Actividad Integradora III Derecho Económico.

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Universidad De Guadalajara Centro Universitario De Los Altos Carrera: Derecho Semiescolarizado 2° Semestre; Grupo: B Introducción al Derecho Económico Docente: García González, Zoad Jeanine. Actividad Integradora III “Recursos Naturales” “Las Finanzas Públicas y el Derecho Económico como Instrumento para el equilibrio de la Economía y el desarrollo” Trabajo en Equipo. Integrantes:

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Universidad De Guadalajara

Centro Universitario De Los Altos

Carrera: Derecho Semiescolarizado2° Semestre; Grupo: B

Introducción al Derecho Económico

Docente: García González, Zoad Jeanine.

Actividad Integradora III“Recursos Naturales”

“Las Finanzas Públicas y el Derecho Económico como Instrumento para el equilibrio de la Economía y el desarrollo”

Trabajo en Equipo.

Integrantes:

Lujano Reyes, Francisco Ariel.

Pérez Rubalcaba, Karina.

Galván Castellanos, José Arnoldo.

Hernández Alvizo, Raúl.

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PRIMERA.

Elaboren un CUADRO SINÓPTICO sobre el tema “El derecho económico y los recursos naturales renovables y no renovables”.

Porque entre ellos se da una relación

funcional de equilibrio en la que

la alteración de uno afecta el

desarrollo de los

Porque están sujetos a

leyes naturales que les imponen

tasas de crecimiento.

InterdependientesLimitados

Se caracterizan

Por ser

Elementos que nos proporciona la naturaleza de los cuales se sirve el

hombre para satisfacer sus necesidades de orden material

Son

El derecho económico y los recursos naturales

renovables y no renovables

El Art. 27 constitucional.

Sus principales disposiciones se ubican en

Derecho a la protección en si de los recursos naturales; derecho a un aprovechamiento racional de

los recursos naturales; Ejercicio de facultades de policía

administrativa que fomenta y controla actividades económicas

relacionada con los recursos naturales.

Los textos constitucionales destacan 3 principios.Minerales,

hidrocarburos, carbón mineral y

fuentes geotérmicas.

Como

Son aquellos que se

consumen con el uso

Son aquellos susceptibles de

renovarse a merced a la ley natural o bien por acción del

hombre.

No RenovablesRenovables

Se clasifican

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SEGUNDA.

Entre todos los integrantes del equipo creen su propio concepto de “Desarrollo sustentable”.

Desarrollo Sustentable:

Es el indicador y regulador de actividades vinculadas a la explotación de recursos naturales, ya sean renovables o no, y que teniendo en cuenta las especies naturales conservarlas y luchar por su supervivencia, ya que de estas depende integralmente el ser humano, teniendo en cuenta que se debe conservar hasta la integridad genética de estas y así, poder determinar que se puede aprovechar y que no para abastecer el sustento de la presente generación y el buen desarrollo de la especie humana poniendo en supuesto y en consideración las generaciones futuras para poder asegurar el desarrollo y sustento de estas.

Así se asegura un abasto a la presente generación y a las futuras, el término de moda tiene que ser acatado por los diferentes países para poder controlar el consumo, explotación y distribución de los recursos de los que depende totalmente el equilibrio natural que en cualquier defecto dañaría directamente al ser humano y a todas las especies del planeta.

TERCERA.

Realicen un CUADRO COMPARATIVO, de los recursos naturales, mediante el cual destaquen: cuáles son, si es renovable o no, qué ley o leyes los regulan y cuáles son las principales disposiciones de dichas legislaciones.

Nombre ¿Renovable?Legislaciones que la

comprenden Características

Hidrocarburos No

Ley reglamentaria del Art. 27 constitucional

en el ramo del petróleo; Ley Orgánica

de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios;

Reglamento de Gas Natural; Reglamento

para la Recuperación y aprovechamiento del

Corresponde a la nación el dominio

directo, inalienable,E inprescriptible de

todos los carburos de hidrogeno. La explotación,

exploración, la refinación, el trasporte, el

almacenamiento y la distribución y las

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Gas Asociado a los yacimientos de

Carbón Mineral; Contrato de Servicios

Múltiples; Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; Ley de la

Comisión Reguladora de Energía; Permisos

de Cogeneración, Autogeneración y

Autoabastecimiento de empresas Privadas; El capítulo de Energía y Petroquímica Básica

en el TLCAN.

ventas de primera mano del petróleo.

Pemex exploración y producción, Pemex

Refinación, Pemex gas y petroquímica básica, Pemex petroquímica.

La importación y exportación del gas

natural.

Energía Eléctrica NoLey del Servicio

Público de Energía Eléctrica.

Corresponde a la nación la producir y distribuir la energía

eléctrica.

Energía Nuclear No Ley del Art. 27 Const. En Materia Nuclear.

Regular la exploración, la explotación y el

beneficio de minerales

radioactivos, así como el aprovechamiento de los combustibles nucleares pertenece

al estado esta obligación y puede

contratar subsidiarios.

Régimen JurídicoDe las Aguas y la

PescaSí

Ley de Aguas Nacionales; Ley

Federal Del Mar; Ley General de Pesca y

Acuacultura Sustentable.

La comisión Nacional del agua regula todo lo relacionado con la

producción distribución y

almacenamiento de las aguas en el país

Forestal No

Ley General de Desarrollo Forestal

Sustentable; Ley Federal de Variedades

Vegetales; Ley de Sanidad Vegetal.

Sus disposiciones son de orden de interés

público, y de observancia general en todo el territorio

nacional.Minería No Ley Minera. La exploración y

explotación de los minerales o sustancias

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materia de esta ley podrá realizarse

mediante concesiónPor personas físicas de

nacionalidad mexicana. Ejidos y

comunidades agrarias y sociedades

constituidas conforme a las leyes mexicanas.

Tierra NoLey Agraria; Ley

General de Asentamientos

Humanos.

La nación tendrá en todo tiempo el

derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que

dicte el interés público, así como de regular en beneficio

social, el aprovechamiento de los recursos naturales

susceptibles de apropiación, con

objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza publica

cuidar de su conservación lograr el desarrollo equilibrado

del país y el mejoramiento de las condiciones de vida

de la población rural y urbana.

Zona Económico Exclusiva Sí

Ley Federal del Mar, en sus Arts.: 30, 46 y

56

Atreves de los arts. 55 al 75, la convención regula el importante

tema de la zona económica exclusiva

para los efectos limitados de esta obra, el estado ribereño tiene

derechos de soberanía para los fines de

explotación y exploración,

conservación y

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administración los recursos naturales

tanto vivos como no vivos.

Espectro Radio Eléctrico

Sí Ley de Vías Generales de la Comunicación;

Ley federal de Telecomunicaciones;

Ley de Radio y Televisión

Se regula por la COFETEL, para

establecer y operar una comercializadora

de servicios de telecomunicaciones sin tener el carácter

de red pública y operar y explotar

estaciones terrenas transmisoras se

requiere de permiso de la propia secretaría de comunicaciones y

transportes.

CUARTA y QUINTA

VII.LAS FINANZAS PÚBLICAS Y EL DERECHO ECONOMICO COMO INSTRUMENTO PARA EL EQUILIBRIO DE LA ECONOMIA Y EL DESARROLLO.

1. LA POLITICA FISCAL: CONCEPTO Y FINES CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS

Las finanzas públicas constituyen un aspecto central para definir o tipificacar un sistema económico .Cuando el estado se apropia de los recursos Materiales necesarios para satisfacer las necesidades colectivas o publicas, la calificación de estas necesidades es resultado de una decisión política que se expresa en un documento público llamado presupuesto.

En sus orígenes, el presupuesto no fue sino un acto esporádico de autorización para controlar al rey, tarea que luego quedo sumergida en la creciente actividad parlamentaria surgida a partir, precisamente, de la Practica presupuestal.

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Con el desarrollo de esta práctica, el presupuesto adquirió una proyección inusitada que lo ha convertido en el proceso de toma de decisiones más importantes del Estado, lo cual le confiere una naturaleza eminentemente política.

Gerhard Colm señala que el presupuesto “es el programa de acción de las fuerzas políticas que gobiernan el Estado”, cuyas “ideas se van a manifestar en el monto y naturaleza de los gastos, en la relación de estos con los ingresos (teoría del equilibrio y del desequilibrio presupuestal)”

VII. LAS FINANZAS PÚBLICAS Y EL DERECHO ECONOMICO

Gerloff: uno de los más grandes teóricos contemporáneos de la ciencia financiera, decía que:

El punto de partida de toda consideración económico-financiera consiste, Por consiguiente, en la cuestión económico-estatal y económico-política de saber que parte de los recursos disponibles en una economía debe ser utilizada para satisfacer las necesidades públicas.

Y agregaba:

…la construcción del correcto sistema de necesidades---- pues de eso se trata –es tarea eminentemente política. La justificación teórica de la manera de realizarla debía proporcionarla en cada época (a la vez como fundamentación ideológica) la teoría sobre el fin y funciones del Estado. Simultáneamente, se trata aquí por igual de la determinación del volumen y del empleo de las necesidades públicas.

Para Colm “el presupuesto es, como si dijéramos, el centro nervioso de la economía pública, y desempeña en ella el papel del mercado en la economía privada”.

En la economía pública las resoluciones sobre la disposición de bienes y servicios, sobre la distribución y el pago de los mismos, son adoptadas principalmente por la organización política, es decir, por la colaboración entre las órganos parlamentarios, ejecutivos y administrativos, según las normas constitucionales de cada país. Estos órganos posibilitan la expresión de las fuerzas sociales; incluso, la representación de la opinión pública, que luego influye en las decisiones del gobierno.

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Los partidarios de las concepciones liberales en materia financiera coinciden en este aspecto: el sentido que cabe atribuir a la sanción parla mentaría de presupuesto se concreta con la triple pregunta para la cual ese acto esta llamado a suministrar una triple respuesta: ¿Cuánto debe gastar el gobierno?, ¿en que debe gastar?, ¿Cómo debe financiarse el gasto? Así, pues, se advierte el aspecto que nos parece más importante en torno al presupuesto: su naturaleza de decisión política mediante procesos jurídicos que le suministran la legitimidad necesaria en un Estado de derecho.

1. LA POLITICA FISCAL: CONCEPTO Y FINES CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS

Al respecto, expresaba Retchkiman que: El punto de partida ha de ser la distinción entre gastos forzosos y gastos operativos. Los gastos forzosos garantizan la satisfacción de la demanda existencial del Estado y, a la vez, el modo de vivir de la población respecto a ciertas realidades básicas de la existencia, como la libertad, seguridad, etcétera.

La proporción de los gastos forzosos respecto a los optativos se determina por la estructura del organismo público o de la comunidad publica, teniendo en cuenta la cantidad, estructura y densidad de la población, pero asimismo las condiciones geográficas: clima, formación del suelo, etcétera.

El monto de los gastos optativos depende de los gastos en su totalidad. Ellos aumentan en un presupuesto creciente con mayor rapidez que los gastos forzosos.

El gasto público es expresión de un estándar de vida, la cual debe relacionado con ciertos factores para caracterizar su calidad social y cultural en una población. Es distinto en diferentes países y en diferentes épocas y está sujeto a las alteraciones del dominio cultural y a las determinaciones

Culturales en vigencia. Esto es valedero también para la compensación de los gastos públicos (…) a la modificación cuantitativa y cualitativa de los desembolsos públicos corresponde también una modificación del tipo y de la composición de los ingresos públicos.

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El presupuesto presenta las siguientes características:

1. Competencia exclusiva del estado para su formulación, aprobación y ejecución;

2. Principio de legalidad, tanto en materia de gastos como de ingresos;

3. Anualidad del presupuesto, característica que se une a la anualidad de los impuestos;

4. De naturaleza jurídica compleja. Puede ser considerado una ley material o ley formal, o un acto administrativo aprobado por el Congreso;

5. Unidad del presupuesto. Consiste en la reunión o agrupación de la totalidad de los gastos y recursos del Estado y un documento único e indivisible;

6. Principio de universidad. Se conoce también como principio del producto bruto, por lo cual no se admite la compensación o confusión entre gastos y recursos, siendo ambos consignados por separado en el presupuesto atendiendo a un importe bruto, sin extraer saldos netos. Este principio se ha flexibilizado con el desarrollo del sector paraestatal; las empresas paraestatales deben entregar el presupuesto de sus saldos netos positivos o negativos arrojado durante la gestión anual de tales organismos;

7. Principio de no afectación de recursos. Esta característica tiene como finalidad básica impedir que determinados ingresos sufran una especial afectación. Es decir, la recaudación y capacitación deben destinarse a gastos generales y no a gastos especiales. En México este principio tiene excepciones en casos tales como el IMSS, ISSSTE, Infonavit.

8. Especificación de gastos. Como facultad del Congreso este principio impone al ejecutivo la limitación del gasto público. Esto es, el ejecutivo esta obligado a realizar erogaciones sancionadas de acuerdo con las especificaciones de gastos detallados en el documento presupuestario, aprobados por el congreso o parlamento.

En México, el artículo 74 constitucional en su fracción IV prohíbe las partidas secretas, a excepción de aquellas “que se consideren necesarias, con ese carácter en el mismo presupuesto”

En el modelo de la economía de mercado mexicano, la trasparencia y equilibrio de las finanzas públicas fueron elevados a la categoría de “supremo interés protegido”

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En 1993 el Congreso de la unión otorgo autonomía al Banco de México y estableció entre sus objetivos procurar la estabilidad de precios. Ninguna autoridad puede obligarlo a conceder financiamiento Sin embargo, esta visión dramáticamente desvirtuada por los sucesos financieros y bursátiles de Diciembre de 1994, no fue compartida por académicos y economistas independientes, como se desprende del siguiente texto al respecto:

La eliminación del déficit fiscal, objetivo e instrumento esencial de la estrategia económica neoliberal, es presentado como uno de los mayores logros del modelo ….Tal política se ha basado en los siguientes instrumentos de política económica:1) reducción general del gasto público, afectando principalmente áreas estratégicas (energéticos e infraestructura) y programas de fomento sectorial (agropecuario, industrial, pesquero y comercial);2)privatización de empresas paraestatales, incluso financieramente sanas, aplicando los recursos obtenidos básicamente a amortizaciones de deuda pública interna: 3) política de financiación y casi fijación del tipo de cambio que ha rematado en la sobrevaluación del peso , pero ha reducido, en porcentaje del PIB nominal, el pago de intereses de la deuda pública externa :4) eventos ajenos a la política interna coadyuvaron al fin: la disminución vertical de las tasas de interés internacionales, que disminuyo los pagos de intereses, y el plan brady que permitió la renegociación de la deuda externa aplazando amortizaciones y reduciendo intereses: 5) abatimiento de las tasas nominales de interés internas como resultado del descenso de la inflación, que ha reducido los intereses nominales de la deuda pública interna en proporción al gasto publico nominal;6) en menor medida, aumento de la tribulación y de los ingresos no tributarios del sector público federal .

Los acontecimientos de Diciembre y enero de 1994 y 1995, respectivamente, dieron la razón a los académicos independientes, lo cual es de lamentar, y exhibieron a los que sin reflexión objetiva repitieron el discurso oficial.

Las fuentes jurídicas que regula el Presupuesto de Egresos son las fracciones VIII del artículo 73, y IV del artículo 74 constitucional, la ley de presupuesto, contabilidad y gasto publico la ley general de Deuda pública y las leyes anuales de ingresos de la federación.

A.LOS INSTRUMENTOS DE LA POLITICA FISCAL: LA LEY DE INGRESOS Y EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION.

El proyecto de la ley de ingresos de la federación debe presentarse anualmente antes del 15 de Noviembre, y en ella se prevé la clasificación de los ingresos fiscales que corresponden a los siguientes rubros:

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I. Impuestos (ISR, impuesto al activo, IVA, IESPS, impuestos al comercio exterior, etcétera);

II. Contribuciones de mejoras

III. Derechos

IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago

V. Productos

VI. Aprovechamientos

VII. Ingresos de organismos y empresas

VIII. Aportaciones de seguridad social

IX. Ingresos derivados de financiamientos

La ley de ingresos de la federación para el ejercicio fiscal de 2007 fue publicada en el DOF el 27 de Diciembre de 2006.La ley se divide en cuatro capítulos:

1. De los ingresos y el endeudamiento publico

2. De las obligaciones de petróleos mexicanos

3. De las facilidades administrativas y Estímulos fiscales

4. De la información, la trasparencia y la evaluación de la eficiencia Recaudatoria, la fiscalización y el endeudamiento.

En lo relativo al impuesto sobre la Renta (ISR), en función de los ingresos se exige la acumulación total de ellos por parte de las personas físicas y morales contribuyentes.

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El presupuesto como instrumento jurídico-economico comprende cuatro fases o etapas:

1. Preparación o elaboración;

2. Sanción o aprobación;

3. Ejecución, y

4. Control

En México la constitución dividió la competencia al respecto en dos fases esencialmente políticas: a) el ejecutivo federal prepara y presenta el proyecto de presupuesto, y b) la cámara de diputados lo aprueba y lo controla; control político que se ejerce al examinar revisar y aprobar a posteriori la cuenta pública.

Los artículos 74 y 131 constitucionales facultan al ejecutivo federal para preparar y presentar el proyecto de presupuesto y la ley de ingresos de la federación, anualmente y en fechas precisas. Esta función la cumple la secretaria de hacienda y crédito público.

También el 28 de Diciembre de 2006 fue publicado en el DOF el presupuesto de Egresos de la federación para el ejercicio fiscal del año 2007. Establece las asignaciones del presupuesto al Poder Legislativo, judicial, a diversos “entes públicos federales” (que incluyen el IFE y la CNDH), los ramos administrativos (órganos del Poder Ejecutivo) y los ramos generales.

El título III del ejercicio por resultados del gasto público y la disciplina presupuestaria regula mecanismos racionalidad austeridad y disciplina presupuestaria en temas como la contratación de servicios profesionales las adquisiciones y obras públicas la inversión pública, los subsidios, transferencias y donaciones y las reglas de operación de los programas.

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B.LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (DOF, 3 DE MARZO DE 2006) Y SU REGLAMENTO (DOF, 28 DE JUNIO DE 2006)

Mediante la expedición de esta ley se abrogo la ley de presupuesto Contabilidad y Gasto público federal y se derogaron todas las disposiciones opuestas a lo dispuesto por la misma. Igualmente, el Reglamento de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria dejo sin efectos al Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal, publicado en el diario oficial el día 18 de Noviembre de 1981.

Y tiene por objeto reglamentar los artículos 74 fracciones IV, 75, 126 y 134 constitucionales, en materia de programación presupuestacion aprobación ejercicio control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Los sujetos obligados de esta ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad honestidad eficiencia eficacia economía racionalidad austeridad trasparencia control rendición de cuentas y equidad de género.

El artículo 4 de la Ley señala que el gasto público federal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, inversión física; inversión financiera; así como responsabilidad patrimonial; por lo que los ejecutores de gasto están obligados a rendir cuentas por la admistración de los recursos públicos. El ejecutivo Federal está a cargo de la programación y presupuestacion del gasto público federal correspondiente a las dependencias y entidades.

La ley de ingresos y el Presupuesto de Egresos se elaboraran con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica acompañados de sus correspondientes indicadores del desempeño mismos que junto con los criterios generales de política económica y los objetivos estrategias y metas anuales, el artículo 24 señala que la programación y presupuestación del gasto público comprende:

Las actividades que se deberán realizar las dependencias y entidades para llevar a cabo los objetivos políticas estrategias prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas del Planade.

Las previsiones del gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole.

Las actividades y sus respectivas previsiones de gasto publico correspondientes a los poderes Legislativo y Judicial y a los enetes autónomos.

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El capitulo Segundo señala que estos serán los que aprueben el Congreso de la Unión y la Cámara de diputados.

Por su parte, el proyecto de ley de Ingresos contendrá:

I. La exposición de motivos en la que se señale:

a) La política de ingresos del Ejecutivo Federal;

b) Los montos de ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales;

c) La estimación de los ingresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales

d) La explicación para el año que se presupuesta sobre los gastos fiscales incluyendo los estímulos, así como los remanentes del Banco de México y su composición;

e) La propuesta de endeudamiento neto para el año que se presupuesta y las estimaciones para los siguientes cinco ejercicios fiscales;

f) La evaluación de la política de deuda pública de los ejercicios fiscales anterior y en curso

g) la estimación de las del saldo histórico de los requerimientos financieros del sector público para el año que se propuesta y los siguientes cinco ejercicios fiscales.

II el proyecte de decreto de la ley de ingresos, el cual incluirá:

a) la estimación de ingresos del gobierno federal, las entidades de control directo, así como los ingresos provenientes de financiamiento

b) las propuestas de endeudamiento neto del gobierno federal, así como la intermediación financiera, en los términos de los artículos 73 y 122 de la constitución política de los estados unidos mexicanos.

c) un apartado que señale el saldo total de la deuda contingente derivada de los proyectos de inversión productiva a largo plazo, los nuevos proyectos a contratar y su monto.

d) disposiciones generales, regímenes específicos y estímulos de materia física en cuestión

e) disposiciones de materia de transparencia física e información que se deberá incluir en los informes trimestrales.

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f) el aprovechamiento por medio de los excedentes de los petróleos mexicanos y los organismos subsidiarios de la contribución por el concepto equivalente, se prevé la legislación fiscal.

El proyecto de presupuesto de egresos contendrá:

a) la política del gasto del Ejecutivo federal

b) la política de los gastos de los poderes legislativo y judicial y en los entes autónomos

c) los montos de egresos de los últimos 5 ejercicios fiscales

d) la estimación de los egresos para el año que se presupuesta y la meta objetivo de los siguientes 5 ejercicios fiscales

II El proyecto de decreto, los anexos y tomos los cuales incluirán:

a) las previsiones de gasto de los ramos autónomos

b) las previsiones de gasto de los ramos administrativo

c) un capitulo especifico que incorpore los flujos de efectivo en las entidades de control directo

d) un capitulo especifico que incorpore los flujos de efectivo en las entidades de control indirecto

e) las previsiones de los gastos de ramos generales

f) un capitulo especifico que incorpore las previsiones de gasto que corresponden a gastos obligatorios

g) un capitulo especifico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a los compromisos plurianuales

h) un capitulo especifico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a los compromisos derivados de de los proyectos de infraestructura productiva a largo plazo

i) las previsiones de los gastos que correspondan a la atención de la población indígena.

j) las disposiciones generales que rijan en el ejercicio fiscal

k) un apartado que contenga las principales variaciones que se proponen con respecto al año en curso y su justificación

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l) la información que permita distinguir el gasto regular de operación

m) el destino que corresponda a los ingresos provenientes del aprovechamiento por medio de los excedentes del petróleo mexicano y organismos subsidiarios o de la contribución

El procedimiento que debe seguir la aprobación de la ley de los ingresos y del presupuesto de egresos es el siguiente: el Ejecutivo, por conducto de la secretaría de hacienda, deberá enviar al congreso de la unión a mas tardar el 1 de abril un documento que contenga los principales objetivos para la ley de ingresos y el presupuesto de egresos del año siguiente.

Posteriormente, el ejecutivo, por conducto de la secretaria de hacienda, remitirá a la cámara d diputados a más tardar el día 30 de junio de cada año, la estructura programática a emplear en el proyecto de presupuesto de egresos

A más tardar el 8 de septiembre de cada año los criterios generales de política económica, la estimación de del precios de la mezcla de petróleo mexicano, la iniciativa de la ley de ingresos, y el proyecto de presupuesto de egresos.

La ley de ingresos y el presupuesto de egresos deberán publicarse en el diario oficial de la federación a más tardar 20 días naturales después de ser aprobados

C auditoria superior de la federación

Es la entidad de la fiscalización superior de la federación que tiene a su cargo la revisión de la cuenta de publica; así como de las demás funciones que le encomienden la constitución política de los estados unidos mexicanos, la ley de fiscalización superior de la federación con fundamento en el artículos 16 de la ley de fiscalización superior de la federación

Ley general de deuda pública (DOF 31 de diciembre de 1976)

Expresa: los recursos crediticios de la del sector publico federal debe enfocarse a la producción de bienes y servicios en tal forma que su utilización se dirija, fundamentalmente a la realización de proyectos y actividades que apoyen a los planes de desarrollo económico y social de la nación.

Y agrega:

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La ley general de deuda pública tiende a optimizar el uso de los recursos financieros que capte el sector público federal a través del crédito tanto interno como externo. El fundamento constitucional de esta ley lo encontramos en la fracción VIII del artículo 73 constitucional.

La ley faculta al Ejecutivo para contraer obligaciones que imponen a la nación, tanto en lo concerniente a la nación, tanto a lo concerniente a su destino como a su servicio

Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público (DOF 4 de enero de 2000)

Esta ley tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestacion, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamiento de los bienes muebles y de la prestación de servicios de cualquier naturaleza que realicen

Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas (DOF 4 de enero de 2000)

Tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación y control de las obras públicas.

Se consideran obras públicas los trabajos que tengan por objeto constituir, instalar, ampliar, remodelar, restaurar, conservar modificar y demoler bienes inmuebles, concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obras públicas

La política monetaria: concepto y objetivos

Es una parte de la política económica, que consiste en la acción emprendida por las autoridades monetarias o la iniciación deliberada para cambiar la cantidad, disponibilidad o el costo del dinero.

Los objetivos de la política monetaria son, en el mundo actúa, las políticas de estabilización, actuaciones a corto plazo que pretenden mantener un nivel de demanda efectiva suficiente para alcanzar un nivel aceptable de crecimiento de la renta y del empleo sin presionar excesivamente sobre el nivel de los precios.

El gobierno es quien establece los objetivos económicos que pretende lograr, las tasas de crecimiento de los precios, las tazas de crecimiento del PBI o el nivel de empleo

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El banco de México, ordenador de la política monetaria a través de la política cuantitativa i de la política cualitativa

El estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y administraciones, procurara la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento.

La conducción del banco está a cargo de personas cuya designación será hecha por el presidente de la republica con la aprobación de la cámara de los senadores o de la comisión perteneciente

Ley del banco de México (DOF 23 de diciembre de 1993)

Articulo 2º. El banco de México tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. Sera también finalidades del banco promover un sano desarrollo del sistema financiero y propiciar un buen funcionamiento de los sistemas de pago.

El banco de México esta facultado para regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios y la intermediación de los servicios financieros, los sistemas de pago. Operar las instituciones de crédito como el banco de reserva y acreditarte de última instancia. Fungir cono asesor del gobierno federal en materia económica y operar los organismos que se refiere anteriormente con los bancos centrales y con las personas morales y extranjeras.

Se encarga de emitir de forma exclusiva los billetes y la acuñación de moneda metálica.

Los instrumentos primarios de la política monetaria: las operaciones de marcado abierto, el redescuento, porcentaje de reservas obligatorias y otros instrumentos

Los instrumentos clásicos son: las operaciones de marcado abierto, la manipulación de las tazas de redescuento y las variaciones de los porcentajes de reservas obligatorias

Operaciones de mercado abierto

Es el instrumento fundamental de la política monetaria, consiste en la compra y venta de fondos públicos por parte del banco central. Hay dos tipos de operaciones de mercado abierto: las operaciones en firme y las operaciones de pacto de recompra

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A) la elevación de los tipos de interés de los valores

B) disminución de los tipos de intereses de los valores

C) venta de valores por parte del banco central

D) compra de valores por parte del banco central

EL REDESCUENTO (TIPO DE INTERES BASICO, TASA DE DESCUENTO)

Este consiste en la adquisición por la autoridad monetaria de valores o efectos descontados con anterioridad por la banca. En la práctica funciona como créditos concedidos por el banco central a los bancos, con o sin garantía de títulos.

El volumen del redescuento se ve afectado por tres tipos de variables:

1.- Las líneas del redescuento, o límites máximos que puede re descontar el banco central.

2.- Los sectores económicos sobre los que existe compromiso de redescuento.

3.- La tasa de redescuento, es decir, el tipo de interés al cual realizar la operación.

Cuando se desea inyectar liquidez al sistema financiero, el banco central puede disminuir el tipo de redescuento o aumentar las líneas o cantidades totales de efectos re descontados.

En la actualidad el redescuento funciona más a través de la modificación del tipo de interés que del establecimiento de líneas de redescuento.

Variaciones en los porcentajes de reservas obligatorias

La legislación de algunos países exige a las entidades financieras el mantenimiento de unas reservas frente a sus depósitos, ya sea en dinero, legal o en depósitos en el banco central.

Después de la segunda guerra mundial las reservas tuvieron como fin primordial la abstracción de dinero sobrante para evitar una excesiva expansión de la oferta monetaria.

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La forma más habitual de las reservas bancarias es el coeficiente de caja, establecido como una proporción del volumen de depósitos y todas las posibles formas de captar fondos por parte de los intermediarios financieros.

Estructura del sistema financiero. Ley de Instituciones de Crédito y Ley para Regular las Agrupaciones Financieras

El sistema financiero ha venido experimentando una transformación. Dicho cambio se evidencia en un fortalecimiento de la intermediación financiera, que no funciona con base en depósitos y que se conoce como intermediación bursátil. La intermediación bursátil reemplaza a la intermediación bancaria.

Esta división hace que el sistema financiero mexicano adquiera formas más sofisticadas de funcionamiento, donde las fuentes de crédito pasan de un sistema basado en instituciones que reciben depósitos de corto plazo y otorgan préstamos de largo plazo a otro basado en mercado de valores.

El sistema financiero mexicano se estructura con 13 tipos de intermediarios que representaron a diciembre del 2006 un valor de 6 billones 267 mil millones de pesos, siendo el de mayor importancia la banca múltiple, pues sus activos representan el 53.6% del total del sistema y es el único intermediario adscrito al seguro de depósitos administrado por el Instituto para la Protección del Ahorro Bancario, además de que cuenta con acceso a la liquidez del Banco de México.

En cuanto a los indicadores de concentración que proporciona el reporte del Banco de México, se observa que si bien hay una relativa disminución en la participación de los seis bancos dentro del total bancario en los últimos años, en 2006 dicho grupo concentro 93.8% de los ingresos totales por comisiones, 90.2% de las tarjetas de crédito, y 94.3% de los puntos de venta.

Ley de Instituciones de Crédito (DOF, 18 DE JULIO DE 1990)

La ley de Instituciones de Crédito orienta el tránsito de la estructura de banca múltiple.

La Ley tiene por objeto regular el servicio de banca y crédito; las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar; su sano y equilibrado desarrollo; la protección de los intereses del público; y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano. (Artículo 1o.).

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Articulo 2o. El servicio de banca y crédito solo podrá prestarse por instituciones de crédito, que podrán ser:

1.- Instituciones de banca múltiple, e

2.- Instituciones de banca de desarrollo.

No se considera operaciones de bance y crédito aquellas que, en el ejercicio de las actividades que les sean propias, celebren intermediarios financieros distintos a instituciones de crédito que se encuentren debidamente autorizados conforme a los ordenamientos legales aplicables; ni se considera tampoco a la capitación de recursos del público mediante la emisión de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores, colocados mediante oferta pública incluso cuando dichos recursos se utilicen para el otorgamiento de financiamientos de cualquier naturaleza.

Ley para las Agrupaciones Financieras (DOF, 18 DE JULLIO DE 1990)

En 1990, la reprivatización de la banca produjo un cambio radical en la estructura del sistema financiero nacional. El marco jurídico para regulas las actividades del sector financiero se fundó en la modificación a los artículos 28 y 123 constitucionales, la publicación de la Ley de Instituciones de Crédito, las reformas a la Ley del Mercado de Valores y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Se requiere de autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para:

La constitución y el funcionamiento de grupos financieros (artículo 6o.) La incorporación de una sociedad a un grupo ya constituido, la fusión de

dos o más entidades participantes en un mismo grupo, o de una entidad financiera con cualquier sociedad (artículo 10).

La separación de alguno o algunos de los integrantes de un grupo, asi como la disolución de este último (artículo 11).

Mediante las reformas a las leyes de instituciones de crédito y agrupaciones financieras se persiguen diversos objetivos, como:

Incrementar la proporción de ahorro interno canalizado a través del sistema financiero.

Promover el ahorro, en particular el popular y el de largo plazo. Impulsar esquemas de crédito que atiendan a todos los sectores. Fomentar la competencia entre intermediarios financieros, etc.

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El objeto de las reformas es dotar de mayor certeza a los agentes y mejorar la eficiencia del sistema financiero y el acceso a la intermediación financiera a un mayor porcentaje de la población.

Ley de Sociedades de Inversión (DOF, 4 DE ENERO DE 1985)

Esta ley regula la organización y funcionamiento de las sociedades de inversión, la intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así como los servicios que deberán contratar para el correcto desempeño de sus actividades.

Las sociedades de inversión tienen por objeto la adquisición y venta de los activos objeto de inversión con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público inversionista, así como la contratación de los servicios y la realización de las demás actividades previstas en su ordenamiento (artículo 5).

Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro se rigen por lo señalando en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Ley de Ahorro y Crédito Popular (DOF, 4 DE JUNIO DE 2001)

Esta ley tiene por objeto (artículo 1o):

1.- Regular, promover y facilitar el servicio de captación de recursos y colocaciones de crédito por parte de las entidades de ahorro y crédito popular; la organización y funcionamiento de las Federaciones y Confederaciones en que aquellas voluntariamente se agrupen;

2.- Regular las actividades y operaciones que las entidades de ahorro y crédito popular podrán realizar con el propósito de logar su sano y equilibrado desarrollo;

3.- Proteger los intereses de quienes celebren operaciones con dichas entidades y,

4.- establecer los términos en que las autoridades financieras ejercerán la supervisión del Sistema de Ahorro y Crédito Popular.

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El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

Este es un fideicomiso creado en 1990. En el participaba instituciones de banca múltiple. Su objetivo era la realización de operaciones preventivas tendientes a evitar problemas financieros que pudieran presentar las instituciones de crédito, así como procurar el cumplimiento de obligaciones a cargo de tales instituciones.

El IPAB es un organismo descentralizado de la Administración Publica Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de la administración del sistema de protección al ahorro bancario.

El IPAB asumió, conforme al artículo 7 o. transitorio, la titularidad de las operaciones de saneamiento deferente de aquella de capitalización de compra de cartera realizada por el Fobaproa y el Fameval, así como las correspondientes a las instituciones intervenidas por la CNBV.

Bibliografía:

Introducción al derecho económico. Jorge Witker 2007 7ª edición.

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