AGENDA DE TRABAJO PÚBLICO –PRIVADA
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AGENDA DE TRABAJO PÚBLICO –PRIVADA
Aspectos impositivos y aduaneros del comercio exterior.
Día de la Exportación ‐MERCOEX EXPORTACIÓN Y DESARROLLO 16 de Septiembre de 2015
María del Rosario Solari Directora de Relaciones Internacionales y Técnicas Cámara de Exportadores de la República Argentina
‐ CERA ‐
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AGENDA DE TRABAJO PÚBLICO - PRIVADO
2
DERECHOS DE EXPORTACIÓN: Garantías DEJUAUTO.
CUENTA CORRIENTE ADUANERA: RG AFIP 3360. Su perfeccionamiento.
PROYECTO PUID: Pantalla Única de Información de
DeudasAFIP-DGA-DGI-DGRSS
PROYECTO PUID: Pantalla Única de Información de
DeudasAFIP-DGA-DGI-DGRSS
RG 1639/04 Permite cancelar deudas con
reintegros “autorizar”. Debería incluir: Obligaciones futuras y estado “Devolución
Generada”.
SICNEA: Sistema de comunicación y
notificación electrónica aduanera
Su perfeccionamiento. Incorporar
comunicaciones.
SIM: Incluir a opción del exportador la
posibilidad de cancelar derechos de
exportación con reintegros.
SIGEA. Sistema de gestión de expedientes y
actuaciones.Propuesta. Incorporar en la Web de la AFIP: consultas
para ubicación de todo expte./actuación cursado por
este sistema.
SIGEA. Sistema de gestión de expedientes y
actuaciones.Propuesta. Incorporar en la Web de la AFIP: consultas
para ubicación de todo expte./actuación cursado por
este sistema.
Demoras en la carga del cumplido de
embarque y SECOEXPO. Casos en
que corresponde post-embarque. Necesidad de
perfeccionamiento.
Necesidades de importar y pagar al exterior de los
exportadores
DJAI/RJAI
DAPE
DJAS
Programa COC RG 3210/11 y sus mod.
Bancos
Normativa BCRA
R.I.-O.C. BCRA
Mercaderías de exportación que
requieren transbordo –normas aduaneras y la Disp. 1108/13 SSPVN.
MOA: Perfeccionamiento: Información faltante, acceso por
otras vías. P.e. webservices.
Reintegro Aduanero. Liquidación y pagos
Bloqueo por CUIT.
Bloqueo informático de beneficios a pesar de la
RG AFIP 3083/11.
Devol. del IVA a exportadores
RG 3397/12 incorporó “inconsistencias” discrecionalidad
RG 3577/14: Percepción I. Gcias. y penalización IVA a T. IV
Importación Temporaria Dto. 1330/04. Propuesta: liberación de
automática de garantías y de sus refuerzos cuando la DIT se encuentre con saldo cero.
Importación Temporaria Dto. 1330/04. Propuesta: liberación de
automática de garantías y de sus refuerzos cuando la DIT se encuentre con saldo cero.
RG 2716/09 y sus mod. Valores referenciales de Exp.
Perfeccionar sistema de actualización de valores y márgenes de tolerancia.
BEPS/OECDPrecios de
Transferencia de las
transacciones transfronterizas de commodities
Envíos en consignación y
RG 3577. Necesidad de rectificación
Régimen de Percepción en el Imp. a las Gcias.
s/RG3577/14 algunos aspectos
objetables que motivaron pedidos de
derogación/suspensión
Envíos en consignación y
RG 3577. Necesidad de rectificación
Régimen de Percepción en el Imp. a las Gcias.
s/RG3577/14 algunos aspectos
objetables que motivaron pedidos de
derogación/suspensión
DERECHOS DE EXPORTACIÓN – GARANTIAS ‐
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Garantizar plazo de espera
Deben pagarse en forma previa a la oficialización de PE(Impide el pago de la
cifra exacta)
GARANTIAS
Derechos de Exportación
(mientras no se supriman*)
Ventaja DEJUAUTO Aval Bancario
Garantía en efectivo
Se puede adherir a Cuenta Corriente
Aduanera o no RG AFIP 3360
*Revisar la razonabilidad de sus subsistencia/derogación o cronograma de reducción, forma parte de la agendapúblico‐privada general
Agenda Público Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Ventaja DEJUAUTODeclaración Jurada que permite garantizar el pago de los DE durante el plazo de
espera que corresponda al exportador.(Plazo espera 15 días a excepción de amparados por Dto. 835/02,
pues exportan hasta U$D 20 millones/año: 120 días o cuando ingresen las divisas – el menor).
IMPLICANCIA
DERECHOS DE EXPORTACIÓN Y VENTAJA DEJUAUTO.
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ESTADO DE SITUACIÓN ‐ PROPUESTAS
Facilita el pago de DE duranteel plazo de espera (salvoincumplimientos, según ítemIIb Anexo II RG 2435/08).
El 13/02/12 se impidió su usoen el SIM generalizadamente.Se reestableció para un universomuy acotado.Propuesta: Disponer un procedimiento para posibilitar la rehabilitación para exportadores que la perdieron .
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Cuenta Corriente Aduanera(RG 3360/12 AFIP. (BO 12/09/12))
IMPLICANCIA ESTADO DE SITUACIÓN ‐ PROPUESTAS
Instrumento útil para exportadores a quienes se les ha quitado la posibilidad de utilizar DEJUAUTO y habitualmente pagan derechos de exportación en demasía (la diferencia les queda como crédito para ulteriores pagos de DE.El régimen contempla la posibilidad de perfeccionamiento en el futuro.
Demoras de hasta 2 meses en el registro del crédito a favor del exportador en el Sistema‐ No es automático‐.En la práctica no se registra el crédito sila AFIP detecta alguna deuda delexportador.Propuestas:
Acreditación automática del crédito entodos los casos.Posibilidad de utilizar el crédito tambiénpara el pago de aranceles de importacióny de otros gravámenes y percepciones.
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Reintegro Aduanero (Dto. 1011/91 y sus mod. –RG 3083/11 AFIP)
IMPLICANCIA
Régimen de devolución de impuestos amparado por la OMC Facilita la competitividad.No constituye subsidio.Cumple con su finalidad cuando ladevolución se hace en tiempo yforma, según la normativa.Demoras en su devolución, le quitanefectividad/credibilidad.
ESTADO DE SITUACIÓN ‐ PROPUESTAS
RG3083/11 AFIP Punto 4.8 Pago deliquidaciones.Bloqueo por CUIT por incumplimientoreferidos a Ingresos de Divisas.Bloqueos informáticos en ciertas aduanas. RREE. Regímenes promocionales o motivo otros por exigencia de aporte y/o digitalización de documentos de transporte que desconoce la RG3083/11.
PROPUESTASCumplir la forma de pago normada sin demoras.Revisar bloqueo por CUIT dispuesto por la DGA a la luz de la vigencia del Régimen Penal CambiarioLey 19359 y sus mod. Dejar de imponer bloqueos informáticos al pago de reintegros en relación a exigencia de digitalización/aporte de documento de transporte ya que la información de ese documento queda suplida por el registro de la relación de carga MANE y por el SINTIA como lo establece RG 3083.
RG 3083/11 AFIP punto 4.8 PAGO DE LIQUIDACIONES
Levantados los bloqueos y transcurrido plazo de VEINTE días corridos …. el SIM generará automáticamente las devoluciones tributarias por
exportador y modificará la liquidación en estado "AUTO" a "Devolución generada"…..
El pago se efectuará por transferencia electrónica de fondos, con acreditación a la CBU del exportador..
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Reintegro Aduanero(Dto. 1011/91 y sus mod. )
REINTEGRO ADUANERO
Bloqueo del Reintegro por CUIT por incumplimiento de
obligaciones de ingreso de divisas
Régimen Penal Cambiario– Ley 19359 y sus mod.‐
Desde marzo/12
Bloqueo de Reintegros por CUIT (abarca todos los PE del exportador)
Instrucción General DGA Nº 7publicada únicamente en el BoletínElectrónico DGA 14/03/12 vigentedesde 02/03/12 (Su antecesora IG Nº2/12 además hace pasible de sumariosen el marco de la Ley de Aduanas porArt. 954 apart. 1 inc. c) “Declaracióninexacta” y 994 Inc. “c”).
Se visualiza en el Servicio MOA: PE vencidos o vencidos sin cumplido
reportado.
Incumplimiento respecto a ingresos de divisas de exportación (no ingreso, ingresos parciales o ingresos tardíos)
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Agenda Público – Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
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Bloqueo Informático: RREE – Regímenes Promocionalesu “otros”
ESTADO DE SITUACIÓN
Algunas aduanas siguenexigiendo el aporte en papel y/ola digitalización del documentode transporte y hasta que no secumpla imponen bloqueosinformáticos tales como RREE –Regímenes Promocionales u“otros” a pesar de lo dispuestopor la RG 3083/11.
