ACTA DE SESIÓN Nº 20/2008 SUPERIORES DE... · 2019-10-16 · 2019-10-07 SGC ACTA 1 ACTA DE...
Transcript of ACTA DE SESIÓN Nº 20/2008 SUPERIORES DE... · 2019-10-16 · 2019-10-07 SGC ACTA 1 ACTA DE...
2019-10-07 SGC ACTA
1
ACTA DE SESIÓN Nº 15/2019
DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO
En Burgos, a siete de octubre de dos mil diecinueve.
Siendo las diez horas y treinta minutos, se constituye la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Comisión, previa convocatoria al
efecto, con la asistencia de sus miembros:
PRESIDENTE: Excmo. Sr. D. José Luís Concepción Rodríguez
MIEMBROS:
Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez
Ilmo. Sr. D. José Ramón González Clavijo
Ilmo. Sr. D. Ignacio Pando Echevarría
Ilmo. Sr. D. Jesús Carlos Galán Parada
Ilmo. Sr. D. José Ignacio Fontán Silva
SECRETARIO: Sra. Dª María Teresa de Benito Martínez, Secretaria Coordinadora
Provincial de Burgos que sustituye a la Ilma. Sra. Dª. María del Pilar Rodríguez
Vázquez por ausencia justificada.
No asiste la Ilma. Sra. Dª Patricia Fresco Simón quien ha justificado
debidamente su ausencia.
Constatada la presencia de la mayoría de sus miembros, se considera
válidamente constituida la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 153.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
A continuación, se inicia el estudio de los asuntos, siguiendo el orden del día
expresado en la convocatoria, previa dación de cuenta y discusión de los mismos,
adoptándose los siguientes acuerdos:
2019-10-07 SGC ACTA
2
1º.- Aprobar provisionalmente el acta de la sesión del Pleno de la Sala de
Gobierno de este Tribunal Superior, celebrada el día 23 de septiembre de 2019, sin
perjuicio de su posterior aprobación definitiva, en su caso, por el Pleno en su
próxima reunión.
2º.- Ratificar los acuerdos adoptados por el Sr. Presidente desde la Sala de
Gobierno, celebrada el día 23 de septiembre de 2019, en virtud de la facultad que
le confiere el artículo 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3º.- [Expediente Alarde N.º 15/2019].
Ponente: D. Jesús Carlos Galán Parada.
Tomar conocimiento del alarde elaborado por D. Julio Severino Barrio de la
Mota, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Social N.º 1 de Ávila, con motivo de
su cese por jubilación.
INFORME
El alarde revisado ha sido elaborado por el Sr. D. Julio Severino Barrio de la
Mota, Magistrado-Juez titular en el Juzgado de lo Social Nº 1 de Ávila, que ha
servido dicho órgano desde el 5 de abril de 1994 hasta el 7 de agosto de 2019, en
que ha cesado por jubilación.
En cuanto al contenido del alarde, cumple, básicamente y en lo fundamental,
con lo dispuesto por los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 a
132 del Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial, aprobado por Acuerdo del Pleno
del Consejo General del Poder Judicial de 28 de abril de 2011, así como por la Guía
de Criterios para la Confección de Alardes aprobada por el Pleno del CONSEJO
GENERAL DEL PODER JUDICIAL y las instrucciones de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Se desconoce cuándo se elaboró el alarde anterior y si hubo o no
conformidad con él, ya que el Juzgado cambió de sede y no se encuentra
documentación alguna al respecto. La fecha de la última Inspección del órgano
judicial es de 2 de diciembre de 2014.
En atención a los datos del alarde presentado, se obtienen las conclusiones
siguientes:
DATOS DE REGISTRO DE ASUNTOS
Año 2015 Año 2016 Año 2017 Año 2018
Año 2019 (7.8.2019)
Procedimientos 626 577 644 651 399
2019-10-07 SGC ACTA
3
Ejecuciones
175 155 185 183 113
Asuntos totales registrados
801 732 829 834 512
NÚMERO DE SENTENCIAS Y RESOLUCIONES FINALES DICTADAS
Año 2015 Año 2016 Año 2017 Año 2018 Año 2019 (7.8.2019)
SENTENCIAS 342 266 287 344 150
AUTOS 35 36 35 33 30
VALORACION SOBRE LOS DATOS DE REGISTRO
El Juzgado, atendiendo al módulo de entrada de 800 asuntos, presenta un
nivel de entrada inferior a dicha cifra en proyección anual al tiempo de realización del
alarde, manteniendo la línea de años anteriores. Igual ocurre con las ejecuciones.
El Magistrado ha compatibilizado su condición de titular del Juzgado con la de
Juez Decano durante 24 de los 25 años en que ha permanecido en su destino.
Tanto en medios personales como materiales se destaca su óptimo estado,
manteniéndose buena parte de la plantilla existente cuando el Sr. Barrio de la Mota
tomó posesión.
VALORACION SOBRE LOS ASUNTOS PENDIENTES
No existen asuntos pendientes de sentencia o de resolución que ponga fin al
procedimiento, según consta en el alarde.
12 escritos pendientes de proveer, todos ellos presentados entre el 30 de
julio y el 6 de agosto de 2019 (2 sobre conformidad con acumulación, 8 demandas
pendientes de incoación, 1 recurso de reposición y un escrito de subsanación).
4 escritos de ejecución pendientes de proveer, todos ellos presentados
entre el 31 de julio y el 2 de agosto de 2019.
2 despachos de auxilio judicial pendientes, uno recibido el 24 de abril de
2019 para la celebración de videoconferencia, fijada para el 21 de octubre de 2019,
y otro de 2 de agosto de 2019 para hacer citación.
112 PROCEDIMIENTOS PENDIENTES ANTES DE SENTENCIA, todos
incoados en 2019, siendo el más antiguo de 14 de marzo de 2019. En su gran
mayoría están pendientes de juicio (solo se exceptúa uno pendiente de subsanar
defectos y otro pendiente de acumulación), siendo la fecha última de señalamiento el
2019-10-07 SGC ACTA
4
14 de noviembre de 2019. En todos ellos el último proveído oscila entre junio y
agosto de 2019, siendo la mayoría de julio.
NO HAY PROCEDIMIENTOS PENDIENTES DESPUES DE SENTENCIA O
RESOLUCION FINAL PENDIENTE DE NOTIFICACION U OTRA ACTUACION
POSTERIOR.
3 RECURSOS PENDIENTES DE ELEVAR O EN TRÁMITE DE
FORMALIZACIÓN O IMPUGNACIÓN: todos ellos corresponden a procedimientos
de 2019, siendo el ultimo proveído de julio.
42 EJECUCIONES PENDIENTES: 1 de 2012 (pago a plazos), 3 de 2015, 2
de 2017, 5 de 2018 y 31 de 2019 con fechas recientes en los últimos proveídos
salvo una de 2018 (pago a plazos), que es de 19 de diciembre de 2018.
VALORACION FINAL
El alarde presentado revela un remarcable nivel de respuesta pues, salvo dos,
todos los procedimientos en fase declarativa corresponden a este año y se
encuentran pendientes de juicio, mediando entre la incoación y el señalamiento un
intervalo inferior a cuatro meses. A este respecto el Magistrado destaca en su alarde
que las vistas se han venido señalando y celebrando habitualmente dentro de los 21
días siguientes a su entrada, si bien no ha sido posible mantener tan perentorio y
meritorio plazo en las fechas inmediatamente previas al cese al haber tenido lugar
sin solución de continuidad el disfrute de las vacaciones y la jubilación y no haberse
accedido al nombramiento de sustituto para el periodo vacacional ni para el mes de
septiembre, por lo que se procedió a realizar los señalamientos en octubre.
El número de escritos pendientes de proveer es muy reducido y todos ellos de
fecha muy reciente. Igual ocurre con las ejecuciones.
PARTE DISPOSITIVA
Informar favorablemente el alarde presentado por D. Julio Severino Barrio de
la Mota, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Ávila, desde el 5 de abril
de 1994 hasta el 7 de agosto de 2019, fecha en que cesó, felicitando la Sala al
mismo por su labor.
Comuníquese este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial y al
Juzgado de lo Social Nº 1 de Ávila a los efectos oportunos.
4º.- [Expediente Alarde Nº 17/2019].
2019-10-07 SGC ACTA
5
Ponente: Dª Patricia Fresco Simón, asume la ponencia Dª María José
Renedo Juárez por ausencia justificada de la anterior.
Tomar conocimiento del alarde elaborado por Dª Rosa María Fernández
Pérez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de
León, con motivo de su cese en el mismo al haber obtenido plaza en otro órgano
judicial.
INFORME
ALARDE presentado por la arriba referenciada con motivo de su cese del
período comprendido entre el 20 de septiembre de 2012 al 4 de septiembre de 2019.
I.- VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE
Cumple básicamente y en lo fundamental con lo dispuesto por los artículos
317.3 de la LOPJ y 124 a 132 del Reglamento 02/2011 de 28 de abril de la Carrera
Judicial, así como por la Guía de Criterios para la Confección de Alardes aprobada
por el Pleno del CGPJ el día 21/07/11 y las instrucciones de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma.
La Firmante del Alarde tomó posesión en el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo Nº 2 de León en fecha 20 de septiembre de 2012 y ha servido en él
hasta el pasado 4 de septiembre de 2019, algo menos de 7 años, habiendo tenido
última inspección el 19 de septiembre de 2018 sin que consten datos acerca de ella.
Acompaña informe escrito del que la principal conclusión que se extrae es
que es un Juzgado que en todos sus aspectos funciona con normalidad, como así
manifiesta la Titular; a modo de resumen refiere, en primer lugar, a la EVOLUCIÓN
DE DATOS DE REGISTRO e indica que a fecha de tomar posesión arrastraba cierta
pendencia provocada por el hecho de haber contado esa provincia con dos juzgados
de este orden jurisdiccional hasta el año 2010 que se creó el tercero y una vez
superado ese período atendidos los datos que aporta desde el año 2014 no se
aprecian cambios significativos -salvo una leve tendencia a la baja- a salvo del año
2017 que registró un total de 563 asuntos (entre recursos, cautelares, incidentes en
pieza separada y ejecuciones) mientras que anualidades anteriores y posteriores la
cifra siempre ha sido más baja, destacando que el año 2018 lo cerró con un total de
484 asuntos registrados y el presente año 2019 a fecha de cierre del alarde (4
septiembre) el registro es de 309.
2019-10-07 SGC ACTA
6
En cuanto a Sentencias se dictaron en este período a que refiere el alarde
una media de 250 por año, si bien, en el año 2018 se pusieron 308 y en 2019 a
fecha de cierre de alarde 226 y en cuanto a Autos una media de 140, si bien, en el
año 2015 constan 174 y en este año 2019 a fecha de cierre de alarde 98.
En cuanto a MEDIOS PERSONALES, resalta que León cuenta con Oficina
Judicial desde junio del año 2011 y que la UPAD y el SCOP que sirven al Juzgado
trabajan de forma coordinada y correcta en la llevanza de asuntos y que así como al
tiempo de tomar posesión la plantilla de la UPAD compuesta por un gestor y un
tramitador -ambos titulares- pudo ser insuficiente por el volumen de asuntos que
afrontaba no lo es a fecha actual en el que apenas presenta pendencia gracias a ese
trabajo y esfuerzo coordinado que pone de manifiesto. También refiere al SCEJ
como servicio de ejecuciones e indica que un funcionario lleva el trabajo de los tres
juzgados de lo contencioso. Cada uno de los tres servicios citados cuenta con
Letrado/a de la Administración de Justicia titular.
En cuanto a MEDIOS MATERIALES no hay mención especial a problema
alguna o disfunción determinada sólo indica que su despacho es correcto y
adecuado y en óptimas condiciones para el desempeño del trabajo y refiere al
expediente digital evidenciando problemas que inciden directamente en la buena
marcha y funcionamiento del Juzgado -como por ejemplo el examen del expedientes
judiciales y acceso a documentación de las partes que ralentiza el trabajo del Juez-
si bien lo califica de deficiencias típicas del inicio de implantación del nuevo sistema
de trabajo y que, entiende, se irán depurando con el paso del tiempo.
