administrativo esquema
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7/29/2019 administrativo esquema
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Idea y funcin del sistema en Derecho Administrativo
Primera afirmacin:
El Derecho no estintegrado por un conjuntode normas inamovibles,sino que constituyen una
idea o teoraordinamental que sirve
de direccin o gua de laslneas bsicas de unsistema jurdico. Por
tanto, hay que extraer delas fuentes aquellos
materiales que resultenvlidos para una reflexin
certera.
Segunda afirmacin:
Esas fuentes secondensan en 3 grupos:
PrincipiosConstitucionales: EstadoDemocr
tico de Derecho;Libertades
Fundamentales.Determinados sectores
de la realidad conectadoscon las disciplinas: pore
jemplo: la contratacinadministrativas, las
telecomunicaciones, etc.
Teora de las ciencias.
Tercera afirmacin
La clave del pensamientosistemtico consiste en lainduccin de una teorageneral a partir de lossectores especiales,conectando el caso
singular con los principios
generales, en un procesode recproca interaccin,induccin y deduccin.
En este contexto,aparecen las leyes
cabeceras del gruponormativo que dan
coherencia y unidad a lasnormas de la misma
naturaleza.
Cuarta afirmacin
Debe ser superior el esfuerzo paralograr el orden y unidad cuando seagregan las nuevas competenciasy funciones encomendadas a las
administraciones pblicas.
En consecuencias, a lasistematizacin cientfica del
derecho le cabe una triple funcin:
Funcin prctica: sirve degua y apoyo a lajurisprudencia.
Funcin dogmtica:para responder a
cuestiones singulares
Funcin poltica: puesto que unsistema bien elaborado sirvede mapa u orientacin para lapoltica legislativa, evitando uninnecesario activismo poltico.
Vinculado a la necesidad de bsqueda de orden y unidad:que son sus notas ms caractersticas.
Orden: implica ofrecer una coherencia interna nacionalmentecaptable, fundada en la realidad.
Unidad: modifica en parte el orden para que no se llegue auna serie de unidades individuales y desconectadas.
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7/29/2019 administrativo esquema
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La funcin ordenadora de la idea de sistema en el anlisis dogmtico del derechoadministrativo.
Funcin directiva: de todo procesode creacin del derecho,
condicionando el contenido de lasnormas jurdicas
Funcin interpretativa: sirven paraprecisar el significado de las normas
escritas y su sentido y finalidad
Funcin integradora: de todas laslagunas del sistema normativo, que
permite al juez resolver los conflictosen ausencia total de norma escrita y de
costumbre.
Funcin constructiva: limitada almbito dogmtico
El estudio de las fuentes del Derecho Administrativo implica elconocimiento y anlisis de aquellos sectores del ordenamientojurdico vigente que regulan la actividad administrativa. La
normativa relativa a sta actividad se encuentra en diversos sitiosdel ordenamiento jurdico y con distintas jerarquas.
Por su parte, los principios no solosuplen a las fuentes escritas, sino que
dan a stas todo su sentido einterpretacin. Tienen una cudruple
funcin:
La Constitucin como fuente del Derecho Administrativo y su anlisis dogmtico
Es ineludible que en busca de coherencia sistmica del ordenamiento jurdico, nos introduzcamos en el anlisis dogmtico de la Constitucin.
Es por tanto recomendable que los especialistas de cada rea retomen el anlisis sustantivo del texto constitucional, hoy abarcado con mejor o peor
fortuna, con mayor o menor profundidad.
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La funcin ordenadora en la interpretacin y aplicacin del derechovigente
Dimensin vertical: determina lasubordinacin de unas normas a otras
en funcin de su mayor o menosrango o fuerza obligatoria: se
manifiesta en el principio de jerarquanormativa.
Dimensin horizontal: determinadapor el diverso origen subjetivo de las
normas en los diferentes entespblicos y rganos que integran el
Estado en su totalidad; cuyaexpresin es el principio de
competencia.
Dimensin de profundidad:determinada por la diversificacin de
las normas [rango y origen] enfuncin del proceso exigido para su
elaboracin y aprobacin, suexpresin es el principio del
procedimiento
Dimensin temporal: determinadapor el diverso momento en que cadanorma adquiere validez y vigencia,cuya expresin es el principio de
sucesin cronolgica o deposterioridad.
A partir de la idea de sistema y del necesario orden abstracto conceptualdel mismo, es posible proponer unidad regulatoria de la materia
administrativa, an en medio de una anarqua legislativa, o de un grandesorden de fuente, o de complejidades derivadas de diversas jerarquas
o mbitos normativos o en fin, ante la ausencia de normas [lagunasnormativas].
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Tcnicas normativas que colaboran al entendimiento sistmico del DerechoAdministrativo.
tecnica normativa de la Especialidad: implica laaplicacin prioritaria de las normas de cada
disciplina especial, salvo la disposicin expresade una ley.
Aqu colabora la existencia de subsistemasnormativos, normalmente de jerarqua inferior,
muy profusa.
Para el caso del Derecho Administrativo, hay quetener en cuenta que existen leyes matrices como
la Constitucin, LOCBGAE, LBPA queencabezan la disciplina y la ordenan, dndole
coherencia interna a todas sus disciplinasespeciales o ya derechamente autnomas.
tecnica normativa de la Derogacin: [comoefecto] cumple la funcin de salvar antinomias, enespecial en caso de la derogacin tcita. [Prima entodo caso el criterio de la especialidad]; a menosque ambas normas sean especiales, pues en tal
caso debe primar el criterio cronolgico
Tcnica de la supletoriedad
[En el caso de haber lagunas legales].
Cabe aplicar de manera supletoria otrasnormas no contenidas en la legislacin
especial de naturaleza administrativa?; estoes, si la solucin a un problema administrativo
no tiene solucin directa e inmediata en losartculos pertinentes de la Constitucin o en
las distintas leyes relativas a la
administracin. Cabe aplicar el Cdigo Civilpor ejemplo?
Este problema es posible solucionarlo a travsdel ncleo dogmtico que es la masa bsica
del sistema de una disciplina.
Una vez descubierto el ncleo problemtico,descubrimos las normas aplicables. La
relevancia de distinguir las normas, radica enque dicen relacin con disciplinas o ncleos
problemticos diferentes, que tienen distintosprincipios jurdicos
2.4) Funcin ordenadora y pilares del derecho Administrativo
Una vez ordenado el material legislativo, observando la materia respectiva, podemos construir
el grupo normativo del derecho administrativo vigente que conforma el sistema, sea que tales
materiales normativos estn contenidos en la Constitucin, LOCBGAE, o en cualquier otro texto
normativo.
Esta es la conexin de las funciones ordenadoras y de unidad.
2.5) La funcin del sistema en la unidad: autonoma de la disciplina.
Slo una funcin sistmica, nos permite ofrecer una visin unitaria y por tanto autnoma de la
disciplina, que la deje capacitada para buscar dentro de s, de sus propios principios que surgen de
sus propias instituciones, las soluciones a los problemas de las lagunas legales.