RG AFIP 3083/11 establece en su punto 1.1.7:
PROPUESTAS
Documento de transporteSe considerará cumplida la obligación de presentar,en soporte papel, el documento de transporte ante elservicio aduanero, dado que la necesidad deinformación proveniente de dicho documentoquedará suplida por el registro informático de larelación de carga, tanto en el formato "MANE" comoel registrado mediante el Sistema Informático delTránsito Internacional Aduanero (SINTIA).".
Cualquier control que deba hacerse sobre la información obrante enel documento de transporte debiera ser ex post.Instruir a las aduanas para que no interpongan bloqueos informáticoscondicionados a digitalizar/aportar en papel el documento detransporte .
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Agenda Público – Privada. Aspectos impositivos y aduaneros
Devolución del IVA a exportadores (RG2000/06 y sus mod.)
IMPLICANCIA
Régimen de Devolución de Impuestos amparado por la OMC. Facilita la competitividad.
No constituye subsidio.
Cumple su finalidad cuando la devolución se hace en tiempo y forma según la normativa vigente.
Demoras en la devolución le quitan credibilidad/efectividad.
Acto administrativo (aprobación de la solicitud): 15 días hábiles administrativos desde la fecha en que la solicitud interpuesta resulte formalmente admisible.(Art. 25).Devoluciones: el pago se hará efectivo dentrode los CINCO (5) días hábiles administrativos.inmediatos siguientes a la fecha de emisióndel acto administrativo. (Sólo cuando elsolicitante no registre deudas líquidas yexigibles por cualquier concepto relativas asus obligaciones impositivas y/o previsionalesy/o aduaneras, a la fecha en que correspondadicha efectivización.(Art. 27).
RG 2000/06 y sus mod.
Continua DESVIOS A REVISAR RG 3397/12 (BO 29/10/12)RG 3577/14 (7/01/14)
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Agenda Público – Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Devolución del IVA a exportadores (RG2000/06 y sus mod.)
DESVIOS A REVISARRG 3397/12 (BO 29/10/12)
RG 3397/12 Incorporó discrecionalidad (ver punto 5 incorporado al art. 4º dela RG 2000 por el art. 1º inc. a) de la RG 3397 …..“se les detecteninconsistencias asociadas a su comportamiento fiscal)..
Contradice el concepto de Ventanilla Única al obligarse a consultar unapantalla adicional que carece además de mecanismo de conformidad(incorpora el punto 4 al inc. a) del art. 4º de la RG2000.
RG 3577/14 Percepción Impuesto a las Ganancias cuando se trata deoperación con triangulación. Penaliza con devolución del IVA a Titulo IV.
Demoras: debe cumplirse la forma de pago normada – sin demoras‐
RG 3577/14 (BO 07/01/14)
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Agenda Público – Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Régimen de Percepción en el Impuesto a las Ganancias, para exportaciones a destinos físicos distintos al de los países/jurisdicciones
de los sujetos del exterior a los que se facturan RG 3577/14
ALICUOTAS
0,50 % s/valor imponible para liquidación de tributos aduaneros.
0,50 % + 1,50 cuando se facture a sujetos domiciliados/ubicados etc. en países o similares No cooperadores a los fines de la transparencia fiscal.
Países cooperadores. Dto. 589/13, RG3576/13 y Com. “C” BCRA 65366/14.
Algunos de los aspectos objetables que motivaron pedidos de derogación/suspensión
Las solicitudes de Devolución del IVA interpuestas porsujetos alcanzados deben tramitarse por Titulo IV de la RG2000 – previsto para comportamientos objetables – y apesar de ser percepción del Imp. a las Gcias.Sanciona una actividad licita.
Equivoca el tratamiento de los envíos en consignación
Se aplica a exportaciones de cooperativas que estánexpresamente exentas por la ley.
Contribuyentes alcanzados no pueden oponer certificadode exclusión previsto en la RG 830/2000 y sus mod. y compl.Tampoco es computable en la determinación de losanticipos del IG.
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Agenda Público – Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Envíos en consignación y Percepción en el Imp. a las Ganancias según RG3577/14 Necesidad de rectificación
SITUACIÓN ACTUAL
La percepción del impuesto a las ganancias según RG 3577 debe practicarse al momento deliquidación de tributos una vez oficializado el envío en consignación – subregimen ES01 ‐, enlapso de 15 días. A pesar que no se haya efectivizado la venta o que eventualmente debareingresar la mercadería al país dentro del plazo de la consignación.
Consignación: Dto. 637/79 modificado por Dtos. 975/98 y 482/2002. Res. MEP 171/06. IG DPNPRA Nº6/2009.
NECESIDAD/ PROPUESTA DE RECTIFICACIÓN
En consistencia con su art. 1º que dispone la percepción en el Imp. A las Gcias paraoperaciones de “exportación definitiva a consumo” cuando los países de destinofísico de las mercaderías difieran de los países/jurisdicciones donde se domicilian lossujetos a quienes se les facturan, en el caso de consignaciones el ingreso de lapercepción debiera exigirse a partir del registro en el SIM de la exportación aconsumo de la mercadería en consignación. Subregimen EC07 y no una vezoficializado el envío en consignación ES01.
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
OECD – Borrador para Debate sobre aspectos de los precios de transferencia de las transacciones transfronterizas de commodities
Antecedentes Presentación de la CERA a la OCDE 5/02/15 Presentación/exposición en OCDE. Paris, Francia 19 y
20/03/15 LinkEl borrador fue elaborado y sometido acomentarios por la OCDE* en el marcode “BEPS Action Plan – Action 10”La Acción 10 del plan se orienta adesarrollar normas para prevenir laerosión de la base tributaria y la elusiónen transacciones con terceras partes através de la adopción de normas sobreprecios de transferencia o medidasespeciales.
BEPS Action Plan: Plan on Base Erosionand Profit Shifting. Publicado en julio2013. Identifica 15 (quince) accionespara enfrentar los “BEPS” de unamanera amplia y lineamientos paraimplementar esas acciones.
*OECD ‐ The Organisation for Economic Co‐operation and Development –
Algunos aspectos clave a considerar
Las actividades desarrolladas por compañías comercializadoras internacionales no constituyen por default “low value adding activities”. Tampoco deben considerarse así las actividades de venta, distribución y marketing. Los traders agregan valor significativo administrando riesgos
financieros operacionales y políticos,
El punto I. 7 del borrador es de especial importancia como marco básico para que la implementación de normas de precios de transferencia no
conduzcan a arbitrariedades y a otros problemas.
Propuesta
En el caso argentino revisar la aplicación del llamado método del sexto párrafo –MSP –
Enmarcado en la Ley 25.784 Dto. 916/04.
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Necesidades de importar y de pagar al exterior de los exportadores
Algunos ejemplos de importación y control de pagos al exterior
RJAIManual de
Procedimiento –Usuario Externo
DJAI
DAPE
DJAS
Programa COC
(Consulta Operaciones Cambiarias)RG 3210/11 y sus mod.
Bancos
Normativa
del BCRA
R.I.‐O.C. BCRARégimen Informativo de Operaciones Cambiarias
IMPLICANCIA DESVÍOS A CORREGIR
Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
DJAI – Declaración Jurada Anticipada de Importación(RG AFIP 3252 (BO 10/01/12) y RG 3255 (BO 23/01/12))
RJAI – Registro de la Rectificación Jurada Anticipada de Imp. – MANUAL
Solicitar autorización antes de ordenar la compra.La AFIP o los Organismos adheridos pueden observarla total o parcialmente.Desde 19/08/14 por comunicación SICNEA se exige declarar valor de flete y de seguro.Vigencia: 180 días desde su oficialización, prorrogables.Subrégimenes alcanzados hasta el presente.Su relación con el COC.
No se aprueba hasta que se levanten las observaciones.Sus estados se consultan en el MOA.Sin su aprobación (Estado “SALIDA”) no se puede oficializar despacho de impo. Tampoco desaduanar o pagar.Falta mecanismo transparente para levantar las observaciones.Las prórrogas se han dificultado desde las RJAI Deberían ser automáticas a requerimiento.Cuando la mercadería arribada en un embarque esta amparada por varias DJAIs debería poderse hacer un solo despacho (Modificar el SIM en consecuencia).
OMC y las DJAIs
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
OMC y las DJAIs
La UE, EE.UU. y Japón denunciaron las medidas argentinas que afectan la importación.El informe del Grupo Especial definió a las DJAIs como restricción a la imp.
“incompatible con el párrafo 1 del art. XI del GATT 94”.Las etapas siguientes del proceso ratificaron ese criterio y el 15/01/15 se adoptó el informe del Órgano de Apelaciones que contiene las recomendaciones para la
Argentina.El 25/01/15 la Argentina informó al OSD/OMC su intención de aplicar las
recomendaciones y soluciones.Plazo para aplicar las Recomendaciones y Resoluciones de la OSD, acordado con la
Argentina por la UE, EE.UU. Y Japón: 11 meses que expiran el 31/12/2015.
