado y el anterior el del año2013 cuando les preguntamos qué es lo que iban a hacer con esos 700.000 euros que metían enun cajón de sastre dijeron que era un fondo de contingencia para atender los gastos de ladesaladora y mentira como una casa porque al final ni uno de los 700.000 euros se utilizó paraatender ningún gasto de ninguna desaladora sino todo lo contrario, cuestiones que nosotrosteníamos más bien claras que iban para eso. Y este año vuelven a consignar una cantidad para elfondo de contingencia que nos dicen que es para atender las subvenciones, esperemos yconfiamos en que sea cierto. Bien, ha hablado usted también en cuanto al problema deldesempleo de la escuela taller, y nos parece oportuno, nos parece apropiado entre otras cosasporque en la legislatura pasada nosotros ya seguíamos esa tendencia y la escuela taller deauxiliar de geriatría nos parece totalmente oportuno pero es que se quedan cortos empiezan y nocontinúan, pueden hacer muchos más planes y pueden hacer muchas más escuelas taller, lesrecuerdo que Benicàssim su actividad productiva principal es el turismo a partir de ahíempiecen con la hostelería, campings, hoteles y cualquier otro tipo de servicios turísticos,escuelas de idiomas, etc, etc, que podrían desarrollar a través de escuelas taller, siverdaderamente se creen ustedes ese proyecto apuesten por él, apuesten, que la gente puedatener una opción, una vía de salida a la situación dramática que están viviendo, tenemos elparaje natural del Desierto de las Palmas, pues se pueden buscar soluciones para que se generenescuelas talleres con limpieza de barrancos, agentes forestales, etc, etc, si quieren propuestas selas podemos poner encima de la mesa, no tenemos ningún inconveniente, pero claro qué pasa,nosotros sí que hemos trabajado y siempre hemos presentado una enmienda a la totalidad de lospresupuestos que ustedes plantean, pero es que ya nos tienen aburridos porque llegamos al díadel Plenario y no nos hacen ni puñetero caso, con lo cual aplican el rodillo de la mayoríaabsoluta y nos dejan sin ningún tipo de opción, y en este sentido les recuerdo que no es queestamos trabajando sino es que seguiremos trabajando, que después de esto les recuerdo que hayun periodo de alegaciones, y por supuesto que el PSOE presentará las alegaciones oportunas queestime a este presupuesto, faltaría más. Pero volvemos al quid de la cuestión y es el balance dela legislatura, éste es el último presupuesto que ustedes defienden y, es un presupuesto detrámite en el cual y sinceramente se lo digo la ciudad está peor, de cuando ustedes llegaron alpoder y se lo digo con ejemplos, Villa Elisa, Palacete municipal de Villa Elisa llegaronvendiendo que iban ustedes a desbloquear y lo iban a poner en marcha, sigue igual, lo único queha desaparecido es la pancarta reivindicativa en la cual se reclamaba a la Generalitat Valencianaque atendiera la deuda pendiente con Villa Elisa. El tanatorio municipal está a un tris de poderseabrir y llevan ustedes cuatro años de legislatura, no han sido capaces de poner enfuncionamiento este servicio público para Benicàssim; Villa Ana, es otro ejemplo de losedificios que están prácticamente terminados, faltan las instalaciones interiores y podría estar enfuncionamiento perfectamente. Éste es el bloqueo que ustedes vendieron que iban a solucionaren Benicàssim pero es que a partir de ahí, en su legislatura nos hemos encontrado que una obraque estaba trabajando, la del Centro de Día de la Calle Ilustración, parada, paralizada, bloqueaday ustedes incapaces de solucionar esta cuestión, sentencia del Benicàssim-Golf o por ejemplo elbarranco de la Parreta donde le recuerdo perfectamente a la Consejera la Sra Bonig cuando vino

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a Benicàssim diciendo que iban a solucionar la cuestión del encauzamiento del barranco de laParreta y entre otras cosas palabras suyas diciendo que era una obra fundamental,imprescindible y prioritaria por el riesgo que conlleva para los vecinos que viven en la zona elque puedan llegar avenidas torrenciales de agua en aquel emplazamiento. Bien pues dicho todoesto ustedes hablan de compromiso con el presupuesto, yo les hablaría de compromiso másfirme y más sensato y más leal que tiene que tener un partido político con la ciudadanía es el delprograma electoral y en ese sentido el programa electoral del PP lo podemos ir tumbando unopor uno todos los conceptos y todos los planteamientos que manifestaron ustedes hace cuatroaños; para ustedes el programa electoral papel mojado, para nosotros un firme compromiso conla ciudadanía a partir de ahí se confirma, como digo se confirma rotundamente el fracaso de lalegislatura y la gran mentira que plantearon cuando llegaron al equipo de gobierno. Muchasgracias.”

Toma la palabra la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Yo Sr Ferrando, quépoca talla política, Sr Ferrando qué poca talla política porque estamos en el punto depresupuestos y parecía que estábamos en el punto de ruegos y preguntas porque ha hablado detodo menos de presupuestos y eso demuestra que es que usted no trae el trabajo hecho, es queno trae el Pleno de presupuestos preparado y como no trae el Pleno de presupuestos preparadoha comenzado a pedir por aquí, a pedir por allá como si estuviéramos en ruegos y preguntas. Hahecho usted varias propuestas eso es lo que usted aporta a los presupuestos, porque cuando unoaporta propuestas a los presupuestos dice yo quiero que se ponga esto pero lo quito de estapartida presupuestaria porque el presupuesto tiene que estar nivelado, si hacemos cosas de mástenemos que quitarlo de otro lado y eso usted no lo ha sabido hacer. O sea, ha hecho usted undiscurso de despedida, cosa de la que nos alegramos todos enormemente, eso es lo que gana elpueblo de Benicàssim, pero por su trabajo no, su trabajo en materia de presupuestos aquí en laaprobación de presupuestos para 2015 cero aportaciones, cero aportaciones; y ante la falta dediscurso pues ha comenzado a hacer pues demagogia, y todo eso que pide no dice de dónde setiene que pagar, por lo tanto su discurso Sr Ferrando non tiene ningún tipo de credibilidad.Usted ha dicho que no es fácil hacer un presupuesto, tiene razón, no es fácil hacer unpresupuesto por eso usted no lo ha hecho y no lo ha traído aquí (Interviene Domingo Ferrandodiciendo: “Que es fácil hacerlo es lo que yo he dicho, que es fácil..., no, no”). Sea educado almenos ya que no es trabajador sea educado al menos y deje hablar que estoy haciendo unesfuerzo, estoy haciendo un esfuerzo... Sr Ferrando conseguirá que le eche del Pleno, porque letendré que llamar al orden por segunda vez, haga el favor, que me está costando un esfuerzo hoyestar aquí por motivos de salud así que por favor respéteme. Bien, como decía no es fácil hacerun presupuesto por eso él no lo ha traído hoy hecho de casa. Al portavoz del PSOE le diré que síque se habló con el Sr Esparducer, sí que se habló con el Sr Esparducer, para ver el SrEsparducer en qué punto del orden del día quería que fuera su renuncia y dijo que cuanto antesmejor y sí, no diga lo que no es por favor. Habla de que es, el presupuesto que traemos aaprobación, es un presupuesto simplista y de trámite y entonces yo vuelvo a hacer la mismapregunta ¿dónde está su propuesta?, ¿dónde está su presupuesto alternativo?, como dice que nole ha dado tiempo de hacerlo ahora dice que en período de alegaciones presentará suspropuestas, como siempre tarde y mal. Para el principal representante de la oposición tarde ymal, tiene que hacer las rectificaciones, tiene que hacer las enmiendas al presupuesto, si tan

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simplista es pues las tendría si es tan fácil hacerlas y ahora dice que las hará en el periodo dealegaciones. Pero bueno dice que tiene una serie de dudas que yo intentaré ahora en la medidaen que me lo permita la voz resolvérselas porque ya se le resolvieron a usted en el Plenillo quehicimos el martes pero ahora se las volveré a resolver, pero las resolvemos por segunda vez, aver si ahora ustedes aprueban el presupuesto con el voto favorable. Habla de la urbanización delrefugio que hay consignados 50.000 euros, habla de la renovación del césped del campo defútbol en el que hemos dejado una pequeña partida y habla del sistema operativo de la casa.Mire, estas tres partidas presupuestarias que usted no dice de dónde las suplementaría, usted nodice de dónde lo pondría del presupuesto para suplementarlas en este momento, sí que le puedodecir que la intención del equipo de gobierno es suplementarlas en la medida de lo posible en elmes de marzo o abril en la incorporación de remanentes al presupuesto ¿por qué?, porquesabemos que hoy por hoy esas partidas son insuficientes para acometer la acometer la inversiónpero la regla de gasto que antes hemos aprobado nos impide dotarla de más cantidad y eso ustedlo debería de saber y de hecho lo sabe, lo sabe pero como tiene que poner alguna excusa paravotar el presupuesto en contra pues en fin, pone estas excusas que ya le digo son banales, sonbanales respecto a un presupuesto que son 25 millones de euros que llevamos a aprobación peroque bien, es su opinión y yo la respeto con toda la humildad del mundo. Después habla de losintereses de demora, mire, el año pasado se consignó una partida de 130.000 euros porque laLey de morosidad dice que si te pasas en el pago de proveedores más de 30 días naturales tienesque pagar intereses de demora y el año pasado destinamos una cantidad de 130.000 euros por siacaso nos llegaba la necesidad de pagar intereses de demora. Pero es que para este año 2015hemos consignado solo 30.000 porque se prevé que no tengamos que pagar intereses de demoraporque hoy por hoy los proveedores están cobrando en un plazo medio de 5 días, o sea la Leyhabla de 30 días y nosotros estamos pagando a 5, entendemos que eso es una buena gestióneconómica pero aún así dejamos una partida de 30.000 euros por si acaso porque lo que noqueremos es incumplir la Ley de morosidad ¿por qué?, porque si incumplimos la Ley demorosidad la incorporación de remanentes, después tendremos muy difícil poder destinarla a lasinversiones que antes le he dicho que pretendemos, entre otras. Por eso tenemos muchísimocuidado en cumplir la Ley de morosidad. Respecto al fondo de contingencia, mire el año pasadono se puso ningún fondo de contingencia porque el presupuesto se aprobó en el mes de abril ytodas las subvenciones que las entidades deportivas, culturales, educativas, etc tienen de plazohasta el mes de febrero del año siguiente para poderlas presentar, se habían pagado ya, entoncesno cabía hacer una bolsa de fondo de contingencias, Como este año aprobamos el presupuestoen el mes de diciembre y las asociaciones culturales, educativas y culturales tienen hasta el mesde febrero de 2015 para presentar sus subvenciones tenemos que dejar una bolsa de dineroconsignada para que cuando ellos vengan a presentarnos las subvenciones tengamos dinero parapagarles, eso es el fondo de contingencia, pero eso yo ya se lo expliqué el día del Plenillo y hoypues hago el esfuerzo que por eso es mi trabajo de volvérselo a explicar. Habla de la escuelataller que les parece apropiada, bueno si les parece apropiada que hagamos una escuela tallervoten a favor a ver si ahora dicen una cosa y después hacen otra. Que podríamos hacer másescuelas taller, pues sí, pero ustedes están esperando a que hagamos más escuelas taller ydestinemos más dinero a las escuelas taller, en el capítulo de gastos nos tienen que decir qué eslo que tenemos que quitar de otras partidas ¿por qué no lo dicen?, o sea, intentamos en lamedida de lo posible hacer más con menos ingresos, más cosas con menos ingresos porque este

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año el Ayuntamiento dejará de recibir un millón menos de euros por impuestos directos,intentamos hacer más con menos, pero lo que no podemos hacer es lo imposible, si ustedpropone que hagamos más cosas ayúdenos a construir, ayúdenos a elaborar el presupuestoustedes que son los del consenso ¿vale?, y digan, mira aquí en esta partida podemos hacer másescuelas taller quitándolo de esta otra partida pero es que no lo dice, me lleva a pensar que nosaben de dónde, me lleva a pensar que no saben de dónde. Después dicen que nos puedenproponer muchas propuestas, evidentemente sí, pero han aportado ninguna aquí así quetendremos que esperar al periodo de alegaciones, no es ético, no es ético que el principal grupode la oposición que se presente en el periodo de alegaciones haga la faena y no venga aquí alPleno de presupuestos con los deberes hechos ¿vale?. Repito lo mismo que he repetido elConcejal del BLOC, hablen de partidas presupuestarias, pero cuando vengan a un Pleno depresupuestos digan queremos hacer esto y queremos que se haga de aquí, proponen algo y loquitan de otra cosa, porque sino no es serio. Mire yo muy rápidamente para concluir quierodecir que evidentemente nos encontramos con el presupuesto más importante del año y mireque este año 2014 hemos tenido Plenos importantes y hoy en el Pleno llevamos uno de lospuntos más importantes que es la aprobación del presupuesto, pero durante el 2014 los hemostenido importantes, resoluciones de contratos, adjudicaciones de piscina, hemos tenido Plenosmuy importantes pero éste es más importante y lamento mucho que no vengan con los debereshechos. En primer lugar lo que quiero es agradecer a todo el departamento de Intervención, atodo el departamento de Personal, al Concejal Manolo Martín al frente de éstas áreas por habertraído aquí la plantilla presupuestaria de personal y el borrador de presupuestos que hoyaprobamos y también quiero agradecer al resto de Concejales y resto de funcionarios de la casa,también cada uno desde sus respectivas áreas por todo el esfuerzo que hacen durante todo el añopara gestionar económicamente su área. Conforme decía el presupuesto de 2015 es de25.176.419,81 euros y cumple la regla de gasto que marca el marco presupuestario y normativopero sobre todo cumple con la premisa que nos marcamos al principio de legislatura, reducirimpuestos, reducir deuda, congelar el gasto corriente y realizar inversiones con ahorro sin tenerque acudir a nuevos préstamos con los bancos. Por lo tanto es un presupuesto que marca unagestión económica saneada, un presupuesto en el que hemos estado trabajando durante 3 años,en el 2012 para contener el gasto, en el 2013 para amortizar deuda y conseguir ahorro y en el2014 para poder destinar ese ahorro con las inversiones, entre otras, las que ustedes han visto alfinal de este trimestre del año. Vamos a destinar alrededor de 757.000 euros a nuevasinversiones, a nuevas inversiones que continuarán marcando la línea de lo que nos han marcadolos ciudadanos en el Consejo de Participación ciudadana como asfaltar calles, arreglar aceras,renovar instalaciones deportivas, poner en valor el patrimonio artístico y cultural de Benicàssimy todo eso es lo que nos piden los vecinos, no es momento de hacer obras grandilocuentes, loque podemos es tener en cuenta las peticiones ciudadanas, ese esfuerzo en nuestra líneaeconómica, hemos podido sanear las cuentas del Ayuntamiento, rebajar la deuda que heredamosde 17 millones de euros, poder pagar las facturas de proveedores y entendemos que estamos enun escenario económico óptimo para poder encarar una nueva legislatura en la que lasinversiones serán la pieza fundamental porque habremos saneado las cuentas. Bueno, SraSecretaria que no puedo hablar más, pasamos a votación”.

Sometido el asunto a votación resulta:

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Total de Concejales: 16.- Concejales asistentes: 16; Concejales ausentes: ninguno;Votos afirmativos: 9, de los señores/as, Mauro Soliva, Carolina San Miguel, Clemente Martín,Elena Llobell, Manuel Martín-Lorente, Javier Alonso, Juan Emilio García, Carla Boix y SusanaMarqués; Votos negativos: 6, de los señores/as, Francesc Colomer, Antonio Rodriguez, SoniaAlonso, Gustavo Ramón, Ramón Álvarez y Domingo Ferrando; Abstenciones: 1, InmaculadaMas; por lo que se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Benicàssim parael ejercicio 2015, nivelado y por un importe total de VEINTICINCO MILLONES CIENTOSETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE EUROS CON OCHENTA Y UNCENTIMOS ( 25.176.419,81 €), según el siguiente detalle:

A) ESTADO DE GASTOS

1.- GASTOS DE PERSONAL 10.010.050,50

2.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS. 11.388.413,84

3.- GASTOS FINANCIEROS 370.500,00

4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 833.827,77

5.- FONDO DE CONTINGENCIA 179.454,64

6.- INVERSIONES REALES 757.049,88

8.-ACTIVOS FINANCIEROS 60.000,00

9.- PASIVOS FINANCIEROS 1.577.123,18

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B) ESTADO DE INGRESOS

1.- IMPUESTOS DIRECTOS 18.767.421,25

2.- IMPUESTOS INDIRECTOS 100.000,00

3.- TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y OTROS INGRESOS 1.856.310,00

4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.355.588,56

5.- INGRESOS PATRIMONIALES 57.100,00

8.-ACTIVOS FINANCIEROS 40.000,00

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C) Asimismo se incluyen los estados de previsión de gastos e ingresos de la SociedadMercantil “Desarrollo Turístico Benicàssim, S.A. en liquidación”, cuyo capital social esíntegramente del Ayuntamiento. Por lo que, el PRESUPUESTO GENERALCONSOLIDADO, es el siguiente:

RESUMEN POR “CAPITULOS”

ESTADO DE GASTOS

1.- GASTOS DE PERSONAL. 10.010.050,50

2.- BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 11.390.413,84

3.- GASTOS FINANCIEROS 370.500,00

4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 831.827,77

6.- INVERSIONES REALES 179.454,64

7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 757.049,88

8.-ACTIVOS FINANCIEROS 60.000,00

9.- PASIVOS FINANCIEROS 1.577.123,18

T O T A L 25.176.419,81

ESTADO DE INGRESOS

1.- IMPUESTOS DIRECTOS 18.767.421,25

2.- IMPUESTOS INDIRECTOS 100.000,00

3.- TASAS Y OTROS INGRESOS. 1.856.310,00

4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.355.588,56

5.- INGRESOS PATRIMONIALES 57.100,00

8.-ACTIVOS FINANCIEROS 40.000,00

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RESUMEN POR “AREAS DE GASTO”

0.- DEUDA PÚBLICA 1.947.623,18

1.- SERVICIOS PUBLICOS BASICOS 10.886.447,91

2.- ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL 3,127,376,93

3.- PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE

4.467.830,60

4.- ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO 949.557,58

9.- ACTUACIONES DE CARÁCTER PREFERENTE 3.797.583,71

TOTAL 25.176.419,81

SEGUNDO.- Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto que se adjuntan almismo, que contienen las normas de funcionamiento tanto para el Presupuesto delAyuntamiento, como,en su caso, el de la Sociedad Mercantil Municipal “Desarrollo TurísticoBenicàssim, S.A. en liquidación”.

TERCERO.- Abrir un período de información pública por plazo de quince díashábiles publicándose Anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de EdictosMunicipales, durante los cuales los interesados podrán examinar el Presupuesto y presentarreclamaciones ante el Pleno.

CUARTO.- Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones, losPresupuestos se considerarán definitivamente aprobados, publicándose los mismosposteriormente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios, resumidos anivel de Capítulos, todo ello según lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales y 20.3 del citado Real Decreto 500/90, entrando en vigor una vez se haya realizadodicha publicación. (141219P-OR/444)

Domingo Ferrando, portavoz del BLOC pide una explicación de voto.

Interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Sr Ferrando yo creo que noha lugar la explicación de voto, usted está haciendo un uso fraudulento del Reglamento que leda a usted la oportunidad pero creo que es un uso abusivo, y entre el uso y el abuso hay unalínea roja que usted se la suele saltar, se la salta una vez más y esta Alcaldesa le dará permisopara que usted haga la explicación de voto, pero cíñase a la explicación del voto y sea breve.”

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Toma la palabra Domingo Ferrando, portavoz del BLOC, diciendo: “No, si el favorno me lo haces tú, no, el favor me lo hace el ROM, el Reglamento y atendiendo a eseReglamento no es hacer nada fraudulento, tú no me haces ningún favor tengo derecho a hablar yhablaré y no te tengo que dar gracias por hablar y eso es evidente... No, yo el respeto máximo,… (Interviene la Sra Alcaldesa, Susana Marqués, diciendo: “Sr Ferrando por favor cíñase a laexplicación de voto que es para lo que le hemos dado permiso. Gracias.”). Bien, la explicaciónde voto es la siguiente. Yo he dicho que es muy fácil hacer estos presupuestos municipalesporque todo va a impuestos directos y lamento profundamente que vaya todo a las costillas de lagente del pueblo y que la aportación de los estamentos Estatales, Autonómicos y Provinciales escero, por eso voto en contra. Gracias.”

PUNTO UNDÉCIMO.-DESPACHO EXTRAORDINARIO.- No hubo ninguno.-

IIª.- PARTE: CONTROL Y FISCALIZACION DE LOS ORGANOS DEGOBIERNO.-

PUNTO PRIMERO.- INFORMES Y COMUNICACIONES.- No huboninguno.-

PUNTO SEGUNDO.- INFORME A LA CORPORACIÓN DE DECRETOS DELA ALCALDÍA.-

De conformidad con lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización yFuncionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de Noviembre de 1986, seda cuenta al Ayuntamiento Pleno de los siguientes Decretos firmados por la Alcaldía (Desde 01de Julio de 2014 a 31 de Julio de 2014) comprende los Decretos 1704 a 2102.-

Decreto 1704/2014 sobre Aprobar la Memoria Técnica relativa a la obra consistenteen “Repintado de marcas viales”, redactada por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas,«xxxxxxxxxx», cuyo importe de la obra se establece en 60.423,20 euros (BI: 49.936,53 € +21% IVA: 10.486,67 €).

Decreto 1705/2014 sobre dar de alta en el Padrón municipal de habitantes deBenicàssim. Anótese en el citado Padrón esta Resolución referida a la hoja padronal de losinteresados.

Decreto 1706/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía pública

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calle Avd Ferrocarril de Benicassim. Si iniciado el procedimiento, el infractor reconoce suresponsabilidad, se podrá resolver el procedimiento, con la imposición de la sanción queproceda, aplicando una reducción de un 40% sobre el importe de la sanción propuesta.

Decreto 1707/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Avd Ferrocarril de Benicassim. Si iniciado el procedimiento, el infractor reconoce suresponsabilidad, se podrá resolver el procedimiento, con la imposición de la sanción.

Decreto 1708/2014 sobre Entender justificada la subvención concedida por la Juntade Gobierno Local de 9 de diciembre de 2013 a la Asociación de Ayuda al pueblo Saharahui(SMARA), con CIF «xxxxxxxxxx» por importe de 3.000 € para la actividad de la asociación enrelación con el traslado de los niños del pueblo saharaui al municipio de Benicàssim para darlesatención sanitaria y para que convivan un tiempo con familias de acogida, durante el año 2013 ya través del programa - Vacaciones en Paz 2013- durante el año 2013, habiéndose autorizado ydispuesto el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 421.230.48924 RC 1915 delPresupuesto Municipal de 2013.

Decreto 1709/2014 sobre Aprobar los programas de productividad y se transcribenen el Anexo a esta Resolución. Resultando que este Ayuntamiento tiene aprobadas unas basespara el pago del complemento de productividad, modificadas, por acuerdo plenario de 27 dejunio de 2014 y publicadas íntegramente en el B:O.P. Núm 79, de fecha 1 de julio de 2014.

Decreto 1710/2014 sobre Aprobar el programa de productividad, y se transcribe enel Anexo a esta Resolución. Resultando que este Ayuntamiento tiene aprobadas unas bases parael pago del complemento de productividad, modificadas, por acuerdo plenario de 27 de junio de2014 y publicadas íntegramente en el B.O.P. Núm 79, de fecha 1 de julio de 2014.

Decreto 1711/2014 sobre Aprobar los programas de productividad de la PolicíaLocal, que se detallan y se transcriben en el Anexo a esta Resolución. Resultando que esteAyuntamiento tiene aprobadas unas bases para el pago del complemento de productividad,modificadas, por acuerdo plenario de 27 de junio de 2014 y publicadas íntegramente en elB.O.P. Núm 79, de fecha 1 de julio de 2014.

Decreto 1712/2014 sobre Aprobar los programas de productividad de la Brigada deObras y Servicios, y se transcriben en el Anexo a esta Resolución. Resultando que esteAyuntamiento tiene aprobadas unas bases para el pago del complemento de productividad,modificadas, por acuerdo plenario de 27 de junio de 2014 y publicadas íntegramente en elB.O.P. Núm 79, de fecha 1 de julio de 2014.

Decreto 1713/2014 sobre Aprobar los programas de productividad y se transcribenen el Anexo a esta Resolución. Resultando que este Ayuntamiento tiene aprobadas unas bases

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para el pago del complemento de productividad, modificadas, por acuerdo plenario de 27 dejunio de 2014 y publicadas íntegramente en el B:O.P. Núm 79, de fecha 1 de julio de 2014.

Decreto 1714/2014 sobre desestimar la solicitud de devolución parcial del Impuestosobre Bienes Inmuebles Urbanos de los años 2007 a 2012 presentada por «xxxxxxxxxx», condomicilio en Castellón, «xxxxxxxxxx», al ajustarse las liquidaciones emitidas por elAyuntamiento a la resolución de fecha 23 de mayo de 2011, notificada por la GerenciaTerritorial del Catastro de Castellón.

Decreto 1715/2014 sobre Incoar expediente de restauración de la legalidadurbanística a «xxxxxxxxxx» por las obras que se realizan sin licencia en «xxxxxxxxxx». En elcaso de que el interesado no proceda a la retirada de los materiales y maquinaria, la autoridadque suspende las obras podrá retirarla o precintarla, a costa del interesado, quedando losmateriales y maquinaria retirados a disposición del interesado, debiendo éste satisfacer losgastos de transporte y custodia.

Decreto 1716/2014 sobre Aprobar la concesión de la exención en el Impuesto sobreVehículos de Tracción Mecánica con efecto a partir del 1 de enero de 2014 por concurrir elsupuesto establecido en el Art. 4 de la vigente Ordenanza Fiscal. Resultando que en fecha 21 demayo de 2014 R.E. 7575 presenta instancia «xxxxxxxxxx».

Decreto 1717/2014 sobre Otorgar el Certificado de Compatibilidad Urbanística delProyecto para licencia de apertura de actividad de “Salón-lounge sin música” en la calle SantoTomás nº 3 bajo, siendo conforme al Planeamiento urbanístico y a las ordenanzas municipalesrelativas al municipio.

Decreto 1718/2014 sobre Autorizar el cambio de titularidad de la licencia municipalde la actividad de "OFICINA BANCARIA", situada en la CALLE SANT TOMÀS nº 115, anombre de «xxxxxxxxxx», NIF «xxxxxxxxxx».

Decreto 1719/2014 sobre crear un fichero automatizado de datos que contendrá losdatos de carácter personal titularidad del Ayuntamiento que se refieren a los usuarios de “Ventasy reservas de entradas del Teatro Municipal”.

Decreto 1720/2014 sobre Incoar expediente de restauración de la legalidadurbanística a «xxxxxxxxxx» por las obras y usos que se realizan sin licencia en «xxxxxxxxxx»“URB. PORTOCRISTO” VILLA 27 (ref. Catastral «xxxxxxxxxx»).

Decreto 1721/2014 sobre aprobar el expediente de indemnización de empresas(IED19/14) por la cantidad de 25.725,55 euros, IVA incluido. Resolver las discrepancias,existentes en relación con los reparos suspensivos que acompañan al expediente, levantando lasuspensión que conllevan respecto a su tramitación.

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Decreto 1722/2014 sobre aprobar el expediente de Relación de Gastos (RRNS17/14)por la cantidad de 7.056, 57 euros IVA incluido. Hacer frente a dicho gasto con cargo alPresupuesto General del año 2014.

Decreto 1723/2014 sobre autorizar a la mercantil «xxxxxxxxxx», para circular porel término municipal de Benicàssim. Resultando que ha presentado en este Ayuntamientosolicitud, con Registro de Entrada número 9927 de autorización de un vehículo por el términomunicipal de Benicàssim.

Decreto 1724/2014 sobre denegar la práctica de la prueba propuesta por«xxxxxxxxxx», e imponerle la sanción detallada, al considerarle responsable de la infracciónigualmente expresada, cuya comisión ha quedado suficientemente acreditada en el expediente,de acuerdo con lo dispuesto en al art. 75 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial.

Decreto 1725/2014 sobre desestimar el recurso de «xxxxxxxxxx» y confirmar lasanción en su día impuesta, de acuerdo con lo dispuesto en al art. 81 de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Decreto 1726/2014 sobre desestimar el recurso de «xxxxxxxxxx» y confirmar lasanción en su día impuesta, de acuerdo con lo dispuesto en al art. 81 de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Decreto 1727/2014 sobre incoar a «xxxxxxxxxx» expediente de restauración de lalegalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en Calle José Iturbi nº 7. Comunicar alinteresado que, a la vista de lo actuado, se resolverá sobre la iniciación, en su caso, deexpediente sancionador por infracción urbanística.

Decreto 1728/2014 sobre Autorizar la inhumación de «xxxxxxxxxx» en elCementerio Municipal de Benicàssim, fallecida el día 28 de Junio de 2014. Asimismo seautoriza la concesión del Nicho en el Cementerio Municipal «xxxxxxxxxx» por un plazo de 50años.

Decreto 1729/2014 sobre Devolver a «xxxxxxxxxx» la garantía (AVAL) depositadapor obras de ejecución de zanja eléctrica (obras de urbanización consistentes en instalación delínea subterránea de baja tensión) en «xxxxxxxxxx», por importe de 3.196,80€.

Decreto 1730/2014 sobre aprobar la relación de Gastos (Expediente D28/14) con unimporte total de 152.976,77 euros. Hacer frente a dicho gasto con cargo al Presupuesto Generaldel año 2014.

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Decreto 1731/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», Auxiliar Administrativo,adscrita al Departamento de Intervención, a realizar el curso, en la modalidad on line “laresponsabilidad de los empleados públicos: Patrimonial y del personal al servicio de laadministración pública”.

Decreto 1732/2004 sobre Devolver a «xxxxxxxxxx» la garantía (FIANZA ENMETÁLICO) depositada por obras de cambio de ubicación de farola en c/VICENT FUENTESI RAMON, nº 32-46, VILLA 6, por importe de 150,25€, mediante transferencia bancaria alnúmero de cuenta facilitado por el interesado, que obra en el expediente.

Decreto 1733/2014 sobre incoar contra las personas o entidades denunciadas, envirtud de lo dispuesto en el art. 73.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RD Legislativo 339/1990, de 2 demarzo, los procedimientos sancionadores. Remesa: 2369.

Decreto 1734/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 320 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente a los meses de mayo y junio de 2014.

Decreto 1735/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 128 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 1/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1736/2014 sobre Autorizar la inhumación de «xxxxxxxxxx» en elCementerio Municipal de Benicàssim, fallecida el día 27 de Junio de 2014.Asimismo seautoriza la concesión del Nicho en el Cementerio Municipal Tramo 46, Fila 1ª, Núm.13.

Decreto 1737/2014 sobre Devolver el recargo indebidamente ingresado por«xxxxxxxxxx» con DNI «xxxxxxxxxx», en ejecución de la Sentencia número 153/2014 delJuzgado de lo Contencioso número 1 de Castellón acerca del Procedimiento abreviado000542/2013.

Decreto 1738/2014 sobre autorizar la celebración de un mercado de venta nosedentaria en la C/ Antonio Puerto s/n (parte anterior del edificio de las Bodegas Carmelitano)con 26 puestos, para la venta de bisutería, ropa y calzado, elementos decorativos, muebles, etc(no productos alimenticios) los días 11, 12, 13 y 14 de julio y 8, 9, 10 y 11 de agosto de 2014 enhorario de 18h a 01h y 30 minutos del día siguiente.

Decreto 1739/2014 sobre Constituir una Bolsa de Trabajo temporal de Electricistas,según Acta del Tribunal de Selección de fecha 27 de junio de 2014. Resultando que por Decretode la Alcaldía nº 1098 de fecha 13 de mayo de 2014, se aprobaron las bases específicas para elnombramiento interino de un Electricista y la creación de una bolsa de trabajo.

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Decreto 1740/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 1741/2014 sobre incoar a «xxxxxxxxxx» expediente de restauración de lalegalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en «xxxxxxxxxx», consistentes enReforma completa de cocina y baño, cambio de pavimento en toda la vivienda y acristalamientoexterior de terraza, sustitución de carpintería exterior y puerta de acceso a viviendaconcediéndole un plazo de diez días de audiencia para que presente las alegaciones que estimepertinentes.

Decreto 1742/2014 sobre Declarar restablecida la legalidad vulnerada en la actividadde bar cafetería, sita en la plaza Estación nº 5 cuyo titular es «xxxxxxxxxx» (Expte.1985/82).Resultando que en fecha 6 y 12 de junio de 2014 se presentan escritos comunicandoque se han realizado las obras para adecuar el local a la licencia de actividad de bar cafeteríaotorgada en fecha 1 de julio de 1985.

Decreto 1743/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 1/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1744/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 144 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1745/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1746/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 360 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente a los meses de mayo y junio de 2014.

Decreto 1747/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1748/2014 sobre Emitir una tarjeta de aparcamiento de vehículos parapersonas con movilidad reducida a «xxxxxxxxxx», al amparo de la Orden de 11 de enero de2001, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tarjeta de estacionamientopara vehículos que transportan personas con movilidad reducida, y se establecen las condicionespara su concesión.

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Decreto 1749/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el AparejadorMunicipal. Información urbanística nº 29/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a Parcela V situada en Sector 1 del PAI Benicàssim Golf (R.C.«xxxxxxxxxx»).

Decreto 1750/2014 sobre Convocar SESIÓN ORDINARIA de la JUNTA DEGOBIERNO LOCAL, para el día:Lunes 07 de Julio de 2014, en primera convocatoria, ensegunda convocatoria una hora más tarde.

Decreto 1751/2014 sobre Conceder autorización municipal de ocupación de víapública para la situación y superficie que se indica, dándose cuenta simultáneamente de laliquidación de las tasas correspondientes (recibo nº 76141478). Resultando que en fecha10/06/2014, con NRE 8732, se presenta por «xxxxxxxxxx» solicitud de autorización paraocupación de 6m2 de vía pública con contenedor en C/SANT TOMAS nº 111 de Benicasim.

Decreto 1752/2014 sobre Abonar, en concepto de anticipo de nómina del mes dejulio a empleados municipales, las cantidades que a continuación se expresan con cargo alconcepto no presupuestario 449.001. Resultando que por varios empleados municipales se hasolicitado anticipo de la nómina del mes de julio de 2014, acogiéndose al artículo 16 apartado1) del “VIII Acuerdo-Convenio Colectivo del personal al servicio del Ayuntamiento”.

Decreto 1753/2014 sobre Designar a «xxxxxxxxxx», Técnico de Gestión, para quesustituya al Viceinterventor asumiendo las funciones propias del puesto de “Intervención”, losdías 7, 8, 9, 10 y 11 de julio de 2014.

Decreto 1754/2014 sobre Tener por desistida de la tramitación de la solicitud a«xxxxxxxxxx», para la realización de la actividad consistente en un espectáculo de cine deverano “Cine al Natural” para la campaña promocional de Gas Natural, a celebrar el día 8 dejulio de 2014, por no haber procedido a la subsanación de aquélla y declarar concluso elprocedimiento (Expte. Instrucción 5-2012 2014/31).

Decreto 1755/2014 sobre Aprobar la Memoria Técnica relativa a la obra consistenteen “Instalación de pavimento de amortiguación continuo de impacto en áreas de juegosinfantiles municipales de Benicàssim”, redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola,«xxxxxxxxxx», cuyo importe de la obra se establece en 34.993,02 euros (BI: 28.919,85 € +21% IVA: 6.073,17 €).

Decreto 1756/2014 sobre Dar por extinguida la licencia de actividad deRESTAURANTE con emplazamiento en la «xxxxxxxxxx», de este Municipio, a nombre de«xxxxxxxxxx» (Expte. 2010/58). Anotar la baja de esta licencia en el correspondiente libro deregistro de actividades.

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Decreto 1757/2014 sobre conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular «xxxxxxxxxx», dándose cuenta de la liquidaciónde tasas nº 82153887, en C/ Violant de Casalduch nº 4.

Decreto 1758/2014 sobre Abonar a «xxxxxxxxxx» la cantidad de 172,62€ enconcepto de complemento de productividad, por los servicios de carácter extraordinarioprestados por realizar la labor de Jefe de Servicio en los años 2011 y 2012.

Decreto 1759/2014 sobre Ordenar a «xxxxxxxxxx», titular del inmueble sito en«xxxxxxxxxx», como medida cautelar las siguientes actuaciones de forma inmediata. Trasrealizarse inspección, previa cita con el interesado, se emite informe técnico en fecha28/03/2014 por parte del Arquitecto técnico municipal en lo que concierne a la parte delinmueble que no afecte al dominio público martimo terrestre.

Decreto 1760/2014 sobre Proceder a formalizar la Cuenta Justificada núm. 10/2014con cargo a la aplicación presupuestaria 601.312.22608 “Actividades Sanidad (Semana deSalud)” (RPFJ: 8950) del Presupuesto General del año 2014. Resultando que por Decreto de laAlcaldía núm. 895 de fecha 24 de abril de 2014 se libró a D. Juan Emilio García Peris, ConcejalDelegado de Sanidad, la cantidad de 1.500,00 euros para hacer frente a gastos con motivo de lacelebración de la “Feria de la Semana de la Salud”.

Decreto 1761/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 176 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1762/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 144 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1763/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 128 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 1/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1764/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1765/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 180 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1766/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» por

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la cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1767/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1768/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 176 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 2/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1769/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1770/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1771/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 1772/2014 sobre Asignar a la Vicesecretaria municipal, Dª. Cristina BernatMaicas las funciones propias del puesto de Secretario/a, así como la jornada correspondiente aeste puesto, jornada 03, a partir del día 5 de julio de 2014 y hasta la provisión reglamentaria dela plaza de Secretario/a.

Decreto 1773/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx» con CIF«xxxxxxxxxx», el presente contrato menor de servicios relativo a la "Redacción del Proyectode obras, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud , de la obra “Mejora de lamovilidad del tráfico y reestructuración del aparcamiento en la zona del Boulevard entre calleSto. Tomás y Pl. Estació”.

Decreto 1774/2014 sobre Adjudicar a «xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx» elpresente contrato menor de servicios relativo al “Una Playa de Cine: Cine de verano en lasplayas de Benicàssim" por importe de 9.680,00 € IVA incluido, de los que 8.000,00€corresponden a la Base Imponible y 1.680,00€ al IVA[21%], así como aprobar el gasto porimporte de 9.680'00€, de conformidad con su oferta y documentación aportada(homologación/técnica) e Informe del Programador Cultural, obrantes en el expediente.

Decreto 1775/2014 sobre incoar a «xxxxxxxxxx» expediente de restauración de lalegalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en el inmueble sito en «xxxxxxxxxx»consistentes en construcción, concediéndoles un plazo de diez días de audiencia para que

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presenten las alegaciones que estimen pertinentes.

Decreto 1776/2014 sobre Autorizar la apertura del establecimiento público siguiente:Nombre y domicilio del titular: «xxxxxxxxxx», C.B., calle Torre San Vicente nº 4BApartamentos Casañ de Benicàssim.Emplazamiento y denominación del establecimiento: calleTorre San Vicente nº 4 bajo local 1 (Referencia catastral «xxxxxxxxxx») “«xxxxxxxxxx»”.Actividad/establecimiento: Café bar. Grupo J y subepígrafe 2.8.3. Aforo: 39 personas.

Decreto 1777/2014 sobre aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos/as yexcluidos/as en relación a la oposición para la selección de un ordenanza de Biblioteca concarácter interino, procediendo a la publicación de la resolución en el Tablón de Anuncios delAyuntamiento y en la página web municipal.

Decreto 1778/2014 sobre Devolver a la Comunidad de Propietarios Aptos Argenta(NIF «xxxxxxxxxx») la cantidad de 30,00 € en concepto de Tasa por la autorización de entradao paso de vehículos en los edificios particulares a través de las aceras (expte. vados 2013/51).

Decreto 1779/2014 sobre Aprobar las liquidaciones emitidas en concepto del PrecioPúblico por la prestación del Servicio de la Escuela Pública Infantil Municipal,correspondientes al mes de junio del año 2014, contenidas en la remesa «xxxxxxxxxx», queconsta de 266 recibos por un importe total de 16.167,50 €, asignándole el número de cargo2014-97.

Decreto 1780/2014 sobre Aprobar las liquidaciones emitidas en concepto de la Tasapor prestación del Servicio de Transporte Escolar, correspondientes al mes de junio de 2014,contenidos en la remesa TE201406, que consta de 40 recibos por un importe total de 1.080,00 €,asignándole el número de cargo 2014-96.

Decreto 1781/2014 sobre Aprobar las liquidaciones emitidas en concepto de la Tasapor prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, correspondientes al mes de junio del año2014, contenidas en la remesa «xxxxxxxxxx», que consta de 20 recibos por un importe total de719,56 €, asignándole el número de cargo 2014-98.

Decreto 1782/2014 sobre Librar la cantidad de 8.000.-€ con el carácter de “ajustificar” a D. Mauro Soliva i Ramón para hacer frente a gastos ocasionados con motivo de laorganización del Festival de Habaneras (CTA. 14/2014). Hacer frente a dicho gasto con cargo ala aplicación presupuestaria 401.334.226094 “Festival Havaneres” (RC: 15.224) delPresupuesto del año 2014.

Decreto 1783/2014 sobre Librar la cantidad de 14.000.-€ con el carácter de “ajustificar” a D. Mauro Soliva i Ramón para hacer frente a gastos ocasionados con motivo de laorganización del Ciclo de Música Sacra (CTA. 15/2014). Hacer frente a dicho gasto con cargo a

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la aplicación presupuestaria 401.334.226092 “ Festival Música Sacra ” (RC: 15.227) delPresupuesto del año 2014.

Decreto 1784/2014 sobre Aprobar la Memoria Técnica relativa a la obra consistenteen “Acondicionamiento del parking del Clot y delimitación de plazas de aparcamiento pararegular el estacionamiento en la zona de la Escoleta”, redactada por el Ingeniero Técnico deObras Públicas, D. José Formentí Bordes cuyo importe de la obra se establece en 35.000 euros(BI: 28.925,62 € + 21% IVA: 6.074,38 €).

Decreto 1785/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a«xxxxxxxxxx», con NIE «xxxxxxxxxx», para LEGALIZACIÓN DE OBRAS DE CAMBIO 6VENTANAS A FACHADA, AZULEJOS BAÑO Y COCINA Y REFORMA ELÉCTRICA Y DEFONTANERÍA, según el presupuesto que aporta el interesado, en «xxxxxxxxxx», con ref.catastral: «xxxxxxxxxx».

Decreto 1786/2014 sobre Nombrar a «xxxxxxxxxx» como Electricista, pertenecientea Agrupaciones Profesionales, funcionario interino, tomando posesión de su cargo el 10 dejulio de 2014, hasta la provisión definitiva del puesto o amortización. El interesado percibirá lasretribuciones básicas y complementarias correspondientes al puesto de trabajo citado.

Decreto 1787/2014 sobre Anular el saldo de compromiso de gasto existente delcontrato derivado del Acuerdo Marco para el suministro de energía eléctrica a través de laCentral de Contratación de la Diputación de Castellón adjudicado a la mercantil IBERDROLAGENERACIÓN, S. A. U., con CIF «xxxxxxxxxx», correspondiente al periodo de diciembre de2013 a mayo de 2014 por importe de 105.802,17 € en la aplicación presupuestaria203.165.22100 “Energía Eléctrica. Alumbrado Público”, AD 1744.

Decreto 1788/2014 sobre Abonar al Servicio Provincial de Costas en Castellón(Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente), el importe de las liquidacionesimpuestas que ascienden a 53.397,60 € (Tasa 065- Liquidación nº. 9900656306904) y 90,73 €(Tasa 066- Liquidación nº. 9900666104795), remitiéndose “el ejemplar para la Administración”debidamente validado por la entidad bancaria donde se haya efectuado el ingreso a dichoorganismo.

Decreto 1789/2014 sobre incoar a «xxxxxxxxxx» y a «xxxxxxxxxx» expediente derestauración de la legalidad urbanística por los usos que se realizan sin autorización en«xxxxxxxxxx» consistentes en barbacoa-chimenea cuya salida de humos no cumple con loscondicionantes establecidos en las normas urbanísticas del PGOU, concediéndole un plazo dediez días de audiencia para que presente las alegaciones que estime pertinentes.

Decreto 1790/2014 sobre No dar conformidad a la declaración responsablepresentada por «xxxxxxxxxx», con NIE «xxxxxxxxxx», para desmontaje de terraza de aluminio

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y adecuación de local bar-rte consistente en construcción tabiques, cambio puerta de paso,reforma instalación eléctrica, colocación césped sobre pavimento existente y pintura fachada, en«xxxxxxxxxx»– (Expte. D.R. 2014/247).

Decreto 1791/2014 sobre suspender el procedimiento de contratación relativo a laadjudicación del contrato de servicios “Mantenimiento y conservación de los espacios verdesurbanos y arbolado viario de Benicàssim”, de conformidad con la Resolución de adopción demedida provisional del Recurso 483/2014, siendo la resolución del recurso la que acuerde ellevantamiento de la medida adoptada.

Decreto 1792/2014 sobre Aprobar la revisión del precio máximo del contrato, asícomo de los precios unitarios, para la lª prórroga de contrato relativo al “Servicio de ayuda adomicilio”, adjudicado a la mercantil Ayuda Familiar Castellón, S.L., con C.I.F. «xxxxxxxxxx»,así como el gasto por importe de 301,81€, correspondiente al periodo comprendido desde el 5de mayo-2014 al 4 de mayo-2015.

Decreto 1793/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 200 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1794/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 144 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 1/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1795/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 2/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1796/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1797/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 132 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1798/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1799/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 180 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para el

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año 2014 “Relación 2/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1800/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1801/2014 sobre Autorizar el cambio de titularidad del vado, siendo elnuevo titular y el emplazamiento exacto. Resultando que por «xxxxxxxxxx», en representaciónde su hijo, «xxxxxxxxxx» se ha solicitado el cambio de titularidad del vado anteriormentereferenciado, siendo este último uno de los titulares del inmueble en el que se halla el vado,(como así se acredita en escritura de compraventa que aportan y que obra en el expediente).

Decreto 1802/2014 sobre Adjudicar el presente contrato del servicio de“SERVICIOS DE DEFENSA Y DIRECCIÓN LETRADA ASÍ COMO EL ASESORAMIENTOJURÍDICO DEL AYUNTAMEINTO DE BENICASIM”“a la empresa «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx», de conformidad con su oferta económica por importe de 42.082,1€ IVA incluido(34.778,6€ + IVA 7303,5€), y aspectos negociados y criterios de adjudicación cuantificables alser su proposición económicamente más ventajosa ( habiendo obtenido la máxima puntuación,63,5 puntos ) ,por aplicación de los criterios establecidos en el PPT y el PCAP.

Decreto 1803/2014 sobre Compensar la cantidad a ingresar resultante del apartadosegundo, que asciende a 105,00 €, con la cantidad a devolver resultante del apartado primero,que asciende a 120,00 €, trasfiriendo a «xxxxxxxxxx» (NIF «xxxxxxxxxx») la diferenciaresultante, que asciende a 15,00 €.

Decreto 1804/2014 sobre Compensar la cantidad a ingresar resultante del apartadosegundo, que asciende a 105,00 €, con la cantidad a devolver resultante del apartado primero,que asciende a 120,00 €, trasfiriendo a «xxxxxxxxxx» (NIF «xxxxxxxxxx») la diferenciaresultante, que asciende a 15,00 €.

Decreto 1805/2014 sobre Compensar la cantidad a ingresar resultante del apartadosegundo, que asciende a 217,50 €, con la cantidad a devolver resultante del apartado primero,que asciende a 245,00 €, trasfiriendo a «xxxxxxxxxx» la diferencia resultante, que asciende a27,50 €.

Decreto 1806/2014 sobre Compensar la cantidad a ingresar resultante del apartadosegundo, que asciende a 217,50 €, con la cantidad a devolver resultante del apartado primero,que asciende a 245,00 €, trasfiriendo a «xxxxxxxxxx» la diferencia resultante, que asciende a27,50 €.

Decreto 1807/2014 sobre Anular la liquidación y dar de baja el recibo del Impuestosobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana número 744030 (expte 14-

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IIVT-000054), emitida a nombre de «xxxxxxxxxx» (Remesa IIVT201402, cargo nº 2014/35,operación «xxxxxxxxxx»).

Decreto 1808/2014 sobre admitir a trámite le reclamación de «xxxxxxxxxx» ennombre de «xxxxxxxxxx», de 10 de junio de 2014, a efectos de determinar la posibleresponsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento.

Decreto 1809/2014 sobre rectificar el párrafo quinto de la parte resoluctiva delDecreto de la Alcaldía nº 1607 de 23 de junio de 2014, el número de metros adjudicados a«xxxxxxxxxx». Resultando que el puesto nº 64 del mercado semanal del jueves es de 6,5metros lineales y por error se adjudicaron 6 metros lineales.

Decreto 1810/2014 sobre Desestimar, el recurso de reposición presentado por«xxxxxxxxxx» en fecha en fecha 27 de febrero de 2014 con R.E. número 3012 contra elmencionado Decreto de Alcaldía nº3325 de fecha 30 de diciembre de 2013.

Decreto 1811/2014 sobre Inadmitir a trámite la declaración responsable presentadapor «xxxxxxxxxx», en representación de «xxxxxxxxxx», en fecha 4 de julio de 2014, pararealizar la actividad consistente en promoción artistas-disjokeis prefestival FIB en el tramo de lacalle Estatut confluencia con las calles Mestre Josep Segarra y Sequiota, los días del 14 al 17 dejulio de 2014, por no haber sido presentada con el plazo de antelación mínimo exigido en lanormativa correspondiente.

Decreto 1812/2014 sobre Inadmitir a trámite la declaración responsable presentadapor «D. Jorge Socarrades Martí, en fecha 7 de julio de 2014, para realizar la actividadconsistente en barra en la plaza Estación nº 11 en el local denominado “El Corb” con motivo dela actuación musical organizada por el FIB en colaboración con el Ayuntamiento de Benicàssim,el día 16 de julio de 2014, por no haber sido presentada con el plazo de antelación mínimoexigido en la normativa correspondiente.

Decreto 1813/2014 sobre Aprobar el expediente de Relación de Gastos(RRNS18/14) por la cantidad de 10.992,85 euros, IVA incluido. Visto el informe conjunto delDepartamento de Gestión Presupuestaria y de fiscalización con reparos no suspensivos queacompaña al expediente, así como el informe de Secretaría (140708INF-99). Existiendoconsignación presupuestaria.

Decreto 1814/2014 sobre Aprobar la Cuenta Justificada nº 12/2014, presentada porDª. Elena Llobell Martí por importe de 24.313,09.-€ por lo que habiéndose librado la cantidadde 24.500.-€ procede reintegrar la cantidad de 186,91.-€Proceder a formalizar la CuentaJustificada nº 12/2014 con cargo a la partida 501.432.22608 “Actividades Turismo”(RPFJ:14257) del Presupuesto general de 2014.

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Decreto 1815/2014 sobre incoar procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de D. Jesús Ignacio Algorta Gotenada por miccionar en la vía pública.Si iniciado el procedimiento, el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver elprocedimiento con la imposición de la sanción que proceda, aplicando una reducción de un 40%sobre el importe de la sanción propuesta, siempre que sea abonada antes de dictar la propuestade resolución.

Decreto 1816/2014 sobre Aprobar el Proyecto Técnico y el Estudio de Seguridad ySalud relativo a la obra consistente en “Peatonalización y remodelación de la calle arboladaJosé Vallet, incluida la reposición de palmeras ejemplares”, redactado por el Ingeniero«xxxxxxxxxx» cuyo importe de licitación se establece en 135.632,71 euros (BI: 112.093,15 € +21% IVA:23.539,56 €).

Decreto 1817/2014 sobre admitir a trámite la reclamación de «xxxxxxxxxx» ennombre de «xxxxxxxxxx», de 30 de mayo, a efectos de determinar la posible responsabilidadpatrimonial de este Ayuntamiento.

Decreto 1818/2014 sobre incoar contra las personas o entidades denunciadas, envirtud de lo dispuesto en el art. 73.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RD Legislativo 339/1990, de 2 demarzo, los procedimientos sancionadores incluidos en la siguiente relación. Remesa:2383

Decreto 1819/2014 sobre Adjudicar temporalmente a «xxxxxxxxxx», DNI«xxxxxxxxxx», con domicilio en «xxxxxxxxxx», el puesto vacante nº 38 de 5 metros linealesdel mercado semanal del jueves para ejercer la venta no sedentaria de calzado en Benicàssimdel 10 de julio hasta el 31 de agosto de 2014.

Decreto 1820/2014 sobre Aprobar la relación de Gastos (Expediente D29/14) con unimporte total de 116.661,25 euros. Visto el informe conjunto del Departamento de GestiónPresupuestaria y de Fiscalización que acompaña al expediente con las observaciones contenidasen éste, así como el informe de Secretaría (140709INF-100).

Decreto 1821/2014 sobre Avocar la competencia en la Alcaldía en lo que a laaprobación de la prórroga del contrato y del gasto. Disponer la acumulación del procedimientode prórroga del contrato de servicios de mantenimiento de puntos de control de accesos porpilonas centralizados con cámaras y videograbación y de las instalaciones semafóricas delAyuntamiento de Benicàssim en el de la revisión de precios del segundo año del contrato.

Decreto 1822/2014 sobre reubicar a los funcionarios de secretaría a sus puestos detrabajo y funciones. Siendo así que por la Secretaría General para llevar a cabo la tarea de lainstalación en el Ayuntamiento de un Programa Informático del Inventario Municipal se reubicólos diferentes puestos.

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Decreto 1823/2014 sobre Aprobar el expediente de Indemnización a Empresas(IED20/14) por la cantidad de 70.979,33 euros, IVA incluido. No obstante el informe conjuntodel Departamento de Gestión Presupuestaria y de fiscalización con reparos suspensivos queacompaña al expediente y visto el informe de Secretaría (140709INF-101). Existiendoconsignación presupuestaria.

Decreto 1824/2014 sobre Incoar expediente de restauración de la legalidadurbanística a «xxxxxxxxxx» por las obras que se realizan sin licencia en CALLE JAUMEROIG Nº 4.

Decreto 1825/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla. Resultando que por«xxxxxxxxxx», en fecha 02/07/2014, con NRE 10119, se ha solicitado licencia de vadopermanente sobre la vía pública para acceso a fincas urbanas con vehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1826/2014 sobre Devolver a «xxxxxxxxxx» (NIF «xxxxxxxxxx») lacantidad de 245,00 € en concepto de Precio Público por prestación del servicio de escuelainfantil municipal. Vista la instancia presentada en fecha 30 de mayo de 2014, solicitando ladevolución de la cantidad ingresada en exceso en concepto de Precio Público por prestación delservicio de la escuela infantil municipal.

Decreto 1827/2014 sobre Anular las liquidaciones y dar de baja los reciboscorrespondiente a la Tasa por ocupación de superficie con instalación de puestos, caseta deventa o similares en el mercadillo semanal correspondientes al 2º semestre año 2014, por errorde titularidad, cuya cuantía total asciende a 2.349,03 €.

Decreto 1828/2014 sobre Anular la liquidación y dar de baja el recibocorrespondiente a la Tasa por ocupación de superficie con instalación de puestos, caseta deventa o similares en el mercadillo semanal correspondientes al 2º semestre año 2014, porextinción de la autorización, cuya cuantía total asciende a 163,13 €.

Decreto 1829/2014 sobre Estimar la solicitud de bonificación en el Impuesto sobreBienes Inmuebles del año 2014 a «xxxxxxxxxx», con domicilio en Benicasim, calle«xxxxxxxxxx», en base a lo establecido en el artículo 8.4) de la vigente Ordenanza Fiscal.

Decreto 1830/2014 sobre Aprobar la relación de liquidaciones del Impuesto sobreBienes Inmuebles Urbanos del ejercicio 2014, que empieza por «xxxxxxxxxx» y termina por«xxxxxxxxxx», por importe de 5.165,58 € (Remesa IBIUL1414 / Cargo2014/94/ AplicaciónPresupuestaria 113).

Decreto 1831/2014 sobre Conceder a «xxxxxxxxxx» la reincorporación a la

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jornada laboral ordinaria a partir del día 1 de agosto de 2014 y por tanto, la finalización de lareducción de su jornada laboral concedida por Decreto de la Alcaldía nº572 de fecha 17 demarzo de 2014.

Decreto 1832/2014 sobre Convocar SESIÓN ORDINARIA de la JUNTA DEGOBIERNO LOCAL, para el día:Lunes 14 de Julio de 2014, en primera convocatoria, ensegunda convocatoria una hora más tarde.

Decreto 1833/2014 sobre Imponer a «xxxxxxxxxx», una sanción de 100 euros alconsiderarse la infracción cometida como leve en su grado mínimo, en concreto por originardesordenes leves en vía pública e ir profiriendo insultos en calle Santa Agueda 8 deBenicassim.

Decreto 1834/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 128 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 2/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1835/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 9/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1836/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1837/2014 sobre Aprobar la tercera revisión de precios por importe de5.078,33€ del citado contrato quedando fijado el nuevo precio del contrato. Abonar a la«xxxxxxxxxx», previa presentación de la correspondiente factura, la cantidad de 846,39€ enconcepto de atrasos en la facturación del servicio desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de2014.

Decreto 1838/2014 sobre No dar conformidad a la declaración responsablepresentada por «xxxxxxxxxx», con NIF/CIF «xxxxxxxxxx», para apertura de hueco en fachaday realización de 2 escalones de acceso a local, en «xxxxxxxxxx» (Expte. Obras D.R. 2014/260).

Decreto 1839/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con C.I.F.«xxxxxxxxxx», el contrato menor relativo a la contratación del espectáculo “Operetta”, dentrodel Ciclo XXI Festival de Teatre amb Bon Humor, que tendrá lugar el próximo día 11 de juliode 2014 a las 23:00 horas, en el Teatro Municipal, por importe de 10.406,00€, IVA incluido.

Decreto 1840/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», como ayudante de«xxxxxxxxxx» en el puesto nº 12 del mercado de artesanía de la Torre Sant Vicent, de

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conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria.

Decreto 1841/2014 sobre Aprobar las Bases específicas que han de regir elconcurso-oposición para el nombramiento interino de un/a Ingeniero/a Técnico/aIndustrial.Convocar el concurso-oposición con arreglo a dichas bases, publicando laconvocatoria en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de laProvincia.

Decreto 1842/2014 sobre Emitir una tarjeta de aparcamiento de vehículos parapersonas con movilidad reducida a «xxxxxxxxxx». Considerando la propuesta de la Comisiónde Valoración de documentos acreditativos de tarjetas de aparcamiento de vehículos parapersonas con movilidad reducida según el Acta 16/2014 de fecha 10 de julio de 2014.

Decreto 1843/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 128 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 1/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1844/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 176 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1845/2014 sobre se considera que a la vista de la certificación aportada y dela documentación obrante en este Ayuntamiento, se está en condiciones de afirmar que la fincaregistral 3709, propiedad de «xxxxxxxxxx», tanto la parcela como la vivienda existente,cumplen con las determinaciones del PGOU vigente, aprobado el 28 de junio de 1994, por loque no se encuentra en Situación de Fuera de Ordenación.

Decreto 1846/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx» con CIF:«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor relativo a la ejecución de las obras de “Accesos alPádel municipal y ordenación de espacios adyacentes” en el Polideportivo Municipal sito enC/San Vicente, por importe de 59.126,65€ correspondiendo 48.865,00€ a la Base Imponiblemás 10.261,65 € correspondientes al IVA, así como aprobar el gasto por importe de59.126,65€ de conformidad con su oferta , proyecto básico y de ejecución obrante en elexpediente e informes del coordinador del contrato.

Decreto 1847/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor de suministros relativo a la adquisición “una cabinade discos” con destino al área de informática para el Departamento de Secretaría, por importe de20.931,06 € IVA incluido, de los que 17.298,40€ corresponden a la Base Imponible y 3.632,66€al IVA[21%], así como aprobar el gasto por importe de 20.931,06€, de conformidad con suoferta e Informe de la Jefa de Informática, obrantes en el expediente.

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Decreto 1848/2014 sobre Aprobar el Proyecto Técnico relativo a la obra consistenteen “Sustitución de instalación de alumbrado exterior en un tramo del Paseo Sur”, redactado porla Ingeniera Técnica Industrial «xxxxxxxxxx», cuyo importe de licitación se establece en199.999,99 € (BI: 165.289,25 € + 21% IVA: 34.710,74 €).

Decreto 1849/2014 sobre Aprobar el Proyecto Técnico relativo a la obra consistenteen “Sustitución de la instalación de alumbrado exterior en un tramo del Paseo Pilar Coloma”,redactado por la Ingeniera «xxxxxxxxxx» cuyo importe de licitación se establece en 99.999,99€ (BI: 82.644,62 € + 21% IVA: 17.355,37. €).

Decreto 1850/2014 sobre Aprobar el expediente de Indemnización a Empresas(IED21/14) por la cantidad de 953,37 euros, IVA incluido. No obstante el informe conjunto delDepartamento de Gestión Presupuestaria y de fiscalización con reparos suspensivos queacompaña al expediente, así como el informe de Secretaría (140711INF-102).

Decreto 1851/2014 sobre Rectificar el fichero automatizado de datos de carácterpersonal titularidad del Ayuntamiento que se refiere a Gestión del servicio de venta de entradasonline del Teatro Municipal aprobado en el Anexo del Decreto de la Alcaldía nº 1719/2.014.

Decreto 1852/2014 sobre Convocar sesión EXTRAORDINARIA-URGENTE delAyuntamiento Pleno que tendrá lugar:Día 16 (Miércoles) de Julio de 2014 (primeraconvocatoria), a las 9'30 horas. Día 18 (Viernes) de Julio de 2014 de 2014 (segundaconvocatoria), a las 9'30 horas

Decreto 1853/2014 sobre la incoación del correspondiente expediente sancionador,por presunta infracción leve cometida por «xxxxxxxxxx», por pasear un perro sin correa en elrecinto de Festivales ocasionando molestias a los presentes en la zona.

Decreto 1854/2014 sobre Otorgar la licencia de apertura para el uso provisionalconsistente en la actividad eventual de esparcimiento público y aparcamiento de apoyo alfestival Internacional de Benicassim 2014. Resultando que por «xxxxxxxxxx», enrepresentación de la mercantil MARAWORLD S.A., se presenta Declaración Responsable enfecha 14 de junio de 2014, registro de entrada nº 9029.

Decreto 1855/2014 sobre Otorgar la licencia de apertura para el uso provisionalconsistente en la actividad eventual de acampada de apoyo al festival Internacional deBenicàssim 2014, debiéndose realizar únicamente en la zona apta para el uso de acampada, parallevar a cabo la actividad de acampada “Villacamp” vinculada a la celebración del FIB 2014(Expte. 2014/53) cuyo inicio tendrá lugar el día 14 de julio hasta el día 21 de julio de 2014

Decreto 1856/2014 sobre Aprobar los gastos correspondientes a la CuentaJustificada del Anticipo de Caja Fija (02/2014) para “Actividades de Teatro Municipal”

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aprobado en su día junto con los justificantes de gasto, por un importe total de 28.169,65.-€ concargo a la aplicación presupuestaria 405.335.226090 del Presupuesto General del año 2014(RCMCF: 16414).

Decreto 1857/2014 sobre Aprobar el expediente de Generación de Crédito nº.2GC/2014, por importe total de 31.005,06 €. Vistos los informes de la Intervención Municipal(INF. 2014/73, Texto Refundido de las Haciendas Locales) e (INF. 2014/74, Reglamento deEstabilidad Presupuestaria), de fecha 9 de julio de 2014,

Decreto 1858/2014 sobre Abonar las asistencias de los funcionarios que formaronparte del Tribunal, para la selección de 2 Operarios de la Brigada de Obras y constitución de unabolsa de trabajo temporal, que asciende a un total de 1.474,92 €.

Decreto 1859/2014 sobre Abonar las asistencias de los funcionarios que formaronparte del Tribunal, para la selección de 4 Auxiliares de la Biblioteca del Mar y constitución deuna bolsa de trabajo temporal, que asciende a un total de 1.328,04 €.

Decreto 1860/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a«xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», para REPARACIÓN BARANDILLA TERRAZA,según el presupuesto que aporta el interesado, en «xxxxxxxxxx», con ref. catastral:«xxxxxxxxxx».

Decreto 1861/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a la mercantil«xxxxxxxxxx», con CIF «xxxxxxxxxx», para legalización de adecuación de vallado segúnexigencias del servicio de costas, según el presupuesto que aporta el interesado, en«xxxxxxxxxx»- , con ref. catastral: «xxxxxxxxxx»

Decreto 1862/2014 sobre Inadmitir a trámite la declaración responsable presentadapor «xxxxxxxxxx» para realizar la actividad consistente en barra en la calle Els Dolors nº 50 y52 en el local denominado «xxxxxxxxxx» con motivo de la actuación musical organizada por elAyuntamiento de Benicàssim para el FIB , el día 16 de julio de 2014, por no haber sidopresentada con el plazo de antelación mínimo exigido en la normativa correspondiente.

Decreto 1863/2014 sobre denegar la declaración responsable presentada por parte de«xxxxxxxxxx», para la realización de la actividad denominada “Relax meeting Zone” solicitadapara los días del 14 al 20 de julio de 2014 en zona de parking en Plaza Estación.

Decreto 1864/2014 sobre Incoar procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx» por miccionar en la vía pública. Si iniciado elprocedimiento, el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento, conla imposición de la sanción que proceda, aplicando una reducción de un 40% sobre el importede la sanción propuesta, siempre que sea abonada antes de dictar la propuesta de resolución.

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Decreto 1865/2014 sobre aprobar los criterios a tener en cuenta por parte delAyuntamiento de Benicassim en relación a la gestión y cobro de costas judiciales que se puedanderivar de los diferentes procedimientos judiciales en los que interviene el Ayuntamiento deBenicassim.

Decreto 1866/2014 sobre Desestimar el recurso de reposición presentado por«xxxxxxxxxx» en representación de la mercantil «xxxxxxxxxx» contra la orden de retirada dela vía pública de elementos no autorizados en calle Estatut nº 14.

Decreto 1867/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular, dándose cuenta de la liquidación de tasas nº82202874. Resultando que por «xxxxxxxxxx» en fecha 09/07/2014, con NRE 10472, se hasolicitado licencia de vado permanente sobre la vía pública para acceso a fincas urbanas convehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1868/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 9/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1869/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 880 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 9/2014” correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y julio de 2014.

Decreto 1870/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1871/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 432 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 2/2014” correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2014.

Decreto 1872/2014 sobre Conceder a «xxxxxxxxxx» licencia para la tenencia deanimales potencialmente peligrosos especie canina, al perro de raza American StraffordashireTerrier con «xxxxxxxxxx». de microchip, por el plazo de cinco años.

Decreto 1873/2014 sobre Dar por extinguida la licencia de apertura de BANCOS YENTIDADES FINANCIERAS con emplazamiento en la AVDA. CASTELLÓN Nº 25, de estemunicipio, a nombre de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID,concedida por Decreto de Alcaldía nº 2652 de fecha 5 de octubre de 2009 (Expte. 2008/19).

Decreto 1874/2014 sobre Proceder a rectificar el Decreto de Alcaldía nº 1704, de

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fecha 1 de julio de 2014 conforme al informe emitido por el Ingeniero Técnico de ObrasPúblicas de fecha 15 de julio de 2014.

Decreto 1875/2014 sobre Proceder a rectificar el Decreto de Alcaldía nº 1784, defecha 7 de julio de 2014 conforme al informe emitido por el Ingeniero Técnico de ObrasPúblicas de fecha 15 de julio de 2014.

Decreto 1876/2014 sobre Conceder el carnets Gent d’Or a «xxxxxxxxxx».Resultando que conforme se regula en el art. 6.3 de dicha Ordenanza, una vez comprobado elexpediente por parte de los Servicios Sociales Municipales y emitida la correspondientepropuesta por parte de la Concejalía delegada de Tercera Edad.

Decreto 1877/2014 sobre Autorizar la apertura del establecimiento público siguiente:Nombre y domicilio del titular: «xxxxxxxxxx», Travesía de Almazora nº 2 3ºD deCastellón. Emplazamiento y denominación del establecimiento: Avda. Ferrandis Salvador nº 4bajo (Referencia catastral «xxxxxxxxxx») “Bocatería La Gabia”. Actividad/establecimiento:Restaurante. Grupo J y subepígrafe 2.8.2.Aforo: 57 personas.

Decreto 1878/2014 sobre Autorizar la apertura del establecimiento públicosiguiente:Nombre y domicilio del titular: «xxxxxxxxxx» , Avda. Ferrandis Salvador nº 60 plantabj. puerta 1A de Benicàssim.Emplazamiento y denominación del establecimiento: calle TorreSan Vicente nº 2 (Referencia catastral «xxxxxxxxxx») “Saduna”. Actividad/establecimiento:Bar restaurante. Grupo J y subepígrafes 2.8.3 y 2.8.2.Aforo: 94 personas.

Decreto 1879/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx» , por desobedecer los mandatos de la autoridad alnegarse a su identificación aunque después ceda y se identifique.

Decreto 1880/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx» con DNI «xxxxxxxxxx», por originar desordenesleves en vía pública volcando o golpeando contenedores de basura en calle Avda Barcelonacon Carles Sarthou de Benicassim.

Decreto 1881/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx» con DNI «xxxxxxxxxx», por originar desordenesleves en vía pública volcando o golpear contenedores de basura en calle Av Barcelona conCarles Sarthou de Benicassim.

Decreto 1882/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Juan Carlos I tras supermercado lid´l de Benicassim.

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Decreto 1883/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Encarnación Marza 2 de Benicassim.

Decreto 1884/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Encarnación Marza 2 de Benicassim.

Decreto 1885/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Av Juan Carlos I de Benicassim.

Decreto 1886/2014 sobre Incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora a nombre de «xxxxxxxxxx», por consumo de bebidas alcohólicas en vía públicacalle Pza Estación detras de comisaria de policia de Benicassim.

Decreto 1887/2014 sobre Devolver a «xxxxxxxxxx» el aval depositado paragarantizar el fraccionamiento del pago del recibo 688617 en concepto del Impuesto sobre elIncremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por importe de 5.485,75 euros(número de operación 201300016036), por el inmueble sito en la Avda Ferrandis Salvador 8 deBenicassim al haberse ingresado dicha liquidación por su importe principal más los interesescorrespondientes.

Decreto 1888/2014 sobre Autorizar la subrogación del expediente a «xxxxxxxxxx»,con la asunción de derechos y obligaciones inherentes al expediente de actividad núm. 2014/9.Conceder licencia ambiental de “CLÍNICA DE ODONTOLOGÍA” sito en la CALLE BADSALZDETFURTH Nº 9 BAJO 1, de este Municipio.

Decreto 1889/2014 sobre autorizar la inhumación de «xxxxxxxxxx» en elcementerio municipal de Benicàssim, fallecida el día 11 de julio de 2014. Asimismo se autorizala concesión del nicho en el Cementerio Municipal Tamo 2009, Fila 4ª, Núm. 136 por un plazode 50 años.

Decreto 1890/2014 sobre hacer efectiva a través de la nómina a «xxxxxxxxxx» enconcepto de sustitución del Sr Secretario la cantidad de 635 euros, correspondientes al períododel 28 de abril al 25 de mayo de 2014, ambos inclusive.

Decreto 1891/2014 sobre abonar a empleados municipales las cantidades señaladasen concepto de gratificaciones por servicios extraordinarios cuyo contenido figura en lasMemorias presentadas que obran en el expediente, durante los meses de marzo a junio de 2014servicios extraordinarios fuera de la jornada normal.

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Decreto 1892/2014 sobre abonar a «xxxxxxxxxx» las cantidades señaladas enconcepto de gratificaciones por servicios extraordinarios cuyo contenido figura en las Memoriaspresentadas que obran en el expediente, durante el mes de junio de 2014 serviciosextraordinarios fuera de la jornada normal.

Decreto 1893/2014 sobre denegar la declaración responsable presentada por parte de«xxxxxxxxxx», para la realización de la actividad consistente en barra durante el FIB, en laAvda. Ferrandis Salvador nº 2 (zona Torre San Vicente).

Decreto 1894/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 128 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1895/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 1896/2014 sobre Declarar la jubilación voluntaria de «xxxxxxxxxx», conD.N.I. «xxxxxxxxxx», a partir del día 2 de agosto de 2014, siendo su último día de trabajo eneste Ayuntamiento el 1 de agosto de 2014.

Decreto 1897/2014 sobre autorizar la inhumación de «xxxxxxxxxx» en elcementerio municipal de Benicàssim, fallecida el día 14 de julio de 2014. Asimismo se autorizala concesión del nicho en el Cementerio Municipal Tamo 2009, Fila 4ª, Núm. 137 por un plazode 50 años.

Decreto 1898/2014 sobre Tener a «xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», pordesistido de su solicitud de licencia de obras para REFORMA DE BAÑO Y CAMBIO DE 5VENTANAS A FACHADA en AVDA. FERRANDIS SALVADOR nº 126- BL.B-1º-1ª deBenicàssim, y declarar concluso el procedimiento. (Expte. LO 2014/152).

Decreto 1899/2014 sobre Tener a «xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», pordesistido de su solicitud de licencia de obras para COLOCACIÓN DE DOS INBORNALES ENLA TERRAZA INTERIOR Y ELIMINACIÓN DE BARBACANA en c/JOAQUIN IBAÑEZGARCIA nº9 de Benicàssim, y declarar concluso el procedimiento (Expte. LO 2014/180).

Decreto 1900/2014 sobre Librar la cantidad de 1.215.-€ con el carácter de “ajustificar” a «xxxxxxxxxx» para hacer frente a gastos ocasionados con motivo de lasactividades de juventud durante el verano (LIB. 16/2014). Hacer frente a dicho gasto con cargoa la aplicación presupuestaria 404.337.226090 “ Actividades Juventud” (RC: 15215 y RC:15221) del Presupuesto del año 2014.

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Decreto 1901/2014 sobre Aprobar el Plan de Seguridad y Salud de las obras de“Accesos al Pádel municipal y ordenación de accesos adyacentes”.Dar traslado del presenteacuerdo al Departamento de Contratación, al Coordinador de Seguridad y Salud y a la empresaadjudicataria de las obras.

Decreto 1902/2014 sobre Denegar la declaración responsable presentada por partede «xxxxxxxxxx», para la realización de la actividad consistente en montar barra en terraza, acelebrar el día 17 de julio de 2014 en la plaza Estación nº 5 en el local denominada “L'Andén”.

Decreto 1903/2014 sobre conceder la Licencia de Ocupación a «xxxxxxxxxx»considerando lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 3/2004, de 20 de junio, de laGeneralitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación y resto de normativaconcordante en la materia.

Decreto 1904/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con NIF«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor de suministros relativo a la adquisición de “Unescenario modular de 48m2, para uso del Ayuntamiento de Benicàssim”, por importe de10.534,26€ I.V.A. incluido(BI. 8.706,00€ más IVA[21%] 1.828,26€), así como aprobar el gastopor importe de 10.534,26€ , de conformidad con su oferta e Informe del Ingeniero Técnico deServicios, obrantes en el expediente.

Decreto 1905/2014 sobre incoar contra las personas o entidades denunciadas, envirtud de lo dispuesto en el art. 73.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RD Legislativo 339/1990, de 2 demarzo, los procedimientos sancionadores incluidos en la siguiente relación. Remesa: 2397

Decreto 1906/2014 sobre Aprobar y aceptar el Plan de Gestión de Residuos deConstrucción y demolición de las obras de “Accesos al Pádel municipal y ordenación deespacios adyacentes". Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Contratación, alArquitecto Municipal, a la dirección facultativa y a la empresa «xxxxxxxxxx»

Decreto 1907/2014 sobre Tener a la «xxxxxxxxxx», con CIF «xxxxxxxxxx», pordesistida de su solicitud de licencia de obras para enfoscado de trasteros y cuarto de bombas,impermeabilización de cubiertas de las dos ultimas terrazas y nuevos cubremuros en azotea en«xxxxxxxxxx» de Benicàssim, y declarar concluso el procedimiento (Expte. LO 2014/194).

Decreto 1908/2014 sobre desestimar la reclamación presentada por «xxxxxxxxxx»el 5 de agosto de 2013, por los daños y perjuicios ocasionados según alega a consecuencia deuna caída de una de las estatuas (grupo de cubículos blancos) que se encuentran en el PaseoMarítimo entre el Torreón y el Voramar.

Decreto 1909/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 1000 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para el

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año 2014 “Relación 4/2014” correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo y junio de2014.

Decreto 1910/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 205,11 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales parael año 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de junio de 2014.

Decreto 1911/2014 sobre Avocar en la Alcaldía la competencia atribuida a la Juntade Gobierno Local para el otorgamiento de las siguientes Ayudas Sociales por las razonesexpuestas en los considerandos. Considerando que se han presentado solicitudes de ayudaseconómicas individualizadas contenidas en el “Expediente de ayudas de servicios sociales nº10/2014.

Decreto 1912/2014 sobre La imposición de la sanción de 300,00 Euros porinfracción grave cometida por «xxxxxxxxxx» con D.N.I. «xxxxxxxxxx». Prohibir portaranimales de esta índole por lugares públicos o lugares transitados por personas de acuerdo conel acta de la Policía Local de 18/14 del día 12 de mayo de 2014 y en el caso de que persista serevocará la licencia al titular del animal procediendo a la retención y confiscación del animal.

Decreto 1913/2014 sobre imponer a «xxxxxxxxxx» una sanción de 751€ alconsiderarse la infracción cometida como grave en su grado mínimo, concretamente porpermanecer en el lugar de venta persona no autorizada por el Ayuntamiento.

Decreto 1914/2014 sobre imponer a «xxxxxxxxxx» una sanción de 751€ alconsiderarse la infracción cometida como grave en su grado mínimo, concretamente porpermanecer en el lugar de venta persona no autorizada por el Ayuntamiento.

Decreto 1915/2014 sobre imponer a «xxxxxxxxxx» una sanción de 751€ alconsiderarse la infracción cometida como grave en su grado mínimo, concretamente porpermanecer en el lugar de venta persona no autorizada por el Ayuntamiento.

Decreto 1916/2014 sobre estimar las alegaciones presentadas por «xxxxxxxxxx».Ordenar el archivo de las actuaciones.

Decreto 1917/2014 sobre Otorgar la licencia de apertura para la actividad eventualcon los siguientes datos: Nombre titular: «xxxxxxxxxx», con CIF «xxxxxxxxxx». Domicilio deltitular: «xxxxxxxxxx». Emplazamiento actividad: Recinto de Festivales, N-340 km. 986.Denominación: “FESTIVAL INTERNACIONAL DE BENICÀSSIM 2014”. Actividad:FESTIVAL DE MÚSICA Y UNA ATRACCIÓN FERIAL. Aforo: 32.000 personas (segúndocumentación técnica).

Decreto 1918/2014 sobre Devolver la cantidad de 132,26 € ingresada indebidamente

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correspondiente a los recibos nº 207172, 226544 y 629840 por importe total de 131,4 € más0,86 € en concepto de intereses de demora, a nombre de «xxxxxxxxxx» con N.I.F.«xxxxxxxxxx».

Decreto 1919/2014 sobre no dar conformidad a la declaración responsablepresentada por «xxxxxxxxxx» para la segunda ocupación de la vivienda en «xxxxxxxxxx».Considerando que transcurrido el plazo concedido al efecto y no habiendo subsanado por partedel interesado es por lo que se debe proceder a no dar conformidad a la declaración responsablepresentada.

Decreto 1920/2014 sobre Convocar SESIÓN ORDINARIA de la JUNTA DEGOBIERNO LOCAL, para el día: Lunes 21 de Julio de 2014, en primera convocatoria, ensegunda convocatoria una hora más tarde.

Decreto 1921/2014 sobre declarar a «xxxxxxxxxx» desistida de su solicitud de 4 dejunio de 2014. Debido a que no acredita fehacientemente estar en posesión del carnet deartesano correspondiente, requisito establecido en la Ordenanza para poder optar un puesto en elMercado de Artesanía.

Decreto 1922/2014 sobre no dar conformidad a la declaración responsablepresentada por «xxxxxxxxxx» para la segunda ocupación de la vivienda en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1923/2014 sobre Resolver las discrepancias, existentes en relación con losreparos suspensivos que acompañan al expediente, levantando la suspensión que conllevanrespecto a su tramitación. Aprobar el expediente de Indemnización a Empresas (IED22/14) porla cantidad de 54.567,36 euros, IVA incluido.

Decreto 1924/2014 sobre Desestimar la solicitud presentada por «xxxxxxxxxx», condomicilio en Benicasim, calle «xxxxxxxxxx», al no serle de aplicación en la fecha de solicitudde la bonificación la Ordenanza Fiscal que ampliaba el plazo de bonificación hasta los 10 años.

Decreto 1925/2014 sobre Anular y dar de baja los recibos del Impuesto sobre BienesInmuebles Urbanos. Resultando que se constata la necesidad de rectificar los recibos delImpuesto sobre Bienes Inmuebles por transmisión de los mismos, según documentación que seacompaña al expediente administrativo. (CIBIU-2014-6)

Decreto 1926/2014 sobre autorizar a la empresa Fomento Benicàssim AguasPotables SA para proceder al corte del suministro del agua potable en el domicilio que se indicaa los usuarios a partir del 28 de julio de 2014 en los términos establecidos en el Reglamento deSuministro de Agua Potable y siempre que hasta entonces no se haya hecho efectivo el pagocorrespondiente.

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Decreto 1927/2014 sobre aprobar la primera revisión de precios del contrato de“Recogida, traslado y tratamiento térmico de animales muertos en el término municipal deBenicàssim”, quedando fijado el nuevo precio, con una duración de dos años, prorrogable porperiodos anuales hasta un máximo de dos años.

Decreto 1928/2014 sobre aprobar conjuntamente la primera y segunda revisión deprecios del contrato de “Desratización, desinsectación y desinfección del suelo urbano y costadel término municipal de Benicàssim” y con una duración de dos años, prorrogable por periodosanuales hasta un máximo de dos años.

Decreto 1929/2014 sobre devolver a «xxxxxxxxxx» la fianza de 300€. Resultandoque, de conformidad con lo establecido en la cláusula séptima del Pliego de condiciones sedepositó la fianza definitiva correspondiente al puesto de masajes.

Decreto 1930/2014 sobre avocar la competencia en la Alcaldía para la aprobacióndel expediente de concesión de autorizaciones de ocupación de terrenos mediante la instalaciónde casetas en el recinto ferial durante las fiestas de Santo Tomás de Villanueva 2014 en régimende concurrencia pública.

Decreto 1931/2014 sobre estimar las alegaciones presentadas por «xxxxxxxxxx» enfechas 14 de enero de 2014 y 9 de febrero de 2014, en relación de obras consistentes en“vivienda unifamiliar” sin licencia, habida cuenta que ha transcurrido sobradamente el plazo deprescripción de 4 años.

Decreto 1932/2014 sobre conceder licencia municipal de actuación urbanísticaestable a «xxxxxxxxxx» para tala de un pino, en «xxxxxxxxxx», según presupuesto que aportael interesado.

Decreto 1933/2014 sobre Designar a «xxxxxxxxxx», Jefe de Negociado deTesorería para sustituir a la Tesorera Municipal del día 21 al 31 de julio de 2014, ambosinclusive. Dar traslado de esta Resolución a la Dirección General de Administración Local.

Decreto 1934/2014 sobre proceder a la ejecución subsidiaria de la redacción yvisado del certificado técnico acreditativo que acredite los trabajos realizados y la estabilidad dela cubierta realizados en el inmueble sito en «xxxxxxxxxx», corriendo los gastos a cargo de laComunidad de Propietarios.

Decreto 1935/2014 sobre declarar restablecida la legalidad urbanística infringida enel inmueble sito en propiedad de «xxxxxxxxxx», según informes técnico y de la Policía Localde fecha 13/05/14.

Decreto 1936/2014 sobre Incoar expediente a «xxxxxxxxxx» en orden a la ejecución

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de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornatopúblico sito en «xxxxxxxxxx» (referencia catastral 0888506BE5308N0001OW).

Decreto 1937/2014 sobre incoar expediente a la mercantil «xxxxxxxxxx», en ordena la ejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguridad,salubridad y ornato público sito en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1938/2014 sobre incoar expediente a la mercantil «xxxxxxxxxx», en ordena la ejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguridad,salubridad y ornato público sito en Polígono (6 SUP), parcela 199.

Decreto 1939/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 1940/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 300 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente a los meses de febrero y marzo de 2014.

Decreto 1941/2014 sobre Emitir una tarjeta de aparcamiento de vehículos parapersonas con movilidad reducida a «xxxxxxxxxx». Trasladar la presente resolución al Jefe dela Policía Local a los efectos oportunos.

Decreto 1942/2014 sobre Incoar expediente a «xxxxxxxxxx» y «xxxxxxxxxx», enorden a la ejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones deseguridad y salubridad sito en «xxxxxxxxxx» ( referencia catastral «xxxxxxxxxx»).

Decreto 1943/2014 sobre Rectificar el Decreto de la Alcaldía nº 1692 de fecha 30 dejunio de 2014, debido a que por un error en su transcripción, el contenido de dicho Decreto nocoincide con la propuesta del Concejal Delegado de Recursos Humanos de fecha 26 de junio de2014 que consta en el expediente.

Decreto 1944/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», Ordenanza en el Ayuntamientode Benicàssim, a realizar el curso, en la modalidad on line “Ley de acceso electrónico de losciudadanos a los servicios públicos”, teniendo una duración de 30 horas.

Decreto 1945/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», Topógrafa, «xxxxxxxxxx»,Jefe de Negociado Oficina de Catastro y «xxxxxxxxxx», Personal de limpieza en elAyuntameinto de Benicassim, a realizar el curso, en la modalidad on line, “La responsabilidadde los empleados públicos: Patrimonial y del personal al servicio de las AdministracionesPúblicas, teniendo una duración de 50 horas”.

Decreto 1946/2014 sobre Aprobar la relación de Gastos (Expediente D30/14) con unimporte total de 257.195,88 euros. Visto el informe conjunto del Departamento de Gestión

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Presupuestaria y de Fiscalización que acompaña al expediente con las observaciones contenidasen éste, así como el informe de Secretaría (140718INF-104)

Decreto 1947/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», Auxiliar Administrativo,adscrita a la Oficina de Catastro en el Ayuntamiento de Benicàssim, a realizar el curso, en lamodalidad on line, “Informática e internet nivel medio” teniendo una duración de 50 horas.

Decreto 1948/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx», Auxiliar Administrativo,adscrita al departamento de Servicios Públicos, en el Ayuntamiento de Benicàssim, a realizar elcurso en la modalidad on line, “English Nivel I”, teniendo una duración de 70 horas.

Decreto 1949/2014 sobre ordenar a «xxxxxxxxxx», la desratización del solar sito enC/ Alcalá de Chivert nº 17 aportando la correspondiente justificación, en un plazo máximo dediez días a partir del día siguiente de recibir la presente notificación.

Decreto 1950/2014 sobre declarar válido el acto licitatorio celebrado para laadjudicación por procedimiento urgente del contrato de suministro “SUSTITUCIÓN DE LASBOMBAS PEQUEÑAS INSTALADAS EN EL BOMBEO MOHINO DE BENICASSIM”

Decreto 1951/2014 sobre Librar la cantidad 400- euros con el carácter de “ajustificar” a Dª. Susana Marqués Escoín para hacer frente a los gastos derivados de la visitaoficial a Bad Salzdetfurth (Lib.17/14). Hacer frente a dicho gasto con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 406.339.22601 “Atenciones protocolarias. Hermanamientos” (RC:16938) delPresupuesto general del año 2014.

Decreto 1952/2014 sobre Devolver la parte proporcional del recibo del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014 por haber causado baja definitiva el vehículode su propiedad. Resultando que en fecha 19 de mayo de 2014 R.E. 7335 y R.E. 7336 presentados instancias «xxxxxxxxxx» solicitando la devolución de la parte proporcional del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014 por baja definitiva de los vehículos.

Decreto 1953/2014 sobre Dejar sin efecto la conformidad a la declaraciónresponsable presentada por «xxxxxxxxxx» para actividad de comercio menor de golosinas,alimentación y bebidas incluso alcohólicas y ubicada en la «xxxxxxxxxx», dada por elAyuntamiento en fecha 12 de noviembre de 2013 (Expte. 2013/91).

Decreto 1954/2014 sobre admitir a trámite la reclamación de «xxxxxxxxxx», de 25de abril de 2014, a efectos de determinar la posible responsabilidad patrimonial de esteAyuntamiento.

Decreto 1955/2014 sobre Conceder licencia municipal de obras a «xxxxxxxxxx»,con NIF «xxxxxxxxxx», para REFORMA DE COCINA, según el presupuesto detallado por el

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interesado en la instancia, en «xxxxxxxxxx», con ref. catastral «xxxxxxxxxx».

Decreto 1956/2014 sobre Declarar cometida la infracción administrativa calificadacomo infracción muy grave en el art. 26.1.a de la Ordenanza municipal reguladora de laocupación de vía pública con mesas, sillas, toldos y expositores, por ocupación de vía públicacon mesas y sillas sin disponer de autorización para ello.

Decreto 1957/2014 sobre conceder autorización de ocupación de vía pública para lasituación y superficie que se indica expte nº 2014/57 por obras en «xxxxxxxxxx», a instancia de«xxxxxxxxxx».

Decreto 1958/2014 sobre Convocar sesión Ordinaria del Ayuntamiento Pleno quetendrá lugar:Día 24 (Jueves) de Julio de 2014 (primera convocatoria), a las 9'30 horas. Día 26(Sábado) de Julio de 2014 (segunda convocatoria), a las 9'30 horas.

Decreto 1959/2014 sobre Conceder licencia municipal de actuación urbanísticaestable a «xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», para TALA DE UN PINO, en «xxxxxxxxxx»,según el presupuesto que aporta el interesado.

Decreto 1960/2014 sobre conceder a «xxxxxxxxxx» licencia de ocupación de localcomercial sin uso específico, no habitable, en «xxxxxxxxxx». con una superficie de 35,20m, alos que se le va a dar la utilidad de almacén.

Decreto 1961/2014 sobre aceptar el desistimiento de la solicitud de licencia deOcupación de local Expt. Nº 2014/2 a nombre de«xxxxxxxxxx» en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1962/2014 sobre probar el reconocimiento de la obligación y pago de lascitadas asistencias a los miembros de la Corporación por un importe de 13.970,00 €. Visto elcertificado de Secretaria sobre asistencias correspondientes al periodo comprendido de losdesde el día 20 de Junio de 2014 al 19 de Julio de 2014, ambos incluidos; visto el informe nº2014/ 511 de fiscalización de la Intervención Municipal de Fondos.

Decreto 1963/2014 sobre Aprobar el Plan de Seguridad y Salud del contrato deservicios de “Mantenimiento de puntos de control de accesos por pilonas centralizadas concámaras y videograbación y de las instalaciones semafóricas del Ayuntamiento de Benicàssim”.

Decreto 1964/2014 sobre adjudicar temporalmente a «xxxxxxxxxx» con domicilioen «xxxxxxxxxx», el puesto vacante nº 25 de 3 metros lineales del mercado semanal del juevespara ejercer la venta no sedentaria de textil, confección y otras mercancías en Benicàssim del 24de julio hasta el 21 de agosto de 2014.

Decreto 1965/2014 sobre adjudicar el contrato del servicio de “Retirada de vehículos

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de las vías públicas en Benicàssim” a la empresa «xxxxxxxxxx», por importe máximos de104.060, IVA incluido, por los dos años de duración del contrato.

Decreto 1966/2014 sobre Autorizar la inhumación de «xxxxxxxxxx» en elCementerio Municipal de Benicàssim, fallecido el día 18 de Julio de 2014. Asimismo seautoriza la concesión del Nicho en el Cementerio Municipal «xxxxxxxxxx» por un plazo de 50años.

Decreto 1967/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla, dándose cuenta dela liquidación de tasas «xxxxxxxxxx». Resultando que por «xxxxxxxxxx» en fecha 23/06/2014,con NRE 9596, se ha solicitado licencia de vado permanente sobre la vía pública para acceso afincas urbanas con vehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1968/2014 sobre Adjudicar a «xxxxxxxxxx» con NIF «xxxxxxxxxx», elpresente contrato menor de servicios relativos a los “Trabajos de dirección facultativa en gradosuperior de arquitecto e ingeniero industrial para las obras relativas a la “Ampliación del TeatroMunicipal”, por importe de 19.360,00 € IVA incluido.

Decreto 1969/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx» con CIF:«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor relativo a la ejecución de las obras de “Repintado demarcas viales”, por importe de 54.380,88€ correspondiendo 44.942,88€ a la Base Imponiblemás 9.438,00 € correspondientes al IVA, así como aprobar el gasto por importe de 54.380,88€de conformidad con su oferta, proyecto básico y de ejecución obrante en el expediente einformes del coordinador del contrato.

Decreto 1970/2014 sobre Devolver la parte proporcional del recibo del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014 por haber causado baja definitiva el vehículode su propiedad. Resultando que en fecha 14 de mayo de 2014 R.E. 7090 presenta instancia«xxxxxxxxxx» solicitando la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículosde Tracción Mecánica año 2014 por baja definitiva del vehículo.

Decreto 1971/2014 sobre incoar a «xxxxxxxxxx» expediente de restauración de lalegalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en «xxxxxxxxxx» consistentes enrealización rampa de acceso concediéndole un plazo de diez días de audiencia para que presentelas alegaciones que estime pertinentes.

Decreto 1972/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor de suministros relativo a la adquisición “Enlace defibra óptica con destino a Turismo y Policía del Ayuntamiento”, por importe de 17.888,24 €IVA incluido.

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Decreto 1973/2014 sobre Aprobar los siguientes proyectos: Proyecto Técnico yEstudio de Seguridad y Salud relativos a “Mejora de la movilidad del tráfico y reestructuraciónde aparcamiento en la zona del Boulevard entre C/ Sto. Tomás y Plaza Estación” (Plan deinversiones financieramente sostenibles 2014).

Decreto 1974/2014 sobre Tener por desistido de la tramitación de la solicitud a«xxxxxxxxxx», como delegado de Mapfre en Benicàssim, para realizar la actividad consistenteen campaña denominada “Cuidamos tu Auto”, a celebrar los días 25 y 26 de julio de 2014 en laplaza de la Estación, por no haber procedido a la subsanación de aquélla y declarar concluso elprocedimiento (Expte. Instrucción 5-2012 2014/29).

Decreto 1975/2014 sobre Declarar la imposibilidad de continuar con el ejercicio dela actividad al establecimiento público consistente en salón lounge sin música y ubicado en lacalle «xxxxxxxxxx» a nombre de «xxxxxxxxxx».

Decreto 1976/2014 sobre Devolver la parte proporcional del recibo del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014, por haber causado baja definitiva el vehículode su propiedad. Resultando que en fecha 3 de julio de 2014 R.E.10138 y R.E. 10139 presentados instancias «xxxxxxxxxx» solicitando en la primera de ellas la devolución del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica varios años.

Decreto 1977/2014 sobre Anular la liquidación y devolver el Impuesto sobreVehículos de Tracción Mecánica año 2014, por haber sido transferido. Resultando que en fecha9 de junio de 2014 R.E.8653 presenta instancia «xxxxxxxxxx», solicitando la devolución delImpuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014.

Decreto 1978/2014 sobre Aprobar la concesión de la exención en el Impuesto sobreVehículos de Tracción Mecánica con efecto a partir del 1 de enero de 2014 por concurrir elsupuesto establecido en el Art. 4 de la vigente Ordenanza Fiscal. Resultando que en fecha 3 dejunio de 2014 R.E. 8352 presenta instancia «xxxxxxxxxx», solicitando la exención en elImpuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por minusvalí.

Decreto 1979/2014 sobre Devolver la parte proporcional del recibo del Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica año 2014, por haber causado baja definitiva el vehículode su propiedad. Resultando que se presenta instancia por varios contribuyentes, solicitando ladevolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica año2014.

Decreto 1980/2014 sobre Desestimar la solicitud de «xxxxxxxxxx» sobre ladevolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica año2014 del vehículo con matrícula 8465-BWR, por no tributar en Benicasim.

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Decreto 1981/2014 sobre Aprobar la concesión de la exención en el Impuesto sobreVehículos de Tracción Mecánica con efecto a partir del 1 de enero de 2015 por concurrir elsupuesto establecido en el Art. 4 de la vigente Ordenanza Fiscal.

Decreto 1982/2014 sobre Desestimar a la mercantil «xxxxxxxxxx» (NIF«xxxxxxxxxx») la solicitud de devolución del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones yObras (expte nº LO 2013/55), por no resultar acreditado el coste real y efectivo de las obrasrealizadas.

Decreto 1983/2014 sobre Devolver a la mercantil «xxxxxxxxxx» (NIF«xxxxxxxxxx») la cantidad de 2.402,88 € en concepto de Impuesto sobre Construcciones,Instalaciones y Obras (Expte. LO 2014/45).

Decreto 1984/2014 sobre Devolver a «xxxxxxxxxx» (NIF «xxxxxxxxxx») lacantidad de 252,00 € ingresados indebidamente en concepto de Tasa por ocupación de la víapública con expositores/tenderetes, al no ser de titularidad municipal el suelo ocupado.

Decreto 1985/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF:«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor relativo a la ejecución de las obras de “Instalación depavimento de amortiguación continuo de impacto en áreas de juegos infantiles municipales delos Parques Públicos País Valenciá e Illa Grossa”.

Decreto 1986/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor de suministros relativo a la adquisición “Dosservidores para el área de informática”, por importe de 21.709,65 € IVA incluido, de los que17.941,86€ corresponden a la Base Imponible y 3.767,79€ al IVA[21%].

Decreto 1987/2014 sobre Devolver a la mercantil «xxxxxxxxxx» , con CIF«xxxxxxxxxx» la garantía definitiva depositada como adjudicatario del contrato de obrasrelativo a “Urbanización Avda. Frares desde Avda. Ferrocarril hasta UE-24”. , en garantía de lasobligaciones derivadas del citado contrato, cancelándose de esta forma la garantía definitiva porimporte de 7.637,83 € en la cuenta «xxxxxxxxxx».

Decreto 1988/2014 sobre incoar el expediente administrativo relativo alotorgamiento de la Villa de Benicàssim a D. Maximiliano Calle Rivero.

Decreto 1989/2014 sobre ordenar la «xxxxxxxxxx», como propietario del solar sitoen PL Poligono (6 SUP) 200, la ejecución de las actuaciones que se desprenden de los informesemitidos por el Aparejador Municipal consistentes en la realización de un cortafuegos.

Decreto 1990/2014 sobre Aprobar el expediente de Modificación de Crédito Nº.6TR/2014 por transferencias entre aplicaciones presupuestarias del Área de Gasto 1 “Servicios

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Públicos Básicos”, por importe total de 61.157,00 €. Vistos sendos informes de la Intervención(INF. 2014/81 Texto Refundido de las Haciendas Locales) e (INF. 2014/82, Reglamento deEstabilidad Presupuestaria).

Decreto 1991/2014 sobre Devolver a la mercantil «xxxxxxxxxx» con NIF«xxxxxxxxxx» (empresa que absorbió a «xxxxxxxxxx» con CIF «xxxxxxxxxx»), la garantíadefinitiva depositada como adjudicatario del contrato de servicios “Mantenimiento help deskaplicaciones TAO”, en garantía de las obligaciones derivadas del citado contrato, cancelándosede esta forma la garantía definitiva por importe de 906,72 € en la cuenta «xxxxxxxxxx».

Decreto 1992/2014 sobre ordenar a «xxxxxxxxxx», como propietaria del solar sitoen polígono, la ejecución de las actuaciones que se desprenden de los informes emitidos por elArquitecto municipal consistentes en limpieza del solar.

Decreto 1993/2014 sobre Incoar expediente a la Comunidad de Propietarios c/ LaComba nº 18, en orden a la ejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidascondiciones de seguridad, salubridad y ornato público sito en c/ La Comba nº 18.

Decreto 1994/2014 sobre Ordenar a «xxxxxxxxxx», como propietario del inmueblesito en «xxxxxxxxxx» esquina Gran Avenida (ref. catastral «xxxxxxxxxx»), la ejecución de lasactuaciones que se desprenden de los informes emitidos por el Aparejador Municipalconsistentes en: LIMPIEZA DEL INMUEBLE . PLAZO: 2 MESES. REPARACIÓN DELVALLADO: 2 MESES.

Decreto 1995/2014 sobre Conceder autorización en precario a «xxxxxxxxxx» paraocupar la vía pública para hacer retratos durante la temporada estival 2014.

Decreto 1996/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx» como ayudante de«xxxxxxxxxx» titular del puesto nº 66 del mercado semanal del jueves de Benicàssim, desde el24 de julio hasta el 31 de agosto de 2014.

Decreto 1997/2014 sobre Aprobar el Proyecto Técnico relativo a la obra consistenteen “Colector de pluviales en C/ Rio Tajo”, redactado por «xxxxxxxxxx», Ingeniero de Caminos,Canales y Puertos y por «xxxxxxxxxx», Ingeniero Técnico de Obras Públicas, cuyo importe dela obra se establece en 50.657,82 euros (BI: 41.865,97 € + 21% IVA: 8.791,85 €).

Decreto 1998/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla. Resultando que por«xxxxxxxxxx» en fecha 09/07/2014, con NRE 10472, se ha solicitado licencia de vadopermanente sobre la vía pública para acceso a fincas urbanas con vehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 1999/2014 sobre aprobar el Proyecto Formativo anexo al convenio de

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Cooperación Educativa entre la Universidad Jaume I y el Ayuntamiento en materia de prácticasacadémicas externas relativo a la alumna «xxxxxxxxxx».

Decreto 2000/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 2001/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 2002/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a«xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», para obras de acondicionamiento de local paraactividad, consistentes en modificar tabiques, colocar pavimento y revestimiento, cambio puertade paso y sanitarios baño, reforma eléctrica y de fontanería y pintura interior local.

Decreto 2003/2014 sobre Convocar SESIÓN ORDINARIA de la JUNTA DEGOBIERNO LOCAL, para el día: Lunes 28 de Julio de 2014, en primera convocatoria. Lunes28 de Julio de 2014, en segunda convocatoria una hora más tarde.

Decreto 2004/2014 sobre Denegar la entrega de copia solicitada por parte delConcejal D. DOMINGO FERRANDO FERRARA, relativa al “informe de D. Eugenio Capitándel día 28/04/2014 sobre contratación y adjudicación del Servicio de Salvamento y Socorrismoen las playas de Benicasim”

Decreto 2005/2014 sobre proceder a la ejecución subsidiaria de las actuacionesseñaladas en el informe del Aparejador Municipal de fecha 13/09/13 consistentes en “conectarla canaleta a la red de residuales. Fijara el día 15 de septiembre de 2014 a las 11:00 horas.

Decreto 2006/2014 sobre Incoar expediente a «xxxxxxxxxx», en orden a laejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguridad,salubridad y ornato público del inmueble sito en «xxxxxxxxxx» (referencia catastral«xxxxxxxxxx»).

Decreto 2007/2014 sobre incoar contra las personas o entidades denunciadas, envirtud de lo dispuesto en el art. 73.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RD Legislativo. Remesa: 2417

Decreto 2008/2014 sobre Constituir una Bolsa de Trabajo temporal de Ordenanzasde Biblioteca según Acta del Tribunal de Selección de fecha 23 de julio de 2014. Resultandoque por Decreto de la Alcaldía nº 1372 de fecha 5 de junio de 2014, se aprobaron las basesespecíficas para el nombramiento interino de un/a Ordenanza de Biblioteca y la creación de unabolsa de trabajo temporal.

Decreto 2009/2014 sobre Ordenar a «xxxxxxxxxx», como propietario del solar«xxxxxxxxxx» ( ref. catastral «xxxxxxxxxx» ) contiguo a C/ Azorin nº 12, la ejecución de las

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actuaciones que se desprenden de los informes emitidos por el Arquitecto técnico municipalconsistentes en: EJECUCIÓN DE CORTAFUEGOS Y LIMPIEZA DEL SOLAR . PLAZO: 1MES.

Decreto 2010/2014 sobre Autorizar a «xxxxxxxxxx», en representación del CLUBVOLEY COSTA AZAHAR, con CIF 12236824 la prueba deportiva denominada “XVIITORNEO CIUDAD DE BENICÀSSIM VOLEY-PLAYA” a celebrar el día 26 de julio de 2014,con hora de inicio a las 09:00 horas y finalización a las 21:00 horas en Playa Torreón.

Decreto 2011/2014 sobre Anular y dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía nº 1875por no proceder la rectificación del Decreto nº 1784 en su punto segundo. Resultando que porDecreto de Alcaldía nº 1784 se aprobó el Proyecto de Obras de “Acondicionamiento del parkingdel Clot y delimitación de plazas de aparcamiento para regular el estacionamiento en la zona dela Escoleta”.

Decreto 2012/2014 sobre Tener por desistida a «xxxxxxxxxx» de la solicitud decambio de titularidad de vado permanente sito en «xxxxxxxxxx» y declarar concluso elprocedimiento. (Expte. Vados 2013/42).

Decreto 2013/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 2014/2014 sobre Aprobar las liquidaciones emitidas en concepto delOcupación de Superficie con Instalación de puestos, casetas de ventas o similares,correspondiente al 2º Semestre de 2014, contenida en la remesa «xxxxxxxxxx», que consta de16 recibos por un importe total de 3.148,35 €, asignándole el número de cargo 2014-103.

Decreto 2015/2014 sobre Declarar la caducidad de la licencia ambiental deactividad de ESTABLECIMIENTO HOTELERO Y DE RESTAURACIÓN, concedida a«xxxxxxxxxx», con N.I.F.«xxxxxxxxxx», según decreto nº 1431 de fecha 24 de mayo de 2012,que atañe al inmueble sito en «xxxxxxxxxx» en el POLÍGONO 3, PARCELA Nº 34 deBenicàssim (Expte. 2010/6).

Decreto 2016/2014 sobre designar a «xxxxxxxxxx», Técnico de AdministarciónGeneral y Jefe de la Sección de RRHH y Servicios Públicos de este Ayuntamiento deBenicàssim para sustituir a la Vicesecretaria de la Corporación como Secretario accidentaldesde el día 28 de Julio al 7 de Agosto de 2014, ambos inclusive.

Decreto 2017/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el AparejadorMunicipal. Información urbanística nº 42/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a parcela catastral «xxxxxxxxxx».

Decreto 2018/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el Aparejador

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Municipal. Información urbanística nº 43/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a parcela castastral «xxxxxxxxxx».

Decreto 2019/2014 sobre Desestimar el recurso de reposición presentado por«xxxxxxxxxx» en fecha 8 de julio de 2014 contra el Decreto de Alcaldía nº 1476 de fecha 13 dejunio de 2014 de no dar conformidad a la declaración responsable presentada por parte de D.Braulio José Castillo García para la apertura de una actividad consistente en abogados yadministración de fincas y ubicada en la «xxxxxxxxxx».

Decreto 2020/2014 sobre Declarar cometida la infracción administrativa calificadacomo infracción muy grave en el art. 26.1.a de la Ordenanza municipal reguladora de laocupación de vía pública con mesas, sillas, toldos y expositores, por ocupación de vía públicacon mesas y sillas sin disponer de autorización para ello, observándose frente al local,«xxxxxxxxxx» un total de 17 mesas, 2 sombrillas, 39 sillas y 10 sillas más apiladas.

Decreto 2021/2014 sobre Desestimar las alegaciones presentadas por «xxxxxxxxxx»dentro del expediente Sancionador nº 32/2013, por haberse presentado fuera de plazo. Declararcometida la infracción administrativa calificada como infracción muy grave en el art. 26.1.b dela Ordenanza municipal reguladora de la ocupación de vía pública con mesas, sillas, toldos yexpositores, por exceso de ocupación de vía pública con un total de 7 mesas respecto de lasautorizadas en «xxxxxxxxxx».

Decreto 2022/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 2023/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 176 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2024/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 2/2014” correspondiente al mes de mayo de 2014.

Decreto 2025/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 144 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2026/2004 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla, dándose cuenta dela liquidación de tasas «xxxxxxxxxx» y carta de pago complementaria «xxxxxxxxxx».Resultando que por «xxxxxxxxxx» en fecha 23/07/2014, con NRE 11367, se ha solicitadolicencia de vado permanente sobre la vía pública para acceso a fincas urbanas con vehículos.

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Decreto 2027/2014 sobre Devolver a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx», la garantía definitiva depositada como adjudicatario del contrato relativo al“Servicios auxiliares en las vías públicas del municipio de Benicàssim”, en garantía de lasobligaciones derivadas del citado contrato, cancelándose de esta forma la garantía definitiva porimporte de 3.559,32€ en la cuenta «xxxxxxxxxx».-

Decreto 2028/2014 sobre levantar la medida provisional de suspensión elprocedimiento de contratación relativo a la adjudicación del contrato de servicios“Mantenimiento y conservación de los espacios verdes urbanos y arbolado viarios deBenicàssim”.

Decreto 2029/2014 sobre estimar las alegaciones presentadas por «xxxxxxxxxx» enfecha 20 de mayo de 2014 R.E. 7476 contra la propuesta de resolución de fecha 26 de febrerode 2014 dictada por la Concejal de Urbanismo en el marco del expediente de restablecimientode legalidad urbanística con motivo de las obras ejecutadas en el inmueble sito en«xxxxxxxxxx».

Decreto 2030/2014 sobre incoar a Cdad. Prop. Los almendros II, expediente derestauración de la legalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en Carrer Cremallernº 6 Residencial Los Almendros, consistentes en “Pintado de barandillas y reparacionesefectuadas al amparo de la orden de ejecución por motivos estéticos o de conservación delinmueble.”

Decreto 2031/2014 sobre SIN CONTENIDO.

Decreto 2032/2014 sobre Incoar expediente de baja de oficio por inscripciónindebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Benicàssim, por incumplimiento de losrequisitos establecidos en el art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial delas Entidades Locales.

Decreto 2033/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2034/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 250 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2035/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

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Decreto 2036/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el AparejadorMunicipal. Información urbanística nº 30/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a parcela situada en «xxxxxxxxxx» (R.C. «xxxxxxxxxx»).

Decreto 2037/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF«xxxxxxxxxx», el presente contrato menor de suministros relativo a la adquisición “Suministrode electrónica de Red”, por importe de 10.599,77€ IVA incluido, de los que 8.760,14€corresponden a la Base Imponible y 1.839,63€ al IVA[21%], así como aprobar el gasto porimporte de 10.599,774 €, de conformidad con su oferta, Memoria e Informe de la Jefa deInformática, obrantes en el expediente.

Decreto 2038/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el AparejadorMunicipal. Información urbanística nº 31/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a parcela situada en «xxxxxxxxxx» (R.C. «xxxxxxxxxx».

Decreto 2039/2014 sobre Rectificar los Decretos de la Alcaldía nº 689 y nº 922, defechas 31 de marzo y 28 de abril de 2014. Resultando que por Decreto de la Alcaldía nº 689 defecha 31 de marzo de 2014, rectificado por Decreto de la Alcaldía nº 922 de fecha 28 de abrilde 2014, se acordó asignar al Viceinterventor Municipal las funciones y jornada del puesto deInterventor/a y abonar las diferencias entre las retribuciones de los puestos de Interventor/a yViceinterventor/a durante el tiempo que asuma las mismas.

Decreto 2040/2014 sobre Dar conformidad al informe emitido por el AparejadorMunicipal. Información urbanística nº 32/2014 relativa a la solicitud mediante instancia de«xxxxxxxxxx», referente a parcela 163, Polígono 6 (R.C. 1190102BE5319S0001ZL).

Decreto 2041/2014 sobre Aprobar el expediente de Indemnización a Empresas(IED23/14) por la cantidad de 14.645,86 euros, IVA incluido. Resolver las discrepancias,existentes en relación con los reparos suspensivos que acompañan al expediente, levantando lasuspensión que conllevan respecto a su tramitación.

Decreto 2042/2014 sobre Aprobar el expediente de Relación de Gastos(RRNS19/14) por la cantidad de 2.460,33 euros, IVA incluido. Visto el informe conjunto delDepartamento de Gestión Presupuestaria y de fiscalización con reparos no suspensivos queacompaña al expediente, así como el informe de Secretaría (140728INF-107).

Decreto 2043/2014 sobre Aprobar la relación de Gastos (Expediente D31/14) con unimporte total de 299.688,88 euros. Visto el informe conjunto del Departamento de GestiónPresupuestaria y de Fiscalización que acompaña al expediente con las observaciones contenidasen éste, así como el informe de Secretaría (140728INF-108).

Decreto 2044/2014 sobre Anular las liquidaciones y dar de baja los recibos del

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Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica años 2013 y 2014, cuya cuantía asciende a249,90 €. Resultando que en fecha 17 de julio de 2014 RE 11.142 presenta instancia«xxxxxxxxxx» solicitando la anulación de los recibos del Impuesto sobre Vehículos de TracciónMecánica años 2013 y 2014 del vehículo con matrícula 1700-FFR por haber cambiado dedomicilio en fecha 15 de febrero de 2012, según documentación que se acompaña al expedienteadministrativo. (BIVTM-2014/8).

Decreto 2045/2014 sobre Anular la liquidación y dar de baja el recibocorrespondiente a la Tasa por ocupación de superficie con instalación de puestos, caseta deventa o similares en el mercadillo semanal correspondientes al 2º semestre año 2014, porrenuncia, cuya cuantía total asciende a 163,13 €.

Decreto 2046/2014 sobre anular y dar de baja los recibos del Impuesto sobre BienesInmuebles Urbanos de los años 2013 y 2014 por importe de 7.721,89€. Aprobar la relación deliquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos de los años 2013 a 2014. RemesaIBIUL1416)

Decreto 2047/2014 sobre anular y dar de baja el recibo del Impuesto sobre BienesInmuebles Urbanos, por importe de 1.448,19 €. Resultando que se constata la necesidad derectificar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos, por error de hecho, segúndocumentación que se acompaña al expediente administrativo (RIBIU-2014-2).

Decreto 2048/2014 sobre Desestimar la solicitud de bonificación en el Impuestosobre Bienes Inmuebles Urbanos del año 2014 a «xxxxxxxxxx», con domicilio en Benicasim,«xxxxxxxxxx».

Decreto 2049/2014 sobre Estimar el recurso de reposición interpuesto por«xxxxxxxxxx» («xxxxxxxxxx») contra la liquidación número 739857, emitida en concepto deImpuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que grava latransmisión, en fecha 12 de febrero de 2007, del inmueble con referencia catastral«xxxxxxxxxx».

Decreto 2050/2014 sobre rectificar la parte dispositiva, resuelvo primero, párrafoprimero, que aparece en el Decreto de la Alcaldía nº 1774 de fecha 4 de julio de 2014(ratificándose el resto del Decreto 1774).

Decreto 2051/2014 sobre Conceder a «xxxxxxxxxx», la flexibilidad de lapermanencia obligatoria en una hora diaria, desde la fecha de la presente resolución y mientrassubsistan las condiciones que dan lugar a su autorización, sin que esta flexibilidad supongareducción de jornada laboral y debiendo la interesada recuperar la disposición de dichas horasen cómputo mensual.

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Decreto 2052/2014 sobre Conceder las siguientes ayudas sociales a las personas.Visto el informe de la Trabajadora Social, el acta de la Comisión de Valoración de las citadasayudas, así como el Informe de Fiscalización previa de la Intervención Municipal (INF2014/537).

Decreto 2053/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 160 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2054/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 144 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 3/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2055/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 220 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 4/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2056/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a«xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», para LEGALIZACIÓN DE OBRAS DEREHABILITACIÓN INTERIOR DE VIVIENDA (S/ REQ. EXPTE. D.U. 2014/26), según elpresupuesto que aporta la interesada, en «xxxxxxxxxx» - , con referencia catastral:«xxxxxxxxxx».

Decreto 2057/2014 sobre aprobar la concesión de la bonificación del 95% en lacuota íntegra del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbanadevengado por la transmisión, mortis causa, del 50% del inmueble con referencia catastral«xxxxxxxxxx», por entender que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 7bis de laVigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de losTerrenos de Naturaleza urbana.

Decreto 2058/2014 sobre Aprobar la concesión de la bonificación del 95% en lacuota íntegra del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbanadevengado por la transmisión, mortis causa, del 50% del inmueble con referencia catastral«xxxxxxxxxx», por entender que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 7bis de laVigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de losTerrenos de Naturaleza urbana.

Decreto 2059/2014 sobre Aprobar las liquidaciones en concepto del Impuesto sobreel Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Remesa IIVT 201425, CARGO2014/113) cuyo importe asciende a 91,18 euros.

Decreto 2060/2014 sobre Aprobar el gasto correspondiente al pago de la nómina de

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la alcaldesa y concejales del mes de julio que recoge las retribuciones por dedicación parcial yexclusiva que asciende a un total de ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOSEUROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS. (11.882,39.-). Hacer frente al gasto con cargoal Presupuesto del año 2014.

Decreto 2061/2014 sobre Aprobar el gasto correspondiente al pago de la nómina dela alcaldesa y concejales del mes de julio que recoge las retribuciones por dedicación parcial yexclusiva que asciende a un total de ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOSEUROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS. (11.882,39.-). Hacer frente al gasto con cargoal Presupuesto del año 2014.

Decreto 2062/2014 sobre Aprobar el expediente de Modificación de Crédito núm.7TR/2014 por transferencias entre aplicaciones presupuestarias de las Áreas de Gasto 1“Servicios Públicos Básicos” y 9 “Actuaciones de Carácter General” por un importe total de7.203,72 €.

Decreto 2063/2014 sobre Aprobar el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares (PCAP) que ha de regir la adjudicación, por procedimiento negociado de las obrasde "SUSTITUCION DE INSTALACION DE ALUMBRADO EXTERIOR EN UN TRAMO DELPASEO PILAR COLOMA", cuyo importe total de licitación se establece en 99.999,99 €,correspondiendo 82.644,62 € a la BI y 17.355,37 € al IVA, mejorable a la baja.

Decreto 2064/2014 sobre Incoar a«xxxxxxxxxx» y a «xxxxxxxxxx» expediente derestauración de la legalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en AVDA GIMENOTOMAS JARDINES K´ASIM, consistentes en “ Edificio anexo a carpa donde se ubican lacocina, cámaras frigoríficas, vestuarios, almacén, oficina y baños, adecuación de carpa para usocomo salón de banquetes, jardín interior con estanques y jardineras, construcción con porcheexterior, de servicio de barra en zona ajardinada, muros perimetrales de separación del recintocon la discoteca contigua y con el resto de parcela; y otras instalaciones, como generadoreseléctricos, instalación de aire acondicionado, grupos de presión y depósitos de agua, instalaciónde gas, etc.”.

Decreto 2065/2014 sobre Conceder licencia municipal de obra menor a«xxxxxxxxxx», con NIF «xxxxxxxxxx», para TRABAJOS DE ADECUACIÓN DE VALLADOEXTERIOR A NORMATIVA, PARA LEGALIZACIÓN REQUERIDA EN EXPTE D.U.2014/29, según el presupuesto que aporta el interesado, en «xxxxxxxxxx», con ref. catastral:«xxxxxxxxxx».

Decreto 2066/2014 sobre Incoar a la mercantil «xxxxxxxxxx» expediente derestauración de la legalidad urbanística por las obras realizadas sin licencia en «xxxxxxxxxx»,consistentes en “instalación de caseta para servicio de terraza y acondicionamiento de lamisma”.

Decreto 2067/2014 sobre Aprobar las bases específicas que han de regir el concurso

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para la contratación laboral temporal, a media jornada, de un/a Profesor/a de FPA (Formaciónde Personas Adultas), para el Área científico-tecnológica y francés, asimilado al Grupo A,Subgrupo A1 y la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal.

Decreto 2068/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 180 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente al mes de julio de 2014.

Decreto 2069/2014 sobre Abonar la nómina del mes de JULIO DE 2014, a losempleados municipales asistentes al trabajo, por importe bruto de la nómina Laboral Temporalde MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CENTIMOS.(1.399,24.-€). Hacer frente al gasto con cargo al Presupuesto del año 2014.

Decreto 2070/2014 sobre Adjudicar a la mercantil «xxxxxxxxxx» con CIF:«xxxxxxxxxx» el presente contrato menor relativo a la ejecución de las obras de“Acondicionamiento del parking del Clot y delimitación de plazas de aparcamiento para regularel estacionamiento en la zona de la Escoleta”.

Decreto 2071/2014 sobre Adjudicar a «xxxxxxxxxx» con NIF «xxxxxxxxxx», elpresente contrato menor de servicios relativos a los trabajos de dirección facultativa en gradomedio de arquitecto técnico y Coordinador de Seguridad y Salud para las obras relativas a la“Ampliación del Teatro Municipal”, por importe de 16.335,00€ I.V.A. Incluido.

Decreto 2072/2014 sobre Aprobar el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares (PCAP) que ha de regir la adjudicación, por procedimiento negociado de las obrasde "SUSTITUCION DE INSTALACION DE ALUMBRADO EXTERIOR EN UN TRAMO DELPASEO SUR ", cuyo importe total de licitación se establece en 199.999,99€.

Decreto 2073/2014 sobre incoar contra las personas o entidades denunciadas, envirtud de lo dispuesto en el art. 73.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RD Legislativo 339/1990, de 2 demarzo, los procedimientos sancionadores incluidos en la siguiente relación. Remesa: 2431

Decreto 2074/2014 sobre Conceder a «xxxxxxxxxx» un permiso de 15 díasnaturales y consecutivos por razón de matrimonio, del 1 al 15 de agosto de 2014, ambosinclusive. Vista la instancia del interesado, conformada por el Jefe de la Policía Local y laPropuesta de Resolución del Jefe de la Sección de Personal de fecha 30 de julio de 2014.

Decreto 2075/2014 sobre autorizar a la mercantil «xxxxxxxxxx», para circular por eltérmino municipal de Benicàssim con vehículo y Peso máximo autorizado (PMA) hasta laAvenida Ferrandis salvador para montar y desmontar la Feria de Artesanía 2014.

Decreto 2076/2014 sobre desestimar a la mercantil «xxxxxxxxxx», para circular porel término municipal de Benicàssim con vehículo y Peso máximo autorizado (PMA) para

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circular con el vehículo (remolque) por no haber facilitado la ficha técnica ni el PMA delvehículo.

Decreto 2077/2014 sobre conceder licencia de ocupación de primera ocupación.Resultando que por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 19/10/2010 se concediólicencia municipal de obras a «xxxxxxxxxx» para la construcción de vivienda unifamiliaraislada en Avda Barcelona, 111.

Decreto 2078/2014 sobre Abonar al Servicio Provincial de Costas en Castellón(Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente), el importe de 12.156,85€correspondiente a la Tasa 065- Liquidación nº. «xxxxxxxxxx», en concepto de “cánon” porocupación del dominio público en la playa Els Terrers, entre Barraques y c/ Astoria, ejercicio2014, remitiéndose “el ejemplar para la Administración” debidamente validado por la entidadbancaria donde se haya efectuado el ingreso a dicho organismo.

Decreto 2079/2014 sobre aprobar la relación de gastos (Expediente D32/14) con unimporte total de 79.603,15 euros. Visto el informe conjunto del Departamento de GestiónPresupuestaria y de Fiscalización que acompaña al expediente con las observaciones contenidasen éste, así como el Informe de la Secretaria General (140730INF.110).

Decreto 2080/2014 sobre Aprobar la justificación presentada por «xxxxxxxxxx» porla cuantía de 400 € en concepto de Ayuda Individual no Periódica de Servicios Sociales para elaño 2014 “Relación 6/2014” correspondiente a los meses de mayo y julio de 2014.

Decreto 2081/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla, dándose cuenta dela liquidación de tasas nº 82167305. Resultando que por «xxxxxxxxxx», en fecha 03/07/2014,con NRE 10180, se ha solicitado licencia de vado permanente sobre la vía pública para acceso afincas urbanas con vehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 2082/2014 sobre devolver un total de 94,57€ por duplicidad en el pago delrecibo nº 705985 por importe de 90€ más 4,57 euros en concepto de intereses de demora, anombre de «xxxxxxxxxx».

Decreto 2083/2014 sobre Conceder autorización municipal de vado sobre la víapública para acceso a fincas urbanas al titular que a continuación se detalla, dándose cuenta dela liquidación de tasas «xxxxxxxxxx». Resultando que por «xxxxxxxxxx», en fecha25/07/2014, con NRE 11518, se ha solicitado licencia de vado permanente sobre la vía públicapara acceso a fincas urbanas con vehículos, en «xxxxxxxxxx».

Decreto 2084/2014 sobre Incoar expediente a «xxxxxxxxxx» en orden a laejecución de trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguridad,salubridad y ornato público sito en «xxxxxxxxxx» (referencia catastral «xxxxxxxxxx»).

Decreto 2085/2014 sobre Devolver a la mercantil «xxxxxxxxxx», con CIF

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«xxxxxxxxxx», la garantía definitiva depositada como adjudicatario del contrato relativo alcontrato mixto de servicios y suministro “SUMINISTRO, REDACCIÓN, MAQUETACIÓN,EDICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE UN PERIÓDICO DE INFORMACIÓN LOCAL DEBENICÀSSIM”.

Decreto 2086/2014 sobre Convocar SESIÓN ORDINARIA de la JUNTA DEGOBIERNO LOCAL, para el día:Lunes 04 de Agosto de 2014, en primera convocatoria, ensegunda convocatoria una hora más tarde.

Decreto 2087/2014 sobre Aprobar los gastos por importe total de 162.928,92 €.Resultando que se han cargado en las cuentas bancarias municipales, durante el mes de JULIO,los gastos que a continuación se expresan conforme a los documentos y pactos contractuales ensu momento suscritos por el Ayuntamiento.

Decreto 2088/2014 sobre Fijar e ingresar las aportaciones del Ayuntamiento a laSeguridad Social de junio de 2014. Fijar e ingresar los Seguros Sociales del mes de junio de2014, aportaciones del Ayuntamiento y de los trabajadores, con obligación de abonar a laTesorería antes del 31 de julio de 2014.

Decreto 2089/2014 sobre aprobar el expediente de Indemnización a Empresas(IED24/14 por la cantidad de 65.156,42 euros. Resolver las discrepancias, existentes en relacióncon los reparos suspensivos que acompañan al expediente, levantando la suspensión queconllevan respecto a su tramitación.

Decreto 2090/2014 sobre aprobar el expediente de Relación de Gastos (RRNS20/14)por la cantidad de 82.795,61 euros. Visto el informe conjunto del Departamento de GestiónPresupuestaria y de Fiscalización con reparos no suspensivos que acompaña el expediente,existiendo consignación presupuestaria, así como el Informe de la Secretaría General(140731INR.112).

Decreto 2091/2014 sobre Delegar la Presidencia de la “Constitución de la Comisiónde Seguimiento del Contrato de Gestión de Servicio Publico en la modalidad de concesiónadministrativa del Servicio Público de Piscina, Gimnasio y Cafetería” en el Concejal Delegadode Promoción y Fomento del Deporte, D. JAVIER ALONSO CANAL con carácter general hastanueva orden.

Decreto 2092/2014 sobre Delegar en el 3er. Teniente de Alcalde D. CLEMENTEMARTÍN TENA la Presidencia de las Mesas de Contratación que tengan lugar entre los días del4 al 8 de Agosto de 2014, ambos incluidos, en sustitución del 5º Teniente de Alcalde D. ManuelMartín-Lorente Díaz-Minguez durante su ausencia de la localidad dichos días.

Decreto 2093/2014 sobre reconocida la responsabilidad patrimonial de esteAyuntamiento en la reclamación presentada por «xxxxxxxxxx», el 26 de noviembre de 2013, enla cuantía de 1.789,26€ (Decreto nº 2784, de 8 de noviembre de 2013) se modifican las cuantías

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correspondientes al Ayuntamiento y a la Compañía Aseguradora.

Decreto 2094/2014 sobre Nombrar a «xxxxxxxxxx», Ordenanza de Biblioteca,perteneciente a Agrupaciones Profesionales, funcionaria interina por exceso o acumulación detareas, durante un periodo de 6 meses, a partir del 1 de agosto de 2014, fecha en la que tomaráposesión de su cargo.

Decreto 2095/2014 sobre Nombrar provisionalmente a «xxxxxxxxxx», con D.N.I.«xxxxxxxxxx» como Arquitecto Técnico por mejora de empleo, desde el 2 de agosto de 2014 al31 de diciembre del 2014, ambos inclusive; reservándole durante el desempeño temporal elpuesto de trabajo de Delineante del que es titular, considerándolo como de servicio activo en elgrupo de titulación al que pertenece.

Decreto 2096/2014 sobre procede liquidar a la Excma. Diputación Provincial deCastellón la cantidad de 1.898,84 € con cargo a la Cuenta 414 (Entes públicos acreedores porrecursos ingresos) del concepto No Presupuestario por Recargos del Impuesto sobre ActividadesEconómicas correspondientes al periodo del 1 de Enero al 30 de Junio de 2014.

Decreto 2097/2014 sobre aprobar la compensación económica de la entidadEcoembalajes España S.A. (Ecoembes) correspondiente al mes de diciembre 2013 comoconsecuencia de la adhesión al Convenio marco entre la Generalitat Valenciana a través de laConselleria de Territorio y Vivienda, y Ecoembalajes España S.A. Factura de recogida selectiva(envases ligeros)

Decreto 2098/2014 sobre aprobar la compensación económica de la entidadEcoembalajes España S.A. (Ecoembes) correspondiente al mes de diciembre 2013 comoconsecuencia de la adhesión al Convenio marco entre la Generalitat Valenciana a través de laConselleria de Territorio y Vivienda, y Ecoembalajes España S.A. Factura de recogida selectiva(papel/cartón)

Decreto 2099/2014 sobre aceptar la prórroga de la estancia en prácticas de«xxxxxxxxxx», en el Gabinete de Alcaldía y Servicios Informativos, desde el 1 de agosto de2014 hasta el 5 de mayo de 2015.

Decreto 2100/2014 sobre conceder autorización municipal de ocupación de víapública para la situación y superficie que se indica, dándose cuenta simultáneamente de lasliquidaciones de las tasas correspondientes. Expte Nº 2014/26 Ocupación Vía Pública por obrasen C/ Quinta Avinguda Nº 1, a instancia de «xxxxxxxxxx».

Decreto 2101/2014 sobre Autorizar la apertura del establecimiento público siguiente:Nombre y domicilio del titular: «xxxxxxxxxx», Avda. Ferrandis Salvador nº 138 de Benicàssim.Emplazamiento y denominación del establecimiento: Avda. Ferrandis Salvador nº 138 bajo

1Benisol (Referencia catastral «xxxxxxxxxx») «xxxxxxxxxx».Actividad/establecimiento: Salón lounge sin música. Grupo O y subepígrafes 2.8.6. Aforo: 90

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personas.

Decreto 2102/2014 sobre autorizar a «xxxxxxxxxx» como ayudante de«xxxxxxxxxx» titular del puesto nº 68 del mercado semanal del jueves de Benicàssim, desde le1 de agosto hasta el 14 de septiembre de 2014.

(141219P-OR/445)

PUNTO TERCERO.- INFORME A LA CORPORACIÓN DE PRECIOSPÚBLICOS.-

3.1.- Por la Sra Vicesecretaria se da cuenta del dictamen de la Junta de GobiernoLocal, Sesión Extraordinaria (Sesión Pública) de fecha 01 de Diciembre de 2014, del PrecioPúblico para actividad cultural “Afuera es un lugar” a realizar en el Espai de la Música MestreVila.-

3.2.- Por la Sra Vicesecretaria se da cuenta del dictamen de la Junta de GobiernoLocal, Sesión Extraordinaria (Sesión Pública) de fecha 09 de Diciembre de 2014, del PrecioPúblico para actividad cultural “Miniatures” a realizar en el Espai de la Música Mestre Vila.-

La corporación se da por enterada. (141219P-OR/446)

PUNTO CUARTO.- PETICIONES.-

4.1.- Domingo Ferrando indica que respecto a la rotonda del puente de hierro en losmedios de comunicación ha salido información sobre como arreglarlo de otra forma e inclusocambiar las direcciones y el tránsito de la zona. Indica que sería interesante que los técnicos dela casa vieran si esa solución que aportan los ciudadanos es buena y factible.

Contesta Susana Marqués diciendo que el medio de comunicación al que se refierees un medio digital en el que una persona anónima propone una serie de soluciones. Indica quesi esa persona tiene soluciones efectivas que lo haga saber a este Ayuntamiento o se lo diga aalgún Concejal para que las proponga. Indica que la crítica constructiva siempre se aceptarápero que esa persona venga al Ayuntamiento y no se esconda como “triste jugadora” utilizandouno anónimo ya que parece ser un hombre quien lo escribe porque los servicios informáticospueden tirar del hilo y saber hasta desde qué ordenador se ha escrito. (141219P-OR/447)

4.2.- Domingo Ferrando pide que se rebajen a cero los pasos de cebra de la calle

Santo Tomás y Sequiota porque se rascan los bajos de los coches al pasar por ellos.(141219P-OR/448)

4.3.- Domingo Ferrando pide que los aseos o váteres de la Torre Sant Vicent se

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hagan accesibles para las personas que van en silla de ruedas. Contesta Susana Marqués diciendo que esta pregunta ya la ha formulado en

Comisión Informativa y ya se lo han explicado. (141219P-OR/449)

4.4.- Gustavo Ramón pide que conste en Acta que a la pregunta de la Sra Alcaldesade que ¿de dónde sacaría el dinero para planificar la gestión económica que plantea el PSOE?,la respuesta sería que si el equipo de gobierno hubiera trabajado buscando el dinero dónde lotenían que buscar como han hecho otros Alcaldes como el de Peñíscola, Vall d'Alba. Indica queel equipo de gobierno tiene que salir a buscar subvenciones, convenios singulares y ayudasexternas.

Contesta Susana Marqués diciendo que está poniendo ejemplos de buena gestión deotros Alcaldes y resulta que desde el PSOE se les está pidiendo la dimisión. Indica que es unaincoherencia el que se les ponga de ejemplos y a renglón seguido se pida las dimisiones deestos Alcaldes.(141219P-OR/450)

4.5.- Gustavo Ramón pide que no se compare la gestión económica del servicio dela piscina municipal con el de la escuela infantil porque la escuela infantil está funcionando al100% de rendimiento y es gratis, en cambio la piscina municipal está funcionando a medio gasy con las tarifas más caras de la provincia de Castellón. (141219P-OR/451)

4.6.- Francesc Colomer quiere hacer como aportación de ideas para proporcionarrecursos en un futuro inmediato y que sería los Planes operativos y los fondos FEDER quevienen desde Europa ya que para la Generalitat están previstos unos 1.400 millones de euros.Indica que la partida de ingresos se juega no sólo en el municipio sino en la Diputación, en laGeneralitat, en en Congreso de los Diputados y en Bruselas. Hace referencia a que el proyectodel parque central también denominado bulevar es un proyecto que se tiene que dosificar porfases y poner en valor de Benicàssim y por sus características encaja perfectamente en losfondos FEDER. Pide que no se pierda la oportunidad porque hay una deuda histórica conBenicàssim.

Contesta Susana Marqués diciendo que le agradece mucho la reflexión y laaportación porque los Planes operativos y fondos FEDER son importantes para el municipio ydentro del proyecto del parque central durante esta legislatura ya se ha pedido que se deslindarauna parte de ese proyecto para poderse financiar con esos fondos europeos. Agradece mucho lasugerencia y la aportación de ideas. (141219P-OR/452)

PUNTO QUINTO.-PREGUNTAS.-

5.1- Domingo Ferrando indica que sobre los pasos de cebra no le han contestado ala pregunta de si se han pagado las facturas y qué se hará con el deterioro de las baldosascerámicas. (141219P-OR/453)

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Y no habiendo más asuntos que tratar y siendo las 12 horas y 00 minutos la Sra.Alcaldesa da por finalizado el acto, levantándose la sesión de todo lo cual como Vicesecretariadoy fe.

Y para que así conste expido la presente certificación de orden y con el visto buenode la señora Alcaldesa y con la salvedad establecida en el artículo 206 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 deNoviembre de 1986 y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del Actacorrespondiente, en Benicasim a 19 de Diciembre de Dos Mil Catorce.

Vº.Bº. LA ALCALDESA. LA VICESECRETARIA.

Fdo.: S. Marqués Escoín. Fdo.: C. Bernat Maicas.

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