Actividad 2 sena salud ocupacional

29
GENERALIDADES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 9 DE 1979 LEY 1562 DE 2012 DECRETO 1295 DE 1994

Transcript of Actividad 2 sena salud ocupacional

Page 1: Actividad 2 sena salud ocupacional

GENERALIDADES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

• LEY 9 DE 1979

• LEY 1562 DE 2012

• DECRETO 1295 DE 1994

Page 2: Actividad 2 sena salud ocupacional
Page 3: Actividad 2 sena salud ocupacional

Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales .

Page 4: Actividad 2 sena salud ocupacional

La Seguridad Social es un sistema de protección que busca evitar las consecuencias de algunos riesgos que el Estado mismo ha identificado como amparables.

En Colombia, de acuerdo con el marco normativo legal que regula la materia, se opto por proteger los riesgos de:

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Page 5: Actividad 2 sena salud ocupacional

DEFINICIONES

Page 6: Actividad 2 sena salud ocupacional

DEFINICIONES

Page 7: Actividad 2 sena salud ocupacional

QUIENES HACEN PARTE DEL SGSST

Page 8: Actividad 2 sena salud ocupacional

¿QUIEN Y QUE?

Page 9: Actividad 2 sena salud ocupacional

Ley 9 24 Enero de 1979

Por la cual se dictan Medidas Sanitarias.

Tiene varios conceptos que podemos relacionar con los deberes de los empleadores con sus empleados.

Abarca varias ramas, principalmente: Protección del Medio Ambiente, el Suministro de Agua, el Alimento y la Salud del trabajador, entre otros.

Page 10: Actividad 2 sena salud ocupacional

OBJETIVOS

GENERAL:

Hacer que cada trabajador

conozca sobre los beneficios sobre la Seguridad en el Trabajo.

Conocimientos generales sobre el cuidado del Medio Ambiente.

ESPECIFICOS:

Conocer los reglamentos sobre

las actividades y competencias de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Identificar las condiciones necesarias en lo que se relaciona a la salud humana.

Page 11: Actividad 2 sena salud ocupacional

Composición de la Ley TITULO I

DE LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

•Control Sanitarios de los usos del Agua.

•Residuos Líquidos.

•Residuos Solidos.

•Disposición de Excretas.

•Emisiones Atmosféricas.

TITULO II

SUMINISTRO DE AGUA

•Aguas Superficiales.

•Aguas Subterráneas.

•Aguas Lluvias.

•Estaciones de bombeo.

•Potabilización del Agua.

TITULO III

SALUD OCUPACIONAL

•Condiciones ambientales.

•Valores limites en los sitios de trabajo.

•Organización de la SO.

•Medicina preventiva y Saneamiento básico.

Page 12: Actividad 2 sena salud ocupacional

Artículo 80º.- Para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la presente Ley establece normas tendientes a:

Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;

Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos y otros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo;

Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los lugares de trabajo;

Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los riesgos causados por las radiaciones;

Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos para la salud provenientes de la producción, almacenamiento, transporte, expendio, uso o disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.

TITULO III: SALUD OCUPACIONAL.

Page 13: Actividad 2 sena salud ocupacional

Artículo 83º.- Al Ministerio de Salud corresponde:

Establecer, en cooperación con los demás organismos del Estado que tengan relación con estas materias, las regulaciones técnicas y administrativas destinadas a proteger, conservar y mejorar la salud de los trabajadores en el territorio nacional, supervisar su ejecución y hacer cumplir las disposiciones del presente título y de las reglamentaciones que de acuerdo con él se expidan;

Promover y ejercer acciones de investigación, control, vigilancia y protección de la salud de las personas que trabajan, lo mismo que las educativas correspondientes, en cooperación con otros organismos del Estado, instituciones privadas, empleadores y trabajadores;

Determinar los requisitos para la venta, el uso y el manejo de sustancias, equipos, maquinarias y aparatos que puedan afectar la salud de las personas que trabajan. Además, puede prohibir o limitar cualquiera de estas actividades cuando representen un grave peligro para la salud de los trabajadores o de la población en general.

TITULO III: SALUD OCUPACIONAL.

Page 14: Actividad 2 sena salud ocupacional

Artículo 84º.- Todos los empleadores están obligados a:

Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de producción;

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley y demás normas legales relativas a Salud Ocupacional;

Responsabilizarse de un programa permanente de medicina, higiene y seguridad en el trabajo destinado a proteger y mantener la salud de los trabajadores de conformidad con la presente Ley y sus reglamentaciones;

Adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores, mediante la instalación, operación y mantenimiento, en forma eficiente, de los sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes en los lugares de trabajo.

TITULO III: SALUD OCUPACIONAL.

Page 15: Actividad 2 sena salud ocupacional

Artículo 84º.- Todos los empleadores están obligados a:

Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo, así como de las actividades que se realicen para la protección de la salud de los trabajadores;

Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones que juzguen necesarias dentro de las instalaciones y zonas de trabajo;

Realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que estén expuestos los trabajadores y sobre los métodos de su prevención y control.

TITULO III: SALUD OCUPACIONAL.

Page 16: Actividad 2 sena salud ocupacional

Artículo 85º.- Todos los trabajadores están obligados a:

Cumplir las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentaciones, así como con las normas del reglamento de medicina, higiene y seguridad que se establezca;

Usar y mantener adecuadamente los dispositivos para control de riesgos y equipos de protección personal y conservar en orden y aseo los lugares de trabajo;

Colaborar y participar en la implantación y mantenimiento de las medidas de prevención de riesgos para la salud que se adopten en el lugar de trabajo.

TITULO III: SALUD OCUPACIONAL.

Page 17: Actividad 2 sena salud ocupacional

Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en

materia de salud ocupacional.

Page 18: Actividad 2 sena salud ocupacional

Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

DEFINICIONES

Page 19: Actividad 2 sena salud ocupacional

CAMBIOS

Page 20: Actividad 2 sena salud ocupacional

AFILIACIONES

Page 21: Actividad 2 sena salud ocupacional

AFILIACIONES

Page 22: Actividad 2 sena salud ocupacional

AFILIACIONES

Page 23: Actividad 2 sena salud ocupacional

CAMBIOS EN LA AFILIACION

Page 24: Actividad 2 sena salud ocupacional

CLASIFICACION DEL RIESGO

Page 25: Actividad 2 sena salud ocupacional

COTIZACION De acuerdo con la clase de riesgo, el SGSST establece

la siguiente tabla de cotizaciones mínimas y máximas:

Page 26: Actividad 2 sena salud ocupacional

ACCIDENTE DE TRABAJO

Page 27: Actividad 2 sena salud ocupacional

EXCEPCIONES ACCIDENTE DE TRABAJO

Producidos en actividades diferentes a las contratadas por el empleador como actividades recreacionales o deportivas a menos de que se actué en representación o por cuenta del mismo.

Transporte no suministrado por el empleador.

Todo aquel sufrido por el empleado fuera de sus horarios laborales, durante los permisos remunerados o no remunerados.

Page 28: Actividad 2 sena salud ocupacional

Es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

ENFERMEDAD LABORAL

Page 29: Actividad 2 sena salud ocupacional

MIGUEL ANTONIO COBA BALLESTAS APRENDIZ SENA

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO