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ACUERDO 031-2012 ACUERDO N°031 n Dm 2012 "POR EL CUAL SE ESTABLECEN FUENTES Y FACTORES DE SUBSIDIO POR ESTRATO COMO LOS FACTORES DE APORTE SOLIDARIO EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO EN EL MUNICIPIO DE GIRARDOTA PARA LA VIGENCIA 2013" El Concejo Municipal de Girardota Antioquia, en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 313, 366 y 368 de la Constitución Nacional, Ley 136 de 1994, artículo 89 de la Ley 142 de 1994, Ley 632 de 2000, Ley 715 de 2001, Ley 1151 de 2007, Ley 1176 de 2007, Ley 1450 de 2011; Decretos 1013 de 2005, 4924 de 2011, 1040 de 2012 y demás normas que la reglamentan. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO.- FACTOR DE SUBSIDIO ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO: Fíjese el porcentaje de subsidios para las necesidades básicas de los Servicios Públicos Domiciliarios de ACUEDUCTO y ALCANTARILLADO, a todos los suscriptores de los estratos socioeconómicos pertenecientes a todas las Empresas Prestadoras de dichos servicios en el municipio de GIRARDOTA sujeto del mismo para la vigencia fiscal 2013 de la siguiente forma: FACTORES DE SUBSIDIO SERVICIOS PUBLICOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Estrato ACUEDUCTO ALCANTARILLADO socioeconómico CARGO FIJO CONSUMO CARGO FIJO CONSUMO 1 70% 70% 70% 70% 2 40% 40% 40% 40% 15% 15% 15% 15% PARÁGRAFO PRIMERO: Los subsidios o descuentos a otorgar a los suscriptores de los servicios de acueducto y alcantarillado será con relación al costo medio de referencia, es decir, la tarifa correspondiente al estrato 4 de la estructura tarifaria de cada Empresa prestadora determinado según la metodología establecida para tal fin por la Comisión reguladora de Agua potable y Saneamiento Básico —CRA. "CONCEJO MUNICIPAL, TEMPLO DE LA DEMOCRACIA. Centro Administrativo Simón Bolívar Carrera 15 No 6-35 PBX: 405 4200 - 405 25 0 www.girardota.gov.co

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ACUERDO 031-2012

ACUERDO N°031

n Dm 2012

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN FUENTES Y FACTORES DE SUBSIDIO POR ESTRATO COMO LOS FACTORES DE APORTE SOLIDARIO EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO EN EL MUNICIPIO DE GIRARDOTA PARA LA VIGENCIA 2013"

El Concejo Municipal de Girardota Antioquia, en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 313, 366 y 368 de la Constitución Nacional, Ley 136 de 1994, artículo 89 de la Ley 142 de 1994, Ley 632 de 2000, Ley 715 de 2001, Ley 1151 de 2007, Ley 1176 de 2007, Ley 1450 de 2011; Decretos 1013 de 2005, 4924 de 2011, 1040 de 2012 y demás normas que la reglamentan.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- FACTOR DE SUBSIDIO ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO: Fíjese el porcentaje de subsidios para las necesidades básicas de los Servicios Públicos Domiciliarios de ACUEDUCTO y ALCANTARILLADO, a todos los suscriptores de los estratos socioeconómicos pertenecientes a todas las Empresas Prestadoras de dichos servicios en el municipio de GIRARDOTA sujeto del mismo para la vigencia fiscal 2013 de la siguiente forma:

FACTORES DE SUBSIDIO SERVICIOS PUBLICOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

Estrato ACUEDUCTO ALCANTARILLADO socioeconómico CARGO FIJO CONSUMO CARGO FIJO CONSUMO

1 70% 70% 70% 70% 2 40% 40% 40% 40%

15% 15% 15% 15%

PARÁGRAFO PRIMERO: Los subsidios o descuentos a otorgar a los suscriptores de los servicios de acueducto y alcantarillado será con relación al costo medio de referencia, es decir, la tarifa correspondiente al estrato 4 de la estructura tarifaria de cada Empresa prestadora determinado según la metodología establecida para tal fin por la Comisión reguladora de Agua potable y Saneamiento Básico —CRA.