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Subrégímenes Descripción
IC01 IMPORTACION A CONSUMO SIN DOC. DE TRANSPORTEIC02 IMPORT. A CONSUMO MERCADERIA REGIMEN DE SOLICITUD PREVIAIC03 IMPORT. CONSUMO DE MERC. VIA TERREST. EN ENVIOS FRACC.IC04 IMPORTACION A CONSUMO CON DOCUMENTO DE TRANSPORTEIC05 IMPORTACION A CONSUMO C/DOC. DE TRANSPORTE D.A.P.IC06 MPORTACION A CONSUMO SOBRE DEPOSITO DE ALMACENAMIENTOIC07 IMPORTACION A CONSUMO REGIMEN AUTOMOTRIZ C/DOC DAPIC65 IMPORTACION CONSUMO DE GRANEL D.A.P. CON MANI REGISTRIC75 IMPORTACION A CONSUMO C/DOC TRANSP.DAP FORM7366 MANI-RGIG01 IMPORTACION A CONSUMO P/GRAN.OPERADORES S/DOC.TRANSP.IG03 IMPORT. CONSUMO P/GRAN OPER.VIA TERRESTRE ENVIOS FRACC.IG04 IMPORTACION A CONSUMO P/GRAN.OPER.CON DOC.TRANSPORTEIG05 IMPORTACION A CONSUMO P/GRAN.OPER.C/DOC.DE TRANSP.DAPIG06 IMP.A CONSUMO P/GRAN.OPER.SOBRE DEP. DE ALMACENAMIENTOIG07 IMPORTACION A CONSUMO P/GRAN.OPER.CON AUT.PROVISORIAZFE1 EGRESO ZF PARA CONSUMO EN EL TERRITORIODIR1 DECLARACION DE IMP SUSP EN EL RAF EN PLANT S/DOC TRANSPDIR3 DECLAR.IMP.SUSP.RAF EN PLANTA S/DOC TRANSP VIA TERRESTRDIR4 DECLARACION DE IMP SUSP AL RAF EN PLANTA C/DOC DE TRANSDIR5 DECLARACION DE IMP SUSP EN RAF AL ARRIBO C/DOC DE TRANSDIR6 DECLARACION DE IMP SUSP RAF S/DEP.ALMACENAMIENTOIC81 IMPORTACION A CONSUMO DE IMPORTACION TEMP.C/TRANSFOMAC.IC83 IMPORTACION A CONSUMO DE IMP.TEMPORARIA S/TRANSFORMARIG81 IMPO A CONSUMO P/GRAND.OPERAD.DE IMPO TEMP.C/TRANSFOR.IG83 IMPO A CONS.P/GRAND.OPERA. DE IMP TEMPOR. S/TRANSFORM.ZFI3 INGR.ZF BIENES DE CAPITAL PARA RADIC.DEFINITIVA DEL EXTZFI5 ING.ZF MERC.ALMACENAM.Y/O COMERC. Y/O REPARAC. DEL EXT.ZFI8 ING.ZF INSUMOS PARA PROCESOS PRODUCTIVOS DEL EXTERIOR
DJAI – Declaración Jurada Anticipada de Importación(RG AFIP 3252 (BO 10/01/12) y RG 3255 (BO 23/01/12))
RJAI – Registro de la Rectificación Jurada Anticipada de Imp. –MANUAL
Los sujetos residentes en el país deben informarlos pagos que realicen al exterior de lasoperaciones alcanzadas mediante transferenciaelectrónica de datos al Servicio DAPE.Importante información a suministrar (escaneo dedocumentos).Su relación con normas del BCRA p/ej. Pago dedeudas financieras al exterior originadas encompras de mercaderías no ingresadas al país yvendidas a 3ros países modificada por Com. “A”5337 y sus mod. (excepción: VRD con Venezuela)o s/ pago de intereses al exterior por deuda Com.“A” 5264, 5295, 5318, 5377, 5397 y mod., entremuchas otras normas cambiarias específicasSu relación con el COC y con el R. I.‐O.C. del BCRAOperaciones alcanzadas por la DAPE.
Incertidumbre sobre la posibilidad de cumplimiento de obligaciones contraídas con el exterior en tiempo y forma (pago de intereses por deudas, utilidades y dividendos, etc.) .
En muchos casos los bancos estánobligados a consultar al BCRA enforma previa.
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
DAPE – Declaración Anticipada de Pagos al Exterior(RG 3417/12 ( BO 20/12/12) y RG 3441/13 (BO 08/02/13))
IMPLICANCIA DESVÍOS
3. Subrégimenes de importación:
OPERACIONES ALCANZADAS
4. Alquiler de maquinarias, herramientas y otros bienes muebles con opción de compra.
DAPE – Declaración Anticipada de Pagos al Exterior(RG 3417/12 ( BO 20/12/12) y RG 3441/13 (BO 08/02/13))
2. Régimen de Courier.
CODIGO BCRA
DESCRIPCION
163 Pago de deudas financieras al exterior originadas en compras de mercancías no ingresadasal país y vendidas a terceros países.
744 Pago de intereses al exterior por deudas.
745 Utilidades y dividendos pagados al exterior.
651 Alquiler de maquinarias, herramientas y otros bienes muebles.
SUBREGIMEN DESCRIPCIONDIS1 DESTINACION DE IMPORTACION SIMPLIFICADA
S/DOC.DIS4 DESTINACION DE IMPORTACION SIMPLIFICADA
DIS5 DESTINACION DE IMPORTACION SIMPLIFICADADAP
IC81 IMPORTACION A CONSUMO DE IMPORTACIONTEMP. C/TRANSF.
IC83 IMPORTACION A CONSUMO DE IMPORTACIONTEMP. S/TRANSF.
1.
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Declarar anticipadamente tanto la importación de servicios prestados por sujetos del exterior como la exportación de servicios prestados por residentes en el país a prestatarios del exterior.Operaciones alcanzadas hasta el presente. (Ver cuadro siguiente. Aplica cuando superan el monto mínimo dispuesto por la AFIP).IG 969/15 (DI PYNF). Dispuso inspecciones ex ANTESu relación con el COC y su relación con el R.I.‐O.C. del BCRA.
Incertidumbre sobre la posibilidad de cumplimiento de obligaciones contraídas con el exterior en tiempo y forma (regalías, servicios personales, servicios empresariales, etc.).
Incertidumbre respecto a la incorporación posible de conceptos deexportación.
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
DJAS – Declaración Jurada Anticipada de Servicios(RG 3276/12 (BO 22/02/12), RG AFIP 3307 (BO 03/04/12) y RG 3395 (BO 12/10/12))
IMPLICANCIA DESVÍOS
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros
Código BCRA Descripción Operaciones
614 Pasajes ganados por buques y aeronaves
625 Otros servicios de información e informática
627 Patentes y Marcas628 Regalías629 Derechos de Autor630 Primas por préstamos de jugadores
631 Servicios Empresariales Profesionales y Técnicos
634 Servicios Personales, culturales y recreativos
652 Pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios
659 Derechos de Explotación de películas, video y audio extranjeras
660 Servicios de Transferencia de Tecnología Ley N° 22426 (excepto patentes y marcas)
662 Gastos de turismo y viajes de operadores turísticos por servicios contratados al exterior.
747 Otras rentas pagadas al exterior
973 Compra de activos no financieros no producidos
Códigos deconceptos del BCRAalcanzados
DJAS – Declaración Jurada Anticipada de Servicios(RG 3276/12 (BO 22/02/12), RG AFIP 3307 (BO 03/04/12) y RG 3395 (BO 12/10/12))
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Obliga a EFIS a informar al BCRA los códigos de las DJAI, DJAS, DAPE , DJAT (turismo) y DJAH (ahorro) que emite la AFIP asociado con los datos de cada boleto de cambio.
R.I.‐O.C. Régimen Informativo de Operaciones CambiariasCom. “A” 5573, 5579 y 5585 BCRA
Herramienta facilitadora de la exportación muydesarrollada, y valorada por países competidores.Establece condiciones para importar temporariamente mercaderías destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial con la obligación de exportarla a otros países bajo las nuevas formas resultantes dentro del plazo autorizado o su prorroga si la hubiera.No abonan los tributos que gravan la importación.Requiere constituir garantía. Su liberación s/RGAFIP 2147/06.Si bien no está incorporada a la DJAI, ya hanincorporado a la DJAI los subrégimenes IC81 eIG81(Importaciones a consumo de Its. contransformación e importaciones a consumo de Its.de grandes contribuyentes con transformación,respectivamente).Sometida ala DAPE IC81 e IC83.
Recrudecimiento de demoras en su tramitaciónle han incorporado imprevisibilidad y costos.p/ej. Cuando el insumo no se puede desaduanaro cuando la demora en la emisión del CTIT puedeimpedir el cumplimiento del exportador con lafecha pactada, entre otros, o cuando se demorael otorgamiento de prórrogas, circunstancia quedebilitan el instrumento exportador. (Únicopaliativo para demoras en prorrogas: RG AFIP3447/13).Demoras en liberar las garantías – tanto la originaria como la de refuerzo‐.
Importación Temporaria para perfeccionamiento industrial (Decreto 1330/04, Res. 392/06 y sus mod. y compl. y RG AFIP 2147/06)
Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
IMPLICANCIA DESVÍOS
¿PROPUESTAS?
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Importación Temporaria para perfeccionamiento industrial (Decreto 1330/04, Res. 392/06 y sus mod. y compl. y RG AFIP 2147/06)
NECESIDAD/PROPUESTAS
Revisar el sistema de aprobación técnica y fiscalización de las DIT – RG 2147/06 con el objetivo de lograr la liberación
automática de las garantías (y de sus refuerzos) cuando la DIT se encuentre con saldo 0 (cero).
En ocasiones el servicio aduanero libera la garantía constituida originalmente y omite liberar la constituida “de refuerzo”.
Considerar la generación de regla informática que automatice las liberaciones.
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IMPLICANCIA NECESIDAD/ PROPUESTA
Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
RG 1639/04 AFIP y sus mod. Procedimiento opcional para la cancelación de deudas impositivas y/o previsionales
mediante la afectación de fondos provenientes de estímulos a la exportación.
La RG 1639/04 ha implementado una herramienta que permite facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables así como de coadyuvar al incremento de las operaciones de exportación, permitiendo cancelar deudasimpositivas, aduaneras y/o previsionales mediante la afectación de fondos provenientes de estímulos a la exportación”/reintegros en estado A AUTORIZAR.
Extender el alcance de la RG 1639 o implementar herramienta similar que permita al exportador cancelar también obligaciones futuras impositivas, aduaneras y/o previsionales (no deudas) mediante la afectación de reintegros en estado “A Autorizar”.Asimismo debería permitirse cancelar deudas impositivas, aduaneras o previsionales con reintegros en estado “Devolución Generada”.
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NECESIDAD /PROPUESTA
Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera ‐ SICNEA – (RG 3474/13 (BO 10/04/13 y mod. y compl.))
Incorporar la notificación de diversos actos administrativos al SICNEA en beneficio del contribuyente y de la Administración
Ejemplos de comunicaciones a incorporar:
Vencimientos de Destinaciones Suspensivas.Vencimiento de Permisos de Embarque requiriendo su anulación/desestimiento.Vencimiento de cargos aduaneros (suplementarios debidamente notificados, servicios extraordinarios, derechos de exportación.Otros.
Demoras en la carga del cumplido de Embarque y SECOEXPO.Casos en que corresponde post‐embarque.
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Agenda Público –Privada. Aspectos impositivos y aduaneros.
Se advierten demoras en las cargas de las constancias del cumplido que conllevan demoras en el informe al SECOEXPO de la destinación de exportación; utilización de procedimientos de excepción para el pago de los derechos de exportación, demora en la liquidación y pago de reintegros, riesgo de incluir en “incumplido” de ingreso de divisas de expo., etc.
ESTADO DE SITUACIÓN NECESIDAD/PROPUESTA
Medidas correctivas para minimizar demoras en la carga de los C. de E. en el SIM. p.e. automatizando el registro una vez producida la puesta a bordo y/o el cruce de fronteras de la mercadería.Cuando corresponde post embarque implementar lo necesario para que pueda registrarse en los plazos previstos por la norma. Por ej. Comunicar por SICNEA la necesidad de registrar el Post Embarque en cuanto la destinación de expo. tenga su cumplido registrado en el SIM.Actualización “On line” del informe al SECOEXPO una vez cumplida la destinación de exportación (en forma automática – en tiempo real ‐).
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PROYECTO PUIDPantalla Única de Información de Deudas
AFIP – DGA – DGI‐ DGRSS
ESTADO DE SITUACIÓN
Actualmente el contribuyente deberecurrir a diversos sitios/servicios paraconocer su situación y eventualmenteproceder a su cumplimiento a solicitar ala AFIP la corrección de las diferenciasy/o errores que pudieran existir.Otras reparticiones oficiales requiereninformación de libre deuda delexportadores que actualmente se lesactualiza con retraso. Caso de la UCESCIpara la habilitación de los ROEs.
Diseñar el mecanismo que permitarealizar una sola consulta por parte delcontribuyente respecto del estado detodas sus obligaciones –impositivas,aduaneras y de seguridad social – paraconocer su situación en tiempo real.
NECESIDAD/PROPUESTA
Mejorará la productividad de laadministración y de los contribuyentes.Disminuirá la congestión del tráficoinformático existente.(Proyecto presentado el 19/09/13)
BENEFICIO DE IMPLEMENTARLA:
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SIM – SISTEMA INFORMÁTICO MALVINA ‐
ESTADO DE SITUACIÓN
En oportunidad de la oficialización de la destinación de exportación el SIM arroja dos liquidaciones distintas:
Una por los derechos de exportación.
Otra por los beneficios.
PROPUESTA
Incorporar al SIM la opción a favor del declarante:
Que en el momento de oficializar la destinación de exportación, el declarante pueda optar en el SIM por compensar el pago de derechos de exportación con el cobro de reintegros.
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Mercaderías de exportación que requieren transbordo –Normas aduaneras y la Disposición 1108/13 SSPVN
Impide en la practica transbordar en Uruguay.Afecta la competitividad de las exportacionesargentinas originadas en el interior del paísque por razones de logística y costostransbordaban en Montevideo/Uruguay.Se ha presentado reclamo: Impugnación yrevocación por manifiesta ilegitimidad.
Artículo 1° — Dentro del ámbito geográfico de lospaíses que integran el MERCOSUR las cargas deexportación originadas en puertos argentinos,únicamente podrán ser transbordadas en otrospuertos de jurisdicción nacional o en puertos de losEstados Parte del MERCOSUR y sus Estadosasociados que mantengan vigentes acuerdos detransporte marítimo de cargas con la REPUBLICAARGENTINA.
Disp. 1108/13 SSPVN
Ciertas mercaderías que se exportan requieren sertransbordadas,Hasta la vigencia de la Disp. 1108/13 SSPVN eranfrecuentes los transbordos en Uruguay.Desde su prohibición, dado que según la normativavigente, cuando la aduana de origen es distinta a lade salida, recién podrá cargarse el cumplido al pasarpor esta última:
Brasil no siempre es alternativa.Transbordar en puerto argentino incrementacostos, demora el pedido de reintegro, y de ladevolución del IVA, aumenta el riesgo deincumplido del plazo de ingreso de divisasincorpora costo por intervención de ATA, etc.
CONSECUENCIAS
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Valores Referenciales de Exportación de carácter precautorio (RG 2716/09 y sus mod. y compl.)
En el marco de la RG 2716/09 la AFIPestablece valores referenciales de exportaciónde carácter precautorio para determinadasmercaderías de exportación que se publicanen el BO.Los valores que se declaren por debajo de losreferenciales cursan por canal rojo en todoslos casos. Los que se declaren por arribaselectivamente van a canal rojo. Ciertosvalores se fijan admitiendo un determinadomargen de tolerancia.La norma incluye un procedimiento paraaltas, bajas y modificaciones de los valoresque en la práctica es excesivamente lento.
IMPLICANCIA NECESIDAD/PROPUESTA
Perfeccionar el procedimiento vigentepara altas/bajas y modificaciones demárgenes de tolerancia u otras ya que sulentitud contradice el objetivo de la normay perjudica con canal rojo exigencia degarantías y/o pago en exceso de DE aexportadores que venden correctamenteal valor que tolera el mercado.Los márgenes de tolerancia debenestablecerse y modificarse acorde a lasnecesidades del producto, por normaexplícita para su conocimiento y respetopor parte de los funcionarios aduaneros ydel exportador.
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MIS OPERACIONES ADUANERAS‐MOA‐
Servicio al que se puede acceder con clave fiscal en en la pag. Web de la AFIP desde cualquier PC conectada a internet a diferentes consultas, con información en línea sobre datos de operaciones aduaneras contenidas en el SIM.Requiere clave fiscal y estar registrado como importador/exportador y/o despachante de aduana.Servicio clave de consulta cotidiana para exportadores e importadores.
IMPLICANCIA
Incorporar información.Mejorar la información resultante de las consultas que se pueden hacer.Mejorar el acceso por otras vías a las consultas del MOA (ej. Por webservices).Habilitar rangos de búsqueda mas amplios que los actuales.Dada la importancia de este servicio debería ser objeto de mejora permanente con colaboración público‐privada.
NECESIDAD/PROPUESTA
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Sistema de Gestión de Expedientes y Actuaciones – SIGEA ‐
ESTADO DE SITUACIÓN
Para conocer la ubicación de un expediente y/o Actuación, el contribuyente debe acercarse a la mesa de entradas de alguna dependencia de la AFIP, ‐ a excepción de los que están en el Depto. de Procedimientos Legales Aduaneros.
Incorporar a la pág. Web de la AFIP un acceso de “Consulta de Ubicación de Expedientes y/o Actuaciones cursados a través del SIGEA”.
NECESIDAD/PROPUESTA
www.cera.org.ar
¡Muchas Gracias!
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