ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N°1

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    DERECHO PROCESAL CIVIL III DR. RUEDA ZEGARRA WILFREDO

    CICLO VIII ALCIDES PAULINO HERRERA INGA 1

    ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N01

    PROCESOS DE EJECUCION

    Tiene por objeto la actuacin prctica de la ley, evidenciando

    aparentemente la necesidad de investigar la existencia de esa

    voluntad; la cual se presume como voluntad abstracta por estar

    expresada en la ley, y la voluntad concreta solo puede ser

    declarada despus de verificada la situacin que supone listas

    para ejecucin la cual se concluye inexacta, ya que el proceso

    de ejecucin no basa consecuencia necesaria del proceso de

    conocimiento, como prueba el hecho de que haya sentencias queno se ejecutan.

    De acuerdo con el principio dispositivo que inspira el

    rgimen procesal en material civil, el rgano jurisdiccional no

    acta de oficio en el proceso de ejecucin, sino a pedido de un

    acreedor que ejercita la accin emergente de un ttulo ejecutivo.

    Los modos de la ejecucin varan segn la naturaleza de la obligacin declarada en la

    sentencia o reconocida por el deudor en el titulo extrajudicial; y hasta puede afirmarse

    que cada obligacin tiene un procedimiento especial de ejecucin.

    Estn sometidas a ejecucin las personas de existencia visible y las personas jurdicas; y se

    establece una excepcin en favor del estado, respeto la cual las sentencias que se dictan

    contra ella solo tienen carcter declarativo; y los estn sujetos a ejecucin todos los bienes

    que integran el patrimonio del deudor, con las excepciones establecidas en la ley.

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    Los Procesos De Ejecucin son aquellos que sin resolver de fondo el asunto tienen porobjeto el pago inmediato de una deuda o el cumplimiento de una obligacin sobre la base

    de un ttulo ejecutivo con fuerza de ejecutorio.

    En los procesos de ejecucin por regla no hay plazo de prueba, no hay contencin nicontroversia. El juez slo ordena un dar, un hacer o una abstencin.

    Proceso Ejecutivo. Aquel que sin dilucidar el fondo del asunto tiene por objeto el pagoinmediato de una deuda o el cumplimiento de una obligacin exigible sobre la base de unttulo de fuerza ejecutiva, dando lugar a sentencia con carcter de cosa juzgada formal.

    Proceso De Ejecucin De Sentencia. Proceso de trmite de "ejecucin forzosa", que darcumplimiento a lo ordenado en la sentencia.

    La sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada tiene carcter de ttulo ejecutivo; porello, quien en virtud de aquella resulta deudor y no cumple la prestacin debida, estarsujeto a la "ejecucin forzosa", que dar cumplimiento a lo ordenado en el fallo.

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    TTULOS EJECUTIVOS

    Documento que comprueba el hecho del reconocimiento, como en la ejecucin de sentencia el

    ttulo es el documento que constata el pronunciamiento del tribunal.

    Su existencia es requisito necesario e imprescindible en la ejecucin que se promueve.

    La base del procedimiento ejecutivo es el ttulo que trae aparejada ejecucin, o ttulo ejecutivo.

    El ttulo es la prueba de un derecho cierto de un hecho jurdico, pero es a la vez un derecho o

    hecho que consiste en una prueba.

    Obteniendo como conclusin que la autonoma de la accin est fundada en el ttulo. En caso

    de sentencias, las soluciones no pueden ser diferentes.

    En la liquidez para proceder ejecutivamente no basta

    un derecho cierto, se necesitan otros requisitos en

    cuanto al contenido.

    En principio el derecho debe ser lquido para poder ser

    ejecutable o, por lo menos, debe ser fcilmente

    liquidable.

    Su clasificacin de acuerdo a su origen podra clasificarse en jurisdiccionales, contractuales y

    administrativos. Entre los primeros pueden mencionarse a las sentencias dadas por los jueces y

    por los rbitros; como por ejemplo de los segundos se mencionan todos los actos y contratos

    celebrados por los particulares de los que resultan obligaciones exigibles de pagar sumas de

    dinero; y en cuanto a los ttulos administrativos son los que expiden los funcionarios pblicos

    para certificar la deuda de impuesto fiscal y de las multas impuestas por el poder pblico.

    PROCESO EJECUTIVO

    La Ejecucin de obligacin de dar suma de dinero, est dado por : El Tramite Seala Por El

    Cdigo Procesal Civil,, Por El Mandato Ejecutivo, Contenido Del Mandamiento , Apelacin ,

    Obligacin Con Parte Liquida Y Con Parte Ilquida, Mandato Ejecutivo, Mandamiento De Pago,

    Con Obligaciones De Dar Cantidades Liquidas De Dinero, Ttulos Que Traen Aparejada

    Ejecucin, El Juez Examinara El Ttulo, Mandamiento De Embargo, Suma Estimada En

    Concepto De Inters, Domicilio Donde Se Practicara El Requerimiento, El Embargo, Efectos,

    Embargos Sucesivos, Interpretacin, Presupuesto, Reconocimiento De La Firma, Medios

    Probatorios, Documentos, Pericia, Excepciones, Tramite, Sentencia, Sentencia Y Apelacin y

    por ultimo tenemos El Bien Libre que consiste en la libre disposicin por parte del titular del

    dominio.

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    PROCESO DE EJECUCION DE RESOLUCIONES JUDICIALES

    La resolucin judicial es el acto procesal proveniente

    de un tribunal, mediante el cual resuelve las

    peticiones de las partes, o autoriza u ordena el

    cumplimiento de determinadas medidas.

    Dentro del proceso, doctrinariamente se le

    considera un acto de desarrollo, de ordenacin e

    impulso o de conclusin o decisin.

    PROCESOS DE EJECUCION DE GARANTIA

    Es una accin real que corresponde al titular del derecho real de garanta para hacer

    efectiva la venta del bien por incumplimiento de la obligacin garantizada, lo que se

    despacha en virtud de un ttulo de ejecucin constituido por el documento que contiene la

    garanta y el estado de cuenta del saldo deudor.

    Esta dado por la contradiccin, Medios De Prueba,

    Apelacin, Orden De Remate la cual es donde el juez

    ordena el remate de los bienes; Procedencia, La Demanda,

    Mandato De Ejecucin, Contradiccin. Causales, pruebas,

    remate, sentencia de remate, efectos y por ltimo el saldo

    deudor que consiste a la cantidad que uno de los

    contratantes queda debiendo al otro despus de la cuenta

    de ambos ha sido cerrada.

    El proceso de ejecucin de garantas es una modalidad del

    proceso de ejecucin que tiene por objeto que el rgano

    jurisdiccional ordene al ejecutado pague la deuda al

    ejecutante dentro del trmino de ley y bajo apercibimiento

    de procederse al remate del bien dado en garanta.

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    EJECUCION FORZADA

    Consiste en una sentencia impuesta al deudor o sus bienes por ministerio de un oficial

    pblico y si es necesario con ayuda de la fuerza pblica, la ejecucin forzada de los bienes

    se realizara por remate y por adjudicacin.

    En primer lugar, hay que sealar que las

    medidas para futura ejecucin forzada

    son aquellas dirigidas a asegurar el

    cumplimiento de la obligacin a que le

    condenar al vencido mediante el

    correspondiente fallo jurisdiccional. Ellas

    garantizan que los bienes que van a sermateria de ejecuciones forzadas se

    mantienen para su realizacin.

    La ejecucin forzada concluye cuando se hace un pago ntegro al ejecutante con el

    producto del remate o con adjudicacin, o si antes el ejecutado paga ntegramente la

    obligaciones inters exigidos y costos del proceso.

    MEDIDAS CAUTELARES

    Su finalidad es evitar que se tornen ilusorios los derechos del quien la solicita ante la

    posibilidad de que se dicte una sentencia favorable.