ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL REENCASILLAMIENTO DEL PERSONAL - APROBACION - UPCN Digital ·...

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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL REENCASILLAMIENTO DEL PERSONAL - APROBACION Publicada en el Boletín Oficial del 10-ene-2011 Número: 32066 Página: 19 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Resolución Conjunta Nº 306/2010 y N° 902/2010 Bs. As., 30/12/2010 VISTO el Expediente JGM N° 0002907/2010 y EXP MECON S01: 0083642/2010 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorio N° 423 de fecha 25 de marzo de 2010, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 31 de Julio de 2009 y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA N° 79 del 9 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Publico, homologado por Decreto N° 2098/08 y su modificatorio, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal. Que por la Resolución Conjunta N° 5 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 31 de Julio de 2009 se aprobó el reencasiliamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema. Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS del área de origen ha remitido el Formulario de los agentes consignados en el Anexo que se acompaña, suscripto por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento. Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta N° 88 glosada en el Expediente citado en el Visto. Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento de los causantes, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1° y 2° de la Resolución S.G.y.G.P. N° 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

REENCASILLAMIENTO DEL PERSONAL - APROBACION

Publicada en el Boletín Oficial del 10-ene-2011 Número: 32066 Página: 19

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución Conjunta Nº 306/2010 y N° 902/2010

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente JGM N° 0002907/2010 y EXP MECON S01: 0083642/2010 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorio N° 423 de fecha 25 de marzo de 2010, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 31 de Julio de 2009 y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA N° 79 del 9 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Publico, homologado por Decreto N° 2098/08 y su modificatorio, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal.

Que por la Resolución Conjunta N° 5 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 31 de Julio de 2009 se aprobó el reencasiliamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS del área de origen ha remitido el Formulario de los agentes consignados en el Anexo que se acompaña, suscripto por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta N° 88 glosada en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento de los causantes, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1° y 2° de la Resolución S.G.y.G.P. N° 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

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Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervenci5n de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2.098/08 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Rectifícase el reencasillamiento en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08, dispuesto por la Resolución Conjunta N° 5 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBICAS de fecha 31 de Julio de 2009 del personal que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Secretario de la Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros. — AMADO BOUDOU, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

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ANEXO I

Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

Administración Centralizada Orden Nº CUIL Apellido y Nombre Agrupamiento Nivel Tramo Grado

1 20-11667330-5 BAGO, NORBERTO General D General 10

2 20-21164298-0 ADORNO, PABLO GERARDO General D General 7

3 27-20922490-4 Winnik, Gabriela Carla Profesional B General 6

4 27-04265310-7 PIEROTTI, MARIA DEL CARMEN Profesional B General 5

5 20-18595739-0 SACCONE, MARIO AUGUSTO Profesional B General 2

6 23-18285949-4 Negri, Maria Gabriela Profesional B General 1

7 27-10013159-0 Lopez, Marta Lucrecia Profesional C General 10

8 20-20570486-9 Ortiz Gonzalez, Alfredo Angel Profesional C General 6

9 20-22278421-3 Intelisano, Juan Pablo Profesional C General 5

10 27-06554154-3 Alvarez, Margarita Raquel Profesional C General 5

11 20-20272695-0 TRINQUITELLA, ABELARDO EDMUNDO Profesional C General 3

12 27-20574232-3 Hurtado, Ana Maria Isabel Profesional C General 3

13 27-24036741-1 Anzuate, Analia Veronica profesional C General 0

14 20-17489672-1 RODRIGUEZ, ADALBERTO DANIEL profesional D General 9

15 20-20314815-2 Fernandez Pose, Leandro Javier Profesional D General 7