ACUERDO C · Web viewYASAIRA GUADALUPE BACHILLERATO MERIDA 99 01050-0099 ALFARO CARBALLO LESLIE...

27
ACUERDO C.G.-101/2018 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE YUCATÁN, POR EL QUE SE DESIGNA A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS QUE FUNGIRÁN COMO AUXILIARES ELECTORALES MUNICIPALES Y DISTRITALES EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018 GLOSARIO CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CPEY: Constitución Política del Estado de Yucatán. INE: Instituto Nacional Electoral. IEPAC: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán LGIPE: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. LIPEEY: Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán. OPL: Organismo Público Local Electoral. RE: Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. Reglamento Interior del Instituto: Reglamento Interior del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán ANTECEDENTES I.- El día veintitrés de mayo del año dos mil catorce, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la LGIPE y que en su artículo transitorio décimo primero establece que las elecciones ordinarias federales y locales que se verifiquen en el año 2018 se llevarán a cabo el primer domingo de julio. II.- El veinte de junio del año dos mil catorce, fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, el Decreto 195/2014 por el que se modifica la Constitución del Estado en Materia Electoral; que en su artículo transitorio décimo noveno que la celebración de elecciones locales tendrá lugar el primer domingo de junio del año que corresponda, en los términos de esta constitución, a partir del 2015, salvo aquella que se verifique en el año 2018, la cual se llevará a cabo el primer domingo de julio. III.- El treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete, fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el Decreto 490/2017, por el que se modifica la LIPEEY, la Ley de Partidos Políticos del Estado de Yucatán y la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán. Página 1 de 27

Transcript of ACUERDO C · Web viewYASAIRA GUADALUPE BACHILLERATO MERIDA 99 01050-0099 ALFARO CARBALLO LESLIE...

ACUERDO C.G.-101/2018

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE YUCATÁN, POR EL QUE SE DESIGNA A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS QUE FUNGIRÁN COMO AUXILIARES ELECTORALES MUNICIPALES Y DISTRITALES EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018

GLOSARIO

CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CPEY: Constitución Política del Estado de Yucatán.INE: Instituto Nacional Electoral.IEPAC: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de YucatánLGIPE: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.LIPEEY: Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán.OPL: Organismo Público Local Electoral. RE: Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.Reglamento Interior del Instituto: Reglamento Interior del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán

ANTECEDENTES

I.- El día veintitrés de mayo del año dos mil catorce, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la LGIPE y que en su artículo transitorio décimo primero establece que las elecciones ordinarias federales y locales que se verifiquen en el año 2018 se llevarán a cabo el primer domingo de julio.

II.- El veinte de junio del año dos mil catorce, fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, el Decreto 195/2014 por el que se modifica la Constitución del Estado en Materia Electoral; que en su artículo transitorio décimo noveno que la celebración de elecciones locales tendrá lugar el primer domingo de junio del año que corresponda, en los términos de esta constitución, a partir del 2015, salvo aquella que se verifique en el año 2018, la cual se llevará a cabo el primer domingo de julio.

III.- El treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete, fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el Decreto 490/2017, por el que se modifica la LIPEEY, la Ley de Partidos Políticos del Estado de Yucatán y la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán.

IV.- El siete de septiembre del año dos mil dieciséis, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG661/2016, por el cual se emitió el RE, el cual sistematiza la normatividad que rige las respectivas actividades del INE y los OPL, en la organización y desarrollo de los Procesos Electorales Federales, locales y concurrentes; y que fuera modificado mediante el Acuerdo INE/CG111/2018 de fecha diecinueve de febrero del año dos mil dieciocho.

V.- En fecha ocho de septiembre del año dos mil diecisiete, se firmó el Convenio de Coordinación y Colaboración entre el INE y este Instituto con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del proceso electoral 2017-2018 en el Estado de Yucatán, para la renovación de los cargos a Gobernador, Diputados Locales y en Ayuntamientos, cuya jornada electoral será el primero de julio de 2018 y, en su caso, los mecanismos de participación ciudadana.

Página 1 de 20

VI.- En sesión de fecha treinta de mayo del año dos mil dieciocho, el Consejo general de este Instituto aprobó el Acuerdo C.G.-094/2018, por el que emitió la Convocatoria dirigida a las ciudadanas y ciudadanos para participar como Auxiliares Electorales en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018

C O N S I D E R A N D O

1.- Que el primer párrafo, de la Base V del artículo 41 de la CPEUM, señala que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE y de los organismos públicos locales, en los términos que establece la citada Constitución.

2.- Asimismo, el artículo 41, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 1 de la CPEUM, señala que para los procesos electorales federales y locales, corresponde al INE, en los términos que establecen en dicha Constitución y las leyes, lo referente a la capacitación electoral.

3.- Asimismo, el artículo 41, Base V, Apartado C, numerales 3, 4, 5, 6, 7 y 11 de la CPEUM, establece que en las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de los organismos públicos locales y ejercerán, entre otras, funciones en las materias de preparación de la jornada electoral; impresión de documentos y la producción de materiales electorales; escrutinios y cómputos en los términos que señale la ley; declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones locales; cómputo de la elección del titular del poder ejecutivo; así como las que determine la ley.

4.- En los numerales 1 y 2 del artículo 98 de la LGIPE, se establece que los Organismos Públicos Locales están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios. Gozarán de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, en los términos previstos en la Constitución, esta Ley, las constituciones y leyes locales. Serán profesionales en su desempeño. Se regirán por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.

Los Organismos Públicos Locales son autoridad en la materia electoral, en los términos que establece la Constitución, esa Ley y las leyes locales correspondientes.

5.- Que entre las funciones que le corresponde ejercer a los Organismos Públicos Locales en las materias que se establecen en los incisos a), e), f), g), h), i), j), ñ), o) y r) del artículo 104 de la LGIPE, están las siguientes: aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución y esta Ley, establezca el INE; orientar a los ciudadanos en la entidad para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales; llevar a cabo las actividades necesarias para la preparación de la jornada electoral; imprimir los documentos y producir los materiales electorales, en términos de los lineamientos que al efecto emita el INE; efectuar el escrutinio y cómputo total de las elecciones que se lleven a cabo en la entidad federativa que corresponda, con base en los resultados consignados en las actas de cómputos distritales y municipales; expedir las constancias de mayoría y declarar la validez de la elección a los candidatos que hubiesen obtenido la mayoría de votos así como la constancia de asignación a las fórmulas de representación proporcional de las legislaturas locales, conforme al cómputo y declaración de validez que efectúe el propio organismo;

Página 2 de 20

efectuar el cómputo de la elección del titular del Poder Ejecutivo en la entidad de que se trate; organizar, desarrollar, y realizar el cómputo de votos y declarar los resultados de los mecanismos de participación ciudadana que se prevean en la legislación de la entidad federativa de que se trate; supervisar las actividades que realicen los órganos distritales locales y municipales en la entidad correspondiente, durante el proceso electoral; así como las demás que determine esta Ley, y aquéllas no reservadas al INE, que se establezcan en la legislación local correspondiente.

6.- Que el artículo 16, Apartado E de la CPEY, entre otros supuestos, indica que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público especializado, autónomo y profesional en su desempeño, denominado Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, en los términos previstos en la CPEUM y la propia Constitución Local. En el ejercicio de esa función, serán principios rectores la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y profesionalización.

7.- Que el artículo 75 Bis de la CPEY, señala que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, autoridad en la materia, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño.

8.- Que el artículo 4 de la LIPEEY, establece que la aplicación de las normas de dicha Ley corresponde, en sus respectivos ámbitos de competencia: al Instituto, al Tribunal y al Congreso; y que la interpretación de esta Ley se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional. A falta de disposición expresa, se aplicarán los principios generales del derecho con base en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución Federal.

9.- Que el artículo 103 de la LIPEEY, dispone que la organización de las elecciones locales es una función estatal que se realiza con la participación de los partidos políticos y los ciudadanos, en los términos de la Constitución, de esta Ley y de los demás ordenamientos aplicables.

10.- Que el artículo 104 de la LIPEEY, dispone que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio; autoridad en la materia, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño; responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones y los mecanismos de participación ciudadana, en cuya integración participan los partidos políticos y los ciudadanos, dicho Instituto tendrá como domicilio la ciudad de Mérida. De igual manera, establece que el ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones, se regirá por los principios de: certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y profesionalización.

11.- Que el artículo 105 de la LIPEEY, señala, entre otros supuestos, que el Instituto contará con el personal necesario para el desempeño de sus actividades, será considerado de confianza y, en lo relativo a las prestaciones, disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social sea la que pertenezca al Estado de Yucatán o a cualquier otro.

12.- Que de conformidad con las fracciones I, III, VI, VII y VIII del artículo 106 de la LIPEEY, son fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a los ciudadanos el goce

Página 3 de 20

y ejercicio de sus derechos político- electorales y vigilar el cumplimiento de sus deberes de esta naturaleza; garantizar la celebración periódica y pacífica de elecciones, para renovar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo, y a los Ayuntamientos; velar por el secreto, libertad, universalidad, autenticidad, igualdad y eficacia del sufragio, y promover que los ciudadanos participen en las elecciones y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática.

13.- Que el artículo 108 de la LIPEEY, señala que, para el cumplimiento de sus atribuciones y la realización de sus funciones, el Instituto estará conformado por órganos centrales, distritales y municipales.

Para el desempeño de sus actividades, el Instituto contará con el personal profesional, administrativo, técnico y operativo necesario, el cual deberá satisfacer los requisitos que para cada cargo se exijan, con excepción del requisito de conocimientos y experiencia en materia electoral, para el personal que, por la naturaleza de sus funciones, no necesite esos elementos.

14.- Que el artículo 109 de la LIPEEY, señala que los órganos centrales del Instituto son el Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

15.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 de la LIPEEY, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en materia electoral y de la observancia de los principios dispuestos en esta Ley, para todas las actividades del Instituto.

16.- Que entre las atribuciones y obligaciones que tiene el Consejo General, de acuerdo con las fracciones I, II, VI, VII, XIII, XIV y LXI del artículo 123 de la LIPEEY, están las siguientes:I. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y las demás leyes aplicables; II. Aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Federal, las leyes generales de la materia, la Constitución, esta Ley, y las demás que le establezca el Instituto Nacional Electoral;VI. Asegurar el cumplimiento de lo acordado en los convenios que celebren el Instituto con el Gobierno del Estado, el Instituto Nacional Electoral o cualquier organismo público o privado;VII. Dictar los reglamentos, lineamientos y acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones y las disposiciones de esta Ley;XIII. Llevar a cabo la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral; XIV. Vigilar la debida integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto;LXI. Las demás que le confieran la Constitución Política del Estado, esta ley y las demás aplicables.

17.- Que el artículo 131 de la LIPEEY señala que la Junta General Ejecutiva estará presidida por el Presidente del Consejo General del Instituto y será asistida como Secretario Técnico, por el Secretario Ejecutivo y se integrará además con los directores de Organización Electoral y de Participación Ciudadana; de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Administración y Jurídico; así como los titulares de la Unidad Técnica de Fiscalización y de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Dispondrá para el adecuado desempeño de sus funciones de los recursos humanos suficientes que para el efecto le sean aprobados.

18.- Que de acuerdo a las fracciones I y XI del artículo 132 de la LIPEEY, son atribuciones y obligaciones de la Junta General Ejecutiva, el representar al Instituto en los casos previstos por

Página 4 de 20

esta Ley; y las demás que le confiera esta Ley o que le encomiende el Consejo General del Instituto.

19.- Que el artículo 12 del Reglamento Interior del Instituto señala que para el cumplimiento de las atribuciones que la Ley Electoral le confiere, corresponde a la Junta: I. Cumplir y ejecutar los acuerdos del Consejo; II. Coordinar y supervisar la ejecución de las Políticas y Programas Generales del Instituto; III. Dictar las disposiciones necesarias para la adecuada ejecución de los acuerdos y resoluciones del Consejo; IV. Coordinar las actividades de las Direcciones Ejecutivas y unidades que forman parte de la Junta; V. Proponer al Consejo General las obligaciones y las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria, conforme a los criterios establecidos por las disposiciones constitucionales y legales correspondientes; VI. Coordinar las acciones necesarias para asegurar que los consejos distritales y municipales se integren, sesionen y funcionen, en los términos previstos en la Ley Electoral, el presente Reglamento y el Reglamento de Sesiones; VII. Someter a la aprobación del Consejo General las Políticas y Programas Generales del Instituto conforme a los criterios establecidos por las disposiciones constitucionales y legales correspondientes; VIII. Aprobar el proyecto de Calendario y el Plan Integral del proceso electoral estatal y de los procesos electorales extraordinarios que se convoquen, para ser puestos a consideración del Consejo General, IX. Aprobar el anteproyecto de presupuesto del financiamiento público para los partidos políticos con derecho a recibirlo, para ponerlo a consideración del Consejo. X. Programar la ministración mensual del financiamiento público para los partidos políticos con derecho a recibirlo. XI. Aprobar los manuales de recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, y XII. Las demás que le confiera la Ley Electoral y la normatividad aplicable.

20.- Que el artículo 19 del Reglamento Interior del Instituto señala que para el cumplimiento de las atribuciones que la Ley Electoral le confiere, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Participación Ciudadana: I. Coordinar el diseño y ejecución de los programas de instrucción a los consejeros electorales y secretarios ejecutivos distritales y municipales de manera previa a su instalación, y durante su funcionamiento; así como coordinar la instalación y funcionamiento de los consejos distritales y municipales; II. Planear, dirigir y supervisar la elaboración de los programas en materia de organización electoral y de participación ciudadana; III. Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo en la elaboración de los estudios sobre el establecimiento de oficinas regionales del Instituto para ponerlos a la consideración de la Junta; IV. Evaluar periódicamente los programas autorizados para la Dirección Ejecutiva; V. Observar el cumplimiento, en materia de organización electoral, de los Acuerdos y demás disposiciones que emita el Consejo y la Junta, así como dar seguimiento a su observancia por los consejos distritales y municipales; VI. Elaborar un catálogo de los Acuerdos y demás disposiciones que emitan el Consejo y la Junta, cuya observancia corresponda a la Dirección; VII. Elaborar el programa calendarizado de actividades y eventos en materia de organización electoral y de participación ciudadana; VIII. Diseñar y operar el programa de información sobre el desarrollo de la jornada electoral; IX. Proveer lo necesario para la impresión y distribución de las cédulas de opinión, los formatos, material electoral y demás documentación a utilizarse en los procedimientos de participación ciudadana; X. Rendir los informes mensuales y semestrales que determine el Instituto; XI. Planear, dirigir y supervisar la elaboración e implementación de programas de Participación Ciudadana, y XII. Las demás que le confiera la Ley Electoral y la normatividad aplicable.

Página 5 de 20

21.- Que el artículo 189 de la LIPEEY, establece que el proceso electoral se inicia dentro de los primeros 7 días del mes de septiembre del año previo al de la elección y concluye con el Dictamen y declaración de validez de la elección de Gobernador y, en el caso de elecciones intermedias, concluye con la asignación de diputados y regidores según el principio de representación proporcional. En todo caso, la conclusión del proceso electoral será una vez que se hubiera resuelto el último de los medios de impugnación que se hubieren interpuesto o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.

El proceso electoral comprende las siguientes etapas:I. La preparación de la elección;II. La jornada electoral;III. Los resultados y declaraciones de mayoría y validez de las elecciones, y IV. El dictamen y declaración de validez de la elección.

22.- En virtud de encontrarnos con que el Proceso Electoral Local 2017-2018 es coincidente con la fecha de la Jornada Electoral federal y con el fin de proveer a los Consejos Municipales y Distritales Electorales con personal eventual que auxilie en ciertas funciones a los Presidentes delos Consejos Municipales y Distritales Electorales, en estricto cumplimiento de las atribuciones de este Consejo General respecto de vigilar y procurara el adecuado funcionamiento del desarrollo de las funciones de los consejos citados, adicionalmente se pretende operar un sistema de atención de incidencias que pudieran surgir en estos mismos durante el día de la jornada electoral, y las subsecuentes juntas de trabajo y sesiones, se emitió una Convocatoria para participar como Auxiliares Electorales en el Proceso Electoral 2017-2018, aprobada mediante acuerdo C.G.-094/2018; en donde se estableció que realizarían las actividades siguientes:

ACTIVIDADES A REALIZAR: Auxiliar al Presidente del Consejo Municipal o Distrital en funciones

administrativas y de logística, previo a la jornada electoral. Auxiliar al Presidente del Consejo Municipal o Distrital durante el desarrollo de la

sesión permanente del día de la jornada electoral. Auxiliar al Presidente del Consejo Municipal o Distrital el día previo al del inicio

de la Sesión de Cómputo y en la Sesión Extraordinaria. Auxiliar al Presidente del Consejo Municipal o Distrital en la Sesión Especial de

Cómputo. Auxiliar al Presidente del Consejo Municipal o Distrital en la integración de

expedientes al término de la Sesión de Cómputo. Fungir como enlace entre el Consejo Municipal o Distrital y el Centro de

Recepción y Atención de Incidencias, para el reporte de las mismas. Apoyar en la operación del SILC. Auxiliar en las actividades de traslado, documentación, control de bodega, control

de grupo de trabajo, de acreditación y sustitución de representantes de partido político o candidatura independiente.

Para que el procedimiento de selección se rija bajo los principios de legalidad y profesionalización y a efecto de determinar los requisitos que deben cubrir las y los interesados, así como los criterios de ponderación para el proceso de selección, al no estar los requisitos establecidos de manera

Página 6 de 20

específica para el cargo que nos ocupa, es que en el marco de una interpretación sistemática del contexto normativo que rige los procesos de selección de los coordinadores distritales, se establecieron los que a continuación se detallan:

REQUISITOS LEGALES DOCUMENTACIÓN1. Ser ciudadano mexicano, en pleno

ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

2. Contar con credencial para votar con fotografía vigente;

3. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional;

4. Haber acreditado el nivel de educación media superior;

5. Contar con los conocimientos, experiencia y habilidades necesarios para realizar las funciones del cargo;

6. Ser residente en el estado de Yucatán.

7. No militar en ningún partido o agrupación política, ni haber participado activamente en alguna campaña electoral como representante de partido político o coalición en alguna elección celebrada en los últimos tres años;

8. Saber conducir, preferentemente.9. Presentar solicitud conforme a la

convocatoria, acompañando los documentos establecidos.

1. Formato de Solicitud de Inscripción.2. Copia simple del acta de

nacimiento.3. Copia de la credencial para votar

vigente y original para cotejo.4. Formato de Declaración Bajo Formal

Protesta de Decir Verdad.5. Copia del certificado de estudios

mínimo de nivel bachillerato.6. Original y copia del recibo

domiciliario con vigencia no mayor a 3 meses.

7. Licencia para conducir automóvil vigente, en su caso.

8. 2 fotografías tamaño infantil (se solicitarán al momento de la contratación).

9. Copia de la CURP (se solicitará al momento de la contratación).

10. RFC con homoclave expedida por el SAT (se solicitará al momento de la contratación).

Para el desarrollo del proceso de selección de las ciudadanas y ciudadanos interesados se establecieron las etapas y bases del proceso, siendo las siguientes:

ETAPAS DEL PROCESO:

Página 7 de 20

Periodo de labores, del 22 de junio al 6 de julio de 2018.

Designación de las y losAuxiliares Electorales,

21 de junio.

Recepción de documentos y verificación de requisitos,

del 31 de mayo al 15 de junio de 2018.

Para el ejercicio de esta función se aprobó la contratación, de manera temporal por el periodo, funciones y requisitos señalados en la convocatoria; a 100 ciudadanas o ciudadanos, a quienes se incorporarán 25 funcionarios de la plantilla de este Instituto.

La Junta General Ejecutiva, a través de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y de Participación Ciudadana, fue la encargada de la coordinación y ejecución de las acciones necesarias para desarrollar el procedimiento de selección.

23.- Que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y de Participación Ciudadana, durante el plazo comprendido del treinta y uno de mayo al quince de junio del año dos mil dieciocho, recepcionó 109 solicitudes; las cuales a continuación se detallan:

ID FOLIO APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE (S) ESCOLARIDAD MUNICIPIO DE

RESIDENCIA

1 01050-0001 MARRUFO AVILES DIEGO JULIAN BACHILLERATO MERIDA

2 01050-0002 VILLANUEVA PAVIA GUSTAVO IVAN BACHILLERATO MERIDA

3 01050-0003 ESPINOSA DZUL DAMIANELA VIVIANA LICENCIATURA UMAN

4 01050-0004 FRAZ UC JHOVANNI GABRIEL LICENCIATURA MERIDA

5 01050-0005 CHAN ROMERO OLIVIA ASUNCION LICENCIATURA MERIDA

6 01050-0006 GARCIA ESCOBEDO ARELY BEATRIZ BACHILLERATO TIXKOKOB

7 01050-0007 DURAN PAT DIANA MARGARITA BACHILLERATO MERIDA

8 01050-0008 PAT SEGOVIA JULIO DANIEL BACHILLERATO MERIDA

9 01050-0009 CAUICH HERNANDEZ ADRIAN GILBERTO BACHILLERATO KANASIN

10 01050-0010 VAZQUEZ ALONZO GREGORY ANTONIO BACHILLERATO TEKAX

11 01050-0011 NUÑEZ CASTELLANOS DARIEN JESUS BACHILLERATO MERIDA

12 01050-0012 TORRES HERNANDEZ JUAN CARLOS LICENCIATURA MERIDA

13 01050-0013 GONZALEZ BONILLA CLAUDIA MARGARITA LICENCIATURA MERIDA

14 01050-0014 DÍAZ MARÍN LUIS FRANCISCO LICENCIATURA HOCABA

15 01050-0015 LOPEZ MAY SHARON JOLYNETTE LICENCIATURA KANASIN

16 01050-0016 MATÚ CHÍ CLARISA BACHILLERATO DZONCAUICH

17 01050-0017 GÜEMES MARTÍNEZ GEORGINA DEL ROSARIO LICENCIATURA MERIDA

18 01050-0018 HUCHIN SANTOS DAVID HUMBERTO BACHILLERATO BOKOBA

19 01050-0019 PECH GOMEZ MAGDALENA ARELY SECUNDARIA PETO

20 01050-0020 GOMEZ AVILEZ ROSAURA SARAI BACHILLERATO PETO

21 01050-0021 GOMEZ CAAMAL MARIA ISABEL SECUNDARIA PETO

22 01050-0022 MERAZ ÁVILA ROMÁN LICENCIATURA MERIDA

23 01050-0023 SOLÍS BOBADILLA ARMANDO DE JESÚS LICENCIATURA MERIDA

24 01050-0024 CHAN GARCÍA MIGUEL EDREI BACHILLERATO MERIDA

25 01050-0025 LÓPEZ SÁNCHEZ FELIPE ANTONIO BACHILLERATO MERIDA

26 01050-0026 HEREDIA AYORA KARINA ILEANA CARRERA TÉCNICA MERIDA

27 01050-0027 MURILLO GONZÁLEZ LUIS ARTURO CARRERA TÉCNICA MERIDA

28 01050-0028 ALCOCER NUÑEZ MARICARMEN GUADALUPE LICENCIATURA CHEMAX

29 01050-0029 CETINA TUZ NAHALLELY DAMARIS BACHILLERATO MERIDA

30 01050-0030 GARCÍA MENDOZA ROSALBA LICENCIATURA MERIDA

Página 8 de 20

31 01050-0031 CHUC PALACIOS ANA PATRICIA BACHILLERATO UMAN

32 01050-0032 HERRERA GONZALEZ JOSE MARIO LICENCIATURA PROGRESO

33 01050-0033 LOPEZ MORENO GONZALO ALBERTO LICENCIATURA MERIDA

34 01050-0034 CONTRERAS CONTRERAS DANIEL GERARDO BACHILLERATO MERIDA

35 01050-0035 MARTIN CABRERA WILLIAM DE JESÚS SECUNDARIA HOCTUN

36 01050-0036 DUARTE AKÉ OSCAR OMAR BACHILLERATO MERIDA

37 01050-0037 SÁNCHEZ RODRÍGUEZ PEDRO MANUEL LICENCIATURA TEYA

38 01050-0038 GARRIDO ÁVILA SARA ESPERANZA BACHILLERATO MERIDA

39 01050-0039 DOMÍNGUEZ BERZUNZA FABIOLA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

40 01050-0040 SÁNCHEZ QUEB RAMSÉS BACHILLERATO MERIDA

41 01050-0041 CAN POOT ÁNGELA BEATRIZ BACHILLERATO TEKAX

42 01050-0042 MAY BAEZA ZULEYMA IRAIS BACHILLERATO PETO

43 01050-0043 CHUC CUXIM RUDY DE JESUS LICENCIATURA HUNUCMA

44 01050-0044 RODRIGUEZ MENDEZ ALFREDO ULISES LICENCIATURA HUNUCMA

45 01050-0045 CANTO VADILLO JENNIFER ALEJANDRA LICENCIATURA MERIDA

46 01050-0046 LOPEZ ACOSTA AIRAMI ESMERALDA BACHILLERATO SUDZAL

47 01050-0047 AVILES CETZ EDUARDO ALEXIS BACHILLERATO TEKANTO

48 01050-0048 COBOS PALMA MARIA SARAI BACHILLERATO MERIDA

49 01050-0049 CAUICH CANCHE OMAR ENRIQUE BACHILLERATO TIXPEUAL

50 01050-0050 GUILLERMO CERVERA FELIPE DANEL BACHILLERATO MERIDA

51 01050-0051 CARDOS VENTURA MARTIN GUALBERTO LICENCIATURA MERIDA

52 01050-0052 YAM ROSADO WILBERTH EDREI BACHILLERATO YOBAIN

53 01050-0053 TEC AGUILAR YAZMIN GUADALUPE BACHILLERATO IXIL

54 01050-0054 LOROÑO ORDOÑEZ JAVIER BACHILLERATO MERIDA

55 01050-0055 FRANCO CHAN EIDER ARMANDO LICENCIATURA UMAN

56 01050-0056 ESQUIVEL NEGROE JOSE JUAN ORLANDO BACHILLERATO MERIDA

57 01050-0057 LUNA CASTRO KEVIN BACHILLERATO MERIDA

58 01050-0058 MEDINA ONEY MARTHA ESTHER CARRERA TÉCNICA MERIDA

59 01050-0059 VILLANUEVA CALDERON RAUL JOSE LICENCIATURA MERIDA

60 01050-0060 DZIB PANTOJA MARVI MONSERRAT LICENCIATURA MERIDA

61 01050-0061 SANSORES SANCHEZ NAIDENI STEPHANI LICENCIATURA MERIDA

62 01050-0062 NOH CHI FRANCISCA DOLORES BACHILLERATO SUCILA

63 01050-0063 GALINDO CUXIN GUSTAVO ALBERTO BACHILLERATO MERIDA

64 01050-0064 COUOH ROSADO GADIEL ABISAI BACHILLERATO TIZIMIN

65 01050-0065 ESPINOSA MARIN JAVIER EZEQUIEL BACHILLERATO MERIDA

66 01050-0066 SANTANA BARBUDO ALDO ROGELIO BACHILLERATO MERIDA

67 01050-0067 UC SANTOS LIGIA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

68 01050-0068 PEREZ CONTRERAS MANUEL ALEJANDRO BACHILLERATO MERIDA

69 01050-0069 JIMENEZ MOLINA MARIA DEL ROCIO LICENCIATURA MERIDA

70 01050-0070 TZIU CANUL MIGUEL ANGEL BACHILLERATO PANABA

71 01050-0071 LAVADORES RITO MARIBEL DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

72 01050-0072 AGUAYO CHAN VIANEY GUADALUPE BACHILLERATO KINCHIL

73 01050-0073 MEDINA PUY JANET STEPHANIE BACHILLERATO IZAMAL

74 01050-0074 RAMIREZ REYES GUILLERMINA LICENCIATURA MERIDA

Página 9 de 20

75 01050-0075 ZAPATA PALMA DULCE MARIA CARRERA TÉCNICA DZILAM GONZALEZ

76 01050-0076 GOMEZ ANGULO DARLING BEATRIZ LICENCIATURA DZIDZANTUN

77 01050-0077 CAHUM PUGA YOLIRENE ANAHI LICENCIATURA RIO LAGARTOS

78 01050-0078 CANUL PECH ISRAEL ANTONIO BACHILLERATO HUNUCMA

79 01050-0079 PIÑA ANTUÑA ALEJANDRO DE JESUS LICENCIATURA MERIDA

80 01050-0080 HURTADO FRANCO SHIRLEY ALEXIA LICENCIATURA MERIDA

81 01050-0081 TUZ KU LUIS FERNANDO SECUNDARIA CHICHIMILA

82 01050-0082 EK CHAN JOSE CIRO BACHILLERATO CANSAHCAB

83 01050-0083 CHUC AYALA OSCAR ADRIAN LICENCIATURA UMAN

84 01050-0084 PISTE PISTE YANELY ARACELY BACHILLERATO MOCOCHA

85 01050-0085 PIÑA GARCIA SURIEL DAVID BACHILLERATO MERIDA

86 01050-0086 RODRIGUEZ HERNANDEZ ERIKA PAOLA LICENCIATURA MERIDA

87 01050-0087 AKE CANUL NELY DEL ROSARIO BACHILLERATO TUNKAS

88 01050-0088 YAM LORIA GEOVANY GAMALIEL BACHILLERATO CENOTILLO

89 01050-0089 BRICEÑO SANCHEZ MARCO ANTONIO LICENCIATURA MERIDA

90 01050-0090 POOT KANTUN ANA VERONICA BACHILLERATO MERIDA

91 01050-0091 PAT TEC WENDY ROCIO BACHILLERATO TEKOM

92 01050-0092 ORTEGA PERAZA FERNANDO JOSE BACHILLERATO MERIDA

93 01050-0093 ACOSTA SOSA MARIA JESUS LICENCIATURA MERIDA

94 01050-0094 PERAZA CHI INES ANAIANCY BACHILLERATO SINANCHE

95 01050-0095 ECHEVERRIA PAREDES MARIA EUGENIA LICENCIATURA MERIDA

96 01050-0096 PECH MATOS WENDY YANELLY BACHILLERATO CHIKINDZONOT

97 01050-0097 PUC ARAUJO MARIA ANGELICA BACHILLERATO CUNCUNUL

98 01050-0098 RODRIGUEZ EK YASAIRA GUADALUPE BACHILLERATO MERIDA

99 01050-0099 ALFARO CARBALLO LESLIE FRANCELY BACHILLERATO MERIDA

100 01050-0100 LARA IBARRA JOSE ARMANDO BACHILLERATO MERIDA

101 01050-0101 MIS NOH CARLA BACHILLERATO TIXCACALCUPUL

102 01050-0102 TUZ CHI DIANELLY SARAHI BACHILLERATO VALLADOLID

103 01050-0103 DAMIAN SOLIS GLORIA VERONICA LICENCIATURA MERIDA

104 01050-0104 AGUILAR GARCIA CARLOS ENRIQUE BACHILLERATO MERIDA

105 01050-0105 AGUILAR HERRERA CARLOS ANTONIO BACHILLERATO MERIDA

106 01050-0106 GALA MADERA CHRYSTIAN MATILDE LICENCIATURA MERIDA

107 01050-0107 XOOL CHI REINA ELIZABETH LICENCIATURA TIMUCUY

108 01050-0108 POOL MAY XIOMARA DEL SOCORRO CARRERA TÉCNICA MERIDA

109 01050-0109 MARTINEZ RUIZ VICTOR ALFONSO BACHILLERATO PROGRESO

Asimismo, y en base a la documentación presentada por los interesados, dicha Dirección Ejecutiva procedió a realizar la verificación de los requisitos establecidos en la Convocatoria, en los días dieciséis y diecisiete de junio del año en curso, obteniendo los siguientes resultados:

Página 10 de 20

ID FOLIO APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO NOMBRE (S) ESCOLARIDAD MUNICIPIO

PARTICIPACIÓN COMUNITARIA O

CIUDADANA (20 PTS)

NIVEL ACADÉMICO

(60 PTS)

CONOCIMIENTO EN LA MATERIA

ELECTORAL (10 PTS)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

(10 PTS)TOTAL

1 01050-0001 MARRUFO AVILES DIEGO JULIAN BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 502 01050-0002 VILLANUEVA PAVIA GUSTAVO IVAN BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 503 01050-0003 ESPINOSA DZUL DAMIANELA VIVIANA LICENCIATURA UMAN 10 40 5 5 604 01050-0004 FRAZ UC JHOVANNI GABRIEL LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 605 01050-0005 CHAN ROMERO OLIVIA ASUNCION LICENCIATURA MERIDA 10 5 5 206 01050-0006 GARCIA ESCOBEDO ARELY BEATRIZ BACHILLERATO TIXKOKOB 10 30 5 5 507 01050-0007 DURAN PAT DIANA MARGARITA BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 508 01050-0008 PAT SEGOVIA JULIO DANIEL BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 509 01050-0009 CAUICH HERNANDEZ ADRIAN GILBERTO BACHILLERATO KANASIN 10 30 10 5 5510 01050-0010 VAZQUEZ ALONZO GREGORY ANTONIO BACHILLERATO TEKAX 10 30 5 5 5011 01050-0011 NUÑEZ CASTELLANOS DARIEN JESUS BACHILLERATO MERIDA 15 5 5 2512 01050-0012 TORRES HERNANDEZ JUAN CARLOS LICENCIATURA MERIDA 15 40 5 5 6513 01050-0013 GONZALEZ BONILLA CLAUDIA MARGARITA LICENCIATURA MERIDA 10 30 5 5 5014 01050-0014 DÍAZ MARÍN LUIS FRANCISCO LICENCIATURA HOCABA 10 40 5 5 6015 01050-0015 LOPEZ MAY SHARON JOLYNETTE LICENCIATURA KANASIN 15 5 5 2516 01050-0016 MATÚ CHÍ CLARISA BACHILLERATO DZONCAUICH 10 30 5 5 50

17 01050-0017 GÜEMES MARTÍNEZ GEORGINA DEL ROSARIO LICENCIATURA MERIDA 15 30 5 5 55

18 01050-0018 HUCHIN SANTOS DAVID HUMBERTO BACHILLERATO BOKOBA 10 30 5 5 5019 01050-0019 PECH GOMEZ MAGDALENA ARELY SECUNDARIA PETO 10 5 5 2020 01050-0020 GOMEZ AVILEZ ROSAURA SARAI BACHILLERATO PETO 15 30 5 5 5521 01050-0021 GOMEZ CAAMAL MARIA ISABEL SECUNDARIA PETO 15 5 5 2522 01050-0022 MERAZ ÁVILA ROMÁN LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6023 01050-0023 SOLÍS BOBADILLA ARMANDO DE JESÚS LICENCIATURA MERIDA 10 30 5 5 5024 01050-0024 CHAN GARCÍA MIGUEL EDREI BACHILLERATO MERIDA 15 30 10 5 6025 01050-0025 LÓPEZ SÁNCHEZ FELIPE ANTONIO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5026 01050-0026 HEREDIA AYORA KARINA ILEANA CARRERA TÉCNICA MERIDA 10 30 5 5 50

Página 11 de 20

27 01050-0027 MURILLO GONZÁLEZ LUIS ARTURO CARRERA TÉCNICA MERIDA 10 30 5 5 50

28 01050-0028 ALCOCER NUÑEZ MARICARMEN GUADALUPE LICENCIATURA CHEMAX 10 30 5 5 50

29 01050-0029 CETINA TUZ NAHALLELY DAMARIS BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5030 01050-0030 GARCÍA MENDOZA ROSALBA LICENCIATURA MERIDA 15 30 15 5 6531 01050-0031 CHUC PALACIOS ANA PATRICIA BACHILLERATO UMAN 10 30 5 5 5032 01050-0032 HERRERA GONZALEZ JOSE MARIO LICENCIATURA PROGRESO 10 30 5 5 5033 01050-0033 LOPEZ MORENO GONZALO ALBERTO LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6034 01050-0034 CONTRERAS CONTRERAS DANIEL GERARDO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5035 01050-0035 MARTIN CABRERA WILLIAM DE JESÚS SECUNDARIA HOCTUN 10 5 5 2036 01050-0036 DUARTE AKÉ OSCAR OMAR BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5537 01050-0037 SÁNCHEZ RODRÍGUEZ PEDRO MANUEL LICENCIATURA TEYA 10 40 5 0 5538 01050-0038 GARRIDO ÁVILA SARA ESPERANZA BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 55

39 01050-0039 DOMÍNGUEZ BERZUNZA FABIOLA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 55

40 01050-0040 SÁNCHEZ QUEB RAMSÉS BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5541 01050-0041 CAN POOT ÁNGELA BEATRIZ BACHILLERATO TEKAX 10 30 5 5 5042 01050-0042 MAY BAEZA ZULEYMA IRAIS BACHILLERATO PETO 15 30 5 5 5543 01050-0043 CHUC CUXIM RUDY DE JESUS LICENCIATURA HUNUCMA 15 40 5 5 6544 01050-0044 RODRIGUEZ MENDEZ ALFREDO ULISES LICENCIATURA HUNUCMA 15 40 10 5 70

45 01050-0045 CANTO VADILLO JENNIFER ALEJANDRA LICENCIATURA MERIDA 15 40 5 5 65

46 01050-0046 LOPEZ ACOSTA AIRAMI ESMERALDA BACHILLERATO SUDZAL 15 30 5 5 5547 01050-0047 AVILES CETZ EDUARDO ALEXIS BACHILLERATO TEKANTO 10 30 10 5 5548 01050-0048 COBOS PALMA MARIA SARAI BACHILLERATO MERIDA 10 30 10 5 5549 01050-0049 CAUICH CANCHE OMAR ENRIQUE BACHILLERATO TIXPEUAL 10 5 5 2050 01050-0050 GUILLERMO CERVERA FELIPE DANEL BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5051 01050-0051 CARDOS VENTURA MARTIN GUALBERTO LICENCIATURA MERIDA 15 30 5 5 5552 01050-0052 YAM ROSADO WILBERTH EDREI BACHILLERATO YOBAIN 10 30 5 5 5053 01050-0053 TEC AGUILAR YAZMIN GUADALUPE BACHILLERATO IXIL 10 30 5 10 5554 01050-0054 LOROÑO ORDOÑEZ JAVIER BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5055 01050-0055 FRANCO CHAN EIDER ARMANDO LICENCIATURA UMAN 15 40 5 5 65

Página 12 de 20

56 01050-0056 ESQUIVEL NEGROE JOSE JUAN ORLANDO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5057 01050-0057 LUNA CASTRO KEVIN BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5058 01050-0058 MEDINA ONEY MARTHA ESTHER CARRERA TÉCNICA MERIDA 10 5 5 2059 01050-0059 VILLANUEVA CALDERON RAUL JOSE LICENCIATURA MERIDA 15 40 10 5 7060 01050-0060 DZIB PANTOJA MARVI MONSERRAT LICENCIATURA MERIDA 10 40 10 5 6561 01050-0061 SANSORES SANCHEZ NAIDENI STEPHANI LICENCIATURA MERIDA 15 40 5 5 65

62 01050-0062 NOH CHI FRANCISCA DOLORES BACHILLERATO SUCILA 10 30 5 5 50

63 01050-0063 GALINDO CUXIN GUSTAVO ALBERTO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5064 01050-0064 COUOH ROSADO GADIEL ABISAI BACHILLERATO TIZIMIN 15 30 5 5 5565 01050-0065 ESPINOSA MARIN JAVIER EZEQUIEL BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5066 01050-0066 SANTANA BARBUDO ALDO ROGELIO BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5567 01050-0067 UC SANTOS LIGIA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5068 01050-0068 PEREZ CONTRERAS MANUEL ALEJANDRO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 5069 01050-0069 JIMENEZ MOLINA MARIA DEL ROCIO LICENCIATURA MERIDA 10 40 10 5 6570 01050-0070 TZIU CANUL MIGUEL ANGEL BACHILLERATO PANABA 10 30 5 5 50

71 01050-0071 LAVADORES RITO MARIBEL DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 50

72 01050-0072 AGUAYO CHAN VIANEY GUADALUPE BACHILLERATO KINCHIL 10 30 5 5 5073 01050-0073 MEDINA PUY JANET STEPHANIE BACHILLERATO IZAMAL 15 30 10 5 6074 01050-0074 RAMIREZ REYES GUILLERMINA LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 60

75 01050-0075 ZAPATA PALMA DULCE MARIA CARRERA TÉCNICA DZILAM GONZALEZ 15 30 10 10 65

76 01050-0076 GOMEZ ANGULO DARLING BEATRIZ LICENCIATURA DZIDZANTUN 10 40 5 5 6077 01050-0077 CAHUM PUGA YOLIRENE ANAHI LICENCIATURA RIO LAGARTOS 10 40 5 5 6078 01050-0078 CANUL PECH ISRAEL ANTONIO BACHILLERATO HUNUCMA 10 30 5 5 50

79 01050-0079 PIÑA ANTUÑA ALEJANDRO DE JESUS LICENCIATURA MERIDA 15 40 10 5 70

80 01050-0080 HURTADO FRANCO SHIRLEY ALEXIA LICENCIATURA MERIDA 15 40 5 5 6581 01050-0081 TUZ KU LUIS FERNANDO SECUNDARIA CHICHIMILA 10 5 5 2082 01050-0082 EK CHAN JOSE CIRO BACHILLERATO CANSAHCAB 10 40 5 5 6083 01050-0083 CHUC AYALA OSCAR ADRIAN LICENCIATURA UMAN 10 40 10 10 7084 01050-0084 PISTE PISTE YANELY ARACELY BACHILLERATO MOCOCHA 10 30 5 5 50

Página 13 de 20

85 01050-0085 PIÑA GARCIA SURIEL DAVID BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5586 01050-0086 RODRIGUEZ HERNANDEZ ERIKA PAOLA LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6087 01050-0087 AKE CANUL NELY DEL ROSARIO BACHILLERATO TUNKAS 10 30 5 5 5088 01050-0088 YAM LORIA GEOVANY GAMALIEL BACHILLERATO CENOTILLO 10 30 5 5 5089 01050-0089 BRICEÑO SANCHEZ MARCO ANTONIO LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6090 01050-0090 POOT KANTUN ANA VERONICA BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5591 01050-0091 PAT TEC WENDY ROCIO BACHILLERATO TEKOM 10 30 5 5 5092 01050-0092 ORTEGA PERAZA FERNANDO JOSE BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5593 01050-0093 ACOSTA SOSA MARIA JESUS LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6094 01050-0094 PERAZA CHI INES ANAIANCY BACHILLERATO SINANCHE 10 30 5 5 5095 01050-0095 ECHEVERRIA PAREDES MARIA EUGENIA LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 6096 01050-0096 PECH MATOS WENDY YANELLY BACHILLERATO CHIKINDZONOT 10 30 5 5 5097 01050-0097 PUC ARAUJO MARIA ANGELICA BACHILLERATO CUNCUNUL 10 30 5 5 5098 01050-0098 RODRIGUEZ EK YASAIRA GUADALUPE BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 5599 01050-0099 ALFARO CARBALLO LESLIE FRANCELY BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 55100 01050-0100 LARA IBARRA JOSE ARMANDO BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 55101 01050-0101 MIS NOH CARLA BACHILLERATO TIXCACALCUPUL 15 30 5 5 55102 01050-0102 TUZ CHI DIANELLY SARAHI BACHILLERATO VALLADOLID 10 30 5 5 50103 01050-0103 DAMIAN SOLIS GLORIA VERONICA LICENCIATURA MERIDA 10 40 5 5 60104 01050-0104 AGUILAR GARCIA CARLOS ENRIQUE BACHILLERATO MERIDA 15 30 5 5 55105 01050-0105 AGUILAR HERRERA CARLOS ANTONIO BACHILLERATO MERIDA 10 30 5 5 50106 01050-0106 GALA MADERA CHRYSTIAN MATILDE LICENCIATURA MERIDA 10 40 10 5 65107 01050-0107 XOOL CHI REINA ELIZABETH LICENCIATURA TIMUCUY 10 40 5 5 60

108 01050-0108 POOL MAY XIOMARA DEL SOCORRO CARRERA TÉCNICA MERIDA 10 30 5 5 50

109 01050-0109 MARTINEZ RUIZ VICTOR ALFONSO BACHILLERATO PROGRESO 10 30 10 10 60

Página 14 de 20

De la lista anterior, se obtuvo que 9 ciudadanos no cumplieron con la documentación y requisitos establecidos y que para una mejor ilustración se detallan a continuación:

ID FOLIO APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE (S) ESCOLARIDAD MUNICIPIO

PARTICIPACIÓN COMUNITARIA O

CIUDADANA (20 PTS)

NIVEL ACADÉMICO

(60 PTS)

CONOCIMIENTO EN LA MATERIA ELECTORAL

(10 PTS)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (10 PTS)

TOTAL

5 01050-0005 CHAN ROMERO OLIVIA ASUNCION LICENCIATURA MERIDA 10 5 5 2011 01050-0011 NUÑEZ CASTELLANOS DARIEN JESUS BACHILLERATO MERIDA 15 5 5 2515 01050-0015 LOPEZ MAY SHARON JOLYNETTE LICENCIATURA KANASIN 15 5 5 2519 01050-0019 PECH GOMEZ MAGDALENA ARELY SECUNDARIA PETO 10 5 5 2021 01050-0021 GOMEZ CAAMAL MARIA ISABEL SECUNDARIA PETO 15 5 5 2535 01050-0035 MARTIN CABRERA WILLIAM DE JESÚS SECUNDARIA HOCTUN 10 5 5 2049 01050-0049 CAUICH CANCHE OMAR ENRIQUE BACHILLERATO TIXPEUAL 10 5 5 2058 01050-0058 MEDINA ONEY MARTHA ESTHER CARRERA TÉCNICA MERIDA 10 5 5 2081 01050-0081 TUZ KU LUIS FERNANDO SECUNDARIA CHICHIMILA 10 5 5 20

24.- En virtud de todo lo anterior, se obtiene como lista definitiva con los 100 ciudadanas y ciudadanos que fungirán como Auxiliares Electorales, los que a continuación se detallan para una mejor ilustración:

ID FOLIO APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO NOMBRE (S) ESCOLARIDAD MUNICIPIO DE

RESIDENCIA

1 01050-0001 MARRUFO AVILES DIEGO JULIAN BACHILLERATO MERIDA

2 01050-0002 VILLANUEVA PAVIA GUSTAVO IVAN BACHILLERATO MERIDA

3 01050-0003 ESPINOSA DZUL DAMIANELA VIVIANA LICENCIATURA UMAN

4 01050-0004 FRAZ UC JHOVANNI GABRIEL LICENCIATURA MERIDA

6 01050-0006 GARCIA ESCOBEDO ARELY BEATRIZ BACHILLERATO TIXKOKOB

7 01050-0007 DURAN PAT DIANA MARGARITA BACHILLERATO MERIDA

8 01050-0008 PAT SEGOVIA JULIO DANIEL BACHILLERATO MERIDA

9 01050-0009 CAUICH HERNANDEZ ADRIAN GILBERTO BACHILLERATO KANASIN

10 01050-0010 VAZQUEZ ALONZO GREGORY ANTONIO BACHILLERATO TEKAX

12 01050-0012 TORRES HERNANDEZ JUAN CARLOS LICENCIATURA MERIDA

13 01050-0013 GONZALEZ BONILLA CLAUDIA MARGARITA LICENCIATURA MERIDA

14 01050-0014 DÍAZ MARÍN LUIS FRANCISCO LICENCIATURA HOCABA

16 01050-0016 MATÚ CHÍ CLARISA BACHILLERATO DZONCAUICH

17 01050-0017 GÜEMES MARTÍNEZ GEORGINA DEL ROSARIO LICENCIATURA MERIDA

18 01050-0018 HUCHIN SANTOS DAVID HUMBERTO BACHILLERATO BOKOBA

20 01050-0020 GOMEZ AVILEZ ROSAURA SARAI BACHILLERATO PETO

22 01050-0022 MERAZ ÁVILA ROMÁN LICENCIATURA MERIDA

23 01050-0023 SOLÍS BOBADILLA ARMANDO DE JESÚS LICENCIATURA MERIDA

24 01050-0024 CHAN GARCÍA MIGUEL EDREI BACHILLERATO MERIDA

25 01050-0025 LÓPEZ SÁNCHEZ FELIPE ANTONIO BACHILLERATO MERIDA

26 01050-0026 HEREDIA AYORA KARINA ILEANA CARRERA TÉCNICA MERIDA

27 01050-0027 MURILLO GONZÁLEZ LUIS ARTURO CARRERA TÉCNICA MERIDA

28 01050-0028 ALCOCER NUÑEZ MARICARMEN GUADALUPE LICENCIATURA CHEMAX

29 01050-0029 CETINA TUZ NAHALLELY BACHILLERATO MERIDA

Página 15 de 20

DAMARIS30 01050-0030 GARCÍA MENDOZA ROSALBA LICENCIATURA MERIDA

31 01050-0031 CHUC PALACIOS ANA PATRICIA BACHILLERATO UMAN

32 01050-0032 HERRERA GONZALEZ JOSE MARIO LICENCIATURA PROGRESO

33 01050-0033 LOPEZ MORENO GONZALO ALBERTO LICENCIATURA MERIDA

34 01050-0034 CONTRERAS CONTRERAS DANIEL GERARDO BACHILLERATO MERIDA

36 01050-0036 DUARTE AKÉ OSCAR OMAR BACHILLERATO MERIDA

37 01050-0037 SÁNCHEZ RODRÍGUEZ PEDRO MANUEL LICENCIATURA TEYA

38 01050-0038 GARRIDO ÁVILA SARA ESPERANZA BACHILLERATO MERIDA

39 01050-0039 DOMÍNGUEZ BERZUNZA FABIOLA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

40 01050-0040 SÁNCHEZ QUEB RAMSÉS BACHILLERATO MERIDA

41 01050-0041 CAN POOT ÁNGELA BEATRIZ BACHILLERATO TEKAX

42 01050-0042 MAY BAEZA ZULEYMA IRAIS BACHILLERATO PETO

43 01050-0043 CHUC CUXIM RUDY DE JESUS LICENCIATURA HUNUCMA

44 01050-0044 RODRIGUEZ MENDEZ ALFREDO ULISES LICENCIATURA HUNUCMA

45 01050-0045 CANTO VADILLO JENNIFER ALEJANDRA LICENCIATURA MERIDA

46 01050-0046 LOPEZ ACOSTA AIRAMI ESMERALDA BACHILLERATO SUDZAL

47 01050-0047 AVILES CETZ EDUARDO ALEXIS BACHILLERATO TEKANTO

48 01050-0048 COBOS PALMA MARIA SARAI BACHILLERATO MERIDA

50 01050-0050 GUILLERMO CERVERA FELIPE DANEL BACHILLERATO MERIDA

51 01050-0051 CARDOS VENTURA MARTIN GUALBERTO LICENCIATURA MERIDA

52 01050-0052 YAM ROSADO WILBERTH EDREI BACHILLERATO YOBAIN

53 01050-0053 TEC AGUILAR YAZMIN GUADALUPE BACHILLERATO IXIL

54 01050-0054 LOROÑO ORDOÑEZ JAVIER BACHILLERATO MERIDA

55 01050-0055 FRANCO CHAN EIDER ARMANDO LICENCIATURA UMAN

56 01050-0056 ESQUIVEL NEGROE JOSE JUAN ORLANDO BACHILLERATO MERIDA

57 01050-0057 LUNA CASTRO KEVIN BACHILLERATO MERIDA

59 01050-0059 VILLANUEVA CALDERON RAUL JOSE LICENCIATURA MERIDA

60 01050-0060 DZIB PANTOJA MARVI MONSERRAT LICENCIATURA MERIDA

61 01050-0061 SANSORES SANCHEZ NAIDENI STEPHANI LICENCIATURA MERIDA

62 01050-0062 NOH CHI FRANCISCA DOLORES BACHILLERATO SUCILA

63 01050-0063 GALINDO CUXIN GUSTAVO ALBERTO BACHILLERATO MERIDA

64 01050-0064 COUOH ROSADO GADIEL ABISAI BACHILLERATO TIZIMIN

65 01050-0065 ESPINOSA MARIN JAVIER EZEQUIEL BACHILLERATO MERIDA

66 01050-0066 SANTANA BARBUDO ALDO ROGELIO BACHILLERATO MERIDA

67 01050-0067 UC SANTOS LIGIA DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

68 01050-0068 PEREZ CONTRERAS MANUEL ALEJANDRO BACHILLERATO MERIDA

69 01050-0069 JIMENEZ MOLINA MARIA DEL ROCIO LICENCIATURA MERIDA

70 01050-0070 TZIU CANUL MIGUEL ANGEL BACHILLERATO PANABA

71 01050-0071 LAVADORES RITO MARIBEL DEL ROSARIO BACHILLERATO MERIDA

72 01050-0072 AGUAYO CHAN VIANEY GUADALUPE BACHILLERATO KINCHIL

Página 16 de 20

73 01050-0073 MEDINA PUY JANET STEPHANIE BACHILLERATO IZAMAL

74 01050-0074 RAMIREZ REYES GUILLERMINA LICENCIATURA MERIDA

75 01050-0075 ZAPATA PALMA DULCE MARIA CARRERA TÉCNICA DZILAM GONZALEZ

76 01050-0076 GOMEZ ANGULO DARLING BEATRIZ LICENCIATURA DZIDZANTUN

77 01050-0077 CAHUM PUGA YOLIRENE ANAHI LICENCIATURA RIO LAGARTOS

78 01050-0078 CANUL PECH ISRAEL ANTONIO BACHILLERATO HUNUCMA

79 01050-0079 PIÑA ANTUÑA ALEJANDRO DE JESUS LICENCIATURA MERIDA

80 01050-0080 HURTADO FRANCO SHIRLEY ALEXIA LICENCIATURA MERIDA

82 01050-0082 EK CHAN JOSE CIRO BACHILLERATO CANSAHCAB

83 01050-0083 CHUC AYALA OSCAR ADRIAN LICENCIATURA UMAN

84 01050-0084 PISTE PISTE YANELY ARACELY BACHILLERATO MOCOCHA

85 01050-0085 PIÑA GARCIA SURIEL DAVID BACHILLERATO MERIDA

86 01050-0086 RODRIGUEZ HERNANDEZ ERIKA PAOLA LICENCIATURA MERIDA

87 01050-0087 AKE CANUL NELY DEL ROSARIO BACHILLERATO TUNKAS

88 01050-0088 YAM LORIA GEOVANY GAMALIEL BACHILLERATO CENOTILLO

89 01050-0089 BRICEÑO SANCHEZ MARCO ANTONIO LICENCIATURA MERIDA

90 01050-0090 POOT KANTUN ANA VERONICA BACHILLERATO MERIDA

91 01050-0091 PAT TEC WENDY ROCIO BACHILLERATO TEKOM

92 01050-0092 ORTEGA PERAZA FERNANDO JOSE BACHILLERATO MERIDA

93 01050-0093 ACOSTA SOSA MARIA JESUS LICENCIATURA MERIDA

94 01050-0094 PERAZA CHI INES ANAIANCY BACHILLERATO SINANCHE

95 01050-0095 ECHEVERRIA PAREDES MARIA EUGENIA LICENCIATURA MERIDA

96 01050-0096 PECH MATOS WENDY YANELLY BACHILLERATO CHIKINDZONOT

97 01050-0097 PUC ARAUJO MARIA ANGELICA BACHILLERATO CUNCUNUL

98 01050-0098 RODRIGUEZ EK YASAIRA GUADALUPE BACHILLERATO MERIDA

99 01050-0099 ALFARO CARBALLO LESLIE FRANCELY BACHILLERATO MERIDA

100 01050-0100 LARA IBARRA JOSE ARMANDO BACHILLERATO MERIDA

101 01050-0101 MIS NOH CARLA BACHILLERATO TIXCACALCUPUL

102 01050-0102 TUZ CHI DIANELLY SARAHI BACHILLERATO VALLADOLID

103 01050-0103 DAMIAN SOLIS GLORIA VERONICA LICENCIATURA MERIDA

104 01050-0104 AGUILAR GARCIA CARLOS ENRIQUE BACHILLERATO MERIDA

105 01050-0105 AGUILAR HERRERA CARLOS ANTONIO BACHILLERATO MERIDA

106 01050-0106 GALA MADERA CHRYSTIAN MATILDE LICENCIATURA MERIDA

107 01050-0107 XOOL CHI REINA ELIZABETH LICENCIATURA TIMUCUY

108 01050-0108 POOL MAY XIOMARA DEL SOCORRO CARRERA TÉCNICA MERIDA

109 01050-0109 MARTINEZ RUIZ VICTOR ALFONSO BACHILLERATO PROGRESO

25.- Asimismo, se realizó una lista de los 25 funcionarios que se incorporarían como Auxiliares Electorales, misma que a continuación se detalla:

Página 17 de 20

No. NOMBRE DEPARTAMENTO PUESTO

1 IRVIN JESUS CAB REJONDIR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN TÉCNICO A

2 CARLOS JOSE PADILLA ESTRADA DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

3 ILEANA MARGARITA DE OCAMPO CASTAÑEDA DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO B

4 SUENY DE LOS ANGELES PECH VERDEJO UNIDAD TÉCNICA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICO B

5 HECTOR HERNANDO OSORIO PACHECO DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓNJEFE DE DEPTO DE CONTABILIDAD

6 MARIO ALBERTO CERVANTES SULU DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓNJEFE DE DEPTO DE CONTABILIDAD

7 ROGER JESUS SOSA PECH DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

8 MIGUEL ANGEL RABANALES PANTOJA DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

9 ADAIR ALEJANDRO ARJONA LOO DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

10 MAYRA BELEM KOH REJÓN DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

11 CARLOS ABRAHAM PENICHE PECHDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

JEFE DE DEPTO DE EDUCACIÓN CÍVICA

12 JESUS OCTAVIO MOO ORTIZDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA TÉCNICO A

13 MIGUEL ANGEL UICAB BALAMDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

JEFE DE DEPTO DE EDUCACIÓN CÍVICA

14 RUBY ALEJANDRA MENA PANDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

JEFE DE DEPARTAMENTO

15 JOSE RENAN GONZALEZ FORTUNYDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

TÉCNICO DE EDUCACIÓN CÍVICA

16 LAURA ELENA CASTELLANOS GUZMANDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA TÉCNICO A

17 JOSE HERIBERTO VILLEGAS REYESDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

JEFE DE DEPTO DE EDUCACIÓN CÍVICA

18 ALDO ULISES GRANADOS CRUZDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

TÉCNICO DE EDUCACIÓN CÍVICA

19 LUIS ALBERTO GASCA RAMOSDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

TÉCNICO DE EDUCACIÓN CÍVICA

20 ESTEBAN REYES BERNABEDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

TÉCNICO DE EDUCACIÓN CÍVICA

21 CLAUDIO RIVAS MARTINEZDIR EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

TÉCNICO DE EDUCACIÓN CÍVICA

22 CHRISTIAN ANTONIO SOLIS CRUZ DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A23 RICARDO ERNESTO MENDOZA PEREIRA UNIDAD TÉCNICA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICO A

24 MARCO ANTONIO DIAZ MALDONADO DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO A

25 ERIK AUGUSTO GOMEZ SANCHEZ DIR EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN TÉCNICO B

26.- Por lo que el Consejo General de este Instituto, una vez realizada la verificación y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria, procede a la designación de las y

Página 18 de 20

los ciudadanos que fungirán como Auxiliares Electorales para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, así como de los 25 funcionarios que fungirán para dicho cargo.

Y por todo lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, el Consejo General emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se designa a 100 ciudadanas y ciudadanos que fungirán como Auxiliares Electorales de los Consejos Electorales Distritales y Municipales en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018; cuya lista se detalla en el considerando 24 del presente Acuerdo.

SEGUNDO. Se designa a los 25 funcionarios de la plantilla de este Instituto que se incorporarán como Auxiliares Electorales de los Consejos Electorales Distritales y Municipales en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018; cuya lista se detalla en el considerando 25 del presente Acuerdo.

TERCERO. En caso de ser necesaria la realización de sustituciones de los Auxiliares Electorales Municipales o Distritales, la Junta General Ejecutiva designará quien cubrirá la vacante.

CUARTO. La Dirección Ejecutiva de Organización Electoral será la encargada de realizar la adscripción de las ciudadanas y los ciudadanos designados, misma que será hecha del conocimiento por escrito a los integrantes del Consejo General.

QUINTO. Remítase por medio electrónico copia del presente Acuerdo a las y los integrantes del Consejo General, en términos del artículo 22 párrafo 1, del Reglamento de Sesiones de los Consejos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán.

SEXTO. Remítase copia del presente Acuerdo a la Junta Local del Instituto Nacional Electoral, para su conocimiento.

SÉPTIMO. Remítase copia del presente Acuerdo a los quince Consejos Distritales Electorales y a los ciento seis Consejos Municipales Electorales para su debido conocimiento.

OCTAVO. Remítase copia del presente Acuerdo a las y los integrantes de la Junta General Ejecutiva, para su debido conocimiento y cumplimiento en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

NOVENO. Publíquese el presente Acuerdo en los Estrados del Instituto y en el portal institucional www.iepac.mx, para su difusión.

Este Acuerdo fue aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo General celebrada el día veintiuno de junio de dos mil dieciocho, por unanimidad de votos de los C.C. Consejeros y las Consejeras Electorales, Licenciado José Antonio Gabriel Martínez Magaña, Maestro Antonio Ignacio Matute González, Doctor Jorge Miguel Valladares Sánchez, Maestra Delta Alejandra Pacheco

Página 19 de 20

Puente, María del Mar Trejo Pérez, Licenciado Jorge Antonio Vallejo Buenfil y la Consejera Presidente, Maestra María de Lourdes Rosas Moya.

Página 20 de 20

MTRA. MARÍA DE LOURDES ROSAS MOYACONSEJERA PRESIDENTE

MTRO. HIDALGO ARMANDO VICTORIA MALDONADO SECRETARIO EJECUTIVO