Acuerdo 717

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ACUERDO 717 LINEAMIENTOS PARA LA AUTONOMIA EN LA GESTIÓN ESCOLAR

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ACUERDO 717 LINEAMIENTOS PARA LA AUTONOMIA EN LA GESTIÓN ESCOLAR

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FUNDAMENTOS

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ARTICULO 3º DE LA CONSTITUCIÓN

 TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION.

EL ESTADO -FEDERACION, ESTADOS Y MUNICIPIOS- IMPARTIRA EDUCACION

PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA. LA EDUCACION PRIMARIA Y LA

SECUNDARIA SON OBLIGATORIAS.

LA EDUCACION QUE IMPARTA EL ESTADO TENDERA A DESARROLLAR

ARMONICAMENTE TODAS LAS FACULTADES DEL SER HUMANO Y

FOMENTARA EN EL, A LA VEZ, EL AMOR A LA PATRIA Y LA CONCIENCIA DE

LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL, EN LA INDEPENDENCIA Y EN LA JUSTICIA.

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Artículo 2o.-

Todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional

En el sistema educativo nacional deberá asegurarse la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo.

Artículo 3o.-

El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Artículo 6o.-

La educación que el Estado imparta será gratuita.

En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.

Artículo 8o.-

Será de calidad, entendiéndose por ésta la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad.

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Artículo 12o.- Fracción V BIS

Emitir, en las escuelas de educación básica, lineamientos generales para formular los programas de gestión escolar, mismos que tendrán como objetivos: mejorar la infraestructura; comprar materiales educativos; resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación entre los alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director.

Artículo 28 bis.-

Las autoridades educativas federal, locales y municipales, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

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REGLAMENTO INTERIOR S. E. P.

Articulo 5º.- Fracción XVI

Fijar los lineamientos de carácter general que la Ley General de Educación atribuye a la Secretaría de Educación Pública y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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CAPITULO IINORMALIDAD MINIMA

ACUERDO 717

GESTIÓN ESCOLAR

CAPITULOIII

EVALUACIÓN

CAPITULO IV

RUTA DE MEJORA

CAPITULO V

RENDICIÓN DE

CUENTAS

CAPITULO VI

COMUNIDAD

EDCUCATIVA

CAPITULO I

AUTONOMIA DE LA ESCUELA

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Capítulo IOBJETIVO

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ESTABLECER LAS NORMAS A SEGUIR POR

LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS LOCALES Y

MUNICIPALES PARA FORMULAR LOS

PROGRAMAS O ACCIONES DE GESTIÓN

ESCOLAR, DESTINADOS A FORTALECER LA

AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LAS

ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA.

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AUTONOMIA DE LA GESTIÓN

ESCOLAR

EQUIDAD Y CALIDAD

ESCUELA COMO CENTRO DE ATENCIÓN

ESTUDIANTESDOCENTES

PLAN Y PROGRAMA DE

ESTUDIONORMALIDAD

MINIMA

PERMANENCIA EN LA

EDUCACIÓN

CONVIVENCIA ESCOLAR

PADRES DE FAMILIA

SUPERVISORES ESCOLARES

EVALUACIONES

RETROALIMENTACION

SISTEMATIZACIÓN DE

RESULTADOS

REPLANTEAR LOS PROYECTOS

PROPONER MEJORAS

PLAN ANUAL

RUTA DE MEJORA

PLANEACIÓN ESTRATEGICA

CONSEJO TÉCNICO ESCOLAR

HONESTIDAD RENICIÓN DE CUENTAS

PARTICIPACIÓN SOCIAL

COMUNIDAD EDUCATIVA

AUTONOMIA DE LA GESTIÓN DE LAS ESCUELA

PEDAGOGICAADMINISTRATIVAORGANIZATIVAPARTICION SOCIAL

ADECUACIONES PERTINENTES

DESCARGA ADMINISTRATIVA

EXTERNA

INTERNA

EQUITATIVAS

TOMA DE DESICIONES

PROFECIONAL PARTICIPATIVA

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Capitulo IIArticulo Sexto

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Mejora de las competencias de lectura, escritura y matemáticas.

Normalidad Mínima de Operación Escolar.

Disminución del rezago y abandono escolar. 

Acceso, permanencia y egreso en la educación básica. 

Desarrollo de una buena convivencia escolar.

Fortalecimiento de la participación social.

Fortalecimiento de la Supervisión Escolar.

Fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares y de Zona. 

Descarga Administrativa. 

 Fortalecimiento de la Evaluación. 

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Capitulo Iii

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La Evaluación con Equidad

La evaluación tomará en cuenta las características de

diversidad social, lingüística, cultural, física e intelectual de los

alumnos. Toda evaluación debe conducir a detectar y atender

sistemáticamente las fortalezas y debilidades en el proceso educativo

de cada alumno. De acuerdo a los contextos locales habrá que

desarrollar proyectos de innovación en materia de

evaluación, acreditación, promoción y certificación, en tanto ello no

afecte la normatividad en la materia, ni implique carga administrativa

a las escuelas.

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Capitulo Iv

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DEL DESARROLLO DE UNA PLANEACIÓN ANUAL DE ACTIVIDADES Los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión

escolar promoverán que la Planeación Anual de la escuela se

constituya en un proceso profesional, participativo, corresponsable

y colaborativo, que lleve, a los Consejos Técnicos Escolares, a tener un

diagnóstico de su realidad educativa, sustentado en evidencias objetivas que

le permita identificar necesidades, prioridades, trazar objetivos,

metas verificables, y estrategias para la mejora del servicio educativo. Este

proceso se concreta en la elaboración, desarrollo,

seguimiento y evaluación de la Ruta de Mejora.

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 La Ruta de Mejora es el documento en el que se concreta la

planeación escolar. Su elaboración no deberá sujetarse a una

metodología o formato específico. La Ruta de Mejora es un

documento abierto; la escuela deberá, de manera periódica,

revisar avances, evaluar el cumplimiento de acuerdos y metas, así

como realizar ajustes en función de los retos que enfrenta y

retroalimentar la toma de decisiones.

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Capítulo vHonestidad, eficacia, eficiencia, transparencia

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Los programas y acciones para el fortalecimiento de la

autonomía de gestión escolar desarrollarán mecanismos para

garantizar que la escuela administre en forma transparente y

eficiente los recursos.

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COMUNIDAD

EDUCATIVA

Directores

Consejos Técnicos

Consejo De participació

n social

Asociación de padres de Familia

AEL

COMUNICACIÓN INFORMACIÓ

N

TRANSPARENCIA EN LOS RECURSOS

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Capítulo vI

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se promoverá la participación de docentes, alumnos y padres de familia.Asimismo, promoverá la vinculación del Consejo Técnico Escolar

con las familias de los estudiantes, particularmente con sus

padres, de acuerdo a sus condiciones, tiempos y contextos

específicos, reconociendo y estimulando su papel de apoyo al

aprendizaje de sus hijos, tanto en la escuela como en el hogar

y desarrollando sus capacidades para el fortalecimiento de la

autonomía de gestión escolar.

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PLANEACIÓN ESTRATEGICA

OTORGA A LAS ESCUELAS LAS FUNDAMENTOS LEGALES PARA LLEVAR A CABO LAS PLANEACIONES

SISTEMA BÁSICO DE MEJORA

RETOMA EL DEBER DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES Y ENFOCAR LOS PLANES Y ACCIONES EN LAS NECECIDADES DE FORMACIÓN DE LOS ALUMNOS

SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA

LAS ESCUELAS IDENTIFICAN SUS NECESIDADES, SE ENFOCAN EN UN SOLO PROGRAMA, EL QUE MEJOR SE AJUSTE A SUS NECESIDADES Y PROYECTOS

EXIGE LA PARTICIPACIÓN DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA