Actos Ju Rid i Cos Administr a Do
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![Page 1: Actos Ju Rid i Cos Administr a Do](https://reader035.fdocuments.ec/reader035/viewer/2022081806/56d6c0011a28ab301698890a/html5/thumbnails/1.jpg)
ACTOS JURÍDICOS DEL ADMINISTRADO
www.preparatuoposicion.es
Solicitudes, escritos y comunicaciones
Según art. 38 de la Ley 30/92 podrán presentarse:
En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan
En los registros de cualquier Órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, CCAA o Administración Local si ha suscrito convenio.
En las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se establezca
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Peticiones Facultad que corresponde a los españoles para dirigirse a los poderes públicos en solicitud de actos o decisiones sobre materia de su competencia
Reclamaciones en queja En todo momento, podrá reclamarse en queja contra los defectos de tramitación
Podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria
Renuncia y desistimiento
Todo interesado podrá desistir de su solicitud, o cuando ello no esté prohibido por el Ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia solo afectarán a aquellos que la hubiesen formulado. Para que surta efectos, es necesaria la aceptación de la Administración, que tendrá que valorar su incidencia sobre los intereses generales implicados.
Alegaciones Con anterioridad al trámite de audiencia
Pruebas
Los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho
La Administración podrá acordar la apertura de un periodo de prueba por un plazo no superior a treinta días ni inferior a diez
Solo se podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada
Recursos
Recurso de alzada: al Órgano superior jerárquico
Recurso potestativo de reposición: al mismo Órgano
Recurso extraordinario de revisión: al mismo Órgano
Recursos contencioso administrativos Están legitimados las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo