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ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL ILMO.AYUNTAMIENTO PLENO, EL DIA DIECINUEVE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. EN PRIMERA CONVOCATORIA. En la Villa de Leganés, a DIECINUEVE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. Presididos por el Sr.Alcalde-Presidente DON JOSE LUIS PEREZ RAEZ, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, los Sres. Concejales: DON ACISCLO GOMEZ MAHEDERO, DON ISIDORO HERRERO SANZ, DON MANUEL MUÑOZ CEJUDO, DON FLORENCIO IZQUIERDO IZQUIERDO, DON RAFAEL GOMEZ MONTOYA, DON JUAN PABLO SANCHEZ VILCHES, DOÑA AURORA PRIETO CABALLERO, DON FRANCISCO TORIBIO CASAS, DOÑA EMILIA QUIROS RAYEGO, DON LUCIANO REPRESA SANCHEZ, DON JOSE ANTONIO CHICO DIAZ, DON SERGIO BENEGAS FERNANDEZ, DON JUAN ANTONIO GRACIA DOMINGUEZ, DON MANUEL PIMENTEL GOMEZ- SANCHEZ,que se incorpora a la sesión al punto 4º del Orden del Día, DON PEDRO VILLANUEVA CARRETERO, DON RAFAEL GARCIA-VIDAL ASENSIO, DON FRANCISCO JAVIER OPORTO MARTIN, DON MANUEL MARTINEZ PEREZ, DOÑA MARIA LUISA SANCHEZ CARRASCO, DON EDUARDO CUENCA CAÑIZARES, DON JOSE PEREZ GALAN, DOÑA CARMEN FERNANDEZ MELENDEZ, DON JOSE LUIS MORENO SIERRA, DON JOSE NUÑEZ GUTIERREZ Y DON BENITO GARCIA SANCHEZ, asistidos del Sr.Secretario DON HONORATO RAMOS ARRIBAS y presente el Sr.Interventor Accidental DON ALFONSO SELAS REY, al objeto de celebrar la sesión EXTRAORDINARIA del Ayuntamiento Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día. Por la Alcaldía-Presidencia se declaró abierta la sesión, siendo las DIEZ HORAS.

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ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL

ILMO.AYUNTAMIENTO PLENO, EL DIA DIECINUEVE DE JULIO DE MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. EN PRIMERA CONVOCATORIA.

En la Villa de Leganés, a DIECINUEVE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y UNO. Presididos por el Sr.Alcalde-Presidente DON JOSE LUIS PEREZ

RAEZ, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, los Sres. Concejales:

DON ACISCLO GOMEZ MAHEDERO, DON ISIDORO HERRERO SANZ, DON

MANUEL MUÑOZ CEJUDO, DON FLORENCIO IZQUIERDO IZQUIERDO, DON

RAFAEL GOMEZ MONTOYA, DON JUAN PABLO SANCHEZ VILCHES, DOÑA

AURORA PRIETO CABALLERO, DON FRANCISCO TORIBIO CASAS, DOÑA

EMILIA QUIROS RAYEGO, DON LUCIANO REPRESA SANCHEZ, DON JOSE

ANTONIO CHICO DIAZ, DON SERGIO BENEGAS FERNANDEZ, DON JUAN

ANTONIO GRACIA DOMINGUEZ, DON MANUEL PIMENTEL GOMEZ-

SANCHEZ,que se incorpora a la sesión al punto 4º del Orden del Día, DON PEDRO

VILLANUEVA CARRETERO, DON RAFAEL GARCIA-VIDAL ASENSIO, DON

FRANCISCO JAVIER OPORTO MARTIN, DON MANUEL MARTINEZ PEREZ,

DOÑA MARIA LUISA SANCHEZ CARRASCO, DON EDUARDO CUENCA

CAÑIZARES, DON JOSE PEREZ GALAN, DOÑA CARMEN FERNANDEZ

MELENDEZ, DON JOSE LUIS MORENO SIERRA, DON JOSE NUÑEZ

GUTIERREZ Y DON BENITO GARCIA SANCHEZ, asistidos del Sr.Secretario DON

HONORATO RAMOS ARRIBAS y presente el Sr.Interventor Accidental DON

ALFONSO SELAS REY, al objeto de celebrar la sesión EXTRAORDINARIA del

Ayuntamiento Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente

convocados con arreglo al Orden del Día.

Por la Alcaldía-Presidencia se declaró abierta la sesión, siendo las DIEZ

HORAS.

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1º.- APROBACION DE LOS BORRADORES DE LAS DOS ACTAS

ANTERIORES CORRESPONDIENTES A LA CONSTITUCION DEL

AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DIA 15-6-1.991 Y A LA

EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 8-7-1.991, ambas en

primera convocatoria.

Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

aprobar las actas de las dos sesiones anteriores, correspondiente la primera a la de

CONSTITUCION DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANES, celebrada el día QUINCE

DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO y a la Extraordinaria,

celebrada el día OCHO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO,

ambas en primera convocatoria.

2º.- RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA Y

DISPOSICIONES GENERALES.

Se dió cuenta de las resoluciones de la Alcaldía-Presidencia dictadas desde la

última sesión celebrada , bien directamente o por delegación. La Corporación quedó

enterada.

3º.- RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS Y

DEMANDAS.

1.- Juicio de menor cuantía núm. 90/91 del Juzgado de Primera

Instancia nº 3 de Leganés. Interesada: RENFE.

Vista la demanda presentada por RENFE y que ha correspondido el reparto

al Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Leganés, Juicio declarativo de menor cuantía nº

90/91, sobre reclamación de cantidad, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

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unanimidad, acordaron: ratificar que la representación y defensa de este Ayuntamiento

en el citado juicio, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL,

DON PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN

SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA

FRANCISCA COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO

GONZALEZ CEROLO.

2.- Recurso núm. 206/91 de la Sección 3ª del T.S. J. de Madrid.

Interesado: DON FELIX PEINADO GONZALEZ.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm. 206/91, de la Sección 3ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por,DON FELIX PEINADO

GONZALEZ, contra Impuesto de Plus Valía, expediente nº 2.399/88; y de conformidad

con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y

Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

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3.- Recurso nº 391/91 de la Sección 4ª del T.S.J. de Madrid.

Interesado: PARQUES URBANOS,S.A.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm. 391/91 de la Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por, PARQUES

URBANOS,S.A., contra acuerdo de este Ayuntamiento sobre aprobación de diversas

Ordenanzas; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en

votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

4.- Recurso nº 560/91 de la Sección 9ª del T.S.J. de Madrid.

Interesada: DOÑA PILAR GALLARDO MAYO.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm.560/91 de la Sección 9ª de lo Contencioso-Administrativo

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del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por DOÑA PILAR

GALLARDO MAYO, contra acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 23 de marzo de

1.991, punto 56, relativo a aprobación de distintas Bases de selección de personal; y de

conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen

Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

5.- Recurso nº 981/91 de la Sección 9ª del T.S.J. de Madrid.

Interesada: DOÑA PILAR GALLARDO MAYO.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm.981/91 de la Sección 9ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por DOÑA PILAR

GALLARDO MAYO, contra acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 6 de mayo de

1.991, relativo a la aprobación de Bases de selección de personal de este Ayuntamiento

por la omisión por segunda vez de la aprobación de las Bases de selección para la

cobertura en propiedad de la plaza de Técnico de Administración Especial de Rentas y

Exacciones; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

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Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en

votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

6.- Recurso nº 667/91 de la Sección 2ª del T.S.J. de Madrid.

Interesado: GUARDOCAN,S.A.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm.667/91 de la Sección 2ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por GUARDOCAN,S.A.,

contra acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 19 de febrero de 1.991; y de

conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen

Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

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SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

7.- Recurso nº 290/91 de la Sección 6ª del T.S.J. de Madrid.

Interesada: MARIA ISABEL AMAYA LOPEZ.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm.290/91 de la Sección 6ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por DOÑA ISABEL AMAYA

LOPEZ, contra designación para formar parte de la Comisión Liquidadora de las

Cuentas Generales de Recaudación del Ayuntamiento; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y

Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

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GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

8.- Recurso nº 295/91 de la Sección 6ª del T.S.J. de Madrid.

Interesado: DON ANGEL MARIANO MANSO REJON.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento, en

relación con el recurso núm.295/91 de la Sección 6ª de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por DON ANGEL MARIANO

MANSO REJON, contra designación para formar parte de la Comisión Liquidadora de

las Cuentas Generales de Recaudación de este Ayuntamiento; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y

Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente a la citada Sala del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSE GRANADO WEIL, DON

PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO CASANOVA;

y por los Abogados: DON MARIANO MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO

CORVILLO, DOÑA ANA MARIA LLULL GONZALEZ, DOÑA FRANCISCA

COBOS GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES

GARCIA, DOÑA CARMEN DELGADO DIEZ Y DON PEDRO GONZALEZ

CEROLO.

4º.- SENTENCIAS Y AUTOS.

Vistas las Sentencias y Autos que a continuación se relacionan:

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- Recurso núm. 135/90 de la Sección 1ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de

Madrid, por la que se declara nula de pleno derecho la Ordenanza Reguladora de la

exacción por otorgamiento de licencia de funcionamiento de máquinas electrónicas o

mecánicas de juego, con o sin propósito de lucro, aprobada por acuerdo de 12 de

diciembre de 1.989.

- Recurso núm. 206/88 de la Sección 2ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de

Madrid, interpuesto por LECOAUTO, contra acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Comunidad de Madrid, aprobando el Plan General.

- Recurso núm. 3.445/88 de la Sección 9ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por la FEDERACION SINDICAL Y ADMINISTRACION

PUBLICA DE CC.OO DE MADRID REGION, contra 16 decretos de 12 de diciembre

de 1.988, fijando servicios minimos para el 14 de diciembre de 1.988.

- Recurso núm. 2.020/85 de la Sección 3ª de lo contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DON FAUSTINO DELGADO BLANCO, en expediente de

Plus Valía nº 103/83.

- Recurso núm. 2.756/89 (antes 1.637/87) de la Sección 4ª de lo Contencioso-

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra

resolución del Tribunal Económico Administrativo Provincial de Madrid, que anuló

liquidación practicada a la Empresa Martín,S.A., en Impuesto de Radicación 2º

semestre de 1.984.

- Recurso núm. 2.719/88 de la Sección 8ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DON ANGEL PEDREROS FERNANDEZ, contra

resolución de 29 de julio de 1.988, sobre tasa por servicio de grúa municipal y custodia

de vehículos.

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- Recurso núm. 2.638/89 (antes 1.281/87), de la Sección 4ª de lo Contencioso

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra

resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Madrid, sobre

liquidación girada a la Empresa Martín,S.A. en Impuesto de Radicación 2º semestre de

1.983.

- Recurso núm. 2.421/89 (antes 736/87), de la Sección 4ª de lo Contencioso-

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra

resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Madrid, en

liquidación del Impuesto de Solares, segundo semestre de 1.981 y 1.982, a GREGORIA

PEREZ LOPEZ, finca calle Butarque nº 10.

- Proceso nº 411/90 del Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid, demanda presentada por

DOÑA ROSA MORENO HERNANDEZ, sobre reclamación de fijeza, antigüedad,

categoría similar a Título Medio y pago de cantidad.

- Procedimiento nº 26/90 del Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, demanda

presentada por DOÑA CASIMIRA DE LA CRUZ PINTO, sobre clasificación

profesional.

- Recurso núm. 1.840/89 de la Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Provincial de Madrid, en liquidación del Impuesto de

Solares ejercicio 2º semestre de 1.981 y 1.982, practicada a DOÑA SANTIAGA

SERRANO CASTRO.

- Recurso núm. 2.010/89 (antes 1.593/86), de la Sección 3ª de lo Contencioso-

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por DOÑA FELICITA SERNA

MORENO, en expedientes municipal de Plus Valía núms. 1.627, 1.628, 1.629 y

1.630/84.

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- Recurso núm. 1.163/86, de la Sección 7ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DON ANTONIO ARMADA VAZQUEZ, contra Decretos

de 5 de abril y 5 de febrero de 1.986, sobre exclusión de concurso convocado para

cubrir plaza de Administrativo.

- Recurso núm. 1.717/89, de la Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por la CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE

MADRID, sobre liquidaciones por el Arbitrio de Radicación correspondientes al 2º

semestre de 1.982 de locales situados en la Calle Menéndez Pidal, Mediodía,

Dr.Mendiguchía Carriche, Rioja y Monegros.

- Recurso núm. 1.707/87, de la Sección 7ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DOÑA MARIA DEL PILAR CASTRO CARVAJAL,

contra acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 11 de abril de 1.986, por el que se revoca su

nombramiento de Educadora de Bachiller Superior y se la priva de la gratificación de

complemento de trabajo por superior categoría.

- Recurso núm. 1.607/89, de la Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por la CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE

MADRID, contra liquidación del Arbitrio de Radicación primer semestre de 1.984,

local Calle Mediodía, núm. 1.

- Recurso núm. 1.595/89 (antiguo 224/86), de la Sección 3ª de lo Contencioso-

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por DOÑA MARIA LUISA

DELGADO GOMEZ, en expediente de Plus Valía núm. 1.514/83.

- Recurso núm. 1.391/89 (antes 2.007/85), de la Sección 3ª de lo Contencioso-

Administrativo del T.S.J. de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra

resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Madrid, en Impuesto

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de Plus Valía, resolviendo reclamación núm. 1.799/84, presentada por DON

FAUSTINO DELGADO BLANCO.

- Recurso núm. 984/81, de la Sala 1ª de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Territorial de Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Provincial de Madrid, en expediente de Plus Valía del que

se siguió reclamación nº 3.206/78, presentada por PROMOTORA DE VIVIENDAS

GAMA,S.A.

- Recurso núm. 119/90,de la Sección 2ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de

Madrid, interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, contra concursos

de anteproyectos de Polvoranca y Los Frailes.

- Recurso núm. 315/87, de la Sección 1ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DOÑA PILAR PEREZ CARRETO, contra acuerdo del

Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, aprobando el Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés.

- Recurso núm. 910/90, de la Sección 1ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DON JOSE VALERO AICUA, sobre expediente de

infracción urbanística en la Vereda Baja del Portillo.

- Recurso núm. 286/91, de la Sección 8ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DON FRANCISCO LOPEZ TORRANO Y OTROS, sobre

Plan Parcial del Polígono Industrial Prado Overa.

- Recurso núm. 203.438, de la Sección 2ª de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional, interpuesto por DON SATURNINO DEL YERRO ALONSO.

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- Recurso núm. 172/90, de la Sección 2ª de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.

de Madrid, interpuesto por DOÑA EMILIA PINGARRON SERRANO.

- Apelación nº 175/89, de la Sección 11 de lo Civil de la Audiencia Provincial de

Madrid, interpuesto por este Ayuntamiento contra Sentencia dictada por el Juzgado de

Primera Instancia nº 2 de Leganés, en interdicto presentado por DON MANUEL

BARRAGAN PEINADO.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron: quedar enterados del contenido de las Sentencias y Autos,

en relación con los recursos y procedimientos que han quedado reseñados

anteriormente; y que por las Unidades correspondientes de este Ayuntamiento se

propongan las resoluciones que procedan.

5º.- COMPROBACION DEL INVENTARIO DE BIENES POR CAMBIO

DE CORPORACION.

El pasado día 15 de junio de 1.991, se renovó este Ayuntamiento como

consecuencia de las últimas Elecciones celebradas el día 26 de mayo. El art. 33 del

Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, en su núm. 2 establece que la

comprobación del Inventario se efectuará siempre que se renueve la Corporación.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen

Jurídico, Personal y Desarrollo Local, se abrió deliberación en relación con el presente

punto del Orden del Día.

Por el Sr.Cuenca Cañizares se propuso, en representación de Izquierda

Unida, la constitución de una Comisión de una persona por grupo, para comprobar el

Inventario, ya que de otra de forma sería difícil su comprobación.

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El Sr.Villanueva Carretero en representación del Grupo Popular, manifestó

que en aras de una transparencia se hacía preciso cotejar cada uno de los bienes

comprendidos en el Inventario, por lo que suscribían la propuesta de Izquierda Unida.

El Sr.Pimentel Gómez-Sánchez indicó que se adhería a las peticiones de los

Grupos de Izquierda Unidad y Popular.

El Sr.Represa Sánchez defendió el dictamen de la Comisión Informativa por

considerar que el Inventario se encontraba comprobado, dada la reciente aprobación

efectuada por el Ayuntamiento Pleno.

Terminada la deliberación, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los Sres. Pimentel Gómez-Sánchez, Villanueva

Carretero, García-Vidal Asensio, Oporto Martín, Martínez Pérez, Srta. Sánchez

Carrasco, Sres. Cuenca Cañizares, Pérez Galán, Sra. Fernández Meléndez, y Sres.

Moreno Sierra, Núñez Gutierrez y García Sánchez, acordaron: dar por comprobado el

Inventario de Bienes del Ayuntamiento de Leganés a los efectos establecidos en el nº 2

del art. 33 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y disposiciones

concordantes, comprobación efectuada como consecuencia de la renovación de este

Ayuntamiento producida el día 15 de junio de 1.991.

6º.- NOMBRAMIENTOS DE INTERVENTORES Y TESORERA CON

CARACTER ACCIDENTAL DURANTE EL PERIODO DE

VACACIONES.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

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PRIMERO.- Nombrar Interventor Accidental a DON ALFONSO SELAS REY,

Técnico de Administración General, durante el periodo comprendido entre el 15 y el 31

de julio, ambos inclusive, y a DOÑA BELEN PEREA RODRIGUEZ, Técnico de

Administración Especial, en el periodo comprendido entre el 1 y el 14 de agosto de

1.991, ambos inclusive, teniendo ambos el percibo de los derechos económicos

correspondientes.

SEGUNDO.- Nombrar Tesorera Accidental durante el periodo de vacaciones de DON

JAVIER ELIAS VEGA DE LA HUERGA, a DOÑA MARIA DEL CAMEN BRAVO

MARTIN, es decir, desde el 19 de agosto al 18 de septiembre, ambos inclusive.

7º.- APROBACION TRANSFERENCIAS A LA C.A.M. EN MATERIA DE

SALUD MENTAL.

De acuerdo a lo establecido en el art. 27, apartado 7º del Estatuto de

Autonomía de la Comunidad de Madrid, que determina las competencias de ésta en

materia de Sanidad e Higiene, y en la Ley 14/1.986, de 25 de abril, General de Sanidad,

que determina en su artículo 50.1 que "En cada Comunidad Autónoma se constituirá un

Servicio de Salud integrado por todos los Centros, Servicios y Establecimientos de la

propia Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera Administraciones

Territoriales intracomunitarias, que estará gestionado, como se establece en los artículos

siguientes, bajo la responsabilidad de la respectiva Comunidad Autónoma" y a la

Disposición Transitoria Primera, apartado 1, en la que se determine que las

Corporaciones Locales, establecerán de mútuo acuerdo con los gobiernos de la

Comunidades Autónomas un proceso de transferencias.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

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PRIMERO.- Transferir a la Comunidad de Madrid las funciones que en materia de

Salud Mental viene gestionando el Ayuntamiento de Leganés.

SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Leganés entrega a la Comunidad de Madrid la

cesión de uso de la vivienda sita en la Calle Antonio Machado, 3 de Leganés, para la

ubicación de los Servicios de Salud Mental.

La adscripción de los bienes patrimoniales se entiende sin perjuicio de la

unidad de patrimonio del Ayuntamiento de Leganés, distinto del de la Comunidad de

Madrid, y afecta al cumplimiento de los fines específicos.

La Comunidad de Madrid contribuirá a través del Servicio Regional de Salud

de la Consejería de Salud, a los gastos de mantenimiento de la vivienda descrita en el

apartado anterior, mediante la celebración de Convenios anuales entre la Consejería de

Salud y el Ayuntamiento de Leganés.

TERCERO.- El personal adscrito al Servicio que se traspasa y que se referencia

nominalmente a contiuación, pasará a depender de la Comunidad de Madrid en los

términos legalmente establecidos por el Estatuto de Autonomía y demás normas en cada

caso aplicables.

D.N.I. APELLIDOS,NOMBRE PUESTO CATEGORIA

22.515.316 González López.Mª Luisa 29.884 Psicóloga.

2.502.010 Donas Hernández,M.Angel 29.852 Asis.Social.

CUARTO.- En el plazo de un mes desde la aprobación de este acuerdo se firmarán las

correspondientes actas de entrega de la vivienda y de la documentación relativa al

personal transferido.

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QUINTO.- De acuerdo con el contenido del punto noveno del Convenio para el

desarrollo de las transferencias Sanitarias (aprobado en el Pleno de 28 de noviembre de

1.991), la Comisión Mixta de Transferencias de Salud, Ayuntamiento de Leganés,

Comunidad de Madrid, realizará las funciones de Comisión de Seguimiento, a efectos

de analizar y proponer soluciones de aquellos aspectos que puedan plantearse

ulteriormente, como resultado de la aplicación de estos acuerdos transferenciables.

SEXTO.- Facultar al Sr.Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean

necesarios en ejecución de los presentes acuerdos.

8º.- CANCELACION CONDICION RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE GARAJE

NUM. 88 DEL BLOQUE 34 DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento vendió a D.PEDRO AMATE EXTREMERA y a su

esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje núm.88 del Bloque 34 de "El

Carrascal", mediante escritura otorgada el día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario de

Leganés DON FEDERICO SEGOVIANO VICARIO, con el nº 767 de su protocolo;

resultando, que según certificación del Interventor, ha quedado totalmente saldada la

deuda con este Ayuntamiento de las cantidades pendiente de pago, los Sres. reunidos,

en votación ordinaria y por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa, de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local,

acordaron:

PRIMERO.- Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura otorgada el

día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario de Leganés, DON FEDERICO SEGOVIANO

VICARIO, con el núm. 767 de su protocolo, por la que se vendía a D.PEDRO AMATE

EXTREMERA y a su esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje núm.

88 del bloque 34 de "El Carrascal", por haberse abonado las cantidades pendientes de

pago.

Page 18: ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL … · En la Villa de Leganés, a DIECINUEVE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. Presididos por el Sr.Alcalde-Presidente DON

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de las

correspondientes escrituras públicas.

9º.- CANCELACION CONDICION RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE GARAJE

NUM. 89 DEL BLOQUE 34 DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento vendió a D.PEDRO AMATE EXTREMERA y a su

esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje núm. 89 del Bloque 34 de

"El Carrascal", mediante escritura otorgada el día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario

de Leganés DON FEDERICO SEGOVIANO VICARIO, con el nº 768 de su protocolo;

resultando, que según certificación del Interventor, ha quedado totalmente saldada la

deuda con este Ayuntamiento de las cantidades pendiente de pago, los Sres. reunidos,

en votación ordinaria y por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa, de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local,

acordaron:

PRIMERO.- Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura otorgada el

día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario de Leganés, DON FEDERICO SEGOVIANO

VICARIO, con el núm. 768 de su protocolo, por la que se vendía a D.PEDRO AMATE

EXTREMERA y a su esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje

núm.89 del bloque 34 de "El Carrascal", por haberse abonado las cantidades pendientes

de pago.

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de las

correspondientes escrituras públicas.

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10º.- CANCELACION CONDICION RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE GARAJE

NUM 84-G DEL BLOQUE 34 DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento vendió a D.PEDRO AMATE EXTREMERA y a su

esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje núm. 84-G del Bloque 34 de

"El Carrascal", mediante escritura otorgada el día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario

de Leganés DON FEDERICO SEGOVIANO VICARIO, con el nº 766 de su protocolo;

resultando, que según certificación del Interventor, ha quedado totalmente saldada la

deuda con este Ayuntamiento de las cantidades pendiente de pago, los Sres. reunidos,

en votación ordinaria y por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa, de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local,

acordaron:

PRIMERO.- Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura otorgada el

día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario de Leganés, DON FEDERICO SEGOVIANO

VICARIO, con el núm. 766 de su protocolo, por la que se vendía a D. PEDRO AMATE

EXTREMERA y a su esposa Dª CONSUELO DIAZ GOMEZ, la plaza de garaje

núm.84-G del bloque 34 de "El Carrascal", por haberse abonado las cantidades

pendientes de pago.

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de las

correspondientes escrituras públicas.

11º.- CANCELACION CONDICION RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE GARAJE

NUM. 41-D DEL BLOQUE 34 DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento vendió a Dª MARIA TERESA LOBATO MONTEJANO

y a su esposo D.MIGUEL ANGEL ROMERO RODRIGUEZ, la plaza de garaje núm.

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41-D del Bloque 34 de "El Carrascal", mediante escritura otorgada el día 26 de octubre

de 1.988, ante el Notario de Leganés DON FEDERICO SEGOVIANO VICARIO, con

el nº 2.652 de su protocolo; resultando, que según certificación del Interventor, ha

quedado totalmente saldada la deuda con este Ayuntamiento de las cantidades pendiente

de pago, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad y de conformidad

con el dictamen de la Comisión Informativa, de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y

Desarrollo Local, acordaron:

PRIMERO.- Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura otorgada el

día 26 de octubre de 1.988, ante el Notario de Leganés, DON FEDERICO

SEGOVIANO VICARIO, con el núm. 2.652 de su protocolo, por la que se vendía a Dª

MARIA TERESA LOBATO MONTEJANO y a su esposo D.MIGUEL ANGEL

ROMERO RODRIGUEZ la plaza de garaje núm.41-D, del bloque 34 de "El Carrascal",

por haberse abonado las cantidades pendientes de pago.

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de las

correspondientes escrituras públicas.

12º.- CANCELACION DE CONDICION RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE GARAJE

NUM. 91 DEL BLOQUE 34 DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento vendió a D.JOSE ANTONIO BLAS DE LARA y a su

esposa Dª MARIA EUGENIA MORAIS DOS SANTOS MENDES, la plaza de garaje

núm. 91 del Bloque 34 de "El Carrascal", mediante escritura otorgada el día 23 de

marzo de 1.988, ante el Notario de Leganés DON FEDERICO SEGOVIANO

VICARIO, con el nº 771 de su protocolo; resultando, que según certificación del

Interventor, ha quedado totalmente saldada la deuda con este Ayuntamiento de las

cantidades pendiente de pago, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

Page 21: ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL … · En la Villa de Leganés, a DIECINUEVE DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO. Presididos por el Sr.Alcalde-Presidente DON

unanimidad y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa, de

Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, acordaron:

PRIMERO.- Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura otorgada el

día 23 de marzo de 1.988, ante el Notario de Leganés, DON FEDERICO SEGOVIANO

VICARIO, con el núm. 771 de su protocolo, por la que se vendía a D. JOSE ANTONIO

BLAS DE LARA y a su esposa Dª MARIA EUGENIA MORAIS DOS SANTOS

MENDES, la plaza de garaje núm. 91 del bloque 34 de "El Carrascal", por haberse

abonado las cantidades pendientes de pago.

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de las

correspondientes escrituras públicas.

13º.- INCLUSION EN EL INVENTARIO DE BIENES MUNICIPALES, DE

UN CUADRO DEL PINTOR OPS.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aceptar la donación efectuada a este Ayuntamiento por el Pintor OPS, de

un cuadro que realizó para el cartel anunciador de la Feria del Libro-90 y cuya

descripción es: un libro que surge en el desierto sobre un fondo superior de noche con

luna. Tiene unas dimensiones de 48 cms. x 68 cms.

SEGUNDO.- Proceder a la inscripción del citado cuadro en el Inventario Municipal de

Bienes, epígrafe 3º.

TERCERO.- Transmitir al Pintor OPS el agradecimiento de este Ayuntamiento por la

donación del mencionado cuadro.

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14º.- COMPRA DEL USO DE LA PARCELA "M" DE EL CARRASCAL.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de octubre de 1.989, adoptó

el acuerdo de aprobar el convenio suscrito con la Provincia Agustiniana Matritense

sobre permuta de uso de la parcela "M" del Parque Ciudad 80 El Carrascal. El

mencionado convenio contenía la opción de que la mencionada Provincia Agustiniana

Matritense, si no se firmaba la escritura pública de permuta antes del 31 de diciembre de

1.991, podría optar por vender el uso de la mencionada parcela en 9.000.000,- de Ptas.

Por escrito de fecha 7 de abril de 1.991, la Provincia Agustiniana Matritense

ha optado por vender el uso de la parcela "M".

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Quedar enterados de la opción efectuada por la Provincia Agustiniana

Matritense, prevista en la cláusula cuarta del contrato suscrito con este Ayuntamiento, el

día 8 de septiembre de 1.989 y aprobado en sesión de 5 de octubre de 1.989 de vender el

uso de la parcela "M" de El Carrascal y en su virtud, proceder este Ayuntamiento a la

compra del uso de la citada parcela "M" de El Carrascal, por el precio de 9.000.000,- de

Ptas.

SEGUNDO.- Dejar sin efecto la permuta prevista de 3.000 metros cuadrados de la

parcela 29 del polígono 14 del Catastro Parcelario inventariada con el nº 783.

TERCERO.- Facultar al Sr.Alcalde-Presidente para la otorgamiento de la

correspondiente escritura pública de compraventa.

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15º.- RATIFICACION DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LOS

PUNTOS 12 Y 13 DE LA COMISION DE GOBIERNO DE FECHA 23-

4-1.991.

La Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día

23 de abril de 1.991, en el punto 12º, adoptó el acuerdo de aceptación de cesión en

propiedad del vehículo marca REANULT MODELO R-19 GTX, matrícula M-5620-

LY, efectuada por la Consejería de Agricultura y Cooperación de la Comunidad de

Madrid, a favor de este Ayuntamiento y con destino a la Policía Local.

Asimismo en el punto 13º de la misma Comisión se adoptó el acuerdo de

aceptación de cesión del vehículo marca MERCEDES MODELO 914 AK, y matrícula

M-2490-LY, efectuada por la Dirección General de Protección Ciudadana de la

Comunidad de Madrid.

Por ello y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en

votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Ratificar el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno de este

Ayuntamiento, de fecha 23 de abril de 1.991, al punto 12 del Orden del Día, de

aceptación de cesión en propiedad del vehículo marca RENAULT, modelo R-19 GTX,

matrícula M-5620-LY, efectuada por la Consejería de Agricultura y Cooperación de la

Comunidad de Madrid, a favor de este Ayuntamiento y con destino a la Policía Local.

SEGUNDO.- Ratificar asimismo, el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno de

23 de abril de 1.991, en el punto 13º del Orden del Día, de aceptación de cesión del

vehículo Autobomba marca MERCEDES, modelo 914 AK, y matrícula M-2490-LY

efectuada por la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de

Madrid.

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16º.- EXPEDIENTE DE CESION DE PARCELA AL MINISTERIO DE

JUSTICIA.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 1.990,

adoptó el acuerdo de iniciar expediente de cesión al Estado, Ministerio de Justicia, de

una parcela de 1.000 metros cuadrados situada en la Avda. de Gibraltar, junto al

Mercacentro Municipal; visto el escrito remitido por la Dirección General de Servicios

del Ministerio de Justicia, en el sentido de que para desarrollar el programa establecido

para la construcción del edificio se hace imprescindible que el solar tenga una anchura

mínima de 12 metros. De conformidad con el informe de los Servicios Técnicos

Municipales y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Mantenimiento y

Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Ceder al Estado, Ministerio de Justicia, una parcela de 1.128 metros

cuadrados, situada en la Avda. de Gibraltar, con entrada por la calle de Pedro Patiño y

cuyos linderos son: al Norte, en línea de 80 metros, con zona verde pública; al Sur, en

línea quebrada de 9, 8, 21, 8 y 50 metros, con espacio libre público destinado a

aparcamiento; al Este, en línea de 12 metros con espacio libre público y al Oeste, en

línea de 12 metros con espacio libre público.

SEGUNDO.- Dar cuenta a la Comunidad Autónoma de Madrid, a los efectos

establecidos en el art. 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

TERCERO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente para la firma de la correspondiente

escritura pública de cesión.

17º.- EXPEDIENTE SOBRE PARCELA DESTINADA A TALLER

OCUPACIONAL EN EL SECTOR 10.

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Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de octubre de 1.989, adoptó

el acuerdo de adscribir a Centro Ocupacional una parcela de 4.500 metros cuadrados,

situada en el Sector 10 del Plan General; y resultando que según informes de los

Servicios Técnicos Municipales, se hace necesario proceder a la modificación de la

superficie y de los límites de la mencionada parcela, y de conformidad con el dictamen

de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente,

los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron: modificar el

acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 5 de octubre de 1.989, relativo a la adscripción de

una parcela para Centro Ocupacional, en el sentido de que la parcela que se adscribe es

la siguiente:

"Parcela de 5.040 m2 de superficie, linda al Norte, en línea de 84 metros con

zona verde pública, y calle del Sector IV; al Sur, en línea de 84 metros con calle de

nuevo trazado; al Este, en línea de 60 metros con resto de sector, destinado a

equipamientos, y al Oeste, en línea de 60 metros con resto de sector, destinado a

equipamientos.

La cédula urbanística es la siguiente:

a).- Ocupación en planta: 70%

b).- Parcela mínima: 500 m2.

c).- Alineaciones: 3/4 de la altura a eje de calle o límite medianero con un

mínimo de 3 m.

d).- Altura máxima: igual o menor a 15 m.

f).- Edificabilidad: 1,33 m2/m2 equivalente a 4 m3/m2.

18º.- ENAJENACION MEDIANTE SUBASTA DE 40,62% DE LA PARTE

PROINDIVISA DE LA PARCELA 49 DEL POLIGONO DE "EL

CARRASCAL."

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Este Ayuntamiento es titular del 40,62% de la parcela 49 del plano de

adjudicaciones del Proyecto de Reparcelación del Polígono Parque Ciudad 80 El

Carrascal.

Transcurrido con exceso el plazo de los cinco años establecidos en el nº 3 del

art. 35 del Reglamento de Reparcelaciones aprobado por Decreto 1.006/1.966 de 7 de

abril, desde que adquirió firmeza el acuerdo aprobatorio del expediente de

reparcelación, este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 12 de febrero de 1.991,

adoptó el acuerdo de proceder a enajenar mediante subasta pública el 40,62% de la

parcela 49 a que se ha hecho referencia anteriormente, aprobando los correspondientes

pliegos de condiciones y convocando la subasta.

Publicados los preceptivos anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid de 17 de mayo de 1.991 y Boletín Oficial del Estado de 24 de abril de 1.991,

únicamente se ha presentado durante el periodo de licitación la plica suscrita por DON

ANTONIO MAROTO CUADRADO.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar a DON ANTONIO MAROTO CUADRADO, la subasta

convocada para la venta del 40,62% de la parcela 49 del Proyecto de Reparcelación del

Polígono Parque Ciudad 80 El Carrascal, por el precio de 15.800.000,- Ptas. Parcela que

se corresponde según los informes obrantes en el expediente, con la finca registral nº

54.385 del Registro de la Propiedad de Leganés, ahora Leganés-2, Tomo 709, Folio

213.

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TERCERO.- Facultar al Sr.Alcalde-Presidente para el otorgamiento de la

correspondiente escritura pública de compraventa.

19º.- ADJUDICACION DEL CONCURSO CONVOCADO PARA LA

CONCESION DE TERRENOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, CON

OBJETO DE CONSTRUIR E INSTALAR UN APARCAMIENTO

SUBTERRANEO.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 25 de febrero de 1.991, adoptó

el acuerdo de convocar concurso para la concesión de los bienes de dominio público,

sitos en la Avda. de Francia, entre los bloques 106 y 108 de El Carrascal, para la

construcción de un aparcamiento subterráneo.

Publicados los correspondientes anuncios únicamente se ha presentado la

plica suscrita por APARCAMIENTOS NIZA, S.COOP.LTDA.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar el concurso convocado para la concesión de bienes de dominio

público, sito entre los bloques 106 y 108 de Parque Ciudad 80 El Carrascal, y para la

construcción de un aparcamiento subterráneo, a "APARCAMIENTOS

NIZA,SDAD.COOP.LTDA.," por un plazo de utilización de NOVENTA Y NUEVE

AÑOS, y un canon de 1.000 pesetas por plaza y año, durante los cinco primeros años,

revisable anualmente conforme al I.P.C., a partir de enero del sexto año, siendo 164 las

plazas a construir, según proyecto aprobado.

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TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días, contados a

partir del siguiente al de recepción del presente acuerdo, proceda a constituir, en la Caja

Municipal, la fianza definitiva que se fija en la cantidad de 5.510.446,- Ptas.

CUARTO.- Facultar al Sr.Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos

sean necesarios en ejecución del presente acuerdo, incluída la correspondiente escritura

pública.

20º.- CONCESION ADMINISTRATIVA PARCELA P EN

ZARZAQUEMADA.

Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron: dejar

el expediente sobre la Mesa, para un mejor estudio.

21º.- ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONCURSO CONVOCADO

PARA LA CONSERVACION Y REFORMA DE PAVIMENTOS Y

ALCANTARILLADOS DE LEGANES.

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 1.991, adoptó

el acuerdo de convocar concurso para la contratación del servicio de conservación y

reforma de pavimentos y alcantarillados de Leganés.

Publicados los correspondientes anuncios y a la vista de las ofertas

presentadas y de conformidad con el informe del Ingeniero de Caminos Municipal y el

dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen Jurídico, Personal y

Servicios, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

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SEGUNDO.- Adjudicar definitivamente el concurso convocado para la conservación y

reforma de los pavimentos y alcantarillados de Leganés, a CONSTRUCCIONES Y

CONTRATAS,S.A., quien se compromete con estricta sujeción a los pliegos de

condiciones a realizar las obras contenidas en el mencionado Servicio por una cantidad

máxima de 70.000.000,- de Ptas, menos las certificaciones abonadas al anterior

adjudicatario, ofreciendo una baja por cada unidad establecida en el pliego de

condiciones y que ejecute del 13,47% del precio tipo.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de diez días, contados a

partir del siguiente al de recepción del presente acuerdo, proceda a constituir la fianza

definitiva que se fija en la cantidad de NOVECIENTAS SETENTA MIL PESETAS

(970.000,- Ptas.)

CUARTO.- Proceder a la devolución de las fianzas provisionales constituidas por los

restantes licitadores.

22º.- CONVENIO GENERAL CON LA UNIVERSIDAD POLITECNICA

DE MADRID Y CONVENIOS ESPECIFICOS.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Inormativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron: aprobar los convenios celebrados con la Universidad

Politécnica de Madrid, sobre colaboración en los campos científicos y tecnológicos de

interés común y sobre establecimiento de la red topográfica necesaria para la realización

de la cartografía a escala 1:500 del término municipal de Leganés, aprobando el gasto

por importe de 7.967.680,- Ptas a que asciende el presupuesto de realización de los

trabajos de triangulación, poligonación y nivelación con el desglose que figura en los

informes obrantes en el expediente y en los anexos de los mencionados convenios.

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23º.- PRORROGA DE CONTRATO DEL RECAUDADOR DE

EJECUTIVA.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen

Jurídico, Personal y Desarrollo Local, se abrió deliberación sobre el presente punto del

Orden del Día.

El Sr.Represa Sánchez defendió el dictamen de la Comisión e indicó que la

prórroga posibilitaba estudiar con el necesario detalle las exigencias de poder asumir

directamente el Ayuntamiento la gestión de la Recaudación de Ejecutiva.

El Sr.Cuenca Cañizares solicitó que por la Alcaldía-Presidencia se dieran las

órdenes oportunas, para que emitiese el correspondiente informe el Sr.Secretario. El

Sr.Alcalde manifestó que no se consideraba conveniente que lo emitiese en la propia

sesión y que posteriormente se decidiría sobre el asunto. Continuó el Sr.Cuenca

Cañizares manifestando que a su juicio el principal problema que se planteaba, era que

no se trataba de una prórroga sino de un nuevo contrato, ya que el anterior se encontraba

vencido y finalizado; y que por otra parte no se había tramitado los correspondientes

expedientes de Perjuicio de Valores. Terminó proponiendo que como establece el

contrato el Recaudador siga cumpliendo sus funciones hasta el 31 de diciembre de

1.991 y que a partir del 1 de enero de 1.992, dependa directamente la gestión del

Ayuntamiento, solicitando que por el Sr.Interventor y el Sr.Tesorero se informe sobre el

personal necesario para llevar directamente la gestión.

El Sr.Villanueva Carretero propuso que se trabaje en sustituir el sistema de

gestión de la Recaudación de Ejecutiva.

El Sr.Gómez Mahedero defendió en nombre de su grupo la propuesta de la

Comisión Informativa.

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Terminada la deliberación, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con los votos en contra del Sr.Cuenca Cañizares, Pérez Galán, Sra. Fernández

Meléndez, Sr. Moreno Sierra, Nuñez Gutierrez y García Sánchez, acordaron: aprobar la

prórroga con efectos del 15 de junio de 1.991 del contrato suscrito con el Recaudador de

Ejecutiva de este Ayuntamiento D.PEDRO MORALES ORTEGA, en las mismas

condiciones que figuran en el contrato. Prórroga que tendrá una duración hasta el 15 de

junio de 1.993 y quedando condicionada a la reserva del Ayuntamiento para poder

resolver el contrato en cualquier momento, si eso resultase necesario para los intereses

municipales.

Una vez finalizado el plazo de vigencia señalado y hasta tanto no se den las

circunstancias prevenidas en la Disposición Novena del Real Decreto Legislativo

781/86, de 18 de abril, o se proceda a su resolución conforme a la condición de reserva

a favor del Ayuntamiento, el contrato se entenderá prorrogado tácitamente por períodos

anuales sucesivos, de mútuo acuerdo, salvo que el Recaudador renuncie expresamente

conforme se señala en el párrafo segundo de la base décima del Pliego de Condiciones

que rige el contrato.

24º.- OPERACION DE TESORERIA CON EL BANCO DE CREDITO

LOCAL DE ESPAÑA, POR IMPORTE DE 275.000.000,- DE

PESETAS.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con la abstención de los Sres. Cuenca Cañizares, Pérez Galán, Sra.

Fernández Meléndez, Sres. Moreno Sierra, Núñez Gutierrez y García Sánchez,

acordaron: quedar enterados de aprobar la Operación de Tesorería

efectuada y suscrita por la Alcaldía-Presidencia, con el Banco de Crédito Local de

España, por importe de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE

PESETAS (275.000.000,- de Ptas), al amparo de lo establecido en el nº 2 del art. 53 de

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la Ley 39/1.988, Reguladora de las Haciendas Locales, teniendo en cuenta que la

presente Operación de Tesorería, según los informes obrantes en el expediente, no

supera el 5% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el último ejercicio

liquidado y en que su conjunto la operaciones de Tesorería no superan el 35% de dichos

ingresos.

25º.- CONTRATO DE PRESTAMO CON PREVIA APERTURA DE

CREDITO CON EL BANCO DE CREDITO LOCAL DE ESPAÑA,

POR IMPORTE DE 232.915.614,- PTAS.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda,

Régimen Jurídico, Personal y Desarrollo Local, los Sres. reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Aprobar el cotrato de préstamo con previa apertura de crédito a suscribir

con el Banco de Crédito Locales de España, por importe de DOSCIENTOS TREINTA

Y DOS MILLONES NOVECIENTAS QUINCE MIL SEISCIENTAS CATORCE

PESETAS (232.915.614,- Ptas), con objeto de financiar las siguientes finalidades:

- ESCUELAS TALLER Y CASA OFICIOS (89). 129.949.699,-

- ESCUELAS TALLER (AÑO 90). 10.000.000,-

- REMODELACION DEL BARRIO ZARZAQUEMADA. 59.985.783,-

- ACCESO REG-IAG. 32.980.132,-

T O T A L................... 232.915.614,-

SEGUNDO.- Autorizar al Sr.Alcalde-Presidente para la firma del mencionado contrato

de préstamo.

26º.- CONTRATACION DIRECCION DE OBRAS POLIDEPORTIVO DE

EL CARRASCAL.

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Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Régimen

Jurídico, Personal y Desarrollo Local, se abrió deliberación sobre el presente punto del

Orden del Día, durante la cual el Sr.Cuenca Cañizares, señaló que por el precio que

supone la dirección de una sola obra, podría contratarse a dos profesionales por periodo

superior a un año para el seguimiento de mayor número de obras municipales. Justificó

el dictamen de la Comisión el Sr.Herrero Sanz.

Terminada la deliberación, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los Sres. Cuenca Cañizares, Pérez Galán,

Sra.Fernández Meléndez, Sres. Moreno Sierra, Núñez Gutierrez y García Sánchez,

acordaron: contratar la dirección de la obra del Polideportivo Cubierto El Carrascal, con

el Arquitecto Superior DON DIEGO PEREZ MEDINA, por importe de 8.547.157,-

Ptas; y con el Arquitecto Técnico DON JOSE LUIS SANTANDER SANCHEZ, por

importe de 8.547.157,- Ptas, aprobando el gasto correspondiente para el abono de los

citados honorarios.

27º.- APROBACION DEFINITIVA PLAN GENERAL DE LEGANES EN

EL AMBITO DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III.

La Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid, comunica a

este Ayuntamiento que por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 17 de

mayo de 1.991, se ha acordado aprobar definitivamente la Modificación Puntual del

Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Leganés, en el ámbito de

la Universidad Carlos III, consistente en modificar el viario de dicho Plan General,

sustituyendo la actual C/ Butarque que separa el Cuartel de Saboya y la Colonia y

Granja Militares, por una vía perimetral paralela a la vía del ferrocarril que formará la

conexión entre las Avenidas Dos de Mayo y del Ejército, promovida por el

Ayuntamiento de la localidad citada.

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De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron: quedar enterados.

28º.- APROBACION DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL

AREA DE EQUIPO URBANO DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de julio de 1.990, aprobó

inicialmente el Estudio de Detalle para la ordenación de terrenos de la Universidad

Carlos III, tramitado a instancia del Ministerio de Educación y Ciencia.

Publicados los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid, de 18 de octubre de 1.990 y Diario El Pais de 22 de septiembre

de 1.990; y no habiéndose presentado ningún tipo de reclamaciones ni alegaciones y

habiéndose aprobado con carácter definitivo la modificación del Plan General que

afecta al Area del Estudio de Detalle.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la ordenación de los

terrenos de la Universidad Carlos III.

SEGUNDO.- Dar cuenta de la presente aprobación a la Comunidad de Madrid y

publicar el correspondiente anuncio de aprobación definitiva, de conformidad con lo

establecido en la vigente Ley del Suelo y Reglamento de Planeamiento.

29º.- APROBACION INICIAL PLAN ESPECIAL COLECTORES DE

LEGANES.

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De conformidad con la propuesta de los Servicios Técnicos Municipales y el

dictamen de la Comisión Informativa, de Urbanismo, Obras, Mantenimiento y Medio

Ambiente; y después de una amplia deliberación, durante la cual el Sr.Cuenca Cañizares

señaló que los redactores del Plan Especial ponían de manifiesto la deficiencias

existentes en el actual Servicio de alcantarillado y que la solución dada, no garantiza

una solución definitiva para más de diez años; quedando además por discutir los temas

de financiación y plazos de ejecución; y el Sr.Villanueva Carretero, quien indicó que se

debe actuar de forma prioritaria y selectiva dando soluciones a los distintos problemas

concretos planteados, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Plan Especial de Saneamiento de Leganés.

SEGUNDO.- Dar al expediente la tramitación establecida en la vigente Ley del Suelo y

Reglamento de Planeamiento, procediendo a la correspondiente apertura de información

pública.

30º.- ACUERDOS SOBRE MODIFICACION PUNTUAL DEL POLIGONO

RESIDENCIAL DE SAN JOSE DE VALDERAS.

Por el Ayuntamiento de Alcorcón se ha remitido acuerdo de la citada

Corporación, por el que se presta conformidad al documento de modificación puntual

del Plan General de Ordenación Urbana, para la redistribución de aprovechamientos en

el Polígono de San José de Valderas, presentado por la Junta de Compensación de San

José de Valderas, que afecta a este término municipal.

De conformidad con el informe de los Servicios Técnicos Municipales y el

dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Mantenimiento y Medio

Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

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comunicar al Ayuntamiento de Alcorcón y a la Comunidad de Madrid, que: la

modificación del Plan Parcial de San José de Valderas y Proyecto de Compensación en

la superficie de las manzanas donde se encuentran las parcelas de propiedad del

Ayuntamiento de Leganés, supone la variación proporcional de la superficie de éstas. Es

decir, la manzana C-2.3 de 11.450,69 m2 de superficie real, conlleva que la superficie

de parcela propiedad del Ayuntamiento es de 2.862,67 m2. Asimismo, la manzana B-18

de 4.534,48 m2 de superficie real, conlleva que la superficie de parcela propiedad del

Ayuntamiento es de 2.267,24 m2. Todo ello, a fin de que sea tenido en cuenta en el

Proyecto de Compensación del Plan Parcial de San José de Valderas.

31º.- APROBACION PROVISIONAL MODIFICACION PLAN GENERAL,

ALINEACIONES EDIFICIO CALLE DE JUAN MUÑOZ.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 1.990,

adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la modificación del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, respecto de las alineaciones de diversos edificios de la

calle Juan Muñoz.

Publicados los correspondientes anuncios en el B.O.E. de 24 de abril;

B.O.C.M. de 1 de junio y Diario 16 de 3 de marzo de 1.991, y no habiéndose presentado

durante el periodo de información pública ningún tipo de reclamaciones ni alegaciones;

y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras,

Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación del Plan General de Leganés,

respecto a las alineaciones de diversos edificios de la calle Juan Muñoz.

SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Comunidad de Madrid, al objeto de que

otorgue la aprobación definitiva a la citada modificación del Plan General.

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32º.- APROBACION PROVISIONAL PERI PARCELAS 13 Y 14 DE LA

MANZANA J DEL POLIGONO INDUSTRIAL DE SAN JOSE DE

VALDERAS.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 10 de octubre de 1.990, adoptó

el acuerdo de aprobar inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior de las parcelas

13 y 14 de la manzana J del Polígono Industrial de San José de Valderas, a instancia de

DON FERMIN AGUILERA JIMENEZ.

Publicados los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del Estado de

11 de febrero, Boletín de la Comunidad de Madrid de 20 de febrero y Diario 16 de 2 de

marzo de 1.991; y no habiéndose presentado ningún tipo de reclamaciones ni

alegaciones, durante el periodo de información pública; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Mantenimiento y Medio

Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el Plan Especial de Reforma Interior de las

parcelas 13 y 14 de la Manzana J del Polígono Industrial de San José de Valderas, a

instancia de DON FERMIN AGUILERA JIMENEZ.

SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Comunidad de Madrid, al objeto de que emita

el informe establecido en el art. 5 del Real Decreto Ley 16/1.981 de 16 de octubre.

33º.- APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION PUNTUAL PLAN

GENERAL ZONA CAMPO DEL TIRO EN RELACION AL

CONVENIO DE SABOYA.

Se dió cuenta del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de

Madrid de 17 de mayo de 1.991, por el que se aprueba definitivamente la Modificación

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Puntual del Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Leganés,

consistente en el ajuste de límites y superficie total de la finca Campo de Tiro con las

variaciones que obran en el expediente.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras,

Mantenimiento y Medio Ambiente, y después de una amplia deliberación, durante la

cual el Sr.Cuenca Cañizares manifestó que su grupo de oponía a la construcción de

viviendas unifamiliares en el Campo del Tiro, ya que no estaban de acuerdo con la

compensación que recibía el Ministerio de Defensa por el traslado del Cuartel de

Saboya; y el Sr.Villanueva Carretero preguntó si había que votar en el presente punto

del Orden del Día; los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos

en contra de los Sres. Cuenca Cañizares, Pérez Galán, Sra. Fernández Meléndez, Sres.

Moreno Sierra, Núñez Gutierrez y García Sánchez, acordaron: quedar enterados del

acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de mayo de 1.991,

por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, consistente en el ajuste de límites y superficie total de

la finca Campo de Tiro.

34º.- APROBACION INICIAL PERI DE LAS SUBPARCELAS 5 Y 6 DE

LA PARCELA 2 DEL POLIGONO IA-6 POLVORANCA.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior de las

subparcelas 5 y 6 de la parcela 2 del Polígono IA-6 POLVORANCA, a instancia de

DON FRANCISCO GORDO MARTINEZ.

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SEGUNDO.- Con anterioridad a la publicación de los correspondientes anuncios y por

lo tanto de la aprobación provisional, deberá presentar aval que garantice la tramitación

del Plan Parcial conforme con los informes de los Servicios Técnicos Municipales.

TERCERO.- Una vez presentados los correspondientes avales o garantías, proceder a

la apertura del trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en la

vigente Ley del Suelo y Reglamento de Planeamiento.

35º.- APROBACION INICIAL ESTUDIO DE DETALLE ALINEACIONES

INTERIORES CALLE RIO EBRO NUM. 2 Y CALLE DE RIO

JARAMA NUM. 32.

De conformidad con el dictamen de la comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron: aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de Ordenación

de volúmenes y alineaciones interiores en la calle de Rio Ebro y Calle de Río Jarama,

32, sometiendo el expediente a información pública, de conformidad con lo establecido

en la vigente Ley del Suelo y Reglamento de Planeamiento.

36º.- APROBACION INICIAL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD

DE ACTUACION NUM. 3 SITA EN LA CALLE ORDOÑEZ Y

CALLE DEL CHARCO.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación nº

3, sita entre las calles de Ordoñez y El Charco, a instancia de CUCONSA,S.A.

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SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública, de conformidad con lo

establecido en la vigente Ley del Suelo y Reglamento de Planeamiento.

37º.- EXPEDIENTE DE EXPROPIACIONES EN EL SECTOR IA-26 EL

PORTILLO.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 6 de mayo de 1.991, adoptó los

siguientes acuerdos:

a).- Desestimar el recurso de reposición interpuesto por DOÑA MARIA

DEL MAR VEGA MALLO, en nombre y representación de AGARBUS,S.A. y DON

FRANCISCO LLERA MAHUGO, contra el acuerdo de 12 de febrero de 1.991. Y

b).- Requerir a AGARBUS,S.A. y a DON FRANCISCO LLERA

MAHUGO, para que en el plazo de veinte días presentasen hoja de aprecio en la que se

concretase el valor en que estiman el derecho de arrendamiento que se expropia,

respecto del arrendamiento de la parcela 32 del polígono 16, por estar afectados por el

Plan Parcial del Sector IA-26 EL PORTILLO.

Requeridos a los interesados para que presentasen las correspondientes hojas

de aprecio, según notificaciones que obran en el expediente de fechas 23 y 24 de mayo

de 1.991, respectivamente, y habiendo transcurrido el plazo de los veinte días, resulta

que ninguno de los interesados ha presentado la correspondiente hoja de aprecio.

Por otra parte, DOÑA MARIA DEL MAR VEGA MALLO, en nombre y

representación de AGARBUS,S.A., presenta nuevo escrito en el que solicita se deje sin

efecto el plazo otorgado para presentar la hoja de aprecio y que se resuelva con carácter

previo el recurso de reposición interpuesto.

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Resultando, que este Ayuntamiento por acuerdo de 6 de mayo de 1.991,

resolvió el recurso de reposición interpuesto por DOÑA MARIA DEL MAR VEGA

MALLO, acuerdo notificado el 5 de junio de 1.991.

Considerando lo dispuesto en los arts. 29, 30 y concordantes de la Ley de

Expropiación Forzosa, procede requerir a la Junta de Compensación de EL PORTILLO,

para que extienda la hoja de aprecio fundada del valor objeto de expropiación, al objeto

de dar traslado de la misma a los propietarios.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Comunicar a DOÑA MARIA DEL MAR VEGA MALLO, en la

representación que ostenta, que el recurso de reposición por ella interpuesto, fue

resuelto por acuerdo de 6 de mayo de 1.991, notificado el 5 de junio siguiente.

SEGUNDO.- Requerir a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Sector IA-26

EL PORTILLO, para que en el plazo de veinte días, presente la correspondiente hoja de

aprecio fundada del valor de los derechos de arrendamiento que se expropian a

AGARBUS,S.A., y a DON FRANCISCO LLERA MAHUGO, derechos de

arrendamiento en relación con la parcela 32 del Polígono 16 del Catastro Parcelario.

TERCERO.- Una vez recibida la hoja de aprecio redactada por la Junta de

Compensación, que por la Alcaldía-Presidencia se notifique la citada hoja de aprecio a

AGARBUS,S.A., y a DON FRANCISCO LLERA MAHUGO, al objeto de que dentro

del plazo de los diez días siguientes, puedan aceptarla o rechazarla.

38º.- EXPEDIENTE REMODELACION PARQUE DE LOS FRAILES.

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Dada lectura al dictamen de la comisión Informativa de Urbanismo, Obras,

Mantenimiento y Medio Ambiente, se abrió deliberación sobre el presente punto del

Orden del Día.

Intervino en primer lugar, el Sr.Núñez Gutierrez, quien solicitó que se

revisase el proyecto y fuese discutido con las fuerzas sociales, efectuando en

representación de su grupo las siguientes propuestas que a su juicio no se contemplan en

el proyecto: a).- Que se efectúe una actuación del plan integral en todo el conjunto del

parque.- b).- Que en la repoblación se sigan las directrices de la Agencia de Medio

Ambiente de la Comunidad de Madrid.- y c).- Que el proyecto sea discutido con las

Asociaciones de Vecinos.

El Sr.Villanueva Carretero manifestó que se alegraba de que el proyecto

viniese a aprobación del Ayuntamiento Pleno, a ver si posibilitaba la recuperación del

Parque. El Sr.Martínez Pérez indicó, que había que poner los medios para que no

pasasen los coches al parque de los Frailes.

El Sr.Pimentel también indicó que se alegraba de la aprobación del proyecto

de recuperación del parque de los Frailes.

El Sr.Gracia Dominguez defendió el dictamen de la Comisión, así como el

proyecto que se sometía a aprobación.

Terminada la deliberación, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los Sres. Cuenca Cañizares, Pérez Galán, Sra.

Fernández Meléndez, Sres. Moreno Sierra, Núñez Gutierrez y García Sánchez,

acordaron: aprobar el Proyecto de Remodelación del Parque de los Frailes, proyecto que

va a ser ejecutado por la Escuela Taller de Recuperación de Parques, redactado por los

Arquitectos Don Benjamin García Rubio y D.Jesús Antona del Val.

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39º.- EXPEDIENTES DE DEMOLICIONES POR INFRACCIONES

URBANISTICAS.

1.- Expediente nº 127/86 de DON URBANO MONTEALEGRE

MARTIN.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 14 de noviembre de 1.990.

se procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DON URBANO

MONTEALEGRE MARTIN, en la Carretera de Carabanchel Km. 2, polígono 5,

parcelas 19 y 20, consistentes en construcción de tres naves y se requirió al interesado

para que en el plazo de dos meses procediese a solicitar la oportuna licencia, con la

advertencia de que transcurrido dicho plazo sin haber solicitado la licencia o si la misma

fuera denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las

Ordenanzas, se procedería a la demolición de las obras.

Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

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PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DON URBANO MONTEALEGRE

MARTIN, para que proceda a demoler las obras.

SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 671.000,- Ptas, al objeto de su exacción

cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley de

Procedimiento Administrativo.

2.- Expediente nº 121/90 de DON URBANO MONTEALEGRE

MARTIN.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 23 de octubre de 1.990, se

procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DON URBANO

MONTEALEGRE MARTIN, en la Carretera de Carabanchel, Km. 2800, consistentes

en construcción de porche, tejado de 13 x 4 x 30, montar dos puertas de entrada, pared

de 20 x 4 de macizo y vallado de 6.200 metros; y se requirió al interesado para que en el

plazo de dos meses procediese a solicitar la oportuna licencia, con la advertencia de que

transcurrido dicho plazo sin haber solicitado la licencia o si la misma fuera denegada

por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Ordenanzas, se

procedería a la demolición de las obras.

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Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DON URBANO MONTEALEGRE,

para que proceda a demoler las obras.

SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 1.682.600,- Ptas, al objeto de su

exacción cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley

de Procedimiento Administrativo.

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3.- Expediente nº 117/90 de DON URBANO MONTEALEGRE

MARTIN Y DON PEDRO CASAS CASO.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22 de octubre de 1.990, se

procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DON URBANO

MONTEALEGRE MARTIN Y DON PEDRO CASAS CASO, en la Carretera de

Carabanchel a Leganés, polígono 5, parcelas 19 y 20, consistentes en construcción de

seis naves de 10 x 20 x 4,5 metros; y se requirió al interesado para que en el plazo de

dos meses procediese a solicitar la oportuna licencia, con la advertencia de que

transcurrido dicho plazo sin haber solicitado la licencia o si la misma fuera denegada

por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Ordenanzas, se

procedería a la demolición de las obras.

Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DON URBANO MONTEALEGRE

MARTIN Y A DON PEDRO CASAS CASO, para que proceda a demoler las obras.

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SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 2.970.000,- Ptas, al objeto de su

exacción cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley

de Procedimiento Administrativo.

4.- Expediente nº 50/88 de DIA,S.A.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 12 de septiembre de 1.988,

se procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DIA,S.A., en Calle Bureba,

18,consistentes en acondicionamiento de cámara y se requirió al interesado para que en

el plazo de dos meses procediese a solicitar la oportuna licencia, con la advertencia de

que transcurrido dicho plazo sin haber solicitado la licencia o si la misma fuera

denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las

Ordenanzas, se procedería a la demolición de las obras.

Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

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Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DIA,S.A., para que proceda a demoler

las obras.

SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 65.000,- Ptas, al objeto de su exacción

cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley de

Procedimiento Administrativo.

5.- Expediente nº 159/89 de D.Guillermo Barea Luque.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de marzo de 1.990, se

procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DON GUILLERMO BAREA

LUQUE, en Avda. de Menéndez Pidal, 26-6º-A,consistentes en la construcción de un

tejadillo de aluminio de 4 x 0,50 m. con tornillos que sobresale por la parte superior y se

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requirió al interesado para que en el plazo de dos meses procediese a solicitar la

oportuna licencia, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo sin haber

solicitado la licencia o si la misma fuera denegada por ser su otorgamiento contrario a

las prescripciones del Plan o de las Ordenanzas, se procedería a la demolición de las

obras.

Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DON GUILLERMO BAREA LUQUE,

para que proceda a demoler las obras.

SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

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CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 11.200,- Ptas, al objeto de su exacción

cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley de

Procedimiento Administrativo.

6.- Expediente nº 42/90 de D.Julián Araque Campos.

Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 15 de mayo de 1.990, se

procedió a suspender las obras que estaba ejecutando DON JULIAN ARAQUE

CAMPOS, en Calle San Fernando, 13 consistentes en cerramiento de terraza de 12 m2

con aluminio y cristal y se requirió al interesado para que en el plazo de dos meses

procediese a solicitar la oportuna licencia, con la advertencia de que transcurrido dicho

plazo sin haber solicitado la licencia o si la misma fuera denegada por ser su

otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Ordenanzas, se procedería

a la demolición de las obras.

Resultando, que no se ha procedido por la interesada a la legalización de las

obras, por lo que las mismas carecen de la correspondiente licencia municipal.

Resultando, que en su momento se requirió al interesado para que procediese

a la demolición de las obras, cosa que no ha ejecutado.

Considerando, que de conformidad con lo dispuesto en el nº 6 del art. 21 de

la Ley 4/1.984 de 10 de febrero sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la

Comunidad de Madrid, debe procederse a acordar la demolición de las obras a costa del

interesado.

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De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras, Mantenimiento y Medio Ambiente, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Dar un último plazo de un mes a DON JULIAN ARAQUE CAMPOS,

para que proceda a demoler las obras.

SEGUNDO.- Si transcurrido el mencionado plazo, el interesado no hubiese procedido a

demoler las obras, se procederá por los Servicios Municipales a su demolición con

cargo al interesado.

TERCERO.- Dar traslado a la Policía Municipal, Servicios Técnicos y Cuerpo de

Bomberos, para la ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Dar cuenta a la Intervención Municipal de que las obras de demolición han

sido valoradas por los Técnicos Municipales, en 42.000,- Ptas, al objeto de su exacción

cautelar , de conformidad con lo establecido en los arts. 105 y 106 de la Ley de

Procedimiento Administrativo.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, el Sr.Alcalde-Presidente levantó la

sesión, siendo las DOCE HORAS TREINTA MINUTOS, de todo lo cual, como

Secretario, doy fé,