ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

34
ACTA Nº 36-12 Sesión celebrada el 22 de octubre de 2012 Acta de la sesión ordinaria treinta y seis de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del veintidós de octubre del dos mil doce. Miembros presentes: Dr. Gary Amador Badilla, Presidente, Dra. Ligia Roxana Sánchez Boza, Vicepresidenta; Licda. Rosibel Jara Velásquez, Secretaria; Lic. Álvaro Sánchez González, Prosecretario; Lic. Francisco Rodríguez Araya, Vocal I; Licda. Nazira Merayo Arias, Vocal II; M.Sc. Eduardo Calderón Odio, Vocal V; Licda. Rocío Leiva Trejos, Fiscal. Miembros ausentes con justificación: M.Sc. Jorge Eduardo Villegas Rojas, Tesorero; M.Sc. Juan Carlos Brenes Vargas, Vocal III; M.Sc. María Cristina Gómez Fonseca, Vocal IV. Funcionarios Asistentes: Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, Sra. Annia Picado Mesén. Secretaria de Actas. ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN. El Dr. Gary Amador Badilla, Presidente, comprobado el quórum de ley da inicio a la sesión ordinaria Nº 36-12, del 22 de octubre de 2012. ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA. El Dr. Gary Amador Badilla, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.-Comprobación de quórum e inicio de sesión, 2.-Aprobación de Agenda Presidencia, 3.- Lectura y Aprobación del acta 35-2012, del 08 de octubre de 2012; 4.- Correspondencia, 5.- Informe de Presidencia, 6.-Informe de Directores y Directoras, 7-Informe de la Dirección Ejecutiva. 8- Informes Breves de Fiscalía. SE ACUERDA 2012-36-001 Aprobar la agenda de Presidencia, presentada por el Dr. Gary Amador Badilla. Siete votos. 1 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 2

Transcript of ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Page 1: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

ACTA Nº 36-12Sesión celebrada el 22 de octubre de 2012

Acta de la sesión ordinaria treinta y seis de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del veintidós de octubre del dos mil doce. Miembros presentes: Dr. Gary Amador Badilla, Presidente, Dra. Ligia Roxana Sánchez Boza, Vicepresidenta; Licda. Rosibel Jara Velásquez, Secretaria; Lic. Álvaro Sánchez González, Prosecretario; Lic. Francisco Rodríguez Araya, Vocal I; Licda. Nazira Merayo Arias, Vocal II; M.Sc. Eduardo Calderón Odio, Vocal V; Licda. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.

Miembros ausentes con justificación: M.Sc. Jorge Eduardo Villegas Rojas, Tesorero; M.Sc. Juan Carlos Brenes Vargas, Vocal III; M.Sc. María Cristina Gómez Fonseca, Vocal IV.

Funcionarios Asistentes: Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, Sra. Annia Picado Mesén. Secretaria de Actas. ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN.

El Dr. Gary Amador Badilla, Presidente, comprobado el quórum de ley da inicio a la sesión ordinaria Nº 36-12, del 22 de octubre de 2012.

ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA.

El Dr. Gary Amador Badilla, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.-Comprobación de quórum e inicio de sesión, 2.-Aprobación de Agenda Presidencia, 3.- Lectura y Aprobación del acta 35-2012, del 08 de octubre de 2012; 4.- Correspondencia, 5.- Informe de Presidencia, 6.-Informe de Directores y Directoras, 7-Informe de la Dirección Ejecutiva. 8- Informes Breves de Fiscalía.

SE ACUERDA 2012-36-001 Aprobar la agenda de Presidencia, presentada por el Dr. Gary Amador Badilla. Siete votos.

ARTICULO 3) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA No. 35-12, DEL 08 DE OCTUBRE DEL 2012.

Revisada el acta 35-12 del 08 de octubre del 2012 por los señores Directores y Directoras y realizadas las observaciones pertinentes, proceden a aprobarla.

SE ACUERDA 2012-36-002 Aprobar el acta 35-12 celebrada el 08 de octubre del 2012, con las observaciones realizadas por los señores Directores y Directoras. Siete votos.

LOS DOCUMENTOS FORMAN PARTE DE LOS ATESTADOS DEL ACTA.

1

123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546474849

2

Page 2: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 2 de 26

ARTICULO 4) CORRESPONDENCIA.

1. Nota TEI-007-2012, enviada por el Tribunal de Elecciones Internas, por medio de la cual comunican que mediante acuerdo 2012-06-009 de la sesión 06-2012 del 12 de octubre del 2012, el Tribunal considera que por la vasta experiencia que posee el Lic. Sergio Donato Calderón en el ámbito electoral, desean recomendarlo como miembro suplente, quedando al buen saber de la Junta Directiva del Colegio, por quién sustituirlo.

SE ACUERDA 2012-36-003 Con base en la nota TEI-007-2012, enviada por el Tribunal de Elecciones Internas, se nombra al Lic. Sergio Donato Calderón como miembro suplente de dicho Tribunal. Lo anterior tomando en cuenta la amplia experiencia del Licenciado Donato en el ámbito electoral. Se sustituye por el Lic. Eduardo Incer Sevilla, debido a que por motivos personas se le dificulta asistir a las sesiones. Seis votos. Responsable: Tribunal Interno de Elecciones. El Lic. Álvaro Sánchez González, se encontraba fuera en el momento de la votación.

2. Informe AL-367-2012, suscrito por el Lic. Arnoldo Segura Santisteban, Departamento Legal, mediante la cual manifiesta el Lic. Gerardo Severino Ordóñez, informa que fue diagnosticado como paciente portador de esquizofrenia esquizo-afectiva en tratamiento psiquiátrico con control adecuado y varios ingresos en el Hospital Nacional Psiquiátrico y Hospital Calderón Guardia, por lo que no se encuentra en condiciones de laborar. Como consecuencia de su enfermedad y de la imposibilidad de ejercer la profesión de abogado, se le imposibilitó cumplir con el pago de las cuotas de colegiatura, por tal razón fue suspendido. En virtud de lo anterior, solicita que se valore su caso conforme al articulo 9 y 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, y se determina si es posible recibir ayuda ecónomo de parte del Colegio o si tiene derecho al Fondo de Mutualidad o entrega de algún dinero o ayuda con lo cual pueda paliar, la difícil situación económica que atraviesa. “SOBRE EL FONDO El artículo 31 de Ley Orgánica del Colegio de Abogados cita: Artículo 31.- (*) Tiene por objeto el Fondo de Mutualidad auxiliar, por una sola vez, con la suma de seis mil colones a la persona o personas que haya designado el mutualista, como se expresa en el Reglamento respectivo y en su defecto a sus herederos en casos excepcionales suministrar un auxilio global, una sola vez por año o dividido en doce pagos mensuales, a los miembros del Colegio residentes en Costa Rica, que por motivo de enfermedad debidamente comprobada o por otra circunstancia muy calificada, a juicio de la Junta Directiva, requieran el auxilio para su subsistencia o la de su familia o para la atención de su enfermedad. La Directiva no concederá ese auxilio mensual si en alguna forma pudiera aminorar el pago de los auxilios por defunción. A fin de poder interpretar y entender la norma transcrita, se hace necesario saber cuáles son las obligaciones de los agremiados. Al respecto debe citarse que el artículo 9 inciso 3 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, dispone que los ahogados se encuentran obligados a: "'(...) 3. pagar las contribuciones que la ley o el Colegio les imponga. (...) y se impondrán las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento,”. La cuota de colegiatura constituye una carga pecuniaria o requisito obligatorio para los agremiados. La misma Ley Orgánica en el artículo 33 establece que el abogado que incurriere en un atraso mayor de seis meses en el pago de las cuotas de mutualidad, será reconvenido y se le dará un mes de plazo para el pago, en caso de incumplimiento será suspendido en el ejercicio de .sus funciones, la suspensión subsistirá mientras el Tesorero

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 3: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 3 de 26

del Colegio no dé cuenta de que han sido pagados las cuotas atrasadas, más una multa de un veinticinco por ciento de exceso. Los abogados que son suspendidos por morosidad quedan inhabilitados para ejercer la profesión, pudiendo habilitarse si cancelan las cuotas de colegiaturas que adeudan, por lo que siempre será aplicable el articulo 9 inciso 3 de la Ley Orgánica del Colegio, que impone la obligación a los abogados de pagar las cuotas. Siendo que los artículos 9 inciso 3 y artículo 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, y artículo 11 del Reglamento Interno, señalan la obligatoriedad de los abogados que pertenezcan al Colegio de cancelar las cuotas por colegiatura. Por tanto, si un abogado suspendido por morosidad no cancela las cuotas adeudadas, no podrá gozar de las prerrogativas que su pago implica, tales como las del régimen de seguridad social. De conformidad con lo anterior, el auxilio al que hace referencia el articulo 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, supone que el agremiado debe estar al día en el pago de sus obligaciones con el Colegio (cuotas de colegiatura) ya que de esto depende que el fondo de Mutualidad subsista, y estar activo, entendido esto como el hecho de no encontrarse suspendido por ninguna razón. Al no estar el patente a derecho en sus obligaciones con la Corporación, el auxilio requerido no puede serle reconocido, ya que de ser así se estaría privando a otros agremiados que si han contribuido con el mantenimiento del fondo de Mutualidad de poder acceder a un auxilio de esta naturaleza.

SE ACUERDA 2012-36-004 Avalar el informe AL-367-2012 del Departamento Legal, sobre solicitud realizada por el Lic. Gerardo Severino Ordóñez, diagnosticado como paciente portador de esquizofrenia esquizo-afectiva en tratamiento psiquiátrico en el sentido que como consecuencia de su enfermedad y de la imposibilidad de ejercer la profesión de abogado, se le imposibilitó cumplir con el pago de las cuotas de colegiatura, por tal razón fue suspendido, por lo que solicita se le que se valore su caso conforme al articulo 9 y 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, y se determina si es posible recibir ayuda ecónomo de parte del Colegio o si tiene derecho al Fondo de Mutualidad o entrega de algún dinero o ayuda con lo cual pueda paliar la difícil situación económica que atraviesa. Al respecto se hacen propios los fundamentos del Departamento Legal: El artículo 31 de Ley Orgánica del Colegio de Abogados cita: Artículo 31.- (*) Tiene por objeto el Fondo de Mutualidad auxiliar, por una sola vez, con la suma de seis mil colones a la persona o personas que haya designado el mutualista, como se expresa en el Reglamento respectivo y en su defecto a sus herederos en casos excepcionales suministrar un auxilio global, una sola vez por año o dividido en doce pagos mensuales, a los miembros del Colegio residentes en Costa Rica, que por motivo de enfermedad debidamente comprobada o por otra circunstancia muy calificada, a juicio de la Junta Directiva, requieran el auxilio para su subsistencia o la de su familia o para la atención de su enfermedad. La Directiva no concederá ese auxilio mensual si en alguna forma pudiera aminorar el pago de los auxilios por defunción. A fin de poder interpretar y entender la norma transcrita, se hace necesario saber cuáles son las obligaciones de los agremiados. Al respecto debe citarse que el artículo 9 inciso 3 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, dispone que los ahogados se encuentran obligados a: "'(...) 3. pagar las contribuciones que la ley o el Colegio les imponga. (...) y se impondrán las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento,”. La cuota de colegiatura constituye una carga pecuniaria o requisito obligatorio para los agremiados. La misma Ley Orgánica en el artículo 33

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 4: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 4 de 26

establece que el abogado que incurriere en un atraso mayor de seis meses en el pago de las cuotas de mutualidad, será reconvenido y se le dará un mes de plazo para el pago, en caso de incumplimiento será suspendido en el ejercicio de .sus funciones, la suspensión subsistirá mientras el Tesorero del Colegio no dé cuenta de que han sido pagados las cuotas atrasadas, más una multa de un veinticinco por ciento de exceso. Los abogados que son suspendidos por morosidad quedan inhabilitados para ejercer la profesión, pudiendo habilitarse si cancelan las cuotas de colegiaturas que adeudan, por lo que siempre será aplicable el articulo 9 inciso 3 de la Ley Orgánica del Colegio, que impone la obligación a los abogados de pagar las cuotas. Siendo que los artículos 9 inciso 3 y artículo 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, y artículo 11 del Reglamento Interno, señalan la obligatoriedad de los abogados que pertenezcan al Colegio de cancelar las cuotas por colegiatura. Por tanto, si un abogado suspendido por morosidad no cancela las cuotas adeudadas, no podrá gozar de las prerrogativas que su pago implica, tales como las del régimen de seguridad social. De conformidad con lo anterior, el auxilio al que hace referencia el articulo 30 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, supone que el agremiado debe estar al día en el pago de sus obligaciones con el Colegio (cuotas de colegiatura) ya que de esto depende que el fondo de Mutualidad subsista, y estar activo, entendido esto como el hecho de no encontrarse suspendido por ninguna razón. Al no estar el patente a derecho en sus obligaciones con la Corporación, el auxilio requerido no puede serle reconocido, ya que de ser así se estaría privando a otros agremiados que si han contribuido con el mantenimiento del fondo de Mutualidad de poder acceder a un auxilio de esta naturaleza. Siete votos. Responsable: Secretaría-Comunicar.

3. Nota DE-REIN-017-2012, suscrita por la Dirección Ejecutiva, mediante la cual indica que la Licda. Patricia Vargas González, carné Nº 8168, solicita su reincorporación al Colegio de Abogados. Aporta los documentos de la suspensión voluntaria y la actualización de datos. Por lo que cumplido con los requisitos, se recomienda tramitar la reincorporación.

SE ACUERDA 2012-36-005 Aceptar la reincorporación de la Licda. Patricia Vargas González, carné Nº 8168. Siete votos. A partir de la firmeza del presente acuerdo. Responsable: Interesada, Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

4. Nota DE-REIN-018-2012, suscrita por la Dirección Ejecutiva, mediante la cual indica que el Lic. Erick Núñez Rodríguez, carné Nº 6836, solicita su reincorporación al Colegio de Abogados. Aporta los documentos de la suspensión voluntaria y la actualización de datos. Por lo que cumplido con los requisitos, se recomienda tramitar la reincorporación.

SE ACUERDA 2012-36-006 Aceptar la reincorporación del Lic. Erick Núñez Rodríguez, carné Nº 6836. A partir de la firmeza del presente acuerdo. Siete votos. Responsable: Interesada, Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

5. Nota DE-ISV-018-2012, suscrita por el Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, donde indica que realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad, se encuentra al día en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 5: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 5 de 26

voluntaria de la Licda. Nubia Orfir Ortíz Cleves, carné nº 21.058. Aporta carné del Colegio. SE ACUERDA 2012-36-007 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Nubia Orfir Ortíz Cleves, carné nº 21.058. A partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida. Siete votos. Responsable: Interesada, Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

Al ser las diecinueve horas con siete minutos ingresa la Licda. Rosibel Jara Velásquez.

6. Nota PRV-085-2012 suscrita por la MSc. Merari Herrera Campos, Proveedora General, mediante la cual informa que con relación a la contratación de una empresa que brinde servicios corporativos, que incluya facilidades para realizarse chequeos preventivos y de tratamientos especializados del estado de salud de las personas agremiadas. Se procedió con la confección de la Contratación Directa No.2012CD-000046-CAB denominada “Contratación de servicios de medicina corporativa para el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica”, se realizó invitación por medio de correo electrónico a seis posibles oferentes, de los cuales se recibieron dos ofertas. Se evaluaron los siguientes aspectos para que la escogencia fuese más objetiva: Precio 60 puntos, Descuentos 10 puntos, Experiencia 30 puntos: Total 100 puntos. Por lo anterior, recomienda la adjudicación a la empresa Clínica Los Ángeles Especialidades Médicas, Representada Por Rofeiladim, S.A., la cual obtuvo 93.75 puntos de los 100 posibles, por un monto de ¢7.500.00 por consulta por paciente para un máximo mensual de ¢375.000.00 para la atención de 50 personas, éste servicio sería contratado por un periodo de seis meses, pudiéndose prorrogar por otro periodo igual, hasta un máximo de un año a criterio de la Junta Directiva del Colegio.

SE ACUERDA 2012-36-008 Con base en la nota PRV-085-2012 suscrita por la MSc. Merari Herrera Campos, Proveedora General, adjudicar la Contratación Directa número 2012CD-00046-CAB denominada "Contratación de servicios de medicina corporativa para el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica", a la empresa Clínica Los Ángeles Especialidades Medidas representada por ROFEILADIM S.A., para la atención como mínimo de 50 personas por mes, por cuanto cumple con los requisitos de ley y de contenido presupuestario. Lo anterior en beneficio de los agremiados y agremiadas de la Corporación. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable. Departamento de Proveeduría, Departamento de Finanzas y Presupuesto, Departamento Legal.

7. Nota DFyP-087-2012, suscrita por la Licda. Mayela Guillén Garro, Directora de Finanzas y Presupuesto y el Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, mediante la cual presentan el Proyecto de Presupuesto del Colegio de Abogados de Costa Rica, para el año 2013, el mismo ha sido confeccionado por la Dirección de Finanzas y revisado conjuntamente con el Director Ejecutivo y el señor Tesorero de esta Junta.

Los señores Directores y Directoras, lleva a cabo una revisión y discusión del proyecto presupuesto:

a) SE ACUERDA 2012-36-009 Aprobar la propuesta de liquidación del presupuesto del

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 6: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 6 de 26

año 2011, para el fondo de común por ¢456.168.861.36, la cual se incorporará en el presupuesto del año 2013, para ser elevado a conocimiento y aprobación de la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el 12 de noviembre del 2012. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Lic. Eduardo Villegas Rojas.

b) SE ACUERDA 2012-36-010 Aprobar el proyecto de Presupuesto del Colegio de Abogados y Abogadas para el año 2013, por un monto total de ¢3.173.697.000, para ser elevado a conocimiento y aprobación de la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el 12 de noviembre del 2012. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Lic. Eduardo Villegas Rojas.

Se adjuntan los documentos con el detalle del Proyecto Presupuesto a los atestados del acta.

8. Nota DAI-350-2012, suscrita por el M.Ed. Enrique Sibaja Núñez, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación. La próxima ceremonia de Incorporación Ordinaria se llevaría a cabo el martes 06 de noviembre a las 5:00 p.m: Jean Ariel Abarca Jiménez Univ. Central Deseado Gabriel Abarca Vargas Univ. San José María José Alvarado Núñez Univ. San José Lissette Araya Paniagua Univ. San José Marta Lucía Araya Pereira Univ. Federada de Costa Rica Wilberth Yohancen Arce Acuña Univ. Florencio del Castillo Jaime José Barboza Hernández Univ. de Costa Rica María Auxiliadora Barrientos Mora Univ. Latina de Costa Rica Raquel Johanna Benavides Sánchez Univ. Hispanoamericana Nadia Marcela Bermúdez Ramírez Univ. Federada de Costa Rica Natasha Blanco Elizondo Univ. Latina de Costa Rica Mario Alberto Bonilla Morales Univ. Florencio del Castillo Alberto Brenes Angulo Univ. Autónoma de Centro América Alfredo Brumley Robinson Univ. Cristiana del Sur Alejandro José Burgos Bonilla Univ. de Costa Rica Mariela Calderón Ramírez Univ. Federada de Costa Rica Jeanneth Calderón Vásquez Univ. Hispanoamericana Marco Vinicio Calvo Montero Univ. Latina de Costa Rica Carmen Cascante Arias Univ. de Costa Rica Jimmy Castro Arriola Univ. Panamericana Kattia Elizabeth Chavarría Prado Univ. Central Carolina Chin Zúñiga Univ. de Costa Rica Rafael Corrales Ceciliano Univ. Metodista de Costa Rica Andrés Corrales Guzmán Univ. Ciencias y el Arte de Costa Rica Andrea Eugenia Cortés Rodríguez Univ. San José Enna Lorena Cubero Castro Univ. Hispanoamericana Claudio Antonio Donato López Univ. de Costa Rica Jonathan Fallas Molina Univ. La Salle Randall Flores Herrera Univ. San José Norma Cecilia Fonseca Cascante Univ. Federada de Costa Rica Ana Sofía Freer Bolaños Univ. La Salle Gloriana Gamboa Castillo Univ. Federada de Costa Rica Katherine Priscilla Godinez Méndez Univ. Fidélitas Ovidio González Cruz Univ. San José Víctor Hugo González Espinoza Univ. del Valle Georgina González Zúñiga Univ. Metodista de Costa Rica Johanna Gabriela González Zúñiga Univ. de Costa Rica Adriana Guerrero Peña Univ. Federada de Costa Rica Ana Lidia Guerrero Vásquez Univ. San José Solange Gutiérrez Guido Univ. San José Ana Talía Gutiérrez Varela Univ. Central Enrique Hernández Alvarado Univ. Autónoma de Centro América Víctor Manuel Herrera Jara Univ. de San José Melissa Jiménez Aguilar Univ. Federada de Costa Rica Gerardo Manuel Jiménez Barahona Univ. Central Daniela María Kirsch Alarcón Univ. Metodista de Costa Rica Carlos Eduardo Ledezma Fernández Univ. San

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 7: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 7 de 26

José Mong-Ching Lin Univ. Latina de Costa Rica Jéssica Lobo Carrillo Univ. de las Ciencias y el Arte de Costa Rica Jennifer López Rojas Univ. Latina de Costa Rica Jonathan Martínez Fernández Univ. Latina de Costa Rica Francisco Eduardo Martínez Ortiz Univ. Cristiana del Sur Carla María Martínez Umaña Univ. Latina de Costa Rica Víctor Hugo Martínez Zúñiga Univ. Autónoma de Centro América Montserrat Matamoros Zúñiga Univ. Autónoma de Centro América Marco Alfredo Méndez Sánchez Univ. San José Jessica María Menocal Quesada Univ. San José Melvin Montero Murillo Univ. Cristiana del Sur Erika Natalia Mora Campos Univ. San José Jorge David Morales Ramírez Univ. Internacional de las Américas Juan José Morales Rivera Univ. Cristiana del Sur José Francisco Morales Salinas Univ. Santa Lucía Roberth Alberto Morales Vargas Univ. Florencio del Castillo Julio Antonio Morera Vargas Univ. Autónoma de Centro América Dinia Murillo Murillo Univ. San José Yojever Ortega Brenes Univ. Libre de Derecho Allan Pearsall Casafont Univ. Cristiana del Sur Cristian Pereira Quirós Univ. Cristiana del Sur Yesenia Quesada Rojas Univ. Santa Lucía Adolfo Quirós Bolaños Univ. Hispanoamericana Edgar Antonio Quirós Reyes Univ. Cristiana del Sur Ronald Gerardo Rivera Sánchez Univ. Cristiana del Sur Amy Pamela Rodríguez Jiménez Univ. Escuela Libre de Derecho Siany María Rodríguez Oreamuno Univ. Latina de Costa Rica Diana Rodríguez Salas Univ. Fidélitas Alix Joan Roger Rosales Univ. Cristiana del Sur Mario Romero Zúñiga Univ. de Costa Rica Analizh Salas Hernández Univ. Latina de Costa Rica Fernando Sanabria Porras Univ. de Costa Rica Marcial Sánchez Benavides Univ. Autónoma de Centro América Carolina Sánchez Mata Univ. Autónoma de Centro América Lilliam Solís Hernández Univ. Latina de Costa Rica Karina Solórzano Cascante Univ. Latinoamericana de Ciencia y Tecnología Melissa Soto Morúa Univ. San José Francisco Soto Vega Univ. de Costa Rica José Ariel Valverde Briceño Univ. Latina de Costa Rica Carlos Enrique Valverde Jiménez Univ. Latina de Costa Rica Irene Valverde Solís Univ. San José Fabiola Milena Vega Guerrero Univ. Cristiana del Sur José David Venegas Sibaja Univ. Metropolitana Castro Carazo Cindy Milena Villegas Hidalgo Univ. Autónoma de Centro América María José Víquez Alpízar Univ. Latina de Costa Rica Josefina Zúñiga Morales Univ. Cristiana del Sur.

SE ACUERDA 2012-36-011 Aprobar las solicitudes de los licenciados y licenciadas en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, que se llevará a cabo el martes 06 de noviembre a las 5:00 p.m: Jean Ariel Abarca Jiménez Univ. Central Deseado Gabriel Abarca Vargas Univ. San José María José Alvarado Núñez Univ. San José Lissette Araya Paniagua Univ. San José Marta Lucía Araya Pereira Univ. Federada de Costa Rica Wilberth Yohancen Arce Acuña Univ. Florencio del Castillo Jaime José Barboza Hernández Univ. de Costa Rica María Auxiliadora Barrientos Mora Univ. Latina de Costa Rica Raquel Johanna Benavides Sánchez Univ. Hispanoamericana Nadia Marcela Bermúdez Ramírez Univ. Federada de Costa Rica Natasha Blanco Elizondo Univ. Latina de Costa Rica Mario Alberto Bonilla Morales Univ. Florencio del Castillo Alberto Brenes Angulo Univ. Autónoma de Centro América Alfredo Brumley Robinson Univ. Cristiana del Sur Alejandro José Burgos Bonilla Univ. de Costa Rica Mariela Calderón Ramírez Univ. Federada de Costa Rica Jeanneth Calderón Vásquez Univ. Hispanoamericana Marco Vinicio Calvo Montero Univ. Latina de Costa Rica Carmen Cascante Arias Univ. de Costa Rica Jimmy Castro Arriola Univ. Panamericana Kattia Elizabeth Chavarría Prado Univ. Central Carolina Chin Zúñiga Univ. de Costa Rica Rafael Corrales Ceciliano Univ. Metodista de Costa Rica Andrés Corrales Guzmán Univ. Ciencias y el Arte de Costa Rica Andrea Eugenia

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 8: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 8 de 26

Cortés Rodríguez Univ. San José Enna Lorena Cubero Castro Univ. Hispanoamericana Claudio Antonio Donato López Univ. de Costa Rica Jonathan Fallas Molina Univ. La Salle Randall Flores Herrera Univ. San José Norma Cecilia Fonseca Cascante Univ. Federada de Costa Rica Ana Sofía Freer Bolaños Univ. La Salle Gloriana Gamboa Castillo Univ. Federada de Costa Rica Katherine Priscilla Godinez Méndez Univ. Fidélitas Ovidio González Cruz Univ. San José Victor Hugo González Espinoza Univ. del Valle Georgina González Zúñiga Univ. Metodista de Costa Rica Johanna Gabriela González Zúñiga Univ. de Costa Rica Adriana Guerrero Peña Univ. Federada de Costa Rica Ana Lidia Guerrero Vásquez Univ. San José Solange Gutiérrez Guido Univ. San José Ana Talía Gutiérrez Varela Univ. Central Enrique Hernández Alvarado Univ. Autónoma de Centro América Víctor Manuel Herrera Jara Univ. de San José Melissa Jiménez Aguilar Univ. Federada de Costa Rica Gerardo Manuel Jiménez Barahona Univ. Central Daniela María Kirsch Alarcón Univ. Metodista de Costa Rica Carlos Eduardo Ledezma Fernández Univ. San José Mong-Ching Lin Univ. Latina de Costa Rica Jéssica Lobo Carrillo Univ. de las Ciencias y el Arte de Costa Rica Jennifer López Rojas Univ. Latina de Costa Rica Jonathan Martínez Fernández Univ. Latina de Costa Rica Francisco Eduardo Martínez Ortiz Univ. Cristiana del Sur Carla María Martínez Umaña Univ. Latina de Costa Rica Víctor Hugo Martínez Zúñiga Univ. Autónoma de Centro América Montserrat Matamoros Zúñiga Univ. Autónoma de Centro América Marco Alfredo Méndez Sánchez Univ. San José Jessica María Menocal Quesada Univ. San José Melvin Montero Murillo Univ. Cristiana del Sur Erika Natalia Mora Campos Univ. San José Jorge David Morales Ramírez Univ. Internacional de las Américas Juan José Morales Rivera Univ. Cristiana del Sur José Francisco Morales Salinas Univ. Santa Lucía Roberth Alberto Morales Vargas Univ. Florencio del Castillo Julio Antonio Morera Vargas Univ. Autónoma de Centro América Dinia Murillo Murillo Univ. San José Yojever Ortega Brenes Univ. Libre de Derecho Allan Pearsall Casafont Univ. Cristiana del Sur Cristian Pereira Quirós Univ. Cristiana del Sur Yesenia Quesada Rojas Univ. Santa Lucía Adolfo Quirós Bolaños Univ. Hispanoamericana Edgar Antonio Quirós Reyes Univ. Cristiana del Sur Ronald Gerardo Rivera Sánchez Univ. Cristiana del Sur Amy Pamela Rodríguez Jiménez Univ. Escuela Libre de Derecho Siany María Rodríguez Oreamuno Univ. Latina de Costa Rica Diana Rodríguez Salas Univ. Fidélitas Alix Joan Roger Rosales Univ. Cristiana del Sur Mario Romero Zúñiga Univ. de Costa Rica Analizh Salas Hernández Univ. Latina de Costa Rica Fernando Sanabria Porras Univ. de Costa Rica Marcial Sánchez Benavides Univ. Autónoma de Centro América Carolina Sánchez Mata Univ. Autónoma de Centro América Lilliam Solís Hernández Univ. Latina de Costa Rica Karina Solórzano Cascante Univ. Latinoamericana de Ciencia y Tecnología Melissa Soto Morúa Univ. San José Francisco Soto Vega Univ. de Costa Rica José Ariel Valverde Briceño Univ. Latina de Costa Rica Carlos Enrique Valverde Jiménez Univ. Latina de Costa Rica Irene Valverde Solís Univ. San José Fabiola Milena Vega Guerrero Univ. Cristiana del Sur José David Venegas Sibaja Univ. Metropolitana Castro Carazo Cindy Milena Villegas Hidalgo Univ. Autónoma de Centro América María José Víquez Alpízar Univ. Latina de Costa Rica Josefina Zúñiga Morales Univ. Cristiana del Sur. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

9. Nota DAI-351-2012, suscrita por el M.Ed. Enrique Sibaja Núñez, Director Académico y de

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 9: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 9 de 26

Incorporaciones, mediante la cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación en la Sede de Santa Cruz. La ceremonia de Incorporación se llevaría a cabo el sábado 03 de noviembre: Emanuel Ajoy Castro Univ. San José, Diana Graciela Araya Rodríguez Univ. San José, Karen Briceño Villegas Univ. San José, Diego Cárdenas Caravaca Univ. Latina de Costa Rica, Greivin Chavarría Váquez Univ. San José, Mayela Díaz Rodríguez Univ. de San José, Mario Duarte Aguirre Univ. de San José María, Yamileth García Piñar Univ. Latina de Costa Rica, Sandra Mariela Gómez Álvarez Univ. Latina de Costa Rica, María Luisa Ortiz Alemán Univ. San José, Juan Carlos Porras Mora Univ. Latina de Costa Rica, Kattia Yorleni Portuguez Pizarro Univ. Latina de Costa Rica, Luis Alberto Ríos Rivera Univ. de San José, Allan Gerardo Viales Matarrita Univ. San José, Marvin Villarreal Rodríguez Univ. San José, Giordano Zeffiro Caravaca Univ. Latina de Costa Rica, Jessy Mariela Zúñiga Vargas Univ. San José.

SE ACUERDA 2012-36-012 Aprobar las solicitudes de los Licenciados y Licenciadas en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación en la Sede de Santa Cruz. La ceremonia de Incorporación se llevará a cabo el sábado 03 de noviembre: Emanuel Ajoy Castro Univ. San José, Diana Graciela Araya Rodríguez Univ. San José, Karen Briceño Villegas Univ. San José, Diego Cárdenas Caravaca Univ. Latina de Costa Rica, Greivin Chavarría Vásquez Univ. San José, Mayela Díaz Rodríguez Univ. de San José, Mario Duarte Aguirre Univ. de San José María, Yamileth García Piñar Univ. Latina de Costa Rica, Sandra Mariela Gómez Álvarez Univ. Latina de Costa Rica, María Luisa Ortiz Alemán Univ. San José, Juan Carlos Porras Mora Univ. Latina de Costa Rica, Kattia Yorleni Portuguez Pizarro Univ. Latina de Costa Rica, Luis Alberto Ríos Rivera Univ. de San José, Allan Gerardo Viales Matarrita Univ. San José, Marvin Villarreal Rodríguez Univ. San José, Giordano Zeffiro Caravaca Univ. Latina de Costa Rica, Jessy Mariela Zúñiga Vargas Univ. San José. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones. Dirección de Sedes Regionales.

10. Nota CB-031-2012, suscrita por la Licda. Ana Gabriela Badilla Zeledón, Coordinadora de la Comisión de Becas, mediante la cual comunica los acuerdos tomados por la Comisión de Becas en las sesiones Nos. 24-2012 y 25-2012: 2012-24-007: a) Otorgarle al Lic. Rodolfo Solórzano Sánchez la suma de 800 euros para el curso “Corzo de Alta Formaziones” a impartirse en la Universidad de Piza, Italia. (…) c) Tres votos. ACUERDO FIRME. 2012-25-006: a) Remitir el acuerdo 2012-24-007 en la que se le otorga al Lic. Rodolfo Solórzano Sánchez la suma de 800 euros para el curso “Corzo de Alta Formaziones” a realizarse en la Universidad de Piza en Italia, para su conocimiento y aprobación (…).

SE ACUERDA 2012-36-013 Avalar la recomendación de la Comisión de Becas, comunicada mediante nota CB-031-2012, en el sentido de otorgarle al Lic. Rodolfo Solórzano Sánchez la suma de 800 euros para el curso “Corzo de Alta Formaziones” a impartirse en la Universidad de Piza, Italia. Lo anterior, con la finalidad de promover la capacitación de nuestros agremiados y agremiadas y además tomando en cuenta la importancia para el desarrollo de la ciencia jurídica. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Comisión de Becas. Interesado.

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 10: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 10 de 26

11. El M.Ed. Enrique Sibaja Núñez, Director Académico y de Incorporaciones, presenta las siguientes notas de solicitud de incorporación extraordinaria:

a) Oficio DAI-345-2012, donde presenta solicitud de incorporación extraordinaria del Lic. Marco Vinicio Figueroa Monterrosa, graduado en la Universidad de San José. Cumple con los requisitos para la incorporación. SE ACUERDA 2012-36-014 Aprobar la incorporación extraordinaria del Lic. Marco Vinicio Figueroa Monterrosa, graduado en la Universidad de San José. El señor Presidente indicará la fecha y hora de incorporación. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Presidencia. Interesado, Departamento de Incorporaciones.

b) Oficio DAI-346-2012, donde presenta solicitud de incorporación extraordinaria de la Licda. Mónica María Moncada Acuña, graduada en la Universidad de La Salle. Cumple con los requisitos para la incorporación. SE ACUERDA 2012-36-015 Aprobar la incorporación extraordinaria de la Licda. Mónica María Moncada Acuña, graduada en la Universidad de La Salle. El señor Presidente indicará la fecha y hora de incorporación. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Presidencia. Interesada, Departamento de Incorporaciones.

c) Oficio DAI-347-2012, donde presenta solicitud de incorporación extraordinaria de la Licda. Mauren Campos Calvo, graduada en la Universidad Federada de Costa Rica. Cumple con los requisitos para la incorporación.

SE ACUERDA 2012-36-016 Aprobar la incorporación extraordinaria de la Licda. Mauren Campos Calvo, graduada en la Universidad Federada de Costa Rica. El señor Presidente indicará la fecha y hora de incorporación. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Presidencia. Interesada, Departamento de Incorporaciones.

d) Oficio DAI-348-2012, donde presenta solicitud de incorporación extraordinaria de la Licda. Roxinia María Pastrana Arroyo, graduada en la Universidad Federada de Costa Rica. Cumple con los requisitos para la incorporación.

SE ACUERDA 2012-36-017 Aprobar la incorporación extraordinaria de la Licda. Roxinia María Pastrana Arroyo, graduada en la Universidad Federada de Costa Rica. El señor Presidente indicará la fecha y hora de incorporación. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Presidencia. Interesada, Departamento de Incorporaciones.

e) Oficio DAI-349-2012, donde presenta solicitud de incorporación extraordinaria de la Licda. Jennifer Michelle Rosales Urbina, graduada en la Universidad Latina de Costa Rica. Cumple con los requisitos para la incorporación.

SE ACUERDA 2012-36-018 Aprobar la incorporación extraordinaria de la Licda. Jennifer Michelle Rosales Urbina, graduada en la Universidad Latina de Costa Rica. El señor Presidente indicará la fecha y hora de incorporación. Ocho votos. ACUERDO

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 11: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 11 de 26

FIRME. Responsable: Presidencia. Interesada, Departamento de Incorporaciones.

12. Nota DAI-345-2012, suscrita por el M.Ed. Enrique Sibaja Núñez, Director Académico y de Incorporaciones, mediante el cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que no cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, esto por cuanto en el estudio realizado se detectan materias faltantes, por lo que se recomienda deben realizar un plan remedial para cumplir a cabalidad.

Amely Patricia Castillo Mora

Materias de la Universidad donde se cursó el Bachillerato, las cuales no se reflejan en el Bachillerato de la Universidad donde se graduó.-Derecho de Familia II, Para plan remedial.

-Teoría General del Contrato, Plan remedial.

-Investigación Ciencias Jurídicas, No es materia esencial en la formación general, se excluye del plan remedial.

-Derecho Tributario y Financiero, Plan remedial.

Ricardo Martínez Vásquez

Materias de la Universidad donde se cursó el Bachillerato, las cuales no se reflejan en el Bachillerato de la Universidad donde se graduó:

-Derecho Contractual Privado I. Plan remedial.

-Teoría General del Derecho. Plan remedial.

SE ACUERDA 2012-36-019 Tomando en cuenta la nota DAI-345-2012, suscrita por el M.Ed. Enrique Sibaja Núñez, que el Departamento Académico y de Incorporaciones, prevenga a la Sra. Amely Patricia Castillo Mora y al Sr. Ricardo Martínez Vásquez realizar un plan remedial para cumplir a cabalidad con las materias faltantes, según el estudio realizado en dicho Departamento. Ocho votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

ARTICULO 5) INFORME DE PRESIDENCIA.

5.1 El Dr. Gary Amador Badilla, informa que el Colegio de Abogados co-organizará junto al la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos y el Ministerio de Justicia y Paz la celebración de los 15 años de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos de nuestro país. Las actividades se desarrollaran los días 27, 28 y 29 de noviembre del 2012 en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. En ese sentido, el Colegio patrocinaría la de $2000, para cubrir: Tiquete aéreo de ida y regreso del Sr. Salvador Fonseca González de México ($600). Hospedaje del Sr. Fonseca González ($400). Tiraje del programa, flores y agua para

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 12: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 12 de 26

el desarrollo de las actividades ($1000). Los demás gastos de la actividad quedarán cubiertos por la DINARAC

SE ACUERDA 2012-36-020 Con motivo de la celebración de los 15 años de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos de nuestro país, organizada por la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos, el Ministerio de Justicia y Paz y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, se autoriza el patrocinio de $2000, que se serán utilizados en la compra del tiquete aéreo de ida y regreso del Sr. Salvador Fonseca González de México ($600), hospedaje del Sr. Fonseca González ($400)). Tiraje del programa, flores y agua para el desarrollo de las actividades ($1000). Lo anterior conformidad con el artículo 1 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y por ser la capacitación de los profesionales agremiados y agremiadas una de las acciones y compromisos que la Junta Directiva actual se comprometió a impulsar, y por considerar que se trata de una actividad de vital importancia para la sociedad civil en general;  asimismo, en aras de la consecución de los fines de progreso y paz de nuestro Estado Social de Derecho. Ocho votos. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto, Centro RAC.

5.2 El Dr. Gary Amador Badilla, comunica que se recibió solicitud del señor Gabriel Macaya Trejos, representante de la Academia Nacional de las Ciencias, para que el Centro de Justicia Alternativa del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, sea el proveedor local, en materia de nombres de dominio. Al respecto el Consejo Directivo del Centro, recomienda aprobar la suscripción de un convenio entre ambas instituciones y aprobar las siguientes tarifas de administración: $750 (setecientos cincuenta dólares) en caso de tribunales unipersonales y $1500 (mil quinientos dólares), en el caso de tribunales colegiados. Los honorarios de los árbitros se estipulan en el establecido en la OMPI. Todo ello, después de un análisis de mercado con otros proveedores locales en otros países y con las regulaciones del ICANN y la OMPI.

SE ACUERDA 2012-36-021 Con base en la solicitud del señor Gabriel Macaya Trejos, representante de la Academia Nacional de las Ciencias, para que el Centro de Justicia Alternativa del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, sea el proveedor local, en materia de nombres de dominio y : a) En aras de la promoción de la cultura de paz y de la resolución alterna de conflictos, aprobar que el Presidente de esta Corporación suscriba un Convenio con la Academia Nacional de las Ciencias, en materia de nombres de dominio. b) Se aprueban las siguientes tarifas de administración en el Centro de Justicia Alternativa, para la ACADEMIA NACIONAL DE CIENCIAS: $750 (setecientos cincuenta dólares) en caso de tribunales unipersonales y $1500 (mil quinientos dólares), en el caso de tribunales colegiados. Los honorarios de los árbitros se fijarán conforme a lo establecido por la OMPI. Ocho votos. Responsable: Presidencia, Centro de Justicia Alternativa y Departamento Legal.

5.3 El Dr. Gary Amador Badilla, manifiesta que conforme a la solicitud hecha por el Colegio de Médicos y Cirujanos, para recibir apoyo y soporte en materia de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, así como el requerimiento de que el Centro de Justicia Alternativa se convierta en el centro designado por su homólogo, como el centro

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 13: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 13 de 26

oficial para que médicos y cirujanos puedan resolver sus controversias por medio de la mediación, el arbitraje y cualquier otros mecanismo que contribuya al desarrollo de la paz social, se propone la suscripción de un convenio entre el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica y el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

SE ACUERDA 2012-36-022 Conforme a la solicitud hecha por el Colegio de Médicos y Cirujanos y en aras de la promoción de la cultura de paz y de la resolución alterna de conflictos, así como con el ánimo de brindar soporte a personas agremiadas al Colegio de Médicos y Cirujanos, se autoriza al señor Presidente de esta Corporación a la firma del Convenio entre ambas Instituciones. Ocho votos. Responsable: Presidencia. Centro RAC, Departamento Legal.

5.4 El Dr. Gary Amador Badilla, somete a consideración de los señores Directores y Directoras el criterio AL-392-2012, elaborado por el Departamento Legal del Colegio, referente a la consulta del Proyecto de Reforma de los artículos 10 y 48 de la Constitución Política, Proyecto de Ley “Reforma del Tratamiento de La Jurisdicción Constitucional en La Constitución Política”, Expediente N.° 17.926”. Dicho criterio debe ser enviado esta semana a la Asamblea Legislativa.

SE ACUERDA 2012-36-023 Aprobar el criterio AL-392-2012, elaborado por el Departamento Legal del Colegio, referente a la consulta del Proyecto de Reforma de los artículos 10 y 48 de la Constitución Política, Proyecto de Ley “REFORMA DEL TRATAMIENTO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”, Expediente N.° 17.926, enviado por la Asamblea Legislativa. El cual textualmente dice: Se ha puesto en conocimiento de esta Asesoría el Proyecto de Ley “REFORMA DEL TRATAMIENTO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”, que se tramita en la Asamblea Legislativa bajo el Expediente N.° 17.926, a fin de que se emita un criterio sobre la pretendida reforma. SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO: I.-) Argumentos para la reforma de la Constitución Política: Los principales argumentos que se esbozan en el Proyecto de cita por parte de los señores Diputados son los siguientes: “La creación de una jurisdicción constitucional especializada en manos de una Sala de la Corte Suprema de Justicia fue, sin lugar a dudas, una de las reformas legales de mayor trascendencia de los últimos años. En su momento, fue la respuesta tendiente a reivindicar los principios fundamentales y las garantías y libertades del individuo, estatuidos en nuestra Carta Política y en los tratados internacionales de derechos humanos, caídos en muchas ocasiones en desuso.” “Dados los presupuestos de la creación del modelo costarricense de jurisdicción constitucional, basados, no solo en la intención de lograr una concentración de la misma, sino en una, si se quiere, desconfianza hacia la justicia ordinaria, así como también en la facilidad para la impugnación de los actos y normas de Derecho público, e incluso privados, la cantidad de asuntos en conocimiento actualmente de la Sala Constitucional evidentemente desborda su capacidad de estudio y resolución.” “Ante este panorama, parece evidente que el mantenimiento del modelo de justicia constitucional actual solo es posible renunciando a la jurisdicción concentrada, delegando en otros tribunales el conocimiento de algunas de las materias que actualmente son competencia de la

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 14: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 14 de 26

Sala Constitucional y que rebasan por mucho su capacidad material de resolución. La reforma, en este sentido, busca facultar a la Asamblea Legislativa, mediante la modificación del artículo 48 de la Carta Política, para que los recursos de amparo, hábeas corpus y hábeas data puedan ser resueltos por otros tribunales distintos de la Sala Constitucional, de forma tal que esta descentralización favorezca un reparto racional de estos asuntos y los mismos puedan ser resueltos con el estudio y atención que ameritan.” “Finalmente, la reforma busca actualizar los alcances del artículo 10 de la Constitución Política, reafirmando el modelo concentrado de justicia constitucional que existe en Costa Rica, en cuanto a la declaratoria de inconstitucionalidad de las leyes, pero siendo consecuente con la posibilidad real, cada vez más frecuente, de que otras instancias jurisdiccionales tengan la capacidad de anular normas infralegales y actos contrarios a la Carta Fundamental, por ejemplo, aunque no únicamente, en la vía contenciosa-administrativa. Sin duda, estas reformas llevarán aire fresco al sistema costarricense de justicia constitucional, permitiendo su permanencia indefinida en el tiempo, bajo sus premisas actuales, lo cual resulta insostenible bajo el modelo actual, a través de la descentralización sin sacrificar la especialidad de la materia y el mantenimiento del régimen concentrado de jurisdicción constitucional, aunque ejercido por diversos órganos jurisdiccionales.” II.-) Texto propuesto de la reforma: Con esta tesis, la reforma a la Constitución que se propone es la siguiente: "Artículo 10.- Corresponderá a una Sala especializada de la Corte Suprema de Justicia declarar la inconstitucionalidad de las leyes y de las otras normas o actos que determine la Ley. No serán impugnables en esta vía los actos jurisdiccionales del Poder Judicial, la declaratoria de elección que haga el Tribunal Supremo de Elecciones, ni los demás asuntos que señale la Ley. Le corresponderá además: a.-) Dirimir los conflictos de competencia entre los Poderes del Estado, incluido el Tribunal Supremo de Elecciones, así como con las demás entidades y órganos que indique la Ley. b.-) Conocer de las consultas sobre proyectos de reforma constitucional, de aprobación de convenios o tratados internacionales y de otros proyectos de ley, según se disponga en la Ley." "Artículo 48.-Toda persona tiene derecho a los recursos de hábeas corpus, hábeas data y amparo para mantener, garantizar y restablecer los derechos y libertades consagrados en esta Constitución, así como los de carácter fundamental establecidos en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos aplicables en la República. Estos recursos serán competencia de los tribunales que indique la Ley." III.-) Análisis de la reforma propuesta: Ante la siempre polémica reforma de la Constitución Política, deben plantearse dos inevitables preguntas a fin de emitir el criterio que ahora se pide ¿Debe realizarse la reforma? ¿Es posible la reforma perseguida? A fin de dar respuesta a la primera de las interrogantes creemos conveniente traer a colación lo manifestado por Máximo Pacheco en el tanto nos dice que “La demanda de reformas en el Derecho tiene, como fundamento inmediato, una situación del valor justicia; pero tal situación se encuentra, a su vez, condicionada por la presencia de una realidad político-social cuyos datos suponen una alteración respecto de aquella otra a partir de la cual se estableció el ordenamiento jurídico impugnado”. Desde esa perspectiva, se puede señalar, en palabras de Velasco, que “el progreso del Derecho tiene características muy peculiares que le hacen diferir del concepto del progreso en cualesquiera otras

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 15: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 15 de 26

ciencias. El progreso científico importa siempre una rectificación de lo que se estimó que era la verdad, o una ampliación de conocimientos que hasta entonces no se tenían. En el Derecho esta idea no calza: el Derecho progresa cuando es capaz de interpretar mejor las necesidades humanas y de adaptarse en forma más perfecta a lo que de él se requiere para el bienestar colectivo, el progreso, la paz y la justicia. Si este progreso queda atrás, hay crisis de legalidad”. Haciendo eco de lo anterior, resulta de imperiosa necesidad recordar una de las cuestiones decisivas del Derecho Constitucional: las garantías constitucionales, “entendiendo por tales…las garantías que la Constitución se da a sí misma, a fin de asegurar “su primacía””. Dentro de éstas garantías está la de “que sólo se tenga que acudir a la reforma de la Constitución cuando no es posible encontrar una solución al problema de que se trate”, en aras de la preservación del Derecho de la Constitución (continuidad de la Constitución) que se materializada a través del principio de rigidez constitucional. En orden a estas ideas básicas, y según el argumento mediante el cual justifican los señores Diputados el presente proyecto, podemos afirmar que la reforma constitucional planteada no es necesaria para los fines propuestos, por cuanto el problema apuntado por ellos puede solucionarse con solo modificar la Ley de la Jurisdicción Constitucional aumentando el número de Magistrados que conforman la Sala Constitucional y creando dentro del seno de la propia Sala, cámaras o secciones que se ocupen de la resolución de los recursos de amparo y de hábeas corpus. De esa forma se alcanzaría el cometido de reparto racional de estos asuntos, y el de su resolución con el estudio y atención que ameritan, sin tener que intervenir la Constitución Política y el principio de rigidez que la cubre. No obstante, resulta claro que es al Parlamento al que corresponde valorar, en última instancia, el mérito del contenido de la reforma, por ser la suya una función altamente discrecional, pero sin perder de vista que dicha función tiene unos límites que “se encuentran en las normas, principios y valores constitucionales” de tal suerte que, de mantenerse la voluntad parlamentaria de realizar la reforma a la Carta Política, se debe tener en cuenta lo siguiente: Tal y como lo hizo ver en su momento el ex juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ex magistrado de la Sala Constitucional, Rodolfo Piza Escalante, “hay, al lado de los derechos y libertades fundamentales comunes, un verdadero “derecho fundamental autónomo y, por ende, exigible por sí mismo, al Derecho de la Constitución”. De allí que, al haberse creado a partir de 1989 una jurisdicción constitucional concentrada en un órgano especializado, operó a favor de las personas, una reforma constitucional que creó esa garantía –y su correlativo derecho subjetivo- a favor de éstas (de contar con una jurisdicción constitucional especializada, no ordinaria), garantía –y derecho subjetivo- que ahora no pueden ser desmejorados mediante la reforma parcial de la Constitución sin que ello implique una violación a los principios de dignidad humana y de seguridad jurídica y al derecho de acceso a la justicia. Lo anterior como corolario de la interpretación armónica de las normas reformadas (en el año 1989) y el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que como lo dice en su propia redacción, sirve a las personas “para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”, lo que incluye, sin dudas, a la justicia constitucional y a la jurisdicción constitucional. Esta interpretación lo es, además, en consonancia con el artículo 1.1 de la citada

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 16: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 16 de 26

Convención, en aplicación -según las palabras de Giancarlo Rolla- de un principio garantista de interpretación de todo nuestro bloque de constitucionalidad, pues no podemos olvidar que “la razón de ser del sistema democrático, es, precisamente, el reconocer, garantizar y promover los derechos fundamentales de la persona, los cuales se encuentran consagrados en la CP y en los Tratados Internacionales sobre derechos humanos debidamente aprobados y ratificados…” ya que “todo el diseño constitucional, dogmático, organizativo y funcional, tiene como eje central los derechos fundamentales de la persona…” De tal suerte que, el derecho fundamental autónomo al Derecho de la Constitución y la reforma acaecida en 1989, se han erigido como una garantía específica y apropiada de la supremacía y vigencia de la Constitución Política, en el sentido que garantiza una tutela judicial constitucional efectiva, efectividad que se manifiesta, a partir de la reforma de 1989, únicamente a través de una jurisdicción especializada. Como bien lo destaca el Tribunal Constitucional español: “La tutela judicial ha de ser, por imperativo constitucional, “efectiva”, y la medida en que lo sea o no ha de hallarse en la suficiencia de las potestades atribuidas por ley a los órganos del poder judicial para, efectivamente, salvaguardar los intereses o derechos cuya protección se demande”. Esto nos da la respuesta a la segunda interrogante, en el entendido de que si podría realizarse la reforma planteada, siempre y cuando los tribunales que se pretenda crear para la atención de los recursos de amparo y hábeas corpus, sean necesariamente especializados en la materia constitucional. No obstante, debe tenerse muy presente que una reforma de esta naturaleza puede desencadenar el problema de la inseguridad jurídica en tanto se pudiere llegar a violentar, por parte de los nuevos tribunales constitucionales, el método de la interpretación jurídica sistémica. Ahora bien, hemos de advertir que en la reforma constitucional que se pretende llevar a cabo, opera una especie de “principio de reserva constitucional” cuyo fin es salvaguardar la ampliación de la garantía y su consustancial derecho subjetivo de contar con una jurisdicción constitucional especializada, y en aras, además, de mantener la rigidez y supremacía del sistema, lo que hace necesario que en el texto que se propone del artículo 48 constitucional, se deba incluir la frase: “Estos recursos serán competencia de los tribunales especializados en materia constitucional que indique la Ley” (El subrayado es nuestro). De no hacerse así y mantenerse el texto actualmente propuesto, se dejaría al sistema en una especie de estado de inseguridad jurídica e indefensión, toda vez que por la vía de reforma legal (procedimiento no gravoso) de la Ley que los crea, podría incurrirse en detrimento de la garantía y derecho fundamental subjetivo de contar con una jurisdicción constitucional especializada, poniendo la competencia de resolver amparos y hábeas corpus en manos de tribunales ordinarios (no especializados). No se debe perder de vista, aunque sea reiterativo, lo que también nos dice Ayala Corao en cuanto a que “los derechos fundamentales prevalecen siempre sobre las aspiraciones colectivas, justamente por su posición preferente en el ordenamiento. Dentro de este orden de ideas, se sostiene que “cuando están en conflicto en un mismo plano, normas sobre derechos (humanos y/o constitucionales) y normas sobre el poder, la controversia debe resolverse acogiendo la norma contentiva de derechos como privilegiada en rango”. En lo que atañe al texto de reforma propuesto para el artículo 10 constitucional, consideramos que la redacción actual contiene una contradicción

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 17: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 17 de 26

insalvable en su párrafo primero, con referencia al texto propuesto para el artículo 48 constitucional. Veamos: La norma otorga a la Sala Constitucional dos tipos de competencia (aunque técnicamente no se le puede llamar así). La primera, para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, que, sobra decir, es la materia propia de esta clase de órganos y sobre la cual no existe ningún problema. Y la segunda, la de declarar la inconstitucionalidad “de las otras normas o actos que determine la Ley”. Es ésta es la competencia que crea el problema pues se trata de una competencia residual que le correspondería, según los argumentos que dan los señores Diputados para realizar la reforma, a los tribunales especializados creados en el artículo 48 de cita. Dicho de otra forma, si lo que se pretende es que la Sala conozca solamente de la inconstitucionalidad de la LEY (en sentido formal), entonces, la inconstitucionalidad de las demás normas o actos (Ley en sentido formal) es materia propia de los tribunales constitucionales, pues esto es, esencialmente, lo que ocurre cuando se resuelven dichos instrumentos de garantía. Así las cosas, para ser una norma válida, deberá eliminarse del texto de la reforma propuesta al artículo 10 constitucional, la frase “de las otras normas o actos que determine la Ley”, a fin de que redacción final de ese artículo sea la siguiente: "Artículo 10.- Corresponderá a una Sala especializada de la Corte Suprema de Justicia declarar la inconstitucionalidad de las leyes.” Finalmente, no está por demás recordar que para reformar la jurisdicción constitucional no solamente se requiere la voluntad política del legislador, sino también la participación de los jueces en el proceso de decisión. Dos son los fundamentos jurídicos en que basamos el criterio apuntado: El primero, que la Constitución Política en su artículo 167 obliga a consultar a la Corte Suprema de Justicia, todo proyecto de ley que implique una reforma a la organización y funcionamiento del Poder Judicial. Especialmente importante resulta el hecho de que la citada norma señala que para disentir del criterio del Poder Judicial, la Asamblea Legislativa requerirá del voto de dos terceras partes del total de sus miembros. El segundo, referente a la consulta de constitucionalidad preceptiva que deben realizar los señores Diputados ante la propia Sala Constitucional, según lo establece el artículo 96 inciso a) de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Como epílogo de lo dicho, consideramos apropiado citar al célebre Médico y Escritor Oliver Wendell Holmes, quien atinadamente dijo: “El derecho engloba la historia del desarrollo de una nación a través de muchos siglos, y no puede ser tratado como si contuviera sólo los axiomas y corolarios de un libro de matemáticas. Para poder saber que es, debemos saber lo que ha sido y lo que tiende a ser.” De esta manera dejamos rendido el criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el Proyecto de Ley “REFORMA DEL TRATAMIENTO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”, que se tramita en ese Poder de la República bajo el Expediente N.° 17.926.Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Secretaría Comunicar.

5.5 El Dr. Gary Amador Badilla, comenta que viajó financiando sus gastos de su propio peculio, a la ciudad de Brasilia, Brasil, con motivo de la firma del “Convenio Marco de Colaboración para promover la conformación de un Centro Iberoamericano de Arbitraje”, el cual se suscribió el pasado 3 de octubre de 2012, con la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA), la OAB de Brasil y otros Colegios. Añade que el Colegio de Abogados de Costa Rica, se logró introducir en el convenio, dentro del grupo de Centros

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 18: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 18 de 26

de Justicia, para brindar el servicio Internacional. Por otra parte informa que Costa Rica, quedó dentro del grupo de países que van a redactar el borrador del reglamento del Centro de Arbitraje Internacional, por lo tanto somete a consideración que la Comisión RAC elabore un borrador de reglamento.

SE ACUERDA 2012-36-024 Tomando en cuenta que en la visita realizada por el señor Presidente del Colegio de Abogados a la OAB de Brasil, en la ciudad de Brasilia, con motivo de la firma del “Convenio Marco de Colaboración para promover la conformación de un Centro Iberoamericano de Arbitraje”, promovido por la UIBA,  Costa Rica resultó electo dentro del grupo de países que van a redactar el borrador del reglamento para la creación de un Centro de Arbitraje Internacional, junto a Uruguay y Argentina.  De tal forma,  se solicita a la Comisión RAC del Colegio, la colaboración para preparar un borrador de reglamento para ser conocido por esta Junta Directiva en un término de 15 días. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Comisión RAC.  ARTICULO 6) INFORME DE DIRECTORES Y DIRECTORAS.

6.1 La Dra. Roxana Sánchez Boza, informa que de parte del Banco Popular, BP Total, les invitan al espacio cultural a realizarse el 25 de octubre 2012. Se contará con la inauguración de la exposición de Mario Mafioli, y se ofrecerá un coctel de 5:30 a 8:00 p.m.

Al respecto se toma nota.

6.1.2 La Dra. Roxana Sánchez Boza, presenta informe de la Comisión Civil y Comercial del Colegio, Subcomisión de Reforma Concursal, “Informe al Proyecto de Ley Exp. 18.135, Reforma del Título V del Código Procesal Civil Concurso de Acreedores”.

SE ACUERDA 2012-36-025 Avalar el informe de la Comisión Civil y Comercial del Colegio, Subcomisión de Reforma Concursal, sobre criterio relacionado con el “Informe al Proyecto de Ley Exp. 18.135, Reforma del Título V del Código Procesal Civil Concurso de Acreedores”. Ocho votos. Responsable: Secretaría-enviar a la Asamblea Legislativa.

6.1.3 La Dra. Roxana Sánchez Boza, informa que asistió a Ciudad Neily, donde ofreció una Conferencia, sobre aspectos notariales, directrices de la DNN, información general sobre el panorama general del país, asimismo se les brindó respuesta a la solicitud de que el Registro Nacional realice la apertura de una Sede en la Zona. Se analiza mas bien, la firma de un convenio para que la Filial ofrezca los servicios requeridos.

6.1.4 La Dra. Roxana Sánchez Boza, presenta el siguiente acuerdo de la Comisión de Género: 001-09-12 a) Realizar la actividad Del Día Internacional de la No Violencia Contra Las Mujeres, el día 21 de noviembre del 2012, a las 5:00 pm. y el tema será “MASCULINIDAD Y VIOLENCIA, con una Mesa Redonda. b) Los expositores serán la Lic. Jeannette Arias Meza, la Licda. Shirley González Quirós, el Lic. Alfonso Urquijo y el Lic. Álvaro Campos. c) Invitar a La Magistrada Zarela Villanueva Monge, Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, a los actos protocolarios de inauguración junto con el Presidente

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 19: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 19 de 26

del Colegio de Abogados y Abogadas, Dr. Gary Amador Badilla. d) Solicitar la aprobación a la Junta Directiva el Presupuesto de ¢552.500.00, para el ágape y actividad cultural. E) Solicitar a la Lic. Grettel Tinoco, realizar un plan estratégico de mercadeo y divulgación entre los medios para la promoción de dicha actividad”.

SE ACUERDA 2012-36-026  De conformidad con el artículo 1 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y por ser la capacitación de los profesionales agremiados y agremiadas una de las acciones y compromisos que la Junta Directiva actual se comprometió a impulsar, y por considerar que se trata de una actividad de vital importancia para la sociedad civil en general;  asimismo, en aras de la consecución de los fines de progreso y paz de nuestro Estado Social de Derecho. Tomando en cuenta de que la violencia de género contra las mujeres es un flagelo que no solo aqueja a nuestra población, sino que es un problema de violencia reconocido por la Organización de Naciones Unidas, se considera procedente aprobar  lo solicitado por la Comisión de Género, por acuerdo  001-09-12, por lo que con motivo de la celebración de la actividad Del Día Internacional de la No Violencia Contra Las Mujeres, a realizarse el 21 de noviembre del 2012, a las 5:00 pm, con el tema “Masculinidad y Violencia”, se autoriza el presupuesto de ¢552.500.00, para el ágape y actividad cultural que se ofrecerá a los participantes de la actividad. Ocho votos. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Comisión de Género.

6.2 El Lic. Álvaro Sánchez González, informa que el pasado jueves se llevó a cabo la Asamblea para la elección de Junta Directiva de la Filial de Grecia.

6.2.1 El Lic. Álvaro Sánchez González, recuerda que el jueves 01 de noviembre, se llevará a cabo el homenaje a la Dra. Elizabeth Odio Benito, en el Auditorio Eduardo Ortiz Ortiz.

6.2.2 El Lic. Álvaro Sánchez González, comunica que la semana pasada asistió en representación del Colegio a una actividad organizada por el MIDEPLAN en conjunto con el PNUD, por medio del señor Carlos Sojo, Consultor Externo del Ministerio en mención. La actividad pretende que la sociedad civil participe de un programa de concertación nacional, con el objetivo de llegar alcanzar consensos sobre temas nacionales.

6.3 El Lic. Francisco Rodríguez Araya, señala que el pasado jueves, la Comisión Legislativa, llevó a cabo la mesa redonda sobre el tema de la necesidad de una reforma a los procesos concursales. Si bien es cierto se contó con una participación importante, pero ese mismo día en el Colegio se desarrolló la segunda parte del Foro relacionado con el Nuevo Código Procesal Civil. En razón de lo anterior sugiere tomar un acuerdo de coordinación que permita evitar el desarrollo en el Colegio de actividades relacionadas, en un mismo día en, el Colegio. La Licda. Nazira Merayo Arias, sugiere que las actividades se divulguen con mayor antelación. El Dr. Gary Amador Badilla, indica que las Secretarias de Comisiones deben mantener actualizada la página del Colegio en lo que respecta a las actividades programadas por sus Comisiones.

SE ACUERDA 2012-36-027 a) Solicitar a las funcionarias encargadas del manejo de las agendas de las actividades académicas, sociales culturales, alquiler de instalaciones,

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 20: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 20 de 26

que cuando coincidan actividades académicas de temas relacionados en un mismo día, deberán informar al Coordinador de la última actividad que ingresó para agendarse, sobre esta situación a efecto de que valore la reprogramación para otra fecha. b) Que las Secretarias de Comisiones actualicen la información de actividades en la página del Colegio. c) Que el Departamento de Comunicación divulgue con mayor antelación las actividades. Ocho votos. Responsables: Dirección Académica. Secretaria Dirección Ejecutiva. Departamento de Comunicación, Secretarias de Comisiones.

6.4.1 La Licda. Rocío Leiva Trejos, informa que el 29 de octubre de 2012, a las 3:30 p.m., en el Salón de Sesiones se realizará la entrega de la medición de la huella de carbono del Colegio.

ARTICULO 7) INFORME DE DIRECCIÓN EJECUTIVA.

7.1 El Lic. José Luis Meneses Rímola, presenta oficio DFyP 096-2012 de la Dirección de Finanzas, donde somete a consideración la inversión de ¢350.000.000.00 (trescientos cincuenta millones de colones), del Fondo Común, en un certificado de depósito desmaterializado, en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, plazo a 180 días, con una tasa neta de 11.85%. Una vez analizados los rendimientos ofrecidos por el BNCR y BCR. Esta inversión corresponde a un certificado de depósito a plazo de ¢250.000.000.00, que venció, estaba en el BNCR y se agregan ¢100.000.000.00 de las sumas que se han venido acumulando, tal como lo permite la liquidez actual.

SE ACUERDA 2012-36-028 Con base en la nota DFyP 096-2012 de la Dirección de Finanzas, se autoriza la inversión de ¢350.000.000.00 (trescientos cincuenta millones de colones), del Fondo Común, en un certificado de depósito desmaterializado, en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, plazo a 180 días, con una tasa neta de 11.85%. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto.

7.3 El Lic. José Luis Meneses Rímola, presenta un informe del Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, quien se encuentra realizando una evaluación de las Defensorías del Colegio. En el caso de la Defensoría Social de Guápiles, se considera que en la misma no existe suficiente trabajo como para justificar un Director de Defensoría Social de tiempo completo, (la única Defensoría Social además de la Guápiles que por ahora tiene un director de tiempo completo tiene más de 500 casos y atiende aproximadamente 10 audiencia por mes), además que no se han incorporado por parte de la comunidad de abogados, agremiados interesados en ser defensores sociales. Siendo que el director de una Defensoría Social, más que un abogado que asuma casos, debe ser un coordinador y representante del Colegio que ayude y fiscalice la labor de los Defensores Sociales y promueva en la comunidad a que otros agremiados participen en el programa. Además, se tiene el problema con la Defensoría Social del Colegio en las Obras del Espíritu Santo, la cual está siendo dirigida por un Director Ad honorem desde noviembre del año dos mil once, quien estaba cumpliendo con el beneficio de ejecución condicional de la falta (87 bis) y me ha manifestado que debido a que ya terminó con las horas que debía cumplir necesita que lo remplacen por un director

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 21: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 21 de 26

nuevo. Con base en lo anterior, se propone disminuir la plaza del Director de la Defensoría de Guápiles que actualmente es de tiempo completo a medio tiempo y asignar el otro medio tiempo a la Defensoría Social de Obras del Espíritu Santo.

SE ACUERDA 2012-36-029 Con base en la recomendación de la Dirección de Defensorías Sociales del Colegio, la plaza del Director de la Defensoría de Guápiles que actualmente es de tiempo completo se pasa a medio tiempo y se asigna el otro medio tiempo a la Defensoría Social de Obras del Espíritu Santo. Ocho votos. Responsable: Defensoría Social. Departamento de Recursos Humanos.

b) Por otra parte, presenta un análisis de la situación de la Defensoría Social de Liberia, se considera que en la misma no se está realizando una labor que justifique el pago de un Director de Defensoría Social por medio tiempo, debido a que en la actualidad solamente tiene cinco casos activos.

SE ACUERDA 2012-36-030 Con base en la recomendación de la Dirección de Defensoría Social del Colegio sobre la importancia de reorientar las Defensorías Sociales, despedir con responsabilidad patronal a la Licda. Krissel Chacón Aguilar, Directora Defensoría Social de Liberia. Rige a partir de la comunicación del presente acuerdo. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Responsable: Departamento de Recursos Humanos.

Al ser las veinte horas con cincuenta y cinco minutos se retira la Licda. Nazira Merayo Arias.

7.2 El Lic. José Luis Meneses Rímola, informa que el Dr. Diego Salto Vanderlat, Coordinador de la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio, con motivo de las II Jornadas Tributarias Costarricenses a realizarse el 21 y 22 de noviembre 2012, solicita el apoyo del Colegio con el aporte de 4 refrigerios y un ágape para 150 personas.