A modo de conclusión indica que todos los asuntos que se registran
cualquiera que sea naturaleza se tramitan y resuelven dentro del plazo previsto para
cada uno, los abreviados en una media de 6 meses y los ordinarios en más tiempo
propio de su específica naturaleza. En esta escasa pendencia que refiere explica
que tiene incidencia la existencia de una sola Sala de vistas para los 3 juzgados, así
como la necesidad de compaginar la sala con la obligación de resolver autos,
providencias y resto de incidencias de la oficina.
II.- TOTAL ASUNTOS REGISTRADOS
En atención a los datos del Alarde presentado, se obtienen las
siguientes cifras:
2019-10-07 SGC ACTA
7
AÑO REGISTRO GENERAL
SENTENCIAS
2015 527 270
(R.CONT:336 CAUT:47 INCID:92 EJ: 52)
*ABREVIADOS PENDIENTES:3
EJECUCIONES: 1
RESTO: 0
AÑO REGISTRO GENERAL
SENTENCIAS
2016 426 227
(R.CONT:328 CAUT:40 INCID:9 EJ:49)
*ORDINARIOS PENDIENTES: 1
EJECUCIONES: 5
RESTO: 0
AÑO REGISTRO GENERAL
SENTENCIAS
2017 563 270
(R.CONT:469 CAUT:38 INCID:11 EJ:46)
*ABREVIADOS PENDIENTES: 4
ORDINARIOS PENDIENTES: 3
EJECUCIONES PENDIENTES: 6
RESTO: 0
AÑO REGISTRO GENERAL
SENTENCIAS
2018 484 308
(R.CONT:368 CAUT:32 INCID:12 EJ:72)
* ABREVIADOS PENDIENTES: 10
ORDINARIOS PENDIENTES: 11
EJECUCIONES PENDIENTES: 9
RESTO: 0
AÑO REGISTRO GENERAL
SENTENCIAS
2019(HASTA 04/09) 309 226
R.CONT:244 CAUT:23 INCID:5 EJ:37)
* ABREVIADOS PENDIENTES: 78
2019-10-07 SGC ACTA
8
ORDINARIOS PENDIENTES: 29
DERECHOS FUNDAMENTALES: 2
EJECUCIONES PENDIENTES: 22
RESTO: 0
III.- VALORACIÓN SOBRE DATOS DEL REGISTRO
El Juzgado en la actualidad registra un volumen de asuntos por debajo del
módulo que fija el CGPJ con arreglo a la última Instrucción que entró en vigor en
enero de este año (que cifra en un total de 570 asuntos por órgano y año), si bien,
hay que decir que la carga de trabajo que arrastraba cuando la Titular tomó posesión
se ha visto notablemente reducida y ello exclusivamente atribuible a su esfuerzo así
como al de la Oficina Judicial en los términos que se han indicado de forma que en
la actualidad apenas presenta pendencia, resultando que las vistas señaladas más
alejadas en el tiempo son las de 14 de noviembre de 2019 y los asuntos más
antiguos que se hallan pendientes son en fase declarativa: 3 procedimientos
abreviados del año 2015 y 1 del año 2016 todos ellos suspendidos por
prejudicialidad o recientemente proveídos al cierre del alarde y en fase de ejecución:
la más antigua pendiente de incidente en pieza separada es del año 2013 e
igualmente figura proveída con motivo del cierre del alarde y en trámite una del año
2005 (pendiente de apelación), otra del año 2010 (pendiente de requerimiento al
ejecutante), dos del año 2012, tres del año 2013, cinco del año 2014 y 1 del año
2015 todas ellas recientemente proveídas, debiendo reseñar que ninguno de ellos
pende de la actuación de la Magistrada/Titular.
IV.- VALORACIÓN DE ASUNTOS PENDIENTES
*NO EXISTEN SENTENCIAS PENDIENTES DE DICTADO POR LA
MAGISTRADA FIRMANTE DEL ALARDE SEGÚN CONSTA EN LA
DOCUMENTACIÓN REMITIDA.
*ESCRITOS DE TRÁMITE PENDIENTES DE PROVEER: 5, todos ellos del
año 2019, siendo el más antiguo del mes de julio correspondiente a un PO y resto
pendientes de unir trámites procesales como contestación a demanda; ninguno
sobre recurso o actuación análoga.
*ESCRITOS DE EJECUCIÓN PENDIENTES DE PROVEER: 0
*DESPACHOS DE AUXILIO JUDICIAL: 0
V.- PROCEDIMIENTOS PENDIENTES
2019-10-07 SGC ACTA
9
1.- DILIGENCIAS PREVIAS, PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS Y JUICIOS
POR DELITO LEVE en la instancia hay que distinguir:
a) En fase previa a sentencia o resolución que ponga fin constan: 95 PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS: siendo el más
antiguo de fecha 2015 que se han justificado más arriba (suspensión por
prejudicialidad) resto de los años 2017 a 2019 proveídos a fecha de cierre del alarde
o próxima;
44 PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS: siendo el más
antiguo del año 2016 (pendiente de conclusiones del demandante) resto de
los años 2017 en adelante y proveídos recientemente.
2 PROC. ESPECIAL DE PROTECCIÓN
D.FUNDAMENTALES: el primero incoado el 25/07/019 proveído el
03/09/2019 y el segundo incoado el 04/09/2019 proveído el 04/09/2019.
b) De los pendientes de notificación de sentencia u otra actuación
posterior:
NO EXISTEN.
c) Los pendientes de elevar recurso y cautelares: NO EXISTEN
2.- EJECUTORIAS en trámite constan:
2 EN PIEZA SEPARADA PENDIENTES: una del año 2013 y otra del año
2017 proveídas el 06/02/2019 y el 26/07/2019 respectivamente.
60 EN TRÁMITE DE EJECUCIÓN: una del año 2005, otra del año 2010, dos
del año 2012, tres del año 2013, cinco del año 2014 y 1 del año 2015 todas ellas
recientemente proveídas
NO HAY DESPACHOS DE AUXILIO JUDICIAL PENDIENTES
VI.- VALORACIÓN FINAL SIN PROPUESTA DE MEDIDAS
A la vista de todo lo expuesto el alarde presentado revela un más que
adecuado nivel de resolución por parte de la Magistrada-Juez que lo suscribe que
ha dado respuesta a más del 90% de asuntos registrados anualmente alcanzando
una media considerable de sentencias y autos anual -260/130- que se incrementó
cuando en el año 2017 el registro sufrió un repunte, generalizado, en cuanto a
recursos contencioso administrativos; es de destacar el esfuerzo personal de la
Magistrada al constatar la fecha de vista más alejada en el tiempo a un plazo no
superior a 6 meses desde la incoación del respectivo procedimiento abreviado -
2019-10-07 SGC ACTA
10
siendo en su mayoría menor- lo que también se refleja en la ejecución dado que en
este tipo de Juzgados suele ser cuantitativamente inferior respecto a otros órdenes
judiciales, pero, especialmente prolongada en el tiempo y en el caso (sin obviar que
se trata del tercer Juzgado, de nueva creación en la última década y precisamente
ante la pendencia excesiva de los otros dos) consta que en el período que más
asuntos registra se cuantifican 22, y son precisamente del año en curso, 2019, sin
que existan escritos pendientes de resolver en esta fase del proceso, lo que no
puede por menos que ser mencionado.
En el aspecto de medios personales no hay más reseña que hacer que la
que ella misma indica, la coordinación y trabajo conjunto de UPAD y SCOP que
dada la composición de la Oficina Judicial en ocasiones no resulta sencilla y en el de
medios materiales ninguna objeción especial que hacer constar sin perjuicio de las
disfunciones propias del expediente digital -que una vez más- reflejan que gracias al
esfuerzo personal de quienes integran el Juzgado no ha impedido el correcto
desempeño del trabajo, aparte de la existencia de una sola sala de vistas para los 3
juzgados sin más trascendencia para el funcionamiento del Juzgado.
Sin que haya más añadir al respecto, en consecuencia,
En atención a todo lo expuesto, la Comisión Permanente de esta Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Acuerda,
VII.- PARTE DISPOSITIVA
INFORMAR FAVORABLEMENTE el alarde elaborado por la Magistrada
Titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de León Dª Rosa María
Fernández Pérez por su labor en el mismo felicitándola por el trabajo realizado.
No se precisa proposición de medida alguna.
Comuníquese este Acuerdo a la Interesada, al Secretario Coordinador de
León y al Consejo General del Poder Judicial a los efectos oportunos.
5º.- [Expediente Alarde Nº 14/2019].
Ponente: D. José Ignacio Fontán Silva.
Tomar conocimiento y trasladar el alarde elaborado por Dª MARÍA JOSÉ
JUANES GARCÍA, Juez sustituta en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
de Sanabria (Zamora), con motivo de su cese, en el mismo, al haberse
reincorporado su Titular, Dª Elena Rubio González, del Servicio de Inspección del
Consejo General del Poder Judicial, junto con el siguiente:
2019-10-07 SGC ACTA
11
INFORME
ALARDE presentado por Dª MARÍA JOSÉ JUANES GARCÍA, Juez sustituta
que sirvió el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria
(Zamora), desde el día de su toma de posesión, el 24 de octubre de 2018, hasta el
día 31 de julio de 2019, en que cesó, en dicho Juzgado.
VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE
Cumple, básicamente y en lo fundamental, con lo dispuesto por los artículos
317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 124 a 132 del Reglamento 2/2011, de
28 de abril, de la Carrera Judicial, así como por la Guía de Criterios para la
Confección de Alardes aprobada por el Pleno del CGPJ el día 21 de julio de 2011 y
las instrucciones de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León.
El alarde anterior fue elaborado con fecha 8 de noviembre de 2018, no
habiéndose prestado conformidad, ni disconformidad, al mismo.
La última inspección fue girada el día 20 de marzo de 2012.
Se acompaña informe sobre la evolución del Juzgado desde la fecha de toma
de posesión de la firmante del Alarde hasta su cese, datos de registro, y, en general,
volumen de entrada de asuntos y carga de trabajo, medios personales y materiales y
pendencia del órgano.
En relación a la evolución del órgano jurisdiccional, se expone, en el informe
del Alarde, que, se ha reducido la carga de trabajo en la sección penal, y, si bien, ha
aumentado la pendencia en la sección civil, se justifica, tal incremento, en la
celebración de Elecciones Generales, y, también, Elecciones Autonómicas, Locales
y Europeas, que generaron, sobre todo en el caso de las Elecciones Locales, mucho
trabajo para la firmante del Alarde, pero, también, para el Letrado de la
Administración de Justicia y para las dos funcionarias que colaboraron con la Junta
Electoral de Zona. Se pone, igualmente, de manifiesto, por la firmante del Alarde,
que una funcionaria del Juzgado, en concreto, Dª María José Revoredo Rodríguez,
ha estado, durante un periodo muy largo de tiempo, de unos nueve meses,
aproximadamente, en situación de baja laboral, permiso o vacaciones, habiéndose
cubierto su plaza por una funcionaria sustituta, únicamente, dos meses, lo que ha
repercutido, gravemente, en la tramitación de procedimientos civiles, si bien, se
señala, que, la pendencia, finalmente, se ha incrementado, sólo ligeramente, al
2019-10-07 SGC ACTA
12
haberse ocupado de la tramitación de los asuntos otra funcionaria, el Letrado de la
Administración de Justicia, e incluso la propia Juez sustituta.
TOTAL DE ASUNTOS REGISTRADOS
En atención a los datos del alarde presentado, se obtienen las cifras
siguientes:
SECCIÓN CIVIL
Registro general
Año 2015: 300
Año 2016: 238
Año 2017: 231
Año 2018: 206
Año 2019: 175 (hasta el 31 de julio de 2019)
Jurisdicción contenciosa (incluidos asuntos de Derecho de Familia)
Año 2015: 192
Año 2016: 183
Año 2017: 175
Año 2018: 139
Año 2019: 136 (hasta el 31 de julio de 2019)
Jurisdicción voluntaria
Año 2015: 53
Año 2016: 16
Año 2017: 17
Año 2018: 12
Año 2019: 17 (hasta el 31 de julio de 2019)
Ejecuciones (sin incluir las de familia)
Año 2015: 50
Año 2016: 32
Año 2017: 33
Año 2018: 51
Año 2019: 19 (hasta el 31 de julio de 2019)
Ejecuciones de familia
Año 2015: 5
Año 2016: 7
2019-10-07 SGC ACTA
13
Año 2017: 6
Año 2018: 4
Año 2019: 3 (hasta el 31 de julio de 2019)
SECCIÓN PENAL
Registro general
Año 2015: 979
Año 2016: 532
Año 2017: 495
Año 2018: 457
Año 2019: 309 (hasta el 31 de julio de 2019)
Sumarios
Año 2015: 0
Año 2016: 0
Año 2017: 1
Año 2018: 0
Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)
Diligencias Previas
Año 2015: 823
Año 2016: 430
Año 2017: 413
Año 2018: 382
Año 2019: 241 (hasta el 31 de julio de 2019)
Procedimientos Abreviados:
Año 2015: 25
Año 2016: 24
Año 2017: 28
Año 2018: 29
Año 2019: 14 (hasta el 31 de julio de 2019)
Juicio de Faltas/Delitos Leves:
Año 2015: 52 JF. 22 LEV.
Año 2016: 7 JF. 42 LEV.
Año 2017: 27
Año 2018: 41
2019-10-07 SGC ACTA
14
Año 2019: 41 (hasta el 31 de julio de 2019)
Habeas Corpus
Año 2015: 0
Año 2016: 0
Año 2017: 0
Año 2018: 0
Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)
Diligencias indeterminadas:
Año 2015: 9
Año 2016: 8
Año 2017: 2
Año 2018: 0
Año 2019: 1 (hasta el 31 de julio de 2019)
Procedimiento de Tribunal de Jurado:
Año 2015: 0
Año 2016: 0
Año 2017: 0
Año 2018: 0
Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)
Ejecutorias de juicios de faltas/Delito Leve:
Año 2015: 23
Año 2016: 13
Año 2017: 12
Año 2018: 5
Año 2019: 12 (hasta el 31 de julio de 2019)
Apelaciones de juicios de faltas:
Año 2015: 2
Año 2016: 0
Año 2017: 0
Año 2018: 0
Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)
VALORACIÓN SOBRE LOS DATOS DE REGISTRO
2019-10-07 SGC ACTA
15
Se trata de un Juzgado que soporta una carga de trabajo muy moderada,
pues, el volumen de entrada de asuntos no supera, ni en el ámbito civil, ni en el
ámbito penal, el módulo de registro establecido por el CGPJ para Órganos mixtos,
fijado en 680 asuntos civiles, incluyendo jurisdicción voluntaria y ejecuciones y 1.000
asuntos penales, observándose después de unos años de disminución progresiva
de la entrada de asuntos, un sensible incremento, de dicha entrada, tanto en el
ámbito de lo civil, como en el penal, de manera, que, de mantenerse la tendencia,
hasta fin de año, el ejercicio 2019, se cerrará con una entrada, superior, a la de
los últimos cuatro años.
NIVEL DE RESOLUCIÓN
SENTENCIAS CIVILES:
Año 2015: 122
Año 2016: 60
Año 2017: 86
Año 2018: 57
Año 2019: 29 (hasta el 31 de julio de 2019)
AUTOS CIVILES:
Año 2015: 101
Año 2016: 65
Año 2017: 70
Año 2018: 61
Año 2019: 35 (hasta el 31 de julio de 2019)
SENTENCIAS PENALES:
Año 2015: 66
Año 2016: 58
Año 2017: 35
Año 2018: 47
Año 2019: 45 (hasta el 31 de julio de 2019)
De lo anterior se desprende un nivel de resolución muy justo para la carga de
trabajo, en tendencia ascendente, que soporta el órgano, debiéndose señalar, que,
de mantenerse la tendencia al alza del registro de entrada, habrá de producirse un
incremento en el número de resoluciones, o, de no ser así, aumentará la pendencia,
2019-10-07 SGC ACTA
16
hasta niveles, que, no se corresponderán con una carga de entrada de asuntos del
órgano, que, sigue sin ser excesiva para un Juzgado mixto.
VALORACIÓN DE LOS ASUNTOS PENDIENTES
A.- CIVIL:
No existen Sentencias, ni Autos definitivos, pendientes de dictado, a la
presente fecha, atendida la certificación remitida, en el día de hoy, por el Letrado de
la Administración de Justicia, a la Secretaría de este Tribunal Superior de Justicia. El
número global de asuntos pendientes en procedimientos civiles contenciosos en
fase declarativa, sin incluir los referidos a Derecho de Familia, es de 134, de los
cuales, 32 asuntos se encuentran en trámite de notificación de Sentencia, lo cual,
implica, un incremento, ciertamente, notable, de la pendencia, en relación con el
anterior Alarde emitido en fecha 8 de noviembre de 2018. Por lo que se refiere a los
más antiguos, de este tipo de procedimientos, existe 1 asunto del año 2011, en
concreto, los autos de división de herencia número 201/2011, en el que, por medio
de Providencia, de fecha 31 de julio de 2019, se requirió, a las partes, para que
ingresaran provisión de fondos para que el contador partidor pudiera llevar a cabo su
cometido. Asimismo, pende 1 asunto del año 2012, los autos de división de herencia
número 306/2012, en los que, la fecha del último de sus proveídos, es de 14 de junio
de 2019, estando pendientes las actuaciones de cumplimentar un requerimiento y de
presentar las operaciones particionales, Pende, igualmente, 1 asunto del año 2013,
los autos de división de herencia número 1/2013, siendo el último de sus proveídos
de fecha 31 de julio de 2019, encontrándose pendientes de la presentación de las
operaciones particionales. Del año 2014, penden los autos de liquidación de
sociedad de gananciales 259/2014, cuyo último de sus proveídos es de fecha 31 de
julio de 2019, encontrándose pendientes de nombramiento de Perito para la
valoración de los bienes. Del año 2015, penden los autos de división de herencia
número 47/2015, siendo el último de sus proveídos de fecha 7 de junio de 2019,
encontrándose pendientes del traslado del cuaderno particional a parte no
personada. Del año 2016, penden los autos de juicio ordinario 76/2016, cuyo último
de sus proveídos es de fecha 31 de julio de 2019, y se encuentran pendientes de
dictamen pericial y los autos de división de herencia número 84/2016, que se
encuentran pendientes de la presentación del cuaderno particional, siendo el último
de sus proveídos de fecha 18 de febrero de 2019. Del año 2017, penden 8 asuntos,
2019-10-07 SGC ACTA
17
del año 2018, 21 asuntos y del año 2019, 66 asuntos, siendo recientes la fechas del
último de sus proveídos.
En derecho de familia penden en trámite, previo a sentencia, 7 asuntos, de
los cuales, 1 es del año 2018, con vista ya señalada y el resto, esto es, 6
asuntos, del año 2019. En trámite de notificación de sentencia se encuentran 3
asuntos.
Y por lo que se refiere a la jurisdicción voluntaria la pendencia se sitúa en 28
asuntos, todos ellos, proveídos, en fechas próximas al cese y relativos, en su
práctica totalidad, al trámite de rendición de cuentas del Tutor.
Existen 158 asuntos en ejecución, y otros 8 de derecho de familia. Todas
las que penden de actuaciones judiciales están proveídas de forma reciente y las
más antiguas, penden, en su mayoría, de pagos periódicos y embargos.
Existen 2 despachos de auxilio judicial pendientes de cumplimentar, de fecha
reciente (30 de julio de 2019).
Por último, cabe reseñar, que, a la fecha del Alarde, se consignaron, la
existencia, de 6 escritos civiles de ejecución pendientes de proveer.
B.- PENAL:
El Juzgado no tiene sumarios en trámite, ni procesos de ley de jurado.
Tiene en trámite 99 diligencias previas, de ellas, 58 del año 2019, 30 del
año 2018 y 11 del año 2017. Con alguna excepción, las fechas del último
proveído, en los procedimientos, es reciente.
Asimismo, tramita 42 procedimientos abreviados (aunque, por un error
material, se hacen, solo, constar, 39), 2, de ellos, del año 2013, uno pendiente de
notificar el Auto de apertura de juicio oral al acusado, y, en otro, se remitió, una
comisión rogatoria, 1 del año 2015, en el que se acordó el traslado para la
presentación del escrito de defensa, 3 del año 2016, 8 del año 2017, 15 del año
2018 y 13 del año 2019. Todos ellos están proveídos en fecha reciente.
Existen, a la fecha del Alarde, 21 juicios por delitos leves pendientes, todos
ellos, del año 2019, siendo reciente la fecha del último de sus proveídos y tiene 10
juicios por delitos leves con sentencia dictada en fase de notificación y 2 asuntos
terminados en la instancia en trámite de recurso pendiente de elevar; así como 29
ejecutorias de delitos leves y faltas.
2019-10-07 SGC ACTA
18
Existen 3 despachos de auxilio judicial pendientes de cumplimentar, de fecha
reciente.
Por último, cabe reseñar, que, a la fecha del Alarde, se consignaron la
existencia de 5 escritos penales de trámite pendientes de proveer.
En el ámbito penal, el Juzgado presenta un nivel de pendencia aceptable, en
términos generales, si bien, debe destacarse, un incremento importante, en la
pendencia de delitos leves.
SITUACIÓN DEL ÓRGANO JUDICIAL
I.- MEDIOS PERSONALES.
La plantilla del Juzgado se compone de un puesto de LAJ, uno de gestor,
dos de tramitación y un auxilio, estando, todas las plazas, cubiertas, por
funcionarios titulares, si bien, se advierte, que, una de las tramitadoras, ha estado
en situación de baja laboral, permiso o vacaciones, durante una parte, muy
importante, del periodo, al que, se refiere, el Alarde, sin que, su ausencia, se
haya cubierto por funcionaria interina, más que, durante un plazo breve del total
de la ausencia.
II.- MEDIOS MATERIALES.
En el Alarde, no se hace mención a ninguna necesidad o deficiencia que se
considere destacable por parte de la firmante del Alarde.
VALORACIÓN FINAL
A la vista de todo lo expuesto, el Alarde presentado por la Juez sustituta DÑA.
MARÍA JOSÉ JUANES GARCÍA, revela un nivel de resolución, que, aunque, no es,
significativamente, inferior, al del periodo, inmediatamente, anterior, al periodo al que
se refiere el Alarde, resulta excesivamente ajustado, teniendo, en cuenta, la
tendencia al alza de la entrada de asuntos, lo que se traduce en un aumento de la
pendencia, que, es, especialmente, apreciable, en la jurisdicción contenciosa, sin
incluir familia, en el ámbito civil y en los delitos leves, en el ámbito penal.
En atención a todo lo expuesto, la Comisión Permanente de esta Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA
PARTE DISPOSITIVA
Informar favorablemente el Alarde elaborado por DÑA. MARÍA JOSÉ JUANES
GARCÍA, Juez sustituta en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla
de Sanabria (Zamora), con motivo de su cese en el mismo.
2019-10-07 SGC ACTA
19
Comuníquese este Acuerdo a la interesada y al Consejo General del Poder Judicial
a los efectos oportunos.
6º.- ………
7º.- [Expediente General Nº 25/2016].
Ponente: D. José Ramón González Clavijo.
Tomar conocimiento del escrito del Presidente de la Audiencia Provincial de
Salamanca de 19 de septiembre de 2019, en el que se remite una modificación
transitoria de las normas de reparto de esa Audiencia Provincial y composición de
salas a fin de evitar coincidencia de dos Magistrados suplentes en la misma sala.
Antecedentes
Primero.
Por acuerdo de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del TSJ de
Castilla y León de 23 de noviembre de 2016 se aprobaron las normas de reparto de
la Audiencia Provincial de Salamanca, según escrito remitido por su Presidente el 11
de noviembre de 2016.
Segundo.
El 19 de septiembre de 2019 el Presidente de dicho tribunal remite al
Excelentísimo Sr. Presidente del TSJ de Castilla y León oficio dando traslado de la
modificación transitoria de las normas de reparto y composición de las salas de la
Audiencia Provincial de Salamanca como consecuencia de la baja por enfermedad,
previsiblemente de cierta duración, de la Magistrada Doña Carmen Borjabad García,
con el fin de evitar la coincidencia de dos Magistrados suplentes en la misma sala.
Tercero.
Por acuerdo del Excmo. Sr. Presidente del TSJ de Castilla y León de 25 de
septiembre de 2019 se acuerda unir el oficio y la modificación de las normas de
reparto y composición de salas al Expediente General número 25/2016, anexo IV y
dar cuenta a la Sala de Gobierno, incluyéndose dicha dación de cuenta en el orden
del día de la Comisión Permanente de 7 de octubre de 2019.
Fundamentación jurídica
Primero.
Según las normas de reparto de la Audiencia Provincial de Salamanca de 11
de noviembre de 2016, contando en ese momento el tribunal con cinco Magistrados
titulares más un Magistrado de refuerzo al que se repartirán 75% de las ponencias
2019-10-07 SGC ACTA
20
repartidas a los titulares, la asignación de ponencias se realizaría por riguroso orden
de antigüedad en el órgano entre los Magistrados, conformándose las salas civiles y
penales encargadas de conocer de todo tipo de recursos por el Magistrado ponente
y los dos Magistrados que le siguen en orden de antigüedad y las salas de
enjuiciamiento de procedimientos penales en primera instancia por el Magistrado
ponente y el que le precede y le sigue en el orden de antigüedad.
Segundo.
La baja de larga duración de la Magistrada Doña María Luisa Marro
Rodríguez, así como la reciente baja de la también Magistrada Doña Carmen
Borjabad García, con el consiguiente llamamiento de los dos Magistrados suplentes,
Don José Antonio Martín Pérez y Don Fernando Carbajo Cascón, obliga a modificar la
norma de composición de salas así como la redistribución de los asuntos pendientes
en su día asignados a ambas Magistrados titulares, evitando, la medida de lo posible,
la demora en el tiempo de respuesta en la resolución de recursos y enjuiciamiento de
causas penales en primera instancia y que, como consecuencia de las anteriores
normas de reparto y composición de salas, formasen parte a la vez de las mismas
dos Magistrados suplentes.
Tercero.
En la modificación remitida se procede a la redistribución de los asuntos
pendientes, en su día repartidos a Doña María Luisa Marro Rodríguez, entre todos
los Magistrados de la Audiencia, incluido el Magistrado de refuerzo y los Magistrados
suplentes (a estos tan sólo de asuntos civiles), por riguroso orden de antigüedad, sin
perjuicio de dar preferencia a los procedimientos urgentes.
Del mismo modo, se acuerda el reparto de los asuntos asignados a Doña
María del Carmen Borjabad García.
Cuarto.
La composición de salas, según el escrito remitido, prevé que los Magistrados
suplentes, que entraban a formar sala por turnos semanales alternos en sustitución
de Doña María Luisa Marro Rodríguez, según su especialización, sean llamados
todas las semanas, uno en sustitución de Doña María Luisa Marro y otro en
sustitución de Doña Carmen Borjabad, y, para evitar su coincidencia en la misma
sala competente para conocer de los recursos, éstas quedan conformadas de la
siguiente forma:
2019-10-07 SGC ACTA
21
Sala 1ª: José Ramón González Clavijo, Juan Jacinto Martín Pérez y Fernando
Carbajo Cascón.
Sala 2ª: José Antonio Vega Bravo, Eugenio Rubio García, José Antonio
Martín Pérez.
Quinto.
Para la celebración de los juicios penales de primera instancia, además de
reasignar las ponencias en la misma forma anteriormente expuesta, las salas
quedarán constituidas por el Magistrado ponente y aquel que le precede y el que le
sigue por antigüedad, en la siguiente forma:
1. González Clavijo (ponente), Vega Bravo, Rubio García.
2. Vega Bravo (ponente), González Clavijo, García Pérez.
3. García Pérez (ponente), Vega Bravo, Martín Pérez (suplente).
4. Rubio García (ponente), González Clavijo, Carbajo Cascón (suplente).
Sexto.
La modificación transitoria de las normas de reparto y composición de salas
se ajusta a lo previsto en los artículos 160.9, 196 y siguientes y 203 y siguientes de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como a los Reglamentos del CGPJ 2/2011,
de la Carrera Judicial y 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, y las
Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal.
Parte dispositiva
Por todo lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA:
Aprobar la modificación transitoria de las normas de reparto y composición de
salas de la Audiencia Provincial de Salamanca según escrito remitido por su
Presidente el 19 de septiembre de 2019.
Comuníquese este acuerdo al Presidente de la Audiencia Provincial de
Salamanca para su traslado los Magistrados de esa audiencia y se dé publicidad a
las mismas según lo previsto en el apartado 6 del artículo 12 del Reglamento
1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.
Comuníquese, asimismo, este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial,
junto con copia de la mencionada propuesta.
8º.- [Expediente General Nº 109/2015].
Ponente: Dª María José Renedo Juárez.
2019-10-07 SGC ACTA
22
Por la SALA DE GOBIERNO se toma conocimiento del escrito conjunto de 10
de septiembre de 2019, de la Sra. Juez y la Sra. Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Briviesca (Burgos)
en el que informan sobre la inexistencia de medidas de seguridad en el edificio
donde tiene su sede el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de
Briviesca (Burgos).
ANTECEDENTES
Primero. -Que en el Expediente 109/2015 se han dictado los siguientes
acuerdos:
Acuerdo Nº 7 de 23 de noviembre de 2015, acuerdo Nº 10 de 15 de enero de
2016 y acuerdo Nº 8 de 15 de noviembre de 2017, todos ellos de la Comisión
Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia.
Segundo. - En el Acuerdo 8 de la CP de 15 de noviembre 2017 consta:
“La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Único de Briviesca (Burgos) presenta escrito de fecha 11 de octubre de
2017, suscrito por la Juez titular de dicho órgano judicial, en el que se manifiesta que
en el mencionado Juzgado, no se dispone de medidas de seguridad adecuadas para
garantizar la integridad de los Funcionarios, Juez y Letrado de la Administración de
Justicia, en el desarrollo de las tareas y funciones propias de su puesto de trabajo, y
ello, por cuanto no cuentan con ningún tipo de control de acceso al mismo (no hay
arco de detección de metales, ni vigilancia de seguridad), el acceso es
completamente libre desde la planta baja a todas las dependencias del juzgado.
De otro lado se relatan acontecimientos ocurridos recientemente que
produjeron situaciones de tensión, dada la ausencia de control de acceso al juzgado
y de medidas de seguridad. Siendo necesaria la intervención de la policía local.
Por la Gerencia Territorial de Justicia de Castilla y León en Burgos, se
manifiesta por el Gerente Territorial que, con fecha 15 de marzo de 2016 se instaló
en el edificio un sistema de CCTV (circuito cerrado de televisión) con 1
videograbador, 1 monitor y 8 cámaras.
Esta Sala de Gobierno toma conocimiento del escrito presentado por la
Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Único de Briviesca (Burgos)
suscrito por la Juez titular del órgano, viniendo a valorar y considerar insuficiente el
2019-10-07 SGC ACTA
23
sistema instalado de circuito cerrado de televisión, al objeto de prevenir y controlar el
acceso de personas y objetos a las dependencias judiciales.
Considerando necesario que se proceda a implementar dicha medida con el
fin de garantizar la seguridad de las personas que prestan su trabajo en dicho
órgano judicial.”
Tercero.- La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Único de Briviesca (Burgos) presenta escrito de fecha 10 de
Septiembre de 2019, suscrito por la Juez titular de dicho órgano judicial, en el que se
reitera que en el mencionado Juzgado no existen medidas de seguridad , reiterado
en Marzo 2019 con motivo de la implantación de Oficina Judicial y relata un
incidente ocurrido el 3 y 6 de septiembre de amenazas mortales, insultos e
intento de agresión.
FUNDAMENTOS JURIDICOS:
ÚNICO. -Observado de todo lo que antecede respecto de la implementación
de las medidas de seguridad necesarias para garantizar el normal desarrollo del
trabajo del órgano judicial.
1º la ausencia de medidas de seguridad en la sede de los Juzgados de
Briviesca, por cuanto no existe ni medios materiales de arcos de seguridad, control
de acceso, Vigilancia ni de empresas privadas, ni de Fuerzas de Seguridad del
Estado.
2º los múltiples requerimientos de esta Sala en los reiterados Acuerdos
adoptados por la misma, DESDE EL AÑO 2015
3º No solventados de ninguna forma por la instalación de cámaras de
seguimiento de Vigilancia sin personal destinado, cualificado ni habilitado a tal
efecto, por cuanto la atribución- al colocarlas en su despacho- a la Sra. Letrada de la
Administración de Justicia excede de sus competencias
4º Reiterados incidentes denunciados por la Juez y Letrado/a de la
Administración de Justicia destinados a lo largo de estos años en dicho órgano
jurisdiccional, de extrema gravedad con amenazas, insultos e intento de agresión
y total alteración de la función jurisdiccional.
5º Estas situaciones se reproducen en casi todos los órganos únicos en un
partido judicial de esta comunidad.
2019-10-07 SGC ACTA
24
Determinan a esta SALA DE GOBIERNO ante la realidad permanente de los
hechos denunciados de ausencia integral de seguridad, la vulnerabilidad
manifiesta de las personas que integran la plantilla del citado órgano judicial, de los
propios ciudadanos que acuden a la citada sede y de la imperiosa necesidad de
que se adopten medidas efectivas y ejecutivas inmediatas para garantizar el
normal desarrollo del trabajo del órgano judicial, a adoptar el siguiente
ACUERDO de conformidad con los Art 152.10 LOPJ que dice: Proponer al Consejo
General del Poder Judicial la adopción de las medidas que juzgue pertinentes para
mejorar la Administración de Justicia en cuanto a los respectivos órganos
jurisdiccionales; y artículo 4. j) del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno,
que señala: j) Proponer al Consejo General del Poder Judicial la adopción de las
medidas que juzgue pertinentes para mejorar la Administración de Justicia en cuanto
a los respectivos órganos jurisdiccionales (artículo 152.1. 10.º de la Ley Orgánica del
Poder Judicial), con especificación razonada de las necesidades de medios
personales y materiales, o de su mejor organización o distribución.
ACUERDO:
• Interesar por escrito al Gerente Territorial del Ministerio de Justicia con
sede en Burgos para que realice las actuaciones pertinentes para la contratación de
personal de Vigilancia de seguridad, instalación de arco de seguridad, control de
acceso y vigilancia y orden, para la sede de Briviesca en las horas de apertura.
• Traslado a la Dirección General de Relaciones con la Administración de
Justicia del Ministerio de Justicia, a través de la Subdirección General de Recursos
Económicos
• Traslado al Subdelegado del Gobierno en Burgos para su
conocimiento.
Comuníquese este acuerdo junto con copia de la documentación recibida, al
Gerente Territorial del Ministerio de Justicia con sede en Burgos a los efectos
establecidos en el mismo.
Comuníquese igualmente, junto con la documentación recibida, a la Dirección
General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, a
través de la Subdirección General de Recursos Económicos, a los efectos
contenidos en el mismo.
2019-10-07 SGC ACTA
25
Comuníquese este acuerdo, junto con copia del escrito presentado, al
Subdelegado del Gobierno en Burgos para su conocimiento
Y, por último, comuníquese igualmente a la Juez y a la Letrada de la
Administración de Justicia del Juzgado Único de Briviesca (Burgos), así como al
Presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, para su conocimiento.
9º.- [Expediente General Nº 78/2012].
Ponente: D. José Ignacio Fontán Silva.
Tomar conocimiento del escrito del Juez Decano de León de fecha 11 de
septiembre de 2019, solicitando la prórroga de la comisión de servicio sin relevación
de funciones del Magistrado D. Alfonso Pérez Conesa, Magistrado Titular del
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de León, en el Juzgado de lo
Contencioso Nº 1 de la misma localidad, en virtud de lo dispuesto en el acuerdo Nº
37-Anexo 2 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de
fecha 20 de junio de 2019, a fin de hacerse cargo del 20% de la carga del Juzgado
de lo Contencioso Nº 1 de esa ciudad para cubrir la liberación del 20% de la carga
de trabajo de su Titular, D. Luis Alberto Gómez García, habida cuenta, que, éste,
desempeña las funciones de Juez Decano del partido judicial de León.
A la vista de lo solicitado y del Acuerdo de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, en el que, se libera parcialmente al solicitante
del 20% de su carga de trabajo por su dedicación a las funciones derivadas de su
condición de Decano, dado que las circunstancias que motivaron dicha liberación y
el nombramiento de Magistrado en comisión de servicio sin relevación de funciones
para hacerse cargo de esos asuntos no se han modificado, habiendo manifestado el
comisionado su conformidad para continuar desempeñando la comisión de servicios
sin relevación de funciones, procede proponer la renovación de la comisión de
servicio concedida por otros seis meses, a partir del día 1 de NOVIEMBRE de 2019.
Comuníquese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial a través del
Servicio de Personal Judicial y Oficina Judicial -Sección Oficina Judicial-, a los
efectos contenidos en el mismo.
Comuníquese, asimismo, este acuerdo al Magistrado-Juez Decano de León,
para su conocimiento y traslado al Magistrado-Juez D. Alfonso Pérez Conesa.
10º.- [Expediente General Nº 66/2016].
Ponente: D Ignacio Pando Echevarría.
2019-10-07 SGC ACTA
26
Tomar conocimiento del escrito del Sr. Presidente de la Audiencia Provincial
de Salamanca de 18 de septiembre de 2019, solicitando la renovación de la
comisión de servicio sin relevación de funciones del Magistrado D. Eugenio Rubio
García, Titular del Juzgado de Menores de Salamanca para reforzar la Audiencia
Provincial de Salamanca, dispuesta por acuerdo Nº 12-Anexo 2 de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 16 de junio de 2016, y
renovada por distintos acuerdos siendo el último el acuerdo Nº 10-Anexo 2 de la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de
2019, y que termina el 31 de octubre de 2019, adoptando el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES
PRIMERO. Por acuerdo Nº 12 Anexo 2 de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial de 16 de junio de 2016, se concedió la comisión
de servicio sin relevación de funciones a favor de D. Eugenio Rubio García,
Magistrado titular del Juzgado de Menores de Salamanca a fin de reforzar la
Audiencia Provincial de Salamanca por un período de seis meses. Dicha medida se
ha venido renovando por la Comisión Permanente del Consejo, encontrándose
vigente la última renovación aprobada por acuerdo Nº 10-Anexo 2 de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019, y que
termina el 31 de octubre de 2019, fundamentando la decisión en la carga de trabajo
que soporta la Audiencia Provincial de Salamanca.
SEGUNDO. El Sr. Presidente de la Audiencia Provincial ha solicitado la
prórroga de la comisión de servicio sin relevación de funciones relativas al
Magistrado del Juzgado de Menores de Salamanca, D. Eugenio Rubio García, quien
en la actualidad se encuentra prestando servicios, como Magistrado de refuerzo en
el citado órgano. De igual modo, el propio Magistrado ha mostrado su conformidad
con la solicitud de dicha prórroga, expresando su disposición a continuar en el
desempeño de la función hasta ahora realizada, si así lo autorizara la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
FUNDAMENTACIÓN
PRIMERO. Subsistiendo los motivos que justificaron la adopción de la medida
de que se trata, pues, como se refleja en el escrito remitido por el Presidente de la
Audiencia Provincial de Salamanca, es patente el resultado beneficioso que la
medida está teniendo desde su implantación en tanto que ha contribuido a aliviar el
2019-10-07 SGC ACTA
27
reparto entre el resto de Magistrados e igualmente contribuye satisfactoriamente en
el dictado de resoluciones finales, reduciendo la pendencia del órgano.
SEGUNDO. El incremento en el número de asuntos registrados, conforme
consta en anteriores solicitudes de prórroga, es evidente, a lo que se une el hecho
de que, a fecha 18 de septiembre de 2019, se han registrado en el orden civil 661
recursos de apelación, con una previsión de alcanzar los 900 asuntos,
incrementando la carga de años anteriores (849 en 2018, 875 en 2017, 749 en
2016). A su vez si bien la carga de entrada se ha mantenido en el orden penal, se
destaca por el Sr. Presidente el incremento de recursos contra autos penales (326
frente a 282 en 2018), así como el incremento de los juicios penales en primera
instancia, con las consecuencias de presencia de tres Magistrados en la Sala
durante las sesiones de los juicios.
Igualmente se destaca en el informe la positiva adaptación del Magistrado
comisionado al órgano judicial, habiendo dictado hasta la fecha indicada del informe
un total de 60 asuntos penales y 87 asuntos civiles.
TERCERO. Respecto del plan de actuación, se propone que el comisionado
asuma el 75% del reparto de los titulares, esto es tres procedimientos civiles por
cada cuatro que se repartan a los titulares, e idéntico régimen en materia penal,
excepto en apelaciones de menores, en los que no formará Sala dado su destino en
dicho órgano judicial.
En virtud de lo expuesto ACUERDA:
Proponer al Consejo General del Poder Judicial la prórroga de la medida
acordada consistente en la adscripción obligatoria de D. Eugenio Rubio García, ya
nombrado por acuerdo Nº 10-Anexo 2 de 20 de junio de 2019 de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en comisión de servicio sin
relevación conforme a lo dispuesto en el artículo 216 BIS 1.2 de la LOPJ, para
reforzar la Audiencia Provincial de Salamanca, por un período de seis meses más,
desde el 1 de noviembre de 2019 y manteniendo el mismo plan de actuación que se
sigue en la actualidad, descrito en el fundamento tercero.
Comuníquese este acuerdo, junto con copia de la documentación recibida a la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, a través del Servicio
de Personal y Oficina Judicial, Sección Planta y Oficina Judicial, a los efectos
oportunos.
2019-10-07 SGC ACTA
28
Comuníquese, asimismo, al Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de
Salamanca, para su conocimiento y el del comisionado.
11º.- [Expediente General Nº 107/2018].
Ponente: D. José Ignacio Fontan Silva.
Tomar conocimiento del escrito remitido por el Magistrado-Juez Titular del
Juzgado de lo Social Nº 2 de León, D. Ángel Sorando Pinilla, de fecha 3 de
septiembre de 2019, en el que informa de la actividad desarrollada durante el
segundo trimestre del presente año por Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque,
Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Ponferrada (León),
nombrada en comisión de servicio con relevación de funciones, como medida de
refuerzo en el citado Juzgado de lo Social Nº 2 de León, por Acuerdo Nº 47-Anexo 2
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 21 de
febrero de 2019 y autorizado, a efectos económicos, por el Ministerio de Justicia en
fecha 24 de febrero de 2019.
El Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 2 de León, D. Ángel
Sorando Pinilla, informa que Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque, durante el
segundo trimestre del presente año, ha dictado 169 Sentencias, de ellas, 88 en
procedimientos de reclamación de cantidad y 81 en juicios de Seguridad Social
(despidos y urgentes no forman parte del refuerzo), lo que significa un muy alto nivel
de resolución, teniendo, en cuenta, además, la complejidad de los asuntos que se ha
atribuido a la Juez de refuerzo, deduciéndose, de los datos del informe, que, dicha
medida de refuerzo está siendo eficaz en tanto que se aprecia, no obstante el nivel
de entrada de asuntos, una evidente reducción de la pendencia que presenta el
Juzgado, que de 875 asuntos al final del primer trimestre del presente año, ha
descendido hasta 657, al finalizar el segundo trimestre del mismo.
A la vista de los datos expuestos, se considera muy satisfactoria por la Sala la
actividad desarrollada por la Juez de refuerzo durante el periodo de tiempo referido,
cumpliéndose, en esencia, el plan de actualización recogido en el Acuerdo de la
Comisión Permanente de esta Sala de Gobierno, de fecha 3 de diciembre de 2018 y
aprobado por Acuerdo, de su Pleno, de fecha 17 de diciembre de 2018.
En virtud de lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno
ACUERDA:
2019-10-07 SGC ACTA
29
Tomar conocimiento e informar favorablemente la actividad desarrollada por
Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque, Titular del Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Nº 1 de Ponferrada (León), nombrada en comisión de servicio con
relevación de funciones, como medida de refuerzo en el Juzgado de lo Social Nº 2
de León, durante el periodo correspondiente al segundo trimestre del presente año.
Comuníquese este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, a través
de su Servicio de Inspección, a los efectos contenidos en el mismo, acompañando
copia de la documentación recibida.
Comuníquese, asimismo, el presente Acuerdo, para su conocimiento, al
Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 2 de León y a la comisionada Dª
Alba María Pérez-Bustos Manzaneque.
12º.- [Expediente General Nº 42/2019].
Ponente: Dª Patricia Fresco Simón. Asume la ponencia D. Ignacio
Pando Echevarría por ausencia justificada de la anterior.
Tomar conocimiento del escrito del Presidente de la Audiencia Provincial de
Ávila de 2 de septiembre de 2019, solicitando la prórroga de la comisión de servicio
con relevación de funciones de la Magistrada Dª María del Carmen del Peso Crespo,
Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Ávila, para reforzar la
Audiencia Provincial de Ávila, dispuesta por acuerdo Nº 21-Anexo 2 de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019,
autorizada a efectos económicos el 24 de junio de 2019, y que termina el 31 de
octubre de 2019.
En Burgos, a 7 de octubre de 2019.
HECHOS:
Por escrito de fecha 20/03/2019 el Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia
Provincial de Ávila solicitó ante esta Sala de Gobierno medida de apoyo
urgente consistente en el nombramiento de un JAT o, en su defecto, un
Magistrado en comisión de servicios con relevación de funciones en base a los
motivos que se expusieron y ahora se dan por reproducidos.
Por Acuerdo de esta Comisión Permanente de fecha 8 de abril de 2019 y
previa la argumentación -que consta y ahora se da por reproducida- se apreció
la necesidad de aprobar una medida de apoyo urgente para la Sección Mixta
de la Audiencia Provincial de Ávila mediante una comisión de servicio con
2019-10-07 SGC ACTA
30
relevación de funciones que fue adjudicada a la Magistrada-Titular del Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila, Dª María del Carmen del Peso
Crespo, atendidos los Criterios de la Propuesta de Instrucción sobre
Convocatoria, Tramitación, Resolución y Ejecución de Medidas de Apoyo del
CGPJ de fecha 10/12/2018 como obra en Actas de esta Comisión permanente.
Que por escrito de fecha 2 de septiembre de 2019 el Ilmo. Sr. Presidente
de la Audiencia Provincial de Ávila solicita prorroga de la comisión por período
de 6 meses a favor de la misma comisionada por entender que la evolución ha
sido favorable y subsisten razones de carga de trabajo que evidencian la
necesidad de mantenerla.
FUNDAMENTOS:
PRIMERO.- El artículo 216.bis 1 de la LOPJ dispone: 1. Cuando el
excepcional retraso o la acumulación de asuntos en un determinado juzgado o
tribunal no puedan ser corregidos mediante el reforzamiento de la plantilla de la
Oficina judicial o la exención temporal de reparto prevista en el artículo 167.1, el
Consejo General del Poder Judicial podrá acordar excepcionales medidas de apoyo
judicial consistentes en la adscripción de jueces y magistrados titulares de otros
órganos judiciales mediante el otorgamiento de comisiones de servicio.
2. Los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia podrán proponer
como medida de apoyo la adscripción obligatoria, en régimen de comisión sin
relevación de funciones, de aquellos jueces y magistrados titulares de órganos que
tuviesen escasa carga de trabajo de conformidad con los criterios técnicos
establecidos por el Consejo General del Poder Judicial. Dicha comisión no será
retribuida, aun siendo aprobada, si la carga de trabajo asumida por el adscrito,
computada junto con la de su órgano de procedencia, no alcanza el mínimo
establecido en los referidos criterios técnicos.
3. También se podrá acordar la adscripción en calidad de jueces de apoyo,
por este orden, a los jueces en expectativa de destino conforme al artículo 308.2, a
los jueces que estén desarrollando prácticas conforme al artículo 307.2, a los jueces
de adscripción territorial a que se refiere el artículo 347 bis y excepcionalmente a
jueces sustitutos y magistrados suplentes.
4. Quien participase en una medida de apoyo en régimen de comisión de
servicio sin relevación de funciones quedarán exentos, salvo petición voluntaria, de
2019-10-07 SGC ACTA
31
realizar las sustituciones que le pudiesen corresponder en el órgano del que sea
titular, conforme al plan anual de sustitución.
5. La aprobación por parte del Consejo General del Poder Judicial de
cualquier medida de apoyo precisará la previa aprobación del Ministerio de Justicia
quien únicamente podrá oponerse por razones de disponibilidad presupuestaria,
todo ello dentro del marco que establezca el Protocolo que anualmente suscribirán
ambos a los efectos de planificar las medidas de este tipo que sea posible adoptar.
6. Si la causa del retraso tuviera carácter estructural, el Consejo General del
Poder Judicial, junto con la adopción de las referidas medidas provisionales,
formulará las oportunas propuestas al Ministerio de Justicia o a las Comunidades
Autónomas con competencias en la materia, en orden a la adecuación de la plantilla
del juzgado o tribunal afectado o a la corrección de la demarcación o planta que
proceda.
SEGUNDO.- En virtud de lo anterior y a efectos de lo dispuesto en el apartado
6º del Acuerdo Nº 21 Anexo 2 de la Comisión Permanente del CGPJ de fecha 20 de
junio de 2019 que dispuso la aprobación de la medida de apoyo cuya prórroga ahora
se solicita se emite el siguiente informe a fin de hacer propuesta de renovación y a
tal fin se indica que con arreglo a la petición de prórroga que hace el Ilmo. Sr.
Presidente de la Audiencia Provincial de Ávila subsisten las circunstancias de carga
de trabajo, incremento de la misma (principalmente en asuntos civiles) que es
estructural y de composición de una Audiencia Mixta que cuenta con una sola
Sección compuesta por 3 magistrados, las cuáles, se tuvieron en cuenta al tiempo
de decidir la necesidad de aprobar medida de apoyo urgente lo que fue proveído a
través de Comisión de Servicios con relevación a favor de la Magistrada-Titular del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila.
En el escrito presentado se indica la evolución de datos de registro en los
últimos 5 años, que son los mismos que se tuvieron en cuenta en el Acuerdo de esta
Permanente de fecha 08/04/2019, y, añade, datos desde fecha del Acuerdo a la
actualidad -04/09/2019- indicando: asuntos civiles, 466 y asuntos penales, según
probable evolución más de 500, incluyendo recursos y causas de competencia
propia. Todo lo cual supone que en este año cada magistrado conozca de 470
asuntos (civiles y penales) cuando el módulo que fija el CGPJ en Acuerdo de fecha
28/12/2018 está en 260 asuntos/magistrados/año (civiles y penales).
2019-10-07 SGC ACTA
32
Igualmente se indica que procede la renovación a favor de la misma
Magistrada Titular que ejecuta el refuerzo dado que, a pesar de la elevada carga de
trabajo que presentan los Juzgados Mixtos de la Ciudad de Ávila, es el que menor
de ellos presenta, lo que además procede con el mismo plan de trabajo que hasta la
fecha se viene desarrollando en virtud de la Comisión. Al respecto no hace constar
incidencia ninguna en el órgano de origen.
Por todo ello, se estima concurren las mismas circunstancias que se tuvieron
en cuenta para acordar el refuerzo y que, ahora, justifican la renovación por período
de 6 meses sin que ello afecte a la llevanza del Órgano judicial del que es Titular la
Magistrada/titular que cubre el refuerzo con relevación de funciones, el cual, seguirá
servido en las mismas condiciones que hasta el momento (respecto a lo cual no
constan incidencias).
En base a todo ello esta Comisión Permanente ACUERDA proponer la
PRÓRROGA de la medida de apoyo propuesta igualmente por Acuerdo de esta
misma Comisión Permanente de fecha 8 de abril de 2019 cubierta mediante
comisión de servicios con relevación de funciones a favor la Magistrada/Titular del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila, Dª María del Carmen del
Peso Crespo, Y DISPUESTA POR ACUERDO Nº 21-ANEXO 2 DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DEL CGPJ DE FECHA 20/06/2019, AUTORIZADA A EFECTOS
ECONÓMICOS EL 24/06/2019, PRÓRROGA QUE SE PROPONE POR PERÍODO
DE 6 MESES por subsistencia de los motivos que determinaron su aprobación
según se aprecia en este informe que se emite a los fines del apartado 6º del citado
Acuerdo Nº 21-Anexo 2 de la Comisión Permanente del CGPJ de fecha 20/06/2019
(propuesta de renovación).
Comuníquese este acuerdo junto con copia de la documentación recibida, al
Consejo General del Poder Judicial a través del Servicio de Personal y Oficina
Judicial Sección de Planta y Oficinal Judicial, a los fines oportunos.
Comuníquese igualmente al Presidente de la Audiencia Provincial de Ávila
para su conocimiento y traslado a la Magistrada comisionada.
13º.- [Expediente General Nº 4/2017].
Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.
Tomar conocimiento de las relaciones de los llamamientos prolongados a
Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos, realizados con anterioridad al día 25 de
2019-10-07 SGC ACTA
33
septiembre 2019 que pretenden mantenerse durante el mes de octubre de 2019,
remitidas por diversos Presidentes de Audiencias Provinciales, en cumplimiento del
Acuerdo del Presidente de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de
18 de enero de 2013.
14º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].
Ponente: Dª Maria José Renedo Juárez.
El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no
estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo
303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para
el ingreso en la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la
función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la
rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean
absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno
ejercicio de sus derechos civiles”.
El artículo 389.3 LOPJ establece que “el cargo de juez es incompatible con
los empleos o cargos dotados o retribuidos por la administración del estado,
comunidades autónomas, provincias, municipios y cualesquiera entidades como
organismos o empresas dependientes de unos u otras”.
En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los
siguientes Jueces de Paz por el trámite de designación directa:
* LEÓN:
Posada de Valdeón (Sustituto). Raquel Guerra Gao.
Única candidata, pertenece a un Partido Político y presta servicios en el
Ayuntamiento. De conformidad con el informe emitido por el Ministerio Fiscal quien
entiende que no procede porque está afiliada a Partido Político y prestar servicios en
la Administración Local. por concurrir la causa de incompatibilidad el art 389.3 y 395
LOPJ. No procede su nombramiento.
Torre del Bierzo (Sustituto). María Teresa Alonso Alvarez.
(Auxiliar de Geriatría- EEPP) 35 años, es elegida sobre Ricardo Alonso del
Rio (Albañil, graduado escolar) por el nivel de estudios superior al del otro candidato.
2019-10-07 SGC ACTA
34
Valverde de la Virgen (Sustituto). Antonia Abad Calvo.
Candidata única. No constan antecedentes penales. Maestra. Reúne los
requisitos y no consta esté incurso en ninguna de las causas de incapacidad o de
incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales
* PALENCIA:
Santa Cecilia del Alcor (Sustituto). Carlos Maria de Castro Peinador.
Candidato único. No constan antecedentes penales y está en posesión de
estudios ESO. Reúne los requisitos y no consta esté incurso en ninguna de las
causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las
funciones judiciales
Villarmentero de Campos (Sustituto). María Isabel Gonzalez Cortes.
Candidata única. No constan antecedentes penales. Está en posesión de
Bachiller Superior. Reúne los requisitos y no consta esté incursa en ninguna de las
causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las
funciones judiciales.
15º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].
Ponente: D. José Ramón González Clavijo.
El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no
estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo
303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para
el ingreso en la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la
función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la
rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean
absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno
ejercicio de sus derechos civiles”.
El artículo 389.3 LOPJ establece que “el cargo de juez es incompatible con
los empleos o cargos dotados o retribuidos por la administración del estado,
comunidades autónomas, provincias, municipios y cualesquiera entidades como
organismos o empresas dependientes de unos u otras”.
2019-10-07 SGC ACTA
35
En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los
siguientes Jueces de Paz por el trámite de designación directa:
SALAMANCA:
La Alberca (sustituto): Doña María Victoria Cordón Rodríguez, candidata
única, jubilada, nacida el 30 de agosto de 1951, vecina de la localidad, con
estudios de bachillerato elemental, sin que consten antecedentes penales ni
causa alguna de incompatibilidad o incapacidad para el desempeño del cargo.
Alberguería de Argañán (titular): Gerardo Díaz González, albañil,
graduado escolar, nacido el 14 de julio de 1989, no incurso en causas de
incompatibilidad, sin antecedentes penales y que ha desempeñado anteriormente
el cargo de juez de paz titular, sin que conste nota desfavorable alguna y al que
se da preferencia sobre el resto de candidatos, todos ellos jubilados, con el
mismo nivel de estudios, sin experiencia previa en el cargo y tampoco incursos en
causas de incompatibilidad y sin antecedentes penales.
Cerralbo (sustituto): Roberto Carlos Herrero Rubio, graduado escolar,
nacido el 26 de febrero de 1975, sin antecedentes penales, peón que presta sus
servicios para el Ayuntamiento lo cual no es obstáculo para su nombramiento
ante la falta de otro candidato y lo previsto en el acuerdo de la Comisión
Permanente del CGPJ de 21 de marzo de 2018 relativo a la flexibilidad en la
interpretación de las causas de incompatibilidad de los jueces de paz, sin que se
observe, atendida la profesión citada, que pueda verse afectada la necesaria
imparcialidad en el desempeño del cargo.
Pelabravo (titular): David Rodrigo Rodríguez perito judicial con titulación
de ingeniero informático de sistemas, vecino de Pelabravo, no incurso en causa
de incompatibilidad y sin antecedentes penales. Se da preferencia a este
candidato sobre Paloma Matos Rodríguez por no residir en el pueblo y ser
trabajadora social con estudios de postgrado y sobre María Velázquez González,
bachiller superior y cursando cuarto curso de los estudios de grado en derecho y
administración de empresa y vecina de la localidad.
Sancti Spiritus (sustituto): María Dolores Alonso Torres, candidata única,
actual juez de paz sustituta, nacida el 27 de mayo de 1969, de profesión modista,
2019-10-07 SGC ACTA
36
sin antecedentes penales y sin estar incursa en causa de incompatibilidad, con
estudios de bachillerato administrativo.
Tordillos (sustituto): Nicolás Alonso Blázquez, único candidato, nacido el 2
de septiembre de 1943, jubilado, con estudios primarios, sin antecedentes
penales y no incurso en causa de incompatibilidad.
Villaseco de los Gamitos (titular): Juan José Sánchez Hernández, nacido el
31 de diciembre de 1979, de profesión cerrajero, con estudios de formación
profesional 1, sin antecedentes penales y no incurso en causa de
incompatibilidad y actual juez de paz titular, sin que conste nota desfavorable
alguna, candidato que es elegido con carácter preferente sobre Francisco Javier
Fernández Herrero, de profesión administrativo, con estudios de formación
profesional de administrativo, nacido el 29 de marzo de 1964, sin antecedentes
penales y afiliado a un sindicato, y sobre María Felicidad Sánchez García,
educadora infantil y actualmente de profesión repartidora de pan, nacida el 27 de
octubre de 1966, sin antecedentes penales y no incursa en causa de
incompatibilidad.
Villavieja de Yeltes (titular): Isabel Muriel Estévez, candidata única, de
profesión maestra, con estudios de Profesora de EGB, actual juez de paz titular,
nacida el 16 de marzo de 1981, sin antecedentes penales, vecina de la localidad
y actualmente trabajando la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, lo
que, según el informe del Ministerio Fiscal, no puede considerarse que afecte a la
necesaria imparcialidad del cargo según el criterio flexible que mantiene el CGPJ
en acuerdo de la comisión permanente de 21 de marzo de 2018, en la
interpretación de las causas de incompatibilidad de los jueces de paz (artículos
102 y 389 LOPJ y artículo 14.2b del Reglamento de los Jueces de Paz).
16º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].
Ponente: D. Jesús Carlos Galán Parada.
El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar
incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para el ingreso en
la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los
2019-10-07 SGC ACTA
37
condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los
procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto
de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles”.
En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los siguientes
Jueces de Paz por el trámite de designación directa:
*SEGOVIA
- Fuentesaúco de Fuentidueña (Titular): Se presentan seis solicitantes,
cumpliendo todos ellos los requisitos legales. La Sala considera que la condición de
actual Jueza Sustituta de Dª. SABINA FRIAS VILLAR le otorga superiores garantías
de conocimiento del cargo, sus funciones y sus obligaciones, por lo que se procede
a su nombramiento.
-Marugan (Sustituto): el solicitante único, ENRIQUE LIBRERO
SAMANIEGO, declara pertenecer o trabajar para partido político o sindicato, lo que
es incompatible con la condición de Juez de Paz según el artículo 23 del
Reglamento de Jueces de Paz en relación con el 395 de la LOPJ, por lo que NO
PROCEDE su designación.
- Olombrada (Titular): MARIA DOLORES GARCIA GOMEZ
(Cumple los requisitos legales y es solicitante única)
-Veganzones (Sustituto): MONTSERRAT LOPEZ PERODOMINGO,
solicitante única, declara pertenecer a un partido político o sindicato, lo que es
incompatible con la condición de Juez de Paz según el artículo 23 del Reglamento
de Jueces de Paz en relación con el artículo 395 de la LOPJ, por lo que NO
PROCEDE su designación.
*SORIA
-Almarza (Sustituto): MARIA BLANCA MARTIN JUGO, que reúne los
requisitos legales. No lo hace la otra solicitante, SARA AGUILERA CASTRO, que
declara pertenecer a un sindicato, lo que es incompatible con la condición de Juez
de Paz según el artículo 23 del Reglamento de Jueces de Paz en relación con el
artículo 395 de la LOPJ, por lo que no procede su designación.
-Cañamaque (Sustituto): JESUS BRAVO GALLEGO
(Cumple los requisitos legales y es solicitante único).
2019-10-07 SGC ACTA
38
-Espeja de San Marcelino (Sustituto): MARIA FELICIDAD PASCUAL
CABREJAS
(Cumple los requisitos legales y es solicitante única).
-Fuentestrun (Sustituto): OSCAR LARGO GIL
(Cumple los requisitos legales y es solicitante único).
-San Felices (Sustituto): ANA ISABEL ARGUILE LOPEZ
(Cumple los requisitos legales y es solicitante única).
17º.- ………
18º.- [Expediente General Nº 67/2019].
Tomar conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial de 16 de septiembre de 2019 por el que se desestima el
recurso de reposición Nº 235/2019, interpuesto por D. Raimundo Prado Bernabéu,
portavoz en representación de Asociación Judicial Francisco de Vitoria, D Ignacio
Gonzalez Vega, portavoz en representación de Juezas y Jueces para la Democracia
y Dª Concepción Rodríguez González del Real, presidenta en representación de
Foro Judicial Independiente, contra acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, adoptado en reunión de 9 de mayo de 2019, por el que
se convoca la provisión de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Zamora
(BOE 14 de mayo de 2019).
19º.- [Expediente General Nº 81/2019].
Tomar conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019 por el que se desestima la
solicitud de suspensión del acto impugnado instada en el recurso de reposición Nº
249/2019, interpuesto por D. Raimundo Prado Bernabéu, portavoz en representación
de Asociación Judicial Francisco de Vitoria, D Ignacio Gonzalez Vega, portavoz en
representación de Juezas y Jueces para la Democracia y Dª Concepción Rodríguez
González del Real, presidenta en representación de Foro Judicial Independiente,
contra acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial,
adoptado en reunión de 6 de junio de 2019, por el que se convoca la provisión de la
Presidencia de la Audiencia Provincial de Valladolid (BOE 10 de junio de 2019).
20º.- [Expediente General Nº 81/2018].
Tomar conocimiento del acuerdo Nº 1-Anexo 2 de la Comisión Permanente
del Consejo General del Poder Judicial de 12 de septiembre de 2019 por el que se
2019-10-07 SGC ACTA
39
aprueba la comisión de servicio sin relevación de funciones a favor de Dª María del
Mar Navarro Mendiluce, Magistrada-Juez Titular del Registro Civil Exclusivo Nº 1 de
Valladolid, para atender la sustitución de la vacante en la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia, sede de Valladolid, al haber alcanzado dicha
Magistrada los 180 días anuales de sustitución voluntaria. Y de la autorización
económica de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia
de 16 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.
21º.- [Expediente General Nº 87/2019].
Tomar conocimiento del escrito del Gerente Territorial de Justicia de
Valladolid de 20 de septiembre de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en el
acuerdo Nº 8 de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal
Superior de 11 de septiembre de 2019, en el que se comunica que se cursó por
parte de esa Gerencia petición de una destructora de papel para la Sección Primera
de la Audiencia Provincial de León a la Subdirección General de Obras y Patrimonio
del Ministerio de Justicia con fecha 22 de enero de 2018 y se ha vuelto a reiterar el
día de la fecha del escrito.
22º.- [Expediente General Nº 2/2019].
1. Tomar conocimiento de los correos electrónicos de 11 de julio, 27 de
agosto y 25 de septiembre del actual, remitidos por funcionario de la Subdirección
General de Medios Personales del Ministerio de Justicia y del contenido de los
archivos adjuntos referentes a los refuerzos existentes de funcionarios interinos
de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial (ceses, nuevos nombramientos, prórrogas -no ha
habido-, y refuerzos vigentes) referidos a los meses de junio, julio y agosto de
2019, respectivamente.
2. Remitir al Consejo General del Poder Judicial, en cumplimiento del
apartado b) del Acuerdo Nº 20, adoptado en su reunión del día 22 de abril de 2009,
relativo a las medidas de refuerzo de personal de oficina judicial, copia de la relación
de los nombramientos efectuados por la Subdirección General de Medios
Personales al Servicio de la Administración de Justicia de funcionarios interinos de
los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial, como medidas de refuerzo para los órganos
2019-10-07 SGC ACTA
40
judiciales del ámbito territorial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
durante los meses de junio, julio y agosto de 2019.
Comuníquese este acuerdo, junto con la expresada relación de
nombramientos, al Consejo General del Poder Judicial, a través del Servio de
Personal Judicial -Sección Oficina Judicial- del mismo.
23º.- [Expediente General Nº 26/2019].
Tomar conocimiento del acuerdo Nº 9-Anexo 2 de la Comisión Permanente
del Consejo General del Poder Judicial de 5 de septiembre de 2019 en el que se
toma conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno
del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 21 de marzo de 2019 al que
se adjunta Propuesta de la Sección de Planta y Oficina Judicial sobre el acuerdo
antes mencionado relativo a la creación de un servicio centralizado en el Decanato
de los Juzgados de Salamanca para la designación de peritos y contadores
partidores y aprobación de las normas reguladoras del mismo.
24º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].
Autorizar el anuncio de vacantes para incoar los correspondientes
expedientes para el nombramiento por el trámite de designación directa de Jueces
de Paz de los siguientes municipios, pertenecientes a las provincias que se indican:
* SALAMANCA: Aldehuela de la Bóveda (Sustituto). Hinojosa de Duero
(Sustituto). La Peña (Sustituto). Peromingo (Titular y Sustituto). Tamames
(Sustituto).
* SEGOVIA: Basardilla (Titular y Sustituto). Chañe (Sustituto). Matabuena
(Sustituto). Membibre de la Hoz (Sustituto). Montejo de la Vega Serrezuela (Titular y
Sustituto). Santiuste de Pedraza (Sustituto). Tolocirio (Titular). Villeguillo (Sustituto).
Zarzuela del Pinar (Titular).
25.- [Expediente General Nº 81/2017].
Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.
Adoptar, a la vista del resultado de la publicidad efectuada, realizada
conforme a los criterios fijados por la Instrucción 1/2019 relativa a la formulación de
propuestas de medidas de apoyo judicial y aprobada por acuerdo de 11 de julio de
2019 por la Comisión Permanente del Consejo General Judicial, y en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 216 bis 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de la
medida de apoyo al Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de los de Palencia, que
2019-10-07 SGC ACTA
41
conoce de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones
generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias
cuyo prestatario sea una persona física, consistente en el nombramiento de un Juez
o Magistrado en comisión de servicio sin relevación de funciones, durante la baja por
enfermedad de la Magistrada comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez,
y demás actuaciones que obran en el citado expediente, el siguiente:
ACUERDO
Burgos, a siete de octubre de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES
PRIMERO.- 1. Por Acuerdo de uno de octubre de dos mil diecinueve dictado
al amparo de lo dispuesto en el artículo 160.7 LOPJ, esta Presidencia con el fin de
proponer al Consejo General del Poder Judicial -a través del Servicio de Personal y
Oficina Judicial-Sección de Planta y Oficina Judicial- de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 216 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
una medida de refuerzo para el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de los de
Palencia, que conoce de la materia relativa a las acciones individuales sobre
condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales
inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, una medida de apoyo
consistente en el nombramiento de un Juez o Magistrado en comisión de servicio sin
relevación de funciones, durante la baja por enfermedad de la Magistrada
comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez, ofreció la adecuada
publicidad, a través de la página web del Consejo General del Poder Judicial para
que los Jueces y Magistrados de todo el territorio nacional que pudieran estar
interesados en el nombramiento tuvieran la oportunidad de deducir la
correspondiente petición, dándose la fecha límite del 4 de octubre para que las
solicitudes tuviesen entrada en este Tribunal Superior, quedando supeditada la
comisión de servicio propuesta a su aprobación por el Consejo General del Poder
Judicial y el Ministerio de Justicia.
SEGUNDO.-
Las solicitudes recibidas han sido las de:
-D. VICENTE DÍEZ MARTÍN, Magistrado con destino en el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción Nº 7 de Palencia, con número de escalafón 2.326.
2019-10-07 SGC ACTA
42
- Dª. MARTA ELENA GARCÍA LIÉBANA, Juez con destino en el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción de Cervera de Pisuerga (Palencia), con número de
escalafón 720.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Con base en las razones que para dirimir este tipo de controversias
establece el artículo 216 bis 3, 2º LOPJ, se está en el caso de proponer a D. Vicente
Díez Martín, Magistrado con destino en el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Nº 7 de los de Palencia.
Y ello porque, de entre las solicitudes presentadas, sobresalen los méritos
que acompaña el citado Magistrado, quien además ostenta el número escalafonal
más antiguo de entre los dos candidatos, posee la necesaria experiencia como para
desarrollar la labor exigida con facilidad y resulta ser titular de un Órgano
jurisdiccional en el mismo partido judicial que se encuentra plenamente actualizado
que le permitirá compatibilizar ambas funciones.
De ahí que, siguiendo el tradicional criterio seguido, se esté en el caso de
proponer al mencionado Magistrado.
PARTE DISPOSITIVA
Por lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA:
Proponer al Consejo General del Poder Judicial -a través del Servicio de
Personal y Oficina Judicial, Sección de Planta y Oficina Judicial- de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 216 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, como medida de refuerzo sustitutiva a la ya existente en el Juzgado de
Primera Instancia Nº 2 de los de Palencia -que conoce de la materia relativa a las
acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de
financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona
física-, el nombramiento de un Juez o Magistrado en comisión de servicio sin
relevación de funciones, durante la baja por enfermedad de la Magistrada
comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez, en favor del Ilmo. Sr. D.
VICENTE DÍEZ MARTÍN, Magistrado con destino en el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Nº 7 de Palencia.
Comuníquese este acuerdo, junto con copia de los particulares obrantes en el
Expediente General Nº 81/2017, al Consejo General del Poder Judicial, a través del
2019-10-07 SGC ACTA
43
Servicio de Personal y Oficina Judicial, Sección de Planta y Oficina Judicial, a los
efectos contenidos en el mismo.
Comuníquese, asimismo, el presente acuerdo a los dos solicitantes y al Ilmo.
Sr. D. Jesús Manuel González Villar, titular del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Nº 2 de Palencia, para su conocimiento.
Comuníquese también este acuerdo al Presidente de la Audiencia Provincial
de Palencia y a la Magistrada-Juez Decana de dicho partido para su conocimiento.
FUERA DEL ORDEN DEL DÍA, la Sala de Gobierno, previo examen y
deliberación de los asuntos a que se refieren, adopta los siguientes acuerdos:
26º.- [Expediente General Nº 4/2017].
Proceder a la elaboración del Plan Anual de Sustituciones para el año 2020
en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia, en los términos previstos en los
artículos 199 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Sala acuerda, en relación con el Plan Anual de sustituciones para el año
2020:
1. Aprobado el Real Decreto 700/2013, de 20 de septiembre, por el que se
modifica el Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, por el que se regulan las
retribuciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 15/2003, de 26
de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, abrir un
plazo de 5 días para que aquellos Jueces y Magistrados que aún no lo estén,
puedan integrarse, si así lo desean, en las listas de sustituciones voluntarias,
haciéndoles saber que, en todo caso, pueden hacerlo en cualquier momento
posterior, dándose a tal fin la oportuna publicidad a través del correo electrónico de
este Tribunal Superior de Justicia.
2. Interesar, por correo electrónico, a las Juntas de Jueces, a través de los
respectivos Jueces Decanos, y a los Presidentes de Sala y de Audiencia Provincial
del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia, REMITAN a esta Sala de
Gobierno los correspondientes Planes Anuales de Sustitución 2020 observando los
criterios establecidos en los Acuerdos de esta Sala de Gobierno Nº 11, de 13 de
febrero de 2013, Nº 10, de 25 de noviembre de 2013, Nº 12, de 13 de enero de
2014, y Nº 13, de 3 de febrero de 2014, y los remitan a esta Sala de Gobierno, a
través de la dirección de correo electrónico [email protected], antes
del próximo día 1 de noviembre de 2019, para su aprobación provisional, en su
2019-10-07 SGC ACTA
44
caso, y traslado al Consejo General del Poder Judicial, a efectos de su aprobación
definitiva en los términos que procedan.
Se solicita que se remitan redactados de forma completa, sin remisiones a
planes de sustituciones previamente aprobados y en caso de que en los mismos no
estuviera ya contemplada, que se incluyan todas las posibilidades de sustitución a
que se refiere el artículo 211 de la LOPJ (sustituciones entre juzgados de distinta
clase y orden, y concreto orden de llamamiento en ese caso).
Comuníquese este acuerdo a los Jueces Decanos y Presidentes de Sala y
Audiencias Provinciales del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia.
27º.- ………
28º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].
Nombrar Jueces de Paz Titulares y/o Sustitutos en virtud de los
expedientes incoados por el trámite de elección por el Ayuntamiento, de
conformidad con lo dispuesto en los arts. 101.1 de la L.O.P.J. y concordantes del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los municipios que se indican, a las
siguientes personas:
Municipio Cargo Nombre
LEON:
MANSILLA MAYOR TITULAR NATALI RODRIGUEZ LLAMAZARES PRIARANZA DEL BIERZO TITULAR MIGUEL ANGEL BELLO FRESCO
SAN ESTEBAN DE NOGALES TITULAR RAÚL ALONSO PRIETO
SANTA CRISTINA DE VALMADRIGAL SUSTITUTO ANA MARIA ALONSO CURTO TRABADELO TITULAR JULIO ALVAREZ ALVAREZ
VILLAMANDOS TITULAR SANTOS MARIANO GARCIA VILLASELÁN TITULAR ELENA PUENTE CARDO
PALENCIA:
AUTILLO DE CAMPOS TITULAR MARGARITA CARRIEDO
BOADILLA DE RIOSECO TITULAR LUIS MELERO APARICIO
BOADILLA DEL CAMINO TITULAR ANA ELISA LOMAS VILLAN CASTRILLO DE ONIELO TITULAR MARIA SOLEDAD CALLEJA SERRANO
PEDRAZA DE CAMPOS TITULAR ANGEL TRIGUEROS LOBOS VILLOLDO TITULAR DIONISIO FERNANDEZ HERREZUELO
SALAMANCA:
ABUSEJO TITULAR ANA MARIA MARCOS MARTIN
ALDEACIPRESTE TITULAR MARCELINO PUENTE GARCIA
ALDEANUEVA DE FIGUEROA SUSTITUTO JOSE MARIA DEL BRIO MORO BASTIDA (LA) TITULAR VALENTIN RODRIGUEZ PEREZ
CABRILLAS TITULAR LUCIA MARTIN MATILLA CABRILLAS SUSTITUTO ANTONIO MARTIN MATILLA
ESPEJA SUSTITUTO MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ GARCIA FRADES DE LA SIERRA TITULAR CAMILO NAVARRO GONZALEZ
FRADES DE LA SIERRA SUSTITUTO IVAN NAVARRO DOMINGUEZ
FREGENEDA (LA) SUSTITUTO JULIAN CORREDERA PIÑEL FUENTEGUINALDO TITULAR MARIA LUISA SANCHEZ TAPIA
GOLPEJAS TITULAR MARIA LORENZA IGLESIAS PEREZ ITUERO DE AZABA TITULAR RAQUEL SANCHEZ HERRERO
LAGUNILLA TITULAR CLARA HERNANDEZ NOVOA LARRODRIGO TITULAR ROBERTO PEREZ VICENTE
LEDESMA TITULAR FRANCISCO SANCHEZ VICENTE
2019-10-07 SGC ACTA
45
MAYA (LA) TITULAR MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ MIEZA SUSTITUTO RENATO CAPELLA CACCAVO
NAVAMORALES TITULAR JOAQUIIN HERNANDEZ DIAZ
NAVARREDONDA DE LA RINCONADA TITULAR INOCENCIO ASENSIO FRANCISCO NAVASFRIAS TITULAR MAURICIO MOREIRO MOREIRO
NAVASFRIAS SUSTITUTO LIDIA PIRIZ SANCHEZ ORBADA (LA) TITULAR MANUEL MARTÍN GARCÍA
PALENCIA DE NEGRILLA SUSTITUTO MIGUEL CASTRO LASO
PAYO (EL) TITULAR JESUS MANGAS MARTIN PAYO (EL) SUSTITUTO ALFREDO PEREZ DE LA MONJA
PEDROSILLO DE ALBA TITULAR MANUELA CURTO CALLE PITIEGUA TITULAR AGUSTIN GONZALEZ GARCIA
PITIEGUA SUSTITUTO FERNANDO FERNÁNDEZ GARCÍA ROBLIZA DE COJOS TITULAR ROSA MARIA PEREZ SANCHEZ
ROBLIZA DE COJOS SUSTITUTO MARIA ANUNCIACION GALLEGO GARCIA
ROLLAN SUSTITUTO MARIA BLANCA MANGAS MARTIN SALMORAL TITULAR SILVIA MARFIL GARCIA
SALVATIERRA DE TORMES TITULAR MARIA TERESA RODRIGUEZ GARCIA TRABANCA TITULAR ELISEO SARDÓN HERNÁNDEZ
SEGOVIA:
ALDEA REAL SUSTITUTO MIGUEL ANGEL TEJERO HERRANZ ARCONES TITULAR INOCENCIO RODRIGUEZ DEL AMO
BERNUY DE PORREROS TITULAR EVA MARIA DE FRUTOS MONTES
CASTROSERNA DE ABAJO SUSTITUTO HIPOLITO GARCÍA GARCÍA
CEREZO DE ABAJO TITULAR JULIA MORENO RAMOS DONHIERRO TITULAR GERARDO HURTADO VELAZQUEZ
ESPINAR, EL TITULAR RAQUEL ALVAREZ RODRIGUEZ
ESPINAR, EL SUSTITUTO SANDRA FERNANDEZ MORENO FRESNEDA DE CUELLAR SUSTITUTO CESAR DE LA FUENTE ARRANZ
FUENTEPIÑEL TITULAR FERNANDO DIEZ GOMEZ HONTALBILLA TITULAR CAROLINA SANZ MARTIN
LANGUILLA TITULAR MARÍA CRUZ EVENCIA IGLESIA MARTIN
MADERUELO TITULAR RAFAEL MARTIN AYUSO MARTIN MIGUEL TITULAR CÁNDIDO GARCÍA BALLESTEROS
MONTEJO DE AREVALO TITULAR MARIA ANGELES JIMENEZ RODRIGUEZ MONTEJO DE AREVALO SUSTITUTO ONESIMO SAIZ AJO
MONTERRUBIO TITULAR JOSE ANTONIO DE FRUTOS OTERO MONTERRUBIO SUSTITUTO ISABEL GIL PERUJO
MOZONCILLO TITULAR ANA ISABEL ARRIBAS MATESANZ
NAVAS DE RIOFRIO TITULAR MARIA ESTRELLA VEGA CALLE NIEVA TITULAR MIGUEL ANGEL SANZ DE PEDRO
NIEVA SUSTITUTO MARGARITA BLANCO MUÑOZ OREJANA TITULAR JUAN ANTONIO MUÑOZ GONZALEZ
OTERO DE HERREROS SUSTITUTO JOAQUINA MORENO ALCAIDE
PEDRAZA TITULAR SANTIAGO PASCUAL ALONSO
PEDRAZA SUSTITUTO EULOGIO MANRIQUE GARCÍA
PEROSILLO SUSTITUTO TRIFÓN-JOSÉ DOMINGO GONZÁLEZ REMONDO TITULAR YOLANDA MATILDE MARTIN SANZ
REMONDO SUSTITUTO MONICA GAMARRA LOZANO SACRAMENIA SUSTITUTO VENANCIO MARTIN ANDRES CRISTOBAL
SAN MARTIN Y MUDRIAN TITULAR ESTEBAN FUENTETAJA SANTOS
SANCHONUÑO SUSTITUTO MARIA PALOMA PERLA ALONSO VICENTE SANTIUSTE DE PEDRAZA TITULAR ALBERTO DE LA FUENTE BARON
SANTIUSTE DE SAN JUAN BAUTISTA TITULAR BEATRIZ HERRERO GARCÍA
SANTIUSTE DE SAN JUAN BAUTISTA SUSTITUTO MARIA LUISA AJO JIMENEZ
SORIA:
BAYUBAS DE ABAJO TITULAR MONTSERRAT LÓPEZ HUESO
CASTILFRIO DE LA SIERRA TITULAR ELEUTERIO DEL RIO MARTINEZ MOMBLONA SUSTITUTO BIENVENIDA BAQUEDANO
POZALMURO SUSTITUTO JOSÉ GERARDO PARDO ASENSIO VIZMANOS TITULAR JORGE DEL RINCÓN GARCIA
VIZMANOS SUSTITUTO CRISTINA GARCIA PÉREZ
No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión que ha
durado dos horas.
En prueba de todo ello, extiendo la presente acta que es firmada por el
Excmo. Sr. Presidente, de lo que yo, la Secretaria de la Sala de Gobierno, doy fe.