ACUERDO 63-2013 - Pluripersonal El Juzgado Segundo de Primera

4
 ACUERDO NÚMERO 63-2013 CONSIDERANDO Que corresponde a la Corte Suprema de Justicia dictar las disposiciones relativas a la organización administrativa, funcionamiento y competencia de los órganos jurisdiccionales con el fin de brindar y garantizar un adecuado servicio de justicia especializada de forma eficiente y eficaz. CONSIDERANDO Que la Declaración sobre Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, de Naciones Unidas, dispone que los Estados deben proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y conforme la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer; la Convención Interam ericana para Prevenir, Sancionar y Err adicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém Do Pará" indica que los Estados deben adoptar medidas judiciales para conmin ar al a gresor a abstenerse de hostigar, intimidar , amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organ izada Transna ciona l, estab lece que para prevenir y com batir eficaz mente la trata de person as, especialmente mujeres, niñas y niños, se requiere un enfoque amplio en los países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los traficantes y proteger a las víctimas de esa trata, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos. CONSIDERANDO Que mediante los Acuerdos 12-2012 y 42-2012 de la Corte Suprema de Justicia, se transforma el Tribunal de Sentencia Penal. de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, con sede en el departamento de Guatemala, en pluripersonal, y se aprueba la creación del Juzgado segundo de Primera Instancia Penal y del Tribunal Segundo de Sentencia Penal, ambos de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala, por lo que debido al incremento en la carg a de trabajo en los órganos jurisdiccionales mencionados en los dos Acuerdos, se hace necesaria su transformación y reestructuración. POR TANTO Con base en lo considerado y con fundamento en los artículos: 3, 203, 204 y 205 inciso a) de la constitución Política de la República de Guatemala; 43, 45, 48 y 52 del Código Procesal Penal, Decreto número 51-92 del Congreso de la República; 1 y 15 de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, Decreto 22-2008 del Congreso de la República; 51, 52, 54 inciso e) y f), 57, 58, 74, 77 y 94 de la Ley del organismo Judicial, Decreto 2-69 del Congreso de la República; y 13 del Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, Acuerdo 24-2005 de la Corte Suprema de Justicia, ACUERDA ARTICULO 1. Se transforman a pluripersonal el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala; el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras For mas de Violenci a contra la Mujer, Violencia Sex ual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala y se reestructura el Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos de Femicid io y Otras Formas de violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala. ARTICULO 2. Se asigna para el Juzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala, un Juez o Jueza más. En tanto se concluye el trámite administrativo correspondiente, se designará a un juez o jueza de primera instancia suplente, quien tendrá igual competencia que la de la Jueza o Juez existente. Asimismo, se asigna un Oficial III, un notificador III y un psicólogo o psicologa y un trabajador o trabajadora social más, para dicho juzgado, debiéndose crear las plazas correspondientes. ARTICULO 3. Se asigna para el Tribunal Segundo Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, Violencia sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala, tres Jueces o Juezas más, con igual competencia que la de los Jueces o Juezas existentes. En tanto se concluye el trámite administrativo correspondiente, se designarán a tres jueces o juezas de primera instancia suplentes, quienes tendrán igual competencia que la de las Juezas o

description

Se transforman a pluripersonal el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas deViolencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala; el TribunalSegundo de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotación yTrata de Personas del departamento de Guatemala y se reestructura el Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos deFemicidio y Otras Formas de violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala.

Transcript of ACUERDO 63-2013 - Pluripersonal El Juzgado Segundo de Primera

  • ACUERDO NMERO 63-2013

    CONSIDERANDOQue corresponde a la Corte Suprema de Justicia dictar las disposiciones relativas a la organizacin administrativa, funcionamiento ycompetencia de los rganos jurisdiccionales con el fin de brindar y garantizar un adecuado servicio de justicia especializada de formaeficiente y eficaz.

    CONSIDERANDOQue la Declaracin sobre Eliminacin de la Violencia Contra la Mujer, de Naciones Unidas, dispone que los Estados deben proceder conla debida diligencia a fin de prevenir, investigar y conforme la legislacin nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer; laConvencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convencin de Belm Do Par" indica quelos Estados deben adoptar medidas judiciales para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, daar o poner enpeligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad y el Protocolo para Prevenir,Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente Mujeres y Nios, que complementa la Convencin de las Naciones UnidasContra la Delincuencia Organizada Transnacional, establece que para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas,especialmente mujeres, nias y nios, se requiere un enfoque amplio en los pases de origen, trnsito y destino que incluya medidaspara prevenir dicha trata, sancionar a los traficantes y proteger a las vctimas de esa trata, en particular amparando sus derechoshumanos internacionalmente reconocidos.

    CONSIDERANDOQue mediante los Acuerdos 12-2012 y 42-2012 de la Corte Suprema de Justicia, se transforma el Tribunal de Sentencia Penal. deDelitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, con sede en el departamento de Guatemala, en pluripersonal, y seaprueba la creacin del Juzgado segundo de Primera Instancia Penal y del Tribunal Segundo de Sentencia Penal, ambos de Delitos deFemicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotacin y Trata de Personas del departamento deGuatemala, por lo que debido al incremento en la carga de trabajo en los rganos jurisdiccionales mencionados en los dos Acuerdos, sehace necesaria su transformacin y reestructuracin.

    POR TANTOCon base en lo considerado y con fundamento en los artculos: 3, 203, 204 y 205 inciso a) de la constitucin Poltica de la Repblica deGuatemala; 43, 45, 48 y 52 del Cdigo Procesal Penal, Decreto nmero 51-92 del Congreso de la Repblica; 1 y 15 de la Ley Contra elFemicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, Decreto 22-2008 del Congreso de la Repblica; 51, 52, 54 inciso e) y f), 57, 58,74, 77 y 94 de la Ley del organismo Judicial, Decreto 2-69 del Congreso de la Repblica; y 13 del Reglamento Interior de Juzgados yTribunales Penales, Acuerdo 24-2005 de la Corte Suprema de Justicia,

    ACUERDA

    ARTICULO 1.

    Se transforman a pluripersonal el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas deViolencia contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotacin y Trata de Personas del departamento de Guatemala; el TribunalSegundo de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotacin yTrata de Personas del departamento de Guatemala y se reestructura el Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos deFemicidio y Otras Formas de violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala.

    ARTICULO 2.

    Se asigna para el Juzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violenciacontra la Mujer y Violencia Sexual, Explotacin y Trata de Personas del departamento de Guatemala, un Juez o Jueza ms. Entanto se concluye el trmite administrativo correspondiente, se designar a un juez o jueza de primera instancia suplente, quientendr igual competencia que la de la Jueza o Juez existente. Asimismo, se asigna un Oficial III, un notificador III y un psiclogo opsicologa y un trabajador o trabajadora social ms, para dicho juzgado, debindose crear las plazas correspondientes.

    ARTICULO 3.

    Se asigna para el Tribunal Segundo Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contrala Mujer, Violencia sexual, Explotacin y Trata de Personas del departamento de Guatemala, tres Jueces o Juezas ms, con igualcompetencia que la de los Jueces o Juezas existentes. En tanto se concluye el trmite administrativo correspondiente, sedesignarn a tres jueces o juezas de primera instancia suplentes, quienes tendrn igual competencia que la de las Juezas oJueces existentes.

    Asimismo, se asignan tres Oficiales III ms y dos notificadores III, para dicho Tribunal, debindose crear las plazascorrespondientes.

    ARTICULO 4.

  • Para los efectos de distribucin equitativa y ordenada, el Juez o la Jueza contralora, que se encuentra laborando en el juzgadotransformado se denominar "Juez I" y el nombrado posterior "Juez II", quienes recibirn los procesos nuevos segn el sistema dedistribucin por figura delictiva instalado para los rganos Especializados en Femicidio y otras formas de Violencia contra la mujery se distribuirn de la forma siguiente: los impares para el Juez I y los pares para el Juez II.

    Los jueces que se encuentran laborando en el Tribunal transformado se denominaran "Grupo I" y los que sean nombrados "porvirtud de este Acuerdo se denominarn "Grupo II", quienes recibirn los procesos nuevos segn el sistema de distribucin porfigura delictiva instalado para los rganos Especializados en Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer y sedistribuirn de la forma siguiente: los pares para el Grupo I y los impares para el Grupo II.

    En observancia de los principios del debido proceso, derecho de defensa y juez natural los procesos que se encuentranactualmente con debate iniciado, los continuarn conociendo las y los juzgadores hasta su fenecimiento.

