Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Página 1 PLENO SESIÓN EXTRAORDINARIA MINUTA Nº 15/2011 DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2011 SUMARIO 1/155.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE LOS INGRESOS PROPIOS DE DERECHO PÚBLICO. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 3) 2/156.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 12) 3/157.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDADES. (Pág. 15) 4/158.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. (Pág. 16) 5/159.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA. (Pág. 18) 6/160.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 19) 7/161.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 21) 8/162.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL CONSTITUIDO EN EL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LA VÍA PÚBLICA A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORES DE SERVICIOS DE SUMINISTROS. (Pág. 23) 9/163.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DESATRANCOS, LIMPIEZAS ESPECIALES Y OTROS SERVICIOS GENERALES. (Pág. 25) 10/164.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENSEÑANZAS ESPECIALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 27) 11/165.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CENTRO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE ANIMALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 29) 12/166.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. (Pág. 31) 13/167.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 32) 14/168.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 35) 15/169.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE NORMAS GENERALES PARA EL ESTABLECIMIENTO O MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR ESTE AYUNTAMIENTO Y LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIOS QUE DEPENDAN DEL MISMO. (Pág. 37) 16/170.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE FACHADAS PARA LA ELIMINACIÓN DE PINTURAS, GRAFFITIS Y SERIGRAFÍAS. (Pág. 39)

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PLENO SESIÓN EXTRAORDINARIA

MINUTA Nº 15/2011 DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2011

SUMARIO

1/155.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE LOS INGRESOS PROPIOS DE DERECHO PÚBLICO. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 3) 2/156.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 12) 3/157.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDADES. (Pág. 15) 4/158.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. (Pág. 16) 5/159.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA. (Pág. 18) 6/160.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 19) 7/161.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 21) 8/162.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL CONSTITUIDO EN EL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LA VÍA PÚBLICA A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORES DE SERVICIOS DE SUMINISTROS. (Pág. 23) 9/163.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DESATRANCOS, LIMPIEZAS ESPECIALES Y OTROS SERVICIOS GENERALES. (Pág. 25) 10/164.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENSEÑANZAS ESPECIALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 27) 11/165.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CENTRO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE ANIMALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 29) 12/166.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. (Pág. 31) 13/167.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 32) 14/168.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. (Pág. 35) 15/169.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE NORMAS GENERALES PARA EL ESTABLECIMIENTO O MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR ESTE AYUNTAMIENTO Y LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIOS QUE DEPENDAN DEL MISMO. (Pág. 37)

16/170.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE FACHADAS PARA LA ELIMINACIÓN DE PINTURAS, GRAFFITIS Y SERIGRAFÍAS. (Pág. 39)

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17/171.- ESTABLECIMIENTO, IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES. (Pág. 40)

18/172.- ESTABLECIMIENTO, IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE TELEFONÍA MÓVIL. (Pág. 42)

19/173.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA EL AÑO 2012. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E. (Pág. 43)

20/174.- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA A LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA EL AÑO 2011. (Pág. 46)

21/175.- SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DE CONSUMO HUMANO. (Pág. 48)

22/176.- SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA COMUNIDAD DE MADRID, CANAL DE ISABEL II RELATIVO A LA INCORPORACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN AL FUTURO MODELO DE GESTIÓN DEL CANAL DE ISABEL II. (Pág. 51)

23/177.- APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD, SEGÚN PROYECTO APROBADO POR JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2011. (Pág. 62) 24/178.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA, EN RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LOS ACUERDOS QUE PROCEDAN SOBRE LA DISOLUCIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO UNIVERSIDAD POPULAR DE ALCORCÓN, EXAMEN Y DICTAMEN DE LOS VOTOS PARTICULARES PRESENTADOS. (Pág. 68)

25/179.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA, EN RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LOS ACUERDOS QUE PROCEDAN SOBRE LA DISOLUCIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE ALCORCÓN, EXAMEN Y DICTAMEN DE LOS VOTOS PARTICULARES PRESENTADOS. (Pág. 74) ASISTENTES: Alcalde-Presidente D. David Pérez García Concejales: Grupo Municipal Popular D. Oscar Romera Jiménez (Portavoz) Dª. Silvia Cruz Martín D. José Gabriel Astudillo López Dª. Susana Mozo Alegre D. Antonio Luis Galindo Casado D. Antonio Sayago del Viso Dª. Laura Pontes Romero D. José Emilio Pérez Casado Dª. María Pilar Araque Leal Dª. Marta González Díaz Dª. Eduardo Serrano Rodríguez D. Carlos Gómez Díaz

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D. Antonio Ramírez Pérez Dª. Loreto Sordo Ruíz Grupo Municipal Socialista Dª. Natalia de Andrés del Pozo (Portavoz) D. Manuel Lumbreras Fernández Dª. María Antonia García Fernández D. Francisco Siles Tello Dª. Marta Bernardo Llorente D. Francisco Pérez Plá Dª. Candelaria Testa Romero D. Antonio Elviro Arroyo Dª. Pilar García Jové Grupo Municipal de Izquierda Unida y Los Verdes D. José Antonio López Tinaquero (Portavoz) D. Juan Carlos Martínez Agüera Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia D. Jesús Gamonal López Secretario General del Pleno D. Gabriel A. Dotor Castilla Interventor General Municipal: D. Luis Miguel Palacios Albarsanz

En el Salón de Actos del Centro Cívico Los Pinos, se reúne la Corporación en Pleno, integrada en la forma reseñada “ut supra”. A las diecisiete horas por el Sr. Alcalde-Presidente se declara abierta la Sesión, previa comprobación de la existencia de quórum necesario, según lo establecido en el artículo 82 del R.O.M. y en primera convocatoria, iniciándose el conocimiento de los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DIA, expresado en la convocatoria girada al efecto y que me consta notificada, según lo establecido en el artículo 72 del R.O.M., se pasó al examen de los distintos asuntos. Así:

1/155.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE LOS INGRESOS PROPIOS DE DERECHO PÚBLICO. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD.-

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*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de las Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe y Propuesta de modificación de la referida Ordenanza General, suscrito por el Jefe de la Unidad de Recaudación y el Tesorero Municipal, de fecha 12 de septiembre de 2011.

Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo de fecha 13 de septiembre de 2011.

Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 2/394, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD proponiendo una diferente redacción del artículo 57 de la Ordenanza (domiciliación y sistema especial de pagos).

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: UPyD (1), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: PSOE (3) Por consiguiente queda rechazado el voto particular *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), UPyD (1), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

INTERVENCIONES EN EL PLENO

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Abierta la deliberación se producen las intervenciones que sintéticamente se relacionan *Sr. Alcalde-Presidente

Tal y como se ha acordado en Junta de Portavoces las Ordenanzas Fiscales se debatirán conjuntamente, con un primer turno de quince minutos por cada grupo, más un segundo turno de diez minutos. *D. Jesús Gamonal López

El año 2012 va a estar marcado por la gravísima crisis económica que padecerá nuestro país. Las consecuencias de este empeoramiento se verán reflejadas en nuestro Ayuntamiento y en los ciudadanos.

Hemos afrontado este Pleno y el estudio de estas nuevas ordenanzas con gran responsabilidad, tanto con la Institución como con los ciudadanos, como ya hemos en otros Plenos. Por esta responsabilidad que tenemos con la ciudad le vamos a dar nuestro voto en muchas de sus actualizaciones de tributos y en algunos que experimentan alguna subida, pero que afectan en un porcentaje mínimo a la sociedad; por el contrario, no daremos nuestro voto en aquellos tributos que, desde nuestro punto de vista, suponen una actualización o una subida injusta, y en aquellos que pueden ir contra la creación del empleo.

Nos hablan desde el Gobierno de congelación de impuestos, nosotros a esto le llamamos actualización y, en algunos casos, subidas notables. Respecto al IBI, no sé si ustedes son conscientes que algunos inmuebles de Alcorcón han caído a precios del año 2000. Un buen ejemplo de actuación es Getafe, donde también gobierna el Partido Popular y que ha solicitado al Ministerio de Hacienda la realización de una nueva valoración colectiva argumentado sobre la base de la caída del valor de los inmuebles. La propuesta del equipo de gobierno supone una subida del 9,5 respecto al año anterior. El Ayuntamiento tiene herramientas para amortiguar subidas injustas como éstas bajando los tipos impositivos del 0,464 actual al 0,424, algo que, por cierto también, han aprobado sus compañeros de Getafe. Hemos estudiado la evolución del recibo en varias zonas de Alcorcón y hemos llegado a la conclusión de que si no se hace actualmente nada en pocos años algunos vecinos pagarán el doble de lo que están pagando ahora.

Respecto a la plusvalía proponemos elevar el porcentaje de reducción desde el 40 hasta el 60%. También proponemos que la bonificación del 95% sea ampliado no sólo a los descendientes por naturaleza y adopción que son menores de 25 años, sino a todos los descendientes por naturaleza y adopción que convivan con el causante.

Respecto a las terrazas veladores se han equivocado, estoy convencido que ustedes no querían hacer esto. Proponen una temporada principal del 1 de marzo al 31de octubre por 224 € de tasa. Aquí también les tengo que decir que han ampliado los meses y, por lo tanto, estos meses de entre calor y frío, como eran los anteriores de marzo, abril y el de octubre, aquí Vds. los incluyen en esta nueva tasa de 224 €. Pero esto supone una subida del 26,5% respecto

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a los 177,06 de la tasa aprobada el 4 de abril. Y después nos presentan otra temporada anual por 263 € y esto supone una subida del 48,5 % respecto a los 176 € de tasa. Por lo tanto creemos que se produce un grave perjuicio a los hosteleros de esta ciudad y a la posible creación de puestos de trabajo que esperemos sepan ustedes, todavía estamos a tiempo de solucionar.

Respecto a la tasa por licencia de obras mayores, sube del 1,5 al 1,9, lo que supone un incremento de 0,4 puntos y un porcentaje del 26,66 % de subida. Nos argumentaba también el Sr. Romera en Comisión que eran quince años sin incrementarse este porcentaje. Desde nuestro punto de vista pensamos que no es el mejor momento para aplicar esta subida, que no sólo penaliza al sector de la construcción, sino a todo el tejido productivo que apueste por invertir en nuestra ciudad instalando negocios, como talleres industrias y comercios, en definitiva empresas que apuestan por la creación de riqueza y de puestos de trabajo.

Con respecto al pago aplazado o aplaza 6, reiteramos nuestro apoyo a este sistema, con una única salvedad; se excluye de los sujetos pasivos que estén incluidos en la aplicación del tipo diferenciado del IBI. Quiere decirse que se excluye otra vez al colectivo empresarial que es al que tenemos que apoyar como fuente de creación de empleo. Creemos que se tiene que aclarar en este punto algo más la redacción, pues existe alguna contradicción con respecto al límite de los 100 euros en la cuota mínima.

*D. José Antonio López Tinaquero Nos hubiese gustado estar apoyando esta modificación de ordenanzas fiscales y de tasas que nos plantea el gobierno del Partido Popular. La verdad es que, recordando su programa electoral y también recordando y empezando a leer la memoria que presenta el Concejal Delegado de Hacienda para estas ordenanzas, pues la verdad es que quedaba esa esperanza. Cuando hablaba de objetivo en este año que entra, de ayudar a las familias y a las empresas, a la ciudad, a reactivar la economía municipal congelando los impuestos, las tasas y los precios públicos de los servicios municipales; hablaba también del mantenimiento de la cuota cero.

Todo eso no existe absolutamente. Las ayudas para las familias numerosas siguen creciendo, pero sin baremación, sin tener en cuenta que hay poderes adquisitivos distintos, que podemos estar hablando de familias numerosas que tengan un poder adquisitivo de ochenta mil euros y otras que tengan veinte mil; a todas les hacemos la misma reducción, a todas. Eso, para nosotros, no es ayudar a las familias numerosas.

Han retirado la cuota cero para parados. Vds. dicen que un parado o el hijo de un parado, tiene de antemano que pagar las cuotas o los derechos de examen que le correspondan, y a continuación, el organismo competente será el que determine si le corresponde o no le corresponde. Eso no es facilitar la vida, ni facilitar a los trabajadores que están en paro la posibilidad de crecer. Eso sí, se agarran al SEPE.

Todas las tasas suben un mínimo de un 2,9%; esto no es congelar, esto es subir impuestos, simple y llanamente, estamos subiendo impuestos. Sí, nos vendrán con la congelación técnica, que está acogida al IPC más

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favorable. Cualquier vecino cuando vea cualquier recibo o tasa va a encontrar un precio superior al que ha pagado este año y eso es una realidad: las tasas suben, en ocasiones entre el 15 y el 25%; es una subida demasiado elevada para los momentos en los que estamos.

Dos ejemplos. El IBI subirá cerca del 14%. Las terrazas para los hosteleros tendrán una subida para este año para el 2012 del 50%, porque no han gestionado bien lo aprobado por este Pleno en abril; esto no es congelación fiscal ni mirar por el pequeño y el mediano empresario.

Sr. Presidente, los ciudadanos van a ver sus recibos aumentados para el año que viene. Le pido que revise su programa, sus declaraciones en campaña electoral, para que no nos obligue a salir diciendo a los ciudadanos que su Alcalde en época de campaña les ha engañado. *D. Manuel Lumbreras Fernández Vds. hablaron de congelación de tributos e incluso de bajada; no las vemos por ningún sitio. El Partido Socialista está en contra de la subida generalizada del 2,9, así como en otras donde hemos presentado los votos particulares porque la subida es muy superior.

Presentamos varios votos particulares o enmiendas, En la Tasa de Administración de Documentos, Vds. suben una media de un 18,56.; la de derechos de examen la suben hasta el 72%. Otra enmienda que hemos presentado es la de la tasa de extinción de incendios, donde Vds. no sólo suben el 2,9, sino que, de golpe y porrazo, a todas les suben Vds. el 15%.. En la tasa de recogida de animales sucede exactamente lo mismo; no solamente que no hay una congelación real, ni siquiera técnica del 2,9, sino que Vds. suben una media de un 15% en todo. Todo eso no es ni una congelación, ni una bajada de impuestos.

En el IBI resultará que un recibo medio de 369 euros en 2011 pasará en 2012 a 410 euros. Vds. dirán que se debe a la revisión catastral, pero con nuestra propuesta de un tipo impositivo del 0,420% el ciudadano pagaría lo mismo. Con Vds. el IBI subirá un 10%, con la diferencia de que el Partido Socialista nunca ha dicho que iba a bajar los impuestos.

En el tema de las mesas veladores había dos tramos, uno para la temporada de verano y otro para el resto; después hubo un acuerdo político de todos los grupos para establecer un tramo único de 177 euros por mesa y cuatro sillas, aunque no pudo aplicarse por la interposición de recursos. Nosotros pedimos que para 2012 se aplique el acuerdo alcanzado en su día por todos los grupos.

La tasa cero que se aprobó en Pleno por unanimidad de todos los partidos que en ese momento estábamos representados en este Ayuntamiento, iba destinado principalmente a los hijos de los parados, principalmente. Los más débiles de la familia son los niños; si Vds. están por la familia, yo les pediría que la mantuviesen, si quieren con las correcciones que fueran necesarias para su mejor aplicación en beneficio de las familias que padecen el paro.

Por lo tanto, no vamos a votar las tasas favorablemente, excepto dos, las que se refieren a la telefonía móvil.

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*D. Óscar Romera Jiménez Si tuviésemos que amortizar la deuda que nos han dejado el gobierno del PSOE-Izquierda Unida probablemente deberíamos subir solamente el IBI el cien por cien para recaudar cincuenta millones de euros y no lo vamos a hacer. Vds. han sido el gobierno que más han subido el IBI en este municipio.

El Proyecto de Modificación de las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para este ejercicio 2012 no puede ser ajeno a la difícil situación financiera que este Equipo de Gobierno hereda y, de otra, al escenario macroeconómico de crisis, recesión e incertidumbre que vive la economía española, sin olvidar la modificación de la Constitución recientemente aprobada que obliga a las Administraciones Públicas a conseguir el equilibrio presupuestario y la inexistencia de déficit.

Las medidas tributarias contenidas en el Proyecto buscan la contención de la presión fiscal, y la mejora de los beneficios fiscales actualmente vigentes para una mejor distribución del esfuerzo fiscal. El objetivo es ayudar a las familias y a las empresas de la ciudad, y reactivar la economía municipal. Para ello, con carácter general, se han congelado los impuestos y se facilita el pago de las deudas en los aplazamientos y fraccionamientos con exigencias de garantías. Todas las medidas constituyen un fiel reflejo del programa electoral con el que se presentó este actual Equipo de Gobierno a las últimas Elecciones del pasado mes de mayo. En la actualización de las Ordenanzas se han adoptado las previsiones oportunas, al objeto de evitar que de una combinación de las modificaciones tributarias realizadas se deriven desequilibrios presupuestarios que pongan en peligro el mantenimiento y la mejora de la calidad de los servicios públicos prestados a los ciudadanos.

Estas Ordenanzas vienen con cuatro claros objetivos. El primero es ayudar a los ciudadanos de Alcorcón a superar la crisis económica actual mediante el freno de la presión fiscal, toda vez que se mantiene el tipo de gravamen general del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y se congelan los tributos para el año 2012, mediante la aplicación del IPC interanual más favorable.

En segundo lugar, impulsar el tejido comercial y productivo de nuestro municipio. En tercer lugar, mejorar y mantener los beneficios fiscales existentes y, en algunos casos, recuperar las bonificaciones que desaparecieron con el anterior Equipo de Gobierno, como son las bonificaciones para las familias numerosas en las Tasas por Enseñanzas Especiales. Este Equipo de Gobierno apuesta por la tasa cero, pero en términos de empleabilidad. Creemos en el empleo y, sobre todo, creemos que hay que hacer un sacrificio para aquellos que apuesten por una formación que se pueda desarrollar desde el Ayuntamiento, que mejore su perfil curricular y que eso haga posible tener un empleo. En cuarto lugar, facilitar el pago de los tributos municipales, incorporando varias modificaciones de carácter técnico y jurídico.

En relación a los votos particulares presentados por el PSOE en relación a la Tasa de Administración de Documentos y la Tasa de Extinción de Incendios, en ambas el porcentaje de cobertura de costes sigue siendo bajo y

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tienen una escasa repercusión tributaria. En la de Incendios la modificación no afecta a servicios básicos ya que los sujetos pasivos son las compañías de seguros, no los ciudadanos.

La Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos (voto particular de UPyD) el porcentaje de cobertura es del 62,88%, lleva más de quince años sin actualizarse, siendo la modificación una adecuación del coste a la realidad que ahora mismo existe en materia de urbanismo.

En relación a la Tasa por Enseñanzas Especiales, la famosa tasa cero, tienen que preguntar al Director de la UPA, por ejemplo, la situación que ha habido con prejubilados que están disfrutando de cursos gratuitos con tarjeta desde el año 92 y que están oficialmente en situación de desempleo, pero que están cobrando su prejubilación, es decir, están cobrando un salario íntegro. El esfuerzo debe estar en materia de empleabilidad, en apoyar a los ciudadanos que apuesten por su formación para tener mejor acceso al mercado laboral.

En el Impuesto de Bienes Inmuebles por primera vez se congela el tipo de gravamen. La propuesta del PSOE es una falta de coherencia con lo que han hecho y de responsabilidad con la situación existente. La congelación ya es un esfuerzo muy grande dada la situación financiera que tiene el Ayuntamiento. Por la revisión del valor catastral pregunten a Zapatero.

Se produce una disminución de la presión fiscal a los comercios, industrias, sujetos al tipo de gravamen diferenciado en el IBI. Y se amplían la aplicación de los beneficios fiscales en el impuesto de plusvalía.

En la tributación de las mesas veladores, con respecto a la Ordenanza que actualmente está en vigor se produce una disminución real de un 21%. El acuerdo de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas de Hacienda y Administración General que modificó el epígrafe D, se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad el día 16 de mayo de 2011, y no se pudo aplicar retroactivamente a las mesas ya instaladas en 1 de mayo anterior. El problema es que antes de entrar en vigor las nuevas tarifas se manda una carta firmada por Vd. a los ciudadanos, con fecha 31 de marzo, comunicándoles las tarifas de 177,06 euros para todo el año. Revisado el expediente por los Servicios de Patrimonio se sigue el siguiente procedimiento: siempre se les va a aplicar la ordenanza en vigor, que es la aprobada por Pleno del año 2010 para 2011, la que tiene de aplicación de 1 de enero; si se han solicitado las mesas sólo por la temporada principal de 1 de mayo a 30 de septiembre se les va a liquidar 177,06 euros; si se solicitan las mesas para todo el año se les liquidará 247,98, que es la tarifa ampliada para 2011 y si solicitan unas mesas, un número de mesas para una temporada y otras para otra, se les liquidará cada mesa conforme a su temporada.

En relación a la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección, lo que se hace es facilitar el pago de los tributos. Hay un nuevo sistema de fraccionamiento que va a seguir en paralelo con el anterior, para que los ciudadanos, libremente, elijan uno de los dos.

*D. Jesús Gamonal López Miro al diccionario y hay varias definiciones de la palabra congelar; la

última es “declarar inmodificables sueldos, salarios o precios”. Conforme a la

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definición lo que plantea el equipo de gobierno no es una congelación, es un incremento del 9,5%. No creo que apliquen esa congelación a los empleados públicos. Tenemos que hablar claro a los ciudadanos, no es congelación, es actualización y no tenemos que tener miedo. A nosotros nos parece que algunas actualizaciones son lógicas y nosotros las vamos a apoyar, pero no en otros casos.

En el IB el Ayuntamiento tiene herramientas para amortiguar esta subida, porque además es una subida para nosotros claramente injusta porque los precios del catastro ahora mismo no están en el precio que realmente tendrían que estar.

Con lo que respecta a las terrazas veladores tenemos un problema que habría que resolver porque la subida para este colectivo es importante.

*D. José Antonio López Tinaquero Los tres grupos que estamos a este lado estamos diciendo que esto no

es congelación. Nosotros no es que queramos que bajen los impuestos, sino que cumplan con lo que dijeron en su programa electoral que les hizo llegar al gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón.

Y que cumplan con la cuota cero. La cuota cero no es para jubilados, la cuota cero es para desempleados y en esos términos es lo que queremos que lo haga, pero que sea de verdad una cuota cero, que los parados y los trabajadores y los jóvenes que quieran acceder a un curso de formación puedan acceder sin tener que desembolsar y luego Vds. se lo devuelven si entienden oportuno.

En el IBI hagan lo que el Ayuntamiento de Madrid porque con su propuesta los vecinos verán subido su recibo un 13%.

Todo esto es voluntad política: voluntad para ayudar a las familias, voluntad de ayudar al pequeño y al mediano comercio y a las empresas de Alcorcón. Revisen su programa electoral antes de aprobar esto porque si no estarán engañando a los ciudadanos de Alcorcón.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo Por parte del Grupo Municipal Socialista tenemos claro que el gobierno

municipal lo que ha hecho ha sido incumplir claramente con su programa electoral, ya que se presentó a unas elecciones planteando que iba a congelar o a bajar los impuestos. Esto es un debate que tiene las patas muy cortas porque lo van a comprobar los vecinos en cuanto les llegue el recibo del IBI. Bajen al 0,420% el tipo de gravamen y así no afectarán al bolsillo de los ciudadanos y cumplirán con su programa electoral, como han hecho otros gobiernos municipales del Partido Popular.

Hay otra serie de impuestos que suben una media del 15% (extinción de incendios, perdón, expedición de documentos, acogida de animales), aunque las tasas no alcanzan al coste de los servicios; son unas subidas muy elevadas.

En cuanto a las terrazas veladores, la modificación también aprobada por el Partido Popular en el pasado mes de abril planteaba para todo el año

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una cuota de 177,06 euros. Vds. plantean ahora que 177,06 euros sólo se pague para la temporada de verano y para la temporada completa 247,89. Yo entiendo, a no ser que jurídicamente se me diga otra cosa, que la tasa que tiene que ser aplicada es la que la voluntad del Pleno de esta Corporación aprobó en su momento por unanimidad.

La otra modificación que más me preocupa es la eliminación de la tasa cero para las familias afectadas por el desempleo. Puede ser una buena idea vincular formación y empleo, pero el caso es que pocos cursos municipales pueden aportar valor al currículo del desempleado. Se trata de algo aprobado en su día por unanimidad y que el Ayuntamiento puede permitirse sin quebranto.

Como conclusión, Vds. cumplen a rajatabla con su programa oculto, no con el que presentaron a los ciudadanos. Con la excusa de la herencia y la justificación de la deuda suben los impuestos y desmantelan los servicios públicos.

*D. Óscar Romera Jiménez Seguimos diciendo que planteamos una congelación técnica de los

tributos municipales, y que en ningún momento estamos incumpliendo nuestro programa electoral. Vds. quieren que olvidemos la deuda que hemos heredado, pero no lo haremos porque lo condiciona prácticamente todo.

Vds. se presentan como los valedores de la tasa cero pero no pagaban a las empresas que prestaban los servicios. Son dos modelos diferentes.

En el IBI tienen ahora un discurso diferente a lo que han practicado cuando gobernaban, porque nunca han aplicado medidas para absorber las revisiones catastrales. En otros impuestos como Vehículos subieron todo lo que pudieron, sin dejar margen alguno.

En bonificaciones fiscales el proyecto de modificación de las Ordenanzas alcanza casi 500.000 euros.

Nuestra apuesta son las familias, las empresas, la generación de empleo, el apoyo para la formación, y las actividades que está desarrollando desde este Equipo de Gobierno para intentar traer inversión a este municipio, para intentar generar el empleo. Vamos a intentar que Alcorcón apueste por el empleo y la forma de apostar por el empleo es a través de este instrumento fiscal que significa congelación de impuestos y apoyo a las familias y a las empresas.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal de Unión, Progreso y Democracia, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 3 (UPyD e IU-LV) VOTOS EN CONTRA:15 (PP) ABSTENCIONES: 9 (PSOE)

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 12

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda

desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal de Unión, Progreso y Democracia. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los ingresos propios de derecho público, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 2/394 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

2/156.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E..-

*Dada cuenta del siguiente

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 13

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Actualización del Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 3/395, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE proponiendo nueva redacción del artículo 7 de la Ordenanza, en sus epígrafes 1, 2, 3, 4 y 5.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1), IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: UPyD (1)

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado:

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 14

VOTOS A FAVOR: 9 (PSOE) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 3 (IU-LV y UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) ABSTENCIONES: 1 (UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por Administración de Documentos, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 3/395 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 15

3/157.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDADES.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 4/396, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia de Actividades, en los

Page 16: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 16

términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 4/396 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

4/158.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011.

Page 17: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 17

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 5/397, de 20 de septiembre de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente resultado.

A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en el Cementerio Municipal, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 5/397 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor.

Page 18: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 18

CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

5/159.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE

CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los

siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Memoria Jurídica y Económica relativa a los Costes del servicio, suscrita por el TAG de la Concejalía de Mantenimiento y Servicios Generales de fecha 5 de Agosto de 2011.

Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011. Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011. Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 6/398, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD)

Page 19: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 19

VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Recogida y Retirada de Vehículos de la Vía Pública, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 6/398 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

6/160.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS. VOTOS PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Estudio de Costes del Jefe del Servicio de Bomberos de fecha 26 de julio de 2011.

Page 20: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 20

Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 7/399, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE proponiendo nueva redacción del artículo 7 de la Ordenanza.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3) IU-LV (1) En contra: PP (6) UPyD (1) Abstenciones: - Por consiguiente queda rechazado el voto particular *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español.

Page 21: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 21

A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por Servicios de Extinción de Incendios, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 7/399 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

7/161.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

Page 22: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 22

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes de la Sección de Disciplina y Control Urbanístico de fecha 6 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 8/400, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD proponiendo nueva redacción del artículo 13 de la Ordenanza.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: UPyD (1) En contra: PP (6) Abstenciones: PSOE (3) IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), En contra: PSOE (3), IU-LV (1), UPyD (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado

por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 1 (UPyD) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP)

Page 23: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 23

ABSTENCIONES: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 8/400 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

8/162.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL CONSTITUIDO EN EL SUELO, SUBSUELO VUELO DE LA VÍA PÚBLICA A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORES DE SERVICIOS DE SUMINISTROS.-

Page 24: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 24

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE

CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los

siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 9/401, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente resultado.

A favor: PP (6), PSOE (3), IU-LV (1), UPyD (1) En contra: - Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por unanimidad dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamiento Especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadores de servicios de suministros, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 9/401 de fecha 20 de Septiembre de 2011.

Page 25: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 25

SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

9/163.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DESATRANCOS, LIMPIEZAS ESPECIALES Y OTROS SERVICIOS GENERALES.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 10/402, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

Page 26: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 26

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente resultado.

A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Desatrancos, Limpiezas Especiales y otros Servicios Generales, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 10/402 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor.

Page 27: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 27

CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

10/164.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENSEÑANZAS ESPECIALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.SO.E..-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes de la Jefe del Servicio de Cultura de fecha 9 de julio de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 11/403, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE proponiendo volver a incluir la tasa cero tal y como viene recogido en el texto de la Disposición Adicional de la Ordenanza de 2011.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3) IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6)

Page 28: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 28

En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: UPyD (1)

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Enseñanzas Especiales, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 11/403 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Page 29: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 29

TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

11/165.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CENTRO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE ANIMALES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E..-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 12/404, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE proponiendo nueva redacción en los Epígrafes B, C, D, E, F, G y H.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3) En contra: PP (6), UPyD (1) Abstenciones: IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular

Page 30: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 30

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de servicios en el Centro Municipal de Recogida de Animales, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 12/404 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional.

Page 31: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 31

Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

12/166.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 13 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 16 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 13/405, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

Page 32: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 32

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 13/405 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

13/167.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E..-

*Dada cuenta del siguiente

Page 33: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 33

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE

CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los

siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 14 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 14/406, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD

proponiendo nueva redacción del artículo 8 relativo a los tipos de gravamen. *Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: UPyD (1) En contra: PP (6), PSOE (3) Abstenciones: IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE

proponiendo un tipo de gravamen del 0,420%. *Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), IU-LV (1), UPyD (1) Abstenciones: -

Page 34: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 34

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, obteniéndose el siguiente resultado:

VOTOS A FAVOR: 1 (UPyD) VOTOS EN CONTRA: 26 (PP,PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda

desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia.

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado

por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 14/406 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición

Page 35: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 35

en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

14/168.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 16 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 54/407, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD proponiendo nueva redacción de los artículos 14 y 15.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado.

Page 36: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 36

A favor: UPyD (1) En contra: PP (6), Abstenciones: PSOE (3), IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), En contra: PSOE (3), IU-LV (1), UPyD (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado

por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 1 (UPyD) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 11 (PSOE e IU-LV)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 15/407 de fecha 20 de Septiembre de 2011.

Page 37: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 37

SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

15/169.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE NORMAS GENERALES PARA EL ESTABLECIMIENTO O MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR ESTE AYUNTAMIENTO Y LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIOS QUE DEPENDAN DEL MISMO.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 14 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 16/408, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente resultado.

Page 38: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 38

A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: IU-LV (1) Abstenciones: PSOE (3)

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión,

obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) ABSTENCIONES: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza de Normas Generales para el Establecimiento o Modificación de Precios Públicos por este Ayuntamiento y los organismos autónomos y consorcios que dependan del mismo, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 16/408 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Page 39: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 39

16/170.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE FACHADAS PARA LA ELIMINACIÓN DE PINTURAS, GRAFFITIS Y SERIGRAFÍAS.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 17/409, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión,

obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 40

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Limpieza de Fachadas para la eliminación de pinturas, graffitis y serigrafías, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 17/409 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

17/171.- ESTABLECIMIENTO, IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 13 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 14 de septiembre de 2011

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 41

Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo de fecha 15 de septiembre de 2011.

Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 4/396, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 16 (PP y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el establecimiento, imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por celebración de matrimonios civiles, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 18/410 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 42

definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

18/172.- ESTABLECIMIENTO, IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIONES, PRIVATIVAS O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE TELEFONÍA MÓVIL.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011 “*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los

siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Informe del Ingeniero Técnico de Obras Públicas de 16 de septiembre de 2011.

Estudio de Costes e Informe del Coordinador de Rentas de fecha 16 de septiembre de 2011.

Informe del TAG Jefe de la Asesoría Jurídica de fecha 16 de septiembre de 2011

Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo de fecha 16 de septiembre de 2011.

Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 19/411, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente resultado.

A favor: PP (6), PSOE (3),UPyD (1) En contra: - Abstenciones: IU-LV (1)

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

Page 43: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 43

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión,

obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 25 (PP, PSOE y UPyD) ABSTENCIONES: 2 (IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el establecimiento, imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilizaciones Privativas o Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de telefonía móvil, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 19/411 de fecha 20 de Septiembre de 2011. SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

19/173.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA EL AÑO 2012. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO UPyD. VOTO PARTICULAR DEL GRUPO P.S.O.E..-

*Dada cuenta del siguiente

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 44

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE

CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del expediente en el que constan, entre otros, los

siguientes documentos: Memoria del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo en relación con el Proyecto de modificación de la referida Ordenanza Fiscal para el ejercicio de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2011.

Memoria Económico-Financiera del Coordinador de Rentas de fecha 9 de septiembre de 2011.

Informe de la Sección de Rentas de fecha 12 de septiembre de 2011 Propuesta de Acuerdo del Concejal Delegado de Hacienda y Urbanismo

de fecha 13 de septiembre de 2011. Informe de Intervención de 19 de Septiembre de 2011. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 20/412, de 20 de septiembre

de 2011, de aprobación del correspondiente proyecto.

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo UPyD proponiendo la regulación del aprovechamiento mediante Ordenanza Administrativa y la obligación de reposición de bienes públicos.

*Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: UPyD (1) En contra: PP (6), PSOE (3) Abstenciones: IU-LV (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular

*Dada cuenta del voto particular presentado por el Grupo PSOE

proponiendo un solo tramo de 177 € por toda la temporada. *Sometido a votación el voto particular se produce el siguiente

resultado. A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) Por consiguiente queda rechazado el voto particular. *Sometido a votación el Proyecto de Ordenanza se produce el siguiente

resultado.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 45

A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) , UPyD (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría dictamina favorablemente la aprobación del Proyecto de Ordenanza en los términos recogidos en el referido Acuerdo de la Junta de Gobierno Local”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, obteniéndose el siguiente resultado:

VOTOS A FAVOR: 1 (UPyD) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 11 (PSOE e IU-LV) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda

desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia.

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado

por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas y del Área de Administración General, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilizaciones Privativas y Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local para el año 2012, en los términos recogidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 20/412 de fecha 20 de Septiembre de 2011.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 46

SEGUNDO.- Exponer el Acuerdo Plenario en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta (30) días hábiles desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid; debiéndose publicar, igualmente, en alguno de los diarios de difusión nacional. Durante el referido plazo de exposición pública, quienes tuvieren la condición de interesados, conforme a los términos del artículo 18 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Significar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el período de exposición pública señalado en el acuerdo anterior no se presentaran reclamaciones, el presente Acuerdo Provisional se entenderá definitivamente adoptado, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a los efectos de su entrada en vigor. CUARTO.- Las modificaciones recogidas en el apartado primero de este Acuerdo entrarán en vigor el día 1 de Enero del año 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

20/174.- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA A LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA EL AÑO 2011.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta de la Proposición formulada por el Concejal de Hacienda y Urbanismo del siguiente tenor:

“Vista la reclamación presentada con nº Registro Entrada 28387/2011,

el 17/06/2011, por PASEO COMERCIAL CARLOS III. CONSIDERANDO el informe de la Jefe de Servicio de Contratación y

Patrimonio de fecha 30 de junio de 2011, respecto a la Impugnación previa de la Ordenanza Municipal Reguladora de Terrazas Veladores (OTV) y que ha no ha sido resuelta por el Ayuntamiento, y que las disposiciones administrativas de carácter general son susceptibles de recurso contencioso-administrativo, recurso que debería de haberse interpuesto en el plazo de dos meses contados al siguiente al de la publicación, en este supuesto, de la OTV, de conformidad

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 47

con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/98 de 13 de julio).

CONSIDERANDO, que el texto de la Modificación de la Ordenanza

objeto del recurso es el siguiente: “Art. 17…1 Temporada funcionamiento: desde 1 de enero al 31 de

diciembre …” CONSIDERANDO, el informe de la T.A.G. Jefe de Sección de Rentas y

Exacciones que obran en el expediente de fecha 19 de junio de 2011, en relación con la entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza, donde consta que según pronunciamiento de la más reciente jurisprudencia la retroacción de los reglamentos debe rechazarse sin previa ley que la permita de manera expresa y, según la más reciente doctrina del Tribunal Supremo, la entrada en vigor de las Ordenanzas Fiscales va unida, exclusivamente a la fecha de su publicación en los periódicos oficiales correspondientes, a no ser que en ellas se disponga otra fecha, que nunca podrá, lógicamente y por evidente insuficiencia de rango normativo, suponer su aplicación retroactiva, o, lo que es lo mismo, a hechos imponibles acaecidos o producidos con anterioridad, de conformidad con las normas que rijan el devengo de cada tributo en particular.

CONSIDERANDO, el informe de la T.A.G. Jefe de Sección de Rentas, y

Exacciones que obran en el expediente de fecha 19 junio de 2011, en relación con la estimación de la pretensión del reclamante de graduar la tarifa del impuesto según la categoría de la calle, y dado que se trataría de una modificación sustancial al texto aprobado, requeriría:

.- Aprobación del texto de la Ordenanza. .- Publicación en el BOCM y en un diario de los de mayor difusión de la

Comunidad Autónoma. .- Audiencia a los interesados durante el plazo de al menos 30 días,

contados a partir de la publicación, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

.- Resolución de las reclamaciones, en su caso.

.- Publicación en el B.O.C.M. de los acuerdos y ordenanzas definitivos, no entrando en vigor dicha publicación hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación y para usos privativos que se inicien con posterioridad a dicha entrada en vigor.

CONSIDERANDO el informe de Intervención que obra en el expediente

de fecha 29 de agosto de 2011,

VENGO A PROPONER

PRIMERO.- NO ADMITIR LA RECLAMACIÓN PRESENTADA RESPECTO A LA IMPUGNACIÓN INDIRECTA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 48

DE TERRAZAS VELADORES INSTANDO LA NULIDAD DE LA MISMA debido a que las disposiciones administrativas de carácter general son susceptibles de recurso contencioso-administrativo, recurso que debería de haberse interpuesto en el plazo de dos meses contados al siguiente al de la publicación, en este supuesto de la OTV, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/98 de 13 de julio).

SEGUNDO.- DESISTIR DE LA TRAMITACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE

LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE TERRAZAS VELADORES aprobada provisionalmente por la Comisión Plenaria Permanente Especial de Cuentas del Área de Hacienda y Administración General en sesión ordinaria y urgente celebrada el día 4 de abril de 2011, de conformidad con la delegación conferida por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 28 de marzo de 2011 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 114 y tramitar la modificación de la misma junto con los expedientes de Modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio económico 2012.

Es lo que tengo el honor de proponer.

Alcorcón, a 27 de septiembre de 2011 EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO

Fdo.: Oscar Romera Jiménez”.

*Sometida la cuestión a votación ordinaria la Comisión por unanimidad dictaminó favorablemente la propuesta de acuerdo en sus propios términos”.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 27 (PP, PSOE, IU-LV y UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

21/175.- SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DE CONSUMO HUMANO.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

Page 49: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 49

“Dada cuenta de la Propuesta formulada por el Concejal de Hacienda y Urbanismo de fecha 5 de octubre de 2011 del siguiente tenor:

“Se ha remitido por la Dirección General del Canal de Isabel II borrador

de convenio, que se adjunta a la presente, que viene a suponer una novación del anterior convenio y presenta características semejantes.

A la vista del informe emitido por la Asesoría Jurídica Municipal y de la

Sección de Infraestructuras y Obras Públicas se eleva a esa Comisión la siguiente propuesta para su dictamen favorable y remisión al Pleno Corporativo.

PRIMERO.- Aprobar la suscripción de un convenio para la gestión

integral del servicio de distribución de agua de consumo humano cuyo contenido se desarrolla en el documento adjunto.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del

anterior convenio, así como para llevar a cabo aquellas actuaciones que sean precisas en ejecución del mismo.

Es cuanto tengo el honor de proponer.

Alcorcón, a 5 de octubre de 2011 EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y URBANISMO,

Fdo.: Oscar Romera Jiménez”. *Sometido la cuestión a se produce el siguiente resultado. A favor: PP (6), UPyD (1) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) , Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría

dictamina favorablemente la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos”.

INTERVENCIONES EN EL PLENO

Abierta la deliberación se producen las intervenciones que sintéticamente se relacionan

*D. Jesús Gamonal López UPyD votará en contra de la privatización del Canal de Isabel II, pues no queda claro que de este modo pueda hacerse frente a los nuevos parámetros que se exigen por la legislación nacional y europea, que es la excusa que alega la Comunidad de Madrid.

*D. José Antonio López Tinaquero

Page 50: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 50

Este tipo de convenios son los que más gustan al Partido Popular. No queda nada muy claro salvo que ya se tiene a los clientes en el negocio de la distribución del agua, que son los ciudadanos de Alcorcón en nuestro caso. Lo hacen en sanidad, en educación, en transporte, en los servicios esenciales susceptibles de negocio. Dirán que existirá un control público, pero la gestión pasa a ser privada, pudiendo los Ayuntamientos desprenderse de un porcentaje importante de su participación en acciones que pasarán a manos privadas. La privatización se plantea en uno de los servicios reconocidos como rentables y eficientes desde la gestión pública. Los ciudadanos ya tienen ejemplos de cómo funcionan los servicios privatizados. Vean las urgencias de la Fundación Hospital de Alcorcón. No sólo eso, también los trabajadores verán recortadas sus condiciones laborales.

*Sr. Alcalde-Presidente

La única privatización que se ha hecho en los últimos ocho años ha sido siendo IU parte del gobierno municipal, en los polideportivos. Cuando se quieren utilizar esas instalaciones para determinados colectivos lo que tiene que hacer el Ayuntamiento es pagar a la empresa; esa es la privatización del partido socialista. Hay que ser coherentes.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

El Sr. Alcalde no distingue entre una privatización y una gestión indirecta de un servicio público. El gobierno socialista consiguió unas magníficas instalaciones que están disfrutando los ciudadanos con precios públicos. Anuncio que en este punto y en el siguiente interpondremos recurso contencioso-administrativo. Este primer convenio, que aglutina los tres convenios anteriores, es la preparación para el paso siguiente en el que ya claramente se habla de privatización del Canal de Isabel II. Las competencias sobre los servicios de distribución de agua y saneamiento corresponden al Ayuntamiento que las tiene encomendadas a la Comunidad de Madrid a través del Canal. En el Convenio se dice que el Canal podrá prestar el servicio a través de cualquier forma de las permitidas por la ley; esto es, se alude a la interposición de una sociedad. En realidad en cuanto a la gestión no hay nuevos compromisos. Se plantea un nuevo modelo con el que no estamos de acuerdo. La duración por cincuenta años y otros condicionantes plantean dudas jurídicas.

*D. Óscar Romera Jiménez

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 51

El ámbito material de los servicios objeto del convenio son los mismos que ya existen actualmente. Parece ser que si los convenios los firma el partido socialista ya no se trata de privatizaciones. Con el convenio se renuevan los compromisos para la mejora de las instalaciones y se regulan nuevos compromisos que mejorarán el servicio. El informe de la Asesoría Jurídica no plantea ninguna reserva y explica los términos de la encomienda de gestión. El nuevo modelo de gestión supone la intermediación de una empresa sin que ello implique cambio en la titularidad de los bienes e instalaciones del Canal de Isabel II.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) ABSTENCIONES: 1 (UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

22/176.- SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA COMUNIDAD DE MADRID, CANAL DE ISABEL II, RELATIVO A LA INCORPORACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN AL FUTURO MODELO DE GESTIÓN DEL CANAL DE ISABEL II.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE ESPECIAL DE CUENTAS Y DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE 5 DE OCTUBRE DE

2011

“*Dada cuenta de la Propuesta formulada por el Concejal de Hacienda y Urbanismo de fecha 5 de octubre de 2011 del siguiente tenor:

“Se ha remitido por la Dirección General del Canal de Isabel II borrador

de convenio, que se adjunta a la presente, a fin de que este Ayuntamiento que tiene encomendado a la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, el abastecimiento de agua potable, el servicio de alcantarillado público y el abastecimiento de la red de riego, participe en el proceso de capitalización del Canal en virtud de lo establecido en la Ley 3/2008 de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid.

Esta sociedad que se constituirá por la comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y en la que participaran todos los municipios que lo deseen y que tengan encomendada la prestación de los servicios públicos antes enumerados

Page 52: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 52

al Canal de Isabel II, gestionará todas las infraestructuras hidráulicas que componen la red general de abastecimiento, saneamiento y reutilización de Madrid.

Con la incorporación de nuestro Ayuntamiento a la nueva sociedad se

garantizará la prestación de todos los servicios del ciclo integral del agua durante la vigencia del contrato programa cuya ejecución se encomendará a la sociedad (50 años) y al mismo tiempo se participará en el capital social de la misma en el porcentaje que derive de la parte de éste (20%) que se destina a la representación de los Ayuntamientos, en base a la población. Esta participación en el capital tiene carácter gratuito y no supondrá gasto alguno para el Ayuntamiento, al contrario permitirá en el futuro y con el desarrollo de las actividades de la nueva sociedad, una fuente permanente de ingresos para la Tesorería Municipal.

A la vista de lo anterior y del informe emitido por la Asesoría Jurídica

Municipal se eleva a esa comisión la siguiente propuesta para su dictamen favorable y remisión al Pleno Corporativo:

PRIMERO.- Aprobar la suscripción con la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II de un convenio relativo a la incorporación del Ayuntamiento de Alcorcón al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II del siguiente tenor literal:

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 53

Page 54: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

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Page 55: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 55

Page 56: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

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Page 57: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 57

Page 58: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 58

Page 59: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 59

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del anterior convenio, así como para llevar a cabo aquellas actuaciones que sean precisas en ejecución del mismo. Es cuanto tengo el honor de proponer.

Alcorcón, a 5 de octubre de 2011 EL CONCEJAL DELEGADO

DE HACIENDA Y URBANISMO, Fdo.- Oscar Romera Jiménez.”

*Sometido la cuestión a se produce el siguiente resultado. A favor: PP (6), En contra: PSOE (3), IU-LV (1), UPyD (1) Abstenciones: -

*En consecuencia, la Comisión Plenaria Permanente por mayoría

dictamina favorablemente la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos”.

INTERVENCIONES EN EL PLENO

Abierta la deliberación se producen las intervenciones que sintéticamente se relacionan

Page 60: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 60

*D. José Antonio López Tinaquero

Este es el convenio que supone la verdadera privatización. La legislación española ha considerado históricamente el agua como un bien público que debe ser ajeno al ánimo de lucro. También la Declaración Universal de Derechos Humanos considera el agua potable como un derecho de todas las personas, no una mercancía. Nuestra conciencia cívica nos lleva a defender que la mejor gestión del servicio público debe hacerse desde el derecho público, excluyendo en todas las etapas el ánimo de lucro mercantil. El prestigio del Canal viene avalado por 150 años de gestión profesional en continua expansión al servicio de la sociedad madrileña. Defendemos lo público como garantía de los derechos de todos, de la profesionalidad y del empleo. No existe un motivo para privatizar la gestión del Canal, como acreditan los beneficios que se viene obteniendo y que en 2010 han alcanzado 60 millones de euros; son muchos los servicios públicos que se han atendido con estos beneficios. De hecho, la experiencia reciente de muchas importantes ciudades es la vuelta a la municipalización del servicio del agua; en Italia ha habido incluso un referéndum. Si los Ayuntamientos ceden sus participaciones el control pasará a manos privadas; no pasará mucho tiempo para que ocurra.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

En este convenio no hay ninguna duda, ya desde su propio título. Ahora se gestiona desde lo público, y el cambio de modelo consiste en gestionar desde lo privado. Reiteramos que interpondremos recurso contencioso-administrativo. Solicitaremos informe al Sr. Secretario para aclarar si los tres convenios anteriores suponen una privatización. Ahora lo que toca es un compromiso claro con la privatización porque el Ayuntamiento queda comprometido con la gestión a través de una empresa privada que todavía no existe. Se trata de ingeniería jurídica de altísimo nivel: parece que el informe de Cuatre Casas ha costado 3 millones de euros a la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento aporta por un plazo de 50 años una red que tiene un valor patrimonial, y que se pone en manos de una sociedad que ni siquiera está constituida, lo que plantea una situación de inseguridad jurídica. No sabemos quién ha valorado la red municipal para justificar la participación que se atribuye al Ayuntamiento (0,51%) ni cuánto vale la sociedad. Al Interventor y al Secretario les pediría informes sobre las cuestiones que estoy planteando. Políticamente quisiéramos saber en qué mejora este convenio el servicio que reciben los ciudadanos.

*D. Óscar Romera Jiménez

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 61

Hay muchas empresas que gestionan lo público (Aena, Aguas de Barcelona, …). Hay en el expediente informes de la Jefe del Servicio de Patrimonio y del Jefe de la Asesoría Jurídica Municipal. De ellos se desprende que la nueva sociedad no ostentará la titularidad ni las potestades derivadas de los servicios públicos objeto de encomienda a la Comunidad de Madrid. Lo sociedad sólo prestará materialmente el servicio y el Ayuntamiento en todo caso mantendrá su titularidad, tal y como dispone la legislación sectorial propia de la Comunidad de Madrid. No hay razón para tener dudas legales. El porcentaje de participación se determina en función de la población existente en el municipio según los datos oficiales. Dicha participación supondrá una fuente de ingresos para el municipio.

*D. José Antonio López Tinaquero

Quisiéramos saber cuánto dinero supondrá el convenio para el Ayuntamiento; quizá pudiéramos cambiar el voto.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

El Sr. Romera nos dice que la contraprestación del Ayuntamiento serán ingresos, pero no sabemos los datos para poder valorarlos. Nos tememos que participemos en los gastos y que los beneficios vayan a parar a la sociedad interpuesta. Es legítimo que se pueda plantear por la Comunidad de Madrid una gestión indirecta, pero hacerlo hay que someterse a un procedimiento de licitación con la debida concurrencia, no mediante procedimientos de ingeniería jurídica que la eluden mediante lo que tiene la apariencia de ser un fraude de ley. No se trata de una gestión indirecta sino de una privatización descarada, que sólo puede explicarse en términos ideológicos a la vista de la eficiencia del Canal y del grado de satisfacción con sus servicios. Insistimos en la necesidad de que se emitan sendos informes por el Secretario y por el Interventor.

*D. Óscar Romera Jiménez

Hay muchos ejemplos de privatizaciones con todas las letras en servicios gestionados por otras Administraciones. El nuevo modelo de gestión va a garantizar la prestación de todos los servicios encomendados al Canal de Isabel II mediante un contrato-programa. Vds. firmaron anteriores convenios sin ningún problema; ahora se van al contencioso-administrativo. Hay que insistir en que la nueva sociedad no ostentará ninguna titularidad sobre los bienes del servicio ni ejercerá ningún tipo de potestad. La participación del Ayuntamiento en la sociedad es gratuita; las contraprestaciones de la sociedad será la que fije en cada momento la Comunidad de Madrid.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 62

Vds. están en contra de la Directiva “Bolkestein” de liberalización de servicios en el ámbito de la Unión Europea; siguen a sus compañeros de la izquierda parisina en su decisión de remunicipalizar servicios.

*Secretario General del Pleno

Conviene aclarar que la aprobación de este punto no requiere mayoría absoluta del Pleno del Ayuntamiento –al contrario de lo que se dice en el informe jurídico obrante en el expediente-, y por tanto no resulta preceptivo el informe de Secretaría.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación ordinaria la cuestión, obteniéndose el siguiente resultado:

VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 12 (PSOE, IU-LV y UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba la Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.

23/177.- APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD, SEGÚN PROYECTO APROBADO POR JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2011.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE DEL ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS A LOS

CIUDADANOS DE 5 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta de la Proposición formulada por el Segundo Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de las Artes del siguiente tenor: “Las grandes ciudades afrontan nuevos desafíos y para ello se han de impulsar y canalizar procesos abiertos, plurales y equilibrados sobre los temas más relevantes incorporando instrumentos modernos de planificación y gestión.

Desde esta perspectiva, el Consejo Social de la Ciudad de Alcorcón se configura en este Reglamento como un órgano colegiado de carácter consultivo y de participación de las principales organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos del municipio.

No cabe duda de la importancia de la existencia de órganos de

participación, como en este caso donde estén representadas las partes más activas de una ciudad, contribuyendo con ideas, estudios y proyectos que desarrollen y mejoren la calidad de vida de la ciudadanía.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 63

El nuevo equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón, fiel al

mandato constitucional de facilitar la participación de la ciudadanía en la vida cultural, económica, política y social; y comprometido con acoger la normativa más actual en la materia para hacer efectivos aquellos derechos inherentes a la participación ciudadana en la gestión municipal, sin menoscabo de la legítima autoridad concedida a sus representantes políticos en las elecciones municipales, actualiza el Reglamento y la composición del Consejo Social de la Ciudad para dar representatividad a todos y cada uno de los estamentos vecinales, sindicales, empresariales, comerciales, universitarios, políticos y de Gobierno Municipal.

Este nuevo Reglamento pretende potenciar el Consejo Social de la

Ciudad y otorgarle la importancia que, hasta estos momentos, no ha tenido en nuestra Ciudad, como queda demostrado con su único llamamiento y reunión con el anterior equipo de Gobierno Municipal.

Con el presente Reglamento se pretende construir un marco jurídico

adecuado a los objetivos que se persiguen, dando voz y voto a los estamentos sociales que componen nuestro Municipio.

El Consejo Social de la Ciudad de Alcorcón es, por tanto, un Consejo

con vocación de servicio a los ciudadanos como órgano de participación social e institucional, para aportar ideas y soluciones relativas a la planificación de la ciudad, sus estrategias fundamentales y para actuar como instrumento de colaboración activa con los órganos de gobierno del Ayuntamiento.

En base a todo lo anterior propongo a la Junta de Gobierno Local la

aprobación del siguiente ACUERDO: PRIMERO: Aprobación del proyecto de Reglamento del Consejo Social

de la Ciudad. SEGUNDO: Que se dé la tramitación legal oportuna.

En Alcorcón, a 9 de Septiembre de 2011. EL 2º TTE. DE ALCALDE Y CONCEJAL DELEGADO DE LAS ARTES.- Fdo.:

D. José Gabriel Astudillo López.” *Dª Mª Antonia García Fernández expone que el Voto Particular

suscrito conjuntamente entre el Grupo PSOE y el Grupo IU-LV pretende que la composición del Consejo de la Ciudad sea la que figura en el Reglamento vigente. La propuesta de modificación del art. 5 que plantea el Equipo de Gobierno supone restringir la participación ciudadana; a este respecto su grupo tenía dudas de legalidad y solicitaba informe del Secretario.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 64

El Grupo Socialista mantendría el voto particular para su defensa ante el Pleno.

*El Secretario informa que la Ley señalaba que el Consejo estaría

integrado por representantes de las principales organizaciones económicas, sociales y vecinales, con un amplio grado de discrecionalidad. *D. José Antonio López Tinaquero expone su coincidencia con la anterior intervención y la necesidad de preservar la participación de las organizaciones sociales en el Consejo Social de la Ciudad. Igualmente se echaba en falta la participación de las Juntas de Distrito. La vigente regulación del Consejo de la Ciudad fue aprobada en su día por todos los Grupos municipales. *D. Jesús Gamonal López expone que el Consejo debería ser participativo y no figurativo. A tal efecto debería celebrar sesión cada cuatro meses y garantizar una mayor presencia del tejido social, por ej. de los sectores de la educación, sanidad y seguridad. En todo caso su funcionamiento debería ser efectivo, no como ocurrió con el anterior Consejo. *D. José Gabriel Astudillo López recuerda que el Consejo en la anterior legislatura se reunió una sola vez en diciembre de 2010, y que el objetivo del Equipo de Gobierno era garantizar una participación ciudadana con criterios de eficiencia y calidad, no meramente cuantitativa. La izquierda confundía la participación ciudadana y el control político. El Consejo Social era un órgano diferente de las Juntas de Distrito y de los Consejos Sectoriales. El Grupo Popular rechazaba totalmente el voto particular presentado y afirmaba el principio de autonomía del gobierno en su gestión. Se estudiaría el planteamiento expuesto por el Grupo UPyD. *Sometido a votación el Voto Particular se produce el siguiente resultado. Votos a favor: PSOE (3), IU-LV (1) Votos en contra: PP (6) Abstención: UPyD (1) Por consiguiente el voto particular queda rechazado, reservándose los firmantes su defensa para ante el Pleno. *Sometido a votación al Proyecto aprobado por la Junta de Gobierno se produce el siguiente resultado. Votos a favor: PP (6) Votos en contra: PSOE (3), IU-LV (1)

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 65

Abstención: UPyD (1)

En su consecuencia, la Comisión por mayoría somete al Pleno del Ayuntamiento la siguiente

Propuesta de Acuerdo Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento del

Consejo Social de la Ciudad, en los términos del Proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo nº 7/387, de 13 de septiembre.

Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de

treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado”.

INTERVENCIONES EN EL PLENO

Abierta la deliberación se producen las intervenciones que

sintéticamente se relacionan

*D. Jesús Gamonal López

Para UPyD la participación ciudadana es un tema importante para evitar que los vecinos se aparten de los procesos de toma de decisiones y se cuente con ellos solamente cada cuatro años. Creemos que se deben cambiar la composición y atribuciones de las Junta de Distrito y del Consejo Social de la Ciudad, al tiempo que se debe hacer una labor pedagógica al respecto. La cuestión es saber si se quiere un Consejo participativo o un Consejo decorativo como era el anterior. Nos parece bien que se suprima representación política, pero retiraríamos a los Directores Generales e incluiríamos a un representante por cada Junta de Distrito; también echamos en falta a representantes de los ámbitos educativo, sanitario, juventud y mayores, entre otros. Adelantamos que presentaremos alegaciones y que nos pronunciaremos definitivamente a la vista del resultado final.

*D. José Antonio López Tinaquero

También para nuestro grupo la participación ciudadana es un elemento fundamental de la vida política. Su proyecto de modificación del Consejo Social de la Ciudad nos deja bastante decepcionados. En el artículo 5 plantean una representación de la que desaparecen los colectivos y las asociaciones; queda un solo representante de las asociaciones; no hay representación ni de los Consejos Sectoriales ni de las Juntas de Distrito. Más del 50% de los miembros del

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 66

Consejo son órganos del gobierno municipal o personal de confianza; eso no es un Consejo Social de la Ciudad.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

El Reglamento del Consejo de la Ciudad forma parte del Reglamento Orgánico, de la pequeña constitución municipal, que tras largo debate fue aprobado por unanimidad. La modificación que se plantea supone romper el consenso logrado en su día, y por ello debería replantearse. La reforma que se propone es totalmente contraria a la participación ciudadana ya que suprime la presencia de las asociaciones de vecinos y sectoriales. Lo que se favorece es la presencia de representantes del gobierno municipal y a personas designadas libremente por el Alcalde (entre ambas representaciones más del 50%), de lo que se deduce que se quiere montar una farsa, en la que no participaremos. Recordamos que los Consejos Sectoriales siguen sin convocarse a pesar de lo dispuesto en el Reglamento Orgánico.

*Sr. Alcalde-Presidente

Dicen que la participación de las asociaciones es muy importante, pero hay que recordar que el Consejo Social de la Ciudad solo se convocó una vez como consecuencia de una moción del Partido Popular.

*D. José Gabriel Astudillo López

Llama la atención que se hable de farsa cuando el Reglamento del Consejo Social se publicó en octubre de 2007 y la primera convocatoria tuvo lugar el 28 de diciembre de 2010. Todo para el pueblo pero sin el pueblo. Luego hubo otra convocatoria para dar cuenta del documento en blanco del soterramiento de las vías del ferrocarril. Vds. piensan que teniendo mucha gente en este tipo de consejos hay participación ciudadana, como si fuera una cuestión de cantidad, cuando es escuchar a los ciudadanos que es lo que no hicieron. Si hubieran escuchado a los ciudadanos hoy no existiría el CREAA. El Consejo va a funcionar, se acabó la pantomima, pero sin alterar el resultado de las urnas, sin dirigismos políticos. Existe un error que debe ser corregido, ya que debe haber un representante por cada Junta de Distrito.

*D. José Antonio López Tinaquero

Tienen miedo a la participación de los colectivos. No se entiende como en un órgano consultivo no se cuenta con los vecinos. Según Vds. el anterior Consejo era figurativo, pero el nuevo será nominativo. Podrían tomar nota de lo que Vds. mismos hacen en el Ayuntamiento de Madrid.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 67

Parece ser que para recuperar el diálogo con los ciudadanos lo que Vds. hacen es liquidar su presencia en el Consejo Social de la Ciudad. Pediré al Sr. Secretario que nos informe si con arreglo al Reglamento se deberían haber constituido los Consejos Sectoriales. Vds. verán si quieren asumir el soterramiento del ferrocarril, que es un proyecto estratégico para la ciudad. Móstoles lo firmó. La participación ciudadana se acredita con el funcionamiento de los consejos y las Juntas de Distrito, no nombrando un Director General. En estas condiciones no participaremos en una pantomima.

*Sr. Alcalde-Presidente

La participación ciudadana se demuestra en las convocatorias habidas del Consejo Social de la Ciudad.

*D. José Gabriel Astudillo López

Iremos explicando la participación ciudadano pleno a pleno; estamos en el inicio. No podemos seguir con un Reglamento Orgánico del que tanto se habla copiado del de Zaragoza. La alusión al Director de Participación Ciudadana es recurrente. Habrá la mejor participación ciudadana posible; otra cosa es que a Vds. no les guste. A Vds. les gusta controlar a los ciudadanos, a nosotros la libertad. [El Sr. Alcalde llama al orden a la Sra. de Andrés por intervenir sin autorización] El proyecto del soterramiento es bueno, pero ante la situación actual no sabemos lo que va a pasar. Ahora mismo es un papel en blanco firmado para quedar bien.

*Sr. Alcalde-Presidente

Este equipo de gobierno eliminó diez Direcciones Generales con respecto al anterior equipo de gobierno con un ahorro de 2,5 millones de euros, pero sin embargo quiso crear una Dirección General de Participación Ciudadana, porque esa política es uno de sus ejes de actuación. Gracias a la privatización que el partido socialista hizo de las piscinas municipales, cuando el gobierno municipal pide un uso parcial de calles para discapacitados resulta que el Ayuntamiento tiene que pagar 20 millones de pesetas a la empresa adjudicataria.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 68

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes. A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión Plenaria Permanente el Área de Coordinación Territorial, Participación y Servicios a los Ciudadanos, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) ABSTENCIONES: 1 (UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento del Consejo Social de la Ciudad, en los términos del Proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo nº 7/387, de 13 de septiembre, incorporando la enmienda propuesta por el Segundo Teniente de Alcalde en el sentido de que a cada Junta Municipal de Distrito le corresponde un representante en dicho Consejo.

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios.

De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado. En virtud de lo preceptuado en el artº. 78.2 del Reglamento Orgánico Municipal, el Sr. PRESIDENTE DEL PLENO acuerda una interrupción durante un período de cinco minutos, desde las veinte horas cinco minutos a las veinte horas diez minutos para descanso de los debates.

Siendo las veinte horas diez minutos, se reanuda la sesión compareciendo los mismos miembros de la Corporación que la habían iniciado.

24/178.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA, EN RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LOS ACUERDOS QUE PROCEDAN

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 69

SOBRE LA DISOLUCIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO UNIVERSIDAD POPULAR DE ALCORCÓN, EXAMEN Y DICTAMEN DE LOS VOTOS PARTICULARES PRESENTADOS.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE DEL ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS A LOS

CIUDADANOS DE 10 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 24/416, de 20 de septiembre, por que se aprueba el proyecto de disolución del citado organismo y derogación de sus Estatutos con efectos de 1 de enero de 2012.

*Dada cuenta de los votos particulares presentados por los Grupos IU-

LV y PSOE, contrarios a la disolución del Organismo Autónomo. *Abierta la deliberación se produjeron las intervenciones que

sucintamente se indican. -D. José Antonio López Tinaquero. La propuesta de disolución carece de justificación teniendo en cuenta la

labor desarrollada por los Organismos Autónomos, especialmente la UPA, y la inexistencia de endeudamiento según el informe de Intervención. El Grupo IU-LV apostaba por los servicios públicos de calidad.

-D. José Gabriel Astudillo López. La situación de la UPA puede considerarse saneada, no así la del PDM,

que arrastraba deudas importantes, entre ellas las de seguros. -D. Jesús Gamonal López. UPyD se abstendría al o disponer de los datos necesarios para verificar

el cumplimiento o no de las expectativas que motivaron su creación. -Dª Mª Antonia García Fernández. No hay en el expediente una justificación clara para plantear la

disolución. No existen problemas económicos. Lo único que cabe deducir es un cambio de modelo cultural, que no tiene en cuenta la buena marca de calidad asociada al PDM y a la UPA y la necesaria participación de la sociedad civil en la gestión de los servicios públicos.

Respecto al personal no se han cumplido las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público, del Estatuto de los Trabajadores y Convenio Colectivo vigente sobre consultas y negociación previas.

-D. José Gabriel Astudillo López. Lo que se plantea es una discrepancia ideológica: gestión frente a

intervencionismo social por parte de la izquierda. El propio Director de la UPA

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 70

ha expuesto los problemas burocráticos que planteaba la existencia de sus órganos de gobierno.

-D. Antonio Luis Galindo Casado. Ha habido reuniones con los sindicatos y su postura es favorable en

tanto que la disolución significará su asimilación como funcionarios municipales. No debe confundirse la participación ciudadana con el control político de las asociaciones.

*Sometido a votación el voto particular del Grupo IU-LV se produce el

siguiente resultado: A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) El voto particular queda rechazado. *Sometido a votación el voto particular del Grupo PSOE se produce el

siguiente resultado: A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) El voto particular queda rechazado. *Sometida la cuestión a votación ordinaria se produce el siguiente

resultado: A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: UPyD (1) En su consecuencia, la Comisión por mayoría somete al Pleno del

Ayuntamiento la siguiente

Propuesta de Acuerdo Primero.- Aprobar inicialmente la disolución del organismo autónomo

Universidad Popular de Alcorcón y la derogación de sus Estatutos con efectos 1 de enero de 2012.

Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de

treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado”.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 71

INTERVENCIONES EN EL PLENO Abierta la deliberación se producen las intervenciones que

sintéticamente se relacionan

*Dª María Antonia García Fernández

Antes de nada mi Grupo quiere hacer un reconocimiento claro de la labor desarrollada por la UPA durante treinta años; son muchas los ciudadanos que han pasado por ella a lo largo de estos años. Ha sido un gran proyecto de participación ciudadana, una apuesta de muchas fuerzas políticas, con el partido socialista a la cabeza, cuyos resultados en todos los órdenes de la cultura han logrado un prestigio reconocido incluso fuera de Alcorcón. Su configuración como Organismo Autónomo ha permitido la presencia de la ciudadanía en su máximo órgano de gestión y control. Estamos en contra de su disolución porque pensamos que la UPA sigue siendo una marca importante para la ciudad y no hay motivo suficiente para su disolución, ni siquiera en nombre de la eficacia administrativa por considerar burocrático el Consejo Rector. Lo que se busca por el equipo de gobierno no es mayor eficacia, sino mayor control por parte suya y menor control por la sociedad civil en temas de cultura Tampoco hay razones de orden económico, menos aún cuando se dice que se mantendrán los puestos de trabajo. La decisión de disolución ha generado indefensión en los trabajadores, ya que debería haber sido objeto de negociación previa.

*D. Juan Carlos Martínez Agüera

La UPA crea hace cerca de 30 años para propiciar una gestión directa de las actividades culturales para los vecinos, y ha sido un éxito según la opinión mayoritaria de los vecinos. Hay que subrayar que no se creó en época de bonanza económica; lo difícil es gestionar cuando hay dificultades económicas. La decisión no puede justificarse en la austeridad, que no debe aplicarse a servicios que funcionan. El informe del Interventor sobre la inexistencia de endeudamiento confirma que no hay razón económica para la disolución. Nos gustaría que el equipo de gobierno se posicionase respecto a la continuidad de los puestos de trabajo en la UPA. En particular sobre las plazas no cubiertas y los interinos; si se producen amortizaciones se producirá una pérdida de empleo público. Ya hemos visto cómo se han amortizado cinco puestos de trabajo para poner a tres eventuales como cargos de confianza.

*Sr. Alcalde-Presidente

El Sr. Agüera debería decir lo que le parece que el Ayuntamiento tenga que pagar por la utilización de las piscinas.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 72

*D. José Gabriel Astudillo López

No les gusta el principio de autoorganización de los servicios municipales. Disolver no es eliminar. Es el personal del PDM quien dice que no funciona; hoy no necesitamos tanto dirigismo. Yo hago un reconocimiento a la labor desarrollada, pero los tiempos cambian. Las actividades van a seguir desarrollándose, ya que se producirá una reconversión en un departamento de actividad cultural con participación de los vecinos. No se preocupen por los trabajadores porque en todo caso van a formar parte del Ayuntamiento y serán reubicados. Los sindicatos han dado su conformidad a lo que estamos haciendo.

*D. Juan Carlos Martínez Agüera

La disolución de los Organismos Autónomos lo que esconde también es la disolución de sus comités de empresa y la pérdida de horas sindicales. Llama también la atención que se estén realizando procesos selectivos en paralelo con la disolución. Nos gustaría saber qué va a pasar con el patrimonio de los Organismos Autónomos. IU-LV cree en los servicios públicos, no en los polideportivos privados.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

La participación no es ni dirigismo ni seguidismo; quizá el Partido Popular crea eso porque las organizaciones ciudadanas no les sigan. Quieren liquidar los Organismos Autónomos porque posibilitan una gran participación ciudadana organizada. No es cierto que hayan sido los funcionarios los que han sugerido la disolución. Quisiéramos conocer los informes de los técnicos que aconsejan la disolución. Tampoco es cierto que los sindicatos estén de acuerdo. Asuman la responsabilidad que les corresponde por sus decisiones. Tienen que aclarar qué duplicidades son las que quieren eliminar, si programas, trabajadores o representación sindical. Vds. tienen un problema con la cultura en este municipio, porque todo lo que suena a cultura no les gusta. Creo que la disolución de la UPA es un paso previo para la privatización de las actividades culturales.

*D. José Gabriel Astudillo López

Hablo de dirigismo porque es lo que oigo en las comisiones. Les digo lo que han dicho los funcionarios, aunque Vds. no crean en la palabra dada. Para mí la cultura o es buena o es mala. Sra. de Andrés no me da clases de cultura. Piso el terreno de la cultura y en beneficio de los intereses generales de los ciudadanos hacemos los planteamientos que nos parecen mejores según nuestra potestad de autoorganización.

Page 73: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 73

No vamos a seguir con tantos órganos intermedios que consiguen volver locos a los propios funcionarios. Preferimos la acción directa con el vecino al lado.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado

por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes.

A continuación se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista.

A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión

Plenaria Permanente el Área de Coordinación Territorial, Participación y Servicios a los Ciudadanos, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) ABSTENCIONES: 1 (UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la disolución del Organismo Autónomo Universidad Popular de Alcorcón y la derogación de sus Estatutos con efectos 1 de enero de 2012.

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios.

De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado.

Page 74: Acta pleno extraordinario 10 octubre 2011

Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 74

25/179.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA, EN

RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LOS ACUERDOS QUE PROCEDAN SOBRE LA DISOLUCIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE ALCORCÓN, EXAMEN Y DICTAMEN DE LOS VOTOS PARTICULARES PRESENTADOS.-

*Dada cuenta del siguiente

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PLENARIA PERMANENTE DEL ÁREA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIOS A LOS

CIUDADANOS DE 10 DE OCTUBRE DE 2011

“*Dada cuenta del acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 25/417, de 20 de septiembre, por que se aprueba el proyecto de disolución del citado organismo y derogación de sus Estatutos con efectos de 1 de enero de 2012.

*Abierta la deliberación se produjeron las intervenciones que

sucintamente se indican. -Dª Candelaria Testa Romero. La composición de los órganos de gobierno del PDM se ajustaba a las

determinaciones legales y posibilitaba la participación de los clubes y asociaciones en la gestión deportivas. Al igual que en la UPA no había justificación para proceder a una disolución que suponía no reconocer la gran labor desarrollada a lo largo de muchos años. Igualmente, tampoco se habían cumplido las exigencias de negociación con los representantes sindicales.

-Dª Loreto Sordo Ruiz. El anterior Equipo de Gobierno dejó en el PDM 6 millones de euros en

facturas pendientes de pago. La disolución se plantea para mejorar una gestión que los propios

empleados del Patronato consideraban necesario modificar. -D. Eduardo Serrano Rodríguez Se habían producido contactos con los representantes de los

trabajadores y su posición era favorable a una disolución planteada en términos de eficiencia. En todo caso, la disolución tendría efectos desde el día 1 de enero de 2012 y habría tiempo de tratar las cuestiones que pudieran plantearse

*Sometido a votación el voto particular del Grupo IU-LV se produce el

siguiente resultado: A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1)

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 75

El voto particular queda rechazado. *Sometido a votación el voto particular del Grupo PSOE se produce el

siguiente resultado: A favor: PSOE (3), IU-LV (1) En contra: PP (6) Abstenciones: UPyD (1) El voto particular queda rechazado. *Sometida la cuestión a votación ordinaria se produce el siguiente

resultado: A favor: PP (6) En contra: PSOE (3), IU-LV (1) Abstenciones: UPyD (1) En su consecuencia, la Comisión por mayoría somete al Pleno del

Ayuntamiento la siguiente

Propuesta de Acuerdo Primero.- Aprobar inicialmente la disolución del organismo autónomo

Patronato Deportivo Municipal de Alcorcón y la derogación de sus Estatutos con efectos 1 de enero de 2012.

Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de

treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado”.

INTERVENCIONES EN EL PLENO Abierta la deliberación se producen las intervenciones que

sintéticamente se relacionan

*D. Juan Carlos Martínez Agüera

Creemos en los servicios públicos como garantía de acceso a ellos de todos los ciudadanos. Cuando se privatiza el servicio se pone al alcance de los que tienen dinero. En el PDM también se van a perder puestos de trabajo, según se desprende del informe técnico que figura en el expediente cuando habla de amortización de plazas; de hecho ya se han amortizado 5 plazas para poner a 3 cargos de confianza. Con relación a los representantes de los trabajadores no se ha actuado de buena fe; también aquí se perderán representantes sindicales no liberados.

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 76

*Dª Candelaria Testa Romero

Vds. no han vivido la historia del Patronato, no conocen a la multitud de gente que pasado por él, quizás por eso hacen lo que hacen. Cuánto esfuerzo y trabajo que se liquida con un simple párrafo. El obstáculo del burocrático Consejo Rector es una sesión cada dos meses; no parece motivo suficiente. Lo cierto es que con la disolución del PDM se liquida la participación de numerosos sectores representativos de la ciudadanía. Ya no va a haber nadie que pueda ejercer el control directo de los ciudadanos a los órganos de gobierno; ese control no tiene nada que ver con el dirigismo. Con los trabajadores no se ha hablado previamente. Esperemos que no haya que lamentar otras consecuencias negativas para ellos. Los únicos que no deben preocuparse son los cinco nuevos eventuales enchufados del Partido Popular.

*Sr. Alcalde-Presidente

Vds. tuvieron muchos más eventuales y no les llamaban enchufados.

*D. José Gabriel Astudillo López

Llevo 34 años viviendo en Alcorcón, Vds. no tienen el monopolio de su historia; son los ciudadanos los que han hecho su historia.

El patrimonio y el personal del PDM pasarán al Ayuntamiento. En las reuniones habidas con los representantes sindicales éstos veían con buenos ojos lo que se estaba haciendo. Cuando Vds. acordaron la gestión indirecta de las nuevas piscinas no hablaron con los trabajadores. Ahora nosotros somos los malos. Hacemos lo que tenemos que hacer porque Vds. lo han hecho muy mal.

También forma parte de la historia los 6 millones de euros que se deben en el Patronato, 2 de ellos de agua; a los clubes tampoco se les pagaba. Esto demuestra cómo se funcionaba.

El PDM se integrará como una Concejalía y se seguirán desarrollando todas sus actividades para los ciudadanos.

*D. Juan Carlos Martínez Agüera

Trasladaremos a los Sindicatos que Vds. han hablado de todo con ellos. La necesidad de las consultas previas es una previsión legal; nos quejamos de que no ha habido buena fe. Se están desarrollando unas oposiciones y queremos saber cómo se producirá la incorporación.

*Dª Natalia de Andrés del Pozo

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 77

El informe del Interventor dice claramente que ninguno de los Organismos Autónomos tiene operaciones de endeudamiento. No pongan excusas económicas. Vds. disuelven el PDM al tiempo que nombran cinco cargos de confianza para ese mismo organismo; algo no cuadra. Antes solo había un eventual, un Director Técnico. Queremos saber si se van a mantener todos los servicios existentes para los ciudadanos y si se van a garantizar todos los puestos de los empleados municipales, con independencia de su tipo de contrato. Hasta ahora los Clubes han venido funcionando. Ya veremos en el futuro inmediato a partir del día 1 de enero próximo.

*S. Alcalde-Presidente

Me he reunido con los Clubes deportivos y lo que los tiene al borde de la desaparición son los impagos del Ayuntamiento.

*D. Eduardo Serrano Rodríguez

Por alusiones. Mala fe en este gobierno, ninguna. El Viernes anterior a la Junta de Gobierno hubo una reunión con los sindicatos a la que asistió el Alcalde, y claramente se dijo que se iban a tomar medidas racionalizadoras porque estamos en quiebra. Lo que se plantea es un acuerdo de aprobación inicial que se someterá a información pública, y estamos negociando.

*D. José Gabriel Astudillo López

Si se toman medidas es porque las cosas no funcionan. Una cosa es el endeudamiento y otra los proveedores; no engañen: había 6 millones pendientes de pago. Lo que tienen que hacer es reconocer que lo han hecho mal. Vds. desestabilizan el orden democrático en cualquier órgano en el que están.

*Sr. Alcalde-Presidente

Se hablará de la deuda las veces que haga falta, y les pido que cuando se hable de ello no se reían, porque detrás de ella hay empresas y trabajadores.

VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO

Por la Presidencia se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV)

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 78

VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes.

A continuación se somete a votación el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 11 (PSOE e IU-LV) VOTOS EN CONTRA: 15 (PP) ABSTENCIONES: 1 (UPyD)

En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento por mayoría, acuerda desestimar el voto particular presentado por el Grupo Municipal Socialista.

A continuación se somete a votación el Dictamen de la Comisión

Plenaria Permanente el Área de Coordinación Territorial, Participación y Servicios a los Ciudadanos, obteniéndose el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 15 (PP) VOTOS EN CONTRA: 11 (PSOE e IU-LV) ABSTENCIONES: 1 (UPyD) En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la disolución del Organismo Autónomo Patronato Deportivo Municipal de Alcorcón y la derogación de sus Estatutos con efectos 1 de enero de 2012.

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios.

De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado. *Sr. Alcalde-Presidente “Antes de levantar la Sesión, ha pedido la palabra, por un tema forma parece ser, el Primer Teniente de Alcalde, Sr. Romera. Tiene la palabra”. *Sr. Romera Fernández “Muchas gracias Sr. Presidente. Únicamente es para dar las gracias en relación a la confección de las Ordenanzas Fiscales a los siguientes funcionarios: a D. Saturnino Peña, Coordinador de Rentas; a Dª. Remedios Robledo, la jefe de Sección de Rentas; a D. José de Dios, el jefe de la Unidad de Recaudación; a D. Fernando Cobos, el Tesorero Municipal; a Dª Gloria

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Pleno Extraordinario 10 Octubre 2011 Pá gina 79

Rodríguez, la Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local; a Dª. Margarita Martín, jefe de Servicio de Contratación y Patrimonio; por supuesto al Interventor General de este Ayuntamiento, Luis Miguel Palacios; y al Secretario General del Pleno, Gabriel Dotor; así como al Director General de Presupuestos, Económica y Hacienda, Javier Rodríguez Luengo. Muchas gracias a todos por su esfuerzo y colaboración a la hora de redactar estas Ordenanzas”. *Sr. Alcalde-Presidente “Consta en Acta ese agradecimiento, al que se suma este Alcalde y felicita también a todos los servicios de Hacienda por la labor realizada para la aprobación de estas Ordenanzas”. *Sr. López Tinaquero “Sr. Presidente, nos sumamos”. *Sr. Elviro Arroyo “Nosotros también nos sumamos”. *Sr. Alcalde-Presidente “Que conste en Acta que se suman”.

Y no existiendo más asuntos a tratar por el Sr. Alcalde-Presidente se levanta la Sesión, siendo las veintiuna horas veinticinco minutos del día diez de Octubre de dos mil once; de todo lo cual se extiende la presente Acta, de lo que yo, el Secretario General del Pleno, DOY FE. Vº Bº EL ALCALDE-PRESIDENTE EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO Fdo: D. DAVID PÉREZ GARCÍA Fdo: GABRIEL A. DOTOR CASTILLA