Acta Suscinta de Ofrecimiento de Prueba

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C-18002-2014-000. AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO DE PRUEBA. En el Ciudad de Puerto barrios del departamento de Izabal, el del año ……., siendo las …… en la sala de audiencias que ocupa el juzgado de primera instancia penal narcoactividad y de delitos contra el ambiente del departamento de Izabal, ante el infrascrito Juez, …… ……. Oficial de Tramite, comparece: EL MINISTERIO PÚBLICO: ABOGADA ABOGADO DEFENSOR:- - - -- - - - - - -- - - - - - -- - - - -- EL ACUSADO BRANDON ALEXANDER LOPEZ AUDON, acusado de Delito de Asesinato, quien será representado durante esta audiencia por su abogado: Con el objeto de celebrar audiencia de OFRECIMIENTO DE PRUEBA, señalada para este día dentro del proceso identificado ut Supra; se hace constar que el desarrollo de la presente audiencia, así como lo decidido queda documentado además de la presente acta sucinta, en el sistema de audio del Sistema de Gestión de Tribunales, de lo cual se entregara una copia de la misma en CD a cada uno de los sujetos procesales. Esto de conformidad con lo que establece los artículos 160 del Código Procesal Penal y 22 del Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales. Con base en lo

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C-18002-2014-000. AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO DE PRUEBA. En el Ciudad de Puerto barrios del departamento de Izabal, el del ao ., siendo las en la sala de audiencias que ocupa el juzgado de primera instancia penal narcoactividad y de delitos contra el ambiente del departamento de Izabal, ante el infrascrito Juez, . Oficial de Tramite, comparece:EL MINISTERIO PBLICO: ABOGADAABOGADO DEFENSOR:- - - -- - - - - - -- - - - - - -- - - - -- EL ACUSADO BRANDON ALEXANDER LOPEZ AUDON, acusado de Delito de Asesinato, quien ser representado durante esta audiencia por su abogado:Con el objeto de celebrar audiencia de OFRECIMIENTO DE PRUEBA, sealada para este da dentro del proceso identificado ut Supra; se hace constar que el desarrollo de la presente audiencia, as como lo decidido queda documentado adems de la presente acta sucinta, en el sistema de audio del Sistema de Gestin de Tribunales, de lo cual se entregara una copia de la misma en CD a cada uno de los sujetos procesales. Esto de conformidad con lo que establece los artculos 160 del Cdigo Procesal Penal y 22 del Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales. Con base en lo actuado y las constancias procesales el Juez RESUELVE: I) Por considerar que la prueba ofrecida por el MINISTERIO PUBLICO es til, pertinente y necesaria SE ADMITE para que sea diligenciada en debate: LA PRUEBA TESTIMONIAL: la prueba descrita en CD de audio y listado respectivo.LA PRUEBA DOCUMENTAL: la prueba descrita en CD de audio y listado respectivo.

LA PRUEBA PERICIAL: la prueba descrita en CD de audio y listado respectivo.II) Por considerar que la prueba ofrecida por el ACUSADO: BRANDON ALEXANDER LOPEZ AUDON, es til, pertinente y necesaria SE ADMITE para que sea diligenciada en debate: LA PRUEBA DOCUMENTAL: la prueba descrita en CD de audio y listado respectivo.III) Remtanse las actuaciones, incluidos los listados de proposicin de prueba al Tribunal designado. Por medio del Sistema de Gestin de Tribunales a travs del expediente electrnico.IV) Se hace constar que todos los elementos de investigacin obran en poder de las partes, sin embargo todo lo ofrecido quedo grabado mediante el audio, que se les hizo la advertencia de que son los responsables de llevar su prueba al debate, incluidos testigos y peritos.V) Se seala AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO para el DIA._______________________________________________________________________________________, el cual ser presidido por el Juez Unipersonal correspondiente, en la sala de audiencias del Tribunal de Sentencia Penal Narcoactividad y de Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Izabal; VI) Se deja a disposicin del Tribunal respectivo al Sindicado BRANDON ALEXANDER LOPEZ AUDON, quien se encuentra en Prisin Preventiva. Todos los que participaron, quedan debidamente notificados con base al artculo 160 y 169 del Cdigo Procesal Penal y se realiza la presente con base en el Reglamento interior de Juzgados y Tribunales Penales. Finaliza en el mismo lugar y fecha veinte minutos despus de su inicio.