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ACUERDO 20-99 LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSIDERNADO: Que la población del país y el volumen de asuntos sometidos a conocimiento de los tribunales que funcionan en los distintos departamentos de la República han aumentado considerablemente, y con el fin de Justicia, mejorando la calidad del trabajo tribunalicio, se hace necesaria la creación de más juzgados para prestar en mejor forma el servicio de administración de justicia. CONSIDERANDO: Que como consecuencia se hace necesario introducir en los ya existentes, los cambios relacionados con su denominación y competencia, tanto en la materia de su conocimiento como en la territorial, todo ello para prestar un mejor servicio de administración de justicia. POR TANTO: Con base en lo considerado, y lo preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República: 54 letras a) y f) de la Ley del Organismo Judicial. ACUERDA: Artículo 1º. Crear los siguientes Juzgados y Tribunales:

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ACUERDO 20-99

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONSIDERNADO:

 Que la población del país y el volumen de asuntos sometidos a conocimiento de los tribunales que funcionan en los distintos departamentos de la República han aumentado considerablemente, y con el fin de Justicia, mejorando la calidad del trabajo tribunalicio, se hace necesaria la creación de más juzgados para prestar en mejor forma el servicio de administración de justicia.

 CONSIDERANDO:

 Que como consecuencia se hace necesario introducir en los ya existentes, los cambios relacionados con su denominación y competencia, tanto en la materia de su conocimiento como en la territorial, todo ello para prestar un mejor servicio de administración de justicia.

 POR TANTO:

 Con base en lo considerado, y lo preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República: 54 letras a) y f) de la Ley del Organismo Judicial.

 ACUERDA:

 Artículo 1º. Crear los siguientes Juzgados y Tribunales:

 1.  Juzgados de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de   Baja Verapaz, Chiquimula, Jalapa, El Progreso, Sololá, Totonicapán.

 

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2.  Juzgados de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Baja  Verapaz, Jalapa, El Progreso, Sololá, Sacatepéquez, Totonicapán, Zacapa, El Quiché.

 3.  Tribunal de Sentencia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla.

 4. Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, deldepartamento de Escuintla.

 5. Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa María Nebaj, del departamento deQuiché.

 6. Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala.

 7.  Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala.

 Artículo 2º. A partir de la vigencia de este Acuerdo los Juzgados que a continuación se mencionan cambiarán su denominación así:

 1.  El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Baja Verapaz, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Baja Verapaz.

 2.El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Jalapa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Jalapa.

 3. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Petén, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Petén.

 4. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de El Progreso, se denominará Juzgado de Primera   Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de ElProgreso.

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 5. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Sololá, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Sololá.

 6. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Sacatepéquez, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Sacatepéquez.

 7. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Totonicapán, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Totonicapán.

 8. El Juzgado de Primera Instancia del departamento de Zacapa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Zacapa.

 9. El Juzgado de Primera Instancia del municipio Santa Lucia Cotzumalguapa del departamento de Escuintla, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio de Santa Lucia Cotzumalguapa del departamento de Escuintla.

 10. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Alta Verapaz, se denominará Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia del departamento de Alta Verapaz.

 11. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Chimaltenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Chimaltenango.

 12.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Chiquimula, se denominará Tribunal de  Sentencia del departamento de Chiquimula.

 13. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Escuintla, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Escuintla.

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 14. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Huehuetenango, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Huehuetenango.

 15.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Izabal, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Izabal.

16. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Jutiapa, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Jutiapa.

17. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Quetzaltenango, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Quetzaltenango.

 18.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de El Quiché, se denominará Tribunal de  Sentencia del departamento de El Quiché.

 19.   El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Retalhuleu, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Retalhuleu.

 20.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de San Marcos, se denominará Tribunal  de Sentencia del departamento de San Marcos.

 21. El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Santa Rosa, se denominará Tribunal de  Sentencia del departamento de Santa Rosa.

 22.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de Suchitepéquez, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Suchitepéquez.

 23.   El Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango, se denominará Tribunal de Sentencia del municipio de Coatepeque departamento de Quetzaltenango.

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 24.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio de Mixco departamento de Guatemala.

 25.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Petén, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Petén.

 26.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Chimaltenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Chimaltenango.

 27.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Chiquimula, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Chiquimula.

 28.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Escuintla, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Escuintla.

 29.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Huehuetenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango.

 30.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Izabal, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Izabal.

 31.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Jutiapa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Jutiapa.

 32.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Quetzaltenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal,

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Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Quetzaltenango.

 35.   El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de San Marcos, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de San Marcos.

 36. El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Santa Rosa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Santa Rosa.

 37.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del departamento de Suchitepéquez, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Suchitepéquez.

 38. El Juzgado Segundo de Primera Instancia del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio de Coatepeque del departamento de Quetzaltenango.

 39.  El Juzgado Segundo de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio de Mixco del departamento de Guatemala.

 40.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Alta Verapaz, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Alta Verapaz.

 41.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Chiquimula, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Chiquimula.

 42.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Huehuetenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Huehuetenango.

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 43.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Izabal, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Izabal.

 44.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Jutiapa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Jutiapa.

 45.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Retalhuleu, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Retalhuleu.

 46.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de San Marcos, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de San Marcos.

47. El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Santa Rosa, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Santa Rosa.

 48.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Suchitepéquez, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Suchitepéquez.

 49.  El Juzgado Tercero de Primera Instancia del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango, se denominará Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango.

 50.   El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de Chimaltenango, se denominará Tribunal de Sentencia del departamento de Chimaltenango.

 51. El Juzgado Tercero de Primera Instancia del departamento de El Quiché con sede en el municipio de Santa María Nebaj, del mismo departamento se denominará Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de El Quiché.

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 Artículo 3º. A partir de la vigencia de este Acuerdo los Juzgados y Tribunales de nueva creación y los que cambian de denominación tendrá la siguiente competencia:

 1.  Los Juzgados de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Baja Verapaz, Chiquimula, Jalapa, El Progreso, Sololá, Totonicapán tendrán competencia territorial en su departamento para conocer de los ramos de trabajo y previsión social y e familia.

2.   Los Juzgados de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Alta Verapaz, Baja Verapaz, Chiquimula, Huehuetenango, Izabal, Jalapa, Jutiapa, El Progreso, Retalhuleu, San Marcos, Santa Rosa, Sololá, Sacatepéquez, Suchitepéquez, Totonicapán, Zacapa, El Quiché tendrá competencia territorial en su departamento para conocer de los asuntos del ramo civil y económico coactivo.

 3. El Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango, tendrá competencia territorial en los municipios de Coatepeque, Colomba, Flores Costa Cuca, Génova, del departamento de Quetzaltenango, y Ocós, Tecún Umán, La Reforma y El Quetzal, del departamento de San Marcos, para conocer de los Asuntos del ramo civil y económico coactivo.

 4. El Tribunal de Sentencia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, el cual conocerá de la etapa de juicio de los procesos penales del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de ese municipio, así como los de acción privada respectivos.

 5.  El Tribunal de Sentencia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, el cual conocerá de los ramos civil, económico coactivo, familia y laboral de ese municipio y los municipios de La Gomera, Nueva Concepción, Tiquisate, Siquinalá, y La Democracia, del departamento de Escuintla; San Miguel Pochuta y Yepocapa, del departamento de Chimaltenango; y Patulul, del departamento de Suchitepéquez.

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 6. El Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Escuintla, conocerá de los procesos que se promuevan en los municipios de Escuintla, Palín, San Vicente Pacaya, San José, Masagua, Iztapa y Guanagazapa, todos del departamento de Escuintla, del ramo penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente.

 7. El Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa del departamento de Escuintla, tendrá competencia territorial en los municipios de Santa Lucía Cotzumalguapa, La Gomera, Nueva Concepción, Tiquisate, Siquinalá, y La Democracia, del departamento de Escuintla; San Miguel Pochuta y Yepocapa, del departamento de Chimaltenango; y Patulul, de departamento Suchitepéquez, para conocer de los asuntos del ramo penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente.

 8.  El Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa María Nebaj, del departamento de El Quiché, tendrá competencia territorial en ese municipio y los municipios de San Gaspar Chajul, San Juan Cotzal, Sacapulas, Cunén, San Miguel Uspantán, y Chicamán del departamento de El Quiché; y conocerá de los asuntos de los ramos civil, laboral, familia y económico coactivo.

 9.  El Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de El Quiché, tendrá competencia territorial en los municipios de Santa Cruz del Quiché, Chichicastenango, San Andrés Sajcabajá, Joyabaj, Pachalum, Zacualpa, Chinique, San Pedro Jocopilas, San Antonio Ilotenango, San Bartolomé Jocotenango, Patzité, Chiché Y canilla de ese departamento; y el municipio de Santa Lucía La Reforma, del departamento de Totonicapán, para conocer de los asuntos del ramo civil y económico coactivo.

 10. El Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Penal; Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, conocerá de los asuntos del Juzgado Noveno de Paz Penal que sucedan en la Colonia La Florida, zona diecinueve de la ciudad capital; así como los hechos que conozcan los Juzgados Primero y Segundo de Paz del municipio de Mixco, del departamento de Paz del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, con relación a las zonas cinco y seis del mismo municipio y

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departamento, y conocerá por razón de la materia en los ramos penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente.

 11.                El Tribunal de Sentencia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, conocerá de la etapa de juicio de los procesos del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.

 12.  El Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, conocerá de los asuntos de los ramos civil, familia y económico coactivo, y tendrá competencia territorial en el municipio de Mixco del departamento de Guatemala.

 13. El Tribunal de Sentencia del departamento de Chimaltenango, conocerá de la etapa de juicio de los procesos penales del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de ese departamento, así como los de acción privada respectivos.

 14.  El Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Chimaltenango tendrá competencia territorial en dicho departamento, con excepción de los municipios de Yepocapa y San Miguel Pochuta, para conocer de los asuntos del ramo civil y económico coactivo.

 15.  El Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Chimaltenango tendrá competencia territorial en dicho departamento, con excepción de los municipios de Yepocapa y San Miguel Pochuta, para conocer de los asuntos del ramo penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente.

 16.  El Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de San Marcos, tendrá competencia territorial en los municipios de San Marcos, San Pedro Sacatepéquez, Comitancillo, Concepción Tutuapa, Tacaná, Sibinal, Tajumulco, Tejutla, Pajapita, Ixchiguán, San José Ojetenam, san Cristóbal Cucho, Esquipulas Palo Gordo, San Lorenzo, San Miguel Ixtahuacán, Sipacapa, Río Blanco y San Antonio Sacatepéquez, del departamento de San Marcos; y Tectitán del departamento de Huehuetenango, para conocer de los asuntos del ramo civil y económico coactivo.

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 17.  El Juzgado de Primera Instancia del municipio de Malacatán, del departamento de San Marcos, tendrá competencia por razón de la materia en los ramos penal, narcoactividad y delitos contra el delito contra el ambiente, civil, laboral, familia y económico coactivo; y ejercerá competencia territorial en los municipios de Malacatán, San Rafael Pie de la Cuesta, San José El Rodeo, San Pablo, El Tumbador, Nuevo Progreso y Catarina, del departamento de San Marcos.

 18.  El Juzgado de Primera Instancia Penal; Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango, tendrá competencia territorial en dicho departamento con excepción de los municipios de San Eulalía, San Miguel Acatán, San Rafael la Independencia, San Pedro Soloma, San Mateo Ixtatán, San Juan Ixcoy, Santa Cruz Barillas, y San Sebastián Coatán, del mismo departamento, para conocer de los asuntos del ramo penal narcoactividad y delitos contra el ambiente.

 19.  El Juzgado de Primera Instancia del municipio de Poptún, del departamento de Petén, tendrá competencia por razón de la materia en los ramos penal; narcoactividad y delitos contra el ambiente, civil, laboral, familia y económico coactivo; y ejercerá competencia territorial en los municipios de Poptún, Dolores y San Luis, del departamento de Petén.

 20.  El Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Petén, tendrá competencia territorial en los municipios de Flores, San José San Benito, San Andrés, La Libertad, San Francisco, Santa Ana Sayaxché, y Melchor de Mencos de ese departamento para conoce de los asuntos del ramo civil y económico coactivo.

 Artículo 4º. A partir de la vigencia de este Acuerdo la competencia en segunda instancia se establece así:

 I.  En el Ramo Penal:

 1.  La Sala Duodécima de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Tribunal del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla.

 II.  En el Ramo Civil:

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 1. La Sala Primera de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Petén y los del Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, que correspondan al Juzgado Primero de Paz de ese municipio.

 2.  La Sala Segunda de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, y los del Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, que correspondan al Juzgado Segundo de Paz de ese municipio.

 3.  La Sala Quinta de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Jalapa, Jutiapa y Santa Rosa.

 4.  La Sala Sexta de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Zacapa, Chiquimula e Izabal.

 5. La Sala Octava de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de El Quiché, Totonicapán, Huehuetenango y San Marcos, y del Juzgado de Primero de Primera Instancia del municipio de Santa María Nebaj, del departamento de El Quiché.

 6.  La Sala Novena de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Sacatepéquez, Sololá y Chimaltenango.

 7. La Sala Undécima de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de los departamentos de Retalhuleu y Suchitepéquez, y del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango.

 8.  La Sala Décimo Tercera de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de El Progreso.

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 9.  La Sala Décima Cuarta de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Alta Verapaz y Baja Verapaz.

 III.  En el Ramo Laboral:

 1.  La Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social conocerá, en su ramo, de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Baja Verapaz, y el Progreso.

 2.  La Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social conocerá, en su ramo, de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Chiquimula y del Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa María Nebaj, del departamento de El Quiché.

 3.  La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social conocerá, en su ramo, de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Jalapa, Sololá y Totonicapán.

 4.  La Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social conocerá, en su ramo, de los asuntos del Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla.

 IV.  En el Ramo de Familia:

 1. La Sala de la Corte de Apelaciones de Familia conocerá, en su ramo, de los asuntos del Juzgado Primero de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Baja Verapaz, El Progreso, del Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla y del Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala.

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 2.  La Sala Quinta de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Jalapa.

 3.  La Sala Sexta de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Chiquimula.

 4. La Sala Octava de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Totonicapán, y del Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa María Nebaj, del departamento de El Quiché.

 5. La Sala Noveno de la Corte de Apelaciones conocerá de los asuntos del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de los departamentos de Sololá.

 V.  La competencia de segunda instancia de los juzgados y tribunales a los que se les cambia denominación continua de la forma establecida en acuerdo anteriores.

 Artículo 5º. A partir de la vigencia de este acuerdo los procesos que se encuentran en trámite en los diferentes juzgados a los que se les modifica la competencia, deberán ser remitidos así:

 1. Los procesos de los ramos laboral y de familia que se encuentren en trámite en el Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, deberán ser remitidos al Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, para continuar con el trámite de los mismos su fenecimiento.

 2. Los procesos de los ramos civil y económico coactivo que se encuentren en trámite en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Escuintla, y que corresponda por razón de competencia al Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de

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Santa Lucía Cotzumalguapa, deberán remitirse al mismo para continuar con la tramitación hasta su fenecimiento.

 3. Los procesos de los ramos civil y económico coactivo de los municipios de San Miguel Pochuta y Yepocapa, del departamento de Chimaltenango, que se encuentren en trámite en los Juzgado Primero y Segundo de Primera Instancia de ese departamento, deberán ser remitidos al Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, para continuar con el trámite de los mismos hasta su fenecimiento.

 4. Los procesos de los ramos civil y económico coactivo de los municipios de Patulul, del departamento de Suchitepéquez, que se encuentren en trámite en los Juzgado Primero y Segundo de Primera Instancia de ese departamento, deberán ser remitidos al Juzgado Primero de Primera Instancia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, para continuar con el trámite de los mismos hasta su fenecimiento.

 5. Los procesos de los ramos económico coactivo que se encuentren en trámite en el Juzgado Primero y Segundo de Primera Instancia de ese departamento de El Quiché y que corresponda por competencia territorial al Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del mismo departamento, que se crea en este acuerdo, deberán ser remitidos a éste para continuar con el trámite de los mismos hasta su fenecimiento.

 6.  Los procesos de los ramos penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente que se tramitan actualmente en los Juzgado de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, y que por razón de competencia territorial pertenezcan al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente continuarán siendo tramitados hasta su fenecimiento en el juzgado donde se encuentran.

 7.   Los procesos de los ramos civil, familia y económico coactivo que se encuentren en trámite en los Juzgados Primero y Segundo de Primera Instancia del municipio de Mixco, del departamento de Guatemala, deberán

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ser remitidos al Juzgado de Primera Instancia del mismo municipio y departamento, para que continúe con el tramite de los mismos.

8.  Los procesos de los ramo económico coactivo que se encuentren en trámite en el Juzgado de Primera Instancia del departamento de Petén, y que corresponda por razón de competencia territorial al Juzgado de Primera Instancia del municipio de Poptún, del mismo departamento, deberán ser remitidos a éste para continuar con el trámite hasta su fenecimiento.

 9.  Los procesos de los ramo económico coactivo que se encuentren en trámite en el Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de San Marcos, y que corresponda por competencia territorial al Juzgado de Primera Instancia del municipio de Malacatán, del mismo departamento, deberán ser remitidos a éste para continuar con el trámite hasta su fenecimiento.

 10.  Los procesos de los diferentes ramos que se encuentren en trámite en los juzgado de los departamentos en los cuales se crean tribunales específicos, deberán ser remitidos inmediatamente a los mismos para continuar con el trámite hasta su fenecimiento.

 Artículo 6º. El personal de los Juzgados y Tribunales que se crean por el presente acuerdo se integrarán así:

 1.   El personal del Tribunal de Sentencia del municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, se integrará con un Juez Presidente, dos Jueces Vocales, un Secretario Instancia I, tres Oficiales III, un Notificador III, un Comisario y un Oficinista III (Taquimecanógrafo).

 2.   El personal del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente se integrará con un Juez de Primera Instancia, un Secretario Instancia I, cinco Oficiales III, un Notificador III, y un Comisario. 

3.   El personal del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del municipio de Mixco del departamento de Guatemala, se integrará con un Juez de Instancia I, un Secretario Instancia I, cinco Oficiales III, dos Notificador III, un Trabajador Social, un Consejero, y un Comisario.

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 4.  El personal de los Juzgados Primero de Primera Instancia de los municipios de Santa María Nebaj, del departamento de El Quiché; y Santa Lucía Cotzumalguapa, del departamento de Escuintla, se integrará con un Juez de Instancia I, un Secretario Instancia I, cuatro Oficiales III, dos Notificador III, un Trabajador Social, un Consejero, y un Comisario.

 5.  El personal de los Juzgados de Primera Instancia del ramo civil y económico coactivo que se crean en el presente acuerdo, se integrarán con un Juez de Instancia I, un Secretario Instancia I, tres Oficiales III, dos Notificador III, y un Comisario.

 6.  El personal de los Juzgados de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia que se crean por el presente acuerdo, se integrarán con un Juez de Instancia I, un Secretario Instancia I, cuatro Oficiales III, dos Notificadores III, un Trabajador Social, un Consejero de cinco horas, y un Comisario.

 

 Artículo 7º. En los términos antes expresados, se modifican los Acuerdos de esta Corte que se opongan a estas disposiciones.

 Artículo 8º. El presente Acuerdo entra en vigor el día veintiuno de junio del presente año y deberá publicarse en el Diario Oficial.

 Dado en el Palacio de Justicia, en Guatemala a los diez días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

  

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Universidad Rafael Landívar

Derecho Noveno Ciclo “A”

Derecho Procesal Civil y Mercantil II

Nancy Violeta Rivera Maldonado

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