    Con la finalidad de equilibrar la carga de trabajo en el Tribunal relacionado los expedientes que se encuentran en trmite y en losque no se ha iniciado el debate, sern distribuidos en forma aleatoria y equitativa entre los dos Grupos que conforman dichorgano jurisdiccional, distribuyndose conforme lo indica el prrafo dos de este artculo.

    ARTICULO 5.

    El Tribunal Pluripersonal de Sentencia de Delitos de Femicidio y Otras Formas de violencia contra la Mujer del departamento deGuatemala, se integrar con tres jueces ms. Para el efecto se debern crear las plazas de jueces respectivas y en tanto seconcluye el trmite administrativo correspondiente, se designar a tres jueces de primera instancia suplentes, quienes tendrnigual competencia que los actuales.

    Los jueces que se encuentran laborando en el Tribunal reestructurado se denominaran "Grupo A", "Grupo B" y los jueces que senombren en virtud de este Acuerdo sern el "Grupo C" y se distribuirn equitativamente los procesos nuevos.

    Asimismo, se asignan tres Oficiales III ms y dos notificadores III, un comisario o comisaria, un psiclogo o psicloga y untrabajador o trabajadora social, para dicho Tribunal, para el efecto se debern crear las plazas correspondientes.

    En observancia de los principios del debido proceso, derecho de defensa y juez natural los procesos que se encuentranactualmente en trmite y que se encuentren en la fase de debate los continuarn conociendo los juzgadores hasta su fenecimiento.

    Con la finalidad de equilibrar la carga de trabajo en el Tribunal relacionado, los expedientes que se encuentran en trmite y endonde no se ha iniciado audiencia de debate, sern distribuidos en forma equitativa entre los tres Grupos que conforman dichorgano jurisdiccional.

    La distribucin y redistribucin de los procesos a que se refiere el presente Acuerdo, estar a cargo del Sistema de Gestin deTribunales, -SGT-.

    ARTICULO 6.

    La Presidencia del Organismo Judicial, a travs de las Gerencias respectivas, debern tomar las previsiones correspondientes, envirtud de la transformacin y reestructuracin de los rganos jurisdiccionales a que se hace relacin en el presente Acuerdo.

    ARTICULO 7.*

    Los rganos jurisdiccionales que se transforman y el que se reestructura por el presente Acuerdo, iniciarn sus funciones elcatorce de febrero de dos mil catorce.

    * Texto Original

    ARTICULO 7.

    Los rganos jurisdiccionales que se transforman y el que se reestructura por el presente Acuerdo, iniciarn susfunciones el quince de enero de dos mil catorce.

    ARTICULO 8.

    El presente Acuerdo entrar en vigencia al da siguiente de su publicacin en el Diario de Centro Amrica.

    Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, el seis de noviembre de dos mil trece.

    COMUNQUESE,

    ERICK ALFONSO ALVAREZ MANCILLAPRESIDENTE EN FUNCIONES

    ORGANISMO JUDICIAL YCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    CSAR RICARDO CRISSTOMO BARRIENTOS PELLECERMAGISTRADO VOCAL SEGUNDODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

  • GABRIEL ANTONIO MEDRANO VALENZUELAMAGISTRADO VOCAL TERCERO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    GUSTAVO ADOLFO MENDIZABAL MAZARIEGOSMAGISTRADO VOCAL CUARTODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    HCTOR MANFREDO MALDONADO MNDEZMAGISTRADO VOCAL QUINTO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    ROGELIO ZARCEO GAITNMAGISTRADO VOCAL SEXTODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    THELMA ESPERANZA ALDANA HERNNDEZMAGISTRADA VOCAL SPTIMO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    LUIS ALBERTO PINEDA ROCAMAGISTRADO VOCAL OCTAVODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    MYNOR CUSTODIO FRANCO FLORESMAGISTRADO VOCAL NOVENO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    ERVIN GABRIEL GMEZ MNDEZMAGISTRADO VOCAL DECIMODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    JOS ARTURO SIERRA GONZLEZMAGISTRADO VOCAL UNDECIMO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    LIC. LUIS ARTURO ARCHILA L.MAGISTRADO VOCAL DUODECIMODE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    DIMAS GUSTAVO BONILLAMAGISTRADO VOCAL DECIMO TERCERO

    DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    LICENCIADA MARA CECILIA DE LEN TERRNSECRETARA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA