Aguas superficiales (3)

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AGUAS SUPERFICIALES Son las aguas continentales que se encuentran en la superficie de la Tierra.

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AGUAS SUPERFICIALES

Son las aguas continentales

que se encuentran en la

superficie de la Tierra.

CATEGORIAS DE MASAS DE AGUA:

según La Directiva Marco del Agua

(DMA) directiva marco Europea del

agua, ha previsto la definición de

varias categorías de masas de agua

para facilitar la gestión de cada una

de ellas.

Dentro de las categorías de masas

de agua tenemos:

RIOSes una corriente natural de agua

que fluye con continuidad.

CATEGORIAS DE MASAS DE

AGUA:

LAGOS

Masas de agua superficiales quietas.

son las aguas próximas a las

aguas costeras y a la

desembocadura de las aguas

dulce y muy influencia mas por la

última.

AGUAS DE TRANSICIÓN

Aguas superficiales situadas hacia

tierra desde una línea cuya totalidad

de puntos se encuentra a una

distancia de una milla náutica mar

adentro.

AGUAS COSTERAS

MASA DE AGUAS ARTIFICIAL

Una masa de agua superficial creada

por la actividad humana.

El estado de una masa de agua es el grado

de alteración que presenta respecto a sus

condiciones naturales y viene determinado

por el peor valor de su estado químico y

ecológico.

DEFINICIÓN DE

ESTADO DE UNA

MASA DE AGUA.:

Estado químico:El estado químico es una expresión de la

calidad de las aguas superficiales que refleja del

grado de cumplimiento de las normas de calidad

ambiental de las sustancias prioritarias y otros

contaminantes.

Estado ecológico:es una expresión de la calidad de la

estructura y el funcionamiento de

los ecosistemas acuáticos

Clasificación del estado: La Directiva Marco del Agua (DMA) establece cinco

clases de estado ecológico, Muy bueno, bueno,

moderado, deficiente y malo.

Para clasificar el estado ecológico de las masas de

agua se aplicarán los indicadores de calidad

biológicos; químicos y fisicoquímicos.

En cuanto al estado químico

de las aguas superficiales sólo se consignará si se

alcanza o no se alcanza el buen estado.

La concesión de aguas es un trámite el cual

cualquier persona natural o jurídica tiene el

derecho al aprovechamiento de aguas publicas.

¿QUE ES UNA

CONCESIÓN DE

AGUAS?

¿QUE SE DEBE TENER EN CUENTA?

- utilización para el consumo humano.

Utilización para necesidades domesticas individuales.

Usos agropecuarios comunitarios.

Usos industriales.

Usos recreativos.

ARTICULO 39. las se otorgarán por un término

no mayor de diez (10) años, salvo las destinadas a la

prestación de servicios públicos o a la construcción

de obras de interés público o social, que podrán ser

otorgadas por períodos hasta de cincuenta (50)

años.

ARTICULO 47. Las concesiones de que trata

este reglamento solo podrán prorrogarse durante

el último año del período para el cual se hayan

otorgado, salvo razones de conveniencia pública.

ARTICULO 49. Toda concesión implica para

el beneficiario, como condición esencial para su

subsistencia, la inalterabilidad de las condiciones

impuestas en la respectiva resolución.

deberán dirigir una solicitud al Instituto

Nacional de los Recursos Naturales Renovables

y del Ambiente SINA, pero llevados al debido

organismo de ambiente del municipio.

El debido proceso es:

1. Completar el formato único Nacional de

concesión de aguas y llevar los documentos

adicionales.

¿Cual es el debido proceso para hacer

una concesión?

- Realizar el pago del trámite por concepto de

evaluación del trámite.

- Esperar la visita ocular por funcionarios idóneos

para la aprobación del tramite.

- …

- Por ultimo:

- Acto Administrativo que otorga o

niega la solicitud la solicitud de

concesión de aguas superficial.

NormatividadDecreto - Ley 2811 de 1974

Recursos naturales renovables y a protección del medio ambiente.

Decreto 1541 de 1978, artículo 54 al 65

Procedimiento para la realización de concesiones.

Ley 99 de 1993

Creación del sistema nacional ambiental (SINA) y políticas de medio ambiente.

Ley 633 de 2000

Gravamen a los Movimientos Financieros

Resolución 1280 de 2010

Pago de impuestos por aprovechamiento de los de recursos renovables.

Decreto 1575 de 2007

Protección y calidad de aguas.

Resolución 112-1020 de 2013