"CONCEJO MUNICIPAL, TEMPLO DE LA DEMOCRACIA. Centro Administrativo Simón Bolívar Carrera 15 No 6-35 PBX: 405 4200 - 405 25 0 www.girardota.gov.co

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CONCEJO '

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ALCAN e GIRAR _LADO c ión del base en I nplement cia fiscal

PARÁGRAFO SEGUNDO: El aporte para subsidio sólo aplicará consumos básicos y vertimientos básicos (Primeros 20 metros interior del municipio según el porcentaje de la anterior tabla.

PARÁGRAFO TERCERO: Al estrato 4 y sector oficial y especi ningún subsidio.

ARTÍCULO SEGUNDO.- FACTOR CONTIBUCION ACUEDUCTO Fíjese el aporte solidario o contribución a todos los suscriptores Servicios Públicos Domiciliarios de ACUEDUCTO y ALCANTARI empresas prestadoras de dicho servicio dentro de la jurisdic GIRARDOTA con relación al costo medio de referencia y será con I en la Ley 1450 de 2011, articulo 125 o aquel que lo modifique, co de tal manera, que el factor mínimo de aporte solidario para la vige

argos fijos, aplicando al

les aplicarán

TARILLADO: DOTA de los le todas las municipio de o establecido e o sustituya; 2013 sea:

)ara los cúbicos);

ll no se

FACTORES DE CONTRIBUCIÓN SERVICIOS PUBLICOS DE ALCANTARILLADO

ACUEDUCTO Y

Estrato socioeconómico

ACUEDUCTO ALCANTARILLADO CARGO FIJO CONSUMO CARGO FIJO CONSUMO

5 50% 50% 50% 50% 6 60% 60% 60% 60%

Industrial 30% 50% 30% 30% Comercial 50% 50% 50% 50%

PARÁGRAFO PRIMERO: El aporte solidario aplicará para los •argos fijos y a todos consumos y vertimientos, independiente de su rango.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Al estrato 4 y sector oficial y espec al no se les aplicarán ningún sobreprecio.

ARTÍCULO TERCERO. FACTOR DE SUBSIDIO ASEO: Fíjese el para las necesidades básicas del servicio público domiciliario suscriptores de los estratos socioeconómicos pertenecienteá prestadoras de dicho servicio en la Localidad sujeto del mismo par de la siguiente forma.

Estrato socioeconómico

Factor del Subsidio

1 30% 2 24% 3 9%

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orcentaje de subsidios e ASEO, a todos los

todas las empresas la vigencia fiscal 2013

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CONCEJO

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PARÁGRAFO PRIMERO: Los subsidios o descuentos a otorgar a los suscriptores del servicio de aseo será con relación al costo de referencia, es decir, 1 tarifa correspondiente al estrato 4 de la estructura tarifaria de cada Empresa prestadora determinado según la metodología establecida en tal fin por la Comisión regulador- de Agua potable y Saneamiento Básico —CRA.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Al estrato 4 y sector oficial y especi I no se les aplicarán ningún subsidio.

ARTÍCULO CUARTO.- FACTOR CONTIBUCIÓN ASEO: Fíjese contribución a todos los suscriptores de GIRARDOTA de Domiciliarios de ASEO de todas las empresas prestadoras de dic jurisdicción el municipio de GIRARDOTA con relación al costo me con base en lo establecido en la Ley 1450 de 2011, articulo 125 o complemente o sustituya. De tal manera que el factor mínimo de ap

Estrato socioeconómico

Factor del Contribución

5 50% 6 60%

Industrial 30% Comercial 50%

• •

el aporte solidario o os Servicios Público o servicio dentro de la io de referencia y será quel que lo modifique,

i rte solidario será así:

PARÁGRAFO: Al estrato 4 y sector oficial y especial no se les aplicarán ningún sobreprecio.

ARTÍCULO QUINTO.- FACTORES DE SUBSIDIO Y SOBREPRE de subsidio por estrato como el porcentaje o factor de aporte sol (Expuestos en los artículos anteriores), serán iguales para todas la del mismo servicio en el municipio.