SE ACUERDA 2012-36-031 Con motivo de las “II Jornadas Tributarias Costarricenses” a realizarse en el Colegio los días 21 y 22 de noviembre 2012 y de conformidad con el artículo 1 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y por ser la capacitación de los profesionales agremiados y agremiadas una de las acciones y compromisos que la Junta Directiva actual se comprometió a impulsar, y por considerar que se trata de una actividad de vital importancia para ampliar los conocimientos de los agremiados y agremiadas en materia Tributaria, se aprueba la solicitud del Dr. Diego Salto Vanderlat, Coordinador de la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio, para el aporte de 4 refrigerios y un ágape para 150 personas que serán ofrecidos en dicha actividad. Siete votos. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Comisión de Tributarios.

7.3 El Lic. José Luis Meneses Rímola, solicita una contratación para implementar un nuevo sistema de servicio de mensajería en doble vía. Actualmente el Colegio cuenta con el DATUM, pero se debe enviar a la página Web y se comunican en forma tardía el mensaje de texto, lo que resulta molesto para abogados y abogadas porque les llega extemporáneamente y ya han cancelado sus cuotas. Con el sistema que se pretende contratar, se hace más eficientes los procesos ya que el Colegio controla el envío de los

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 22: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 22 de 26

mensajes y no hay un límite diario de envíos. Brindarán asesoría técnica y capacitación. Lo anterior tendrá un costo aproximado de ¢30.300 mensuales más $300 por concepto de instalación del software por una única vez.

SE ACUERDA 2012-36-032 Que en el Departamento de Proveeduría, inicie el proceso de contratación correspondiente para implementar un nuevo sistema de servicio de mensajería en doble vía en el Departamento de Cobro del Colegio. Lo anterior con el fin de mejorar la gestión que realiza dicho Departamento. Siete votos. Responsable: Departamento de Proveeduría.

ARTICULO 8) ASUNTOS BREVES DE FISCALÍA.

8.1.- ASUNTOS BREVES:

8.1.1.- Expediente N°: 164-12 (1). Denunciado: Lic. Guido Francisco Campos Campos. Denunciante: Hubert Monge Quesada.

SE ACUERDA 2012-36-033 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.2.- Expediente N°: 095-11 (1). Denunciado: Lic. Oscar Alberto Parini Segura. Denunciante: Flor del Carmen Esquivel Barrantes.

SE ACUERDA 2012-36-034 Homologar el acuerdo y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.3.- Expediente N°: 239-12 (1). Denunciado: Lic. Marco Cambronero Oviedo. Denunciante: Danilo Salinas Chaves.

SE ACUERDA 2012-36-035 Acoger el desistimiento y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.4.- Expediente Nº: 044-12 (1). Denunciado: Lic. Giovanni Francisco Bello Muñoz. Denunciante: Celino Zúñiga Cascante.

SE ACUERDA 2012-36-036 Rechazar de plano lo denunciado en cuanto al supuesto cobro excesivo; ordenar la apertura de un proceso en contra del denunciado por presentar un proceso en menor cuantía, solicitando una pretensión mayor a la que se puede dar en dicho proceso y posteriormente dejarlo en abandono, y por no dar recibos por las sumas recibida de honorarios la cual indica el denunciante es de dos millones y medio de colones. En cuanto a que el denunciado no hizo ni devuelve los documentos que le dio para un trámite ante el INVU, deberá el denunciante describir dichos documentos en el plazo de diez días hábiles, a fin de determinar si procede la apertura de un proceso por esto. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.5.- Expediente N°: 502-11 (1). Denunciada: Licda. Blanca Cecilia Briceño Bustos.

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 23: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 23 de 26

Denunciante: Francklin López Ramírez.

SE ACUERDA 2012-36-037 Confirmar la resolución recurrida, ordenar el archivo del expediente y dar por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.6.- Expediente N°: 390-12 (1). Denunciada: Licda. Angie Andrea Arce Acuña. Denunciante: Eliécer Blanco Granados.

SE ACUERDA 2012-36-038 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.7.- Expediente N°: 534-12 (3). Denunciado: Lic. John Jorge Tapia Salazar. Denunciante: Gladys Chacón Agüero. 

SE ACUERDA 2012-36-039 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía. 8.1.8.- Expediente N°: 544-12 (3). Denunciada: Licda. Kattia María Arias Arroyo. Denunciante: Marjorie Hernández Hernández.  Rechazo de plano.

SE ACUERDA 2012-36-040 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía. 8.1.9.- Expediente N°: 415-10 (3). Denunciado: Lic. Wilberth Pelayo Arias Venegas. Denunciante: José Salvador Delgado Cascante.

SE ACUERDA 2012-36-041 Homologar el acuerdo y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.10.- Expediente N°: 521-11 (3). Denunciado: Lic. Luis Alexander Rojas Fallas. Denunciante: Saúl Fallas Leitón.

SE ACUERDA 2012-36-042 Declarar la caducidad y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía. 8.1.11.- Expediente N°: 803-07 (3). Denunciado: Lic. Carlos Morales Fallas. Denunciante: Klaus Dieter Franz.

SE ACUERDA 2012-36-043 Tener por cumplido el beneficio de ejecución condicional de la sanción que fue otorgado, ordenar el archivo del expediente y ordenar la inscripción respectiva en el registro de beneficiados. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

 8.1.12.- Expediente N°: 467-12 (3). Denunciada: Licda. Alejandra Rodríguez Soto. Denunciante: María Luisa Zamora Matamoros.

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 24: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 24 de 26

SE ACUERDA 2012-36-044 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.13.- Expediente Nº: 506-06 (6). Denunciado: Lic. Jerry Calvo Torres. Denunciante: Eugenia María Venegas Jiménez.

SE ACUERDA 2012-36-045 Tener por cumplido el beneficio de ejecución condicional otorgado, archivar el expediente previa inscripción en el control de beneficiados que al efecto lleva la Fiscalía del Colegio de Abogados. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.14.- Expediente Nº: 098-09 (6). Denunciado: Lic. Hugo Peña Zúñiga. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal de Liberia, Guanacaste).

SE ACUERDA 2012-36-046 Tener por cumplido el beneficio de ejecución condicional otorgado, archivar el expediente previa inscripción en el control de beneficiados que al efecto lleva la Fiscalía del Colegio de Abogados. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.15.- Expediente Nº: 605-10 (6). Denunciado: Lic. William Mora Guevara. Denunciante: Santos Sequeira Villegas.

SE ACUERDA 2012-36-047 Mantener invariable el acuerdo 2012-19-028, de la sesión 19-2012, celebrada el cuatro de junio de dos mil doce. Se rechaza tanto la excepción de caducidad como de prescripción. Manténgase suspendido los procedimientos. Prevenir a las partes informar del estado actual de la sumaria penal 10-007974-0175-PE. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.16.- Expediente N°: 476-12 (6). Denunciada: Licda. Celia María Cabezas Enciso. Denunciante: Carlos Ronald Arriola Grosgena.

SE ACUERDA 2012-36-048 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.17.- Expediente Nº: 026-12 (6). Denunciado: Lic. Jorge Arturo Barrantes Rivera. Denunciante: Paola Córdoba González.

SE ACUERDA 2012-36-049 Declarar caduco el presente asunto y ordenar su archivo. Asimismo, ordenar oficiosamente el inicio de un procedimiento en contra del Lic. Barrantes Rivera, por haber litigado estando suspendido, tomando como antecedentes los hechos denunciados por la parte denunciante. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.1.18.- Expediente Nº: 451-12 (6). Denunciada: Licda. Celina González Ávila. Denunciante: Lic. Maximiliano Villalobos Vargas (Apoderado de Luis Rodolfo Herrera Mora).

SE ACUERDA 2012-36-050 Acoger el desistimiento y archivar el expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 25: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 25 de 26

8.1.19.- Expediente: 469-12 (6). Denunciado: Desconocido. Denunciante: Dirección de Urbanismo Municipalidad de Desamparados.

SE ACUERDA 2012-36-051 Declarar la incompetencia y testimoniar a la sede disciplinaria notarial. Archivar el expediente. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.- ASUNTOS NUEVOS (PARA DAR TRÁMITE):

8.2.1.- Expediente N°: 491-12 (1). Denunciado: Lic. Kenneth Maynard Fernández. Denunciante: Victoria Guerra Oporta.

SE ACUERDA 2012-36-052 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.2.- Expediente N°: 537-12 (1). Denunciada: Licda. Magda Elena Méndez Castro. Denunciante: Eida Alice Mora Mora.

SE ACUERDA 2012-36-053 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.3.- Expediente N°: 499-12 (3). Denunciado: Lic. Rafael López Gutiérrez. Denunciante: Martín Alvarado Madriz.

SE ACUERDA 2012-36-054 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.4.- Expediente N°: 293-12 (3). Denunciado: Lic. Mario Rucavado Rodríguez. Denunciante: Alberto Manuel Ramírez Delgado.

SE ACUERDA 2012-36-055 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.5.- Expediente Nº: 458-12 (6). Denunciado: Lic. Luis Alexander Rojas Fallas. Denunciante: De oficio.

SE ACUERDA 2012-36-056 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.6.- Expediente N°: 501-12 (6). Denunciada: Licda. Ninoska Sánchez Martínez. Denunciantes: Alfonso Foster Benjamín y otros.

SE ACUERDA 2012-36-057 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.7.- Expediente N°: 521-12 (6). Denunciado: Lic. Rafael Arturo Montero Barrantes. Denunciante: Elisa Medrano Gutiérrez y otro.

123123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940414243444546

456

Page 26: ACTA DE LA SESION ORDINARIA No

Acta Ordinaria No. 36-2012 22 de octubre de 2012 ___ Pág. 26 de 26

SE ACUERDA 2012-36-058 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

8.2.8.- Expediente Nº: 481-12 (6). Denunciado: Lic. Sergio Badilla Montoya. Denunciante: Sara Patricia Cordero Aguilar.

SE ACUERDA 2012-36-059 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Responsable: Fiscalía.

Al ser las veintiún horas con veinticinco minutos se da por finalizada la sesión.

Dr. Gary Amador Badilla Licda. Rosibel Jara Velásquez Presidente Secretaria

123123456789

1011121314151617

456