ARTÍCULO SEXTO. — INFORMACIÓN PERIÓDICA: Antes del 1 las Empresas Prestadoras de los Servicios Públicos de Acueducto deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1013 d solicitud del monto requerido para cada servicio al alcalde munici dependencia que administra el fondo de solidaridad y redistribución

ARTÍCULO SÉPTIMO.- FUENTE DE RECURSOS PARA SUB Alcaide municipal presentará a discusión y aprobación del H. Co conjuntamente con la aprobación del presupuesto del respectivo e

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10: Tanto los factores dario en cada servicio personas prestadoras

de julio de cada año, Alcantarillado y Aseo, 2005; presentando la

•al, por conducto de la de ingresos.

IDIOS: Cada año el cejo municipal, quien, te territorial, definirá el

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porcentaje de aporte solidario necesario para solventar dicho consideración prioritariamente los recursos con los que cuenta y pu en el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, con b recursos para contribuciones señaladas en el artículo 3° del Decret normas concordantes.

ARTICULO OCTAVO: El Alcalde Municipal, podrá si las cir modificar las partidas asignadas en el presupuesto general del mu los rubros presupuestales que se vean afectadas por variaciones bases establecidas para el otorgamiento de los subsidios a los u públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, sie implique cambios en los factores de subsidio y contribución esta acuerdo.

faltante, teniendo en de contar el municipio se en las fuentes de 849 de 2002 y demás

unstancias lo exigen, icipio de Girardota, en en las metodologías y uarios de los servicios pre y cuando ello no lecidos en el presente

ARTÍCULO NOVENO.- DIVULGACIÓN: Una vez aprobado y expedido el acuerdo correspondiente, el alcalde y el concejo municipal, deberán divulg rlo ampliamente en los medios de comunicación locales y regionales, señalando claram nte el impacto de los subsidios y Aportes solidarios o Contribuciones fijados para cad: uno de los servicios públicos domiciliarios sobre las tarifas al usuario final.

ARTICULO DÉCIMO.- CONTROL Y VIGILANCIA:- El Comité d- Desarrollo y Control Social, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, vi ilarán el cumplimiento del presente Acuerdo.

ARTÍCULO ONCE: El presente acuerdo rige a partir de su publi ción previa sanción y deroga cualquier norma de carácter municipal que le sea contrar a.

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPL • SE

Dado en el honorable Concejo Municipal de Girardota a los 17 .ías mes de diciembre de 2012, en periodo de prórroga debidamente autorizado.

HERNÁN DARÍO TORRES ALZATE Presiderité -----

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CONCEJO

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JO. 1 C-WPINA ZAPATA S cretario General

es reglamentarios en egundo el día 17 de inarias debidamente

/ t Constancia secretarial: El presente acuerdo sufrió los dos deba sesiones ordinarias el primero el día 28 de noviembre, y el diciembre en periodo de prorrogado en sesiones extraor aprobado, todo de acuerdo a la ley.

O

JO' OSPINA ZAPATA retario General

"CONCEJO MUNICIPAL, TEMPLO DE LA DEMOCRACIA. Centro Administrativo Simón Bolívar Carrera 15 No 6-35 PBX: 405 4200 - 405 25 www.girardota.gov.co IDO

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Secretariol,:le Se vicios Administrativos

ALCALDIA

Recibi el presente Aduerd hoy 19 de diciembre de 2 pasa al..Déspacho del Señor Alcalde

ALCALDÍA MUNICIPAL

Girardota, 19 de Diciembre de 2012

El Acuerdo No. 031 fue sancionado en esta fecha

PCJE3LIQUESE Y EJECÚTESE

Enviese dos copias a la Sección Jurídica de la Gobern ción de Antioquía, para su revisión legal.

EL ALCALDE

„„.

Secretafierde-Setvie d inistrativos ..•

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INFO MO

e antecede, fue publica o hoy 19 de diciemlne d\á'2 12, dia de concurso públ co

Secretario e Ser iciooAdministrativos

:2,

Que el Acuerdo No. 031

"GESTIÓN Y PROGRESO PARA VOLVER A CREER" Centro Administrativo Simón Bolívar Carrera 15 No 6-35 PBX: 405 4200 Fax: 289 04 vo,vw.girardota.gov.c'